LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA dicta,

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA dicta,"

Transcripción

1 UNIDAD DE ASESORÍA JURÍDICA Y TÉCNICA LEGISLATIVA EXPOSICIÓN DE MOTIVOS LEY DE EMOLUMENTOS PARA PROFESIONALES Y TECNICOS DE LA SALUD AL SERVICIO DE LAS INSTITUCIONES DEL SECTOR PÚBLICO En reconocimiento a la invalorable labor de los profesionales y técnicos que laboran en el sector salud, en calidad de médicos, enfermeros y paramédico; funcionarios que prestan sus servicios con gran vocación en las instituciones del sector público de salud. La Asamblea Nacional consciente de las preparación y vocación que se requiere para las labores que desarrollan, así como la dedicación y responsabilidad con la que realizan sus actividades, en las condiciones más precarias, para garantizar el derecho a la salud de los venezolanos. Con el propósito de ofrecer a ese personal del sector público una justa remuneración por sus servicios, acorde con los méritos, compromiso y entrega que demuestran en el cumplimiento de sus labores, así como con el objeto de garantizarles el derecho que todo trabajador tiene a un salario suficiente, que les permita vivir con dignidad y cubrir para sí y su familia las necesidades básicas materiales, sociales e intelectuales, LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA dicta, LEY DE EMOLUMENTOS PARA PROFESIONALES Y TÉCNICOS DE LA SALUD AL SERVICIO DE LAS INSTITUCIONES DEL SECTOR PÚBLICO

2 TÍTULO I Disposiciones generales Objeto Artículo 1: La presente ley tiene por objeto garantizar a los profesionales y técnicos al servicio de la salud en las instituciones del sector público, una remuneración suficiente para satisfacer las necesidades materiales, morales e intelectuales que les permita una mejor calidad de vida y el desarrollo pleno de sus capacidades, el reconocimiento de la responsabilidad e importancia de las actividades que realizan e incentivar su continua formación y superación profesional. Definición remuneración Artículo 2: A los efectos de la presente ley se considerará emolumentos, la remuneración, sueldo o la contraprestación que corresponda al personal profesional o técnico de la salud al servicio de las instituciones dependientes del Ejecutivo nacional, estadal y municipal. Definición personal médico Artículo 3: Se entiende por personal médico a los profesionales que prestan sus servicios en el área de salud, bajo cualquier modalidad, siempre que posean título profesional, reúnan los requisitos de colegiación y ejerzan su profesión conforme a lo establecido en la Ley del Ejercicio de la Medicina. Definición personal de enfermería Artículo 4: Se entiende por personal de enfermería a los profesionales que realizan actividades en el área de salud, bajo cualquier modalidad, siempre que posean título profesional y ejerzan su profesión conforme a lo establecido en la Ley del Ejercicio Profesional de la Enfermería. Definición personal técnico

3 Artículo 5: Se entiende por personal técnico, quienes prestan sus servicios en el área de salud, bajo cualquier modalidad, siempre que posean un título de licenciado superior universitario en atención hospitalaria, conforme a la normativa vigente en la materia, tanto respecto del personal técnico médico, como de enfermería. Ámbito de aplicación Artículo 6: El derecho a la remuneración establecida en la presente ley corresponde a todo el personal profesional y técnico que labora como médico, enfermeros y técnicos superiores con licenciaturas en las distintas áreas de salud, al servicios de las instituciones hospitalarias y centros de atención médica oficiales dependientes del Ejecutivo nacional, estadal y municipal. Título II Del derecho a la justa remuneración Justa remuneración del médico Artículo 7: Los funcionarios profesionales de la medicina tendrán derecho a una remuneración mínima mensual equivalente al valor de seis (6) salarios mínimos, entendiendo por salario mínimo el fijado por el Ejecutivo Nacional mediante decreto, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica del Trabajo de los Trabajadores y de las Trabajadoras. El salario aquí establecido corresponde a un funcionario que labore la jornada completa, debiendo establecerse la debida proporcionalidad de ese monto con la dedicación del funcionario conforme a los términos y condiciones de su contratación. Justa remuneración del personal técnico y de enfermería Artículo 8: El personal técnico y los profesionales de la enfermería tendrán derecho a una remuneración mínima mensual equivalente al valor de cuatro (4) salarios mínimos, entendiendo por salario mínimo el fijado por el Ejecutivo

4 Nacional mediante decreto, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica del Trabajo de los Trabajadores y de las Trabajadoras. El salario aquí establecido corresponde a un funcionario que labore la jornada completa, debiendo establecerse la debida proporcionalidad de ese monto con la dedicación del funcionario conforme a los términos y condiciones de su contratación Forma de pago Artículo 9: La remuneración establecida en los artículos anteriores deberá ser cancelada mensualmente en moneda de curso legal, sin que puedan hacerse pagos parciales en especie, ni aplicarse deducciones distintas a las expresamente establecidas en la Ley, con fines de seguridad social, contribuciones directas o indirectas al ahorro o similares. Proporcionalidad de la remuneración Artículo 10: A los fines de garantizar el pago de igual remuneración por igual trabajo, se establecerá una escala de sueldo, partiendo de la remuneración mínima establecida en los artículos 8 y 9 de la presente Ley, correspondiente a los funcionarios a dedicación exclusiva y que laboran de manera regular la jornada completa de trabajo. Dicha escala deberá contemplar los ajustes que corresponda en atención al mérito, la complejidad de las actividades propias de cada especialidad y tiempo de dedicación de cada profesional, conforme a las horas y turnos en que presta sus servicios. Personal médico de dirección Artículo 11: A los fines de la remuneración del personal directivo de cada institución de salud del sector público, deberá tomarse en cuenta las funciones y responsabilidades del cargo y el tiempo de dedicación, respetándose la proporcionalidad de las remuneraciones conforme al registro de asignación de cargos y las estructuras organizativas de cada institución oficial establecidas por el Ejecutivo nacional, estadal o municipal, según sea el caso.

