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1 PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES Y PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE RIGE LA CONTRATACIÓN, DE LOS SERVICIOS DE ASISTENCIA SANITARIA AMBULATORIA Y FISIOTERAPIA, EN EL MUNICIPIO DE LLANES (ASTURIAS) CON DESTINO A LOS TRABAJADORES INTEGRADOS EN EL COLECTIVO PROTEGIDO DE IBERMUTUAMUR, MUTUA COLABORADORA CON LA SEGURIDAD SOCIAL Nº 274. (EXPTE. CS-2018/3302/0009) ÍNDICE PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO Objetivo Ámbito Geográfico... 2 SEGUNDA.- DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO Y CONDICIONES TÉCNICAS Descripción del Servicio Personal Instalaciones y equipamiento Ejecución y Resultados Coordinación y protocolos... 6 TERCERA.- RÉGIMEN JURÍDICO... 6 CUARTA.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR QUINTA.- PRESUPUESTO... 7 SEXTA- CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Metodología de Valoración: OFERTA ECONÓMICA: Cuya ponderación será de 75 puntos OFERTA TÉCNICA: Cuya ponderación será de 25 puntos... 9 SÉPTIMA- PROPOSICIONES. DOCUMENTACIÓN APORTAR OCTAVA.- VALORACIÓN Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN NOVENA.- ADJUDICACIÓN DÉCIMA.- FORMALIZACIÓN DEL CONCIERTO Y CONDICIÓN SUSPENSIVA UNDÉCIMA.- EJECUCIÓN DEL CONCIERTO, FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO DUODÉCIMA.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA DECIMOTERCERA.- CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS DECIMOCUARTA.- REVISIÓN DE PRECIOS DECIMOQUINTA.- MODIFICACIÓN, CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN DECIMOSEXTA.- RESOLUCIÓN DEL CONCIERTO DECIMOSÉPTIMA.- JURISDICCIÓN ANEXOS / 34

2 PRIMERA.- Objeto del Contrato 1.1 Objeto El contrato a que se refiere el presente pliego tiene por objeto la prestación de servicios de asistencia sanitaria ambulatoria y de fisioterapia en un centro sanitario en el municipio de Llanes (Asturias) titularidad del adjudicatario, con destino a los trabajadores al servicio de los empresarios asociados, que sufran un accidente de trabajo, se hallen afectos de enfermedad profesional o cualquier otro supuesto legalmente autorizado, así como a los trabajadores por cuenta propia adheridos, en ambos casos, a IBERMUTUAMUR, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 274 (en adelante IBERMUTUAMUR). 1.2 Ámbito Geográfico El Centro Sanitario deberá estar ubicado en el municipio de Llanes (Asturias) para poder cubrir las necesidades, donde IBERMUTUAMUR no dispone de instalaciones y medios propios sanitarios, por lo que precisa hacer efectivas las prestaciones sanitarias y recuperadoras a través de concierto con medios privados. La empresa adjudicataria tratará a todos aquellos trabajadores que estén ubicados o desplazados en el municipio de Llanes y zonas colindantes, así como, aquellos que estando asegurados por Ibermutuamur, deban ser atendidos en esa zona o le sean remitidos por la mutua. El Centro asistencial de referencia de IBERMUTUAMUR para la coordinación de la gestión que se licita está situado en C/ Domínguez Gil, Gijón. SEGUNDA.- Descripción del Servicio y Condiciones Técnicas 2.1 Descripción del Servicio La asistencia sanitaria objeto de licitación se realizará en un centro sanitario que disponga de las autorizaciones y acreditaciones necesarias para la prestación de los siguientes servicios o unidades asistenciales: U.1 Medicina General, U.6 Alergología, U.59 Fisioterapia, U.8 Dermatología, U.55 Traumatología (s/ RD 1.277/2003, de 10 de octubre), contando para ello con los recursos materiales y personal propio y suficiente y en horario de mañana y tarde de lunes a viernes no festivos para poder realizar las siguientes actuaciones médicas: a) Primera actuación médica. b) Consultas sucesivas. c) Curas e inyectables precisos durante el tratamiento médico. d) Consultas externas y pruebas diagnósticas complementarias para la adecuada asistencia sanitaria de los pacientes accidentados. e) Fisioterapia. La empresa adjudicataria, deberá acreditar que se encuentra inscrita en el Registro de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios de la Comunidad Autónoma afectada, disponiendo de la autorización sanitaria de funcionamiento en vigor de las especialidades o unidades asistenciales en los términos recogidos en el párrafo anterior. 2.2 Personal Para la prestación de estos servicios el licitador deberá acreditar que cuenta con al menos: Un especialista en cada una de los servicios ofertados. Un diplomado en fisioterapia 2 / 34

