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1 B.O.C.M. Núm. 288 LUNES 3 DE DICIEMBRE DE 2018 Pág. 175 Tema 39. Servicios públicos de empleo Municipales. Bolsa de Empleo del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz. Tema 40. Portales públicos de empleo: europeos, estatal, autonómico y municipal. Tema 41. La formación profesional para el Empleo en la comunidad de Madrid. Programas mixtos de formación y Empleo. Tema 42. Acciones formativas dirigidas prioritariamente a desempleados/as en el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz. Tema 43. Autoempleo. Ventajas e Inconvenientes. La idea de negocio. Tema 44. Renta Activa de Inserción para desempleados/as con especiales necesidades. Tema 45. El trabajo desde la perspectiva de género. Evolución del Mercado. Reflejos de desigualdad. Tema 46. Igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres (I): Igualdad. Sexo/género. Estereotipos, sistema patriarcal. Tema 47. Hábitos. Igualdad de oportunidades (II): Principio de igualdad. Discriminación. Tema 48. Políticas y planes de igualdad entre mujeres y hombres (I): Acciones positivas, Mainstreamig. Tema 49. Igualdad. Políticas y planes de igualdad entre mujeres y hombres (I): Planes de Tema 50. Ofertas de empleo y sexismo. Tema 51. Conciliación de la vida laboral, familiar y personal. Tema 52. Acoso sexual en ámbito laboral. Conceptos clave. Secuelas. Tema 53. Intervención integral con mujeres víctimas de violencia. Programas autonómicos y locales. Tema 54. Red de recursos para mujeres víctimas de violencia de género. Tema 55. La violencia de género: Tipología y efectos. Tema 56. Ciclo básico de la violencia y Factores que influyen. Tema 57. Actuaciones de sensibilización y prevención en violencia de género. Tema 58. Socialización de género: factores de vulnerabilidad en la violencia de género. Tema 59. género. Recomendaciones en la intervención con mujeres víctimas de violencia de Tema 60. género. Principales derechos laborales de las mujeres víctimas de violencia de BASES ESPECÍFICAS POR LAS QUE SE REGIRÁ EL PROCESO SELECTIVO PARA LA COBERTURA DE UNA PLAZA DE MEDIADOR/A INTERCULTURAL DEL AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE ARDOZ EN EL MARCO DEL PROCESO DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL Primera. Objeto El objeto de las presentes bases es regular el proceso selectivo para la cobertura, por el procedimiento de concurso-oposición en turno libre, de una plaza de funcionario de carrera, Mediador/a Intercultural del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, perteneciente a la Oferta de Empleo Público de Esta plaza se encuentra incluida en el Proceso de Estabilización y Consolidación en el Empleo Temporal del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz conforme a lo establecido en el artículo 19.uno.6 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año En lo no previsto en estas Bases Específicas se estará a lo dispuesto en la normativa legal de aplicación y en las Bases Generales de que regular el Proceso para la Estabilización y Consolidación de Empleo Temporal aprobadas por Decreto del Concejal de Obras, Medio Ambiente y Administración de fecha 18 de octubre 2018 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 260 de 31 de octubre de 2018). Segunda. Características de la plaza La plaza convocada corresponde al Grupo A, Subgrupo A2, de clasificación profesional, según lo establecido en el artículo 76 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 20 de octubre (en adelante TREBEP), en relación con su Disposición Transitoria Tercera y están encua-

2 Pág. 176 LUNES 3 DE DICIEMBRE DE 2018 B.O.C.M. Núm. 288 dradas en la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Media, categoría Mediador/a Intercultural de la plantilla del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz. Tercera. Requisitos de los aspirantes Además de reunir los requisitos exigidos en la base segunda de las Bases Generales que rigen el Proceso para la Estabilización y Consolidación de Empleo Temporal en el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, los aspirantes deberán estar en posesión de Diplomatura Universitaria, Grado Universitario o equivalente en Trabajo Social, que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, según establece las directivas comunitarias de aplicación. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Cuarta. Solicitudes En lo referente a presentación de solicitudes y documentos a acompañar a las solicitudes se estará a lo establecido en la base tercera de Bases Generales citadas anteriormente. La alegación y acreditación de los méritos se hará, junto con la solicitud y en el plazo de presentación de las mismas, mediante Anexo II de Autovaloración de Méritos, al que se adjuntara, fotocopia de los documentos enumerados que sirvan de prueba para la justificación de cada uno de los méritos. El Anexo II podrá descargarse junto con la solicitud en la página web del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz. (en el apartado de Concejalía de Administración/Empleo Público). No serán tenidos en cuenta los méritos que no queden alegados y acreditados en el plazo y forma anteriormente mencionados, sin perjuicio de que el Tribunal pueda solicitar la ampliación de documentación si considera que un mérito no se encuentra correctamente acreditado. Quinta. Sistema selectivo El sistema selectivo se realizará por el sistema de concurso-oposición en turno libre. Sexta. Proceso de selección El proceso de selección de los/las aspirantes constará de 2 fases: a) Concurso. b) Oposición Fase de concurso: La fase de concurso tendrá un máximo de 17 puntos. Esta fase no será de carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar a las pruebas de la fase de oposición. Serán méritos puntuables: Experiencia (máximo 14 puntos): Por servicios prestados como Mediador/a Intercultural en el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz o sus antiguos Organismos Autónomos como personal laboral temporal o funcionario interino, siempre y cuando su relación lo haya sido de manera ininterrumpida con anterioridad al 1 de enero de 2015 y continúe prestando servicios a fecha de la convocatoria: 0,23 puntos por cada mes con un máximo de 14 puntos. Por servicios prestados como Mediador/a Intercultural en cualquier Ayuntamiento cuya población sea igual o superior a habitantes: 0,05 puntos por cada mes con un máximo de 7 puntos. Los méritos relativos a la experiencia profesional en cualquier Ayuntamiento se acreditarán mediante certificado de servicios prestados en el que conste el tiempo de permanencia, acreditado por el órgano correspondiente con competencias en materia de Recursos Humanos. Formación (máximo 3 puntos): Por cada Curso, Congreso, Seminario, Jornadas Técnicas, Másteres u otra Formación Superior directamente relacionados con la especialidad de las plazas convocadas e impartidos por las Administraciones Públicas, así como los impartidos por centros o entidades

3 B.O.C.M. Núm. 288 LUNES 3 DE DICIEMBRE DE 2018 Pág. 177 acogidos al Plan de Formación Continua de las Administraciones Públicas directamente relacionados con las funciones de la categoría convocada. De 0 a 7 horas: 0,10 puntos. De 8 a 10 horas: 0,20 puntos. De 11 a 20 horas: 0,30 puntos. De 21 a 60 horas: 0,40 puntos. De 61 a 99 horas: 0,60 puntos. De 100 a 299 horas: 0,80 puntos. De 300 o más horas: 1,20 puntos. Por cada Curso, Congreso, Seminario, Jornadas Técnicas, Másteres u otra Formación Superior cuyo contenido se considere de aplicación transversal a toda la organización como calidad, prevención de riesgos laborales, protección de datos etc., así como conocimientos de ofimática, informática e idiomas: De 0 a 7 horas: 0,10 puntos. De 8 a 10 horas: 0,15 puntos. De 11 a 20 horas: 0,20 puntos. De 21 a 60 horas: 0,25 puntos. De 61 o más horas: 0,30 puntos. El Tribunal examinará las solicitudes presentadas, valorando únicamente aquellos méritos que hayan sido justificados documentalmente. No se valorarán las titulaciones académicas exigidas por el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, para el acceso a los distintos Grupos de clasificación ni los cursos encaminados a la obtención de las mismas. La calificación de la fase de concurso será la nota obtenida por la suma de los méritos puntuables en esta fase (experiencia y formación) y no tendrá carácter eliminatorio Fase de oposición: Primer ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito dos temas a elegir entre cinco temas que propondrá el tribunal y versarán sobre el contenido del programa que figura como Anexo I de las presentes bases. El tiempo para la realización de este ejercicio será de 120 minutos. Este ejercicio se puntuará de 0 a 10 puntos y para superar el mismo será preciso obtener una calificación mínima de 5 puntos. Segundo ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito un supuesto práctico a elegir entre dos propuestos por el Tribunal que estará relacionado con las materias específicas del programa que figura como Anexo I en estas bases. Los aspirantes podrán acudir provistos de textos legales y libros de consulta que estimen oportuno, Para la realización de este ejercicio el/la opositor/a podrá consultar textos legales no comentados. Se valorará la capacidad de análisis y la aplicación razonada de los conocimientos teóricos a la resolución de los problemas prácticos planteados. El tiempo para la