POR: Marcela del Mar Suazo Ministra del INAM MARCO LEGAL PARA LA PARTICIPACION POLITICA DE LAS MUJERES
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- José Ignacio Valdéz Sáez
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1 MUJER Y CIUDADANÍA POLITICA EN HONDURAS: (Valoracion Preliminar del Impacto de la Ley de Igualdad de Oportunidades de la Mujer y la Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas) POR: Marcela del Mar Suazo Ministra del INAM MARCO LEGAL PARA LA PARTICIPACION POLITICA DE LAS MUJERES Constitución de la República (Art. 36, 37 y 60) Convenios Internacionales(CEDAW: Art.7 y 8) Ley de Igualdad de Oportunidades de la Mujer - LIOM (Art. 75, 76 y 81) Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas LEOP (Art. 103, 104 y 105) 1
2 ARTICULOS RELEVANTES DE LA LEY L DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES DE LA MUJER Y LA LEY ELECTORAL Y DE LAS ORGANIZACIONES POLITICAS EN RELACIÓN N A DERECHOS POLITICOS DE LA MUJER LIOM Artículo 75. El Estado garantizará la democracia participativa y el ejercicio pleno de los derechos ciudadanos tanto a los hombres como a mujeres, en igualdad de oportunidades. LEOP Artículo 103. El Estado garantiza la democracia participativa y el ejercicio pleno de los derechos ciudadanos tanto a hombres como a mujeres, en igualdad de oportunidades. Los partidos políticos deben crear las condiciones materiales que permitan la incorporación real de las mujeres en todos los aspectos de la vida partidaria. ARTICULOS RELEVANTES DE LA LEY L DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES DE LA MUJER Y LA LEY ELECTORAL Y DE LAS ORGANIZACIONES POLITICAS EN RELACIÓN N A DERECHOS POLITICOS DE LA MUJER LIOM Artículo 76. El Estado, a través del Tribunal Nacional de Elecciones, garantizará que en las estructuras internas de los partidos políticos, no exista discriminación que excluya o limite la participación de las mujeres. LEOPArtículo 104. El Estado por medio del TSE, vigilará que en las estructuras de gobierno de los PP y en las candidaturas a cargo de elección popular, no exista discriminación por razón de género... y cualquier otra forma de discriminación. Para garantizar la no discriminación por razón de género, los PP aprobarán internamente, con la participación de las mujeres, una política de equidad de género, cuyo cumplimiento será supervisado por el TSE. Los Partidos Políticos estarán obligados a presentar al Tribunal un informe del cumplimiento de la política de equidad de género, seis (6) meses antes de la convocatoria a las elecciones internas y primarias 2
3 ARTICULOS RELEVANTES DE LA LEY L DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES DE LA MUJER Y LA LEY ELECTORAL Y DE LAS ORGANIZACIONES POLITICAS EN RELACIÓN N A DERECHOS POLITICOS DE LA MUJER LIOM Artículo 81. Para lograr la participación efectiva de la mujer, se establece una base de treinta por ciento (30%) en forma progresiva, hasta lograr la equidad entre hombres y mujeres, aplicable en lo relativo a los cargos de dirección de los partidos político, diputados propietarios y suplentes al Congreso Nacional, al Parlamento Centroamericano, Alcaldes y Alcadesas, Vice- Alcaldes y Regidores en posición elegibles de conformidad con una escala basada en los resultados de tres elecciones precedentes LEOP Artículo 105. Para lograr la participación efectiva de la mujer, se establece una base de treinta por ciento (30%) como mínimo, aplicable a los cargos de dirección de los Partidos Políticos, Diputados propietarios y suplentes al Congreso Nacional, al Parlamento Centroamericano, Alcaldes, Vice- Alcaldes y Regidores CONTEXTO DE APLICACION Cultura política en el país enmarcada en la anterior Ley Electoral (Decreto No. 53, 20 de Abril de 1981) Aprobación tardía de la nueva Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas(Decreto No ) frente a un inmediato proceso electoral Falta de Mecanismos de Aplicación de la Ley Electoral 3