5 Dentro de los límites establecidos en la presente Ley, las autoridades competentes aprobarán las escalas de sueldos y salarios y el sistema de beneficios sociales del personal de alto nivel y de dirección, que laboren en los hospitales y centros de atención médica del sector público. Título III Disposiciones finales Orden público Artículo 12. Las disposiciones de la presente Ley son de estricto orden público, en el entendido que establecen un mínimo del derecho a la remuneración, por lo que no podrán ser modificadas en perjuicio de sus beneficiarios, por actos jurídicos de inferior jerarquía, ni por acuerdos, convenciones de trabajadores o contratos de cualquier naturaleza. Régimen presupuestario Artículo 13: En las leyes y ordenanzas de los presupuestos públicos anuales en los distintos niveles del Poder Público Nacional, Estadal y Municipal deberá contemplarse una subpartida específica, en la cual se establezca el monto de los recursos destinados al pago de los emolumentos del personal al servicio de la salud. Los Poderes Legislativos Nacional, Estadales y Municipales deberán aprobar los mecanismos presupuestarios necesarios para colocar a disposición de las autoridades administrativas en materia de salud, los recursos necesarios para el pago de las remuneraciones establecidas en la presente Ley. Artículo 14: La presente ley entrara en entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela y los incrementos aquí establecidos en las remuneraciones de los médicos deberán comenzarse a pagar en la primera quincena inmediatamente siguiente a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ley.

6 Dada, firmada y sellada en el Palacio Federal Legislativo, sede de la Asamblea Nacional, en Caracas, a los días del mes de marzo de dos mil dieciséis. Año 205 de la Independencia y 156 de la Federación.

LEY DEL SERVICIO COMUNITARIO DEL ESTUDIANTE UNIVERSITARIO TÍTULO I CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

LEY DEL SERVICIO COMUNITARIO DEL ESTUDIANTE UNIVERSITARIO TÍTULO I CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES LEY DEL SERVICIO COMUNITARIO DEL ESTUDIANTE UNIVERSITARIO TÍTULO I CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Objeto Artículo 1. La presente Ley tiene como objeto regir la prestación del servicio comunitario que

Más detalles

Ley del Servicio Comunitario

Ley del Servicio Comunitario Ley del Servicio Comunitario Gaceta Oficial N 38.272 del 14-09-05 La Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela Decreta la siguiente, Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de Educación

Más detalles

LEY DE SERVICIO COMUNITARIO DEL ESTUDIANTE DE EDUCACIÓN SUPERIOR Gaceta Oficial Número 38.272, 19 de Diciembre de 2005

LEY DE SERVICIO COMUNITARIO DEL ESTUDIANTE DE EDUCACIÓN SUPERIOR Gaceta Oficial Número 38.272, 19 de Diciembre de 2005 LEY DE SERVICIO COMUNITARIO DEL ESTUDIANTE DE EDUCACIÓN SUPERIOR Gaceta Oficial Número 38.272, 19 de Diciembre de 2005 LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DECRETA la siguiente,

Más detalles

Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior

Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior Gaceta Oficial N 38.272 del 14-09-05 La Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela Decreta La siguiente, Ley de Servicio

Más detalles

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DECRETA Lo siguiente, LEY DE SERVICIO COMUNITARIO DEL ESTUDIANTE DE EDUCACIÓN SUPERIOR

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DECRETA Lo siguiente, LEY DE SERVICIO COMUNITARIO DEL ESTUDIANTE DE EDUCACIÓN SUPERIOR LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DECRETA Lo siguiente, LEY DE SERVICIO COMUNITARIO DEL ESTUDIANTE DE EDUCACIÓN SUPERIOR TÍTULO I DISPOSICIONES FUNDAMENTALES Capitulo I Disposiciones

Más detalles

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS DEL PROYECTO DE LEY ESPECIAL DE PROTECCIÓN AL SALARIO

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS DEL PROYECTO DE LEY ESPECIAL DE PROTECCIÓN AL SALARIO EXPOSICIÓN DE MOTIVOS DEL PROYECTO DE LEY ESPECIAL DE PROTECCIÓN AL SALARIO El presente proyecto de ley tiene por objeto garantizar el equilibrio social y proteger la capacidad adquisitiva de la clase

Más detalles

CONGRESO DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA DECRETA

CONGRESO DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA DECRETA GACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA Caracas, viernes 16 de junio de 1995 Numero 4.920 Extraordinario EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA DECRETA la siguiente; LEY DE HOMOLOGACION DE LAS PENSIONES

Más detalles

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS LEY DE EMOLUMENTOS DEL PERSONAL DOCENTE AL SERVICIO DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS OFICIALES DEPENDIENTES DEL EJECUTIVO, NACIONAL, ESTADAL Y MUNICIPAL EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Es una obligación del Estado,

Más detalles

LEY No. 505 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA CONSIDERANDO

LEY No. 505 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA CONSIDERANDO LEY No. 505 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA Hace saber al pueblo nicaragüense que: LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA CONSIDERANDO I Que el derecho al empleo constituye una de

Más detalles

Que instituye y regula la carrera de Estimulación Temprana y Orientación Familiar

Que instituye y regula la carrera de Estimulación Temprana y Orientación Familiar No. 26050 Gaceta Oficial Digital, jueves 29 de mayo de 2008 1 LEY 28 De 22 de mayo de 2008 Que instituye y regula la carrera de Estimulación Temprana y Orientación Familiar LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA:

Más detalles

OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO PARA EL PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR DE LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA PARA EL AÑO 2016.

OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO PARA EL PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR DE LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA PARA EL AÑO 2016. OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO PARA EL PARA EL AÑO 2016. Elaborado por: Vicerrectorado de Profesorado Fecha: Junio 2016 Negociado en: Mesa Negociadora Fecha: 22 de Junio 2016 Aprobado por: Consejo de Gobierno

Más detalles

DECENIO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL PERÚ AÑO DE LA PROMOCIÓN DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y DEL COMPROMISO CLIMÁTICO

DECENIO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL PERÚ AÑO DE LA PROMOCIÓN DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y DEL COMPROMISO CLIMÁTICO PROCESO CAS N 090-2014-SENCICO/07.04 CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS POR SUPLENCIA DE UN ABOGADO PARA EL DE DE LA OFICINA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEL SENCICO" I. GENERALIDADES

Más detalles

2. Dependencia, unidad orgánica y/o área solicitante: DESARROLLO, MANTENIMIENTO E INFRAESTRUCTURA.

2. Dependencia, unidad orgánica y/o área solicitante: DESARROLLO, MANTENIMIENTO E INFRAESTRUCTURA. PROCESO CAS Nº 022-2016-07.04 CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN ESPECIALISTA EN ESTUDIOS DE PREINVERSIÓN PARA LA OFICINA DE DESARROLLO, MANTENIMIENTO E INFRAESTRUCTURA

Más detalles

Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº DEL La Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela

Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº DEL La Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 37412 DEL 26-03-2002 La Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela Decreta la siguiente, Ley Orgánica de Emolumentos para altos

Más detalles

ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR

ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR No. Expediente: 0730-2PO1-13 1. Nombre de la Iniciativa. I.- DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA INICIATIVA 2. Tema de la Iniciativa. Trabajo y Previsión Social. 3. Nombre de quien

Más detalles

Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior

Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior LEYES Y DECRETOS-LEYES Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior (Gaceta Oficial Nº 38.272 del 14 de septiembre de

Más detalles

NORMA QUE REGULA LAS JORNADAS Y HORARIOS DE LABORES EN LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL CENTRALIZADA

NORMA QUE REGULA LAS JORNADAS Y HORARIOS DE LABORES EN LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL CENTRALIZADA USC-ADM01-99 1/6 Con fundamento en los artículos 31 fracción XXIV, 37 fracciones Vi y IX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 21, 22, 87 y 91 de la Ley Federal de los Trabajadores al

Más detalles

La normativa reguladora de los RRHH en investigación.

