Programa de Estímulos al Desempeño del Personal Docente PROGRAMA DE ESTÍMULOS AL
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- Juan Luis Maestre Gutiérrez
- hace 6 años
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1 La Universidad Autónoma del Estado de México, a través de la Secretaría de Docencia, con base en lo dispuesto en los artículos 1 y 11 de la Ley de la UAEM; artículos 29, 45, 68 y 70 del Estatuto Universitario; artículo 5 del Reglamento del Personal Académico y el Reglamento del Programa de Estímulos al Desempeño del Personal Docente, a todos los integrantes del personal académico de tiempo completo o medio tiempo y profesores de asignatura, que hayan desempeñado actividad docente, de acuerdo con su modalidad de contratación, durante el periodo comprendido del 1 de marzo de 2014 al 29 de febrero de 2016, a participar en el: Programa de Estímulos al Desempeño del Personal Docente I. Objetivo general Fortalecer el perfil profesional del personal académico de la Universidad Autónoma del Estado de México (UAEM), mediante la evaluación y otorgamiento de estímulos económicos independientes al salario tabular, que contribuyan al desarrollo de las funciones sustantivas con mayor pertinencia, trascendencia y equidad. II. Políticas de participación 1. Podrán participar los integrantes del personal académico de la UAEM que cumplan con los requisitos establecidos en el Reglamento del Programa de Estímulos al Desempeño del Personal Docente. 2. El personal académico podrá participar en una de las categorías de contratación siguientes: a) Profesores de tiempo completo registrados por la UAEM ante la SHCP, con categorías A, B y C equivalentes a asociados D, E y F equivalentes a titulares, así como profesores de medio tiempo. b) Técnicos académicos de tiempo completo. c) Profesores y técnicos académicos de medio tiempo, y profesores de asignatura, con recursos adicionales obtenidos por reducciones al capítulo 1000, Servicios Personales, por aportaciones del Gobierno Estatal y por ingresos propios. 1
2 3. Podrá participar el personal académico que se encuentre en alguna de las condiciones siguientes: a) Titular de una jefatura de departamento con plaza académica. b) Semestre o año sabático. c) Licencia con goce de sueldo. d) Tiempo completo que se reincorpora a la actividad académica, después de haber desempeñado cargos universitarios como funcionario, directivo o jefe de departamento, o su equivalente en las dependencias e instituciones de educación media superior y superior. e) Tiempo completo y medio tiempo que participe en convenios de intercambio académico o superación profesional y académica. f) Becarios Prodep que estén próximos a concluir la vigencia de su apoyo, posterior al periodo de evaluación del Programa. III. Requisitos para participar en el Programa 1. Ser personal académico ordinario de la UAEM. 2. El personal académico interesado en participar en el Programa podrá ser evaluado en uno de los tres perfiles académicos siguientes: a) Profesores de carrera o técnicos académicos de tiempo completo y medio tiempo adscritos al nivel superior. b) Profesores de carrera o técnicos académicos de tiempo completo y medio tiempo adscritos al nivel medio superior. c) Profesores de asignatura de nivel medio superior o superior. 3. Desempeñar actividad docente formal y continua, en cursos curriculares institucionales (periodos regulares, intensivos o especiales), con un promedio mínimo durante los dos ciclos escolares anuales previos de: a) 4 horas-semana-mes, para profesores y técnicos académicos de tiempo completo y medio tiempo. b) 6 horas-semana-mes, para profesores de asignatura. c) El equivalente al promedio mínimo de 4 horas-semana-mes por ciclo escolar para académicos adscritos a Centros de Investigación administrados por la SIyEA, a partir de su participación como instructores en cursos de capacitación, diplomados, seminarios, talleres u otras actividades de docencia no curricular. 2
3 d) El equivalente al promedio de 6 horas-semana-mes por ciclo escolar para el personal que imparte docencia en actividades de promoción deportiva, cultural o de idiomas. 4. Contar con una antigüedad mínima de un año como académico. Los académicos que cambien de plaza laboral durante el periodo a evaluar deberán cumplir al menos con seis meses en la nueva plaza de lo contrario serán evaluados en la anterior. 5. Como requisito mínimo indispensable de participación, deberá contar con: a) Grado académico de maestría, para profesores de carrera y técnicos académicos. Como grado equivalente, los académicos del área de Ciencias de la Salud deberán presentar diploma de especialidad médica, cédula profesional y certificación del consejo o colegio nacional correspondiente. b) Título de licenciatura, para los profesores de asignatura y profesores con perfil profesional o laboral en el campo artístico. IV. Integración de expedientes 1. Cada participante deberá acceder al sistema electrónico de captura en la siguiente página web mediante su cuenta de correo electrónico personal con y su contraseña particular. El profesor que no cuente con correo electrónico con podrá tramitarlo ante el responsable TIC en su Espacio Académico de adscripción. 