PARTE I: EL GRUPO SCOUT.

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1 PARTE I: EL GRUPO SCOUT. CAPÍTULO I: LA ASOCIACIÓN. Art El Grupo Scout Altahay, 356 forma parte de Exploradores de Madrid en el ámbito autonómico, y de la Federación de Asociaciones de Scouts de España (A.S.D.E.) en el ámbito nacional. Exploradores de Madrid está sometido a la ley de asociaciones de derecho público del 24 de Diciembre de 1964, constando escrita en el derecho de asociaciones del Ministerio del Interior con el número Ha sido declarada de utilidad pública por el acuerdo del Consejo de Ministros del 1 de Diciembre de 1977, con el C.I.F.: G A su vez Scouts de España forma parte de la Organización Mundial del Escultismo con sede en Ginebra (Suiza). CAPÍTULO II: NATURALEZA, COMPOSICIÓN, ÁMBITO TERRITORIAL Y DOMICILIO. Art El Grupo Scout fue fundado en 1979 con el nombre Altahay en la localidad de Griñón al amparo del Colegio La Salle Griñón y, a su vez, de Scouts de España en la Zona I, Madrid, ahora denominada Exploradores de Madrid. Art El Grupo Scout es un organismo autónomo que tiene como misión representar, fomentar y formar (orientar) el Movimiento Scout en Griñón e incluye todos los cargos, órganos y miembros del mismo. Art Los órganos y cargos que constituyen el grupo son: a) La Asamblea de Grupo (A.G.), b) El Comité de Grupo (C.G.), c) El Consejo de Grupo (Cs.G.), y d) El Equipo de Coordinación (E.C.). Art El Grupo Scout Altahay es el 356 en la numeración nacional. Art El Grupo Scout tiene su sede social en la calle Miguel Hernandez, 2 en la madrileña localidad de Griñón. PARTE II: LA ASAMBLEA DE GRUPO. CAPÍTULO I: NATURALEZA. Art La A. G. es el supremo órgano decisorio del grupo, siendo ésta el cauce para manifestar las líneas y aspiraciones del mismo. 1

2 CAPÍTULO II: COMPOSICIÓN. Art La A.G. está formada por: a) Todos los asociados con credencial scout. Estos tendrán voz y voto. b) Todos los invitados a la Asamblea y los socios de honor del Grupo, que sólo tendrán voz. Art Los familiares de los socios infantiles y juveniles que tendrán derecho a voz y voto por socio. CAPÍTULO III: COMPETENCIAS. Art La A.G. asume todas las facultades en general, que no estén expresamente reservadas a los demás órganos decisorios y especialmente las siguientes: a) Aprobar el balance económico de la anterior Ronda Solar. b) Elegir al Comité de Grupo. c) Conocer la evaluación de la Anterior Ronda Solar y aprobar el Plan Anual de Grupo siguiente. d) Revocar las decisiones de los órganos de grupo que sean contrarios a este reglamento o a las directrices marcadas por la propia Asamblea. e) Promover iniciativas en el ámbito de experimentación para la obtención de fondos para el Grupo. f) Aprobar todo tipo de normas que conduzcan a la mejor consecución de fines reflejados en el Proyecto Educativo. g) Cambiar y reformar el siguiente reglamento. h) Cese de los cargos electos de los órganos del Grupo mediante procedimiento de moción de censura, que se regula en este reglamento. i) Ratificar el presupuesto general de Grupo. j) Aprobar las recompensas y sanciones. CAPÍTULO IV: PROCEDIMIENTO. Art La A.G. se reunirá al menos dos veces al año, una en el primer trimestre y otra en el tercer trimestre. Art Con carácter extraordinario se reunirá cuantas veces la convoque el E. C., el C. G. o el Cs.G., siempre que está aprobado por los dos tercios de estos órganos. Art Las convocatorias se realizarán con dos semanas de antelación como mínimo y por correo o entrega personal y en ella figurará la fecha, lugar y hora de comienzo de la reunión así como el orden del día con los temas a tratar. Todos aquellos miembros que quieran participar en la Asamblea y deseen que se trate algún tema que no aparece en el orden del día tendrán que comunicárselo al presidente con una semana de antelación como máximo. Una vez confirmada su asistencia se enviará la documentación pertinente a sus participantes. No se podrá tratar en la Asamblea ningún tema que no aparezca en el definitivo orden del día. 2

3 Art Si en alguna ocasión, por ser de carácter importante se trata un tema no escrito en el orden del día se tomará como una mera recomendación en dicho orden sin ser de carácter obligatorio. Art Las cuentas del ejercicio anterior se enviarán al mismo tiempo que la documentación pertinente. Art Las candidaturas, siempre que las haya, se enviarán con la documentación antes mencionada. Art Para participar en la Asamblea deberá ser inscrito previamente diciendo el nombre de la familia y el numero de asociados que representa en la misma. Siempre que se solicite deberá presentarse el D.N.I. o el Credencial Scout. Art La Asamblea estará presidida por el Comité de Grupo o en su lugar por algún miembro del Equipo de Coordinación. Art El procedimiento de las votaciones será a mano alzada, salvo cuando la Asamblea lo acuerde que será con voto secreto. Art Los acuerdos de la Asamblea se adoptarán por mayoría simple (la mitad más uno). En caso de igualdad de votos, el voto del presidente valdrá doble. Art Ningún miembro de la Asamblea podrá delegar en otra persona su voto. Art El acta será redactada en el plazo de un mes y se dará a conocer a los componentes del C. G. quién dará conformidad y propondrá modificaciones. Si existen dichas propuestas no se pasará al Libro de Actas hasta la siguiente Asamblea, sino será pasado a dicho libro en ese plazo. Art Todos los miembros Scouts pertenecientes al grupo deberán asistir con uniforme completo. Art La Asamblea será dirigida por el Presidente del Comité de Grupo o por un Coordinador Moderador elegido por la propia Asamblea al comienzo de la misma, siempre y cuando el Presidente delegue tal función. Art El Secretario de grupo hará las funciones de Secretario de Palabra, el cuál tiene como misión anotar las peticiones de palabra para que el Presidente las conceda en riguroso orden turno. Auxiliará al presidente en el escrutinio de los votos y sustituirá al Presidente en caso de ausencia de éste. PARTE III: EL COMITÉ DE GRUPO. CAPÍTULO I: NATURALEZA. Art El C. G. adecua los medios necesarios para poder garantizar en cada momento una eficaz gestión a nivel administrativo (no educativo). 3

