NOVEDADES FISCALES
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- Bernardo Poblete Crespo
- hace 8 años
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1 NOVEDADES FISCALES IGARRI ASESORES, S.L. AITZIBER SASIAIN CAMINOS Renteria, a 28 de febrero de 2014
2 NORMATIVA APLICABLE: NORMA FORAL 5/2013 Medidas de lucha contra el fraude NORMA FORAL 1/2014 de 17 de enero, Impuesto de Sucesiones y Donaciones NORMA FORAL 2/2014 de 17 de enero, Impuesto sobre Sociedades NORMA FORAL 3/2014 de 17 de enero, Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas Orden Foral 12/2014 de16 de enero, Declaración informativa de entidades en régimen de atribución de rentas.
3 MEDIDAS DE LUCHA CONTRA EL FRAUDE Norma Foral 5/2013 ojo! -Se podrán realizar actuaciones para determinar la procedencia y cuantía de bases imponibles negativas y deducciones de cuota objeto de compensación aun cuando procedan de ejercicios prescritos. Nunca liquidación de periodos prescritos. -Valoración de rendimiento en especie (fecha vigor ).Como norma general: Nunca inferior al coste, tributos y gastos incluidos y se valora por el coste que suponga para el pagador..vivienda: 4% valor catastral, si es alquilada coste para el pagador nunca inferior a 4% del valor catastral. (antes 2%, y es el caso de que el propietario del piso es el empresario o empresa).turismos: en el supuesto de uso, el 20% del coste del vehículo y cuando a utilización del vehículo se destine para fines particulares y laborales, es estimará en un 50%, es decir, se aplicaría un 10% del coste.
4 MEDIDAS DE LUCHA CONTRA EL FRAUDE Norma Foral 5/2013 IRPF-Actividades económicas -Rendimientos de actividades negativas sólo se podrán compensar con actividades económicas positivas del propio contribuyente en los siguientes 15 años y no con rendimientos de trabajo suyos o del cónyuge. Para el 2014 se pueden compensar dentro de la unidad familiar en la declararación conjunta. -Gastos de restauración, hostelería, viajes y desplazamientos: 50% de los gastos con límite del 5% del volumen de ingresos de esa actividad, descontando la venta de elemento patrimoniales afectos. -Regalos y demás obsequios: 300 con identidad del perceptor.
5 MEDIDAS DE LUCHA CONTRA EL FRAUDE Norma Foral 5/2013 IRPF-Turismos -Agentes comerciales: 1) Deducibles los gastos al 100% con los siguientes límites: Arrendamiento, cesión y depreciación: x %amortización o Utilización: sin límites 2) Amortización: sí, límite x % amortización o También para la libertad de amortización 3) Leasing: Sí. Límite cuota leasing x % amortización o Intereses sin límite.
6 MEDIDAS DE LUCHA CONTRA EL FRAUDE Norma Foral 5/2013 IRPF-Turismos -No afectos. No deducible ni los gastos, ni la amortización -Afectos exclusivamente 1) Deducibles los gastos al 100% con los siguientes límites: -Arrendamiento, cesión y depreciación: x % amortización o Utilización: /año. 2) Amortización: sí, límite x % amortización o También para la libertad de amortización 3) Leasing: Sí. Límite cuota leasing x % amortización o Límite intereses 6.000
7 MEDIDAS DE LUCHA CONTRA EL FRAUDE Norma Foral 5/2013 I. Sociedades-turismos -Afectos parcialmente y agentes comerciales vinculados a la entidad (art.16 IS): Siempre y cuando se respete la correlación necesaria entre ingresos y gastos. 1.-Deducibles los gastos al 50% con los siguientes límites:.arrendamiento, cesión y depreciación: x % amortización o Utilización Amortización: sí, límite x amortización o No aplicable libertad de amortización. No deducible el leasing.
8 MEDIDAS DE LUCHA CONTRA EL FRAUDE Norma Foral 5/2013 I.Sociedades -turismos -Afectos exclusivamente y afectos parcialmente imputados como retribución en especie a los trabajadores 1.-Deducibles los gastos al 100% con los siguientes límites:.arrendamiento, cesión y depreciación: x %amortización o Utilización: Amortización: sí, límite x % amortización o También para la libertad de amortización 3.-Leasing: Sí. Límite cuota leasing x % de amortización o Límite intereses Ganancias y pérdidas patrimoniales. Para el cálculo se tendrán en cuenta las amortizaciones deducibles según esta modificación.