2. Los profesores que soliciten evaluación en el Programa, deberán integrar a su expediente copia en archivo electrónico del título o grado correspondiente a su último nivel de estudios, con la copia en archivo electrónico de la cédula de registro ante la Dirección General de Profesiones de la SEP, o en su caso el apostille correspondiente para títulos o grados obtenidos en el extranjero, siempre y cuando no le haya sido autorizado en convocatorias anteriores o participen por primera vez en el Programa. 3. Adjuntar los archivos electrónicos de los documentos que avalan su desempeño docente en los formatos PDF o JPG y extensión máxima de 2 Megabyte, con vigencia para el periodo de evaluación, conforme a los tiempos y formatos establecidos en la presente convocatoria y en el Reglamento del Programa de Estímulos al Desempeño del Personal Docente. 4. Se podrá iniciar la captura del expediente a partir de la última semana de septiembre del 2015, hasta las 23:59 horas del día 29 de febrero de 2016, y deberán firmarlo de manera electrónica a más tardar el 7 de marzo de
4 5. La información relativa a los siguientes factores será proporcionada por los Espacios Académicos y/o por las dependencias de la Administración Central: Evaluación del desempeño docente por los estudiantes Cumplimiento en el programa de trabajo Desarrollo del programa de asignatura o unidad de aprendizaje (profesores de asignatura) Cumplimiento en las actividades de docencia Textos impresos: Documento de programación pedagógica Antología Apuntes Cuaderno de ejercicios y/o problemarios Manual para prácticas de laboratorio, taller u otra área de apoyo a la docencia Monografía Material Multimedia Hipertextos Material en línea adecuado al diseño instruccional de la modalidad no escolarizada Reconocimientos académicos (Reconocimiento Prodep) Desarrollo de trabajos de investigación (sólo registro interno y Prodep) Participación en cuerpos académicos Participación en redes temáticas Promover competencias básicas comunicativas, de aprendizaje, razonamiento, socialización, autoestima y culturales Desarrollar capacidades que contribuyan a la empleabilidad pertinente y oportuna Asesorar inscripciones que integren el desempeño escolar y el plan de estudios Facilitar la plena integración escolar y promover el uso de programas y servicios institucionales 2. Dedicación a la docencia (horas de docencia por periodo escolar) 3. Permanencia en las actividades de docencia (antigüedad) Será responsabilidad del participante dar seguimiento a la integración de estos factores a su expediente, en caso de alguna omisión o error se deberá integrar en el sistema electrónico durante el periodo de captura el documento que acredite la actividad correspondiente. 4
5 6. Todos los profesores participantes deberán firmar electrónicamente la solicitud de participación y para los profesores de carrera el convenio de colaboración debidamente integrado, mediante el cual los profesores de tiempo completo que accedan a tres o más salarios mínimos de estímulo se comprometen a laborar 40 horas a la semana, de lunes a viernes en turno mixto (matutino y vespertino) y los profesores de medio tiempo 20 horas. La falta de firma electrónica del convenio de colaboración determinará que el estímulo que obtenga no podrá ser superior a dos salarios mínimos. 7. Los profesores participantes tendrán la opción de realizar las actividades indicadas en el numeral anterior, en la etapa de terminación de integración de los archivos de su expediente electrónico o hacerlo dentro de los 7 días posteriores al cierre de la convocatoria, con la salvedad de que si optan por la primera opción, ya no podrán realizar ninguna modificación a los archivos electrónicos integrados al expediente, ya que el sistema electrónico cierra con dicha operación. 8. Los profesores que disfrutaron de año sabático o de licencia con goce de sueldo dentro del periodo de evaluación, deberán de integrar al expediente el documento que lo acredite, conforme a lo establecido en el Capítulo Segundo del Título Segundo del Reglamento del Programa de Estímulos al Desempeño del Personal Docente. 9. Los profesores participantes recibirán en su correo electrónico institucional el oficio que confirme su participación o bien lo podrán descargar del sistema electrónico. 10. No se podrán realizar actividades de firma electrónica, convenios de colaboración o documentos probatorios después del plazo establecido en la presente convocatoria. V. Rubros a evaluar Con base en el artículo 40 del Reglamento del Programa de Estímulos al Desempeño del Personal Docente, a composición final de la calificación del desempeño docente, se distribuirá conforme a la tabla siguiente: 5 Rubro Puntaje Porcentaje (%) Calidad en el Desempeño de la Docencia Dedicación a la Docencia Permanencia en las Actividades de la Docencia
6 VI. Asignación de los estímulos La asignación del estímulo se otorgará con base en las disposiciones contenidas en los artículos 50, 51, 52, 53, 54, 55 y 56 del Reglamento del Programa de Estímulos al Desempeño del Personal Docente, teniendo como criterio la equivalencia entre puntajes total y de calidad, el nivel de estímulo por categoría laboral y el grado académico, de acuerdo con las tablas siguientes: Profesores y técnicos académicos de tiempo completo Puntaje Total Puntaje en Calidad en el Desempeño de la Docencia Nivel de estímulo Salarios mínimos I II III IV V VI VII VIII IX * 14* 6 *Aplica artículo 53.
