Consulta. Centros infantiles que acogen niños menores de 3 años. Hojas de reclamaciones en Centros de Recreo Infantil
|
|
- Susana Lara Cabrera
- hace 5 años
- Vistas:
Transcripción
1 Servicio de Coordinación de Sanidad y Consumo Consulta Distrito: Chamartín Identificador: CT Consulta: Centros infantiles que acogen niños menores de 3 años. Hojas de reclamaciones en Centros de Recreo Infantil
2 INFORME SOBRE CONSULTA DE COORDINACIÓN TERRITORIAL Fecha: Datos de la Consulta Identificador del proceso: Fecha de recepción: Formulada por el Distrito de: CT Chamartín Asunto: Centros infantiles que acogen niños menores de 3 años. Hojas de reclamaciones en Centros de Recreo Infantil. TEXTO DE LA CONSULTA En la Ordenanza Reguladora de las Condiciones Higiénico-Sanitarias y Técnicas de los Centros de Cuidado y Recreo Infantil (BOCM ), en su art. 2 se indica: los centros que acojan de modo regular a niños de edades correspondientes a la educación infantil quedarán sometidos al principio de autorización administrativa por lo que se deducía que no podían existir centros que acogieran de modo regular a niños amparados exclusivamente por una licencia de actividad municipal, razón por la cual las antiguas guarderías debían conseguir la autorización de la CAM o en su defecto transformarse en centros de ocio y recreo infantil, donde los niños no pueden ser acogidos de forma regular. De tal forma existían tres tipos de centros en función de la actividad y permanencia de los niños: 1. Permanencia esporádica: Centros de Ocio y Recreo Infantil (0-12 años), sometidos también a control por la Dirección General de Turismo de la CAM, al ser una actividad recreativa (CEPARELI). 2. Permanencia esporádica: Centros de Cuidado Infantil (control municipal). 3. Permanencia regular: Centros de Educación Infantil, denominados actualmente Escuelas Infantiles Privadas (control municipal y de los servicios de la Consejería de Educación de la CAM). Con la publicación del Decreto 18/2008, de 6.03, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten primer ciclo de Educación Infantil, en el ámbito de la Comunidad de Madrid (BOCM ), esta situación parece haber cambiado toda vez que en su art. 1.3 se indica que los centros ubicados en la CAM que acojan regularmente a niños menores de tres años y que no impartan el primer ciclo de Educción Infantil, deberán cumplir la normativa municipal correspondiente o cualquier otra normativa que le sea de aplicación. De este artículo se deduce que pueden existir Centros de Cuidado infantil con un acogimiento regular, lo que contradice lo expresado en el art. 2 de la Ordenanza municipal. Además la Disposición Transitoria Tercera del Decreto 18/2008, indica que los centros que impartan el primer ciclo de Educación infantil y no estén autorizados por la Administración Educativa dispondrán de tres años para obtener dicha autorización, de CT Página 1 de 4
3 lo que se deduce que hasta el 13 de marzo de 2011, no estarían obligados a su obtención. Por todo ello solicitamos que desde el Servicio de Coordinación de Sanidad y Consumo, se dicte una instrucción o informe aclaratorio en relación con el tema expuesto, en especial: Si el art. 2 de la Ordenanza Reguladora de las Condiciones Higiénico- Sanitarias y Técnicas de los Centros de Cuidado y Recreo Infantil no es aplicable a la vista del D.18/2008, y por lo tanto podemos admitir la estancia permanente y continuada de niños en centros todavía no autorizados e inclusive que todavía no hayan iniciado o no piensen registrarse y autorizarse en los Servicios educativos de la Comunidad de Madrid, y si en estas circunstancias sería admisible que los Servicios Sociales de los Distritos pagaran las plazas de algunos niños. En relación con los Centros de Ocio y Recreo Infantil, y el informe de Coordinación de fecha (inf0348) en donde se indica que la Dirección General de Turismo de la CM, estaba preparando un Reglamento General de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, en donde se definían los salones recreativos y los parques recreativos infantiles, quisiéramos preguntar si esta normativa está publicada y es de aplicación y si por el hecho de considerarlos afectados por el CEPARELI, las hojas de reclamaciones deberían ser proporcionadas por la Dirección General de Turismo de la CM. INFORME Vista la consulta formulada por el Departamento de Servicios Sanitarios, Calidad y Consumo del Distrito de Chamartín, se informa lo siguiente: En relación con la primera cuestión planteada: El 12 de marzo de 2008, se publicó el Decreto 18/2008, que establece los requisitos mínimos de los centros que imparten primer ciclo de Educación Infantil en el ámbito de la Comunidad de Madrid. Tal y como se expone en el del texto consulta, el mencionado Decreto indica en su artículo 1.3: Los Centros ubicados en la Comunidad de Madrid que acojan regularmente a niños menores de 3 años y que no impartan el primer ciclo de Educación Infantil, deberán cumplir la normativa municipal correspondiente o cualquier otra normativa que les sea de aplicación. CT Página 2 de 4
