PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE REGIRÁ EN EL PROCEDIMIENTO DE CESION DEL SERVICIO DE EXPLOTACION DEL BAR DEL CENTRO MUNICIPAL DE CONVIVENCIA

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1 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE REGIRÁ EN EL PROCEDIMIENTO DE CESION DEL SERVICIO DE EXPLOTACION DEL BAR DEL CENTRO MUNICIPAL DE CONVIVENCIA GENERALIDADES Antecedentes Objeto Plazo de duración Normas y criterios de aplicación PRESCRIPCIONES TÉCNICAS Prescripciones Técnicas Generales Prescripciones Técnicas Particulares ÍNDICE MEDIOS MATERIALES Condiciones del uso de las instalaciones y el equipamiento de la actividad Medios técnicos necesarios Conservación y mantenimiento Suministros y consumibles MEDIOS HUMANOS Personal Relaciones laborales Vestuario y uniformidad Seguridad e Higiene en el Trabajo Sustitución de ausencias y bajas laborales CALIDAD DEL SERVICIO Inspección del Servicio Nivel de calidad del Servicio Repercusión de sanciones u otros perjuicios impuestos al Ayuntamiento Garantías Programación Documentos de control Información directa a los usuarios Prioridad a los usuarios del centro DOCUMENTACIÓN Y PRESENTACIÓN DE OFERTAS Formato de la documentación CONDICIONES ECONÓMICAS Revisión de las listas de precios CRITERIOS DE VALORACIÓN Y ADJUDICACIÓN ANEXO 1

2 -GENERALIDADES Antecedentes. El CENTRO MUNICIPAL DE CONVIVENCIA, es un edificio de titularidad municipal, donde existe un bar, cuyo titular es el Ayuntamiento de Benetússer, siendo su objetivo, ampliar los servicios ofrecidos por el Ayuntamiento a los usuarios del centro. Para mejorar los servicios ofrecidos, se contrata la explotación de dicho servicio a empresas profesionales, siendo esta contratación, el objeto del presente procedimiento. Objeto. El presente pliego de prescripciones técnicas tiene por objeto concretar las actuaciones del adjudicatario, en lo referente a los trabajos a realizar y demás circunstancias de carácter técnico que afecten al contrato. El Servicio de Explotación del bar en el Centro Municipal de Convivencia, por tanto, se prestará conforme a las cláusulas que a continuación se insertan y de acuerdo con las instrucciones de servicio que emita la Corporación, a través del Concejal o Técnico por ella designado. Las actuaciones que conlleva la adjudicación del presente contrato son: Dotar de Servicio de Bar al Centro Municipal de Convivencia, de Benetússer. Plazo de duración. La duración del servicio de explotación del bar en el Centro Municipal de Convivencia, será de DOS AÑOS, ampliable hasta CUATRO AÑOS. Normas y criterios de aplicación. La prestación del servicio se realizara conforme a lo establecido en este pliego y en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, en la normativa sectorial que resulte de aplicación en cada momento, así como por las características específicas, del proyecto presentado por el licitador en su oferta, y demás documentación relativa a la organización y prestación del servicio presentada. En cualquier caso, las condiciones de prestación del servicio que se deriven de la documentación presentada por el licitador, no podrán ser

