JORNADAS DE GESTIÓN ECONÓMICA 2014

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1 JORNADAS DE GESTIÓN ECONÓMICA 2014 Febrero 2014

2 PRESENTACIÓN JORNADAS DE GESTIÓN ECONÓMICA 2014 Elena Marañón Lizana. Directora del Área de Formación del PAS. Manuel Prados Prados Interventor. Responsable de Jla Oficina de Control Interno. Febrero 2014

3 Organiza: Área de Formación del PAS Coordina: Oficina de Control Interno JORNADAS DE GESTIÓN ECONÓMICA 2014 Participan: - Servicio de Contabilidad y Presupuestos. - Servicio Económico (Dietas). - Oficina de Control Interno. GRUPO 1: DÍA 4 de Febrero LUGAR: FACULTAD DE FARMACIA (AULA 1) GRUPO 2: DÍA 5 de Febrero LUGAR: FACULTAD DE CIENCIAS (AULA G04) (SECCIÓN DE GEOLOGÍA) GRUPO 3: DÍA 11 de Febrero LUGAR: COMPLEJO ADMINISTRATIVO TRIUNFO (SALA TRIUNFO) GRUPO 4: DÍA 12 de Febrero LUGAR: AULARIO DE DERECHO (AULA 10) Febrero 2014

4 Hora 08:15 a 08:30 08:30 a 10:00 Programa Presentación de las Jornadas por la Directora de Formación del PAS junto con el Interventor de la UGR. Elena Marañón Lizana. Manuel Prados Prados. Tramitación y Gestión de Dietas (casuística) José Miguel López Quiles. Felisa Liñán Nogueras. JORNADAS DE GESTIÓN ECONÓMICA :00 a 10:30 10:30 a 11:00 11:00 a 11:30 Novedades legislativas: Ley de Impulso a la Factura Electrónica. Registro Administrativo, Punto General de Entrada y Registro Contable. Manuel Prados Prados. Pausa Café Modificaciones Presupuestarias/redistribuciones de crédito (cargo/abono). Juan Antonio Molina. 11:30 a 13:00 Introducción al Servicio de Contabilidad y Presupuestos. - Servicios prestados - Esquema de la tramitación de gastos - Consulta e informes prácticos y módulo Avance Eva Sánchez Cebrián. 13:00 a 14:30 14:30 Incidencias en la gestión de Justificantes de Gasto. Funcionamiento de Incidencias Tipos de Justificantes de Gastos y dudas frecuentes. Documentación a adjuntar en subsanación de incidencia. Blanca Triviño Mosquera Clausura de las JORNADAS Manuel Prados Prados. Febrero 2014

5 Tramitación y Gestión de Dietas (casuística) JORNADAS DE GESTIÓN ECOMÓMICA 2014 José Miguel López Quiles. Oficina de Control Interno. Felisa Liñán Nogueras. Servicio de Gestión Económico-Financiero Febrero 2014

6 CONSULTAS FRECUENTES OFICINA DE CONTROL INTERNO C/ Santa Lucía, 8 2ª Planta GRANADA ofcontrolinterno@ugr.es

7 Cómo hacer una consulta?

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10 INDEMNIZACIONES POR RAZÓN DE SERVICIO: NORMATIVA DE APLICACIÓN Decreto 54/1989, de 21 de marzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio de la Junta de Andalucía. Orden 11 de julio de 2006 de la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía (BOJA 143 de 2006), por la que se actualizan las cuantías de determinadas indemnizaciones por razón del servicio. Resolución de Gerencia por las que se dictan instrucciones sobre liquidación de gastos de dietas (alojamiento y manutención) que se imputen a proyectos del Plan Nacional de I+D+I del Ministerio de Economía y Competitividad, convocatorias 2011 y siguientes.

11 Resolución de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología por la que se dictan normas aclaratorias relativas a los gastos elegibles correspondientes a la ejecución de los proyectos de investigación de excelencia incentivados mediante resoluciones de 30 de diciembre de 2005, 7 de marzo de 2007 y 19 de diciembre de Resolución de 28/04/08 del Rectorado de la Universidad de Granada por la que se dictan medidas de descentralización en relación a la tramitación de indemnizaciones por razón del servicio dietas, en aplicación del acuerdo de Consejo de Gobierno de 16/04/08. Manual Práctico para la liquidación y tramitación de Indemnizaciones por Razón de Servicio, aprobado por el Consejo de Gobierno de la UGR en su sesión de 16 de abril de Guía Rápida de tramitación de indemnizaciones por razón de servicio. Estatutos de la Universidad de Granada.

12 CONSULTAS SOBRE INDEMNIZACIONES POR RAZÓN DE SERVICIO: CASUÍSTICA

13 ÁMBITO SUBJETIVO COMISIÓN DE SERVICIO O BOLSA DE VIAJE

14 CONSULTA 1 El Responsable de un Grupo de Investigación de la UGR desea abonar a una persona la correspondiente indemnización por comisión de servicios por asistencia a un congreso. Esta persona cuando realizó la inscripción al congreso tenía la condición de becario FPU de la UGR, pero a la fecha de celebración del congreso ha perdido esa condición, no tiene vinculación alguna con la UGR (contrato, beca,...), ni es miembro del Grupo de Investigación. Puede abonársele la comisión de servicio?. RESPUESTA No es posible, ya que no se encuentra dentro del ámbito subjetivo de aplicación para que pueda existir comisión de servicio.

15 Manual Práctico para la Liquidación y Tramitación de Indemnizaciones por razón de Servicio Artículo 3 Son comisiones de servicio aquellas cuyo desempeño sea circunstancialmente autorizado al personal comprendido en los apartados a), b) y c) del Artículo 2 y siempre que las mismas deban desempeñarse fuera del entorno geográfico en el que éste presta ordinariamente servicios a la UGR.

16 Manual Práctico para la Liquidación y Tramitación de Indemnizaciones por razón de Servicio Artículo 2 Los criterios del presente manual serán de aplicación: a) A todo el personal de la UGR cualquiera que sea la naturaleza jurídica de la relación de empleo o de la prestación de servicios a la Universidad y su carácter permanente, interino, temporal o en prácticas. b) A los contratados laborales o becarios con cargo a convenios, contratos y proyectos de investigación y otras aplicaciones presupuestarias del estado de gastos del presupuesto de la UGR. c) A los estudiantes de la UGR cuando desarrollen actividades que den derecho a indemnización (cuando desempeñen cargos académicos). ( )

17 CONSULTA 2 Una persona cuya única vinculación con la Universidad de Granada es ser personal investigador de un proyecto de investigación puede ser comisionada por el responsable de dicho proyecto?. RESPUESTA Para ser comisionado es necesario que exista una relación laboral o estatutaria con la UGR. Por tanto, para personal externo estaremos hablando de ayudas o bolsas de viajes.

18 Manual Práctico para la Liquidación y Tramitación de Indemnizaciones por razón de Servicio Artículo 6 Tiene la consideración de bolsa de viaje la indemnización destinada a resarcir los gastos de dietas y desplazamientos para todo el personal que, no perteneciendo a la UGR, intervenga en la actividad docente, investigadora y de gestión de ésta impartiendo cursos, seminarios, docencia en grado y postgrado, tribunales de trabajos fin de máster, tribunales para la obtención del D.E.A. y cualquier otra actividad con cargo a un centro de gastos. Corresponde al responsable del centro de gastos que organice la actividad la autorización del pago de la mencionada bolsa de viaje.

19 CONSULTA 3 Con cargo a un Máster de la UGR se van a abonar los gastos ocasionados por desplazamiento en medio de transporte público, así como alojamiento por un día y manutención a 15 alumnos matriculados en el mismo por la asistencia a un Congreso. Dichos alumnos han sido elegidos tal y como recogía la correspondiente convocatoria y han presentado certificado de asistencia y documentación justificativa de los gastos (billete de tren, facturas de hotel y de restaurante). Cómo se deben tramitar estas dietas?. RESPUESTA Al tratarse de alumnos, sin desempeño de cargo académico, en ningún caso podría tramitarse como dietas sino como becas, con cargo al Capítulo IV del Presupuesto de Gastos, mediante Justificantes de Gastos, en el que el proveedor sea cada uno de los alumnos becados. Además, se deberá practicar una retención de IRPF del 2 %. (Consulta de la Dirección de Tributos Nº ).

20 Consulta de la Dirección General de Tributos Nº Tratamiento de las cantidades satisfechas a los becarios en concepto de dietas y asignaciones para gastos de locomoción y gastos normales de manutención y estancia, en compensación por su desplazamiento desde su domicilio hasta el lugar de celebración del curso o seminario; y su sujeción a retención o ingreso a cuenta del IRPF. El artículo 16.2.h) de la Ley del IRPF califica como rendimientos del trabajo las becas, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 7 de esta Ley. Por tanto, en el presente caso, al no tratarse de becas amparadas por la exención del artículo 7, las becas objeto de consulta están plenamente sometidas al Impuesto y a su sistema de retenciones como rendimientos del trabajo. ( ) Respecto al tipo de retención aplicable, el mismo se determinará de acuerdo con el procedimiento general recogido en el artículo 77 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, debiendo tenerse en cuenta que el tipo resultante no podrá ser inferior al 2 por 100 cuando la relación entre alumno y empresa tenga una duración inferior al año, tal como establece el artículo 80.2 del mismo Reglamento.

