DOCUMENTO APROBACION DEFINITIVA TEXTO REFUNDIDO (EHLAB-COTPV) AFECCIONES AL PLANEAMIENTO MUNICIPAL
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- Gregorio Ortíz de la Cruz
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1 DOCUMENTO APROBACION DEFINITIVA TEXTO REFUNDIDO (EHLAB-COTPV) AFECCIONES AL PLANEAMIENTO MUNICIPAL NOVIEMBRE
2 PLAN TERRITORIAL PARCIAL DEL BILBAO METROPOLITANO AFECCIONES AL PLANEAMIENTO MUNICIPAL NOVIEMBRE 2006
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4 INDICE 1 INTRODUCCIÓN Afecciones de carácter general para el conjunto de municipios Medio Físico Malla verde Criterios y políticas de ordenación Oferta residencial Actividades económicas Infraestructuras Compatibilización de planeamientos Afecciones de carácter particular para cada municipio Abanto-Zierbena Alonsotegi Arrankudiaga Arrigorriaga Barakaldo Barrika Basauri Berango Bilbao Derio Erandio Etxebarri Galdakao Getxo Gorliz Larrabetzu Leioa Lemoiz Lezama Loiu Muskiz Ortuella Plentzia Portugalete Santurtzi Sestao Sondika Sopelana Trapagaran Ugao-Miraballes Urduliz Zamudio Zaratamo Zeberio Zierbena... 65
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6 1 INTRODUCCIÓN. El presente documento de Afecciones al Planeamiento municipal integrante del Plan Territorial Parcial de Bilbao Metropolitano se redacta en cumplimiento del mandato establecido en el punto 3 de la Disposición Final Segunda del Decreto 28/1997, de 11 de febrero, por el que se aprueban las Directrices de Ordenación del Territorio. A efectos del adecuado desarrollo del Documento de Afecciones, conviene señalar que teniendo en cuenta el expreso mandato de las D.O.T. indicado anteriormente, en el mismo se deben recoger los puntos concretos, si fuera el caso, en los que se modifica al planeamiento de cada uno de los municipios afectados. Asimismo, de acuerdo con lo establecido en las Normas de Aplicación de las Directrices de Ordenación del Territorio, dicho documento contendrá las afecciones para cada uno de los municipios implicados. Se tratará de recoger de forma sistemática y resumida lo que a lo largo de los documentos que integran el Plan Territorial Parcial se han denominado determinaciones vinculantes y normativas, afectando por tanto, al planeamiento municipal y sectorial, por lo que el presente documento no aporta ni elimina determinaciones no contempladas en el resto de documentos del Plan Territorial Parcial. Por ello, en caso de error u omisión, ha de remitirse a los mismos. 1
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8 2 2.1 AFECCIONES DE CARÁCTER GENERAL PARA EL CONJUNTO DE MUNICIPIOS A continuación se resumen las principales determinaciones que tienen un alcance general para la totalidad de los municipios, entendiéndose que serán el conjunto de los documentos que componen el PTP, las directrices de referencia a considerar, a las cuales deberá adaptarse el planeamiento municipal Medio Físico El PTP establece para aquellos espacios no clasificados por el planeamiento vigente como urbano, urbanizable, núcleo rural o reserva para infraestructuras, ni ocupados por las propuestas del propio PTP una serie de categorías de ordenación en función de su valor natural, y usos vocacionales. Entre las categorías definidas se establece una distinción o grado de protección en virtud del valor natural. Así se recogen categorías de Especial Protección, Protección de Aguas Superficiales y otras de Protección del Medio Rural: o Especial protección: Bosques de especies autóctonas o asimilados. Áreas protegidas de los Espacios Naturales protegidos. Lugares de Importancia Comunitaria (LICs). Áreas de Interés Naturalístico. Áreas de protección de Humedales. Áreas de protección de Litoral. El planeamiento municipal calificará este suelo como suelo no urbanizable de especial protección definiendo las subcategorías aquí señaladas. La delimitación de esta categoría se identifica en el plano O.1 Ordenación del Medio Físico. La delimitación y normas de ordenación de estas áreas de especial protección se concretan en los artículos 17 a 23 de la Normativa del PTP. 3
9 o Protección de aguas superficiales El planeamiento municipal incorporará esta categoría, siendo su ordenación y régimen de intervención los establecidos en la legislación sectorial aplicable y los correspondientes planes sectoriales en vigor, tal y como se señala en el artículo 24 de la Normativa. o Protección del medio rural Forestal. Agroganadera y campiña. El planeamiento municipal delimitará estas categorías y las subcategorías que considere oportunas, de acuerdo con lo que al respecto determine la planificación sectorial, y desarrollará los correspondientes regímenes de intervención, respetando las determinaciones del régimen básico de protección establecido en el PTP, tal y como se indica en los artículos 25 a 28 de la Normativa. El PTP establece los siguientes condicionantes superpuestos, limitando la forma en que se pueden desarrollar determinadas actividades según el tipo de riesgo que se presente en cada caso y en atención a los criterios específicos de protección. Estos condicionantes son los siguientes: Áreas vulnerables a la contaminación de acuíferos Áreas erosionables y con riesgos de erosión Áreas inundables Áreas de interés cultural Estas áreas se reflejan en el Plano O.1 Ordenación del Medio Físico. La concreción de su delimitación y su regulación se realizará según lo dispuesto en los artículos 29 a 33 de la Normativa. Los componentes notables del medio natural delimitan o señalan con carácter abierto puntos de interés de elevado valor ambiental, naturalístico y ecológico, o de importante relevancia de temática especifica y que se integran dentro desde su singularidad en el patrimonio natural del Área Funcional. Se dividen en dos grupos: Puntos de interés florístico y faunístico Puntos de interés geológico. Su localización se identifica en el Plano O.1 Ordenación del Medio Físico y su regulación se efectúa en los artículos 34 a 36 de la Normativa. El planeamiento municipal deberá, en su caso, delimitar y regular estos componentes de acuerdo con lo indicado en la Normativa del PTP. 4
