MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO"

Transcripción

1 26762 Miércoles 11 junio 2008 BOE núm. 141 Si es posible, conexión a Internet, conexión inalámbrica. 3. Personal: Una secretaria/auxiliar de conferencias, que hable inglés con fluidez, como asistente del secretario científico del OIEA. Personal necesario para preparar, instalar y encargarse del funcionamiento de las instalaciones técnicas y el equipo. Un auxiliar de conferencias en la sala de reunión. El personal antes mencionado deberá estar disponible del 31 de marzo al 5 de abril, inclusive. Además de las tareas concretas antes mencionadas, todo el personal de servicio deberá estar dispuesto a realizar otras funciones relacionadas con la preparación y desarrollo de la reunión, y a prestar asistencia para recopilar y distribuir documentos cuando sea necesario. El presente Canje de Notas se aplica provisionalmente desde el 28 de marzo de 2008, fecha de respuesta de la nota de la OIEA, según se establece en su apartado 8. Lo que se hace público para conocimiento general. Madrid, 28 de abril de El Secretario General Técnico del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, Francisco Fernández Fábregas. MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO 9972 ORDEN ITC/1620/2008, de 5 de junio, por la que se actualizan los anexos I y II del Real Decreto 2028/1986, de 6 junio, sobre las normas para la aplicación de determinadas directivas de la CE, relativas a la homologación de tipo de vehículos automóviles, remolques, semirremolques, motocicletas, ciclomotores y vehículos agrícolas, así como de partes y piezas de dichos vehículos La disposición final primera del Real Decreto 2028/1986, de 6 de junio, sobre las normas para la aplicación de determinadas directivas de la CE, relativas a la homologación de tipos de vehículos automóviles, remolques, semirremolques, motocicletas, ciclomotores y vehículos agrícolas, así como de partes y piezas de dichos vehículos, faculta al Ministerio de Industria y Energía, hoy Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, para modificar los anexos I y II del mismo, a fin de adaptarlos a la evolución producida por la publicación de nuevas normas comunitarias y nuevos reglamentos derivados del Acuerdo de Ginebra de 20 de marzo de Los preceptos en vigor del Real Decreto 2028/1986, de 6 de junio, contienen numerosas funciones cuya reglamentación está prevista que entre en vigor durante el año 2008 o en fechas posteriores, sin que consten algunas de sus fechas particulares de entrada en vigor para nuevos tipos o nuevas matriculaciones. Por ello, resulta necesaria la consolidación de determinadas fechas e incluirlas en el anexo I. Mediante las Órdenes de 4 de febrero de 1988, 10 de abril y 24 de noviembre de 1989, 16 de julio de 1991, 24 de enero, 24 de julio y 29 de diciembre de 1992, 10 de junio y 15 de octubre de 1993, 22 de febrero de 1994, 9 de marzo de 1995, 24 de abril de 1996, 25 de abril y 9 de diciembre de 1997, 28 de julio de 1998, 17 de febrero y 14 de junio de 1999, 4 de febrero, 14 de julio y 27 de diciembre de 2000, 23 de julio de 2001, 25 de junio y 26 de diciembre de 2002, 8 de octubre de 2003, 10 de febrero y 23 de septiembre de 2004, 3 de octubre de 2005, 14 de febrero, 13 de junio y 30 de noviembre de 2006, 13 de marzo y 27 de septiembre de 2007, se transpusieron las normas comunitarias y reglamentos de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (CEPE/ONU), derivados del Acuerdo de Ginebra de 20 de marzo de 1958, acordados hasta la fecha de la última orden citada. La publicación, con posterioridad a la Orden ITC/2948/ 2007, de 27 de septiembre, de tres nuevas directivas de la Comunidad Europea, hace necesaria la aprobación de una disposición que modifique los anexos I y II del Real Decreto 2028/1986, de 6 junio, para adecuarlos a aquéllas. En concreto, mediante la presente orden el contenido de dichos anexos se adecua a las siguientes normas de derecho de la Unión Europea: a) Directiva 2007/38/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de julio de 2007, relativa a la retroadaptación de los retrovisores de los vehículos pesados de transporte de mercancías matriculados en la Comunidad. b) Directiva 2007/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de septiembre de 2007, por la que se crea un marco para la homologación de los vehículos de motor y de los remolques, sistemas, componentes y unidades técnicas independientes destinados a dichos vehículos (nueva directiva marco que sustituye a la Directiva 70/156/CE). c) Directiva 2008/2/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de enero de 2008, relativa al campo de visión y a los limpiaparabrisas de los tractores agrícolas y forestales de ruedas. De este modo, el contenido del Real Decreto 2028/1986, de 6 de junio, queda actualizado de conformidad con las normas de derecho de la Unión Europea y de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (CEPE/ONU), en las partes de las mismas que se refieren a las materias reguladas por dicho real decreto. Por otra parte, conviene consolidar todas las fechas de entrada en vigor de las reglamentaciones que en la anterior versión aparecían sin fecha determinada pero que, en la actualidad, ya han entrado en vigor o están muy próximas a hacerlo. En su virtud, dispongo: Artículo único. Sustitución de los anexos I y II del Real Decreto 2028/1986, de 6 de junio, sobre las normas para la aplicación de determinadas directivas de la CE, relativas a la homologación de tipo de vehículos automóviles, remolques, semirremolques, motocicletas, ciclomotores y vehículos agrícolas, así como de partes y piezas de dichos vehículos. Los anexos I y II del Real Decreto 2028/1986, de 6 de junio, se sustituyen por los que se insertan a continuación. Disposición final única. Entrada en vigor. Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Madrid, 5 de junio de El Ministro de Industria, Turismo y Comercio, Miguel Sebastián Gascón.

2 BOE núm. 141 Miércoles 11 junio ANEXO I 1. VEHÍCULOS AUTOMÓVILES Y SUS PARTES Y PIEZAS Materia objeto de Nº Directiva Nuevos tipos Nueva Reglamentación a que se Observaciones Reglamentación (H) (D) Art. 3. Art matrícula refiere Art (F) (M) Art Recepción CEE de 70/156 Real Decreto 2140/85 de 9 Para la obtención de una Vehículos a motor 78/315 de octubre con excepción de homologación CE será necesario 78/547 los vehículos de la categoría cumplir con toda la reglamentación 80/1267 M 1 con motor de parcial indicada en el anexo 87/358 combustión interna. correspondiente de la Directiva 87/403 70/156 modificada por la última 92/53 Directiva aplicable. 93/81 La Directiva 70/156 sólo se aplica 98/14 a vehículos de la categoría M 1 con 2001/116 motor de combustión interna. 2007/46 (A* ) ( 1 ) ( 1 ) Deroga la 70/156*2001/116 a ( 1 ) partir del Para fechas de obligatoriedad ver texto de la Directiva. Nivel sonoro admisible 70/157 Reglamento CEPE/ONU ( 1 ) Sólo para recambios 73/350 51R02 (L) 77/212 81/334 84/372 84/424 89/491 92/97 96/20 ( 1 ) 1999/ /34 (A ) Emisiones de vehículos 70/220 Reglamento 83 ECE 74/290 77/102 78/665 83/351 88/76 88/436 89/458 89/491 91/441 93/59 94/12 96/44 96/69 Reglamento CEPE/ONU 98/77 83R05 (L) 98/ / /1 2001/ / /76 R(CE)715/2007 (A01-09 (A ) El R(CE) 715/2007 deroga las 09) ( 1 ) directivas anteriores a partir de 02 ( 1 ) y modifica la 70/156 ( 1 ) Fechas para EURO 5. Para EURO 6 (A ) y (A )

3 26764 Miércoles 11 junio 2008 BOE núm. 141 Materia objeto de Nº Directiva Nuevos tipos Nueva Reglamentación a que se refiere Art. Observaciones Reglamentación (H) (D) Art. 3. Art matrícula 4.3. (F) (M) Art Depósitos de 70/221 Reglamento CEPE/ONU 34R01(L) Sólo aceptable para Combustible líquido 79/490 vehículos distintos de 81/333 M 1. Para M 2 y M 3 y hasta la fecha límite de aceptación para nuevas matriculaciones de los Reglamentos 36 y 52 se podrán aplicar las homologaciones de esta función según dichos reglamentos. 97/19 (Anexo I) ( 1 ) Obligatorio para 2000/8 2006/20 ( 2 ) ( 1 ) ( 1 ) vehículos M 1 ( 2 ) No afecta depósitos combustible Protección trasera 70/221 Reglamento CEPE/ONU ( 1 ) No afecta a la 79/490 58R01 (L) Protección trasera 81/333 97/19(Anexo II) 2000/8 ( 1 ) 2006/20 (A ) Emplazamiento y montaje 70/222 Reglamento General de Vehículos La reglamentación de la de placas traseras de matrícula a los de columna 4 no es válida para nuevos tipos de vehículos de la categoría M 1 Equipo de dirección ( 1 ) No aceptable para 70/311 Reglamento CEPE/ONU 79R01 (L) vehículos M 1 92/62 ( 1 ) ( 1 ) ( 2 ) Obligatorio sólo 1999/7 ( 2 ) ( 2 ) para vehículos M 1 Cerraduras y bisagras de las 70/387 Reglamento CEPE/ONU 11R02 (L) Obligatoria sólo para puertas 98/90 vehículos M /31 Avisadores acústicos 70/388 Reglamento CEPE/ONU 28R00 (L) Retrovisores 71/127 ( 1 ) Deroga la 71/127 a 79/795 partir de /205 Reglamento CEPE/ONU 46R02 (L) 86/562 88/ /97 ( 1 ) Campo de visión 2005/27 Frenado 71/320 ( 1 ) Obligatoria para 74/132 forros de freno de 75/524 recambio. 79/489 Reglamento CEPE/ONU 13R10 (L) ( 2 ) Sólo para M 1 85/647 88/194 91/422 98/12 Reglamento CEPE/ONU 13H00 (L) 2002/78 ( 1 ) ( 1 ) ( 2 )

4 BOE núm. 141 Miércoles 11 junio Materia objeto de Nº Directiva Nuevos tipos Nueva matrícula Reglamentación a que se refiere Art. Observaciones Reglamentación (H) (D) Art. 3. Art Art (F) (M) Antiparasitado 72/245 Reglamento 10R01 89/491 Compatibilidad 95/54 Reglamento CEPE/ONU 10R02 (L) Sólo obligatorio para electromagnética 2004/104 (A ) vehículos M 1. A partir de , obligatorio para 2005/49 ( 1 ) 2005/ /28 ( 2 ) todos los vehículos homologados conforme a la Directiva 2007/46/CE. ( 1 ) Sólo aplicable a vehículos equipados con radares de corto alcance. (A ) para vehículos con radar de corto alcance en la banda de 24 GH z. ( 2 ) Esta Directiva también modifica anexos de la Directiva 70/156 (N) Humos motores diesel 72/306 Reglamento CEPE/ONU 24R03 (L) ( 1 ) El R(CE) 715/ /491 deroga la 72/306 a 97/20 partir de /21 R(CE)715/2007 ( 1 ) ( 1 ) Acondicionamiento interior 74/60 Reglamento CEPE/ONU 21R01 (L) 78/ /4 Dispositivos antirrobo 74/61 Reglamento CEPE/ONU 18R03 (L) Obligatorio sólo para 95/56 Reglamento CEPE /ONU 97R01 (L) vehículos M 1 para los sistemas de alarma (SAV) Reglamento CEPE/ONU 116R00 (L) Protección contra el volante 74/297 Reglamento CEPE/ONU 12R03 (L) Obligatorio sólo para 91/662 M 1 Resistencia de asientos y sus 74/408 Reglamento CEPE/ONU 17R07 (L) anclajes 81/577 Reglamento CEPE/ONU 80R01 (L) 96/ /39 ( 3 ) Obligatoria para categorías M y N Salientes exteriores 74/483 Reglamento CEPE/ONU 26R03 (L) 79/ /15 (A ) Marcha atrás y 75/443 Reglamento General de Vehículos El Reglamento General velocímetro 97/39 Reglamento CEPE/ONU 39R00 (L) de Vehículos no es válido para nuevos tipos de vehículos de la categoría M 1 Placas e inscripciones 76/114 Real Decreto 2140/85 de 9 de El R.D. 2140/85 no es reglamentarias 78/507 octubre válido para nuevos tipos de vehículos de la categoría M 1