3 El adjudicatario deberá contar con médicos especialistas, personal de enfermería y otro personal sanitario suficiente debiendo aportar una relación del personal sanitario, médicos, enfermeros y diplomados en fisioterapia y resto de personal no sanitario, que intervendrán en la ejecución del contrato, con especificación del horario, acreditando en su caso la titulación y especialidad, colegiación profesional y la formación y experiencia que requiera su función, debiendo garantizar la presencia continuada del personal para la cobertura de la asistencia durante la jornada tanto de mañana como de tarde. Igualmente habrán de estar previstas las sustituciones programadas o imprevistas que pudieran surgir para que los servicios se presten con plena efectividad. Deberá acreditar que los profesionales que vayan a manipular la instalación de diagnóstico por la imagen poseen las titulaciones profesionales exigidas por la legislación vigente, así como la formación requerida para ejercer la función. El adjudicatario tendrá suscrito un seguro de Responsabilidad Civil por Riesgo Profesional que cubra las posibles responsabilidades, de la entidad y del personal a su servicio, que se deriven de la actividad profesional prestada a los pacientes durante toda la vigencia del concierto en los términos y condiciones establecidos en los pliegos que rigen esta licitación. El personal que vaya a prestar los servicios objeto de este contrato no podrá estar incurso en ninguno de los supuestos de incompatibilidad previstos en la normativa vigente. Sobre este personal, IBERMUTUAMUR no tendrá ningún tipo de relación, ni laboral, ni de prestación de servicios. IBERMUTUAMUR se reserva el derecho, tanto durante el proceso de valoración de las ofertas, como durante la ejecución del contrato, de comprobar, por cualquier medio, que los profesionales cuentan con las especialidades exigidas, debidamente acreditadas. 2.3 Instalaciones y equipamiento El Centro Sanitario dispondrá, al menos, de las siguientes dependencias: Administración: deberá contar con recepción de pacientes para realización de funciones, tales como atención e información al paciente, toma de datos, etc., garantizando la adecuada confidencialidad. Dispondrá también de una sala de espera, con amplitud suficiente para acoger a los pacientes y sus acompañantes. No existirán barreras arquitectónicas en el acceso al edificio donde se encuentre ubicado el centro ni en las instalaciones propiamente dichas. Aseos: Dispondrá de aseos diferenciados, con acceso para minusválidos. Área Sanitaria: Deberá contar como mínimo con las siguientes instalaciones: - Zona de recepción y sala de espera. - Consultas médicas. - Salas de pruebas y exploraciones. - Así como con el equipamiento sanitario imprescindible para que los especialistas puedan desarrollar su actividad. Las consultas y salas de pruebas estarán adaptadas a cada prueba con las condiciones de ventilación, iluminación y dimensiones adecuadas a la actividad que realizan. Deberá acreditar que cuenta al menos con los siguientes equipos de diagnóstico: 3 / 34

4 1 Equipo de radiología convencional. La empresa adjudicataria se obliga a mantener actualizada y debidamente legalizada toda la documentación concerniente a la Instalación de Diagnóstico por la Imagen (Certificado de Inscripción en Industria de la Instalación, Programa de Garantía de Calidad, Programa de Protección Radiológica, Controles y Memorias anuales pertinentes), de acuerdo con la legislación vigente, así como el aseguramiento correspondiente. Área de Fisioterapia: las salas estarán adaptadas a cada tratamiento y deberán reunir las condiciones de ventilación, iluminación y dimensiones adecuadas a la actividad que realizan. Deberá mantener en perfectas condiciones de uso y limpieza las instalaciones y todo su equipamiento y material necesario para la ejecución de este contrato que deberán estar en perfecto estado de funcionamiento, contando con un servicio de mantenimiento que garantice los niveles de calidad adecuados y de limpieza específica, siendo de obligado cumplimiento la observancia de la normativa legal vigente en cuanto a su ubicación, funcionamiento y seguridad. El material que se utilice en el Centro deberá contar con la certificación CE. En caso de emplearse material y/o instrumental no fungible que requiera ser esterilizado, el centro deberá disponer de autoclave a vapor con controles de presión y temperatura y de capacidad suficiente para cubrir las necesidades del centro. Con el fin de asegurar la correcta esterilización será preciso tener documentados los controles de garantía realizados del proceso de esterilización. IBERMUTUAMUR se reserva el derecho durante el proceso de valoración de ofertas de comprobar, incluida la inspección ocular, que el Centro Sanitario cumple todos los requisitos mínimos y esenciales exigidos. La no acreditación o el incumplimiento de cualquiera de estos requisitos mínimos y esenciales conllevarán la exclusión de la oferta del proceso de valoración. 2.4 Ejecución y Resultados El horario de atención asistencial del centro será de lunes a viernes, excepto festivos, distribuidas en jornada de mañana y tarde. Este horario estará disponible para la asistencia de los pacientes de IBERMUTUAMUR, siempre que se trate de una primera atención médica, debiendo ceñirse el paciente a la hora de citación concedida en el caso de las consultas médicas sucesivas que sean precisas durante el tratamiento médico y porque así lo requiera la situación del paciente o solicitadas por parte de Ibermutuamur. Cuando se trate de una primera asistencia, derivada de un accidente, deberá exigir el volante de solicitud de asistencia, debidamente cumplimentado por la Empresa Asociada a Ibermutuamur, para garantizar que la atención es procedente. En su defecto, solicitará a IBERMUTUAMUR confirmación para que adopte el acuerdo que considere oportuno en relación con la adecuada cobertura del paciente. Tras la asistencia prestada al trabajador accidentado facilitará a éste el informe médico de asistencia o bien parte de baja o alta. El adjudicatario deberá remitir al Centro de referencia de IBERMUTUAMUR copia de esta documentación, siempre dentro del marco de la normativa sobre Protección de Datos y en el caso de bajas y altas médicas, éstas se adelantarán a Ibermutuamur por fax o correo electrónico en el plazo máximo de 24 horas hábiles. 4 / 34

