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1 SUPERINTENENCIA EL SISTEMA FINANCIERO SAN SALVAOR, EL SALVAOR, C.A. TELEFONO (503) Web: Resolución No. A-O-AF-052 /98. San Salvador, 10 de junio de LA SUPERINTENENCIA E PENSIONES CONSIERANO: I. Que es necesario profundizar en el detalle de la aplicación de las fórmulas a utilizar para el cálculo de los capitales técnicos necesarios. II. Que es necesario estandarizar la normativa, en cuanto a las cifras decimales que se utilizaran para efectuar los cálculos relacionados con la determinación de las tablas de mortalidad los capitales técnicos necesarios. Con base en todo lo expuesto en el ejercicio de sus facultades legales, RESUELVE: I. ejar sin efecto el Instructivo No. SAP-18/98: Instructivo para la eterminación de los Capitales Técnicos Necesarios Generación de Tablas de Mortalidad de fecha veinticinco de marzo de mil novecientos noventa ocho; II. Emitir el Instructivo No. SAP - 29/98: Instructivo para la eterminación de los Capitales Técnicos Necesarios Generación de Tablas de Mortalidad, que sustitue al instructivo mencionado en el numeral anterior, cuas normas constituen anexo a la presente resolución;

2 COMUNÍQUESE Francia Brevé Superintendente. 1

3 INSTRUCTIVO SAP No. 29/98 PARA LA ETERMINACION E LOS CAPITALES TECNICOS NECESARIOS Y GENERACION E LAS TABLAS E MORTALIA I) OBJETO Establecer las especificaciones técnicas, incluendo las variables, fórmulas tablas a utilizar para el cálculo del capital técnico necesario para el afiliado su grupo de beneficiarios. II) EFINICIONES Para los efectos de este instructivo se definen los siguientes conceptos: Capital Técnico Necesario (CTN): es el valor actual esperado de las pensiones de referencia del causante sus beneficiarios a partir de la fecha en que se ejecute el segundo dictamen de invalidez, se produzca el fallecimiento, o se cumplan con los requisitos para otorgar la pensión de vejez hasta la extinción del derecho a pensión del afiliado de cada uno de los beneficiarios acreditados. Capital técnico necesario por unidad de pensión (ctn): capital necesario para financiar una unidad de pensión. Pensión de referencia del afiliado: la que se determinará como un porcentaje del Salario Básico Regulador aplicable para cualquier tiempo de servicio que hubiere prestado el afiliado. Pensión de referencia de los beneficiarios: la que se obtiene de multiplicar la pensión de referencia del causante, por el porcentaje que a cada beneficiario corresponda. Salario Básico Regulador: el promedio mensual del ingreso base de cotización calculado de conformidad a la Le del Sistema de Ahorro para Pensiones, al Instructivo para la eterminación Cálculo del Salario Básico Regulador. III) ENOMINACIONES E IGUALAES Para efectos de este instructivo se utilizará las siguientes igualdades denominaciones: 2

4 enominaciones x z h h m h i CTN ctn i tablas v SBR l x, l Edad del causante de pensión Edad de él o la cónuge, él o la conviviente, padre madre del causante Límite máximo de edad para hijos normales con derecho a pensión, es decir años. Edad del hijo Edad del hijo menor Edad del hijo inválido Capital Técnico Necesario Capital técnico necesario por unidad de pensión Tasa de interés anual, utilizada para establecer valores conmutativos en Factor de actualización Salario Básico Regulador Número de personas vivas a una edad determinada Igualdades x = v x. l x N x x x = v x. l x. l N x x 3

5 1 v (1 i) x IV) FÓRMULAS PARA EL CALCULO EL ctn. Las fórmulas de ctn se determinarán utilizando la teoría actuarial mediante el desarrollo de funciones actuariales valores conmutativos, los cuales permiten, a partir de una tabla de mortalidad una tasa de interés, determinar el valor presente de beneficios futuros de una forma rápida efectiva. Las tablas de mortalidad la tasa de interés serán proporcionadas por la Superintendencia de Pensiones. El factor ctn toma diversos valores según la característica del causante de la pensión. A continuación se presentan las diferentes fórmulas de cálculo. 1. Causante de pensión por vejez o invalidez definitiva. ctn N x x x 2. El o la cónuge, él o la conviviente, cuando no existieren hijos normales con derecho a pensión o hubiere uno o más hijos inválidos, o padre madre de un pensionado por vejez o por invalidez permanente. N ctn - N x x x 3. El o la cónuge, él o la conviviente, con hijos con derecho a pensión, cuando se trate de pensiones por vejez o invalidez. Siempre cuando no existieren hijos inválidos dentro del grupo de beneficiarios. 4

