MODELO GENERAL DE CONTABILIDAD PARA EMPRESAS PRESTADORAS DE SERVICIOS PÚBLICOS EPSP 1 TÍTULO III MARCO TÉCNICO DE ADOPCIÓN BASE.

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1 MODELO GENERAL DE CONTABILIDAD PARA EMPRESAS PRESTADORAS DE SERVICIOS PÚBLICOS EPSP 1 TÍTULO III MARCO TÉCNICO DE ADOPCIÓN BASE Capítulo 4 NORMAS TÉCNICAS PARA LA PRESENTACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS Junio de Coordinadores del Proyecto: Ricardo Vásquez Bernal Socio de Baker Tilly Colombia, Wilmar Franco Franco Gerente de Consultoría Baker Tilly Colombia, Fernanda Pérez Hernández Senior de Consultoría Baker Tilly Colombia 1

2 Tabla de Contenido Contenido A. PRESENTACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS... 5 Objetivo... 5 Aplicación... 5 Definiciones Finalidad de los estados financieros Juego completo de estados financieros Características Generales Presentación Razonable de los Estados Financieros Hipótesis de empresa en marcha Base contable de causación (Acumulación o Devengo) Materialidad o importancia relativa y agrupación de datos Compensación Frecuencia de la información Información comparativa Uniformidad en la presentación Estructura y contenido de los estados financieros Introducción Identificación de los Estados Financieros Estado de Situación Financiera (Balance General) Información que debe ser presentada en el Estado de Situación Financiera Distinción entre partidas corrientes y no corrientes Activos corrientes Pasivos corrientes Información que debe ser presentada en el Estado de Situación Financiera o en las notas Estado del Resultado Integral (Comprehensive Income) Información que debe ser presentada en el Estado de utilidad integral Resultados del período Otros ingresos del estado del resultado integral del período Información que debe ser presentada en el estado del resultado integral o en notas Estado de Cambios en el Patrimonio Notas a los Estados Financieros Estructura de las notas Revelación de las políticas contables Fuentes para la estimación de incertidumbre Capital Otras revelaciones B. ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO Aplicación Definiciones Efectivo y equivalentes de efectivo

3 2. Presentación del estado de flujo de efectivo Actividades de operación Actividades de inversión Actividades de financiación Información sobre flujos de efectivo de actividades de operación Información sobre flujos de efectivo de actividades de inversión y financiación Información sobre flujos de efectivo sobre una base neta Flujos de efectivo en moneda extranjera Intereses y dividendos Impuesto sobre las ganancias Inversiones en entidades subordinadas o dominadas, asociadas y negocios conjuntos Cambios en las participaciones de la propiedad de entidades subordinadas o dominadas y otros negocios Transacciones no monetarias Componentes del efectivo y equivalentes de efectivo Otras revelaciones C. POLÍTICAS CONTABLES, CAMBIOS EN ESTIMACIONES Y ERRORES Aplicación Definiciones Políticas Contables Selección y aplicación de políticas contables Uniformidad de las políticas contables Cambios en políticas contables Aplicación de los cambios en políticas contables Aplicación retroactiva Limitaciones a la aplicación retroactiva Revelaciones Cambios en estimaciones contables Revelaciones Errores Limitaciones a la reexpresión retroactiva Revelaciones sobre errores de períodos anteriores Impracticabilidad de la aplicación y la reexpresión retroactivas D. EVENTOS OCURRIDOS DESPUÉS DE LA FECHA DEL BALANCE Aplicación Definiciones Reconocimiento y medición Eventos ocurridos después de la fecha del Estado de Situación Financiera que implican ajustes Eventos ocurridos después de la fecha del Estado de Situación Financiera que no implican ajustes Distribución de dividendos Empresa en marcha Revelaciones Fecha de autorización para la publicación de los estados financieros

4 3.2. Actualización de las revelaciones sobre condiciones existentes en la fecha del Estado de Situación Financiera Eventos ocurridos después de la fecha del Estado de Situación Financiera que no implican ajustes E. ESTADOS FINANCIEROS DE PERÍODOS INTERMEDIOS Aplicación Definiciones Contenido de los estados financieros de períodos intermedios Componentes mínimos de los estados financieros de períodos intermedios Forma y contenido de los estados financieros intermedios Notas explicativas seleccionadas Periodos para los que se requiere la presentación de estados financieros intermedios Importancia relativa o materialidad Revelaciones en los estados financieros anuales Reconocimiento y medición Aplicar las mismas políticas contables utilizadas al preparar los estados financieros anuales Ingresos ordinarios recibidos de forma estacional, cíclica u ocasionalmente Costos incurridos de manera no uniforme a lo largo del periodo Uso de estimaciones Reexpresión de estados financieros de períodos anteriores F. SEGMENTOS DE OPERACION Aplicación G. ESTADOS FINANCIEROS DE PROPÓSITO ESPECIAL Definición Clases Balance inicial Estados de costos Estado de inventarios Estados financieros Extraordinarios Estados de liquidación Estados preparados sobre una base comprensiva de contabilidad distinta de los PCGA Estados financieros certificados y dictaminados Cuentas de orden Cuentas de orden contingentes Cuentas de orden fiscales Cuentas de orden de control

