TRANSPORTE. Ecologistas en Acción Burgos y con domicilio a efecto de notificaciones en C/ Diego Laínez nº 5 EXPONE que:

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "TRANSPORTE. Ecologistas en Acción Burgos y con domicilio a efecto de notificaciones en C/ Diego Laínez nº 5 EXPONE que:"

Transcripción

1 USERVICIO MUNICIPALIZADO DE ACCESIBILIDAD, MOVILIDAD Y TRANSPORTE UAYUNTAMIENTO DE BURGOS Ecologistas en Acción Burgos y con domicilio a efecto de notificaciones en C/ Diego Laínez nº 5 EXPONE que: 1. En el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos con fecha 9 de diciembre de 2010 se publicó el anuncio de aprobación inicial de la ordenanza municipal de circulación, movilidad y transportes, sometiendo el expediente a trámite de información pública y audiencia de los interesados. 2. Entendiendo que son objetivos de la Ordenanza la proteger al peatón, garantizar la accesibilidad universal y fomentar el transporte público y el uso de la bicicleta, con objeto de reducir los efectos del cambio climático y mejorar la movilidad en la ciudad de Burgos, se hace necesario modificar la propuesta. Por medio del presente escrito, presentamos las siguientes: UALEGACIONES Y SUGERENCIAS UALEGACIÓN 1ª. Uso de un lenguaje adecuadou. - Sustitución del término minusválido, utilizado en diversos artículos de la norma, por el más correcto de persona con discapacidad. - Uso de un lenguaje no sexista. La redacción de la ordenanza se realiza en masculino, por lo que consideramos apropiado se modifique usando fórmulas genéricas que incluyan el género femenino y masculino o el uso de doble referencia, en femenino y en masculino. UALEGACIÓN 2ª. Artículo 4. Conceptos y definiciones específicas - AUTOMÓVIL PRIVADO. Sustituir Automóvil privado: medio de transporte de personas que no es de titularidad pública y cuyo uso se circunscribe al ámbito particular por Automóvil: Vehículo de motor que sirve, normalmente, para el transporte de personas o de cosas, o de ambas a la vez, o para la tracción de otros vehículos con aquel fin. Se excluyen de esta definición los vehículos especiales 1

2 - CARRIL-BICI. Sustituir Carril reservado para la circulación de bicicletas por Vía ciclista que discurre adosada a la calzada, en un solo sentido o en doble sentido - PEATÓN. Sustituir Son también peatones quienes por Quedan incluidas en esta definición las personas que. Por entender que la enumeración que se hace en el artículo se refiere a sujetos que ya quedan incluidos en la definición general Persona que sin ser conductor transita por las vías o espacios a que se refiere esta ordenanza y que se trata de una enumeración de supuestos para evitar posibles dudas. - ZONA PEATONAL. Sustituir Parte de la vía elevada o delimitada de otra forma, reservada al tránsito de peatones y expresamente señalizada como tal. Existe de forma total u horaria una prohibición general de acceso, de circulación y estacionamiento de todo tipo de vehículos y de operaciones de carga y descarga por Zona peatonal: Parte de la vía elevada o delimitada de otra forma, reservada al tránsito de peatones y expresamente señalizada como tal. Existe de forma total u horaria una prohibición general de acceso, de circulación y estacionamiento de todo tipo de vehículos a motor y de operaciones de carga y descarga. - Añadir: Vía ciclista: Vía específicamente acondicionada para el tráfico de ciclos, con la señalización horizontal y vertical correspondiente, y cuyo ancho permite el paso seguro de estos vehículos UALEGACIÓN 3ª. Articulo 5. De la planificación, regulación y ordenación técnicas. - En atención al cumplimiento del fomento de la participación ciudadana que debe regir las actuaciones del Ayuntamiento y de la propia existencia de un Consejo de Movilidad (entendido como el órgano que agrupa a todos los agentes y sectores implicados en la planificación y gestión de la movilidad urbana) proponemos añadir un tercer apartado en este articulo que diga: Para hacer efectiva la participación ciudadana se convocará, al menos dos veces al año y siempre que sea necesario, el Consejo de Movilidad de la ciudad de Burgos - Asimismo es necesaria una herramienta de planificación, evaluación y desarrollo de las acciones de movilidad sostenible para el correcto desarrollo de la ordenanza, por ello sugerimos añadir un cuarto apartado a este articulo, que diga: Como herramienta de planificación de la movilidad urbana se elaborará un Plan de Movilidad Urbana que será evaluado periódicamente UALEGACIÓN 4ª. Articulo 17. Circulación de los peatones. 2

3 Modificar la redacción del artículo en el segundo párrafo, eliminando y no estorbarán inútilmente a los conductores. UALEGACIÓN 5ª. Artículo 21. Utilización de la calzada. Apartado d) En este apartado se refiere a la utilización de forma excepcional de la calzada por personas con discapacidad por movilidad reducida y que usen silla de ruedas, en el caso de que no puedan hacerlo por los espacios reservados a los peatones. Dado que en la mayoría de los casos será imprevisible el hecho de no poder circular por los espacios reservados para peatones y que en ningún caso, este hecho será responsabilidad de la persona con discapacidad por movilidad reducida, entendemos que no puede exigirse que estén preparados para ello y equipados con lo necesario para señalar su presencia con luces o señales reflectantes. Por ello, proponemos modificar el apartado de esta forma: Las personas con discapacidad por movilidad reducida y que necesiten del uso de silla de ruedas para sus desplazamientos y que no puedan circular por los espacios reservados a los peatones. No siendo necesario señalizar su presencia con luces o señales reflectantes UALEGACIÓN 6ª. Articulo 22. Itinerarios y zonas peatonales Modificar el segundo apartado del artículo de la siguiente manera: También se considera itinerario mixto cuando debido a medidas administrativas o físicas, se pueda considerar ausencia de conflictos, con acceso exclusivo a estas de las bicicletas, y de los vehículos de transporte y servicio público de personas, los de los residentes, y los de carga y descarga en las horas que se les permita esta, estando limitada la velocidad máxima de los vehículos a motor a 20 km/h. UALEGACIÓN 7ª. Articulo 27. Excepciones a la circulación de vehículos. Apartado 4 El tiempo máximo de parada para las personas con discapacidad por movilidad reducida de 20 minutos puede resultar en algunos casos demasiado corto. Por ello, se propone eliminar este punto y mantener la excepción de la siguiente manera: A los que sean conducidos por personas con discapacidad por movilidad reducida o transporten a personas con discapacidad por movilidad reducida y se dirijan al interior o salgan de la zona. En este supuesto se permitirá la parada del vehículo por el tiempo estrictamente necesario para satisfacer la causa que haya motivado la entrada en la zona de prioridad peatonal. UALEGACIÓN 8ª. Artículo 33. Limitaciones a los vehículos en zonas y calles peatonales Modificar el último párrafo del artículo diferenciando entre vehículos que trasladen a personas con movilidad reducida y vehículos que trasladen a personas por interés socio 3