7 Profesores y técnicos académicos de medio tiempo Puntaje Total Puntaje en Calidad en el Desempeño de la Docencia Nivel de estímulo I Salarios mínimos II III IV V 5* *Aplica artículo 53. Profesores de asignatura Puntaje Total Puntaje en Calidad en el Desempeño de la Docencia Nivel de estímulo I Salarios mínimos II III *Aplica artículo IV 4*
8 Con la finalidad de privilegiar el desempeño en la docencia, el estímulo se asignará de acuerdo con el puntaje obtenido en el rubro de Calidad en el Desempeño de la Docencia y el puntaje total, teniendo en cuenta los criterios que señala el artículo 51 del Reglamento del Programa de Estímulos al Desempeño del Personal Docente. VII. Otorgamiento de los estímulos a) El estímulo queda sujeto a la disposición del techo presupuestal, de acuerdo con el cálculo correspondiente elaborado por la Secretaría de Administración de la UAEM. b) Para la promoción del Programa de Estímulos al Desempeño del Personal Docente se aplicará el presupuesto total como techo financiero máximo. c) De acuerdo con el artículo 55 del Reglamento del Programa de Estímulos al Desempeño del Personal Docente, la asignación de estímulos a partir de tres salarios mínimos es incompatible con la remuneración adicional de cualquier otra actividad académica, realizada dentro de la UAEM conforme al horario y convenio de colaboración estipulado en la fracción VII del artículo 25 del reglamento referido, que aplica para los profesores de carrera y técnicos académicos, tanto de tiempo completo como de medio tiempo. VIII. Evaluación de expedientes a) Los expedientes integrados en el sistema electrónico, serán evaluados por las comisiones internas de cada Espacio Académico. b) Conforme a lo estipulado en el artículo quinto transitorio del Reglamento del Programa de Estímulos al Desempeño del Personal Docente, de manera excepcional la evaluación del desempeño docente correspondiente al período 2014; que comprende del 1º de marzo de 2014 y hasta el 28 de febrero de 2015 se aplicará lo dispuesto en el Reglamento del Programa aprobado en sesión ordinaria del H. Consejo Universitario, celebrada el día 28 de abril del 2011 y publicado en Gaceta Universitaria número extraordinario de mayo 2011, época XIII, año XXVII. 8
9 c) Evaluados y calificados los expedientes, las comisiones internas los dispondrán a la Secretaría Técnica del Comité General de Evaluación Docente, a más tardar el 8 de abril de d) La Contraloría Universitaria efectuará la revisión y auditoría a los resultados previos emitidos, pudiendo requerir en su caso, la corrección a un dictamen previamente emitido por la comisión interna de evaluación. e) La notificación de resultados a los profesores se dará a conocer del 25 al 30 de mayo de 2016 a través del correo electrónico institucional de cada participante, mediante oficio personalizado y se podrá consultar en el sistema electrónico. f) El periodo de recepción de recursos de revisión se realizará a través del sistema electrónico, del 1 al 6 de junio de 2016 y cuyos resultados serán informados por el sistema electrónico dentro del plazo estipulado en el Reglamento del Programa de Estímulos al Desempeño del Personal Docente, a través del correo electrónico institucional de cada participante. El dictamen será inapelable. IX. Forma y periodicidad de pago de los estímulos El estímulo será sujeto de gravamen fiscal de acuerdo con la disposición que establece la SHCP. El pago del estímulo para los profesores beneficiados por el Programa abarcará dos años, a partir del 1 de mayo de 2016 y hasta el 30 de abril de 2018, mediante depósito bancario y en nómina especial, que reúna los requisitos de control y revisión determinados por la Coordinadora Sectorial. En caso de que el profesor no reciba o no pueda descargar el resultado correspondiente a su evaluación, deberá acudir a la Secretaría Técnica del Comité General de Evaluación Docente en la Dirección de Estudios Profesionales, sita en Torre Académica, quinto piso, Ciudad Universitaria, dentro de los primeros quince días naturales posteriores a la fecha de notificación de los resultados. 9
10 X. Recursos Extraordinarios En caso de que el Gobierno Federal autorice recursos extraordinarios del Fondo U040, la Universidad realizará su asignación al personal académico que cumpla con los requisitos que para tal efecto se establezcan. El estímulo podrá suspenderse cuando el Gobierno Federal dé por terminado este Programa. LOS ASPECTOS NO PREVISTOS EN LA PRESENTE CONVOCATORIA SERÁN RESUELTOS POR EL COMITÉ GENERAL DE EVALUACIÓN DOCENTE. Toluca, México, noviembre de ATENTAMENTE PATRIA, CIENCIA Y TRABAJO 2015, Año del Bicentenario Luctuoso de José María Morelos y Pavón Dirección de Estudios Profesionales Departamento de Superación del Personal Docente Teléfonos: y Conmutador: y , extensiones 1052 y 1058 Correo electrónico: proed@uaemex.mx Página de internet: 10
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