Miércoles 11 de Julio de 2007 Periódico Oficial No. 036
|
|
- Adolfo Quintero Crespo
- hace 5 años
- Vistas:
Transcripción
1 Acuerdo del Consejo General del Instituto Estatal Electoral, por el que se aprueban los formatos de solicitudes de registro de candidatos que deberán utilizar los partidos políticos y las coaliciones, así como por el que se establecen los procedimientos a que se sujetará el registro de candidatos a diputados estatales por los Principios de Mayoría Relativa, de representación proporcional y el de miembros de Ayuntamiento del Estado de Chiapas, en el Proceso Electoral local Ordinario C o n s i d e r a n d o 1. Que en términos de lo dispuesto en el artículo 19, de la Constitución Política del Estado de Chiapas, con relación al artículo 104, del Código Electoral del Estado de Chiapas, el Instituto Estatal Electoral es un organismo independiente, permanente, imparcial, autónomo y público del Estado, responsable de la preparación, organización y vigilancia de las elecciones estatales y municipales, así como corresponsable en la vigilancia de las precampañas, que cuenta además con personalidad jurídica y patrimonio propios. 2. Que en términos del artículo 9, del Código Electoral del Estado de Chiapas, el domingo 7 de octubre de 2007, se celebrará la elección local ordinaria de diputados y miembros de ayuntamiento, mediante sufragio universal, libre, secreto y directo. 3. Que de conformidad con el artículo 106, del Código Electoral del Estado de Chiapas, el Consejo General es el órgano responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral, así como de velar porque las actividades del Instituto se guíen por los principios dispuestos en dicho Código. 4. Que dentro de las atribuciones que tiene el Consejo General de acuerdo con la fracción I, del artículo 113, del Código Electoral del Estado de Chiapas, está la de dictar las previsiones destinadas a hacer efectivas las disposiciones del propio Código. 5. Que según lo dispuesto en el artículo 16, del Código Electoral del Estado de Chiapas, los partidos políticos son entidades de interés público y tienen como fin, entre otros, contribuir a la integración de la representación estatal, y con el carácter de organizaciones de ciudadanos, hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público, de acuerdo con los programas, principios e ideas que postulen y mediante el voto. 6. Que el artículo 15, de la Constitución Política del Estado de Chiapas, dispone que el Poder Legislativo se deposita en una asamblea de representantes del pueblo que se denominará Congreso del Estado de Chiapas. 7. Que según lo dispuesto en el artículo 11, del Código Electoral del Estado de Chiapas, el Poder Legislativo se deposita en una asamblea que se denomina Congreso del Estado de Chiapas, integrada por 24 diputados electos por mayoría relativa votados en distritos electorales uninominales, y por 16 diputados electos por el principio de representación proporcional por cada Diputado propietario habrá un suplente. 1 OEE O36.pmd 1
2 Periódico Oficial No. 036 Miércoles 11 de Julio de Que el artículo 13, del mismo ordenamiento legal establece que existirá una circunscripción plurinominal, constituida por toda la entidad, en la que serán electos dieciséis diputados, según el principio de representación proporcional, por el sistema de lista estatal, integrada por hasta dieciséis candidatos propietarios y sus respectivos suplentes por partido político. 9. Que el artículo 15, del Código Electoral del Estado de Chiapas, refiere que las diputaciones y regidurías de representación proporcional tienen por objeto asegurar la pluralidad proporcional de los partidos políticos en el seno de la cámara de diputados y ayuntamientos; proporcionalidad que invariablemente deberá mantenerse en beneficio del partido que haya resultado favorecido en la asignación de plurinominales. 10. Que con fundamento en el artículo 260, del Código Electoral del Estado de Chiapas, tendrán derecho a la asignación de diputados por el principio de representación proporcional el partido político, que haya registrado candidatos a diputados por el principio de mayoría relativa en cuando menos la mitad de los distritos electorales uninominales; y que haya obtenido por lo menos el dos por ciento de la votación total válida de diputados en el estado. 11. Que el artículo 14, del Código Electoral del Estado de Chiapas, determina que para las elecciones de los integrantes de los ayuntamientos se sujetará a la división política establecida en la Constitución Política del Estado y en la Ley Orgánica Municipal. 12. Que en términos de lo dispuesto por el artículo 3, de la Constitución Política del Estado de Chiapas y 11, de la Ley Orgánica Municipal, el estado de Chiapas está integrado por los siguientes municipios: 1.- Acacoyagua; 2.- Acala; 3.- Acapetahua; 4.- Aldama; 5.- Altamirano; 6.- Amatán; 7.- Amatenango de la Frontera; 8.- Amatenango del Valle; 9.- Ángel Albino Corzo; 10.- Arriaga; 11.- Bejucal de Ocampo; 12.- Bella Vista; 13.- Benemérito de las Américas; 14.- Berriozábal; 15.- Bochil; 16.- Cacahoatán; 17.- Catazajá; 18.- Cintalapa; 19.- Coapilla; 20.- Comitán de Domínguez; 21.- Copainalá; 22.- Chalchihuitán; 23.- Chamula; 24.- Chanal; 25.- Chapultenango; 26.- Chenalhó; 27.- Chiapa de Corzo; 28.- Chiapilla; 29.- Chicoasén; 30.- Chicomuselo; 31.- Chilón; 32.- El Bosque; 33.- El Porvenir; Escuintla; 35.- Francisco León; 36.- Frontera Comalapa; 37.- Frontera Hidalgo; 38.- Huehuetán; 39.- Huitiupán; 40.- Huixtán; 41.- Huixtla; 42.- Ixhuatán; 43.- Ixtacomitán; 44.- Ixtapa; 45.- Ixtapangajoya; 46.- Jiquipilas; 47.- Jitotol; 48.- Juárez; 49.- La Concordia; 50.- La Grandeza; 51.- La Independencia; 52.- La Libertad; 53.- Las Margaritas; 54.- Larráinzar; 55.- Las Rosas; 56.- La Trinitaria; 57.- Mapastepec; 58.- Maravilla Tenejapa; 59.- Marqués de Comillas; 60.- Mazapa de Madero; 61.- Mazatán; 62.- Metapa; 63.- Mitontic; 64.- Montecristo de Guerrero; Motozintla; 66.- Nicolás Ruiz; 67.- Ocosingo; 68.- Ocotepec; 69.- Ocozocoautla de Espinosa; 70.- Ostuacán; 71.- Osumacinta; 72.- Oxchuc; 73.- Palenque; 74.- Pantelhó; 75.- Pantepec; 76.- Pichucalco; 77.- Pijijiapan; 78.- Pueblo Nuevo Solistahuacán; 79.- Rayón; 80.- Reforma; 81.- Sabanilla; 82.- Salto de Agua; 83.- San Andrés Duraznal; 84.- San Cristóbal de Las Casas; 85.- San Fernando; 86.- San Juan Cancuc; 87.- San Lucas; 88.- Santiago El Pinar; 89.- Siltepec; 90.- Simojovel; 91.- Sitalá; 92.- Socoltenango; 93.- Solosuchiapa; 94.- Soyaló; 95.- Suchiapa; 96.- Suchiate; 97.- Sunuapa; 98.- Tapachula; 99.- Tapalapa; Tapilula; Tecpatán; Tenejapa; Teopisca; Tila; Tonalá; Totolapa; Tumbalá; Tuxtla Gutiérrez; Tuxtla Chico; Tuzantán; Tzimol; Unión Juárez; Venustiano Carranza; Villa Comaltitlán; Villa Corzo; Villaflores; Yajalón y Zinacantán. 2 OEE O36.pmd 2