3 contradictorias con las establecidas en este pliego, en el de cláusulas administrativas y en la normativa aplicable, prevaleciendo todas ellas frente a las primeras. -PRESCRIPCIONES TÉCNICAS Prescripciones Técnicas Generales. La prestación del servicio se acomodará a las siguientes prescripciones técnicas generales, que tendrán carácter mínimo, pudiendo en consecuencia ser mejoradas por la oferta realizada por el adjudicatario: El servicio descrito incluirá : o o o o o o o La preparación y servicio de cafés, té, infusiones. Venta de refrescos, helados y aperitivos. Preparación y servicio de bocadillos, raciones y comidas. Elaboración de menús diarios. En caso de que se organicen fiestas o comidas no dirigidas a personas de la tercera edad, estas se deberan de realizar exclusivamente durante el fin de semana y en horario que no molesten las actividades planificadas para la tercera edad. Debera de organizar los bailes para la tercer edad en horario de Sabado y Domingo de 17:00 a 21:00 h. Se debera de hacer cargo de suministrar y conservar los juegos de mesa asi como facilitar que las personas de la tercera edad puedan jugar en horario de 17:00-21:00 h. El horario de prestación del servicio será: - LUNES a JUEVES... DE 8:00 A 22:00 H. - VIERNES Y SABADOS... DE 8:00 A 23:00 H. - DOMINGOS... DE 9:00 A 21:00 H. El mes de agosto no se prestará el servicio al estar cerrado el centro por vacaciones. En los períodos de Fiestas Mayores y Semana Santa, los horarios diarios se ampliarán hasta la 1:30 de la madrugada Estos horarios podrán ser mejorados por la empresa adjudicataria mediante la ampliación del horario de apertura del local. Prescripciones Técnicas Particulares. En particular, el servicio objeto de la presente contratación quedará sujeto a las siguientes condiciones técnicas particulares: 1Se prestará en el interior del local destinado al efecto en el Centro Municipal de Convivencia, que incluye la zona de servicio al público, la zona de barra y la cocina.

4 2Serán obligaciones del adjudicatario: 2.1 La limpieza diaria del suelo del local, el mobiliario y las instalaciones del local asignado. 2.2 La limpieza de los accesos y de los servicios comunes al centro, antes del inicio de la actividad, y durante el funcionamiento de la misma, en aquellos horarios que los restantes servicios del centro no estén en funcionamiento (ampliaciones voluntarias de horario, ampliación de horario por fiestas, domingos, festivos, etc.). 2.3 Facilitar a los usuarios las servilletas y manteles necesarios de tipo desechable. 2.4 Realizar el servicio con sujeción a los precios ofertados, en el presente concurso, que nunca serán superiores a los establecidos en el Anexo I, con la revisión anual que se establezca. 2.5 Dotar del personal necesario para prestar el servicio, e incrementarlo, cuando se prevea una mayor asistencia de público al centro en función o la actividad o evento que se realice. 2.6 Dotar a todo el personal que realice el servicio de una adecuada indumentaria profesional. - MEDIOS MATERIALES Condiciones del uso de las instalaciones y el equipamiento dela actividad. El adjudicatario, se hará cargo de las instalaciones existentes en el Bar del Centro Municipal de Convivencia. Al finalizar el contrato se levantará una acta del estado en que se encuentran dichos elementos, siendo responsable de cualquier falta o desperfecto ocasionado, debiendo efectuar a su cargo las reparaciones necesarias, así como las reposiciones de éstos por el deterioro derivado del uso del mismo o por extravío, siendo de la misma calidad, marca, modelo, color, etc que el inventario, para entregar las instalaciones en las mismas condiciones en que fueron entregadas. Medios técnicos necesarios. Todos los restantes equipos técnicos, mobiliario, accesorios, utensilios, y cualquier material necesario para la prestación del servicio será por cuenta de la empresa adjudicataria, a tal efecto en la propuesta se especificara con detalle todo el equipamiento previsto para el inicio de los servicios. Conservación y mantenimiento.

5 El local del bar, equipos e instalaciones deberán tener en todo momento un buen aspecto en lo que respecta a limpieza y lavado, pintura, así como encontrarse en al corriente de cualquier revisión o inspección reglamentaria, a tal efecto deberá realizar los contratos, que se indiquen, con empresas especializadas, que deberá aportar al Ayuntamiento para la incorporación al expediente. Suministros y consumibles. El gas, agua y la electricidad correrán a cargo del Ayuntamiento. Los productos de limpieza, y demás elementos utilizados durante la realización del servicio, correrán a cargo de la empresa adjudicataria. Cualquier otro contrato de suministro que se realice, será a nombre del adjudicatario. - MEDIOS HUMANOS Personal. El adjudicatario tendrá libertad para dimensionar la plantilla en cuanto a número y cometidos del personal empleado, respetando los términos regulados por el convenio laboral del sector. Se destinará el personal suficiente y con los conocimientos suficientes para la realización de las actividades, debiendo disponer de las acreditaciones y permisos necesarios realizar las funciones específicas. El adjudicatario, por sí mismo, o por la persona que nombre se encargará de controlar todos los aspectos relacionados con el servicio, debiendo tener constancia el Ayuntamiento del nombre de la persona, con sus dados completos y el teléfono donde localizarle a cualquier hora, que en cada momento ejerce la dirección del Servicio por parte del adjudicatario. Relaciones laborales. El Ayuntamiento no tendrá relación jurídica ni laboral con el personal del adjudicatario durante el plazo de vigencia del contrato, ni al término del mismo. El Servicio estará dotado del personal necesario para que su prestación se efectúe en las debidas condiciones de eficacia, evitando al usuario cualquier incomodidad o demora. Todo el personal que emplee el adjudicatario para la prestación del servicio deberá percibir, como mínimo, los haberes o jornales fijados en la correspondiente reglamentación laboral o convenio, y estará en todo momento al corriente de las cuotas de la Seguridad Social.