4 cultural, dado que concurren circunstancias diferentes. De forma que el párrafo quede de la siguiente manera: El ayuntamiento de Burgos autorizará el acceso a las zonas peatonales a los vehículos que trasladen a personas por interés sociocultural, que justifiquen debidamente la necesidad de utilización del vehículo fuera de las horas señaladas. En la autorización deberá especificarse la vía por la que se accederá y las condiciones que deberán respetarse en el acceso. Como norma general, los vehículos autorizados en ningún caso podrán estacionar en el área más de veinte minutos, excepto si en la autorización se establece un periodo de tiempo mayor de permanencia en la zona delimitada. En el caso de los vehículos conducidos o que trasladen a personas con discapacidad por movilidad reducida se permitirá el acceso previa consulta e información a la Policía Local siempre que se justifique la necesidad y no existan razones de orden público que lo impidan, por el tiempo que sea necesario en casa caso. UALEGACIÓN 9ª. Articulo 34. Residentes en zonas y calles peatonales. Con el mismo criterio que en la alegación 7ª se propone modificar el primer parrafo del articulo añadiendo al final del mismo: En el caso de que los vehículos sean conducidos por personas con movilidad reducida el tiempo máximo de veinte minutos podrá ampliarse en función de las necesidades concretas. UALEGACIÓN 10ª. Articulo 37. Objeto. Siendo objetivo de esta ordenanza y de la movilidad sostenible fomentar el uso de la bicicleta no se puede, a nuestro entender, prohibir la circulación de bicicletas por el centro histórico de forma general. No es discutible que no deba hacerse en determinadas circunstancias que supongan graves molestias para peatones, pero no que deba prohibirse de forma general. Por ello planteamos sustituir se pretende reducir la circulación de vehículos a motor, motocicletas, ciclomotores y bicicletas por se pretende reducir la circulación de vehículos a motor. UALEGACIÓN 11ª. Articulo 39. Señalización y normas. Apartado f) Manteniendo el criterio de la alegación 7ª y 9ª sugerimos modificar la redacción del artículo de la siguiente manera: Los vehículos autorizados no podrán permanecer más de veinte minutos, excepto en el caso de las personas con discapacidad por movilidad reducida UALEGACIÓN 12ª. Articulo 40. Autorización de acceso al centro histórico. En el apartado 1.2. Residentes no titulares de vehículo, tanto en el caso de personas mayores como de personas con movilidad reducida, añadir (la tarjeta no estará vinculada a una matrícula concreta pero si, al uso del vehículo en el traslado de la 4

5 persona mayor o con movilidad reducida. No pudiendo hacerse uso de la autorización en ningún otro caso), para evitar posibles usos fraudulentos. UALEGACIÓN 13ª. Articulo 43. Normas de circulación de las bicicletas. La propia ordenanza en su exposición de motivos recoge como uno de sus objetivos fomentar el uso de la bicicleta como medio de transporte, para ello se hace necesaria la coexistencia entre peatones y ciclistas, así como la reserva de espacios seguros para la circulación en bicicleta por la ciudad. En la actualidad no podemos garantizar que todos los espacios urbanos estén preparados para la circulación en dicho medio de transporte, haciéndose necesario ocupar las aceras para circular con seguridad. Aunque las aceras han de ser prioritariamente para peatones, las personas en bicicleta pueden compartir este espacio siempre que lo hagan a una velocidad y con un comportamiento adecuados. Con la intención de responder a este objetivo de coexistencia entre peatones y ciclistas proponemos las siguientes modificaciones del art Modificar el apartado 2, añadiendo lo señalado en negrita, de la siguiente forma: Si no disponen de carriles o aceras bici reservados a las bicicletas u otra parte de la vía permitida para ellas, lo harán por la calzada, preferiblemente por el carril derecho, ocupando la parte del carril que sea necesaria para garantizar su seguridad o que mejor se adecue al sentido de su marcha. Las bicicletas podrán circular por la calzada aunque en la misma vía haya una vía ciclista señalizada. En los parques se permitirá el uso de la bicicleta como área compartida - Modificar el apartado 4: Los menores de doce años podrán circular por las aceras en bicicleta, al cargo de, una o más personas mayores de edad, y sin causar molestias a los peatones. - Modificar el apartado 5: Las bicicletas podrán circular por las zonas 30 y 20 y por las calles residenciales, y en ellas gozarán de prioridad de paso sobre los vehículos a motor UALEGACIÓN 14ª. Articulo 45. Aceras-bici. Atendiendo a los mismos criterios que en la anterior alegación proponemos una nueva redacción del artículo. Además, resulta incoherente que los vehículos a motor puedan circular a 20 km/h en zonas peatonales y las bicicletas, en un espacio reservado para ellas, deban hacerlo a 10 km/h. Una velocidad tan reducida no ayudará a fomentar su uso, sino más bien a desincentivarlo. La redacción propuesta para el articulo es: En las aceras-bici, los ciclistas circularan dentro de la banda señalizada a una velocidad máxima de 20 km/h, y los peatones tendrán prioridad en los cruces señalizados. Los ciclistas deberán dejar una distancia de seguridad de 1 metro al cruzarse con el peatón en los pasos señalizados Sugerimos, además, la eliminación del último párrafo del artículo Cuando se efectúe un cruce de calzada, siempre que no existan pasos específicos para bicicletas paralelos a los pasos de peatones, los ciclistas deberán apearse de la bicicleta y cruzaran los 5

6 pasos de peatones conduciendo la bicicleta a mano. Para garantizar la seguridad de las personas ciclistas es imprescindible la creación de los pasos específicos para bicicletas siempre que los itinerarios ciclistas crucen la calzada, por lo es necesario que el Ayuntamiento adquiera este compromiso. UALEGACIÓN 15ª. Articulo 66. Límites de velocidad La Comisión Europea recomienda a las ciudades que apliquen la limitación de velocidad en el interior de núcleos urbanos a 30 km/h y no a 50 km/h como es la norma general. Burgos forma parte del programa comunitario Civitas. Movilidad sostenible, lo que indica el grado de sensibilidad que desde el Ayuntamiento se quiere tener en relación a esta materia. De acuerdo con esta perspectiva proponemos que se modifique el artículo 66, de acuerdo con esta redacción propuesta: El límite máximo de velocidad de circulación de los vehículos por las vías urbanas de Burgos será de 50 kilómetros hora, salvo que la señalización de la vía autorice otra superior o por motivos de seguridad vial se establezca otra inferior. Atendiendo a la jerarquía de las vías antes citada se establecen las siguientes limitaciones genéricas de velocidad para todo tipo de vehículos: a) Velocidad máxima de 50 km/h en las vías de la Red principal de 2º orden y Red urbana básica. b) Velocidad máxima de 30 km/h en las vías de la Red urbana local. c) Con el objeto de aumentar la seguridad vial de las personas y mejorar la calidad medioambiental, se podrán establecer zonas y vías de la ciudad con limitación de velocidad a 30 km/h. (zonas 30), a 20 km/h. (zonas 20 ó residenciales y zonas peatonales y/o de coexistencia). La zona o vía con limitación de velocidad se señalizará, tanto a la entrada como a la salida de la misma con las señales reglamentarias. En estas vías, los conductores deberán conceder prioridad a los peatones. Los vehículos no podrán estacionar en ellas salvo en los lugares indicados por las señales o por las marcas viales. En cualquier caso, dichas limitaciones de velocidad pueden ser más restrictivas, si así se considera en los proyectos técnicos de señalización que se elaboren al efecto, en función de las características especiales de las zonas o vías de que se traten. UALEGACIÓN 16ª. Articulo 69. Transporte regular: de uso especial.4) Transportes de personas con movilidad reducida. - Sustituir la palabra minusválidos por personas con discapacidad. 6