3 13. Que con fundamento en el artículo 59, de la Constitución Política del Estado de Chiapas, y 20, de la Ley Orgánica Municipal, los ayuntamientos se integrarán por: Un Presidente, un Síndico y tres Regidores Propietarios y sus Suplentes de Mayoría Relativa y dos Regidores de Representación Proporcional en aquellos municipios cuya población no exceda de 7,500 habitantes. Un Presidente, un Síndico Propietario y un Suplente, seis Regidores Propietarios, tres Suplentes de Mayoría Relativa y Cuatro Regidores de Representación Proporcional, en aquellos municipios cuya población sea de más de 7,500 habitantes y no exceda de 100,000 habitantes. Un Presidente, un Síndico Propietario y un Suplente y ocho Regidores Propietarios, cuatro Suplentes de Mayoría Relativa y seis Regidores de Representación Proporcional, en aquellos municipios cuya población sea de más de 100,000 habitantes. Se anexa listado que conforman los tres grupos para la integración de ayuntamientos período , tomando como referencia el número de habitantes de la proyección de población 2007, que oficialmente proporcionó el Consejo Estatal de Población. 14. Que con fundamento en el artículo 181, del Código Electoral del Estado de Chiapas, los plazos para el registro de las candidaturas en el año de la elección tomando en cuenta la naturaleza de esta elección son: Para diputados de mayoría relativa del 16 al 31 de julio; para las listas de diputados de representación proporcional del 1 al 15 de agosto; y para miembros de los ayuntamientos, del 16 al 31 de julio. 15. Que el citado ordenamiento legal en su párrafo segundo establece que los consejos electorales, dentro de su competencia, publicarán con diez días de anticipación los avisos en sus respectivas demarcaciones de la apertura del período del registro de candidaturas. 16. Que el artículo 182, del mismo ordenamiento dispone que corresponde exclusivamente a los partidos políticos, en su caso a las coaliciones, el derecho de solicitar el registro de candidatos a cargos de elección popular. Y que para el registro deberán de haber obtenido el registro de sus plataformas que sus candidatos sostendrán durante sus campañas políticas. Este último supuesto fue cumplido en tiempo y forma por cada uno de los partidos políticos. 17. Que el artículo 184, del Código Electoral del Estado de Chiapas, señala que la solicitud de registro de candidatos deberá contener: I.- Nombre y apellidos del candidato; II.- Edad, lugar de nacimiento, domicilio y ocupación; III.- Cargo para el que se postulan; IV.- Denominación, color o combinación de colores del partido o coalición que los postula; V.- Datos de la credencial de elector con fotografía; VI.- Que el candidato o candidatos fueron seleccionados de conformidad con las bases estatutarias del propio partido; y VII.- La firma del funcionario o representante de partido o coalición postulante, autorizado para ello. 18. Que el artículo 185, de la misma ley señala, que la solicitud de registro deberá presentarse en el formato que expida el Consejo General y deberá ir acompañada de los siguientes documentos: I.- Declaración de aceptación de la candidatura debidamente firmada por el candidato propuesto; II.- Copia certificada del acta de nacimiento del candidato; III.- Fotocopia de la credencial para votar con fotografía; IV.- Constancia de residencia expedida por la autoridad competente o por Notario Público; y V.- Los demás, que en su caso, determine el Consejo General, para acreditar los 3 OEE O36.pmd 3
4 Periódico Oficial No. 036 Miércoles 11 de Julio de 2007 requisitos de elegibilidad previstos en la Constitución Política del Estado de Chiapas, el Código Electoral del Estado de Chiapas y la Ley Orgánica Municipal. 19. Que el artículo 17, de la Constitución Política del Estado de Chiapas, establece que para ser diputado estatal se requiere: I.- Ser ciudadano chiapaneco por nacimiento en el ejercicio de sus derechos; II.- Tener veintiún años cumplidos el día de la elección; III.- No pertenecer al estado eclesiástico o ser ministro de algún culto; y IV.- Haber residido en el estado cuando menos cinco años anteriores a dicha elección. 20. Que el artículo 60, de la Constitución Política del Estado de Chiapas, establece que para ser miembro de un Ayuntamiento se requiere: I.- Ser ciudadano chiapaneco por nacimiento en pleno goce de sus derechos; II.- Saber leer y escribir; III.- No pertenecer al estado eclesiástico ni ser ministro de algún culto religioso; IV.- Ser originario del municipio, con residencia mínima de un año o ciudadano chiapaneco por nacimiento con una residencia mínima de 5 años en el municipio de que se trate; V.- No prestar servicios a gobierno o instituciones extranjeras; y VI.- Los demás que establezca la legislación respectiva. 21. Que con fundamento en el artículo 113, fracción V, del Código Electoral del Estado de Chiapas, al Consejo General del Instituto Estatal Electoral del Estado de Chiapas, le corresponde registrar las candidaturas de diputados de representación proporcional y concurrentemente con los consejos respectivos las de diputados de mayoría relativa y de miembros de los ayuntamientos; 22. Que el artículo 132, fracción III, del Código Electoral del Estado de Chiapas, dispone que los consejos distritales y municipales electorales, respectivamente, tienen como atribución registrar concurrentemente con el Consejo General a los candidatos a diputados de mayoría relativa y miembros de los ayuntamientos 23. Que derivado de lo anterior, es de primordial importancia e interés del Instituto Estatal Electoral que los partidos políticos o coaliciones puedan ejercer con toda oportunidad y plena apertura, dentro del marco de la legalidad previsto por el Código Electoral del Estado de Chiapas, sus derechos relativos a la postulación de candidatos para cargos de elección popular. Al efecto, es fundamental que el Consejo General del Instituto Estatal Electoral en ejercicio de sus facultades, oportunamente provea lo necesario para garantizar a plenitud los derechos de los partidos políticos materia del presente acuerdo. Lo que indudablemente contribuirá a consolidar la confianza en la certeza, imparcialidad y credibilidad de los procedimientos e instituciones Electorales del Estado de Chiapas. Que por lo expuesto anteriormente, es prioridad del Consejo General dar certeza al proceso electoral definiendo claramente la documentación a presentar al momento del registro de los candidatos a ocupar el cargo de diputados estatales por los principios de mayoría relativa, de representación proporcional y el de miembros de Ayuntamiento del Estado de Chiapas. 24. Que para dar mayor claridad y facilitar el registro de candidaturas, es pertinente contar con formatos de los escritos a presentar, así como un orden en la presentación de los mismos. 25. Por lo anteriormente expuesto, y con fundamento en lo previsto por los artículos 16, 17, 18, 19, 59 y 60, de la Constitución Política del Estado de Chiapas, 22, de la Ley Orgánica Municipal, 1, 2, 4 OEE O36.pmd 4
