INSTITUTO UNIVERSITARIO AVEPANE

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "INSTITUTO UNIVERSITARIO AVEPANE"

Transcripción

1 INSTITUTO UNIVERSITARIO AVEPANE El Consejo Directivo del Instituto Universitario AVEPANE, haciendo uso de lo establecido en el artículo 51 del Reglamento Interno del Instituto Universitario UAVEPANE de fecha 29/01/2007 y del artículo 44 del Reglamento de Evaluación del Rendimiento Estudiantil del Instituto Universitario AVEPANE, de fecha 30/05/2005, en concordancia con lo dispuesto en el Reglamento de los Institutos y Colegios Universitarios de fecha 27/09/1995, en sus artículos 1 y 64, publicado en la Gaceta Oficial No , Extraordinaria, de fecha 31/10/1995, y del Reglamento General de Evaluación del Rendimiento Estudiantil en los Institutos y Colegios Universitarios, Resolución 111 del Ministerio de Educación Superior, en sus artículos 1, 2, 16 y 17, de fecha 04/05/1999, publicada en la Gaceta Oficial No , Extraordinaria, de fecha 06/05/1999, oída la opinión del Consejo Académico emitida en reunión No. CA-06-15(E) de fecha 06/07/2015, en reunión Nº CD (E) de fecha 07/07/2015 dicta el siguiente: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN DE LAS PRÁCTICAS DOCENTES CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Las Prácticas Docentes constituyen un proceso de carácter técnico-científico, cuyo propósito es el de generar experiencias de aprendizaje que permitan a los estudiantes aproximarse a la praxis profesional, en función de las competencias genéricas y específicas para cada carrera; Artículo 2.- Las Prácticas Docentes se desarrollarán como eje de aplicación a lo largo de la carrera; Artículo 3.- Las Prácticas Docentes tendrán las siguientes finalidades: a) Proporcionar al estudiante la oportunidad de aplicar los conocimientos teórico-prácticos adquiridos en el período de formación académica para el análisis y solución de casos reales de la profesión; b) Familiarizar al estudiante con la población de las instituciones educativas de los diversos niveles y modalidades del Sistema Educativo Venezolano, con los profesionales del área y con los recursos utilizados en los ámbitos respectivos; c) Demostrar conocimientos, habilidades y destrezas con respecto a los roles y al compromiso profesional que como futuro docente debe enfrentar, en atención grupal e individual; d) Aplicar, practicar y ensayar los conocimientos, habilidades y destrezas adquiridas durante su proceso de formación en el Instituto Universitario AVEPANE; CAPITULO II DEL RÉGIMEN DE PRÁCTICAS DOCENTES 1

2 Artículo 4.- Las Prácticas Docentes son de carácter obligatorio y requieren de su aprobación para optar al título de Técnico Superior Universitario en la carrera y especialidad cursada, conforme a lo establecido en el Diseño Curricular vigente y en el Reglamento de Evaluación del Rendimiento Estudiantil del Instituto Universitario AVEPANE; Artículo 5.- El Jefe (a) del Departamento de Docencia ejerce las funciones de Coordinador General de Prácticas Docentes y será responsable conjuntamente con el Coordinador de Carrera, de la supervisión y desarrollo de las mismas; Artículo 6.- Las Prácticas Docentes tendrán un calendario de estricto cumplimiento. La duración es de dos (02) días semanales, a razón de cinco (05) horas diarias ininterrumpidas, a partir del IV Semestre. El tiempo de duración de las Prácticas Docentes no podrá ser menor de dieciocho (18) semanas, incluyendo las horas de inducción o reunión grupal que fije el profesor de práctica. En total las Prácticas Docentes tendrán una duración de 180 horas/semestre. Parágrafo primero: Si por razones académicas justificadas se hace necesario incluir en el pensum de estudios de una de las carreras que se cursan en el instituto, una Práctica Docente de Observación, ésta será dictada en el III semestre, debiéndose cursar previamente a la primera Práctica Docente y tendrá una duración de cinco (05) horas/semana, 90 horas/semestre; Parágrafo segundo: Para poder cursar la primera Práctica Docente, el estudiante debe tener aprobado al menos 50 unidades crédito y cumplir con los requisitos de prelación exigidos en su pensum de estudios; Artículo 7.- Las Prácticas Docentes se realizarán en Centros Educativos, oficiales o privados, los cuales serán previamente seleccionados por el Jefe (a) del Departamento de Docencia conjuntamente con el Coordinador de cada carrera; Parágrafo primero: Las unidades educativas ubicadas en la Ciudad Educacional AVEPANE se tendrán como Centros Educativos de Prácticas Docentes; Parágrafo segundo: El estudiante no podrá realizar su Práctica Docente en el lugar donde trabaja; Artículo 8.- En cada Centro Educativo donde haya estudiantes realizando Prácticas Docentes habrá un Profesor de Práctica en atención a la carrera y mención correspondiente, con el fin de orientar y administrar las actividades de los estudiantes a su cargo; Parágrafo único: El Profesor de Prácticas Docentes será designado de acuerdo a lo establecido en el numeral 7 del artículo 13 del Reglamento Interno del Instituto Universitario AVEPANE, a proposición del Jefe (a) Departamento de Docencia, previa consulta del Coordinador de la Carrera; Artículo 9.- En cada Centro Educativo donde haya estudiantes realizando Prácticas Docentes debe haber un responsable por parte de dicho centro educativo que tendrá las funciones de docente modelo, quien deberá supervisar las actividades del estudiante, estar en contacto con el Profesor de Práctica y notificar a éste de cualquier irregularidad detectada durante el ejercicio de la práctica. Igualmente evaluará la actuación del estudiante utilizando los instrumentos de evaluación suministrados por el Instituto Universitario AVEPANE. 2

3 Parágrafo único: Las funciones del docente modelo serán definidas, de muto acuerdo, entre el Director del Centro Educativo y el profesor de Prácticas Docentes del IUAVPANE; Artículo 10.- El estudiante que dejare de asistir al menos a cinco (05) prácticas durante el semestre, sin excepción, perderá la Práctica Docente y deberá repetirla; Artículo 11.- La supervisión de las Prácticas Docentes será realizada por el Profesor de Prácticas del IUAVEPANE conjuntamente con el docente modelo o personal directivo del Centro Educativo donde se ubica al estudiante; Artículo 12.- El proceso de Prácticas Docentes en términos de administración, evaluación y recursos, será objeto de revisión y evaluación periódica con fines de actualización, modificación o rediseño; CAPITULO III DE LA EVALUACIÓN Artículo 13.- El proceso de evaluación de las Prácticas Docentes se desarrollará como una actividad acumulativa, integral, cooperativa y científica; incluirá apreciaciones cuantitativas y cualitativas y se basará en un sistema de medida y registro permanente; Artículo 14.- La nota mínima aprobatoria de Prácticas Docentes es de diez (10) puntos en la escala del 1 al 20; Artículo 15.- Las Prácticas Docentes estarán sujetas al régimen de acreditación de aprendizaje por experiencia, según lo dispuesto en la Normativa Oficial y en el Reglamento de Acreditación por Experiencia del Instituto Universitario AVEPANE; Artículo 16.- El Profesor de Prácticas Docentes del IUAVEPANE supervisará y evaluará el avance y actuación del estudiante a través de instrumentos científicamente concebidos, tomando en consideración las fases de diagnóstico, planificación, ejecución y evaluación y atendiendo a las siguientes actividades: a) Elaboración de planes y programas; b) Observaciones directas de la práctica en el aula y otros ambientes y en las diferentes actividades dentro de los centros educativos; c) Informes y guías de las clases observadas; d) Actuación del estudiante como docente; e) Actuación del estudiante en el trabajo individual de casos; Artículo 17.- La Calificación final de la Práctica Docente estará conformada por las evaluaciones de las fases de diagnóstico, planificación y ejecución con base al instructivo y normativa de cada práctica. La ponderación de cada aspecto será: Diagnóstico (Entre un 10% y un 30%) Planificación (Entre un 30% y un 40%) Ejecución (Entre un 40% y un 50%) La evaluación total deberá sumar 100% Parágrafo único: La calificación final de Práctica Docente será la sumatoria del 60% de la evaluación realizada por parte del Profesor de Práctica Docente y del 40% de la evaluación realizada por parte del docente modelo; Artículo 18.- El Profesor de Práctica Docente elaborará un informe final de evaluación del proceso conjuntamente con el docente modelo y lo presentará al Jefe (a) del Departamento de Docencia; 3

