ANEXO C A LA OTEP Nº IV-B-05 PAGARÉ Y CONSTITUCIÓN DE CODEUDORES SOLIDARIOS. En Santiago de Chile, a de de 2.

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1 FUERZA AÉREA DE CHILE COMANDANCIA EN JEFE COMANDO DE PERSONAL CLASIFICACIÓN: P Ú B L I C O SANTIAGO, 07 de Julio del 2010 ANEXO C A LA OTEP Nº IV-B-05 PAGARÉ Y CONSTITUCIÓN DE CODEUDORES SOLIDARIOS En Santiago de Chile, a de de 2. Debo y pagaré a la orden de la División de Bienestar Social de la Fuerza Aérea de Chile, la cantidad de U.F., (La U.F., se considerará al día 09 de cada mes). La cantidad antes indicada, la cual he recibido en dinero efectivo, la pagaré en el plazo de meses, contados desde el mes de de 2, en cuotas mensuales iguales, sucesivas y vencidas de ( ) cada una, en las que se comprenderá un % de interés anual. Las cuotas señaladas anteriormente, serán descontadas de mis remuneraciones, por la División de Bienestar Social de la Fuerza Aérea de Chile. En caso de mi retiro de la Fuerza Aérea de Chile, con derecho a pensión de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, autorizo expresamente para que las cuotas ya individualizadas, sean descontadas de mis respectivos haberes, pensión o asignación, por dicho organismo, autorizando, a su vez, para que él mismo, pueda cursar un descuento superior al 25% de mi líquido a pago mensual, con el objeto de pagar la totalidad de la deuda, por concepto del Préstamo, Patrimonio de Afectación Fiscal. (Habitacional, Médico, Educacional y Consumo), contraída con la División de Bienestar Social de la Fuerza Aérea de Chile. En el evento de que por cualquier motivo o circunstancia, los organismos ya individualizados, encargados de efectuar los respectivos descuentos, de las cuotas que contempla el crédito que se me otorga, no efectúen, en algún mes, el correspondiente descuento, me obligo a realizar el correspondiente pago de la o las cuotas no descontadas, en la Caja del Departamento de Administración y Finanzas de la División de Bienestar Social de la Fuerza Aérea de Chile, dentro de los primeros cinco días hábiles siguientes al mes en que se hizo exigible la obligación. En caso que me acoja a retiro de la Fuerza Aérea de Chile, sin derecho a pensión de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, continuaré pagando mensualmente las cuotas pactadas, en la Caja del Departamento de Administración y Finanzas de la División de Bienestar Social de la Fuerza Aérea de Chile, dentro de los primeros cinco días hábiles siguientes al mes en se hizo exigible la obligación; caso contrario, se traspasará el servicio de la deuda a mis respectivos avales, los cuales tendrán derecho a ejercer las acciones judiciales pertinentes en mi contra. Al pago del capital y sus intereses y al cumplimiento de todas las obligaciones que resulten del presente instrumento, obligo todos mis bienes habidos y por haber

2 El portador queda liberado de la obligación de protestar este documento, respecto de todos los obligados a su pago. En caso de mora o simple retardo en el pago de todo o parte del capital y/o de los intereses que establece este pagaré, la División de Bienestar Social de la Fuerza Aérea de Chile, en su calidad de acreedor, tendrá la facultad de hacer exigible el total de lo adeudado, el que en ese evento, se considerará de plazo vencido, para todos los efectos legales y convencionales, pudiendo cobrar anticipadamente el presente pagaré. Las obligaciones que contraigo se considerarán indivisibles y su pago podrá ser exigido a cualquiera de mis herederos y/o sucesores. A su vez, autorizo expresamente a la División de Bienestar Social de la Fuerza Aérea de Chile, el tratamiento de mis datos personales, y para efectos de publicar las eventuales morosidades que pueda presentar en los pagos establecidos en el presente pagaré, a cualquier evento, en los sistemas de información comercial que dicha División contrate para tal efecto. Se deja constancia que el presente pagaré ha sido otorgado sin ánimo de novar y, por consiguiente, el suscriptor deberá pagar a la División de Bienestar Social de la Fuerza Aérea de Chile cualesquiera otras cantidades que le adeude en virtud o con ocasión del acreditivo antes aludido, su negociación y otras circunstancias vinculadas a él, por cualquier concepto. Todos los gastos, impuestos, derechos y otros que afecten al presente instrumento, su notificación, resuscripción, protesto, pago u otra circunstancia relativa a aquel o producida con ocasión o motivo del mismo, serán de cargo exclusivo del deudor. Para todos los efectos legales o judiciales, derivados del presente pagaré, el suscriptor fija su domicilio en el lugar del pago y se somete a la competencia de los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad y comuna de Santiago de Chile. En,a de de FIRMA DEL SUSCRIPTOR O DEUDOR Nombres y Apellidos del deudor Cédula Nacional de Identidad Dirección Informativa Teléfonos - 2 -

