RESUELVO 1.- ESTABLECE ÁREA PARA EMBARCO Y DESEMBARCO DE PRACTICOS.-

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1 C.P. (T) ORD. N 12000/ / VRS.- ESTABLECE NORMAS DE OPERACIÓN DEL PUERTO Y TERMINALES MARÍTIMOS DE TALCAHUANO TALCAHUANO, 15 Abril del VISTOS: El Decreto Supremo (M) N 991 de fecha 26 de octubre de 1987, que fija jurisdicción de las Gobernaciones Marítimas y Capitanías de Puerto de la República: el D.F.L. 292 del 25 de julio de 1953, Ley Orgánica de la Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante y las atribuciones que me confiere la Ley de Navegación, aprobada por D.S. (M) N del 21 de mayo de RESUELVO 1.- ESTABLECE ÁREA PARA EMBARCO Y DESEMBARCO DE PRACTICOS L: S G: W 2.- L: S G: W 3.- L: S G: W 4.- L: S G: W 2.- ESTABLECE LÍMITES DEL PUERTO El límite del puerto de Talcahuano, establecido por resolución DGTM Y MM. ORD. N 12600/121 VRS. de fecha 25 de enero del 2000, es el área comprendida en una línea que une el faro molo Marinao con el faro banco Belén y el meridiano que pasa por el faro Belén. 3.- ESTABLECE PUNTOS DE FONDEO PARA NAVES MERCANTES a) Con el propósito de dejar libre el área de maniobra de las naves que entran o salen del Puerto de Talcahuano, los Buques que fondeen a la gira solo podrán hacerlo en la zona destinada a ello, la cual aparece indicada en la carta N 6111 del Servicio hidrográfico y Oceanográfico de la Armada. Las naves que recalen y fondeen a la gira, deberán considerar el radio de borneo con que estas quedarán, con el objeto de no afectar las áreas de maniobra y fondeo de otras naves. b) Todas las naves que fondeen a la gira, solicitaran la autorización correspondiente a la Capitanía de Puerto de Talcahuano, CBT 28, debiendo posteriormente indicar su posición final de fondeo, demarcación verdadera y distancia de faro Belén. Ante el supuesto que una nave requiera moverse dentro de los limites de la Bahía o zarpar fuera de ella, deberá solicitar la autorización correspondiente a la Capitanía de Puerto de Talcahuano CBT 28.

2 2 c) Se establecen los siguientes puntos de fondeo en la bahía de Concepción para naves mayores: 1.- L: S G: W 2.- L: S G: W 3.- L: S G: W 4.- L: S G: W OBSERVACIONES a) Las naves mercantes quedarán sobre máquinas en la zona de espera de prácticos, objeto de efectuar maniobras con el apoyo del práctico de puerto, en los distintos terminales de la jurisdicción. b) Toda nave que fondee a la gira, para ingresar al puerto de Talcahuano, deberá poseer la carta náutica actualizada de la bahía. Será responsabilidad de la Agencia que represente a la nave, la previsión oportuna de este elemento náutico. c) Toda nave que fondee en la bahía de Concepción para cualquier faena comercial, deberá hacerlo con Práctico. 4.- ESTABLECE MEDIDAS DE SEGURIDAD PARA LAS DISTINTAS CONDICIONES CLIMÁTICAS QUE LAS NAVES A LA GIRA DEBERÁN CUMPLIR EN LAS BAHÍAS DE TALCAHUANO Y CONCEPCIÓN. a) Tiempo variable: Con aviso de tiempo Variable, las naves que esperan a la gira se les recomienda el cambio de fondeadero, zarpando para fondearse a resguardo de la Isla Quiriquina. Se suspende el tráfico de embarcaciones menores fuera de la bahía (Viento hasta 25 Nds.). b) Mal tiempo: Con aviso del mal tiempo, las naves a la gira deberán permanecer en su posición, capear en alta mar o al socaire de la Isla Quiriquina, en caso de existir espacio de maniobra, conforme resolución del Capitán de la Nave. (viento entre 25 y 35 Nds.). c) Temporal: Con aviso de Temporal, las naves que no puedan mantener su posición por garreo de sus anclas, deberán buscar refugio al socaire de la Isla Quiriquina, en caso de existir espacio de maniobra (Viento superior a 35 Nds.), o capear en alta mar. 5.- ESTABLECE DOTACIONES DE SEGURIDAD PARA PESQUEROS ANTE CONDICIÓN DE TIEMPO VARIABLE, MAL TIEMPO O TEMPORAL. RECOMENDACIONES A LOS PESQUEROS EN CASO DE MAL TIEMPO: a) Todo pesquero deberá tener su dotación a bordo. b) Los pesqueros deberán capear Mal Tiempo con fondeos reforzados. c) Los pesqueros deberán estar en escucha permanente en canal VHF 16. d) Los pesqueros deberán encontrarse listos para zarpar si el caso lo amerita. e) El cambio de fondeo solo será autorizado por el Capitán de Puerto.

