USO RESIDENCIAL TIPO 1
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- Óscar de la Cruz Caballero
- hace 9 años
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1 USO RESIDENCIAL TIPO 1 - USOS PERMITIDOS - Residencial: Vivienda colectiva, edificios que albergan más de una vivienda. Comercial: Establecimiento donde se realiza la venta al comprador final de los productos, mercancías, etc... el cual dispondrá de entrada y salida directa a vías públicas o espacios abiertos por la circulación rodada o peatonal. En el supuesto de comercios que forman parte de una galería comercial o edificio comercial, este requisito lo cumplirá el conjunto comercial de que se trate. Categoría 1ª: COMERCIO PEQUEÑO Y ARTESANÍA. En planta baja, sin molestias para las viviendas, y 200 m 2 de superficie útil máxima. Categoría 2ª: COMERCIO MEDIO. En planta baja y hasta m 2 de superficie útil. Categoría 3ª: GRAN COMERCIO. Hasta m 2 de superficie útil. Categoría 4ª: CENTRO COMERCIAL. Con superficie útil superior a los m 2 y únicamente cuando el edificio esté destinado a uso comercial en un 100%. Oficinas: Edificios con más del 75% de la superficie total construida dedicada a oficinas. Locales de oficinas en Planta Baja y Primera. En planta primera únicamente se permitirá cuando en planta baja no exista vivienda. Oficinas profesionales que ocupa una parte de la vivienda en un porcentaje que en ningún caso podrá ser superior al 20% de la superficie útil de la vivienda.
2 Servicios: Edificios con más del 75% de la superficie total construida dedicada a oficinas. Locales de servicios en Planta Baja y Primera. En Planta Primera únicamente se permitirá cuando en la Planta Industrial: Categoría 1ª: INDUSTRIA PEQUEÑA Y TALLERES ARTESANALES. Sin molestias para las viviendas y 200 m 2 útiles máximo, excluidos los talleres de reparación de vehículos automóviles, de sus equipos y componentes. En planta baja de edificios de viviendas colectivas. Público en su forma 1ª: RESIDENCIAL: HOTELES Y RESIDENCIAS a) Hoteles.- Aquellos establecimientos dedicados de modo profesional y habitual al alojamiento de personas mediante precio, incluyéndose pensiones, hostales, moteles, fondas, etc. b) Residencias.- Aquellos establecimientos destinados al alojamiento temporal de personas y que no estén incluidos en el apartado a).
3 Público en su forma 2ª: ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS Y ACTIVIDADES RECREATIVAS Locales destinados al público en fines de recreo y vida de relación tales como restaurantes, bares, casinos de juego, salas de bingo, salones recreativos, etc. Público en su forma 3ª: ESPECTÁCULOS PÚBLICOS Edificios destinados al público en fines de cultura, recreo y vida de relación tales como cines, teatros, salas de conciertos, circos, etc.
4 Público en su forma 4ª: DOCENTE Edificios destinados a la enseñanza o investigación, colegios, institutos, universidad, etc. Público en su forma 5ª: CULTURAL Y ASOCIACIONES Locales destinados al público con fines culturales, enseñanza e investigación, tales como museos, bibliotecas, asociaciones, academias, guarderías, etc.
5 Público en su forma 6ª: SANITARIO Y ASISTENCIAL Edificios destinados al tratamiento o alojamiento de enfermos. Público en su forma 7ª: RELIGIOSO Edificación destinada al culto público o privado, templos, conventos, capillas, oratorios, etc.
6 Público en su forma 8ª: ADMINISTRACIÓN Edificios o locales dedicados al servicio público de la administración local o central, como Ayuntamiento, Policía, Correos, Telégrafos y otras delegaciones y dependencias de la Administración que no se adapten al uso de oficinas comerciales. Público en su forma 10ª: DEPORTIVO Espacios y locales para práctica y enseñanza del deporte así como actividades complementarias. Transporte y Almacenes. Garajes y Estacionamientos. En planta baja o subterránea.
7 Espacios Libres y Zonas Verdes. Espacio libre privado. De uso público. De uso privado. Categoría 4ª en situación 1ª es incompatible con cualquier otro uso.
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