Seguridad Aeroportuaria Año de aprobación del 2012 informe:
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- Gabriel Gallego Parra
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1 Tema: Seguridad Aeroportuaria Año de aprobación del 2012 informe: Jurisdicción: Nacional Organismo de Control: Auditoria General de la Nación Organismo Auditado: Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos (ORSNA) Objetivo de la auditoria: Verificar el cumplimiento de las obligaciones por parte del concesionario London Supply SA y la gestión del ORSNA en el control de las mismas Periodo analizado: 2007 a 2010 Año en que se realizó: El cierre de las tareas de campo fue en agosto de 2011 Fuente: OBJETIVO La Auditoria General de la Nación (AGN) realizó un examen de gestión en el Organismo Regulador del Sistema de Aeropuertos (ORSNA) para verificar el control que se lleva a cabo en el cumplimiento de las obligaciones de uno de los concesionarios, la empresa London Supply SA en tres aeropuertos: Aeropuerto Internacional de Ushuaia Malvinas Argentinas (Pcia. de Tierra del Fuego) Aeropuerto Internacional El Calafate Armando Tola (Pcia. de Santa Cruz) Aeropuerto Internacional de Trelew Almirante Marcos A. Zar (Pcia. de Chubut) El periodo auditado abarca desde el año 2007 al año 2010, las tareas de campo fueron finalizadas en Agosto de El informe fue aprobado el 30/03/2012 bajo la Resolución Nº 035/2012. SINTESIS El Sistema Nacional de Aeropuertos (SNA) fue creado por Decreto N 375/97 que también creó el ORSNA. Atento a nuestro objeto analizado, del total de aeropuertos que conformaban al SNA se encontraban incluidos el aeropuerto de Ushuaia y el de Trelew, en tanto que el de El Calafate fue incluido al SNA por otro decreto, en el año Según establece el mencionado decreto entre las funciones del ORSNA, se menciona en el artículo 17 inciso 23, el de Verificar el cumplimiento de las obligaciones a cargo del concesionario o del administrador del aeropuerto. El Organismo Regulador esta autorizado a requerirles los documentos e informaciones necesarios para verificar el cumplimiento de sus obligaciones y a realizar las inspecciones a tal fin, con adecuado resguardo de la confidencialidad de la información. Toda actividad que se desarrolla en los aeropuertos está regulada por el Reglamento General de Uso y Funcionamiento de Aeropuertos del SNA (ReGUFA), el que fuera aprobado por el ORSNA por Resolución del 31/07/2001. El mismo es de aplicación a toda
2 persona física o jurídica, pública o privada, que ingrese al aeropuerto y/o haga uso de las instalaciones aeroportuarias, de los servicios brindados dentro del aeropuerto o que tenga cualquier tipo de relación directa o indirecta con la actividad aeroportuaria aeronáutica o no aeronáutica. 1. Infraestructura OBSERVACIONES EFECTUADAS POR LOS AUDITORES El equipo de auditores, como parte de sus tareas de campo, realizó una visita a los tres aeropuertos. Con respecto a las obras públicas y del análisis de expedientes se detectó que presentan deficiencias. Tal es el caso de los expedientes del proyecto de ampliación y remodelación del aeropuerto de Trelew, que no se encuentra la realización del estudio de Impacto Ambiental ni la documentación que acredite la reubicación o eliminación de un surtidor de combustible en plataforma. Además del análisis de otro expediente, en este caso, del proyecto de remodelación de Terminal de Pasajeros del Aeropuerto El Calafate, se detectaron otras deficiencias. Por ejemplo, que entre octubre de 2005 y agosto de 2010 no constan los movimientos del expediente, no hay ninguna documentación relativa al proyecto ejecutivo como tampoco la aprobación del ORSNA, CRA ni PSA, entre otras. 2. Instalaciones contra incendios Este tema está regulado por una Resolución ORSNA N 58 del 11/12/2006 que detalla los requisitos que deben cumplir las instalaciones aeroportuarias en materia de seguridad contra incendios. Establece las previsiones para estacionamientos, la seguridad en las plataformas, respecto de los sistemas de prevención, previsiones para los hangares y para la Torre de Control. Para llevar adelante la adecuación de instalaciones, los Explotadores deberán presentar los proyectos al organismo para su aprobación o formulación de observaciones. Por su parte el ReGUFA pone en cabeza del explotador la responsabilidad del servicio de la prevención, el combate y la extinción de incendios. a) Las Torres de Control de los Aeropuertos de Ushuaia y Trelew no se ajustan a lo normado en el Cuadro de Protección Contra Incendios. La Torre de Control, debe contar con avisadores manuales y detectores de incendios, deberá establecerse una señal a punto ente la torre y el servicio de salvamento del aeropuerto, deberá existir una escalera externa tipo gato o marinera, además de la propia del edificio. De todas estas previsiones analizadas por las exigencias de las normas, el equipo de auditores de AGN pudo constatar que en los aeropuertos mencionados (Ushuaia y Trelew) la Torre de Control no responde a varias de estas exigencias mencionadas, como por ejemplo, la falta de correcta ubicación de los matafuegos y su señalización, falta de pulsadores de alarma o avisadores manuales, falta de carteles de señalización de emergencias, falta de censores de humo y fuego. Esto no ocurre en el Aeropuerto de El Calafate, donde si se cumple con la reglamentación y el
