LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DE MANABI EL HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO
|
|
- Lorenzo Toledo Castillo
- hace 7 años
- Vistas:
Transcripción
1 LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DE MANABI EL HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO CONSIDERANDO: Que los artículos 60 de la Ley de Educación Superior y 36 del Reglamento a la Ley, consignan que son estudiantes de los centros de educación superior quienes, previo el cumplimiento de los requisitos establecidos, se encuentren legalmente registrados o matriculados. Que la Universidad para establecer los montos de las matrículas, las exoneraciones y facilidades de pago deberá tomar en consideración la situación socioeconómica de los estudiantes así como reconocer los méritos académicos de éstos. Que las normativas que regulen lo concerniente a las matrículas deben ser claras y concretas. Que es necesario la creación de un Reglamento de Matrículas de la Universidad Técnica de Manabí, que establezca los requisitos y procedimientos aplicables a éstas. Que la disposición del Art. 12 numeral 8 del Estatuto Orgánico de la Universidad Técnica de Manabí establece la atribución del H. Consejo Universitario de expedir los reglamentos necesarios para la mejor marcha de la institución RESUELVE: Expedir el REGLAMENTO DE MATRÍCULAS DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DE MANABÍ CAPÍTULO I GENERALIDADES TÍTULO 1 DE LAS MATRÍCULAS Art. 1.- Para ser estudiante de la Universidad Técnica de Manabí, se requiere poseer título de bachiller, cumplir con los requisitos establecidos por el Sistema Nacional de Admisión y Nivelación y por esta Universidad. Art Son estudiantes de la Universidad quienes, previo el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley de Educación Superior, el Estatuto Orgánico de la Universidad Técnica de Manabí, los reglamentos internos de Facultades y este reglamento; se encuentren legalmente registrados o matriculados y participen, de acuerdo a la normatividad vigente, en cursos regulares de estudios de carácter técnico o tecnológico y de pregrado o posgrado. CAPÍTULO II D LOS REQUISITOS Art Previo al inicio del nuevo período de matrículas, la Secretaria de cada Facultad publicará
2 la nómina en orden alfabético de todos los estudiantes matriculados en ese semestre, asignándoles un día y una hora para que proceda a su trámite de matrícula del próximo semestre. De igual manera se publicará información sobre los valores, requisitos y procedimientos que necesite conocer el estudiante previo a su matriculación. Art. 4.- Si la matrícula es para el Semestre Básico Universitario (SBU), el estudiante esta obligado a presentar en Secretaría de la Facultad: 1. Certificado de depósito bancario por el valor de su matrícula. 2. Título de bachiller o acta de grado original. 3. Cédula de ciudadanía o el pasaporte (si es extranjero). 4. Cédula militar, si es varón y está dentro de la edad respectiva. 5. Dos fotos tamaño carnet. 6. Los demás que señalaren el Estatuto Orgánico de la Universidad Técnica de Manabí. Art Si la matrícula es para el primer semestre de carrera el estudiante está obligado a presentar en Secretaría de la Facultad: 1. Certificado de depósito bancario por el valor de su matrícula. 2. Certificado de haber aprobado el SBU, conferido por el Vicerrectorado Académico. 3. Título de bachiller o acta de grado original, en la especialidad que el reglamento de cada Facultad determine. 4. Cédula de ciudadanía o el pasaporte (si es extranjero). 5. Cédula militar, si es varón y está dentro de la edad respectiva. 6. Certificado médico emitido por el Departamento de Bienestar Estudiantil. 7. Certificado de asistencia al curso de nivelación de dos materias básicas que cada facultad organizará al concluir e1 SBU. 8. Dos lotos tamaño carnet. 9. Los demás que señalaren la Lev de Educación Superior. su reglamento y el Estatuto Orgánico de la Universidad Técnica de Manabí. Art. 6 Si la matricida es para el segundo semestre en adelante deberá presentarlos siguientes documentos: 1. Certificado do deposito bancario por el valor de su matrícula 2. Certificado de promoción del semestre anterior 3. Cédula de ciudadanía o el pasaporte ( si es. extranjero). 4. Libreta militar, si es varón esta dentro de la edad respectiva. 5. Certificado do votación expedido por el Tribunal Electoral de la Universidad Técnica de Manabí. 6. Dos fotos tamaño carné - 7. Los demás que señalaren la Lev de Educación Superior, su reglamento. el Estatuto Orgánico de la Universidad y reglamentos internos de cada Facultad. Art.. 7. Para rnatricularse en el segundo semestre y subsiguientes de la carrera universitaria, a mas de los requisitos académicos, no debe haber recibido sanción que lleve implícita la prohibición de matrícula por parte del Tribunal de Disciplina o el H. Consejo Universitario debidamente ejecutoriado.
3 Art. 8. El H. Consejo Universitario señalará los periodos de matrículas ordinarias y extraordinarias, de acuerdo a la planificación presentada por el Vicerrectorado Académico. Art. 9 Para el asentamiento de la matrícula el estudiante presentará los documentos pertinentes señalados en los artículos 4,5 y 6 de este reglamento, según el caso; y. el comprobante de pago de los derechos reglamentarios de matrícula, en la Secretaria de la Facultad correspondiente y recibirá a cambio. su respectivo certificado de matricula y su carnet de estudiante, esto deberá hacerlo dentro de los plazos establecidos por el H. Consejo Universitario. El estudiante que no cumpla con estos requisitos perderá su oportunidad de matricularse CAPITULO III COSTO Y PROCEDENCIA Art EI valor de la matrícula para lodos los semestres de pregado será fijado por el H. Consejo Universitario previo informe de la comisión de Presupuesto, para lo cual deberán considerar como criterio el colegio de procedencia la situación laboral de los estudiantes o aspirantes. Art. 11- El valor de la matrícula de los estudiantes provenientes de colegios fiscales se establecerá tornando como base el promedio aritmético de los principales colegios fiscales de la provincia. Art Para determinar el valor de la matrícula de los estudiantes provenientes de colegios particulares, se lo hará en base al promedio de los valores cobrados por pensión mensual y matrícula de los principales colegios particulares de la provincia. Se establecerán rangos de valores y en cada rango se tomará el promedio aritmético como valor de la matrícula semestral. Art. 13- El valor de la matrícula de los estudiantes que tengan ingresos propios será el veinte por ciento de un ingreso mensual global. Art El valor de la matrícula para el Semestre Básico Universitario (SBU) será fijado por la Comisión de Presupuesto y ratificada por el H. Consejo Universitario, a partir de la proyección de egresos presentada por el Departamento de Orientación Académica, Profesional y Vocacional, para lo cual deberán considerar el colegio de procedencia. Art El valor de la matrícula para los estudiantes de posgrado y otros estudiantes de cursos no regulares será fijado por el H. Consejo Universitario cuando se apruebe su funcionamiento y operación. Art Ningún estudiante podrá matricularse en mas de dos carreras universitarias simultáneamente dentro de la Universidad Art. 17,- E1 H. Consejo Directivo de Facultad es el encargado de conceder hasta tercera matrícula de acuerdo con su reglamento, previa solicitud escrita hecha por el estudiante.