3 AVAL, FIANZA Y CODEUDA SOLIDARIA Cada uno de los suscritos se constituye en avalista de la presente obligación y se constituye expresamente en fiador y codeudor solidario del suscriptor o deudor antes individualizado en favor de la División de Bienestar Social de la Fuerza Aérea de Chile, por todas y cada una de las obligaciones contenidas en el presente instrumento, por todo el tiempo que transcurriere hasta el efectivo y completo pago de este documento con expresa declaración de que: A) Aceptamos, desde luego, los plazos y prórrogas de plazo, renovaciones y/o modificaciones de tasa de interés que se acordaren entre el deudor y acreedor, quedando subsistente la obligación solidaria, no obstante cualquier convenio entre ambos sobre dichas materias o sobre la forma de pagar la obligación. B) Libero a la División de Bienestar Social de la Fuerza Aérea de Chile de la obligación de protesto de este documento. C) Nuestra responsabilidad y la de nuestros herederos y/o sucesores tendrá el carácter de indivisible para todos los efectos legales y en especial para lo dispuesto en los artículos número 4 y del Código Civil. D) Nuestra responsabilidad no se verá afectada por otras garantías constituidas o que se constituyan para la seguridad de la misma obligación, como tampoco por el alzamiento o modificación de esas garantías. E) Para el caso que debamos proceder a servir las obligaciones contenidas en el presente instrumento, en virtud de nuestra calidad de avales, fiadores o codeudores solidarios, autorizamos expresamente, que el pago de las cuotas adeudadas sean descontadas de mis remuneraciones, por la División de Bienestar Social de la Fuerza Aérea de Chile. En caso de nuestro retiro de la Fuerza Aérea de Chile, con derecho a pensión de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, las cuotas ya individualizadas, serán descontadas de mis respectivos haberes, pensión o asignación, por dicho organismo, autorizando, a su vez, para que él mismo, pueda cursar un descuento superior al 25% de mi líquido a pago mensual, con el objeto de pagar la totalidad de la deuda contraída por el suscriptor del presente instrumento, por concepto del Préstamo, Patrimonio de Afectación Fiscal. (Habitacional, Médico, Educacional y Consumo), otorgado por la División de Bienestar Social de la Fuerza Aérea de Chile. En el evento de que por cualquier motivo o circunstancia, los organismos ya individualizados, encargados de efectuar los respectivos descuentos, de las cuotas que contempla el crédito que se me otorga, no efectúen, en algún mes, el correspondiente descuento, me obligo a realizar el correspondiente pago de la o las cuotas no descontadas, en la Caja del Departamento de Administración y Finanzas de la División de Bienestar Social de la Fuerza Aérea de Chile, dentro de los primeros cinco días hábiles siguientes al mes en que se hizo exigible la obligación

4 F) En caso que nos acojamos a retiro de la Fuerza Aérea de Chile, sin derecho a pensión de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, continuaré pagando mensualmente las cuotas pactadas, en la Caja del Departamento de Administración y Finanzas de la División de Bienestar Social de la Fuerza Aérea de Chile, dentro de los primeros cinco días hábiles siguientes al mes en se hizo exigible la obligación. G) Para todos los efectos legales, cada avalista constituye domicilio especial en la ciudad y comuna de Santiago y se somete a la competencia de sus Tribunales Ordinarios de Justicia; En Santiago a de del año (1) Firma Aval, fiador y codeudor solidario (2) Firma Aval, fiador y codeudor solidario Nombre y Apellidos del Aval, fiador y codeudor solidario (1) Cédula Nacional de Identidad Dirección Informativa Teléfono Comparece en este acto don (ña), Cédula Nacional de Identidad N, casado (a) en régimen de sociedad conyugal con don (ña) :, precedentemente individualizado (a), domiciliado (a) en calle, Número, Comuna de y expone: que autoriza el aval, fianza y codeuda solidaria constituida por su cónyuge a favor de la División de Bienestar Social de la Fuerza Aérea de Chile para caucionar las obligaciones arriba singularizadas con los intereses, reajustes, las prórrogas, renovaciones que se otorguen al deudor y costas de toda índole que su cobranza judicial y extrajudicial irrogue, para los efectos previstos en el artículo del código Civil. En Santiago, a de del año Firma Cónyuge Avalista, fiador y codeudor solidario (1) - 4 -

5 Nombre y Apellidos del Aval, fiador y codeudor solidario (2) Cédula Nacional de Identidad Dirección Informativa Teléfono Comparece en este acto don(ña), Cédula Nacional de Identidad N, casado(a) en régimen de sociedad conyugal con don(ña):, precedentemente individualizado (a), domiciliado (a) en calle, Número, Comuna de y expone: que autoriza el aval, fianza y codeuda solidaria constituida por su cónyuge a favor de la División de Bienestar Social de la Fuerza Aérea de Chile para caucionar las obligaciones arriba singularizadas con los intereses, reajustes, las prórrogas, renovaciones que se otorguen al deudor y costas de toda índole que su cobranza judicial y extrajudicial irrogue, para los efectos previstos en el artículo del código Civil. En Santiago, a de del año Firma Cónyuge Avalista, fiador y codeudor solidario (2) (Observación: Si los avales, fiadores y codeudores solidarios se encuentran casados bajo el régimen patrimonial de separación de bienes, no se requiere la comparecencia de su respectivo cónyuge a este acto. Para el caso antes descrito el interesado en demostrar tal situación, deberá acreditarlo ante Notario, presentado su correspondiente Certificado de Matrimonio emitido por el Servicio de Registro Civil.) N O T A R I O P U B L I C O - 5 -

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