4 Art Es un órgano permanente de representación en la A. G. y de colaboración con el Cs. G.. CAPÍTULO II: NOMBRAMIENTO Y DURACIÓN DE CARGOS. Art Los cargos que corresponden a la elección en A.G. son los de Presidente, Secretario, Tesorero y Vocales. Art La duración de los cargos será de dos años, pudiendo ser reelegido indefinidamente. CAPÍTULO III: COMPOSICIÓN Y FUNCIONES. Art Está constituido por un grupo no numeroso de personas responsables y adultas interesadas en el trabajo juvenil que se realiza en el Grupo Scout. Art Los miembros del C.G. no es necesario que sean técnicos del Escultismo, pero sí deben conocer su funcionamiento y fines, por lo que han de formarse poco a poco. Art Componen el C.G. los siguientes miembros: a) Coordinador de Grupo, b) Presidente de Grupo, c) Secretario de Grupo, d) Tesorero, e) Intendente, f) Vocal de Relaciones Públicas, g) Vocal de Castores, h) Vocal de Manada, i) Vocal de Scouts, j) Vocal de Escultas, y k) Vocal de Rovers, l) Secretario. Art Las funciones del Tesorero son: a) Llevar la contabilidad general del Grupo. b) Confeccionar con treinta días de antelación a la primera A.G. el balance económico del curso anterior. c) Asegurarse de que las familias estén informadas del balance económico del curso anterior, con una semana de antelación a la primera A.G.. d) Preparar un informe económico para la A.G.. e) Promover y animar campañas financieras para la obtención de fondos sometiéndolos a la aprobación del C.G y del Cs.G.. f) Ocuparse del cobro de las cuotas y/o buscar una persona en quien delegar estas funciones. 4

5 g) Ocuparse de que los pagos correspondientes para la Asociación sean hechos dentro del plazo correspondiente y hacer efectivo aquellos presupuestos aprobados por el C.G. y el Cs.G.. h) Hacer efectivos aquellos gastos autorizados por el Coordinador de Grupo o en su defecto el ayudante de coordinación, utilizando un modelo único de recibo interno al que adjunta las posibles facturas. i) Informar periódicamente sobre las economía del Grupo, sobre todo antes de las grandes actividades y gastos importantes. j) Es una de las tres personas que tiene firma autorizada para efectuar reingresos en la cuenta que tiene el grupo, junto con el Presidente y el Coordinador de Grupo. Art Las funciones del Intendente son: a) Llevar un registro inventario al día, de todas las pertenencias del grupo, en conexión con el Secretario de Grupo y saber, en todo momento, donde se encuentra el material prestado a las secciones. b) Llevar el control de una fichas para el préstamos temporal de material de intendencia. c) Reparar y reponer las tiendas y el material de Grupo, controlar su utilización y establecer normas de responsabilidad para devolverlo bien. d) Realizar las compras de material y alimentación para las actividades generales de grupo. e) Debe tener una reunión trimestral con el Tesorero para cotejar y entregar las facturas de las existencias adquiridas. f) Realizar un presupuesto de gastos para las compras del curso, teniendo en cuenta las posibles bajas de material y el posible aumento de asociados. g) Realizar un balance al principio de la Ronda Solar con el E. C.. h) Llevar el control de todo el material del curso por medio de un libro de existencias. i) Realizar, en el mes de Enero, un balance del material de Secciones. j) Se hará cargo también del control del botiquín, junto con la persona especializada en esta área. Art Las funciones del Vocal de Relaciones Públicas son : a) Cuidar la imagen del grupo tanto fuera como dentro del mismo. b) Procurar la participación del grupo en la vida local, sobre todo en actividades de servicio. c) Fomentar exposiciones Scouts, fiestas, etc. d) Mantener el contacto adecuado con las personas que han abandonado el Grupo. e) Hacer todo lo posible para que el grupo participe en las actividades scout que se organicen en la asociación y en el extranjero. f) Representar al grupo en los diferentes foros. g) Custodiar y actualizar el Libro de Oro, fotografías, diapositivas, archivo histórico, etc. Art Las funciones de los Vocales de Sección son: 5

6 a) Velarán por el buen funcionamiento de los muchachos que representan. b) Es la voz de la sección en el C.G. y en la A.G.. c) Ayudar al Consejo de Grupo en todas sus tareas, excepto en la metodológicas. d) Asistir periódicamente a las actividades de la sección, previo aviso a los monitores. e) Los monitores le tendrán informado de la marcha de la Sección y de las programaciones trimestrales. f) Hay un vocal por cada sección del grupo. g) Es un cargo que debe ser ratificado por los monitores de la Sección. h) Tendrán prioridad en este cargo aquellas personas que tengan un hijo en la Sección en la que presenten candidatura. i) Recoger las peticiones de los padres de la sección en la que se encuentre y transmitirla a los monitores. Art A las sesiones del C.G. puede invitarse a otras personas por razones concretas pero sólo con derecho a voz. Art Los cargos de Presidente, Tesorero, Secretario de Grupo y Vocales de Sección deberán ser representados por los tutores legales de los educandos. Art El cargo de Vocal de Relaciones Públicas puede ser representado por cualquier mayor de edad que está debidamente acreditado dentro del Grupo, recayendo dicho cargo en el Coordinador de Grupo si no hubiere otra persona partícipe. CAPÍTULO IV: COMPETENCIAS. Art Las funciones del C.G. son: a) Mantener las relaciones con los tutores de los Scouts, las entidades patrocinadoras y las diversas instituciones. b) Ayudar la Cs.G. en todas sus funciones no educativas tales como propagandas, relaciones públicas, obtención de permisos para las actividades, obtención de local para el Grupo, proporcionar materiales para las actividades, etc. c) Consultar al Cs.G. sobre problemas de interpretación del Escultismo y los requisitos que tiene que cumplir el Grupo y la Asociación. d) Financiar y administrar el presupuesto de Grupo, controlar sus propiedades y asumir las responsabilidades administrativas y burocráticas del Grupo. e) Cerciorarse que todas las actividades de Grupo estén cubiertas legalmente en todos los aspectos, abriendo seguros colectivos si se precisa. f) Intervenir el último trimestre de la Ronda Solar los libros generales de Grupo ( intendencia, secretaría, tesorería, libro de oro,...) como para cotejarlos con los monitores. g) Realizar sesiones de información con el fin de dar a conocer la misión del C.G. y profundizar en los principios, fines y métodos del Escultismo. 6

7 h) Tramitar y dar curso, si procede, de expedientes disciplinarios a cualquier miembro del Grupo. i) Proponer distinciones que se merezcan personas relacionadas con el Grupo. j) Autorizar la compra de material grupal especial solicitado por el intendente, previo estudio del Coordinador de Grupo y del Tesorero. CAPÍTULO V: PROCEDIMIENTO. Art El C.G. de Grupo no interviene directamente en el proceso educativo de las Secciones, pues esta labor corresponde al Cs.G.. Art El C. G. ha de reunirse periódicamente cada seis semanas hábiles. Art La convocatoria se hará por cadena telefónica siendo ésta: Presidente Secretario Tesorero Vocal de Relaciones Públicas Vocal de castores Vocal de Manada Vocal de Scouts Vocal de Escultas Vocal de Rovers Coordinador de Grupo Intendente. Art El orden del día será: a) Lectura del acta anterior y aprobación. b) Estado de las secciones y evaluación. c) Estado del grupo y evaluación de las últimas actividades. d) Formación. e) Avisos concretos (las informaciones irán al tablón de anuncios). f) Informe del Cs.G. sobre asuntos económicos - administrativos. g) Recordatorio. h) Próxima citación del Consejo. Art Se intentará llegar a un consenso del C.G. sin hacer votación. Art Las votaciones en último extremo serán por mayoría simple (la mitad más uno) de los asistentes. En caso de igualdad de votos el del Presidente valdrá doble. Art El voto de un miembro del C.G. no es delegable en otra persona. Art A las reuniones del C.G. no es necesario llevar el uniforme scout, salvo en los monitores si previamente ha habido actividad general. PARTE IV: EL CONSEJO DE GRUPO. CAPÍTULO I: NATURALEZA. Art El Cs.G. adecua los medios necesarios para poder garantizar en cada momento una eficaz gestión a nivel educativo. Art Es un órgano de permanente representación en la A.G.. 7