4 Art. 18- No se acepta por ningún concepto cuarta matrícula en una misma materia en un curso anual o semestral. TITULO II DE LA ANULACIÓN CAPÍTULO 1 CAUSAS Y PLAZO Art Los estudiantes tienen el derecho. de solicitar la anulación de su matrícula semestral o anual por una sola vez, en un mismo semestre o año, únicamente por razones de enfermedad, calamidad doméstica, fuerza mayor, caso Fortuito o abandono debidamente comprobadas. Igual derecho tendrán los estudiantes bajo el sistema de crédito. Art.20.- La anulación de matrícula procederá solo si el estudiante interesado se retiró hasta el último día hábil ante de la fecha de inicio de los exámenes correspondientes a] primer parcial CAPÍTULO II DEL PROCEDIMIENTO Art. 21. El H. Consejo Directivo de la Facultad es el encargado de conocer y resolver la anulación de matrícula semestral o anual previa solicitud escrita hecha por el estudiante/ en la cual expondrá los motivos en que fundamenta su petición, la misma cine deberá ir acompañada de la documentación de soporte correspondiente. Art. 22. La matrícula anulada no se contabilízala para los electos del Art 113 del Estatuto Orgánico de la Universidad Técnica de Manabí. TÍTULO III DE LA EXONERACIÓN DEL COSTO DE LA MATRICULA A LOS ESTUDIANTES DE ALTO RENDIMIENTO ACADÉMICO CAPITULO 1 DE LOS REQUISITOS Y ESCALA Art Es obligación de la Universidad Técnica de Manabí el reconocer los méritos académicos de los estudiantes, mediante la implementación de un programa de exoneraciones al costo de las matrículas para quienes logren determinados estándares de rendimiento académico. Art Los estudiantes de la Universidad que acrediten un promedio final mínimo de 9,00 en el semestre o año lectivo inmediato anterior al que vaya a matricularse podrán acceder a la exoneración de un porcentaje del costo de matricula de conformidad con la siguiente escala: PROMEDIO FINAL PORCENTAJE DE EXONERACIÓN 9.00 a % 9.50 a %
5 9.76 a % CAPÍTULO II DEL PROCEDIMIENTO Art. 25. Para beneficiar se con la exoneración correspondiente, el Secretario Asesor Jurídico de cada Facultad extenderá la orden de matrícula al estudiante y consignará en la misma el descuento respectivo de acuerdo a la tabla referencial señalada en el. Art. 24 de este reglamento. Esta orden servirá para el depósito correspondiente en el Banco. Art 26.- A este beneficio tendrán derecho los estudiantes que se matriculen a partir del segundo semestre en adelante en la carrera correspondiente o régimen académico por año lectivo. Art Se excluyen de este beneficio, los estudiantes que tuvieran materia de arrastre. Art. 28.-Los estudiantes extranjeros que obtuvieren los promedios indicados en la tabla referencial también se acogerán a este beneficio. Art. 29. No tendrán derecho a este beneficio los estudiantes que hubieran sido sancionados por falta grave o gravísima por organismos o autoridades universitarias. TÍTULO IV DE LAS MATRÍCULAS A CRÉDITO CAPÍTULO 1 DE LOS REQUISITOS Art. 30. Es derecho de los estudiantes de la Universidad Técnica de Manabí, obtener a crédito el valor de su.matricula mas los adicionales de la misma. en el número y condiciones establecidas por el H. Consejo Universitario, previo el cumplimiento de los siguientes requisitos: 1. No haber sido sancionado por falta grave o gravísima por algún organismo competente de la Universidad. 2. No disponer de suficientes recursos económicos para pagar los derechos de matrícula dentro de los plazos reglamentarios, lo que será certificado por la trabajadora Social del Departamento de Bienestar Estudiantil de la Universidad Técnica de Manabí CA PÍTULO II DEL PROCEDIMIENTO Art El estudiante que se acoja a este beneficio acompañará su solicitud dirigida al Rector hasta el ultimo día de las matrículas ordinarias, los documentos que justifiquen el cumplimiento de los requisitos.señalados en el articulo 30 de este reglamento, junto con una letra de cambio a la orden de la Universidad Técnica de Manabí/ por el valor de la matricida. Dicha letra de cambio estará debidamente aceptada por el estudiante y garantizada o avalada
6 por un docente o empleado de la institución/ con nombramiento/ cuya capacidad económica será certificada perla Dirección Financiera. Art El valor consignado en la letra de cambio será pagado en el siguiente forma: el 25% al momento de adquirirla matrícula y el 75% restante en tres cuotas mensuales en los tres meses siguientes a la concesión do la matricula. Art El garante suscribirá simultáneamente una autorización que faculte a la Dirección Financiera para descontarle de su remuneración los dividendos en mora provenientes de dicho crédito, en los tres meses subsiguientes a la fecha en que se inicie la mora. El docente, empleado o trabajador, podrá conceder máximo hasta tres garantías simultáneamente, por semestre de estudio. Art La Dirección financiera llevará un registro de estudiantes matriculados a crédito. Cuando el valor de la letra de cambio sea pagado en su totalidad, dicho documento se le devolverá al beneficiario, Art Cumplidos los requisitos, e1 Rector dispondrá a la Dirección Financiera la concesión de la matrícula. Art. 37. El estudiante que incurra en mora del pago total o parcial de su obligación, no tendrá derecho a acceder a un nuevo crédito. DISPOSICIONES GENERALES PRÍMERA. Queda expresamente derogado el Reglamento de Matriculas y de Anulación de Matriculas/ aprobado en sesiones del 8 de julio y 12 de agosto de 2002; el Programa de Exoneración al costo de la matrícula, aprobado en sesión del 4 de octubre de y reformado en sesiones del 20 de agosto v 17 de septiembre de 2002 y del 10 de junio y 8 de julio de 2002; y, el Reglamento de Matriculas a Crédito,- aprobado en sesiones del 8 de marzo y 11 de mayo de 1994 y reformado en sesiones del 19 de julio y 4 de octubre de 1999/ v todas las disposiciones que se opongan al presente reglamento. SEGUNDA. Los casos no previstos por este reglamento serán resueltos por el H. Consejo Universitario.