6 N ctn N x 12 x x N 0.20 z-hm zhm N xzhm; zhm x xzhm; zhm 4. Hijo normal del causante, con derecho a pensión (sí sólo sí : z h > 0), cuando se trate de pensiones por vejez o invalidez. ctn N N N N h z h h z xh xzh; z xh xh xzh; z 5. Hijo inválido del causante, con derecho a pensión, cuando se trate de pensiones por vejez o invalidez. Nhi hi ctn - hi N xhi xhi xhi 6. Cónuge o conviviente de un afiliado fallecido, cuando no se tienen hijos con derecho a pensión, o el o los hijos son inválidos, o para el padre madre de un afiliado fallecido. ctn N 7. Cónuge o conviviente de un afiliado fallecido, cuando no se tienen hijos inválidos existen hijos con derecho a pensión. N ctn N 0.20 z-hm zhm 5

7 8. Hijos normales de un afiliado fallecido. ctn N N z h h z 9. Hijos inválidos, padre o madre inválidos de un afiliado fallecido. ctn Nhi hi hi La cantidad de decimales a utilizar para el cálculo de los ctn es de ocho cifras con aproximación normal. V) ETERMINACION EL CTN En términos generales, para determinar el CTN requerido para financiar una pensión, se aplicará la siguiente fórmula: CTN = ctn x 12.5 x % de pensión de referencia. Para determinar el CTN total, es necesario sumar el CTN del afiliado el de cada uno de sus beneficiarios. Cuando se tratare de pensiones por sobrevivencia el CTN total será la suma del CTN de cada uno de los beneficiarios. VI) PENSIONES E REFERENCIA 1 Para el cálculo del CTN, la pensión de referencia del causante para el pago de pensiones por invalidez conforme al primer dictamen se determinará de acuerdo a los porcentajes establecidos en el artículo 120 de la Le del Sistema de Ahorro 1 Romano VI, sustituido mediante Reforma de fecha 30 de octubre de

8 para Pensiones. Asimismo, las pensiones de referencia de los beneficiarios de pensión por sobrevivencia serán determinadas de acuerdo a lo establecido en el artículo 121 de la misma Le. VII) GENERACION E TABLAS E MORTALIA Las fórmulas para determinar los ctn, han sido expresadas en términos de las funciones conmutativas, siendo necesario la utilización de funciones analíticas que permitan generar las tablas de mortalidad. Estas funciones analíticas se presentan en función de q x que corresponde a la probabilidad de que una persona de edad x fallezca dentro de un año, es decir: q x lx l lx x 1 qx dx lx La función matemática que se utiliza para la generación de los valores q x en tablas de mortalidad se expresa de la siguiente forma: q x 1 s g x c c1 Para todas las tablas cuando la edad sea 0 años, la q x será igual a 1. A continuación se presentan los parámetros necesarios para la generación de las tablas de mortalidad: 1. Tablas RV H ES RV H ES, se utilizarán para el cálculo de los ctn correspondientes a los afiliados no inválidos. i) RV H ES (vejez hombres) 0 x < x < 0 c = c = g = g = s = s =

9 ii) RV M ES (vejez mujeres) 0 x < x < 0 c = c = g = g = s = s = Las tablas BH ES BM ES, se utilizarán para el cálculo de los ctn correspondientes a los beneficiarios de pensión de sobrevivencia. Los parámetros a utilizar son los siguientes: i) BH ES (beneficiarios hombres) 0 x < x < 0 c = c = g = g = s = s = ii) BM ES (beneficiarios mujeres) 0 x < x < 0 c = c = g = g = s = s = Las tablas MI H ES MI M ES se utilizarán para calcular los ctn correspondiente a afiliados inválidos beneficiarios inválidos. Los parámetros a utilizar son los siguientes: i) MI H ES (inválidos hombres) 8

10 0 x < x < 0 c = c = g = g = s = s = ii) MI B ES (inválidos mujeres) 0 x < x < 0 c = c = g = g = s = s = Las tablas de mortalidad a que se refiere este numeral han sido generadas con la información proporcionada para cada una de ellas. e manera general para la creación de las tablas se ha siguiente: considerando lo 1. En todas las columnas que se efectúan multiplicaciones se ha utilizado la fórmula redondear. 2. Los valores correspondientes a las q x se han aproximado a 5 decimales. 3. Los valores correspondientes al factor de actualización se han aproximado a 8 decimales. 4. El resto de columnas se ha redondeado a cero decimales. ichas tablas se agregan a este instructivo del cual forman parte integrante. VIII) TASA E INTERES La tasa de interés que se utilizará para la generación de las tablas de mortalidad es del 6% (seis por ciento), dicha tasa se revisará periódicamente por la Superintendencia, será actualizada mediante resolución emitida por el Superintendente IX) CONSIERACIONES GENERALES 9

