BASES ESPECIFICAS Y PROGRAMA POR LOS QUE SE REGIRÁ EL CONCURSO-OPOSICIÓN PARA PROVEER PLAZAS DE ARQUITECTO TÉCNICO

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1 BASES ESPECIFICAS Y PROGRAMA POR LOS QUE SE REGIRÁ EL CONCURSO-OPOSICIÓN PARA PROVEER PLAZAS DE ARQUITECTO TÉCNICO La realización de las pruebas selectivas convocadas para proveer plazas de Arquitecto Técnico, se ajustará a lo establecido en las Bases Generales aprobadas por Decreto de la Concejal Delegada de Personal de fecha 28 de Marzo 2005, y publicadas en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid de 31 de Marzo 2005, así como a lo prevenido en las presentes Bases específicas. 1. CARACTERÍSTICAS DE LAS PLAZAS Las plazas convocadas corresponden al grupo B de los establecidos en el art. 25 de la Ley 30/84, de 2 de agosto, y están encuadradas en la escala de Administración Especial, subescala Técnica, clase Media, categoría Arquitecto Técnico de la plantilla del Ayuntamiento de Madrid. A los titulares de estas plazas les corresponderán las funciones propias de la titulación exigida en estas Bases. 2. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES 2.1. TURNO LIBRE Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes de turno libre, deberán reunir los requisitos establecidos en las Bases Generales y los que a continuación se relacionan: a) Estar en posesión del Título de Arquitecto Técnico o equivalente o, en condiciones de obtenerlo, expedido con arreglo a la Legislación vigente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación. 1

2 2.2. PROMOCION INTERNA Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes de promoción interna deberán reunir los siguientes requisitos: a) Ser funcionario de carrera del Ayuntamiento de Madrid en cualquier categoría del Grupo C y haber prestado servicios como funcionario de carrera en dicha categoría por un período mínimo de 2 años. A estos efectos se computarán los servicios prestados por los aspirantes en las situaciones equiparadas al servicio activo por la legislación vigente. b) Estar en posesión del Título de Arquitecto Técnico o equivalente o, en condiciones de obtenerlo, expedido con arreglo a la legislación vigente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación. 3. SISTEMA SELECTIVO El procedimiento de selección de los aspirantes constará de dos fases: a) Concurso b) Oposición 3.1. FASE DE CONCURSO La fase de Concurso, que será previa a la de oposición, no tendrá carácter eliminatorio y no podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición. Serán méritos puntuables: a) Experiencia profesional. b) Formación FASE DE OPOSICIÓN La fase de oposición, tendrá carácter eliminatorio y constará de los siguientes ejercicios: 2

3 Primer ejercicio: Para los aspirantes de turno libre, este ejercicio consistirá en contestar a un cuestionario compuesto por 100 preguntas sobre el programa que figura como Anexo a estas bases. Para los aspirantes de promoción interna consistirá en contestar a un cuestionario de 90 preguntas sobre los temas que figuran en el Grupo II y Grupo III del programa. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 90 minutos. Estos cuestionarios estarán compuestos por preguntas con tres respuestas alternativas, siendo una de ellas la correcta. Segundo ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de tres horas, dos temas extraídos al azar, que corresponderán uno al Grupo II y el otro al Grupo III del programa. En el desarrollo del mismo no podrá utilizarse libro o material de consulta. Este ejercicio será leído posteriormente, en sesión pública, por el aspirante. Tercer ejercicio: Será de tipo práctico y se desarrollará por escrito, durante un tiempo máximo de cinco horas, sobre los dos supuestos siguientes: 1. Rehabilitación desglosada en los siguientes apartados: a) Análisis de las patologías que se presenten y medidas a adoptar para su reparación. b) Redacción de las unidades de obra y su medición. c) Medidas de seguridad e higiene a adoptar. 2. Propuesta de concesión o denegación de una licencia. Durante el desarrollo de esta prueba los aspirantes podrán utilizar la bibliografía y el material de que acudan provistos. Los aspirantes que opten por el turno de promoción interna sólo tendrán que realizar uno de los supuestos, a su elección, disponiendo para ello de un tiempo máximo de dos horas y media. 3