7 Reformas ya realizadas en los artículos 30, 31 y 34 mediante sesión hc4
8
REGLAMENTO DE BECAS PARA GRADUADOS DE LA UNIVERSIDAD SAN GREGORIO DE PORTOVIEJO UNIVERSIDAD SAN GREGORIO" DE PORTOVIEJO
DE POITOVIEIO UNIVERSIDAD " DE Resolución No. USG-H.C.U-No 034-B-02- tomada por el Honorable Consejo Universitario en su Sesión Ordinaria del día 25 de febrero del año, la misma que dice literalmente:
Más detallesUNIVERSIDAD TÉCNICA ESTATAL DE QUEVEDO Campus Manuel Haz Álvarez SECRETARIA GENERAL
INSTRUCTIVO PARA EL PROCEDIMIENTO DE MATRICULACION EN LA UNIVERSIDAD TÉCNICA ESTATAL DE QUEVEDO Aprobado en primera y única Instancia mediante resolución Tercera de Sesión Extraordinaria de Consejo Universitario
Más detallesREGLAMENTO DE ADMISION Y NIVELACION EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD IBEROAMERICANA DEL ECUADOR CONSIDERANDO:
REGLAMENTO DE ADMISION Y NIVELACION EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD IBEROAMERICANA DEL ECUADOR CONSIDERANDO: Que, el Art. 356 de la Constitución de la República señala que en cuanto a la educación,
Más detallesINSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR "MANUEL LEZAETA A"
R E S O L U C I O N 2 4 6-0 6 S E N E S C Y T RCG-NO003-2016 EL HONORABLE CONSEJO GUBERNATIVO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR MANUEL LEZAETA ACHARAN CONSIDERANDO: Que, el Art. 5 de la Ley Orgánica de
Más detallesUniversidad Surcolombiana
(CP '5480205 I 09031 1111.2, I9Net SC 7384 - I GP 205-1 CO - SC 7384 - I ACUERDO NÚMERO 050 DE 2015 (16 de octubre) "Por el cual se crea el modelo de liquidación de matrícula para los admitidos que ingresen
Más detallesREGLAMENTO DE CRÉDITOS
REGLAMENTO DE CRÉDITOS El Consejo de Administración de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Politécnica Ltda., en uso de sus atribuciones constantes en el literal n) del artículo 33 del Estatuto vigente
Más detallesUniversidad Tecnológica Israel
Universidad Tecnológica Israel Nomenclatura REGLAMENTO de Admisión y Nivelación Aprobado por: Honorable Consejo Superior Universitario de la Universidad Tecnológica Israel. Lugar y fecha de aprobación
Más detallesBECAS UISEK REQUISITOS Y DOCUMENTACIÓN
BECAS UISEK REQUISITOS Y DOCUMENTACIÓN 2017-2018 Beca de excelencia académica 2 Beca por méritos deportivos.. 2 Beca por condición socioeconómica. 3 Beca por condiciones de vulnerabilidad: Por discapacidad.
Más detallesREFORMA DEL REGLAMENTO DE BECAS DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR HONORABLE CONSEJO PROVINCIAL DEPICHINCHA EL CONSEJO DIRECTIVO.
REFORMA DEL REGLAMENTO DE BECAS DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR HONORABLE CONSEJO PROVINCIAL DEPICHINCHA EL CONSEJO DIRECTIVO Considerando: Que, el artículo 77 de la Ley Orgánica de Educación Superior,
Más detallesEscrito por Administrator Jueves, 25 de Junio de :11 - Actualizado Jueves, 17 de Febrero de :04
REQUISITOS GENERALES PARA ACCEDER A LOS BENEFICIOS DE BECAS DE PREGRADO: ACADÉMICAS, DEPORTIVAS, CULTURALES, SOCIOECONÓMICAS, POR DECRETOS, BECAS ESPECIALES (DESCUENTOS POR HERMANOS, HIJOS DE MILITARES,
Más detallesTIPOS DE BECAS Y REQUISITOS
1 TIPOS DE BECAS Y REQUISITOS Beca de excelencia académica... 2 Beca por méritos deportivos.. 2 Beca por condición socioeconómica.. 2 Beca por condiciones especiales: Por discapacidad. 3 Comunidades históricamente
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE BIENESTAR ESTUDIANTIL i
REGLAMENTO GENERAL DE BIENESTAR ESTUDIANTIL i CAPÍTULO I GENERALIDADES Art. 1 El Departamento de Bienestar Estudiantil es la unidad administrativa responsable del manejo de créditos educativos y pagos
Más detallesa.- En el caso de los estudiantes que ingresaron mediante el Sistema Nacional de Nivelación y Admisión (SNNA) deberá considerarse:
INSTRUCTIVO DE PROCEDIMIENTO QUE REGULA LA MOVILIDAD ESTUDIANTIL DE NUEVOS ALUMNOS A LAS DISTINTAS CARRERAS QUE OFERTA LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y ADMINISTRATIVAS El H. Consejo Directivo en uso
Más detallesREGLAMENTO DEL SISTEMA DE PENSIONES PARA LOS ESTUDIANTES DE PREGRADO DEL CICLO ACADÉMICO 2017-I
REGLAMENTO DEL SISTEMA DE PENSIONES PARA LOS ESTUDIANTES DE PREGRADO DEL CICLO ACADÉMICO 2017-I INDICE TITULO I: CONSIDERACIONES GENERALES Y BASE LEGAL DEL REGLAMENTO... 3 1. GENERALIDADES... 3 2. BASE
Más detallesINSTITUTO UNIVERSITARIO DE DISEÑO LAS MERCEDES
INSTITUTO UNIVERSITARIO DE DISEÑO LAS MERCEDES El Consejo Directivo del Instituto Universitario de Diseño Las Mercedes en uso de la facultad que le confiere el numeral 2 del artículo 15 del Reglamento
Más detallesCAPITULO I Disposiciones Generales
REGLAMENTO DE MATRÍCULA DE ESTUDIANTES REGULARES (Aprobado por consejo Universitario acuerdo I de la sesión extraordinaria celebrada el 30 de agosto del 2011, acta No.7-2011) CAPITULO I Disposiciones Generales
Más detallesUniversidad. REGLAMENTO DE ESTUDIANTES. Las matrículas se someterán a los Reglamentos y Disposiciones Generales de la Universidad del Azuay.
