Secretariado de Prácticas en Empresas y Empleo Vicerrectorado de Transferencia Tecnológica. Índice:
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- Francisco Villalba Chávez
- hace 8 años
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1 Índice: 1. Presentación 2. Normativa de Prácticas 3. Normativa Centros 4. Modalidades de Prácticas 5. Documentación y procedimientos para la gestión de las prácticas 5.1. Prácticas curriculares 5.2. Prácticas extracurriculares 6. Canon de Gestión 7. Quién es Quién en la gestión de prácticas 8. Anexos
2 1. Presentación El marco legislativo que impuso el RD 1707/2011 de 18 de noviembre, ha obligado a la Universidad de Sevilla a dotarse de una nueva normativa de prácticas externas para estudiantes, aprobada en el Consejo de Gobierno del 25 de julio de 2012 (Bous nº 5 de 14 de septiembre 2012), para ajustarse a los nuevos parámetros fijados. Esta nueva normativa implica, a su vez, la modificación de los convenios en vigor, para lo que se ha optado por la homogeneización de los mismos, implantando una única modalidad de convenio, aprobada en Consejo de Gobierno el 25 de octubre de Este documento aglutina a las prácticas curriculares y extracurriculares, de grado y máster, las prácticas de los títulos propios y las prácticas internacionales no sujetas a programas de movilidad específicos. De este modo, se simplifican los trámites para las empresas y se abre considerablemente el abanico de opciones para centros y alumnos. Todo ello implica una modificación importante en la gestión que hasta la fecha se ha venido realizando de las prácticas tanto por parte de los centros como del propio Servicio de Prácticas en Empresa, al amparo ahora del nuevo Secretariado de Prácticas en Empresas y Empleo. Además, de una renovación de la documentación necesaria para la firma de convenios y la gestión de las prácticas. El presente documento pretende clarificar la nueva situación, establecer un único procedimiento de gestión para todos los centros una vez estén implantados los Prácticum de Grado y Máster y facilitar la transición entre distintas modalidades de prácticas, así como garantizar el control y la calidad de las mismas. Con este documento se entrega un CD con toda la documentación de gestión que es precisa tanto por parte de los centros como de las empresas y alumnos, así como la normativa y el RD que la regula. Toda esta documentación estará igualmente disponible en la página web del SPE María del Mar García Gordillo Directora del Secretariado de Prácticas en Empresas y Empleo
3 2. Normativa de Prácticas La Normativa de Prácticas Externas de la US fue aprobada el 25 de Julio de 2012 en Consejo de gobierno y publicada en el BOUS nº 5 de 14 de septiembre. Esta normativa regula todas las prácticas externas de alumnos que se realicen en la Universidad de Sevilla al margen de la modalidad o la ubicación efectiva de las mismas. Considera no sólo el RD 1707/2011, sino otros reglamentos y normativas de gran trascendencia para la propia Universidad como el Reglamento General de Actividades Docentes, la Normativa Reguladora del Reconocimiento y Transferencia de Créditos o los Sistemas de Garantía de Calidad de los Títulos Oficiales y Propios de la US. El Espacio Europeo de Educación Superior supone un cambio sustancial para las prácticas externas que pasan de ser una actividad convalidable por créditos de libre configuración (en la mayoría de los casos) a una asignatura reglada de los planes de estudios (con todo lo que ello implica): - Tutorización interna y externa a la Universidad. - Un número de créditos asignados trasladables a horas de prácticas del alumno (Un crédito ECTS equivale a 25 horas de trabajo). - Una tipología: obligatoriedad u optatividad. Este cambio de gran importancia para nuestros alumnos se ha abordado con la intención de garantizar no sólo la calidad de las prácticas, sino de preservar el entorno y el mercado laboral al que en un futuro accederán nuestros estudiantes: - Se han establecido mecanismos para velar por la calidad de las prácticas (vía requisitos previos a las empresas para poder solicitar alumnos, vía encuestas y tutorización). - Se ha dado prioridad absoluta a las prácticas curriculares frente a las extracurriculares, ya que las primeras forman parte de los planes de estudio, son asignaturas, y por tanto debemos garantizar al alumno la opción efectiva de realizarlas. - Se ha fijado un criterio académico para la asignación de las plazas de prácticas curriculares.