4 De este artículo parece deducirse, efectivamente, que podremos encontrarnos, además de los Centros de Cuidado y Recreo Infantil (que acogen niños de forma esporádica), las siguientes situaciones: - Centros que impartan primer ciclo de Educación Infantil (de 0 a 3 años) (denominados Escuelas Infantiles o Escuelas Infantiles privadas). - Centros que no impartiendo primer ciclo de Educación Infantil, acojan regularmente a niños menores de 3 años. Respecto al cumplimiento por parte de estos últimos Centros del artículo 2 de la Ordenanza Reguladora de las Condiciones Higiénico-Sanitarias y Técnicas de los Centros de Cuidado y Recreo Infantil que indica que: Los Centros que acojan de modo regular a niños de edades correspondientes a la educación infantil quedarán sometidos al principio de autorización administrativa.cumplirán, además, las condiciones higiénico y técnico-sanitarias contenidas en la Ordenanza, a excepción de lo dispuesto en la sección segunda, título II y artículos 23 y 24 del título V, se significa: - El principio de autorización administrativa está regulado por el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorización de los centros privados para impartir enseñanza de régimen general. En su artículo 1 se señala: La apertura y funcionamiento de los centros privados que impartan enseñanzas de régimen general, se someterán al principio de autorización administrativa. En la actualidad, la mencionada autorización administrativa, la concede, por haberse transferido la competencia, la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid. Los Centros que acojan a niños menores de 3 años regularmente, pero que no impartan primer ciclo de educación infantil, no estarían sometidos, según el Decreto 332/1992, al principio de autorización administrativa, por no impartir enseñanzas del régimen general del sistema educativo. - En relación con el cumplimiento de las condiciones técnico e higiénicosanitarias, todos los centros que acojan regularmente a niños menores de 3 años (impartan o no el primer ciclo de educación infantil) cumplirán lo dispuesto en la Ordenanza Reguladora de las Condiciones Higiénico- Sanitarias y Técnicas de los Centros de Cuidado y Recreo Infantil, a excepción de lo dispuesto en la sección segunda, título II y en los artículos 23 y 24 del título V. - Por lo que respecta al pago de plazas por parte de los Servicios Sociales del Distrito, se señala que deberán ser los citados Servicios quienes decidan y determinen el procedimiento de actuación. En referencia con el segundo punto y la publicación de un Reglamento General de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas por parte de la Dirección General CT Página 3 de 4
5 de Turismo de la Comunidad de Madrid, se informa que este Servicio de Coordinación de Sanidad y Consumo no tiene constancia de su publicación. Si el establecimiento estuviera calificado como Centro de Recreo Infantil y por tanto incluido de forma genérica en el Anexo I, apartado II del Decreto 184/1998, de 22 de octubre, por el que se aprueba el Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas, Establecimientos, Locales e Instalaciones (CEPARELI): Actividades recreativas varias, dirigidas al público en general, cuyo fin sea el esparcimiento, ocio, recreo y diversión del mismo, la actividad debería disponer de hojas de reclamaciones proporcionadas por la Consejería de Cultura y Turismo de la Comunidad de Madrid, al ser una actividad regulada por una normativa específica que incluye modelos propios de hojas de reclamaciones. CONCLUSIONES 1.- Los centros ubicados en la Comunidad de Madrid que acojan regularmente a niños menores de 3 años y que no impartan primer ciclo de Educación Infantil, no están sometidos al principio de autorización administrativa; no obstante han de cumplir lo dispuesto en la Ordenanza Reguladora de las Condiciones Higiénico-Sanitarias y Técnicas de los Centros de Cuidado y Recreo Infantil, a excepción de la sección segunda, título II y los artículos 23 y 24 del título V. 2.- Los centros que acogen regularmente a niños menores de 3 años y no impartan el primer ciclo de Educación Infantil en la actualidad no tienen regulación en lo relativo a dependencia obligatorias, personal o ratio de niños por cuidador, en tanto en cuanto no se modifique la vigente Ordenanza y se incluyan en su ámbito de aplicación los centros que acogen a los niños de forma regular junto con los de permanencia no regular. 3.- Tal y como establece la Disposición Transitoria Tercera del Decreto 18/2008, de 6 de marzo, los centros que estén impartiendo el primer ciclo de Educación Infantil, y por tanto que estén en funcionamiento disponen de un plazo que concluiría el 13 de marzo de 2011 para obtener la autorización administrativa autonómica. 4.- Los Centros de recreo infantil dispondrán de hojas de reclamaciones que deberán ser proporcionadas por la Consejería de Cultura y Turismo de la Comunidad de Madrid. CT Página 4 de 4
Subdirección General de Salud Pública
Subdirección General de Salud Pública Informe Informe: Número: Inf14095 Zonas destinadas al recreo infantil en establecimientos. Enseñanza no reglada a menores. Consideraciones para la aplicación del Libro
Más detallesDISPONE. Capítulo I Disposiciones de carácter general. Artículo 1. Ámbito de aplicación
DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS REQUISITOS MÍNIMOS DE LOS CENTROS QUE IMPARTEN PRIMER CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD DE MADRID. DECRETO 18/2008, de 6 de marzo, del Consejo
Más detallesCONSULTA TRIBUTOS REF CONSULTA NÚM (10/01/14) PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE. NORMATIVA APLICABLE Art. 50.Uno.9º Ley 4/2012
CONSULTA TRIBUTOS REF CONSULTA NÚM. 1625 (10/01/14) PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE CONCEPTO IMPOSITIVO Impuesto General Indirecto Canario DOMICILIO NORMATIVA APLICABLE Art. 50.Uno.9º Ley 4/2012 CUESTIÓN
Más detallesCobro por acceso a servicios higiénicos de uso público
Servicio de Coordinación de Sanidad y Consumo Consulta Distrito: Centro Identificador: CT-10-00264 Consulta: Cobro por acceso a servicios higiénicos de uso público 4.11.10 INFORME SOBRE CONSULTA DE COORDINACIÓN
Más detallesDECRETO 80/1998, de 14 de Mayo, por el que se regulan LAS CONDICIONES HIGIÉNICO- SANITARIAS DE PISCINAS DE USO COLECTIVO
DECRETO 80/1998, de 14 de Mayo, por el que se regulan LAS CONDICIONES HIGIÉNICO- SANITARIAS DE PISCINAS DE USO COLECTIVO (Actualizado a Enero / 2010) ÍNDICE DECRETO 80/1998, de 14 de mayo, por el que se
Más detallesCONDICIONES HIGIÉNICO- SANITARIAS DE LAS PISCINAS DE USO COLECTIVO
DECRETO por el que se regulan las CONDICIONES HIGIÉNICO- SANITARIAS DE LAS PISCINAS DE USO COLECTIVO (Actualizado a Agosto / 2007) Área de Normativa Técnica, Supervisión y Control Dirección General de
Más detallesLEGISLACIÓN CONSOLIDADA
GOBIERNO de CANTABRIA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE LEGISLACIÓN CONSOLIDADA Decreto 144/2007, de 31 de octubre, por el que se establecen los requisitos que deben cumplir los centros que impartan
Más detallesORDENO. Primero. Objeto
Orden de de de 2001 de la Conselleria de Cultura y Educación por la que se establecen los requisitos mínimos de los centros docentes de formación de personas adultas que impartan enseñanzas básicas. Con
Más detallesCONDICIONES HIGIÉNICO- SANITARIAS DE LAS PISCINAS DE USO COLECTIVO
DECRETO por el que se regulan las CONDICIONES HIGIÉNICO- SANITARIAS DE LAS PISCINAS DE USO COLECTIVO (Actualizado a Junio/2006) Consejo para la Promoción de la Accesibilidad y Supresión de Barreras Dirección
Más detallesAUTORIZACIONES ADMINISTRATIVAS AUTORIZACIONES ADMINISTRATIVAS.
AUTORIZACIONES ADMINISTRATIVAS. FABRICACIÓN, ALMACENAJE Y VENTA PRODUCTOS EXPLOSIVOS, CARTUCHERÍA Y PIROTÉCNICOS Real Decreto 230/1998, de 16 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de explosivos
Más detallesORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS
ORDENANZA FISCAL REGULADORA TASA POR APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS Artículo 1. Fundamento legal y naturaleza. 1. La presente ordenanza dictada al amparo del artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Más detallesANEXO VII. AUTORIZACIONES ADMINISTRATIVAS, DECLARACIONES RESPONSABLES Y COMUNICACIONES PREVIAS.
ANEO VII. AUTORIZACIONES ADMINISTRATIVAS, DECLARACIONES RESPONSABLES Y COMUNICACIONES PREVIAS. AUTORIZACIÓN / DECLARACIÓN RESPONSABLE / FABRICACIÓN, ALMACENAJE Y VENTA DE PRODUCTOS EPLOSIVOS, CARTUCHERÍA
Más detallesDICTAMEN 59/2012. (Pleno) FUNDAMENTOS
DICTAMEN 59/2012 (Pleno) La Laguna, a 1 de febrero de 2012. Dictamen solicitado por el Excmo. Sr. Presidente del Gobierno de Canarias en relación con el Proyecto de Decreto por el que se regulan los Centros
Más detallesConsejería de Sanidad. Dirección General de Salud Pública
PROYECTO DE ORDEN POR LA QUE SE REGULAN LAS CONDICIONES Y REQUISITOS PARA LA AUTORIZACIÓN SANITARIA DE FUNCIONAMIENTO DE LOS SERVICIOS SANITARIOS INTEGRADOS EN LOS CENTROS DE CARÁCTER SOCIAL PARA LA ATENCIÓN
Más detallesComunicación de piscinas de uso público
Consulta Consulta: Número: Inf16092 Comunicación de piscinas de uso público 26/09/16 I N F O R M E S O B R E C O N S U L T A FECHA: 26/09/16 Número: Inf16092 Asunto: Comunicación de piscinas de uso público
Más detalles3. Ot r a s disposiciones
Página 44127 I. Comunidad Autónoma 3. Ot r a s disposiciones Consejería de Educación, Formación y Empleo 14214 Resolución de 30 de junio de 2010 de la Dirección General de Centros, por la que se dictan
Más detallesPROYECTO DE REAL DECRETO DE CALENDARIO DE APLICACIÓN DE LA
PROYECTO DE REAL DECRETO DE CALENDARIO DE APLICACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN Capítulo I Disposiciones Generales Capítulo II Educación Infantil Capítulo III Educación Primaria Capítulo IV Educación
Más detallesCobro por la recogida de aparatos eléctricos y electrónicos
Servicio de Coordinación de Sanidad y Consumo Consulta Distrito: Chamartín Identificador: CT-10-00247 Consulta: Cobro por la recogida de aparatos eléctricos y electrónicos 18.05.10 INFORME SOBRE CONSULTA
Más detallesORDENANZA REGULADORA DE LOS LOCALES PÚBLICOS QUE PRESTAN SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES
ORDENANZA REGULADORA DE LOS LOCALES PÚBLICOS QUE PRESTAN SERVICIOS DE Fecha de aprobación Pleno: 16/12/2002 Fecha publicación BOP: 25/01/2003 Modificación BOP: 11/02/2006 ORDENANZA REGULADORA DE LOS LOCALES
Más detallesDOCUMENTO BORRADOR DE PLAN RELATIVO A: MODIFICACIÓN PUNTUAL NU/ DEL PGOU DE BENICÀSSIM APROBADO DEFINITIVAMENTE EL 28 DE JUNIO DE 1994.