8 CAPÍTULO II: COMPOSICIÓN Y DURACIÓN DE CARGOS. Art El Cs.G. está formado por: a) Coordinador de grupo, b) Secretario, c) Monitores de Castores, d) Monitores de Manada, e) Monitores de Scouts, f) Monitores de Esculta, g) Monitores de Rovers, h) Un representante de la sección Scout, siempre que se lo requiera, i) Un representante de la sección Esculta, siempre que se lo requiera, j) Un representante de la sección Rovers, siempre que se lo requiera, k) Monitores que no forman parte de ninguna sección pero que tienen función definida, l) Intendente. Art Los representantes de la secciones tienen como tarea principal: a) Expresar al Cs.G. todas las inquietudes de su Sección. b) Participar en las decisiones sobre el buen funcionamiento del Grupo. c) Expresar a las secciones la inquietudes del Cs.G.. d) Tendrán voz pero no voto. Art Los Equipos de la Sección se eligen al principio de Ronda Solar, teniendo en cuenta: a) Los gustos personales. b) Las necesidades de la sección. c) El equilibrio entre los monitores. d) La disparidad de sexos. e) La titulación. Peden ser modificados a lo largo de la Ronda Solar por causas mayores. Art Hay que procurar que los equipos de las Secciones tengan un Director de Campamento. Art Para ser monitor Scout se requiere. a) Tener tiempo para dedicarse de lleno a la educación de una Sección. b) Ser mayor de 18 años. c) Tener conocimientos de educación infantil y juvenil o adquirirlo en un plazo relativamente corto. d) Tener nociones sobre el funcionamiento de nuestras Secciones. e) Tener el consentimiento del Cs.G. y, en especial, del equipo con el que va trabajar. f) Aceptar el Reglamento vigente. 8

9 CAPÍTULO III: COMPETENCIAS. Art Es competencia del Cs.G.: a) Promover la puesta en práctica y actualización del Programa Educativo, así como las evaluaciones de las actividades y de los trimestres. b) Vigilar el cumplimiento de los ideales del Escultismo, el Proyecto Educativo, El Reglamento Interno y las decisiones establecidas por la A.G.. c) Tramitar y dar curso, si procede, de expedientes disciplinarios a cualquier miembro del Grupo. d) Proponer distinciones que se merezcan cualquier persona relacionada con el Grupo y otorgar la recompensa de agradecimiento con independencia del la A.G.. e) Aceptar la dimisión de cualquier miembro del E.C. y designar a la persona o personas que cubran las vacantes. f) Nombrar las comisiones que se crean oportunas. g) Colaborar con las actividades del Sector. h) Estimular y dar facilidades, incluso económicas, a los educadores Scouts para que estos adquieran formación, asistan a los cursos, obtengan el título de monitor y director de campamento. CAPÍTULO IV: PROCEDIMIENTO. Art El Cs.G. de grupo se reunirá al menos cada dos semanas. Art Se intentará llegar al consenso del Cs.G. sin llegar a votación. Art Las votaciones en último extremo se realizarán por mayoría simple (la mitad más uno). En caso de empate en la votación el voto del moderador de la reunión valdrá doble. Art El voto de un miembro de Cs.G. no se delega. Art Se entiende que hay quórum cuando hay una persona del E.C., una persona por Sección o al menos tres personas representadas. Art El Cs.G. se reunirá con el guión del Art Art Tendrán prioridad la informaciones, propuestas y quejas que vayan referidas a personas ajenas al Cs.G., siempre y cuando se avisen al Coordinador con suficiente antelación. Art El C.G. está dirigido por un moderador Art Las funciones del moderador son: a) Dar prioridad a los temas según la necesidad de los consejeros. b) Incluir los temas que no dan tiempo a tratar en el guión del próximo Cs.G. como prioritarios. 9

10 c) Dar los diferentes turnos de palabra. Art El cargo de moderador es ejercido por el Coordinador de Grupo y delega en otra persona cuando lo crea oportuno. Art La duración del Cs.G. no durará mas de dos horas y media desde el momento en que haya quórum, salvo que el Cs.G. decida continuar, realizándose los descansos oportunos. Art En las reuniones del Cs.G. no es necesario uniforme, salvo que anteriormente haya habido actividad general. PARTE V: EL EQUIPO DE COORDINACIÓN. CAPÍTULO I: NATURALEZA. Art E.C. es un grupo de personas no numeroso, que por la importancia que tienen sus cargos, sirven de puente entre todos los órganos de gobierno. CAPÍTULO II: NOMBRAMIENTO Y DURACIÓN DE CARGOS. Art Los cargos del equipo de coordinación se eligen en el Cs. G. Art Todos los cargos tienen una duración máxima de un año, pudiendo ser reelegidos indefinidamente. Art El Comité de Grupo tendrá voz en esta elección pero no voto. Se solicitará la presencia de al menos un representante del C. G. en esta elección. CAPÍTULO III: COMPOSICIÓN Y FUNCIONES. Art El E.C. estará formado por: a) El Coordinador de Grupo, b) El Ayudante del Coordinador de Grupo, c) Secretario, e d) Intendente. Art El Coordinador de Grupo tiene como funciones: a) Asegurar, en debida forma, el desarrollo del Grupo, siempre que las circunstancias lo permitan. b) Representar al Grupo. c) Mantener contacto regular con los demás órganos de la Asociación. d) Ejercer una supervisión general sobre las Secciones y coordinar sus actividades, sin menos precio de la responsabilidad técnica que incumbe a los Scouters que las tengan a su cargo. e) Responsabilizarse de la función administrativa del Grupo, encomendada al C.G.. 10

11 f) Asegurar el contacto con los miembros del grupo que se encuentren temporalmente ausentes. g) Promover la formación de Scouters. h) Informar al Cs.G. sobre el contenido y acuerdo de cualquier reunión o gestión realizada por razón de su cargo. i) Asegurarse de que los miembros del grupo puedan participar en todas las actividades Scouts, sobre todo campamentos, con todas las facilidades y supervisiones necesarias. j) Delegar en otras personas cualquier tarea que no pueda desarrollar. k) Coordinar el trabajo y opinión de todos con flexibilidad, aunque no esté de acuerdo. l) Interpretar este reglamento, no sólo en cuanto al contenido sino al Espíritu del mismo. m) Tener la última decisión de cualquier norma que no esté estipulada en este reglamento. n) Supervisar la progresión por sección y por educando. Art El Secretario tiene como tarea: a) Proponer y recoger el orden del día del Cs.G., seguir el guión correspondiente y levantar el acta de los mismos. b) Disponer siempre de este reglamento para su consulta en cualquier momento. c) Redactar la memoria anual y evaluaciones por actividades y trimestrales. d) Tener siempre fotocopias en los distintos apartados de la carpeta de impresos. e) Tener siempre al día el libro de actas del Cs.G.. f) Llevar el control burocrático de progresión por Secciones y por educando y rellenar los certificados del mismo. Art El Ayudante de Coordinador de Grupo tiene como misión: a) Facilitar las labores del Coordinador en cuanto a organización general se refiere. b) Encargarse de la intendencia si el responsable no se encuentra presente. c) Encargarse de la secretaría si el responsable no se encuentra presente. Art En el caso en que fueran necesarias las figuras de Ayudantes de dichos cargos, estos tienen como tarea principal el ayudar en sus funciones a estos cargos. Para ello es conveniente que se repartan el trabajo y se reúnan periódicamente. Los Ayudantes no participan en las reuniones del E.C.. Art A las reuniones del E.C. puede invitarse a otras personas por razones concretas. CAPÍTULO IV: COMPETENCIAS. Art El E.C. tiene como competencias: 11