4 - Se busca homogeneizar los procedimientos para una gestión unívoca sin restringir la autonomía de los centros. La presente normativa está pensada para que afecte a cualquier práctica que se realice en la US, de grado o máster, títulos propios o centros adscritos y aquellas que hagan los estudiantes de la misma en el extranjero y que no estén sujetas a programas de movilidad internacional (Erasmus) que cuentan con sus propios procedimientos. Por otra parte, se fijan requisitos tanto para estudiantes como para empresas, lo que viene a actuar a modo de garantía para los alumnos en el desarrollo de las mismas: Se fija una restricción clara de la duración de las prácticas para evitar la saturación del mercado laboral de estudiantes en prácticas y también el abuso por parte de las empresas. Duración máxima de las prácticas de un alumno: Duración Práctica Curricular (ECTS Plan Estudios) + Práctica extracurricular (Máximo 6 meses). Se cierra el horario para que las prácticas sean compatibles con los estudios y representación y participación de los alumnos en la Universidad (máximo cinco horas diarias, 25 horas semanales, 100 horas mes). Se establece la figura del tutor y los requisitos para cumplirla, tanto por parte de la empresa como por parte de la Universidad. Se diseña un mecanismo de continuidad para subsanar la breve duración de las prácticas curriculares, dando continuación a esta modalidad con las extracurriculares, con la intención de beneficiar tanto al alumno como a la empresa. Se establecen los mecanismos para la evaluación y el reconocimiento académico según lo dispuesto en la Normativa Reguladora del Reconocimiento y Transferencia de Créditos de la US (Acuerdo 4.3/CG 22 de Nov. De 2011).
5 3. Normativa de Centro La Normativa de Prácticas Externas de la Universidad de Sevilla obliga a los Centros a desarrollar sus propias normativas internas para garantizar una gestión eficaz y transparente de sus ofertas de prácticas. A continuación se propone un borrador para dicho procedimiento, que en ningún caso debe entenderse como de uso obligatorio sino orientativo. Uno de los puntos que determina considerablemente este reglamento es la pronunciación del centro sobre si asume o no la gestión de las prácticas extracurriculares, ya que de ser así, este extremo debería quedar recogido. Por otra parte, tiene cabida dentro de la normativa las convocatorias, procedimientos de gestión, excepcionalidad de asignación si el alumno fomenta el convenio, competencias de la Comisión de Prácticas, incorporación de los alumnos de movilidad a los procedimientos de asignación, la entrega de memoria y encuesta final de tutores externos y alumnos, consecuencias de la renuncia injustificada por parte de los alumnos, actuaciones por incumplimiento por parte de la empresa, mecanismos de control, Todos los centros deben dotarse de esta herramienta que tiene que aprobarse por la Junta de Centro, y ser remitida a este Secretariado para su aprobación posterior por Consejo de Gobierno.
6 NORMATIVA INTERNA SOBRE PRÁCTICAS EXTERNAS DE LA FACULTAD/ESCULA DE DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA La Normativa de Prácticas Externas de la Universidad de Sevilla, BOUS nº5 de 14 de septiembre de 2012, establece que es competencia de los centros la regulación de las prácticas curriculares, y las de extracurriculares en el caso de que asumieran su gestión, y que para ello elaborarán una normativa interna que desarrolle determinados aspectos de la normativa general. En relación con la regulación específica de Centros que contempla dicha normativa, la Junta de Facultad/Escuela de la Facultad /Escuela de ha establecido lo siguiente respecto de las prácticas externas. Artículo 1. Objeto La presente normativa regula los procedimientos de matrícula, plazos, oferta, convocatorias, asignación de prácticas y evaluación de las prácticas externas que se realicen en las titulaciones de grado y máster adscritas a la Facultad/Escuela de. Artículo 2. Ámbito de aplicación La presente normativa será de aplicación a los estudiantes matriculados en los títulos impartidos en la Facultad/Escuela de así como a aquellos alumnos adscritos a programas y convenios internacionales. Artículo 3. Definición A efectos de esta normativa, debe entenderse por prácticas académicas externas aquellas actividades formativas realizadas por los estudiantes universitarios y supervisadas por la Universidad de Sevilla, cuyo objetivo es permitir a los estudiantes aplicar y complementar los conocimientos adquiridos en su formación académica, favoreciendo la adquisición de competencias que le preparen para el ejercicio de actividades profesionales, faciliten su empleabilidad y fomenten su capacidad de emprendimiento Podrán realizarse en la propia universidad o en entidades colaboradoras, tales como, empresas, instituciones y entidades públicas y privadas en el ámbito nacional e internacional. Artículo 4. Modalidades. Las prácticas académicas externas pueden ser curriculares y extracurriculares Las prácticas curriculares se configuran como actividades académicas integrantes del Plan de Estudios de que se trate y son competencia directa del centro. 4.2 Las prácticas extracurriculares, son aquellas que los estudiantes podrán realizar con carácter voluntario durante su periodo de formación y que, aún teniendo los mismos fines que las prácticas curriculares, no forman parte del correspondiente Plan de Estudios. No obstante serán contempladas en el Suplemento Europeo al Título conforme determine la normativa vigente (debería añadirse aquí si el centro asume su gestión o no o en qué circunstancias: por ejemplo si es una prolongación de una práctica curricular). Artículo 5. Prioridades Las prácticas curriculares tiene prioridad sobre las extracurriculares. Por tanto no se asignará ninguna de esta segunda modalidad hasta que no se haya cubierto la demanda de matrícula de la primera.