5 5, 9, 16, 21, 35, fracciones I y III, 37, fracciones III, VII y XV, 103, 104, 113, fracciones I, II, V, VI, XXI y XXIV, 132, fracciones III y IV, 181, 182, 183, 184, 185, 186, y demás relativos del Código Electoral del Estado de Chiapas, y en uso de las facultades conferidas por el Código de la Materia, el Consejo General del Instituto Estatal Electoral del Estado de Chiapas, emite el siguiente: A c u e r d o Primero.- Se aprueban los formatos de solicitud de registro de candidatos de fórmulas de diputados de mayoría relativa, de la lista de diputados de representación proporcional y de la planilla de integrantes de miembros de Ayuntamiento, que se anexan al presente. Segundo.- Las solicitudes de registro de fórmulas de diputados de mayoría relativa y de listas de diputados de representación proporcional, deberán presentarse en el formato aprobado y acompañándose de los siguientes documentos: 1.- Original de la declaración de aceptación de la candidatura; 2.- Copia certificada del acta de nacimiento; 3.- Original de la constancia de haber residido en el estado, cuando menos cinco años anteriores al día de la elección, expedida por autoridad competente o por Notario Público; 4.- Fotocopia legible de la credencial para votar con fotografía; 5.- Original de la declaración bajo protesta de decir verdad de: A) No encontrarse en alguno de los supuestos previstos en el artículo 11, de la Constitución Política del Estado; y, B) No pertenecer al estado eclesiástico ni ser ministro de algún culto religioso. 6.- Fotocopia legible del documento que acredite la separación definitiva del cargo noventa días antes de la fecha de la elección, cuando se trate de los funcionarios previstos en la fracción II, del artículo 18, de la Constitución Política del Estado y del artículo 8, del Código Electoral del Estado de Chiapas. Tercero.- Las solicitudes de registro de la planilla de candidatos a miembros de ayuntamientos, deberán presentarse en el formato aprobado y acompañándose de los siguientes documentos: 1.- Original de la declaración de aceptación de la candidatura; 2.- Copia certificada del acta de nacimiento; 3.- Original de la constancia que acredite la residencia mínima de un año si es originario del municipio, o de cinco años, si es ciudadano chiapaneco por nacimiento, expedida por autoridad competente o por Notario Público; 5 OEE O36.pmd 5
6 Periódico Oficial No. 036 Miércoles 11 de Julio de Fotocopia de la credencial para votar con fotografía; 5.- Original de la declaración bajo protesta de decir verdad de: A) No encontrarse en alguno de los supuestos previstos en el artículo 11, de la Constitución Política del Estado de Chiapas; y 22, fracción VII, de la Ley Orgánica Municipal; B) No pertenecer al estado eclesiástico ni ser ministro de algún culto religioso; C) No prestar servicios a gobiernos o instituciones extranjeras; D) Tener un modo honesto de vivir; y, E) Saber leer y escribir. 6.- Fotocopia legible del documento que acredite la separación del cargo noventa días antes de la fecha de la elección, cuando se trate de los funcionarios previstos en el artículo 8, del Código Electoral del Estado de Chiapas. Cuarto.- Toda declaración baja protesta de decir verdad deberá de constar por escrito y estar suscrita con la firma del candidato propuesto. Quinto.- Los partidos políticos podrán registrar los mismos candidatos para diputados de mayoría relativa y de representación proporcional. Sexto.- Ninguna persona podrá ser registrada a distintos cargos en el mismo proceso electoral. Séptimo.- Las coaliciones deberán registrar a sus candidatos durante los plazos legales, y ante el Consejo Electoral correspondiente, debiendo encontrarse la solicitud de registro respectiva, firmada por el representante que para tal efecto haya designado la misma coalición. Octavo.- Los partidos políticos, para los fines de asignación de regidores de representación proporcional, deberán presentar su propuesta ante el Consejo General del Instituto Estatal Electoral a más tardar el día 11 de octubre de 2007, de no cumplir con esto se asignarán de oficio siguiendo el orden que tengan los candidatos en la planilla respectiva. Noveno.- Las solicitudes de registro de candidatos que se presenten ante el Consejo General del Instituto Estatal Electoral se ajustarán al siguiente procedimiento: A) Recibida una solicitud de registro de candidatos que se presenten ante el Consejo General del Instituto Estatal Electoral del Estado de Chiapas, serán remitidas sin mayor 6 OEE O36.pmd 6
7 trámite a la dirección ejecutiva de organización electoral, para integrar debidamente los expedientes; B) En caso de advertirse que se omitió el cumplimiento de uno o varios requisitos, el Secretario Ejecutivo comunicará por escrito al partido político o coalición correspondiente para que dentro de las 48 horas siguientes subsane los requisitos omitidos o sustituya la candidatura. C) Integrados los expedientes de solicitud de registro, la dirección ejecutiva de organización electoral, por conducto de la secretaría ejecutiva, pondrá a disposición de la comisión permanente de organización electoral los expedientes de referencia para su revisión y análisis, debiendo enviar sus observaciones a la Secretaría Ejecutiva. D) El Secretario Ejecutivo, con base en las observaciones formuladas por la comisión permanente de organización electoral, elaborará el dictamen correspondiente para someterlo en su oportunidad a la consideración del Consejo General del Instituto Estatal Electoral del Estado de Chiapas. Décimo.- El Consejo General, los consejos distritales y municipales electorales, sesionarán a más tardar el 3 de agosto del año 2007, con el único fin de registrar las candidaturas de fórmulas de diputados de mayoría relativa y planillas de miembros de ayuntamiento que procedan. Décimo Primero.- El Consejo General del Instituto Estatal Electoral del Estado de Chiapas, sesionará a más tardar el 18 de agosto del año 2007, con el único fin de registrar las listas de fórmulas de candidatos a diputados de representación proporcional. Décimo Segundo.- La Secretaría Ejecutiva informará a los consejos distritales y municipales electorales de los registros de candidatos de diputados de mayoría relativa y miembros de Ayuntamiento que hubiese efectuado concurrentemente el Consejo General del Instituto Estatal Electoral del Estado de Chiapas, estos órganos harán lo propio con el Consejo General, dentro de las 24 horas siguientes a la sesión de registro. Décimo Tercero.- Recibida la información de los consejos distritales y municipales electorales relativa al registro de candidatos, la dirección ejecutiva de organización electoral de este instituto verificará que no se haya presentado duplicidad en los registros. En caso de haberlo, el secretario ejecutivo del consejo general requerirá al partido político, para que en un término de 48 horas informe qué fórmula o planilla prevalecerá, si no lo realiza dentro de este término se entenderá que optó por el último de los registros presentados, dejando sin efecto los demás. Décimo Cuarto.- El anexo relativo a la distribución de integrantes de miembros de ayuntamiento, está basada en la información que la Comisión Estatal de Población (COESPO) remitió a este Instituto Estatal Electoral del Estado de Chiapas, por lo que se considera como norma obligatoria. 7 OEE O36.pmd 7