4 IMPACTO ESPERADO Partidos Políticos: a. Actualización de los Estatutos incorporando el mandato de los artículos 103, 104 y 105 b. Cumplimiento de la LEOP en los artículos 103,104, 105: -Crear condiciones materiales para la incorporación real de las Mujeres -No discriminación: Definida y estructurada en su propia Política de Equidad de Género (mecanismos de participación, presupuesto, recursos, plan de acción y otros inherentes) -Base de 30% como mínimo en las planillas y aplicable a cada uno de los cargos de elección popular especificados en el artículo 105 Tribunal Supremo Electoral: Elaboración de Mecanismos para la Aplicación de la Ley Población: En conocimiento de la LEOP para su contribución a la democracia. COMPORTAMIENTO CICLICO AÑO Diputados Mujeres Hombres (2.4%) 80 (97.6%) (6.7%) 125 (93.3%) (9.4%) 116 (90.6%) (7.0%) 119 (93.0%) (9.4%) 116 (90.6%) (7.0%) 119 (93.0%) 4
5 RELACIÓN DE LA PARTICIPACION DE LAS MUJERES Y LOS HOMBRES EN EL CONGRESO Hombres Mujeres Hombres Mujeres DIPUTADAS PROPIETARIAS Y SUPLENTES ELECTAS FEBRERO 2005 DEPARTAMENTOS PARTIDO LIBERAL PARTIDO NACIONAL Propietarias Suplentes Propietarias Suplentes Atlántida Colón Comayagua Copán Cortés Choluteca El Paraíso Francisco Morazán Gracias a Dios Intibucá Islas de la Bahía La Paz Lempira Ocotepeque Olancho Santa Bárbara Valle Yoro SUMATORIA 27/ 36/ 33/ 31/ Porcentaje de Cumplimiento 21% 28% 26% 24% 5
6 ALCALDESAS Y VICEALCALDESAS ELECTAS EN FEBRERO 2005 DEPARTAMENTOS PARTIDO LIBERAL PARTIDO NACIONAL Alcaldesa Vice-Alcaldesa Alcaldesa Vice-Alcaldesa Atlántida (8) Colón (10) Comayagua (21) Copán (23) Cortés (12) Choluteca (16) El Paraíso (19) rancisco Morazán (28) Gracias a Dios (6) Intibucá (17) Islas de la Bahía (4) La Paz (19) Lempira (28) Ocotepeque (16) Olancho (23) Santa Bárbara (28) Valle (9) Yoro (11) SUMATORIA 23/298 71/298 31/298 69/298 centaje de Cumplimiento 7.7% 23.8% 10.4% 23.1% CUADRO COMPARATIVO DE DIPUTADAS INSCRITAS EN DOS PERIODOS AÑO 2001 Y AÑO 2005 Partidos Inscritos Año 2001 en % Año 2005 en % Comportamiento Comparativo Partido Liberal % Partido Nacional % El número de candidatas que incrementaron estos partidos es relativamente el mismo. En cuanto a números individuales es el PN el que más se acerca a cumplir la LEOP. 6
7 CONCLUSIONES Hay un avance en términos de Marco legal para reducir los obstáculos de orden jurídico que limitan la participación de la Mujer No hubo cambios sustanciales en las elecciones primarias celebradas en febrero de 2005 La aprobación de la Ley Electoral resultó tardía frente a un inmediato proceso electoral que no le permitió crear mecanismos para la aplicación de la Ley al TSE; lo mismo que desarrollar procesos de concientización en las Organizaciones Políticas y la población, sobre las nuevas reglas en los procesos electorales para garantizar una verdadera democracia RETOS Construcción de una sociedad democrática donde hombres y mujeres participen proactivamente con reglas claras y precisas en la vida política del país. Renovación de los Partidos Políticos con hombres y mujeres comprometidos a garantizar la democracia participativa y el ejercicio pleno de los Derechos ciudadanos Acercamiento de las Instituciones Políticas con las organizaciones locales para establecer alianzas encaminadas a crear condiciones favorables que garanticen una verdadera democracia. 7
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