7 5.2. El criterio de asignación de plazas será académico Se procurará que los estudiantes con discapacidad puedan optar a entidades en las que estén aseguradas todas las medidas de accesibilidad universal, incluidas las referidas al transporte para su traslado y acceso a las mismas, conjugando esta prioridad con lo establecido en el apartado anterior. Artículo 6. Requisitos de los estudiantes para la realización de las prácticas Para la realización de las prácticas externas curriculares, los estudiantes deberán cumplir, en su caso, los siguientes requisitos: a) Tener superados el ( al menos el 50 % de los créditos en el caso de los estudios de Grado). b) Estar matriculado en la asignatura correspondiente del Plan de estudio. c) Estar registrado en la aplicación informática que se tenga dispuesta a los efectos de realización de prácticas externas cuando así lo haya dispuesto la Facultad y haber realizado la solicitud pertinente en virtud de la oferta de plazas Para participar en el programa de prácticas extracurriculares, será necesario (puede eliminarse si el centro no asume su gestión): I. estar matriculado en la Universidad de Sevilla, en la titulación para la que se oferta la práctica, o en la enseñanza universitaria a la que se vinculan las competencias básicas, genéricas y/o específicas a adquirir por el estudiante en la realización de la práctica. II. haber superado el 50% de los créditos necesarios para obtener el título cuyas enseñanzas estuviere cursando. En el caso de títulos de un curso de duración, al menos, estar matriculado en el mismo. III. No haber realizado prácticas con una duración igual o superior a lo establecido en la normativa. IV. Estar registrado en la aplicación informática que se tenga dispuesta a los efectos. Artículo 7. Cobertura de seguro Para las prácticas curriculares, los estudiantes estarán cubiertos, en caso de accidente, enfermedad o infortunio familiar por el Seguro Escolar, en los términos y condiciones que establece la legislación vigente. En el caso de estudiantes mayores de 28 años deberán formalizar un seguro de accidente, cuya cuantía correrá a su cargo, debiendo aportar una copia del mismo al Responsable de prácticas del centro previo al inicio de la práctica. Además, queda garantizada la responsabilidad civil de daños a terceros que pueda ocasionar el estudiante en prácticas por la póliza que la Universidad de Sevilla tiene suscrita a tales efectos Para el caso de las prácticas extracurriculares, los estudiantes estarán cubiertos por un seguro de accidentes y responsabilidad civil que será sufragado por la entidad colaboradora y tramitado por la universidad En el caso de prácticas internacionales, y con independencia de la modalidad de prácticas, los estudiantes deberán suscribir por su cuenta un seguro de accidente que incluya la repatriación y un seguro de responsabilidad civil y adjuntar copia que lo acredite para la formalización de las prácticas. Artículo 8. Duración de las prácticas Las prácticas curriculares (pueden detallarse aquí cada uno de los estudios y la duración que en él se prevén para las prácticas) tendrán la duración que establezca el plan de estudios correspondiente, entendiéndose que un crédito ECTS equivale a 25 horas de prácticas, no pudiendo superarse el tiempo establecido en la modalidad de curricular Las prácticas extracurriculares (eliminar si el centro no las asume) tendrán una duración, por titulación, no inferior a 2 meses -salvo que supongan la continuación de la modalidad curricular, en cuyo caso el computo total no podrá ser inferior a tres meses- y no superior a 6 meses, procurando el aseguramiento del correcto desarrollo y seguimiento de las actividades académicas.
8 Artículo 9. Tutorías y requisitos para ejercerlas El Centro garantizará la formación de grupos de Prácticum y su asignación para la tutorización académica dentro del Plan de Ordenación Docente de cada curso, para las prácticas curriculares. 9.2 Cada oferta de prácticas publicada especificará los datos del tutor de prácticas de la empresa, con el que deberán contactar tanto el alumno como el tutor académico En el caso de las prácticas extracurriculares (eliminar si el centro no las asume) el tutor académico lo será a libre designación del Centro. Artículo 10. Procedimiento de gestión hacia alumnos (A desarrollar por el Centro) Sólo los alumnos matriculados de la asignatura de Prácticum tendrá acceso a la oferta de prácticas curriculares, cuyas vacantes, de producirse, podrán pasar a extracurriculares (si la empresa acepta el cambio) Definición de plazos y número de convocatorias anuales, procedimiento de publicación de ofertas y solicitud por parte de los alumnos Definición de procedimiento de asignación (siempre que sea académico) para grado y master si no coinciden Periodos de subsanación de errores y listados de asignación definitivos Mecanismos de actuación en caso de falta de plazas de prácticas curriculares El procedimiento: (a desarrollar por el centro) Mecanismos se sanción de alumnos que renuncien a las prácticas sin causas justificadas Procedimiento de tránsito de práctica curricular a extracurricular en el caso de que el centro la asuma o en el caso de que quiera derivarlas al SPE A aquellos alumnos que fomenten un convenio entre una entidad colaboradora y la Universidad de Sevilla se les permitirá, como excepción a la norma, la asignación de la primera plaza ofertada La memoria final y encuesta: formularios establecidos, plazos, formatos y contenidos básicos Artículo 11. Procedimiento de gestión hacia empresas (A desarrollar por el centro) Definición del procedimiento de solicitud de convenio y exigencia de firma previa al inicio de la práctica por parte del alumno. Anexo?? Definición de plazos de oferta de plazas (procurando que sea por cursos académicos). Documento de solicitud de plazas Anexo?? Definición de procedimiento de información sobre resolución convocatoria El procedimiento: A desarrollar por el centro Procedimiento de emisión de memoria final, y evaluación prácticas Mecanismos de actuación en caso de problemas con alumnos Mecanismos de sanción a las empresas que incumplan con lo ofertado sin motivos justificados Relación con el tutor académico Procedimiento de tránsito de práctica curricular a extracurricular en el caso de que el centro la asuma o en el caso de que quiera derivarlas al SPE.