12 a) Presidir el Cs.G. y servir de enlace entre los distintos órganos de gobierno. b) Estimular el buen funcionamiento del Grupo, de tal manera que quede asegurada su continuidad. c) Realizar propuestas de actividades asociativas. d) Presidir las comisiones que se crean en el Cs.G.. e) Decidir las gestiones diarias que así lo requieran. f) Aprobar el balance económico que se haya de presentar a la A.G., así como supervisar la gestión económica ordinaria de la tesorería a través de la información periódica que ésta deberá facilitar. g) En caso de que falte el C.G. el E.C. asumirá las competencias de éste hasta que el C.G. pueda reunirse y tomar una decisión. CAPÍTULO V: PROCEDIMIENTO. Art El E.C. deberá reunirse siempre y cuando la situación lo precise. La convocatoria la hará el Coordinador de Grupo. Art En el E.C. no es necesario llegar a votaciones, ya que se informan entre ellos y no es necesario decidir. Art En las reuniones del E.C. no es necesario el uniforme, salvo que previamente haya habido actividad general de Grupo. PARTE VI: EL ASOCIADO. CAPÍTULO I: NATURALEZA Y COMPOSICIÓN. Art En el Grupo Scout Altahay, 356 los tipos de socios son: a) Socios infantiles y juveniles: todos aquellos con edades inferiores a 18 años, los cuáles están encuadrados como educandos en las diferentes etapas que constituyen el Movimiento Scout. b) Socios mayores de edad que no forman parte del Cs.G., los cuáles tienen voz y voto en los distintos estamentos descritos en este reglamento. c) Padres de socios: son los padres o tutores de los socios enmarcados en la letra a), aunque no tengan credencial scout, sí son la voz y voto de éstos en los distintos estamentos descritos en este reglamento. d) Socios activos: son las personas físicas mayores de edad y con plena capacidad de obrar, que asumen la responsabilidad educativa y administrativa en el seno del grupo, bien como Scouters o como miembros del C.G.. e) Socios de Honor: son las personas que se hagan acreedores de tal distinción por razones de servicios prestados al Grupo. 12

13 CAPÍTULO II: NORMAS DE ADMISIÓN. Art El ingreso de cualquier persona a nuestro Grupo se hará por medio de un orden en lista de espera, dando prioridad a las personas con hermanos en el Grupo. Art El C.G. tiene la posibilidad de saltarse esta lista de espera sólo cuando vea una necesidad imperiosa para el ingreso de una persona. Art Para ser admitido como asociado de cualquiera de los tipos señalados en el art será condición indispensable: a) Aceptar y comprometerse a cumplir las normas de Grupo. b) Rellenar la solicitud de ingreso. c) Si es un posible socio de la letra a) deberá venir acompañado de sus tutores y estos firmar la solicitud de ingreso delante de la Coordinación de Grupo, o de cualquier miembro del E.C. en su sustitución. d) En la fecha de ingreso, la familia rellenará la solicitud con el número de cuenta para realizar las siguientes domiciliaciones y así abonar los pagos establecidos dentro de las fechas propuestas. e) El socio recibirá folletos divulgativos, el Proyecto Educativo de Grupo, el Reglamento Interno y el Plan Anual, con el calendario de las actividades de la Sección. f) Cuando se vaya a admitir miembros de la letras c) o d), corresponde al C.G. asegurarse que el solicitante es una persona que tiene actitudes acordes con el Movimiento Scout. g) El Grupo se reserva el derecho de rechazar cualquier solicitud de ingreso, sin que pueda rechazarse en base a discriminación personal por razón de raza, etnia, sexo, ideología, cultura, creencia o situación social. Art Los Scouters entregarán de inmediato la solicitud de ingreso al Coordinador de Grupo y, una vez estudiada y tras su autorización, el Secretario de Grupo será quien lo inscriba en el libro de socios. Art En ningún caso se podrá participar en actividad alguna del Grupo si no se ha realizado la entrevista y entregado la solicitud de ingreso y abonado la cuota, todo ello por cuestiones del seguro de accidentes y el de responsabilidad civil y daños que el Grupo, mediante la Asociación, tiene contratados. CAPÍTULO III: DERECHOS DE LOS ASOCIADOS. Art Los derechos de los socios infantiles y juveniles son: a) Participar en las actividades organizadas por el Grupo, según la Sección a la que pertenezca. b) Utilizar las insignias y distintivos de la Asociación y del Grupo. c) Recibir la hoja informativa y demás publicaciones editadas por el Grupo. 13

14 d) Utilizar la biblioteca del Grupo. Art Los derechos de los padres de los socios y de los socios mayores de edad son: a) Participar, con voz y voto, en los órganos del Grupo en que así esté establecido. b) Participar en las actividades que el Grupo prepare para estos socios. c) Elegir y ser elegidos para cargos en C.G.. d) Recibir la hoja informativa y demás publicaciones editadas por el Grupo. e) Acceder a toda la información de gestión perteneciente a sus hijos y así como las actividades del grupo a las que asisten. f) Promover cualquier proyecto o idea, debiendo ser atendido por los órganos de del Grupo competentes. Art Los socios activos además de tener los mismos derechos encuadrados en el Art con las letras a), d) y f) tienen como derecho: a) Participar, de acuerdo con su función, en las actividades de Grupo. b) Participar, según su función, en los diferentes órganos del Grupo. c) Acceder a toda la información de gestión y actividades del Grupo, así como todos los medios comunes con que éste cuenta para las actividades conjuntas o de Grupo. d) Utilizar la biblioteca de Grupo. Art Los Socios de Honor tiene como derecho: a) Tener la credencial Scout y, por tanto, pertenecer a la Asociación. b) Asistir a la A.G. con voz pero sin voto. c) Asistir a todas las actividades generales de Grupo. d) Recibir la hoja informativa y demás publicaciones editadas por el Grupo. Art Los socios tienen derecho a no pagar las cuotas durante el tiempo que se encuentren en cualquiera de estas dos situaciones: a) Realice un servicio social fuera de la Comunidad de Madrid y, por tanto, no pueda asistir a las actividades. b) Por razones de salud, permanezca ingresado en un Centro Sanitario. Art La Tesorería del Grupo Scout, como familia unida que es, contempla la posibilidad de eximir a sus respectivos socios del pago de cuotas y actividades o establecer moratorias. Estas decisiones las tomará, con el debido sigilo, exclusivamente el Coordinador de Grupo y/o responsables de Sección en respectivos niveles. Art Además de los responsables educativos y de apoyo, el Grupo Scout sufragará total o parcialmente, según las circunstancias, los cursos de formación de todo tipo, de aquellos Rovers o miembros del Grupo, siempre que el Cs.G. y el Consejo de Clan lo consideren adecuado. 14