5 A. PRESENTACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS Objetivo Establecer las bases para la presentación de los estados financieros de propósito general, para asegurar que los mismos sean comparables, tanto con los estados financieros de la misma entidad correspondientes a periodos anteriores, como con los de otras entidades. Esta norma también establece los requerimientos generales para la presentación de los estados financieros, guías para determinar su estructura y requisitos mínimos sobre su contenido. Aplicación Esta norma debe ser aplicada por las EPSP al preparar y presentar estados financieros de propósito general. Los estados financieros de propósito general son aquéllos que pretenden cubrir las necesidades de usuarios que no están en condiciones de exigir informes a la medida de sus necesidades específicas de información. Los estados financieros con propósito de información general comprenden aquellos que se presentan de forma separada, o dentro de otro documento de carácter público, como el informe anual o un folleto o prospecto de información bursátil. Esta norma no será de aplicación para determinar la estructura y contenido de los estados financieros de períodos intermedios, que se presenten de forma condensada, los cuales se elaboran de acuerdo con lo establecido en la norma técnica de estados financieros de períodos intermedios : Definiciones Estados Financieros de Propósito General: Los estados financieros de propósito general (en adelante estados financieros) son aquellos que tienen la intención de satisfacer las necesidades de usuarios que no están en posición de exigir a una entidad que prepare informes financieros hechos a la medida de sus necesidades específicas de información. Tienen como fin satisfacer el interés común del público al evaluar la capacidad de un ente económico para generar flujos favorables de fondos. Ajustes por reclasificación. Son cantidades reclasificadas a los resultados del período que fueron reconocidas en Otros ingresos del estado del resultado integral en el período actual o en períodos anteriores. Impracticable. La aplicación de un requisito es impracticable cuando la EPSP no puede aplicarlo tras efectuar todos los esfuerzos razonables para hacerlo. Materialidad (o importancia relativa). Las omisiones o inexactitudes de partidas son materiales (o tienen importancia relativa) si pueden, individualmente o en su conjunto, influir en las 5

6 decisiones económicas tomadas por los usuarios con base en los estados financieros. La materialidad (o importancia relativa) depende de la magnitud y la naturaleza de la omisión o inexactitud, enjuiciada en función de las circunstancias particulares en que se hayan producido. La magnitud o la naturaleza de la partida, o una combinación de ambas, podría ser el factor determinante. Notas a los Estados Financieros: Las notas contienen información adicional a la presentada en el Estado de Situación Financiera (Balance General), en el estado del resultado integral o en el estado de resultados separado (cuando este se presenta), en el estado de cambios en el patrimonio y en el estado de flujos de efectivo. Las notas suministran descripciones narrativas o desagregaciones de las partidas presentadas en los estados financieros e información acerca de las partidas que no califican para ser reconocidos en dichos estados. Otros ingresos del Estado del Resultado Integral: Comprende partidas de ingresos y gastos (incluyendo los ajustes del período) que no son reconocidos en los resultados del período (resultado del período) por considerarse no realizadas. Los componentes de los Otros ingresos del estado del resultado integral incluyen: a. Cambios en la valorización de las Propiedades, Planta y Equipo y otros activos; b. Ganancias y pérdidas actuariales de planes de beneficios definidos; c. Ganancias y pérdidas originadas de la conversión de los estados financieros de operaciones extranjeras; d. Ganancias y pérdidas derivadas de la remedición de activos financieros disponibles para la venta; e. La porción efectiva de las ganancias y pérdidas de instrumentos de cobertura en una cobertura de flujos de efectivo. Propietarios: Son los tenedores de instrumentos de capital de la Entidad. Beneficios o Pérdidas del Período (Resultados del período). Es el total de ingresos menos los gastos, excluyendo los componentes de Otros ingresos de la Utilidad Integral. Resultado Integral Total. Es el cambio en el patrimonio durante un período resultante de transacciones y otros eventos, diferentes de aquellos cambios resultantes de transacciones con los propietarios en su condición de propietarios. El resultado integral total comprende todos los componentes del Resultado del Período y de los otros ingresos de la Utilidad Integral. 1 Finalidad de los estados financieros. Los estados financieros constituyen una representación estructurada de la situación financiera y del desempeño financiero de una entidad. El objetivo de los estados financieros de propósito general es suministrar información acerca de la situación financiera, del desempeño financiero y de los flujos de efectivo de la entidad, que sea útil a una amplia variedad de usuarios a la hora de tomar sus decisiones económicas. Los estados financieros también muestran los resultados de la gestión realizada por los administradores con los recursos que se les han confiado. Para cumplir 6

7 este objetivo, los estados financieros suministrarán información acerca de los siguientes elementos de una Entidad: a. Activos; b. Pasivos; c. Patrimonio; d. Ingresos y Gastos, incluyendo las ganancias y pérdidas; e. Contribuciones y distribuciones a los propietarios; f. Flujos de efectivo. Esta información, junto con la contenida en las notas, ayudará a los usuarios a predecir los flujos de efectivo futuros y, en particular, su distribución temporal y el grado de certidumbre de los mismos. 2 Juego completo de estados financieros Un juego completo de estados financieros comprende: a. Un estado de situación financiera (balance general) al final del período; b. Un estado del resultado integral del período; c. Un estado de cambios en el patrimonio del período; d. Un estado de flujos de efectivo del período; e. notas, que incluyan un resumen de las políticas contables más significativas y otra información explicativa; y f. Un estado de situación financiera al principio del primer periodo comparativo, cuando una entidad aplique una política contable retroactivamente o realice una reexpresión retroactiva de partidas en sus estados financieros, o cuando reclasifique partidas en sus estados financieros. Una entidad puede utilizar otras denominaciones o títulos para referirse a los anteriores estados financieros. Una EPSP debe presentar con el mismo nivel de importancia cada uno de los estados financieros que forman un juego completo de estados financieros. Una entidad puede presentar los componentes del resultado como parte de un único estado del resultado integral o en un estado de resultados separado. Cuando se presente un estado de resultados separado como parte de un juego completo de estados financieros, y deberá mostrarse inmediatamente antes del estado del resultado integral. Muchas entidades presentan, aparte de los estados financieros, un análisis financiero, elaborado por la administración, que describe y explica las características principales del desempeño y la situación financiera de una entidad, así como las incertidumbres más importantes a las que se enfrenta. Este informe puede incluir un examen de: 7