3 3 6.- ESTABLECE LIMITACIONES OPERATIVAS DEL PUERTO Y TERMINALES MARÍTIMOS. A) ESPIGON Y MUELLE EMPORCHI: 1) bicación Geográfica: Latitud : SUR 2) Sitios de Operación: Longitud : WESTE Sitio 1 Calado máximo permitido 8,30 mts. Largo máximo utilizable 155 mts., donde pueden atracar buques de hasta 185 metros de eslora máxima con un calado maximo permisible de 8,30 mts., con un resguardo de 2 pies bajo quilla en el canalizo de entrada al sitio. El sitio cuenta con 9 bitas y trece defensas de goma de patente y una boya de amarre. Las naves quedarán atracadas con la proa al norte. Sitio 2 Calado máximo permisible 6.0 mts. Largo máximo utilizable 205 mts., cuenta con 9 bitas y 15 defensas de neumático y solamente de uso de pesqueros. 3) Practicaje: Obligatorio para todas las naves, excepto las naves nacionales que cuenten con resolución de autorización al Capitán nacional para maniobrar sin práctico. 4) Uso de Remolcadores: Se usarán 2 remolcadores con un Bollard Pull de 30 Toneladas cada uno. Se exceptúan de esta disposición aquellos buques que tengan operativo el sistema Bow Truster, donde se exigirá solo un remolcador y con un viento máximo de 15 nudos. Se usará una lancha de apoyo para el transporte de práctico y en el amarre. 5) LIMITACIONES PARA MANIOBRAS DE ATRAQUE Y DESATRAQUE Lluvia: No hay limitaciones. Viento: Superior a 25 Nds. maniobra de atraque suspendida y con temporal maniobras de zarpe suspendidas. Marejada: Se podrá efectuar maniobra, previa evaluación del práctico y autorización del Capitán de Puerto. Neblina: Horario: No se maniobrará con neblina Se efectuarán maniobras de amarre y desamarre las 24 horas del día.. Fondeo: Para atracar a los sitios 1 y 2, las naves fondearán dependiendo del tipo y características de la nave, condición del tiempo local y del criterio profesional del práctico. B) MUELLE MOLO 500:} 1) Ubicación Geográfica: LATITUD LONGITUD : SUR : WESTE

4 4 Sitios de Operación: Sitio 1: Calado máximo permitido 7,30 mts. Largo máximo utilizable 250 mts., cuenta con 13 bitas y 9 defensas fijas. Sitio 2 Calado máximo permisible 7.30 mts. Largo máximo utilizable 175 mts. Es limitada cuando hay naves atracadas al sitio Nº 1. Cuenta con 8 bitas y 16 defensas de neumáticos. 3) Practicaje: Obligatorio para naves nacionales y extranjeras. 4) Uso de Remolcadores: Dos remolcadores para todo tipo de naves con un Bollard Pull de 30 Toneladas cada uno. En caso que la nave cuente con Bow Truster maniobrará con uno solo siempre que el ciento no supere los 15 nudos 5) LIMITACIONES PARA MANIOBRAS DE ATRAQUE Y DESATRAQUE Lluvia: No hay limitaciones. Viento: Superior a 25 Nds. maniobra de atraque suspendida y con temporal maniobras de zarpe suspendidas. Marejada: Práctico de puerto evaluará en conjunto con CAPUERTO si las condiciones permiten efectuar la maniobra con seguridad. Se deberá mantener vigilancia permanente sobre las amarras de los buques, una vez que la nave este atracada. Neblina: Horario: No se maniobrará. Se efectuarán maniobras de amarre y desamarre las 24 horas del día. Fondeo: Para atracar a los sitios 1 y 2, las naves fondearán dependiendo del tipo y característica de la nave, condición de tiempo local y del criterio profesional del práctico. C) MUELLES DE ASMAR: 1) Ubicación Geográfica: LATITUD : SUR LONGITUD : WESTE Sitios de Operación: SITIOS J - K Largo utilizable 269 Metros, entre ambos sitios, posen bitas cada 25 Metros, defensa gran minería cada 10 Metros, calado sitio J-5,9 metros, sitio K- 5,4 metros. F-G-H-I: Largo utilizable entre los cuatro sitios es de Metros, poseen bitas cada 20 Metros, defensas gran minería cada 15 Metros, calado sitio F-G 4,7 metros, sitio H-I 5,3 metros.

