EXPOSICiÓN DE MOTIVOS
|
|
|
- Eduardo Cordero Naranjo
- hace 9 años
- Vistas:
Transcripción
1 C. PRESIDENTA DE LA MESA DIRECTIVA, r-c\j\ 1).vI ' ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL, VI LEGISLATURA. PRESENTE El que suscribe, Diputado Alberto Martínez Urincho, Diputada Rocío Sánchez Pérez, Diputada Carmen Antuna Cruz, Diputado Víctor Hugo Lobo Román, Diputado Alejandro Rafael Piña Medina, Diputado Manuel Alejandro Robles Gómez, Diputado Diego Raúl Martínez García, Diputado Evaristo Roberto Candia Ortega, Diputada Dione Anguiano Flores, Diputada Polimnia Romana Sierra Bárcena y Diputado carlos Hernández Mirón, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal VI Legislatura, con fundamento en los artículos 122, Apartado C, Base Primera, fracción V, inciso i) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIII, 46 fracción I del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 10, fracción 1, 17 fracción IV, 88 fracción 1, 89 párrafos primero y segundo de la Ley Orgánica; 85 fracción I y 86 primer párrafo del Reglamento para el Gobierno Interior, ordenamientos de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, someto a la consideración del pleno de esta Honorable Asamblea, la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 941 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, al tenor de la siguiente: EXPOSICiÓN DE MOTIVOS Primera.- La disolución legal del vínculo marital' es una práctica ampliamente generalizada en el contexto internacional, lo que posibilita que en la mayoría de los países exista el divorcio, aunque con variaciones significativas en los procedimientos para obtenerlo y en las causales que lo justifican. Existen diferencias importantes en los niveles en que ocurre el divorcio entre los países, presentándose un patrón más o menos generalizable entre los países del mundo occidental que va de niveles más altos de divorcio en los países socialmente más desarrollados a niveles más bajos en los países con niveles menores de desarrollo, según los datos que presenta el reporte de la División de Población de las Naciones Unidas (2004): ~ Segunda.-- J-ti :>o-de-la-uniófl-es-fesultado-de-las-preferencias-por-parte..de..las-parejass-- de unirse conforme a ciertos preceptos legales y/o religiosos, dando a lugar a una estructura socio-cultural diversa de la nupcialidad mexicana. Esta variable, sin embargo, también puede aludir a una forma transitoria al inicio de la vida conyugal de 1 El divorcio legal se estableció en México por primera vez mediante las Leyes de Reforma durante el gobierno del presidente Benito Juárez en 1868, y después se consolidó con la Constitución de Las causales del divorcio y los procedimientos legales para su obtención se rigen según los Códigos Civiles y de Procedimientos de cada una de las entidades federativas de la república mexicana. Al respecto puede con-sultars-e a-ectua-r:do-pa-ila-res -e-r;-su obii:i tfdivorcio en Méxk6;--M-éxko-:---Edltodai -Porrúa, Norma Ojeda y Eduardo González Fagoaga, UDivorcio y separación conyugal en México en los albores del siglo XXf' Revista Mexicana de Sociología, V.70 n.1 México ene./mar
2 ;, un porcentaje alto de parejas, y que se modifica posteriormente a lo largo del curso de vida de las familias conyugales. 3 Sin embargo, no es de extrañar que se estén dando niveles de disolución conyugal más altos en México, ni tampoco que las mujeres con niveles de "empoderamiento" mayores presenten probabilidades más altas de disolución en un México más urbanizado, industrializado y secular, y en el cual las parejas son menos dependientes económicamente entre sí, al tiempo que las relaciones de pareja se han vuelto más exigentes en individualidad y autonomía.' Tercera.- Según datos del INEGI, al 2011 se registraron 570 mil 954 matrimonios, en 2010 fueron 568 mil 632 y en 2009 la cifra se ubicó en 558 mil y entre el 2010 Y 2011, se han registrado en el Distrito Federal matrimonios de parejas del mismo sexo. Asimismo, en el 2011 se reportó que los contrayentes que son hombres promedian la edad de 37 años y cuando son mujeres es de 35. Cuando la pareja está conformada por un hombre y una mujer la edad promedio al matrimonio para él es de 29 y para ella es de 26. En las parejas del mismo sexo, el 80% de los contrayentes cuentan con estudios de nivel medio superior y superior. Cuando la unión se realiza entre un hombre y una mujer, en 20% de los matrimonios el hombre tiene mayor escolaridad, en 47% ambos tienen la misma y en 33% ella cuenta con mayor escolaridad. Por otro lado, de acuerdo a las cifras del INEGI, en los últimos años, el número de divorcios en México se incrementó considerablemente. Al 2011 se registraron 91 mil 285 divorcios, mientras en el 2010 fueron 86 mil 042 y en el 2009 la cifra se ubicó en 84 mil 302. De los divorcios registrados en 2011, el 54% de las parejas estuvieron casadas 10 años o más. Al 2011, la edad promedio en la que se divorcian las mujeres es de 36 años, para los hombres es de 39. A nivel nacional, tanto los varones como las mujeres tienen escolaridad de nivel medio superior y superior. En México ha ido en aumento el número de divorcios por cada 100 matrimonios, 6 como se observa la gráfica: Relación divorcios-matrimonios 3 Ibídem. 4 új((fe-m-, slnegl, 8 de noviembre de Ver: 6 Ibídem.