8 a. Los principales factores e influencias que han determinado el desempeño financiero, incluyendo los cambios en el entorno en que opera la entidad, la respuesta que la entidad ha dado a tales cambios y su efecto, así como la política de inversiones que sigue para mantener y mejorar el mismo, incluyendo su política de dividendos; b. Las fuentes de financiación de la entidad, así como su objetivo respecto al coeficiente de deudas sobre el patrimonio. c. los recursos de la entidad cuyo valor no quede reflejado en el Estado de Situación Financiera de la entidad. Muchas entidades también presentan, adicionalmente a sus estados financieros, otros informes y estados tales como los relativos al estado del valor agregado o a la información medioambiental, particularmente en sectores industriales donde los trabajadores se consideran un importante grupo de usuarios o bien los factores del medioambiente resultan significativos, respectivamente. Estos informes están por fuera del alcance de esta norma. 3 Características Generales 3.1 Presentación Razonable de los Estados Financieros Los estados financieros deben presentar razonablemente la situación financiera, el desempeño financiero y los flujos de efectivo de una entidad. Esta presentación exige la representación fidedigna de los efectos de las transacciones, así como de otros eventos y condiciones, de acuerdo con las definiciones y los criterios de reconocimiento de activos, pasivos, ingresos y gastos establecidos en el marco conceptual. Se presume que la aplicación del MGC, acompañada de información adicional cuando sea preciso, dará lugar a estados financieros que proporcionen una presentación razonable. Una entidad cuyos estados financieros cumplan con las normas técnicas del Modelo General de Contabilidad debe hacer una declaración explícita y sin reservas de su cumplimiento en las notas a los estados financieros (bases de preparación de los estados financieros). Una entidad no debe describir que cumple con el Marco Técnico del Modelo General de Contabilidad para Entidades Prestadoras de Servicios Públicos, si no cumple con todos los requerimientos del modelo. La presentación razonable de los estados financieros se alcanzará cumpliendo con la totalidad de las normas técnicas contenidas en el MGC. Para tal efecto también se requiere que una entidad: a. Seleccione y aplique las políticas contables de acuerdo con lo establecido en la norma técnica de políticas contables, cambios en estimaciones y errores. b. Presente la información, incluida la referente a las políticas contables, de manera que sea relevante, fiable, comparable y comprensible. c. Suministre información adicional cuando los requisitos establecidos en el modelo resulten insuficientes para permitir a los usuarios comprender el impacto de determinadas transacciones, así como de otros eventos o condiciones, sobre la situación financiera y el desempeño financiero de la entidad. 8

9 Las políticas contables inadecuadas no quedarán legitimadas por el hecho de dar información acerca de las mismas, ni tampoco por la inclusión de notas u otro material explicativo al respecto. En la circunstancia extremadamente rara de que la administración de una entidad concluya que cumplir con un requisito establecido en una norma técnica conduciría a un error tal que entrara en conflicto con el objetivo de los estados financieros establecido en el marco conceptual, la EPSP no la aplicará, siempre que el marco técnico que resulte aplicable exija, o bien no prohíba, esta falta de aplicación. Cuando una entidad no aplique un requisito establecido revelará información sobre los siguientes extremos: a. que la administración ha llegado a la conclusión de que los estados financieros presentan razonablemente la situación y desempeño financiero y los flujos de efectivo; b. que se ha cumplido con las normas aplicables, excepto en el caso particular del requisito no aplicado para lograr una presentación razonable; c. La norma técnica que la entidad ha dejado de aplicar, la naturaleza de la disensión, las razones por las que ese tratamiento conduciría a un error de tal forma que entrase en conflicto con el objetivo de los estados financieros fijado en el Marco Conceptual, así como el tratamiento alternativo adoptado; y d. Para cada periodo sobre el que se presente información, el impacto financiero que haya supuesto la falta de aplicación descrita sobre cada partida de los estados financieros que deberían haber sido presentados cumpliendo con el requisito en cuestión. En la circunstancia extremadamente rara de que la gerencia concluyera que cumplir con un requerimiento técnico resulte tan engañoso como para entrar en conflicto con el objetivo de los estados financieros establecido en el Marco Conceptual, pero el marco regulatorio prohibiera apartarse del tratamiento establecido, la entidad reducirá, en la medida de lo posible, los aspectos de cumplimiento que perciba como causantes del engaño, mediante la revelación de: a. el título de la norma técnica, la naturaleza del requerimiento, y la razón por la cual la gerencia ha llegado a la conclusión de que su cumplimiento sería tan engañoso como para entrar en conflicto con el objetivo de los estados financieros establecido en el Marco Conceptual; y b. para cada periodo presentado, los ajustes a cada partida de los estados financieros que, según la conclusión de la gerencia, serían necesarios para lograr una presentación razonable. Una partida entraría en conflicto con el objetivo de los estados financieros cuando no representase razonablemente las transacciones, así como los otros eventos y condiciones que debiera representar, o pudiera razonablemente esperarse que representara y, en consecuencia, fuera probable que influyera en las decisiones económicas tomadas por los usuarios a partir de los estados financieros. Al evaluar si el cumplimiento de un requerimiento específico pudiera resultar engañoso y entrar en conflicto con el objetivo de los estados financieros establecido en el Marco Conceptual, la administración considerará los siguientes aspectos: 9