4 4. CALIFICACIÓN 4.1. CALIFICACIÓN DE LA FASE DE CONCURSO NORMAS GENERALES Los Servicios prestados en otras Administraciones se acreditarán mediante certificado del Departamento competente. Los servicios prestados en el sector privado se acreditarán mediante certificado de la Seguridad Social, al que se acompañará el contrato de trabajo o, en su defecto, cualquier documento donde se haga constar la categoría desempeñada. Los cursos, seminarios o congresos, se acreditarán mediante la presentación del correspondiente diploma o título. A los efectos de contabilizar cada uno de los méritos alegados, se tomará como fecha límite el último día de plazo de la presentación de solicitudes. La calificación de la fase de concurso se hará pública con respecto a aquellos aspirantes que hayan aprobado el segundo ejercicio de la fase de oposición. Los aspirantes dispondrán de un plazo de 10 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la calificación de la fase de concurso para hacer alegaciones, cuya resolución se hará pública antes de que finalice la fase de oposición. 4.1.a) La valoración de los méritos de los aspirantes de turno libre se realizará de la forma siguiente: A) Experiencia Profesional: La experiencia en puesto de trabajo en categoría equivalente a la convocada se valorará: 1º A razón de 0,5 puntos por cada año de servicio o fracción superior a 6 meses en el Ayuntamiento de Madrid. 2º A razón de 0,3 puntos por cada año de servicios o fracción superior a 6 meses en otras Administraciones Públicas. 3º A razón de 0,1 puntos por cada año de servicio o fracción superior a 6 meses en el sector privado. 4

5 En ningún caso la puntuación por experiencia profesional podrá exceder de 6 puntos. B) Formación. Los seminarios, congresos y cursos de formación y perfeccionamiento impartidos por centros oficiales, el Ayuntamiento de Madrid, demás Administraciones Públicas y Centros acogidos al Plan de Formación continua de las Administraciones Públicas, directamente relacionados con las funciones de la categoría convocada se valorarán a razón de: Seminarios y Congresos Hasta 20 horas 0,05 De 21 a 50 horas 0,10 De 51 a 80 horas 0,15 De 81 a 150 horas 0,20 De 151 a 250 horas 0,25 De 251 a 350 horas 0,30 Más de 350 horas 0,35 Cursos Hasta 20 horas 0,1 De 21 a 50 horas 0,2 De 51 a 80 horas 0,3 De 81 a 150 horas 0,4 De 151 a 250 horas 0,5 De 251 a 350 horas 0,6 Más de 350 horas 0,7 En los seminarios, congresos y cursos en los que no se acredite el número de horas se asignará la puntuación mínima. No se valorarán las titulaciones académicas exigidas por el artículo 25 de la Ley 30/84, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, para el acceso a los distintos Grupos de titulación ni los cursos encaminados a la obtención de las mismas. En ningún caso la puntuación por formación podrá exceder de 4 puntos. 4.1.b) La valoración de los méritos de los aspirantes de promoción interna se realizará de la forma siguiente: A) Experiencia Profesional: 1.1.La experiencia en puesto de trabajo en categoría equivalente a la convocada se valorará: 5

6 a) A razón de 0,5 puntos por año de servicio o fracción superior a 6 meses en el Ayuntamiento de Madrid. b) A razón de 0,3 puntos por año de servicio o fracción superior a 6 meses en otras Administraciones Públicas. c) A razón de 0,1 puntos por año de servicios o fracción superior a 6 meses en el sector privado La experiencia en puesto de trabajo en categorías del Grupo inferior de titulación del Ayuntamiento de Madrid se valorará: a) A razón de 0,5 puntos por año de servicios o fracción superior a 6 meses en la categoría de Delineante. b) A razón de 0,3 puntos por año de servicio o fracción superior a 6 meses en cualquier otra categoría del grupo inferior de titulación. En ningún caso la puntuación por experiencia profesional podrá exceder de 6 puntos. B) Formación. Los seminarios, congresos y cursos de formación y perfeccionamiento impartidos por centros oficiales, el Ayuntamiento de Madrid, demás Administraciones Públicas y Centros o Entidades acogidos al Plan de Formación continua de las Administraciones Públicas, directamente relacionados con las funciones de la categoría convocada se valorarán a razón de: Seminarios y Congresos Hasta 20 horas 0,05 De 21 a 50 horas 0,10 De 51 a 80 horas 0,15 De 81 a 150 horas 0,20 De 151 a 250 horas 0,25 De 251 a 350 horas 0,30 Más de 350 horas 0,35 Cursos Hasta 20 horas 0,1 De 21 a 50 horas 0,2 De 51 a 80 horas 0,3 De 81 a 150 horas 0,4 De 151 a 250 horas 0,5 De 251 a 350 horas 0,6 Más de 350 horas 0,7 6