REGLAMENTO DE ESTUDIANTES CAPÍTULO I DE LOS ESTUDIANTES Art. 1. Son estudiantes de la Universidad del Azuay quienes, luego de cumplir con los requisitos establecidos en el estatuto para la admisión de
Más detallesUNIVERSIDAD ECCI REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS FINANCIEROS BOGOTÁ, D.C., DICIEMBRE DE 2014
UNIVERSIDAD ECCI REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS FINANCIEROS BOGOTÁ, D.C., DICIEMBRE DE 2014 1 ARTÍCULO 1. OBJETO. El presente Acuerdo tiene como fin actualizar los aspectos económicos derivados de la relación
Más detallesUNIVERSIDAD ESTATAL PENÍNSULA DE SANTA ELENA EL HONORABLE CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO CONSIDERANDO:
EL HONORABLE CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO CONSIDERANDO: el Art. 356 de la Constitución de la República del Ecuador, entre otros principios establece que será gratuita la educación superior pública de
Más detallesUniversidad de Guayaquil REGLAMENTO GENERAL DE MATRICULACION, CREDITOS, REBAJAS, EXONERACIONES Y OTRAS TASAS REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN
Universidad de Guayaquil REGLAMENTO GENERAL DE MATRICULACION, CREDITOS, REBAJAS, EXONERACIONES Y OTRAS TASAS REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL REGLAMENTO GENERAL DE MATRICULACION,
Más detallesARTÍCULO 4.-La Evaluación de los estudiantes tendrá las siguientes funciones: a. La valoración y el registro del aprendizaje como sujeto y objeto del
Reglamento de Evaluación Estudiantil DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL DE BOLIVAR EL HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL DE BOLÍVAR. CONSIDERANDO: QUE, el Art. 84 de la Ley Orgánica de Educación
Más detallesREGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN DE MATRÍCULAS, ARANCELES Y DERECHOS EN LA UNIVERSIDAD DEL AZUAY. Título I Objeto y ámbito de aplicación
REGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN DE MATRÍCULAS, ARANCELES Y DERECHOS EN LA UNIVERSIDAD DEL AZUAY Título I Objeto y ámbito de aplicación Artículo 1. Objeto y ámbito: El presente reglamento establece las normas
Más detallesREGLAMENTO DE MATRÍCULA DE ESTUDIANTES REGULARES
REGLAMENTO DE MATRÍCULA DE ESTUDIANTES REGULARES (Aprobado por el Consejo Universitario mediante acuerdo I-07-2011, de la Sesión Extraordinaria, Acta No 7-2011 realizado el 30 de agosto del 2011. Publicado
Más detallesREGLAMENTO DE NIVELACIÓN Y ADMISIÓN EL HONORABLE CONSEJO GUBERNATIVO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR BLUE HILL
REGLAMENTO DE NIVELACIÓN Y ADMISIÓN EL HONORABLE CONSEJO GUBERNATIVO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR BLUE HILL CONSIDERANDO: Que, el Instituto Tecnológico Superior Blue Hill es una Institución de Educación
Más detallesREGLAMENTO DE BECAS PARA LOS ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DEL AZUAY
REGLAMENTO DE BECAS PARA LOS ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DEL AZUAY Capítulo I Generalidades Art. 1.- Fines y objetivos: Los fines y objetivos del presente reglamento son: a) Reconocer los logros de los
Más detallesREGLAMENTO DE ADMISIÓN Y MATRÍCULA CARRERAS PROFESIONALES DE PREGRADO
1 REGLAMENTO DE ADMISIÓN Y MATRÍCULA CARRERAS PROFESIONALES DE PREGRADO 2014 2 REGLAMENTO DE ADMISIÓN Y MATRÍCULA CARRERAS PROFESIONALES DE PREGRADO TÍTULO I NORMAS GENERALES Artículo 1 El presente Reglamento
Más detallesREGLAMENTO DE CATEGORIZACIONES DE PENSIONES
REGLAMENTO DE CATEGORIZACIONES DE PENSIONES REGLAMENTO DE CATEGORIZACIÓN DE PENSIONES CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- El Reglamento de Categorización de Pensiones tiene como finalidad establecer
Más detallesGUIA DE PROCESO DE ADMISIÓN ESTUDIANTIL
GUIA DE PROCESO DE ADMISIÓN ESTUDIANTIL GUIA PASO A PASO PROCESO DE ADMISIÓN ESTUDIANTIL 1. Realizar el proceso de pre inscripción en la página de internet www.escueladelogistica.edu.co, en las fechas
Más detallesREGLAMENTO DE CATEGORIZACIONES DE PENSIONES (APROBADO POR RESOLUCIÓN Nº CU/UDL) 29 DE MAYO DE 2017
REGLAMENTO DE CATEGORIZACIONES DE PENSIONES (APROBADO POR RESOLUCIÓN Nº 049-2017- CU/UDL) 29 DE MAYO DE 2017 REGLAMENTO DE CATEGORIZACIÓN DE PENSIONES CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- El
Más detallesReglamento Administrativo
Reglamento Administrativo 1 Reglamento General Administrativo (U.A.P) 1- De las Matrículas 1.1. Para matricularse el ALUMNO deberá abonar una suma de dinero que será fijada anualmente a propuesta del Departamento
Más detallesINSTRUCTIVO DE RÉGIMEN ECONÓMICO Y BECAS
INSTRUCTIVO DE RÉGIMEN ECONÓMICO Y BECAS La Pontificia Universidad Católica del Ecuador Sede Esmeraldas fiel a los principios de equidad e igualdad de oportunidades, y de apoyo a sectores más vulnerables
Más detallesPROCEDIMIENTO PARA LA TRANSFERENCIA DE ESTUDIANTES A PROGRAMAS ACADÉMICOS DE PREGRADO PRESENCIAL