10 a. por qué no se alcanza el objetivo de los estados financieros, en las circunstancias particulares que se están sopesando; y b. la manera en que las circunstancias de la entidad difieren de las que se dan en otras entidades que cumplen con el requisito en cuestión. Si otras entidades cumplieran con dicho requisito en circunstancias similares, existiría la presunción refutable de que el cumplimiento del requisito, por parte de la entidad, no sería engañoso ni entraría en conflicto con el objetivo de los estados financieros establecido en el Marco Conceptual. 3.2 Hipótesis de empresa en marcha Al elaborar los estados financieros, la administración evaluará la capacidad que tiene la entidad para continuar en funcionamiento. Los estados financieros se elaborarán bajo la hipótesis de empresa en marcha, a menos que la administración pretenda liquidar la entidad o cesar en su actividad, o bien no exista otra alternativa más realista que proceder de una de estas formas. Cuando la administración, al realizar esta evaluación, sea consciente de la existencia de incertidumbres importantes, relativas a eventos o condiciones que puedan aportar dudas significativas sobre la posibilidad de que la entidad siga funcionando normalmente, procederá a revelarlas en los estados financieros. En el caso de que los estados financieros no se elaboren bajo la hipótesis de empresa en marcha, tal hecho será objeto de revelación explícita, junto con las hipótesis alternativas sobre las que han sido elaborados, así como las razones por las que la EPSP no puede ser considerada como una empresa en marcha. Al evaluar si la hipótesis de empresa en marcha resulta apropiada, la administración tendrá en cuenta toda la información que esté disponible para el futuro, que deberá cubrir al menos, pero no limitarse a, los doce meses siguientes a partir de la fecha de balance. El grado de detalle de las consideraciones dependerá de los hechos que se presenten en cada caso. Cuando la entidad tenga un historial de operación rentable, así como facilidades de acceso a recursos financieros, la conclusión de que utilizar la hipótesis de empresa en marcha es lo apropiado, podrá alcanzarse sin realizar un análisis en profundidad. En otros casos, la administración, antes de convencerse a sí misma de que la hipótesis de continuidad resulta apropiada, habría de ponderar una amplia gama de factores relacionados con la rentabilidad actual y esperada, el calendario de pagos de la deuda y las fuentes potenciales de sustitución de la financiación existente. 3.3 Base contable de causación (Acumulación o Devengo) Salvo en lo relacionado con la información sobre flujos de efectivo, una entidad elaborará sus estados financieros utilizando la base contable de causación o devengo. Cuando se emplea la base contable de causación (o devengo), las partidas se reconocerán como activos, pasivos, patrimonio, ingresos y gastos cuando satisfagan las definiciones y los criterios de reconocimiento previstos en el Marco Conceptual para tales elementos. 10

11 3.4 Materialidad o importancia relativa y agrupación de datos Una EPSP presentará por separado cada clase significativa de partidas similares. Una entidad presentará por separado las partidas de naturaleza o función distinta, a menos que no tengan importancia relativa. Los estados financieros son el producto del procesamiento de un gran número de transacciones y otros eventos, que se agrupan por clases de acuerdo con su naturaleza o función. La etapa final del proceso de agregación y clasificación es la presentación de datos condensados y clasificados, que constituyen las partidas de los estados financieros. Si una partida concreta careciese de importancia relativa por sí sola, se agregará con otras partidas, ya sea en los estados financieros o en las notas. Una partida que no tenga la suficiente importancia relativa como para justificar su presentación separada en esos estados financieros puede justificar su presentación separada en las notas. No es necesario que una entidad proporcione una revelación específica requerida en una norma técnica si la información carece de importancia relativa. 3.5 Compensación Una EPSP no compensará activos con pasivos, ni ingresos con gastos, salvo cuando la compensación sea permitida o exigida en una norma técnica. Una entidad debe informar por separado sobre sus activos y pasivos e ingresos y gastos. La compensación en el estado del resultado integral o en el estado de situación financiera o en el estado de resultados separado (cuando se lo presenta) limita la capacidad de los usuarios para comprender las transacciones y otros eventos y condiciones que se hayan producido, así como para evaluar los flujos futuros de efectivo de la entidad, excepto cuando la compensación sea un reflejo del fondo de la transacción o evento. La medición por el neto en el caso de los activos sujetos a correcciones valorativas por ejemplo correcciones por deterioro del valor de inventarios por obsolescencia y de las cuentas por cobrar de dudoso cobro no es una compensación. En la norma técnica relacionada con los ingresos ordinarios se exige que estos sean medidos por el valor razonable de la contrapartida, recibida o por recibir, teniendo en cuenta el importe de cualquier descuento comercial y rebaja por volumen de ventas que sean practicados por la entidad. Una entidad llevará a cabo, en el curso normal de sus actividades, otras transacciones accesorias a las actividades que generan los ingresos ordinarios (o de operación) más importantes. Los resultados de tales transacciones se presentarán compensando los ingresos con los gastos que genere la misma operación, siempre que este tipo de presentación refleje el fondo de la transacción. Por ejemplo: a. las ganancias o pérdidas por la disposición de activos no corrientes, entre los que se encuentran ciertas inversiones financieras y los activos no corrientes de la operación, se suelen presentar netas, deduciendo del importe recibido por la venta el valor en libros del activo y los gastos de venta correspondientes; y 11

