Práctica. La sociedad cuenta con un procedimiento escrito para la inducción de cada nuevo director.

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1 Práctica SI Adopción NO 1. Del funcionamiento del Directorio A. De la adecuada y oportuna información del directorio, acerca de los negocios y riesgos de la sociedad, así como de sus principales políticas, controles y procedimientos. a) El directorio cuenta con un procedimiento/mecanismo para la inducción de cada nuevo director, por medio del cual este se informe respecto de la sociedad, sus negocios, riesgos, políticas, procedimientos, principales criterios contables y del marco jurídico vigente más relevante y aplicable a la sociedad y al directorio. La sociedad cuenta con un procedimiento escrito para la inducción de cada nuevo director. Inducción a directores. Se acuerda el siguiente procedimiento que contempla: 1. Reunión de carácter informativa con el gerente general y los directores de la sociedad para explicar su organización, negocios, planes estratégicos y operacionales, los comités de directorio y su funcionamiento, etc. 2. Reunión de carácter informativa con el gerente de Finanzas de la sociedad quien explicará los principales criterios contables; presupuesto y el estado de situación de la sociedad. 3. Reunión informativa con el Fiscal de la sociedad quien le explicará el marco legal y regulatorio vigente y los aspectos significativos sobre el funcionamiento del directorio y las responsabilidades de los integrantes. Además, le entregará un set de la legislación y, normativa aplicables, incluyendo entre otros la Ley de Mercado de Valores, Ley de Sociedades Anónimas, Reglamento de Sociedades Anónimas, Ley de la Renta, NCG 309, NCG 325, y documentos internos de la sociedad como Manual de Gobierno Corporativo, los códigos de conducta, etc. 4. Reunión informativa con el gerente de Riesgos de la sociedad para explicar el Sistema de Gestión de Riesgos, la legislación y normativa aplicable, los principales riesgos que afectan a la sociedad, y el plan de mitigación y control de los mismos. 5. A futuro, el nuevo director deberá hacer el curso de capacitación que disponga la compañía, tanto en materias interna de la sociedad y el Grupo Zurich, como en tópicos de legislación y normativa, estados financieros y solvencia y administración de riesgos. La inducción del nuevo director queda como responsabilidad del Área Legal / Fiscalía. NCG N 341_Template_v

2 b) El directorio cuenta con una política de contratación de asesores especialistas en materias contables, financieras y legales que, entre otros aspectos, contemple la asignación de un presupuesto especial y suficiente para esos efectos. Además, dicha política es revisada anualmente, en función de las necesidades que para ello se prevean. En casos calificados los directores podrán requerir de la opinión de expertos externos para pronunciarse sobre las materias solicitadas a su consideración, relativas a aspectos legales, contables y financieros de la sociedad entre otros, mediante una solicitud fundada sobre sus alcances y la ausencia de información disponible, la que será calificada por la mayoría de los directores que determinará el ámbito y los términos de la asesoría. Dadas las facultades del directorio no se estima necesario establecer un presupuesto especial para estos fines. c) El directorio se reúne al menos semestralmente con la empresa de auditoría externa a cargo de la auditoría de los estados financieros para analizar: i. El programa o plan anual de auditoría. ii. Eventuales diferencias detectadas en la auditoría respecto de prácticas contables, sistemas administrativos y auditoría interna. iii. Eventuales deficiencias graves que se hubieren detectado y aquellas situaciones irregulares que por su naturaleza deban ser comunicadas a los organismos fiscalizadores competentes. iv. Los resultados del programa anual de auditoría. v. Los posibles conflictos de interés que puedan existir en la relación con la empresa de auditoría o su personal, tanto por la prestación de otros servicios a la sociedad o a las empresas de su grupo empresarial, como por otras situaciones. Con todo, se deberá explicar las materias que son analizadas en sesiones de directorio sin la presencia de gerentes o ejecutivos principales. El Directorio se reúne, a lo menos, dos veces al año con los auditores externos de la sociedad para: - En el segundo trimestre de cada año para revisar con los auditores externos recién designados por la junta de accionistas el plan anual de auditoría externa para el año corriente. - En el primer trimestre de cada año, previo a la aprobación de los estados financieros del ejercicio anterior, el Comité de Auditoría, formado por directores y otros miembros e invitados, se reúne con los auditores externos para recibir de estos su informe sobre la opinión sobre los estados financieros, explicación de las principales variables, analizar el NCG N 341_Template_v