7 En los seminarios, congresos y cursos en los que no se acredite el número de horas se asignará la puntuación mínima. No se valorarán las titulaciones académicas exigidas por el artículo 25 de la Ley 30/84, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, para el acceso a los distintos Grupos de titulación ni los cursos encaminados a la obtención de las mismas. En ningún caso la puntuación por formación podrá exceder de 4 puntos CALIFICACION DE LOS EJERCICOS DE LA FASE DE OPOSICIÓN A) NORMAS GENERALES Con objeto de garantizar la reserva de plazas del turno de promoción interna y del turno de minusvalía, los ejercicios de los aspirantes que opten por estos turnos, serán objeto de corrección previa e independiente a los del resto de los aspirantes. Los ejercicios serán eliminatorios y puntuables hasta un máximo de diez puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de cinco puntos, en cada uno de ellos. El Tribunal Calificador queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido para la obtención de dicha calificación, de conformidad con el sistema de valoración que se adopte en cada prueba. Cuando entre las puntuaciones otorgadas por los miembros del Tribunal exista una diferencia de tres o más enteros entre las calificaciones máxima y mínima, serán automáticamente excluidas y se hallará la puntuación media entre las calificaciones restantes. En el supuesto en que haya más de dos notas emitidas que se diferencien en tres o más puntos, sólo se eliminarán una de las calificaciones máximas y otra de las mínimas. En ningún caso se procederá a la exclusión de las calificaciones extremas cuando al efectuarse dicha exclusión pueda alcanzarse una nota media superior a la que se lograría de computarse la totalidad de las calificaciones. B) CALIFICACIÓN DE LOS EJERCICIOS DE LA FASE DE OPOSICIÓN. Las calificaciones para cada uno de los tres ejercicios se otorgará como sigue: Primer ejercicio: Se calificará de 0 a 10 puntos siendo eliminados aquellos aspirantes que no alcancen la puntuación mínima de 5 puntos. En la calificación de 7

8 este ejercicio cada respuesta acertada valdrá 1 punto, la respuesta errónea penalizará con 0,33 puntos y la respuesta en blanco no contabiliza. Segundo ejercicio: Este ejercicio será calificado por cada miembro del Tribunal con dos puntuaciones, una por cada tema, entre 0 y 10. Posteriormente se sumarán las puntuaciones obtenidas en cada tema y se dividirán entre el número de asistentes del Tribunal, obteniéndose dos calificaciones entre 0 y 10 puntos, una para cada uno de los temas. Será preciso para aprobar este ejercicio, alcanzar un mínimo de 5 puntos en cada una de estas calificaciones parciales. La calificación final de este ejercicio vendrá determinada por el cociente resultante de dividir entre dos la suma de las calificaciones obtenidas en cada tema. Tercer ejercicio: Este ejercicio será calificado por cada miembro del Tribunal con dos puntuaciones, una por cada supuesto práctico, entre 0 y 10. Posteriormente se sumarán las puntuaciones obtenidas en cada supuesto y se dividirán entre el número de asistentes del Tribunal, obteniéndose dos calificaciones entre 0 y 10 puntos, una por cada uno de los supuestos. Será preciso para aprobar este ejercicio, alcanzar un mínimo de 5 puntos en cada una de estas calificaciones parciales. La calificación final de este ejercicio vendrá determinada por el cociente resultante de dividir entre dos la suma de las calificaciones obtenidas en cada prueba. Aquellos aspirantes que no obtengan una puntuación mínima de cinco puntos, quedarán eliminados. Para los aspirantes de promoción interna que solo han de realizar uno de los supuestos, sus calificaciones se obtendrán sumando la puntuación que otorgue cada uno de los miembros del Tribunal, que estará situada dentro de una escala de cero a diez, y dividiendo el total por el número de asistentes, siendo el cociente resultante la calificación definitiva. Aquellos aspirantes que no obtengan la puntuación mínima de cinco puntos, quedarán eliminados. C) CALIFICACIÓN FINAL DE LA FASE DE OPOSICIÓN La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las calificaciones obtenidas en esta fase, quedando eliminados los aspirantes que no hayan superado cada uno de los ejercicios SISTEMA DE DETERMINACIÓN DE LOS APROBADOS Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación final de la fase de oposición. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición. 8