9 -Agentes comerciales: MEDIDAS DE LUCHA CONTRA EL FRAUDE Norma Foral 5/2013 I.Sociedades -turismos 1.-Deducibles los gastos al 100% con los siguientes límites:.arrendamiento, cesión y depreciación: x %amortización o Utilización: sin límites. 2.-Amortización: sí, límite x % amortización o Leasing: Sí. Límite cuota leasing x % amortización o Intereses sin límite.
10 MEDIDAS DE LUCHA CONTRA EL FRAUDE Norma Foral 5/2013 I.Sociedades -Gastos de restauración, hostelería, viajes y desplazamientos : 50% de los gastos con límite del 5% del volumen de ingresos de esa actividad, descontando la venta de elemento patrimoniales afectos. -Regalo y demás obsequios: 300 con identidad del perceptor.
11 MEDIDAS DE LUCHA CONTRA EL FRAUDE Norma Foral 5/2013 Información de bienes y derechos situados en el extranjero -Obligaciones de información sobre bienes y derechos situados en el extranjero: a) Cuentas en entidades financieras b) Valores, derechos, seguros, y rentas depositados, gestionados u obtenidos en el extranjero. c) Bienes inmuebles y derechos. d) Bienes muebles y derechos. e) Bienes muebles y derechos matriculados o que consten en registros extranjeros.
12 MEDIDAS DE LUCHA CONTRA EL FRAUDE Norma Foral 5/2013 Información de bienes y derechos situados en el extranjero.sujetos pasivos residentes..infracción tributaria: no presentar en plazo, de forma exacta, incompleta o datos falsos..si no se informa se considera a efectos de IRPF ganancia patrimonial no justificada en el periodo impositivo más antiguo de los no prescritos (aunque puedas demostrar que se ha generado en periodo prescrito), a no ser que la titularidad sea con cargo a rentas declaradas o cuando se obtuvieron por no contribuyente de IRPF. Si el periodo no prescrito último es anterior a 2013 se imputarán al Sanción de 150% sobre la cuota íntegra resultante de la ganancia patrimonial no justificada, no se tienen en cuenta las Bases Imponibles Negativas, compensaciones pendientes
13 MEDIDAS DE LUCHA CONTRA EL FRAUDE Norma Foral 5/2013 Información de bienes y derechos situados en el extranjero. Plazo de presentación a Cuentas corrientes: -31 de diciembre. Titulares, resprentantes, autorizados o beneficiarios: poder de disposición. -No obligación: contabilizados contablemente -No obligación: saldo a inferior a conjuntamente. -Obligación años posteriores si hay una variación superior a o si pierden la condición de titulares, autorizados o beneficiarios
14 MEDIDAS DE LUCHA CONTRA EL FRAUDE Norma Foral 5/2013 Información de bienes y derechos situados en el extranjero.valores, derechos, seguros. -A 31 de diciembre. Titulares reales y los que hayan perdido tal condición. -No obligación: contabilizados contablemente. -No obligación: valores+valor liquidativos fondos+valor rescate seguros inferior a Obligación años posteriores si hay una variación en o si pierden la condición de titulares
15 MEDIDAS DE LUCHA CONTRA EL FRAUDE Norma Foral 5/2013 Información de bienes y derechos situados en el extranjero.inmuebles y derechos sobre inmuebles. -31 de diciembre. Titulares reales y los que hayan perdido tal condición. -No obligación: contabilizados contablemente -No obligación: valor a efecto de Impuesto sobre las Grandes Fortunas a inferior a conjuntamente. -Obligación años posteriores si hay una variación en o si pierden la condición de titulares.
16 MEDIDAS DE LUCHA CONTRA EL FRAUDE Norma Foral 5/2013 Información de bienes y derechos situados en el extranjero.bienes muebles y derechos sobre los mismos o que este matriculados en registros extranjeros (dinero en efectivo ) -A 31 de diciembre. Titulares reales y los que hayan perdido tal condición. -Valor superior a No obligación: bienes registrados, contabilizados contablemente. -Obligación años posteriores si hay una variación en en dinero, metales o piedras preciosas. Y en bienes registrados.