3 A 4.4 I ( ) FUENTE: INEGI/Estadística/Población, Hogares y Vivienda/ Nupcia!idadl Divorcios/ Relación divorcios-matrimonios, 1980 a En 1980 por cada 100 matrimonios había 4 divorcios; en 1990 y 2000 esta cifra se elevó a poco más de 7 divorcios, para 2005 el número de divorcios por cada 100 matrimonios fue de casi 12 y al 2011 fue de 16 divorcios. 7 De acuerdo al INEGI, el Distrito Federal es una de las entidades con mayor número de divorcios. En al año 2010, se reportaron 11 mil 053 divorcios y 34 mil 444 matrimonios. Es decir, el Distrito Federal es la entidad federativa con más divorcios al año, seguida del Estado de México (8 mil 304 divorcios) y Nuevo León (6 mil 747 divorcios). Así pues, se observa un incremento de divorcios principalmente en el Distrito Federal, lo que en parte se atribuye al procedimiento voluntario unilateral instituido en el año de 2008 lo que facilitó el trámite, por lo que la población accede con mayor frecuencia a legalizar su separación. Ante el número creciente de divorcios, es necesario que el legislador establezca las medidas normativas para que se preserven los derechos de la familia y del interés superior del menor. Cuarta.- De acuerdo al Cuaderno de Trabajo de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Trámite Procesal del Juicio de Divorcio sin Expresión de Causa", señala que: "El Código Civil de 1928, hasta antes de su reforma del 3 de octubre de 2008, además de-p1mnitir;':omo-hasta-ahura,la-disolación-dehnatrimonio;-establecfa-tres-clases-dep divorcio, a saber: a) El divorcio administrativo ante el Juez del Registro Civil, aún vigente, en el que se requiere que los esposos sean mayores de edad, tengan más de un año de casados, sin hijos vivos o concebidos y de común acuerdo hayan liquidado la sociedad conyugal, si bajo ese régimen se casaron; 7 Ibídem.. 8. f\i1.ªt.rir}l.o.n.iq y.p.t\f(jrcjq. l.rte<.j.i. }-º_ ~_e novie_rn_~~~ de 201~_._-"-er: /contenidos/ espanol/bvinegi!prod uctos/ continuas/vii"fes/n I.lpcj"ljif ad/2010/macdiv_2010.pdf 9 Véase:
4 b) El divorcio judicial denominado voluntario o de mutuo consentimiento, que procedía cuando sea cual fuere la edad de los cónyuges, y habiendo procreado hijos, estaban de acuerdo en disolver el vínculo conyugal, para lo cual celebraban un convenio que sometían a la aprobación del Juez de primera instancia para regular las relaciones jurídicas que persistían aun disuelto ese lazo, y c) El divorcio judicial contencioso o necesario, que podía demandarse por el cónyuge inocente cuando el otro había incurrido en alguno de los supuestos enunciados en el entonces artículo 267 del Código Civil para el Distrito Federal y que se consideraban como causas de divorcio. Ahora bien, con motivo de la reforma verificada mediante decreto publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el 3 de.octubre de 2008, el legislador local del Distrito Federal conservó la posibilidad de que los cónyuges se divorcien administrativamente y derogó tanto las disposiciones que preveían el divorcio necesario, como el artículo 273 del Código Civil para el Distrito Federal, que fijaba el divorcio por mutuo consentimiento; al mismo tiempo instituyó el divorcio sin expresión de causa, el cual se distingue por un régimen de fácil paso a la disolución del vínculo matrimonial, pues para acceder a él, es suficiente la solicitud unilateral de uno de los cónyuges a quien se le libera de la carga de expresar la causa que generó esa petición a la que, por regla general, el Juez habrá de acceder". Quinta.- Es preciso señalar, que en el 2008 el legislador local razonó que con el rompimiento conyugal las partes involucradas sufrían un desgaste no solo económico, sino emocional y psicológico. De ahí que, ante la necesidad de evitar que ese proceso erosione mayormente el núcleo familiar y con la finalidad de evitar enfrentamientos entre personas y familias que alientan entre ellos odio, violencia, egoísmo y acciones maliciosas. 10 Así surgió la posibilidad, para el Distrito Federal, de que los cónyuges pudieran acudir ante los órganos jurisdiccionales, a pedir de manera unilateral y de forma libre, la disolución del vínculo matrimonial, sin descuidar en forma alguna las obligaciones derivadas del matrimonio." Por tanto, en aras de que en el trámite de la disolución del vínculo conyugal se preserven los derechos de la familia, la presente iniciativa propone el establecimiento de principios específicos que regulen la actuación del juez de lo familiar con el objeto de garantice plenamente los derechos que los cónyuges en proceso de separación; asegure el interés superior del menor; aplique la suplencia de la queja -tanto probatoria como de derecho- en los casos que procedan; ordene la asistencia especial del menor cuando se requiera e intervenga de manera completa, expedita y oportunamente en los casos de violencia familiar. Por lo anteriormente expuesto y fundado, presento ante esta Asamblea Legislativa del : Elistrito-Federal;-Ia-sigtliente-tniciativa-con-Proyeeto-de-geereto-por-e~qlle-se-ref0Fma-y~ adiciona el artículo 941 del Código de Procedim ientos Civiles para el Distrito Federal DECRETO Único.- Se reforma y adiciona el artículo 941 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, para quedar como sigue: ARTICULO El juez de lo familiar estará facultado para intervenir de oficio en los asuntos que afecten a la familia, especialmente tratándose de menores, de alimentos y de cuestiones relacionadas con violencia familiar, decretando las medidas precautorias que tiendanapreservar la familia y proteger a sus miembros. 10 Ibídem 11 Ibídem.