21 AUTORIZACIONES

22 CONSULTA 4 Soy profesor titular en un Departamento de la UGR y voy a asistir a un Congreso durante los primeros días del mes de agosto. Qué autorización tengo que solicitar?. RESPUESTA Necesita solicitar Comisión de Servicio que será autorizada por el Responsable del Centro de gasto que se haga cargo de los gastos de dietas y locomoción a que tenga derecho. Por otra parte, será necesario obtener permiso o licencia autorizada por el Director del Departamento y por el Decano de la Facultad.

23 Manual Práctico para la Liquidación y Tramitación de Indemnizaciones por razón de Servicio Artículo 4 DURACIÓN Inferior a un mes. Entre uno y tres meses. ACTIVIDAD/ES A REALIZAR -Investigación. -Evaluación Científica y Técnica. -Docentes. -Gestión. -Investigación -Evaluación Científica y Técnica. -Docentes y de gestión. COMISIÓN DE SERVICIO AUTORIZACIÓN Responsable del Centro de Gasto. Vicerrectorado de Política Científica e Investigación. Vicerrectorado de Ordenación Académica y Profesorado. Superior a tres meses. -Investigación. -Evaluación Científica y Técnica. -Docentes. -Gestión Consejo de Gobierno.

24 CONSULTA 5 Si voy a realizar una estancia de 6 meses en el extranjero, no voy a pedir reembolso de los gastos y no tengo asignada docencia este curso, debo pedir un Permiso/Licencia?. RESPUESTA Aunque no se vaya a realizar ninguna liquidación de gastos y no tenga asignada docencia, siempre es necesario obtener el correspondiente permiso o licencia por desempeño de actividades fuera del entorno geográfico en el que se presta ordinariamente servicios a la Universidad de Granada. Al superar en su caso los tres meses de duración, el permiso o licencia debe ser concedido por el Consejo de Gobierno, previo informe del Departamento o Instituto Universitario de Investigación afectado, oído el Centro correspondiente.

25 Estatutos UGR Artículo 136 El personal docente e investigador de los Cuerpos Docentes Universitarios gozará del régimen de licencias y permisos que le reconozca la legislación de funcionarios, y el personal docente e investigador contratado se regirá por su contrato o, en su defecto, por lo que determinen las normas que le sean de aplicación. No obstante, en todos los casos será de aplicación lo dispuesto en los apartados siguientes: a) Se podrán conceder permisos de duración inferior a tres meses sin mengua alguna de retribución para desplazamientos motivados por razones docentes, investigadoras o de gestión. Se otorgarán por el Rector, a petición del interesado, previo informe del Departamento o Instituto Universitario de Investigación afectado, y oídos los centros donde imparta docencia. b) Los permisos de duración superior a tres meses habrán de ser concedidos por el Consejo de Gobierno, previo informe del Departamento o Instituto Universitario de Investigación afectado, oído el Centro correspondiente.

26 CONSULTA 6 En una comisión de servicio, es necesaria la firma previa con la autorización de la comisión para el abono de los gastos de dietas?. RESPUESTA La firma previa es necesaria, con carácter general, para todas aquellas comisiones de servicio que sean programadas con una antelación superior a las 72 horas mínimas, respecto a la fecha de inicio del viaje, en las que éstas deben ser autorizadas.

27 Manual Práctico para la Liquidación y Tramitación de Indemnizaciones por razón de Servicio Artículo 4 Con carácter general, las solicitudes de comisión de servicio habrán de presentarse para su autorización con una antelación mínima de 72 horas respecto a la fecha de inicio del viaje, utilizando el correspondiente impreso o su versión electrónica

28 ALOJAMIENTO

29 CONSULTA 7 Un profesor de la UGR ha viajado a Barcelona a un congreso, a su vuelta ha presentado la documentación necesaria para la liquidación de la comisión de servicios, encontrándose entre ella una factura correspondiente a la nueva tasa turística. Es esta tasa indemnizable?. RESPUESTA La tasa turística es indemnizable dentro de la cuantía máxima establecida en concepto de alojamiento. Es decir, la cuantía por alojamiento en el hotel más el importe de la tasa turística no podrá superar 102,56 /día.

30 Manual Práctico para la Liquidación y Tramitación de Indemnizaciones por razón de Servicio Anexo I DIETAS EN TERRITORIO NACIONAL (MADRID Y BARCELONA) CONCEPTO CUANTÍA GRUPO II ALOJAMIENTO..102,56 MANUTENCIÓN PERNOCTANDO..53,34 MANUTENCIÓN SIN PERNOCTAR..26,67 MEDIA MANUTENCIÓN...26,67

31 CONSULTA 8 Un Investigador de la UGR ha viajado a unas Jornadas en un pueblo de Madrid, el Manual Práctico para la Liquidación y Tramitación de Indemnizaciones por Razón de Servicio establece por alojamiento en Madrid la cuantía de 102,56. Estas cuantías se aplican a toda la provincia?. RESPUESTA El Anexo I del citado Manual no hace distinción entre las capitales y provincias de Madrid y Barcelona, por tanto, al alojamiento en dicho hotel se le aplicaría una cuantía de 102,56.

32 CONSULTA 9 Un profesor de la UGR viaja en comisión de servicios a México a unas Jornadas, el día en que finalizan las mismas es el 23 de mayo, pero el viaje de vuelta a Granada se produce el día 29 de mayo a las 11:30 AM. Tiene derecho a alojamiento en México la noche del 24 de mayo?. RESPUESTA El día 24 no se considera como necesario para el viaje de vuelta dado que se regresa el 29 de mayo, por tanto, no es indemnizable. La normativa establece que serán indemnizables hasta 2 días, además de los acreditados, para el viaje de vuelta, siendo estos los necesarios para hacer el viaje.

33 Bases de Ejecución del Presupuesto de la UGR Artículo 9.3. En cuanto al derecho de manutención y alojamiento en territorio extranjero con motivo de estancias y/o asistencias a Congresos, Jornadas, Simposium, etc., serán abonadas las dietas de los días que se acrediten, pudiéndose abonar además: En Europa y Norte de África hasta un día antes y un día después de los acreditados, los cuales coincidirán con los necesarios para realizar los viajes de ida y vuelta respectivamente. En Asia, América, Oceanía y resto de África hasta dos días antes y dos días después de los que se acrediten, los cuales coincidirán con los necesarios para realizar los viajes de ida y vuelta respectivamente.

34 CONSULTA 10 Un compañero de mi departamento y yo hemos asistido a un congreso en Barcelona y nos hemos alojado en la misma habitación. El importe de una noche de alojamiento asciende a 180 euros. Qué importe podemos recuperar cada uno? Cómo hacemos la justificación si sólo tenemos una factura?. RESPUESTA Cada uno puede recuperar el importe de 90. En estos casos el límite máximo por alojamiento de dos personas en la misma habitación tanto en Madrid como en Barcelona es de: = 205,12 Para la justificación se hará una fotocopia a la factura y se indicará en dicha fotocopia la siguiente inscripción: El original de la presente factura se encuentra en la liquidación de D/Dña.., Justificante de Gastos nº..

35 Manual Práctico para la Liquidación y Tramitación de Indemnizaciones por razón de Servicio Artículo 8 En caso de presentación de la factura correspondiente a habitaciones dobles, resultará justificable el importe de la factura abonada, con el límite establecido para una dieta individual. Si es utilizada por varias personas comisionadas, será justificable el importe de la factura, siendo en este caso el límite establecido el correspondiente a la suma de los importes máximos de cada una de las dietas individuales.

36 CONSULTA 11 Un investigador asiste a una reunión de un proyecto de investigación en su vehículo particular a Madrid. La factura del hotel supera el límite máximo establecido para alojamiento en dicha ciudad, pero no supera el 25 % del límite máximo establecido en el artículo 8 del Manual Práctico para la Liquidación y Tramitación de Indemnizaciones por Razón de Servicio. No existe oferta hotelera cerca del lugar donde se celebra la reunión, excepto el que excede del máximo permitido. Sería indemnizable la totalidad del coste por alojamiento?. RESPUESTA Este caso en concreto no se corresponde con el descrito en el artículo 8, por lo tanto, no es posible superar el máximo establecido por gasto por alojamiento en Madrid, debiendo haber hecho uso de su vehículo particular con el que ha realizado el viaje para desplazarse desde el hotel hasta la zona en la que tenga lugar la reunión.

37 Manual Práctico para la Liquidación y Tramitación de Indemnizaciones por razón de Servicio Artículo 8 Cuando el personal de la UGR asista, en cumplimiento de la comisión de servicio, a cualquier congreso, seminario, jornada o actividad de carácter similar, tanto en territorio nacional como en el extranjero, y se genere gasto por alojamiento dentro de la oferta hotelera que la organización de estos eventos establezca para un mejor desarrollo de los mismos, el importe a indemnizar por este concepto será el efectivamente gastado, siempre que no supere el 25 % del límite máximo reflejado en las tablas de los Anexos I y II. A tal fin, en la justificación de gastos realizados en comisión de servicio se adjuntará a la correspondiente factura la documentación que detalle la oferta hotelera acordada por la organización del respectivo evento.

38 CONSULTA 12 Voy a asistir a un congreso en Boston el próximo verano que tiene una duración de cinco días. Estamos buscando habitación en diversos hoteles y los precios son muy elevados. Me pregunto si es posible alquilar un apartamento. RESPUESTA Sí, es posible. (Artículo 8 del Manual Práctico para la liquidación y tramitación de Indemnizaciones por Razón de Servicio).