17 NORMA FORAL 1/2014 de 17 de enero, Impuesto de Sucesiones y Donaciones Mínimo exento para las transmisiones mortis-causa y por seguros de vida pasa a euros (antes ).
18 NORMA FORAL 2/2014 de 17 de enero, Impuesto sobre Sociedades Normativa armonizada entre los tres Territorios Entrada en vigor el 1/1/2014 Destacaremos: Gastos no deducibles fiscalmente Deterioro por insolvencias de tráfico Provisiones Reinversión de beneficios extraordinarios Desaparición de deducciones Tributación, tipo de gravamen
19 1.-GASTOS NO DEDUCIBLES FISCALMENTE -Retribución de fondos propios (por ejemplo, dividendos) -El Impuesto sobre Sociedades -Multas, sanciones y recargos.penales y administrativas.no se incluyen intereses de demora -Pérdidas del juego -Gastos por servicios prestado por residentes en paraísos fiscales -Pagos en efectivo superiores a euros -Sobornos. -Donativos y liberalidades.excluidos gastos por relaciones públicas con clientes, proveedores y personal de la empresa. -Excepciones: donaciones a Fundaciones y Asociaciones de utilidad pública según NF 3/ Seguro de enfermedad (antes gasto deducible, ahora retribución en especie)
20 2.-DETERIORO DE VALOR POR OPERACIONES DE INSOLVENCIAS Norma fiscal -Que haya transcurrido más de 6 meses desde el vencimiento de la obligación -Concurso -Procesado por delito de alzamiento de bienes -Reclamación judicial, litigio o procedimiento arbitral No son deducibles: -Las deudas adeudados o afianzados con entidades de Derecho Público -Afianzados por entidades de crédito o Sociedad de Garantía Recíproca -Garantizados por derechos reales, reserva de dominio y derechos de retención -Garantizados por contrato de seguro -Con renovación o prorroga expresa -Entidades vinculadas, salvo declaración judicial
21 3.-PROVISIONES PARA RIESGOS Y GASTOS -Responsabilidad de litigios en curso e indemnizaciones pendientes -Provisión para impuestos -Desmantelamiento, retiro o rehabilitación del inmovilizado -Si son deducibles las de garantías de reparación y revisión; y gastos accesorios de devoluciones de ventas Límite: Aplicar a Ventas con garantías vivas proporción de: Gastos ejercicio y dos anteriores Ventas con garantías mismos ejercicios
22 4.-EXENCION POR REINVERSION DE BENEFICIOS EXTRAORDINARIOS No se integran en la base imponible -La transmisión de onerosa: Inmovilizado material Intangible Inversiones inmobiliarias Todos aquellos afectos a explotaciones económicas
23 4.-EXENCION POR REINVERSION DE BENEFICIOS EXTRAORDINARIOS Requisitos de la reinversión: -Hay que reinvertir el importe total de la transmisión -Reinversión en elementos patrimoniales citados: -Material, intangible o inversiones inmobiliarias -Valores que otorguen igual o superior al 5% en capital -Afectos a explotaciones económicas. -Plazo, respecto a la entrega: 1 año antes 3 años después Afectación: 3 años bienes muebles 5 años inmuebles vida útil sin es inferior
24 4.-EXENCION POR REINVERSION DE BENEFICIOS EXTRAORDINARIOS -Reinversión parcial, no se integrará en la base imponible la parte proporcional -Incompatibilidad con otros beneficios fiscales (excepto amortización acelerada y exceso de reinversión) -Incumplimiento:.Por falta de mantenimiento de la reinversión: integración de la renta en la base imponible, salvo nueva reinversión.por falta de reinversión, reintegro de la cuota más intereses de demora. -Se puede solicitar planes especiales de reinversión.