9 El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado el procedimiento selectivo un número de aspirantes superior al de plazas convocadas, cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido anteriormente será nula de pleno derecho. Superarán el concurso-oposición los aspirantes que, habiendo aprobado la fase de oposición, obtengan, una vez sumados los puntos de la fase de concurso y de la fase de oposición, las calificaciones más altas hasta alcanzar, como máximo, el total de plazas convocadas para cada uno de los turnos, sin que, por tanto, se pueda considerar que han superado el concurso-oposición, obtenido plaza o quedado en situación de expectativa de destino los aspirantes que hubieran aprobado la fase de oposición si no figuran incluidos en la relación propuesta por el Tribunal CALIFICACIÓN DEFINITIVA, ORDEN DE COLOCACIÓN Y EMPATES DE PUNTUACIÓN. La calificación definitiva vendrá determinada por la suma de la calificación final de la fase de oposición y la puntuación obtenida en la fase de concurso. El orden de colocación de los aspirantes en la lista definitiva de aprobados se establecerá de mayor a menor puntuación. En caso de empate éste se dirimirá de la siguiente forma: primero por aquel aspirante que haya sacado mejor puntuación en la fase de concurso, después en el primer ejercicio y después en el segundo ejercicio. De persistir el empate éste se solventará por orden alfabético del primer apellido de los aspirantes empatados, iniciándose el escalafonamiento por la letra que determine el sorteo anual realizado por la Secretaría de Estado para la Administración Pública. 9

10 ANEXO PROGRAMA GRUPO I 1. La Constitución española de 1978 (I): estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión. 2. La Constitución española de 1978 (II): El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. El Poder Judicial. 3. La elaboración de las leyes en la Constitución de Tipos de leyes. Disposiciones del ejecutivo con fuerza de ley. El Reglamento. 4. La Organización territorial del Estado en la Constitución. Principios Generales. La Administración Local. Las Comunidades Autónomas: los Estatutos de Autonomía. 5. Las Fuentes del Derecho Comunitario europeo. Derecho originario y derivado: reglamentos, directivas y decisiones. Otras fuentes. Las relaciones entre el derecho comunitario y el ordenamiento jurídico de los Estados miembros. 6. La Comunidad de Madrid. Competencias. Organización Institucional: La Asamblea de Madrid, el Presidente, el Gobierno. 7. El Municipio. Competencias. La Organización de los Municipios de Régimen Común. 8. La Organización de los Municipios de Gran Población. Ámbito de aplicación. Organización y funcionamiento de los órganos municipales necesarios. 9. La Organización central en el Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid: las Áreas de Gobierno y su estructura interna. Órganos superiores de las Áreas de Gobierno; Órganos Centrales directivos. Número y denominación de las actuales Áreas de Gobierno. 10. La Organización territorial en el Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid. Los Distritos: Disposiciones Generales. El Concejal Presidente, Estructura Administrativa y Gerencia del Distrito. 11. El personal al servicio de la Administración Local: Clases. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Derechos y deberes de los funcionarios. Régimen disciplinario. 12. Derechos de los ciudadanos en sus relaciones con las Administraciones Públicas. Derecho de acceso a archivos y registros públicos. 10