4 Artículo 19.- El estudiante podrá ser suspendido de un Centro Educativo donde realice la Práctica Docente debido a falta tipificada en el reglamento interno del Centro Educativo, en el reglamento del Instituto Universitario AVEPANE, y según lo previsto en el artículo 51 del Reglamento de los Institutos y Colegios Universitarios. Al estudiante se le deberá asegurar el derecho a la defensa; Parágrafo Único: El estudiante que resultare incurso, con decisión firme, en la falta contemplada en este artículo, deberá esperar hasta el siguiente semestre para cursar nuevamente dicha Práctica Docente, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Evaluación y Rendimiento Estudiantil del Instituto Universitario AVEPANE; CAPITULO IV DE LAS OBLIGACIONES Y ATRIBUCIONES DEL JEFE (A) DEL DEPARTAMENTO DE DOCENCIA, DEL COORDINADOR DE CARRERA Y DEL PROFESOR DE PRÁCTICA DOCENTE ARTÍCULO 20.- Son funciones del Jefe del Departamento de Docencia, en su condición de Coordinador General de Prácticas Docentes: 1 Dirigir y coordinar todo lo referente a las Prácticas Docentes conforme a la normativa vigente; 2 Establecer estrategias para la evaluación, seguimiento y supervisión del profesor de Prácticas Docentes; 3 Contribuir, conjuntamente con los coordinadores de carrera y los profesores de Prácticas Docentes en la elaboración de los programas y velar por su estricto cumplimiento; 4 Seleccionar, conjuntamente con los coordinadores de carrera, los Centros Educativos donde se realizarán las Prácticas Docentes, y realizar los trámites administrativos necesarios para la ubicación de los estudiantes; 5 Revisar, conjuntamente con el Coordinador de Carrera, la planificación elaborada por cada profesor de Práctica Docente, teniendo en cuenta que se cumplan los Programas de acuerdo a sus objetivos y contenidos; 6 Garantizar el cumplimiento de las disposiciones reglamentarias concernientes a las Prácticas Docentes, así como orientar con base en ellos a los coordinadores de carrera y profesores de Prácticas Docentes; 7 Realizar periódicamente reuniones de coordinación con los coordinadores de carrera y profesores de Prácticas Docentes; Artículo 21.- Son funciones del Coordinador de Carrera: 1 Contribuir en la elaboración y actualización de los programas de Prácticas Docentes y velar por su estricto cumplimiento; 2 Realizar reuniones periódicas con los profesores de Prácticas Docentes; 3 Apoyar a los profesores de Prácticas Docentes durante el proceso de inducción de las mismas; 4 Revisar las planificación de las Prácticas Docentes; 5 Revisar los controles de visita de los profesores de Prácticas Docentes a los distintos Centros Educativos donde se realizan las prácticas; 4

5 6 Participar en el proceso administrativo de selección de los Centros Educativos donde se realizarán las Prácticas Docentes; 7 Realizar visitas periódicas de supervisión a los distintos Centros Educativos; 8 Garantizar, conjuntamente con el Jefe (a) del Departamento de Docencia, el cumplimiento de las disposiciones reglamentarias concernientes a las Prácticas Docentes así como orientar con base en ellos a los profesores de Prácticas Docentes y a los estudiantes; 9 Revisar y actualizar, conjuntamente con el Jefe (a) del Departamento de Docencia, las normas internas que regulan las Prácticas Docentes para luego ser sometidas a la consideración del Consejo Académico; Artículo 22.- Son funciones del Profesor de Prácticas Docentes: 1. Elaborar la planificación de la Práctica Docente; 2. Conocer los programas teóricos-prácticos relacionados con cada Práctica Docente, de conformidad con el Plan de Estudios vigentes; 3. Contribuir en la actualización y ajustes de los programas de Prácticas Docentes; 4. Presentar el control de visita de supervisión al Centro Educativo donde se realiza la Prácticas Docente, debidamente sellado y firmado por el responsable del Centro Educativo, ante la Coordinación de Carrera; 5. Dedicar dos (02) horas semanales, como mínimo, por Centro Educativo para la supervisión y evaluación de los estudiantes. En la fase de ejecución permanecerá la jornada completa en la observación de la clase modelo en el Centro Educativo que le corresponda, previo aviso a dicho Centro; 6. Conocer los objetivos, normas y lineamientos del Centro Educativo así como su organización, población atendida y otras características consideradas relevantes; 7. Proporcionar un programa de inducción para los estudiantes de acuerdo a su especialidad el cual se ejecutará en las dos (02) primeras semanas de cada semestre; 8. Coordinar la reunión de incorporación y presentación del estudiante en el Centro Educativo donde realizará su Práctica Docente; 9. Conocer el perfil académico de los estudiantes que estarán bajo su supervisión; 10. Cumplir y hacer cumplir los reglamentos, normas y calendarios que rigen para las Prácticas Docentes, tanto del IUAVEPANE como del Centro Educativo; 11. Cumplir cualquier otra actividad que le encomiende el Coordinador de Carrera o el Jefe (a) del Departamento de Docencia. 5

6 CAPITULO V DE LOS DEBERES Y DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES Artículo 23.- Son deberes del Estudiante: 1. Cumplir cabalmente lo contemplado en los reglamentos y normas referentes a las Prácticas Docentes, tanto del Instituto Universitario AVEPANE como de los Centros Educativos donde se realicen las prácticas; 2. Cumplir con el calendario de Prácticas Docentes y asistir puntualmente al Centro Educativo asignado según el horario y las condiciones establecidas en el mismo; 3. Asistir puntualmente a todas las reuniones a que fuera convocado por el profesor de Práctica Docente en cualquiera de las fases de las Prácticas Docentes. Estas serán como máximo una (01) a la semana y como mínimo una (01) al mes. La inasistencia a estas reuniones será considerada como ausencia a la práctica y en consecuencia tal actividad debe ser registrada en los controles respectivos; 4. Firmar el control de asistencia en la planilla respectiva. Dicha firma debe ir acompañada de la firma del docente modelo y del profesor de Práctica Docente; 5. Incorporarse de manera activa y participativa y cooperar de forma voluntaria y directa en el normal desarrollo de las actividades dentro y fuera del aula. Igualmente participar en las actividades extra curriculares que se realicen dentro del Centro Educativo donde efectúa sus prácticas, tales como recreo, deportes, clases especiales entre otras, siempre y cuando no colidan con sus responsabilidades académicas en el Instituto Universitario AVEPANE; 6. Presentar los recaudos correspondientes: Guías, Planes de trabajo y otros, en la oportunidad que le sean requeridos por su profesor de Prácticas Docentes, de acuerdo con las instrucciones dadas por el mismo. Para todas las entregas se tomarán en cuenta redacción, ortografía y correcta presentación; 7. Mantenerse atento a su función durante las Prácticas Docentes sin que otros trabajos ajenos a ella desvíen su atención, incluyendo la planificación de las actividades propias a las prácticas; 8. Podrá ausentarse del aula o del Centro Educativo antes del horario establecido para las prácticas con autorización del profesor de Práctica Docente, del docente modelo o del director del Centro Educativo, por causa de fuerza mayor y previa justificación de dicha ausencia; 9. Ser receptivo con las observaciones y recomendaciones que le formulen en el Centro Educativo, manteniendo el respeto como principio ético de la interrelación entre directivos, profesores, maestros, alumnos y personal administrativo y obrero del Centro Educativo; 6