3 control interno y las observaciones que han levantado y sus planes de acción, hallazgos de auditoría externa, cambios en principios contables, etc. - A continuación si fuera necesario, los auditores externos se reúnen con el directorio para presentar, entre otros temas, las materias de su área que se han levantado en el Comité de Auditoría realizado previamente. - Si no se presentan los mismos auditores en la sesión de Directorio, es el presidente del Comité de Auditoría informa al directorio de la sociedad los temas relevantes que deban ser escalados o conocidos por el directorio. - El Comité de Auditoría de la sociedad participa activamente en estas gestiones. - Los conflictos de interés con auditores externos se analizan previamente a contratar auditores o consultores para actividades distintas a la auditoría externa, lo que es una política corporativa. Práctica Adopción B. Del correcto funcionamiento del directorio y su continuidad ante la ausencia de uno o más de sus miembros. SI NO a) El directorio cuenta con un procedimiento establecido para detectar e implementar eventuales mejoras en el funcionamiento del directorio en su conjunto y ese proceso es realizado al menos una vez al año por una persona o entidad ajena a la sociedad. La sociedad ha implementado en el año 2012 las disposiciones de la NCG N 309 de fecha 20 de junio 2011, sobre Principios de Gobierno Corporativo y sistemas de control de gestión para entidades aseguradoras, que contiene una serie de recomendaciones y buenas prácticas propuestas por la Superintendencia de Valores y Seguros para un mejor gobierno corporativo de las aseguradoras, que va más allá de los que pide esta NCG N 341. El proceso de implementación de la NCG N 309 referida requiere permanentes revisiones, ajustes y mejoras que la hagan más efectiva y la misma SVS tiene un plan de Auditoría de Supervisión Basada en Riesgos (SBR) que revisa y evalúa cualitativamente en las aseguradoras en cumplimiento de las NCG N 309 sobre Gobiernos Corporativos y la NCG 325 sobre Gestión de Riesgos. Chilena Consolidada Seguros Generales fue auditada por la Superintendencia de Valores y Seguros en el mes de septiembre de La sociedad realiza anualmente, además, una evaluación del funcionamiento de su gobierno corporativo mediante una encuesta a los directores, la que es realizada por el Área Legal de la sociedad, quien analiza las respuestas y propone mejoras. Cada dos años podrá solicitar una evaluación del funcionamiento a los auditores externos o a algún asesor externo que determine el directorio. NCG N 341_Template_v

4 b) El directorio ha establecido una política mediante la cual se propone a los directores el tiempo mínimo mensual que, en su opinión, es deseable que cada director deba destinar exclusivamente al cumplimiento de dicho rol en la sociedad, en atención a las características particulares de ésta. Con todo, se deberá indicar si esa política está o no a disposición de los accionistas y el público en general. Los directores de la sociedad, además de participar en las sesiones ordinarias de directorio, lo hacen en las sesiones extraordinarias, cuando corresponde, y son miembros y participan en los Comités de Directorios que funcionan en la compañía. Estos son los Comités de Auditoría y el de Riesgo, que sesionan trimestralmente, y el Comité de Inversiones, que sesiona semestralmente. Los documentos que se tratan en las sesiones de directorio y Comités se envían anticipadamente a los directores para permitir una revisión y análisis previo a la sesión. El tiempo que cada director dedica a los asuntos corporativos es variable y creemos no necesaria una política que proponga tiempos mínimos de dedicación a estas funciones. c) El directorio cuenta con un mecanismo/procedimiento para mantener documentados de manera adecuada, los fundamentos, elementos y demás información de la sociedad que se hayan tenido en vista o se estén considerando para adoptar los diversos acuerdos del directorio, a objeto de evitar que como consecuencia del reemplazo, incapacidad, ausencia o renuncia de uno o más de sus miembros, se afecta la normal y oportuna toma de decisiones del mismo. La sociedad ha establecido una Política de Mantención y Retención de documentos que regula qué documentos de la sociedad se deben mantener, por cuánto tiempo y qué Función es la responsable de la mantención. Para los documentos que se tratan en sesiones de Directorio, incluyendo presentaciones, fundamentos, documentos de soporte, etc., el área de Fiscalía es la encargada de mantenerlos en un repositorio electrónico y en papel, cuando corresponda, para asegurarse de la disponibilidad de esos documentos en el tiempo. Algunos otros documentos quedan en poder del Área o Función que los preparó o solicitó. C. Tratamiento por el directorio de los potenciales conflictos de interés que puedan surgir en el ejercicio del cargo de director. NCG N 341_Template_v