5 En el caso de una atención de urgencia que requiera tratamiento quirúrgico, se pondrá en conocimiento de los servicios médicos de Ibermutuamur, para su derivación en su caso. La asistencia sanitaria se facturará en la modalidad de pago único por proceso, por cada accidentado que la clínica asista, Esta cantidad es independiente del número de actos médicos y veces que un mismo paciente sea atendido en la clínica dentro del mismo accidente, por lo que el proceso abarca desde la baja hasta el alta, caso de que aquella se produzca. En el pago único por proceso se entenderá incluido además de los honorarios, el material sanitario, las curas, placas, yesos, etc..) Cualquier proceso cuya duración previsible sea superior a 7 días, o aparezcan complicaciones posteriores, será derivado al Centro de referencia de la Mutua, después de prestarle la primera atención de urgencia. Cualquier solicitud de consulta médica de especialista o prueba diagnóstica de seguimiento, adicional al proceso de urgencia, que sean precisas, requerirá autorización previa de los servicios médicos de IBERMUTUAMUR El servicio de fisioterapia se prestará en horario de mañana y de tarde, de lunes a viernes no festivos, a través de sesiones de tratamiento individualizado y personalizado al paciente. La sesión de fisioterapia se entenderá que es la realizada al paciente en un día, con independencia del tipo y número de técnicas utilizadas en dicha sesión. El inicio de las sesiones de Fisioterapia requerirá la autorización expresa de IBERMUTUAMUR y se referirá a un máximo de 10 sesiones. Esta autorización tendrá que ser renovada si se consideran necesarias sesiones adicionales. La solicitud de las consultas, pruebas y los tratamientos se podrá realizar en soporte papel, electrónico o telefónico, dependiendo de la naturaleza y circunstancias de los servicios a realizar. Todas las asistencias y pruebas han de realizarse en el Centro Sanitario objeto de la licitación, sin que quepan derivaciones de pacientes a otros Centros. Los tratamientos se iniciarán por parte del adjudicatario en un plazo máximo de 24 horas siguientes a la solicitud. Los informes deberán ir siempre firmados por el especialista que disponga de la correspondiente titulación con indicación del nombre y apellidos del profesional, nº colegiado y firma. Registro de pacientes: El adjudicatario dispondrá de un sistema que permita la gestión informática de los datos de los pacientes, así como su archivo, de forma que cumpla con la normativa vigente en cuanto a confidencialidad y seguridad. Protección de datos y atención al paciente: La empresa adjudicataria garantizará el cumplimento de la normativa legal y la asistencia adecuada a los pacientes (igualdad de trato, protección de datos para usuarios, de los derechos y deberes del paciente en la prestación del servicio, protección y seguridad del paciente durante el tiempo de exploración, documentación sobre consentimiento informado, comunicación e información específica al paciente sobre la asistencia sanitaria a realizar y se le informará del mecanismo y soporte de las reclamaciones y sugerencias, 5 / 34

6 poniendo a disposición del paciente, en caso necesario, las correspondientes hojas de reclamación). 2.5 Coordinación y protocolos El adjudicatario se comprometerá a emitir la totalidad de datos que relacionados con los servicios objeto de este contrato le sean solicitados por IBERMUTUAMUR durante su desarrollo, y mientras perdure la ejecución del contrato y facilitará la coordinación con los servicios médicos de la Mutua, a efectos de procedimiento de comunicación de casos, y seguimientos de pacientes, siempre y en todo caso dentro del marco normativo de Protección de Datos de carácter Personal. En caso de que el paciente no acuda a la citación, el adjudicatario deberá informar inmediatamente a Ibermutuamur. La empresa adjudicataria designará a una persona de contacto para resolver cualquier asunto y comunicará urgentemente las incidencias que impidan o demoren la realización de los tratamientos. La no acreditación o el incumplimiento de cualquiera de estos requisitos mínimos y esenciales conllevarán la exclusión de la oferta del proceso de valoración. El centro de referencia de IBERMUTUAMUR a efectos de este concierto, será el situado en: C/ Domínguez Gil, Gijón. El centro concertado no deberá tener una identificación preferente con ninguna Mutua del sector, que pueda inducir a confusión a los pacientes o empresas sobre su carácter privado. En cada una de las prestaciones sanitarias y recuperadoras, los profesionales sanitarios del adjudicatario actuarán con conocimiento y aplicación de los protocolos de actuación que facilitará IBERMUTUAMUR al adjudicatario. TERCERA.- Régimen jurídico El contrato al que se refiere el presente Pliego se regirá, en cuanto a su preparación y adjudicación, además de por lo establecido en el mismo, por las Instrucciones que se han puesto a disposición de todos los interesados en la Plataforma de Contratación del Sector Público dependiente del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (Perfil de contratante de IBERMUTUAMUR) y por lo establecido en el Real Decreto 1.630/2011, de 14 de noviembre, por el que se regula la prestación de servicios sanitarios y de recuperación por las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de las Seguridad Social, de 7 de diciembre y por la Orden TIN/2.786/2009, de 14 de octubre, por la que se implanta el proceso telemático normalizado CAS@, para la tramitación de las solicitudes de autorización y comunicaciones de los conciertos con medios privados para hacer efectivas las prestaciones sanitarias y recuperadoras a cargo de las MATEPSS (BOE nº 251, de 17 de octubre de 2009). De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Primera de la Ley 35/2014, de 26 de diciembre, las referencias a Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, se entenderán hechas a las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social. Supletoriamente será de aplicación el Real Decreto Legislativo 3/2011 (BOE nº 276, de fecha ), por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. 6 / 34

7 De acuerdo con las referidas instrucciones Internas de contratación, para la adjudicación del presente contrato se invitará al menos a tres empresas, siempre que las circunstancias así lo permitan. La adjudicación recaerá en quien presente la oferta económicamente más ventajosa. En lo que se refiere a sus efectos, cumplimiento y extinción de este contrato se regirá -además de por lo establecido en el mismo- por el derecho privado. No obstante, las modificaciones del contrato se regirán por lo regulado en el Título V del Libro I de la Ley de Contratos del Sector Público. CUARTA.- Capacidad para contratar. 4.1 Podrán tomar parte en esta contratación, las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, que, teniendo plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica financiera y técnica o profesional, y no se hallen comprendidas en alguna de las circunstancias que se señalan en el artículo 60.1 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. 4.2 La finalidad o actividad de la empresa o profesional, que opte a la adjudicación en esta licitación, tendrá que tener relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales, así como disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del mismo. QUINTA.- Presupuesto El presupuesto máximo de licitación del presente concierto, en el que están incluidos la totalidad de servicios, técnicas y tratamientos, para un plazo de ejecución de doce meses, tomando como base la experiencia acumulada por esta Entidad Colaboradora con la Seguridad Social, asciende a la cantidad de cinco mil ciento sesenta (5.160,00 ) (IVA incluido), de acuerdo con el siguiente detalle: TARIFA MÁXIMA (euros) UNIDADES AÑO TOTAL PRESUPUESTO Primera Consulta Medica 45, ,00 Consulta Alergología (incluye pruebas) 100, ,00 Consulta Dermatología 75, ,00 Consulta Traumatología 75, ,00 Rx 25, ,00 Fisioterapia (sesión) 10, ,00 Revisiones 19, ,00 SUBTOTAL ANUAL 4.128,00 7 / 34