La normativa reguladora de los RRHH en investigación. La normativa reguladora de los RRHH en investigación. El Título II de la Ley de la Ciencia, Tecnología e Innovación de 2011, Ley 14/2011, sobre los recursos humanos dedicados a la investigación La Ley

Más detalles

DECRETO 770 17/03/2005

DECRETO 770 17/03/2005 DECRETO 770 17/03/2005 por el cual se establece el sistema de funciones y de requisitos generales para los empleos públicos correspondientes a los niveles jerárquicos pertenecientes a los organismos y

Más detalles

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CHIHUAHUA REGLAMENTO DEL SERVICIO SOCIAL DE LOS ESTUDIANTES.

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CHIHUAHUA REGLAMENTO DEL SERVICIO SOCIAL DE LOS ESTUDIANTES. UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CHIHUAHUA REGLAMENTO DEL SERVICIO SOCIAL DE LOS ESTUDIANTES. DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1.- El presente Reglamento establece las disposiciones para la prestación del servicio

Más detalles

FEDERACION FARMACEUTICA VENEZOLANA BASES DEL PREMIO DR. JESUS MARIA BIANCO

FEDERACION FARMACEUTICA VENEZOLANA BASES DEL PREMIO DR. JESUS MARIA BIANCO FEDERACION FARMACEUTICA VENEZOLANA BASES DEL PREMIO DR. JESUS MARIA BIANCO APROBADAS POR EL CONSEJO NACIONAL EXTRORDINARIO DEL 04 DE OCTUBRE DE 1.986, SEGÚN MANDATO DE LA XXIII ASAMBLEA NACIONAL DR. VICENTE

Más detalles

DECENIO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL PERÚ AÑO DE LA INVERSIÓN PARA EL DESARROLLO RURAL Y LA SEGURIDAD ALIMENTARIA"

DECENIO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL PERÚ AÑO DE LA INVERSIÓN PARA EL DESARROLLO RURAL Y LA SEGURIDAD ALIMENTARIA PROCESO CAS Nº 033-2013-SENCICO/07.04 CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN DISEÑADOR WEB PARA EL DE INFORMATICA DE LA OFICINA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS DEL SENCICO" I.

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL DE BECAS PARA LOS ESTUDIANTES DE LICENCIATURA DE LA UABCS

REGLAMENTO GENERAL DE BECAS PARA LOS ESTUDIANTES DE LICENCIATURA DE LA UABCS REGLAMENTO GENERAL DE BECAS PARA LOS ESTUDIANTES DE LICENCIATURA DE LA UABCS 127 Reglamento General de Becas para los Estudiantes de Licenciatura de la UABCS C O N S I D E R A N D O S 1. Que es el fin

Más detalles

REGLAMENTO MUNICIPAL DE CARRERA FUNCIONARIA DE COMUNA DE CAUQUENES LEY Nº 19.378 ESTATUTO DE ATENCION PRIMARIA DE SALUD

REGLAMENTO MUNICIPAL DE CARRERA FUNCIONARIA DE COMUNA DE CAUQUENES LEY Nº 19.378 ESTATUTO DE ATENCION PRIMARIA DE SALUD REGLAMENTO MUNICIPAL DE CARRERA FUNCIONARIA DE COMUNA DE CAUQUENES LEY Nº 19.378 ESTATUTO DE ATENCION PRIMARIA DE SALUD TITULO PRELIMINAR AMBITO DE APLICACION ARTICULO 1 : Este Reglamento normará el régimen

Más detalles

PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO DIRECCIÓN NACIONAL DE ASESORÍA JURÍDICA INSTITUCIONAL EXTRACTO DE CONSULTAS NOVIEMBRE 2015

PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO DIRECCIÓN NACIONAL DE ASESORÍA JURÍDICA INSTITUCIONAL EXTRACTO DE CONSULTAS NOVIEMBRE 2015 PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO DIRECCIÓN NACIONAL DE ASESORÍA JURÍDICA INSTITUCIONAL EXTRACTO DE CONSULTAS NOVIEMBRE 2015 CÓDIGO DEL TRABAJO: VACACIONES OF. PGE. N : 03750 de 30-11-2015 CONSULTANTE: GOBIERNO

Más detalles

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública. 08-30-93 ACUERDO número 176, por el que se expedirá título profesional a los egresados de las escuelas que se indican. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría

Más detalles

LEY DE REFORMA PARCIAL DE LA LEY PARA LA INTEGRACIÓN SOCIAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL ESTADO BARINAS

LEY DE REFORMA PARCIAL DE LA LEY PARA LA INTEGRACIÓN SOCIAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL ESTADO BARINAS EL CONSEJO LEGISLATIVO DEL ESTADO BARINAS EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA: LA SIGUIENTE: LEY DE REFORMA PARCIAL DE LA LEY PARA LA INTEGRACIÓN SOCIAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL ESTADO BARINAS

Más detalles

GACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA. Caracas, miércoles 24 de agosto de 1983 Número 32.796 CONGRESO DE LA REPUBLICA

GACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA. Caracas, miércoles 24 de agosto de 1983 Número 32.796 CONGRESO DE LA REPUBLICA GACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA Caracas, miércoles 24 de agosto de 1983 Número 32.796 CONGRESO DE LA REPUBLICA DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA Decreta: LEY DE LA ACADEMIA NACIONAL DE CIENCIAS

Más detalles

DOG Núm. 239 Lunes, 15 de diciembre de 2014 Pág. 51103

DOG Núm. 239 Lunes, 15 de diciembre de 2014 Pág. 51103 DOG Núm. 239 Lunes, 15 de diciembre de 2014 Pág. 51103 III. OTRAS DISPOSICIONES CONSELLERÍA DE HACIENDA ORDEN de 1 de diciembre de 2014 por la que se dictan normas relativas al reconocimiento del complemento