9 4. Modalidades de Prácticas Se establecen, por tanto, dos modalidades de prácticas: - Curriculares: son aquellas que forman parte del plan de estudio del alumno, sea grado, máster o título propio, y por tanto es obligatoria la matrícula del alumno en dicha asignatura. Además, están asignadas a cursos académicos y el centro puede establecer, en su normativa interna, determinados criterios de porcentajes de créditos cursados para que el alumno formalice su matrícula. - Extracurriculares: son aquellas que no están registradas en los planes de estudio del alumno y por tanto no tienen determinada una duración a priori, no obstante, no podrán superar los 6 meses de duración por titulación. Por otra parte, la normativa establece que quedarán recogidas en el Suplemento Europeo al Título. La implantación de los nuevos planes de estudio supone que las asignaturas de Prácticums, curriculares, tengan unos créditos específicos asignados. En aquellos estudios con una mayor tradición en estas materias, el número de créditos refleja mejor las necesidades formativas de los alumnos. Sin embargo, en otros muchos casos resultan ser escasos o insuficientes, por la duración de las mismas. Esto puede repercutir negativamente en un doble sentido, en primer lugar, podría dar lugar a que las empresas consideraran un problema la inserción de becarios por tan cortos periodos de tiempo, y rescindieran sus convenios u optaran por no solicitarlos; y, por otro, a que la formación de nuestros alumnos fuera deficitaria en este extremo. Por ello, las Normativa de Prácticas Externas ha intentado subsanar este problema promoviendo la opción de que las prácticas extracurriculares den continuidad a las curriculares. La casuística en el caso de las prácticas curriculares es muy amplia ya que oscilan entre los 6 créditos de optatividad y los 30 de obligatoriedad.
10 El caso de las extracurriculares es bastante más simple, se fija un tope de 6 meses por titulación, no pudiendo excederse este periodo. Y un mínimo, 2 meses, que podría ser un mes y medio si dicha práctica se suma a una curricular de 6 créditos y la empresa no quiere exceder el periodo de 3 meses. Ejemplo de periodos mínimos y máximos según créditos de curriculares, computando el crédito ECTS a 5 horas diarias (25 semanales, no más de 100 horas al mes). Créditos ECTS curriculares Duración Curricular Mínimo Extracurriculares 6 créditos 12 créditos 18 créditos 24 créditos 1 ½ mes 3 meses 4 ½ mes 9 meses 1 ½ meses 1 ½ meses 1 ½ mes 1 ½ mes Periodo total 3 meses 4 ½ meses 6 meses 10 ½ meses Máximo 6 meses 6 meses 6 meses 6 meses Extracurriculares Periodo total 7 ½ meses 9 meses 10 ½ meses 12 ½ meses 1 PRACTICAS INTERNACIONALES Por otra parte, los centros pasan a gestionar igualmente las prácticas curriculares internacionales, del siguiente modo: - Aquellas prácticas sujetas a programas de movilidad internacional (alumnos de la US salientes): su gestión se ajustará a lo estipulado por estos programas, deberán incluirse en el acuerdo académico de cada alumno y tendrán el tratamiento que se les de en la Universidad de destino. - Aquellas prácticas sujetas a programas de movilidad internacional (alumnos entrantes): cada centro decidirá si incluye el Prácticum en sus acuerdos académicos y cómo se incorporarán a los procedimientos de asignación de plazas de prácticas curriculares, extremo que quedará recogido en la normativa interna de los mismos. - Aquellos alumnos que quieran realizar prácticas en el extranjero como curriculares pero sin programas de movilidad deberán ser los promotores de los convenios, para ello se está traduciendo la normativa de prácticas al inglés y el convenio tipo al inglés, francés, alemán e italiano, que son los idiomas de destino más frecuentes. Estos alumnos estarán asignados a grupos concretos y habrá de informarse al tutor académico de esta 1 Este es el máximo que permite el RD 1707, 60 semanas de prácticas por titulación.