5 a) El directorio se rige por un Código de Conducta que como mínimo: i) identifica las principales situaciones que configuran un conflicto de interés; y ii) describe el procedimiento que debe seguir un director para declarar y resolver un conflicto de interés. Dicho Código, se refiere al menos a situaciones que, a pesar de no estar específicamente contenidas en la ley, de ser mal resueltas, podrían terminar afectando el interés social. Con todo, se deberá indicar si ese Código de Conducta está o no a disposición de los accionistas y el público en general. Los conflictos de interés y las transacciones entre partes relacionadas son tratados en detalle en el Manual de Gobiernos Corporativos, el Código de Conducta (página 13) y el Manual de Manejo de Información aprobados por el directorio de la sociedad y revisados periódicamente por el mismo. La ley de sociedades anónimas también se aplica al directorio para los conflictos de intereses. El Código de Conducta aplicable al personal de la sociedad está a disposición del personal en la Intranet y está a disposición de los accionistas y el público en general en la página web de la sociedad, junto al Manual de Manejo de Información ( Práctica Adopción D. Otras prácticas adoptadas por la sociedad, referidas a las materias de este numeral (No más de 5). Como decíamos anteriormente, la sociedad ha implementado las recomendaciones y buenas prácticas de gobiernos corporativos recomendadas por la OECD y que la SVS ha hecho suyas por medio de la NCG N 309 a que nos referimos en este mismo documento. Este documento contiene una serie de recomendaciones para el directorio de la sociedad y para las principales funciones del negocio y de soporte. SI NO 2. De la relación entre la sociedad, los accionistas y el público en general A. De la información que requieren los accionistas e inversionistas para la adecuada toma de decisiones, y de los mecanismos que facilitan la participación de los accionistas en las juntas de accionistas. a) Para efectos del proceso de postulación y elección de directores, el directorio cuenta con una política y procedimiento a objeto que el gerente NCG N 341_Template_v