11 13. El procedimiento administrativo: Concepto, naturaleza y principios generales. Fases del procedimiento. Los recursos administrativos: Concepto y clases. 14. Recursos de las Haciendas Locales. Clasificación: Ingresos de Derecho Público e Ingresos de Derecho Privado. Especial referencia a las Tasas. Contribuciones Especiales y Precios Públicos. Impuestos Municipales: Concepto y clasificación. 15. Presupuesto de las Entidades Locales. Principios. Integración y documentos de que constan. Procesos de aprobación del presupuesto Local. Ejecución y liquidación del presupuesto. GRUPO II 1. Formación y evolución del urbanismo en España. Legislación urbanística vigente. 2. La Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid: Objeto y Principios Generales. 3. Régimen urbanístico del Suelo: Disposiciones generales. Clasificación del suelo. 4. Régimen urbanístico del suelo urbano, del suelo urbanizable y del suelo no urbanizable de protección. 5. Planeamiento Urbanístico: Determinaciones legales. Reglamentarias. Ordenanzas municipales. Potestad de planeamiento. Instrumentos de planeamiento. Determinaciones estructurantes, pormenorizadas, sobre las redes públicas, sobre la división y usos del suelo, sobre las edificabilidades y aprovechamientos, sobre las zonas urbanísticas de ordenación pormenorizada. 6. Planes generales: Función. Contenido. Documentación. 7. Planes de sectorización: Función. Contenido. Documentación. 8. Planes Parciales. Planes Especiales. Estudios de Detalle. Catálogos de bienes y espacios protegidos. 9. Planes de Ordenación Urbanística: Actos preparatorios. Procedimientos de aprobación. Efectos, publicación y vigencia. Modificación y revisión de los Planes. 10. Ejecución del Planeamiento: Disposiciones generales. Formas de Gestión de la actividad pública. Presupuestos legales. 11. Distribución equitativa de beneficios y cargas: Equidistribución. Áreas de reparto. Reparcelación. Obtención y ejecución de las redes públicas. Cesión de la participación de la comunidad en las plusvalías. Obras y cargas de urbanización. 11

12 12. Unidades de ejecución. Sistemas de ejecución. 13. El sistema de compensación. 14. El sistema de cooperación. El sistema de expropiación. El sistema de ejecución forzosa. Otras formas de ejecución La parcelación. Las calificaciones urbanísticas. Los proyectos de actuación especial. 16. Actos sujetos a intervención municipal. Contenido y alcance. Actos no precisados de proyecto técnico. Actos precisados de proyecto técnico. Intervención de usos. Intervención de los restantes actos sujetos a licencia urbanística. Competencia, procedimiento de otorgamiento, eficacia y caducidad de las licencias urbanísticas. 17. Ejecución sustitutoria en la construcción y edificación por incumplimiento de la función social de la propiedad. 18. Conservación y rehabilitación de terrenos, construcciones y edificios. 19. Patrimonios públicos del suelo. Derecho de superficie. Derechos de tanteo y retracto. Información y publicidad de precios del suelo. 20. Disciplina urbanística: Inspección. Protección de la Legalidad. La prescripción. 21. Organización y cooperación interadministrativa en materia de urbanismo: Comisión de Urbanismo de Madrid. Jurado Territorial de Expropiación. Convenios urbanísticos. 22. Plan General de Ordenación Urbana de Madrid: Objeto y vigencia. Documentos que lo componen. Valor de su ordenación y determinaciones. Interpretación. Plazo para los deberes urbanísticos. Conexión con el Registro de la Propiedad. Incidencia del planeamiento sobre situaciones preexistentes. 23. Plan General de Ordenación Urbana de Madrid: Régimen urbanístico del suelo. Divisiones urbanísticas del suelo. Régimen del suelo urbano, del suelo urbanizable y del suelo común y protegido. 24. Plan General de Ordenación Urbana de Madrid: Condiciones de protección del patrimonio histórico y cultural; protección del patrimonio histórico. La protección de los espacios naturales. La protección de la edificación. 25. Plan General de Ordenación Urbana de Madrid: Catálogos de protección de la edificación. La Comisión Institucional para la protección del patrimonio artístico y natural. 26. Plan General de Ordenación Urbana de Madrid: Parámetros y condiciones generales de la edificación y de sus relaciones con el entorno. 12