7 10. Ser responsable de su propio aprendizaje y mantener en todo momento actitudes acordes con su rol de futuro docente, como guía y facilitador de los alumnos que tiene a su cargo; 11. Guardar el secreto profesional que es norma de la Ética de la Profesión con respecto a toda información u observación sobre los educandos y su contexto familiar; 12. Aplicar adecuadamente los programas, instructivos e instrumentos de las Prácticas Docentes; 13. Mantener una presentación personal acorde con su rol y funciones dentro del Centro Educativo. Llevar correctamente el uniforme de Prácticas Docentes estipulado por el Instituto Universitario AVEPANE y portar, de forma visible, el carnet del Instituto Universitario AVEPANE, durante su permanencia en el Centro Educativo; Artículo 24.- Son derechos del Estudiante: 1. Recibir del Instituto Universitario AVEPANE durante las dos (02) primeras semanas del semestre un programa de inducción para llevar a cabo sus Prácticas Docentes; 2. Recibir de manera oportuna, información sobre las estrategias e instrumentos de su evaluación; 3. Recibir información sobre los resultados de sus evaluaciones de forma oportuna; 4. Ser informado oportunamente acerca del cronograma de las Prácticas Docentes; 5. Ser informado oportuna y correctamente de la dirección del Centro Educativo donde realizará la Práctica Docente y la mejor vía de llegar al mismo; 6. Exponer, ante el profesor de Práctica Docente, el decente modelo o el directivo del Centro Educativo, cualquier situación que considere irregular en el Centro Educativo y obtener de ellos respuesta oportuna; 7. Participar en el proceso de evaluación de su Práctica Docente. CAPÍTULO VI DE LAS PRELACIONES Artículo 25.- Las Prácticas Docentes estarán sujetas a las prelaciones señaladas en los respectivos pensa de estudios de las diferentes carreras que se cursan en el Instituto Universitario AVEPANE; CAPITULO VII DISPOSICIONES FINALES Artículo 26.- Las situaciones no previstas en este Reglamento serán resueltas de forma consensuada por el Profesor de Prácticas Docentes, el Coordinador de la Carrera y el Jefa (a) del Departamento de Docencia, y deberán ser notificadas a la Subdirección Académica y esta deberá remitirlo al Consejo Académico para su consideración, todo de acuerdo a la política fijada por el Consejo Directivo; 7

8 Artículo 27.- Se deroga el Reglamento de Prácticas Profesionales de fecha tres de julio de dos mil ocho. Dado, firmado y sellado en el salón de sesiones del Consejo Directivo del Instituto Universitario AVEPANE, a los siete días del mes de julio de dos mil quince. (Fdo.) Iván Olaizola D Alessandro (Fdo.) María E. Dib. A. Director-Presidente Subdirectora Académica-Secretaria (Fdo.) Aurelio Sanoja (Fdo.) Evelyn E. Benmergui B. Subdirector Administrativo (I) Vicepresidenta de la A.C. IUAVEPANE (Fdo.) Mercedes Rivas (Fdo.) Rosa María Parra de Rivas Jefa de División de Postgrado Jefa de la División de Convenios (Fdo.) Gerardo Guzmán (Fdo.) Miguel Lahoud El Representante Profesoral Representante Estudiantil 8

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION UNIVERSITARIA INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGIA VENEZUELA REGLAMENTO GENERAL DE PASANTIA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION UNIVERSITARIA INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGIA VENEZUELA REGLAMENTO GENERAL DE PASANTIA REGLAMENTO GENERAL DE PASANTIA CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1: La Pasantía es aquella actividad curricular, que como requerimiento académico, comprende un conjunto de actividades de formación

Más detalles

REGLAMENTO DE PRÁCTICA FORENSE

REGLAMENTO DE PRÁCTICA FORENSE REGLAMENTO DE PRÁCTICA FORENSE Año 2003 REGLAMENTO DE PRÁCTICA FORENSE Barquisimeto, 2003 RESOLUCIÓN 2003-35-146 EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD YACMABÚ DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL

Más detalles

INSTITUTO UNIVERSITARIO DE DISEÑO LAS MERCEDES

INSTITUTO UNIVERSITARIO DE DISEÑO LAS MERCEDES INSTITUTO UNIVERSITARIO DE DISEÑO LAS MERCEDES El Consejo Directivo del Instituto de Universitario de Diseño Las Mercedes en uso de sus atribuciones legales dicta el siguiente: REGLAMENTO DE PASANTIAS

Más detalles

REGLAMENTO DE PRACTICAS PROFESIONALES DE LA FACULTAD DE HUMANIDADES, ARTE Y EDUCACION

REGLAMENTO DE PRACTICAS PROFESIONALES DE LA FACULTAD DE HUMANIDADES, ARTE Y EDUCACION REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA UNIVERSIDAD DR. JOSÉ GREGORIO HERNÁNDEZ El Consejo Universitario de la Universidad Dr.

Más detalles

REGLAMENTO DE PASANTÍAS DEL INSTITUTO UNIVERSITARIO DE AERONAUTICA CIVIL MAY (AV) MIGUEL RODRIGUEZ

REGLAMENTO DE PASANTÍAS DEL INSTITUTO UNIVERSITARIO DE AERONAUTICA CIVIL MAY (AV) MIGUEL RODRIGUEZ REGLAMENTO DE PASANTÍAS DEL INSTITUTO UNIVERSITARIO DE AERONAUTICA CIVIL MAY (AV) MIGUEL RODRIGUEZ Maracay, Mayo 2009 CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES: ARTICULO 1: El presente Reglamento Interno de Pasantías

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DE PASANTÍAS COORDINACIÓN DE PASANTÍAS. Noviembre, 2011 INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGÍA PEDRO EMILIO COLL

REGLAMENTO INTERNO DE PASANTÍAS COORDINACIÓN DE PASANTÍAS. Noviembre, 2011 INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGÍA PEDRO EMILIO COLL REGLAMENTO INTERNO DE PASANTÍAS COORDINACIÓN DE PASANTÍAS Noviembre, 2011 INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGÍA PEDRO EMILIO COLL INDICE GENERAL Pp. TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES.... 3 TÍTULO II DEL

Más detalles

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD CATÓLICA SANTA ROSA CONSEJO UNIVERSITARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD CATÓLICA SANTA ROSA CONSEJO UNIVERSITARIO REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD CATÓLICA SANTA ROSA CONSEJO UNIVERSITARIO Resolución Nº 15-18-31032005 El Consejo Universitario de la Universidad Católica Santa Rosa en uso de las atribuciones

Más detalles

DEPARTAMENTO DE EPS ciudad universitaria, Zona 12. Tel ,

DEPARTAMENTO DE EPS ciudad universitaria, Zona 12. Tel , NORMATIVO DEL PROGRAMA DE PRÁCTICAS DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA DE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA CAPÍTULO I MISIÓN, VISIÓN Y ESTRUCTURA DEL PROGRAMA DE PRÁCTICAS ARTÍCULO 1. MISIÓN DEL PROGRAMA

Más detalles

Facilitador: Ing. Beatriz Urdaneta

Facilitador: Ing. Beatriz Urdaneta Facilitador: Ing. Beatriz Urdaneta La pasantía comprende un conjunto de actividades vivenciales de carácter práctico que deben cumplir los estudiantes de la institución en empresas públicas o privadas,

Más detalles

REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES DEL COLEGIO UNIVERSITARIO DE CARACAS

REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES DEL COLEGIO UNIVERSITARIO DE CARACAS REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA COLEGIO UNIVERSITARIO DE CARACAS COORDINACIÓN DE PRÁCTICAS PROFESIONALES REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES

Más detalles

MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL UNIVERSIDAD POPULAR DEL CESAR CONSEJO ACADEMICO ACUERDO N 014 FECHA: 05 DE MAYO DE 2014

MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL UNIVERSIDAD POPULAR DEL CESAR CONSEJO ACADEMICO ACUERDO N 014 FECHA: 05 DE MAYO DE 2014 EL CONSEJO ACADÉMICO DE LA EN SUS ATRIBUCIONES LEGALES Y ESTATUTARIAS CONSIDERANDO La Ley 30 de 1992, establece que las instituciones de educación superior son autónomas para ejercer y desarrollar sus