7 - Eliminar la prohibición de las paradas puerta a puerta. Se permitirán las paradas puerta a puerta de forma excepcional si las circunstancias del caso lo hacen necesario UALEGACIÓN 17ª. Articulo 70. Transporte público urbano: generalidades. Se propone modificar la redacción del artículo 70 sobre generalidades del transporte público: - Próximos a los lugares que se habiliten para las paradas del transporte público urbano existirán elementos constructivos suficientes que permitan la bajada de la rampa del autobús y el acceso de personas con movilidad reducida; y para conseguir la necesaria protección de las inclemencias del tiempo ( ) - En el último párrafo del artículo se hace necesario diferenciar entre las personas usuarias de silla de ruedas y las personas que lleven una silla para bebes. En el primer caso, usuarias de sillas de ruedas, pueden ir o no acompañadas, por lo que el pago de la tarifa por la persona que transporta la silla se refiere a las sillas de bebes. En el caso de personas usuarias de silla de ruedas no acompañadas deberá facilitarse el pago de la tarifa por parte de quien conduzca el autobús, si no puede acercarse a la cabina por estar el autobús demasiado ocupado. UALEGACIÓN 18ª. Articulo 93. Prohibición de parar. Apartado i) En la redacción propuesta se redunda y se utilizan conceptos confusos, vehículos de movilidad reducida y personas con discapacidad. Se sugiere la siguiente redacción por ser más correcta: En las zonas señalizadas como reservas para vehículos para personas con discapacidad por movilidad reducida UALEGACIÓN 19ª. Articulo 95. Normas de estacionamiento. Apartado b) En atención a las necesidades de las personas usuarias de sillas de ruedas y el adecuado apoyo al fomento de su autonomía personal, sería aconsejable introducir el matiz señalado en negrita en la redacción del artículo. En los estacionamientos con señalización horizontal en el pavimento, los vehículos se situaran dentro del perímetro marcado. Se permitirá ocupar parte de otra plaza señalizada cuando la persona que ocupe el vehículo se desplace en silla de ruedas y no haya sido posible estacionar en una plaza reservada, por no existir o encontrarse ocupada. UALEGACIÓN 20ª. Articulo 111. Aparcamiento para personas con movilidad reducida. - Art eliminar y con el vehículo adaptado, con la pertinente homologación para la conducción de los mismos por entender que con el requisito de la acreditación administrativa de persona con movilidad reducida y la tarjeta de aparcamiento para personas con discapacidad, es suficiente. - Añadir Se permitirá estacionar en otras zonas no habilitadas para el aparcamiento, previa consulta e información a la Policía Local, en el caso de no existir o hallarse ocupadas todas las plazas practicables para la persona con movilidad reducida en la cercanía de su destino. 7

8 - Adquirir el compromiso de cumplir lo establecido en el artículo 15 de la Ley 3/1998 de Accesibilidad y Supresión de Barreras de la Junta de Castilla y León, dotando de las plazas reservadas para personas con discapacidad necesarias para el cumplimiento de la misma. UALEGACION 21ª. Artículo 131. Ámbito de aplicación. Apartado 4.6º Sustituir Los de minusválidos, cuando estén en posesión de la autorización especial al efecto, como consecuencia de padecer graves limitaciones en el aparato locomotor por Los de personas con discapacidad por movilidad reducida en posesión de la tarjeta para el estacionamiento por causa de su discapacidad. UALEGACION 22ª. Artículo 133. Tipos de colectivos usuarios y utilización de las plazas de aparcamiento. Apartado 2.d) Sustituir El distintivo de minusválidos o tarjetas especiales, que permitirá estacionar sin limitación de horario, en los lugares no prohibidos por alguna norma general o señalización restrictiva por La tarjeta de aparcamiento para personas con discapacidad por movilidad reducida UALEGACION 23ª. Artículo 140. Cuadro general de infracciones en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. 1. PARADA. Infracciones graves. Apartado s) Sustituir minusválidos por personas con discapacidad UALEGACION 24ª. Artículo 140. Cuadro general de infracciones en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. 1. ESTACIONAMIENTO. Infracciones graves. Apartado r) Sustituir minusválidos por personas con discapacidad UALEGACION 25ª. Articulo 141. Cuadro general de infracciones a esta ordenanza de circulación, movilidad y transporte. 1.1 Circulación de bicicletas, ciclomotores y motocicletas En correspondencia con las alegaciones presentadas y la redacción de la ordenanza, sugerimos: 8

9 - Modificar el apartado e) tal y como sigue: Anclar una bicicleta, ciclomotor o motocicleta a elementos de mobiliario urbano salvo en las excepciones incluidas en el artículo 113 de esta ordenanza. - Eliminar el apartado g) respecto a la prohibición de circular por las aceras o los espacios reservados a los peatones para el caso de las bicicletas. UALEGACION 26ª. Articulo 141. Cuadro general de infracciones a esta ordenanza de circulación, movilidad y transporte. Limitaciones a los usos de la vía pública. Se tipifica como infracción grave en el apartado c) Celebrar en la vía pública actividades de carácter lúdico, artístico y otros eventos similares, tanto individualizados como en grupo, sin la autorización municipal. Este apartado debería ser eliminado puesto que excede la competencia de la ordenanza y podría entrañar una reducción injustificada del derecho fundamental a la libertad de expresión. Por lo anteriormente expuesto SOLICITA que: 1. Se tengan en cuenta las alegaciones y sugerencias procediendo a la modificación de la Ordenanza. 2. Se convoque el Consejo de Movilidad de Burgos antes de la aprobación de la ordenanza para discusión de la misma, con el objeto de cumplir con el requisito de la participación ciudadana. En Burgos a 4 de enero,

INFORMACIÓN SOBRE EL USO DE LA BICICLETA.

INFORMACIÓN SOBRE EL USO DE LA BICICLETA. INFORMACIÓN SOBRE EL USO DE LA BICICLETA. La utilización de la bicicleta como modo de desplazamiento en las ciudades tiene un papel destacado en la mejora de la calidad de vida de sus habitantes: constituye

Más detalles

BURGOS: ZONAS PEATONALES JOSE ESCALANTE CASTARROYO JEFE DEL SERVICIO DE MOVILIDAD Y TRANSPORTES

BURGOS: ZONAS PEATONALES JOSE ESCALANTE CASTARROYO JEFE DEL SERVICIO DE MOVILIDAD Y TRANSPORTES BURGOS: ZONAS PEATONALES JOSE ESCALANTE CASTARROYO JEFE DEL SERVICIO DE MOVILIDAD Y TRANSPORTES ZONAS PEATONALES Antes que conductores, todos somos peatones LA CIUDAD DE BURGOS Indicadores 2011 (*) Resultados

Más detalles

Movilidad + segura, movilidad + sostenible

Movilidad + segura, movilidad + sostenible Movilidad + segura, movilidad + sostenible E j e s ejes 1 2 3 seguridad ciudad velocidad Bicicletas: principios Principios de la reforma de la circulación de bicicletas Fomento del uso de la bicicleta

Más detalles

Ayuntamiento. de Gijón/Xixón LÍNEAS PROGRAMÁTICAS DE LA ORDENANZA DE MOVILIDAD SOSTENIBLE Y SEGURA 1. NORMAS GENERALES Y SEGURIDAD VIAL

Ayuntamiento. de Gijón/Xixón LÍNEAS PROGRAMÁTICAS DE LA ORDENANZA DE MOVILIDAD SOSTENIBLE Y SEGURA 1. NORMAS GENERALES Y SEGURIDAD VIAL LÍNEAS PROGRAMÁTICAS DE LA ORDENANZA DE MOVILIDAD SOSTENIBLE Y SEGURA 1. NORMAS GENERALES Y SEGURIDAD VIAL Principio de convivencia vial Supone la obligación de que las personas usuarias de las vías y

Más detalles

Propuesta de reforma de la Ordenanza Municipal Reguladora de los Usos, Tráfico, Circulación y Seguridad en las Vías Públicas de Carácter Urbano, en

Propuesta de reforma de la Ordenanza Municipal Reguladora de los Usos, Tráfico, Circulación y Seguridad en las Vías Públicas de Carácter Urbano, en Propuesta de reforma de la Ordenanza Municipal Reguladora de los Usos, Tráfico, Circulación y Seguridad en las Vías Públicas de Carácter Urbano, en relación con la circulación en bicicleta Ordenanza Municipal

Más detalles

Nueva regulación de vehículos de movilidad personal y ciclos de más de dos ruedas

Nueva regulación de vehículos de movilidad personal y ciclos de más de dos ruedas Nueva regulación de vehículos de movilidad personal y ciclos de más de dos ruedas 1 / 9 Movilidad. Se trata de una normativa pionera que determina las condiciones y los ámbitos de circulación de estos

Más detalles

SOLUCIONES. TEST 3. TITULO II. TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE TRÁFICO Y SEGURIDAD VIAL.