15 CAPÍTULO IV: DEBERES DE LOS ASOCIADOS. Art Los deberes de los socios encuadrados en el Art con las letras a) y b) son: a) Desempeñar sus cargos de Sección con dedicación. b) Cumplir la Ley y la Promesa Scout. c) Acatar las normas del Grupo. Art Los deberes de los padres de socios son : a) Acatar las normas del Grupo. b) Llevar una buena imagen del Grupo fuera de él. c) Ayudar al C.G. y al Cs.G. en todo lo necesario. d) Satisfacer las cuotas de sus hijos según las normas establecidas. Art Los deberes de los socios activos son: a) Desempeñar sus cargos con fidelidad y dedicación. b) Cumplir la Promesa y la Ley Scout. c) Acatar las normas del Grupo. Art Los Socios de Honor tiene el deber de no incurrir en actos que menoscaben la imagen, la dignidad o el prestigio del Grupo. CAPÍTULO V: PERDIDA DE CONDICIÓN DE SOCIO. Art Podrá perderse la cualidad de socio por alguna de las siguientes causas: a) Por renuncia voluntaria. b) Por incumplimiento de las cuotas establecidas durante una Ronda Solar sin causas justificadas. c) Por el ejercicio del derecho reservado al Grupo en el Art de este reglamento. d) Como consecuencia de un expediente disciplinario, según se establece en este mismo reglamento. Art Cuando un socio cause baja en una Sección, el Scouter lo notificará por escrito y poniendo la fecha de baja y motivo al Coordinador de Grupo, éste dará su consentimiento al Secretario de Grupo para que cause baja dicha persona en el libro de socios. CAPÍTULO VI: PROMESA DE UN SOCIO MAYOR DE EDAD NO EDUCANDO. Art Cualquier persona adulta (no educando) perteneciente al Grupo Scout (socio o padre de socio), puede solicitar el realizar su Promesa Scout. Art Cuando un adulto desee realizar su Promesa Scout debe: a) Realizar la petición al Consiliario del Grupo. b) Trabajar directa o indirectamente con el Grupo. c) Entender y comprender el Escultismo. d) Tener claro lo que espera de él el Escultismo. 15

16 e) Tener el consentimiento del C.G. y Cs.G.. PARTE VII: ELECCIONES. CAPÍTULO I: PROCEDIMIENTO. Art En A.G. se eligen todos los cargos que componen el C.G. salvo el de Coordinador de Grupo, el de Tesorero y el de Secretario. Art Se podrá presentar candidatura a los cargos como equipo completo o a título personal para algunos de los cargos. En caso de que no se ratifiquen los cargos de un equipo, el Presidente de éste puede presentar a otra persona o dimitir de su cargo. Art Para elegir los distintos cargos del C.G. se seguirá el siguiente procedimiento: a) Se enviará con un mes de antelación a la A.G. los plazos que deberán cumplir las posibles candidaturas. b) Se enviará a los miembros de la A.G. con una semana de antelación la o las candidaturas, el historial Scout o curriculum. c) Si la A.G. no eligiera ninguna de las candidaturas o no hubiera candidaturas, se elegirá una ejecutiva estando en funciones hasta la próxima A.G.. Art El cese de uno de los cargos electos no implicará el cese de los otros cargos, salvo que el C.G. lo crea pertinente. Art En caso de producirse vacante en algún cargo ratificado en la A.G. el período del sustituto finalizará al mismo tiempo que el del Presidente de C.G. Art Los miembros electos cesarán sus cargos por: a) Voluntad propia. b) Finalizar el período de gestión. c) La aprobación de una moción de censura. d) El fallecimiento o incapacidad física o psíquica. Art En lo referente al Coordinador de Grupo: a) El Cs.G. deberá decidir quien representa este cargo mediante consenso. b) Si hubiese más de una persona que quisieran ejercer ese puesto, prevalecería aquella que tuviera el Título de Coordinador de Actividades de Tiempo Libre. No obstante se presentarían todas las propuestas y proyectos de trabajo para la presente Ronda Solar. El Cs.G. deberá procurar la adaptación, previo estudio, de todos lo proyectos presentados, llegando a un consenso sobre las propuestas presentadas. c) Si fuese necesario realizar elecciones para este cargo, se procederá por mayoría simple (la mitad más uno), valiendo el voto del Secretario doble en caso de empate. 16

17 d) Si no hubiese ningún miembro del Cs.G. dispuesto a asumir esa responsabilidad, este consejo decidirá, por consenso, que monitor ejercerá esta función, ya que prima ante todo la necesidad del Grupo. Art El orden del día para la A.G. para las elecciones será: a) Composición de la mesa presidencial: 1) Socio con voto menor de edad que haya asistido a la A.G., que hará las funciones de secretario. 2) Padre con voz y voto de mayor edad que haya asistido a la A.G., que hará las funciones de presidente. b) Intervenciones sobre el tema (aclaratorias a los documentos previamente presentados). c) Votaciones secretas. d) Lectura del resultado de las votaciones. e) Palabras del Presidente actual o del que vaya a seguir en adelante. CAPÍTULO II: MOCIÓN DE CENSURA. Art Es el único medio que posee el socio para destituir a cualquiera de los miembros electos antes de las elecciones. Art Podrá realizar la moción de censura cualquier socio o padre de socio que cumpla estos tres requisitos: a) Tener una antigüedad mayor de un año. b) Ser mayor de 18 años. c) Conseguir la firma de al menos 2/3 de los miembros de los componentes de la A.G. con voz y voto. Art La moción de censura se entregará al C.G. por escrito y deberá constar de: a) Razones de la moción de censura. b) Quien sería el nuevo candidato a ese cargo. c) Las firmas correspondientes a los padres y socios. d) La fecha para la A.G. y las cartas para buzonear a las familias. Art El orden de día de la A.G. para la moción de censura será: a) Composición de la mesa presidencial: 3) Socio con voto menor de edad que haya asistido a la A.G., que hará las funciones de secretario. 4) Padre con voz y voto de mayor edad que haya asistido a la A.G., que hará las funciones de presidente. 5) No podrá ser nadie de la ejecutiva actual ni nadie de la posible ejecutiva. 6) Lectura de las razones de la moción de censura. f) Intervenciones sobre el tema. g) Votaciones secretas. h) Lectura del resultado de las votaciones. i) Palabras del Presidente actual o del que vaya a seguir en adelante. 17