5 5 C - D Largo utilizable entre ambos sitios 357 Metros poseen bitas cada 20 Metros, defensas gran minería cada 15 metros, calado 6,3 metros. E Largo utilizable 357 metros, poseen bitas cada 20 metros, defensas gran minería cada 15 metros, calado 5,2 metros. CANAL DE ACCESO Largo utilizable 211 metros, poseen bitas cada 20 metros, defensas gran minería cada 20 metros, calado 6.5 Metros. MOLO FOGONERO UGARTE Largo utilizable 180 metros, poseen bitas cada 18 metros, en ambos lados y defensas empotradas especiales para muelles. Calado Cabezal : 5.10 metros Costado Este : 5.80 metros Costado Oeste : 5.10 metros NOTA: 1) Para maniobra de entrada a dique seco Nº 1 el molo UGARTE debe estar libre por el lado del canal de acceso. 2) Se podrá efectuar maniobras de atraque al muelle o entrada dique seco tanto diurnas como nocturnas. 3) En los diques flotantes se podrá efectuar maniobras con luz diurna. 4) Todas aquellas naves mayores de 200 metros de eslora que efectúen maniobras tanto de entrada como de salida de la dársena de ASMAR, lo harán con 2 prácticos y 4 remolcadores de un bollard pull de 30 toneladas. 5) Todas aquellas naves que efectúen maniobras de atraque o desatraque en recintos de ASMAR y que por su diseño, construcción o calados impidan al práctico una clara visión de la maniobra desde el puente de gobierno, será obligación un segundo práctico. 6) Todos los sitios mencionados cuentan con servicios de agua dulce y salada, energía eléctrica 380/50v 440/60v. Línea telefónica, aire a presión y vapor de la red o equipos portátiles. 3) Practicaje: Obligatorio para naves nacionales y extranjeras. 4) Uso de Remolcadores: Para entrar a la dársena o dique seco Nº 2, 3 o 4 remolcadores con 30 toneladas de Bollard Pull dependiendo de la maniobra, estado operativo del buque, área de maniobra y condiciones climáticas y tamaño de la nave entre otras. Para atracar al canal de acceso, molo Ugarte (E o W) y entrar al dique seco Nº 1, 2 o 3 remolcadores con 30 toneladas de Bollard Pull dependiendo de la maniobra, estado operativo del buque, área de maniobra y condiciones climáticas y tamaño de la nave entre otras.

6 6 5) LIMITACIONES PARA MANIOBRAS DE ATRAQUE Y DESATRAQUE Lluvia: No afecta. Viento: Superior a 15 Nds. deberán suspender las faenas. Marejada: Se podrá efectuar maniobra, previa evaluación del práctico y con autorización del Capitán de Puerto. Neblina: No se maniobrará. Horario: Se efectuarán maniobras de amarre y desamarre las 24 horas del día, como también la entrada y salida de diques secos. D) TERMINAL PETROQUINA: 1) Ubicación Geográfica: Al SE Isla Quiriquina (Caleta las Casas) 2) Sitios de Operación: Terminal administrado por Armada de Chile. Cuenta con dos boyas de amarre. 3) Practicaje: Obligatorio para naves nacionales y extranjeras. 4) Uso de Remolcadores: Un remolcador con 30 toneladas de Bollard Pull y una lancha solo en horas diurnas. En caso de efectuarse maniobras en horarios nocturnos, se utilizarán 2 remolcadores y 1 lancha. 5) LIMITACIONES PARA MANIOBRAS DE ATRAQUE Y DESATRAQUE Lluvia: No hay limitaciones. Viento: Superior a 15 Nds. maniobra de amarre suspendida, con temporal maniobra de zarpe suspendida. Neblina: Horario: No se maniobrará. Maniobras solo con luz diurna. (solo por excepción podrá ser nocturna) Fondeo: Para amarrar al terminal de Petroquina, las naves deberán fondear sus anclas de babor y estribor. E) EN BAHÍA DE CONCEPCIÓN: 1.- Se pueden efectuar faenas de descarga de bultos pesados con grúa de 180 toneladas perteneciente a ASMAR THNO.