Página 1 de 7 DEL PGOU DE BENICÀSSIM APROBADO DEFINITIVAMENTE EL 28 DE JUNIO DE 1994. Reconsideración de la expresión instalación musical en la regulación de los usos recreativos a la vista de la Ley 14/2010
Más detallesExcepcionalidad justificante. automática. Consulta CC Fecha 8 de julio de 2016 Varios Distritos
Excepcionalidad justificante en la venta automática Consulta CC 03 2016 Fecha 8 de julio de 2016 Varios Distritos CONTENIDO CONSULTA Con fecha 14 de marzo el Instituto Municipal de Consumo realizo la siguiente
Más detallesRESUMEN (26) HOSTELERÍA Cafetería Barcelona
RESUMEN (26) HOSTELERÍA Cafetería Barcelona Se presenta en la Secretaría del Consejo de Unidad de Mercado una reclamación contra la la Resolución de la Gerente del Distrito de Ciutat Vella del Ayuntamiento
Más detallesRECURSOS SANITARIOS. Total de centros sanitarios Públicos: 54 Privados: 3. Hospitales Públicos: 3 Privados: 2
RECURSOS SANITARIOS Total de centros sanitarios Públicos: 54 Privados: 3 Hospitales Públicos: 3 Privados: 2 Centros extrahospitalarios Centros de especialidades: 5 Centros de salud: 32 Consultorios urbanos:
Más detallesBoletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN
Pág. 3666 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN A. DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE SANIDAD DECRETO 2/2018, de 1 de febrero, por el que se modifican diversos Decretos en materia de ordenación sanitaria
Más detallesCONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
18164 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA ORDEN de 1 de agosto de 2012 por la que se desarrollan determinados aspectos del Decreto 91/2008, de 9 de mayo, por el que se establecen los requisitos de los centros
Más detallesPROYECTO DE ORDEN DE LA EXCMA. SRA.
Folio 1/7 La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (en adelante LOE), en su nueva redacción, recoge en el apartado 4 del artículo 116 que : Corresponde a las Comunidades Autónomas dictar las
Más detallesA LA CONSEJERÍA DE SALUD
INFORME CPCUA Nº5/2016 A LA CONSEJERÍA DE SALUD Sevilla a, 15 de febrero de 2016 INFORME DEL CONSEJO DE LAS PERSONAS CONSUMIDORAS Y USUARIAS DE ANDALUCÍA AL PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL
Más detallesAutorizaciones de Centros Sanitarios Preguntas más frecuentes
Autorizaciones de Centros Sanitarios Preguntas más frecuentes 1.- Como puedo saber si un centro sanitario está autorizado por la Comunidad de Madrid. Puede consultarlo en la web del Registro de Centros
Más detallesTASA POR LICENCIA DE A P E R T U R A E S T AB L E C I M I E N T O S. Ordenanza fiscal nº 12
TASA POR LICENCIA DE A P E R T U R A D E E S T AB L E C I M I E N T O S Ordenanza fiscal nº 12 1 AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA (MADRID) Ordenanza Fiscal nº 12 Articulo 1 TASA POR LICENCIA DE APERTURA DE
Más detalles2.- En educación infantil, educación primaria y educación especial se tendrá en cuenta lo siguiente:
RESOLUCIÓN DE 26 DE MAYO DE 2011 DE LA DELEGACIÓN PROVINCIAL DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA EN MÁLAGA POR LA QUE SE DICTAN LAS NORMAS QUE HAN DE REGIR EL CALENDARIO ESCOLAR PARA
Más detalles1. El curso escolar 2011/2012 se iniciará el día 1 de septiembre de 2011 y finalizará el día 30 de junio de 2012.
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Delegación Provincial de Jaén RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN PROVINCIAL DE EDUCACIÓN DE JAÉN, POR LA QUE SE APRUEBAN EL CALENDARIO Y LA JORNADA ESCOLAR EN LOS CENTROS DOCENTES NO UNIVERSITARIOS
Más detallesPROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE MODIFICAN DIVERSOS DECRETOS EN MATERIA DE ORDENACIÓN SANITARIA PARA LA REDUCCIÓN DE CARGAS ADMINISTRATIVAS.
PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE MODIFICAN DIVERSOS DECRETOS EN MATERIA DE ORDENACIÓN SANITARIA PARA LA REDUCCIÓN DE CARGAS ADMINISTRATIVAS. La aplicación de medios electrónicos a la gestión procedimental,
Más detallesNORMAS GENERALES. Ley 3/1998, de 21 de Mayo, de la Generalitat Valenciana, de Turismo de la Comunidad Valenciana. (DOGV de 22 de Mayo de 1998)
NORMAS GENERALES 1. LEY DE TURISMO Ley 3/1998, de 21 de Mayo, de la Generalitat Valenciana, de Turismo de la Comunidad Valenciana. (DOGV de 22 de Mayo de 1998) Decreto 71/2000, de 22 de Mayo, del Gobierno
Más detallesBOE, BOJA, DOE, BOP Sevilla, BOP Huelva y BOP Córdoba octubre de 2016.
En las páginas siguientes se recogen las novedades normativas publicadas en los Boletines Oficiales BOE, BOJA, DOE, BOP Sevilla, BOP Huelva y BOP Córdoba, siempre que en los mencionados boletines aparezcan
Más detallesPLAN ANUAL NORMATIVO JCCM AÑO 2018:
PLAN ANUAL NORMATIVO JCCM AÑO 2018: INICIATIVAS LEGALES: Consejería de Agricultura Medio Ambiente y Desarrollo Rural: Proyecto de Ley de Desarrollo Rural Territorial de Proyecto de Ley de Economía Circular
Más detallesCONSEJERIA DE GOBERNACION
Página núm. 6.034 BOJA núm. 55 g) Conjuntamente por las Consejerías de Salud y la de EducaciónyCiencia, la prevista en el artículo 8.3.b). h) Por la Consejería de Cultura las previstas en la Sección 3.ª
Más detallesIII. ADMINISTRACIÓN LOCAL
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO RÉGIMEN ECONÓMICO Transcurrido el plazo de exposición pública del acuerdo provisional de la aprobación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa de recogida domiciliaria
Más detalles- Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de Madrid de 1997, (en adelante NN.UU).
Ref: c.u.a. 18/2011 ASUNTO: CONSULTA URBANÍSTICA QUE PLANTEA LA AGENCIA DE GESTIÓN DE LICENCIAS DE ACTIVIDADES SOBRE LA POSIBLE UBICACIÓN DE AULAS PARA NIÑOS MENORES DE 0 A 3AÑOS EN LA ENTREPLANTA DE UN
Más detallesRECURSOS SANITARIOS. Total de centros sanitarios Públicos: 35 Privados: 5. Hospitales Públicos: 3 Privados: 5
RECURSOS SANITARIOS Total de centros sanitarios Públicos: 35 Privados: 5 Hospitales Públicos: 3 Privados: 5 Centros extrahospitalarios Centros de especialidades: 2 Centros de salud: 14 Consultorios urbanos:
Más detallesPrimera. Determinación de planes educativos en los centros y secciones de Educación Permanente.
INSTRUCCIONES DE 24 DE MAYO DE 2017, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL Y EDUCACIÓN PERMANENTE, SOBRE EL PROCESO DE ESCOLARIZACIÓN EN LAS ENSEÑANZAS DESTINADAS A PERSONAS ADULTAS:
Más detallesprecios públicos que se establezcan, para los casos en que el Sistema Sanitario Público de Extremadura tenga derecho al reembolso de los gastos
PROYECTO DE DECRETO POR ELQUE SE ESTABLECEN Y REGULAN LOS PRECIOS PÚBLICOS CORRESPONDIENTES A LOS SERVICIOS SANITARIOS PRESTADOS EN LOS CENTROS DEPENDIENTES DEL SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD. El Real Decreto
Más detallesConsejería de Educación y Cultura
Página 16753 S C Consejería de Educación y Cultura O F S U C 11605 Orden de 20 de noviembre de 2002, por la que se modifican las Órdenes de 16 de septiembre de 2002, de la Consejería de Educación y Cultura,
Más detallesORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR PRESTACION DE SERVICIOS POR ACTIVIDADES E INSTALACIONES Y APERTURA Y ESTABLECIMIENTOS DE LOCALES, 2016
1 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR PRESTACION DE SERVICIOS POR ACTIVIDADES E INSTALACIONES Y APERTURA Y ESTABLECIMIENTOS DE LOCALES, 2016 ARTÍCULO 1: HECHO IMPONIBLE Constituye el hecho imponible
Más detallesBOE, BOJA, DOE, BOP Sevilla, BOP Córdoba y BOP Huelva agosto de 2018.
En las páginas siguientes se recogen las novedades normativas publicadas en los Boletines Oficiales BOE, BOJA, DOE, BOP Sevilla, BOP Córdoba y BOP Huelva, siempre que en los mencionados boletines aparezcan
Más detallesRECURSOS SANITARIOS. Total de centros sanitarios Públicos: 33 Privados: 1. Hospitales Públicos: 1 Privados: 1
RECURSOS SANITARIOS Total de centros sanitarios Públicos: 33 Privados: 1 Hospitales Públicos: 1 Privados: 1 Centros extrahospitalarios: Centros de especialidades: 2 Centros de salud: 14 Consultorios urbanos:
Más detallesI N S T R U C C I O N E S.
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Delegación Territorial en Granada RESOLUCIÓN DE 17 DE MAYO DE 2017 DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE EDUCACIÓN EN GRANADA, POR LA QUE SE APRUEBA EL CALENDARIO ESCOLAR PROVINCIAL PARA
Más detallesGarantía en la venta de animales domésticos
Servicio de Coordinación de Sanidad y Consumo Consulta Distrito: Carabanchel Identificador: CT-11-00301 Consulta: Garantía en la venta de animales domésticos 12.05.11 INFORME SOBRE CONSULTA DE COORDINACIÓN
Más detallesArtículo 1. Principios generales.