39 Manual Práctico para la Liquidación y Tramitación de Indemnizaciones por razón de Servicio Artículo 8 El alquiler de apartamentos será válido a efectos de justificación de alojamiento, con el límite de los días que dure la comisión de servicio, debiendo justificarse mediante factura, o en su defecto recibo, donde figuren los datos fiscales necesarios para identificar al perceptor (nombre o razón social, documento nacional de identidad o número de identificación fiscal y domicilio).

40 MANUTENCIÓN

41 CONSULTA 13 Un investigador de la Universidad de Granada ha viajado a México a un Congreso. A su vuelta aporta la documentación para realizar la liquidación de la comisión de servicios, encontrándose entre ella la factura del hotel en concepto de todo incluido (desayuno, almuerzo, cena, bebidas,...), sin distinguir entre alojamiento y manutención, no superando el importe por persona/noche del límite de alojamiento establecido por la normativa, tiene derecho el comisionado a percibir además cantidad por manutención en dicha estancia? RESPUESTA En este caso el comisionado no tendría derecho a percibir además cantidad alguna por manutención, a no ser que no haya hecho uso del todo incluido y solicite, previa justificación a Gerencia, el derecho al pago de la misma.

42 Manual Práctico para la Liquidación y Tramitación de Indemnizaciones por razón de Servicio Artículo 3 Salvo las comisiones de servicio referidas en el párrafo primero de este Artículo, no darán lugar a indemnización aquellas comisiones que se realicen a petición y conveniencia de los interesados o se hallen retribuidas o indemnizadas por un importe igual o superior a la cuantía de la indemnización establecida en el presente Manual.

43 CONSULTA 14 Un profesor de la UGR ha realizado un viaje con motivo de una reunión científica con salida el 4 de julio a las 7:30 am y vuelta el 6 de julio a las 14:00 pm. Qué manutención le corresponde?. RESPUESTA Tal y como aparece recogido en el Manual práctico para la liquidación y tramitación de indemnizaciones por razón de servicio al tener lugar la vuelta el día 6 de julio antes de las 15:00, no se tiene derecho a ninguna manutención. Por tanto, serían dos manutenciones con pernocta, por los días 4 y 5 de julio.

44 Manual Práctico para la Liquidación y Tramitación de Indemnizaciones por razón de Servicio Anexo I REALIZADAS EN DISTINTOS DÍAS. DÍA HORARIO MANUTENCIÓN DE SALIDA INTERMEDIO ENTRE SALIDA Y REGRESO DE REGRESO ANTES DE LAS 14:00 DESPUÉS DE LAS 14:00 H DESPUES DE LAS 22:00 H DESPUES DE LAS 22:00 H DESPUÉS DE LAS 15:00 H Y ANTES DE LAS 22:00 H ANTES DE LAS 15:00 H MANUTENCIÓN CON PERNOCTA MEDIA NINGUNA MANUTENCIÓN CON PERNOCTA MANUTENCIÓN SIN PERNOCTAR MEDIA NINGUNA

45 CONSULTA 15 El Responsable de un proyecto del Plan Nacional, organizador de un congreso, propone imputar al proyecto de investigación facturas de restaurante como gastos de manutención para los participantes en el mismo. En el caso de los participantes que provengan de otras provincias renunciarían a las dietas de manutención correspondientes. Se podría realizar dicho gasto?. RESPUESTA Se podrá imputar el gasto por manutención para los participantes que no sean personal de la UGR, siempre y cuando en la factura aparezca el importe individualizado, sin superar el importe máximo establecido en la Resolución de Gerencia por las que se dictan instrucciones sobre la liquidación de gastos de dietas (alojamiento y manutención) que se imputen a proyectos del Plan Nacional de I+D+I del Ministerio de Economía y Competitividad, convocatorias 2011 y siguientes.

46 RESOLUCIÓN DE GERENCIA POR LAS QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES SOBRE LIQUIDACIÓN DE GASTOS DE DIETAS QUE SE IMPUTEN A PROYECTOS DEL PLAN NACIONAL DE I+D+I DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD, CONVOCATORIAS 2011 Y SIGUIENTES

47 DESPLAZAMIENTO

48 CONSULTA 16 Si me tengo que trasladar a Ceuta y utilizo mi vehículo particular para llegar hasta Algeciras. Se me abonan los gastos de estacionamiento del vehículo en un aparcamiento público?. RESPUESTA Sí, estos gastos son reembolsables hasta un máximo de 5 días, siempre y cuando la utilización del vehículo particular haya sido autorizado en la comisión de servicio.

49 Manual Práctico para la Liquidación y Tramitación de Indemnizaciones por razón de Servicio Artículo 16.9 Son indemnizables dentro de este concepto, siempre que se tenga la correspondiente justificación documental original, los gastos por el uso de: - Garajes en los hoteles de alojamiento. - Aparcamientos públicos en el lugar de desempeño de la comisión de servicio. - Aparcamientos de aeropuertos, puertos o estación de ferrocarril distinta a la del lugar habitual de trabajo, cuando se haya utilizado vehículo particular para el desplazamiento a los mismos, hasta un máximo de cinco días. ( )

50 CONSULTA 17 En una comisión de servicio, puedo utilizar un vehículo de alquiler y luego solicitar que me abonen el importe de la factura cuando justifique la dieta?. RESPUESTA No, como norma general. Sin embargo, cuando su uso sea imprescindible para ello (cuando no exista transporte público o cuando las circunstancias así lo requieran) y si la utilización de vehículo de alquiler está autorizada previamente, sí será indemnizable el importe de la factura en la dieta.

51 Manual Práctico para la Liquidación y Tramitación de Indemnizaciones por razón de Servicio Artículo 16.7 Como norma general, el uso de vehículo de alquiler no será indemnizable salvo que sea imprescindible para la realización de la comisión de servicio (cuando no exista transporte público o cuando las circunstancias así lo requieran). La utilización de vehículo de alquiler deberá ser autorizada expresamente en la comisión de servicio. Únicamente serán indemnizables los gastos correspondientes a la duración del trayecto de ida y vuelta, salvo que las circunstancias particulares de la comisión de servicio impliquen la necesidad de usar el vehículo durante los días de la misma.

52 CONSULTA 18 Un profesor de la UGR viaja a Roma para una reunión de Investigación, el viaje lo hace en avión desde Málaga. Se traslada a Málaga en taxi desde Granada, donde comienza la comisión de servicios, el importe total de los viajes de ida y vuelta en taxi ascienden a 130 euros. Solicita que le abonen como gastos del viaje los importes de las facturas referidas. RESPUESTA Los gastos por los trayectos Granada-Málaga-Granada en taxi no son indemnizables, ya que debería haberse utilizado un transporte público.

53 Manual Práctico para la Liquidación y Tramitación de Indemnizaciones por razón de Servicio Artículo 14 Los desplazamientos se realizarán, preferentemente, en transportes públicos. Manual Práctico para la Liquidación y Tramitación de Indemnizaciones por razón de Servicio Artículo 16 Los traslados en el interior de las ciudades y a aeropuertos o estaciones deberán realizarse, como regla general, en medios colectivos de transporte para ser indemnizados. No obstante, serán indemnizables como gastos de viaje los de desplazamiento en taxi hasta o desde las estaciones de ferrocarril, autobuses, puertos y aeropuertos, siempre que se justifiquen documentalmente.

54 CONSULTA 19 Comisionado de la UGR que se desplaza a Madrid en vehículo propio. Deposita el vehículo en un aparcamiento público de la ciudad y desde allí se traslada en taxi hasta el aeropuerto. Igualmente, a la vuelta, utiliza un taxi para trasladarse del aeropuerto al aparcamiento público, recoger su vehículo y volver a Granada. Son indemnizables en este caso los gastos de taxi? RESPUESTA Cuando el comisionado tiene la pertinente autorización para utilizar en el desplazamiento su vehículo particular, serán indemnizables los gastos por el uso de aparcamientos de aeropuertos, hasta un máximo de cinco días. (Artículo 16 del Manual Práctico para la liquidación y tramitación de Indemnizaciones por Razón de Servicio). Por tanto, al hacer uso de su vehículo particular no serán indemnizables los gastos de desplazamiento en taxi.

55 CONSULTA 20 He realizado una estancia de 5 días para la coordinación de un proyecto de investigación. Por la distancia del hotel donde me he alojado al centro de investigación donde nos hemos reunido he tenido que utilizar, todos los días, dos medios de transporte público para el traslado. Puedo recuperar el importe de los billetes del transporte público?. RESPUESTA Sí, el traslado en el interior de las ciudades en medios colectivos de transporte es indemnizable.

56 CONSULTA 21 Se pagan los gastos de peaje en las autopistas?. RESPUESTA Sí, siempre que se justifique documentalmente mediante los recibos originales de pago.

57 Manual Práctico para la Liquidación y Tramitación de Indemnizaciones por razón de Servicio Artículo Son indemnizables dentro de este concepto, siempre que se tenga la correspondiente justificación documental original, los gastos por uso de: ( ) -Peaje de autopistas. Manual Práctico para la Liquidación y Tramitación de Indemnizaciones por razón de Servicio Artículo 31.d).6. La documentación a aportar para el resarcimiento de los gastos incurridos en una comisión de servicio será la siguiente: ( ) - Recibos del peaje abonado en las autopistas.

58 CONSULTA 22 He viajado en avión en clase Business Class. Es reembolsable el gasto de este billete de avión?. RESPUESTA La tarifa correspondiente a billetes de avión en clase Business Class, no es reembolsable. En estos casos se reembolsa el coste correspondiente a un billete de avión, con el mismo recorrido, en clase turista.

59 Manual Práctico para la Liquidación y Tramitación de Indemnizaciones por razón de Servicio Artículo 15 Todo el personal será indemnizado: Cuando el medio de transporte sea el avión, por el importe del billete en clase turista.