11 peculiaridad. Por otra parte, deberán suscribir un seguro de accidentes que incluya la repatriación en caso de necesidad (El SACU, tiene suscritos varios acuerdos, más información en Entendemos que esta modalidad de prácticas puede resultar complicada para el centro en primera instancia, pero deben tener la misma consideración que cualquier práctica curricular. No obstante contarán con el apoyo y asesoramiento del SPE en el caso de que el centro lo considere necesario. Si el alumno pretende realizar una práctica extracurricular en el extranjero, el Centro decidirá si asume la gestión o delega la misma en el Secretariado de Prácticas en Empresas y Empleo.
12 5. Documentación y procedimientos para la gestión de prácticas El objetivo de este apartado es conseguir que se unifique el modelo de documentos utilizados en todos los centros. El uso de impresos distintos puede ocasionar confusión en las empresas al encontrarse con modelos dispares según el centro del que provenga el alumno. Teniendo en cuenta este principio entendemos que los mismos pueden ser mejorables y que en algunos casos fijan los mínimos exigibles, como es el caso de la memoria del alumno Documentación para la gestión de prácticas curriculares A continuación pasamos a describir cada uno de los documentos que se incorporan y la finalidad de los mismos, así como las posibles necesidades de gestión que plantean y las novedades que incorporan con respecto a modalidades previas. DOCUMENTO DE SOLICITUD DE CONVENIO Y EL CONVENIO Es el documento que debe enviarse a la empresa cuando solicite un convenio de cooperación educativa con la Universidad de Sevilla. Se han establecido nuevos procedimientos, para simplificar el proceso por parte de la empresa y agilizar la firma y los plazos: 1. Los centros envían a las empresas la solicitud con el convenio, junto con copia de la normativa de prácticas y la información de la documentación necesaria que es preciso que la entidad colaboradora adjunte. Es importante rellenar previamente el campo de Centro promotor y el de alumno (si se contempla en la normativa de centro la excepción a la norma). 2. La empresa rellena la solicitud y el convenio y la remite, junto con la documentación pertinente en cada caso, al Servicio de Prácticas en Empresas por correo ordinario a Avda. Ramón y Cajal nº 1, Sevilla. EL CONVENIO DEBE ENVIARSE POR DUPLICADO, FIRMADO EN TODAS SUS PÁGINAS Y SELLADO EN LA ÚLTIMA.
13 3. Una vez recibido por el SPE, se comprobará la documentación, se pondrá a la firma del Vicerrector de Transferencia Tecnológica y se remitirá original a la empresa. 4. El SPE informará semanalmente a cada Centro de los convenios suscritos a propuesta de los mismos, adjuntando copia de la solicitud del mismo para que el centro disponga de los datos oportunos para la gestión de las prácticas. Entendemos que con este nuevo procedimiento se agilizarán los plazos y se simplificarán los procedimientos para las empresas. El nuevo modelo de convenio es más breve que el anterior y remite en varios de sus artículos a la normativa de prácticas, por lo que consideramos importante que junto con la solicitud se remita a las empresas el PDF o el enlace a la normativa ( 5/pdf/archivo1.pdf), de modo que se facilite el conocimiento de la misma y el contenido real del convenio. Se incluye además un documento informativo con la documentación que necesitan aportar las empresas para la validación del convenio según distintas modalidades de entidades colaboradoras. Para cualquier duda sobre el procedimiento pueden contactar con la persona responsable de la gestión de convenios en el , o en la dirección de correo speconvenioscentros@us.es. Es imprescindible para el inicio de cualquier práctica que el convenio de colaboración educativa se encuentre firmado por la empresa, en las condiciones arriba indicadas, y por el Vicerrector de Transferencia Tecnológica. OFERTA DE PRÁCTICAS Este documento es el que debe formalizar la empresa para solicitar al centro una práctica curricular. En él deben quedar debidamente reflejados los datos de la entidad necesarios para la gestión de las prácticas, el proyecto formativo (que debe ajustarse a las competencias exigibles o esperables de los alumnos que cursen los estudios para los que se ofertan las plazas), la duración de las prácticas, horario,... y aquellos datos que pueden considerarse de interés, entre los que se ha incluido el grado de adaptación de la empresa para personas con disminución física.