SOLUCIONES. TEST 3. TITULO II. TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE TRÁFICO Y SEGURIDAD VIAL. SOLUCIONES. TEST 3. TITULO II. TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE TRÁFICO Y SEGURIDAD VIAL. 1) Se puede conducir un vehículo después de haber consumido una bebida alcohólica? a) Sí, cuando ha pasado más de media

Más detalles

ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA CONCESION DE LA TARJETA DE ESTACIONAMIENTO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD, EN EL MUNICIPIO DE MOLINA DE SEGURA

ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA CONCESION DE LA TARJETA DE ESTACIONAMIENTO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD, EN EL MUNICIPIO DE MOLINA DE SEGURA ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA CONCESION DE LA TARJETA DE ESTACIONAMIENTO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD, EN EL MUNICIPIO DE MOLINA DE SEGURA La Constitución española en su artículo 49 estipula que

Más detalles

VIAS 1. URBANAS: situadas dentro de poblado. 2. INTERURBANAS: situadas fuera de poblado (salvo la travesía). - Autopista. - Autovía. - Vía para automó

VIAS 1. URBANAS: situadas dentro de poblado. 2. INTERURBANAS: situadas fuera de poblado (salvo la travesía). - Autopista. - Autovía. - Vía para automó LA VÍA VIAS 1. URBANAS: situadas dentro de poblado. 2. INTERURBANAS: situadas fuera de poblado (salvo la travesía). - Autopista. - Autovía. - Vía para automóviles. - Convencional. - Travesía: vía interurbana

Más detalles

A N U N C I. Se hace público el texto íntegro de la citada Ordenanza:

A N U N C I. Se hace público el texto íntegro de la citada Ordenanza: A N U N C I Adoptado el acuerdo por el Pleno de este Ayuntamiento, en fecha 3 de enero de 2013, por el que se aprueba definitivamente la Ordenanza reguladora de vehículos de uso privado que transportan

Más detalles

LA VÍA. Definición vía. Conducción segura. La curva

LA VÍA. Definición vía. Conducción segura. La curva LA VÍA Definición vía...1 Conducción segura...1 La curva...1 La recta...2 Cambios de rasantes...2 Partes básicas de la vía:...2 Arcenes...2 Más partes de la vía:...3 Clases de vías:...4 Clasificación de

Más detalles

Ordenanza fiscal n.º 3.12 TASAS POR EL ESTACIONAMIENTO REGULADO DE VEHÍCULOS EN LA VÍA PÚBLICA

Ordenanza fiscal n.º 3.12 TASAS POR EL ESTACIONAMIENTO REGULADO DE VEHÍCULOS EN LA VÍA PÚBLICA Ordenanza fiscal n.º 3.12 TASAS POR EL ESTACIONAMIENTO REGULADO DE VEHÍCULOS EN LA VÍA PÚBLICA Art. 1.º Disposiciones generales. 1. De acuerdo con lo que disponen el artículo 106.º de la Ley 7/1985, de

Más detalles

POSICIÓN EN LA CALZADA.

POSICIÓN EN LA CALZADA. POSICIÓN EN LA CALZADA ÍNDICE Posición en la calzada Utilización de los carriles Cómputo de carriles Utilización del arcén Distancias de seguridad UTILIZACIÓN DE LOS CARRILES El conductor de un automóvil

Más detalles

Test II. RDL 6/2015 Ley de Tráfico.

Test II. RDL 6/2015 Ley de Tráfico. Test II. RDL 6/2015 Ley de Tráfico. Seleccione la respuesta más correcta. 1. Quién o quienes están obligados a someterse a las pruebas reglamentarias para la detección de alcohol o drogas. Señale la respuesta

Más detalles

FICHA PROPUESTA PLAN DE MOVILIDAD URBANA SOSTENIBLE

FICHA PROPUESTA PLAN DE MOVILIDAD URBANA SOSTENIBLE Aparcamiento y Movilidad ciclista. No sólo aumentar el número de aparcamientos para bicicletas, sino aumentar en la medida de lo posible la seguridad, incluyendo aparcamientos para bicicletas en las instalaciones

Más detalles

Legislación de tráfico en materia de bicicletas: situación actual y propuestas. Lleida, 16 de Abril de 2010

Legislación de tráfico en materia de bicicletas: situación actual y propuestas. Lleida, 16 de Abril de 2010 Legislación de tráfico en materia de bicicletas: situación actual y propuestas. Lleida, 16 de Abril de 2010 ALGO ESTÁ PASANDO EN LA DGT... LA DGT TENIA HELICÓPTEROS LA DGT TENÍA COCHES. !!!! Y AHORA TIENE

Más detalles

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Constitución Española en su artículo 9.2 atribuye a los poderes públicos la promoción de las condiciones para que la

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Constitución Española en su artículo 9.2 atribuye a los poderes públicos la promoción de las condiciones para que la EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Constitución Española en su artículo 9.2 atribuye a los poderes públicos la promoción de las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en los

Más detalles

Of-20. Excmo. Ayuntamiento de Benalmádena. Página 1 de 7

Of-20. Excmo. Ayuntamiento de Benalmádena. Página 1 de 7 Of-20 Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por estacionamiento de vehículos de tracción mecánica en las vías municipales dentro de las zonas que a tal efecto se determinen y con las limitaciones que

Más detalles

BERBINZANA ORDENANZA CONCESIÓN TARJETA DE ESTACIONAMIENTO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD

BERBINZANA ORDENANZA CONCESIÓN TARJETA DE ESTACIONAMIENTO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD BERBINZANA ORDENANZA CONCESIÓN TARJETA DE ESTACIONAMIENTO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD Artículo 1. Objeto. La presente Ordenanza tiene como objeto regular la concesión de tarjetas de estacionamiento

Más detalles

Preguntas y Respuestas

Preguntas y Respuestas Sobre Señales de Peligro Una señal triangular con el borde rojo indica... un peligro. P-1. En una intersección con esta señal de prioridad, a qué vehículos cederá el paso? A ninguno. P-1a. La señal indica

Más detalles

SOLUCIONES TEST 7 TITULO II LEY DE TRAFICO Y SEGURIDAD VIAL

SOLUCIONES TEST 7 TITULO II LEY DE TRAFICO Y SEGURIDAD VIAL SOLUCIONES TEST 7 TITULO II LEY DE TRAFICO Y SEGURIDAD VIAL 1. Puede un furgón estacionar cerca de un paso de peatones si con ello impide que los vehículos que se aproximen por el carril más próximo puedan

Más detalles

Normas de uso del aparcamiento. Régimen del contrato de aparcamiento

Normas de uso del aparcamiento. Régimen del contrato de aparcamiento 1 Régimen del contrato de aparcamiento El titular del aparcamiento La Torreta situado en la avenida Llano de la Zaidía 5 es la sociedad SOCUHER, S.L. con CIF B96589668. La actividad mercantil de este aparcamiento

Más detalles

ORDENANZA Nº 10-P. 2. No está sujeto al precio público regulado en esta Ordenanza el estacionamiento de los siguientes vehículos:

ORDENANZA Nº 10-P. 2. No está sujeto al precio público regulado en esta Ordenanza el estacionamiento de los siguientes vehículos: ORDENANZA Nº 10-P ORDENANZA DE PRECIO PÚBLICO Y DE FUNCIONAMIENTO PARA LA UTILIZACION DE ESTACIONAMIENTO DE VEHICULOS DE TRACCION MECANICA EN LAS VIAS PUBLICAS MUNICIPALES (Pleno 29 de noviembre de 2001)

Más detalles

3. El conductor de un turismo está adelantando a otro turismo, cómo debe actuar en esa fase de la maniobra?

3. El conductor de un turismo está adelantando a otro turismo, cómo debe actuar en esa fase de la maniobra? SOLUCIONES TEST 6 LEY DE TRÁFICO Y SEGURIDAD VIAL TITULO II 1. El conductor de un turismo pretende adelantar a otro vehículo que circula delante de él por el mismo carril cuando observa que aquel ha puesto

Más detalles

Ayuntamiento de Alicante 1.