8 Periódico Oficial No. 036 Miércoles 11 de Julio de 2007 Décimo Quinto.- En términos de lo establecido en los artículos 100 y 104, de la Ley de Procedimientos Electorales del Estado de Chiapas, notifíquese el presente acuerdo a los partidos políticos acreditados ante este Organismo Electoral. Décimo Sexto.- Notifíquese el contenido del presente acuerdo a las direcciones ejecutivas de organización electoral y de prerrogativas y partidos políticos, así como a los consejos distritales y municipales electorales, para los efectos a que haya lugar en el ámbito de sus respectivas competencias. Décimo Séptimo.- Sírvase el Secretario Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral del Estado de Chiapas, proveer lo necesario para su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Chiapas. Así lo acordaron por unanimidad de votos de los consejeros electorales presentes, el C. Consejero Presidente Marco Antonio Ruiz Guillén y los CC. Consejeros electorales, Reyna Guadalupe Salazar Narváez, Julio Serrano Castillejos, Jesús Pineda de la Cruz, Blanca Velia Carbot Trujillo, Miguel Alejandro Negrón Rodríguez, Martín de Jesús Zuart García y Ricardo Mota Farías, por ante el C. Adrián Alberto Sánchez Cervantes, Secretario Ejecutivo, quién autoriza y da fe, a los tres días del mes de julio del año dos mil siete, en la Ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.- Rúbricas. 8 OEE O36.pmd 8
9 9 OEE O36.pmd 9
10 Periódico Oficial No. 036 Miércoles 11 de Julio de OEE O36.pmd 10
11 11 OEE O36.pmd 11
12 Periódico Oficial No. 036 Miércoles 11 de Julio de OEE O36.pmd 12
13 13 OEE O36.pmd 13
14 Periódico Oficial No. 036 Miércoles 11 de Julio de OEE O36.pmd 14
15 15 OEE O36.pmd 15
16 Periódico Oficial No. 036 Miércoles 11 de Julio de OEE O36.pmd 16
17 17 OEE O36.pmd 17
18 Periódico Oficial No. 036 Miércoles 11 de Julio de OEE O36.pmd 18
19 19 OEE O36.pmd 19
20 Periódico Oficial No. 036 Miércoles 11 de Julio de OEE O36.pmd 20
21 21 OEE O36.pmd 21
22 Periódico Oficial No. 036 Miércoles 11 de Julio de OEE O36.pmd 22
23 23 OEE O36.pmd 23
24 Periódico Oficial No. 036 Miércoles 11 de Julio de OEE O36.pmd 24
25 25 OEE O36.pmd 25
26 Periódico Oficial No. 036 Miércoles 11 de Julio de OEE O36.pmd 26
27 27 OEE O36.pmd 27
28 Periódico Oficial No. 036 Miércoles 11 de Julio de OEE O36.pmd 28
29 29 OEE O36.pmd 29
30 Periódico Oficial No. 036 Miércoles 11 de Julio de OEE O36.pmd 30
31 31 OEE O36.pmd 31
32 Periódico Oficial No. 036 Miércoles 11 de Julio de OEE O36.pmd 32
33 33 OEE O36.pmd 33
34 Periódico Oficial No. 036 Miércoles 11 de Julio de OEE O36.pmd 34
35 35 OEE O36.pmd 35
36 Periódico Oficial No. 036 Miércoles 11 de Julio de OEE O36.pmd 36
37 37 OEE O36.pmd 37
38 Periódico Oficial No. 036 Miércoles 11 de Julio de OEE O36.pmd 38
39 Certificación El Suscrito Licenciado Adrián Alberto Sánchez Cervantes, Secretario Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral, en uso de las atribuciones que me confiere el Artículo 120, fracción XXVI, del Código Electoral del Estado. Certifico y Hago Constar Que las presentes copias fotostáticas, constantes de veintiocho fojas útiles, relativas al Acuerdo del Consejo General del Instituto Estatal Electoral, por el que se aprueban los formatos de solicitudes de registro de candidatos que deberán utilizar los partidos políticos y las coaliciones, así como por el que se establecen los procedimientos a que se sujetará el registro de candidatos a diputados estatales por los principios de mayoría relativa, de representación proporcional y el de miembros de Ayuntamiento del Estado de Chiapas, en el Proceso Electoral local Ordinario dos mi siete, aprobado por el Consejo General de este Instituto, en Sesión Extraordinaria celebrada con fecha tres de julio del año en curso, coincide fiel y exactamente con el original que tuve a la vista y que obra en los archivos del Consejo General de este Organismo Electoral. Lo que se hace constar para los efectos legales a que haya lugar, en la Ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; a los 04 cuatro días del mes de julio del año 2007, dos mil siete. Doy fe.- Rúbrica. 39 OEE O36.pmd 39
DESCRIPTIVO DE LA DISTRITACION FEDERAL CHIAPAS. REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES Página 1 de 13
DESCRIPTIVO DE LA DISTRITACION FEDERAL CHIAPAS MARZO 2017 DESCRIPTIVO DE LA DISTRITACION FEDERAL CHIAPAS REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES Página 1 de 13 La entidad federativa de Chiapas se integra por 13
Más detallesTrabajadores asegurados en el IMSS Región I Centro
Región I Centro BERRIOZABAL 419 461 416 415 575 726 762 724 1,377 1,463 1,760 CHIAPA DE CORZO 1,628 1,992 1,827 2,549 2,212 2,531 2,434 2,622 2,556 2,682 2,601 CHICOASEN 274 292 318 277 314 795 306 638
Más detallesBases, Coeficientes y Plazos para el Pago de Participaciones Fiscales Federales a los Municipios del Estado de Chiapas para el Ejercicio Fiscal 2009
Artículo Primero.- Las participaciones fiscales federales de los municipios se constituirán con el 20% del Fondo General de Participaciones, el 100% del Fondo de Fomento Municipal, el 20% de la participación
Más detallesINSTITUTO ESTATAL ELECTORAL. INFORMACIÓN ESTADÍSTICA08 anexo PROCESO ELECTORAL CHIAPAS
INFORMACIÓN ESTADÍSTICA anexo PROCESO ELECTORAL CHIA 2 25 26 PROCESO ELECTORAL CHIA 2 . CANTIDAD Y TIPOS DE CASILLAS APROBADAS POR DISTRITO INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL PROCESO ELECTORAL CHIA 2 2 2 PROCESO
Más detallesUNIDADES DE PRODUCCIÓN QUE REPORTAN VENTA DE AVES DE CORRAL, SEGÚN ESPECIE
UNIDADES DE PRODUCCIÓN QUE REPORTAN VENTA DE, SEGÚN ESPECIE CUADRO 63 1a parte POR UNIDADES DE PRODUCCIÓN a GALLOS GALLINAS POLLOS DE ENGORDA POLLOS O POLLAS EN DESARROLLO POLLITOS CHIAPAS 444 289 317
Más detallesPeriódico Oficial No. 210 Decreto No /Diciembre/2003
Periódico Oficial No. 210 Decreto No. 015 19/Diciembre/2003 (DECRETO NÚMERO 015, PERIÓDICO OFICIAL NO. 210, TOMO II, DE FECHA VIERNES 19 DE DICIEMBRE DEL 2003.) DECRETO QUE CONTIENE BASES, COEFICIENTES
Más detallesINSTITUTO ESTATAL ELECTORAL. Capítulo I. El Instituto Estatal Electoral. capítulo02 GEOGRAFÍA ELECTORAL DEL ESTADO
Capítulo I capítulo0 El Instituto Estatal Electoral GEOGRAFÍA ELECTORAL DEL ESTADO PROCESO ELECTORAL CHIAPAS AS 00 19 0 PROCESO ELECTORAL CHIAPAS AS 00 Capítulo Geografía electoral del Estado.1 Localización
Más detallesRegiones socioeconómicas
Regiones socioeconómicas Regiones socioeconómicas Gobierno del de Chiapas. Carta Geográfica de Chiapas 2012. Región I Metropolitana (km2) % % km2) 4 1,799.94 773 7 766 705,201 2.50 3.85 14.70 391.79 REGIÓN
Más detallesClasificación Municipal y Regional
Derivado a que el municipio es considerado constitucionalmente, como la cédula básica de la división territorial y administrativa, se tienen que registrar a que municipios o regiones se asignan recursos
Más detallesClasificación Municipal y Regional CAPÍTULO IX