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Pág. 42 LUNES 30 DE MAYO DE 2016 I. COMUNIDAD DE MADRID B) Autoridades y Personal Consejería de Sanidad 9 ORDEN 393/2016, de 17 de mayo, del Consejero de Sanidad, para el ejercicio de la opción prevista

Más detalles

PROCESO CAS N 705-2014-ANA COMISION ESPECIAL

PROCESO CAS N 705-2014-ANA COMISION ESPECIAL PROCESO CAS N 705--ANA COMISION ESPECIAL 2DA. CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN (01) ESPECIALISTA DE ASESORIA JURIDICA I. GENERALIDADES. 1. Objeto de la convocatoria Contratar

Más detalles

En los contratos a término fijo inferiores a un año, el período de prueba no puede superar la quinta parte de la duración del contrato.

En los contratos a término fijo inferiores a un año, el período de prueba no puede superar la quinta parte de la duración del contrato. A continuación detallamos el periodo de prueba, la jornada de trabajo, el salario, las prestaciones sociales, la seguridad social, los riesgos laborales PERÍODO DE PRUEBA: Es la etapa inicial del contrato,

Más detalles

NORMAS PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS TÉCNICOS Y PROFESIONALES CON CARGO AL RENGLÓN PRESUPUESTARIO 029

NORMAS PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS TÉCNICOS Y PROFESIONALES CON CARGO AL RENGLÓN PRESUPUESTARIO 029 NORMAS PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS TÉCNICOS Y PROFESIONALES CON CARGO AL RENGLÓN PRESUPUESTARIO 029 CIRCULAR CONJUNTA DEL MINISTERIO DE FINANZAS PÚBLICAS, CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS Y OFICINA

Más detalles

Gobierno Autónomo Descentralizado CONCEJO MUNICIPAL

Gobierno Autónomo Descentralizado CONCEJO MUNICIPAL EL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN GUARANDA CONSIDERANDO: Que; el Consejo Nacional de Competencias (CNC), cumpliendo con lo establecido de la Constitución de la República del Ecuador en

Más detalles

GUIA OPERACIONAL CUMPLIMIENTO DE METAS DEL CONVENIO DE DESEMPEÑO Y REMUNERACIONES DE LOS ALTOS DIRECTIVOS PUBLICOS

GUIA OPERACIONAL CUMPLIMIENTO DE METAS DEL CONVENIO DE DESEMPEÑO Y REMUNERACIONES DE LOS ALTOS DIRECTIVOS PUBLICOS 1 GUIA OPERACIONAL CUMPLIMIENTO DE METAS DEL CONVENIO DE DESEMPEÑO Y REMUNERACIONES DE LOS ALTOS DIRECTIVOS PUBLICOS INTRODUCCION Los altos directivos públicos deben suscribir un Convenio de Desempeño

Más detalles

PROCEDIMIENTOS PARA ELABORACION DE PLANILLA DE SUELDOS Y HONORARIOS

PROCEDIMIENTOS PARA ELABORACION DE PLANILLA DE SUELDOS Y HONORARIOS Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda Dirección General de Asuntos Administrativos PROCEDIMIENTOS PARA ELABORACION DE PLANILLA DE SUELDOS Y HONORARIOS Aprobado por Resolución Ministerial Nº

Más detalles

Por el cual se modifica el Decreto Ejecutivo 203 de 27 de septiembre de 1996, y se dictan otras disposiciones

Por el cual se modifica el Decreto Ejecutivo 203 de 27 de septiembre de 1996, y se dictan otras disposiciones 1 República de Panamá MINISTERIO DE EDUCACIÓN DECRETO EJECUTIVO Nº 168 de 23 de marzo de 2010 Por el cual se modifica el Decreto Ejecutivo 203 de 27 de septiembre de 1996, y se dictan otras disposiciones

Más detalles

Artículo 9 Límites del consentimiento informado y consentimiento por representación

Artículo 9 Límites del consentimiento informado y consentimiento por representación A continuación se reproducen los artículos de la Ley 41/2002 de de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación

Más detalles

UNIVERSIDAD FRANCISCO DE PAULA SANTANDER CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO. ACUERDO No. 056. (Julio 15 de 1996)

UNIVERSIDAD FRANCISCO DE PAULA SANTANDER CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO. ACUERDO No. 056. (Julio 15 de 1996) UNIVERSIDAD FRANCISCO DE PAULA SANTANDER CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO ACUERDO No. 056 (Julio 15 de 1996) Por el cual se dictan disposiciones para la remuneración de los profesores de cátedra de la Universidad

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL MINISTERIO DE DEFENSA

BOLETÍN OFICIAL DEL MINISTERIO DE DEFENSA Núm. 18 Viernes, 25 de enero de 2013 Sec. I. Pág. 1864 I. disposiciones generales sanidad Instrucción 2/2013, de 15 de enero, de la Subsecretaria de Defensa, por la que se asignan funciones y cometidos

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO ESCUELA NACIONAL DE MÚSICA REGLAMENTO INTERNO DE SERVICIO SOCIAL

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO ESCUELA NACIONAL DE MÚSICA REGLAMENTO INTERNO DE SERVICIO SOCIAL UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO ESCUELA NACIONAL DE MÚSICA REGLAMENTO INTERNO DE SERVICIO SOCIAL Coyoacán, D.F., enero de 2014 INTRODUCCIÓN El servicio social universitario es considerado como

Más detalles

DECRETO NUMERO 121-96

DECRETO NUMERO 121-96 1/ 5 DECRETO NUMERO 121-96 EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA Que de conformidad con la Constitución Política de la República, los municipios de la República de Guatemala son instituciones autónomas

Más detalles

NORMAS PARA EL MANEJO Y OPERACIÓN DE FONDOS FIJOS DE CAJA CHICA O REVOLVENTES, DESTINADOS PARA GASTOS MENORES DE OPERACIÓN.