5 En todos los asuntos del orden familiar los Jueces y Tribunales están obligados a suplir la deficiencia de las partes en sus planteamientos de derecho. El juez de lo familiar, en el caso del trámite procesal del juicio de divorcio sin expresión de causa, atenderá lo siguiente: l. Procederá allegarse cualquier medio legal para determinar la verdad, de conformidad con lo previsto en este Código; 11. Aplicará la suplencia de la queja en materia probatoria; 111. Aplicará la suplencia de la queja en los planteamientos de derecho y hará la intervención oficiosa en los casos que procedan; IV. Ordenará la asistencia especial para menores cuando se requiera o lo juzgue necesario; V. Decretará las medidas provisionales para asegurar el interés superior del menor, y VI. Tendrá una actuación necesaria, completa, expedita y oportuna en caso de violencia familiar. En los mismos asuntos, con la salvedad "de las prohibiciones legales relativas a alimentos, el juez deberá exhortar a los interesados a lograr un avenimiento, resolviendo sus diferencias mediante convenio, con el que pueda evitarse la controversia o darse por terminado el procedimiento. El juez tomando en cuenta las circunstancias del caso concreto exhortará, en aquellos casos que estime viables de conformidad con las disposiciones legales en materia de justicia alternativa, a las partes a que acudan al procedimiento de mediación a que se refiere la Ley de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia para el Distrito Federal. Transitorios Primero.- El Presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Segundo.- Publíquese el presente Decreto para su mayor difusión en el Diario Oficial de la Federación. Suscriben, Diputad~~inez Urincho DiputadaC~nti.maCrllZ
6 ,\ '~ lado Víctor Hugo Lobo Román hclro aúl o~mez Diputado Evaristo Roberto Diputada Dione Angl!liano Flores Candia Ortega / Diputada Polimnia Rll1mana Sierra Bárcena Asamblea Legislativa del Distrito Federal, a los 18 días del mes de marzo de 2014
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.
INICIATIVA DE DECRETO QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 646 Y 647, DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL ESTADO DE QUINTANA ROO. H. PLENO LEGISLATIVO DIPUTADA PATRICIA SÁNCHEZ CARRILLO, Presidenta de la
La familia en Derecho Civil
La familia en Derecho Civil 1 Sesión No. 7 Nombre: Divorcio Contextualización Como antecedente tenemos a los hebreos, quienes con repudio daban la disolución del matrimonio al igual que los romanos; la
DICTAMEN CON PROYECTO DE DECRETO
DICTAMEN CON PROYECTO DE DECRETO DIP. RAMON ALVARADO HIGUERA. PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DEL PRIMER PERIODO ORDINARIO DE SESIONES DEL SEGUNDO AÑO DE EJERCICIO CONSTITUCIONAL DE LA XIII LEGISLATURA
Exposición de Motivos
QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 20 Y 23 DE LA LEY PARA REGULAR LAS SOCIEDADES DE INFORMACIÓN CREDITICIA, A CARGO DEL DIPUTADO OMAR ANTONIO BORBOA BECERRA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN El que suscribe, diputado
LEY DE SOCIEDAD DE CONVIVENCIA PARA EL DISTRITO FEDERAL
LEY DE SOCIEDAD DE CONVIVENCIA PARA EL DISTRITO FEDERAL (Publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 16 de noviembre de 2006) (Al margen superior izquierdo dos escudos que dicen: GOBIERNO DEL
4. INSTITUCIONES Y ÓRGANOS DE AUTOGOBIERNO 4. C) Presidente 4. C). 3. Estatuto, funciones o atribuciones
4. INSTITUCIONES Y ÓRGANOS DE AUTOGOBIERNO 4. C) Presidente 4. C). 3. Estatuto, funciones o atribuciones COMUNITAT VALENCIANA L.O. 1/2006, de 10 de abril, de reforma de la L.O. 5/1982, de 1 de julio, del
NUEVA LEY DE MATRIMONIO CIVIL
NUEVA LEY DE MATRIMONIO CIVIL PRINCIPALES ASPECTOS DE LA LEY: El proyecto de ley de Matrimonio Civil regula los requisitos para contraer matrimonio, la forma de su celebración, la separación de los cónyuges,
LEY DE SOCIEDAD DE CONVIVENCIA PARA EL DISTRITO FEDERAL.
LEY DE SOCIEDAD DE CONVIVENCIA PARA EL DISTRITO FEDERAL. PREAMBULO (Publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 16 de noviembre de 2006) (Al margen superior izquierdo dos escudos que dicen:
Lic. Martín Tiznado Carrillo. Juez del Juzgado Primero Civil de Uruapan, Michoacán. Mtra. María del Rosario Cerna Rangel
Lic. Martín Tiznado Carrillo Juez del Juzgado Primero Civil de Uruapan, Michoacán Mtra. María del Rosario Cerna Rangel Secretaria de Acuerdos del Juzgado Primero Civil de Uruapan, Michoacán. El divorcio
SEGUNDO ENCUENTRO ESTATAL DE JUECES MESA 1: PROBLEMAS EN TORNO A LAS RECIENTES REFORMAS A LOS CODIGOS CIVIL Y DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO.