14 Se ha considerado que no es necesario diferenciar, como sí se ha hecho en otros casos, entre prácticas curriculares y extracurriculares, puesto que la empresa solicita y es el centro el que decide la modalidad, ya que las curriculares tienen prioridad sobre las extracurriculares. ACTA DE SELECCIÓN DE ALUMNO EN PRÁCTICA CURRICULAR Este documento funciona a modo de contrato entre las partes implicadas en el proceso de prácticas: Universidad, Estudiante y Empresa, y es imprescindible que esté firmado por todas ellas antes del inicio de las mismas. En el caso de que se produzca alguna incidencia durante la realización de las mismas es un documento imprescindible. Para que el centro se garantice que esto es así, debe remitir el documento a la empresa cuando notifique los datos de contacto del alumno asignado, de manera que previamente a la incorporación del mismo firme el documento, que remitirá al centro firmado por ambas partes. Una vez rubricado por el responsable del centro, éste remitirá copia a la empresa. Por otra parte en este documento se ha insertado un apartado en el que se informa al alumno de la existencia de la Normativa de Prácticas Externa de la US, así como de sus obligaciones y derechos durante el periodo de realización de las prácticas. Entendemos que la empresa conoce la normativa y ha rubricado el convenio de colaboración por el que se compromete a cumplirla, de este modo se informa al alumno y le pide el mismo grado de compromiso, una vez conoce sus derechos y obligaciones. SOLICITUD DE RENUNCIA Y SOLICITUD DE RESCISIÓN Hasta la fecha estos dos documentos se encontraban unificados. No obstante en ocasiones ha generado confusión, sobre todo entre los alumnos que han llegado a pensar que la empresa debía darle el visto bueno a su renuncia. Para evitarlo, se han generado dos documentos, uno para cada situación. Debe insistirse a las partes en que es importante informar de estos extremos ya que los centros deben tener conocimiento de las incidencias para poder actuar en caso necesario y decidir sobre una posible reasignación del alumno a otra plaza, la evaluación del prácticum, una llamada de atención a la empresa o la rescisión del convenio.
15 MEMORIA Y ENCUESTA FINAL DEL ESTUDIANTE Se trata de los dos documentos que debe entregar el alumno a la finalización de su periodo de prácticas curricular (aunque la misma tenga continuidad en la modalidad de extracurricular). El RD 1707/2011 establece los indicadores mínimos que deben aparecer en la memoria que realiza el estudiante al final de sus prácticas para que pueda ser evaluado por el tutor académico. Se ha desarrollado un modelo básico en el que a los indicadores propuestos se ha añadido el de la autoevaluación que se hace el propio alumno. En este caso, se trata de un modelo orientativo ya que nos consta que muchos centros con larga tradición en el desarrollo de prácticum tienen desarrollados sus propios modelos, no obstante se solicita que la información contenida en este documento quede incluida en el de los centros. En cuanto a la encuesta, es de vital importancia para acreditar la calidad de las prácticas y poder obtener los indicadores precisos para cumplir con los Sistemas de Garantía de Calidad de los títulos. A fecha de hoy y a la espera de que dispongamos de la aplicación informática PRACUS v.3, esta información debe recogerse en papel para su procesamiento. El centro recogerá en su normativa interna cuál es el procedimiento para la entrega de esta documentación: bien vía tutor académico, bien mediante la entrega directa del alumno en decanato. INFORME Y ENCUESTA FINAL DEL TUTOR DE LA ENTIDAD COLABORADORA Se trata de los dos documentos que debe entregar el tutor de la empresa a la finalización del periodo de prácticas curriculares del alumno asignado (aunque este continúe con la misma en el formato extracurricular). El RD 1707/2011 establece los indicadores mínimos que deben aparecer en la memoria que realiza el tutor externo al final de sus prácticas para que pueda ser evaluado por el tutor académico. Se ha desarrollado un modelo básico en el que a los indicadores
16 propuestos se ha añadido el de evaluación numérica de 0 a 10, de manera que la misma pueda ser tenida en cuenta y sea orientador para el tutor académico. En este caso, se trata de un modelo orientativo ya que nos consta que muchos centros con larga tradición en el desarrollo de prácticum tienen desarrollados sus propios modelos, no obstante se solicita que la información contenida en este documento quede incluida en el de los centros. En cuanto a la encuesta, es de vital importancia para acreditar la calidad de las prácticas y poder obtener los indicadores precisos para cumplir con los Sistemas de Garantía de Calidad de los títulos. A fecha de hoy y a la espera de que dispongamos de la aplicación informática PRACUS v.3, esta información debe recogerse en papel para su procesamiento. El centro debe recoger en su normativa interna cuál es el procedimiento para la entrega de esta documentación: bien vía tutor académico, bien entrega directa por parte de la empresa al Decanato o Dirección del centro. CERTIFICADOS En cuanto a los certificados se entregan dos modelos, uno para el tutor externo y otro para la empresa a la que pertenece. Estos certificados se han diseñado para que puedan ser firmados por el centro y sean un reconocimiento a la labor realizada por la entidad colaboradora. Si el centro lo estima o la empresa lo demanda el Secretariado de Prácticas en Empresas y Empleo también puede emitir dichos certificados.