6 Los contratos que, en su caso, pueda establecer el adjudicatario, lo serán entre éste y la empresa contratada, sin vinculación alguna para el Ayuntamiento, se ajustarán en todo momento a la legislación laboral aplicable, y concluirán, a más tardar, cuando la concesión expire o revierta. Vestuario y uniformidad. Las personas encargadas de la realización del servicio deberán ir correctamente vestidas con un tipo de ropa acorde con el trabajo que desempeñen y la estación del año en que se encuentren. Los licitadores detallarán en su oferta el tipo de vestimenta que utilizarán, que estarán de acuerdo con lo establecido en las normas laborales según el cometido a que se destinen, especificando con precisión la calidad, características técnicas y de seguridad laboral. El vestuario deberá estar siempre en correcto estado de revista. Seguridad e Higiene en el Trabajo. La prestación del servicio queda sometida a los controles sanitarios y de calidad que se realicen periódicamente por los Órganos de competencia en la materia. El adjudicatario se obliga a garantizar la calidad de los productos servidos, su correcta conservación, prestación y aplicación de las normas de manipulación de alimentos establecida en la legislación vigente. Siendo a su cargo los tratamientos necesarios de desinfección desinsectación del local propio del bar. Además deberá cumplir las disposiciones vigentes y las que en lo sucesivo se dicten sobre materia fiscal, laboral, social y de Seguridad Social, exonerando al Ayuntamiento de cualquier responsabilidad en caso de incumplimiento de tales obligaciones. Igualmente cumplirá con toda la reglamentación técnico sanitaria para elaboración y distribución de comidas y bebidas preparadas, y demás disposiciones sanitarias vigentes, siendo obligatorio que personal que realice el servicio tenga el carné de manipulador de alimentos. Estando obligado a la presentación de cualquier documento referente a la legalización de la empresa y sus trabajadores al Ayuntamiento, cuando así se le exija. Sustitución de ausencias y bajas laborales. El servicio debe de prestarse de forma continuada por el adjudicatario o las personas por él contratados. Las ausencias por vacaciones, bajas laborales por enfermedad u otro motivo, no serán justificante para el cese en la prestación total o parcial del servicio, ni para la disminución de la calidad con que se presta, debiendo cubrirse las bajas laborales mediante personal contratado a tal efecto.