SEGUNDO ENCUENTRO ESTATAL DE JUECES MESA 1: PROBLEMAS EN TORNO A LAS RECIENTES REFORMAS A LOS CODIGOS CIVIL Y DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO. LIC. EDITH PATRICIA CALZADA GUERRERO. León, Guanajuato,
Unidad 14. El divorcio voluntario o mutuo consentimiento
Unidad 14 El divorcio voluntario o mutuo consentimiento CONCEPTO El divorcio voluntario o por mutuo consentimiento, también denominado divorcio por mutuo disenso, tiene siempre en el fondo una causa que
CAPITULO III DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE NACEN DEL MATRIMONIO
CAPITULO III DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE NACEN DEL MATRIMONIO Los cónyuges están obligados, a contribuir cada uno por su parte, a los fines del matrimonio y a socorrerse mutuamente. Toda persona tiene
Estadísticas Vitales HIDALGO. Estadísticas Vitales
HIDALGO Estadísticas Vitales Estadísticas Vitales Nacimientos Hidalgo. Nacimientos registrados y ocurridos, 2000-2008. Nacimientos registrados Nacimientos ocurridos Nacimientos por sexo según residencia
Primera edición: abril, 2012
Primera edición: abril, 2012 D. R. Comisión Nacional de los Derechos Humanos Periférico Sur 3469, esquina Luis Cabrera, Col. San Jerónimo Lídice, C. P. 10200, México, D. F. Diseño de portada: Éricka Toledo
Abogados Juan José Pérez Sánchez, ofrece un asesoramiento de alta profesionalidad
Abogados Juan José Pérez Sánchez, ofrece un asesoramiento de alta profesionalidad en todos los temas relacionados con el derecho matrimonial- separaciones y divorcios. Además de contar con una solida formación
LEY PARA LA DISOLUCIÓN DEL MATRIMONIO POR VOLUNTAD DE UNA DE LAS PARTES
LEY PARA LA DISOLUCIÓN DEL MATRIMONIO POR VOLUNTAD DE UNA DE LAS PARTES Ley No. 38 de 28 de Abril de 1988 Publicado en La Gaceta No. 80 de 29 de Abril de 1988 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
REGISTRO ESPECIAL PARA EL SEGURO DE VIDA TEMPORAL A UN AÑO, DEL RAMO DE VIDA GRUPO
REGISTRO ESPECIAL PARA EL SEGURO DE VIDA TEMPORAL A UN AÑO, DEL RAMO DE VIDA GRUPO CLÁUSULA Interés Moratorio CLÁUSULA ACTUAL CON ARTÍCULO/REFERENCIA LEGAL DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y SOCIEDADES
Unidad 8. Explicación de los regímenes patrimoniales
Unidad 8 Explicación de los regímenes patrimoniales LA SOCIEDAD CONYUGAL Como lo señalamos al concluir el tema anterior, el Código Civil para el D.F. concede a los cónyuges la más amplia libertad para
4. Debido a la falta de ejecución de laudos y resoluciones, los agraviados no han podido disfrutar de los derechos que éstos les reconocen.
CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE EXHORTA AL JEFE DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL A ACEPTAR Y CUMPLIMENTAR LA RECOMENDACIÓN NÚMERO 17/2006, EMITIDA POR LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO
CAPITOLO III DIVORCIO ADMINISTRATIVO ANTECEDENTES DEL DIVORCIO ADMINISTRATIVO:
CAPITOLO III DIVORCIO ADMINISTRATIVO ANTECEDENTES DEL DIVORCIO ADMINISTRATIVO: La cuestion es clara: "el divorcio engendra divorcio". Es innegable que el divorcio produce quiebres matrimoniales. Por lo
LEY 7/2015, NOTAS PARA SU INTERPRETACION Y APLICACIÓN
LEY 7/2015, NOTAS PARA SU INTERPRETACION Y APLICACIÓN NOTAS A CERCA DE LA LEY 7/2015 DE 30 DE JUNIO DE RELACIONES FAMILIARES, EN SUPUESTOS DE SEPARACION O RUPTURA DE LOS PROGENITORES, APROBADA POR EL PARLAMENTO
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO SEGURO DE VIDA REGLAMENTO DEL SEGURO DE GRUPO
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO SEGURO DE VIDA REGLAMENTO DEL SEGURO DE GRUPO Artículo 1º. Para la celebración del seguro del Grupo, en los términos del artículo 191 de la Ley sobre el Contrato
SENTENCIA.- EN GUAYMAS, SONORA, A VEINTINUEVE DE ABRIL DE DOS MIL CATORCE. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - VISTOS para resolver los
SENTENCIA.- EN GUAYMAS, SONORA, A VEINTINUEVE DE ABRIL DE DOS MIL CATORCE. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - VISTOS para resolver los autos del expediente número 375/14, relativo al Juicio
MANUAL DE OPERACION DEL COMITE DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO DE AHORRO DE LOSTRABA]ADORES DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL
,, MANUAL DE OPERACION DEL COMITE DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO DE AHORRO DE LOSTRABA]ADORES DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL ÍNDICE Presentación 1 Página Objetivo 1 1. MARCO JURÍDICO 2 11. DEFINICIONES
PLAN DE INSPECCIÓN DE OFICIO AL PSIQUIÁTRICO PENITENCIARIO (*)
PLAN DE INSPECCIÓN DE OFICIO AL PSIQUIÁTRICO PENITENCIARIO (*) Como continuación del Plan de Oficio de Inspección a Hospitales, en 1999 se ha inspeccionado el hospital Psiquiátrico Penitenciario de Alicante,
ASISTENCIA JURÍDICA EN MATERIA DE FAMILIA BUFETE FIGUERAS SEPARACIONES Y DIVORCIOS SINOPSIS