realización de este ejercicio será de 120 minutos. Este ejercicio se puntuará de 0 a 10 puntos y para superar el mismo será preciso obtener una calificación mínima de 5 puntos. La puntuación final de la fase de oposición será la suma de los dos ejercicios. Séptima. Calificación definitiva del proceso selectivo La calificación definitiva del proceso de selección estará determinada por la suma de la calificación final de la fase de oposición y la puntuación obtenida en la fase de concurso, ordenados de mayor a menor puntuación. En caso de empate el orden se establecerá ateniente a la siguiente prelación: mayor puntuación obtenida en la fase de concurso, mayor puntuación en la fase de oposición. Octava Por decreto de la Alcaldía u órgano en quien delegue se establecerá la composición del órgano de selección que, en todo caso, estará compuesto por un presidente, un secretario y tres vocales. La designación de los miembros del tribunal incluirá la de los respectivos suplentes.

4 Pág. 178 LUNES 3 DE DICIEMBRE DE 2018 B.O.C.M. Núm. 288 El tribunal que actúe en estas pruebas tendrá la categoría segunda de las recogidas en el artículo 30.1.c) del Real Decreto 462/2002, de 24 de marzo. Novena Estas bases, su convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de las mismas, y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecida por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. ANEXO I Materias comunes Tema 1. La Constitución española de Principios generales. Estructura y contenido. Derechos y Deberes fundamentales. Su garantía y suspensión. Tema 2. La Organización territorial del Estado en la Constitución. Principios generales. La Administración Local. Las Comunidades Autónomas: los Estatutos de Autonomía. Tema 3. El municipio: concepto y elementos. El término municipal, la población y el empadronamiento. Organización municipal: órganos de gobierno del Ayuntamiento. Las competencias municipales. Tema 4. Régimen Local Español. Principios constitucionales y regulación jurídica. Reglamentos y Ordenanzas Locales: clases y procedimiento de elaboración y aprobación. Tema 5. La Administración Pública: rasgos característicos. La personalidad jurídica de las Administraciones Públicas. Tipología de los entes públicos. El principio de legalidad de la Administración. Potestades regladas y potestades discrecionales. Tema 6. El acto administrativo. Concepto. Elementos. Clases. Requisitos: la motivación y la forma del acto administrativo. La eficacia de los actos administrativos: el principio de autotutela declarativa. La notificación: contenido, plazo y práctica. La notificación defectuosa. La publicación. La aprobación por otra Administración. La demora y retroactividad de la eficacia. Tema 7. La Administración electrónica: rasgos definitorios y regulación de la Ley 39/2015. La sede electrónica. El derecho de los ciudadanos a relacionarse con la Administración por medios electrónicos: principios generales y manifestaciones concretas. Las oficinas de asistencia en materia de registros. Presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones. La presentación de documentos en las oficinas de asistencia en materia de registros. Términos y plazos: cómputo. Tema 8. Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: el procedimiento administrativo: concepto, naturaleza y principios generales. Fases del procedimiento. Los recursos administrativos: concepto y clases. Tema 9. Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales: ingresos de derecho público e ingresos de derecho privado. Especial referencia a las tasas. Contribuciones especiales y precios públicos. Impuestos municipales: concepto y clasificación. Tema 10. El Reglamento General de Protección de Datos: principios generales. Responsables y encargados del tratamiento. El registro de actividades de tratamiento. El Delegado de Protección de Datos: concepto y funciones. Derechos de los afectados. La Agencia Española de Protección de Datos: naturaleza y funciones. Tema 11. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Publicidad activa. Derecho de acceso a la información pública. Tema 12. La Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Objeto y ámbito de la ley. El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. Políticas públicas para la igualdad. Igualdad y medios de comunicación. El derecho al trabajo en igualdad de oportunidades. Tema 13. Tema 14. integración. Tema 15. Tema 16. Temario específico La Inmigración en España. Teorías explicativas. Inmigración y Exclusión Social. Relaciones interculturales, modelos de Políticas de integración con población inmigrante. Ámbitos más relevantes. Minorías Étnicas e Inmigración. Aspectos sociodemográficos y culturales.

