REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL SERVICIO NACIONAL DE METEOROLOGÍA E HIDROLOGÍA SENAMHI CONTENIDO

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL SERVICIO NACIONAL DE METEOROLOGÍA E HIDROLOGÍA SENAMHI CONTENIDO"

Transcripción

1 REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL SERVICIO NACIONAL DE METEOROLOGÍA E HIDROLOGÍA SENAMHI CONTENIDO Título I : DE LAS DISPOSICIONES GENERALES Título II : DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y FUNCIONES Capitulo I: Estructura Orgánica Capitulo II: De los Órganos de Alta Dirección Capitulo III: Del Órgano Consultivo Capitulo IV: Del Órgano de Control Institucional Capitulo V: De los Órganos de Asesoramiento Capitulo VI: De los Órganos de Apoyo Capitulo VII: De los Órganos de Línea Capitulo VIII: De los Órganos Desconcentrados TITULO III : DE LAS RELACIONES INTERINSTITUCIONALES TITULO IV : DEL RÉGIMEN ECONÓMICO Y LABORAL ANEXO : ORGANIGRAMA DEL SENAMHI

2 REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL SERVICIO NACIONAL DE METEOROLOGÍA E HIDROLOGÍA SENAMHI TÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- De la Naturaleza Jurídica El Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología - SENAMHI, es un Organismo Público Ejecutor, tiene personería jurídica de derecho público interno y autonomía técnica, administrativa, económica y financiera, constituyendo un Pliego Presupuestal. Artículo 2.- Dependencia del SENAMHI El SENAMHI se encuentra adscrito al Ministerio del Ambiente, siendo su dependencia del tipo funcional con el Sector del Ambiente. Artículo 3.- Jurisdicción El SENAMHI ejerce sus funciones en todo el ámbito nacional, teniendo como domicilio legal y sede en la ciudad de Lima. Artículo 4.- Funciones Generales Son funciones generales del SENAMHI: a) Organizar, operar, controlar y mantener la Red Nacional de Estaciones Meteorológicas, Hidrológicas y Agrometeorológicas, de conformidad con las normas técnicas de la Organización Meteorológica Mundial (OMM) y las necesidades de desarrollo nacional, a excepción de las redes de estaciones establecidas para fines específicos. b) Centralizar y procesar la información meteorológica, hidrológica y agrometeorológica y de fines específicos, para su respectivo análisis y oportuna aplicación por los organismos correspondientes, bajo responsabilidad. c) Realizar y formular los estudios de investigaciones que satisfagan las necesidades de desarrollo y defensa nacional, en lo concerniente a su aplicación en las diferentes áreas de la meteorología, hidrología, agrometeorología y otras conexas. d) Asesorar y brindar el apoyo técnico que requieran las entidades públicas y privadas para el desarrollo de actividades en las que sea necesario el empleo de información y técnicas, relacionadas con las funciones del SENAMHI. e) Divulgar la información técnica y científica. f) Promover en coordinación con las Universidades, la capacitación técnica y profesional en especialidades relativas al ámbito de competencia del SENAMHI. g) Organizar y administrar el archivo nacional de información meteorológica, hidrológica, agrometeorológica y conexas, y proporcionar la información necesaria para los planes de desarrollo nacionales, regionales y locales. h) Dictar normas y regulaciones relativas a la instalación, operación y mantenimiento de las estaciones meteorológicas, hidrológicas y agrometeorológicas de la red nacional, así como de otras estaciones de fines específicos. 2

3 i) Participar en todas las actividades de estudios y proyectos relacionados con el medio ambiente. j) El Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología, de acuerdo a su competencia técnica especializada es la entidad encargada de expedir certificaciones de calibración y control del instrumental meteorológico e hidrológico, así como la de otorgar conformidad a la información meteorológica e hidrológica, que sea utilizada en el país, para la elaboración de proyectos, ejecución de obras u otras actividades que se relacionen con la investigación, el comercio, la industria u otros fines productivos o no, los cuales requerirán de dicha autorización expresamente; k) Organizar, fomentar y dirigir, dentro del ámbito de su competencia técnica especializada, los estudios e investigaciones meteorológicas, hidrológicas, climatológicas y agrometeorológicas, que se efectúen en el país por entidades nacionales y extranjeras, debiendo mantener para tal efecto un registro único a nivel nacional, de instituciones que cuenten con instrumental para la obtención de datos cualquiera que sean los fines l) Representar al Perú ante la Organización Meteorológica Mundial y en los certámenes relacionados con la meteorología, hidrología y agrometeorología, que se realicen en el país o en el extranjero. m) Celebrar acuerdos y contratos de cooperación con entidades públicas o privadas, nacionales y proponer al Presidente de la República convenios internacionales, en el ámbito de su competencia de acuerdo a los dispositivos legales vigentes n) El SENAMHI queda encargado de organizar, normar y promover un sistema de vigilancia atmosférica del país, a fin de preservar los peligros de la contaminación ambiental o) Cumplir otras funciones que le asigne la Ley. Artículo 5.- Base Legal a) Constitución Política del Perú. b) Ley N 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo. c) Ley N 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado. d) Ley N 27783, Ley de Bases de la Descentralización. e) Decreto Legislativo N 1013, Ley de creación, organización y funciones del Ministerio del Ambiente, modificado por el Decreto Legislativo N f) Ley N 24031, Ley del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología - SENAMHI, modificado por Ley N g) Ley N 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental. h) Ley N 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental i) Ley N 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica. j) Ley N 28478, Ley del Sistema de Seguridad y Defensa Nacional. k) Ley N 28611, Ley General del Ambiente. l) Ley N 26821, Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales. m) Decreto Legislativo N 1081, que crea el Sistema Nacional de Recursos Hídricos n) Decreto Supremo N AG. Reglamento del Decreto Legislativo N 1081 o) Decreto Supremo N AE, Reglamento de la Ley N 24031, Ley del SENAMHI. 3

4 p) Decreto Supremo N 027-DE-SG, Sustituyen artículos del Reglamento de la Ley del SENAMHI. q) Decreto Supremo N DE-SG, Modifica la estructura del SENAMHI. r) Decreto Supremo N EF, Aprueban Política Remunerativa del SENAMHI. s) Decreto Supremo N PCM, Reglamento de la Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado. t) Decreto Supremo N PCM, Reglamento de la Ley N 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental. u) Decreto Supremo N PCM, Aprueban Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones ROF por parte de las entidades de la Administración Pública. v) Resolución Suprema N 833 de la Convención de Organización Meteorológica. w) Resolución Suprema N PM/ONAJ, Crean Comité Peruano ante Decenio Hidrológico Internacional de UNESCO. TÍTULO II DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS ÓRGANOS CAPITULO I ESTRUCTURA ORGÁNICA Artículo 6.- De conformidad con el Decreto Supremo Nº PCM, Aprueban Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones ROF por parte de las entidades de la administración pública, la estructura orgánica del SENAMHI, es la siguiente: Estructura Orgánica del SENAMHI 01. Alta Dirección 01.1 Consejo Directivo 01.2 Presidente Ejecutivo 01.3 Dirección Científica 02. Órgano Consultivo 02.1 Consejo Consultivo 03. Órgano de Control Institucional 03.1 Órgano de Control Institucional 04. Órganos de Asesoramiento 04.1 Oficina de Asesoría Jurídica 04.2 Oficina de Planeamiento y Presupuesto 04.3 Oficina de Gestión de la Calidad y Organización 05. Órganos de Apoyo 05.1 Oficina de Relaciones Institucionales y Gestión Documentaria 4