ER-1290/2005 CALIDAD ISO 9001:2000 Bori i Fontestá, 18, 4º 1ª 08021 BARCELONA Tel: 93 201 80 09 Fax: 93 200 17 62 [email protected] www.bufetefigueras.com ASISTENCIA JURÍDICA EN MATERIA DE FAMILIA
CONSEJO DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO CONSEJO DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO
CONSEJO DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO CONSEJO DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO INSTITUTO DE FORMACIÓN DE SERVIDORES PÚBLICOS SEGUNDO ENCUENTRO ESTATAL DE JUECES MESA DE TRABAJO
I. Introducción. Prado, 9 01005 VITORIA-GASTEIZ Tel.: (+34) 945 135 118 Faxa: (+34) 945 135 102 E-mail: [email protected] www.ararteko.
Recomendación general del Ararteko 4/2011, de 10 de octubre. Cesión de datos de salud a requerimiento de las administraciones públicas responsables en materia de protección de menores. I. Introducción
Minuta Proyecto de Ley que reforma el régimen económico matrimonial de Sociedad Conyugal
Minuta Proyecto de Ley que reforma el régimen económico matrimonial de Sociedad Conyugal 1- Estado del proyecto MAYO 2012 El proyecto se encuentra en tramitación en el Congreso Nacional, en primer trámite
LA IMPOSICIÓN AL MATRIMONIO SITUACIÓN ACTUAL
LA IMPOSICIÓN AL MATRIMONIO SITUACIÓN ACTUAL Dr. (CP) Martín R. Caranta [email protected] El matrimonio según la legislación civil Consecuencias del matrimonio El matrimonio determina el surgimiento
CAPITULO IV OBLIGACIONES QUE NACEN CON EL CONCUBINATO SEGÚN EL CODIGO DE FAMILIA PARA EL ESTADO DE SONORA.
CAPITULO IV OBLIGACIONES QUE NACEN CON EL CONCUBINATO SEGÚN EL CODIGO DE FAMILIA PARA EL ESTADO DE SONORA. En el presente capitulo se abordaran las obligaciones que nacen con el Concubinato, mismas que
DECLARACIONES I. DECLARA LAS PARTES DE COMÚN ACUERDO QUE: a) Ambos señalan como su domicilio el ubicado en. DEFINICIONES
CONTRATO DE COTITULARIDAD Y REGLAS DE USO DE MARCAS CONTRATO DE COTITULARIDAD Y REGLAS DE USO DE MARCA QUE CELEBRAN POR UNA PARTE SUJETO A A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COTITULAR 1, Y POR LA
MINUTA DE DECRETO LA HONORABLE QUINCUAGÉSIMA OCTAVA LEGISLATURA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE ZACATECAS, EN NOMBRE DEL PUEBLO DECRETA
MINUTA DE DECRETO LA HONORABLE QUINCUAGÉSIMA OCTAVA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE, EN NOMBRE DEL PUEBLO DECRETA RESULTANDO PRIMERO.- En Sesión Ordinaria de fecha ocho de marzo de dos mil siete, la Diputada
INSTITUTO ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL ESTADO DE GUERRERO
ANEXO 2 MODELO ÚNICO DE ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN CIVIL QUE PRETENDA REGISTRAR CANDIDATO INDEPENDIENTE ESTATUTOS CAPITULO I De la denominación, objeto social, nacionalidad, Domicilio y duración. Artículo
Deseando completar las disposiciones arriba mencionadas, a fin de potenciar su valor protector y carácter universal;
PROTOCOLO ADICIONAL III A LOS CONVENIOS DE GINEBRA DEL 12 DE AGOSTO DE 1949 RELATIVO A LA APROBACIÓN DE UN SIGNO DISTINTIVO ADICIONAL. 8 DE DICIEMBRE DE 2005. PREÁMBULO Las Altas Partes Contratantes, Reafirmando
Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados
Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados Los Estados Partes en el presente Protocolo, Alentados por el inmenso apoyo
La mujer en el deporte: Discriminación por embarazo
La mujer en el deporte: Discriminación por embarazo Por María José López González La sentencia del Tribunal Constitucional 17/2003 estableció de forma inequívoca lo que representa la rescisión de un contrato
REGLAMENTO DEL SEGURO DE GRUPO ( 1º. al 26º )
REGLAMENTO DEL SEGURO DE GRUPO ( 1º. al 26º ) Art. 1o.- Bases del Seguro de Grupo. Para la celebración del seguro de grupo, en los términos del artículo 191 de la LCS, el contratante deberá solicitar un
PRINCIPIOS DE DERECHO EUROPEO DE FAMILIA RELATIVOS A LA RESPONSABILIDAD PARENTAL
PRINCIPIOS DE DERECHO EUROPEO DE FAMILIA RELATIVOS A LA RESPONSABILIDAD PARENTAL PREÁMBULO Reconociendo que, a pesar de las divergencias de los sistemas nacionales de Derecho de familia existe, no obstante,
Exposición de Motivos
QUE REFORMA, ADICIONA Y DEROGA DIVERSAS DISPOSICIONES DEL CÓDIGO PENAL FEDERAL, A CARGO DE LA DIPUTADA ELSA DE GUADALUPE CONDE RODRÍGUEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE ALTERNATIVA La suscrita, integrante
Unidad 7. Los regímenes patrimoniales del matrimonio
Unidad 7 Los regímenes patrimoniales del matrimonio De la naturaleza del matrimonio como un género de vida en común se desprende que los efectos del mismo se reflejen en los bienes de los esposos; de allí
SEPARACIONES Y DIVORCIOS TRAS LA LEY 15/2005
Datos de Justicia SEPARACIONES Y DIVORCIOS TRAS LA LEY 15/2005 El 9 de julio de 2005 aparecía publicada en el BOE la Ley 15/2005 de 8 de julio por la que se modificó el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento
ANEXO 2. Capítulo Primero. Del nombre; objeto; domicilio; nacionalidad y duración.