7 7 2.- El lugar de fondeo para la maniobra a la gira lo establecerá el Capitán de Puerto dependiendo de las condiciones de tiempo y naves fondeadas. a.- L , 76 S b.- L , 97 S c.- L , 76 S d.- L , 97 S G W G W G W G W 3.- Todas las faenas de este tipo deben obligatoriamente realizarse con práctico ZONA DE TRASVASIJE DE PETRÓLEO Existe una zona de trasvasije de petróleo cuyo Punto de fondeo para el Buque Tanque que entrega es el siguiente: L: S G: W El fondeo debe hacerse con práctico. Los petroleros que efectúen estas faenas deberán dar cumplimiento al Art. 39 Art. 40 y Art. 41 del Reglamento para el control de la contaminación acuática y poseer el equipamiento comprendido en el D.S y O.M. ORD N 12600/212 de fecha 21 de Julio de 1993 anexo A ESTABLECE LIMITACIONES DE OPERACIÓN POR LA CONDICIÓN DE TIEMPO PARA NAVES ATRACADAS a) Tiempo Variable: Naves reforzarán espías y sus máquinas deberán estar alistadas para un eventual zarpe del muelle. Se autorizará el desatraque de una nave mercante, siempre que las condiciones de tiempo (en ese momento), permitan el desembarco seguro del práctico. b) Mal Tiempo: Todas las naves deberán encontrarse con toda su dotación abordo lista a zarpar para salir a capear el temporal y/o fondear al socaire de la Isla Quiriquina. La realización de faenas portuarias quedarán sujetas a valuación de la Capitanía de Puerto. Las naves que no alcancen a completar su carga, deberán verificar que estas se encuentren estibadas y trincadas en las mejores condiciones para zarpe de emergencia. Se suspenden maniobras de atraque. c) Temporal: Prohibido atracar y desatracar salvo por emergencia. Se suspende el trabajo y faenas portuarias en naves. Toda la tripulación de las naves mercantes deberán permanecer a bordo, reforzar y preparar zarpe de emergencia. Nota: Las faenas de carga y descarga de naves estarán sujetas a evaluación en todo momento por parte del Capitán de Puerto y podrán ser suspendidas en cualquier momento si fuese necesario, independiente a la condición de tiempo establecida por la Capitanía de Puerto en ese momento. 6.2) ESTABLECE LIMITACIONES PARA REALIZAR FAENAS DE MARCANCIAS PELIGROSAS CON NAVES ATRACADAS. Para efectuar manipulación con mercancías peligrosas se deberá dar estricto cumplimiento a lo establecido en el Art. 5 del Reglamento de Recepción y Despacho de Naves aprobado por D.S. (M) Nº 364 de 1980.