Ayuntamiento de Alicante 1. Ayuntamiento de Alicante 1. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EL ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS EN DETERMINADAS VÍAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE ALICANTE Texto aprobado, definitivamente, por el Pleno

Más detalles

MEMORIA PREVIA ORDENANZA REGULADORA DE LA CIRCULACIÓN Y USO DE LAS BICICLETAS EN LA CIUDAD DE TAFALLA

MEMORIA PREVIA ORDENANZA REGULADORA DE LA CIRCULACIÓN Y USO DE LAS BICICLETAS EN LA CIUDAD DE TAFALLA gmk^jl?tqi fci^1m gtígegg^?@a38t^rf gii:^ gi$j^tgpi il8^^@^ %^^^t-^l(ti@^rj^g^ MEMORIA PREVIA ORDENANZA REGULADORA DE LA CIRCULACIÓN Y USO DE LAS BICICLETAS EN LA CIUDAD DE TAFALLA Problemas que se pretenden

Más detalles

1. SEÑALIZACIÓN HORIZONTAL... 3

1. SEÑALIZACIÓN HORIZONTAL... 3 CATÁLOGO DE SEÑALIZACIÓN PARA VÍAS CICLISTAS INDICE 1. SEÑALIZACIÓN HORIZONTAL... 3 1.1. LONGITUDINALES CONTINUAS...3 1.2. LONGITUDINALES DISCONTINUAS...4 1.3. TRANSVERSALES...5 1.4. FLECHAS....6 1.5.

Más detalles

BICICLETA Y TRANSPORTE PÚBLICOP. Mybici. Madrid, 15 de octubre de 2009

BICICLETA Y TRANSPORTE PÚBLICOP. Mybici. Madrid, 15 de octubre de 2009 BICICLETA Y TRANSPORTE PÚBLICOP Mybici Madrid, 15 de octubre de 2009 ÍNDICE 1. Fundamentos 2. Objetivos 3. Limitaciones 4. Ámbito territorial y fases 5. Infraestructura ciclista 6. Dimensionamiento Fase

Más detalles

Barcelona aprueba una regulación pionera para los vehículos de movilidad personal y los ciclos de más de dos ruedas

Barcelona aprueba una regulación pionera para los vehículos de movilidad personal y los ciclos de más de dos ruedas NOTA DE PRENSA Barcelona aprueba una regulación pionera para los vehículos de movilidad personal y los ciclos de más de dos ruedas El plenario municipal ha dado luz verde a la aprobación definitiva de

Más detalles

MEMORIA: ORDENANZA DE CIRCULACION. Uno. Se propone la modificación del artículo 2º, que quedaría redactado en los siguientes términos:

MEMORIA: ORDENANZA DE CIRCULACION. Uno. Se propone la modificación del artículo 2º, que quedaría redactado en los siguientes términos: MEMORIA: ORDENANZA DE CIRCULACION. Acuerdo Junta de Gobierno Local.23 de febrero de 2018 Uno. Se propone la modificación del artículo 2º, que quedaría redactado en los siguientes términos: Artículo 2º.

Más detalles

ORDENANZA DE TENENCIA DE TARJETAS PARA MINUSVÁLIDOS

ORDENANZA DE TENENCIA DE TARJETAS PARA MINUSVÁLIDOS AYUNTAMIENTO DE PERALTA ORDENANZA DE TENENCIA DE TARJETAS PARA MINUSVÁLIDOS SIN MODIFICACIONES BOLETÍN Nº 197-2 de octubre de 2015 Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de la concesión de tarjetas

Más detalles

JACA CIUDAD 30 NUEVA NORMATIVA DE MOVILIDAD

JACA CIUDAD 30 NUEVA NORMATIVA DE MOVILIDAD JACA CIUDAD 30 NUEVA NORMATIVA DE MOVILIDAD Esta Ordenanza tiene por objeto la regulación en el municipio de Jaca de la movilidad de las personas, ordenando el uso de la red viaria de su competencia y

Más detalles

Podrán ser titulares de la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad:

Podrán ser titulares de la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad: ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA CONCESIÓN DE TARJETAS DE ESTACIONAMIENTO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD Artículo 1. Objeto. La presente Ordenanza tiene como objeto regular la concesión de tarjetas

Más detalles

El texto de la Ordenanza es el siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE TARJETAS DE ESTACIONAMIENTO PARA DISCAPACITADOS.-

El texto de la Ordenanza es el siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE TARJETAS DE ESTACIONAMIENTO PARA DISCAPACITADOS.- Boletín Oficial de la Provincia Diputación de Badajoz Anuncio número 8976 - Boletín número 202 miércoles, 21 de octubre de 2009 Aprobación definitiva de Ordenanza Reguladora de tarjetas de estacionamiento

Más detalles

CONFORMACIÓN DE SU PLATAFORMA EN RELACIÓN A OTROS MODOS Comparte plataforma con el viario motorizado

CONFORMACIÓN DE SU PLATAFORMA EN RELACIÓN A OTROS MODOS Comparte plataforma con el viario motorizado TIPIFICACIÓN DE LAS VÍAS DE CIRCULACIÓN EN BICICLETA (y ámbito de aplicación de la Norma Foral de Vías Ciclistas Forales de Bizkaia, aprobada en por las Juntas Generales del Territorio Histórico, en sesión

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DEL SERVICIO DE ORDENACIÓN Y REGULACIÓN DE APARCAMIENTO DE VEHÍCULOS EN SUPERFICIE, POR ROTACIÓN O.R.A.- DE CALAHORRA.

ORDENANZA REGULADORA DEL SERVICIO DE ORDENACIÓN Y REGULACIÓN DE APARCAMIENTO DE VEHÍCULOS EN SUPERFICIE, POR ROTACIÓN O.R.A.- DE CALAHORRA. POLICIA LOCAL Nº pág.: 1 / 5 ORDENANZA REGULADORA DEL SERVICIO DE ORDENACIÓN Y REGULACIÓN DE APARCAMIENTO DE VEHÍCULOS EN SUPERFICIE, POR ROTACIÓN O.R.A.- DE CALAHORRA. ARTÍCULO 1.- DEFINICIÓN Y OBJETO

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DEL ESTACIONAMIENTO CON LIMITACIÓN HORARIA (ORA).

ORDENANZA REGULADORA DEL ESTACIONAMIENTO CON LIMITACIÓN HORARIA (ORA). ORDENANZA REGULADORA DEL ESTACIONAMIENTO CON LIMITACIÓN HORARIA (ORA). DILIGENCIAS: Aprobado inicialmente por el Pleno en sesión núm. 14/2010 de 21 de diciembre. Expuesto al público mediante edicto publicado

Más detalles

I.DISPOSICIONES GENERALES

I.DISPOSICIONES GENERALES DECRETO 148/2001, DE 9 DE JULIO, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 227/1997, DE 18 DE SEPTIEMBRE, QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE LA LEY 8/1995, DE 6 DE ABRIL, DE ACCESIBILIDAD Y SUPRESIÓN DE BARRERAS FÍSICAS

Más detalles

ORDENANZA SOBRE ACCESIBILIDAD AL MEDIO DE LAS PERSONAS CON CAPACIDADES DE MOVILIDAD REDUCIDA. Fecha de aprobación Pleno: 29/04/2002

ORDENANZA SOBRE ACCESIBILIDAD AL MEDIO DE LAS PERSONAS CON CAPACIDADES DE MOVILIDAD REDUCIDA. Fecha de aprobación Pleno: 29/04/2002 ORDENANZA SOBRE ACCESIBILIDAD AL MEDIO DE LAS PERSONAS CON CAPACIDADES DE Fecha de aprobación Pleno: 29/04/2002 Fecha publicación BOP: 19/06/2002 ORDENANZA SOBRE ACCESIBILIDAD AL MEDIO DE LAS PERSONAS

Más detalles

Movilidad + segura, movilidad + sostenible

Movilidad + segura, movilidad + sostenible Movilidad + segura, movilidad + sostenible E j e s 1 2 3 seguridad velocidad ejes ciudad L a reforma 2003 2006 2014 Es la modificación más importante en los 11 años de vigencia del texto reglamentario.