ANEXO 2 MODELO ÚNICO DE ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN CIVIL QUE DEBERÁN CONSTITUIR LAS Y LOS CIUDADANOS INTERESADOS (AS) EN POSTULARSE COMO CANDIDATAS O CANDIDATOS INDEPENDIENTES. Capítulo Primero. Del nombre;
LA SEXAGÉSIMA PRIMERA LEGISLATURA AL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUERRERO, EN NOMBRE DEL PUEBLO QUE REPRESENTA, Y:
LA SEXAGÉSIMA PRIMERA LEGISLATURA AL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUERRERO, EN NOMBRE DEL PUEBLO QUE REPRESENTA, Y: C O N S I D E R A N D O Que en sesión de fecha 03 de marzo del 2016,
Seguro Colectivo de Gastos Funerarios Condiciones Generales
Seguro Colectivo de Gastos Funerarios Condiciones Generales Zurich Vida Compañía de Seguros, SA Objeto La compañía se obliga a pagar los gastos por Servicios Funerarios hasta la suma asegurada contratada
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
C. SECRETARIOS DE LA MESA DIRECTIVA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA P R E S E N T E S. Los que suscriben, diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional
ALIMENTOS. Eliana M. González Posadas, 22 de mayo de 2015.
JORNADAS DE ACTUALIZACIÓN CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL UNIFICADO CENTRO DE CAPACITACIÓN Y GESTIÓN JUDICIAL DR. MARIO DEI CASTELLI PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE MISIONES ALIMENTOS Eliana M. González Posadas,
EFECTOS POST DIVORCIO
EFECTOS POST DIVORCIO NATURALEZA Y EXTENSIÓN Según la naturaleza: Efectos alimentarios, compensatorios, habitacionales, reparativos Según su intensidad derogables (derechos subjetivos), inderogables Según
RESOLUCIÓN Nº.: R/00978/2006. Vista la reclamación formulada por DOÑA I.M.A., contra la entidad OPUS DEI, y en base a los siguientes, HECHOS
1/5 Procedimiento Nº: TD/00418/2006 RESOLUCIÓN Nº.: R/00978/2006 Vista la reclamación formulada por DOÑA I.M.A., contra la entidad OPUS DEI, y en base a los siguientes, HECHOS PRIMERO: Con fecha 22/08/2006,
Qué documentos necesito para solicitar un divorcio express?
Qué documentos necesito para solicitar un divorcio express? - Certificado literal de matrimonio (puede obtenerlo en este enlace de la web del Ministerio de Justicia o directamente en el Registro Civil
PRINCIPADO DE ASTURIAS CONSEJO DE GOBIERNO
1 PRINCIPADO DE ASTURIAS CONSEJO DE GOBIERNO Consejería de Hacienda y Sector Público Dirección General de la Función Pública Propuesta: ACUERDO POR EL QUE SE REGULA LA JORNADA ORDINARIA EN EL ÁMBITO DE
MANUAL DE USO DEL SISTEMA INFOMEX PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS HABILITADOS DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA.