NORMAS PARA EL MANEJO Y OPERACIÓN DE FONDOS FIJOS DE CAJA CHICA O REVOLVENTES, DESTINADOS PARA GASTOS MENORES DE OPERACIÓN. NORMAS PARA EL MANEJO Y OPERACIÓN DE FONDOS FIJOS DE CAJA CHICA O REVOLVENTES, DESTINADOS PARA GASTOS MENORES DE OPERACIÓN. 2006. 1 ÍNDICE INTRODUCCIÓN 3 POLÍTICAS 4 NORMAS DE OPERACIÓN 5 INSTRUCTIVO DE

Más detalles

Asamblea Nacional Secretaría General TRÁMITE LEGISLATIVO 2014-2015

Asamblea Nacional Secretaría General TRÁMITE LEGISLATIVO 2014-2015 Asamblea Nacional Secretaría General TRÁMITE LEGISLATIVO 2014-2015 ANTEPROYECTO DE LEY: 134 PROYECTO DE LEY: LEY: GACETA OFICIAL: TÍTULO: QUE CREA EL INSTITUTO PARA LA REHABILITACIÓN Y ASISTENCIA AL INDIGENTE

Más detalles

Estructura de la Ley. 100 artículos 8 Títulos 11 Disposiciones Adicionales, 8 D. Transitorias, 1 D. Derogatoria Única y 4 D.

Estructura de la Ley. 100 artículos 8 Títulos 11 Disposiciones Adicionales, 8 D. Transitorias, 1 D. Derogatoria Única y 4 D. Tema 7 Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público: derechos y deberes de los empleados públicos, el código de conducta. Ley 55/2003, de 16 de noviembre, del Estatuto marco del

Más detalles

RESUMEN EDUCACIÓN Acreditación profesorado universitario

RESUMEN EDUCACIÓN Acreditación profesorado universitario RESUMEN EDUCACIÓN Acreditación profesorado universitario Un ciudadano informa que el Decreto 67/2013 de 17 de octubre, por el que se desarrolla la regulación del régimen del personal docente investigador

Más detalles

Información para postulantes a cargos de Psicólogos/as (Ref. P)

Información para postulantes a cargos de Psicólogos/as (Ref. P) Información para postulantes a cargos de Psicólogos/as (Ref. P) Condiciones de Admisibilidad General al Concurso: a) Formulario de Inscripción completo, impreso y firmado por el interesado/a. b) Currículum

Más detalles

UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL PUNO PROCESO CAS N 007-2016-UE. 311

UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL PUNO PROCESO CAS N 007-2016-UE. 311 UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL PUNO PROCESO CAS N 007-2016-UE. 311 SEGUNDA CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE COORDINADOR ADMINISTRATIVO Y DE RECURSOS EDUCATIVOS PARA LAS

Más detalles

GACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA. Caracas, 17 de septiembre de 1998 Número 5263 Extraordinario EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA

GACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA. Caracas, 17 de septiembre de 1998 Número 5263 Extraordinario EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA GACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA Caracas, 17 de septiembre de 1998 Número 5263 Extraordinario EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA Decreta La siguiente, LEY DE LA ACADEMIA NACIONAL DE LA

Más detalles

PROCESO CAS N 158-2015-MC CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN ABOGADO(A) PARA LA DIRECCION DE CONSULTA PREVIA

PROCESO CAS N 158-2015-MC CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN ABOGADO(A) PARA LA DIRECCION DE CONSULTA PREVIA PROCESO CAS N 158-2015-MC CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN ABOGADO(A) PARA LA DIRECCION DE CONSULTA PREVIA ÁREA USUARIA PUESTO Dirección de Consulta Previa Un Abogado(a)

Más detalles

CONSEJO NACIONAL DE EDUCACION

CONSEJO NACIONAL DE EDUCACION CONSEJO NACIONAL DE EDUCACION ORDENANZA No. 10 2003 MEDIANTE LA CUAL SE AUTORIZA AL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION Y TITULACION DE ESTUDIOS DE LA SECRETARIA DE ESTADO DE EDUCACION, LA EMISION DE DUPLICADOS

Más detalles

RESOLUCIÓN No. 01 (04 de Febrero de 2016)

RESOLUCIÓN No. 01 (04 de Febrero de 2016) RESOLUCIÓN No. 01 (04 de Febrero de 2016) POR MEDIO DE LA CUAL SE ADOPTA EL ACUERDO No. 218 DE 27 DE OCTUBRE DE 2014 DEL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO POR EL CUAL SE ACTUALIZA Y UNIFICA EL REGIMEN DE

Más detalles

HONORABLE XI LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO. P R E S E N T E.

HONORABLE XI LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO. P R E S E N T E. HONORABLE XI LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO. P R E S E N T E. LICENCIADO FÉLIX ARTURO GONZÁLEZ CANTO, GOBERNADOR DEL ESTADO DE QUINTANA ROO, CON FUNDAMENTO EN LO

Más detalles

NORMATIVA DE PERMANENCIA Y PROGRESO DEL ALUMNADO DE LAS TITULACIONES OFICIALES DE GRADO Y DE MÁSTER UNIVERSITARIOS DE LA UNIVERSIDAD DE VIGO

NORMATIVA DE PERMANENCIA Y PROGRESO DEL ALUMNADO DE LAS TITULACIONES OFICIALES DE GRADO Y DE MÁSTER UNIVERSITARIOS DE LA UNIVERSIDAD DE VIGO NORMATIVA DE PERMANENCIA Y PROGRESO DEL ALUMNADO DE LAS TITULACIONES OFICIALES DE GRADO Y DE MÁSTER UNIVERSITARIOS DE LA UNIVERSIDAD DE VIGO (Aprobada por el Consejo Social el 2 de abril de 2013) El artículo

Más detalles

BASES DEL PLAN DE PRESTACIONES DE RETIRO DE LOS TRABAJADORES DEL CENTRO DE INVESTIGACIONES EN ÓPTICA, A.C.

BASES DEL PLAN DE PRESTACIONES DE RETIRO DE LOS TRABAJADORES DEL CENTRO DE INVESTIGACIONES EN ÓPTICA, A.C. BASES DEL PLAN DE PRESTACIONES DE RETIRO DE LOS TRABAJADORES DEL CENTRO DE INVESTIGACIONES EN ÓPTICA, A.C. Bases del Plan de Prestaciones de Retiro de los Trabajadores del CIO 1 ANTECEDENTES 1.- La Secretaría

Más detalles

SUPLEMENTO SUMARIO: Año III Nº 658. Quito, martes 29 de diciembre de 2015. Págs. FUNCIÓN EJECUTIVA ACUERDOS: MINISTERIO DEL TRABAJO:

SUPLEMENTO SUMARIO: Año III Nº 658. Quito, martes 29 de diciembre de 2015. Págs. FUNCIÓN EJECUTIVA ACUERDOS: MINISTERIO DEL TRABAJO: SUPLEMENTO Año III Nº 658 Quito, martes 29 de diciembre de 2015 SUMARIO: FUNCIÓN EJECUTIVA ACUERDOS: MINISTERIO DEL TRABAJO: Págs. MDT-2015-0291 Fíjese a partir del I o de enero de 2016, el salario básico

Más detalles

RG 3770 -AFIP- Reducción del Impuesto a las Ganancias. Devolución a Trabajadores y Jubilados.