10 2.1.2 Malla verde La malla verde se define como un sistema integrado de acercamiento al territorio que se compone de elementos superficiales, lineales y puntuales: Los ámbitos de la propuesta de la malla verde se identifican en el plano O.3 Malla Verde. Su delimitación y regulación se concreta en los artículos 37 a 43 de la Normativa del PTP Criterios y políticas de ordenación Las propuestas, tanto residenciales como de actividades económicas, que realiza el PTP se establecen a través de los modos de intervención que se señalan en el artículo 46 de la Normativa. Su regulación específica se concreta en los artículos 47 a 57 de la Normativa del PTP. Los modos de intervención que afectan concretamente a cada uno de los ámbitos quedan reflejados en los Planos de la Serie O.4 Modelo Territorial Oferta residencial El planeamiento municipal establecerá la cuantificación de acuerdo a lo indicado en los artículos 60 a 63 de la Normativa. La caracterización de la oferta residencial deberá respetar lo establecido en la Normativa. Las densidades previstas para cada zona así como las tipologías edificatorias, deberán ajustarse a las determinaciones de los artículos 65 y 66, debiendo tenerse en cuenta la reserva de una superficie destinada a equipamientos y actividades económicas complementarias, definidas en el artículo 56, de aproximadamente, un 15% del aprovechamiento del área para los niveles de densidad media y alta. El planeamiento general municipal deberá calificar suelo destinado a la construcción de viviendas de protección oficial o, en su caso, de protección pública, en la cuantía y en las condiciones que disponga la legislación vigente encargada de establecer y regular estos estándares. 5
11 2.1.5 Actividades económicas La clasificación del suelo de actividades económicas y su régimen de intervención son los establecidos en los artículos 70 y 76 de la Normativa. En el sector primario, con el objetivo de fomentar el mantenimiento de la actividad agraria entre otras medidas, se consideran como municipios de desarrollo agrario preferente los municipios de Lezama, Zamudio, Loiu, Urduliz, Lemoiz, Larrabetzu, Zaberio y Arrankudiaga. Por otro lado, se propugna realizar previsiones en los instrumentos de planeamiento general en relación a los ámbitos de Nuevos Desarrollos en orden a la posibilidad de reposición de las explotaciones agrarias que se vean afectadas por los mismos. Respecto a la cuantificación de la oferta de suelo para nuevas actividades económicas, las corporaciones locales integradas en el Área Funcional deberán adaptar sus instrumentos de planeamiento general según lo dispuesto en los artículos 72 y 73 de la Normativa, así como, los anexos X y XI de la misma. En cuanto a los modos de intervención específicos de actividades económicas, los Nuevos Desarrollos se regulan según lo dispuesto en el apartado a) del artículo 75 de la Normativa, mientras que para las actuaciones en ámbitos urbanos, es decir, la Regeneración y Renovación deberán tenerse en cuenta los criterios que se señalan en el apartado b) del artículo 75 de la Normativa. Por otro lado, en el suelo de actividades económicas se tendrán en cuenta los criterios establecidos en el artículo 74 de la Normativa Infraestructuras El sistema de infraestructuras, conforme a la Normativa mantiene el siguiente esquema: a) Infraestructuras de Transporte Red Viaria Red Ferroviaria Red Alternativa de Infraestructuras Viarias Otras propuestas en materia de Infraestructuras de Transportes: Las Grandes Infraestructuras Los Puntos de Intermodalidad b) Infraestructuras Logísticas c) Infraestructuras de Servicios Abastecimiento de agua 6
12 Saneamiento Residuos Energía Obras Hidráulicas d) Infraestructuras de Equipamiento Culturales, Deportivas y de Ocio. a) Infraestructuras de Transporte Red Viaria La funcionalidad, tipología, relación con el territorio y relación con los flujos de transporte de cada uno de los viarios de la red definida por el Plan Territorial Parcial se refleja en el Cuadro contenido en el Anexo XI Características de las Infraestructuras de la Red Viaria de las presentes Normas. El grado de vinculación de las infraestructuras de la Red Viaria contenida en el Ámbito de Armonización de la Ordenación del Entorno de la Ría y de las propuestas propias del PTP grafiadas en el plano O.2.1., ha sido determinado en las correspondientes fichas individualizadas de las Acciones Estructurantes del Anexo II Operaciones Estratégicas y Acciones Estructurantes. El resto de las infraestructuras grafiadas en el plano O.2.1.están reguladas en el artículo Red Ferroviaria El esquema y/o trazado de la infraestructura de la Red Ferroviaria está recogida en el plano O.2.2. Infraestructuras ferroviarias y su regulación en el artículo 82 En concreto, el grado de vinculación del esquema y/o trazado recogido en el plano O.2.2. correspondiente al transporte de viajeros, se define en las fichas individualizadas de las Acciones Estructurantes números A.E.14 y de la A.E.16 a A.E.18 y el correspondiente al transporte de mercancías, en la ficha individualizada de la Acciones Estructurantes A.E.13. Red Alternativa de Infraestructuras Viarias Las propuestas realizadas en este Plan Territorial Parcial están reflejadas en la ficha individualizada de la Acciones Estructurantes A.E.23 y su regulación en el artículo 83. 7
13 Las Grandes Infraestructuras Las Propuestas del Plan Territorial Parcial con relación a la infraestructura portuaria y su entorno identificadas en los Planos de la Serie O.4 Modelo Territorial, se resumen en el apartado 2 del artículo 85. Las Propuestas del Plan Territorial Parcial con relación a las infraestructuras aeroportuarias y su entorno, que se identifican en los Planos de la Serie O.4 Modelo Territorial, se concretan en el apartado 2 del artículo 86. Los condicionantes provenientes de la Normativa sectorial aeroportuaria se recogen en el artículo 87. Los Puntos de Intermodalidad La relación de los Puntos de Intermodalidad definidos por el Plan Territorial Parcial, identificados en el Plano O.2.3 Red alternativa de infraestructuras viales, se contiene en el Anexo XIII Puntos de Intermodalidad de las Normas y su regulación en el artículo 88. b) Infraestructuras Logísticas La definición de las propuestas, se refleja en las fichas individualizadas de Operaciones