MANUAL DE USO DEL SISTEMA INFOMEX PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS HABILITADOS DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA. INTRODUCCIÓN QUÈ ES EL INFOMEX? INFOMEX es un sistema electrónico creado
LA LEY DE EXTINCIÓN DE DOMINIO DE BIENES A FAVOR DEL ESTADO Federico Escóbar Klose Asesor Legal
LA LEY DE EXTINCIÓN DE DOMINIO DE BIENES A FAVOR DEL ESTADO Federico Escóbar Klose Asesor Legal Causo diversas reacciones el Proyecto de Ley de Extinción de Dominio de Bienes a favor del Estado; es así
Instituto Electoral del Estado de Guanajuato
Instituto Electoral del Estado de Guanajuato Modelo único de estatutos que deberán seguir los ciudadanos que pretendan postularse como candidatos independientes a un cargo de elección popular, al crear
NUMERO 40 EL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SONORA, EN NOMBRE DEL PUEBLO, DECRETA LA SIGUIENTE LEY DE PLANEACIÓN
NUMERO 40 EL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SONORA, EN NOMBRE DEL PUEBLO, DECRETA LA SIGUIENTE LEY DE PLANEACIÓN CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTICULO 1o.- Las disposiciones de esta Ley
INFORME QUE FORMULAN LOS ADMINISTRADORES ACERINOX, S.A. ANTECEDENTES
INFORME QUE FORMULAN LOS ADMINISTRADORES ACERINOX, S.A. SOBRE LA PROPUESTA DE DELEGACIÓN A FAVOR DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA FACULTAD DE EMITIR OBLIGACIONES SIMPLES Y/O CONVERTIBLES Y/O CANJEABLES
TITULO PRIMERO Disposiciones generales
ACUERDO ADMINISTRATIVO PARA LA APLICACIÓN DEL CONVENIO DE SEGURIDAD SOCIAL ENTRE ESPAÑA Y SUIZA DE 13 DE OCTUBRE DE 1969 Y EL PROTOCOLO ADICIONAL DE 11 DE JUNIO DE 1982, FIRMADO EN BERNA EL 19 DE ABRIL
Por lo que en la práctica, lejos de reducir trámites y plazos, éstos aumentan.
INICIATIVA QUE REFORMA, DEROGA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES EN MATERIA DE JUICIO DE ORDEN FAMILIAR Y DE ALIMENTOS, CONTENIDAS EN EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO DE GUERRERO. PAIMEF:
Don Salomón González Blanco, al referirse a la estabilidad del empleo expresa
3. PRINCIPIO DE ESTABILIDAD EN EL EMPLEO. 3.1. Estabilidad en el empleo. Esta figura está representada por la llamada reinstalación obligatoria, en base a que el Derecho del Trabajo como un conjunto de
LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 31 de octubre de 2015
Ley 37/2006, de 7 de diciembre, relativa a la inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social y a la extensión de la protección por desempleo a determinados cargos públicos y sindicales. Jefatura
1º) El título oficial de Médico Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria fue creado a través del Real Decreto 3303/1978, de 29 de diciembre,
1º) El título oficial de Médico Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria fue creado a través del Real Decreto 3303/1978, de 29 de diciembre, norma que estableció como sistema ordinario y habitual
COMISIÓN DE IGUALDAD DE GÉNERO
DICTAMEN QUE PRESENTA LA COMISIÓN DE IGUALDAD DE GÉNERO SOBRE LA INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA EL ARTÍCULO 40 DE LA LEY GENERAL PARA LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES, A CARGO DEL DIPUTADO
EL INTERES DEL MENOR EN ADOPCION
EL INTERES DEL MENOR EN ADOPCION Ponencia presentada por: LIC. Ma. De La Luz Bravo Hernandez EN EL TERCER FORO REGIONAL EN MATERIA DE ADOPCION. En el estado de Guanajuato se reglamenta la Adopción simple
QUÉ ES EL DERECHO INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS?
QUÉ ES EL DERECHO INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS? El Derecho Internacional es un sistema de reglas contempladas por los Estados para regular sus conductas y relaciones. El Derecho Internacional
CAPÍTULO PRIMERO DEL NOMBRE; OBJETO SOCIAL; DOMICILIO; NACIONALIDAD Y DURACIÓN
MODELO ÚNICO DE ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN CIVIL QUE DEBERÁN CONSTITUIR LAS Y LOS CIUDADANOS INTERESADOS (AS) EN POSTULARSE COMO CANDIDATAS O CANDIDATOS INDEPENDIENTES. CAPÍTULO PRIMERO DEL NOMBRE; OBJETO
CAPÍTULO PRIMERO DE LA DENOMINACIÓN, OBJETO SOCIAL, DOMICILIO, NACIONALIDAD Y DURACIÓN
MODELO ÚNICO DE ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN CIVIL QUE DEBERÁN CONSTITUIR LAS CIUDADANAS Y CIUDADANOS INTERESADOS (AS) EN POSTULARSE COMO CANDIDATOS (AS) INDEPENDIENTES AL CARGO DE GOBERNADOR DEL ESTADO
Estatuto de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados
Estatuto de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados Adoptado por la Asamblea General en su resolución 428 (V), de 14 de diciembre de 1950 Capítulo I: Disposiciones generales
SOLEMNIZACION DE VÍNCULO MARITAL ENTRE PERSONAS DEL MISMO SEXO
ESCRITURA PÚBLICA NÚMERO FECHA: (Lugar, Municipio, Departamento, Día, Mes, Año) CLASE DE CONTRATO: SOLEMNIZACION DE VÍNCULO MARITAL ENTRE PERSONAS DEL MISMO SEXO CONTRATANTES: (Nombres) En la ciudad de,
VALIDEZ DE LA FIRMA, DOCUMENTO Y NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS O DIGITALES EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, ANTE LOS PROCESOS CONTENCIOSOS ADMINISTRATIVOS.