25 INCENTIVOS FISCALES DEDUCCIONES EN CUOTA a)para incentivar inversión en activos fijos materiales nuevos. Art.37 Inversión en activos fijos materiales nuevos Art.38 Bienes interés cultural, producción cine, edición libros b) Para incentivar financiación de las empresas. ( 2014 desaparece) Art. 39 Reservas para inversiones productivas c) Para incentivar determinadas actividades: Art 40. Actividades I+D Art.41.Activ. De Innovación Art.43. Desarrollo sostenible, medio ambiente y fuentes energía Art.44. Formación profesional ( 2014 desaparece) Art.44.bis. Contribución EPSV ( 2014 desaparece) Art.44.ter. Protocolo familiar (2014 desaparece) Art.45. Creación de empleo Art. 45.bis. Planes de igualdad. (2014 desaparece)
26 INCENTIVOS FISCALES DEDUCCIONES EN CUOTA a) Deducción en Inversión en Activos Fijos Nuevos -Porcentaje de deducción 10% -Objeto de deducción: Activos fijos materiales nuevos -Se excluyen terrenos y valor del suelo en inmuebles -Además:.Activos adquiridos en leasing, salvo edificios.aplicaciones informáticas.pabellones industriales rehabilitados o para rehabilitar.rehabilitación pabellones industriales propios.
27 INCENTIVOS FISCALES DEDUCCIONES EN CUOTA a) Deducción en Inversión en Activos Fijos Nuevos Requisitos: -Contabilizados en inmovilizado material o en inversiones inmobiliarias. -El coeficiente máximo de amortización no superior al 20% o lo que es lo mismo el período mínimo de amortización no inferior a 5 años. (excepto equipos informáticos). -No tributar por impuestos especiales sobre determinados medios de transporte. Si las empresas renting -Se prohíbe la transmisión, arrendamiento o cesión a terceros de los bienes, antes de transcurridos 5 años para bienes inmuebles o 3 años para muebles o durante su vida útil si es inferior. A no ser que haya una nueva afectación o reposición en el plazo de 1 mes (una vez) Excepción: cuando arrendar los bienes adquiridos sea la explotación económica.
28 -Importe de la inversión superior a euros. (para el 2014 no hay mínimo) + Superar uno de estos dos porcentajes: a)10% de activo fijo preexistente (material+programa informáticos+arrendamientos financieros) deduciendo las amortizaciones b) 15% del activo de la misma naturaleza, (PGC 3 dígitos) sin deducir las amortizaciones. (para el 2014 desaparece este requisito) -Importe de la inversión inferior a euros se permite la deducción siempre y cuando: Se haya formalizado un contrato indefinido con incremento de plantilla y que se mantenga durante dos años + Superar uno de estos dos porcentajes: a)10% de activo fijo preexistente (material+programa informáticos+arrendamientos financieros) deduciendo las amortizaciones b) 15% del activo de la misma naturaleza, (PGC 3 dígitos) sin deducir las amortizaciones
29 -Compatibilidad con libertad de amortización o amortización acelerada Incompatibilidades:.Exención por reinversión de beneficios extraordinarios: materialización de la reinversión.inversiones en bienes de interés cultural, producción de cine, edición de libros..inversiones destinadas a I+D+i.Inversiones en listado de tecnologías limpias.inversiones en limpieza de suelos contaminados.inversiones para reducir el impacto contaminante.inversiones en valorización de residuos, transporte sostenible, regeneración medioambiental, etc.