13 27. Plan General de Ordenación Urbana de Madrid: Condiciones generales para la protección del medio ambiente urbano. 28. Plan General de Ordenación Urbana de Madrid: Régimen de los usos; clasificación. Condiciones generales de los usos compatibles y autorizables. Uso residencial. Uso industrial. Uso de garaje aparcamiento. 29. Plan General de Ordenación Urbana de Madrid: Régimen de los usos. Uso servicios terciarios. Usos dotacionales. Uso deportivo. Uso de equipamiento. 30. Plan General de Ordenación Urbana de Madrid: Condiciones particulares del suelo urbano. Generalidades. Condición de los ejes terciarios. Condiciones para la remodelación. 31. Reglamento de Prevención de Incendios de la Comunidad de Madrid: condiciones de accesibilidad, de compartimentación, de evacuación. Edificios en altura. Estructuras con carácter provisional. 32. Reglamento de Prevención de Incendios de la Comunidad de Madrid: Instalaciones generales de los edificios. Instalaciones de protección contra incendios. Comportamiento de los elementos y materiales de construcción ante el fuego. 33. Norma Básica en la Edificación y condiciones de protección contra incendios (NBE- CPI-96: condiciones de carácter general. Reglamentación de instalaciones de protección contra incendios). 34. Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales: ámbito de aplicación. Inspecciones. Requisitos de las instalaciones. Tipos y características de los establecimientos. 35. Ordenanza sobre el uso y conservación de los espacios libres. Ordenanza especial reguladora de la cédula urbanística. 36. Ordenanza Municipal de Tramitación de Licencias Urbanísticas. 37. Ordenanza de Protección del Paisaje Urbano. 38. Ordenanza sobre conservación, rehabilitación y estado ruinoso de las edificaciones. 39. Ordenanza general de protección del medio ambiente urbano. 40. Ordenanza sobre captación de energía solar para usos térmicos. 41. Ordenanza de protección de la atmósfera contra la contaminación por formas de energía. 42. Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid. 13

14 GRUPO III 43. Replanteos en general. Definición. Replanteo de un edificio. Útiles empleados. Ejecución de los trabajos. 44. Demoliciones: clasificación, ejecución, control y medición. Movimiento de tierras y entibaciones: clasificación, ejecución de los trabajos, control y medición. 45. Estudio y tratamiento de terrenos: clasificación, ejecución de los trabajos, control y medición. 46. Cimentaciones directas e indirectas. Pantallas: clasificación, ejecución de los trabajos, control y medición. 47. El hormigón: generalidades. Clases de hormigón. Componentes. Fabricación y puestas en obra. Control y medición. 48. Red de saneamiento y alcantarillado. Materiales y ejecución de los diferentes trabajos. Control y medición. 49. Estructuras metálicas y de hormigón. Materiales. Ejecución de los trabajos. Aplicaciones a restauración y rehabilitación de edificios. 50. Estructuras de madera. Cimentaciones. Muros entramados. Forjados. Cubiertas. Rehabilitaciones y Reparaciones. Control y Medición. 51. Encofrados. Generalidades. Materiales. Tipos de encofrados. Ejecución de los trabajos. Medición y control. 52. Forjados. Tipos de forjado (antiguos y en la actualidad). Elementos que lo componen. Materiales. Ejecución de los trabajos. Control y medición. 53. Cerramientos. Definición y Clasificación. Materiales. Ejecución de trabajos. Control y medición. 54. Cubiertas. Función. Partes de que consta. Tipos de estructura. Tipos de cubrición. Control y medición. 55. Divisiones interiores y aislamientos. Materiales. Ejecución de los trabajos. Control y medición. 56. Carpintería. Generalidades. Clases. Materiales. Ejecución y colocación en obra. Control y medición. 57. Revestimientos de techos y paredes. Materiales. Ejecución de trabajos. Control y medición. 14