Estratégicas números O.E.10, O.E.11, O.E.13 y O.E.18. c) Infraestructuras de Servicios Abastecimiento de Agua El PTP, con carácter vinculante, prevé una dotación necesaria de 350 litros por habitante y día. Residuos y Suelos contaminados Se promoverá la reutilización, el reciclaje y el aprovechamiento energético de los residuos proporcionando contenedores diferenciados para cada tipo de residuo en todos los municipios y una distribución eficaz y suficiente, a nivel municipal o de forma mancomunada, de centros de recogida selectiva de residuos domésticos y similares (Garbigunes), con el objeto de facilitar al ciudadano la tarea de separación de residuos. Se establecerán espacios de recogida selectiva en los polígonos industriales y comerciales, con áreas para instalación de contenedores de residuos asimilables a urbanos, tal y como establece el artículo 74 de la Normativa en relación con el suelo de actividades económicas. El planeamiento municipal deberá tener en cuenta la variable de la calidad de suelo, abordando genéricamente esta problemática y específicamente a la hora de definir las operaciones de regeneración renovación de áreas industriales obsoletas 8
14 Obras Hidráulicas El Plan Territorial Parcial incorpora las actuaciones propuestas del Plan Integral de Prevención de Inundaciones (P.I.P.I.). Las actuaciones, identificadas en los Planos de la Serie O.4 Modelo Territorial, quedan reflejadas en la ficha individualizada de Acciones Estructurantes número A.E.24, contenida en el Anexo II de las Normas y en el artículo 96 de las mismas Compatibilización de planeamientos El Plan Territorial Parcial contempla los siguientes Sistemas de Compatibilización de Planeamientos: 1. Sistema de Compatibilización Global de Planeamientos: regulado en los artículos 100 y 101 de la Normativa. a) Sistema de Compatibilización Puntual de Planeamientos: regulado en los artículos 102, 103 y 104 de la Normativa. b) Proyectos de Compatibilización: modo de instrumentación del Sistema de Compatibilización Puntual de Planeamientos y que integra los documentos en los que se recogen las determinaciones precisas para la ordenación coordinada, desde los respectivos instrumentos de planeamiento municipal general, de las Áreas de Compatibilización. Deberá ajustarse a lo indicado en los artículos 105, 106, 107 y 108. Las áreas de compatibilización se identifican en los planos de la serie O.4. Modelo Territorial. Los criterios básicos de ordenación establecidos desde el Plan Territorial Parcial para cada una de las Áreas de Compatibilización y la relación de las mismas se contiene en el Anexo XIV Compatibilización de planeamientos. 2. Supuesto Específico de la Ría (Proyecto de Armonización de la Ordenación del Entorno de la Ría): Tiene la consideración de Ámbito de Armonización de la Ordenación, la superficie afectada por las Operaciones Estratégicas y Acciones Estructurantes propuestas por el PTP en el ámbito de la Ría que precisan de una ordenación integrada que posibilite la adecuada materialización de dichas propuestas. El Ámbito de Armonización de la Ordenación del Entorno de la Ría se identifica en el Plano O.6 Compatibilización del Entorno de la Ría. OE que afectan al Ámbito de Armonización: O.E.1, O.E.2, O.E.3, O.E.4, O.E.5, O.E.6, O.E.7, O.E.8. 9
15 AE que afectan al Ámbito de Armonización: A.E.1, A.E.2, A.E.3, A.E.14, A.E.18, A.E.21, A.E.23 Y A.E.24. El Ámbito de Armonización será objeto del Proyecto de Armonización de la Ordenación a que se hace mención en los artículos 111 y 112 de la Normativa. Tiene la consideración de Ámbito de Estudio de la Ordenación, del Entorno de la Ría, la superficie que excediendo del ámbito específico del de Armonización, se considera necesario analizar para el adecuado desarrollo de este último. Hasta que se proceda a la aprobación del Proyecto de Armonización, los planeamientos municipales deben de respetar la normativa y las Acciones Estructurantes y Operaciones Estratégicas que afectan al Ámbito de Armonización del Entorno de la Ría. El Proyecto de Armonización de la Ordenación deberá adaptarse a lo regulado en los artículos 112 a 120 de la Normativa. 10
16 2.2 AFECCIONES DE CARÁCTER PARTICULAR PARA CADA MUNICIPIO Las afecciones al planeamiento municipal se desarrollan para cada uno de los municipios que componen el ámbito del Plan Territorial Parcial de Bilbao Metropolitano estructuradas de la siguiente manera: o Determinaciones sobre el suelo residencial o Determinaciones sobre el suelo de actividades Económicas o Compatibilización de planeamientos. Solo se desarrollan aquellos aspectos para los que el Plan Territorial Parcial efectúa propuestas concretas sobre el municipio en cuestión. 11
17 2.2.1 Abanto-Zierbena - Los Ejes Articuladores del renovado corredor de la Margen Izquierda (AE.4) - Variante Supersur (AE.12) - Acceso ferroviario de mercancías al Puerto Exterior (AE.13) - La Red de Itinerarios Naturalísticos de la Malla Verde (AE.19) - La Red Ciclable (AE.23) - Los Corredores de Actividades Económicas de la Margen Izquierda (OE.9) - Actividades economicas mixtas en el entorno del Puerto (OE.11) - Parque Cultural-Recreativo de La Arboleda (OE.17) - Tratamiento de residuos urbanos (OE.21) - Tratamiento de residuos peligrosos y suelos contaminados (OE.22) - La Burbuja Atmosférica (OE.24) o Determinaciones sobre el suelo residencial Cuantificación de suelo residencial Periodo externo (A) ABANTO-ZIERBENA CUANTIFICACIÓN DE LA OFERTA RESIDENCIAL interno (B) Máximo Mínimo Necesidades endógenas (C) Segunda CUANTIFICACIÓN Residencia (D) MÁXIMO MÍNIMO 8 años años La cuantificación se efectúa para cada municipio a partir de la suma de los componentes A, B, C y D. El componente A es exclusivo del Marco-Propuesta, los componentes B y D se derivan del Modelo de Territorial del Plan y son fijos, mientras que el componente C es variable y depende de la población y Tamaño Medio Familiar del año correspondiente en el que se revise el Planeamiento General. 12