Más detalles

INSTRUCTIVO NORMATIVO DEL SERVICIO COMUNITARIO DEL ESTUDIANTE DE LA UNIVERSIDAD DE ARTURO MICHELENA CAPITULO I DISPOSICIONES FUNDAMENTALES

INSTRUCTIVO NORMATIVO DEL SERVICIO COMUNITARIO DEL ESTUDIANTE DE LA UNIVERSIDAD DE ARTURO MICHELENA CAPITULO I DISPOSICIONES FUNDAMENTALES INSTRUCTIVO NORMATIVO DEL SERVICIO COMUNITARIO DEL ESTUDIANTE DE LA UNIVERSIDAD DE ARTURO MICHELENA CAPITULO I DISPOSICIONES FUNDAMENTALES Artículo 1. SOPORTE LEGAL: La Normativa de Servicio Comunitario

Más detalles

UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA CONSEJO UNIVERSITARIO Ciudad Universitaria de Caracas

UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA CONSEJO UNIVERSITARIO Ciudad Universitaria de Caracas El Consejo Universitario de la Universidad Central de Venezuela, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 15, numeral 7 de la Ley del Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior, dicta

Más detalles

REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PEDAGÓGICAS: Progresivas y Profesionales

REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PEDAGÓGICAS: Progresivas y Profesionales Universidad Católica del Norte Departamento de Educación. ANEXO REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PEDAGÓGICAS: Progresivas y Profesionales Antofagasta, Septiembre 2010 INDICE INDICE 02 I. DISPOSICIONES GENERALES

Más detalles

Facultad de Ciencias de la Salud Escuela de Fonoaudiología. Versión: 2015

Facultad de Ciencias de la Salud Escuela de Fonoaudiología. Versión: 2015 Facultad de Ciencias de la Salud Escuela de Fonoaudiología Programa: fon 901 Versión: 2015 Práctica profesional Facultad de Ciencias de la Salud Escuela de Fonoaudiología Versión: 2015 Práctica profesional

Más detalles

REGLAMENTO DE INTERNADO PROFESIONAL DE ENFERMERIA DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DE INTERNADO PROFESIONAL DE ENFERMERIA DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DE INTERNADO PROFESIONAL DE ENFERMERIA DISPOSICIONES GENERALES La presente normativa regirá para todos los estudiantes de la Carrera de Enfermería, de la Universidad Pedro de Valdivia, que se

Más detalles

Capítulo I De la naturaleza y propósitos del Programa de Pasantías

Capítulo I De la naturaleza y propósitos del Programa de Pasantías El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", reunido en su sesión N 2288, Ordinaria, celebrada, el día tres de abril del año dos mil trece, en uso de sus atribuciones

Más detalles

REGLAMENTO PARA LA ACREDITACIÓN DE LAS RESIDENCIAS PROFESIONALES CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO PARA LA ACREDITACIÓN DE LAS RESIDENCIAS PROFESIONALES CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO PARA LA ACREDITACIÓN DE LAS RESIDENCIAS PROFESIONALES CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1. El presente reglamento es de observancia obligatoria para la comunidad estudiantil del Tecnológico

Más detalles

3.13 NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y EJECUCIÓN DE PASANTIAS ESTUDIANTILES DISPOSICIONES FUNDAMENTALES

3.13 NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y EJECUCIÓN DE PASANTIAS ESTUDIANTILES DISPOSICIONES FUNDAMENTALES Consejo Académico. Reunión N 345. 14 de abril de 2005. 3.13 NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y EJECUCIÓN DE PASANTIAS ESTUDIANTILES DISPOSICIONES FUNDAMENTALES ARTICULO 1 Las presentes normas contienen las disposiciones

Más detalles

UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA CONSEJO UNIVERSITARIO Ciudad Universitaria de Caracas

UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA CONSEJO UNIVERSITARIO Ciudad Universitaria de Caracas UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA CONSEJO UNIVERSITARIO Ciudad Universitaria de Caracas El Consejo Universitario de la Universidad Central de Venezuela, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 15,

Más detalles

UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA CONSEJO UNIVERSITARIO Ciudad Universitaria de Caracas

UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA CONSEJO UNIVERSITARIO Ciudad Universitaria de Caracas El Consejo Universitario de la Universidad Central de Venezuela, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 15, numeral 7 de la Ley del Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior, dicta

Más detalles

NORMAS QUE REGULAN EL PERIODO INTENSIVO VACACIONAL (PIV) EN LA UNEFA.

NORMAS QUE REGULAN EL PERIODO INTENSIVO VACACIONAL (PIV) EN LA UNEFA. REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL POLITECNICA DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL (UNEFA) VICERRECTORADO ACADEMICO NORMAS QUE REGULAN

Más detalles

REGLAMENTO DE PASANTIAS DEL PROGRAMA INGENIERIA Y TECNOLOGIA

REGLAMENTO DE PASANTIAS DEL PROGRAMA INGENIERIA Y TECNOLOGIA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL P. P. PARA LA EDUCACION UNIVERSITARIA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL RAFAEL MARIA BARALT PROGRAMA INGENIERIA Y TECNOLOGIA REGLAMENTO DE PASANTIAS DEL

Más detalles

CAPITULO I DISPOSISIONES GENERALES

CAPITULO I DISPOSISIONES GENERALES NORMAS QUE RIGEN EL FUNCIONAMIENTO DE LA PASANTÍA EN LOS DIFERENTES DEPARTAMENTOS DE LA DE CIENCIAS Y TECNOLOGIA DE LA UNIVERSIDAD DE CARABOBO (FACYT) CAPITULO I DISPOSISIONES GENERALES ARTÍCULO 1 : Las

Más detalles

UNIVERSITARIO TECNOLÓGICO AMÉRICO VESPUCIO

UNIVERSITARIO TECNOLÓGICO AMÉRICO VESPUCIO UNIVERSITARIO TECNOLÓGICO AMÉRICO VESPUCIO SESIÓN ORDINARIA Nº 02/2012-3 FECHA: 19 de Febrero de 2013 El Consejo Académico del Instituto Universitario Tecnológico Américo Vespucio, de Conformidad con el

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL SIMÓN RODRÍGUEZ COORDINACIÓN GENERAL DE PASANTÍA LICENCIATURA EN ADMINISTRACIÓN NÚCLEO VALLE DE LA PASCUA

UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL SIMÓN RODRÍGUEZ COORDINACIÓN GENERAL DE PASANTÍA LICENCIATURA EN ADMINISTRACIÓN NÚCLEO VALLE DE LA PASCUA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL SIMÓN RODRÍGUEZ COORDINACIÓN GENERAL DE PASANTÍA LICENCIATURA EN ADMINISTRACIÓN NÚCLEO VALLE DE LA PASCUA REQUISITOS A CUMPLIR POR EL PARTICIPANTE PARA REALIZAR PASANTÍAS

Más detalles

2.63. postgrado. CAPÍTULO I

2.63. postgrado. CAPÍTULO I postgrado. CAPÍTULO I DE LA CREACIÓN Y APROBACIÓN DE ASIGNATURAS, PROGRAMAS, CURSOS Y MÓDULOS EN LÍNEA Artículo 1. La oferta académica que se ejecuta bajo la modalidad de educación en línea apoyada por

Más detalles

UNIVERSIDAD DE LAS REGIONES AUTÓNOMAS DE LA COSTA CARIBE NICARAGÜENSE URACCAN. Reglamento de Pasantía Académica Estudiantil

UNIVERSIDAD DE LAS REGIONES AUTÓNOMAS DE LA COSTA CARIBE NICARAGÜENSE URACCAN. Reglamento de Pasantía Académica Estudiantil Disposiciones Generales Reglamento de Pasantía Académica Estudiantil Pasantía es la práctica académica estudiantil en: Empresas, Instituciones, Universidades, Institutos, Centros de Investigación o Unidades

Más detalles

INSTITUTO UNIVERSITARIO DE DISEÑO LAS MERCEDES

INSTITUTO UNIVERSITARIO DE DISEÑO LAS MERCEDES INSTITUTO UNIVERSITARIO DE DISEÑO LAS MERCEDES El Consejo Directivo del Instituto Universitario de Diseño Las Mercedes en uso de la facultad que le confiere el numeral 2 del artículo 15 del Reglamento