17 5.2. Documentación para la gestión de prácticas extracurriculares TRANSITO DE LA MODALIDAD DE PRÁCTICA CURRICULAR A LA EXTRACURRICULAR Esta situación no se ha dado hasta la fecha y es la que más complicaciones puede presentar hasta que perfilemos los procedimientos implementados para tal fin. A partir de ahora los centros podrán reclamar la gestión de las prácticas extracurricualres, hasta la fecha gestionadas por el SPE. Este traspaso de gestión se irá realizando paulatinamente conforme se vayan implantando los estudios de grado en los distintos centros y vayan poniendo a funcionar sus prácticas curriculares. Las prácticas curriculares, en muchos casos son de duración escasa, por lo que la posibilidad de dar continuidad al alumno puede resultar satisfactoria no sólo para la Empresa sino para el propio estudiante. Para posibilitar este extremo, se han establecido varios procedimientos según situaciones. El primero de ellos, es que si llega una plaza de práctica extracurricular al Servicio de Prácticas en Empresas con el perfil de alguno de los centros que ya tiene en funcionamiento los prácticums de grado, se le informará de este extremo en dos sentidos: 1. Por si precisa de la plaza para transformarla en curricular y así cubrir la demanda de los alumnos. 2. Por si asume su gestión como extracurricular, para dar continuidad a la curricular. Dicha comunicación se establecerá con el responsable de centro para la gestión de las prácticas: Vicedecanos y Subdirectores mediante correo electrónico con el siguiente contenido: Buenos días, Según se indica en el artículo 6.1 de la Normativa de Prácticas Externas de la US, la modalidad de práctica curricular tendrá prioridad frente a la extracurricular y habiéndose recibido en el SPE oferta de prácticas, en la modalidad extracurricular, para perfiles cuya titulación se imparte en su Centro, se adjunta información de la oferta para que nos comunique si será gestionada por su centro como curricular o desea que se tramite por el SPE como extracurricular.
18 Hay que recordar que si la duración de la práctica solicitad por la empresa colaboradora es superior al periodo que establece el plan de estudio para la curricular, puede ser gestionada una primera parte por curricular y el resto por extracurricular. Se solicita informe de su decisión, por medio de respuesta a este , en un plazo no superior a tres días hábiles, para así no retrasar la gestión de la oferta por una u otra modalidad y dar una respuesta a la empresa colaboradora. Atentamente, Relación de empresas colaboradoras que han ofertado plazas. EMPRESA COLABORADORA PLAZAS OFERTADAS REFERENCIA Entendemos que es importante que se de respuesta a este correo tanto si es en sentido afirmativo como negativo. Por otra parte, si pasado el plazo de tres días desde la remisión del mensaje no se ha obtenido respuesta, se procederá a confirmar la renuncia a la gestión mediante llamada telefónica. En el caso de que el centro proceda a gestionar las prácticas extracurriculares, necesita gestionar los siguientes documentos: SOLICITUD OFERTA DE PLAZAS DE PRÁCTICAS Es idéntica a la de las plazas curriculares y cumple la misma función. ACTA DE SELECCIÓN ALUMNO Cumple la misma función que en el caso de las curriculares, aunque se ha generado un documento similar al de la práctica curricular en la que se incluye el importe del canon en función de la beca que la empresa abone al alumno. De este modo se considera al alumno informado de sus condiciones económicas y a la empresa de los costes que le supondrá tener a un alumno en esta modalidad de prácticas. Junto a este documento se anexará el siguiente. CONDICIONES ECONÓMICAS
19 Este documento cumple la función de informar a la empresa de las condiciones económicas en las que se desarrolla la práctica. Se le informa de quién gestionará el cobro del canon (FIUS) y de cuándo recibirá la factura correspondiente. Por otra parte, se le solicitan los datos fiscales actualizados, para comprobar la veracidad de los que obran en nuestro poder y evitar el impago o devolución de las facturas por otros motivos una vez emitidas. DOCUMENTOS DE RESCISIÓN Y RENUNCIA Son idénticos a los de las plazas curriculares y cumplen la misma función. SOLICITUD DE PRÓRROGA En el caso de las prácticas extracurriculares, sí procede la solicitud de prórroga de la práctica del alumno, siempre que no exceda el tiempo estipulado en la normativa de prácticas (6 meses por titulación como máximo). El centro debe contar con mecanismos que le permitan comprobar estos extremos. INFORME Y ENCUESTA FINAL ALUMNO Y EMPRESA El centro debe establecer los mecanismos para que tanto el alumno como el tutor de la empresa remitan el informe y la encuesta final a quien proceda. En cualquier caso, una vez cerrado el expediente, debe reenviar las encuestas de calidad al Secretariado de Prácticas en Empresa y Empleo para su procesamiento. Lo que puede hacerse una única vez al año coincidiendo con el final del curso académico (septiembre). CERTIFICADOS EMPRESA Y TUTOR En cuanto a los certificados se entregan dos modelos, uno para el tutor externo y otro para la empresa a la que pertenece. Estos certificados se han diseñado para que puedan ser firmados por el centro y sean un reconocimiento a la labor realizada por la entidad colaboradora. Si el centro lo estima o la empresa lo demanda el Secretariado de Prácticas en Empresas y Empleo también puede emitir dichos certificados.