ADMISIONES Y REGISTRO ACADÉMICO/ ADMISIONES Revisó: Director de y Registro Académico Coordinador de Profesional de Planeación Aprobó: Rector Página 1 de 8 Fecha de aprobación: Octubre 11 de 2004 Resolución
Más detallesREGLAMENTO DE PENSIONES
REGLAMENTO DE PENSIONES Título I Disposiciones Generales Artículo 1 : Objeto del Reglamento El presente reglamento, establece las condiciones generales, los términos y disposiciones que regulan el Sistema
Más detallesEl Ministro de Relaciones Exteriores
ACUERDO MINISTERIAL No. 0000423 El Ministro de Relaciones Exteriores C O N S I D E R A N D O: Que el numeral 6 del artículo 179 de la Constitución Política de la República establece que a los Ministros
Más detallesRESOLUCIÓN RECTORAL N.O (Octubre 20 de 2017)
RESOLUCIÓN RECTORAL N.O 232-2017 (Octubre 20 de 2017) "Por la cual se modifica y actualiza el procedimiento de devoluciones y abonos de valores sobre matrículas... EL RECTOR DE la, en ejercicio de sus
Más detallesPONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL ECUADOR
PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL ECUADOR 1 2 El Consejo de Administración de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Universidad Católica del Ecuador en uso de las atribuciones que le confieren los Estatutos
Más detallesCAPÍTULO I Disposiciones Generales
REGLAMENTO DE MATRÍCULA DE ESTUDIANTES REGULARES (Aprobado por consejo Universitario acuerdo I de la sesión extraordinaria celebrada el 30 de agosto del 2011, acta No.7-2011) CAPÍTULO I Disposiciones Generales
Más detallesPONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICA DEL ECUADOR SEDE AMBATO REGLAMENTO DE CURSOS ABIERTOS TITULO I GENERALIDADES
PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICA DEL ECUADOR REGLAMENTO DE CURSOS ABIERTOS TITULO I GENERALIDADES Artículo 1.- Cursos Abiertos.- La Pontificia Universidad Católica del Ecuador, Sede Ambato, mantiene un
Más detallesUNIVERSIDAD DE LOS LLANOS
VERSIÓN: 04 PAGINA: 1 de 8 1. Objeto: Describir el trámite para la inscripción, selección, admisión de aspirantes y posteriormente el ingreso de estudiantes nuevos a programas de grado y de posgrado. 2.
Más detallesCONSIDERANDO EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD DE LOS HEMISFERIOS EXPIDE EL SIGUIENTE REGLAMENTO DE BECAS
EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD CONSIDERANDO Que la Ley Orgánica de Educación Superior, dispone en su artículo 5 literal i) que es un derecho de los estudiantes el obtener de acuerdo con sus
Más detallesSEGUNDO LLAMADO PERIODO
UNIVERSIDAD SURCOLOMBIANA COMITÉ DE ADMISIONES E INFORMACION PROFESIONAL CENTRO DE ADMISIONES, REGISTRO Y CONTROL ACADEMICO SEGUNDO LLAMADO PERIODO 2018-2 EL COMITÉ DE ADMISIONES E INFORMACION PROFESIONAL
Más detallesREGLAMENTO DE ADMISIÓN Y NIVELACIÓN ESTUDIANTIL
REGLAMENTO DE ADMISIÓN Y NIVELACIÓN FEBRERO - 2015 TÍTULO I. Principios, políticas TÍTULO II. Objetivos TÍTULO III. De la estructura organizacional TÍTULO IV. De la admisión y nivelación TÍTULO V. De la
Más detallesREGLAMENTO DE BECAS Y RECATEGORIZACIONES
UNIVERSIDAD PRIVADA SISE Resolución 408-2012-CONAFU REGLAMENTO DE BECAS Y RECATEGORIZACIONES LIMA - PERÚ Finalidad Art. 1 CAPITULO I Generalidades El presente reglamento tiene como finalidad regular los
Más detallesREGISTRO Y CONTROL ACADEMICO
Hoja de Control de Actualizaciones del Documento VERSION FECHA DESCRIPCION DE LA MODIFICACION 01 05/05/2011 Se modifica el procedimiento con adición en numeral 4.1 e inclusión del numeral 4.3 y 4.4 02
Más detallesTRÁMITE DE DESCUENTOS EN EL VALOR DE LA MATRÍCULA. (Estudiantes de Pregrado Presencial ANTIGUOS) VICERRECTORIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA
TRÁMITE DE DESCUENTOS EN EL VALOR DE LA MATRÍCULA (Estudiantes de Pregrado Presencial ANTIGUOS) VICERRECTORIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA En primer término se hace claridad a los señores estudiantes, que
Más detallesREGLAMENTO REGULADOR DE LA CONCESIÓN DE LOS PREMIOS EXTRAORDINARIOS EN LOS ESTUDIOS OFICIALES DE LA UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE LA RIOJA
REGLAMENTO REGULADOR DE LA CONCESIÓN DE LOS PREMIOS EXTRAORDINARIOS EN LOS ESTUDIOS OFICIALES DE LA UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE LA RIOJA Aprobada por Consejo Directivo (V2018.1): 22/03/2018 (En vigor:
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE INGRESO DE ALUMNOS A LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA
REGLAMENTO GENERAL DE INGRESO DE ALUMNOS A LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Este reglamento tiene por objeto definir los criterios, requisitos y procedimientos
Más detallesACTUALIZACIÓN