RG 3770 -AFIP- Reducción del Impuesto a las Ganancias. Devolución a Trabajadores y Jubilados. RG 3770 -AFIP- Reducción del Impuesto a las Ganancias. Devolución a Trabajadores y Jubilados. Administración Federal de Ingresos Públicos IMPUESTOS Resolución General 3770 Reducción del Impuesto a las

Más detalles

TÉRMINOS DE REFERENCIA

TÉRMINOS DE REFERENCIA TÉRMINOS DE REFERENCIA Componente: I Actividad: Título de la consultoría: Fortalecimiento de la Administración Tributaria Interna Consultoría Individual Internacional para la implementación de una Política

Más detalles

CIRCULAR LABORAL 3-2015

CIRCULAR LABORAL 3-2015 CIRCULAR LABORAL 3/2015 REAL DECRETO-LEY 4/2015, DE 22 DE MARZO, PARA LA REFORMA URGENTE DEL SISTEMA DE FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO EN EL ÁMBITO LABORAL. BOE 23/03/2015 PDF de la disposición Real

Más detalles

REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO S U P E R I N T E N D E N C I A D E V A L O R E S RESOLUCIÓN NÚMERO 0478 DE 2002

REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO S U P E R I N T E N D E N C I A D E V A L O R E S RESOLUCIÓN NÚMERO 0478 DE 2002 REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO S U P E R I N T E N D E N C I A D E V A L O R E S RESOLUCIÓN NÚMERO 0478 DE 2002 (18 de julio) Por la cual se expide el régimen de tarifas

Más detalles

MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Nota relativa a la aplicación de la disposición transitoria décima de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local (LRSAL) La disposición transitoria

Más detalles

S U P L E M E N T O SUMARIO: Año I Nº 167. Quito, miércoles 22 de enero del 2014. Valor: US$ 2.50 + IVA ING. HUGO ENRIQUE DEL POZO BARREZUETA DIRECTOR

S U P L E M E N T O SUMARIO: Año I Nº 167. Quito, miércoles 22 de enero del 2014. Valor: US$ 2.50 + IVA ING. HUGO ENRIQUE DEL POZO BARREZUETA DIRECTOR S U P L E M E N T O Año I Nº 167 Quito, miércoles 22 de enero del 2014 Valor: US$ 2.50 + IVA SUMARIO: FUNCIÓN EJECUTIVA Págs. ACUERDOS: ING. HUGO ENRIQUE DEL POZO BARREZUETA DIRECTOR Quito: Avenida 12

Más detalles

Publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 11 de mayo de 1994.

Publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 11 de mayo de 1994. NORMAS TECNICAS PARA LA LOCALIZACION, DESLINDE Y FRACCIONAMIENTO DE LAS ZONAS DE URBANIZACIÓN DE EJIDOS Y COMUNIDADES, DE SU AMPLlAClON Y DE SUS RESERVAS DE CRECIMIENTO. Publicadas en el Diario Oficial

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 92 Sábado 16 de abril de 2016 Sec. I. Pág. 26266 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA 3653 Real Decreto 154/2016, de 15 de abril, por el que se aprueba la provisión de plazas de

Más detalles

Servicio Canario de la Salud

Servicio Canario de la Salud RESOLUCION DE LA DEL ÁREA DE SALUD DE LA PALMA, POR LA QUE SE ESTABLECE LA RELACIÓN DE ASPIRANTES APROBADOS CON INDICACIÓN DE LA PLAZA ADJUDICADA EN EL PROCESO SELECTIVO PARA LA PROVISIÓN DE PLAZAS BÁSICAS

Más detalles

Resumen Ejecutivo del Seguimiento Nº 2-28-14-S-30-15 Al Informe Definitivo N 2-28-14 Asociación Civil Farmacias Populares

Resumen Ejecutivo del Seguimiento Nº 2-28-14-S-30-15 Al Informe Definitivo N 2-28-14 Asociación Civil Farmacias Populares RESUMEN EJECUTIVO DEL SEGUIMIENTO Nº 2-28-14-S-30-15 ASOCIACIÓN CIVIL FARMACIAS POPULARES Características Generales del Ente Evaluado. La Asociación Civil fue creada con el nombre de Asociación Civil Farmacia

Más detalles

LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA A través del Sistema de Universidad Virtual CONVOCA. Maestría en Transparencia y Protección de Datos Personales 2016 B

LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA A través del Sistema de Universidad Virtual CONVOCA. Maestría en Transparencia y Protección de Datos Personales 2016 B LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA A través del Sistema de Universidad Virtual CONVOCA a cursar la Maestría en Transparencia y Protección de Datos Personales 2016 B Presentación El objetivo general de este

Más detalles

Vol. XIX Num. 18 07 01 2013 ISSN1405-177X. Acuerdo 01/2013 del Rector General

Vol. XIX Num. 18 07 01 2013 ISSN1405-177X. Acuerdo 01/2013 del Rector General Vol. XIX Num. 18 07 01 2013 ISSN1405-177X Acuerdo 01/2013 del Rector General ACUERDO 01/2013 DEL RECTOR GENERAL MEDIANTE EL CUAL SE FIJAN, PARA EL AÑO 2013, LOS MONTOS ECONÓMICOS Y LAS CONDICIONES PARA

Más detalles

Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo Elecciones y del Registro Civil Ley 4519 del 24 de diciembre de 1969

Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo Elecciones y del Registro Civil Ley 4519 del 24 de diciembre de 1969 Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo Elecciones y del Registro Civil Ley 4519 del 24 de diciembre de 1969 Publicada en Colección de Leyes y Decretos: Año 1969 Semestre 2 Tomo 2 Página

Más detalles

DISPONGO. Artículo 2. Primer y segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Especial

DISPONGO. Artículo 2. Primer y segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Especial ORDEN 3371/2010 DE 16 DE JUNIO DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN POR LA QUE SE ESTABLECE EL CALENDARIO ESCOLAR PARA EL CURSO 2010/2011 EN LOS CENTROS EDUCATIVOS NO UNIVERSITARIOS SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS

Más detalles

CUADRO COMPARATIVO DE DIVERSOS ARTÍCULOS DE LA LEY DE PLANEACIÓN TEXTO INICITIVA PRD, PT Y CONVERGENCIA. Artículo 17. I a la VI

CUADRO COMPARATIVO DE DIVERSOS ARTÍCULOS DE LA LEY DE PLANEACIÓN TEXTO INICITIVA PRD, PT Y CONVERGENCIA. Artículo 17. I a la VI Artículo 17.- Las entidades paraestatales deberán: Artículo 17 TEXTO INICITIVA PRD, PT Y CONVERGENCIA I.- Participar en la elaboración de los programas sectoriales, mediante la presentación de las propuestas

Más detalles

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLlCA DE COLOMBIA, en desarrollo de las normas generales señaladas en la ley 4a. de 1992, D E C R E T A:

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLlCA DE COLOMBIA, en desarrollo de las normas generales señaladas en la ley 4a. de 1992, D E C R E T A: REPUBLlCA DE COLOMBIA ( Por el cual se fijan las escalas de remuneración correspondientes a las distintas categorías de empleos de la Auditoria General de la República y se dictan otras disposiciones.

Más detalles

I. Comunidad Autónoma

I. Comunidad Autónoma Página 864 I. Comunidad Autónoma. Disposiciones es Consejo de Gobierno 2507 Decreto n.º 9/206, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración Pública de la Región

Más detalles

INDICE SALARIAL PRIMER SEMESTRE 2016

INDICE SALARIAL PRIMER SEMESTRE 2016 TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES INDICE SALARIAL PRIMER SEMESTRE 2016 DIRECTOR /A GENERAL ELECTORAL Director /a Ejecutivo/a Director /a General de Estrategia Tecnológica 1 2 3 4 Director /a General del Instituto

Más detalles

SECRETARIA DE FINANZAS

SECRETARIA DE FINANZAS 4 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 2 de Diciembre de 2014 ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL SECRETARIA DE FINANZAS ACUERDO MODIFICATORIO AL DIVERSO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS REGLAS DE CARÁCTER

Más detalles

CONSULTOR DE LÍNEA TÉCNICO PROCURADOR

CONSULTOR DE LÍNEA TÉCNICO PROCURADOR 1 CONVOCATORIA Y DATOS GENERALES DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN A. CONVOCATORIA Se convoca a la presentación de propuestas para el siguiente proceso: Entidad convocante : SERVICIO NACIONAL DE PROPIEDAD INTELECTUAL

Más detalles

UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE LA MIXTECA

UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE LA MIXTECA UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE LA MIXTECA REGLAMENTO DE ESTIMULOS A LA CARRERA ACADEMICA (RATIFICADO EN SU VERSION ACTUAL POR EL H. CONSEJO ACADEMICO EL DIA 11 DE MAYO DE 1999.) CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

Más detalles

DISPONGO. Artículo 2. Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Especial

DISPONGO. Artículo 2. Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Especial ORDEN DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE POR LA QUE SE ESTABLECE EL CALENDARIO ESCOLAR PARA EL CURSO 2016/2017 EN LOS CENTROS EDUCATIVOS NO UNIVERSITARIOS SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS

Más detalles

Consejería de Sanidad y Consumo

Consejería de Sanidad y Consumo Pág. 28 MIÉRCOLES 20 DE DICIEMBRE DE 2006 B.O.C.M. Núm. 302 4370 Consejería de Sanidad y Consumo ORDEN 2191/2006, de 18 de diciembre, por la que se desarrolla el Decreto 101/2006, de 28 de noviembre, por

Más detalles

Reglamento de Pensiones por Jubilación, Vejez e Incapacidad, para los. trabajadores de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí.

Reglamento de Pensiones por Jubilación, Vejez e Incapacidad, para los. trabajadores de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí. Reglamento de Pensiones por Jubilación, Vejez e Incapacidad, para los Trabajadores de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí TÍTULO PRIMERO Generalidades Artículo 1. Con fundamento en los artículos

Más detalles

BASES ADMINISTRATIVAS

BASES ADMINISTRATIVAS GOBIERNO REGIONAL DE ICA UNIDAD EJECUTORA 401 SALUD-CHINCHA HOSPITAL SAN JOSE DE CHINCHA BASES ADMINISTRATIVAS Nº 001-2011-U.E.401-SALUD-CHINCHA CONCURSO PARA PROFESIONAL: MEDICO CIRUJANO; LICENCIADA EN

Más detalles

Martes 18 de marzo de 2008 DIARIO OFICIAL (Primera Sección)

Martes 18 de marzo de 2008 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) LINEAMIENTOS para el seguimiento de la rentabilidad de los programas y proyectos de inversión de la Administración Pública Federal. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.-

Más detalles

SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL ESTADO DE GUANAJUATO DIRECCIÓN DE DESARROLLO FAMILIAR Y COMUNITARIO

SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL ESTADO DE GUANAJUATO DIRECCIÓN DE DESARROLLO FAMILIAR Y COMUNITARIO SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL ESTADO DE GUANAJUATO DIRECCIÓN DE DESARROLLO FAMILIAR Y COMUNITARIO LINEAMIENTOS PARA LA APLICACIÓN DE CUOTAS DE RECUPERACIÓN DE LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO

Más detalles

ACUERDO No. 073 DE 2014 (27 DE JULIO)

ACUERDO No. 073 DE 2014 (27 DE JULIO) ACUERDO No. 073 DE 2014 (27 DE JULIO) POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICAN LOS ARTICULOS 57, 58 DEL ACUERDO No.103 DE 18 DE DICIEMBRE DE 2010, QUE EXPIDIO EL ESTATUTO TRIBUTARIO DEL MUNICIPIO DE SAN JUAN GIRÒN-SANTANDER

Más detalles

INICIATIVA DE LEY DE INCENTIVOS A LA CARRERA DOCENTE EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

INICIATIVA DE LEY DE INCENTIVOS A LA CARRERA DOCENTE EXPOSICIÓN DE MOTIVOS INICIATIVA DE LEY DE INCENTIVOS A LA CARRERA DOCENTE EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El Gobierno de la República, establece dentro de las políticas de desarrollo de la Nación, la política educativa, responsabilidad

Más detalles

Desafíos para la Reglamentación de la Ley de Carrera Sanitaria

Desafíos para la Reglamentación de la Ley de Carrera Sanitaria Desafíos para la Reglamentación de la Ley de Carrera Sanitaria El proceso de negociación financiera, análisis económico de los requerimientos de Carrera Sanitaria: El caso de Chile Daniel Del Río Brombley