Más detalles

Capítulo I Disposiciones Generales

Capítulo I Disposiciones Generales El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº 1436, Ordinaria, celebrada el día cuatro de junio de dos mil tres, en uso de las atribuciones que le

Más detalles

NORMAS DE PASANTÍAS DE LA UNIVERSIDAD DE MARGARITA RÉGIMEN TRIMESTRAL

NORMAS DE PASANTÍAS DE LA UNIVERSIDAD DE MARGARITA RÉGIMEN TRIMESTRAL NORMAS DE PASANTÍAS DE LA UNIVERSIDAD DE MARGARITA RÉGIMEN TRIMESTRAL EL VALLE DEL ESPÍRITU SANTO, 14 DE OCTUBRE DE 2015 Aprobado en CUSE # 04-2015, de fecha 15-10-2015 NORMAS DE PASANTÍAS DE LA UNIVERSIDAD

Más detalles

OBJETIVOS CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

OBJETIVOS CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA ASIGNATURA DE ESTADÍA PRÁCTICA DE LA LICENCIATURA EN CIENCIAS POLÍTICAS Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (OPCIÓN DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA)

Más detalles

NORMATIVO DE PRÁCTICA ADMINISTRATIVA

NORMATIVO DE PRÁCTICA ADMINISTRATIVA NORMATIVO DE PRÁCTICA ADMINISTRATIVA Universidad de San Carlos de Guatemala Centro Universitario de Baja Verapaz CUNBAV Carrera Licenciatura en Pedagogía y Administración Educativa con Orientación en Medio

Más detalles

Norma para Estudiantes Preparadores de la Universidad de Margarita

Norma para Estudiantes Preparadores de la Universidad de Margarita El Consejo Universitario de la Universidad de Margarita, en uso de la atribución que le confiere el artículo 26 de la Ley de Universidades en concordancia con el artículo 23 numeral 7 del Estatuto Orgánico

Más detalles

OFERTA DE ASIGNATURAS PCI-PREGRADO

OFERTA DE ASIGNATURAS PCI-PREGRADO OFERTA DE ASIGNATURAS PCI-PREGRADO CRITERIOS PARA OFRECER ASIGNATURAS EN EL PCI (Pregrado) a- Se pueden ofrecer asignaturas que en la Escuela de Origen sean electivas, complementarias, obligatorias y de

Más detalles

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA. En uso de las atribuciónes que le confiere el artículo 23.2 del Estatuto Orgánico de la Universidad Nueva Esparta,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA. En uso de las atribuciónes que le confiere el artículo 23.2 del Estatuto Orgánico de la Universidad Nueva Esparta, EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NUEVA ESPARTA En uso de las atribuciónes que le confiere el artículo 23.2 del Estatuto Orgánico de la Universidad Nueva Esparta, DICTA EL SIGUIENTE REGLAMENTO DE BECAS

Más detalles

Facultad de Ingeniería - Decanato

Facultad de Ingeniería - Decanato Reglamento de Régimen de Estudios de la Facultad de Ingeniería (Aprobado 18/05/2015) Del Título Artículo 1: Para optar al Título de Ingeniero en cualquiera de las Escuelas de la Facultad de Ingeniería,

Más detalles

REGLAMENTO DE PASANTÍA DE LA CARRERA DE LICENCIATURA EN CONTADURÍA PÚBLICA DEL NÚCLEO UNIVERSITARIO RAFAEL RANGEL. CAPÍTULO I Disposiciones Generales

REGLAMENTO DE PASANTÍA DE LA CARRERA DE LICENCIATURA EN CONTADURÍA PÚBLICA DEL NÚCLEO UNIVERSITARIO RAFAEL RANGEL. CAPÍTULO I Disposiciones Generales UNIVERSIDAD DE LOS ANDES Núcleo Universitario Rafael Rangel Departamento de Ciencias Económicas y Administrativas Coordinación de la Carrera Contaduría Pública Coordinación de Pasantías Trujillo REGLAMENTO

Más detalles

Universidad Autónoma de Ciudad Juárez Dirección General de Desarrollo Académico e innovación Educativa

Universidad Autónoma de Ciudad Juárez Dirección General de Desarrollo Académico e innovación Educativa Universidad Autónoma de Ciudad Juárez Dirección General de Desarrollo Académico e innovación Educativa Subdirección de Innovación Educativa Jefatura de Diseño de Oferta Semipresencial Modalidad Proyectos

Más detalles

UNIVERSIDAD DE LEON Escuela Universitaria de Trabajo Social "Ntra. Señora del Camino" LEON

UNIVERSIDAD DE LEON Escuela Universitaria de Trabajo Social Ntra. Señora del Camino LEON REGLAMENTO DEL PRÁCTICUM DEL GRADO EN SOCIAL TRABAJO I. DE LA PRÁCTICA PROFESIONAL Artículo 1. El Prácticum en la carrera de Trabajo Social es una actividad curricular obligatoria, pre-requisito para la

Más detalles

FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DEL SUPERVISOR ACADÉMICO DE PASANTÍAS DE LA UNESR NÚCLEO SAN CARLOS

FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DEL SUPERVISOR ACADÉMICO DE PASANTÍAS DE LA UNESR NÚCLEO SAN CARLOS FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DEL SUPERVISOR ACADÉMICO DE PASANTÍAS DE LA UNESR www.pasantiasunesrsancarlos.jimdo.com I. DEFINICIÓN DE PASANTÍA La pasantía profesional comprende un conjunto de actividades

Más detalles

APROBÓ: NORMATIVA INTERNA DEL PROGRAMA DE PASANTIAS DEL DECANATO DE AGRONOMÍA.

APROBÓ: NORMATIVA INTERNA DEL PROGRAMA DE PASANTIAS DEL DECANATO DE AGRONOMÍA. El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", reunido en su sesión N 2236, Ordinaria, celebrada, el diecisiete, de octubre del año dos mil doce, en uso de sus atribuciones

Más detalles

Reglamento del Comité de Gestión Curricular. Elaborado por el Comité de Gestión Curricular

Reglamento del Comité de Gestión Curricular. Elaborado por el Comité de Gestión Curricular Reglamento del Comité de Gestión Curricular Elaborado por el Comité de Gestión Curricular 2016 REGLAMENTO DEL COMITÉ DE GESTION CURRICULAR Capítulo I Disposiciones Generales Artículo1.- El currículo se

Más detalles

NORMATIVO DEL CURSO INTENSIVO DE NIVELACION Y AVANCE DEL INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGIA JUAN PABLO PEREZ ALFONZO - IUTEPAL -

NORMATIVO DEL CURSO INTENSIVO DE NIVELACION Y AVANCE DEL INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGIA JUAN PABLO PEREZ ALFONZO - IUTEPAL - NORMATIVO DEL CURSO INTENSIVO DE NIVELACION Y AVANCE DEL INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGIA JUAN PABLO PEREZ ALFONZO - IUTEPAL - Presentado por la Ampliación Puerto Cabello para la consideración del

Más detalles

UNIVERSIDAD TECNICA DE MACHALA DEPARTAMENTO DE PLANIFICACION

UNIVERSIDAD TECNICA DE MACHALA DEPARTAMENTO DE PLANIFICACION UNIVERSIDAD TECNICA DE MACHALA DEPARTAMENTO DE PLANIFICACION PROGRAMA DE PASANTÌAS E INTERCAMBIO ESTUDIANTIL DE LA UTMACH Autores: Ms. Félix Cadena Alvarado Dra. Consuelo Reyes de Ochoa Agosto-2009 Programa

Más detalles

REGLAMENTO DEL CONSEJO DE DESARROLLO CURRICULAR

REGLAMENTO DEL CONSEJO DE DESARROLLO CURRICULAR REGLAMENTO DEL CONSEJO DE DESARROLLO CURRICULAR La actividad curricular de la Universidad de Los Andes, al igual que la de cualquier otra institución de educación universitaria, debe ser vista como un