LEGISLACION LABORAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL TOMO I Correo legal / Miércoles 24 de febrero del 2016 1 ACTUALIZACIÓN 2016-0004 04 Quito, 24 de febrero del 2016 OBRA: LEGISLACIÓN LABORAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL DE CHIMBORAZO EL HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO CONSIDERANDO:
UNIVERSIDAD NACIONAL DE CHIMBORAZO EL HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República del Ecuador en el artículo 28 establece que la educación pública será universal,
Más detallesINSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR POLICIA NACIONAL-NORTE
INSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR POLICIA NACIONAL-NORTE EL H. CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR POLICÍA NACIONAL - NORTE CONSIDERANDO: Que, el Art. 26 de la Constitución de la República
Más detallesAPROBADO POR ACUERDO DE DIRECTORIO CON RESOLUCIÓN N /PD-USS
www.uss.edu.pe VERSIÓN 03 APROBADO POR ACUERDO DE DIRECTORIO CON RESOLUCIÓN N 009-2016/PD-USS Página 1 de 9 ÍNDICE TÍTULO I... 3 GENERALIDADES... 3 TÍTULO II... 3 DE LA OFICINA DE GRADOS Y TÍTULOS Y SU
Más detallesREGLAMENTO DE TITULACION. Capítulo Primero Disposiciones Generales
REGLAMENTO DE TITULACION Capítulo Primero Disposiciones Generales Artículo 1. El presente Reglamento establece las normas a que habrá de sujetarse el proceso de titulación profesional, en el Tecnológico
Más detallesREGLAMENTO DE ADMISIÓN A LA UNIVERSIDAD PRIVADA TELESUP SAC GENERALIDADES
REGLAMENTO DE ADMISIÓN A LA UNIVERSIDAD PRIVADA TELESUP SAC GENERALIDADES ARTÍCULO 1 El presente Reglamento tienen por finalidad establecer las normas y procedimientos generales para la admisión a la Universidad
Más detallesEL GOBIERNO MUNICIPAL DEL CANTON SUCUA. Considerando:
EL GOBIERNO MUNICIPAL DEL CANTON SUCUA Considerando: Que, el órgano rector de las remuneraciones en el Sector Público, ha emitido mediante Registro Oficial No. 418 del 1º. De abril del 2011, en su Art.
Más detallesNORMATIVO DE LA ESCUELA DE VACACIONES
UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS DEPARTAMENTO DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO EDUCATIVO NORMATIVO DE LA ESCUELA DE VACACIONES Aprobado por la Junta Directiva de la Facultad
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL DE CHIMBORAZO EL HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO CONSIDERANDO:
UNIVERSIDAD NACIONAL DE CHIMBORAZO EL HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República del Ecuador en el artículo 28 establece que la educación pública será universal,
Más detallesESCUELA POLITECNICA NACIONAL CALENDARIO ACADÉMICO 2017-A
ESCUELA POLITECNICA NACIONAL CONSEJO DE DOCENCIA CALENDARIO ACADÉMICO 2017-A GRADO Apertura del Período Académico 01 de febrero de 2017 Revisión de Documentos (1) Del 13 de febrero al 17 de marzo de 2017
Más detallesIII. Normas para el funcionamiento de cuerpos colegiados 1. I. De los cuerpos colegiados.
III. Normas para el funcionamiento de cuerpos colegiados 1. I. De los cuerpos colegiados. a. La Universidad establecerá las normas, los criterios y procedimientos para crear, modificar o suprimir los planes
Más detallesNORMATIVA DE PERMANENCIA EN TITULACIONES OFICIALES DE GRADO EN LA UNIVERSIDAD CAMILO JOSÉ CELA
NORMATIVA DE PERMANENCIA EN TITULACIONES OFICIALES DE GRADO EN LA UNIVERSIDAD CAMILO JOSÉ CELA (PC-005: Selección, Admisión y Matriculación de Estudiantes) RESUMEN DE REVISIONES Edición Fecha Naturaleza
Más detallesINDICE DIRECTIVA ACADÉMICA
INDICE DIRECTIVA ACADÉMICA No. 01 No. 02 No. 03 No. 04 No. 05 No. 06 No. 07 No. 08 No. 09 No. 10 No. 11 No. 12 No. 13 No. 14 No. 15 No. 16 MATRÍCULA DE CURSO SEMESTRAL MATRÍCULA DE CURSO MODULAR MATRÍCULA
Más detallesEL COMITÉ DE NORMAS DEL BANCO CENTRAL DE RESERVA DE EL SALVADOR,
EL COMITÉ DE NORMAS DEL BANCO CENTRAL DE RESERVA DE EL SALVADOR, CONSIDERANDO: I. Que mediante decreto No. 927, de fecha 20 de Diciembre de 1996 publicado en el Diario Oficial No. 243 de fecha de ese mismo
Más detallesReglamento De Grados y Títulos
Reglamento De Grados y Títulos CHICLAYO PERÚ 2016 CONSTITUYE LA BASE LEGAL DEL PRESENTE REGLAMENTO LAS SIGUIENTES NORMAS: A. LEY UNIVERSITARIA N 30220 B. RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N 009-2015/SUNEDU/CD
Más detallesConcurso de Personal Docente 2015
Concurso de Personal Docente 2015 CONSTITUYE LA BASE LEGAL DEL PRESENTE REGLAMENTO LAS SIGUIENTES NORMAS: REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS A. LEY UNIVERSITARIA N 30220. B. RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO
Más detallesDIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ÁVILA
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ÁVILA Número 2.497/16 EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ÁVILA INSTITUCIÓN GRAN DUQUE DE ALBA A N U N C I O Con fecha 27 de octubre de 2016, por Decreto de Avocación del Ilmo. Sr.