12 b. los desembolsos relativos a las provisiones reconocidas que hayan sido reembolsados a la entidad como consecuencia de un acuerdo contractual con terceros (por ejemplo, un acuerdo de garantía de productos cubierto por un proveedor), se podrán compensar con los reembolsos efectivamente recibidos. Además de lo anterior, las pérdidas o ganancias que procedan de un grupo de transacciones similares, se presentarán compensando los importes correspondientes, bien en el caso de las diferencias de cambio en moneda extranjera, o bien en el caso de pérdidas o ganancias derivadas de activos financieros mantenidos para negociar. Sin embargo, tales pérdidas y ganancias se presentarán por separado si poseen materialidad. 3.6 Frecuencia de la información Al menos anualmente, con corte al 31 de diciembre, una EPSP debe preparar y presentar un juego completo de estados financieros de propósito general (incluyendo información comparativa). Cuando una entidad cambie el cierre del periodo sobre el que informa y presente los estados financieros para un periodo contable superior o inferior a un año, revelará, además del periodo cubierto por los estados financieros: a. la razón para utilizar un periodo de duración inferior o superior; y b. el hecho de que los importes presentados en los estados financieros no son totalmente comparables. Normalmente, los estados financieros se preparan uniformemente, abarcando periodos anuales. No obstante, determinadas entidades prefieren informar, por razones prácticas, sobre intervalos diferentes de tiempo. 3.7 Información comparativa Salvo que otra norma técnica lo permita o requiera otra cosa, una entidad revelará información comparativa respecto del periodo anterior para todos los importes incluidos en los estados financieros del periodo corriente. Una entidad incluirá información comparativa para la información de tipo descriptivo y narrativo, cuando esto sea relevante para la comprensión de los estados financieros del periodo corriente. Una EPSP que revele información comparativa presentará, como mínimo, dos estados de situación financiera, dos de cada uno de los restantes estados, y las notas relacionadas. Cuando una entidad aplique una política contable retroactivamente o realice una reexpresión retroactiva de partidas en sus estados financieros, o cuando reclasifique partidas en sus estados financieros, presentará, como mínimo, tres estados de situación financiera, dos de cada uno de los restantes estados, y las notas relacionadas. Una entidad presentará estados de situación financiera: a. al cierre del periodo corriente, b. al cierre del periodo anterior (que es el mismo que el del comienzo del periodo corriente), y 12

13 c. al principio del primer periodo comparativo. En algunos casos, la información descriptiva suministrada en los estados financieros de los periodos anteriores, continúa siendo relevante en el periodo corriente. Por ejemplo, los detalles de un litigio, cuyo desenlace era incierto en la fecha de balance anterior, y está todavía por resolver, se incluirán también en la información del periodo corriente. Los usuarios encontrarán de interés saber que la incertidumbre existía ya en la fecha del anterior balance, así como los pasos que se han dado durante el periodo actual para tratar de resolverla. Cuando una EPSP modifique la forma de presentación o la clasificación de las partidas de los estados financieros, también se reclasificarán los importes correspondientes a la información comparativa, a menos que resultase impracticable hacerlo. Cuando los importes comparativos se reclasifiquen, la entidad deberá revelar: a. la naturaleza de la reclasificación; b. el importe de cada partida o grupo de partidas que se han reclasificado; y c. el motivo de la reclasificación. Cuando la reclasificación de los importes comparativos resulte impracticable, la entidad deberá revelar: a. el motivo para no reclasificar los importes; y b. la naturaleza de los ajustes que tendrían que haberse efectuado si los importes hubieran sido reclasificados. Mejorar la comparabilidad de la información entre periodos ayuda a los usuarios en la toma de decisiones económicas, sobre todo al permitir la evaluación de tendencias en la información financiera con propósitos predictivos. En algunas circunstancias, la reclasificación de la información comparativa de periodos anteriores concretos para conseguir la comparabilidad con las cifras del periodo corriente es impracticable. Por ejemplo, una entidad puede no haber calculado algunos datos en periodos anteriores, de una manera que permita su reclasificación y la reproducción de la información es, por tanto, impracticable. La norma técnica políticas contables, cambios en estimaciones y errores establece los ajustes a realizar en la información comparativa requerida, cuando una entidad cambia una política contable o corrige un error. 3.8 Uniformidad en la presentación La presentación y clasificación de las partidas en los estados financieros se conservará de un periodo a otro, a menos que: a. Sea evidente, a raíz de un cambio en la naturaleza de las actividades de la EPSP o una revisión de sus estados financieros, que sería más apropiada otra presentación u otra clasificación. 13