11 La Superintendencia se reserva el derecho de efectuar cambios sobre el contenido de este instructivo cuando así lo considere necesario, a fin de garantizar el adecuado otorgamiento de pensiones o beneficios del SAP. X) VIGENCIA El presente instructivo entrará en vigencia a partir del día 10 de junio de Francia Brevé Superintendente. 10

12 SUPERINTENENCIA EL SISTEMA FINANCIERO SAN SALVAOR, EL SALVAOR, C.A. TELEFONO (503) Web: TABLAS E INVÁLIOS HOMBRES MI H ES TABLAS E INVÁLIOS MUJERES MI M ES i = 6% i = 6% EA qx dx lx v^x x Nx EA qx dx lx v^x x Nx , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , ,5 8957, , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , ,460 9, , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , ,586 62, , , , , ,2 878, , ,667

13 , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , ,842 35, , , , , , , , , , , , , , , ,2 2672, , , , , , , ,066 74, , , , , , , , , , , , , , , ,673 29, , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , ,250 27, , , , , , , , , , , ,655 14, , , , , , , ,041 13, , , , , , , , , , , , , , , ,075 31, , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , ,380 1

14 , , , , , , , , , , , , ,6 655, , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , ,853 6, , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , ,560 1, , , , , ,743 4, , , , , , , , , , , , , ,5 322, , , , , , , , , , , , , ,7 558, , , , , , , , , ,052 9, , , , , , , , , , , , , , , , , ,8 342, , , , , , , , , ,063 98, , , , , , , ,202 88, , , , , ,326 3, ,404 79, , , , , , , ,666 71, , , , , , , ,982 63, , , ,378 7, , , ,350 56, , , , , , , ,765 50, , , ,672 96, , , ,225 44, , , ,902 86, ,699 8, ,727 39, , , ,183 77,430 2

15 , , ,267 34, , , ,512 69, , , ,844 30, , , ,886 61, , , ,457 26, , , ,305 54, , , ,098 22, , , ,758 48, , , ,765 19, , , ,3 42, , , ,459 17, , , ,759 37, , , ,176 14, , , ,304 32, , , ,917 12, ,019 3, ,877 28, , , ,680 10, , , ,477, , , ,464 8, , , ,103 21, , , ,268 7, , , ,756 18, ,931 5, ,091 6, , , ,433 15, , , , , , ,134 12, ,275 93, , , , ,859 10, ,840 83, , , , ,606 8, ,336 73, , , , ,377 7, ,768 64, , , , ,169 5, ,143 55, , , , , ,472 47, , , , , ,767 39, ,055 2, , ,042 33, ,021 96, , ,309 27, ,834 81, , ,588 21, ,523 67, , ,891 17, ,121 55, ,234 13, ,670 44, ,630 10, ,216 34, ,088 7, ,804 26,

16 ,616 5, ,479 19, ,215 3, ,277 14, , ,227 9, , ,345 6, , ,635 4, ,089 2, ,

17 TABLAS E VEJEZ HOMBRES RV H ES (REVISAA) i = 6% EA qx dx lx v^x x Nx , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , ,041 5

18 , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , ,0 984, , , , , , , , , , , ,6 981, ,046 18, , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , ,435 6

19 , , ,6 1328, , , , , , , ,461 56, , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , ,4 849, , , , , , , ,5 825, , , , , , , , , , , , , , ,749 7

20 , , , , , , , , , , ,392 4, , , , , , , ,425 91, , , ,525 80, , , ,676 71, , , ,877 62, , , ,126 54, , , ,421 47, , , ,761 41, , , ,145 35, , , ,571 30, , , ,038 25, , , ,545 21, , , ,091 18, , , ,675 14, , , ,296 12, , , ,954 9, , , ,646 8, , , ,372 6, ,9 201, ,130 4, , , , , , , , , , , , , ,178 82, ,172 8

21 ,723 64, ,327 50, ,060 37, ,982 27, ,140 19, ,566 13, ,273 9, ,252 5, ,483 3, , ,

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