8 8 Las solicitudes para faenas de transferencia de Tetraetilo de Plomo (TEL) clase 6.1 Sustancia Venenosa conforme al código IMDG, que presenta una toxicidad de intensidad Supertoxica (dosis letal menos de 5 mg/kg.), deberán presentarse con una antelación mínima de 48 hrs. al inicio de la faena. Cuando recale una nave con este tipo de mercancía no podrá efectuarse ningún otro tipo de maniobras de carga o descarga mientras se encuentre a bordo esta mercancía, por lo tanto deberá ser descargada de la nave y retirada de los recintos portuarios en forma inmediata. Esta misma regulación deberá llevarse a cabo para su embarque, debiendo efectuar las coordinaciones correspondientes para que sea la ultima carga en embarcarse, no pudiendo quedar almacenada en el puerto en espera de embarque. 6.3) ESTABLECE LIMITACIONES PARA MOVIMIENTO DE NAVES ATRACADAS a) Todas las faenas que se soliciten a la Capitanía de Puerto y que digan relación con maniobras de atraque y desatraque, deberán ser solicitadas a través de la página Web opción Servicios Solicitudes de Agentes de Naves, con un mínimo de dos horas de anticipación de la faena. b) Se podrá modificar una maniobra solicitada, efectuando la anotación correspondiente con un mínimo de dos horas de anticipación. c) Se permitirá la corrida de las naves una vez que éstas estén atracadas a Muelles. En caso de ser necesario correr una nave deberá efectuarse con la autorización y presencia a bordo del Práctico de Servicio. d) Todas las naves, podrán efectuar corridas en los sitios de atraque hasta un máximo de 25 metros debiendo informar de ello a la Autoridad Marítima y al práctico de servicio antes de dar inicio a la maniobra y una vez concluida esta. Corridas superiores a los 25 metros requerirán la asistencia obligatoria del práctico de servicio. 7) ESTABLECE CONDICIONES GENERALES DE OPERACIÓN DEL PUERTO Y TERMINALES a) Las comunicaciones de enlace deberán efectuarse por canal 16-VHF a través de Talcahuano Radio CBT o CBT-28 (Capitanía de Puerto de Talcahuano) siendo el canal habitual de los prácticos, el canal 09 VHF. b) Cada maniobra deberá contar con el apoyo de una lancha autorizada por la Capitanía de Puerto para el embarque y desembarque de prácticos, la cual puede también utilizarse para la maniobra de amarre de la nave. Esta lancha deberá poseer equipo de comunicaciones acorde a su actividad, el cual debe a lo menos contar con los canales 16, 08 y 09 VHF; estar tripulada por un Patrón calificado y a lo menos dos tripulantes o tres cuando la maniobra se realice en el terminal de petroquina, debiendo la lancha tener un andar adecuado y necesario para cubrir la distancia a navegar, además de contar con escala portátil de borda. c) Las naves que atraquen en los sitios del puerto de Emporchi, Molo 500 y Asmar, deberán estar provistas de 12 espías de 220 metros a lo menos, para que la nave quede amarrada con cuatro espías y dos springs, las cuales deben ser de una resistencia adecuada; además deben tener ambas anclas operativas. d) En general se recomienda el atraque de las naves con la proa al viento predominante (norte en invierno y sur en verano), objeto se facilite la maniobra de desatraque frente a una emergencia de cualquier naturaleza. En meses de invierno y ante aviso de mal tiempo esta disposición es de carácter obligatorio.

9 9 e) Como norma general se maniobrará hasta con viento de una intensidad de 25 nudos (12 mts/seg). Con vientos superiores a esta intensidad se deberán adoptar medidas especiales en cuanto al área de maniobra, tipo de nave, nacionalidad de la tripulación y elementos auxiliares con que se cuenta, debiendo esta faena ser autorizada por la Autoridad Marítima. f) las maniobras que se efectúan en Asmar, debido a las condiciones de la nave y espacio o área de maniobra, se emplearán 4 remolcadores con 30 toneladas de Bollard Pull y hasta con vientos no superiores a 15 nudos. g) ellas naves que amarren al terminal de Petroquina deberán contar con un mínimo de 08 espías de 220 metros de largo cada una, objeto cumplir con el numeral determinado para la nave con respecto a los paños de cadena útil en cada una de sus anclas, con un mínimo de 10 paños útiles en las naves iguales o superiores a 150 metros de eslora. Se maniobrará con viento no superior a 15 nudos. h) Con vientos superiores a 25 nudos se deberán suspender las faenas y con más de 30 nudos se deberán desconectar sus flexibles. i) Durante la estadía de la nave en el terminal Petroquina, deberán coordinar a través de su agencia, un canal de trabajo con los remolcadores de puerto, con el objeto de requerir los servicios en forma expedita y rápida, en caso de una situación de emergencia. j) La cantidad de remolcadores a utilizar en las maniobras será de 2 con 30 toneladas de bollard Pull en atraque a Emporchi y Molo 500 pudiendo variar, lo que dependerá del área disponible para ejecutar la maniobra, tipo de nave y condiciones meteorológicas existentes, debiendo el Práctico de Servicio determinar a satisfacción del Capitán de la nave, el número de remolcadores y elementos auxiliares necesarios para efectuar la maniobra en forma segura. k) Se entiende por elementos auxiliares a los Bowthurster, Sternthuster o timones Becker. Se deberá verificar su estado de operatividad y eficiencia, lo cual ratificará el Práctico que ejecuta la maniobra. l) Ante la condición de Tiempo Variable o superior, las Agencias de Naves deberán disponer de todos los medios tendientes a dar una mayor seguridad a las naves atracadas o cuando éstas deban zarpar a la gira, como ser; remolcador de puerto, dotación de seguridad a bordo, máquinas listas a zarpar, etc m) Las naves deben estar en condiciones de abandonar los muelles en cualquier momento al tener conocimiento de Mal Tiempo y Temporal con vientos de cuadrante N y NW. (Excepto naves en dique o dársena que estén en reparaciones) n) El personal de amarradores en número suficiente, deberá ser proporcionado por la respectiva Agencia de Naves, no pudiendo ser inferior a 6 personas. (3 a proa y 3 a popa). o) Por motivos de seguridad, los amarradores deberán durante toda la maniobra permanecer con sus chalecos salvavidas colocados. p) Para mayor claridad de la posición final que deberá adoptar la nave en un determinado sitio de atraque del puerto, este se indicará con dos conos de color naranjo internacional durante el día y por balizas luminosas de color rojo durante la noche. q) Tanto los conos como las balizas serán proporcionados oportunamente por Emporchi, Asmar y/o Molo 500, siendo responsabilidad de la Agencia de Naves su correcta y oportuna ubicación en el sitio de atraque. r) Como norma general, se deberá mantener como mínimo una distancia de 25 metros entre las naves que se encuentren atracadas en el Molo 500 y dársena de Asmar.