60 CONSULTA 23 El responsable de un programa de Doctorado va a Almería a recoger al aeropuerto a un conferenciante de dicho Doctorado y, posteriormente, le llevó de nuevo el día de regreso. Sería indemnizable el gasto por estos trayectos realizados en el vehículo particular del responsable?. RESPUESTA En la normativa no se contempla como comisión de servicio la actividad planteada. Por tanto, los desplazamientos en vehículo particular se hacen a título personal, por lo que no son indemnizables.

61 CONSULTA 24 Dos profesores invitados, asisten a la UGR con motivo de un curso organizado por un Departamento. Estos profesores tienen que tomar el avión de regreso en Almería a las 7:30, por lo que deben estar en el aeropuerto a las 6:30. Dado que no existe transporte público a una hora tan temprana, se hace inevitable hacer uso de un taxi interurbano, con un coste de 170. Uno de los profesores adelantó el pago de dicha factura. Es posible reembolsar estos gastos?. RESPUESTA En este caso, puede reembolsarse el importe del taxi por ser considerado un caso excepcional.

62 CONSULTA 25 Un profesor asiste a un congreso a París y tarda dos días tanto a la ida como a la vuelta como consecuencia de padecer aerofobia y tener que utilizar el tren. Son indemnizables estos gastos de viaje por el total de días que necesite para la ida y la vuelta?. RESPUESTA Dadas las circunstancias excepcionales que motivan el no hacer uso del avión, puede entenderse que es indemnizable el gasto propuesto. Se deberá presentar memoria explicativa de dicha circunstancia.

63 CONSULTA 26 Un investigador de origen alemán, que está contratado en una Acción Marie tenía una reunión del proyecto en Berlín desde el 15/02/2013 hasta el 17/02/2013. Pacta con el investigador principal un periodo de vacaciones en su tierra, en Frankfurt, aprovechando que la reunión es en Berlín, por lo que él viaja a Frankfurt el día 05/02/2013. El viaje lo hace en avión hasta Frankfurt, donde lo recogen sus familiares. El día 15, que es cuando empieza la reunión, de madrugada coge un tren desde Frankfurt hasta Berlín, donde llega a las 9:45h a tiempo para asistir a la misma. El interesado propone que se le pague el tren desde Frankfurt hasta Berlín porque el viaje se realiza el día que empieza la reunión. El resto, el vuelo de Granada a Frankfurt, no lo reclama porque entiende que él se ha ido antes por motivos personales. RESPUESTA El viaje Frankfurt-Berlín se considera realizado por interés particular, por tanto no es indemnizable.

64 ANTICIPOS

65 CONSULTA 27 Tengo que esperar a volver del viaje para poder cobrar las dietas?. RESPUESTA No, se puede pedir un anticipo de hasta del 80 % del valor de la estimación de gastos, en los 10 días anteriores a la realización del viaje.

66 Manual Práctico para la Liquidación y Tramitación de Indemnizaciones por razón de Servicio Artículos 17 a 24 Concepto Adelanto de importes aproximados de dietas y gastos de viaje en procedimientos que involucren tanto comisiones de servicio como bolsas de viaje. Solicitud Durante los 10 días naturales anteriores a la fecha de inicio del viaje. Importe mínimo 120 Importe máximo 80 % de la indemnización

67 CONSULTA 28 Si he pedido un anticipo y se suspende el viaje, que debo hacer?. RESPUESTA Se deberá poner en contacto con la Sección de Gestión Económica (Dietas), explicar por escrito el motivo de la suspensión del viaje así como el centro de gasto al que se quiere reintegrar el importe del anticipo. A este escrito se adjuntará fotocopia del impreso de anticipo solicitado y copia del resguardo bancario en el que se vea que se ha hecho el reintegro del mismo.

68 CONSULTA 29 En la UGR se pretende organizar un Seminario en Granada para el que se ha encontrado un hotel que estaría dispuesto a reservarnos las habitaciones para los asistentes a 40 Euros por noche y habitación. Dichos precios se mantendrían por pronto pago. La condición es que en la reserva entreguemos una pequeña cantidad (25%) y el pago final se haga durante la celebración del Seminario. Qué procedimiento he de seguir para anticipar este importe?. RESPUESTA La tramitación del Justificante de Gasto correspondiente se realizará a través del Servicio de Gestión Económico-Financiero. La factura incluirá el 25 % del importe del alojamiento. El pago se realizará directamente al hotel por medio de anticipo. Una vez que se hayan alojado, se tramitará el resto del importe pendiente de igual forma. En ambos casos deberá incluirse con las facturas memoria explicativa que contenga relación del personal hospedado y motivo del evento.

69 CONSULTA 30 El Vicedecano de Estudiantes de una Facultad de la UGR va a asistir a unas Jornadas en Oslo durante la primera semana de junio. La asociación encargada de la organización le ha expedido una factura por importe único en la que engloba la totalidad de los conceptos: vuelo, alojamiento e inscripción. Es posible tramitar un anticipo de dieta con dicha documentación?. RESPUESTA Tal y como establece el artículo 19 del Manual Práctico para la liquidación y tramitación de Indemnizaciones por Razón de Servicio, se podría tramitar el anticipo por un importe máximo del 80% de la indemnización que le corresponda por manutención. Respecto al resto, para poder tramitar el justificante de gasto, sería necesario aportar factura en la que aparezcan los distintos conceptos desglosados, donde quede constancia del importe del alojamiento por cada día, de esta manera se podría verificar si se encuentra dentro de las cuantías establecidas por la Universidad de Granada para estos conceptos.

70 CONSULTA 31 Con motivo de la concesión de una ayuda para estancias de profesores invitados concedida por el Vicerrectorado de Política Científica e Investigación a un profesor de la Universidad de Valencia, que estará en la UGR durante dos meses, se ha abierto un centro de gasto nuevo. La duda es la siguiente, se pueden tramitar durante la estancia las facturas de su vuelo a Granada, la manutención, alquiler del piso durante estos dos meses, etc. o bien hay que esperar a que finalice su estancia para tramitar el pago de las mismas?. RESPUESTA Se tramitará un Justificante de Gasto por el importe del desplazamiento a la Universidad de Granada, así como de los gastos por la estancia en la misma del primer mes vencido, en su caso. Del mes no vencido se podrá tramitar un anticipo por el 80% del importe de los gastos correspondientes por la estancia en la UGR, así como los gastos de transporte hasta el lugar de origen. Una vez que finalice la estancia deberá formalizarse liquidación final por el pago del 20% restante.

71 JUSTIFICACIÓN

72 CONSULTA 32 La Unidad de Atención Departamental de una Facultad de la UGR pretende tramitar la liquidación de una comisión de servicios de un profesor que ha viajado a Zaragoza. Es necesario justificar el itinerario o tarjetas de embarque aunque no vaya a cobrar el desplazamiento?. RESPUESTA Para poder establecer la manutención correspondiente, es necesario disponer del itinerario o tarjetas de embarque para la verificación de las fechas y horarios de viaje.

73 Manual Práctico para la Liquidación y Tramitación de Indemnizaciones por razón de Servicio Artículo 31 La documentación a aportar para el resarcimiento de los gastos incurridos en una comisión de servicio será la siguiente: ( ) Billetes, o pasajes originales, de avión, ferrocarril, autobús o barco con indicación del itinerario, días y horas de ida y vuelta.

74 CONSULTA 33 Un profesor de la Universidad de Salamanca participa en la inauguración de una exposición organizada por una Facultad de la UGR. No se presenta documentación justificativa alguna (facturas por gasto de gasolina y manutención). Se puede indemnizar a dicho profesor por los gastos incurridos por desplazamiento y manutención?. RESPUESTA Sí, pero dado que se trata de personal externo a la UGR y no se presenta documentación justificativa de los gastos incurridos, el pago realizado por los mismos conlleva una retención de IRPF del 21 %.

75 Consulta de la Dirección General de Tributos Si la Universidad reembolsa a los conferenciantes los gastos en los que han incurrido para desplazarse hasta el lugar donde van a prestar sus servicios y éstos no acreditan que estrictamente vienen a compensar dichos gastos, o les abona una cantidad para que éstos decidan libremente cómo acudir, estamos en presencia de una renta dineraria sujeta a retención, tal y como establecen los artículos º y 88.1 del Reglamento del IRPF.

76 CONSULTA 34 Sería suficiente aportar una declaración jurada como documentación justificativa de la asistencia a una reunión de un proyecto de investigación?. RESPUESTA No, tendría que aportar la invitación a la reunión o convocatoria vía correo electrónico o documento equivalente.

77 Manual Práctico para la Liquidación y Tramitación de Indemnizaciones por razón de Servicio Artículo 31.g) Para aquellos desplazamientos cuyo fin sea la asistencia a reuniones de coordinación y gestión de proyectos, grupos o contratos de investigación, así como de gestión docente o gestión en general, será necesario aportar copia de la convocatoria recibida o documento equivalente.

78 CONSULTA 35 He asistido a un congreso en el extranjero y no me han extendido certificado de asistencia al mismo. Si no lo presento, me pueden reembolsar los gastos de dietas y locomoción?. RESPUESTA No, a menos que se acompañe a la liquidación de gastos una memoria explicativa en la que se indique el motivo de la no presentación del certificado junto a algún documento (por ejemplo, copia del acta de las publicaciones del congreso) en el que se demuestre la participación en tal evento.