Más detalles

UNIVERSIDAD DE LOS ANDES FACULTAD DE FARMACIA Y BIOANÁLISIS REGLAMENTO DE EVALUACIÓN EN PREGRADO DE LA FACULTAD DE FARMACIA Y BIOANÁLISIS CAPITULO I

UNIVERSIDAD DE LOS ANDES FACULTAD DE FARMACIA Y BIOANÁLISIS REGLAMENTO DE EVALUACIÓN EN PREGRADO DE LA FACULTAD DE FARMACIA Y BIOANÁLISIS CAPITULO I UNIVERSIDAD DE LOS ANDES FACULTAD DE FARMACIA Y BIOANÁLISIS REGLAMENTO DE EVALUACIÓN EN PREGRADO DE LA FACULTAD DE FARMACIA Y BIOANÁLISIS CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. El presente Reglamento

Más detalles

Capítulo I De la Naturaleza y Basamento Legal

Capítulo I De la Naturaleza y Basamento Legal El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", reunido en su sesión N 1599, Ordinaria, celebrada, el día dos de marzo del año dos mil cinco, en uso de sus atribuciones

Más detalles

UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA FACULTAD DE CIENCIAS

UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA FACULTAD DE CIENCIAS UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA FACULTAD DE CIENCIAS NORMATIVA INTERNA DEL SERVICIO COMUNITARIO DEL ESTUDIANTE DE LA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA CAPÍTULO I DISPOSICIONES

Más detalles

Perfil del Jefe de Departamento Académico

Perfil del Jefe de Departamento Académico El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", reunido en su sesión N 1631, Ordinaria, celebrada, el día veintitrés de junio del año dos mil cinco, en uso de sus atribuciones

Más detalles

CENTRO UNIVERSITARIO DE QUICHE -CUSACQ-

CENTRO UNIVERSITARIO DE QUICHE -CUSACQ- UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA CENTRO UNIVERSITARIO DE QUICHE REGLAMENTO PARA ESTUDIANTES QUE CURSAN LA PRÁCTICA DOCENTE SUPERVISADA DE LA FORMACIÓN INICIAL DOCENTE DEL CENTRO UNIVERSITARIO DE

Más detalles

Programa de monitores Lineamientos de Operación

Programa de monitores Lineamientos de Operación Dirección General de Desarrollo Académico e Innovación Educativa Departamento de Apoyo a la Formación Integral del Estudiante Programa de monitores Lineamientos de Operación Junio 2016 1 Contenido Presentación...

Más detalles

REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES

REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES LICENCIATURA EN ARQUITECTURA CAPÍTULO PRIMERO CONSIDERACIONES GENERALES ARTICULO 1: El presente Reglamento tiene como finalidad establecer los lineamientos para que

Más detalles

EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD DEL AZUAY. Capítulo I Naturaleza de las prácticas o pasantías preprofesionales.

EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD DEL AZUAY. Capítulo I Naturaleza de las prácticas o pasantías preprofesionales. EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD DEL AZUAY Considerando: Que el Art. 87 de la Ley Orgánica de Educación Superior (Requisitos previos a la obtención del título) determina que: como requisito previo

Más detalles

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NUEVA ESPARTA

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NUEVA ESPARTA EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NUEVA ESPARTA En uso de la atribución que le confiere el artículo 23.2 del Estatuto Orgánico, en concordancia con el artículo 23.13 eiusdem. DICTA EL SIGUIENTE: REGLAMENTO

Más detalles

Modalidad Examen Único

Modalidad Examen Único Universidad Autónoma de Ciudad Juárez Dirección General de Desarrollo Académico e innovación Educativa Subdirección de Innovación Educativa Jefatura de Diseño de Oferta Semipresencial Modalidad Examen

Más detalles

El Consejo Superior del Instituto Universitario de Tecnología Industrial, en uso de sus atribuciones legales, dicta el siguiente:

El Consejo Superior del Instituto Universitario de Tecnología Industrial, en uso de sus atribuciones legales, dicta el siguiente: El Consejo Superior del Instituto Universitario de Tecnología Industrial, en uso de sus atribuciones legales, dicta el siguiente: REGLAMENTO SOBRE EL RÉGIMEN DE SERVICIO COMUNITARIO DEL ESTUDIANTE DEL

Más detalles

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN EDUCACIÓN MÉDICA. TITULO I De las Normas Generales

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN EDUCACIÓN MÉDICA. TITULO I De las Normas Generales REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN EDUCACIÓN MÉDICA TITULO I De las Normas Generales Artículo 1º El presente Reglamento establece las disposiciones generales y normas para la administración académica del

Más detalles

Normas de Funcionamiento de la Comisión de Currículo de la Escuela de Medicina Luís Razetti, Facultad de Medina, Universidad Central de Venezuela.

Normas de Funcionamiento de la Comisión de Currículo de la Escuela de Medicina Luís Razetti, Facultad de Medina, Universidad Central de Venezuela. Normas de Funcionamiento de la Comisión de Currículo de la Escuela de Medicina Luís Razetti, Facultad de Medina, Universidad Central de Venezuela. CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Artículo

Más detalles

NORMAS SOBRE LAS PASANTÍAS ACADÉMICAS DE LA FACULTAD DE AGRONOMÍA DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA

NORMAS SOBRE LAS PASANTÍAS ACADÉMICAS DE LA FACULTAD DE AGRONOMÍA DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA NORMAS SOBRE LAS PASANTÍAS ACADÉMICAS DE LA FACULTAD DE AGRONOMÍA DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA CAPITULO I Disposiciones Generales Artículo 1: Las pasantías a nivel de pregrado, comprenden un

Más detalles

C O N S I D E R A N D O

C O N S I D E R A N D O LA JUNTA DIRECTIVA DEL TECNOLÓGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE TIANGUISTENCO, EN EJERCICIO DE LA ATRIBUCIÓN QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 13 FRACCIÓN V, Y TERCERO TRANSITORIO DEL DECRETO DEL EJECUTIVO POR

Más detalles

REGLAMENTO DE LA CLINICA DEL INTERNADO ODONTOLOGICO DE LA FACULTAD DE ODONTOLOGIA DE LA UNIVERSIDAD DE CUENCA PENSUM VIGENTE (NO SISTEMA DE CREDITOS)

REGLAMENTO DE LA CLINICA DEL INTERNADO ODONTOLOGICO DE LA FACULTAD DE ODONTOLOGIA DE LA UNIVERSIDAD DE CUENCA PENSUM VIGENTE (NO SISTEMA DE CREDITOS) REGLAMENTO DE LA CLINICA DEL INTERNADO ODONTOLOGICO DE LA FACULTAD DE ODONTOLOGIA DE LA UNIVERSIDAD DE CUENCA PENSUM VIGENTE (NO SISTEMA DE CREDITOS) Art.1.- Los estudiantes de la Facultad que hayan aprobado

Más detalles

CAPÍTULO I Aspectos generales

CAPÍTULO I Aspectos generales EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NUEVA ESPARTA En uso de la atribución que le confiere el artículo 23.2 del Estatuto Orgánico, en concordancia con el artículo 23.13 eiusdem. DICTA EL SIGUIENTE: REGLAMENTO

Más detalles

COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE SONORA DIRECCION ACADEMICA DEPARTAMENTO DE OPERACIÓN ACADÉMICA PROGRAMA DE PRÁCTICAS PREPROFESIONALES 2008

COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE SONORA DIRECCION ACADEMICA DEPARTAMENTO DE OPERACIÓN ACADÉMICA PROGRAMA DE PRÁCTICAS PREPROFESIONALES 2008 COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE SONORA DIRECCION ACADEMICA DEPARTAMENTO DE OPERACIÓN ACADÉMICA PROGRAMA DE PRÁCTICAS PREPROFESIONALES 2008 Hermosillo, Sonora Agosto de 2008 CONTENIDO I. PRESENTACION...3