5 26766 Miércoles 11 junio 2008 BOE núm. 141 Materia objeto de Reglamentación (H) (D) Nº Directiva Art. 3. Nuevos tipos Art Nueva matrícula Art Reglamentación a que se refiere Art (F) (M) Observaciones Anclajes de cinturones de seguridad Instalación de dispositivos de alumbrado y señalización. 76/115 81/575 82/318 90/629 96/ /41 76/756 80/233 82/244 83/276 84/008 89/278 91/663 97/ /35 (A ) (A ) Reglamento CEPE/ONU 14R06 (L) Reglamento CEPE/ONU 48R03 (L) Obligatoria categorías M y N para Catadióptricos 76/757 97/29 Reglamento CEPE/ONU 3R02 (L) Luces de gálibo, situación y pare 76/758 89/516 97/30 (Anexo II) Reglamento CEPE/ONU 7R02 (L) Indicadores de dirección Alumbrado placa de matrícula 76/759 89/ /15 76/760 97/31 Reglamento CEPE/ONU 6R01 (L) Reglamento CEPE/ONU 4R00 (L) Lámparas y proyectores 76/761 89/ /17 Reglamento CEPE/ONU 1R02, 5R02, 8R05, 20R03, 31R02, 37R03, 98R00, 99R00, 112R00, 113R00, 119R00 y 123R00 (L) Luces antiniebla delanteras Dispositivos de remolcado de vehículos Luces antiniebla traseras Luces de marcha atrás 76/ /18 77/389 96/64 77/538 89/ /14 77/539 97/32 Reglamento CEPE/ONU 19R02 (L) Reglamento CEPE/ONU 38R00 (L) Reglamento CEPE/ONU 23R00 (L) Sólo si lleva. el vehículo las Luces de estacionamiento 77/ /16 Reglamento CEPE/ONU 77R00 (L) Sólo si lleva. el vehículo las

6 BOE núm. 141 Miércoles 11 junio Materia objeto de Reglamentación (H) (D) Nº Directiva Art. 3. Nuevos tipos Art Nueva matrícula Art Reglamentación a que se refiere Art (F) (M) Observaciones Cinturones de seguridad y sistema de retención 77/541 81/576 82/319 90/628 96/ /3 2005/40 Reglamento CEPE/ONU 16R04 (L) Obligatoria para categorías M y N. Instalación de cinturones de seguridad y sistema de retención en el vehículo 77/541 81/576 82/319 90/628 96/ /3 2005/40 Reglamento CEPE/ONU 16R04 (L) Obligatoria categorías M y N para Campo de visión del conductor Identificación de mandos indicadores y testigos 77/649 81/643 88/366 90/630 78/316 93/91 94/53 Reglamento CEPE/ONU 121R00 (L) Dispositivos antihielo y antivaho 78/317 Dispositivos limpiaparabrisas y lavaparabrisas 78/318 94/68 Calefacción del habitáculo 78/ / / /119 (A ) Reglamento CEPE/ONU 122R00 (L) Exigible sólo a M 1. Todos los calefactores de combustión que se comercialicen para equipar a los vehículos M 2, M 3, N y O deberán estar homologados como componentes. Recubrimiento de las ruedas 78/549 94/78

7 26768 Miércoles 11 junio 2008 BOE núm. 141 Materia objeto de Nº Directiva Nuevos tipos Nueva matrícula Reglamentación a que se refiere Art. Observaciones Reglamentación (H) (D) Art. 3. Art Art (F) (M) Apoyacabezas 78/932 Reglamento CEPE/ONU 25R04 (L) Reglamento CEPE/ONU 17R07 (L) Medida de consumo de El R(CE) 715/2007 combustible 80/1268 deroga las directivas 89/491 anteriores a partir del y modifica la 70/156 93/116 Reglamento CEPE/ONU 101R00 (L) ( 1 ) Para N 1 Clases II y III 1999/100 (A ) 2004/3 ( 1 ) ( 2 ) Fechas para EURO 5. R(CE)715/2007 (A ) ( 2 ) (A ) ( 2 ) Para EURO 6 (A ) y (A ) Medida de la potencia de 80/1269 Reglamento CEPE/ONU 85R00 (L) los motores 88/195 89/491 97/ /99 88/77 ( 1 ) Para los motores Emisiones Diesel pesados 91/542 destinados a re 96/1 Reglamento CEPE/ONU 49R04 (L) cambios de los 1999/96 ( 1 ) vehículos en 2001/27 circulación se acepta la homologación según la directiva 1999/ /55 ( 2 ) ( 6 ) ( 3 ) ( 3 ) ( 2 ) Deroga las 2005/78 ( 4 ) 88/77*2001/27 a 2006/51 ( 5 ) partir de ( 3 ) Fechas para fila B1. Para fila B y ( 4 ) Directiva para la aplicación de la 2005/55 ( 5 ) Complementa a 2005/55 y 2005/78. ( 6 ) Directiva modificada por el R(CE)715/2007 Protección lateral 89/297 ( 1 ) ( 1 ) Reglamento CEPE/ONU 73R00 (L) ( 1 ) Solamente obligatorio para vehículos completos o completados. Sistemas antiproyección 91/226 Masas y dimensiones para 92/21 vehículos M1 95/48 Vidrios de seguridad 92/22 Reglamento CEPE/ONU 43R00 (L) Homologación 2001/92 ( 1 ) Para vehículos Vidrios de seguridad 92/22 ( 1 ) distintos de M 1 se Instalación 2001/92 acepta la homologación según la directiva 92/22/CEE

8 BOE núm. 141 Miércoles 11 junio Materia objeto de Reglamentación (H) (D) Nº Directiva Art. 3. Nuevos tipos Art Nueva matrícula Art Reglamentación a que se refiere Art (F) (M) Observaciones Neumáticos Homologación Neumáticos Instalación en el vehículo Instalación de neumáticos de uso temporal en el vehículo Limitadores de velocidad Homologación 92/ / /11 92/ / /11 92/ /43 92/ /11 Reglamento CEPE/ONU 30R02, 54R00, 64R00 (L) ( 1 ) Reglamento CEPE/ONU 117R00 (L) Reglamento CEPE/ONU 64R00 (L) Reglamento CEPE/ONU 89R00 (L) ( 1 ) Además de los anexos IV y V de la Directiva 2001/43 que deberán cumplirse Sólo si el vehículo los lleva. Salientes exteriores de los vehículos de categoría N 92/114 Dispositivos mecánicos de acoplamiento Dispositivos de acoplamiento corto 94/20 DC 2006/444 ( 1 ) ( 1 ) Reglamento CEPE/ONU 55R01 (L) ( 1 ) Obligatoria tanto para la homologación del dispositivo como su instalación en el vehículo, en su caso. Reglamento CEPE/ONU 102R00 (L) Prevención riesgos de 95/28 incendio vehículos M 3 Prevención riesgos de incendio vehículos M 1 Reglamento CEPE/ONU 118R00 (L) Reglamento CEPE/ONU 34R02 (L) Colisión lateral 96/27 DC 2005/614 Colisión frontal 96/ /98 DC 2005/614 ( 1 ) ( 1 ) ( 1 ) ( 1 ) Reglamento CEPE/ONU 95R02 (L) ( 2 ) Reglamento CEPE/ONU/94R01 (L) ( 2 ) Esta Directiva modifica los anexos de la 70/156/CEE. ( 1 ) Excepto vehículos que hayan sido homologados antes de según dos de las Directivas siguientes: 70/387; 74/483; 76/115. ( 2 ) Según versión publicada en el DOCE de u otra posterior. La Directiva 96/79 modifica los anexos de la 70/156/CEE ( 1 ) Excepto vehículos homologados con la 74/297 antes del ( 2 ) Según versión publicada en el DOCE de u otra posterior.

9 26770 Miércoles 11 junio 2008 BOE núm. 141 Materia objeto de Nº Directiva Nuevos tipos Nueva Reglamentación a que se refiere Observaciones Reglamentación (H) (D) Art. 3. Art matrícula Art (F) (M) Art Masas y dimensiones para 97/27 vehículos distintos de M /85 ( 1 ) 2003/19 ( 2 Autobuses y Autocares - ( 1 ) Reglamento 36 ECE ( de >22 plazas) 2001/85 Reglamento CEPE/ONU (L) ) ( 2 ) 107R01 Solamente aplicable a vehículos completos o completados. ( 1 ) Modifica el Anexo I de la Directiva 97/27/CE ( 2 ) Obligatorio para autobuses y autocares homologados según Directiva 2001/85. De obligado cumplimiento para las matriculaciones de estos vehículos con independencia de su fecha de fabricación. ( 1 ) Los vehículos de la Clase I deberán cumplir con la totalidad del Anexo VII de la 2001/85. Los vehículos de clases distintas a la Clase I que sean accesibles a personas con movilidad reducida, incluidos los viajeros en sillas de ruedas, deberán cumplir con lo aplicable del Anexo VII de la 2001/85. Estas exigencias se aplicarán con independencia de si esta homologación se satisface conforme a la columna 1 o a la columna 4. Resistencia superestructura - Reglamento CEPE/ONU 66R00 (L) Aplicable a los autocares de 2001/85 Reglamento CEPE/ONU 107R01 un solo piso de las Clases II (L) y III. (Regto. 36) De obligado cumplimiento para las matriculaciones de estos vehículos con independencia de su fecha de fabricación.

10 BOE núm. 141 Miércoles 11 junio Materia objeto de Reglamentación (H) (D) Autobuses y autocares (de 22 plazas) Nº Directiva Art /85 Nuevos tipos Art ( 1 ) Nueva matrícula Art ( 1 ) Reglamentación a que se refiere Art (F) (M) Reglamento 52 ECE Reglamento CEPE/ONU 107R01 (L) Limpia y lavaproyectores Reglamento CEPE/ONU 45R01 (L) Observaciones De obligado cumplimiento para las matriculaciones de estos vehículos con independencia de su fecha de fabricación. ( 1 ) Los vehículos accesibles a personas con movilidad reducida, incluidos los viajeros en sillas de ruedas, deberán cumplir con lo aplicable del anexo VII de la 2001/85. Esta exigencia se aplicará con independencia de si esta homologación se satisface conforme a la columna 1 o a la columna 4. Luces de circulación diurna 97/30 (Anexo III) Reglamento CEPE/ONU 87R00 (L) Luces de posición lateral 97/30 (Anexo IV) Reglamento CEPE/ONU 91R00 (L) Protección contra el empotramiento delantero Vehículos eléctricos a baterías Autobuses y autocares de dos pisos 2000/40 Reglamento CEPE/ONU 93R01 (L) (N) Reglamento CEPE/ONU 100R00 (L) 2001/85 Reglamento CEPE/ONU 107R01 (L) De obligado cumplimiento para las matriculaciones de estos vehículos con independencia de su fecha de fabricación.