18 o Determinaciones sobre el suelo de actividades Económicas Cuantificación de suelo para actividades Económicas ABANTO-ZIERBENA CUANTIFICACIÓN DE SUELO PARA ACTIVIDADES ECONÓMICAS (Has) TOTAL NUEVOS DESARROLLOS Periodo Máximos Mínimos 8 años 83,0 48,5 16 años 89,0 61,0 El planeamiento urbanístico municipal general deberá incorporar la oferta correspondiente de suelo para actividades económicas propuesta en el PTP, incrementando el suelo vacante existente con la superficie que estimen necesaria dentro de los límites máximos y mínimos fijados, manteniendo asimismo el suelo ya calificado. Áreas de actividades económicas de promoción pública ABANTO-ZIERBENA CUANTIFICACIÓN DE SUELO PARA ACTIVIDADES ECONÓMICAS DE PROMOCIÓN PÚBLICA (Has) Periodo Máximos Mínimos 8 años 58,0 27,0 16 años 58,0 36,0 La cuantificación de suelo para actividades económicas de promoción pública forma parte de la oferta total de nuevos desarrollos. Las cuantificaciones que se señalan son las que corresponden al término municipal de Abanto-Zierbena dentro del área de actividades económicas mixtas en el entorno del Puerto, que s e extiende también por el municipio de Ortuella y se desarrolla en la Operación Estratégica O.E.11 o Compatibilización de planeamientos. - Abanto y Ciervana y Muskiz 13
19 2.2.2 Alonsotegi - Acceso ferroviario de mercancías al Puerto Exterior (AE.13) - La Red de Itinerarios Naturalísticos de la Malla Verde (AE.19) - La Red Ciclable (AE.23) - Tratamiento de residuos urbanos (OE.21) - Tratamiento de residuos peligrosos y suelos contaminados (OE.22) - La Burbuja Atmosférica (OE.24) - Revalorización ambiental del Pagasarri-Ganekogorta (OE.27) o Determinaciones sobre el suelo residencial Cuantificación de suelo residencial Periodo externo (A) ALONSOTEGI CUANTIFICACIÓN DE LA OFERTA RESIDENCIAL interno (B) Máximo Mínimo Necesidades endógenas (C) Segunda CUANTIFICACIÓN Residencia (D) MÁXIMO MÍNIMO 8 años años La cuantificación se efectúa para cada municipio a partir de la suma de los componentes A, B, C y D. El componente A es exclusivo del Marco-Propuesta, los componentes B y D se derivan del Modelo de Territorial del Plan y son fijos, mientras que el componente C es variable y depende de la población y Tamaño Medio Familiar del año correspondiente en el que se revise el Planeamiento General. 14
20 2.2.3 Arrankudiaga - La Red de Itinerarios Naturalísticos de la Malla Verde (AE.19) - La Red Ciclable (AE.23) - Tratamiento de residuos urbanos (OE.21) - Tratamiento de residuos peligrosos y suelos contaminados (OE.22) - La Burbuja Atmosférica (OE.24) - Revalorización ambiental del Pagasarri-Ganekogorta (OE.27) o Determinaciones sobre el suelo residencial Cuantificación de suelo residencial Periodo externo (A) ARRANKUDIAGA CUANTIFICACIÓN DE LA OFERTA RESIDENCIAL interno (B) Máximo Mínimo Necesidades endógenas (C) Segunda CUANTIFICACIÓN Residencia (D) MÁXIMO MÍNIMO 8 años años La cuantificación se efectúa para cada municipio a partir de la suma de los componentes A, B, C y D. El componente A es exclusivo del Marco-Propuesta, los componentes B y D se derivan del Modelo de Territorial del Plan y son fijos, mientras que el componente C es variable y depende de la población y Tamaño Medio Familiar del año correspondiente en el que se revise el Planeamiento General. 15
21 o Determinaciones sobre el suelo de actividades Económicas Cuantificación de suelo para actividades Económicas ARRANKUDIAGA CUANTIFICACIÓN DE SUELO PARA ACTIVIDADES ECONÓMICAS (Has) NUEVOS DESARROLLOS Periodo Máximos Mínimos 8 años 2,0 1,5 16 años 2,0 2,0 El planeamiento urbanístico municipal general deberá incorporar la oferta correspondiente de suelo para actividades económicas propuesta en el PTP, incrementando el suelo vacante existente con la superficie que estimen necesaria dentro de los límites máximos y mínimos fijados, manteniendo asimismo el suelo ya calificado. Dentro de las propuestas referidas al sector primario el PTP considera a Arrankudiaga como municipio de desarrollo agrario preferente. 16
22 2.2.4 Arrigorriaga - Variante Supersur (AE.12) - Acceso ferroviario de mercancías al Puerto Exterior (AE.13) - Conexión Peatonal de los parques de las minas de Bilbao (AE.15) - Accesos del TAV (AE.17) - La Red de Itinerarios Naturalísticos de la Malla Verde (AE.19) - Los parques de ribera (AE.20) - La Red Ciclable (AE.23) - Tratamiento de residuos urbanos (OE.21) - Tratamiento de residuos peligrosos y suelos contaminados (OE.22) - La Burbuja Atmosférica (OE.24) - Revalorización ambiental del Pagasarri-Ganekogorta (OE.27) o Determinaciones sobre el suelo residencial Cuantificación de suelo residencial Periodo externo (A) ARRIGORRIAGA CUANTIFICACIÓN DE LA OFERTA RESIDENCIAL interno (B) Máximo Mínimo Necesidades endógenas (C) Segunda Residencia (D) CUANTIFICACIÓN MÁXIMO MÍNIMO 8 años años La cuantificación se efectúa para cada municipio a partir de la suma de los componentes A, B, C y D. El componente A es exclusivo del Marco-Propuesta, los componentes B y D se derivan del Modelo de Territorial del Plan y son fijos, mientras que el componente C es variable y depende de la población y Tamaño Medio Familiar del año correspondiente en el que se revise el Planeamiento General. Aquellos municipios cuya disponibilidad de suelo es tan limitada que no son capaces de dar respuesta a sus propias necesidades endógenas tienen un componente B negativo en el que no se diferencian valores máximos y mínimos y que tiene un carácter orientativo. Para ellos la limitación impuesta por el PTP no es vinculante. 17
23 o Compatibilización de planeamientos. - Arrigorriaga y Ugao-Miraballes 18
24 2.2.5 Barakaldo - La Vía Paseo Metropolitana (AE.1.) - El eje transversal del Asua (AE.3) - Los Ejes Articuladores del renovado corredor de la Margen Izquierda (AE.4) - Variante Supersur (AE.12) - Acceso ferroviario de mercancías al Puerto Exterior (AE.13) - Transporte ferroviario de pasajeros en el ámbito metropolitano. (AE.14) - Metro. Mejora de la red actual (AE.16) - La Red de Itinerarios Naturalísticos de la Malla Verde (AE.19) - Los parques de ribera (AE.20) - Navegabilidad de la Ría (AE.21) - La Red Ciclable (AE.23) - Zorroza-Burtzeña (OE.3) - Ansio-Lutxana-Asua (OE.4) - Galindo (OE.5) - Los Corredores de Actividades Económicas de la Margen Izquierda (OE.9) - Tratamiento de residuos urbanos (OE.21) - Tratamiento de residuos peligrosos y suelos contaminados (OE.22) - La Burbuja Atmosférica (OE.24) 19