Clasificación Municipal y Regional CAPÍTULO IX Actualizado al 11 de Mayo de 2011 Clasificación Municipal y Regional Municipios CAPÍTULO IX Con la finalidad de conocer de manera precisa el destino territorial
Más detallesHABLANTES DE LENGUAS MESOAMERICANAS EN CHIAPAS ENTRE LA POBLACIÓN EN GENERAL Y ENTRE LOS NIÑOS DE 5 A 9 AÑOS (2000) POBLACIÓN DE 5 AÑOS Y MÁS
08. Hablantes de lenguas mesoamericanas en Chiapas (2000).xls, p. 1/ 12 S EN CHIAPAS ENTRE LA EN GENERAL Y ENTRE LOS (2000) DE 5 AÑOS Y S DE 5 AÑOS Y N PORCENTAJE NTES S SOBRE DE 5 AÑOS Y N SOBRE DE 5
Más detallesClasificación Municipal y Regional
La clasificación Municipal y Regional es el instrumento que permite a los Organismos Públicos registrar su presupuesto a nivel municipal o regional según la disponibilidad de información. Teniendo como
Más detallesClasificación Municipal y Regional
Clasificación Municipal y Regional Derivado a que el municipio es considerado constitucionalmente, como la cédula básica de la división territorial y administrativa, los organismos públicos tienen que
Más detallesPOBLACION EN 1585 COSTA DEL PACIFICO 26,223 10,349 10,
05. Densidad de población en Chiapas (1585-2000).xls, Hoja 1880, p. 1/10 DE POBLACIÓN EN CHIAPAS EN 1880 (Por regiones) (Según municipios de 1990) POBLACION EN 1585 INEGI COSTA DEL PACIFICO 26,223 10,349
Más detallesEstadística de Población
Para efectos de facilitar la cuantificación y registro de beneficiarios de los proyectos estratégicos (institucional e inversión), los organismos públicos podrán disponer de una herramienta de apoyo denominada
Más detallesInstrumentos Normativos Capítulo XIII. Clasificación Municipal y Regional. Capitulo XIII.- Clasificación Municipal y Regional
Capítulo XIII Clasificación Municipal y Regional 1 Clasificación Municipal y Regional Esta clasificación permite identificar las claves de los municipios que conforman el Estado de Chiapas, dentro del
Más detallesEstadística de Población
0 Capítulo XXII Los beneficiarios representan la razón de ser de todo proyecto institucional o de inversión, estos deben ser definidos de forma clara y precisa mismo que permita su evaluación; en este
Más detallesPOBLACION EN 1585 COSTA DEL PACIFICO 126,809 10,349 10,
05. Densidad de población en Chiapas (1585-2000).xls, Hoja 1930, p. 1/10 DE POBLACIÓN EN CHIAPAS EN 1930 (Por regiones) (Según municipios de 1990) POBLACION EN 1585 INEGI COSTA DEL PACIFICO 126,809 10,349
Más detallesHABLANTES DE LAS PRINCIPALES LENGUAS MESOAMERICANAS EN CHIAPAS (2000) (Datos por regiones)
HABLANTES DE LAS PRINCIPALES LENGUAS MESOAMERICANAS EN CHIAPAS (2000) (Datos por regiones) 10. Hablantes de las principales lenguas mesoamericanas en Chiapas (2000).xls, p. 1/12 POBLACION TOTAL DE 5 AÑOS
Más detallesInstrumentos Normativos 2018
1 Clasificación Municipal y Regional Esta clasificación permite identificar los municipios que conforman el Estado de Chiapas, dentro del Sistema de Anteproyecto de Presupuesto de Egresos (SAPE) misma
Más detallesPOBLACION DE CHIAPAS POR REGIONES ( ) (Según municipios de 1990)
02. Población de Chiapas (Por regiones) (1585-2000).xls, p. 1/15 POBLACION DE CHIAPAS POR REGIONES (1585-2000) (Según municipios de 1990) Sólo indios LLANURAS DEL PACIFICO 6,600 6,171 3,757 10,455 16,439
Más detallesESTIMACIÓN EJERCICIO FISCAL 2004 FONDO GENERAL
Jesús Evelio Rojas Morales, Secretario de Hacienda, con las facultades que me confieren los artículos 13 y 30 fracción XXVII de la Ley Orgánica de la Administración publica del Estado, y con fundamento
Más detallesESTIMACIÓN EJERCICIO FISCAL 2007
Lic. Ovidio Cortazar Ramos, Secretario de Finanzas, con las facultades que me confieren los artículos 13 y 29 fracción XXVII de la Ley Orgánica de la Administración publica del Estado, y con fundamento
Más detallesTransferencias de Recursos a Municipios
Transferencias de Recursos a Municipios Durante el ejercicio 2010, la radicación de los recursos a los 118 municipios ascendió a 10 mil 77.6 millones de pesos, distribuidos a través de las diferentes fuentes
Más detallesEl comportamiento y distribución de los recursos transferidos a los municipios de la Entidad, se detallan de la siguiente manera:
La conformación de las haciendas municipales es de vital importancia para los municipios, es por ello que las transferencias federales representan la principal fuente de recursos con que los municipios
Más detallesREUNION CON PRESIDENTES MUNICIPALES ELECTOS.
Septiembre 2010 REUNION CON PRESIDENTES MUNICIPALES ELECTOS. - Inversión 2010 - Servicios que ofrece CFE - Electrificación - Asesoría en ahorro de energía - Programas de apoyo a usuarios domésticos Luz
Más detallesCHIAPAS. Estadísticas de trabajadores asegurados al IMSS. Enero Comité Estatal de Información Estadística y Geográfica de Chiapas
CHIAPAS Estadísticas de trabajadores asegurados al IMSS. Enero 2013. Comité Estatal de Información Estadística y Geográfica de Chiapas Trabajadores asegurados al IMSS Chiapas Trabajadores Asegurados al
Más detallesEGRESOS Miles de Pesos
Gobierno del Estado de Chiapas Recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal Auditoría Financiera y de Cumplimiento:
Más detallesC O N S I D E R A N D O
ACUERDO DEL TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO POR EL QUE SE CONSTITUYE EL DISTRITO CINCUENTA Y CUATRO, SE DETERMINA SU COMPETENCIA TERRITORIAL, SE ESTABLECE LA SEDE Y SE FIJA EL INICIO DE FUNCIONES DEL TRIBUNAL
Más detallesC O N S I D E R A N D O
ACUERDO DE INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 4º TRANSITORIO DE LA LEY QUE GARANTIZA LA TRANSPARENCIA Y EL DERECHO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA PARA EL ESTADO DE CHIAPAS. CON FUNDAMENTO EN LO ESTABLECIDO POR LOS
Más detallesCHIAPAS. Estadísticas de trabajadores asegurados al IMSS. Noviembre Comité Estatal de Información Estadística y Geográfica de Chiapas
CHIAPAS Estadísticas de trabajadores asegurados al IMSS. Noviembre 2013. Comité Estatal de Información Estadística y Geográfica de Chiapas asegurados al IMSS Chiapas Asegurados al IMSS Nov. 2012 a Nov.
Más detallesChiapas. Medición de la pobreza multidimensional y Gasto en Ramo 33 Indicadores a nivel municipal, 2010 y Chiapas. Enero, 2018.
Medición de la pobreza multidimensional y Gasto en Ramo 33 Indicadores a nivel municipal, 2010 y Chiapas Enero, 2018. Índice Población y Pobreza Privación Social Indicadores de carencia social Bienestar
Más detallesGOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE CHIAPAS SECRETARÍA DE HACIENDA SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN Y PRESUPUESTO
CLAVE PRESUPUESTARIA: C D B NOMBRE DEL PROYECTO: PROGRAMA DE CREDITO A LOCATARIOS Y PEQUEÑOS COMERCIANTES FECHA: // TUTLA GUTIÉRREZ I METROPOLITANA II VALLE ZOQUE III MEZCALAPA IV DE LOS LLANOS V ALTOS
Más detallesIndicadores Electorales
Indicadores Electorales Resultados electorales de las entidades federativas 1987-2005 Diputados Federales Índice de votación federal Elecciones de Gobernador Elecciones de Diputados Locales Composición
Más detallesREGLAMENTO DEL COLEGIO DE INGENIEROS CIVILES DE CHIAPAS A.C.