79 Manual Práctico para la Liquidación y Tramitación de Indemnizaciones por razón de Servicio Artículo 31.f) En el caso de asistencia a congresos, jornadas o cursos deberá aportarse además, certificación acreditativa de la asistencia a los mismos

80 CONSULTA 36 He realizado una campaña de campo en la Sierra de Baza y he utilizado el vehículo oficial que mi Departamento tiene para estos casos. Qué tengo que hacer para liquidar los gastos de combustible del vehículo?. RESPUESTA Cuando realice la liquidación de gastos por alojamiento, manutención y locomoción debe aportar los justificantes o facturas de las estaciones de servicio donde ha repostado el combustible. La suma de estas facturas se indicarán en el apartado Locomoción-peajes y/o vales gasolina vehículos oficiales y no oficiales del impreso de liquidación de gastos realizados (Modelo I-3).

81 IMPRESO MODELO I-3. LIQUIDACIÓN DE GASTOS REALIZADOS.

82 CONSULTA 37 Si como consecuencia de hacer una estancia de investigación en una universidad o centro de investigación nacional o extranjero sólo voy a percibir una parte de los gastos generados por alojamiento, manutención y desplazamiento, cómo debo hacer la liquidación de estos gastos?. RESPUESTA Aunque no se perciba el importe total de los gastos a que se tenga derecho, la liquidación de éstos siempre debe realizarse completa, calculando el importe total que corresponda por manutención y alojamiento, según que el lugar de la estancia se encuentre en territorio nacional o extranjero, y el importe por desplazamiento. En el apartado Líquido a percibir se indicará el importe que realmente se pretende percibir.

83 CONSULTA 38 El responsable de un proyecto de investigación de la UGR pretende tramitar facturas de una agencia de viajes por los gastos de alojamiento y desplazamiento de los miembros del proyecto no pertenecientes a la Universidad y que no van a cobrar dietas. Qué documentación debe acompañar a la factura?. RESPUESTA Es factible la tramitación a la que se hace alusión. Las facturas deben estar expedidas con los datos fiscales de la UGR, con indicación de la persona a la que se presta el servicio. En cuanto al desplazamiento, dependerá del medio de transporte utilizado. Si dicho transporte es avión, se deberán aportar las tarjetas de embarque y billete electrónico. Si el transporte es barco, se deberá aportar la tarjeta de embarque. Si es tren, el correspondiente billete. Si es autobús, el billete,...

84 CONSULTA 39 Sería correcto tramitar un gasto en la aplicación Universitas XXI correspondiente a un vuelo en el que no se aportan ni tarjetas de embarque ni itinerario electrónico?. El comisionado aporta un escrito en el que declara que ha extraviado las tarjetas de embarque e itinerario electrónico. RESPUESTA Si las tarjetas de embarque han sido extraviadas, sería suficiente adjuntar una memoria explicativa del interesado y algún documento justificativo de que realmente se ha realizado el viaje, ya sea un certificado de asistencia a un congreso o curso, o bien cualquier otro que aporte la suficiente acreditación, como puede ser la estancia en algún hotel o recibo de transporte público.

85 Manual Práctico para la Liquidación y Tramitación de Indemnizaciones por razón de Servicio Artículo 31.d).4. Junto al billete se entregarán los resguardos de las tarjetas de embarque o documento justificativo de haber realizado el viaje.

86 GASTOS EXTRAORDINARIOS

87 CONSULTA 40 Es indemnizable en la liquidación de la comisión de servicios de un profesor de la UGR el seguro de anulación de viaje, si se justifica que otros vuelos son más caros?. RESPUESTA El seguro de cancelación de viaje no está incluido dentro de los gastos indemnizables por desplazamiento en el Manual Práctico para la liquidación y tramitación de Indemnizaciones por Razón de Servicio, por tanto, no es un gasto indemnizable.

88 CONSULTA 41 Son indemnizables por la Universidad de Granada los gastos de gestión que cobran las Agencias de Viajes?. RESPUESTA Los gastos de gestión ocasionados por los servicios que prestan las Agencias de Viajes son indemnizables, no obstante, habría que prestar atención al centro de gasto al que serían imputados estos gastos, ya que existen centros con financiación afectada que no podrían soportar los mismos por no ser considerados gastos elegibles.

89 Manual Práctico para la Liquidación y Tramitación de Indemnizaciones por razón de Servicio Artículo 31.d).2. Factura de la agencia de viajes, cuando el alojamiento se haya reservado a través de ésta.

90 CONSULTA 42 La mayoría de compañías aéreas permiten sin cargo en equipaje de cabina una maleta (de hasta 18 o 20 Kg). Hay compañías aéreas de bajo coste que únicamente permiten equipaje de cabina (Trolley) y facturan al viajero cualquier otro equipaje. Un profesor de la UGR que realiza un viaje a Noruega para asistir a un Seminario ha viajado en avión de una compañía de bajo coste, puede abonársele al comisionado las facturas adicionales por la maleta no incluida en el billete?. RESPUESTA El coste ocasionado por la facturación del equipaje puede ser financiado por la UGR, siempre y cuando se trate de una compañía de vuelo cuyo billete no incluya la facturación de una maleta, y no sea por sobrepeso de la misma.

91 CONSULTA 43 Pueden incluirse los gastos por conexión a Internet en la liquidación de la comisión de servicio del personal de la Universidad de Granada cuando justifique su necesidad?. RESPUESTA Los gastos de conexión a Internet no pueden ser considerados como indemnizables al no estar contenidos en el Manual práctico para la liquidación y tramitación de indemnizaciones por razón de servicio de la UGR.

92 Manual Práctico para la Liquidación y Tramitación de Indemnizaciones por razón de Servicio Artículo 18 Los gastos de minibar, conferencias telefónicas y otros semejantes de tipo extra, aunque se incluyan en la correspondiente factura, no serán indemnizables.

93 CONSULTA 44 Con motivo de obtener el visado para realizar una estancia de investigación en una Universidad de EE.UU., un profesor de la Universidad de Granada ha realizado un viaje a Madrid para una entrevista con la Embajada de dicho país. Son indemnizables los gastos de este viaje?. RESPUESTA Si la entrevista en la embajada es requisito indispensable para la obtención del Visado, los gastos propuestos por dicho viaje serán indemnizables.

94 Manual Práctico para la Liquidación y Tramitación de Indemnizaciones por razón de Servicio Artículo 31.d).13. Justificante de gastos extraordinarios de viaje al extranjero, como vacunas, visados y otros que sean necesarios para la entrada en el país de que se trate.

95 CONSULTA 45 Es posible indemnizar por gastos de seguro médico para un viaje a EEUU?. RESPUESTA Tal y como establece el artículo 31 del Manual Práctico para la liquidación y tramitación de Indemnizaciones por Razón de Servicio, sólo serán indemnizables los gastos por seguro médico si dicho seguro es obligatorio para la entrada en el país.

96 CONSULTA 46 Un investigador viaja a un país del centro de África y ha necesitado vacunarse para realizar dicho viaje con total seguridad, se pueden recuperar?. RESPUESTA Sí, se pueden recuperar presentando los justificantes documentales correspondientes.

97 CONSULTA 47 Un investigador viaja con una compañía aérea de bajo coste, en la que no se puede reservar asiento sin pagar un pequeño suplemento. Sería indemnizable la reserva del mismo?. RESPUESTA El pago de la reserva de asiento no está contemplado como gasto indemnizable en el Manual Práctico para la liquidación y tramitación de Indemnizaciones por Razón de Servicio.

98 CASOS ESPECIALES

99 CONSULTA 48 Durante la asistencia a un congreso en Italia, un becario FPU de la Universidad de Granada se pone enfermo por lo que tiene que demorar su salida del hotel y viaje dos días. El becario aporta certificado médico junto a la documentación de la comisión de servicios para la liquidación de la dieta. Puede abonársele las dos noches de hotel y los gastos del cambio de vuelo? RESPUESTA Ante la evidencia de la documentación que se adjunta, dado que son causas de fuerza mayor, queda totalmente justificado el gasto. Por lo tanto, puede pagarse las dos noches de hotel y el cambio de vuelo.

100 Manual Práctico para la Liquidación y Tramitación de Indemnizaciones por razón de Servicio Artículo 15 En cuanto a los billetes aéreos de tarifa no reembolsable, será indemnizable el coste de los mismos si se produjeran causas de fuerza mayor que impidieran la realización del viaje (enfermedad, cambio de fecha de la actividad, etc.), siempre que se indique por escrito el motivo de la anulación y se adjunten las facturas correspondientes. La tramitación en este caso se realizará mediante Justificante de Gasto a recuperar, con cargo al centro de gasto que financiaba el viaje.

101 CONSULTA 49 Un profesor de la Universidad de Jaén viene a dar un curso de un Máster de la UGR cuatro días en el mismo mes. En concreto, los días 11, 18, 22 y 30 de marzo. Podría hacerse una única bolsa de viaje por los cuatro días o es necesario hacer cuatro bolsas de viaje?. RESPUESTA El plazo para la justificación de gastos en Comisión de Servicio es de 10 días naturales, contados a partir de una vez finalizada la Comisión de Servicio. Por tanto, no es posible incluir en una misma bolsa de viaje dos desplazamientos realizados por un mismo comisionado cuando han transcurrido más de 10 días desde que se realizó el primer desplazamiento, ya que se incumpliría el plazo de justificación. Sí podría incluirse en una misma bolsa de viaje los desplazamientos de los días 11 y 18, justificando antes del 21 y de los días 22 y 30, justificando antes del 9 de abril.