ORDENANZA REGULADORA DE LA DISTANCIA Y LOCALIZACION DE ESTABLECIMIENTOS DESTINADOS A LA VENTA Y CONSUMO INMEDIATO DE BEBIDAS ALCOHOLICAS EN EL MUNICIPIO DE LEON, PARA CONTRIBUIR A LA REDUCCION DE SU ABUSO.-
Más detallesInstrucción 3/2011 de la Coordinadora General de Urbanismo relativa a los criterios aplicables para la exigencia de servicios higiénicos en locales
Instrucciones Instrucción 3/2011 de la Coordinadora General de Urbanismo relativa a los criterios aplicables para la exigencia de servicios higiénicos en locales Marginal: ANM 2011\23 Tipo de Disposición:
Más detallesCAPÍTULO I Disposiciones generales
REAL DECRETO 806/2006, DE 30 DE JUNIO, POR EL QUE SE ESTABLECE EL CALENDARIO DE APLICACIÓN DE LA NUEVA ORDENACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO, ESTABLECIDA POR LA LEY ORGÁNICA 2/2006, DE 3-5-2006, DE EDUCACIÓN.
Más detallesDISPONGO. 1. Tipo y finalidad asistencial del centro sanitario de acuerdo con la Resolución de autorización.
ORDEN POR LA QUE SE REGULA LA EXHIBICIÓN DEL DOCUMENTO ACREDITATIVO DE LA AUTORIZACIÓN DEFINITIVA Y DE LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO EN LOS CENTROS, SERVICIOS Y ESTABLECIMIENTOS SANITARIOS DE LA COMUNIDAD
Más detallesConsejería de Educación 1691 ORDEN 1917/2004, de 24 de mayo, de la Consejería de
B.O.C.M. Núm. 124 MIÉRCOLES 26 DE MAYO DE 2004 Pág. 5 Consejería de Educación 1691 ORDEN 1917/2004, de 24 de mayo, de la Consejería de Educación, por la que se autoriza la implantación de enseñanzas de
Más detallesORDENANZA Nº 404 TASA POR OCUPACION DE TERRENOS DE USO PUBLICO POR MESAS Y SILLAS CON FINALIDAD LUCRATIVA
ORDENANZA Nº 404 TASA POR OCUPACION DE TERRENOS DE USO PUBLICO POR MESAS Y SILLAS CON FINALIDAD LUCRATIVA En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el artículo
Más detallesBOE, BOJA, DOE, BOP Sevilla y BOP Córdoba febrero de 2018.
En las páginas siguientes se recogen las novedades normativas publicadas en los Boletines Oficiales BOE, BOJA, DOE, BOP Sevilla y BOP Córdoba, siempre que en los mencionados boletines aparezcan disposiciones,
Más detalles2.- En educación infantil, educación primaria y educación especial se tendrá en cuenta lo siguiente:
RESOLUCIÓN DE 30 DE MAYO DE 2012 DE LA DELEGACIÓN PROVINCIAL DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA EN MÁLAGA POR LA QUE SE DICTAN LAS NORMAS QUE HAN DE REGIR EL CALENDARIO ESCOLAR PARA
Más detallesAutonómica. Cataluña ESPECTÁCULOS PÚBLICOS
Autonómica Cataluña ESPECTÁCULOS PÚBLICOS Decreto 112/2010, de 31 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de espectáculos públicos y actividades recreativas. Publicación DOGC 7 de septiembre de
Más detallesORDENANZA FISCAL NÚMERO 2-04
ORDENANZA FISCAL NÚMERO 2-04 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LICENCIA DE ACTIVIDAD, AUTORIZACIÓN PREVIA Y POR LA ACTUACIÓN MUNICIPAL DE CONTROL POSTERIOR AL INICIO DE LA ACTIVIDAD DE ESTABLECIMIENTOS
Más detallesSEMINARIO TÉCNICO SOBRE CONTROL Y MANTENIMIENTO EN PISCINAS PÚBLICAS MUNICIPALES. Introducción y Marco Normativo
SEMINARIO TÉCNICO SOBRE CONTROL Y MANTENIMIENTO EN PISCINAS PÚBLICAS MUNICIPALES Introducción y Marco Normativo Cuál es la legislación aplicable a las piscinas en España? La normativa estatal vigente-
Más detallesBoletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN
Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 14 Jueves, 22 de enero de 2015 Pág. 4993 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN A. DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN ORDEN EDU/13/2015, de 13 de enero, por
Más detallesLEGISLACIÓN CONSOLIDADA ÍNDICE
Real Decreto 806/2006, de 30 de junio, por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, establecida por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Más detallesd) La finalización del régimen ordinario de clase será el 22 de junio de 2018.