8 Este subtotal anual de 4.128,00 es el presupuesto máximo de los procedimientos más habituales correspondiendo el resto del presupuesto a (curas, inyectables etc): (+) Otras actuaciones y actos médicos no especificadas 25% SUBTOTAL ANUAL (25%) 1.032,00 TOTAL PRESUPUESTO MAXIMO ANUAL DE LICITACION 5.160,00 Estas cantidades se han fijado del promedio de los casos producidos en los últimos ejercicios y tienen como fin aportar un indicador de la actividad a efectos de conocimiento para la determinación de precios por parte de los distintos ofertantes, no constituyendo en ningún caso, un compromiso que obligue a IBERMUTUAMUR en modo alguno. De conformidad con lo previsto en el artículo 88 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el valor estimado de esta oferta, considerando la posibilidad de una anualidad de prórroga, asciende a la cantidad de diez mil trescientos veinte euros (10.320,00 ). IBERMUTUAMUR dispone en la prórroga del 2018 de los Presupuestos de Gastos y Dotaciones del 2017, de los créditos precisos para atender a las obligaciones económicas que resulten generadas por esta licitación e imputándose a la partida presupuestaria, artículo 25 Asistencia Sanitaria con medios Ajenos de los créditos precisos para atender a las obligaciones económicas generadas por este contrato, tomándose razón para los siguientes ejercicios. A estos efectos, podrán comprometerse créditos con las limitaciones que se determinen en las normas presupuestarias vigentes en cada momento aplicables a las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social. SEXTA- Criterios para la Adjudicación del Contrato Los criterios que han de servir de base para la adjudicación de este concierto y su ponderación son los siguientes: OFERTA ECONÓMICA OFERTA TÉCNICA Recursos Humanos Situación y acceso Horario de Atención Recursos Técnicos 3 TOTAL / 34

9 6.1 Metodología de Valoracion: OFERTA ECONÓMICA: Cuya ponderación será de 75 puntos. Se asignará a la oferta más económica 75 puntos. Al resto de las ofertas se le asignará la puntuación proporcional que le corresponda en función del precio ofertado y de la oferta más baja de acuerdo con la siguiente fórmula: V Of Mín. P 75 x P Of Of donde Vof es la valoración de la Oferta; Mín.Pof es la oferta más económica y; Pof es la oferta del licitador. No obstante, podrán ser excluidas las ofertas con valores desproporcionados. A tal efecto se entenderán por tales, aquellas en que la baja económica sea inferior en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética del resto de las ofertas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en más de 10 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. De darse este supuesto, deberá darse audiencia al licitador que la haya presentado para que justifique la valoración de la oferta y precise las condiciones de la misma, de conformidad con lo señalado en los apartados 2 y 3 del artículo 152 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Las puntuaciones se calcularán con una aproximación de dos decimales OFERTA TÉCNICA: Cuya ponderación será de 25 puntos Recursos Humanos Los medios disponibles y puestos a disposición de este concierto que presente el licitador se valorarán hasta con 12 puntos: a) Disponer de más de un facultativo para la prestación del servicio de Medicina General durante el horario de apertura del centro: se puntuará con hasta 4 puntos b) Disponer de más de un fisioterapeuta para la prestación del servicio durante el horario de apertura del centro: se puntuará con hasta 2 puntos c) Disponer de otras unidades asistenciales especializadas complementarias como Traumatología, Odontología y Cardiología se puntuará, con hasta 6 puntos,: Para que cada una de estas prestaciones asistenciales sean objeto de valoración, el licitador deberá acreditar los medios personales indicando el horario de presencia, y aportar los nombres y titulaciones de los facultativos habilitados para prestar el servicio así como la colegiación indicando el horario de presencia, así como los medios materiales con los que llevará a cabo la prestación de estos servicios, aportando para ello la misma documentación y en los mismos términos exigidos en el apartado / 34