102 Manual Práctico para la Liquidación y Tramitación de Indemnizaciones por razón de Servicio Artículo 30 En el plazo máximo de diez días naturales, una vez finalizada la Comisión de Servicio, deben presentarse en el Servicio de Gestión Económico Financiera o en las correspondientes unidades habilitadas, la documentación que se describe en el artículo siguiente. ( )

103 CONSULTA 50 Hemos asistido a un homenaje que le han dado a un compañero/a de nuestro Departamento en Madrid. Qué tenemos que hacer para recuperar los gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención?. RESPUESTA Estos gastos no son indemnizables por ser considerados como comisiones realizadas a conveniencia de los interesado.

104 Manual Práctico para la Liquidación y Tramitación de Indemnizaciones por razón de Servicio Artículo 3 No darán lugar a indemnización aquellas comisiones que se realicen a petición y conveniencia de los interesados.

105 CONSULTA 51 Un profesor viaja a EEUU durante 30 días, concretamente a Los Ángeles para participar en un Workshop como organizador, con cargo a un proyecto de investigación. Aprovechando el viaje, se traslada a Miami 15 días más para realizar reuniones de trabajo, no estando previsto en la comisión de servicios autorizada. Es necesaria una nueva comisión de servicios que autorice el nuevo período?. RESPUESTA Al tratarse de una estancia que ya ha tenido lugar, no es posible solicitar una comisión de servicios a posteriori. Además, al superar el mes de duración, habría sido necesaria autorización por parte del Vicerrectorado de Ordenación Académica y Profesorado. Por lo tanto, los últimos 15 días deben ser considerados por interés particular.

106 Normas de Gestión Económica Artículo 105 Con relación a las posibles cantidades que pudieran devengarse en concepto de dietas o desplazamiento, el personal indicado en los apartados a), b) y c) del artículo anterior necesitará la preceptiva autorización de comisión de servicio, por lo que previamente a la liquidación del viaje o en su caso al anticipo, los interesados han de obtener la oportuna autorización para su desplazamiento, de acuerdo con el procedimiento reglamentario establecido. De no haber obtenido dicha autorización de comisión de servicio no serán abonados los gastos incurridos.

107 CONSULTA 52 Un miembro de un Departamento de la UGR asiste en Madrid a un curso durante los días 28 de mayo a 1 de junio y a un Congreso los días 4 y 5 de junio en la misma ciudad. Para evitar gastos y como parece lo más razonable se queda allí. La duda es le corresponden manutenciones y alojamientos de los días 2 y 3?. RESPUESTA Los días 2 y 3 de junio no son indemnizables, ya que sólo pueden ser indemnizados los gastos autorizados mediante comisión de servicio debidamente justificados, por tanto, son considerados como interés personal. No obstante, atendiendo a los principios de economía, eficacia y eficiencia, si demuestra documentalmente que el coste de quedarse en Madrid los dos días, con las correspondientes dietas, es inferior al de los desplazamientos necesarios de ida y vuelta, podrían autorizarse dichas indemnizaciones.

108 CONSULTA 53 Un profesor de un Departamento de esta Universidad ha sido invitado a dar una conferencia en un Instituto extranjero. Qué organismo, Instituto extranjero o UGR, debe abonar las dietas generadas por el viaje? RESPUESTA En el caso de que exista convenio con la Universidad de Granada las dietas serán abonadas por un centro de gasto en el que éste sea elegible. En caso de no existir dicho convenio, sería considerado como interés particular y, por tanto, no indemnizable por esta Universidad.

109 CONSULTA 54 Si en una comisión de servicio he percibido por otro organismo o empresa distintos a la Universidad de Granada el importe de las dietas correspondientes a la manutención, alojamiento y desplazamiento y este importe fuese menor a los que pudieran corresponderme si la liquidación la hubiese realizado en la Universidad de Granada. Tengo derecho a que me abonen la diferencia?. RESPUESTA Sí, será abonada la diferencia entre la indemnización recibida y el importe de la retribución que resultaría por aplicación de la normativa sobre indemnizaciones por razón del servicio de la Universidad de Granada.

110 Manual Práctico para la Liquidación y Tramitación de Indemnizaciones por razón de Servicio Artículo 13 En caso de que la indemnización sea satisfecha por entidad distinta a la Universidad de Granada, y su importe sea inferior al que correspondería por aplicación de la normativa sobre indemnizaciones por razón de servicio de la misma, será abonada la diferencia entre ambos importes hasta completar este último.

111 CONSULTA 55 Si un Investigador de la UGR realiza una estancia de investigación en la Universidad de Zaragoza durante 10 meses continuados, tiene derecho a indemnización por dietas durante todo ese período?. RESPUESTA Sí, pero esta indemnización está sujeta a gravamen, ya que la estancia supera los nueve meses de duración. Se practicará la correspondiente retención por IRPF de la totalidad (no sólo de la parte que exceda de los nueve meses).

112 Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del IRPF Artículo 9 "Salvo en los casos previstos en la letra b) siguiente (destino en el extranjero), cuando se trate de desplazamiento y permanencia por un período continuado superior a nueve meses, no se exceptuarán de gravamen dichas asignaciones. A estos efectos, no se descontará el tiempo de vacaciones, enfermedad u otras circunstancias que no impliquen alteración del destino". Consulta Vinculante de la Dirección General de Tributos V El cómputo de este período continuado superior a nueve meses, determinante de la sujeción a gravamen de las asignaciones para gastos de manutención y estancia, deberá realizarse de fecha a fecha. Consecuencia de lo anterior es que el 31 de diciembre de cada año no se interrumpe el cómputo del plazo de nueve meses (de desplazamiento y permanencia a municipio distinto del lugar de trabajo habitual y del que constituya la residencia del contribuyente) a partir del cual las asignaciones para gastos de manutención y estancia pierden su condición de rentas exceptuadas de gravamen, sometiéndose a tributación en su totalidad.

113 Novedades legislativas: JORNADAS DE GESTIÓN ECONÓMICA 2014 Ley 25/201, de 27 de diciembre, de Impulso de la Factura Electrónica y creación del Registro Contable de Facturas del Sector Público. Registro Administrativo, Punto General de Entrada y Registro Contable. Manuel Prados Prados. Oficina de Control Interno. Febrero 2014

114 Jornadas de Gestión Económica 2014 ÁMBITO SUBJETIVO: Será de aplicación a las facturas emitidas en el marco de las relaciones jurídicas entre proveedores de bienes y servicios y las Administraciones Públicas (Artículo 3.2 TRLCSP) Prevista la exclusión de facturas electrónicas menores de y de servicios en el exterior. ENTRADA EN VIGOR: RCF: 1 de enero de 2014 Obligación facturación electrónica por proveedores: 15 de enero de 2015 Todo ello sin perjuicio de la entrada en vigor de la ley a los 20 días de su publicación en el BOE. (28/12/2013)

115 Jornadas de Gestión Económica 2014 Factura electrónica o papel Estructura de los tres nuevos campos que será necesario incorporar a las facturas: Oficina contable. (OC) Órgano gestor. (OG) Unidad tramitadora. (UT) Dónde se puede obtener esta información? Cada Administración Pública debe poner a disposición de los proveedores el listado de unidades y sus códigos. OC: Oficina contable: Servicio de Contabilidad y Presupuestos. OG: órgano gestor: aquel centro directivo o delegación provincial al que corresponda la competencia sobre la aprobación del expediente de gasto. UT: Unidad tramitadora: aquel órgano administrativo al que corresponda la tramitación de los expedientes, sin perjuicio de a quien competa su aprobación.

116 Jornadas de Gestión Económica 2014 Desde qué fecha será obligatorio incluir esta información? De acuerdo con la disposición adicional trigésimatercera del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, introducida por la disposición final séptima de la Ley 11/2013, de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, en los pliegos de cláusulas administrativas para la preparación de los contratos que se aprueben a partir de la entrada en vigor de dicha disposición ( ), se incluirá la identificación del órgano administrativo con competencias en materia de contabilidad pública, así como la identificación del órgano de contratación y del destinatario, que deberán constar en la factura correspondiente. Por tanto, desde 27 de julio de 2013 resulta obligatoria la identificación de los órganos administrativos implicados en la tramitación de la factura, aunque sin la necesidad de utilizar una codificación específica.

117 Jornadas de Gestión Económica 2014 Se podría incluir en la factura otra información que ayudara a resolver posibles incidencias, como por ejemplo códigos de contraalbaranes? Al margen de la factura, podrá adjuntarse la documentación que se estime necesaria, como hasta ahora.

118 Jornadas de Gestión Económica 2014 Formato de las facturas electrónicas Las facturas electrónicas que se remitan a las Administraciones Públicas deberán tener un formato estructurado y estar firmadas con firma electrónica avanzada basada en un certificado reconocido, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10.1.a) del Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. Por Orden de la Vicepresidenta del Gobierno y Ministra de la Presidencia, a propuesta conjunta del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas y del Ministro de Industria, Energía y Turismo, se determinará el formato estructurado de la factura electrónica, oído el Comité Sectorial de Administración Electrónica. También se admitirá el sello electrónico avanzado basado en un certificado reconocido que reúna los siguientes requisitos Hasta tanto, el formato adoptado por la Ley 25/2013, de 27 de diciembre es el de factura e 3.2.

119 Jornadas de Gestión Económica 2014 Qué ocurre con las Administraciones que ya usan factura electrónica pero utilizan otro formato? Que tendrán que adaptarse al formato establecido con carácter básico por la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público. Los puntos operacionales actuales servirían como registro de entrada de factura? No, será el Punto general de entrada de facturas electrónicas el único punto de entrada (artículos 6 y 11 de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público).