Más detalles

REGLAMENTO PASANTÍA PROFESIONAL

REGLAMENTO PASANTÍA PROFESIONAL REGLAMENTO PASANTÍA PROFESIONAL Punto Fijo, octubre de 2018 PREAMBULO El presente Reglamento tiene como finalidad sentar las normas que regirán la realización y evaluación de las Pasantías Profesionales

Más detalles

REGLAMENTO DE RESIDENCIAS PROFESIONALES INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE ZAPOPAN DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DE RESIDENCIAS PROFESIONALES INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE ZAPOPAN DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DE RESIDENCIAS PROFESIONALES INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE ZAPOPAN DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DE RESIDENCIAS PROFESIONALES INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE ZAPOPAN DISPOSICIONES

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES La realización de una práctica profesional representa una valiosa oportunidad para

Más detalles

REGLAMENTO DE PRÁCTICAS Y PASANTÍAS PRE- PROFESIONALES EL HONORABLE CONSEJO GUBERNATIVO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR BLUE HILL CONSIDERANDO:

REGLAMENTO DE PRÁCTICAS Y PASANTÍAS PRE- PROFESIONALES EL HONORABLE CONSEJO GUBERNATIVO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR BLUE HILL CONSIDERANDO: REGLAMENTO DE PRÁCTICAS Y PASANTÍAS PRE- PROFESIONALES EL HONORABLE CONSEJO GUBERNATIVO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR BLUE HILL CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Art. 87 de la Ley Orgánica

Más detalles

REGLAMENTO DE ESTUDIO INDEPENDIENTE DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL

REGLAMENTO DE ESTUDIO INDEPENDIENTE DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL 1 REGLAMENTO DE ESTUDIO INDEPENDIENTE DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL (Aprobado por el Consejo Universitario mediante acuerdo VII de la Sesión Ordinaria No.35, según acta No.43-2012, del 20 de noviembre

Más detalles

REGLAMENTO DE LA CLINICA DE ATENCION CONTINUADA Y URGENCIAS DE LA FACULTAD DE ODONTOLOGIA DE LA UNIVERSIDAD DE CUENCA SISTEMA DE CREDITOS

REGLAMENTO DE LA CLINICA DE ATENCION CONTINUADA Y URGENCIAS DE LA FACULTAD DE ODONTOLOGIA DE LA UNIVERSIDAD DE CUENCA SISTEMA DE CREDITOS REGLAMENTO DE LA CLINICA DE ATENCION CONTINUADA Y URGENCIAS DE LA FACULTAD DE ODONTOLOGIA DE LA UNIVERSIDAD DE CUENCA SISTEMA DE CREDITOS Art.1.- Los estudiantes de la Facultad que de acuerdo con la malla

Más detalles

Normas de los Cursos Intensivos en la Universidad de Margarita

Normas de los Cursos Intensivos en la Universidad de Margarita 1 Normas de los Cursos Intensivos en la Universidad de Margarita EL VALLE DEL ESPÍRITU SANTO, JUNIO DE 2013 Modificación del Art. 10 Aprobado en CUSO # 001-2014, de fecha 20-02-2014 2 Normas de los Cursos

Más detalles

REGLAMENTO CARRERA PEDAGOGÍA EN EDUCACIÓN DIFERENCIAL UNIVERSIDAD DE ANTOFAGASTA

REGLAMENTO CARRERA PEDAGOGÍA EN EDUCACIÓN DIFERENCIAL UNIVERSIDAD DE ANTOFAGASTA REGLAMENTO CARRERA PEDAGOGÍA EN EDUCACIÓN DIFERENCIAL UNIVERSIDAD DE ANTOFAGASTA INDICE TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES TÍTULO II OBJETIVO DEL PROGRAMA TITULO III DEL INGRESO DE LOS ALUMNOS(AS) AL PROGRAMA

Más detalles

REGLAMENTO DE PASANTÍA ACADÉMICA CAPÍTULO I CONSIDERACIONES GENERALES

REGLAMENTO DE PASANTÍA ACADÉMICA CAPÍTULO I CONSIDERACIONES GENERALES El Consejo Universitario de la Universidad Dr. Rafael Belloso Chacín, en uso de las atribuciones que le confiere el Ordinal 8 del Artículo 17 del Estatuto Orgánico de la Universidad, en concordancia con

Más detalles

Artículo 3. Objetivos del EPS

Artículo 3. Objetivos del EPS UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA FACULTAD DE MEDICINA VETERINARIA Y ZOOTECNIA NORMATIVO DEL EJERCICIO PROFESIONAL SUPERVISADO Aprobado en el Inciso 4.4, Punto CUARTO del Acta No.04-03/17 de la sesión

Más detalles

EL INSTITUTO TECNOLÓGICO DE APIZACO. A través de la División de Estudios Profesionales C O N V O C A

EL INSTITUTO TECNOLÓGICO DE APIZACO. A través de la División de Estudios Profesionales C O N V O C A EL INSTITUTO TECNOLÓGICO DE APIZACO A través de la Profesionales C O N V O C A Al estudiantado de los planes de estudio 2009-2010 basados en competencias profesionales, que tienen un avance de por lo menos

Más detalles

INSTRUCTIVO GENERAL DE PRÁCTICAS CLÍNICAS CARRERA DE ENFERMERÍA

INSTRUCTIVO GENERAL DE PRÁCTICAS CLÍNICAS CARRERA DE ENFERMERÍA INSTRUCTIVO GENERAL DE PRÁCTICAS CLÍNICAS CARRERA DE ENFERMERÍA (Actualización 2015) Página 1 TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1: El presente instructivo regula las disposiciones y normas por

Más detalles

PROYECTO DE NORMATIVA DE LOS DISEÑOS CURRICULARES DE PREGRADO DE LA UCLA. CAPITULO I Disposiciones Generales

PROYECTO DE NORMATIVA DE LOS DISEÑOS CURRICULARES DE PREGRADO DE LA UCLA. CAPITULO I Disposiciones Generales PROYECTO DE NORMATIVA DE LOS DISEÑOS CURRICULARES DE PREGRADO DE LA UCLA CAPITULO I Disposiciones Generales La Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado (UCLA), en el marco de las Políticas para el

Más detalles

Reglamento UBV para las Pasantías

Reglamento UBV para las Pasantías República Bolivariana de Venezuela Universidad Bolivariana de Venezuela Centro de Estudios en Ciencias de la Energía PFG de Hidrocarburos Reglamento UBV para las Pasantías Coordinación Nacional PFG Hidrocarburos

Más detalles

NORMATIVO EJERCICIO PROFESIONAL SUPERVISADO -EPS-

NORMATIVO EJERCICIO PROFESIONAL SUPERVISADO -EPS- UNIVERSIDAD SAN CARLOS DE GUATEMALA NORMATIVO EJERCICIO PROFESIONAL SUPERVISADO -EPS- LICENCIATURA EN PEDAGOGIA Y ADMINISTRACION EDUCATIVA CON ORIENTACION EN MEDIO AMBIENTE Centro Universitario de Baja

Más detalles

UNIVERSIDAD CATÓLICA ANDRÉS BELLO Facultad de Ingeniería Escuela de Ingeniería De Telecomunicaciones Reglamento de Pasantías

UNIVERSIDAD CATÓLICA ANDRÉS BELLO Facultad de Ingeniería Escuela de Ingeniería De Telecomunicaciones Reglamento de Pasantías NORMAS SOBRE REALIZACIÓN, PRESENTACIÓN Y EVALUACIÓN DE PASANTÍAS EN LA ESCUELA DE INGENIERÍA DE TELECOMUNICACIONES. (Normas aprobadas por el Consejo de la, en su sesión Nº ------, de fecha 14-03-2005.)