Más detalles(junio 29) Diario Oficial No de 15 de septiembre de 2007 UNIVERSIDAD SURCOLOMBIANA
RESOLUCIÓN 78 DE 2007 (junio 29) Diario Oficial No. 46.572 de 15 de septiembre de 2007 UNIVERSIDAD SURCOLOMBIANA Por la cual se adopta el procedimiento para el trámite y desarrollo de procesos en el Grupo
Más detallesPROCEDIMIENTO DE MATRICULA FINANCIERA
PROCEDIMIENTO DE MATRICULA REGISTRO DE CAMBIOS FECHA DE VIGENCIA/ VERSIÓN No. NUMERAL DESCRIPCION U ORIGEN DEL CAMBIO Página 1 de 11 1. OBJETIVO Definir las modalidades de pago de la matricula financiera,
Más detallesCOLEGIO DE PROFESIONALES EN CIENCIAS ECONÓMICAS DE COSTA RICA REGLAMENTO DEL FONDO DE MUTUALIDAD Y SUBSIDIOS CAPÍTULO I CONSTITUCIÓN Y FINES
COLEGIO DE PROFESIONALES EN CIENCIAS ECONÓMICAS DE COSTA RICA REGLAMENTO DEL FONDO DE MUTUALIDAD Y SUBSIDIOS CAPÍTULO I CONSTITUCIÓN Y FINES Artículo 1. Objetivo. Créase el Fondo de Mutualidad y Subsidios
Más detallesREGLAMENTO DE PAGO DE DERECHOS ACADÉMICOS ORDINARIOS
REGLAMENTO DE PAGO DE DERECHOS ACADÉMICOS ORDINARIOS I. NORMAS GENERALES Art. 1º.- El pago de derechos académicos ordinarios en la Pontificia Universidad Católica del Perú se efectúa mediante boletas de
Más detallesI. CONCEPTOS Y PRINCIPIOS GENERALES
NORMAS Y PROCEDIMIENTOS GENERALES PARA LOS ASPECTOS ADMINISTRATIVOS DE LA MATRÍCULA DE LOS PROGRAMAS DE PREGRADO DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA - Sede Central - I. CONCEPTOS Y PRINCIPIOS GENERALES
Más detallesBIENESTAR ESTUDIANTIL
BIENESTAR ESTUDIANTIL Política de seguimiento y apoyo a estudiantes con becas Área responsable: Bienestar Estudiantil Versión: 1.0 mayo de 2017 Política de seguimiento y apoyo a estudiantes con becas Página
Más detallesReglamento al sistema de becas
Reglamento al sistema de becas Con el objeto de favorecer aquellos estudiantes con limitaciones económicas y con excelente rendimiento académico, la Universidad Federada de Costa Rica establece un régimen
Más detallesMINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL. RESOLUCIÓN No (marzo 18 de 2010)
REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE NACIONAL RESOLUCIÓN No. 1780 (marzo 18 de 2010) Por la cual se dictan disposiciones relacionadas con la administración y disponibilidad de la información en el Sistema
Más detallesACUERDO No 187 (Noviembre 24 de 2014)
ACUERDO No 187 (Noviembre 24 de 2014) Por medio del cual se establecen los derechos pecuniarios y derechos complementarios para los estudiantes de la Escuela Superior Tecnológica de Artes Débora Arango
Más detallesUniversidad Nacional de Asunción Facultad de Ingeniería
DISPOSICIONES NORMATIVAS PARA BECAS, PREMIOS Y EXONERACIÓN DE PAGO DE MATRICULA Y/O ARANCELES Acta Nº 1002 del 15/10/2005 Resolución Nº 1256/05.- 15/10/2005 BECAS: Inscripciones a cursos, seminarios, congresos.
Más detallesMANUALES CONTROL DE VERSIONES
MANUALES TÍTULO: MANUAL DE CREACIÓN DE SOLICITUDES DE BECAS AREA: DIRECCIÓN DE BIENESTAR ESTUDIANTIL FECHA ELABORACIÓN: 30/07/2018 FECHA ULTIMA MODIFICACIÓN: 03/07/2017 VERSIÓN: 2.0 CONTROL DE VERSIONES
Más detallesReglamento De Graduación para Obtener el Título Terminal de Tercer Nivel
Reglamento De Graduación para Obtener el Título Terminal de Tercer Nivel DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL DE BOLIVAR EL HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL DE BOLÍVAR. CONSIDERANDO: QUE,
Más detallesREGLAMENTO DE BECAS Y CATEGORIZACIÓN DE PENSIONES DE LA UNIVERSIDAD PRIVADA ANTONIO GUILLERMO URRELO S.A.C. CAPÍTULO I CATEGORIZACIÓN
REGLAMENTO DE BECAS Y CATEGORIZACIÓN DE PENSIONES DE LA UNIVERSIDAD PRIVADA ANTONIO GUILLERMO URRELO S.A.C. CAPÍTULO I CATEGORIZACIÓN Artículo 1 Artículo 2 Artículo 3 Artículo 4 Artículo 5 La categorización
Más detallesReglamento de Becas de Pregrado
Reglamento de Becas de Pregrado Aprobado por Resolución Rectoral N 185 del 26 de julio de 2018 1 INTRODUCCIÓN El presente Reglamento de Becas (el Reglamento) tiene por finalidad establecer de forma transparente
Más detallesREGLAMENTO DE ELECCION DE DELEGADOS ESTUDIANTILES Y DE LOS GRADUADOS
REGLAMENTO DE ELECCION DE DELEGADOS ESTUDIANTILES Y DE LOS GRADUADOS REGLAMENTO DE ELECCION DE DELEGADOS ESTUDIANTILES Y DE LOS GRADUADOS CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 : Artículo 2 : Artículo
Más detallesREGLAMENTO DE JUSTIFICACION DE INASISTENCIA PARA LOS ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL AMAZÓNICA UEA
REGLAMENTO DE JUSTIFICACION DE INASISTENCIA PARA LOS ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL AMAZÓNICA UEA LA JUNTA UNIVERSITARIA DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL AMAZÓNICA UEA CONSIDERANDO Que, la Ley Orgánica
Más detallesCAMARA DE COMERCIO DE AGUACHICA NIT
REGLAMENTO DE AFILIADOS DE LA CÁMARA DE COMERCIO DE AGUACHICA ARTÍCULO PRIMERO.- REQUISITOS PARA SER AFILIADOS.- Los afiliados a la Cámara de Comercio de Aguachica tienen el derecho a participar en su