20 Tabla resumen sobre los documentos y anexos relacionados: Nombre documento Práctica Curricular Práctica Extracurricular Observaciones Solicitud de Convenio X X Imprescindible para formalizar un convenio Convenio X X Imprescindible para el inicio del proceso Solicitud de Oferta de Plazas X X Necesario para dar publicidad a la plaza Acta de Selección Curricular X Contrato entre las partes implicadas Acta de Selección Extracurricular X Contrato entre las partes implicadas Solicitud de Renuncia X X Sólo para estudiantes Solicitud de Rescisión X X Sólo para empresas Memoria y Encuesta Alumno X X Tiene especial relevancia en las curriculares Informe y Encuesta Tutor Empresa X X Tiene especial relevancia en las curriculares Diploma Empresa y Tutor X X Transito Curricular-Extracurricular Información Económica y Confirmación datos fiscales Solicitud de Prórroga Información Económica Empresa X X X X Aunque en varios casos, los documentos son casi idénticos se han incluido dos versiones, uno para curriculares y otro para extracurriculares, de modo que queden reflejados los aspectos económicos a los que están sujetas esta segunda modalidad de prácticas. En la documentación que se incluye en el CD adjunto, se ha optado por generar dos carpetas, una para cada modalidad de prácticas de manera y se han incluido los documentos necesarios para la gestión de cada modalidad aún a riego de repetir documentos.
21 6. Canon de Gestión El canon de gestión es el importe que abona la empresa a la Universidad de Sevilla por los gastos que ocasionan la gestión de las prácticas extracurriculares. Se incluye aquí el importe del seguro adicional que cubre al alumno durante la realización de estas prácticas así como los gastos de gestión que ocasiona. El canon de gestión aprobado para el próximo año 2013 (se aprueba por Resolución Rectoral anualmente) es de 30 euros / mes + IVA en el caso de que no haya beca en metálico para el alumno, o del 10% + IVA del importe de la beca, siendo la beca mínima de 250 / mes. Cuando los centros asuman la gestión de las prácticas extracurriculares, están obligados a informar al Secretariado de Prácticas en Empresa y Empleo de las prácticas de esta modalidad que han gestionado, la empresa promotora, el importe de la beca mensual, la duración de la práctica. Para facilitar este procedimiento se ha generado una página de excell con los campos necesarios para la gestión del canon (incluida también en el CD adjunto). Este documento será remitido a spe_gesteco@us.es antes del día 5 de cada mes con los datos de las prácticas que hayan vencido justo en el mes anterior. Se establecen dos excepciones a la norma: 1. Las prácticas internacionales están exentas de este canon, puesto que el alumno se encarga de gestionar y pagar su seguro, y por las dificultades que implicarían el cobro a empresas extrajeras. 2. Se establece un ITINERARIO DE EXCEPCIONALIDAD para las administraciones públicas de orden local, regional o nacional, de manera que las mismas estarán, igualmente, exentas del pago de canon.
22 PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN DE ENTRADA DE OFERTA DE PRÁCTICAS Gestión entrada oferta de prácticas Entrada de oferta de prácticas SPE Recibida por? CENTRO Comunicar Centro? Si Si Genera una extracurricular? No Envío de la oferta por al Centro Si No Gestión extracurricular por SPE No Gestionará oferta el Centro? No fin de la extracurricular? El Centro gestiona la extracurricular? No Gestión curricular por Centro El Centro debe realizar el tránsito de un tipo a otro de práctica a través de una nueva acta de selección SI Gestión extracurricular por Centro Envío de los datos de la extracurricular al SPE con al menos 15 días de antelación al inicio de la práctica para la gestión de esta sin interrupción No fin de la extracurricular? Gestión extracurricular por SPE No Si Si fin de la extracurricular? Canon de Gestión Si Fin GEOP v1.0 27/09/12
23
24 7. Quién es Quién en la gestión de prácticas Ramón González Carvajal Vicerrector de Transferencia Tecnológica María del Mar García Directora Secretariado de Gordillo Prácticas en Empresa y Empleo Sebastián Gamero Director Técnico del spedireccion@us.es Gómez Servicio de Prácticas en Empresas Dolores Pizarraya Gestión de convenios speconvenioscentros@us.es Garrido Luis Jiménez Iznar Gestión Económica spe_gesteco@us.es Clara Pérez Machado Gestión Prácticas Extracurriculares Montserrat Sánchez Gestión de Prácticas Tenorio Extracurriculares Manuel Melero Mateo Auxiliar Administrativo También podéis contactar con nosotros a través de las siguientes direcciones de correos y teléfonos: Para alumnos: infopracticas@us.es ó Para Centros: speconvenios@us.es ó O visitándonos en la siguiente dirección: Servicio de Prácticas en Empresas y Empleo Avda. Ramón y Cajal nº Sevilla
25 ANEXOS
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