Más detalles

NORMATIVO PARA LA REALIZACION DEL TRABAJO DE TESIS DE POSTGRADO EN LA FACULTAD DE AGRONOMIA DE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA

NORMATIVO PARA LA REALIZACION DEL TRABAJO DE TESIS DE POSTGRADO EN LA FACULTAD DE AGRONOMIA DE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA NORMATIVO PARA LA REALIZACION DEL TRABAJO DE TESIS DE POSTGRADO EN LA FACULTAD DE AGRONOMIA DE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA TITULO I ASPECTOS GENERALES CAPITULO I NATURALEZA, DEFINICION Y

Más detalles

Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado Vicerrectorado Académico Comisión Central de Currículo Barquisimeto

Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado Vicerrectorado Académico Comisión Central de Currículo Barquisimeto Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado Vicerrectorado Académico Comisión Central de Currículo Barquisimeto NORMATIVA DE LOS DISEÑOS CURRICULARES DE PREGRADO DE LA UCLA CAPITULO I Disposiciones Generales

Más detalles

REGLAMENTO DE PASANTES Y TESISTAS DE FUNDACITE MÉRIDA

REGLAMENTO DE PASANTES Y TESISTAS DE FUNDACITE MÉRIDA REGLAMENTO DE PASANTES Y TESISTAS DE FUNDACITE MÉRIDA TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1: El presente reglamento tiene como objeto establecer la normativa interna que regule la solicitud, otorgamiento,

Más detalles

REGLAMENTO DE PRÁCTICA PROFESIONAL/FINAL

REGLAMENTO DE PRÁCTICA PROFESIONAL/FINAL REGLAMENTO DE PRÁCTICA PROFESIONAL/FINAL T Í T U L O I DEL CONCEPTO, PROPÓSITO Y REQUISITOS. Artículo 1 : La Práctica Profesional/Final es el conjunto de actividades educativas que el alumno debe realizar

Más detalles

REGLAMENTO DE TUTORÍAS

REGLAMENTO DE TUTORÍAS REGLAMENTO DE TUTORÍAS Aprobado por el H. Consejo Universitario Sesión ordinaria el 17 de Diciembre de 2018. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS CAPÍTULO I OBJETO DEL REGLAMENTO CAPÍTULO II DE LA TUTORÍA ACADÉMICA CAPÍTULO

Más detalles

REGLAMENTO DE LA ESCUELA DE ESTUDIOS GENERALES DE LA UNIVERSIDAD PRIVADA ANTONIO GUILLERMO URRELO S.A.C. TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DE LA ESCUELA DE ESTUDIOS GENERALES DE LA UNIVERSIDAD PRIVADA ANTONIO GUILLERMO URRELO S.A.C. TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DE LA ESCUELA DE ESTUDIOS GENERALES DE LA UNIVERSIDAD PRIVADA ANTONIO GUILLERMO URRELO S.A.C. TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. - La Escuela de Estudios Generales (EEG) de la Universidad

Más detalles

Revisión: 1 Referencia a la Norma ISO 9001: Página 1 de 13

Revisión: 1 Referencia a la Norma ISO 9001: Página 1 de 13 Referencia a la Norma ISO 9001:2008 622 Página 1 de 13 1 Propósito Establecer el lineamiento y actividades que son aplicados en la planeación, operación y acreditación de la residencia profesional para

Más detalles

Capítulo I Disposiciones Generales

Capítulo I Disposiciones Generales El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", reunido en su sesión N 1628, Ordinaria, celebrada, el quince de junio del año dos mil cinco, en uso de sus atribuciones legales

Más detalles

INSTRUCTIVO GENERAL DE PRÁCTICA DE LAS CARRERAS DE PEDAGOGÍA FACULTAD DE HUMANIDADES Y EDUCACIÓN

INSTRUCTIVO GENERAL DE PRÁCTICA DE LAS CARRERAS DE PEDAGOGÍA FACULTAD DE HUMANIDADES Y EDUCACIÓN INSTRUCTIVO GENERAL DE PRÁCTICA DE LAS CARRERAS DE PEDAGOGÍA FACULTAD DE HUMANIDADES Y EDUCACIÓN SANTIAGO DE CHILE OCTUBRE - 2008 TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1: El presente instructivo regula

Más detalles

UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE EL SALVADOR

UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE EL SALVADOR UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE EL SALVADOR DECANATO DE ESTUDIANTES REGLAMENTO DE PASANTIAS 2014 San Salvador, El Salvador, Centroamérica UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE EL SALVADOR REGLAMENTO DE PASANTIAS CAPITULO

Más detalles

Reglamento Interno Comité de Bioética en la Investigación Medica de los Postgrados de Medicina

Reglamento Interno Comité de Bioética en la Investigación Medica de los Postgrados de Medicina 72 Reglamento Interno Comité de Bioética en la Investigación Medica de los Postgrados de Medicina CAPITULO 1 DE LA CREACIÓN Artículo 1. Crease el Comité de Bioética en Investigación Médica de los Postgrados

Más detalles

Reglamento de PRÁCTICAS PROFESIONALES

Reglamento de PRÁCTICAS PROFESIONALES Reglamento de PRÁCTICAS PROFESIONALES 2016 Licenciatura en Entrenamiento Deportivo APROBADO POR UNANIMIDAD DE VOTOS EN SESIÓN ORDINARIA DEL H. CONSEJO TÉCNICO DE LA ESCUELA DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE

Más detalles

TUTORÍAS ACADÉMICAS. Política para la planificación y ejecución de tutorías académicas. Área responsable: Coordinación de Gestión Académica

TUTORÍAS ACADÉMICAS. Política para la planificación y ejecución de tutorías académicas. Área responsable: Coordinación de Gestión Académica TUTORÍAS ACADÉMICAS Política para la planificación y ejecución de tutorías académicas Área responsable: Coordinación de Gestión Académica Versión: 1.0 TUTORÍAS ACADÉMICAS Código: OAC.0047 Versión: 1 Áreas

Más detalles

Reglamento de la Práctica Profesional Supervisada (PPS) Aprobado por Resolución Rectoral Nº 32/14 de fecha 5 de agosto de 2014

Reglamento de la Práctica Profesional Supervisada (PPS) Aprobado por Resolución Rectoral Nº 32/14 de fecha 5 de agosto de 2014 Reglamento de la Práctica Profesional Supervisada (PPS) Aprobado por Resolución Rectoral Nº 32/14 de fecha 5 de agosto de 2014 INTRODUCCIÓN La Práctica Profesional Supervisada (PPS) tiene como objetivo

Más detalles

LINEAMIENTOS PARA EL DESARROLLO DE TRABAJO DE GRADO MODALIDAD PRÁCTICA CON PROYECCIÓN EMPRESARIAL O SOCIAL (PASANTÍA)

LINEAMIENTOS PARA EL DESARROLLO DE TRABAJO DE GRADO MODALIDAD PRÁCTICA CON PROYECCIÓN EMPRESARIAL O SOCIAL (PASANTÍA) LINEAMIENTOS PARA EL DESARROLLO DE TRABAJO DE GRADO MODALIDAD PRÁCTICA CON PROYECCIÓN EMPRESARIAL O SOCIAL (PASANTÍA) De conformidad con lo estipulado por el Consejo Académico en la resolución N 16 de

Más detalles

REGLAMENTO ESPECIAL DE PRÁCTICAS Y PASANTÍAS PRE- PROFESIONALES EL CONSEJO GUBERNATIVO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR CEMLAD CONSIDERANDO

REGLAMENTO ESPECIAL DE PRÁCTICAS Y PASANTÍAS PRE- PROFESIONALES EL CONSEJO GUBERNATIVO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR CEMLAD CONSIDERANDO REGLAMENTO ESPECIAL DE PRÁCTICAS Y PASANTÍAS PRE- PROFESIONALES EL CONSEJO GUBERNATIVO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR CEMLAD CONSIDERANDO Que, de conformidad con el Art. 87 de la Ley Orgánica de Educación

Más detalles

UNIVERSIDAD MARIANO GÁLVEZ FACULTAD DE ARQUITECTURA

UNIVERSIDAD MARIANO GÁLVEZ FACULTAD DE ARQUITECTURA UNIVERSIDAD MARIANO GÁLVEZ FACULTAD DE ARQUITECTURA NORMATIVO PARA COORDINADORES DE LA FACULTAD DE ARQUITECTURA EN CENTROS REGIONALES DE LA UNIVERSIDAD MARIANO GALVEZ DE GUATEMALA 2016 Rev. 30 MAYO 2016

Más detalles