6 general elabore y ponga a disposición de los accionistas, con al menos dos días de anticipación a la junta y en la medida que reciba oportunamente dicha información, un documento que contenga la experiencia y perfil profesional de los candidatos a director que, hasta ese momento, hayan provisto dicha información a la sociedad. La política con que cuenta la sociedad es la de los artículos 72 y 73 del Decreto 702 del Ministerio de Hacienda que publica el nuevo Reglamento de Sociedades Anónimas, a saber: Artículo 72. Los accionistas podrán proponer anticipadamente candidatos al cargo de director de la sociedad en la forma y condiciones que se señalan en los siguientes artículos, los que serán sometidos a votación de la junta de accionistas. En caso que al momento de efectuarse la elección el número de candidatos sea inferior a la cantidad de cargos a proveer, el presidente del directorio podrá proponer candidatos a objeto de completar dicho número. Si la sociedad tuviere directores suplentes, las propuestas al cargo de director deberán ser a un binomio compuesto por el candidato a director titular y su correspondiente suplente. Artículo 73. El gerente general deberá informar a los accionistas, por los medios que estime pertinente, y en su sitio de Internet, si lo tuviere, la lista de candidatos a director que, en su caso, hubieren aceptado su nominación y declarado no tener inhabilidades para desempeñar el cargo, con al menos dos días de anticipación a la junta. En caso de no ser posible informar a los accionistas dicho listado con anticipación, bastará que el listado sea puesto a disposición de los accionistas al inicio de la junta de accionistas. Se podrán agregar candidatos a la lista, aun en la misma junta, si quien lo propone presenta un documento en que el candidato acepta su nominación y declara no tener inhabilidades para desempeñar el cargo. En el evento que la información haya sido puesta a disposición de la sociedad, el gerente general pondrá a disposición de los accionistas en el sitio web de la compañía el documento que contenga la experiencia y perfil profesional de los candidatos a director, con a lo menos dos días de anticipación a la junta de accionistas. Además, por el giro de la sociedad, la ley no la obliga a tener directores independientes ni Comité de Auditoría tal como se requiere según al artículo 50bis de la Ley Además, la sociedad no tiene inversionistas institucionales. b) La sociedad cuenta con un mecanismo que permite la votación remota y participación en tiempo real de los accionistas en las juntas de accionistas. NCG N 341_Template_v

7 No ha sido necesario contar con este tipo de mecanismo y creemos que en futuro tampoco lo será. En parte por el alto grado de control de la sociedad y también por el bajo nivel de participación de los accionistas en juntas y en cobrar dividendos, considerando el número de accionistas, fuera de los representantes del controlador. En las últimas juntas ordinarias han asistido presencialmente no más de tres accionistas fuera de los representantes del controlador. Considerando la información del listado de accionistas de la sociedad al 31 de diciembre de 2014, de los 521 accionistas registrados, no han participado en juntas ni cobrado dividendos en los últimos 10 años un total de 360 accionistas. c) La sociedad cuenta con mecanismos electrónicos que permiten divulgar oportunamente al mercado, en el transcurso de la junta de accionistas, los acuerdos que se adopten, así como otros sucesos de relevancia que ocurran durante ésta. No lo hemos considerado necesario por los motivos explicados anteriormente. Las comunicaciones al mercado y SVS se hacen de acuerdo a la legislación y normativa aplicable a hechos esenciales de sociedades anónimas abiertas y la normativa propia de las compañías de seguros. Se ha estimado que, por ahora, resulta suficiente con la disposición del artículo 72 de la Ley de Sociedades Anónimas que dispone que el acta de la junta de accionistas deberá quedar firmada y salvada, si fuera el caso, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la junta. Además, el acta queda a disposición de los accionistas en el sitio Internet de la sociedad Práctica d) La sociedad cuenta con una persona, unidad o sistema cuyo objetivo principal es responder de manera oportuna a las inquietudes que razonablemente manifiesten los accionistas e inversionistas nacionales o extranjeros, respecto de la situación, marcha y negocios públicamente conocidos de la entidad, indicándonos además dónde pueden obtener la información que por ley puede ser provista a los accionistas y al público en general. Adopción SI NO NCG N 341_Template_v

8 La sociedad cuenta con una persona que atiende a los accionistas cuando estos lo requieran. Además de los gerentes que atienden a los accionistas si fuera necesario. e) El directorio cuenta con un procedimiento formal para analizar y evaluar la suficiencia, oportunidad y pertinencia de las diversas revelaciones que la entidad realiza al mercado a objeto de mejorar permanentemente la información de la sociedad que se provee al público en general. La sociedad se rige por las normas de información de las sociedades anónimas abiertas y por aquella normativa propia para las entidades aseguradoras. El Directorio analiza y evalúa la suficiencia y oportunidad de las diversas revelaciones que la sociedad realiza al mercado, lo que es informado como hecho esencial. f) La Sociedad cuenta con una página web actualizada por medio de la cual los accionistas pueden acceder a toda su información pública, de manera sencilla y de fácil acceso. La sociedad cuenta con una página web por la cual los accionistas, asegurados y el público en general pueden acceder a la información pública. La dirección es B. Otras prácticas adoptadas por la sociedad, referidas a las materias de este numeral (No más de 5). No hay. 3. De la sustitución y compensación de ejecutivos principales A. De los procedimientos de sucesión y de las políticas y planes de compensación de los ejecutivos principales. a) El directorio cuenta con un procedimiento para facilitar el adecuado funcionamiento de la sociedad ante el reemplazo o pérdida del gerente general o de ejecutivos principales. Tal procedimiento contempla políticas y mecanismos de selección de potenciales reemplazantes y el adecuado traspaso de funciones e información del gerente o ejecutivo principal a sus reemplazantes o al directorio. NCG N 341_Template_v