18 Art El cese del Coordinador de Grupo se producirá en el momento en que el Cs.G. lo crea pertinente por 2/3 de los votos de los miembros que forman este Consejo. Art El C.G. si cree oportuno el cese del Coordinador de Grupo deberá presentar moción de censura, al igual que en los cargos electos. PARTE VIII: RECOMPENSAS. CAPÍTULO I: NATURALEZA Y PROCEDIMIENTO. Art Es el agradecimiento del Grupo a las personas que trabajan o han trabajado por y para el Grupo. Art Las recompensas no son de carácter retroactivo ni se entregará dos del mismo grupo a la misma persona. Art El Grupo Scout tiene cinco recompensas divididas en tres grupo: a) Recompensas de Agradecimiento y Colaboración. b) Recompensas de Trabajo y Servicio. c) Recompensa de Mérito. Art Las propuestas de recompensa se harán siempre al C.G. o al Cs.G.. Art Cualquier persona perteneciente a la A.G. con voz y voto puede proponer a una persona para una recompensa. Art Las normas generales para la Recompensa de Agradecimiento son: a) Se entregará a cualquier persona que trabaje más de un año en el grupo. b) La concede el Cs.G y el C.G. en consenso. c) Se entregará o se mencionará en un acto importante o A.G. d) Consistirá en una insignia con el escudo del Grupo. e) Se la hará entrega un miembro del Equipo de Coordinación. Art Las normas generales para la Recompensa de Colaboración son: a) Se entregará a cualquier persona que desinteresadamente ayude o colabore con el Grupo Scout. b) Existen dos categorías en esta Recompensa: 1) Personas que colaboran en alguna actividad de manera puntual. 2) Personas que colaboran o ayudan al Grupo de manera más relevante. c) La Recompensa tipo 1) la concede el Cs.G. en consenso. Consistirá en una insignia con el escudo del Grupo. d) La Recompensa de tipo 2) la concede el C.G. y el Cs.G. en consenso. Consistirá en una pañoleta del Grupo serigrafiada en el pico con el escudo del Grupo y pondrá ALTAHAY, 356 por encima y POR TU COLABORACIÓN por debajo, así como dos cintas de 18

19 color naranja de seis centímetros desde las puntas de verticales hacia arriba que sustituyan a los colores amarillo y azul de nuestra pañoleta. Art Las normas generales para la Recompensa de Trabajo son: a) Se concede a personas que trabajen aproximadamente cinco años de forma regular y positiva para el Grupo. b) La concede el C.G. y el Cs.G. en consenso. c) Se entregará en un acto importante o en una A.G. d) La hará entrega el Coordinador de Grupo o, en su defecto, el Scouter más antiguo. e) Consistirá en una pañoleta de Grupo serigrafiada con el escudo del grupo en el pico y pondrá, en la parte de arriba ALTAHAY, 356 y en la parte de abajo pondrá POR TU TRABAJO, así como dos cintas de color rojo de seis centímetros desde las puntas de verticales hacia arriba que sustituyan a los colores amarillo y azul de nuestra pañoleta. f) Si no tiene la insignia de Recompensa de Agradecimiento también se le entregará. Art Las normas generales para la Recompensa de Servicio son: a) Se conceden a las personas que trabajen aproximadamente diez años de forma regular y positiva en el Grupo. b) La concede el C.G. y el Cs.G. en consenso. c) Se entregará en un acto importante o en A.G. d) La hará entrega el Coordinador de Grupo o, en su defecto, el Scouter más antiguo. e) Consistirá en la pañoleta de Grupo serigrafiada en el pico con el escudo de Grupo y pondrá por encima ALTAHAY, 356 y por debajo pondrá POR TU SERVICIO, así como dos cintas de color blanco de seis centímetros desde las puntas de verticales hacia arriba que sustituyan a los colores amarillo y azul de nuestra pañoleta. f) Se le hará entrega también de una placa conmemorativa. g) Si no tiene la insignia de Recompensa de Agradecimiento. Art Las normas generales para la Recompensa de Mérito son: a) Se le concede a cualquier persona que pertenezca o haya pertenecido al Grupo Scout y que destaque por cualquier cosa digna de merito, tanto en el Grupo como fuera de él. b) La concede el C.G. y el Cs.G. en consenso. c) Se concede en cualquier acto importante del Grupo o en una ceremonia que se prepare para la ocasión. d) La entregará el Coordinador de Grupo o en su defecto el Scouter más antiguo. e) Consiste en una placa rectangular en cuya parte central habrá un círculo con los colores del Grupo y en el centro de éste el escudo de grupo, En la parte superior del círculo grande pondrá ALTAHAY, 356 y en la parte inferior pondrá MÉRITO. f) Si no tiene la insignia de Recompensa de Agradecimiento también se le entregará. 19

20 PARTE IX: SANCIONES. CAPÍTULO I: NATURALEZA Y PROCEDIMIENTO. Art La sanción es el medio que tiene el Grupo para llamar la atención a un socio o suspenderle en caso de falta muy grave. Art Para llevar a cabo una sanción es necesario que un socio: a) Incumpla de manera grave el Reglamento del Grupo. b) Ponga en peligro la buena imagen del Grupo o de sus componentes. c) Cometa un delito contra los Derechos Humanos o del Menor. d) Falte reiteradamente y de forma grave a la Promesa y la Ley Scout. Art Los socios infantiles y juveniles son casos especiales y, por tanto, no se realizará sobre estos ninguna sanción de este reglamento, siempre y cuando no perjudique al resto del Grupo. Art El Grupo tiene tres niveles de sanciones: a) Amonestación privada. b) Amonestación pública. c) Suspensión temporal. Art Por encima de las sanciones realizadas por el Grupo están las que la Asociación disponga. Art La amonestación privada: a) La lleva a cabo el Coordinador de Grupo y el Presidente. b) No es necesario que se realice por escrito. c) Se realizará a cualquier socio que el C.G. y el Cs.G. estipule que ha cometido una falta que agrava el buen desarrollo del Grupo directa o indirectamente. Art La amonestación pública: a) La llevará a cabo una comisión creada entre el C.G. y el Cs.G. para el estudio de los hechos acaecidos. b) Se le enviará por escrito al interesado antes que termine el estudio de los hechos y cuando se crea que se tiene suficientes datos de estos. c) El interesado podrá replicar ante la comisión y presentar todas las pruebas que crea conveniente. d) La amonestación se hará en un acto público o en una reunión del C.G. y el Cs.G. según la gravedad de los hechos. Art La suspensión temporal: a) La llevará a cabo una comisión creada para el estudio de los hechos acaecidos. b) Se le enviará por escrito al interesado antes de que termine el estudio de los hechos y cuando se crea que se tiene suficientes datos de los estos. 20

21 c) El interesado podrá replicar ante la comisión y presentar todas las pruebas que crea conveniente. d) La suspensión se hará en acto público. e) Se realiza a cualquier socio que el C.G. y el Cs.G. estipule que ha cometido una falta muy grave o que atente contra el Proyecto Educativo, el Reglamento Interno o haya sido amonestado en alguna otra ocasión. PARTE X: ACTIVIDADES. CAPÍTULO I: NORMAS ESPECIALES. Art Para realizar una actividad fuera del local tendrá que asistir un Scouter por cada diez educandos. Art Los Scouters que asistan a las actividades que se realicen fuera del local podrán ser: a) Scouters de la Sección. b) Scouters de otra Sección. c) Rovers en servicio con titulación de monitor. d) Personas tituladas e inscritas en el Grupo. Art Será necesario que cualquier socio infantil o juvenil entregue una autorización expresa (que viene en la inscripción inicial) firmada por sus padres o sus tutores cuando se realice una actividad en cuya duración haya una noche o supere las 24 horas de actividad. Art Los padres o tutores de los socios no podrán asistir a las salidas o acampadas del grupo, salvo en las fechas y horarios marcados por el Cs.G. para sus asistencia o salvo autorización expresa del Coordinador. Art Las actividades comienzan y terminan en los lugares señalados en la circular informativa colgada en los blogs, por tanto, hasta la llegada a dicho lugar los educandos han de permanecer con el Grupo o Sección. Sólo podrán abandonar la actividad con anterioridad mediante la autorización expresa del Coordinador de Grupo. Art Las familias con más de dos hijos en el grupo recibirán un descuento en las cuotas del Grupo o de las secciones a las que pertenecen teniendo en cuenta la siguiente tabla: a) Primer hijo: 0 % de descuento. b) Segundo hijo: 12% de descuento. c) Tercer hijo: 24% de descuento. d) Cuarto hijo: 35% de descuento. e) Quinto hijo: 50 % de descuento. f) Sexto hijo en adelante: 100% de descuento. 21