VALIDEZ DE LA FIRMA, DOCUMENTO Y NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS O DIGITALES EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, ANTE LOS PROCESOS CONTENCIOSOS ADMINISTRATIVOS. Autor: Lic. Rodolfo Covarrubias Esquivel 1.- Que es
NOTA INFORMATIVA SOBRE LO DISPUESTO EN EL REAL DECRETO 1000/2010, DE 5 DE AGOSTO, SOBRE VISADO COLEGIAL OBLIGATORIO
NOTA INFORMATIVA SOBRE LO DISPUESTO EN EL REAL DECRETO 1000/2010, DE 5 DE AGOSTO, SOBRE VISADO COLEGIAL OBLIGATORIO A raíz del contenido de las consultas que en relación al Real Decreto 1000/2010, de 5
Torreón, Coahuila, a quince de febrero del año dos mil dieciséis.
En la Ciudad de Torreón, Coahuila, a quince de febrero del año dos mil dieciséis, la suscrita Secretaria de Acuerdo y Trámite LICENCIADA OFELIA MEDINA ESPARZA, Adscrita a éste Juzgado, doy cuenta al Ciudadano
PROTOCOLO NÚMERO 7 AL CONVENIO EUROPEO PARA LA SALVAGUARDIA DE LOS DERECHOS HUMANOS Y LAS LIBERTADES FUNDAMENTALES
PROTOCOLO NÚMERO 7 AL CONVENIO EUROPEO PARA LA SALVAGUARDIA DE LOS DERECHOS HUMANOS Y LAS LIBERTADES FUNDAMENTALES Los Estados Miembros del Consejo de Europa, signatarios del presente Protocolo. Resueltos
III. En cuanto a su contenido, el artículo 3 dispone que el Registro incorporará el número y fecha de la Apostilla, el nombre y capacidad en la que
Examinada su solicitud de informe, remitida a este Gabinete Jurídico, referente al Proyecto de Orden por la que se crea y regula el registro electrónico de Apostillas del Ministerio de Justicia y se regula
Santiago, veintiuno de octubre de mil novecientos noventa y. 1º. Que por oficio Nº 11.671, de 14 de
Santiago, veintiuno de octubre de mil novecientos noventa y siete. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1º. Que por oficio Nº 11.671, de 14 de octubre de 1997, el Honorable Senado ha enviado el proyecto de ley, aprobado
LEY DE DEPORTE DE LA NACIÓN Nº 20.655
LEY DE DEPORTE DE LA NACIÓN Nº 20.655 CAPITULO VII De las entidades deportivas ARTICULO 16º.- A los efectos establecidos en la presente ley considérense instituciones deportivas a las asociaciones que
ALGUNOS ASPECTOS JURISPRUDENCIALES EN MATERIA PENSIONAL: AUXILIO FUNERARIO, PENSIÓN DE INVALIDEZ Y MESADA 13 Y 14.
ALGUNOS ASPECTOS JURISPRUDENCIALES EN MATERIA PENSIONAL: AUXILIO FUNERARIO, PENSIÓN DE INVALIDEZ Y MESADA 13 Y 14. Por: Ángela María Bedoya Murillo -Abogada Gerencia de Asuntos Legales Suramericana S.A.-
Cartilla esencial para el trámite de Denuncia
LEGISLACIÓN APLICABLE: Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación: Ley Orgánica. Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos: Ley Federal. Acuerdo General del Pleno
Decreto que establece las disposiciones para el otorgamiento de los permisos de paternidad por nacimiento de hija o hijo de los servidores públicos,
Decreto que establece las disposiciones para el otorgamiento de los permisos de paternidad por nacimiento de hija o hijo de los servidores públicos, así como de adopción para servidoras y servidores públicos
LINEAMIENTOS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO NACIONAL DE LA CRUZADA CONTRA EL HAMBRE.
LINEAMIENTOS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO NACIONAL DE LA CRUZADA CONTRA EL HAMBRE. México, DF, a 22 de febrero de 2013. Con fecha 22 de enero de 2013, el Presidente de los Estados Unidos
Suplemento Enero 2014
DOCUMENTOS BÁSICOS Volumen I Edición de 2010 Suplemento Enero 2014 En su 109º periodo de sesiones, celebrado del 5 al 9 de noviembre de 2012, el Consejo aprobó enmiendas al Reglamento que rige las resoluciones
1.1.2. CRISTIANO. 2 Ídem
Si bien es cierto que la celebración a propósito del acto era frecuente, ésta revestía un carácter religioso, no jurídico. Con ella comenzaba el nuevo estado de la pareja, sin embargo, no era indispensable
PROTOCOLO PARA EL PROCEDIMIENTO DE RENOVACIÓN DE LA ACREDITACIÓN DE TÍTULOS UNIVERSITARIOS OFICIALES EN LA REGIÓN DE MURCIA DURANTE 2015.
PROTOCOLO PARA EL PROCEDIMIENTO DE RENOVACIÓN DE LA ACREDITACIÓN DE TÍTULOS UNIVERSITARIOS OFICIALES EN LA REGIÓN DE MURCIA DURANTE 2015. La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada
Declaraciones patrimoniales y de intereses en los congresos de la Red Latinoamericana por la Transparencia Legislativa
Declaraciones patrimoniales y de intereses en los congresos de la Red Latinoamericana por la Transparencia Legislativa La Red Latinoamericana por la Transparencia Legislativa es una red de organizaciones