9 Existe un Plan de Sucesión a nivel de Grupo Zurich que contempla la metodología para las sucesiones de la Alta Gerencia. Este Plan es sometido a una aprobación y revisión y anual por el Directorioy aprobado por el Chief Executive Officer Regional y el Área de Recursos Humanos y Gerencia General de la sociedad. Asimismo, a nivel local existe el Procedimiento de Selección de Ejecutivos, aprobado por el Directorio en sesión de 25 de septiembre de 2012 y revisado en sesión de 26 de mayo de 2014, el cual tiene como propósito establecer el procedimiento de selección de ejecutivos de acuerdo a los procedimientos internos de la Compañía y a los requerimientos establecidos en el número 5 del Título III Rol y Funciones del Directorio de la Norma de Carácter General N 309 de la Superintendencia de Valores y Seguros. Dicho procedimiento se aplica a todos los colaboradores considerados como ejecutivos principales, según Circulares N 2007 y N 2009, ambas de la Superintendencia de Valores y Seguros, entendiéndose como tal, a los profesionales que ocupan los principales cargos de la Compañía tales como; Gerente General, Fiscal, Gerente de Finanzas, Gerente Comercial, Gerente Técnico, Gerente de Operaciones, Actuario, Contralor Interno, Gerente de Recursos Humanos, Gerente Inversiones y Gerente de Información Tecnológica, y a los que desempeñen funciones equivalentes, que en caso de Chilena Consolidada, abarca a todos los reportes directos del Gerente General respectivo. Práctica b) El directorio ha establecido directrices y procedimientos formales tendientes a prevenir que las políticas de compensación e indemnización de los gerentes y ejecutivos principales, generen incentivos a que dichos ejecutivos expongan a la sociedad a riesgos que no estén acorde a las políticas definidas sobre la materia o a la comisión de eventuales ilícitos. Adopción SI NO El Directorio ha aprobado políticas de selección y contratación de gerentes como también políticas y procedimientos para evaluar a gerentes y personal en general (última revisión en sesión de Directorio de 26 mayo 2014). Estas Políticas y procedimientos siguen las pautas establecidas por el directorio y el Grupo Zurich, donde funcionarios de esta organización, externos a la sociedad pero relacionadas a la compañías, son evaluadores de gerentes y otros empleados, asegurándose de esta manera que la evaluación es imparcial, que cumple con las normas del grupo y del Directorio y que los incentivos están el línea con los riesgos que se quiere asumir por parte de la sociedad. A mayor abundamiento, en sesión de Directorio de 26 de junio de 2012, se aprobó la Política de Remuneraciones y Compensaciones de Ejecutivos, la que se revisó en sesión de 26 de mayo de 2014, basada en la promoción de una cultura de alto desempeño; vincular la compensación NCG N 341_Template_v