30 INCENTIVOS FISCALES DEDUCCIONES EN CUOTA b) Formación profesional (para el 2014 desaparece) -Formación dirigida a la actualización, capacitación o reciclaje del personal, exigido para el desarrollo de su puesto de trabajo. Realizada por la empresa o por un tercero. -Implantación de un sistema de gestión de la prevención de riesgos laborales. No sólo los gastos para la obtención del certificado, también la formación de los trabajadores en materia de prevención de riesgos laborales. -Formación del personal en el uso de nuevas tecnologías. -Base de deducción: Gastos efectuados en el periodo. -Subvenciones: la base imponible se reduce por las subvenciones recibidas, (1-tipo impositivo)% de la entidad -Deducción del 10% de la base -Para el exceso sobre la media de los gastos efectuados en los dos años anteriores una deducción adicional del 15%
31 INCENTIVOS FISCALES DEDUCCIONES EN CUOTA c) Contribuciones empresariales a EPSV (para el 2014 desaparece) -No posibilidad si son compromisos adoptados con los trabajadores por un ERE. -Importe de la deducción: 10% de las contribuciones con un límite de euros por trabajador. Y siempre que: -Que afecten al colectivo de trabajadores -Promotor=sujeto pasivo -Criterios recogidos en acuerdo colectivo y proporcionales con parámetros cuantificables (edad, salario, antigüedad, aportaciones del personal )
32 INCENTIVOS FISCALES DEDUCCIONES EN CUOTA d) Deducción por creación de empleo Deducción por cada persona contratada: por cada trabajador por cada trabajador incluido en un colectivo con especiales dificultades de inserción -Contratación indefinida -Trabajadores a tiempo parcial o por periodos inferiores al año; proporcionalmente al nº de horas efectivamente trabajadas -En caso de ERE el cumplimiento de requisitos de mantenimiento se suspende hasta fin del ERE. Se exige que: -Incremento de promedio de plantilla con contrato laboral indefinido respecto al ejercicio anterior. -El incremento se debe mantener cada uno de los dos años siguientes a la fecha del cierre del periodo impositivo en que se genere el derecho a la deducción -Incumplimiento: autoliquidación del incumplimiento inclusión de la deducción más intereses de demora
33 Normas comunes a las deducciones: -El límite de la deducción por año es: -Empresas que NO sean pequeña empresa el límite para las deducciones es el 35% de la cuota líquida -Si son pequeña empresa, límite 45% de la cuota líquida. -Las deducciones que no tienen límite en la cuota son:.i+d.innovación tecnológica. -Si supera el límite el exceso será deducible en los 15 años inmediatos y sucesivos al periodo en que se crea el exceso. -Se permite que se empiece a contar el primer año que se tengan resultados positivos siempre que este dentro del periodo de prescripción, si no hay resultados positivos en este plazo se empieza a contar desde el periodo de devengo de la deducción. -No formarán parte de la base de deducción :Las subvenciones, tanto de capital como de explotación. Se restará (1-tipo impositivo)% -No formarán parte de la base de deducción: Inversiones del arrendatario en el elemento arrendado.
34 Tributación, tipo de gravamen: Microempresas y pequeñas: 24% Medianas y grandes: 28% Se introduce una tributación mínima: La cuota efectiva no puede ser menor al 11% de la base imponible en el caso de microempresas y pequeñas empresas, y 13% en medianas y grandes.
35 NORMA FORAL 3/2014 de 17 de enero, Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas -Se establece nuevas obligaciones de información a las administraciones públicas de cualquier subvención o renta, exenta o no, a través de un modelo tributario específico de carácter informativo. -Con la finalidad de acercar la tributación de los empresarios personas físicas al rendimiento real de su actividad, a partir de 1 de enero de 2014 desaparecen los módulos. -Se incrementa de 5 a 15 años el plazo de años en el que las personas físicas puedan compensar las bases imponibles negativas pendientes de aplicación de sus actividades económicas, así como el plazo de aplicación de las deducciones generadas en dichas actividades económicas y que no hayan podido aplicar por insuficiencia de cuota.
36 NORMA FORAL 3/2014 de 17 de enero, Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas -Por razones de equidad se amplía la tarifa vigente para la base liquidable general, y el tipo marginal más alto pasa a ser del 49% a partir de Se podrá deducir de la base liquidable general (antes de la base liquidable general + del ahorro). -Para la base liquidable del ahorro será gravada a los tipos que se indican en la siguientes escala: Hasta % Desde 2.500,01 hasta % Desde ,1 hasta % Desde ,01 hasta % Desde ,01 en adelante 25%
37 NORMA FORAL 3/2014 de 17 de enero, Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas -Se vuelve a admitir la compensación entre rendimientos de actividades económicas de los miembros de la unidad familiar, en caso de tributación conjunta.
38 Mila esker! IGARRI ASESORES, S.L. PS.San Francisco, 13-2ºA, TOLOSA (GIPUZKOA) Pol. Belartza, c/gurutzegi, 12-1º Ofic. 9, DONOSTIA (GIPUZKOA) Tfno.: Fax: Aitziber Sasiain Caminos
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