11 26772 Miércoles 11 junio 2008 BOE núm. 141 Materia objeto de Nº Directiva Nuevos tipos Nueva Reglamentación a que se refiere Art. Observaciones Reglamentación (H) (D) Art. 3. Art matrícula Art (F) (M) Vehículos para el 98/91 ( 1 ) Reglamento CEPE/ONU 105R03(L) Esta Directiva modifica transporte de mercancías los anexos de la peligrosas. Homologación 70/156/CEE. Aplicable a vehículos EXII, EX III, FL, OX y AT conforme al R.D. 551/2006. ( 1 ) Deberán cumplir los requisitos aplicables establecidos en el anexo B de la Directiva 94/55/CEE corregida por la 2001/7/CE o posterior. Equipos especiales para Reglamento CEPE/ONU 67R01 (L) GLP Equipos especiales para GNC Reglamento CEPE/ONU 110R00 (L) Requisitos para personas con movilidad reducida 2001/85 (Anexo VII) Reglamento CEPE/ONU 107R01 (L) Obligatorio para Clase I Protección de los peatones 2003/102 y (A ) Aplicable a M 1 y N 1 DC2004/90( 1 ) (A ) derivados de M 1 ( 2,5t.) ( 1 ) La Decisión complementa a la Directiva Sistemas de protección 2005/66 y Solo si el vehículo los delanteros DC2006/368 lleva. Aplicable a M 1 y ( 1 ) N 1 ( 3,5t.) y a U.T.I. ( 1 ) La Decisión complementa a la Directiva Aptitud para el reciclado 2005/64 (A ) (A )

12 BOE núm. 141 Miércoles 11 junio Materia objeto de Reglamentación (H) (D) Nº Directiva Art. 3. Nuevos tipos Art Nueva matrícula Art Reglamentación a que se refiere Art (F) (M) Observaciones Limpia y lavaproyectores Reglamento CEPE/ONU 45R01 (L) Sólo si el vehículo los lleva. Emisiones de los sistemas de aire acondicionado 2006/40 ( 3 ) R(CE)706/2007 Esta directiva modifica los anexos de la 70/156. Sistemas de alumbrado delantero adaptable (AFS) (A ) (A ) (A ) (A ) (A ) (A ) 2007/37 - ( 1 ) ( 1 ) Reglamento CEPE/ONU 123R00 (L) ( 1 ) Sólo si el vehículo los lleva

13 26774 Miércoles 11 junio 2008 BOE núm TRACTORES AGRÍCOLAS Materia objeto de Reglamentación (H) (D) Recepción CEE de tractores agrícolas Nº Directiva Art /150 79/694 82/890 ( 1 ) 88/297 97/54 ( 2 ) 2001/3 2003/37( 3 ) 2004/66( 4 ) 2005/67 Nuevos tipos Art Nueva matrícula Art (A ) (A1-7-09) Reglamentación a que Art (F) (M) se refiere Observaciones Para la obtención de una homologación CE será necesario cumplir con toda la reglamentación parcial indicada en el Anexo correspondiente de la Directiva 2003/37 modificada por la última Directiva aplicable. ( 1 ) 82/890 autoriza a 30 km/h ( 2 ) 97/54 autoriza a 40 km/h ( 3 ) Deroga la 74/150 hasta la 2001/3 en ( 4 ) Sólo incluye los diez nuevos E.M. adheridos a la UE en No afecta a la numeración de la homologación de tipo. Ciertos elementos y características: 74/151 88/410 98/ /26 Anexo 1: Masa máxima en carga 74/151 98/ /26 (A ) Reglamento General de Vehículos Anexo 2: Situación de placas de matrícula 74/151 98/38 Reglamento General de Vehículos Anexo 3: Depósito de combustible líquido 74/151 88/410 98/38 Anexo 4: Masas de lastre 74/151 88/410 98/38 Anexo 5: Avisador Acústico 74/151 98/38 - Directiva 70/388/CEE - Reglamento CEPE/ONU 28R00 (L) ( 1 ) ( 1 ) Sólo para homologación del dispositivo. Anexo 6: Nivel sonoro tractor en marcha y dispositivo de escape 74/151 88/410 98/38 - Directiva 70/157/CEE

14 BOE núm. 141 Miércoles 11 junio Materia objeto de Reglamentación (H) (D) Nº Directiva Art. 3. Nuevos tipos Art Nueva matrícula Art Reglamentación a que se refiere Art (F) (M) Observaciones Velocidad y plataforma 74/152 88/412 98/89 Real Decreto 2140/85 de 9 de octubre Retrovisores. 74/346 98/40 Campo de visión Equipo de dirección 74/347 79/ /2 ( 1 ) 75/321 88/411 98/39 (A ) - Directiva 77/649/CEE Reglamento CEPE/ONU 71R00 (L) - Directiva 70/311/CEE ( 1 ) Deroga la 74/347*79/1073 a partir de Compatibilidad electromagnética Toma de corriente 75/ /2 2001/3 75/323 ( 1 ) (A ) - Directiva 72/245/CEE Las Directivas 2000/2 y 2001/3 asimismo modifican los anexos de la Directiva 74/150/CEE. ( 1 ) La Directiva 2001/3 sólo modifica el anexo IIA de la Directiva 75/322 No aplicable si el vehículo cumple con la Directiva 78/933/CEE Frenado 76/432 96/63 - Directiva 71/320/CEE Asiento adicional 76/ /86 Nivel sonoro en oído del conductor el 77/311 DC96/627/CE DC2000/63/CE( 1 ) 2006/26 (A ) Protección vuelco contra el 77/536 89/ /55 Orden del Ministerio de Agricultura de ( 1 ) ( 1 ) Sólo aceptable para nuevas matriculaciones.

15 26776 Miércoles 11 junio 2008 BOE núm. 141 Nº Directiva Nuevos tipos Nueva matrícula Reglamentación a que se refiere Art. Observaciones Materia objeto de Art. 3. Art Art (F) (M) Reglamentación (H) (D) - Directiva 72/306/CEE (M) Humos diesel 77/537 Asiento conductor 78/764 83/190 88/ /57 Instalación de los 78/933 Reglamento CEPE/ONU 86R00 (L) ( 1 ) Sólo aceptable para dispositivos de alumbrado 1999/56 nuevas matriculaciones. 2006/26 (A ) Reglamento General de Vehículos ( 1 ) Homologación de los dispositivos de alumbrado 79/532 (N) Reglamentos: CEPE/ONU 1R02, 3R02, 4R00, 5R02, 6R01, 7R02, 8R05, 19R02, y sus lámparas 20R03, 23R00, 31R02, 37R03, 38R00, 98R00, 99R00, 112R00 y 113R00 (L) (N) Directivas: 76/757/CEE, 76/758/CEE, 76/759/CEE, 76/760/CEE, 76/761/CEE, 76/762/CEE, 77/538/CEE y 77/539/CEE., 1999/17/CE Dispositivo de remolcado 79/ /58 Ensayo estático de la 79/622 Orden del Ministerio de Agricultura ( 1 ) Sólo aceptable para estructura 82/953 de ( 1 ) nuevas matriculaciones 88/ /40 Acceso conductor. 80/720 88/414 Para tractores agrícolas Toma de fuerza y su 86/297 UNE con Velocidad 40 protección UNE km/h., se exceptúan los Identificación mandos 86/415 UNE 68001/M-90 ( 1 ) requisitos establecidos en el punto 5.2 de la Directiva 86/297 o del punto 5 de la norma UNE ( 1 ) Sólo aceptable para nuevas matriculaciones. Dispositivos de protección 86/298 Orden del Ministerio de ( 1 ) Sólo aceptable para en la parte trasera en 89/682 Agricultura de ( 1 ) nuevas matriculaciones. tractores estrechos 2000/ /67 (A ) Dispositivos de protección 87/402 Orden del Ministerio de ( 1 ) Sólo aceptable para en la parte delantera en 89/681 Agricultura de nuevas matriculaciones. tractores estrechos 2000/22 ( 1 ) 2005/67 (A )

16 BOE núm. 141 Miércoles 11 junio Materia objeto de Nº Directiva Nuevos tipos Nueva matrícula Reglamentación a que se Observaciones Reglamentación (H) (D) Art. 3. Art Art refiere Art (F) (M) Potencia en la toma de Orden del Ministerio de No aplicable a tractores fuerza Agricultura de con homologación CEE ( 1 ) ( 1 ) Sólo aceptable para nuevas matriculaciones Ciertos elementos y 89/173 características 2000/1 2006/26 Anexo I: Dimensiones y 89/173 Reglamento General de ( 1 ) Sólo aceptable para masas remolcadas 2000/1 Vehículos ( 1 ) nuevas matriculaciones. Anexo II: Regulador de 89/173 velocidad, protección de 2000/1 los elementos motores, las 2006/26 (A ) partes salientes y las ruedas (N) Directiva 92/22/CEE Anexo III: Parabrisas y 89/173 (M) otros vidrios 2006/26 (A ) - Reglamento CEPE/ONU 43R00 (L) Anexo IV: Enganches 89/173 mecánicos entre tractores y 2000/1 remolques y carga vertical 2006/26 (A ) sobre el punto de tracción Anexo V: Emplazamiento 89/173 Real Decreto 2140/85 de 9 ( 1 ) Sólo aceptable para y forma de colocación de 2000/1 de octubre ( 1 ) nuevas matriculaciones. las placas e inscripciones reglamentarias en el tractor Anexo VI: Mando de 89/173 UNE ( 1 ) Sólo aceptable para frenado de los vehículos UNE nuevas matriculaciones. remolcados y acoplamiento ( 1 ) de freno entre el vehículo tractor y los vehículos remolcados FASE I y FASE II FASE I y FASE II CATEGORÍAS Contaminación motores 2000/25 Reglamento CEPE/ONU A: 130 Kw P < 560 Kw diesel 96R01 (L) B: 75 Kw P < 130 Kw Directivas 88/77/CEE y 97/68/CE, 91/542/CEE y 96/1/CE y sus modificaciones posteriores. C: 37 Kw P < 75 Kw D: 18 Kw P < 37 Kw E: 130 Kw P 560 Kw F: 75 Kw P < 130 Kw G: 37 Kw P < 75 Kw 2005/13 Cat. H,I,K ( 1 ) Cat. H ( 1 ) ( 1 ) Para aplicación a otras categorías ver texto de la Directiva. Neumáticos Reglamento CEPE/ONU 106R00 (L) Potencia de los motores Reglamento CEPE/ONU ( 1 ) También se ha incluido Medida 120R00 (L) ( 1 ) en el Capítulo 4 Varios

17 26778 Miércoles 11 junio 2008 BOE núm VEHÍCULOS DE 2 ó 3 RUEDAS Y CUADRICICLOS Materia objeto de Reglamentación (H) (D) Nº Directiva Art. 3. Nuevos tipos Art Nueva matrícula Art (E) Reglamentación a que se refiere Art (F) (M) Observaciones Homologación CEE de vehículos de 2 ó 3 ruedas 92/ / /30 ( 2 ) ( 1 ) (A ) ( 1 ) A partir de los Certificados de Conformidad deben ser conformes al anexo IV de la 2002/24. ( 2 ) Solo modifica los anexos II y V. No afecta al número de homologación. Frenado 93/ /27 Reglamento CEPE/ONU 78R02 (L) Identificación de mandos, testigos e indicadores 93/ /74 Reglamento CEPE/ONU 60R00 (L) Avisador acústico 93/30 Reglamento CEPE/ONU 28R00 (L) Caballete de apoyo 93/ /72 Dispositivo de retención 93/ /24 Sólo vehículos afectados por la Directiva Dispositivos antirrobo 93/ /23 Reglamento CEPE/ONU 62R00 (L) (N) Inscripciones reglamentarias 93/ / /27 Instalación Dispositivos de Alumbrado 93/ /73 Reglamento CEPE/ONU 53R01 (L) Reglamento CEPE/ONU 74R01 (L) Ciclomotores

18 BOE núm. 141 Miércoles 11 junio Materia objeto de Reglamentación (H) (D) Nº Directiva Art. 3. Nuevos tipos Art Nueva matrícula Art (E) Reglamentación a que se refiere Art (F) (M) Observaciones Masas y dimensiones 93/ /86 Emplazamiento Placa de Matrícula 93/ /26 Velocidad máxima 95/1 Anexo / /27 Potencia y par máximo 95/1 Anexo /41 Neumáticos 97/24 cap /27 Reglamentos CEPE/ONU 54R00, 64R00 y 75R00 (L) 30R02, Dispositivos de alumbrado y señalización 97/24 cap. 2 Reglamentos CEPE/ONU 3R02, 19R02, 20R03, 37R03, 38R00, 50R00, 56R01, 57R02, 72R01 y 82R01 (L) Salientes exteriores 97/24 cap /27 1R02, 4R00, 5R02, 6R01, 7R02, 8R05, 23R00, 31R02, 98R00 y 99R00, 112R00 y 113R00 (L) Retrovisores y su montaje 80/780 80/ /24 cap /27 Reglamento CEPE/ONU 81R00 (L) Emisiones gaseosas Depósitos de combustible 97/24 cap / / / / /72 ( 1 ) 2006/120( 2 ) 97/24 cap. 6 (A ) ( 1 ) Admite como alternativos los ensayos del Reglamento (RTM) CEPE/ONU nº 2 ( 2 ) Ver también apartado 4 Catalizadores de recambio

19 26780 Miércoles 11 junio 2008 BOE núm. 141 Materia objeto de Nº Directiva Reglamentación (H) (D) Art. 3. Antimanipulación 97/24 cap / / /20 Nuevos tipos Art Nueva matrícula Art (E) Reglamentación a que se refiere Art (F) (M) Observaciones Compatibilidad electromagnética 97/24 cap. 8 Antiparasitado Reglamento CEPE/ONU 10R02 (L) ( 1 ) ( 1 ) No aceptable para homologación CE. Nivel sonoro admisible y dispositivo de escape de motocicletas y silenciosos de recambio 78/ /56 89/235 Dispositivos de remolque y anclajes 97/24 cap / / /120 97/24 cap.10 (N) Sólo para los vehículos afectados. Cinturones de seguridad y anclajes Cristales, limpiaparabrisas, lavaparabrisas, dispositivos antihielo y antivaho 97/24 cap /27 97/24 cap /27 Reglamento CEPE/ONU 16R04 (L)( 1 ) ( 1 ) Sólo alternativo para la homologación de los cinturones Vehículos carrozados afectados. Indicador de Velocidad 2000/7 Reglamento CEPE/ONU 39R00 (L)