14 b. Otra norma técnica contenida en el MGC requiera un cambio en la presentación de los estados financieros. Por ejemplo, una adquisición o disposición significativa, o una revisión de la presentación de los estados financieros, podrían sugerir que dichos estados financieros necesiten ser presentados de forma diferente. En estos casos, la entidad cambiará la presentación de sus estados financieros sólo si dicho cambio suministra información fiable y más relevante para los usuarios de los estados financieros, y la nueva estructura tuviera visos de continuidad, de forma que la comparabilidad no se vea perjudicada. Cuando se realicen estos cambios en la presentación, una entidad reclasificará su información comparativa. 4 Estructura y contenido de los estados financieros 4.1 Introducción Esta Norma exige que se revele determinada información en el estado de situación financiera o en el Estado de Utilidad Integral, en el estado de resultados separado (cuando se lo presenta), o en el estado de cambios en el patrimonio, y requiere la revelación de partidas en estos estados o en las notas. La norma técnica Estado de Flujos de Efectivo establece los requerimientos de presentación para la información sobre los flujos de una EPSP. En esta norma a menudo utiliza el término revelaciones en un sentido amplio, incluyendo partidas presentadas en los estados financieros. Otras normas técnicas del MGC también pueden requerir otro tipo de revelaciones. A menos que en esta norma u otras especifique lo contrario, tales revelaciones pueden realizarse en los estados financieros. 4.2 Identificación de los Estados Financieros Una EPSP identificará claramente los estados financieros y los distinguirá de cualquier otra información publicada en el mismo documento. El MGC aplica solo a los estados financieros, y no necesariamente a otra información presentada en un informe anual, en las presentaciones a entidades reguladores o en otros documentos. Por tanto, es importante que los usuarios sean capaces de distinguir la información que se prepara utilizando el MGC de cualquier otra información que, aunque les pudiera ser útil, no está sujeta a los requerimientos de éstas. Una entidad identificará claramente cada estado financiero y las notas. Además, la siguiente información se mostrará en lugar destacado, y se repetirá cuantas veces sea necesario para una correcta comprensión de la información presentada: a. el nombre, u otro tipo de identificación, de la entidad que presenta la información, así como cualquier cambio en esa información desde la fecha de balance precedente; b. si los estados financieros pertenecen a la entidad individual o a un grupo de entidades; 14

15 c. la fecha de balance o el periodo cubierto por los estados financieros, según resulte adecuado al componente en cuestión de los estados financieros ; d. la moneda de presentación de los estados financieros; y e. el nivel de redondeo utilizado al presentar las cifras en los estados financieros. Los requisitos exigidos en el párrafo anterior se cumplirán, normalmente, mediante informaciones que se suministren en los encabezamientos de las páginas, así como en las denominaciones abreviadas de las columnas de cada página, dentro de los estados financieros. Es necesaria la utilización de elementos de juicio para determinar la mejor manera de presentar esta información. Por ejemplo, cuando los estados financieros se presentan electrónicamente no siempre están separados en páginas; por ello los anteriores elementos se presentarán con la suficiente frecuencia como para asegurar una comprensión apropiada de la información que se suministra. A menudo, los estados financieros resultan más comprensibles presentando las cifras en miles o millones de unidades monetarias de la moneda de presentación. Esto será aceptable en la medida en que se informe sobre el nivel de agregación o redondeo de las cifras, y siempre que no se pierda información material, o de importancia relativa, al hacerlo. 4.3 Estado de Situación Financiera (Balance General) Información que debe ser presentada en el Estado de Situación Financiera Como mínimo el Estado de Situación Financiera de una entidad debe incluir líneas específicas que presenten los siguientes importes: a. Propiedades, planta y equipo; b. Propiedades de inversión; c. Activos intangibles; d. Activos financieros (excluidos los mencionados en los literales (e),(h) e (i) posteriores); e. Inversiones contabilizadas aplicando el método de participación patrimonial (Asociadas); f. Activos biológicos; g. Inventarios; h. Deudores comerciales y otras cuentas a cobrar; i. Efectivo y equivalentes de efectivo; j. Total de activos y grupos en desapropiación clasificados como mantenidos para la venta; k. Acreedores comerciales y otras cuentas por pagar; l. Provisiones; m. Pasivos financieros (excluyendo los importes mencionados en los apartados (k) y (l) anteriores); n. Pasivos y activos por impuestos corrientes; o. Pasivos y activos por impuestos diferidos; p. Pasivos incluidos en grupos en desapropiación clasificados como mantenidos para la venta; q. Participaciones minoritarias incluidas dentro del patrimonio; r. Capital emitido y reservas atribuibles a los propietarios de la matriz o controlante. 15

16 En el Estado de Situación Financiera se presentarán rúbricas adicionales que contengan otras partidas, así como agrupaciones y subtotales de las mismas, cuando tal presentación sea relevante para la comprensión de la situación financiera de una entidad. Cuando una entidad presente por separado los activos y los pasivos en el Estado de Situación Financiera, según sean corrientes o no corrientes, no clasificará los activos (o pasivos) por impuestos diferidos como activos (o pasivos) corrientes. Esta norma no prescribe ni el orden ni el formato concreto para la presentación de las partidas en los estados financieros; su objetivo es suministrar una lista de partidas lo suficientemente diferentes, en su naturaleza o función, como para requerir una presentación por separado en el Estado de Situación Financiera. Además de lo anterior una entidad podrá: a. Añadir otras rúbricas cuando el tamaño, naturaleza o función de una partida o grupo de partidas sea tal que la presentación por separado resulte relevante para comprender la situación financiera de la entidad. b. Las denominaciones utilizadas y la ordenación de las partidas o grupos de partidas, podrán ser modificadas de acuerdo con la naturaleza de la entidad y de sus transacciones, con el fin de suministrar la información necesaria para una comprensión global de la situación financiera de la entidad. La decisión de presentar partidas separadas adicionales por parte de una entidad se basará en una evaluación de: a. La naturaleza y liquidez de los activos; b. La función de los activos dentro de la entidad; y c. Los importes, la naturaleza y el plazo de los pasivos. La utilización de diferentes bases de medición para distintas clases de activos sugiere que su naturaleza o función difieren y, en consecuencia, que deben ser presentados en rúbricas separadas Distinción entre partidas corrientes y no corrientes Una EPSP debe presentar sus activos corrientes y no corrientes, así como sus pasivos corrientes y no corrientes, como categorías separadas dentro del Estado de Situación Financiera, excepto cuando la presentación basada en el grado de liquidez proporcione, una información relevante que sea más fiable. Cuando la excepción es aplicada una entidad debe presentar todos los activos y pasivos en orden de su grado de liquidez. Independientemente del método de presentación adoptado, una EPSP revelará el importe esperado a recuperar o a cancelar después de los doce meses para cada partida de activo o pasivo que combine importe a recuperar o a cancelar: a. dentro de los doce meses siguientes después del periodo sobre el que se informa, y 16