Más detalles

Acuerdo de Interpretación Sobre las Obligaciones Establecidas en los Artículos Transitorios de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

Acuerdo de Interpretación Sobre las Obligaciones Establecidas en los Artículos Transitorios de la Ley General de Contabilidad Gubernamental. Acuerdo de Interpretación Sobre las Obligaciones Establecidas en los Artículos Transitorios de la Ley General de Contabilidad Gubernamental. El 31 de diciembre de 2008 fue publicada en el Diario Oficial

Más detalles

DIRECCIÓN LEGISLATIVA -CONTROL DE INICIATIVAS-

DIRECCIÓN LEGISLATIVA -CONTROL DE INICIATIVAS- 00001 CONGRESO DE LA REPUBLICA GUATEMALA, C. A. DIRECCIÓN LEGISLATIVA -CONTROL DE INICIATIVAS- NUMERO DE REGISTRO 4821!FECHA QUE CONOCIO EL PLENO: 29 DE ABRIL DE 2014. INICIATIVA DE LEY PRESENTADA POR

Más detalles

DEL PROCESO CRONOGRAMA ÁREA RESPONSABLE

DEL PROCESO CRONOGRAMA ÁREA RESPONSABLE SERNANP PROCESO DE SELECCIÓN PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS CAS N 08--SERNANP Convocatoria para la Contratación Administrativa de Servicios de un Especialista Legal para la Unidad Operativa

Más detalles

ESTRUCTURA GENERAL DE LAS RETRIBUCIONES

ESTRUCTURA GENERAL DE LAS RETRIBUCIONES ESTRUCTURA GENERAL DE LAS RETRIBUCIONES Artículo 45. Salario base El salario base es la retribución asignada a cada trabajador por la realización de la jornada ordinaria de trabajo, incluidos los periodos

Más detalles

TEMA: MEDICINA TRANSFUSIONAL Y BANCOS DE SANGRE LEYES Y NORMAS REGULADORAS RELACIONADAS CON MEDICINA TRANSFUSIONAL Y BANCOS DE SANGRE

TEMA: MEDICINA TRANSFUSIONAL Y BANCOS DE SANGRE LEYES Y NORMAS REGULADORAS RELACIONADAS CON MEDICINA TRANSFUSIONAL Y BANCOS DE SANGRE DE LEYES Y NORMATIVA RELACIONADAS CON LA MISIÓN Y VISION DEL DRACES TERCERA PARTE LEYES Y NORMAS RELACIONADAS CON LOS ESTABLECIMIENTOS QUE REGULA DRACES TEMA: MEDICINA TRANSFUSIONAL Y BANCOS DE SANGRE

Más detalles

CONVOCATORIA A CONCURSO DE ASCENSOS POR SISTEMA DE MÉRITOS

CONVOCATORIA A CONCURSO DE ASCENSOS POR SISTEMA DE MÉRITOS CONVOCATORIA A CONCURSO DE ASCENSOS POR SISTEMA DE MÉRITOS La Oficina de Gestión Humana cumple en informar y convocar a todo el personal de carrera, funcionario o funcionaria de este Ministerio que, a

Más detalles

Este es un trabajo descriptivo que tiene

Este es un trabajo descriptivo que tiene Estudio descriptivo de salarios de cargos administrativos y asistenciales 2013 Fernando Bohórquez Robayo 1 1 Consultor de la ACHC. Administrador de Empresas. Especialista en Evaluación y Desarrollo de

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS. TÍTULO I: Objeto y términos

REGLAMENTO DE BECAS. TÍTULO I: Objeto y términos TÍTULO I: Objeto y términos TÍTULO II: Requisitos TÍTULO III: Procedimiento de solicitud, evaluación y otorgamiento de becas. TÍTULO IV: Disposiciones generales TÍTULO I: Objeto y términos Artículo 1.-

Más detalles

32 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Agosto de 2013 TRANSITORIOS

32 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Agosto de 2013 TRANSITORIOS 32 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Agosto de 2013 TRANSITORIOS PRIMERO.- La presente Norma entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. SEGUNDO.-

Más detalles

CURSO DE INTRODUCCIÓN A LAS REMUNERACIONES DEL SECTOR PÚBLICO: ESCALA ÚNICA DE SUELDOS DESCRIPCIÓN GENERAL DEL CURSO

CURSO DE INTRODUCCIÓN A LAS REMUNERACIONES DEL SECTOR PÚBLICO: ESCALA ÚNICA DE SUELDOS DESCRIPCIÓN GENERAL DEL CURSO DESCRIPCIÓN G El presente documento, contiene todos los elementos relativos al curso de Introducción a las Remuneraciones del Sector Público (Escala Única de Sueldos), que dictará la Contraloría General

Más detalles

ANEXO III MEDIDAS DISCONFORMES DE COLOMBIA NOTAS HORIZONTALES

ANEXO III MEDIDAS DISCONFORMES DE COLOMBIA NOTAS HORIZONTALES ANEXO III MEDIDAS DISCONFORMES DE COLOMBIA NOTAS HORIZONTALES 1. Los compromisos en estos subsectores de conformidad con el presente Acuerdo se adoptan sujetos a las limitaciones y condiciones establecidas

Más detalles

TERMINOS DE REFERENCIA CONSULTORÍA INDIVIDUAL ASISTENCIA TÉCNICA DE ESPECIALISTA EN ARQUITECTURA

TERMINOS DE REFERENCIA CONSULTORÍA INDIVIDUAL ASISTENCIA TÉCNICA DE ESPECIALISTA EN ARQUITECTURA TERMINOS DE REFERENCIA CONSULTORÍA INDIVIDUAL ASISTENCIA TÉCNICA DE ESPECIALISTA EN ARQUITECTURA I. JUSTIFICACION Con fecha 27 de diciembre de 2013 el Ministerio del Interior y la Organización Internacional

Más detalles

ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR, 1 _ DECRETO Nº 761.- CONSIDERANDO: LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR, POR TANTO, I.- II.- Que la compensación adicional en efectivo que cada año se otorga a los servidores públicos,

Más detalles

Reforma Parcial de la Ley de Alimentación para los Trabajadores

Reforma Parcial de la Ley de Alimentación para los Trabajadores www.pwc.com/ve Boletín de Actualidad Corporativa PwC Venezuela - Tax Reforma Parcial de la Ley de Alimentación para los Trabajadores Asesoría Fiscal (Tax) Diciembre 2014 - N 20 En fecha 17 de noviembre

Más detalles