20 BOE núm. 141 Miércoles 11 junio VARIOS Materia objeto de Nº Directiva Nuevos Nueva Reglamentación a que se refiere Observaciones Reglamentación (H) (D) Art. 3. tipos matrícula Art (F) (M) Art Art Control Técnico (ITV) 96/96 Real Decreto 1987/1985, de 24 de ( 1 ) Aplicable a vehículos en 1999/52 ( 1 ) Septiembre. servicio. 2001/9 Real Decreto 2042/1994, de 14 de 2001/11 octubre. 2003/27 ( 1 ) La Directiva 2002/7 sólo se Masas y dimensiones para 85/3 Reglamento General de Vehículos cita como referencia a esta Tráfico internacional 86/360 para la circulación por España. función. Su transposición y 86/364 fechas de entrada en vigor se 88/218 han realizado por otro 89/338 procedimiento a este R.D. 89/460 89/461 (C) 91/60 92/7 96/ /7 ( 1 ) ( 1 ) ( 1 ) El R.D. 1417/2005 es Instalación de limitadores 92/6 ( 1 ) complementario con la 92/6 y de velocidad 2002/ /85. Silenciosos de recambio (97/20) Reglamento CEPE/ONU 59R00 (L) Tacógrafos R3820/85 ( 2 ) R.D. 640/2007 ( 1 ) Los tacógrafos deben estar R3821/85 ( 1 ) OM homologados según el R3314/90 OM R3821/85 R3688/92 OM (N) R2479/95 OM ( 1 ) El R.D. 640/2007 es R1056/97 OM (OTRA O.M.) complementario al R2135/98 OM (OTRA O.M.) Reglamento (CE) 3821/85 y R1360/2002 al Reglamento (CE) R561/2006( 1 ) ( 2 ) 561/2006. ( 2 ) El Reglamento R561/2006 deroga el R3820/85 (N)

21 26782 Miércoles 11 junio 2008 BOE núm. 141 Materia objeto de Nº Directiva Nuevos tipos Nueva matrícula Reglamentación a que se refiere Observaciones Reglamentación Art. 3. Art Art Art (F) (M) (H) (D) Cascos protectores y viseras Triángulos de preseñalización Reglamento CEPE/ONU 22R05 (L) Reglamento CEPE/ONU 27R03 (L) (N) (Ñ) Asientos para niños Reglamento CEPE/ONU 44R04 (L) (N) Alumbrado especial de Reglamento 65ECE (N) alarma Señalización vehículos Reglamento CEPE/ONU 69R01 lentos (L) (N) Reglamento General de Vehículos Señalización vehículos pesados y largos Reglamento CEPE/ONU 70R01 (L) (N) Forros de freno para recambio 98/12 (Anexo XV) 2002/78 Reglamento CEPE/ONU 90R01 (L) Sólo exigible para los recambios de los vehículos homologados según la Directiva 98/12/CE. (N) Catalizadores para recambios 98/77 Reglamento CEPE/ONU 103R00 (L) (N) Contaminación Máquinas Móviles no de carretera 97/ / / /26 FASE I y FASE II FASE I y FASE II Reglamento CEPE/ONU 49R04 (L) Directiva 88/77/CEE, 91/542/CEE y 96/1/CE y sus Categorías B: 75 Kw P < 130 Kw modificaciones posteriores C: 37 Kw P < 75 Kw Reglamento CEPE/ONU 96R01 (L) (Ñ) D: 18 Kw P < 37 Kw E: 130 Kw P 560 Kw F: 75 Kw P < 130 Kw G: 37 Kw P < 75 Kw Marcado Reglamento CEPE/ONU (N) retrorreflectante de 104R00(L) vehículos pesados y largos y sus remolques Neumáticos DC 2006/443 Reglamento CEPE/ONU ( 1 ) El cumplimiento de recauchutados para 108R00 (L) ( 1 ) esta reglamentación no vehículos M 1 y sus se considerará remolques alternativo a la Directiva 92/23/CEE (Ñ)

22 BOE núm. 141 Miércoles 11 junio Materia objeto de Reglamentación Nº Directiva Nuevos tipos Nueva matrícula Reglamentación a que se refiere Observaciones (H) (D) Art. 3. Art Art Art (F) (M) Neumáticos DC2006/443 Reglamento CEPE/ONU ( 1 ) El cumplimiento de recauchutados para 109R00(L) ( 1 ) esta reglamentación no vehículos industriales y se considerará sus remolques alternativo a la Directiva 92/23/CEE (Ñ) Estabilidad contra el Reglamento CEPE/ONU Aplicable a los vehículos vuelco de vehículos 111R00 (L) cisterna de capacidad > cisterna. 3m 3 y presión de prueba < 4 bares. Sistemas especiales de Reglamento CEPE/ONU (N) adaptación al GLP o al 115R00 (L) GNC Catalizadores de 97/27 Cap.5 (A ) Ver también Apartado 3 recambio para vehículos 2005/30 (A ) Emisiones Gaseosas de 2 ó 3 ruedas. 2006/120 (A ) (Ñ) Cojines inflables Reglamento CEPE/ONU (Ñ) (Airbags) de recambio 114R00 (L) Potencia de los motores Reglamento CEPE/ONU ( 1 ) También se ha de las máquinas móviles 120R00 (L) ( 1 ) incluido en el Capítulo 2 no de carretera. Medida Tractores Agrícolas. Sistemas de supervisión 2006/81( 1 ) ( 1 ) Adapta la Directiva del control de emisiones (Apartado A) 2005/78 por la adhesión de Bulgaria y Rumanía Diversas funciones 2006/96( 1 ) ( 1 ) Adapta diversas (Apartado A) directivas por la adhesión de Bulgaria y Rumanía. Ruedas de recambio Reglamento CEPE/ONU 124R00 Retroadaptación de retrovisores 2007/38 ( 1 ) ( 1 ) Exigible a partir de a vehículos N 2 y N 3 matriculados a partir del que no estén homologados según la Directiva 2003/97/CE corregida por la Directiva 2005/27/CE. (P) NOTAS: Cumplimiento obligatorio. Aceptada como alternativa. No aceptado o no obligatorio para la homologación de tipo de un vehículo. (C) La prueba de conformidad de la Directiva 96/53 CEE se hará para los vehículos nuevos de acuerdo con las letras a) ó c) del artículo 6 y para vehículos en servicio de acuerdo con la letra c) del mismo artículo, bastando para ello la anotación en la tarjeta ITV de que el vehículo es conforme con la Directiva 96/53 CEE, añadiendo los datos exigibles en el punto 5 del Anexo III de la citada Directiva. (D) Se podrán expedir tarjetas ITV y/o certificados de carrozado a aquellos vehículos fabricados o importados antes de las fechas indicadas en la columna 3, que vayan a ser matriculados con posterioridad a las mismas, aún cuando no cumplan la reglamentación que le es exigible desde esas fechas. En este caso será necesaria la autorización del Centro Directivo del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo competente en materia de Seguridad Industrial al que posteriormente se le enviará una relación de esos vehículos indicando su número de bastidor, así como la fecha de su fabricación o importación dentro de los límites establecidos en la Directiva 70/156/CEE. (E) Las fechas de la columna "Nueva matrícula" se entenderán, para los ciclomotores, como los de "Puesta en circulación". (F) La reglamentación a que se refiere el artículo 4.3 solamente será alternativa a la que se especifica en la columna 1 para las categorías de vehículos incluidos en el campo de aplicación de ambas reglamentaciones a condición que respondan al mismo nivel de exigencias que se establece en la columna 1. Salvo que se trate de Reglamentos anexos al Acuerdo de 1958 marcados como CEPE/ONU en razón de que la UE se ha adherido a ellos (ver nota L). Esta aceptación de equivalencia no presupone que estas reglamentaciones puedan tener idénticos requisitos técnicos o administrativos. (H) Podrá aceptarse como alternativa y previa autorización del Centro Directivo del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo competente en materia de Seguridad Industrial, un informe favorable del Laboratorio Oficial en el que se evalúen las discrepancias con la reglamentación que se menciona en las columnas 1 y 4. (L) Reglamentos CEPE/ONU a los que la Unión Europea se ha adherido a su reconocimiento y aprobación, según Decisiones del Consejo. Cuando las Directivas particulares a las que sean alternativas contengan requisitos administrativos o de instalación, se aplicarán asimismo a los componentes y unidades técnicas independientes homologadas conforme a los Reglamentos CEPE/ONU. (M) En los casos en los que no se especifique versión de una reglamentación, se deberá entender que se refiere a la última versión en vigor. (N) Obligatorio para su comercialización en España cuando estén destinados a su utilización en o por vehículos automóviles. (Ñ) Obligatorio para su comercialización en España. (O) Para el capítulo 4 Varios el título de la columna 3 Nueva matrícula, debe entenderse como Fecha de puesta en servicio (P) La estación de ITV, previa aportación documental de un servicio técnico autorizado o fabricante del vehículo, y certificado de instalación o exención, verificará, en su caso, la existencia del sistema de retroadaptación, según disposición que dicte al efecto el centro directivo responsable del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

23 26784 Miércoles 11 junio 2008 BOE núm. 141 ANEXO II Número y fecha de la Directiva Título (*) Fecha publicación DOCE 70/156, de 6 de febrero Recepción CEE de Vehículos a motor 23/02/ /157, de 6 de febrero Nivel sonoro admisible 23/02/ /220, de 20 de marzo Emisiones de vehículos 06/04/ /221, de 20 de marzo Depósitos de combustible líquido / Protección trasera 06/04/ /222, de 20 de marzo Emplazamiento y montaje de placas traseras de matrícula 06/04/ /311, de 8 de junio Equipo de dirección 18/06/ /387, de 27 de julio Cerraduras y bisagras de las puertas 10/08/ /388, de 27 de julio Avisadores acústicos 10/08/ /127, de 1 de marzo Retrovisores 22/03/ /320, de 26 de julio Frenado 06/09/ /245, de 20 de junio Antiparasitado 06/07/ /306, de 2 de agosto Humos motores diesel 20/08/ /350, de 7 de noviembre Nivel sonoro admisible (70/157-70/157) 22/11/ /60, de 17 de diciembre de 1973 Acondicionamiento interior 11/02/ /61, de 17 de diciembre de 1973 Dispositivos antirrobo 11/02/ /132, de 11 de febrero Frenado (71/320 71/320). 19/03/ /150, de 4 de marzo Recepción CEE de tractores agrícolas 28/03/ /151, de 4 de marzo Ciertos elementos y características - Tractores. 74/151, de 4 de marzo Anexo 1 Masa Máxima en carga 74/151, de 4 de marzo Anexo 2 Situación de placas de matrícula 74/151, de 4 de marzo Anexo 3 Depósito de combustible líquido 28/03/ /151, de 4 de marzo Anexo 4 Masas de lastre 74/151, de 4 de marzo Anexo 5 Avisador Acústico 74/151, de 4 de marzo Anexo 6 Nivel sonoro tractor en marcha y dispositivo de escape 74/152, de 4 de marzo Velocidad y plataforma.- Tractores 28/03/ /290, de 28 de mayo Emisiones de vehículos (70/220 70/220) 15/06/ /297, de 4 de junio Protección contra el volante 20/06/ /346, de 25 de junio Retrovisores.- Tractores 15/07/ /347, de 25 de junio Campo de visión Tractores 15/07/ /408, de 22 de julio Resistencia de asientos y sus anclajes 12/08/ /483, de 17 de septiembre Salientes exteriores 02/10/ /321, de 20 de mayo Equipo de dirección 09/06/ /322, de 20 de mayo Compatibilidad electromagnética 09/06/ /323, de 20 de mayo Toma de corriente Tractores 09/06/ /443, de 26 de junio Marcha atrás y velocímetro 26/07/ /524, de 25 de julio Frenado (71/320 74/132). 08/09/ /114, de 18 de diciembre Placas e inscripciones reglamentarias 30/01/ /115, de 18 de diciembre Anclajes de cinturones de seguridad 30/01/ /432, de 6 de abril Frenado Tractores 08/05/ /756, de 27 de julio Instalación de los dispositivos de alumbrado y señalización 27/09/ /763, de 27 de julio Asiento adicional Tractores 27/09/1976