10 Las mejoras asistenciales que se valoren se incorporarán al contrato y serán de obligado cumplimiento Situación y acceso, se puntuará hasta con 6 puntos. La facilidad de acceso al centro concertado en transporte público, en vehículo propio, y acceso a personas con discapacidad o dificultades de movilidad se puntuará con un máximo de 6 puntos: a) Parada de autobús a una distancia inferior a 250 metros al centro concertado: 3 puntos, indicando expresamente el número/s de autobuses, identificación de la parada más próxima y distancia en metros. b) Aparcamiento público o privado a una distancia inferior a 150 metros al centro concertado: 2 puntos. Deberá indicarse la ubicación del mismo y la distancia en metros al Centro propuesto. c) Disponer de zona de paso reservada para facilitar el acceso al centro de personas con discapacidad o dificultades de movilidad, así como para vehículos de transporte de urgencia se valorará con 1 punto. Para acreditar la distancia al centro concertado se utilizará la herramienta de Google maps Horario de Atención: Disponibilidad de servicio médico sábados, y festivos, 4 puntos Sólo será objeto de valoración si el centro cuenta ya con el horario y los días de servicio médico que son objeto de valoración. Por ello, no se valorarán los compromisos de horario y aperturas por el hecho de licitar o resultar adjudicatario Recursos Técnicos- Disponer de Digitalización de placas radiográficas: 3 puntos Se valorará que el licitador acredite disponer de instalaciones CR (Sistemas de Radiografía Computerizada) y los medios técnicos que permitan la obtención de imágenes radiológicas en formato digital y que se comprometan a grabar los resultados de las pruebas, que remitirán a IBERMUTUAMUR, en soporte electrónico CD/DVD. El soporte que se enviará, deberá ser etiquetado con los siguientes datos:-- Nombre y dos apellidos del paciente, NIF, fecha de la prueba tipo de prueba, Nº de Historia/Episodio y código SAE, (estos últimos datos facilitados por parte de Ibermutuamur en el volante de solicitud de prueba externa). Además deberá presentar un informe en papel sobre la prueba realizada en un sobre cerrado o en los casos donde sea requerido en formato PDF o WORD. SÉPTIMA- Proposiciones. Documentación aportar. 7.1 Todo empresario interesado, podrá presentar una proposición, por sí o por medio de representante/s debidamente autorizado/s. A tal efecto, cumplimentará la solicitud (Anexo 1), y su sola presentación implica la aceptación incondicional del firmante de todas y cada una de las cláusulas del mismo, así como la declaración responsable de que reúne las condiciones exigidas para tomar parte en el presente procedimiento de contratación. 10 / 34

11 Los licitadores interesados deberán remitir su oferta y la documentación que, posteriormente, se indica a la dirección de correo: concursosibermutuamur.asturias@ibermutuamur.es Índice numerado de los documentos presentados en este sobre, que además consignarán: o o o o o o Empresa (nombre completo) Persona de contacto Dirección correo electrónico, donde se efectuarán las comunicaciones y notificaciones Número de teléfono Número de Fax Dirección postal Si se trata de una persona física (profesional sanitario) deberá aportar el NIF y acreditar la titulación, especialidad y colegiación en vigor. Autorización sanitaria de funcionamiento en vigor, en la que conste como mínimo la autorización para las unidades asistenciales o especialidades requeridas como requisito mínimo en este pliego y en las mejoras que se presenten, en relación con el centro sanitario donde se prestará los servicios, así como nº de inscripción en el registro de centros, establecimientos y servicios sanitarios de la CCAA donde esté ubicado el centro sanitario. Anexo 2: Proposición Económica. El precio unitario ofertado comprenderá toda clase de gastos e impuestos derivados del contrato, a excepción del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) (servicios que en la actualidad están exentos de IVA). El licitador deberá adjuntar igualmente la TARIFA aplicable a esta contratación incluyendo el resto de actos o pruebas médicas acreditadas respecto de las especialidad/es o servicios a concertar de conformidad con lo establecido en este Pliego, comprometiéndose a ofertar el mejor precio que aplique a las entidades del sector de Mutuas en aquellos actos médicos no incluidos en la proposición económica formulada. Esta tarifa quedará incorporada al concierto. Memoria descriptiva del centro, Anexo 3, junto con un detalle de las instalaciones del Centro Sanitario:, identificación y localización (plano de situación), superficie y distribución y diferenciación de espacios, acompañada de copia de los planos donde se pueda apreciar la zona de espera y recepción, el área de consultas, salas de pruebas y exploraciones, etc.; cartera de servicios, y unidades asistenciales; una descripción del funcionamiento del servicio, la capacitación técnica (medios y equipamientos disponible en las mismas instalaciones ofertadas, compromiso de los tiempos de respuesta, la ejecución y coordinación de los servicios sanitarios para garantizar la cobertura plena del servicio en los términos definidos en este pliego de condiciones generales y prescripciones técnicas; horario de apertura oficial del centro y horario consultas, identificación de la interlocución médica, así como cualquier información que el adjudicatario considere de interés. Declaración en el que se concrete que dispone de más de un facultativo para la prestación del servicio de Medicina General, y de más de un diplomado en fisioterapia destinados a dicho servicio, haciendo constar los nombres, titulación, nº de colegiado, horario de los profesionales (criterio de adjudicación nº ). La relación de profesionales se incluirá en el anexo / 34

12 Declaración en el que se concrete las unidades asistenciales especializadas adicionales que pone a disposición de este concierto como mejora, tales como Traumatología, Odontología y Cardiología, indicando los nombres de los profesionales destinados a prestar los servicios, nº de colegiado y horario y aportando la copia de los títulos y de su especialidad. Se deberá acreditar igualmente que cuentan con las correspondientes autorizaciones sanitarias de funcionamiento para estas especialidades (criterio de adjudicación nº ). La relación de profesionales se incluirá en el anexo 4. Identificación y localización del centro asistencial propuesto. Descripción de los aparcamientos existentes y los medios de transporte públicos con indicación de la distancia al Centro Sanitario. En todo caso en la documentación que se aporte se acompañará plano de situación en la que se marquen los siguientes extremos (criterio de adjudicación nº ). Localización de las paradas de autobús, número/s de líneas de autobuses y la distancia en metros al centro concertado. Localización e identificación de los Aparcamientos públicos y privados con indicación de los metros de distancia al centro concertado. Disponer de aparcamiento reservado para facilitar el acceso al centro de personas con discapacidad o dificultades de movilidad, así como para vehículos de transporte sanitario Para acreditar la distancia al centro concertado se utilizará la herramienta de Google maps. Certificado en el que se detalle los medios tecnológicos disponibles que acrediten la capacidad expresada para la remisión de las pruebas de diagnóstico por imagen en formato digital, así como de la aceptación de remisión del resultado de la exploración en soporte (CD/DVD) y conforme a los requisitos especificados (criterio de adjudicación nº ). Declaración responsable, de que, dispone en las mismas instalaciones ofertadas de todos los medios y equipamientos objeto de esta contratación. Anexo 4: Relación actualizada del personal que llevará a cabo la prestación del servicio, médicos, técnicos, personal de enfermería y diplomados en fisioterapia así como el resto del personal sanitario y no sanitario, haciendo constar el nombre y apellidos, titulación, categoría profesional, especialidad, colegiación y dedicación horaria. Anexo 5: Declaración responsable de la capacidad del titular/es del centro para contratar con el Sector Público por no estar incurso en ninguna de las prohibiciones para contratar definidas en el artículo 60.1 del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. (modelo Declaración no incompatibilidad). Dicha declaración responsable, comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la documentación acreditativa de la misma se exija antes de la adjudicación al proveedor cuya valoración resulte más ventajosa, a cuyo efecto se les concederá un plazo máximo de diez días hábiles, en los que habrá de ser presentada la siguiente documentación: 12 / 34