RESOLUCIÓN DE 4 DE MAYO DE 2017 DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA EN MÁLAGA POR LA QUE SE DICTAN LAS NORMAS QUE HAN DE REGIR EL CALENDARIO ESCOLAR PARA
Más detallesINFORME UCSP Nº: 2011/0086
MINISTERIO DE LA POLICÍA CUERPO NACIONAL DE POLICÍA COMISARÍA GENERAL DE SEGURIDAD CIUDADANA INFORME UCSP Nº: 2011/0086 FECHA 24/08/2011 ASUNTO Autorización de apertura y medidas de seguridad exigibles
Más detallesORDENANZA LOCAL SOBRE ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS DEDICADOS A LA PROSTITUCIÓN
CAPITULO I.- Preliminar ORDENANZA LOCAL SOBRE ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS DEDICADOS A LA PROSTITUCIÓN Aprobada Definitivamente por Acuerdo Plenario 12.05.99. B.O.B.: 4.06.99 Corrección errores B.O.B.: 11.06.99
Más detalles- Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de Madrid de 1997.
Ref: c.u. 03/2011 ASUNTO: Consulta urbanística que plantea el Distrito de San Blas sobre la posibilidad de implantar un uso terciario recreativo en una edificación de uso cualificado industrial Con fecha
Más detallesORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR OTORGAMIENTO DE LICENCIAS Y REALIZACIÓN DE ACTUACIONES URBANISTICAS
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR OTORGAMIENTO DE LICENCIAS Y REALIZACIÓN DE ACTUACIONES URBANISTICAS I. FUNDAMENTO LEGAL Y NATURALEZA DE LA TASA Artículo 1. FUNDAMENTO Y NATURALEZA La presente
Más detalles12687 REAL DECRETO 806/2006, de 30 de junio, por
26488 Viernes 14 julio 2006 BOE núm. 167 promover la equidad del sistema. Con la misma finalidad, el calendario incluye un razonable margen de flexibilidad para que las Administraciones educativas anticipen
Más detallesAutonómica. Illes Balears TRANSPORTES. Ley 4/2014, de 20 de junio, de transportes terrestres y movilidad sostenible de las Illes Balears.
Autonómica Illes Balears TRANSPORTES Ley 4/2014, de 20 de junio, de transportes terrestres y movilidad sostenible de las Illes Balears. Publicación BOIB 28 de junio de 2014. Entrada en vigor Al día siguiente
Más detallesAUTONOMÍA DE LOS CENTROS EDUCATIVOS EN LA ORGANIZACIÓN DE LOS PLANES DE ESTUDIO DE EDUCACIÓN PRIMARIA.
Madrid, a 14 de enero de 2015. A los Representantes de las Entidades Titulares y Directores/as Administradores de las ESCUELAS CATÓLICAS DE MADRID. Dpto. Jurídico Ordenación Académica (EC.:07242) AUTONOMÍA
Más detallesAvenida de la Aurora, 47. Edificio Servicios Múltiples Málaga. Teléfono Fax
RESOLUCIÓN DE 24 DE MAYO DE 2018 DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE LA CONSE- JERÍA DE EDUCACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA EN MÁLAGA POR LA QUE SE DICTAN LAS NORMAS QUE HAN DE REGIR EL CALENDARIO ESCOLAR PARA
Más detallesMÁLAGA, CURSO ESCOLAR
MÁLAGA, CURSO ESCOLAR 2018-2019 SEPTIEMBRE 2018 OCTUBRE 2018 10.- Comienzo clases Primaria 17.- Comienzo clases resto enseñanzas 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 1 2 3 4 5 6
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID I. COMUNIDAD DE MADRID. C) Otras Disposiciones. Consejería de Educación
Pág. 107 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Educación 19 ORDEN 4604/2010, de 30 de agosto, por la que se autoriza la implantación y supresión de enseñanzas en varios institutos
Más detallesFundamentos de Derecho
DECRETO Nº. 322/2015 DECRETO Antecedentes de Hecho 1º.- Con fecha 21 de julio de 2014 se dictó el Decreto de Alcaldía Presidencia 1.074/2014, por el que se procedía a la reorganización administrativa de
Más detallesTabla de Valoración. Expedientes de licencias de apertura de actividades calificadas. Procedencia (Unidad Productora) Normativa específica aplicable
Tabla de Valoración Código Procedencia (Unidad Productora) Organismo Unidad Fecha inicial Fecha final Ayuntamiento Secretaría/Urbanismo 1961 Normativa específica aplicable Tipo Rango Disposición Fecha
Más detallesDECRETO 65/2013, DE 1 DE AGOSTO, POR EL QUE SE REGULAN LAS HOSTERÍAS (HOSTELS) DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
DECRETO 65/2013, DE 1 DE AGOSTO, POR EL QUE SE REGULAN LAS HOSTERÍAS (HOSTELS) DE LA COMUNIDAD DE MADRID. DECRETO 65/2013, de 1 de agosto, por el que se regulan las hosterías (hostels) de la Comunidad
Más detallesArtículo 1º. Naturaleza y Hecho Imponible.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS CON MOTIVO DE LA APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS PARA EL EJERCICIO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS. En uso se las facultades
Más detallesSubdirección General. Consulta:
Subdirección General de Salud Pública Consulta Consulta: Número: Inf14077 Dotación de servicios higiénicos de uso público en establecimientos del comercio minorista de la alimentación con superficie de
Más detallesINSTRUCCIONES. Primera. Objeto y ámbito de aplicación
INSTRUCCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN SECUNDARIA Y ENSEÑANZAS PROFESIONALES, POR LAS QUE SE REGULA LA ORGANIZACIÓN E IMPARTICIÓN CON CARÁCTER EXPERIMENTAL DE CURSOS INTEGRADOS DE IDIOMAS DE