25 o Determinaciones sobre el suelo residencial Cuantificación de suelo residencial Periodo externo (A) BARAKALDO CUANTIFICACIÓN DE LA OFERTA RESIDENCIAL interno (B) Máximo Mínimo Necesidades endógenas (C) Segunda Residencia (D) CUANTIFICACIÓN MÁXIMO MÍNIMO 8 años años La cuantificación se efectúa para cada municipio a partir de la suma de los componentes A, B, C y D. El componente A es exclusivo del Marco-Propuesta, los componentes B y D se derivan del Modelo de Territorial del Plan y son fijos, mientras que el componente C es variable y depende de la población y Tamaño Medio Familiar del año correspondiente en el que se revise el Planeamiento General. Aquellos municipios cuya disponibilidad de suelo es tan limitada que no son capaces de dar respuesta a sus propias necesidades endógenas tienen un componente B negativo en el que no se diferencian valores máximos y mínimos y que tiene un carácter orientativo. Para ellos la limitación impuesta por el PTP no es vinculante. o Compatibilización de planeamientos. - Se encuentra dentro del Ámbito de Armonización de la Ordenación del Entorno de la Ría. 20
26 2.2.6 Barrika - Vías articuladoras del Corredor Costero de la Margen Derecha. (AE.5) - Metro. Mejora de la red actual (AE.16) - La Red de Itinerarios Naturalísticos de la Malla Verde (AE.19) - La Red Ciclable (AE.23) - Nuevos desarrollos en Uribe Kosta. Un continuo urbano (OE.12) - Parque Litoral Metropolitano (OE.20) - Tratamiento de residuos urbanos (OE.21) - Tratamiento de residuos peligrosos y suelos contaminados (OE.22) - La Burbuja Atmosférica (OE.24) o Determinaciones sobre el suelo residencial Cuantificación de suelo residencial Periodo externo (A) BARRIKA CUANTIFICACIÓN DE LA OFERTA RESIDENCIAL interno (B) Máximo Mínimo Necesidades endógenas (C) Segunda Residencia (D) CUANTIFICACIÓN MÁXIMO MÍNIMO 8 años años La cuantificación se efectúa para cada municipio a partir de la suma de los componentes A, B, C y D. El componente A es exclusivo del Marco-Propuesta, los componentes B y D se derivan del Modelo de Territorial del Plan y son fijos, mientras que el componente C es variable y depende de la población y Tamaño Medio Familiar del año correspondiente en el que se revise el Planeamiento General. o Compatibilización de planeamientos. - Barrika y Sopelana 21
27 2.2.7 Basauri - Variante Supersur (AE.12) - Acceso ferroviario de mercancías al Puerto Exterior (AE.13) - Transporte ferroviario de pasajeros en el ámbito metropolitano. (AE.14) - Conexión Peatonal de los parques de las minas de Bilbao (AE.15) - Metro. Mejora de la red actual (AE.16) - Accesos del TAV (AE.17) - La Red de Itinerarios Naturalísticos de la Malla Verde (AE.19) - Los parques de ribera (AE.20) - La Red Ciclable (AE.23) - Nueva Centralidad en Basauri (OE.15) - Tratamiento de residuos urbanos (OE.21) - Tratamiento de residuos peligrosos y suelos contaminados (OE.22) - La Burbuja Atmosférica (OE.24) o Determinaciones sobre el suelo residencial Cuantificación de suelo residencial Periodo externo (A) BASAURI CUANTIFICACIÓN DE LA OFERTA RESIDENCIAL interno (B) Máximo Mínimo Necesidades endógenas (C) Segunda CUANTIFICACIÓN Residencia (D) MÁXIMO MÍNIMO 8 años años La cuantificación se efectúa para cada municipio a partir de la suma de los componentes A, B, C y D. El componente A es exclusivo del Marco-Propuesta, los componentes B y D se derivan del Modelo de Territorial del Plan y son fijos, mientras que el componente C es variable y depende de la población y Tamaño Medio Familiar del año correspondiente en el que se revise el Planeamiento General. 22
28 2.2.8 Berango - Vías articuladoras del Corredor Costero de la Margen Derecha. (AE.5) - Metro. Mejora de la red actual (AE.16) - La Red de Itinerarios Naturalísticos de la Malla Verde (AE.19) - La Red Ciclable (AE.23) - Nuevos desarrollos en Uribe Kosta. Un continuo urbano (OE.12) - Tratamiento de residuos urbanos (OE.21) - Tratamiento de residuos peligrosos y suelos contaminados (OE.22) - La Burbuja Atmosférica (OE.24) o Determinaciones sobre el suelo residencial Cuantificación de suelo residencial Periodo externo (A) BERANGO CUANTIFICACIÓN DE LA OFERTA RESIDENCIAL interno (B) Máximo Mínimo Necesidades endógenas (C) Segunda Residencia (D) CUANTIFICACIÓN MÁXIMO MÍNIMO 8 años años La cuantificación se efectúa para cada municipio a partir de la suma de los componentes A, B, C y D. El componente A es exclusivo del Marco-Propuesta, los componentes B y D se derivan del Modelo de Territorial del Plan y son fijos, mientras que el componente C es variable y depende de la población y Tamaño Medio Familiar del año correspondiente en el que se revise el Planeamiento General. 23
29 o Determinaciones sobre el suelo de actividades Económicas Cuantificación de suelo para actividades Económicas BERANGO CUANTIFICACIÓN DE SUELO PARA ACTIVIDADES ECONÓMICAS (Has) NUEVOS DESARROLLOS Periodo Máximos Mínimos 8 años 7,0 6,0 16 años 9,0 7,0 El planeamiento urbanístico municipal general deberá incorporar la oferta correspondiente de suelo para actividades económicas propuesta en el PTP, incrementando el suelo vacante existente con la superficie que estimen necesaria dentro de los límites máximos y mínimos fijados, manteniendo asimismo el suelo ya calificado. o Compatibilización de planeamientos. - Sopelana, Berango y Getxo 24
30 2.2.9 Bilbao - La Vía Paseo Metropolitana (AE.1.) - Los nuevos accesos a Bilbao. La Puerta de Bilbao (AE.2) - El eje transversal del Asua (AE.3) - Variante Supersur (AE.12) - Acceso ferroviario de mercancías al Puerto Exterior (AE.13) - Transporte ferroviario de pasajeros en el ámbito metropolitano. (AE.14) - Conexión Peatonal de los parques de las minas de Bilbao (AE.15) - Metro. Mejora de la red actual (AE.16) - Accesos del TAV (AE.17) - La Estación Intermodal: Abando San Mamés (AE.18) - La Red de Itinerarios Naturalísticos de la Malla Verde (AE.19) - Los parques de ribera (AE.20) - Navegabilidad de la Ría (AE.21) - La Red Ciclable (AE.23) - Mejora Hidráulica de la Ría (AE.24) - Olabeaga Basurto (OE.1) - Zorrozaurre (OE.2) - Zorroza-Burtzeña (OE.3) - Ansio-Lutxana-Asua (OE.4) - Tratamiento de residuos urbanos (OE.21) - Tratamiento de residuos peligrosos y suelos contaminados (OE.22) - La Burbuja Atmosférica (OE.24) - Parque de Artxanda (OE.25) - Revalorización ambiental del Pagasarri-Ganekogorta (OE.27) 25