13 a) Certificación administrativa positiva, expedida por el Órgano Tributario competente, que acredite que el contratante se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. b) Certificación administrativa positiva, expedida por el Órgano de Seguridad Social competente, que acredite que el contratante se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones de Seguridad Social. Anexo 6: Declaración responsable de no estar incurso en ningún tipo de vinculación indicada en el artículo 12.d) del Real Decreto 1630/2001, que regula la prestación de Servicios Sanitarios y de Recuperación de las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social (modelo Declaración no vinculación). OCTAVA.- Valoración y propuesta de adjudicación 8.1 Atendiendo a los distintos criterios de valoración, se procederá a valorar las ofertas recibidas. 8.2 Una vez determinada la oferta económica más ventajosa, se concederá un plazo máximo de diez días hábiles, en los que habrá aportar la siguiente documentación: - Escritura y estatutos de la sociedad, si se trata de una entidad jurídica, así como copia del CIF. - Escritura de apoderamiento del representante legal de la empresa, así como copia del NIF. - Documentación acreditativa de la póliza de seguro de Responsabilidad Civil por Riesgos Profesionales que cubra las posibles responsabilidades de la entidad o del personal a su servicio, que se deriven de la actividad profesional prestada a los pacientes en el centro sanitario, que venga a garantizar un capital mínimo para todos los conceptos facturables- de trescientos mil euros ( ) por siniestro, a fin de cubrir cualquier daño o perjuicio que pudiera derivarse de la actividad prestada por los profesionales sanitarios, así como sus sustitutos permanentes u ocasionales. Asimismo, se adjuntará copia del recibo bancario que acredite que el seguro está en vigor. - Certificados de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social, en los términos reflejados en el apartado que regula el Anexo 5 de este pliego. - Aportar la acreditación documental que el personal sanitario relacionado en el Anexo 4, posee la cualificación personal, formación técnica y titulación exigida conforme a la normativa vigente, Se deberá aportar copia de los títulos y de la especialidad sanitaria de los médicos y diplomados que llevarán a cabo la prestación del servicio. Deberá acreditar que los profesionales que vayan a manipular la instalación de diagnóstico por la imagen poseen las titulaciones profesionales exigidas para ejercer la función - Inscripción, si procede, de los equipos de diagnóstico en el registro administrativo, que, de acuerdo con la legislación vigente, le corresponda. y contar con el aseguramiento obligatorio, así como cumplir la normativa legal vigente en materia de instalaciones radioactivas. 13 / 34

14 Deberá aportar documentación acreditativa de la implantación de los Programas de Protección Radiológica y Garantía de Calidad y disponer de mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos. En el caso de que la documentación aportada presente defectos u omisiones subsanables se concederá un plazo no superior a tres días laborables para que sea corregida o subsanada. 8.3 En el supuesto que no se aportara la documentación requerida o esta fuera insuficiente, se procederá del mismo modo con el licitador o licitadores siguientes, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas NOVENA.- Adjudicación 9.1 El Órgano de contratación, vistas la propuesta de adjudicación, procederá a adjudicar el concierto o, en su caso, a declararlo desierto. 9.2 La adjudicación deberá recaer dentro del plazo máximo de un mes, a contar desde el día que finaliza el plazo para presentar las ofertas. 9.3 Serán nulas de pleno derecho, las adjudicaciones de contratos en favor de personas que carezcan de la capacidad de obrar o de la solvencia necesaria, o que estén incursas en cualquiera de las prohibiciones recogidas en el artículo 60.1 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. DÉCIMA.- Formalización del concierto y Condición Suspensiva 10.1 Una vez notificado el acuerdo de adjudicación, y dentro del plazo de 5 días laborables, IBERMUTUAMUR para dar cumplimiento a lo previsto en la Orden TIN/2786/2009, de 14 de octubre, por la que se implanta el proceso telemático normalizado CAS@, para la tramitación de las solicitudes de autorización y comunicaciones de los conciertos con medios privados para hacer efectivas las prestaciones sanitarias y recuperadoras a cargo de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de las Seguridad Social (BOE nº 251, de 17 de octubre de 2009 gestionará la obtención del informe preceptivo emitido por el organismo de la Comunidad Autónoma que tenga atribuida la competencia en materia sanitaria respecto de la adecuación de las instalaciones y servicios propuestos a las finalidades que deben cumplir. El adjudicatario vendrá obligado a colaborar con IBERMUTUAMUR en la obtención de dicho informe preceptivo. El informe tiene carácter preceptivo, por lo que de no obtenerse o ser negativo, no se formalizará el correspondiente concierto El documento en que se formalice el concierto se ajustará al modelo que como Anexo 7 se adjunta a este pliego. Dicho documento será en todo caso un documento privado. En el caso de que Ibermutuamur precisara extender la actividad de colaboración sanitaria prevista en este concierto, a la realización de pruebas diagnósticas y tratamientos terapéuticos y rehabilitadores, regulados en la disposición adicional undécima, apartados 4 y 5, de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio y Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal derivada de contingencias comunes a su colectivo protegido, se formalizará un anexo que quedará incorporado al concierto. 14 / 34