17 b. después de doce meses tras esa fecha. Cuando una EPSP suministre bienes o preste servicios, dentro de un ciclo de operación claramente identificable, la separación entre las partidas corrientes y no corrientes, tanto en el activo como en el pasivo, supondrá una información útil al distinguir los activos netos de uso continuo como capital de trabajo, de los utilizados en las operaciones a largo plazo. Esta distinción servirá también para poner de manifiesto tanto los activos que se espera realizar en el transcurso del ciclo normal de la operación, como los pasivos que se deban liquidar en el mismo periodo. Para algunas entidades, la presentación de activos y pasivos en orden ascendente o descendente de liquidez, proporciona información fiable y más relevante que la presentación corriente-no corriente, debido a que la entidad no suministra bienes o presta servicios dentro de un ciclo de operación claramente identificable. Una entidad podría presentar algunos de sus activos y pasivos empleando la clasificación corriente-no corriente, y otros en orden a su liquidez, siempre que esto proporcione información fiable y más relevante. La necesidad de mezclar las bases de presentación podría aparecer cuando una entidad realice actividades diferentes. La información sobre las fechas esperadas de realización de los activos y pasivos es útil para evaluar la liquidez y la solvencia de una entidad. Una entidad debe revelar información acerca de las fechas de vencimiento tanto de sus activos financieros como de sus pasivos financieros. Entre los activos financieros se encuentran las cuentas deudores comerciales y otras cuentas a cobrar, y entre los pasivos financieros se encuentran las cuentas de acreedores comerciales y otras cuentas por pagar. También será de utilidad la información acerca de las fechas de recuperación y cancelación de los activos y pasivos no monetarios, tales como inventarios y provisiones, con independencia de que en el Estado de Situación Financiera se efectúe la distinción entre partidas corrientes y no corrientes. Este puede ser el caso, por ejemplo, cuando la entidad informe sobre los saldos de inventarios que espera realizar en un plazo superior a doce meses desde la fecha de balance Activos corrientes Un activo se clasificará como corriente cuando satisfaga alguno de los siguientes criterios: a. Se espere realizar, o se pretenda vender o consumir, en el transcurso del ciclo normal de la operación de la entidad; a. Se mantenga fundamentalmente con fines de negociación; b. Se espere realizar dentro del periodo de los doce meses posteriores a la fecha de balance; o b. Se trate de efectivo u otro medio equivalente al efectivo, cuya utilización no esté restringida, para ser intercambiado o usado para cancelar un pasivo, al menos dentro de los doce meses siguientes a la fecha de balance. 17

18 Todos los demás activos se clasificarán como no corrientes. En esta norma se utiliza el término no corriente para referirse a activos tangibles, intangibles y financieros que por su naturaleza son a largo plazo. No está prohibido el uso de descripciones alternativas siempre que su significado quede claro. El ciclo normal de la operación de una entidad es el periodo de tiempo que transcurre entre la adquisición de los activos materiales, que entran en el proceso productivo, y la realización de los productos en forma de efectivo o equivalentes de efectivo. Cuando el ciclo normal de operación en una EPSP no resulte claramente identificable, se asumirá que es de doce meses. El activo corriente incluye activos tales como inventarios y deudores comerciales que se van a vender, consumir y realizar, dentro del ciclo normal de la operación, incluso cuando los mismos no se esperen realizar dentro del periodo de doce meses desde la fecha de balance. Los activos corrientes incluyen activos que se mantienen fundamentalmente para negociación, como en el caso de los activos financieros mantenidos para negociar y la parte corriente de otros activos financieros no corrientes Pasivos corrientes Un pasivo se clasificará como corriente cuando satisfaga alguno de los siguientes criterios: a. Se espere liquidar en el ciclo normal de la operación de la entidad; b. Se mantenga fundamentalmente para negociación; c. Deba liquidarse dentro del periodo de doce meses desde la fecha de balance; o d. La entidad no tenga un derecho incondicional para aplazar la cancelación del pasivo durante, al menos, los doce meses siguientes a la fecha de balance. Todos los demás pasivos se clasificarán como no corrientes. Algunos pasivos corrientes, tales como los acreedores comerciales, y otros pasivos acumulados, ya sea por costos de personal o por otros costos de operación, formarán parte del capital de trabajo utilizado en el ciclo normal de operación de la EPSP. Estas partidas, relacionadas con la operación, se clasificarán como corrientes incluso si su vencimiento se va a producir más allá de los doce meses posteriores a la fecha de balance. El mismo ciclo normal de operación se aplicará a la clasificación de los activos y pasivos de la entidad. Cuando el ciclo normal de la operación no sea claramente identificable, se supondrá que su duración es de doce meses. Otros tipos de pasivos corrientes no proceden del ciclo normal de la operación, pero deben ser atendidos porque vencen dentro de los doce meses siguientes a la fecha de balance o se mantienen fundamentalmente con propósitos de negociación. Son ejemplos los pasivos financieros mantenidos para negociación, los sobregiros (descubiertos) bancarios, la parte corriente de los pasivos no corrientes, los dividendos por pagar, los impuestos a las ganancias y otras cuentas por pagar no comerciales. Los pasivos financieros que proporcionan financiación a largo plazo (es decir, no forman parte del capital de trabajo utilizado en el ciclo normal de operación de la entidad) y que no deban liquidarse después de los doce meses a partir de la 18