5 05.2 Oficina de Administración 05.3 Centro de Formación y Perfeccionamiento 05.4 Oficina de Atención al Usuario 05.5 Oficina de Tecnología de la Información y Redes 05.6 Oficina de Geomática 05.7 Oficina Nacional de Datos Hidrometeorológicos 06. Órganos de Línea 06.1 Dirección de Climatología 06.2 Dirección de Meteorología 06.3 Dirección de Hidrología y Recursos Hídricos 06.4 Dirección de Agrometeorología 06.5 Dirección de Calidad Ambiental 06.6 Dirección de Sistemas de Observación y Telecomunicaciones Hidrometeorológicas 07. Órganos Desconcentrados 07.1 Órganos Desconcentrados Del Consejo Directivo CAPITULO II DE LOS ÓRGANOS DE LA ALTA DIRECCIÓN Artículo 7.- El Consejo Directivo es el órgano de mayor nivel de dirección del SENAMHI; tiene a su cargo el establecimiento de las políticas y la dirección del SENAMHI. Está presidido por su Presidente Ejecutivo. Los miembros del Consejo Directivo serán nombrados por Resolución Suprema, refrendada por el Titular del Sector correspondiente. El Consejo Directivo del SENAMHI estará conformado por los siguientes miembros: a.- El Ministro del Ambiente o su representante, el cual actuará a su vez como Presidente Ejecutivo. b.- El Presidente del Consejo de Ministros o su representante. c.- El Ministro de Agricultura o su representante. d.- El Ministro de Energía y Minas o su representante. e.- El Ministro de la Producción o su representante. Artículo 8.- Son atribuciones del Consejo Directivo las siguientes: a) Aprobar las políticas nacionales en el ámbito de la meteorología, hidrología, agrometeorología y conexas, en concordancia con las políticas generales de gobierno. b) Aprobar los proyectos de cooperación, de asistencia técnica y de apoyo económico, convenientes para el desarrollo de las actividades hidrometeorológicas en el país. c) Aprobar la ejecución de estudios e investigaciones en los campos de la meteorología, hidrología, agrometeorología, medioambientales y otros fines. d) Aprobar las propuestas de proyectos de ley y otros dispositivos legales, que se considere conveniente poner a consideración del Poder Ejecutivo. 5

6 e) Aprobar, a propuesta del Presidente Ejecutivo, los proyectos de Reglamento de Organización y Funciones, así como de los instrumentos de gestión institucional que se requieran. f) Otras que se le asigne de acuerdo a norma legal expresa. Del Presidente Ejecutivo Artículo 9.- El Presidente Ejecutivo es la más alta autoridad administrativa, ejerce la representación de la entidad y preside el Consejo Directivo. Es designado mediante Resolución Suprema a propuesta del Titular del Sector. Artículo 10.- Son funciones del Presidente Ejecutivo las siguientes: a) Celebrar actos y convenios nacionales e internacionales de cooperación técnica o de intercambio, de acuerdo a normas legales vigentes. b) Cumplir con las funciones de Titular del Pliego. c) Definir la agenda, convocar y presidir las sesiones del Consejo Directivo. d) Formular, dirigir y supervisar las acciones y política institucional, en concordancia con las políticas del Sector y del Gobierno Central, Regional y Local. e) Aprobar las normas técnicas y administrativas relativas al funcionamiento del Servicio. f) Dirigir y supervisar las actividades técnicas y administrativas relativas al funcionamiento del Servicio. g) Ejercer las atribuciones y asumir las responsabilidades que le competen en el desarrollo del proceso presupuestario. h) Emitir Resoluciones Presidenciales en los asuntos concernientes a las actividades del Servicio. i) Proponer los dispositivos legales que se requieran para un adecuado ordenamiento de las acciones, que se deriven del cumplimiento de las funciones del Servicio. j) Proponer al Consejo Directivo la aprobación de los proyectos de documentos de gestión institucional, conforme a las normas legales respectivas. k) Aceptar donaciones, legados, transferencias y subvenciones que por cualquier titulo le otorguen personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, incluyendo las provenientes de la cooperación técnica internacional que se haga a favor del Servicio, de acuerdo a la normatividad vigente. l) Representar al SENAMHI como Representante Permanente del Perú, ante la Organización Meteorológica Mundial. m) Resolver en última instancia institucional, los recursos administrativos que se interpongan contra las resoluciones que emitan los órganos de la entidad. n) Promover el control gubernamental a nivel institucional, según la normativa vigente. o) Delegar en la Dirección Científica sus funciones administrativas en caso de ausencia temporal. p) Otras funciones que la Ley le asigne. 6

7 De la Dirección Científica Artículo 11.- La Dirección Científica es el órgano de alta dirección responsable del funcionamiento de los órganos de línea, de apoyo técnico y desconcentrados, coordinando y supervisando la marcha de las actividades operativas y de investigación científica. Artículo 12.- Son funciones de la Dirección Científica las siguientes: a) Integrar las actividades operativas de los órganos de línea en el marco conceptual y científico de la institución b) Coordinar el apoyo necesario con los demás órganos para el cumplimiento de sus funciones. c) Proponer políticas en el ámbito de su competencia d) Formular, proponer y supervisar estudios e investigaciones, en coordinación con los órganos institucionales. e) Supervisar las normas y documentos técnicos dentro del ámbito de su f) Proponer medidas de innovación científica y tecnológica para las actividades institucionales. g) Coordinar actividades con organismos nacionales e internacionales en el ámbito de su h) Coordinar con los órganos involucrados del SENAMHI el diseño de las acciones para la atención de emergencias surgidas ante eventualidades ambientales. i) Coordinar y orientar la participación de las direcciones de línea en convenios específicos interinstitucionales. j) Participar en las Comisiones Técnicas - Científicas a nivel nacional e internacional, así como en los Programas de la Organización Meteorológica Mundial (OMM). k) Proponer la capacitación especializada del personal de la institución y la participación en eventos y comisiones técnicas nacionales e internacionales en el área de su l) Coordinar la formulación de los objetivos y metas del plan operativo institucional, con las áreas de su competencia, y supervisar su cumplimiento. m) Aprobar la publicación de los informes científicos institucionales, en el ámbito de su n) Proponer normas y procedimientos para la mejora continua de las actividades de su o) Otras funciones que le correspondan, le asigne la Ley o le encargue el Presidente Ejecutivo en el ámbito de su 7