24 BOE núm. 141 Miércoles 11 junio Número y fecha de la Directiva Título (*) Fecha publicación DOCE 76/757, de 27 de julio Catadióptricos 27/09/ /758, de 27 de julio Luces de gálibo, situación y pare 27/09/ /759, de 27 de julio Indicadores de dirección 27/09/ /760, de 27 de julio Alumbrado placa de matrícula 27/09/ /761, de 27 de julio Lámparas y proyectores 27/09/ /762, de 27 de julio Luces antiniebla delanteras 27/09/ /763, de 27 de julio Asiento adicional Tractores 27/09/ /102, de 30 de noviembre de 1976 Emisiones de vehículos (70/220 74/290) 03/02/ /143, de 29 de diciembre de 1976 Control técnico de los vehículos de motor y sus remolques 18/02/ /212, de 8 de marzo Nivel sonoro admisible (70/157 73/350) 12/03/ /311, de 29 de marzo Nivel sonoro en el oído del conductor Tractores 28/04/ /389, de 17 de mayo Dispositivos de remolcado de vehículos 13/06/ /536, de 28 de junio Protección contra el vuelco Tractores 29/08/ /537, de 28 de junio Humos diesel Tractores 29/08/ /538, de 28 de junio Luces antiniebla traseras 29/08/ /539, de 28 de junio Luces de marcha atrás 29/08/ /540, de 28 de junio Luces de estacionamiento 29/08/ /541, de 28 de junio Cinturones de seguridad y sistema de retención 29/08/ /649, de 27 de septiembre Campo de visión del conductor 19/10/ /315, de 21 de diciembre de 1977 Recepción CEE de Vehículos a motor (70/156 70/156) 28/03/ /316, de 21 de diciembre de 1977 Identificación de mandos indicadores y testigos 28/03/ /317, de 21 de diciembre de 1977 Dispositivos antihielo y antivaho 28/03/ /318, de 21 de diciembre Dispositivos limpiaparabrisas y lavaparabrisas 28/03/ /507, de 19 de mayo Placas e inscripciones reglamentarias (76/114 76/114) 13/06/ /547, de 12 de junio Recepción CEE de Vehículos a motor (70/156 78/315) 26/06/ /548, de 12 de junio Calefacción del habitáculo 26/06/ /549, de 12 de junio Recubrimiento de las ruedas 26/06/ /632, de 19 de mayo Acondicionamiento interior (74/60 74/60) 29/07/ /665, de 14 de julio Emisiones de vehículos (70/220 77/102) 14/08/ /764, de 25 de julio Asiento conductor Tractores 18/09/ /932, de 16 de octubre Apoyacabezas 20/11/ /933, de 17 de octubre Instalación dispositivos de alumbrado Tractores 20/11/ /1015, de 23 de noviembre Nivel sonoro admisible y dispositivo de escape de motocicletas y silenciosos de recambio 13/12/ /488, de 18 de abril Salientes exteriores (74/483 74/483) 26/05/ /489, de 18 de abril Frenado (71/320 75/524). 26/05/ /490, de 18 de abril Depósitos de combustible líquido / Protección trasera (70/221-70/221) 26/05/ /532, de 17 de mayo Homologación dispositivos de alumbrado y sus lámparas Tractores 13/06/ /533, de 17 de mayo Dispositivo de remolcado Tractores 13/06/ /622, de 25 de junio Ensayo estático de la estructura Tractores 17/07/ /694, de 24 de julio Recepción CEE de tractores agrícolas (74/150 74/150) 13/08/ /795, de 20 de julio Retrovisores (71/127 71/127) 22/09/1979

25 26786 Miércoles 11 junio 2008 BOE núm. 141 Número y fecha de la Directiva Título (*) Fecha publicación DOCE 79/1073, de 22 de noviembre Campo de visión Tractores (74/347 74/347) 27/12/ /233, de 21 de noviembre de /720, de 24 de junio Instalación de los dispositivos de alumbrado y señalización (76/756 76/756) Acceso conductor Tractores 25/02/ /07/ /780, de 22 de julio Retrovisores y su montaje vehículos de 2 ó 3 ruedas y cuadriciclos 30/08/ /1267, de 16 de diciembre Recepción CEE de Vehículos a motor (70/156 78/547) 31/12/ /1268, de 16 de diciembre Medida de consumo de combustible 31/12/ /1269, de 16 de diciembre Medida de la potencia de los motores 31/12/ /1272, de 22 de diciembre Retrovisores y su montaje vehículos de 2 ó 3 ruedas y cuadriciclos 31/12/1980 (80/780 80/780) 81/333, de 13 de abril Depósitos de combustible líquido / Protección trasera (70/221 79/490) 18/05/ /334, de 13 de abril Nivel sonoro admisible (70/157 77/212) 18/05/ /575, de 20 de julio Anclajes de cinturones de seguridad (76/115 76/115) 29/07/ /576, de 20 de julio Cinturones de seguridad y sistema de retención (77/541-77/541) 29/07/ /577, de 20 de julio Resistencia de asientos y sus anclajes (74/408 74/408) 29/07/ /643, de 29 de julio Campo de visión del conductor (77/649 77/649) 15/08/ /244, de 17 de marzo Instalación de los dispositivos de alumbrado y señalización (76/756 80/233) 22/04/ /318, de 2 de abril Anclajes de cinturones de seguridad (76/115 81/575) 19/05/ /319, de 2 de abril Cinturones de seguridad y sistema de retención (77/541-81/576) 19/05/ /890, de 17 de diciembre Recepción CEE de tractores agrícolas (74/150 79/694) / (74/151 74/151 y Anexos 1, 2, 3, 4, 5 y 6) / (74/152 74/152) / (74/346 74/346) / (74/347 79/1073) / (75/321 75/321) / (75/322 75/322) / (76/432 76/432) / (76/763 76/763) / (77/311 77/311) / (77/537 77/537) / (78/764-78/764) / (78/933 78/933) / (79/532 79/532) / (79/533 79/533) / (80/720 80/720) 31/12/ /953, de 15 de diciembre Ensayo estático de la estructura Tractores (79/622 79/622) 31/12/ /190, de 28 de marzo Asiento conductor Tractores (78/764 82/890) 26/04/ /276, de 26 de mayo Instalación de los dispositivos de alumbrado y señalización (76/756 82/244) 09/06/ /351, de 16 de junio Emisiones de vehículos (70/220 78/665) 20/07/ /8, de 14 de diciembre de /372, de 3 de julio Instalación de los dispositivos de alumbrado y señalización (76/756 83/276) Nivel sonoro admisible (70/157 81/334) 12/01/ /07/ /424, de 3 de septiembre Nivel sonoro admisible (70/157-84/372) 06/09/ /003, de 19 de diciembre de 1984 Pesos y dimensiones para Tráfico Internacional 03/01/ /205, de 18 de febrero Retrovisores (71/127 79/795) 29/03/1985 R 3820/85, de 20 de diciembre de 1985 Tacógrafos 31/12/1985 R 3821/85, de 20 de diciembre de 1985 Tacógrafos 31/12/ /647, de 23 de diciembre de 1985 Frenado (71/320 79/647). 31/12/ /297, de 26 de mayo de 1986 Toma de fuerza y su protección Tractores 08/07/ /298, de 26 de mayo de 1986 Dispositivos de protección en la parte trasera en tractores estrechos 08/07/ /360, de 24 de julio de 1986 Pesos y dimensiones para Tráfico Internacional (85/003 85/003) 05/08/ /364, de 24 de julio de 1986 Pesos y dimensiones para Tráfico Internacional (85/003 86/360) 07/08/ /415, de 24 de julio de 1986 Identificación de mandos 26/08/ /562, de 6 de noviembre de 1986 Retrovisores (71/127 85/205) 22/11/ /56, de 18 de diciembre de 1986 Nivel sonoro admisible y dispositivo de escape de motocicletas y silenciosos 27/01/1987 de recambio (78/ /1015)

26 BOE núm. 141 Miércoles 11 junio Número y fecha de la Directiva Título (*) 87/354, de 25 de junio de 1987 Cambia las siglas de GR de Grecia por la EL. (70/388, 70/157, 71/127, 74/483, 76/114, 76/777, 76/758, 76/759, 76/760, 76/761, 76/762, 76/767, 77/536, 77/538, 77/539, 77/540, 77/541, 78/764, 78/932 y 79/622) Fecha publicación DOCE 11/07/ /358, de 25 de junio de 1987 Recepción CEE de Vehículos a motor (70/156 80/1267) 11/07/ /402, de 25 de junio de /403, de 25 de junio de 1987 Dispositivo de protección en la parte delantera en tractores estrechos Recepción CEE de Vehículos a motor (70/156 87/358) 08/08/ /08/ /76, de 3 de diciembre de 1987 Emisiones de vehículos (70/220 83/351) 09/02/ /195, de 24 de marzo de 1988 Medida de la potencia de los motores (80/ /1269) 09/04/ /218, de 11 de abril de 1988 Pesos y dimensiones para Tráfico Internacional (85/003 86/364) 15/04/ /297, de 3 de mayo de 1988 Recepción CEE de tractores agrícolas (74/150 82/890) 20/05/ /77 de 3 de diciembre de 1987 Emisiones diesel pesados 09/02/ /194, de 24 de marzo de 1988 Frenado (71/320 85/647). 09/04/ /321, de 16 de mayo de 1988 Retrovisores (71/127 86/562) 14/06/ /366, de 17 de mayo de /410, de 21 de junio de /411, de 21 de junio de 1988 Instalación de los dispositivos de alumbrado y señalización (76/756 81/643) Ciertos elementos y características Tractores (74/151 82/890 y Anexos 3, 4 y 6)). Equipo de dirección (75/321 82/890) 12/07/ /07/ /07/ /412, de 22 de junio de 1988 Velocidad y Plataforma Tractores (74/152 82/890) 26/07/ /413, de 22 de junio de 1988 Ensayo estático de la estructura Tractores (79/622 82/953) 26/07/ /414, de 22 de junio de 1988 Acceso conductor Tractores (80/720 82/890) 26/07/ /436, de 16 de junio de 1988 Emisiones de vehículos (70/220 88/76) 06/08/ /449, de 26 de julio de /465, de 30 de junio de 1988 Control técnico de los vehículos de motor y sus remolques (77/143 77/143) Asiento conductor Tractores (78/764 83/190) 12/08/ /08/ /599, de 25 de noviembre de 1998 Procedimientos para la aplicación del Reglamento 3820/85 y del 3821/85 29/11/1988 relativos al aparato de control en el sector de los transportes por carretera 89/173, de 21 de diciembre de 1988 Ciertos elementos y características Tractores 89/173, de 21 de diciembre de 1988 Dimensiones y masas remolcadas Anexo I 89/173, de 21 de diciembre de 1988 Anexo II 89/173, de 21 de diciembre de 1988 Anexo III 89/173, de 21 de diciembre de 1988 Anexo IV 89/173, de 21 de diciembre de 1988 Anexo V 89/173, de 21 de diciembre de 1988 Anexo VI Regulador de velocidad, protección de los elementos motores, las partes salientes y las ruedas. Parabrisas y otros vidrios Enganches mecánicos entre tractores y remolques y carga vertical sobre el punto de tracción Emplazamiento y forma de colocación de las placas e inscripciones reglamentarias en el tractor Mando de frenado de los vehículos remolcados y acoplamiento de freno entre el vehículo tractor y los vehículos remolcados 10/03/ /235, de 13 de marzo de 1989 Nivel sonoro admisible y dispositivo de escape de motocicletas y silenciosos 11/04/1989 de recambio (78/ /56) 89/277, de 28 de marzo de 1989 Indicadores de dirección (76/758 76/758) 20/04/ /278, de 28 de marzo de /297, de 13 de abril de 1989 Instalación de los dispositivos de alumbrado y señalización (76/756 84/8) Protección lateral 20/04/ /05/ /338, de 27 de abril de 1989 Pesos y dimensiones para Tráfico Internacional (85/003 88/218) 25/05/ /458, de 18 de julio de 1989 Emisiones de vehículos (70/220 88/436) 03/08/1989

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 7 Viernes 7 de marzo de 009 Sec. I. Pág. 900 ANEXO I. VEHÍCULOS AUTOMÓVILES Y SUS PARTES Y PIEZAS Recepción CE de Vehículos a motor Art.. 70/6 78/ 78/7 80/67 87/8 87/0 9/ 9/8 98/ 00/6 007/6 R(CE)060/008