15 58. Pavimentos y soleras. Clases. Materiales. Ejecución de los trabajos. Control y medición. 59. Instalaciones eléctricas de baja tensión. Generalidades. Instalaciones y alumbrado interior. Instalaciones en locales de riesgo especial. 60. Instalaciones de fontanería. Generalidades, normativa aplicable. Ejecución de los trabajos. Control y medición. 61. Instalaciones de calefacción y producción de agua caliente sanitaria. Generalidades. Normativa aplicable. Ejecución de los trabajos. Control y medición. 62. Instalaciones de protección contra incendios. Sistemas de detección. Instalaciones de alarma. Instalaciones de extinción. Control y medición. 63. Apeos. Su función. Ejecución según los elementos estructurales a apear. Elementos necesarios en cada caso. Control y medición. 64. Formación de precios. Tipos de aplicaciones. 65. Redacción de proyectos de obra. Fases de trabajo. Documentos de proyecto. Tramitación administrativa. Pliegos de cláusulas administrativas y pliego de condiciones técnicas. Sistemas de licitación y contratación. 66. Pliego de condiciones técnicas generales del Ayuntamiento de Madrid de aplicable a la redacción de proyectos de las obras municipales: Obligaciones generales del contratista. Documentación técnica del contrato. 67. Los contratos administrativos: Clases y procedimientos de adjudicación. Ejecución y modificación de los contratos administrativos. Revisión de precios. Extinción de los contratos administrativos. Cumplimiento y resolución. Especialidades del contrato de obras. 68. Prevención de Riesgos Laborales en la construcción: Referencia al R.D. 1627/1997, de 24 de octubre. 69. Ley 8/1993, de 22 de junio, de promoción de accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas: objeto y ámbito. Disposiciones generales en edificios. Medidas de fomento. Medidas de control. 70. Arquitectura de ordenadores: modelo general de un ordenador. Principios de funcionamiento. Hardware y software. Redes locales. 15

16 MERITOS FASE DE CONCURSO Cumplimentar solamente los méritos valorables en las Bases CONCURSO-OPOSICIÓN. ARQUITECTO TÉCNICO D.N.I 1º APELLIDO 2º APELLIDO NOMBRE EXPERIENCIA PROFESIONAL. EN EL AYUNTAMIENTO DE MADRID En la categoría de Arquitecto Técnico PERIODO DE TIEMPO EN EL SECTOR PÚBLICO En categoría equivalente a la convocada PERIODO DE TIEMPO EN EL SECTOR PRIVADO En categoría equivalente a la convocada PERIODO DE TIEMPO EXPERIENCIA PROFESIONAL EN CATEGORIA DE GRADO INFERIOR (Sólo aspirantes de promoción interna) EN EL AYUNTAMIENTO DE MADRID Como DELINEANTE PERIODO DE TIEMPO PERIODO DE TIEMPO En Cualquier categoría del GRUPO C PERIODO DE TIEMPO 16

17 CURRÍCULUM PROFESIONAL. CURSOS, CONGRESOS, SEMINARIOS CURSOS NÚMERO - Sin horas y hasta 20 horas 0,10 puntos -De 21 a 50 horas 0,20 - De 51 a 80 horas 0,30 - De 81 a 150 horas 0,40 - De 151 a 250 horas 0,50 - De 251 a 350 horas 0,60 - Más de 350 horas 0,70 SEMINARIOS Y CONGRESOS - Sin horas y hasta 20 horas 0,05 puntos -De 21 a 50 horas 0,10 - De 51 a 80 horas 0,15 - De 81 a 150 horas 0,20 - De 151 a 250 horas 0,25 - De 251 a 350 horas 0,30 - Más de 350 horas 0,35 INSTRUCCIONES PARA EL INTERESADO: Madrid, A) Escriba a máquina o con bolígrafo utilizando mayúsculas de tipo imprenta. - Asegúrese que los datos resulten claramente legibles. - Evite realizar correcciones, enmiendas o tachaduras. B) Este impreso se presentará junto con la solicitud de participación en la prueba selectiva de que se trate. C) Para cualquier aclaración sobre la cumplimentación de este impreso podrá consultar en el Negociado de Evaluación y Méritos de la Subdirección General de Selección de Personal Funcionario y Laboral C/ Bustamante, 16, 2ª planta, Tfno:

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