3 equipamiento necesario. También destacan los auditores, el control que sobre este tema realiza el ORSNA, en donde se detectó que en las inspecciones que realizan no examina las Torres de Control, y según aclaran los auditores la única intervención del ORSNA radica en verificar si poseen escaleras tipo gato o marinera. b) Los Aeropuertos de Ushuaia, El Calafate y Trelew no cumplen con la normativa vigente en relación a la carteleria y señalización que deben poseer los matafuegos e hidrantes. Basándose en las Normas IRAM la ubicación y señalización de los matafuegos e hidrantes deben cumplir ciertos requisitos. En sus tareas de campo, los auditores han detectado que la cartelería es deficiente o inexistente, situación que se repite en los tres aeropuertos visitados y explotados por London Supply SA c) El servicio de provisión de agua contra incendio del Aeropuerto de Trelew se encontraba interrumpido en la fecha en que la AGN realizó el relevamiento de las instalaciones, no habiéndose contratado hasta ese momento los trabajos de reparación de la avería. El equipo de auditores se hizo presente en el aeropuerto de Trelew entre los días 24 y 25 de agosto de El administrador informa al equipo que debido a la rotura de un caño maestro ubicado cerca del tanque de reserva principal, se encontraba suspendido el servicio de agua contra incendio. Esta terminal alimenta los hidrantes de la terminal, internos y externos, los postes hidráulicos y los postes auxiliares. Además se constató que no se estaban realizando los trabajos de reparación y no se habían contratado los trabajos de reparación según los auditores en definitiva la terminal se encontraba desprotegida frente a un eventual incendio d) En la plataforma del Aeropuerto de Trelew se encuentra ubicado en forma inconveniente un surtidor de combustible. Se trata de un surtidor de combustible de YPF que está ubicado próximo a la manga telescópica de embarque de pasajeros, y según nota firmada por el Director Nacional de Infraestructura y Servicios Aeronáuticos, constituye un potencial riesgo para las operaciones en plataforma y además se verá restringido el radio de giro para aeronaves de gran porte. Del análisis de los Informes de Fiscalizacion del ORSNA, se detecta esta problemática, uno de fecha 30/06/2010 y el otro de fecha 22/07/2010. no se han realizado todavía ningún tipo de trabajos destinados a reubicar el surtidor de combustible para aeronaves localizado en el margen de plataforma. 3. Pista En el recorrido que realizó el equipo de auditores por el Aeropuerto de Trelew, se detectaron irregularidades superficiales, déficit de mantenimiento y contaminación con caucho, las losas de hormigón presentan agotamiento estructural, se denomina piel de cocodrilo y requiere de una reparación o repavimentación. También los auditores detectaron déficit en las tareas de mantenimiento, esto se corrobora en que hay roturas de los bordes de las losas con desprendimiento de material y además hay contaminación con caucho, que se produce con el impacto de las ruedas de las aeronaves. Esta contaminación
4 conlleva un riesgo, porque estas pistas ven disminuidas sus capacidades de adherencia, sobre todo cuando la pista esta mojada, por eso son fundamentales las tareas de mantenimiento. Además, tal como destacan los auditores, durante las tareas de relevamiento se constató que el caucho cubre las señalizaciones de la pista esto es las pinturas reflectantes para señalamiento diurno y nocturno. A todas estas cuestiones, las autoridades del aeropuerto señalan que estas tareas de mantenimiento le corresponden a la Armada Argentina, porque se trata de un área no entregada en concesión. Para finalizar, los auditores en su relevamiento han observado humo, proveniente de la quema de un basural y que por acción del viento atravesaba la pista. Esto eventualmente podría disminuir la visibilidad en las operaciones y no se trata de un hecho esporádico porque se trata de un basural estable. 