15 10.3 El documento contractual no podrá incluir estipulaciones que establezcan derechos y obligaciones para las partes distintos de los previstos en los pliegos, concretados, en su caso, en la forma que resulte de la proposición del adjudicatario, o de los precisados en el acto de adjudicación del contrato de acuerdo con lo actuado en el procedimiento, de no existir aquéllos Una vez formalizado el concierto IBERMUTUAMUR lo tramitará ante el Ministerio de Empleo y Seguridad Social en el plazo de un mes No se podrá iniciar la ejecución del concierto sin su previa formalización y la obligatoria comunicación al Ministerio de Empleo y Seguridad Social A todos los efectos en esta contratación, los términos contrato y concierto deberán considerarse como sinónimos. UNDÉCIMA.- Ejecución del concierto, facturación y forma de pago El plazo de ejecución del concierto será de doce meses. El contrato entrará en vigor el día primero del mes siguiente a la notificación a IBERMUTUAMUR de la aprobación administrativa (autorización del Ministerio de Empleo y Seguridad Social) del mismo. A título meramente indicativo está previsto que su ejecución se inicie en abril de Sin perjuicio de lo anterior, y del período inicial de vigencia previsto en dicho apartado, este concierto podrá ser prorrogado, de forma expresa y por mutuo acuerdo de las partes antes de la finalización de aquél, sin que la duración de la prórroga o prórrogas sea superior a 12 meses. En ningún caso, podrá producirse la prórroga por el consentimiento tácito de las partes, de conformidad con lo dispuesto en el art del texto refundido de Contratos del Sector Público Las facturas serán remitidas a los centros de referencia y coordinación de Ibermutuamur o unidades tramitadoras, según se trate, en el plazo máximo de 30 días desde que se prestó el servicio, por los medios adecuados según proceda, adjuntando el volante de solicitud de asistencia o la autorización de Ibermutuamur. En cumplimiento de la Ley 25/2013 de 27 de diciembre de Impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público los proveedores tienen la obligación de presentar las facturas en formato electrónico a partir del 15 de enero de 2015 para las facturas de importe igual o superior a 5.000,00 euros. El adjudicatario emitirá las facturas de conformidad con la normativa aplicable. Con carácter general, la factura constará de: Número de Identificación Fiscal, nombre apellidos o Razón Social completa del adjudicatario, número de factura y en su caso serie, y fecha de expedición. Deberá incluir, además, el código de referencia asignado a este expediente En la factura, y por cada paciente se detallará: TIPO ASISTENCIA PRESTADA FECHA ASISTENCIA FECHA BAJA FECHA ALTA PRIMER APELLIDO SEGUNDO APELLIDO NOMBRE Nº HISTORIA / EPISODIO (si se dispone) CÓDIGO SAE (si se dispone) TIPO PRUEBA (ESPECIFICAR) FECHA/ DE REALIZACIÓN DE LA CONSULTA/ PRUEBA /TRATAMIENTO MÉDICO ESPECIALISTA 15 / 34

16 CANTIDAD PRECIO UNITARIO TOTAL FACTURA Los conceptos e importes unitarios que se relacionen en las facturas se ajustarán siempre a los ofertados por la empresa adjudicataria. Únicamente podrá facturar a IBERMUTUAMUR la empresa adjudicataria. No se admitirán facturas de terceros. A efectos del pago del precio, la empresa adjudicataria, presentará las facturas en el centro de IBERMUTUAMUR sito en C/Julio Alvarez Mendo, Oviedo Las facturas serán abonadas, por transferencia bancaria, en un plazo máximo de treinta días contados a partir de su presentación en esta Entidad Atendiendo a la naturaleza de este contrato, se exceptúa de plazo de garantía. DUODÉCIMA.- Obligaciones del contratista 12.1 El concierto se ejecutará con sujeción a lo establecido en este pliego de condiciones generales y prescripciones técnicas y a las mejoras ofertadas, en su caso, por el adjudicatario. En todo caso, IBERMUTUAMUR se reserva la facultad de controlar e inspeccionar todos los aspectos relativos a la ejecución del concierto con objeto de asegurar la buena marcha del servicio El contratista será responsable de la calidad técnica de las prestaciones y servicios que realice, así como de las consecuencias que se deduzcan para IBERMUTUAMUR o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato El contratista contará con el personal necesario para la ejecución del contrato. Dicho personal dependerá exclusivamente del adjudicatario, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empleador respecto del mismo, siendo IBERMUTUAMUR ajeno a dichas relaciones laborales o mercantiles El contratista viene obligado a garantizar que su titular, así como el personal que atenderá la prestación de los servicios objeto del presente concierto, no estará incurso en ninguno de los supuestos legales de incompatibilidad o prohibición previstos en la vigente normativa de aplicación de la Comunidad Autónoma donde se preste el servicio Para el caso de que el contratista incumpla la ejecución parcial de las prestaciones que constituyen el objeto de este concierto, se determinan específicamente las penalidades siguientes, en función de las circunstancias que asimismo se definen: a) Las reiteradas deficiencias detectadas en la prestación del servicio público y en el grado de cumplimiento del contrato, entendiendo por tales la constancia de más de dos advertencias escritas realizadas por la Mutua a la empresa contratista, facultarán asimismo, previa audiencia de ésta, para la aplicación de una penalidad equivalente al 10% del último importe mensual facturado. b) En todo caso, y conforme con lo señalado en el artículo del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, la cuantía total de las penalidades apuntadas con anterioridad, no podrá ser superior al 10% del presupuesto del concierto. 16 / 34