7 La plantilla de personal deberá dimensionarse de forma que la prestación del servicio no sufra merma durante los periodos de mayor actividad o en los eventos que sean programados con antelación mínima de una semana. - CALIDAD DEL SERVICIO Inspección del Servicio. El Ayuntamiento, a través de su personal técnico nombrado al efecto, ejercerá la función inspectora del servicio. En ejercicio de tal facultad, podrá dictar por escrito cuantas disposiciones redunden en su mejora, las cuales estará obligado a cumplir el adjudicatario, sin perjuicio de los derechos que le amparan conforme lo establecido en los pliegos que rigen este concurso y en la normativa general aplicable. El Concejal o el Técnico designado, tendrán acceso a cualquier fase de los trabajos que se efectúen para la prestación del servicio, incluso los trabajos que se realicen fuera del área propia de prestación del servicio, así como a las instalaciones auxiliares de cualquier tipo, y el contratista estará obligado a dar toda clase de facilidades para la inspección de las mismas. Nivel de calidad del Servicio. Corresponde a la empresa contratista la dirección de su personal y el cuidado en la correcta prestación de los servicios prestados, conforme a los niveles de calidad establecidos. El contratista adoptará, bajo su responsabilidad, todas las medidas necesarias para el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias vigentes. A los usuarios del servicio se les atenderá con la máxima deferencia y corrección, y en caso de repetirse una denuncia de los usuarios, por el comportamiento del personal del servicio, tras la comprobación correspondiente, el adjudicatario tendrá la obligación de sustituir el personal causante de las denuncias por otro. El servicio estará sometido a controles de calidad que se efectuarán de modo aleatorio cuando así lo ordene la Alcaldía-Presidencia, a propuesta del responsable de la dependencia destinataria del servicio. El Ayuntamiento, a través de su función inspectora y demás herramientas que se habilitan en este pliego, evaluará en todo momento el nivel de calidad obtenido por el Servicio prestado, entendiendo dicho nivel de calidad como el grado de cumplimiento del pliego de condiciones y la oferta del licitador, y por el grado de satisfacción de las expectativas del cliente, considerando como tal a los ciudadanos y al propio Ayuntamiento.

8 La prestación del servicio, en todo o en parte, con evidente falta de calidad imputable al adjudicatario (por ejemplo incumplimiento de horarios, averías o mal funcionamiento de medios o instalaciones, falta de limpieza, no atención de quejas y sugerencias ), será sancionada según lo dispuesto en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. Repercusión de sanciones u otros perjuicios impuestos al Ayuntamiento. Los importes de las sanciones, o cualquier otro perjuicio económico que otras administraciones impongan al Ayuntamiento en aplicación de la normativa que afecta al objeto de esta concesión, serán repercutidos sobre el adjudicatario, cuando la causa sea atribuible a ésta. Garantías. Durante la ejecución de la prestación del servicio y de los trabajos o actividades complementarias necesarias para la realización del mismo, el adjudicatario será responsable de todos los daños y perjuicios, directos e indirectos, que se puedan ocasionar a cualquier persona, propiedad o servicio público o privado, como consecuencia de actos, omisiones o negligencia del personal a su cargo, o de una deficiente organización de los trabajos. El adjudicatario deberá proceder de manera inmediata a indemnizar y reparar de forma aceptable todos los daños ocasionados a personas, servicios y propiedades públicas o privadas, imputables a él, de acuerdo con el párrafo anterior. Así como al propio Ayuntamiento, en el supuesto que indemnice a los particulares por ello, en aplicación de la Ley 30/1992; a tal efecto el adjudicatario deberá disponer una póliza de Seguros de Responsabilidad Civil como mínimo de y un seguro de daños por incendios y accidentes (explosiones de gas, fugas de agua, etc.) de una cuantía de Programación. Los licitadores, de forma obligatoria propondrán un plan o programa de servicios, en el cual se detallará de forma clara, el horario en que serán realizados los servicios, a partir de los mínimos establecidos. El tipo de servicios que piensa realizar y en que periodos del año o de la semana. Asimismo se detallará la dotación de personal habitual y el método que utilizará par resolver con picos de trabajo o eventos especiales con personal de la cualificación adecuada. Esta información se mantendrá actualizada y se notificarán al Ayuntamiento los cambios que se tengan que producir con la antelación suficiente. Toda modificación o cambio que se produzca sobre el servicio inicial, requerirá la aprobación previa por parte del Ayuntamiento.