22 Art Todos los bienes y propiedades del Grupo en general están para el uso y disfrute de sus miembros o secciones, sin distinción, siempre que sean utilizados en actividades de la programación o del Método Scout, individual o colectivamente. El E.C. podrá prestar bienes o instalaciones para particulares siempre que concurran estas circunstancias: a) Que sea solicitado por una persona que se responsabilice de lo que se le presta y que especifique bien todos los datos para su localización. Si se trata de un préstamo importante el E.C. deberá pedir autorización al Cs.G. y al C.G. según su trascendencia. b) Los locales, al no ser propiedad del grupo, se estudiará por el C.G. y el Cs.G. el cederlos para alguna entidad. CAPÍTULO II: CAMPAMENTOS. Art El campamento es la culminación de toda la educación progresiva durante la Ronda Solar. Art El campamento será siempre por Secciones, aunque sean en el mismo lugar. Art El campamento no se realizará siempre y cuando: a) No haya un Director de Campamento. b) No se cumplan los requisitos mínimos sobre titulaciones y presencia de monitores exigidos por la Diputación Provincial donde se realice dicho campamento. c) No haya personal de cocina o intendencia, siempre que sea necesario. d) No asistan el 50% de los educandos de cada una de las secciones, salvo si el campamento se realiza de manera conjunta con otro Grupo o el número de educandos permita realizar una buena labor educativa. Art Cualquier miembro del E.C. hará las funciones del Coordinador de Grupo siempre y cuando este no asista, realizando el Director de Campamento la función de Ayudante de Coordinador. En todo momento, y como responsable directo de lo que acontece en el campamento, el Director tendrá la última palabra sobre la realización de actividades en las que se considere que pueda poner en peligro tanto a los educandos como a los propios monitores. Art Todas las personas con cargo de cocinero tendrán que tener el Carné de Manipulador de Alimento o acreditación equivalente. Art Los programas de Campamento serán entregados al Coordinador de Grupo al menos con un mes de antelación a su realización. 22

23 PARTE XI: UNIFORMIDAD. CAPÍTULO I: NATURALEZA. Art El uniforme Scout es una de nuestras señas de identidad y tiene un doble objetivo: como distintivo y como elemento educativo. Debe ser llevado con la mayor dignidad y corrección. CAPÍTULO II: PRENDAS DEL UNIFORME. Art Polo Scout: Todos los miembros de A.S.D.E. utilizan un polo celeste con manga corta o larga y con el logotipo SCOUT. Art Camiseta de Grupo: El Grupo Scout ha realizado una camiseta de color azul oscuro, con el emblema del grupo serigrafiado en la parte posterior y con una Flor de Lis serigrafiada en la parte anterior. Art Sudadera de Grupo: El Grupo ha realizado una sudadera para castores y manada, azul marino y con capucha y los logos del grupo scout. Art Forro de Grupo: El Grupo ha realizado un forro para tropa, esculta, rovers y scouters en azul marino, con capucha y los logos del grupo scout. Art Pantalón oficial: Todos los miembros de A.S.D.E. utilizan pantalón largo de tela o pana de color azul marino. Así mismo se podrá optar por el uso de falda de color azul marino. Art Pantalón corto o chándal: Estos pantalones pueden ser de cualquier color, largos o cortos, si bien recomendamos que sean azul marino o de colores oscuros. Art Pañoleta o Pañuelo Scout: Sobre el uniforme y alrededor del cuello todos los miembros de A.S.D.E. que tengan Promesa llevarán un pañuelo triangular enrollado sobre el lado mayor y con el vértice hacia atrás. La pañoleta del Grupo Scout Altahay, 356 es de color morado nazareno, con dos ribetes, uno a cada lado menor del triángulo de colores azul cielo y amarillo. Art Cinturón: La falda o el pantalón se ceñirán mediante un cinturón de cuero, o de tejido elástico azul marino con una hebilla metálica en color bronce, con la insignia de A.S.D.E. o de la Asociación perteneciente en la parte frontal. Art Casquete: los lobatos y castores utilizan gorro de tipo casquete hemiesférico con seis gajos, en color azul marino con ribetes amarillos, con el emblema de la Rama cosido en la parte frontal. 23

24 Art Cuatro bollos: Los miembros scouts utilizan un sombrero de fieltro de color marrón con el ala plana y copa con cuatro bollos. Si prestan servicio o están encuadrados en una Sección llevarán su emblema en la parte frontal. Art Gorra Scout: Cualquier educando podrá utilizar una gorra con visera, tipo béisbol de color azul marino, con la insignia de A.S.D.E. y la leyenda SCOUT en la parte frontal en color blanco. Art Existen otras muchas prendas con emblemas y caracteres relacionados con el Escultismo. Todas estas podrán ser utilizadas según las situaciones marcadas en el capítulo IV. CAPÍTULO III: INSIGNIAS. Art Insignias comunes a cualquier sección: a) Insignia de A.S.D.E.: todos los miembros de A.S.D.E. desde que formulan su promesa llevan en el centro del bolsillo izquierdo de la camisa la insignia de A.S.D.E. b) Banda de identificación de Grupo: Todos los miembros de A.S.D.E. llevan esta insignia que va situada en la manga derecha de la camisa, centrada y próxima a la costura superior de la manga. c) Insignia de Recompensa de Agradecimiento: esta insignia podrá ser llevada cuando se haya recibido dicho reconocimiento. Se situará en el centro del bolsillo izquierdo. Art Insignia de uso particular por Secciones. Existen insignias de uso particular para cada una de las secciones que componen el Grupo Scout. Estas insignias deben estar acordes con la Sección en la que se encuentra cada educando y, por tanto deberán retirarse de la camisa cuando éste cambie de Sección. Estas insignias son: a) Banda de rama: Consiste en una cinta de color azul marino que lleva inscrita el nombre de la Sección con su correspondiente color. Esta insignia se lleva en la manga izquierda de la camisa, centrada y próxima a la costura superior de la manga. Los seiseneros y los guías podrán usar la misma banda de rama, pero con dos barras inclinadas tras la inscripción y en el mismo color que la sección. Los subseiseneros y subguías la podrán usar con una barra inclinada. b) Emblema de rama: Esta insignia se sitúa justo debajo de la banda de rama y por encima de las insignias de progresión. Estas insignias han de ser bordadas todas ellas. También se usa esta insignia en el casquete o en el cuatro bollos tal y como aparece en los Arts y c) Insignias de progresión: Cada etapa de progresión en las distintas ramas llevan asociadas una insignia en particular. Cuando se supera la etapa en la que se encuentra se deberá sustituir la insignia de la etapa superada por la de la etapa actual. Las distintas insignias con respecto a la etapa de progresión son: 24