31 o Determinaciones sobre el suelo residencial Cuantificación de suelo residencial Periodo externo (A) BILBAO CUANTIFICACIÓN DE LA OFERTA RESIDENCIAL interno (B) Máximo Mínimo Necesidades endógenas (C) Segunda CUANTIFICACIÓN Residencia (D) MÁXIMO MÍNIMO 8 años años La cuantificación se efectúa para cada municipio a partir de la suma de los componentes A, B, C y D. El componente A es exclusivo del Marco-Propuesta, los componentes B y D se derivan del Modelo de Territorial del Plan y son fijos, mientras que el componente C es variable y depende de la población y Tamaño Medio Familiar del año correspondiente en el que se revise el Planeamiento General. Aquellos municipios cuya disponibilidad de suelo es tan limitada que no son capaces de dar respuesta a sus propias necesidades endógenas tienen un componente B negativo en el que no se diferencian valores máximos y mínimos y que tiene un carácter orientativo. Para ellos la limitación impuesta por el PTP no es vinculante. o Compatibilización de planeamientos. - Se encuentra dentro del Ámbito de Armonización de la Ordenación del Entorno de la Ría. 26
32 Derio - Vía Norte del Txorierri (AE.6) - Vía interior de los polígonos del Txorierri (AE.7) - Ejes transversales del Txorierri (AE.8) - Transporte ferroviario de pasajeros en el ámbito metropolitano. (AE.14) - La Red de Itinerarios Naturalísticos de la Malla Verde (AE.19) - La Red Ciclable (AE.23) - Vía Norte del Txorierri y los nuevos desarrollos (OE.14) - Tratamiento de residuos urbanos (OE.21) - Tratamiento de residuos peligrosos y suelos contaminados (OE.22) - La Burbuja Atmosférica (OE.24) o Determinaciones sobre el suelo residencial Cuantificación de suelo residencial Periodo externo (A) DERIO CUANTIFICACIÓN DE LA OFERTA RESIDENCIAL interno (B) Máximo Mínimo Necesidades endógenas (C) Segunda CUANTIFICACIÓN Residencia (D) MÁXIMO MÍNIMO 8 años años La cuantificación se efectúa para cada municipio a partir de la suma de los componentes A, B, C y D. El componente A es exclusivo del Marco-Propuesta, los componentes B y D se derivan del Modelo de Territorial del Plan y son fijos, mientras que el componente C es variable y depende de la población y Tamaño Medio Familiar del año correspondiente en el que se revise el Planeamiento General. 27
33 o Determinaciones sobre el suelo de actividades Económicas Cuantificación de suelo para actividades Económicas DERIO CUANTIFICACIÓN DE SUELO PARA ACTIVIDADES ECONÓMICAS (Has) NUEVOS DESARROLLOS Periodo Máximos Mínimos 8 años 15,0 11,0 16 años 23,0 14,0 El planeamiento urbanístico municipal general deberá incorporar la oferta correspondiente de suelo para actividades económicas propuesta en el PTP, incrementando el suelo vacante existente con la superficie que estimen necesaria dentro de los límites máximos y mínimos fijados, manteniendo asimismo el suelo ya calificado. Áreas de actividades económicas de promoción pública DERIO CUANTIFICACIÓN DE SUELO PARA ACTIVIDADES ECONÓMICAS DE PROMOCIÓN PÚBLICA (Has) Periodo Máximos Mínimos 8 años 15,0 11,0 16 años 23,0 14,0 La cuantificación de suelo para actividades económicas de promoción pública, en el caso de Derio, coincide con la oferta total de nuevos desarrollos. Se trata de los suelos vacantes del área de Deurikas, como ampliación del actual Parque Tecnológico de Zamudio. o Compatibilización de planeamientos. - Derio y Zamudio 28
34 Erandio - El eje transversal del Asua (AE.3) - Vía Norte del Txorierri (AE.6) - Transporte ferroviario de pasajeros en el ámbito metropolitano. (AE.14) - Metro. Mejora de la red actual (AE.16) - La Red de Itinerarios Naturalísticos de la Malla Verde (AE.19) - Los parques de ribera (AE.20) - Navegabilidad de la Ría (AE.21) - La Red Ciclable (AE.23) - Ansio-Lutxana-Asua (OE.4) - Erandio (OE.6) - Vega de Lamiako (OE.8) - Tratamiento de residuos urbanos (OE.21) - Tratamiento de residuos peligrosos y suelos contaminados (OE.22) - Mejora de la calidad del agua (OE.23) - La Burbuja Atmosférica (OE.24) o Determinaciones sobre el suelo residencial Cuantificación de suelo residencial Periodo externo (A) ERANDIO CUANTIFICACIÓN DE LA OFERTA RESIDENCIAL interno (B) Máximo Mínimo Necesidades endógenas (C) Segunda Residencia (D) CUANTIFICACIÓN MÁXIMO MÍNIMO 8 años años La cuantificación se efectúa para cada municipio a partir de la suma de los componentes A, B, C y D. El componente A es exclusivo del Marco-Propuesta, los componentes B y D se derivan del Modelo de Territorial del Plan y son fijos, mientras que el componente C es variable y depende de la población y Tamaño Medio Familiar del año correspondiente en el que se revise el Planeamiento General. 29
35 o Determinaciones sobre el suelo de actividades Económicas Cuantificación de suelo para actividades Económicas ERANDIO CUANTIFICACIÓN DE SUELO PARA ACTIVIDADES ECONÓMICAS (Has) NUEVOS DESARROLLOS Periodo Máximos Mínimos 8 años 22,0 19,0 16 años 27,0 22,0 El planeamiento urbanístico municipal general deberá incorporar la oferta correspondiente de suelo para actividades económicas propuesta en el PTP, incrementando el suelo vacante existente con la superficie que estimen necesaria dentro de los límites máximos y mínimos fijados, manteniendo asimismo el suelo ya calificado. o Compatibilización de planeamientos. - Se encuentra dentro del Ámbito de Armonización de la Ordenación del Entorno de la Ría. - Erandio y Leioa. 30
36 Etxebarri - Transporte ferroviario de pasajeros en el ámbito metropolitano. (AE.14) - Conexión Peatonal de los parques de las minas de Bilbao (AE.15) - Metro. Mejora de la red actual (AE.16) - La Red de Itinerarios Naturalísticos de la Malla Verde (AE.19) - Los parques de ribera (AE.20) - La Red Ciclable (AE.23) - Tratamiento de residuos urbanos (OE.21) - Tratamiento de residuos peligrosos y suelos contaminados (OE.22) - La Burbuja Atmosférica (OE.24) o Determinaciones sobre el suelo residencial Cuantificación de suelo residencial. Periodo externo (A) ETXEBARRI CUANTIFICACIÓN DE LA OFERTA RESIDENCIAL interno (B) Máximo Mínimo Necesidades endógenas (C) Segunda CUANTIFICACIÓN Residencia (D) MÁXIMO MÍNIMO 8 años años La cuantificación se efectúa para cada municipio a partir de la suma de los componentes A, B, C y D. El componente A es exclusivo del Marco-Propuesta, los componentes B y D se derivan del Modelo de Territorial del Plan y son fijos, mientras que el componente C es variable y depende de la población y Tamaño Medio Familiar del año correspondiente en el que se revise el Planeamiento General. 31