Más detallesREGLAMENTO DE BECAS PARA LOS ESTUDIANTES DEL INSTITUTO DE ESTUDIOS BANCARIOS GUILLERMO SUBERCASEAUX Decreto de 31 de julio 2013
REGLAMENTO DE BECAS PARA LOS ESTUDIANTES DEL INSTITUTO DE ESTUDIOS BANCARIOS GUILLERMO SUBERCASEAUX Decreto de 31 de julio 2013 TITULO I - DE LOS OBJETIVOS Artículo 1.- El presente reglamento establece
Más detallesREGLAMENTO DE CONTROL ESCOLAR DEL INSTITUTO DE LA JUDICATURA DEL CONSEJO DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE MICHOACAN
REGLAMENTO DE CONTROL ESCOLAR DEL INSTITUTO DE LA JUDICATURA DEL CONSEJO DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE MICHOACAN TEXTO ORIGINAL Publicado en el Periódico Oficial del Estado el día 3 de agosto de 2015,
Más detallesINSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR LUIS ARBOLEDA MARTINEZ MANTA MANABI - ECUADOR
PLANIFICACION MATRÍCULAS PARA 1S-2018 PROCEDIMIENTO DE MATRICULACION PARA LOS ALUMNOS DEL LUIS ARBOLEDA MARTÍNEZ 1 REQUISITOS PARA LA MATRÍCULA DE PRIMER SEMESTRE DE S Antes de la matrícula los aspirantes
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DEL ESTUDIANTE DE LA UNIVERSIDAD RICARDO PALMA
1. REGLAMENTO GENERAL DEL ESTUDIANTE DE LA UNIVERSIDAD RICARDO PALMA Página 1 REGLAMENTO GENERAL DEL ESTUDIANTE DE LA UNIVERSIDAD RICARDO PALMA BASE LEGAL a) Ley Universitaria, Ley Nº 30220. b) Estatuto
Más detallesCómo realizar la matrícula
La matrícula sólo puede realizarse a través de Internet tanto para los Grados como para las Licenciaturas, Diplomaturas, Ingenierías o Ingenierías Técnicas. Existe la posibilidad de matricularse en los
Más detallesUNIVERSIDAD DE LOS LLANOS
Por la cual se convoca a los estudiantes adscritos a los siguientes PROGRAMAS DE POSGRADO, Especialización en Agricultura Tropical Sostenible, Especialización en Producción Tropical Sostenible, Especialización
Más detallesESCUELA POLITECNICA NACIONAL CALENDARIO ACADÉMICO B
GRADO Revisión de Documentos Del 20 al 24 de julio de 2015 Inscripción y aceptación estudiantes a Carreras 25 de agosto de 2015 Solicitud de Becas en el SAEw Del 14 al 24 de agosto de 2015 Solicitud de
Más detallesFundación Universitaria Juan N. Corpas Secretaría General
ACUERDO NUMERO 004-3 DE ABRIL 1 DE 2005 DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FUNDACION UNIVERSITARIA JUAN N. CORPAS = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = El
Más detallesNORMATIVA DE CURSOS ACREDITABLES DE ESTUDIOS DE PREGRADO Y POSTGRADO
NORMATIVA DE CURSOS ACREDITABLES DE ESTUDIOS DE PREGRADO Y POSTGRADO Año 2017 1 NORMATIVA DE CURSOS ACREDITABLES DE ESTUDIOS DE PREGRADO Y POSTGRADO Cabudare, septiembre 2017 3 1. ESTRUCTURA DEL REGLAMENTO.
Más detallesACUERDO CG EL CONTRALOR GENERAL DEL ESTADO CONSIDERANDO:
ACUERDO 048 - CG - 2011 EL CONTRALOR GENERAL DEL ESTADO CONSIDERANDO: Que, el numeral 2 del artículo 11 de la Constitución de la República, consagra el principio de igualdad de las personas y el goce de
Más detallesUNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA
UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA ESCUELA PROFESIONAL DE ARQUITECTURA Y URBANISMO REGLAMENTO DE CONVALIDACION DE ASIGNATURAS 1997-I TACNA - PERU REGLAMENTO DE CONVALIDACION DE ASIGNATURAS DE LA ESCUELA PROFESIONAL
Más detallesNo. NAC-DGERCGC
CONTENIDO SERVICIO DE RENTAS INTERNAS RESOLUCIONES: NAC-DGERCGC18-00000180 que reforma la Resolución No. NAC- DGERCGC14-00784 y sus reformas, que establece las normas para la devolución del Impuesto al
Más detallesPROCEDIMIENTOS COSTO DEL TRAMITE DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO AUTORIDAD QUE RESUELVE EL TRÁMITE ÁREA DE INICIO DE TRÁMITE REQUISITOS
1 Constancias (estudios, matrícula, no baja por disciplina, orden de mérito y promedio ponderado acumulado, retiro de la universidad; entre otros) 1.-Solicitud de trámite suscrito En español S/ 60.00 Secretaria
Más detallesVicerrectoría Académica
Vicerrectoría Académica Reglamento de Cursos Especiales y Tutorías Santo Domingo, República Dominicana Cursos Especiales 1 Objetivo: El presente reglamento tiene por finalidad regular la programación,
Más detallesReglamento de Becas para Estudiantes de la Universidad San Gregorio de Portoviejo
UNIVERSIDAD Ti) V i RESOLUCIÓN USGP H.C.0 No. 096-03- HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD DE PORTOVIEJO En ejercicio de las facultades conferidas en el artículo 45 letra e) del Estatuto de
Más detallesREGLAMENTO DE LA RESIDENCIA UNIVERSITARIA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO CAPÍTULO I GENERALIDADES
REGLAMENTO DE LA RESIDENCIA UNIVERSITARIA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO CAPÍTULO I GENERALIDADES Artículo 1 El presente Reglamento norma la admisión y permanencia de los estudiantes de la Universidad
Más detalles