10 variable a factores relevantes de desempeño, que incluyen los resultados de la Compañía, áreas de negocio y de cada ejecutivo en particular; y definir claramente el desempeño esperado a través de un sistema estructurado. Para estos efectos, los aspectos más relevantes en la determinación de la compensación total son, entre otros, desempeño y resultado de cada ejecutivo, resultados del negocio, valoración del puesto (nivel de responsabilidad, impacto y complejidad del puesto), competencias y potencial, etc. En esta política se fija la estructura de remuneraciones y se describen los incentivos. B. Otras prácticas adoptadas por la sociedad, referidas a las materias de este numeral (No más de 5). No hay. 4. De la definición, implementación y supervisión de políticas y procedimientos de control interno y gestión de riesgos en la empresa A. De la administración adecuada de los riesgos inherentes a los negocios que realiza la entidad y de la adopción de las medidas que correspondan a objeto que los riesgos finalmente asumidos por la misma, se enmarquen dentro de las políticas definidas al efecto. a) La sociedad cuenta con políticas y procedimientos formales para la administración de sus riesgos, siendo el personal atingente, independiente del vínculo contractual que lo una con la sociedad, debidamente informado y capacitado respecto de tales materias. Además, dichas políticas y procedimientos son revisados periódicamente y actualizados, si correspondiere. La sociedad cuenta con políticas formales de administración de riesgos las que se encuentran definidas en la Estrategia de Riesgos que el directorio debe aprobar anualmente, según lo establecido por la NCG N 325 de fecha 29 de diciembre de 2011 de la Superintendencia de Valores y Seguros que imparte instrucciones sobre Sistema de Gestión de Riesgos de las Aseguradoras. La primera versión de este documento se entregó a la SVS a fines de septiembre del año 2012 y fue revisado por el Directorio en la sesión del 30 de septiembre de La Estrategia de Riesgos considera los siguientes riesgos: 1. Riesgo de Crédito 1.1 Riesgo de Crédito 1.2 Riesgo de Crédito en contratos de reaseguros 2. Riesgo de Mercado 3. Riesgo de Liquidez 4. Riesgos Técnicos del Seguro 4.1 Riesgo de Tarificación 4.2 Riesgo de Suscripción NCG N 341_Template_v

11 4.3 Riesgo de Diseño de Productos 4.4 Riesgo de Gestión de Siniestros 4.5 Riesgo de Insuficiencia de Reservas Técnicas 4.6 Riesgo de Caducidad 5. Riesgo Operacional 6. Riesgo Legal y Regulatorio 7. Riesgo de Grupo Cada uno de estos tipos de riesgos tiene uno más dueños que son los responsables de actualizar y mantener al día las estrategias, de comunicarlos y de capacitar a las personas. La Administración de Riesgos que ejecuta la sociedad también está descrita en la Nota 6 de las Revelaciones a los Estados Financieros anuales de la sociedad. La Estrategia de Riesgos es revisada semestralmente y presentada anualmente al directorio de la sociedad para su actualización y aprobación. Además, la sociedad cuenta con una Función de Riesgo a cargo de un gerente de Riesgos, quien es el encargado de coordinar el Sistema de Gestión de Riesgos de la sociedad. Las políticas de riesgo aprobadas por el Directorio cuentan con el valioso aporte que hace el Grupo Zurich con su Política de Riesgos (Risk Policy) que se detalla en el Zurich Risk Manual. La Superintendencia de Valores y Seguros, según lo dispuesto en la NCG 325, evalúa periódicamente la Gestión de Riesgos de las aseguradoras. b) El directorio cuenta con un comité o unidad que le reporte directamente, dedicado a controlar que las políticas y procedimientos, referidos en la letra anterior, se cumplan y que por ende, la exposición a los riesgos efectivamente asumidos, sea acorde a lo definido en tales políticas. El Directorio acordó en el año 2012, ajustándose a las recomendaciones de la NCG N 309, formar Comités de apoyo a sus funciones como una manera de hacer más eficiente su accionar, constituyendo para esto, tres comités especializados, integrados cada uno de ellos por uno o dos directores y altos ejecutivos de la compañía. Los tres comités constituidos (en pleno funcionamiento desde esa fecha a la actualidad) sesionan trimestralmente y corresponden a: Comité de Riesgo y Control, Comité de Auditoría, y Comité de Inversiones (que sesiona semestralmente). Para desarrollar a cabalidad sus funciones el Directorio les asignó facultades, objetivos, responsables, procedimientos y otras formalizadas en Estatutos aprobados por el propio Directorio. Estos comités no tienen carácter ejecutivo, NCG N 341_Template_v