37 Galdakao - Continuación del Corredor del Txorierri (AE.9) - Variante Supersur (AE.12) - Metro. Mejora de la red actual (AE.16) - Accesos del TAV (AE.17) - La Red de Itinerarios Naturalísticos de la Malla Verde (AE.19) - La Red Ciclable (AE.23) - Tratamiento de residuos urbanos (OE.21) - Tratamiento de residuos peligrosos y suelos contaminados (OE.22) - La Burbuja Atmosférica (OE.24) o Determinaciones sobre el suelo residencial Cuantificación de suelo residencial Periodo externo (A) GALDAKAO CUANTIFICACIÓN DE LA OFERTA RESIDENCIAL interno (B) Máximo Mínimo Necesidades endógenas (C) Segunda Residencia (D) CUANTIFICACIÓN MÁXIMO MÍNIMO 8 años años La cuantificación se efectúa para cada municipio a partir de la suma de los componentes A, B, C y D. El componente A es exclusivo del Marco-Propuesta, los componentes B y D se derivan del Modelo de Territorial del Plan y son fijos, mientras que el componente C es variable y depende de la población y Tamaño Medio Familiar del año correspondiente en el que se revise el Planeamiento General. 32
38 o Determinaciones sobre el suelo de actividades Económicas Cuantificación de suelo para actividades Económicas GALDAKAO CUANTIFICACIÓN DE SUELO PARA ACTIVIDADES ECONÓMICAS (Has) NUEVOS DESARROLLOS Periodo Máximos Mínimos 8 años 2,0 1,5 16 años 3,0 2,0 El planeamiento urbanístico municipal general deberá incorporar la oferta correspondiente de suelo para actividades económicas propuesta en el PTP, incrementando el suelo vacante existente con la superficie que estimen necesaria dentro de los límites máximos y mínimos fijados, manteniendo asimismo el suelo ya calificado. 33
39 Getxo - Vías articuladoras del Corredor Costero de la Margen Derecha. (AE.5) - Metro. Mejora de la red actual (AE.16) - La Red de Itinerarios Naturalísticos de la Malla Verde (AE.19) - Los parques de ribera (AE.20) - Navegabilidad de la Ría (AE.21) - Atraque para grandes buques en Getxo (AE.22) - La Red Ciclable (AE.23) - Nuevos desarrollos en Uribe Kosta. Un continuo urbano (OE.12) - Parque Litoral Metropolitano (OE.20) - Tratamiento de residuos urbanos (OE.21) - Tratamiento de residuos peligrosos y suelos contaminados (OE.22) - La Burbuja Atmosférica (OE.24) o Determinaciones sobre el suelo residencial Cuantificación de suelo residencial Periodo externo (A) GETXO CUANTIFICACIÓN DE LA OFERTA RESIDENCIAL interno (B) Máximo Mínimo Necesidades endógenas (C) Segunda Residencia (D) CUANTIFICACIÓN MÁXIMO MÍNIMO 8 años años La cuantificación se efectúa para cada municipio a partir de la suma de los componentes A, B, C y D. El componente A es exclusivo del Marco-Propuesta, los componentes B y D se derivan del Modelo de Territorial del Plan y son fijos, mientras que el componente C es variable y depende de la población y Tamaño Medio Familiar del año correspondiente en el que se revise el Planeamiento General. 34
40 o Determinaciones sobre el suelo de actividades Económicas Cuantificación de suelo para actividades Económicas GETXO CUANTIFICACIÓN DE SUELO PARA ACTIVIDADES ECONÓMICAS (Has) NUEVOS DESARROLLOS Periodo Máximos Mínimos 8 años 12,0 9,0 16 años 19,0 12,0 El planeamiento urbanístico municipal general deberá incorporar la oferta correspondiente de suelo para actividades económicas propuesta en el PTP, incrementando el suelo vacante existente con la superficie que estimen necesaria dentro de los límites máximos y mínimos fijados, manteniendo asimismo el suelo ya calificado. Áreas de actividades económicas de promoción pública GETXO CUANTIFICACIÓN DE SUELO PARA ACTIVIDADES ECONÓMICAS DE PROMOCIÓN PÚBLICA (Has) Periodo Máximos Mínimos 8 años 12,0 9,0 16 años 19,0 12,0 La cuantificación de suelo para actividades económicas de promoción pública, en el caso de Getxo, coincide con la oferta total de nuevos desarrollos. Se trata del polígono mixto de Martiturri, en el que se permite una modificación de los parámetros del Plan General de Getxo vigente, en el sector urbanizable de Martiturri, con el fin de aumentar la oferta de actividades económicas en la zona. o Compatibilización de planeamientos. - Sopelana, Berango y Getxo Gorliz - Vías articuladoras del Corredor Costero de la Margen Derecha. (AE.5) - La Red de Itinerarios Naturalísticos de la Malla Verde (AE.19) - La Red Ciclable (AE.23) - Tratamiento de residuos urbanos (OE.21) 35
41 - Tratamiento de residuos peligrosos y suelos contaminados (OE.22) - La Burbuja Atmosférica (OE.24) o Determinaciones sobre el suelo residencial Cuantificación de suelo residencial. Periodo externo (A) GORLIZ CUANTIFICACIÓN DE LA OFERTA RESIDENCIAL interno (B) Máximo Mínimo Necesidades endógenas (C) Segunda CUANTIFICACIÓN Residencia (D) MÁXIMO MÍNIMO 8 años años La cuantificación se efectúa para cada municipio a partir de la suma de los componentes A, B, C y D. El componente A es exclusivo del Marco-Propuesta, los componentes B y D se derivan del Modelo de Territorial del Plan y son fijos, mientras que el componente C es variable y depende de la población y Tamaño Medio Familiar del año correspondiente en el que se revise el Planeamiento General. o Compatibilización de planeamientos. - Gorliz y Plentzia 36
42 Larrabetzu - Continuación del Corredor del Txorierri (AE.9) - Transporte ferroviario de pasajeros en el ámbito metropolitano. (AE.14) - La Red de Itinerarios Naturalísticos de la Malla Verde (AE.19) - La Red Ciclable (AE.23) - Reserva estratégica de Aretxalde (OE.18) - Tratamiento de residuos urbanos (OE.21) - Tratamiento de residuos peligrosos y suelos contaminados (OE.22) - La Burbuja Atmosférica (OE.24) o Determinaciones sobre el suelo residencial Cuantificación de suelo residencial Periodo externo (A) LARRABETZU CUANTIFICACIÓN DE LA OFERTA RESIDENCIAL interno (B) Máximo Mínimo Necesidades endógenas (C) Segunda Residencia (D) CUANTIFICACIÓN MÁXIMO MÍNIMO 8 años años La cuantificación se efectúa para cada municipio a partir de la suma de los componentes A, B, C y D. El componente A es exclusivo del Marco-Propuesta, los componentes B y D se derivan del Modelo de Territorial del Plan y son fijos, mientras que el componente C es variable y depende de la población y Tamaño Medio Familiar del año correspondiente en el que se revise el Planeamiento General. Dentro de las propuestas referidas al sector primario el PTP considera a Larrabetzu como municipio de desarrollo agrario preferente. 37