17 DECIMOTERCERA.- Confidencialidad y Protección de Datos 13.1 El adjudicatario vendrá obligado a guardar la más estricta confidencialidad sobre el contenido del concierto, así como los datos o información a la que pueda tener acceso como consecuencia de su ejecución, pudiendo únicamente poner en conocimiento de terceros aquellos extremos que IBERMUTUAMUR autorice por escrito, y a usar dicha información a los exclusivos fines de la ejecución del contrato. Esta obligación subsistirá de modo indefinido aún después de terminar sus relaciones con IBERMUTUAMUR. El acceso del adjudicatario a los datos de carácter personal contenidos en los ficheros titularidad de IBERMUTUAMUR para la prestación de servicios objeto del presente Pliego, no tendrá la consideración legal de comunicación o cesión de datos a los efectos previstos en la Ley Orgánica 15/1999, de 23 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante, LOPD), sino de acceso por cuenta de tercero según lo previsto en el artículo 12 de la citada Ley Orgánica. Tales datos de carácter personal serán propiedad exclusiva de IBERMUTUAMUR, extendiéndose esta titularidad a cuantas elaboraciones realice el adjudicatario con ocasión del cumplimiento del concierto. No obstante lo anterior, se considerará que existe comunicación de datos a terceros cuando el acceso tenga por objeto el establecimiento de un nuevo vínculo entre el adjudicatario que accede a los datos y el afectado titular de los datos de carácter personal. En tales casos, el adjudicatario deberá asumir bajo su única y exclusiva responsabilidad su condición de nuevo responsable y dar cumplimiento a las obligaciones que a tales efectos establece la Legislación vigente. A los efectos anteriores, el adjudicatario se sujetará al deber de confidencialidad y seguridad de los datos personales a los que tenga acceso conforme a lo previsto en la normativa que resulte aplicable, obligándose específicamente a lo siguiente: A utilizar y aplicar los datos personales a los exclusivos fines del cumplimiento del objeto del contrato. A adoptar las medidas de índole técnica y organizativa necesarias establecidas en el artículo 9 de la Ley Orgánica 15/1999 y en las normas reglamentarias que la desarrollen, que garanticen la seguridad de los datos personales y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos objeto de tratamiento y los riesgos a que los mismos estén expuestos, ya provengan de la acción humana o del medio físico o natural. En todo caso se obliga a aplicar las medidas de seguridad del nivel que correspondan en función de los datos a tratar de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1.720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la LOPD, por el que se regulan las Medidas de Seguridad de los Ficheros Automatizados que contengan Datos de Carácter Personal. A mantener la más absoluta confidencialidad sobre los datos personales a los que tenga acceso para la prestación de servicios así como sobre los que resulten de su tratamiento cualquiera que sea el soporte en el que se hubieren obtenido. A no comunicar o ceder los datos del fichero a otra persona, ni siquiera para su conservación, debiendo destruir los datos personales a los que haya tenido acceso, así como los resultados derivados de su tratamiento, al igual que cualquier soporte o documentos en los que conste algún dato de carácter personal objeto de tratamiento, salvo que IBERMUTUAMUR requiera que les sean devueltos. 17 / 34

18 A guardar secreto profesional de todos los datos de carácter personal que conozca o a los que tenga acceso en ejecución del contrato. Igualmente se obliga a custodiar e impedir el acceso a los datos de carácter personal a cualquier tercero ajeno. Las anteriores obligaciones se extienden a toda persona que pudiera intervenir en cualquier fase del tratamiento por cuenta del adjudicatario. A comunicar y hacer cumplir a sus empleados las obligaciones establecidas en los apartados anteriores y, en particular, las relativas al deber de secreto y medidas de seguridad En cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal por el que se regula el derecho de información en la recogida de datos de carácter personal, se informa al adjudicatario que los datos necesarios para el cumplimiento y ejecución de la contratación objeto de este Pliego, así como los datos que facilite sobre sus empleados con la misma finalidad, serán incorporados a unos ficheros automatizados titularidad de IBERMUTUAMUR, ante quienes podrán ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en los términos previstos en la citada Ley Orgánica, dirigiendo escrito según corresponda a: IBERMUTUAMUR, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 274, sito en Madrid (CP 28043), calle Ramírez de Arellano, 27. El adjudicatario se compromete y obliga a informar a sus empleados de las advertencias legales indicadas en los párrafos anteriores. DECIMOCUARTA.- Revisión de Precios El precio de este contrato no será objeto de revisión durante el plazo inicial de ejecución previsto en la cláusula 11.1 de este documento, ni en el supuesto de que se acordara su prórroga. DECIMOQUINTA.- Modificación, Cesión y Subcontratación 15.1 El concierto que se formalice por el presente procedimiento sólo podrán modificarse en los casos y con los límites establecidos en el artículo 107 del texto refundido de la Ley Contratos del Sector Público Ninguna de las partes podrá ceder ni transmitir los derechos u obligaciones que se derivan de este concierto sin el consentimiento previo por escrito de la otra parte. Toda cesión o transmisión de derechos u obligaciones contrarias a esta cláusula será nula de pleno derecho La empresa adjudicataria no podrá subcontratar las prestaciones que son objeto del presente concierto. DECIMOSEXTA.- Resolución del Concierto 16.1 Serán causas de resolución del contrato las siguientes: 1. Cuando se produzcan deficiencias graves en el cumplimiento de las prestaciones y servicios por la entidad concertada que la hagan no idónea para los fines convenidos. 2. Por carecer el contratista de los permisos y autorizaciones legales o administrativos que sean preceptivos en cada momento para la prestación de los servicios objeto del concierto. 18 / 34

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