REGLAMENTO DEL COLEGIO DE INGENIEROS CIVILES DE CHIAPAS A.C. REGLAMENTO DE DELEGACIONES CAPITULO I DE LAS GENERALIDADES ARTICULO 1. El presente Reglamento tiene por objeto normar el funcionamiento de las
Más detallesChiapas. Estadísticas de trabajadores asegurados al IMSS. Septiembre 2012.
Chiapas Estadísticas de trabajadores asegurados al IMSS. Septiembre 2012. Trabajadores asegurados al IMSS Chiapas Septiembre 2012 21,742 Trabajadores Urbanos Eventuales 10.10% 4,336 Trabajadores del Campo
Más detallesORGANO DE DIFUSION OFICIAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CHIAPAS SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO COPIA SIMPLE
ORGANO DE DIFUSION OFICIAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CHIAPAS SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO Franqueo pagado, publicación periódica. Permiso núm. 005 1021 características:
Más detallesPODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE CHIAPAS
Humberto Pedrero Moreno, Secretario de Hacienda, con las facultades que me confieren los artículos 10, 13, 27, fracción II y 29, fracción XLVII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado
Más detallesPODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE CHIAPAS
Lic. Humberto Pedrero Moreno, Secretario de Hacienda, con las facultades que me confieren los artículos 10, 13, 27, fracción II y 29, fracción XLVIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del
Más detallesLas haciendas municipales contaron con más de 750 millones de pesos adicionales, comparados con los recursos transferidos en el ejercicio anterior.
7 000 6 000 5 000 4 000 3 000 2 000 1 000 0 5 492.8 5 768.0 6 252.6 Ejercido 2004 Aprobado 2005 Ejercido 2005 Gráfica: 27 Fuente: Secretaría de Planeación y Finanzas RECURSOS A MUNICIPIOS Enero - Diciembre
Más detallesC o n s i d e r a n d o
Acuerdo del Consejo General del Instituto Estatal Electoral por el que se aprueba el nombramiento de Consejeros Electorales, Presidentes y Secretarios Técnicos que habrán de integrar los Consejos Electorales
Más detallesACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO DE ELECCIONES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA, POR EL QUE SE APRUEBAN LOS FORMATOS DE SOLICITUDES DE REGISTRO DE
ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO DE ELECCIONES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA, POR EL QUE SE APRUEBAN LOS FORMATOS DE SOLICITUDES DE REGISTRO DE CANDIDATOS QUE DEBERÁN UTILIZAR LOS PARTIDOS POLÍTICOS
Más detallesRECURSOS A MUNICIPIOS ( Pesos ) P R E S U P U E S T O TOTAL
Los recursos que fueron destinados a los Municipios de la Entidad, representaron el 20.1 por ciento del gasto total, y fueron superiores en 3.4 y 4.9 por ciento a la cantidad aprobada por el Congreso del
Más detallesCHIAPAS. Estadísticas de trabajadores asegurados al IMSS. Junio Comité Estatal de Información Estadística y Geográfica de Chiapas
CHIAPAS Estadísticas de trabajadores asegurados al IMSS. Junio 2013. Comité Estatal de Información Estadística y Geográfica de Chiapas Trabajadores asegurados al IMSS Chiapas Trabajadores Asegurados al
Más detallesCHIAPAS. Estadísticas de trabajadores asegurados al IMSS. Noviembre Comité Estatal de Información Estadística y Geográfica de Chiapas
CHIAPAS Estadísticas de trabajadores asegurados al IMSS. Noviembre 2016. Comité Estatal de Información Estadística y Geográfica de Chiapas asegurados al IMSS Chiapas Asegurados al IMSS Totales Noviembre
Más detallesCHIAPAS. Estadísticas de trabajadores asegurados al IMSS. Agosto Comité Estatal de Información Estadística y Geográfica de Chiapas
CHIAPAS Estadísticas de trabajadores asegurados al IMSS. Agosto 2016. Comité Estatal de Información Estadística y Geográfica de Chiapas asegurados al IMSS Chiapas Asegurados al IMSS Totales Agosto 2015
Más detallesCHIAPAS. Estadísticas de trabajadores asegurados al IMSS. Junio Comité Estatal de Información Estadística y Geográfica de Chiapas
CHIAPAS Estadísticas de trabajadores asegurados al IMSS. Junio 2016. Comité Estatal de Información Estadística y Geográfica de Chiapas asegurados al IMSS Chiapas Asegurados al IMSS Totales Junio 2015 a
Más detallesCHIAPAS. Estadísticas de trabajadores asegurados al IMSS. Octubre Comité Estatal de Información Estadística y Geográfica de Chiapas
CHIAPAS Estadísticas de trabajadores asegurados al IMSS. Octubre 2016. Comité Estatal de Información Estadística y Geográfica de Chiapas asegurados al IMSS Chiapas Asegurados al IMSS Totales Octubre 2015
Más detallesCHIAPAS. Estadísticas de trabajadores asegurados al IMSS. Mayo Comité Estatal de Información Estadística y Geográfica de Chiapas
CHIAPAS Estadísticas de trabajadores asegurados al IMSS. Mayo 2016. Comité Estatal de Información Estadística y Geográfica de Chiapas asegurados al IMSS Chiapas Asegurados al IMSS Totales Mayo 2015 a Mayo
Más detallesCHIAPAS. Estadísticas de trabajadores asegurados al IMSS. Julio Comité Estatal de Información Estadística y Geográfica de Chiapas
CHIAPAS Estadísticas de trabajadores asegurados al IMSS. Julio 2016. Comité Estatal de Información Estadística y Geográfica de Chiapas asegurados al IMSS Chiapas Asegurados al IMSS Totales Julio 2015 a
Más detallesCHIAPAS. Estadísticas de trabajadores asegurados al IMSS. Julio Comité Estatal de Información Estadística y Geográfica de Chiapas
CHIAPAS Estadísticas de trabajadores asegurados al IMSS. Julio 2015. Comité Estatal de Información Estadística y Geográfica de Chiapas asegurados al IMSS Chiapas Total de Asegurados al IMSS Julio 2014
Más detallesPeriódico Oficial No de Enero del Año 2001.
Jesús Evelio Rojas Morales, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 9 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal del año 2001; 32, segundo párrafo; 25, 32, 33 34, 35,
Más detallesACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO DE ELECCIONES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA, POR EL QUE SE DETERMINAN LOS TOPES DE GASTOS DE PRECAMPAÑAS
ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO DE ELECCIONES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA, POR EL QUE SE DETERMINAN LOS TOPES DE GASTOS DE PRECAMPAÑAS ELECTORALES QUE DEBERÁN OBSERVAR LOS PARTIDOS POLÍTICOS, COALICIONES,
Más detallesBOVINA EN EL ESTADO DE CHIAPAS POR EL USDA
Programa Estratégico de Erradicación de la Tuberculosis REGIONALIZACION 2011 DE LA CAMPAÑA DE TUBERCULOSIS Bovina en el Estado de Chiapas BOVINA EN EL ESTADO DE CHIAPAS POR EL USDA REGION A 56 MUNICIPIOS
Más detallesCHIAPAS. Estadísticas de trabajadores asegurados al IMSS. Septiembre 2017.