43 Leioa - Vías articuladoras del Corredor Costero de la Margen Derecha. (AE.5) - Subfluvial de Lamiako (AE.10) - Transporte ferroviario de pasajeros en el ámbito metropolitano. (AE.14) - Metro. Mejora de la red actual (AE.16) - La Red de Itinerarios Naturalísticos de la Malla Verde (AE.19) - Los parques de ribera (AE.20) - Navegabilidad de la Ría (AE.21) - La Red Ciclable (AE.23) - Vega de Lamiako (OE.8) - Tratamiento de residuos urbanos (OE.21) - Tratamiento de residuos peligrosos y suelos contaminados (OE.22) - Mejora de la calidad del agua (OE.23) - La Burbuja Atmosférica (OE.24) - Parque Científico de la UPV (OE.26) o Determinaciones sobre el suelo residencial Cuantificación de suelo residencial Periodo externo (A) LEIOA CUANTIFICACIÓN DE LA OFERTA RESIDENCIAL interno (B) Máximo Mínimo Necesidades endógenas (C) Segunda Residencia (D) CUANTIFICACIÓN MÁXIMO MÍNIMO 8 años años La cuantificación se efectúa para cada municipio a partir de la suma de los componentes A, B, C y D. El componente A es exclusivo del Marco-Propuesta, los componentes B y D se derivan del Modelo de Territorial del Plan y son fijos, mientras que el componente C es variable y depende de la población y Tamaño Medio Familiar del año correspondiente en el que se revise el Planeamiento General. 38
44 o Determinaciones sobre el suelo de actividades Económicas Cuantificación de suelo para actividades Económicas LEIOA CUANTIFICACIÓN DE SUELO PARA ACTIVIDADES ECONÓMICAS (Has) NUEVOS DESARROLLOS Periodo Máximos Mínimos 8 años 14,0 12,0 16 años 17,0 14,0 El planeamiento urbanístico municipal general deberá incorporar la oferta correspondiente de suelo para actividades económicas propuesta en el PTP, incrementando el suelo vacante existente con la superficie que estimen necesaria dentro de los límites máximos y mínimos fijados, manteniendo asimismo el suelo ya calificado. o Compatibilización de planeamientos. - Se encuentra dentro del Ámbito de Armonización de la Ordenación del Entorno de la Ría. - Erandio y Leioa. 39
45 Lemoiz - Vías articuladoras del Corredor Costero de la Margen Derecha. (AE.5) - La Red de Itinerarios Naturalísticos de la Malla Verde (AE.19) - La Red Ciclable (AE.23) - Equipamiento singular en la Cala de Basordas (OE.16) - Tratamiento de residuos urbanos (OE.21) - Tratamiento de residuos peligrosos y suelos contaminados (OE.22) - La Burbuja Atmosférica (OE.24) o Determinaciones sobre el suelo residencial Cuantificación de suelo residencial Periodo externo (A) LEMOIZ CUANTIFICACIÓN DE LA OFERTA RESIDENCIAL interno (B) Máximo Mínimo Necesidades endógenas (C) Segunda Residencia (D) CUANTIFICACIÓN MÁXIMO MÍNIMO 8 años años La cuantificación se efectúa para cada municipio a partir de la suma de los componentes A, B, C y D. El componente A es exclusivo del Marco-Propuesta, los componentes B y D se derivan del Modelo de Territorial del Plan y son fijos, mientras que el componente C es variable y depende de la población y Tamaño Medio Familiar del año correspondiente en el que se revise el Planeamiento General. El Plan Territorial Parcial, de conformidad con lo establecido en el Capítulo XII.6 de las Directrices de Ordenación Territorial, identifica como Núcleos de Acceso al Territorio los asentamientos del municipio de Lemoiz. Para ellos serán de aplicación las determinaciones del artículo 69 de la Normativa. Dentro de las propuestas referidas al sector primario el PTP considera a Lemoiz como municipio de desarrollo agrario preferente. 40
46 Lezama - Vía Norte del Txorierri (AE.6) - Vía interior de los polígonos del Txorierri (AE.7) - Ejes transversales del Txorierri (AE.8) - Transporte ferroviario de pasajeros en el ámbito metropolitano. (AE.14) - La Red de Itinerarios Naturalísticos de la Malla Verde (AE.19) - La Red Ciclable (AE.23) - Reserva estratégica de Aretxalde (OE.18) - Tratamiento de residuos urbanos (OE.21) - Tratamiento de residuos peligrosos y suelos contaminados (OE.22) - La Burbuja Atmosférica (OE.24) o Determinaciones sobre el suelo residencial Cuantificación de suelo residencial Periodo externo (A) LEZAMA CUANTIFICACIÓN DE LA OFERTA RESIDENCIAL interno (B) Máximo Mínimo Necesidades endógenas (C) Segunda CUANTIFICACIÓN Residencia (D) MÁXIMO MÍNIMO 8 años años La cuantificación se efectúa para cada municipio a partir de la suma de los componentes A, B, C y D. El componente A es exclusivo del Marco-Propuesta, los componentes B y D se derivan del Modelo de Territorial del Plan y son fijos, mientras que el componente C es variable y depende de la población y Tamaño Medio Familiar del año correspondiente en el que se revise el Planeamiento General. 41
47 o Determinaciones sobre el suelo de actividades Económicas Cuantificación de suelo para actividades Económicas LEZAMA CUANTIFICACIÓN DE SUELO PARA ACTIVIDADES ECONÓMICAS (Has) NUEVOS DESARROLLOS Periodo Máximos Mínimos 8 años 77,0 55,0 16 años 120,0 74,0 El planeamiento urbanístico municipal general deberá incorporar la oferta correspondiente de suelo para actividades económicas propuesta en el PTP, incrementando el suelo vacante existente con la superficie que estimen necesaria dentro de los límites máximos y mínimos fijados, manteniendo asimismo el suelo ya calificado. Áreas de actividades económicas de promoción pública LEZAMA CUANTIFICACIÓN DE SUELO PARA ACTIVIDADES ECONÓMICAS DE PROMOCIÓN PÚBLICA (Has) Periodo Máximos Mínimos 8 años 77,0 55,0 16 años 120,0 74,0 La cuantificación de suelo para actividades económicas de promoción pública, en el caso de Lezama, coincide con la oferta total de nuevos desarrollos. Se trata de la Reserva Estratégica de Aretxalde que se desarrolla en la Operación Estratégica O.E.18 Dentro de las propuestas referidas al sector primario el PTP considera a Lezama como municipio de desarrollo agrario preferente. 42
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