10 10 s) Aquellas naves de pesca menores de TRG. y que se encuentren al mando de Capitanes Chilenos, podrán atracar y abarloarse sin Práctico, pero deberán informar previamente su intención de maniobra a la Autoridad Marítima (la que deberá dar su conformidad) y al Práctico de Guardia). t) Los Capitanes de la Marina Mercante Nacional autorizados para efectuar maniobras de atraque y desatraque sin utilizar el servicio de Práctico de puerto, deberán comunicar a la Autoridad Marítima por VHF. su intención de maniobra. u) Junto a la información habitual que se anota en el sistema computacional para maniobras de practicaje, deberá además consignarse la banda de atraque y el calado máximo de la nave. v) Las maniobras de atraque y desatraque serán ejecutadas generalmente por un práctico. No obstante, el practicaje se efectuará por dos prácticos cuando la eslora de la nave sea mayor de 220 metros. No será necesario el empleo del segundo práctico en aquellas naves de pabellón nacional bajo el mando de un Capitán de Alta Mar chileno debidamente habilitado al efecto, conforme a los requisitos que fije la Dirección General para cada puerto. (Art. 24 Reglamento de Practicaje y Pilotaje, Resolución D.G.T.M. y MM. Ord. Nº /1001 vrs. De fecha 31 de Mayo del 2001) w) En las maniobras de entrada y salida de la dársena de reparaciones de Asmar con naves de eslora mayor a 200 metros, y/o naves con poca visibilidad desde el puente, se efectuará con prácticos. x) Toda maniobra distinta a las especificadas en la presente resolución, deberá ser solicitada por escrito a la Autoridad Marítima, con copia a la Oficina de Prácticos con la debida anticipación y con el máximo de detalles del caso. y) Emporchi, Asmar y Molo 500, mantendrán constantemente pintado de amarillo y sobre fondo negro los números de las bitas de todos los sitios de atraque, además mantendrá operativas y en sus respectivos calzos todas las defensas de neumáticos MEDIOS DE APOYO EN EL PUERTO DE TALCAHUANO Se cuenta con Remolcadores de Alta Mar y Lanchas Fleteras, con las cuales se confecciona un rol de guardia mensual, y que entrará en vigencia al establecerse la condición de tiempo Variable debiendo efectuarse los relevos a las 08:00 Hrs. diariamente. Las dotaciones de estas embarcaciones o RAM s permanecerán a bordo, en escucha permanente en canal 16 VHF, a las ordenes de Capitán de Puerto u Oficial de Servicio ENFILACIONES Y REFERENCIAS NOTABLES PARA NAVES LAS 24 HORAS Molo Chimenea FUERSUB - Centro de Abastecimiento Dársena Rep. - ASMAR (techo comedores) - Iluminación delantal molo Diques secos - Diques secos con enfiliación en línea central

11 La presente disposición deja sin efecto la resolución C.P. TALC Ord. Nº 12000/ /VRS de fecha 20 de abril del LUIS TAGLE ORELLANA CAPITÁN DE FRAGATA LT CAPITÁN DE PUERTO DE TALCAHUANO DISTRIBUCIÓN: 1.- DIRSOMAR 2.- SHOA. 3.- EMP.PORTUARIA THNO-SAN VICENTE 4.- OPER.SEZONA 5.- C.AB.(T) 6.- AGENCIAS DE NAVES (12) 7.- EMP.PESQUERAS (10) 8.- ASOC.GREMIAL DE PESCADORES 9.- CAMARA MARITIMA 10.- OF.PRACTICOS 11.- OP. G.M.(T) 12.- SEC.C.P.(T) 13.- ARCHIVO

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