8 Del Consejo Consultivo CAPITULO III DEL ÓRGANO CONSULTIVO Artículo 13.- El Consejo Consultivo es el órgano encargado de absolver las consultas que someta a su consideración la Presidencia Ejecutiva, así como de coordinar los proyectos de los respectivos sectores que estén relacionados con la actividad meteorológica, hidrológica y agrometeorológica. Los representantes que se designen para el Consejo Consultivo deberán ser profesionales o especialistas que ejerzan cargos de alto nivel en sus respectivas instituciones. Artículo 14.- Son funciones del Consejo Consultivo las siguientes: a) Absolver consultas que someta a su consideración el Presidente Ejecutivo. b) Estudiar y recomendar al Consejo Directivo del SENAMHI las disposiciones que convenga adoptarse, para el debido cumplimiento de la legislación vigente en los campos de la meteorología, hidrología y agrometeorología que tenga relación con las actividades de los sectores representados y de otros si fuera necesario. c) Analizar y recomendar las prioridades de los planes y proyectos relacionados con las actividades meteorológicas, hidrológicas y agrometeorológicas que deben llevarse a cabo en los diversos sectores de acuerdo a los planes estratégicos de desarrollo. d) Cumplir otras funciones que le asigne la Presidencia Ejecutiva. Del Órgano de Control Institucional CAPITULO IV DEL ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL Artículo 15.- El Órgano de Control Institucional, es responsable del control administrativo y financiero, de conformidad con la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, bajo la dependencia funcional y administrativa de la Contraloría General de la República. Artículo 16.- Son funciones del Órgano de Control Institucional las siguientes: a) Ejercer el control interno posterior a los actos y operaciones de la entidad, sobre la base de los lineamientos y cumplimiento del Plan Anual de Control a que se refiere el artículo 7 de la Ley N 27785, así como el control externo a que se refiere el artículo 8 de la misma, por encargo de la Contraloría General. b) Efectuar auditorias a los estados financieros y presupuestarios de la entidad, así como a la gestión de la misma, de conformidad con los lineamientos que emita la Contraloría General. c) Ejecutar las labores de control a los actos y operaciones de la entidad, que disponga la Contraloría General. Cuando estas labores de control sean requeridas por el titular de la entidad y tengan carácter de no programadas, su 8

9 ejecución se efectuará de conformidad con los lineamientos que emita la Contraloría General. d) Ejercer el control preventivo en la entidad dentro del marco de lo establecido en las disposiciones emitidas por la Contraloría General, con el propósito de contribuir a la mejora en la gestión, sin que ello comprometa el ejercicio del control posterior. e) Remitir los informes resultantes de sus labores de control tanto a la Contraloría General como al Titular de la entidad y del Sector, cuando corresponda, conforme a las disposiciones sobre la materia. f) Actuar de oficio, cuando en los actos y operaciones de la entidad, se adviertan indicios razonables de ilegalidad, de omisión o de incumplimiento, informando al Titular de la entidad para que se adopten las medidas correctivas pertinentes. g) Recibir y atender las denuncias que formulen los servidores y funcionarios públicos y ciudadanía en general, sobre actos y operaciones de la entidad, otorgándole el trámite que corresponda a su mérito, conforme a las disposiciones emitidas sobre la materia. h) Formular, ejecutar y evaluar el Plan Anual de Control aprobado por la Contraloría General, de acuerdo a los lineamientos y disposiciones emitidas para el efecto. i) Efectuar el seguimiento de las medidas correctivas que implemente la entidad como resultado de las labores de control, comprobando y calificando su materialización efectiva, conforme a las disposiciones de la materia. j) Apoyar a las Comisiones que designe la Contraloría General para la ejecución de las labores de control en el ámbito de la entidad. Asimismo, el Jefe del OCI y el personal de dicho Órgano colaborarán, por disposición de la Contraloría General, en otras labores de control, por razones operativas o de especialidad. k) Verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y normativa interna aplicables a la entidad, por parte de las unidades orgánicas y personal de ésta. l) Formular y proponer a la entidad, el presupuesto anual del OCI para su aprobación correspondiente. m) Cumplir diligente y oportunamente con los encargos y requerimientos que le formule la Contraloría General. n) Cautelar que la publicidad de los Informes resultantes de sus acciones de control se realice de conformidad con las disposiciones de la materia. o) Cautelar que cualquier modificación del Cuadro para Asignación de Personal, así como de la parte correspondiente del Reglamento de Organización y Funciones, relativos al OCI se realice de conformidad con las disposiciones de la materia. p) Promover la capacitación permanente del personal que conforma el OCI, incluida la Jefatura, a través de la Escuela Nacional de Control de la Contraloría General o de cualquier otra Institución universitaria o de nivel superior con reconocimiento oficial en temas vinculados con el control gubernamental, la Administración Pública y aquellas materias afines a la gestión de las organizaciones. q) Mantener ordenados, custodiados y a disposición de la Contraloría General durante (10) años los informes de control, papeles de trabajo, denuncias recibidas, y los documentos relativos a la actividad funcional de los OCI, luego de los cuales quedan sujetos a las normas de archivo vigentes para el sector 9

10 público. El Jefe del OCI adoptará las medidas pertinentes para la cautela y custodia del acervo documental. r) Cautelar que el personal del OCI dé cumplimiento a las normas y principios que rigen la conducta, impedimentos, incompatibilidades y prohibiciones de los funcionarios y servidores públicos, de acuerdo a las disposiciones de la materia. s) Mantener en reserva la información clasificada obtenida en el ejercicio de sus actividades. t) Cumplir otras funciones que le asignen la máxima autoridad del SENAMHI y/o el Órgano Rector del Sistema Nacional de Control. De la Oficina de Asesoría Jurídica CAPITULO V DE LOS ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO Artículo 17.- La Oficina de Asesoría Jurídica es el órgano encargado de asesorar a la Alta Dirección en asuntos de carácter jurídico y técnico - legal que le sean formulados, referidos a las actividades que desarrolla el SENAMHI. Artículo 18.- Son funciones de la Oficina de Asesoría Jurídica: a) Asesorar y absolver consultas que en materia jurídica y legal le formule la Alta Dirección y los demás órganos de la entidad. b) Asesorar en los procesos de contrataciones de bienes, servicios u obras, recomendando el cumplimiento de las disposiciones y lineamientos establecidos en la norma y Reglamento. c) Compilar y difundir las normas legales relacionadas con la institución. d) Emitir opinión jurídica y legal sobre los proyectos de reglamentos, directivas y manuales de las diferentes dependencias del SENAMHI. e) Evaluar, formular y proponer disposiciones legales y/o reglamentarias sobre materias vinculadas a la institución y a los que le sean encomendados por la Alta Dirección. f) Revisar y formular los proyectos de convenios, en coordinación con las dependencias respectivas del SENAMHI. g) Representar y defender los intereses institucionales del SENAMHI en todos los procesos judiciales y administrativos. h) Coordinar con la Oficina de Administración el registro de bienes inmuebles del SENAMHI en los Registros Públicos y colaborar con la obtención de la titulación. i) Proponer proyectos de normas y procedimientos para la mejora continua de las actividades que realiza la Oficina j) Coordinar, proponer participantes y participar en las actividades de capacitación, formación y perfeccionamiento dentro del ámbito de su k) Otras funciones que le correspondan, le asigne la Ley o le encargue la Alta Dirección en el ámbito de su 10