19 fecha del periodo sobre el que se informa, se clasificarán como pasivos no corrientes, sujetos a las condiciones señaladas en los párrafos anteriores. Una entidad clasificará sus pasivos financieros como corrientes cuando deban liquidarse dentro de los doce meses siguientes a la fecha del periodo sobre el que informa, aunque: a. El plazo original del pasivo fuera un periodo superior a doce meses; y b. Exista un acuerdo de refinanciación o de reestructuración de los pagos a largo plazo, que se haya concluido después de la fecha de balance y antes de que los estados financieros sean autorizados para su publicación. Si una EPSP tuviera la expectativa y, además, la facultad de renovar o refinanciar algunas obligaciones de pago al menos durante los doce meses siguientes a la fecha de balance, de acuerdo con las condiciones de financiación existente, clasificará tales obligaciones como no corrientes, aún cuando de otro modo serían canceladas a corto plazo. No obstante, cuando la refinanciación o renovación no sea una facultad de la entidad, el aplazamiento no se tendrá en cuenta, y la obligación se clasificará como corriente. Cuando una entidad incumpla un compromiso adquirido en un contrato de préstamo a largo plazo en o antes de la fecha de balance, con el efecto de que el pasivo se haga exigible a voluntad del prestamista, tal pasivo se clasificará como corriente, aún si el prestamista hubiera acordado, después de la fecha de balance y antes de que los estados financieros hubieran sido autorizados para su publicación, no exigir el pago como consecuencia del incumplimiento. El pasivo se clasificará como corriente porque, en la fecha de balance, la entidad no tiene el derecho incondicional de aplazar la cancelación del pasivo durante al menos, doce meses tras la fecha de balance. Sin embargo, una EPSP clasificará el pasivo como no corriente si el prestamista hubiese acordado, en la fecha de balance, conceder un periodo de gracia que finalice al menos doce meses después de esta fecha, dentro de cuyo plazo la entidad puede rectificar el incumplimiento y durante el cual el prestamista no puede exigir el reembolso inmediato. Respecto a los préstamos clasificados como pasivos corrientes, si se produjese cualquiera de los siguientes eventos entre la fecha de balance y la fecha en que los estados financieros son autorizados para su publicación, la entidad estará obligada a revelar la correspondiente información como eventos ocurridos después de la fecha de balance que no implican ajustes, de acuerdo con lo establecido en la norma técnica eventos ocurridos después de la fecha de balance : a. Refinanciación a largo plazo; b. Rectificación del incumplimiento del contrato de préstamo a largo plazo; y c. Concesión, por parte del prestamista, de un periodo de gracia para rectificar el incumplimiento del contrato de préstamo a largo plazo que finalice, al menos, doce meses después de la fecha de balance. 19

20 4.3.5 Información que debe ser presentada en el Estado de Situación Financiera o en las notas Una entidad debe revelar, ya sea en el Estado de Situación Financiera o en las notas, subclasificaciones más detalladas de las partidas presentadas, clasificadas de una forma apropiada a las operaciones realizadas por una EPSP. El detalle suministrado en las subclasificaciones dependerá de los requerimientos contenidos en otras normas, así como de la naturaleza, tamaño y función de los importes afectados. El nivel de información suministrada será diferente para cada partida, por ejemplo: a. Las partidas de propiedades, planta y equipo se desagregarán por clases; b. Las cuentas a cobrar se desagregarán en función de si proceden de clientes comerciales, de partes relacionadas, de anticipos y de otras partidas; c. Los inventarios se desagregarán en categorías tales como mercancías, materias primas, materiales, productos en proceso y productos terminados; d. las provisiones se desglosarán, de forma que se muestren por separado las que corresponden a provisiones por beneficios a empleados y otras provisiones; y e. El capital propio y las reservas se desglosarán en varias clases, tales como capital aportado, primas en emisión de acciones, y reservas. Una entidad debe revelar, ya sea en el Estado de Situación Financiera, en el estado de cambios en el patrimonio o en las notas, lo siguiente: a. Para cada una de las clases de acciones o títulos que constituyan el capital: (i) El número de acciones autorizadas para su emisión; (ii) El número de acciones emitidas y cobradas totalmente, así como las emitidas pero aún no cobradas en su totalidad; (iii) El valor nominal de las acciones, o el hecho de que no tengan valor nominal; (iv) Una conciliación entre el número de acciones en circulación al principio y al final del periodo; (v) Los derechos, preferencias y restricciones correspondientes a cada clase de acciones, incluyendo los que se refieran a las restricciones que afectan a la distribución de dividendos y el reembolso del capital; (vi) Las acciones de la entidad que estén en su poder o bien en el de sus subordinadas o asociadas; y (vii) Las acciones cuya emisión está reservada como consecuencia de la existencia de opciones o contratos para la venta de acciones, describiendo las condiciones e importes correspondientes. b. Una descripción de la naturaleza y destino de cada partida de reservas que figure en el patrimonio. 20

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