12 aunque tienen la obligación de informar al Directorio a través de uno de los directores participantes en cada comité. En particular respecto del Comité de Riesgo y Control, cubre las funciones de Riesgo, Control Interno, Auditoría Interna, Auditoría Externa (si corresponde) y Cumplimiento; tiene como presidente a un miembro del Directorio, y como secretario al Gerente de Riesgo; los demás miembros son directores y gerentes; y existe la participación de otras funciones corporativas, invitadas según los temas que amerite cada sesión. Además, la sociedad cuenta con un Comité de Auditoría que le reporta directamente, que también tienen sus propios estatutos, tiene como miembros directores y gerentes y a otros invitados corporativos permanentes y ocasionales, y dentro de su ámbito cubre materias de Finanzas, Control Interno, Auditoría Interna y Externa, relación con los auditores externos, en aquellos temas no cubiertos por el Comité de Riesgos. En relación al Comité de Inversiones, al igual que los dos anteriores, también tiene como miembros a directores y gerentes y su objetivo principal es monitorear el cumplimiento de la estrategia de la compañía para sus inversiones en relación a los pasivos y necesidades de liquidez, de modo que sea consistente con los límites establecidos según el apetito de riesgo de la compañía. c) La sociedad cuenta con un procedimiento establecido y conocido por todo su personal, cualquiera sea el vínculo contractual con ella, especialmente diseñado para la denuncia de eventuales irregularidades o ilícitos, que dé garantías respecto de la confidencialidad de la identidad del denunciante. La sociedad si cuenta con un procedimiento para reportar irregularidad o inquietudes que resguarda la confidencialidad del caso, el anonimato de quién reporta o denuncia y la no represalia respecto de quién ha denunciado de buena fe. La sociedad cuenta con tres canales de comunicación: i) el principal es Zurich Ethics Line (ZEL) que consiste en una plataforma mundial que canaliza las denuncias que recibe, al país que corresponda; ii) una dirección de que se encuentra a disposición de los empleados en intranet, dicho correo llega directamente a la casilla de Legal & Cumplimiento, RRHH y Gerencia General; y iii) una línea telefónica cuyo número se encuentra en la intranet y que la Gerencia de RRHH es quien revisa esa línea. d) El directorio ha implementado un Código de Conducta Ética, que define los principios que guían el actuar de todo su personal, independiente del vínculo contractual con ella, y cuenta con procedimientos adecuados para capacitar a su personal respecto de tales NCG N 341_Template_v

13 principios. El Grupo Zurich y la sociedad cuentan con su propio código de Conducta o Zurich Basics los cuales son dados a conocer formalmente a todos los empleados de la sociedad, está publicado en la Intranet y respecto de los cuales reciben anualmente una capacitación al respecto. Los mecanismos por los cuales se capacita al personal respecto de los principios contenidos en el Código de Conducta son los siguientes: Existe actualmente un procedimiento de inducción que se realiza a los nuevos colaboradores en cuyo contenido está una capacitación de Compliance en la cual se trata específicamente el Código de Conducta o Zurich Basics. Adicionalmente, una vez al año todos los colaboradores de la Compañía deben realizar un curso de actualización respecto del Código de Conducta o Zurich Basics, que se realiza a través de la metodología de e.learning a través de la plataforma GLMS. Durante el año 2014, adicionalmente y como parte de los planes de Capacitación de Compliance de desarrolló un curso presencial a un grupo de colaboradores en cuyo contenido también incluyó el Código de Conducta o Zurich Basics. B. Otras prácticas adoptadas por la sociedad, referidas a las materias de este numeral (No más de 5). No hay fuera de las ya señaladas. 5. Otras prácticas adoptadas por la sociedad, que no están referidas a las materias antes señaladas (No más de 5) No hay fuera de las ya señaladas. Documento aprobado en la sesión de Directorio de de fecha 31 de marzo de NCG N 341_Template_v

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