11 De la Oficina de Planeamiento y Presupuesto Artículo La Oficina de Planeamiento y Presupuesto es el órgano encargado del Plan Institucional, presupuesto, proyectos de inversión, cooperación técnica nacional e internacional. Artículo 20.- Son funciones de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto las siguientes: a) Asesorar y proponer a la Alta Dirección el Plan Estratégico Institucional; así como los lineamientos de política institucional en concordancia con la política del Sector, Gobierno Central y los Programas de la OMM. b) Conducir el sistema de presupuesto de la entidad y realizar los procesos de programación, formulación, seguimiento y evaluación del presupuesto institucional de acuerdo a la normativa vigente. c) Proponer a la Alta Dirección la aprobación, seguimiento y evaluación del Plan Estratégico Institucional. d) Formular, actualizar y evaluar el Plan Operativo Institucional en coordinación con los órganos de la institución. e) Conducir las diferentes fases de los proyectos de inversión de la institución de acuerdo a las normas vigentes, en coordinación con las dependencias del Servicio. f) Orientar y difundir los lineamientos de cooperación técnica nacional e internacional; así como formular, conducir y evaluar los acuerdos de cooperación técnica institucional. g) Asesorar a todas las dependencias del SENAMHI en asuntos relacionados en el ámbito de su competencia h) Proponer proyectos de normas y procedimientos para la mejora continua de las actividades que realiza la Oficina. i) Coordinar, proponer participantes y participar en las actividades de capacitación, formación y perfeccionamiento dentro del ámbito de su j) Otras funciones que le correspondan, le asigne la Ley o le encargue la Alta Dirección en el ámbito de su De la Oficina de Gestión de la Calidad y Organización Artículo 21.- La Oficina de Gestión de la Calidad y Organización es el órgano encargado de asesorar a la Alta Dirección y demás órganos del SENAMHI, encargada de definir, conducir, implementar y mantener el Sistema de Gestión de la Calidad de la Institución, así como los aspectos relacionados a la estructura organizacional, organización del trabajo, normalización y simplificación de procesos técnicos y administrativos. Artículo 22.- Son funciones de la de Gestión de la Calidad y Organización son las siguientes: a) Conducir el Sistema de Gestión de la Calidad del SENAMHI y asesorar en la definición de los estándares, procesos, indicadores y métodos de evaluación. b) Coordinar, proponer y administrar las iniciativas de mejora continua de las dependencias de la institución que requieran aprobación o implementación. 11

12 c) Controlar y evaluar las actividades relacionadas al Sistema de Gestión de la Calidad implantado en la Institución. d) Analizar la estructura organizacional y proponer el diseño y rediseño de la organización. e) Conducir la política de desarrollo organizacional del SENAMHI, proponiendo los instrumentos de gestión así como la formulación, actualización y difusión de documentos de gestión organizacional del Sistema Nacional de Racionalización. f) Conducir coordinadamente el proceso de modernización y de simplificación administrativa en la entidad. g) Coordinar, proponer participantes y participar en las actividades de capacitación, formación y perfeccionamiento dentro del ámbito de su h) Otras funciones que le correspondan, le asigne la Ley o le encargue la Alta Dirección en el ámbito de su CAPITULO VI DE LOS ÓRGANOS DE APOYO De la Oficina de Relaciones Institucionales y Gestión Documentaria Artículo 23.- La Oficina de Relaciones Institucionales y Gestión Documentaria es el órgano encargado de las actividades de difusión de la información institucional, de las relaciones públicas, de la administración documentaria y archivo administrativo, y de los servicios de publicaciones e imprenta del SENAMHI, así como de las relaciones internacionales. Artículo 24.- Son funciones de la Oficina de Relaciones Institucionales y Gestión Documentaria las siguientes: a) Formular, proponer y ejecutar las políticas de comunicación e información del SENAMHI. b) Conducir las actividades relacionadas a trámite documentario y archivo administrativo del SENAMHI, así como suscribir las transcripciones oficiales. c) Promover, organizar, dirigir y coordinar programas orientados a realzar la imagen institucional. d) Promover y mantener las buenas relaciones con los medios de comunicación. e) Coordinar y canalizar el otorgamiento de toda información publica, verificando que se establezcan buenos canales de comunicación con los administrados y con las entidades en general. f) Brindar apoyo a los Consejos Directivo y Consultivo del SENAMHI y coordinar el cumplimiento de los acuerdos que se tomen. g) Administrar el protocolo institucional, promoviendo actos conmemorativos y apoyando la realización de eventos científicos y tecnológicos nacionales e internacionales. h) Formular la Memoria anual del SENAMHI. i) Administrar los servicios de publicaciones e imprenta de la entidad. j) Proponer proyectos de normas y procedimientos para la mejora continua de las actividades que realiza la Oficina. 12

13 k) Coordinar, proponer participantes y participar en las actividades de capacitación, formación y perfeccionamiento dentro del ámbito de su l) Otras funciones que le correspondan, le asigne la Ley o le encargue la Alta Dirección en el ámbito de su De la Oficina de Administración Artículo 25.- La Oficina de Administración es el órgano encargado de administrar al personal y a los recursos económico-financieros y materiales, así como la prestación de servicios auxiliares para el cumplimiento de las actividades del SENAMHI. Artículo 26.- Son funciones de la Oficina de Administración las siguientes: a) Apoyar a la máxima autoridad del Servicio en la toma de decisiones relacionados con las actividades administrativas y financieras a su cargo. b) Formular, proponer y ejecutar políticas dentro del ámbito de su c) Conducir y supervisar el cumplimiento de las actividades relacionadas con los sistemas de recursos humanos, contabilidad, tesorería y abastecimiento en concordancia con las normas técnicas y legales vigentes. d) Efectuar el registro y procesamiento de todas las transacciones de la entidad, elaborando los estados financieros y complementarios. e) Efectuar la ejecución presupuestal de acuerdo al planeamiento existente y a las normas legales vigentes. f) Informar sobre la situación administrativa y financiera de la institución a la Alta Dirección. g) Coordinar y supervisar las acciones referentes a seguridad, vigilancia interna y defensa civil. h) Realizar el inventario físico anual de los bienes patrimoniales, supervisando el cumplimiento del cronograma establecido para la toma de inventario. i) Cautelar los bienes patrimoniales, manteniendo el inventario físico actualizado y valorizado de bienes y activos fijos. j) Coordinar, elaborar y ejecutar el Plan Anual de Contrataciones de la entidad. k) Proponer proyectos de normas y procedimientos para la mejora continua de las actividades que realiza la Oficina. l) Coordinar, proponer participantes y participar en las actividades de capacitación, formación y perfeccionamiento dentro del ámbito de su m) Otras funciones que le correspondan, le asigne la Ley o le encargue la Alta Dirección en el ámbito de su Del Centro de Formación y Perfeccionamiento Artículo 27.- El Centro de Formación y Perfeccionamiento es el órgano encargado de planificar, programar, ejecutar, coordinar, promover y evaluar las actividades de formación, capacitación y perfeccionamiento del personal de la institución y del público en general, así como de dirigir las actividades de la Biblioteca. 13