25 1) Integración. Castores: Castor Kit. Manada: Huella de Akela. Scouts: Senda del compromiso. Escultas: Esculta aspirante. Rovers: Rover aspirante. 2) Participación. Castores: Castor animoso Manada: Huella de Baloo. Scouts: Senda del desafío. Escultas: Esculta comprometido. Rovers: Rover en formación. 3) Animación. Castores: Castro Keeo. Manada: Huella de Bagheera. Scouts: Senda de la colaboración. Esculta: Esculta animador. Rovers: Rover en servicio. CAPÍTULO IV: REGULACIÓN DE PRENDAS E INSIGNIAS. Art Formaciones: Para este tipo de eventos se utilizarán con carácter obligatorio las prendas de los Arts , 11.03, 11.04, 11.06, , recomendando el uso de las prendas de los Arts , , No se podrá utilizar otro tipo de prenda salvo autorización expresa del coordinador. Se permite en todo momento llevar la camisa por fuera del pantalón. Para aquellas personas que participen de manera esporádica en las actividades del Grupo, por ejemplo asistencia por primera vez al Grupo en el campamento, podrán utilizar las prenda del Art y Art Actos Comunitarios: Para este tipo de eventos recomendamos el uso de las prendas descritas en el Art pudiéndose utilizar cualquiera de las prendas descritas entre los Arts y Art Actividades regulares: Para este tipo de actividades se podrá utilizar cualquiera de las prendas referidas entre los Arts y excepto los Arts , y La prenda del Art no se podrá utilizar cuando ésta corra peligro de roturas, manchas, deterioro, etc. Art Actividades especiales: a) Salidas y visitas culturales: igual que en el Art b) Acampadas y campamentos: Es obligatorio llevar a estas actividades las prendas utilizadas en el Art así como la de los Arts y Por tratarse de actividades duraderas fuera de casa se podrá utilizar cualquier tipo de prenda no reseñada en este guión, si bien recomendamos el uso de cualquiera de las prendas anteriores. Art El uso de la pañoleta o pañuelo scout es obligatorio, para aquellos que tengan la Promesa, en cualquier tipo de actividad. 25

26 Art El uniforme scout nunca podrá ser completado con emblemas ni signos militares, paramilitares o políticos. Art Cualquiera de estos Artículos podrá verse alterado por causas mayores sólo bajo la autorización expresa del Coordinador de Grupo. 26

27 ÍNDICE. PARTE I: EL GRUPO SCOUT. CAPÍTULO I: LA ASOCIACIÓN...1 CAPÍTULO II:EL SECTOR...1 CAPÍTULO III: NATURALEZA, COMPOSICIÓN, ÁMBITO TERRITORIAL Y DOMICILIO...1 PARTE II: LA ASAMBLEA DE GRUPO. CAPÍTULO I: NATURALEZA...2 CAPÍTULO II: COMPOSICIÓN...2 CAPÍTULO III: COMPETENCIAS...2 CAPÍTULO IV: PROCEDIMIENTO...2 PARTE III: EL COMITÉ DE GRUPO. CAPÍTULO I: NATURALEZA...5 CAPÍTULO II: NOMBRAMIENTO Y DURACIÓN DE CARGOS...5 CAPÍTULO III: COMPOSICIÓN Y FUNCIONES...5 CAPÍTULO IV: COMPETENCIAS...7 CAPÍTULO V: PROCEDIMIENTO...8 PARTE IV: EL CONSEJO DE GRUPO. CAPÍTULO I: NATURALEZA...9 CAPÍTULO II: COMPOSICIÓN Y DURACIÓN DE CARGOS...9 CAPÍTULO III: COMPETENCIAS...10 CAPÍTULO IV: PROCEDIMIENTO...10 PARTE V: EL EQUIPO DE COORDINACIÓN. CAPÍTULO I: NATURALEZA...12 CAPÍTULO II: NOMBRAMIENTO Y DURACIÓN DE CARGOS...12 CAPÍTULO III: COMPOSICIÓN Y FUNCIONES...12 CAPÍTULO IV: COMPETENCIAS...13 CAPÍTULO V: PROCEDIMIENTO...14 PARTE VI: EL ASOCIADO. CAPÍTULO I : NATURALEZA Y COMPOSICIÓN...15 CAPÍTULO II: NORMAS DE ADMISIÓN...15 CAPÍTULO III: DERECHOS DE LOS ASOCIADOS...16 CAPÍTULO IV: DEBERES DE LOS ASOCIADOS...17 CAPÍTULO V: PÉRDIDA DE CONDICIÓN DE SOCIO...17 CAPÍTULO VI.: PROMESA DE UN SOCIO MAYOR DE EDAD...18 PARTE VII: ELECCIONES 27

28 CAPÍTULO I: PROCEDIMIENTO...19 CAPÍTULO II: MOCIÓN DE CENSURA...20 PARTE VIII: RECOMPENSAS. CAPÍTULO I: NATURALEZA Y PROCEDIMIENTO...22 PARTE IX: SANCIONES. CAPÍTULO I: NATURALEZA Y PROCEDIMIENTO...24 PARTE X: ACTIVIDADES. CAPÍTULO I: NORMAS ESPECIALES...26 CAPÍTULO II: CAMPAMENTOS...27 PARTE XI: UNIFORMIDAD. CAPÍTULO I: NATURALEZA...28 CAPÍTULO II: PRENDAS DEL UNIFORME...28 CAPÍTULO III: INSIGNIAS...29 CAPÍTULO IV: REGULACIÓN DE PRENDAS E INSIGNIAS

29 ESTE REGLAMENTO INTERNO HA SIDO APROBADO EN LA ASAMBLEA DE GRUPO DEL GRUPO SCOUT ALTAHAY, 356 QUE HA TENIDO LUGAR EL DÍA 1 DE JUNIO DE 2002, SIENDO EL PRESIDENTE DE GRUPO ENTRANTE: BELEN AMADO-LÓRIGA DE ARVIZU, LA SECRETARIA DE GRUPO ENTRANTE: CONSUELO DELGADO FERNÁNDEZ Y EL COORDINADOR DE GRUPO: JOSÉ ÁNGEL RUIZ FRANCONETTI. Firma del Presidente: Firma de la Secretaria de Grupo: Firma del Coordinador Belén Amado-Lóriga Consuelo Delgado Fernández José Ángel Ruiz de Arvizu Franconetti MODIFICADO POR EL CONSEJO DE GRUPO DEL GRUPO SCOUT ALTAHAY 356 EL DÍA 8 DE SEPTIEMBRE DE 2012 EN EL ALBERGUE RICHARD SCHIRRMAM, CON: SARA AMRAOUI, PATRICIA ALONSO, FRANCISCO MARTINEZ, ARANCHA ARANGUREN, RAQUEL GARCÍA, JAVIER PICAZAS, CESAR BERRIGUETE, JOSE MARIA MALDONADO, IRENE MARTIN, ARANZAZU SANTOYO, CELIA JIMENEZ, CRISTIAN NAVARRO, ROBERTO BENITO, LAURA ALARCON, DANIEL BENITO, ALBERTO BUESO Y BELEN R. AMADO-LORIGA. 29

30 30

31 GRUPO SCOUT ALTAHAY, 356 C/ Miguel Hernandez, 2, Griñón Madrid 31

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