120 Jornadas de Gestión Económica 2014 Los puntos operacionales actuales servirían como registro de entrada de factura? (En nuestro caso: servicios, Facultades, Escuelas, Departamentos, Institutos, Grupos de investigación ) No, será el Punto general de entrada de facturas electrónicas el único punto de entrada (artículos 6 y 11 de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público).

121 Jornadas de Gestión Económica 2014 Facturas de menos de Aunque el proveedor pueda y quiera enviar esta factura de forma electrónica, podrá alguna Administración exigir su envío en papel? El artículo 4 de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público establece el derecho del proveedor a la presentación de factura electrónica siempre que quiera y la obligación para determinados tipos de proveedores.

122 Jornadas de Gestión Económica 2014 NORMA DE CREACIÓN DEL RCF La ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del Registro Contable de Facturas (RCF) en el Sector Público, publicada en el BOE el 28 de diciembre de 2013, regula en su artículo 8 la creación con carácter obligatorio para todas las Administraciones Públicas de un registro contable de facturas en los siguientes términos: Cada uno de los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de esta Ley, dispondrán de un registro contable de facturas que facilite su seguimiento, cuya gestión corresponderá al órgano o unidad administrativa que tenga atribuida la función de contabilidad. Dicho registro contable de facturas estará interrelacionado o integrado con el sistema de información contable. Es decir, habrá un registro contable de facturas por cada entidad pública de las incluidas en el ámbito de aplicación de la ley.

123 Jornadas de Gestión Económica 2014 PARA QUÉ SIRVE EL RCF? Será un instrumento clave para el control contable riguroso de las facturas recibidas por las Administraciones, a efectos de lograr: Una mayor confianza en las cuentas públicas. Mejorar el control de la morosidad en las Administraciones públicas. Su puesta en funcionamiento contribuirá a proporcionar un mejor control del gasto público y a facilitar el seguimiento del cumplimiento de los compromisos de pago de las Administraciones Públicas.

124 Flujo actual de facturas Jornadas de Gestión Económica 2014 Facultades PROVEEDOR Departamentos Grupos de Investigación PROVEEDOR PROVEEDOR Servicio de Contabilidad Servicios Institutos de Investigación PROVEEDOR PROVEEDOR Unidades FACTURA PAGO PROVEEDOR

125 Jornadas de Gestión Económica 2014

126 Jornadas de Gestión Económica 2014 Qué se registra en el RCF, tanto en el caso de facturas electrónicas como en papel? La respuesta a esta cuestión queda establecida en el artículo 5 del proyecto de Orden por la que se regulan los requisitos funcionales y técnicos del registro contable de facturas. Las facturas remitidas por el registro administrativo serán registradas por la oficina contable en el registro contable de facturas, asignando a cada una un código de identificación de dicha factura en el citado registro contable, que la acompañará en su tramitación. En el caso de las facturas electrónicas la información objeto de registro que debe ser remitida o puesta a disposición por el correspondiente Punto general de entrada de facturas electrónicas por cada factura será la propia factura electrónica, el número de asiento registral asignado en el registro asociado al mencionado Punto, y la fecha y hora de dicho asiento registral. En el caso de las facturas en papel, la oficina contable generará un apunte en el registro contable de facturas, por cada factura recibida. Asimismo podrá asociarse una copia digitalizada de la factura en papel. Las facturas, tanto electrónicas como en papel, recibidas en el registro contable de facturas, antes de su distribución a los correspondientes órganos competentes para su tramitación, serán objeto de validación por la oficina contable. Si detectara datos incorrectos o que impidieran su distribución a dichos órganos competentes, o que las facturas no le corresponden a ella, las rechazará, devolviéndolas al registro administrativo de procedencia con expresión de la causa de dicho rechazo, quedando constancia en el propio registro contable de facturas.

127 Modificaciones Presupuestarias/redistribuciones de crédito (cargo/abono). JORNADAS DE GESTIÓN ECONÓMICA 2014 Juan Antonio Molina Pérez. Servicio de Contabilidad y Presupuestos. Sección de Presupuestos. Febrero 2014

128 MODIFICACIONES DE CRÉDITO IDEA GENERAL Las modificaciones de crédito son las variaciones que puedan autorizarse en los créditos, aprobados inicialmente, que figuran en el estado de gastos, para adecuarlos a las necesidades que se produzcan durante la ejecución del Presupuesto. Las modificaciones de crédito vienen recogidas en las Normas de Gestión Económica de la Universidad de Granada, aprobadas por el Consejo Social el 22 de diciembre de 2011.

129 CLASES DE MODIFICACIONES DE CRÉDITO. ESPECIAL REFERENCIA A LAS TRANSFERENCIAS DE CRÉDITO Las Modificaciones de Crédito pueden ser: Suplementos de crédito Créditos extraordinarios Ampliación de crédito Transferencias de crédito Generación de crédito Incorporación de remanentes de crédito Bajas por anulación.

130 TRANSFERENCIAS DE CRÉDITO Son las modificaciones que sin alterar la cuantía total del estado de gastos, se imputa el importe total o parcial de un crédito a otras partidas presupuestarias con diferente vinculación jurídica. Siempre ha de justificarse que la cantidad que se propone transferir no está afecta a obligación alguna, y que existe consignación suficiente para atender todos los gastos previstos hasta el final del ejercicio.

131 Limitaciones de las transferencias de crédito: No afectarán a los créditos extraordinarios concedidos durante el ejercicio ni a los incrementados con suplementos. No minorarán créditos que hayan sido incrementados por transferencias, ni a los créditos ampliados. No incrementarán créditos que hayan sido minorados por transferencias. Estas limitaciones no serán de aplicación a créditos del Capítulo I de gastos de personal.

132 No se considerarán modificaciones presupuestarias Por lo tanto, no les será de aplicación la regulación establecida para las mismas, las minoraciones y aumentos de créditos que se produzcan como consecuencia de operaciones internas entre Centros de Gasto, como pueden ser:

133 Relaciones internas de prestación de servicios: El cargo/abono entre unidades orgánicas que se realice para regular la compensación económica, sin transacción monetaria, cuando una unidad orgánica preste un servicio o ceda un bien a otra. Los cargos entre Centros que se realicen para el desarrollo de actividades de las mismas características, organizados por la UGR, en los que participe el PDI, PAS, becarios y alumnos de grado y posgrado. Servicios prestados a la Comunidad Universitaria por el Servicio de Informática, el Centro de Instrumentación Científica, etc.

134 Relaciones internas de financiación afectada: Redistribuciones de crédito de los Vicerrectorados para complementar la financiación de las actividades de los Centros, Departamentos, Proyectos de Investigación y Cursos de especialización. Relaciones internas de rectificación de gasto: Cuando se haya producido un error material en la contabilización de un gasto y no sea posible la rectificación contable.

135 Competencia para la aprobación de estos expedientes: Corresponde al Rector, por autorización del Consejo de Gobierno, la aprobación de los expedientes de transferencias de crédito entre operaciones corrientes; igualmente entre las operaciones de capital. Las transferencias de gastos corrientes a gastos de capital serán aprobadas por el Consejo Social. Las transferencias de gastos de capital a gastos corrientes serán aprobadas por el Consejo Social previa autorización de la Comunidad Autónoma.

136 TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE Las modificaciones presupuestarias se tramitarán mediante expediente elaborado por el Gerente, de acuerdo con las siguientes normas: Estos expedientes se iniciarán a propuesta y con autorización del Responsable del Centro de Gasto a través de las Unidades Gestoras que tengan a su cargo la gestión de los créditos.

137 La iniciación del expediente de modificación se realizará obligatoriamente con la presentación, en el centro gestor correspondiente, de una memoria justificativa que deberá indicar la necesidad de la modificación que se propone y su carácter ineludible. También deberá contener la memoria un estudio económico que indique los recursos o medios previstos para la financiación. No se admitirá como justificación la necesidad de hacer frente a obligaciones contraídas sin crédito o por importe superior al crédito disponible.

138 Las Unidades Gestoras, una vez recibida la petición de modificación en los términos establecidos, procederán a: Verificar la legalidad de la propuesta y comprobar la documentación que se adjunta. Cumplimentar los datos del modelo de Petición de Modificación Presupuestaria habilitado al efecto, en el que se indicará la clasificación orgánica, funcional y económica de las aplicaciones presupuestarias afectadas.

139 El Servicio de Contabilidad y Presupuestos acreditará la existencia de la financiación propuesta y, efectuada la retención de crédito correspondiente, dará traslado a la Gerencia para su consideración. En caso de consideración positiva de la Gerencia, se someterá para su aprobación al Consejo de Gobierno o Consejo Social, según su naturaleza, previo informe de la Oficina de Control Interno, que se referirá a los órganos competentes para su adopción, existencia de financiación propuesta, etc.

140 En caso de que el Servicio de Contabilidad y Presupuestos detecte alguna incidencia, devolverá el expediente a la unidad gestora de origen informando de los motivos de la improcedencia de la tramitación, para que ésta, a su vez, dé traslado del informe al peticionario.