14 Artículo 28.- Son funciones del Centro de Formación y Perfeccionamiento las siguientes: a) Proponer y ejecutar políticas relacionadas a la capacitación y perfeccionamiento del personal, de acuerdo a los planes institucionales. b) Conducir, promover y evaluar las actividades de formación, capacitación y perfeccionamiento del personal de la institución. c) Formular, proponer, ejecutar y supervisar el Plan Anual de Capacitación institucional. d) Coordinar, programar y monitorear las prácticas profesionales, pre profesionales y pasantías. e) Conducir, promover y evaluar las actividades de formación, capacitación y perfeccionamiento para entidades públicas y privadas y público en general, en el ámbito de competencia del SENAMHI. f) Proponer la suscripción de convenios de cooperación interinstitucional con entidades Nacionales e Internacionales que desarrollan programas de entrenamiento e intercambio de conocimientos. g) Promover, programar y mantener una plana docente con profesionales, técnicos y administrativos que reúnan las condiciones para la enseñanza; así como mantener una plana docente asociada a nivel nacional e internacional para la realización de eventos de capacitación a nivel de servicios. h) Establecer actividades y proyectos a ser ejecutados como servicios de capacitación para la población de estudiantes universitarios y profesionales, que redunden en mejorar la imagen de la institución. i) Acreditar a los participantes en los programas de formación y entrenamiento, en sus diferentes niveles y campos de aplicación. j) Administrar la Biblioteca del SENAMHI y difundir el material bibliográfico documental hidrometeorológico y ambiental. k) Proponer proyectos de normas y procedimientos para la mejora continua de las actividades que realiza la Oficina. l) Coordinar, proponer participantes y participar en las actividades de capacitación, formación y perfeccionamiento. m) Otras funciones que le correspondan, le asigne la Ley o le encargue la Alta Dirección en el ámbito de su De la Oficina de Atención al Usuario Artículo 29.- La Oficina Atención al Usuario es el órgano encargado de promover, difundir los productos y servicios de competencia institucional, así como canalizar la atención de los mismos a solicitud de los usuarios. Artículo 30.- Son funciones de la Oficina Atención al Usuario las siguientes: a) Proponer y conducir las políticas sobre productos y servicios al usuario. b) Brindar atención personalizada a los usuarios promoviendo los productos y servicios institucionales. c) Verificar la satisfacción del usuario de los productos y servicios atendidos. d) Orientar al usuario sobre la utilidad y uso de los productos solicitados. e) Sugerir a los órganos técnicos el diseño o rediseño de productos y/o servicios especializados que brinda el SENAMHI. 14

15 f) Efectuar el seguimiento y oportuna atención a los requerimientos aprobados e informar al usuario respectivo. g) Formular el plan de comercialización, estudios de mercado u otros que contribuyan con la obtención de ingresos por prestación de servicios especializados. h) Desarrollar una cartera de clientes contribuyendo a la generación de recursos. i) Elaborar cotizaciones por la prestación de productos y servicios, en base al Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA. j) Promover alianzas estratégicas que potencien las capacidades del SENAMHI. k) Coordinar la certificación de conformidad de la información solicitada de competencia del SENAMHI; así como la certificación de calibración, contraste y control del instrumental hidrometeorológico, que sea utilizada en el País. l) Proponer normas y procedimientos para la mejora continua de las actividades que realiza la Oficina. m) Coordinar, proponer participantes y participar en las actividades de capacitación, formación y perfeccionamiento dentro del ámbito de su n) Otras funciones que le correspondan, le asigne la Ley o le encargue la Alta Dirección en el ámbito de su De la Oficina de Tecnología de la Información y Redes Artículo 31.- La Oficina de Tecnología de la Información y Redes es el órgano que se encarga de definir, implementar y mantener una adecuada plataforma tecnológica que soporte los procesos de la institución. Artículo 32.- Son funciones de la Oficina de Tecnología de la Información y Redes las siguientes: a) Planificar, conducir y supervisar las acciones relacionadas a la tecnología de la información, transmisión y redes informáticas. b) Desarrollar, implementar y administrar los sistemas de información aplicados a la meteorología, hidrología, agrometeorología y conexas del SENAMHI. c) Administrar y mantener operativa la infraestructura informática de comunicaciones y base de datos, proponiendo su ampliación, mejora y/o actualización cuando corresponda. d) Brindar soporte informático a nivel institucional. e) Diseñar, proponer, implementar, ejecutar y supervisar la aplicación de los planes y/o medidas de seguridad informáticas necesarias, incluyendo el plan de contingencia tecnológica y el plan de seguridad de la información electrónica. f) Participar en los proyectos de estudios e investigaciones institucionales considerando la transferencia tecnológica y Tecnologías de Información. g) Administrar los sistemas computacionales de Alto Rendimiento para la operatividad de los modelos de circulación global y regional de predicción en tiempo y clima. h) Promover la participación de sus representantes en las Comisiones Técnicas - Científicas sobre tecnologías de la información, redes y comunicaciones de datos, de la Organización Meteorológica Mundial (OMM). 15

16 i) Proponer la capacitación especializada del personal, así como su participación en eventos y comisiones técnicas nacionales e internacionales en el área de su j) Participar y coordinar, con los organismos gubernamentales a nivel nacional, la definición de políticas de informática, tecnologías de información y proyectos intersectoriales que permitan la integración de los sistemas nacionales de información. k) Realizar estudios y planes específicos para el mejoramiento, modernización, incremento y racionalización de la red informática. l) Administrar las licencias de software, proponiendo su ampliación y/o actualización cuando corresponda. m) Administrar la página web institucional en coordinación con los diferentes órganos institucionales. n) Formular y ejecutar anualmente el Plan Operativo Informático o) Apoyar a la Alta Dirección y demás órganos en la formulación de acuerdos y contratos en el ámbito de su competencia p) Proponer normas y procedimientos para la mejora continua de las actividades que realiza la oficina q) Otras funciones que le correspondan, le asigne la Ley o le encargue la Alta Dirección en el ámbito de su De la Oficina de Geomática Artículo 33.- La Oficina de Geomática es el órgano encargado de organizar y administrar el Sistema de Información Geográfica del SENAMHI. Artículo 34.- Son Funciones de la Oficina de Geomática las siguientes: a) Brindar apoyo técnico para el desarrollo de actividades donde sea necesario el empleo de información geográfica y técnicas relacionadas a la investigación y estudio que realiza la institución. b) Desarrollar, implementar y administrar el Sistema de Información Geográfica aplicado a la meteorología, hidrología, agrometeorología y conexas del SENAMHI. c) Formular, proponer, dirigir y ejecutar los acuerdos de transferencia tecnológica, así como los proyectos de investigación y desarrollo en Geomática. d) Realizar el soporte y asesoramiento especializado en asuntos geográficos en apoyo a los estudios y proyectos del SENAMHI. e) Validar la información cartográfica temática en meteorología e hidrología. f) Dirigir, coordinar y supervisar la estandarización de la información geoespacial cumpliendo las normas y procedimientos vigentes. g) Desarrollar, implementar e integrar la infraestructura de datos espaciales del Servicio. h) Administrar y mantener la base de datos geoespacial y el banco de Imágenes satelitales. i) Desarrollar, implementar, mantener e integrar los Sistemas de Información Geográfica del SENAMHI. j) Proponer la capacitación especializada del personal; así como su participación en eventos y comisiones técnicas nacionales e internacionales en el área de su 16