CHIAPAS Estadísticas de trabajadores asegurados al IMSS. Septiembre 2017. Comité Estatal de Información Estadística y Geográfica de Chiapas Elaboración: Dirección de Geografía, Estadística e Información
Más detallesManual de las y los Observadores Electorales. Información sobre las Elecciones Locales (Adenda)
Manual de las y los Observadores Electorales Información sobre las Elecciones Locales (Adenda) Proceso Electoral 2017-2018 1 Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana de Chiapas CONSEJERO PRESIDENTE
Más detallesÍNDICE DE DISPERSIÓN POBLACIONAL RURAL DE LOS MUNICIPIOS DE CHIAPAS. DGEI Marzo de 2014
ÍNDICE DE DISPERSIÓN POBLACIONAL RURAL DE LOS MUNICIPIOS DE CHIAPAS DGEI Marzo de 2014 ÍNDICE I.- Por qué incluir la dispersión poblacional en el análisis del desarrollo? - - - - - - - - - - - - - - -
Más detallesExpediente: Secretaría municipal. Acta de Cabildo número 83/2011. Carácter: EXTRAORDINARIA. Fecha: 15 de Noviembre de 2011.
HOJA No 1/8 ====EN LA CIUDAD DE, MÉXICO; SIENDO LAS 18:00 DIECIOCHO HORAS DEL DÍA QUINCE DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2011 DOS MIL ONCE, REUNIDOS EN LA SALA DE CABILDOS UBICADA EN EL PALACIO MUNICIPAL,
Más detallesSECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO
ORGANO DE DIFUSION OFICIAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CHIAPAS SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO Franqueo pagado, públicación periódica. Permiso núm. 005 1021 características: 114182816. Autorizado por
Más detallesPublicación No. 552-A Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Poder Ejecutivo del Estado de Chiapas.
Publicación No. 552-A-2014 Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Poder Ejecutivo del Estado de Chiapas. Manuel Velasco Coello, Gobernador del Estado, en ejercicio
Más detallesCHIAPAS. Estadísticas de trabajadores asegurados al IMSS. Abril Comité Estatal de Información Estadística y Geográfica de Chiapas
CHIAPAS Estadísticas de trabajadores asegurados al IMSS. Abril 2017. Comité Estatal de Información Estadística y Geográfica de Chiapas asegurados al IMSS Chiapas Asegurados al IMSS Totales Abril 2016 a
Más detallesEVOLUCION Y PERSPECTIVAS DE LA PRODUCCION DE MAIZ EN EL ESTADO DE CHIAPAS, MEXICO
II SEMINARIO INTERNACIONAL DE COOPERACIÓN Y DESARROLLO EN ESPACIOS RURALES IBEROAMERICANOS. SOSTENIBILIDAD E INDICADORES Almería, 14, 15 y 16 de Julio de 2008 EVOLUCION Y PERSPECTIVAS DE LA PRODUCCION
Más detallesCHIAPAS. Estadísticas de trabajadores asegurados al IMSS. Febrero 2018.
CHIAPAS Estadísticas de trabajadores asegurados al IMSS. Febrero 2018. Comité Estatal de Información Estadística y Geográfica de Chiapas Elaboración: Dirección de Información Geográfica y Estadística Contenido
Más detallesPRESUPUESTO DEVENGADO ENERO - DICIEMBRE TOTAL ( Millones de Pesos ) Oct - Dic % Ene - Sept %
PRESUPUESTO DEVENGADO ENERO - DICIEMBRE 2012 534.6 ( Millones de Pesos ) Ene - Sept 229.0 42.8% Oct - Dic 305.6 57.2% Gráfica: 19 Fuente: Secretaría de Hacienda Durante el cuarto trimestre del 2012, los
Más detallesLa esperanza de México
RESOLUTIVO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE ELECCIONES SOBRE EL PROCESO INTERNO LOCAL DEL ESTADO DE CHIAPAS México DF., a 14 de mayo de 2015 De conformidad con lo establecido en el Estatuto de Morena y la convocatoria
Más detallesIEPC/CG/A-019/2015 ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO DE ELECCIONES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA, MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBAN LAS
IEPC/CG/A-019/2015 ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO DE ELECCIONES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA, MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBAN LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y LOS MODELOS DE LA DOCUMENTACIÓN ELECTORAL
Más detallesPeriódico Oficial No. 092-Bis. 31 de Enero del Año 2002.
Jesús Evelio Rojas Morales, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 7 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal del año 2002; 25, 32, 33 34, 35, 36, 37, 38 y 46 de la
Más detalles4. Vivienda e Infraestructura Básica para los Asentamientos Humanos
. Vivienda e Infraestructura Básica para los Asentamientos Humanos. Reserva Territorial Adquirida para Uso Habitacional según Municipio (Hectáreas). Población Total según Tamaño de la Localidad Al de febrero
Más detallesSITUACIÓN ESTATAL Y MUNICIPAL DE LOS AVANCES EN LOS INDICADORES ODM PARA CHIAPAS ENERO 2014
SITUACIÓN ESTATAL Y MUNICIPAL DE LOS AVANCES EN LOS INDICADORES ODM PARA CHIAPAS ENERO 2014 1 Presentación En diciembre de 2013 se presentó el informe por parte de la Presidencia de la República sobre
Más detallesSE PUBLICAN LAS DIRECCIONES PARA LAS ASAMBLEAS DE LOS DISTRITOS LOCALES Y MUNICIPALES DEL ESTADO DE CHIAPAS
SE PUBLICAN LAS DIRECCIONES PARA LAS ASAMBLEAS DE LOS DISTRITOS LOCALES Y MUNICIPALES DEL ESTADO DE CHIAPAS DISTRITOS LOCALES DISTRITO 1 2 MUNICIPIOS QUE INTEGRAN EL DISTRITO DISTRITO I DISTRITO II 3 DISTRITO
Más detallesDECRETO NÚMERO 064 C O N S I D E R A N D O
DECRETO NÚMERO 064 La Honorable Sexagésima Quinta Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Chiapas, en uso de las facultades que le concede la Constitución Política Local; y C O N S I
Más detalles22. Finanzas Públicas
22. Finanzas Públicas 22.1 Personal Ocupado en el Gobierno del Estado por Categoría según Institución Al 31 de diciembre de 473 22.2 22.3 22.4 22.5 22.6 22.7 22.8 22.9 22.10 22.11 Ingresos Totales del
Más detallesSECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO
ORGANO DE DIFUSION OFICIAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CHIAPAS SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO Franqueo pagado, públicación periódica. Permiso núm. 005 1021 características: 114182816. Autorizado por
Más detallesINFORME DE ACTIVIDADES
REVISIÓN Y VALIDACIÓN DE EXPEDIENTES A LOS S ENERO-DICIEMBRE 2015 Ocozocoautla de Espinosa Construcción de Piso firme 3 14-ene-15 Bochil Construcción de Unidades Básicas de 5 27-ene-15 Vivienda Rural Bejucal
Más detallesPRESIDENCIAS MUNICIPALES DEL ESTADO DE CHIAPAS
PRESIDENCIAS MUNICIPALES DEL ESTADO DE CHIAPAS ACACOYAGUA (PRI) C. Olegario Ortiz García 30590 Acacoyagua, Chis. Tels. 01 (918) 647 4072, 647 4073 ACALA (PAN) C. Dagoberto Santiago Román Flores 29370 Acala,
Más detallesPeriódico Oficial Núm de Enero de 2007.