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146 Introducción al Servicio de Contabilidad y Presupuestos: - Servicios prestados - Esquema de la tramitación de gastos - Consulta e informes prácticos y módulo Avance JORNADAS DE GESTIÓN ECONÓMICA 2014 Eva Sánchez Cebrián. Servicio de Contabilidad y Presupuestos. Sección de Contabilidad. Febrero 2014

147 INTRODUCCION AL SERVICIO DE CONTABILIDAD CONTABILIDAD Y PRESUPUESTOS C/ Santa Lucía, 8 1ª Planta GRANADA

148 El trámite de todos los gastos que se realizan por los Centros y Servicios de la Universidad de Granada se gestionan a través de la Unidad Económica compuesta por las siguientes áreas: *Servicio de Contratación y Gestión Patrimonial *SERVICIO DE CONTABILIDAD Y PRESUPUESTOS *Servicio de Gestión Económico Financiero *Administración de Servicios Centrales

149 SERVICIOS QUE PRESTAMOS Recepción y comprobación de justificantes de gasto Creación y mantenimiento de las bases de datos de terceros, usuarios, orgánicas y aplicaciones presupuestarias en el sistema de gestión de la universidad. Teléfonos de Atención a proveedores: ; 41381; Correo electrónico: proveedores@ugr.es Contabilidad Presupuestaria Redistribuciones de Crédito/modificaciones presupuestarias Contabilidad Presupuestos Contabilidad Financiera y Patrimonial Contabilidad Analítica ( en estos momentos en periodo de análisis de datos y prueba de la aplicación informática para su gestión) Gestión de las Obligaciones Fiscales y Tributarias de la Universidad Consultas sobre temas fiscales: ; 40548

150 Alta Proveedores/ Orgánicas JUSTIFICANTES DE GASTO Anticipo Caja Fija ACF Inventario Pago directo PD Gerencia Servicio de Contratación y Gestión Patrimonial RECEPCION Y REGISTRO Revisión de legalidad de la documentación Fiscalización O. C. I. Servicio de Gestión Económico- Financiera Incidencias 10 días Ordenación por proveedor DEVOLUCION Subsanada DOCUMENTO CONTABLE ADO

151 ADO VALIDACION PROPUESTADE PAGO FECHA DE SELECCION PUEDEN PASAR TIEMPO ENTRE UNA Y OTRA FECHA DE ORDENACION SUELEN PASAR DIAS ENTRE UNA Y OTRA SERVICIO GESTION ECONOMICA FECHA DE PAGO

152 MODULO AVANCE

153

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155

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157

158

159

160 422D. ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS 321B. ESTRUCTURA Y GESTION UNIVERSITARIAS 541A. INVESTIGACION CIENTIFICA

161 Incidencias en la gestión de Justificantes de Gasto. - Funcionamiento de Incidencias - Tipos de Justificantes de Gastos y dudas frecuentes. - Documentación a adjuntar en subsanación de incidencia. JORNADAS DE GESTIÓN ECONÓMICA 2014 Blanca Triviño Mosquera Servicio de Contabilidad y Presupuestos. Sección de Contabilidad. Febrero 2014

162 GESTION DE JUSTIFICANTES INCIDENCIAS MAS FRECUENTES

163 CONTACTO INCIDENCIAS Teléfonos: Correo electronico: Nº FAX

164 En el proceso de revisión de todos los JG que recepcionamos en el servicio, los errores que vamos localizando se comunican a los usuarios a través de correo electrónico teniendo 10 días de plazo para su subsanación. Dependiendo del tipo de incidencia encontrada, necesitaremos diferente documentación a adjuntar. Incidencias en la factura: necesitaremos de nuevo la factura ORIGINAL Y CONFORMADA por correo interno a la atención de Conta98 especificando a que JG corresponde. Incidencias en el JG: en la hoja de imputación: sólo enviar hoja de imputación corregida. Errores tipo: económica errónea, orgánica errónea, códigos de descuento en cualquier otro dato referente a la pestaña general o económica, necesitamos el JG completo Incidencias en la documentación adjunta, se envía lo que proceda normalmente por fax o correo electrónico

165 TIPOS DE JUSTIFICANTES DE GASTO

166 CONFIRMING BANCARIO Acuerdos con entidades financieras a unas condiciones excepcionales para permitir adelantar el cobro de nuestras facturas. El proveedor debe incluirse en la línea de CONFIRMING tratándolo previamente o posteriormente con el banco. info: Actualmente trabajamos con las entidades bancarias: Banesto (actualmente Santander) y Rural TRAMITE, como cualquier JG salvo: CONFIRMING X en rojo en la esquina superior derecha Hoja de confirming adjunta que vendrá con la factura ERRORES No coinciden los datos de la hoja de confirming con los de la factura Falta sello o firma de la empresa en la hoja de confirming CUIDADO No podrán incluirse facturas en la modalidad de confirming en los 3 meses anteriores al cierre del proyecto

167 GASTOS POR CESIONARIO Son pagos que adelanta : o una persona física o el administrador que tenga una dispersión de caja TRAMITE, como cualquier JG salvo R en rojo en la esquina superior derecha Hoja de cesionario adjunta con los datos de la persona que recupera y la firma del responsable del centro de gasto ERRORES Datos incorrectos en la hoja de cesionario En el tramite de inscripciones a congresos: copia del certificado de asistencia CUIDADO Nunca se pone el NIF del cesionario en el campo: NIF proveedor del JG Nunca deben venir los datos del cesionario en la factura, sino los de la UGR

168 IRPF: FACTURAS Y RETRIBUCIONES La retención de IRPF se refleja en la pestaña económico tal y como venga en la factura (1%, 9%, 21%...) Los seminarios, docencia, conferencias y otros, tienen: 21% residentes españoles 24,75% no residentes (0% sí presentan justificación de la residencia fiscal en un país extranjero a efectos de evitar la doble imposición) Premios: hasta 300 sin IRPF, a partir de 300 euros: 21% o 24.75% Código de descuento: En el caso de pagos a personal de la UGR se solicita con conformidad del responsable del centro de gasto (para el PDI) y previa autorización a Gerencia (para el PAS) sin JG. Tanto unos como otros se mandan a la OCI ERRORES Faltan firma del responsable del centro de gasto o del interesado Fecha de la firma del recibo o factura será la fecha del JG Económicas de imputación frecuentes: ;

169 PAGOS CON TARJETA Son pagos mediante tarjeta electrónica de la UGR. Las tarjetas se solicitan a través del acceso identificado y desde el Servicio de Gestión Económica se envía un correo al solicitante para recogerla y luego se habilitara la agrupación correspondiente en Contabilidad. Están vinculadas a una persona NO a una orgánica. TRAMITE T en rojo en la esquina superior derecha Agrupación del gasto (con los datos de la T) Liquido a pagar: 0 para ella la retención en la pestaña económico tiene que ser 100% Código de descuento: ERRORES Identificación del pago con el extracto del movimiento Gastos elegibles o no con la tarjeta: Ej: comidas CUIDADO Pagos de transportes y alojamientos que se liquidan al margen de las dietas porque se han pagado con T

170 FACTURAS INTRACOMUNITARIAS Requisitos iguales que para proveedores nacionales. Es importante que no lleven impuestos en la factura, porque sí los llevan no podemos volver a reflejarlos en el JG. Pagos al exterior: adjuntar cuando pagamos a la empresa directamente Tenemos que diferenciar entre: ADQUISICIONES Marcar la casilla A del modelo 349. Rellenar datos Instrastat Poner IVA intracomunitario en la pestaña económico Código de descuento PRESTACION DE SERVICIOS Marcar la casilla I del modelo 349. Poner IVA intracomunitario en la pestaña económico Código de descuento INSCRIPCIONES A CONGRESOS O ALOJAMIENTOS Sin claves fiscales y sin IVA intracomunitario. Casos excepcionales: terceros comunitarios sin IVA

171 FACTURAS EXTRACOMUNITARIAS Hay más flexibilidad respecto a los requisitos en la factura, según el RD1619/2012 que entró en vigor en enero Tenemos que diferenciar entre: ADQUISICIONES Sin claves fiscales y sin IVA extracomunitario. En caso de no venir datos del proveedor puede ponerse Moneda Extranjera PRESTACION DE SERVICIOS Marcar la casilla D del modelo 347/340. Poner IVA extracomunitario en la pestaña económico Código de descuento Traducciones, análisis, publicaciones, suscripciones a revistas INSCRIPCIONES A CONGRESOS O ALOJAMIENTOS Sin claves fiscales y sin IVA extracomunitario.

172 PAGOS A JUSTIFICAR Otros tipos de facturas En cuanto se pueda se enviará directamente a la Oficina de Control Interno la documentación necesaria en cada caso. Se pone J en rojo en la esquina superior derecha FACTURAS DE ATENCIONES PROTOCOLARIAS Se acompañaran de un escrito explicativo que justifique el gasto. En comidas listado de asistentes y motivo FACTURAS RELACIONADAS CON DIETAS QUE SE TRAMITAN POR PD Se acompañaran de un escrito explicativo que indique el porqué de su tramite por PD y sí hay o no comisión/bolsa liquidada FACTURAS DE EJERCICIOS ANTERIORES Se adjuntará memoria que explique el retraso en el tramite, situación de créditos en el ejercicio de la factura y previa autorización de Gerencia

173 GASTOS MENORES Otros tipos de facturas Serán importes hasta 60 euros: taxis, bonobús, gasolina y llevarán escrito si procede. No proceden en proyectos Siempre irán sin claves fiscales y sin IVA (aunque lo lleve en el ticket). BECAS DIVERSAS (AYUDAS DIVERSAS) FACTURAS DE ABONO Y ADUANAS Lleva A en rojo en la esquina superior derecha. Se tramita la factura de cargo con su importe que debe ser igual o superior a la de abono, que se adjuntará detrás. Las dos deben tener el mismo tipo impositivo y ser del mismo ejercicio. La diferencia se calcula en la Sección de Contabilidad.

174 Ante cualquier duda LLAMANOS y consúltanos

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