17 k) Participar y coordinar, con los organismos gubernamentales a nivel nacional, en los Sistemas de Información Geográfica intersectoriales que permitan la integración de los Sistemas Nacionales de Geoinformación. l) Proponer normas y procedimientos para la mejora continua de las actividades que realiza la oficina m) Otras funciones que le correspondan, le asigne la Ley o le encargue la Alta Dirección en el ámbito de su De la Oficina Nacional de Datos Hidrometeorológicos Artículo 35.- La Oficina Nacional de Datos Hidrometeorológicos es el órgano encargado de organizar y administrar el Archivo Nacional de Información Meteorológica, Hidrológica, Agrometeorológica y conexas, así como el sistema estadístico institucional. Artículo 36.- Son las funciones de la Oficina Nacional de Datos Hidrometeorológicos las siguientes: a) Recibir, clasificar, almacenar, procesar y difundir la información proveniente de la Red Nacional de Estaciones. b) Mantener y actualizar el Banco de Datos de la Red Nacional Observacional. c) Desarrollar, diseñar e implementar técnicas de procesamiento estadístico de información meteorológica, hidrológica, agrometeorológica y ambientales, asegurando la disponibilidad, confiabilidad e integridad del Banco de Datos. d) Generar indicadores de gestión e indicadores técnicos, en coordinación con los órganos de la institución. e) Brindar soporte estadístico y asesoría técnica en actividades institucionales. f) Realizar el análisis estadístico y tratamiento de series históricas de datos apoyando en estudios, proyectos e investigaciones de los órganos de línea. g) Implementar técnicas de procesamiento estadístico del Banco de Datos de la institución. h) Visar la información meteorológica, hidrológica y conexa del Banco de Datos. i) Proponer la capacitación especializada del personal; así como su participación en eventos y comisiones técnicas nacionales e internacionales en el área de su j) Participar y coordinar con los organismos gubernamentales a nivel nacional, en el Sistema Nacional Estadístico. k) Coordinar, proponer participantes y participar en las actividades de capacitación, formación y perfeccionamiento dentro del ámbito de su l) Proponer normas y procedimientos para la mejora continua de las actividades que realiza la oficina. m) Otras funciones que le correspondan, le asigne la ley o le encargue la Alta Dirección en el ámbito de su 17

18 CAPITULO VII DE LOS ÓRGANOS DE LINEA De la Dirección de Climatología Artículo 37.- La Dirección de Climatología es el órgano encargado de realizar estudios e investigación científica y aplicada del clima y sus variaciones, en armonía con los planes nacionales y regionales, y con los compromisos internacionales así como la predicción climática. Artículo 38.- Son las funciones de la Dirección de Climatología las siguientes: a) Formular, proponer y ejecutar planes, programas, proyectos, estudios e investigaciones en el campo de la climatología. b) Elaborar proyecciones de escenarios climáticos en el contexto del cambio climático basados en modelos de predicción numérica del clima. c) Desarrollar, implementar y validar los modelos de simulación y predicción de clima para realizar pronósticos a Mediano y Largo Plazo. d) Elaborar y difundir pronósticos de mediano y largo plazo a nivel nacional y en las diferentes escalas espaciales, en coordinación con los órganos desconcentrados. e) Coordinar con entidades públicas, privadas y órganos internos, la elaboración de estudios sobre cambio climático, variabilidad climática e interacción con el océano - atmósfera. f) Generar información relacionada al clima que contribuya a la gestión de las actividades humanas y a los recursos naturales en el país. g) Visar la información climatológica procesada que sea requerida por entidades públicas o privadas para fines específicos. h) Promover convenios, proyectos de cooperación técnica, alianzas estratégicas con entidades públicas o privadas, nacionales e internacionales, en el ámbito de la climatología. i) Proponer recomendaciones y evaluar los procesos de las actividades en el ámbito de su competencia, a fin de satisfacer los requerimientos a nivel nacional e internacional. j) Proponer proyectos de modernización, racionalización, ampliación y optimización de la red de estaciones climatológicas, en coordinación con las oficinas involucradas, de conformidad con las normas técnicas de la Organización Meteorológica Mundial (OMM). k) Proponer la capacitación especializada del personal; así como su participación en eventos y comisiones técnicas nacionales e internacionales en el área de su l) Promover la participación permanente de sus representantes en las Comisiones Técnicas - Científicas sobre aspectos climatológicos, a nivel nacional e internacional, así como en los Programas de Climatología de la Organización Meteorológica Mundial (OMM). m) Proponer normas y procedimientos para la mejora continua de las actividades climatológicas. 18

19 n) Coordinar, formular, asesorar y participar en estudios e investigaciones en el ámbito de su competencia, para las actividades de defensa y seguridad nacional. o) Otras funciones que le correspondan, le asigne la Ley o le encargue la Alta Dirección, en el ámbito de su De la Dirección de Meteorología Artículo 39.- La Dirección de Meteorología es el órgano encargado de realizar estudios e investigación científica y aplicada en las diversas áreas de la meteorología y sus aplicaciones en el país, en armonía con los planes nacionales y regionales, y con los compromisos internacionales así como la predicción meteorológica. Artículo 40.- Son funciones de la Dirección de Meteorología las siguientes: a) Formular, proponer y ejecutar planes, programas, proyectos, estudios e investigaciones en el campo de la meteorología. b) Organizar, normar y promover un sistema de vigilancia atmosférica del país, evaluando el comportamiento de los fenómenos meteorológicos e impulsar la vigilancia meteorológica operativa en el marco de la Vigilancia Meteorológica Mundial (VMM). c) Coordinar los procedimientos para el control de calidad y procesamiento de información meteorológica en relación con las actividades y estudios de la Dirección. d) Realizar monitoreo meteorológico basado en sistemas integrados y en técnicas de sensoramiento remoto para elaborar alertas y pronósticos meteorológicos a nivel nacional y en diferentes escalas espaciales, en coordinación con los órganos desconcentrados. e) Coordinar y evaluar las actividades meteorológicas relacionadas a la prevención de la ocurrencia de eventos meteorológicos adversos o desastres y sus efectos. f) Visar la información meteorológica procesada que sea requerida por entidades públicas o privadas para fines específicos. g) Coordinar, establecer y evaluar los programas de estudios, investigaciones y proyectos que deben ser desarrollados por los Órganos Desconcentrados en materia de su h) Promover convenios, proyectos de cooperación técnica, alianzas estratégicas con entidades públicas o privadas, nacionales e internacionales, en el ámbito de la meteorología. i) Proponer proyectos de modernización, racionalización, ampliación y optimización de la red de estaciones meteorológicas, en coordinación con las oficinas involucradas, de conformidad con las normas técnicas de la Organización Meteorológica Mundial (OMM). j) Desarrollar, implementar y validar los modelos de simulación y Predicción Numérica De Tiempo y Sistemas de Asimilación de Datos para realizar pronósticos a Corto Plazo. k) Proponer la capacitación especializada del personal; así como su participación en eventos y comisiones técnicas nacionales e internacionales en el área de su 19