5 B.O.C.M. Núm. 288 LUNES 3 DE DICIEMBRE DE 2018 Pág. 179 Tema 17. Principales colectivos en el proceso de exclusión. Prestaciones de emergencia, otras ayudas. Tema 18. La Interculturalidad como herramienta para la Integración: Mediación e Intervención en Contextos Multiculturales. Tema 19. Modelos en Mediación. El proceso mediador. Habilidades del mediador. Tema 20. Técnicas de Mediación Intercultural. Tema 21. El Mediador Intercultural: Antecedentes. Funciones. Principios. Tema 22. La acción mediadora en el ámbito vecinal: Servicio Técnico de Convivencia. Tema 23. La práctica del Mediador Social Intercultural en Servicios Sociales. Tema 24. La Concejalía de Bienestar Social del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz: estructura, competencias y funciones. Tema 25. La Mediación social-familiar. Tema 26. Asentamiento de la población inmigrante en Madrid, repercusión a nivel local. Características. Tema 27. Código Deontológico de Mediación. Tema 28. Planes de Integración, referencia: Estatal, Autonómica y Municipal. Tema 29. Ciudadanos extranjeros: El empadronamiento. Asistencia sanitaria. Escolarización. Tema 30. Recursos, Organización y Servicios de la Concejalía de Inmigración. Tema 31. El Retorno voluntario. Tema 32. Funciones de la Comunidad de Madrid en materia de extranjería. Procedimientos. Documentación. Tema 33. La Ley 11/2003 de Servicios Sociales en la Comunidad de Madrid. Objeto, estructura y breve reseña de su contenido. Tema 34. Niveles de actuación social (1). El individuo y la familia. Tema 35. Niveles de actuación social (2) El grupo y la comunidad. Tema 36. Ley 15/2001, de 27 de diciembre, Renta Mínima de Inserción Social y Decreto 126/2014, en referencia al Reglamento. Tema 37. Estrategias de inclusión social: Pensiones no contributivas de invalidez y jubilación. Tema 38. El mercado de trabajo con población inmigrante. Portal de empleo de la Comunidad de Madrid. Tema 39. Herramientas que facilitan el empleo en población inmigrante. Tema 40. El fenómeno de las adicciones. Programas de intervención social, áreas y niveles. Tema 41. Entrenamiento en la competencia social para la inserción de personas Drogodependientes. Tema 42. Recursos y programas en el área de prevención y drogodependencias. Tema 43. Dependencia: reconocimiento, catálogo de servicios y prestaciones. Tema 44. Unidades de trabajo local en Servicios Sociales. Protocolos de actuación. Tema 45. Sistema de Información de usuarios de Servicios Sociales. Programa SIUSS. Tema 46 Ley 39/2006 de promoción de la autonomía personal, atención a las personas en situación de dependencia. Tema 47. Derechos y libertades de los extranjeros en España. Marco jurídico en materia de extranjería. LO 4/2000 de 11 de enero y Modificaciones. LO 8/2000. Tema 48. LO 4/2000 de 11 de enero, y sus Modificaciones LO 8/2000. Autorización de residencia y trabajo. Autorizaciones excepcionales. Arraigo social, laboral y familiar. Tema 49. Ley 12/2009, de 30 de octubre. Refugiados y asilados. Fundamentos de la normativa aplicable. Recursos. Tema 50. El equipo interdisciplinar y otras profesiones relacionadas con la atención social. Tema 51. La familia, aproximación al concepto de familia. La diversidad cultural en los grupos familiares. Intervención en diversidad cultural. Tema 52. La familia en el contexto comunitario: familia en situaciones de riesgo social. Migración y familia. Tema 53. La Atención Especializada a la Infancia y a la Familia. Los centros de atención a la infancia y la familia. Tema 54. Intervención socio educativa con inmigrantes. Tema 55. La violencia de género: tipologías y efectos. Tema 56. Intervención integral con mujeres víctimas de violencia de género. Principales actuaciones.