9 Así como cualquier modificación o alteración de las instalaciones cedidas deberán contar con la aprobación previa del Ayuntamiento. Documentos de control. Con la finalidad de controlar el funcionamiento del servicio y nivel de calidad obtenido, la empresa entregará al Ayuntamiento la siguiente información: Al inicio del servicio: - Relación de todo el personal que prestará el servicio, con toda la documentación acreditativa de estar de alta en la seguridad social y en posesión de los carnés o acreditaciones necesarias para prestar el servicio - Relación de todos los útiles, herramientas, maquinaria aportadas por el adjudicatario al servicio, en el que consten sus características, y la idoneidad para el mismo. - Copia de las dos listas de precios y demás documentación que será expuesta al publico en aplicación del articulo siguiente. Cuando exista un cambio en la información entregada, se comunicará mediante el mismo procedimiento, con un plazo máximo de 8 días. Información directa a los usuarios. Junto a la barra del Bar y en un lugar bien visible para los usuarios, el adjudicatario deberá exponer de forma permanente, como mínimo, la siguiente información: - Titularidad municipal de la instalación. - El nombre de la empresa adjudicataria. - Listado de las dos tarifas vigentes de los diferentes servicios. - Normas de funcionamiento y admisión del público. - Existencia de las preceptivas hojas de reclamaciones. - Información, incluyendo la fotografía, sobre el nombre del responsable del centro y el personal encargado de los servicios. Prioridad a los usuarios del centro. Dada la especificidad del centro se permitirá el libre acceso sin limitación, pero manteniendo un trato preferencial al colectivo de personas jubiladas y pensionistas de Benetússer, siendo estas personas las beneficiarias de la aplicación de precios del listado del Anexo I previa presentación del Carnet de Jubilados y Pensionistas expedido por el Ayuntamiento de Benetússer.

10 - DOCUMENTACIÓN Y PRESENTACIÓN DE OFERTAS Formato de la documentación. La documentación técnica de ofertas que presenten los licitadores deberán estructurarse en la siguiente forma: 1 MEMORIA DESCRIPTIVA DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.- Los licitadores deberán presentar en el Sobre denominado «Documentación Técnica» una Memoria descriptiva del Servicio proyectado, con especial hincapié en las cuestiones relativas a la organización del Servicio, personal, medios a emplear, horarios, etc., a efectos de su baremación por la Mesa de Contratación. 2 LISTA DE PRECIOS.- Los licitadores deberán presentar en el Sobre denominado «Documentación Técnica» una lista de precios, en la que, como mínimo, figuren los productos incluidos en el Anexo I, con un precio igual o inferior al marcado. Todos los productos ofertados en la lista de precios estarán dentro de la actividad a la que se destina el servicio contratado. Esta lista de precios contendrá todos los artículos que el licitador propone incorporar y será obligatoria su ejecución. Esta lista de precios será la aplicada al colectivo de Jubilados y pensionistas de Benetússer siendo los precios para el resto de clientes el que marque libremente el adjudicatario OFERTA ECONÓMICA. Se hará constar el alza sobre el canon mínimo (50 /mensuales), según modelo que se adjunta en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. Se incluirá en el Sobre denominado Documentación económica. MEJORAS: Se valorarán las siguientes mejoras: - Mejoras en la uniformidad del personal. - Mejoras en la calidad de los productos a ofrecer. - Mejora de los equipamientos. - Ampliación medios técnicos.

11 - CONDICIONES ECONÓMICAS Revisión de las listas precios. La primera revisión de precios se efectuará una vez transcurrido 1 año desde el inicio de la prestación total del servicio, y a partir de ahí se procederá a revisar de igual forma, por años completos sucesivos. Se tomarán como base los precios ofertados (caso de la primera revisión) o los últimos precios revisados (caso de las revisiones siguientes), y se multiplicarán, por el coeficiente Kt, que como máximo será el que resulte de aplicación de la siguiente fórmula siguiente: Donde: IPC2 Kt = IPC1 Kt = Coeficiente ponderado de revisión de precios, expresado con 4 decimales. IPC1 = Índice nacional general de precios al consumo, IPC, correspondiente al último mes del año anterior al transcurrido. IPC2 = Índice nacional general de precios al consumo, IPC, correspondiente al último mes del año transcurrido. Nota: Los índices adoptados serán los oficialmente publicados por el INE. Una vez conocido el Kt aplicable, la empresa adjudicataria presentará obligatoriamente ante el Ayuntamiento la solicitud de revisión de precios junto con las nuevas tarifas revisadas y la justificación de su cálculo. El Ayuntamiento dispondrá de 1 mes a partir de la fecha de presentación para aprobar u oponerse a la revisión solicitada. Si transcurrido el mes, el Ayuntamiento no hubiera resuelto de forma explícita, podrá la empresa aplicar de forma automática los nuevos precios revisados, sin más limitación que su previa notificación al Ayuntamiento. No obstante lo anterior, si los precios revisados no fuesen admisibles por error de cálculo o por cualquier otra razón justificativa, el Ayuntamiento resolverá con los precios que corresponda aplicar, debiendo la empresa concesionaria indemnizar a los usuarios del Servicio a los que se les haya aplicado una tarifa superior a la correcta, con independencia del plazo de tiempo en que recaiga la resolución.