20 l) Coordinar, formular, asesorar y participar en estudios e investigaciones en el ámbito de su competencia, para las actividades de defensa y seguridad nacional. m) Asesorar, coordinar y participar en las consultas de carácter técnico-científico en el campo de su n) Coordinar, proponer, supervisar, y ejecutar los acuerdos, estudios, proyectos y transferencia tecnológica con organizaciones nacionales e internacionales en el ámbito de su o) Promover la participación permanente de sus representantes en las Comisiones Técnicas - Científicas sobre aspectos meteorológicos, a nivel nacional e internacional, así como en los Programas de Meteorología de la Organización Meteorológica Mundial (OMM). p) Proponer normas y procedimientos para la mejora continua de las actividades meteorológicas. q) Otras funciones que le correspondan, le asigne la Ley o le encargue la Alta Dirección en el ámbito de su De la Dirección de Hidrología y Recursos Hídricos Artículo 41.- La Dirección de Hidrología y Recursos Hídricos es el órgano encargado de realizar estudios e investigación científica y aplicada en el área de Hidrología y los Recursos Hídricos en armonía con los planes nacionales y regionales, y con los compromisos internacionales; así como la predicción hidrológica. Artículo 42.- Son las funciones de la Dirección de Hidrología y Recursos Hídricos las siguientes: a) Formular, coordinar, proponer y ejecutar planes, programas, proyectos, estudios e investigaciones en el campo de la Hidrología y los Recursos Hídricos. b) Realizar monitoreo hidrológico basado en sistemas integrados, procesamiento, análisis y técnicas de sensoramiento remoto para elaborar alertas y pronósticos hidrológicos a nivel nacional y a escala de cuencas, en coordinación con los órganos desconcentrados. c) Desarrollar, implementar y validar los modelos de simulación Hidrológica e Hidráulica para realizar la predicción hidrológica. d) Dirigir y supervisar el monitoreo, vigilancia y evaluación de la cantidad y calidad del recurso hídrico a nivel de unidades hidrográficas. e) Procesar y evaluar la información hidrológica a fin de cuantificar los recursos hídricos a nivel nacional en términos de volúmenes de agua (caudales). f) Coordinar con entidades públicas, privadas y órganos internos, la elaboración de estudios sobre cambio climático, variabilidad climática y su impacto en la hidrología. g) Coordinar y evaluar las actividades hidrológicas relacionadas a la prevención de la ocurrencia de eventos hidrológicos extremos o desastres y sus efectos. h) Estudiar, evaluar y modelizar los cuerpos de agua, para el desarrollo de proyectos específicos en el campo de su i) Promover convenios, proyectos de cooperación técnica, alianzas estratégicas con entidades públicas o privadas, nacionales e internacionales, en el ámbito de la hidrología. 20

21 j) Proponer proyectos de modernización, racionalización, ampliación y optimización de la red de estaciones hidrológicas, en coordinación con las oficinas involucradas, de conformidad con las normas técnicas de la Organización Meteorológica Mundial (OMM). k) Proponer la capacitación especializada del personal; así como su participación en eventos y comisiones técnicas nacionales e internacionales en el área de su l) Coordinar, asesorar y brindar el apoyo técnico en actividades hidrológicas que requieran las entidades públicas, privadas u otros, en el ámbito de su m) Generar información relacionada a la hidrología que contribuya a la gestión de las actividades humanas y a los recursos hídricos en el país. n) Promover la participación permanente de sus representantes en las Comisiones Técnicas - Científicas sobre aspectos hidrológicos, a nivel nacional e internacional así como en los Programas de Hidrología de la Organización Meteorológica Mundial (OMM). o) Proponer normas y procedimientos para la mejora continua de las actividades hidrológicas. p) Visar la información hidrológica procesada que sea requerida por entidades públicas o privadas para fines específicos. q) Otras funciones que le correspondan, le asigne la Ley o le encargue la Alta Dirección en el ámbito de su De la Dirección de Agrometeorología Artículo 43.- La Dirección de Agrometeorología es el órgano encargado de realizar estudios e investigación científica y aplicada en el ámbito de agrometeorología en armonía con los planes nacionales y regionales, y con los compromisos internacionales; así como la predicción meteorológica aplicada a las actividades agropecuarias y de silvicultura. Artículo 44.- Son funciones de la Dirección de Agrometeorología las siguientes: a) Formular, proponer y ejecutar planes, programas, proyectos, estudios e investigaciones a corto, mediano y largo plazo en el campo de la agrometeorología. b) Realizar monitoreo agrometeorológico basado en sistemas integrados y teledetección agrometeorológica para elaborar alertas y pronósticos agrometeorológicos a nivel nacional, en coordinación con los órganos desconcentrados. c) Estudiar y evaluar el comportamiento fenológico y agronómico de cultivos agrícolas, animales y plantas indicadoras a través de la vigilancia y evaluación de los fenómenos atmosféricos y la variabilidad climática. d) Desarrollar, implementar y validar los modelos de simulación agrometeorológica para realizar pronósticos de cosecha y protección de cultivos. e) Coordinar con entidades públicas, privadas y órganos internos, la elaboración de estudios de cambio climático relacionados al impacto en agrometeorología. f) Proponer proyectos de modernización, racionalización, ampliación y optimización de la red de estaciones agrometeorológicas, en coordinación con 21

Instituto Nacional de Defensa Civil INDECI MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA OFICINA DE ASESORÍA JURÍDICA

Instituto Nacional de Defensa Civil INDECI MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA OFICINA DE ASESORÍA JURÍDICA Instituto Nacional de Defensa Civil INDECI MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA OFICINA DE ASESORÍA JURÍDICA 1 ESQUEMA DE CONTENIDO I. Función General 3 II. Funciones Específicas 3 III. Organigrama