4. Peligro Aviario El Peligro Aviario se trata del riesgo de que ocurran incidentes con las aves (por impacto o ingestión) en la operatoria de aeronaves. El suelo y el hábitat son las claves para determinar la presencia de aves. La agricultura es un polo de atracción, así como otras prácticas, como por ejemplo el uso del suelo como depósito de basura, agua y determinado tipo de vegetación. Las normas y reglamentos vigentes disponen que los administradores de los aeropuertos deban elaborar un programa de prevención. En el caso de la concesión del aeropuerto de Ushuaia la responsabilidad recae en la autoridad Provincial y en el Aeropuerto de Trelew es responsabilidad de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), ya que corresponde al área no concesionada. Del análisis efectuado por los auditores y de la visita a los aeropuertos se observó que a) No se encuentran aprobados los Planes de Prevención de Peligro Aviario y Fauna conforme a la normativa vigente. Para la presentación de estos planes se han establecido plazos que el ORSNA comunicó a sus concesionados. El vencimiento para Ushuaia operó en Diciembre de 2008, para El Calafate en Junio de 2009 y para Trelew en Mayo de El ORSNA intimó a London Supply SA a la presentación de los Planes mediante notas de fechas de mayo y diciembre de A su vez instó a la Provincia de Tierra del Fuego a presentar también su correspondiente Plan. A la fecha de cierre de las tareas de campo no se habían presentado los correspondientes planes, solo en el caso de El Calafate, se presentó un plan que fue observado por la ANAC y no se volvió a presentar. Los auditores concluyen que la demora en la presentación y en su aprobación desvirtúa el carácter preventivo. b) Las inspecciones efectuadas por el ORSNA no se realizan con la periodicidad que se requiere, habiendo transcurrido un tiempo significativo desde las últimas llevadas a cabo. Durante la realización de las tareas de campo, las únicas inspecciones realizadas a efectos de comprobar los métodos utilizados para la dispersión de aves fueron: Trelew: 28/08/2008 El Calafate: 11/12/2008 Ushuaia: 17/09/2010 Esta situación describe que durante el 2009 no se realizaron inspecciones en ninguno de estos aeropuertos. También destacan los auditores, no se ha realizado un seguimiento
5 periódico para constatar el cumplimiento de las condiciones exigidas por la reglamentación 5. Planes de Neutralización de Emergencias y Evacuación del aeropuerto a) Los planes de Neutralización de Emergencias y Evacuación no se encuentran actualizados, ni han sido debidamente aprobados. En este tema el ORSNA ha tenido una participación más activa con London Supply SA. Estos planes, fueron exigidos a los tres aeropuertos y de la documentación aportada por el Organismo surge que todos los planes entregados no se encuentran actualizados, teniendo en cuenta que han sufrido modificaciones en su infraestructura. Los planes de Ushuaia y Trelew, no poseen planos en escala apropiada donde se indiquen los datos necesarios ante una emergencia, como por ejemplo, las rutas de egreso, puertas de salida de emergencia, puntos de reunión, etc. Respecto de la aprobación, solo en el caso de El Calafate, el plan original del año 2006 fue aprobado por Acta de Directorio del ORSNA. Los planes no especifican ni firmantes responsables, ni contienen planos ni autorizaciones. Además solo en El Calafate se expone el cartel del plano de evacuaciones. b) La práctica de los simulacros de emergencias y evacuación en los aeropuertos concesionados no se efectúa con la frecuencia recomendada. Según la normativa, es obligación del Concesionario capacitar al personal en la neutralización de emergencias y evacuación del aeropuerto en caso de algún problema, esto se logra en general, realizando simulacros. Es recomendable realizar un simulacro general cada dos años. Sin embargo, los auditores han detectado del análisis de las planillas de inspección del ORSNA, que no hay constancia de que London Supply SA haya capacitado al personal en esta materia. Los últimos simulacros realizados en cada aeropuerto e informado a la AGN son: En Ushuaia de febrero de 2007, en El Calafate de abril de 2003 y en Trelew de noviembre de c) El Aeropuerto de Ushuaia adolece de un sistema de señalización para emergencias y medios de escape. Ademas los auditores han detectado que no hay datos de los brigadistas a cargo de los distintos turnos y se constató la falta de equipamiento, no hay señalización ni carteles con instrucciones en caso de emergencia para el público, ni carteles con las salidas de emergencia. 6. Gestión del Concesionario La administración de los aeropuertos integrantes del grupo no realiza informes de su gestión. Los auditores han indagado sobre la existencia de estos documentos u otro tipo de informe donde se detallen las actividades que se desarrollan. Donde se informe el movimiento de la terminal aérea, como por ejemplo, cantidad de pasajeros, facturación, egresos, documentos de carácter técnico, económico o financiero que en su caso les sea requerido por el ORSNA. Además es de destacar que en el caso de Trelew, es una obligación que surge del Contrato de Concesión.