Más detalles1. Disposiciones generales
31 de octubre 2012 Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Núm. 214 página 1. Disposiciones generales Consejería de Justicia e Interior Resolución de 17 de septiembre de 2012, de la Dirección General
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA
REAL DECRETO /2011, POR EL QUE SE MODIFICA EL REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR DE LAS INFRACCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES ESTABLECIDAS EN LA LEY 12/1989, DE 9 DE MAYO,
Más detallesCAPÍTULO I Disposiciones generales
REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE EL CALENDARIO DE APLICACIÓN DE LA NUEVA ORDENACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO, ESTABLECIDA POR LA LEY ORGÁNICA 2/2006, DE 3 DE MAYO, DE EDUCACIÓN La Ley Orgánica 2/2006,
Más detallesDecreto 75/2002, de 30 mayo Regula la información turística en la Comunidad Autónoma de Castilla y León y la Red de oficinas de Turismo
Decreto 75/2002, de 30 mayo 2002. Regula la información turística en la Comunidad Autónoma de Castilla y León y la Red de oficinas de Turismo BO. Castilla y León 5 junio 2002, núm. 107/2002 [pág. 7470]
Más detallesORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR EL OTORGAMIENTO DE LA LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTO DEL AYUNTAMIENTO DE MOTILLA DEL PALANCAR
ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR EL OTORGAMIENTO DE LA LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTO DEL AYUNTAMIENTO DE MOTILLA DEL PALANCAR ÍNDICE DE ARTÍCULOS ARTÍCULO 1: FUNDAMENTO Y NATURALEZA ARTÍCULO
Más detallesRD 1826/2009 Modificaciones Reglamento Instalación Térmica en los Edificios (RITE)
I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA Real Decreto 1826/2009, de 27 de noviembre, por el que se modifica el Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios, aprobado por Real Decreto
Más detallesCaso: desde un IESOs se indica que en ellos no existen departamentos.
Caso: desde un IESOs se indica que en ellos no existen departamentos. Pregunta: a la hora de dar al profesorado la carga lectiva en los cursos correspondientes, es el director quien lo decide? Con qué
Más detalles303. TASA POR LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS
303. TASA POR LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS FUNDAMENTO Y NATURALEZA Artículo 1.- En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y el 106 de la Ley 7/1985,
Más detallesCALENDARIO ESCOLAR CURSO 2017/2018 CALENDARIO
RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE EDUCACIÓN DE CÁDIZ, POR LA QUE SE APRUEBA EL CALENDARIO Y LA JORNADA ESCOLAR EN LOS CENTROS NO UNIVERSITARIOS PARA EL CURSO ACADÉMICO 2017/2018 CALENDARIO ESCOLAR
Más detallesDELEGACIÓN TERRITORIAL DE EDUCACIÓN DE SEVILLA
RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN EN SEVILLA POR LA QUE SE DICTAN LAS NORMAS QUE HAN DE REGIR EL CALENDARIO ESCOLAR PARA EL CURSO 2017/2018 EN TODOS LOS CENTROS DOCENTES,
Más detallesVenta de pizzas como actividad de comercio minorista de alimentación Consulta de fecha 24/05/2011 actualizada el 12/01/18
Subdirección General Salud Pública Consulta Número: Cons11022 Venta de pizzas como actividad de comercio minorista de alimentación Consulta de fecha 24/05/2011 actualizada el 12/01/18 INFORME SOBRE CONSULTA
Más detallesD I S P O N G O: CAPÍTULO I Disposiciones generales
REAL DECRETO 827/2OO3, de 27 de junio, por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, establecida por la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de
Más detallesA LA CONSEJERÍA DE GOBERNACIÓN. Sevilla a 26 de enero de 2007
A LA CONSEJERÍA DE GOBERNACIÓN Sevilla a 26 de enero de 2007 INFORME 1/2007 DEL CONSEJO DE LOS CONSUMIDORES Y USUARIOS DE ANDALUCÍA AL PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE MODIFICAN DIVERSOS ARTICULOS DEL
Más detallesCALENDARIO ESCOLAR, CURSO 2017/2018
CALENDARIO ESCOLAR, CURSO 2017/2018 Septiembre 2017 Octubre 2017 1. Inicio de curso L M X J V S D L M X J V S D 11. Inicio días lectivos Ed. Infantil, 1 2 3 1 Ed. Primaria, Ed. Especial 4 5 6 7 8 9 10
Más detallesI. Comunidad Autónoma
Página 26440 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Educación, Formación y Empleo 9046 Resolución de la Dirección General de Centros de 20 de mayo de 2011, por la que se establece el
Más detallesDirección General de Control de la Edificación Comisión Técnica Seguimiento e Interpretación OMTLU Secretaria Permanente
Ref: cua 40-12 ASUNTO: Consulta urbanística que plantea la Agencia de Gestión de Licencias de Actividades sobre la necesidad de dotar de plazas de aparcamiento en un cambio de actividad en un ámbito afectado
Más detallesAyuntamiento de Madrid Secretaría General
Asunto: Solicitud de homologación de un Carrito de perritos calientes para su instalación en la vía pública. 1.- OBJETO DEL INFORME Por la Concejal Delegada del Área de Obras e Infraestructuras, se remite
Más detalles