12 - CRITERIOS DE VALORACIÓN Y ADJUDICACIÓN. Las ofertas se valorarán según los parámetros cuyo valor relativo aparece en la tabla siguiente: Parámetro. Valor máximo 1.- Canon de la concesión Listas de precios Organización del servicio Valoración de las mejoras Ampliación de horario 5 Total: 100 Los criterios de valoración de tales parámetros serán los siguientes: 1) Canon de la concesión. La oferta que realice un alza en el canon mensual, se puntuará con 1 punto por cada 10 euros de alza, hasta un máximo de 40 puntos. Se propone un canon mínimo de 50 Euros / mes. 2) Listas de precios. A cada producto se le asignará una ponderación en función de su mayor frecuencia de uso, teniendo de este modo más peso en la puntuación asi de la diferencia obtenida entre el precio de la lista y el precio ofertado en porcentaje, se le asignara una puntuación en función del porcentaje rebajado respecto al precio de partida. 3) Organización del Servicio La organización y funcionamiento del servicio se puntuará entre 0 y 15 puntos. Se valorarán aspectos como: - El número de trabajadores y su cualificación, máximo 5 puntos. - La experiencia en el sector del titular la estructura de trabajo, las funciones asignadas, y todos aquellos aspectos que estando directamente relacionados con la mano de obra, redunden en la eficaz y eficiente prestación del servicio, 10 puntos. Para obtener la máxima puntuación no será requisito emplear el mayor número posible de trabajadores, si no justificar que se prestan todos los servicios incluidos dentro del contrato, con una óptima organización y aprovechamiento de medios humanos, garantizando su continuidad y el aseguramiento de la calidad.

13 4) Valoración de las mejoras. Se valorarán: 4.1. Ampliación de medios técnicos ofertados: hasta 2,5 puntos Mejora calidad productos ofertados: hasta 2,5 puntos Mejora en equipamientos: hasta 2,5 puntos Mejora en uniformidad personal: hasta 2,5 puntos. 5) Horario. La ampliación de horarios en domingos y festivos hasta las 24:00 h tendrá una valoración de 3 puntos y la ampliación del horario diario de funcionamiento hasta las 24:00, un máximo de 2 puntos. Se entenderá que una oferta permite alcanzar los objetivos del servicio, cuando justifique documentalmente que se presta el servicio objeto del procedimiento, que lo hace con los medios adecuados y la calidad suficiente, sin contradecir los requisitos mínimos y obligaciones que se derivan de este pliego y del de cláusulas administrativas. Para la evaluación de tal justificación, las empresas licitadoras serán conscientes de la importancia de la claridad y exhaustividad con que deben ser elaboradas sus ofertas. Todas aquellas ofertas que posean cláusulas condicionadas, contradictorias, incompatibles o que desvirtúen el contenido de este pliego, que sean de redacción confusa, equívoca, inexacta o incompleta, podrán ser desestimadas. Es por tanto necesario que la oferta incluya y justifique de forma clara: - El correcto dimensionado de los medios humanos y materiales. - La idoneidad de la estructura de trabajo y comunicación, que permita el mejor aprovechamiento de los medios disponibles, flexibilidad de actuación y reserva de medios. - La clara definición de su funcionamiento y los objetivos de calidad. -- Que las tarifas de los servicios se han valorado de manera acorde con los precios de mercado.

14 PCT del bar Centro Municipal de Convivencia - ANEXO 1 Lista de Precios máximos de los productos para el año Nombre Precio máximo 2013 Ponderación ( /unidad) (en %) CAFÉ 0,9 15 INFUSIONES 0,9 15 CAFÉ CON LECHE 1 25 CORTADO 0,9 15 AGUA (1 l) 1 15 LATAS DE REFRESCOS 0,85 15 Benetússer, a 16 de abril de 2013 El ingeniero municipal 10/2008-A... PAGINA 14

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