Más detalles

ORDENANZA de SEGURIDAD VIAL

ORDENANZA de SEGURIDAD VIAL ORDENANZA de SEGURIDAD VIAL Daniel Romay Díaz Director del Servicio de Movilidad DIPUTACIÓN DE PONTEVEDRA PONTEVEDRA 1 2 3 ORDENANZA de SEGURIDAD VIAL DECÁLOGO de CRITERIOS de ACTUACIÓN 24 ORDENANZA de

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA EN LAS VÍAS PÚBLICAS MUNICIPALES.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA EN LAS VÍAS PÚBLICAS MUNICIPALES. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA EN LAS VÍAS PÚBLICAS MUNICIPALES. TÍTULO I. FUNDAMENTO. ARTÍCULO 1. En virtud de lo dispuesto en el artículo

Más detalles

Francisco J. Bastida Catedrático de Derecho Constitucional. Universidad de Oviedo Portavoz de CicloJuristas

Francisco J. Bastida Catedrático de Derecho Constitucional. Universidad de Oviedo Portavoz de CicloJuristas LA BICICLETA Francisco J. Bastida Catedrático de Derecho Constitucional. Universidad de Oviedo Portavoz de CicloJuristas Els aspectes jurídics de la bicicleta a les ciutats Barcelona, 14 de març de 2018

Más detalles

ORDENANZA DE ESTACIONAMIENTO PARA PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA

ORDENANZA DE ESTACIONAMIENTO PARA PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA ORDENANZA DE ESTACIONAMIENTO PARA PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA Aprobación: Pleno Sesión 26/5/99 Anuncio aprobación inicial: BOA Sec. VI Huesca nº 135 16/6/99 Anuncio aprobación definitiva: BOA Sec.

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE MADROÑAL

AYUNTAMIENTO DE MADROÑAL MODELO DE EN EL CASCO URBANO ARTÍCULO 1. Fundamento Legal y Objeto Es fundamento legal de la presente Ordenanza lo establecido en el artículo 25.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las

Más detalles

Ordenanza reguladora del servicio de estacionamiento limitado en superficie (OTA)

Ordenanza reguladora del servicio de estacionamiento limitado en superficie (OTA) Ordenanza reguladora del servicio de estacionamiento limitado en superficie (OTA) ÍNDICE ARTÍCULO 1.- OBJETO Y RÉGIMEN JURÍDICO ARTÍCULO 2.- ÁMBITO DE APLICACIÓN ARTÍCULO 3.- HORARIO DE REGULACIÓN ARTÍCULO

Más detalles

El Ayuntamiento comienza a expedir tarjetas de estacionamiento para personas con discapacidad sin matrícula para ser utilizadas en distintos coches

El Ayuntamiento comienza a expedir tarjetas de estacionamiento para personas con discapacidad sin matrícula para ser utilizadas en distintos coches NOTA DE PRENSA El Ayuntamiento comienza a expedir tarjetas de estacionamiento para personas con discapacidad sin matrícula para ser utilizadas en distintos coches Para los discapacitados visuales, también

Más detalles

ORDENANZA NÚM. 25 FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA EN LAS VÍAS PUBLICAS MUNICIPALES.

ORDENANZA NÚM. 25 FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA EN LAS VÍAS PUBLICAS MUNICIPALES. ORDENANZA NÚM. 25 FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA EN LAS VÍAS PUBLICAS MUNICIPALES. Articulo 1º. Fundamento y naturaleza. En uso de las facultades concedidas

Más detalles

BOLETÍN Nº de enero de 2016

BOLETÍN Nº de enero de 2016 BOLETÍN Nº 10-18 de enero de 2016 2. Administración Local de Navarra 2.2. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS ORDENADOS POR LOCALIDAD MARCILLA Aprobación definitiva Ordenanza Municipal reguladora de la concesión

Más detalles

La Secretaria General Municipal del Excmo. Ayuntamiento de Logroño,

La Secretaria General Municipal del Excmo. Ayuntamiento de Logroño, La Secretaria General Municipal del Excmo. Ayuntamiento de Logroño, CERTIFICO: Que entre los documentos obrantes en esta Secretaría a mi cargo, y a los que en todo caso me remito, figura la Resolución

Más detalles

TEMA 8 SEÑALES DE CIRCULACIÓN

TEMA 8 SEÑALES DE CIRCULACIÓN TEMA 8 SEÑALES DE CIRCULACIÓN Guión. 1.- Fundamento y finalidad. 2.- Semáforos. 3.- Señales verticales. 1 1.- Fundamento y finalidad. Todo el mundo tiene derecho a circular por las vías con la misma eficacia

Más detalles

TEST DE SEÑALES Nº 65. 1º- Si inmoviliza el vehículo el vehículo junto al borde de esta calzada, incumple alguna norma de circulación?

TEST DE SEÑALES Nº 65. 1º- Si inmoviliza el vehículo el vehículo junto al borde de esta calzada, incumple alguna norma de circulación? TEST DE SEÑLES Nº 65 1º- Si inmoviliza el vehículo el vehículo junto al borde de esta calzada, incumple alguna norma de circulación? No, si es para efectuar una parada. No, ya que esta marca vial no prohíbe

Más detalles

ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA CONCESIÓN DE TARJETAS DE ESTACIONAMIENTO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD

ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA CONCESIÓN DE TARJETAS DE ESTACIONAMIENTO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA CONCESIÓN DE TARJETAS DE ESTACIONAMIENTO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD Artículo 1. Objeto. Publicada en el BON nº 33 de 18 de febrero de 2016 La presente Ordenanza

Más detalles

(BOJA de 23 de mayo de 1992)

(BOJA de 23 de mayo de 1992) Decreto 72/1992, de 5 de mayo, por el que se aprueban las normas técnicas para la accesibilidad y la eliminación de barreras arquitectónicas, urbanísticas y en el transporte en Andalucía Consejería de

Más detalles

Movilidad y ordenanzas municipales

Movilidad y ordenanzas municipales Movilidad y ordenanzas municipales Francisco J. Bastida Catedrático de Derecho constitucional. Portavoz de CicloJuristas II Jornadas sobre ordenanzas de movilidad peatonal y ciclista San Sebastián 21 de

Más detalles

I.DISPOSICIONES GENERALES

I.DISPOSICIONES GENERALES DECRETO 148/2001, DE 9 DE JULIO, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 227/1997, DE 18 DE SEPTIEMBRE, QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE LA LEY 8/1995, DE 6 DE ABRIL, DE ACCESIBILIDAD Y SUPRESIÓN DE BARRERAS FÍSICAS

Más detalles

PLAN DE MOVILIDAD DE CENTRO COMERCIAL EN BENIDORM

PLAN DE MOVILIDAD DE CENTRO COMERCIAL EN BENIDORM BICICLETAS Y PEATONES CONEXIÓN CICLO-PEATONAL CON EL ENTORNO DE LA ESTACIÓN DE AUTOBUSES ORDEN 1 (1 de 5) Permitir el acceso ciclo-peatonal desde la zona urbana del entorno de la Estación de autobuses

Más detalles

ORDENANZA MUNICIPAL POR LA QUE SE REGULA LA TARJETA DE ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS PARA PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA

ORDENANZA MUNICIPAL POR LA QUE SE REGULA LA TARJETA DE ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS PARA PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA ORDENANZA MUNICIPAL POR LA QUE SE REGULA LA TARJETA DE ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS PARA PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El Consejo de la Unión Europea, con fecha 4 de junio de 1998,

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR ESTACIONAMIENTO DE VEHICULOS DE TRACCION MECANICA EN DETERMINADAS ZONAS DE LAS VIAS PÚBLICAS MUNICIPALES.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR ESTACIONAMIENTO DE VEHICULOS DE TRACCION MECANICA EN DETERMINADAS ZONAS DE LAS VIAS PÚBLICAS MUNICIPALES. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR ESTACIONAMIENTO DE VEHICULOS DE TRACCION MECANICA EN DETERMINADAS ZONAS DE LAS VIAS PÚBLICAS MUNICIPALES. Artículo 1. FUNDAMENTO Y NATURALEZA Al amparo de lo

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Pág. 36 MARTES 4 DE DICIEMBRE DE 0 B.O.C.M. Núm. 89 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 65 GETAFE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO El Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el día de

Más detalles

Modificación del artículo 38 de la Ordenanza Municipal de Tráfico y Circulación de Vehículos de Motor de Mieres.

Modificación del artículo 38 de la Ordenanza Municipal de Tráfico y Circulación de Vehículos de Motor de Mieres. Modificación del artículo 38 de la Ordenanza Municipal de Tráfico y Circulación de Vehículos de Motor de Mieres. (Zona azul) El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de septiembre

Más detalles

BOLETÍN Nº 25-8 de febrero de 2016

BOLETÍN Nº 25-8 de febrero de 2016 BOLETÍN Nº 25-8 de febrero de 2016 2. Administración Local de Navarra O BERIÁIN 2.2. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS ORDENADOS POR LOCALIDAD Aprobación definitiva de la Ordenanza municipal reguladora de la concesión

Más detalles

CIRCULACIÓN.

CIRCULACIÓN. CIRCULACIÓN ÍNDICE Utilización de los carriles. Carriles. Límites de velocidad. UTILIZACIÓN DE LOS CARRILES Se podrán establecer limitaciones de circulación, temporales o permanentes, en las vías objeto

Más detalles

ORDENANZA FISCAL Nº 39, REGULADORA DE LA TASA POR ESTACIONAMIENTO DE VEHICULOS DE TRACCION MECANICA EN LAS VÍAS PÚBLICAS MUNICIPALES

ORDENANZA FISCAL Nº 39, REGULADORA DE LA TASA POR ESTACIONAMIENTO DE VEHICULOS DE TRACCION MECANICA EN LAS VÍAS PÚBLICAS MUNICIPALES ORDENANZA FISCAL Nº 39, REGULADORA DE LA TASA POR ESTACIONAMIENTO DE VEHICULOS DE TRACCION MECANICA EN LAS VÍAS PÚBLICAS MUNICIPALES Artículo 1º.- Fundamento y naturaleza. En uso de las facultades concedidas

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LA CONCESIÓN DE TARJETAS DE ESTACIONAMIENTO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN BERRIOPLANO. ORDENANZA NUM.

ORDENANZA REGULADORA DE LA CONCESIÓN DE TARJETAS DE ESTACIONAMIENTO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN BERRIOPLANO. ORDENANZA NUM. ORDENANZA REGULADORA DE LA CONCESIÓN DE TARJETAS DE ESTACIONAMIENTO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN BERRIOPLANO. ORDENANZA NUM. 31 Artículo 1. Objeto. La presente Ordenanza tiene como objeto regular

Más detalles

ORDENANZA DE CIRCULACION DE PEATONES Y CICLISTAS

ORDENANZA DE CIRCULACION DE PEATONES Y CICLISTAS ORDENANZA DE CIRCULACION DE PEATONES Y CICLISTAS TITULO I. DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I. OBJETO, ÁMBITO DE APLICACIÓN Y TERMINOLOGÍA Artículo 1. - Objeto. La presente Ordenanza, que se dicta en ejercicio

Más detalles

RECOMENDACIONES DE LA FEMP SOBRE LA ACERA Y LA PRIORIDAD PEATONAL

RECOMENDACIONES DE LA FEMP SOBRE LA ACERA Y LA PRIORIDAD PEATONAL RECOMENDACIONES DE LA FEMP SOBRE LA ACERA Y LA PRIORIDAD PEATONAL Acuerdo de Junta de Gobierno, en sesión de 29 de octubre de 2018 ACUERDO ADOPTADO POR LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA FEMP EN SU REUNIÓN DE

Más detalles

Plan de Movilidad Urbana Sostenible de Bilbao

Plan de Movilidad Urbana Sostenible de Bilbao Proceso participativo para la elaboración del Plan de Movilidad Urbana Sostenible de Bilbao Jornada con Consejos de Distrito (26/10/2016) MESA 3. SEGURIDAD VIAL Y MEDIO AMBIENTE 1 1. ELEMENTOS DESCRIPTIVOS

Más detalles

ORDENANZA DE CIRCULACION DE PEATONES Y CICLISTAS

ORDENANZA DE CIRCULACION DE PEATONES Y CICLISTAS ORDENANZA DE CIRCULACION DE PEATONES Y CICLISTAS TITULO I. DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I. OBJETO, ÁMBITO DE APLICACIÓN Y TERMINOLOGÍA Artículo 1. - Objeto. La presente Ordenanza, que se dicta en ejercicio

Más detalles

Test III. RDL 6/2015 Ley de Tráfico.

Test III. RDL 6/2015 Ley de Tráfico. Test III. RDL 6/2015 Ley de Tráfico. Seleccione la respuesta más correcta. 1. De acuerdo al artículo 40 de la Ley de Tráfico. Queda prohibido parar. Señale la respuesta incorrecta.. En las intersecciones

Más detalles

TARJETA DE APARCAMIENTO DE VEHÍCULOS PARA PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA

TARJETA DE APARCAMIENTO DE VEHÍCULOS PARA PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA TARJETA DE APARCAMIENTO DE VEHÍCULOS PARA PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA QUÉ ES LA TARJETA DE APARCAMIENTO? La tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida es un documento personal

Más detalles

ADMINISTRACIÓN LOCAL

ADMINISTRACIÓN LOCAL ADMINISTRACIÓN LOCAL AY U N TA M I E N T O S FUENTELSAZ DE SORIA ORDENANZA REGULADORA DE LA CIRCULACIÓN EN EL CASCO URBANO DE FUENTELSAZ DE SORIA Artículo l. Objeto y fundamento legal La presente ordenanza

Más detalles

El MODELO de referencia: Relación entre redes

El MODELO de referencia: Relación entre redes Las CLAVES de referencia: Las ESTRATEGIAS fundamentales: La Intermodalidad La Sostenibilidad La integración entre Área Metropolitana, Ciudad y Barrio La planificación intermodal entre bus, peatón y vehículo

Más detalles

ORDENANZA FISCAL 1. El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, se regirá en este Municipio:

ORDENANZA FISCAL 1. El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, se regirá en este Municipio: FISCAL 1 Artículo 1. Normativa aplicable. El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, se regirá en este Municipio: a) Por las normas reguladoras del mismo, contenidas en el Real Decreto Legislativo

Más detalles

ORDENANZA FISCAL MUNICIPAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA

ORDENANZA FISCAL MUNICIPAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA ORDENANZA FISCAL MUNICIPAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA I. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Este Ayuntamiento, de acuerdo con lo previsto en la Norma Foral Reguladora

Más detalles

Manual de Teórica Común B. Bienvenido a la carretera

Manual de Teórica Común B. Bienvenido a la carretera Manual de Teórica Común B Bienvenido a la carretera Índice 1 Definiciones 1.1 Definiciones relativas al factor humano 4 1.2 Definiciones relativas al factor vehículo 4 1.3 Definiciones relativas al factor

Más detalles

TEST 16. LEY DE TRAFICO Y SEGURIDAD VIAL DISPOSICIONES ADICIONALES TRANSITORIAS Y FINALES SOLUCIONES

TEST 16. LEY DE TRAFICO Y SEGURIDAD VIAL DISPOSICIONES ADICIONALES TRANSITORIAS Y FINALES SOLUCIONES TEST 16. LEY DE TRAFICO Y SEGURIDAD VIAL DISPOSICIONES ADICIONALES TRANSITORIAS Y FINALES SOLUCIONES 1. Un conductor atropella un jabalí en un una vía pública causando la muerte del animal y daños personales

Más detalles

Dispongo: Artículo 2. Vehículos que no requieren autorización de acceso a las APR.