6 Pág. 180 LUNES 3 DE DICIEMBRE DE 2018 B.O.C.M. Núm. 288 Red de recursos para mujeres víctimas de violencia de género. Diseño, y evaluación de programas y proyectos sociales. Objetivos y Me- Tema 57. Tema 58. todología. Tema 59. Tema 60. Implicación del Tercer Sector en inmigración. Técnicas de intervención comunitaria y trabajo en red. BASES ESPECÍFICAS POR LAS QUE SE REGIRÁ EL PROCESO SELECTIVO PARA LA COBERTURA DE UNA PLAZA DE TÉCNICO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL (RAMA JURÍDICA) DEL AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE ARDOZ EN EL MARCO DEL PROCESO DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL Primera. Objeto El objeto de las presentes bases es regular el proceso selectivo para la cobertura, por el procedimiento de concurso-oposición en turno libre, de una plaza de funcionario de carrera, Técnico de Administración General (rama jurídica) del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, perteneciente a la Oferta de Empleo Público de Esta plaza se encuentra incluida en el Proceso de Estabilización y Consolidación en el Empleo Temporal del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz conforme a lo establecido en el artículo 19.uno.6 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año En lo no previsto en estas Bases Específicas se estará a lo dispuesto en la normativa legal de aplicación y en las Bases Generales de que regular el Proceso para la Estabilización y Consolidación de Empleo temporal aprobadas por Decreto del Concejal de Obras, Medio Ambiente y Administración de fecha 18 de octubre de 2018 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 260 de 31 de octubre de 2018). Segunda. Características de las plazas La plaza convocada corresponden al Grupo A, Subgrupo A1, de clasificación profesional, según lo establecido en el artículo 76 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 20 de octubre (en adelante TREBEP), en relación con su Disposición Transitoria Tercera y están encuadradas en la Escala de Administración General, Subescala Técnico, Categoría Técnico, Clase Superior de Administración General de la plantilla del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz. Tercera. Requisitos de los aspirantes Además de reunir los requisitos exigidos en la base segunda de las Bases Generales que rigen el Proceso para la Estabilización y Consolidación de Empleo Temporal en el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, los aspirantes que se presenten a las plazas de Técnico de Administración General, rama jurídica, deberán estar en posesión del Título de Licenciado/a en Derecho o en Ciencias Políticas y de la Administración o Grado correspondiente que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, según establece las directivas comunitarias de aplicación. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Cuarta. Solicitudes En lo referente a presentación de solicitudes y documentos a acompañar a las solicitudes se estará a lo establecido en la base tercera de Bases Generales citadas anteriormente. La alegación y acreditación de los méritos se hará, junto con la solicitud y en el plazo de presentación de las mismas, mediante Anexo II de Autovaloración de Méritos, al que se adjuntara fotocopia de los documentos enumerados que sirvan de prueba para la justificación de cada uno de los méritos. El Anexo II podrá descargarse junto con la solicitud en la página web del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz. (en el apartado de Concejalía de Administración/Empleo Público). No serán tenidos en cuenta los méritos que no queden alegados y acreditados en el plazo y forma anteriormente mencionados, sin perjuicio de que el Tribunal pueda solicitar la ampliación de documentación si considera que un mérito no se encuentra correctamente acreditado.

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