6 7. Inspecciones Los auditores han detectado que las inspecciones que realiza el ORSNA no responde a un Plan anual acordado y preestablecido, según lo establece la Resolución 62/07 Se detectó que la base de datos del Sistema de Gestión Aeroportuaria (SIGESTO) no se encuentra actualizada, por ejemplo a abril de 2011 no estaba incorporada la planificación para el año Según verificaron los auditores, tanto la planificación 2010 y 2011 estaban en planillas de Excel pero estos archivos no pueden ser considerados como base de datos ni forman parte de ella 8. Manejo de Cenizas Según el equipo de auditores, este tema es de gran relevancia y no debe desestimárselo. El volumen de cenizas que se acumule en los aeropuertos puede ser asombroso y además según destacan, es necesario retirarlas de la pista porque no las arrastra fácilmente el viento. El ORSNA ha aprobado mediante una Resolución, un procedimiento para el manejo y la mitigación de los efectos por cenizas volcánicas en los aeropuertos integrantes del SNA. En el mismo se establece la responsabilidad en cabeza del explotador del aeropuerto de la presentación del mencionado plan en un plazo de 10 días hábiles. Los auditores en sus tareas de campo han detectado que de los tres aeropuertos concesionados por London Supply SA no cuentan con un Plan de Manejo de Cenizas y Medidas de Mitigación de los impactos producidos por ellas Tal como relatan los auditores en su informe, la visita del equipo de AGN a la zona se produjo en medio del fenómeno iniciado el 04/06/2011 por la erupción del Volcán Chileno Puyehue, caracterizado por la expulsión de cenizas volcánicas que en forma de nube han afectado notablemente el sistema aeronáutico nacional. Este fenómeno afectó principalmente a la Patagonia argentina y principalmente al aeropuerto de Trelew (permaneció aproximadamente 66 días sin operar). Por esta razón, la falta de estos planes, lo torna de un incumplimiento significativo del concesionario, como también por parte del ORSNA al no instar a la presentación del mismo 9. Sanidad Aeroportuaria a) El Aeropuerto de Ushuaia no cumple con los requisitos estipulados en el Reglamento de Sanidad Aeroportuaria, aprobado por Resolución ORSNA N 18/08. Según la normativa vigente, la sanidad aeroportuaria se trata de los servicios de atención médica de emergencia y primeros auxilios a prestarse en las terminales aéreas y sus anexos dentro del predio aeroportuario En el caso particular de Ushuaia, y como veníamos aclarando, al firmarse el Acta Acuerdo, se estipuló que los servicios médicos mencionados serian cumplidos por la Provincia, en tanto que London SupplySA asumió la obligación de proveer una ambulancia. Sin embargo los auditores han verificado que no se dispone de un médico profesional, la asistencia la brindan dos enfermeros del Hospital Regional. No se cuenta con el apoyo de una ambulancia permanente, y además se constató la falta de equipamientos y/o elementos mínimos para la atención de emergencias, como por ejemplo, tabla larga de inmovilización, silla de ruedas, set de bioseguridad, frazadas térmicas, set de trauma, etc.
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