Más detalles

MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO

MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO 676 Miércoles junio 008 BOE núm. Si es posible, conexión a Internet, conexión inalámbrica.. Personal: Una secretaria/auxiliar de conferencias, que hable inglés con fluidez, como asistente del secretario

Más detalles

MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO

MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO BOE núm. 69 Miércoles marzo 007 089 MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO 99 ORDEN ITC/68/007, de de marzo, por la que se actualizan los anexos I y II del Real Decreto 08/986, de 6 junio, sobre las

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. Miércoles de octubre de 009 Sec. I. Pág. 880 ANEXO I. Vehículos automóviles y sus partes y piezas Recepción CE de Vehículos a motor Art.. 70/6 78/ 78/7 80/67 87/8 87/0 9/ 9/8 98/ 00/6 007/6 R(CE)060/008

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 7 Viernes 7 de marzo de 009 Sec. I. Pág. 998 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO 08 Orden ITC/7/009, de 0 de marzo, por la que se actualizan los anexos I y II del

Más detalles

Versión 1.1 ( ) 1

Versión 1.1 ( ) 1 PROYECTO DE ORDEN POR LA QUE SE ACTUALIZAN LOS ANEXOS I Y II DEL REAL DECRETO 08/1986, DE 6 JUNIO, SOBRE LAS NORMAS PARA LA APLICACIÓN DE DETERMINADAS DIRECTIVAS DE LA CEE, RELATIVAS A LA HOMOLOGACIÓN

Más detalles

I. Disposiciones generales

I. Disposiciones generales BOE núm. 97 Miércoles diciembre 006 68 I. Disposiciones generales MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN 86 ORDEN AEC/779/006, de de noviembre, por la que se crea una Oficina Consular Honoraria

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. Miércoles de octubre de 009 Sec. I. Pág. 880 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO 679 Orden ITC/86/009, de 6 de octubre, por la que se actualizan los anexos I y II

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. Miércoles de octubre de 009 Sec. I. Pág. 880 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO 679 Orden ITC/86/009, de 6 de octubre, por la que se actualizan los anexos I y II

Más detalles

MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA ORDEN CTE/1612/2002, de 25 de junio, por

MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA ORDEN CTE/1612/2002, de 25 de junio, por BOE núm. Viernes 8 junio 00 6 MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA 76 ORDEN CTE/6/00, de de junio, por la que se actualizan los anexos I y II del Real Decreto 08/986, de 6 junio, sobre las normas para la

Más detalles

Esta reducción deberá hacerse efectiva por las empresas propietarias de las centrales en los años 1998 y Elcogás. Gasificación Integrada 461

Esta reducción deberá hacerse efectiva por las empresas propietarias de las centrales en los años 1998 y Elcogás. Gasificación Integrada 461 Jueves octubre 007 BOE núm. Central Tipo combustible principal Producción GW/h Esta reducción deberá hacerse efectiva por las empresas propietarias de las centrales en los años 998 y 999. Elcogás. Gasificación

Más detalles

Artículo único. Sustitución de los anexos I y II del Real Decreto 2028/1986, de 6 de junio.

Artículo único. Sustitución de los anexos I y II del Real Decreto 2028/1986, de 6 de junio. PROYECTO DE ORDEN POR LA QUE SE ACTUALIZAN LOS ANEXOS I Y II DEL REAL DECRETO 2028/1986, DE 6 JUNIO, SOBRE LAS NORMAS PARA LA APLICACIÓN DE DETERMINADAS DIRECTIVAS DE LA CEE, RELATIVAS A LA HOMOLOGACIÓN

Más detalles

Versión 1 23/01/2014 2

Versión 1 23/01/2014 2 ORDEN POR LA QUE SE ACTUALIZAN LOS ANEXOS I Y II DEL REAL DECRETO 2028/1986, DE 6 JUNIO, SOBRE LAS NORMAS PARA LA APLICACIÓN DE DETERMINADAS DIRECTIVAS DE LA CEE, RELATIVAS A LA HOMOLOGACIÓN DE TIPO DE

Más detalles

Sumario: ANEXO I. ANEXO II.

Sumario: ANEXO I. ANEXO II. Real Decreto 2028/1986, de 6 de junio, por el que se dictan normas para la aplicación de determinadas directivas de la CEE, relativas a la homologación de tipos de vehículos automóviles, remolques y semirremolques,

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 158 Lunes 30 de junio de 2014 Sec. I. Pág. 49879 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO 6799 Orden IET/1105/2014, de 26 de junio, por la que se actualizan los anexos

Más detalles

Parte 2 (Categoría L, vehículos de 2, 3 ruedas y cuadriciclos)

Parte 2 (Categoría L, vehículos de 2, 3 ruedas y cuadriciclos) Parte 2 (Categoría L, vehículos de 2, 3 ruedas y cuadriciclos) A1 Alumbrado. Acoplamiento de los dispositivos A4 Alumbrado. Lámparas de incandescencia A5 Alumbrado. Lámparas de descarga de gas A6 Alumbrado.

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 8 Viernes 9 de enero de 2015 Sec. I. Pág. 1918 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO 182 Orden IET/2556/2014, de 26 de diciembre, por la que se actualizan los anexos

Más detalles

Versión 1 23/06/2014 2

Versión 1 23/06/2014 2 ORDEN POR LA QUE SE ACTUALIZAN LOS ANEXOS I Y II DEL REAL DECRETO 2028/1986, DE 6 JUNIO, SOBRE LAS NORMAS PARA LA APLICACIÓN DE DETERMINADAS DIRECTIVAS DE LA CEE, RELATIVAS A LA HOMOLOGACIÓN DE TIPO DE

Más detalles

REGLAMENTOS ANEJOS AL ACUERDO DE GINEBRA DE

REGLAMENTOS ANEJOS AL ACUERDO DE GINEBRA DE 1 REGLAMENTOS ANEJOS AL ACUERDO DE GINEBRA DE 20.3.58 NUMERO, TITULO Y REFERENCIA OFICIAL DE NACIONES UNIDAS REFERENCIA COMUN: E/ECE/324, E/ECE/TRANS/505 / REV 2 (Nuevo texto del Acuerdo, de fecha 5.10.95)

Más detalles

ANEXO I - REGLAMENTACIÓN VIGENTE

ANEXO I - REGLAMENTACIÓN VIGENTE ANEXO I - REGLAMENTACIÓN VIGENTE 1. Relación entre artículos del Reglamento General de Vehículos y reglamentación vigente Artículo del Reglamento Disposición Adicional Tercera Párrafo Materia Legislación

Más detalles

Versión 1 07/03/2017 2

Versión 1 07/03/2017 2 ORDEN POR LA QUE SE ACTUALIZAN LOS ANEXOS I Y II DEL REAL DECRETO 2028/1986, DE 6 JUNIO, SOBRE LAS NORMAS PARA LA APLICACIÓN DE DETERMINADAS DIRECTIVAS DE LA CEE, RELATIVAS A LA HOMOLOGACIÓN DE TIPO DE

Más detalles

32860 Viernes 7 octubre 2005 BOE núm. 240

32860 Viernes 7 octubre 2005 BOE núm. 240 32860 Viernes 7 octubre 2005 BOE núm. 240 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA 16582 ORDEN ECI/3078/2005, de 27 de septiembre, por la que se crea la Oficina de Registro General del Consejo Superior de Investigaciones

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 11 Viernes 12 de enero de 2018 Sec. I. Pág. 4420 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMPETITIVIDAD 405 Orden EIC/1337/2017, de 18 de diciembre, por la que se actualizan

Más detalles

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(Texto pertinente a efectos del EEE) 28.4.2011 Diario Oficial de la Unión Europea L 108/13 REGLAMENTO (UE) N o 407/2011 DE LA COMISIÓN de 27 de abril de 2011 por el que se modifica el (CE) n o 661/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo,

Más detalles

CATALOGO DE SERVICIOS TÉCNICOS OFICIALES

CATALOGO DE SERVICIOS TÉCNICOS OFICIALES DE INDUSTRIA Y DE LA Calidad y Seguridad Industrial CATALOGO DE SERVICIOS TÉCNICOS OFICIALES 2014 VEHÍCULOS VEHÍCULOS PREÁMBULO OFICIALES DESIGNADOS POR EL MINETUR EN EL ÁMBITO DE VEHÍCULOS Y TRANSPORTES.

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 119 Viernes 18 de mayo de 2012 Sec. I. Pág. 36063 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO 6555 Orden IET/1043/2012, de 10 de mayo, por la que se actualizan los Anexos

Más detalles

MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGÍA ORDEN de 14 de junio de 1999 por la que

MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGÍA ORDEN de 14 de junio de 1999 por la que BOE núm. 150 Jueves 24 junio 1999 24089 MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGÍA 13897 ORDEN de 14 de junio de 1999 por la que se actualizan los anexos I y II del Real Decreto 2028/1986, de 6 de junio, sobre

Más detalles

7296 Jueves 23 febrero 2006 BOE núm. 46

7296 Jueves 23 febrero 2006 BOE núm. 46 7296 Jueves 23 febrero 2006 BOE núm. 46 Norma Título UNE-EN ISO 12217-3: 2003 Embarcaciones de recreo. Evaluación y clasificación de la estabilidad. Parte 1: Embarcaciones de eslora inferior a seis metros

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 255 Jueves 24 de octubre de 2013 Sec. I. Pág. 86206 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO 11128 Orden IET/1951/2013, de 22 de octubre, por la que se actualizan los

Más detalles

MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGÍA ORDEN de 4 de febrero de 2000 por la que

MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGÍA ORDEN de 4 de febrero de 2000 por la que 6468 Viernes 11 febrero 2000 BOE núm. 36 10.3 Los envíos que depositen las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral, conteniendo la certificación de inscripción y las papeletas y los

Más detalles

Reglamentación de referencia:

Reglamentación de referencia: Nota Técnica sobre Retroadaptación en retrovisores de los vehículos pesados de transporte de mercancías Directiva 2007/38/CE Resolución de 3 de Julio de 2008 del MITyC Obligatoriedad para vehículos de

Más detalles

MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA 158 Miércoles 3 enero 2001 BOE núm. 3 MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA 175 ORDEN de 27 de diciembre de 2000 por la que se actualizan los anexos I y II del Real Decreto 2028/1986, de 6 de junio, sobre

Más detalles

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN BOE núm. 240 Martes 5 octubre 2004 33345 17093 RECURSO de inconstitucionalidad número 1304-1999, promovido por la Junta de Andalucía, en relación con los artículos 82 a 87, 89 y 90, y las partidas de las

Más detalles

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN BOE núm. 240 Martes 5 octubre 2004 33345 17093 RECURSO de inconstitucionalidad número 1304-1999, promovido por la Junta de Andalucía, en relación con los artículos 82 a 87, 89 y 90, y las partidas de las

Más detalles

MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGÍA

MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGÍA BOE núm. 49 Viernes 26 febrero 1999 8013 MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGÍA 4704 ORDEN de 17 de febrero de 1999 por la que se actualizan los anexos I y II de las normas para la aplicación de determinadas

Más detalles

ANTEPROYECTO DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO REGULAR DE VIAJEROS DE USO GENERAL POR CARRETERA PAMPLONA TAFALLA, ZONA TAFALLA (NAV-002)

ANTEPROYECTO DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO REGULAR DE VIAJEROS DE USO GENERAL POR CARRETERA PAMPLONA TAFALLA, ZONA TAFALLA (NAV-002) ANTEPROYECTO DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO REGULAR DE VIAJEROS DE USO GENERAL POR CARRETERA PAMPLONA TAFALLA, ZONA TAFALLA (NAV-002) ANEXO 5 VEHÍCULOS Pamplona, julio de 2018 Con el fin de facilitar

Más detalles

REGLAMENTOS Diario Oficial de la Unión Europea L 69/3

REGLAMENTOS Diario Oficial de la Unión Europea L 69/3 8.3.2014 Diario Oficial de la Unión Europea L 69/3 REGLMENTOS REGLMENTO (UE) N o 214/2014 DE L COMISIÓN de 25 de febrero de 2014 que modifica los anexos II, IV, I, II y VIII de la 2007/46/CE del Parlamento

Más detalles

ANEXO. de la propuesta de. Decisión del Consejo

ANEXO. de la propuesta de. Decisión del Consejo COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 18.3.2016 COM(2016) 156 final ANNEX 1 ANEXO de la propuesta de Decisión del Consejo relativa a la posición a adoptar, en nombre de la Unión Europea, concerniente al proyecto

Más detalles

MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA ORDEN de 14 de julio de 2000 por la que

MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA ORDEN de 14 de julio de 2000 por la que 25862 Jueves 20 julio 2000 BOE núm. 173 Identificación: A) Espectrometría: máximo en ciclohexano a 440 nm-457 nm y 470 nm-486 nm. Pureza: Residuos de disolventes: Acetona, metiletilcetona, metanol, propan-2-ol,

Más detalles

DIRECTIVA 2009/68/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

DIRECTIVA 2009/68/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO L 203/52 Diario Oficial de la Unión Europea 5.8.2009 DIRECTIVA 2009/68/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 13 de julio de 2009 relativa a la homologación de los dispositivos de alumbrado y señalización

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMÍA

MINISTERIO DE ECONOMÍA 29334 Miércoles 8 agosto 2001 BOE núm. 189 MINISTERIO DE ECONOMÍA 15554 RESOLUCIÓN de 31 de julio de 2001, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se modifica la Resolución

Más detalles

Implicaciones de las Directivas Marco en el futuro de los carburantes alternativos

Implicaciones de las Directivas Marco en el futuro de los carburantes alternativos Implicaciones de las Directivas Marco en el futuro de los carburantes alternativos José Luis García Jefe de Servicio Homologación de Vehículos Ministerio de Industria, Turismo y Comercio XIV Congreso de

Más detalles

MANUAL DE REFORMAS DE VEHÍCULOS III.- VEHÍCULOS AGRICOLAS Índice

MANUAL DE REFORMAS DE VEHÍCULOS III.- VEHÍCULOS AGRICOLAS Índice Índice 1. IDENTIFICACIÓN Modificaciones que afecten a la identificación del vehículo 1.1 Sustitución total o parcial del bastidor o de la estructura autoportante, Revisión 1ª cuando la parte sustituida

Más detalles

MANUAL DE REFORMAS DE VEHÍCULOS I.- VEHÍCULOS DE CATEGORÍAS M, N y O Índice

MANUAL DE REFORMAS DE VEHÍCULOS I.- VEHÍCULOS DE CATEGORÍAS M, N y O Índice Índice 1. IDENTIFICACIÓN Modificaciones que afecten a la identificación del vehículo 1.1 Sustitución total o parcial del bastidor o de la estructura autoportante, Revisión 1ª cuando la parte sustituida

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 247 Martes 12 de octubre de 2010 Sec. I. Pág. 86206 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO 15602 Orden ITC/2632/2010, de 5 de octubre, por la que se actualiza el Anexo

Más detalles

REQUISITOS APLICABLES A LA HOMOLOGACIÓN DE TRENES TURÍSTICOS

REQUISITOS APLICABLES A LA HOMOLOGACIÓN DE TRENES TURÍSTICOS DE LA PEQUEÑA REQUISITOS APLICABLES A LA HOMOLOGACIÓN DE TRENES TURÍSTICOS Los requisitos aplicables son los siguientes: Condición de fabricante El fabricante del tren turístico deberá estar inscrito en

Más detalles

Revisión Manuales Reglamentos, Transporte Euromodular / neumáticos Directivas marco / emisiones / Puertas.

Revisión Manuales Reglamentos, Transporte Euromodular / neumáticos Directivas marco / emisiones / Puertas. Revisión Manuales Reglamentos, Transporte Euromodular / neumáticos Directivas marco / emisiones / Puertas. Guillermo E. Rodriguez Martín - Ingeniero Técnico industrial - Director Técnico de AECA-ITV -

Más detalles

REGLAMENTOS. L 160/8 Diario Oficial de la Unión Europea

REGLAMENTOS. L 160/8 Diario Oficial de la Unión Europea L 160/8 Diario Oficial de la Unión Europea 21.6.2012 REGLAMENTOS REGLAMENTO (UE) N o 523/2012 DE LA COMISIÓN de 20 de junio de 2012 por el que se modifica el Reglamento (CE) n o 661/2009 del Parlamento

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 153 Jueves 24 de junio de 2010 Sec. I. Pág. 55107 Modelo de Ficha Reducida B. Categoría N incompleto/completo/completado Marca Tipo / variante / versión Denominación comercial Categoría del vehículo

Más detalles

BOE núm. 22 Martes 26 enero

BOE núm. 22 Martes 26 enero BOE núm. 22 Martes 26 enero 1999 3463 ANEXO I REGLAMENTACIÓN VIGENTE 1. Relación entre artículos del Reglamento General de Vehículos y reglamentación vigente Artículo del Párrafo Materia Legislación aplicable

Más detalles

ANNEX ANEXO. de la. Decisión del Consejo

ANNEX ANEXO. de la. Decisión del Consejo COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 16.5.2018 COM(2018) 291 final ANNEX ANEXO de la Decisión del Consejo relativa a la posición que se ha de adoptar, en nombre de la Unión Europea, en el Comité Conjunto creado

Más detalles

CATALOGO DE SERVICIOS TÉCNICOS OFICIALES

CATALOGO DE SERVICIOS TÉCNICOS OFICIALES DE INDUSTRIA Y DE LA Calidad y Seguridad Industrial CATALOGO DE SERVICIOS TÉCNICOS OFICIALES 2014 VEHÍCULOS VEHÍCULOS PREÁMBULO OFICIALES DESIGNADOS POR EL MINETUR EN EL ÁMBITO DE VEHÍCULOS Y TRANSPORTES.

Más detalles

REQUISITOS APLICABLES A LA HOMOLOGACIÓN DE TRENES TURÍSTICOS

REQUISITOS APLICABLES A LA HOMOLOGACIÓN DE TRENES TURÍSTICOS DE LA PEQUEÑA REQUISITOS APLICABLES A LA HOMOLOGACIÓN DE TRENES TURÍSTICOS Los requisitos aplicables son los siguientes: Condición de fabricante El fabricante del tren turístico deberá estar inscrito en

Más detalles

ACTOS ADOPTADOS POR ÓRGANOS CREADOS MEDIANTE ACUERDOS INTERNACIONALES

ACTOS ADOPTADOS POR ÓRGANOS CREADOS MEDIANTE ACUERDOS INTERNACIONALES L 8/38 Diario Oficial de la Unión Europea 12.1.2012 ACTOS ADOPTADOS POR ÓRGANOS CREADOS MEDIANTE ACUERDOS INTERNACIONALES DECISIÓN N o 1/2011 DEL COMITÉ CONJUNTO CREADO EN VIRTUD DEL CONVENIO INTERBUS

Más detalles

CarLab. 72/245/CEE: Todos los elementos instalados deberán disponer de marcado CE respecto a la directiva de

CarLab. 72/245/CEE: Todos los elementos instalados deberán disponer de marcado CE respecto a la directiva de Para proceder a la VALIDACIÓN de un Acto Reglamentario por parte de este Servicio Técnico, para vehículos de las categorías, sin necesidad de ensayo, cuando se encuentre afectado por la reforma, se podrá

Más detalles

Oferta de Inspección Técnica de Vehículos.

Oferta de Inspección Técnica de Vehículos. Oferta de Inspección Técnica de Vehículos. Preparado para: Fecha: 02/08/2016 Oferta nº: Revisión nº: 0 Contacto: SILVIA ALONSO GIMENO Teléfono: 91-6541411 Email: Tel 91 803 11 93 TÜV SÜD ATISAE Fax: 91

Más detalles

Anexo I. Relación entre artículos del Reglamento General de Vehículos y reglamentación vigente

Anexo I. Relación entre artículos del Reglamento General de Vehículos y reglamentación vigente Anexo I. Relación entre artículos del Reglamento General de Vehículos y reglamentación vigente 1. Relación entre artículos del Reglamento General de Vehículos y reglamentación vigente Artículo del Reglament

Más detalles

Modelos del certificado de homologación de tipo UE

Modelos del certificado de homologación de tipo UE ANEXO VI Modelos del certificado de homologación de tipo UE LISTA DE APÉNDICES Número de apéndice Título del apéndice Página 1 Modelo del certificado de homologación de tipo UE de un vehículo completo

Más detalles

Diario Oficial de la Unión Europea

Diario Oficial de la Unión Europea 4.2.2015 L 28/3 REGLAMENTO (UE) 2015/166 DE LA COMISIÓN de 3 de febrero de 2015 por el que se completa y modifica el del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la inclusión de determinados

Más detalles

(Actos no legislativos) REGLAMENTOS

(Actos no legislativos) REGLAMENTOS 21.12.2012 Diario Oficial de la Unión Europea L 353/1 II (ctos no legislativos) REGLMENTOS REGLMENTO (UE) N o 1229/2012 DE L OMISIÓN de 10 de diciembre de 2012 que modifica los anexos IV y II de la Directiva

Más detalles

El vehículo como equipo de trabajo, mantenimiento adecuado. Nadal Pons Font

El vehículo como equipo de trabajo, mantenimiento adecuado. Nadal Pons Font El vehículo como equipo de trabajo, mantenimiento adecuado Nadal Pons Font introducción SEPIVA (Sociedad y Promoción Industrial Valenciana S. A.) es la empresa pública dependiente de la Conselleria de

Más detalles

MANUAL DE REFORMAS EN VEHÍCULOS PREÁMBULO

MANUAL DE REFORMAS EN VEHÍCULOS PREÁMBULO PREÁMBULO La Directiva 2007/46/CE del Parlamento europeo y del Consejo, de 5 de septiembre de 2007, por la que se crea un marco para la homologación de los vehículos de motor y sus remolques, sistemas,

Más detalles

BOE núm. 22 Martes 26 enero 1999 3463

BOE núm. 22 Martes 26 enero 1999 3463 BOE núm. 22 Martes 26 enero 1999 3463 ANEXO I REGLAMENTACIÓN VIGENTE 1. Relación entre artículos del Reglamento General de Vehículos y reglamentación vigente Artículo del Párrafo Materia Legislación aplicable

Más detalles

CATALOGO DE SERVICIOS TECNICOS DE VEHICULOS 2017

CATALOGO DE SERVICIOS TECNICOS DE VEHICULOS 2017 Reglamentación Nacional CATALOGO DE SERVICIOS TECNICOS DE VEHICULOS 2017 VEHÍCULOS PREÁMBULO DESIGNADOS POR EL MINECO EN EL ÁMBITO DE VEHÍCULOS Y TRANSPORTES. El presente Catálogo de Servicios Técnicos

Más detalles

C/ Rayo, 12 (Edificio Santa María) GETAFE Madrid Tel: (6 Líneas) Fax:

C/ Rayo, 12 (Edificio Santa María) GETAFE Madrid Tel: (6 Líneas) Fax: REGLAMENTO GENERAL DE VEHÍCULOS. RD 2822/98. DISPOSITIVOS DE ALUMBRADO Y SEÑALIZACIÓN ÓPTICA Todo AUTOMÓVIL, con excepción de los reseñados en las tablas siguientes Tipo de luz Número Color Situación (9)

Más detalles

DIRECTIVA 2010/62/UE DE LA COMISIÓN

DIRECTIVA 2010/62/UE DE LA COMISIÓN 9.9.2010 Diario Oficial de la Unión Europea L 238/7 DIRECTIVAS DIRECTIVA 2010/62/UE DE LA COMISIÓN de 8 de septiembre de 2010 por la que se modifican, para adaptar sus disposiciones técnicas, las Directivas

Más detalles

F1 71 PE T4.3 TRACTORES

F1 71 PE T4.3 TRACTORES ES F1 71 PE T4.3 TRACTORES ES ES COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS Proyecto de Bruselas, 23 de junio de 2009. DIRECTIVA.../ /CE DE LA COMISIÓN de [ ] por la que se modifican las Directivas 74/152/CEE,

Más detalles

PROYECTO FIN DE CARRERA

PROYECTO FIN DE CARRERA PROYECTO FIN DE CARRERA Presentado por Pedro José Fernández Concellón Dirigido por Santiago Baselga Ariño Dr. Ingeniero Industrial Ingeniería Industrial. Departamento de Ingeniería Mecánica. Centro Politécnico

Más detalles

CATALOGO DE SERVICIOS TECNICOS DE VEHICULOS 2018

CATALOGO DE SERVICIOS TECNICOS DE VEHICULOS 2018 Reglamentación Nacional CATALOGO DE SERVICIOS TECNICOS DE VEHICULOS 2018 Esta obra no puede ser reproducida total ni parcialmente sin la autorización de los propietarios del copyright. Edición 2018 Ministerio

Más detalles

SECCION II: VEHICULOS DE DOS RUEDAS, TRES RUEDAS, CUADRICICLOS Y QUADS

SECCION II: VEHICULOS DE DOS RUEDAS, TRES RUEDAS, CUADRICICLOS Y QUADS Versión 7.1.1 SECCION II: VEHICULOS DE DOS RUEDAS, TRES RUEDAS, CUADRICICLOS Y MANUAL DE PROCEDIMIENTO DE INSPECCION DE ESTACIONES ITV VERSIÓN 7.2.0 Catálogo general de publicaciones oficiales http://www.060.es

Más detalles

MANUAL DE PROCEDIMIENTO DE INSPECCIÓN DE LAS ESTACIONES I.T.V. II.- INSPECCIONES DE VEHÍCULOS DE DOS, TRES RUEDAS, CUADRICICLOS Y QUADS.