Dispongo: Artículo 2. Vehículos que no requieren autorización de acceso a las APR. DECRETO Nº 22 DE 28 DE ENERO DE 2015 DEL DELEGADO DEL ÁREA DE GOBIERNO DE MEDIO AMBIENTE Y MOVILIDAD, POR EL QUE SE ESTABLECEN CRITERIOS UNIFORMES DE ACCESO Y FUNCIONAMIENTO COMUNES A LAS ÁREAS DE PRIORIDAD

Más detalles

ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA CONCESIÓN DE TARJETAS DE ESTACIONAMIENTO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD Número 42

ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA CONCESIÓN DE TARJETAS DE ESTACIONAMIENTO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD Número 42 ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA CONCESIÓN DE TARJETAS DE ESTACIONAMIENTO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD Número 42 Artículo 1. Objeto. La presente Ordenanza tiene como objeto regular la concesión de

Más detalles

GM Asunto: Vehículos de movilidad personal (VMP) Instrucción 16/V-124

GM Asunto: Vehículos de movilidad personal (VMP) Instrucción 16/V-124 Subdirección General de Gestión de la Movilidad GM Asunto: Vehículos de movilidad personal (VMP) Instrucción 16/V-124 Tradicionalmente el tráfico urbano se ha disciplinado jurídicamente en nuestro país

Más detalles

1º- Esta señal indica entrada prohibida a

1º- Esta señal indica entrada prohibida a TEM 3 TEST EXMEN Nº 37 75 1º- Esta señal indica entrada prohibida a Turismos. Vehículo automóviles. Vehículos de motor, excepto motocicletas de dos ruedas sin sidecar. 2º- En una intersección hay una señal

Más detalles

ORDENANZA FISCAL MUNICIPAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA

ORDENANZA FISCAL MUNICIPAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA ORDENANZA FISCAL MUNICIPAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA I.- DISPOSICIONES GENERALES. Artículo 1. Este Ayuntamiento, de acuerdo con lo previsto en la Norma Foral Reguladora

Más detalles

La calzada es la parte de la vía pública por la que circulan:

La calzada es la parte de la vía pública por la que circulan: SERIE n 1 1 pág. 14 1 La calzada es la parte de la vía pública por la que circulan: A) Los peatones. B) Los vehículos. C) Los vehículos y peatones. pág. 18 2 Una señal vial es: A) Una sugerencia. B) Una

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LA CONCESIÓN DE TARJETAS DE ESTACIONAMIENTO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD

ORDENANZA REGULADORA DE LA CONCESIÓN DE TARJETAS DE ESTACIONAMIENTO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD ORDENANZA REGULADORA DE LA CONCESIÓN DE TARJETAS DE ESTACIONAMIENTO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD ARTÍCULO 1.-OBJETO La presente ordenanza tiene como objeto regular la concesión de tarjetas de estacionamiento

Más detalles

ORDENANZA DE CIRCULACIÓN DE PEATONES Y CICLISTAS

ORDENANZA DE CIRCULACIÓN DE PEATONES Y CICLISTAS ORDENANZA DE CIRCULACIÓN DE PEATONES Y CICLISTAS INDICE EXPOSICIÓN DE MOTIVOS TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I. OBJETO, ÁMBITO DE APLICACIÓN Y TERMINOLOGÍA CAPÍTULO II. SEÑALIZACIÓN DE LAS

Más detalles

movilidad BALIZAMIENTO, INCLUSO MANTENIMIENTO, REPARACIÓN, SUMINISTRO Y NUEVAS INSTALACIONES EN

movilidad BALIZAMIENTO, INCLUSO MANTENIMIENTO, REPARACIÓN, SUMINISTRO Y NUEVAS INSTALACIONES EN PROYECTO DE PRESTACIÓN DE SERVICIO DE SEÑALIZACIÓN VERTICAL, HORIZONTAL Y SISTEMAS DE BALIZAMIENTO, INCLUSO MANTENIMIENTO, REPARACIÓN, SUMINISTRO Y NUEVAS INSTALACIONES EN LA CIUDAD DE MÁLAGA 2011 movilidad

Más detalles

AYEGUI APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA ORDENANZA REGULADORA DEL USO DE LOS CAMINOS PÚBLICOS.

AYEGUI APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA ORDENANZA REGULADORA DEL USO DE LOS CAMINOS PÚBLICOS. AYEGUI APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA ORDENANZA REGULADORA DEL USO DE LOS CAMINOS PÚBLICOS. En el Boletín Oficial de Navarra número 151, del Lunes día 18 de Diciembre de 2.006, se publicó la aprobación inicial

Más detalles

ORDENANZA reguladora de la TASA POR ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA EN LAS VIAS PÚBLICAS MUNICIPALES FUNDAMENTO Y NATURALEZA

ORDENANZA reguladora de la TASA POR ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA EN LAS VIAS PÚBLICAS MUNICIPALES FUNDAMENTO Y NATURALEZA ORDENANZA reguladora de la TASA POR ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA EN LAS VIAS PÚBLICAS MUNICIPALES Nº. ORDEN 28 FUNDAMENTO Y NATURALEZA Artículo 1º. Concepto. En uso de las facultades

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE BAILÉN (JAÉN)

AYUNTAMIENTO DE BAILÉN (JAÉN) Número 4 Lunes, 09 de Enero de 2012 Pág. 294 ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE BAILÉN (JAÉN) SECRETARÍA GENERAL 71 Aprobado definitivamente la Ordenanza Municipal reguladora para personas con movilidad

Más detalles

TEST 16. LEY DE TRAFICO Y SEGURIDAD VIAL DISPOSICIONES ADICIONALES TRANSITORIAS Y FINALES SOLUCIONES

TEST 16. LEY DE TRAFICO Y SEGURIDAD VIAL DISPOSICIONES ADICIONALES TRANSITORIAS Y FINALES SOLUCIONES TEST 16. LEY DE TRAFICO Y SEGURIDAD VIAL DISPOSICIONES ADICIONALES TRANSITORIAS Y FINALES SOLUCIONES 1. Un conductor atropella un jabalí en un una vía pública causando la muerte del animal y daños personales

Más detalles

PROPUESTA. PROPUESTA ASOCIACIÓN PEDALIBRE Actuación Gran Vía Julio 2018

PROPUESTA. PROPUESTA ASOCIACIÓN PEDALIBRE Actuación Gran Vía Julio 2018 PROPUESTA ASOCIACIÓN PEDALIBRE Actuación Gran Vía Julio 2018 De acuerdo a la reunión mantenida el miércoles 11 de julio con José Manuel Calvo, titular del Área de Desarrollo Sostenible, y su invitación

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DEL TRÁFICO EN EL CASCO URBANO

ORDENANZA REGULADORA DEL TRÁFICO EN EL CASCO URBANO ORDENANZA REGULADORA DEL TRÁFICO EN EL CASCO URBANO ARTÍCULO 1. Objeto y Fundamento Legal La presente ordenanza tiene por objeto la ordenación, control y regulación del tráfico en las vías urbanas de este

Más detalles