OVIDIO CORTAZAR RAMOS, con fundamento a lo establecido por los artículos 9 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año 2007; 25, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 48 y 49 de
Más detallesACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO DE ELECCIONES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA, POR EL QUE SE DETERMINAN LOS TOPES DE GASTO DE CAMPAÑAS
ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO DE ELECCIONES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA, POR EL QUE SE DETERMINAN LOS TOPES DE GASTO DE S ELECTORALES QUE DEBERÁN OBSERVAR LOS PARTIDOS POLÍTICOS, LA COALICIÓN,
Más detallesC o n s i d e r a n d o
Acuerdo del Consejo General del Instituto Estatal Electoral, por el que se aprueba el dictamen emitido por la Comisión Dictaminadora, relativo a la modificación efectuada al Convenio originalmente presentado
Más detallesPresentar en copia cotejado con su original, los siguientes documentos:
Nombre del Servicio: Clave del Servicio: DCUR Expedición de copias simples o certificadas de documentos con los que se registro catastralmente el inmueble. Descripción: Realizar la expedición de copias
Más detallesSECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO
ORGANO DE DIFUSION OFICIAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CHIAPAS SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO Franqueo pagado, publicación periódica. Permiso núm. 005 1021 características:
Más detallesORGANO DE DIFUSION OFICIAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CHIAPAS SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO
ORGANO DE DIFUSION OFICIAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CHIAPAS SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO Franqueo pagado, publicación periódica. Permiso núm. 005 1021 características: 114182816. Autorizado por
Más detallesMarco. Sin titulo. Sin autof. Sin información del lugar de edición y sin fecha. Sin escala FUENTE: Mapoteca Manuel Orozco y Berra.
Jurídico - ir.. Sin titulo. Sin autof. Sin información del lugar de edición y sin fecha. Sin escala FUENTE: Mapoteca Manuel Orozco y Berra.. Vigente..í-vJ ~ " Marco MARCO JURIDICO VIGENTE El estado de
Más detallesC o n s i d e r a n d o
Acuerdo del Consejo General del Instituto Estatal Electoral, por el que se aprueba el dictamen emitido por la Comisión Dictaminadora, relativo a la modificación efectuada al Convenio originalmente presentado
Más detallesINFORME DE LA DEUDA PÚBLICA DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE CHIAPAS Y SUS MUNICIPIOS
INFORME DE LA DEUDA PÚBLICA DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE CHIAPAS Y SUS MUNICIPIOS CONTENIDO PÁGINA ANTECEDENTES 1 OBJETIVO 2 CRITERIOS ESTABLECIDOS POR LOS MIEMBROS DE LA ASOFIS PARA EL CUMPLIMIENTO DEL
Más detallesContexto de la región I Centro
Contexto de la región I Centro 1 Contexto de la región I Centro Contenido 1. Integración Territorial y Medio Físico. 2. Medio Demográfico.. 3. Medio Social... 4. Medio Económico. 2 Contexto de la región
Más detallesClasificación por Tipo de Gasto y Económica del Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2015 Aprobado. Gasto Corriente 52,678,038,007.
Que la Honorable Sexagésima Quinta Legislatura Constitucional del Estado de Chiapas, en términos de lo establecido en la fracción XI del artículo 30 de la Constitución Política del Estado de Chiapas, aprobó
Más detallesCÓDIGO DE ELECCIONES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL: 24 DE NOVIEMBRE DE 2011.
ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL: 24 DE NOVIEMBRE DE 2011. Código publicado en la Segunda Sección del Periódico Oficial del Estado de Chiapas, el miércoles 27 de agosto de 2008. Juan Sabines
Más detallesORGANO DE DIFUSION OFICIAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CHIAPAS
ORGANO DE DIFUSION OFICIAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CHIAPAS SECRETARIA GENERAL. DE GOBIERNO Franqueo pagado, publicación periódica. Permiso núm. 005 1021 características: 114182816. Autorizado por
Más detallesCÓDIGO DE ELECCIONES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL: 11 DE ABRIL DE 2014.
CÓDIGO DE ELECCIONES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL: 11 DE ABRIL DE 2014. Código publicado en la Segunda Sección del Periódico Oficial del Estado de Chiapas,
Más detallesCÓDIGO DE ELECCIONES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA PARA EL ESTADO DE CHIAPAS
CÓDIGO DE ELECCIONES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA PARA EL ESTADO DE CHIAPAS NOTA: LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN CON FECHA 20 DE FEBRERO DE 2012, EMITIÓ LA RESOLUCIÓN DE ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD
Más detallesUNOSAT Pijijiapan earthquake Mw 8.1, Mexico 08 September 2017
UNOSAT Pijijiapan earthquake Mw 8.1, Mexico 08 September 2017 Population Exposure Analysis 08 September 2017 Geneva, Switzerland UNOSAT Contact: Postal Address: Email: unosat@unitar.org UNITAR UNOSAT,
Más detallesINSTITUTO DE ELECCIONES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
Relación de Mujeres Electas como 1 23 8 ANGEL ALBINO CORZO PVEM NA MARIA DEL CARMEN FERNANDEZ BENAVENTE 2 17 10 BEJUCAL DE OCAMPO PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL CARLA YADIRA PEREZ VAZQUEZ 3 17 11
Más detallesÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL: 29 DE JUNIO DE DE 2016.
CÓDIGO DE ELECCIONES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL: 29 DE JUNIO DE DE 2016. Código publicado en la Segunda Sección del Periódico Oficial del Estado de Chiapas,
Más detallesPeriódico Oficial No de Enero de 2008.
SAMUEL TOLEDO CÓRDOVA TOLEDO, con fundamento a lo establecido por los artículos 9 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año 2008; 25, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 48,
Más detallesCÓDIGO DE ELECCIONES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA. Disposiciones Preliminares
CÓDIGO DE ELECCIONES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA Disposiciones Preliminares (REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, P.O. 30 DE JUNIO DE 2014) Artículo 1.- Las disposiciones de este Código son de orden público y observancia
Más detallesCÓDIGO DE ELECCIONES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
CÓDIGO DE ELECCIONES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA Disposiciones Preliminares Artículo 1.- Las disposiciones de este Código son de orden público y observancia general en el territorio del Estado de Chiapas,
Más detallesGOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE CHIAPAS SECRETARÍA DE HACIENDA SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN Y PRESUPUESTO
CLAVE PRESUPUESTARIA: C D B NOMBRE DEL PROYECTO: PROGRAMA DE CREDITO A LOCATARIOS Y PEQUEÑOS COMERCIANTES FECHA: // TUTLA GUTIÉRREZ II VALLE ZOQUE III MEZCALAPA IV DE LOS LLANOS SUCHIAPA CHIAPA DE CORZO
Más detallesCONTEXTO GEOGRÁFICO DE LA ENTIDAD FEDERATIVA
CAPÍTULO I CONTEXTO GEOGRÁFICO DE LA ENTIDAD FEDERATIVA 1. LOCALIZACIÓN El estado de se localiza al sureste de la República Mexicana, entre sus coordenadas geográficas extremas que son los paralelos 14º
Más detallesCódigo de Elecciones y Participación Ciudadana
Código de Elecciones y Participación Ciudadana 17 Disposiciones Preliminares Artículo 1.- Las disposiciones de este Código son de orden público y observancia general en el territorio del Estado de Chiapas,
Más detallesPrincipales resultados de la Encuesta Intercensal Chiapas
Principales resultados de la Encuesta Intercensal 2015 Chiapas Instituto Nacional de Estadística y Geografía Principales resultados de la Encuesta Intercensal 2015 Chiapas Obras complementarias publicadas
Más detalles