MANUAL DE PROCEDIMIENTO DE INSPECCIÓN DE LAS ESTACIONES I.T.V. II.- INSPECCIONES DE VEHÍCULOS DE DOS, TRES RUEDAS, CUADRICICLOS Y QUADS. Índice 1.- Identificación 1.1.- Documentación REVISIÓN 6ª 1.2.- Número de bastidor REVISIÓN 5ª 1.3.- Placas de matrícula REVISIÓN 6ª 2.- Acondicionamiento Exterior, Carrocería y Chasis 2.1.- Antiempotramiento

Más detalles

DIRECTIVA 2006/27/CE DE LA COMISIÓN

DIRECTIVA 2006/27/CE DE LA COMISIÓN 8.3.2006 Diario Oficial de la Unión Europea L 66/7 DIRECTIVA 2006/27/CE DE LA COMISIÓN de 3 de marzo de 2006 por la que se modifican, para adaptarlas al progreso técnico, las Directivas del Consejo 93/14/CEE,

Más detalles

CIMAG de febrero de 2013

CIMAG de febrero de 2013 La circulación vial de las máquinas agrícolas CIMAG 2013 28 de febrero de 2013 1 HOMOLOGACIÓN DE VEHÍCULOS ESPECIALES 2 REGLAMENTO GENERAL DE VEHÍCULOS 3 REFORMAS 4 INSPECCIONES PERIÓDICAS 5 RUEGOS Y PREGUNTAS

Más detalles

11/06/2016 Página 1 de 10

11/06/2016 Página 1 de 10 TEST nº 1. LISTA DE ESPERA CATEGORIA: MECANICO INSPECTOR 1. Cuál es la frecuencia de la inspección técnica periódica para una motocicleta con doce años de antigüedad? a) Anual. b) Semestral. c) Bienal.

Más detalles

22952 Miércoles 29 junio 2005 BOE núm. 154

22952 Miércoles 29 junio 2005 BOE núm. 154 22952 Miércoles 29 junio 2005 BOE núm. 154 ANEJO Para completar el anejo I tabla de equivalencias entre las clases de permisos de conducción búlgaros y españoles PERMISOS DE CONDUCCIÓN BÚLGAROS Licencias

Más detalles

MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO E COMERCIO

MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO E COMERCIO 1448 Martes 1 novembro 2005 Suplemento núm. 11 MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO E COMERCIO 16583 ORDE ITC/3079/2005, do 3 de outubro, pola que se actualizan os anexos I e II do Real decreto 2028/1986,

Más detalles

RESUMEN GENERAL. Entre los aspectos más destacados de la citada Directiva 2012/36, se indican las siguientes modificaciones:

RESUMEN GENERAL. Entre los aspectos más destacados de la citada Directiva 2012/36, se indican las siguientes modificaciones: Orden INT/2229/2013, de 25 de noviembre, por la que se modifican los anexos I, V, VI y VII del Reglamento General de Conductores, aprobado por el Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo y la Orden INT/2323/2011,

Más detalles

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(Texto pertinente a efectos del EEE) 19.9.2017 L 239/3 REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2017/1576 DE LA COMISIÓN de 26 de junio de 2017 que modifica el Reglamento (UE) n. o 540/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a los

Más detalles

DIRECTIVA 2009/58/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

DIRECTIVA 2009/58/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO L 198/4 Diario Oficial de la Unión Europea 30.7.2009 DIRECTIVAS DIRECTIVA 2009/58/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 13 de julio de 2009 relativa a los dispositivos de remolque y de marcha atrás

Más detalles

DIRECCIÓN DE REGULACIÓN HOMOLOGACION VEHICULAR. Ficha Técnica: Vehículos Automotores y Chasis

DIRECCIÓN DE REGULACIÓN HOMOLOGACION VEHICULAR. Ficha Técnica: Vehículos Automotores y Chasis Pág. 1 de 7 NOMBRE COMPLETO (RAZON SOCIAL): SIGLAS 1 : REPRESENTANTE LEGAL: RUC: DIRECCION: TELEFONO: FAX: MARCA: VERSION: FICHA TÉCNICA PARA HOMOLOGACIÓN DE VEHÍCULOS Y CHASIS Fecha solicitud: 1. DATOS

Más detalles

Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO

Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 18.2.2016 COM(2016) 76 final 2016/0046 (NLE) Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO por la que se establece la posición que se ha de adoptar en nombre de la Unión Europea en los correspondientes

Más detalles

NOTIFICACIÓN. Se da traslado de La notificación siguiente de conformidad con el articulo Oficina Sueca de Seguridad en los Transportes por

NOTIFICACIÓN. Se da traslado de La notificación siguiente de conformidad con el articulo Oficina Sueca de Seguridad en los Transportes por RESTRICTED CUERDO GENERL SORE TT/ No tif.84.i63 _ 28 de septiembre de 1984 RNCELES DUNEROS Y COMERCIO MltHhurián esmc.. Distribución especial omite de Obstáculos Técnicos al Comercio Original: inglés NOTIFICCIÓN

Más detalles

L 65/22 Diario Oficial de la Unión Europea

L 65/22 Diario Oficial de la Unión Europea L 65/22 Diario Oficial de la Unión Europea 7.3.2006 DIRECTIVA 2006/26/CE DE LA COMISIÓN de 2 de marzo de 2006 por la que se modifican, para su adaptación al progreso técnico, las Directivas 74/151/CEE,

Más detalles

DIRECTIVA 2009/59/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

DIRECTIVA 2009/59/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO 30.7.2009 Diario Oficial de la Unión Europea L 198/9 DIRECTIVA 2009/59/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 13 de julio de 2009 relativa a los retrovisores de los tractores agrícolas o forestales

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DEL INTERIOR

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DEL INTERIOR Núm. 255 Viernes 21 de octubre de 2016 Sec. I. Pág. 73787 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DEL INTERIOR 9637 Orden INT/1676/2016, de 19 de octubre, por la que se modifica el anexo I del Reglamento

Más detalles

Palencia 30 de octubre de 2013

Palencia 30 de octubre de 2013 PREVENCION DE RIESGOS CON MAQUINARIA AGRICOLA Seguridad de las máquinas de uso agrícola comercializadas Palencia 30 de octubre de 2013 2 HOMOLOGACIÓN y CERTIFICACIÓN 3 RIESGOS LABORALES, REFORMAS y REVISIONES

Más detalles

L 291/36 Diario Oficial de la Unión Europea

L 291/36 Diario Oficial de la Unión Europea L 291/36 Diario Oficial de la Unión Europea 9.11.2010 REGLAMENTO (UE) N o 1005/2010 DE LA COMISIÓN de 8 de noviembre de 2010 relativo a los requisitos de homologación de tipo para los dispositivos de remolque

Más detalles

DECISIONES. (Texto pertinente a efectos del EEE)

DECISIONES. (Texto pertinente a efectos del EEE) L 185/16 DECISION DECISIÓN (UE) 2018/1034 DEL CONSEJO de 16 de julio de 2018 relativa a la posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión Europea, en el Comité Conjunto creado en virtud del Convenio

Más detalles

MANUAL SOBRE REFORMAS DE IMPORTANCIA Reforma Nº 44

MANUAL SOBRE REFORMAS DE IMPORTANCIA Reforma Nº 44 1.- Definición y Descripción de la Reforma. Definición: Reformas que impliquen cambio en la categoría o tipo del vehículo, según se define en las Directivas 70/156/CEE, 74/150/CEE y 92/61/CEE o en el Real

Más detalles

Oferta Servicio de Inspección Técnica de Vehículos. UGT Madrid. Att...: Angel Bravo Tardáguila

Oferta Servicio de Inspección Técnica de Vehículos. UGT Madrid. Att...: Angel Bravo Tardáguila Oferta Servicio de Inspección Técnica de Vehículos UGT Madrid Fecha...: 28 de Enero del 2016 Att...: Angel Bravo Tardáguila 1.- Normativa de Referencia El Reglamento General de Vehículos (RGV) aprobado

Más detalles

Este documento es un instrumento de documentación y no compromete la responsabilidad de las instituciones

Este documento es un instrumento de documentación y no compromete la responsabilidad de las instituciones 2009R0661 ES 11.07.2012 002.003 1 Este documento es un instrumento de documentación y no compromete la responsabilidad de las instituciones B REGLAMENTO (CE) N o 661/2009 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 20 Sábado 23 de enero de 2010 Sec. I. Pág. 6729 3. La señal V-2 podrá ir incorporada a esta señal formando un conjunto.» Cuatro. El anexo XII «Accesorios, repuestos y herramientas de los vehículos

Más detalles

MANUAL DE REFORMAS DE VEHÍCULOS M N O

MANUAL DE REFORMAS DE VEHÍCULOS M N O Manual de Reformas de vehículos MANUAL DE REFORMAS DE VEHÍCULOS M N O MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO MANUAL DE REFORMAS DE VEHÍCULOS Revisión 3ª. Septiembre de 2016 PREÁMBULO La Directiva 2007/46/CE

Más detalles

Alumbrado suplementario en motocicletas

Alumbrado suplementario en motocicletas 2015 Alumbrado suplementario en motocicletas INFORME BÁSICO seguridadvial@defensamotocicletas.org Asunto: Alumbrado suplementario en motocicletas. Informe básico. Expediente y Registro Expediente: DM_2015_SV_179

Más detalles

INCLINACIÓN: giro de hasta 90º, lateral o hacia delante o hacia atrás. VUELCO: : giro de 180º o más, lateral o hacia delante o hacia atrás.

INCLINACIÓN: giro de hasta 90º, lateral o hacia delante o hacia atrás. VUELCO: : giro de 180º o más, lateral o hacia delante o hacia atrás. Estructuras de Protección para los Equipos de Trabajo móviles: FOPS, ROPS y TOPS Alicante, 7 de noviembre de 2012 JOSE VTE. RÓDENAS ENRIQUE Jefe de Servicio de Control de la Prevención Centro Territorial

Más detalles

MANUAL DE PROCEDIMIENTO DE INSPECCIÓN DE LAS ESTACIONES I.T.V. IV.- INSPECCIONES DE VEHÍCULOS DE OBRAS Y SERVICIOS. Índice

MANUAL DE PROCEDIMIENTO DE INSPECCIÓN DE LAS ESTACIONES I.T.V. IV.- INSPECCIONES DE VEHÍCULOS DE OBRAS Y SERVICIOS. Índice Índice 1.- Identificación 1.1.- Documentación REVISIÓN 6ª 1.2.- Número de bastidor REVISIÓN 5ª 1.3.- Placas de matrícula REVISIÓN 6ª 2.- Acondicionamiento Exterior, Carrocería y Chasis 2.1.- Antiempotramiento

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DEL INTERIOR

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DEL INTERIOR Núm. 288 Lunes 2 de diciembre de 2013 Sec. I. Pág. 95441 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DEL INTERIOR 12566 Orden INT/2229/2013, de 25 de noviembre, por la que se modifican los anexos I, V, VI y

Más detalles

01 Corrección y protección de la visión

01 Corrección y protección de la visión El carné de conducir está sujeto a unas limitaciones y restricciones particulares de cada persona, que vienen indicadas según unos códigos en la casilla nº12 del mismo. Si quieres echar un vistazo a ver

Más detalles

PASAPORTE TECNICO DE VEHICULOS PARA COMPETICION EQUIPAMIENTO DE SEGURIDAD DEL VEHÍCULO

PASAPORTE TECNICO DE VEHICULOS PARA COMPETICION EQUIPAMIENTO DE SEGURIDAD DEL VEHÍCULO EQUIPAMIENTO DE SEGURIDAD DEL VEHÍCULO 1. CANALIZACIONES Y BOMBAS 1.1 Reglamento aplicable Art. 253-4 del Anexo J al C.D.I. 1.2 Especificaciones Canalizaciones de combustible A) Originales B) Según Anexo

Más detalles