Más detalles

MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES ORGANO

MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES ORGANO MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL 2010 0 INDICE PAGINA I PRESENTACION 1 II ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL 2 III CUADRO ORGANICO DE LOS CARGOS 3 IV DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESPECIFICAS

Más detalles

Universidad Nacional de Asunción FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS

Universidad Nacional de Asunción FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS 1. Misión del Área Administrar la tarea educativa, a través de la conducción de los procesos de enseñanza-aprendizaje y de evaluación, así como los relativos al registro y control académico y escolar,

Más detalles

LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO

LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO ATRIBUCIONES GENERALES Publicado en el Periódico Oficial del Estado El 9 de Enero del 2008 LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO Artículo 31.- A la Secretaría de Educación,

Más detalles

ACUERDO 03 DE (Julio 14)

ACUERDO 03 DE (Julio 14) ACUERDO 03 DE 2004 (Julio 14) Por el cual se establece la Estructura Organizacional y las funciones de las dependencias de la EMPRESA DE RENOVACION URBANA DE BOGOTA, D.C. LA JUNTA DIRECTIVA DE EMPRESA

Más detalles

Secretaría de Educación SUBSECRETARIA DE EDUCACIÓN BÁSICA DIRECCIÓN DE APOYO A LA EDUCACIÓN BÁSICA

Secretaría de Educación SUBSECRETARIA DE EDUCACIÓN BÁSICA DIRECCIÓN DE APOYO A LA EDUCACIÓN BÁSICA MANUAL DE ACCIONES DE LA COORDINACIÓN DE ATENCIÓN A PADRES DE FAMILIA CONTENIDO PRESENTACIÓN-------------------------------------------------------------------------------- 3 JUSTIFICACIÓN -------------------------------------------------------------------------------

Más detalles

1.3 DENOMINACION: Asesor. Cargo de libre nombramiento y remoción

1.3 DENOMINACION: Asesor. Cargo de libre nombramiento y remoción 1.1 NIVEL: Asesor 1.2 CODIGO: 105 1.3 DENOMINACION: Asesor. Cargo de libre nombramiento y remoción 1.4 GRADOS: 01,02,03,04,05,06,07,08,09 y 10 1.5 OBJETIVO BASICO DEL CARGO Asesorar a las directivas de

Más detalles

OFICINA DE SERVICIOS AL CLIENTE

OFICINA DE SERVICIOS AL CLIENTE SERVICIO NACIONAL DE METEOROLOGIA E HIDROLOGIA - SENAMHI - MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 2004 MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA INDICE PÁGINA TITULO I PRESENTACIÓN 2 1.1 Finalidad 2 1.2 Alcance

Más detalles

MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES UNIVERSIDAD NACIONAL DE UCAYALI MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES RECTORADO OFICINA GENERAL DE CALIDAD ACADÉMICA Y ACREDITACIÓN UNIVERSITARIA ÓRGANO DE ASESORAMIENTO I. Objetivo Determinar las funciones

Más detalles

4.7. OFICINA DE METODOLOGÍAS DE SUPERVISIÓN Y ANÁLISIS DE RIESGO I. IDENTIFICACIÓN. Oficina de Metodologías de Supervisión y Análisis de Riesgo

4.7. OFICINA DE METODOLOGÍAS DE SUPERVISIÓN Y ANÁLISIS DE RIESGO I. IDENTIFICACIÓN. Oficina de Metodologías de Supervisión y Análisis de Riesgo 4.7. OFICINA DE METODOLOGÍAS DE SUPERVISIÓN Y ANÁLISIS DE RIESGO I. IDENTIFICACIÓN Nivel: Directivo Denominación del Empleo: Jefe de Oficina Código: 0137 Grado: 21 Número de Cargos: 04 Cargo del Jefe Inmediato:

Más detalles

INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL GABINETE DE PRESIDENCIA UNIDAD DE TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL GABINETE DE PRESIDENCIA UNIDAD DE TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Diciembre 2010 Oficina de Desarrollo Organizacional Gabinete 136-029/10 21/12/2010 Página 1 de 11 ÍNDICE Página Misión, Visión, Valores

Más detalles

Manual de Organización. de la Coordinación General de la. Comisión de Planeación para el. Desarrollo del Municipio

Manual de Organización. de la Coordinación General de la. Comisión de Planeación para el. Desarrollo del Municipio Manual de Organización de la Coordinación General de la Comisión de Planeación para el Desarrollo del Municipio 2 Índice Nº de Hoja Introducción 4 Autorizaciones 5 I.- Antecedentes Históricos 6 II.- Base

Más detalles

Sistema Nacional de Investigación en salud en Perú

Sistema Nacional de Investigación en salud en Perú Sistema Nacional de Investigación en salud en Perú 2010 SISTEMA DE INVESTIGACION EN SALUD: DEFINICIÓN Las personas, instituciones y actividades cuyo propósito primario en relación con la investigación,

Más detalles

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA OFICINA NACIONAL DE SERVICIO CIVIL MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA OFICINA NACIONAL DE SERVICIO CIVIL MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO SECRETARÍA EJECUTIVA DE LA COMISIÓN CONTRA LAS ADICCIONES Y EL TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS 2a. Calle 1-00 zona 10, Ciudad de Guatemala Teléfonos: 2361-2620, 2361-2623, 2361-2626, 2361-2628. Fax: 2331-0372

Más detalles

PRESENTACION. Secretaria General 2

PRESENTACION. Secretaria General 2 PRESENTACION El es un documento técnico normativo de la Gestión Institucional que describe la estructura, objetivos y funciones y precisa las interrelaciones jerárquicas, funciones internas y externas

Más detalles

OBJETIVO, PRINCIPALES FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL H. AYUNTAMIENTO DE TEUCHITLÁN, JALISCO. PRESIDENTE MUNICIPAL:

OBJETIVO, PRINCIPALES FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL H. AYUNTAMIENTO DE TEUCHITLÁN, JALISCO. PRESIDENTE MUNICIPAL: OBJETIVO, PRINCIPALES FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL H. AYUNTAMIENTO DE TEUCHITLÁN, JALISCO. PRESIDENTE MUNICIPAL: El presidente municipal tiene entre otras atribuciones y funciones

Más detalles

METAS Y OBJETIVOS DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS DEL BANCO NACIONAL DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.

METAS Y OBJETIVOS DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS DEL BANCO NACIONAL DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS. METAS Y OBJETIVOS DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS DEL BANCO NACIONAL DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS. Durante el 2004, BANOBRAS buscará cumplir con su misión de financiar el desarrollo de infraestructura

Más detalles

ACUERDO MINISTERIAL No Guatemala, 18 de marzo de EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL CONSIDERANDO: CONSIDERANDO:

ACUERDO MINISTERIAL No Guatemala, 18 de marzo de EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: ACUERDO MINISTERIAL No. 595-2010 Guatemala, 18 de marzo de 2010. EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Código de Salud, el Estado a través del Ministerio

Más detalles

MANUAL DE OPERACIONES

MANUAL DE OPERACIONES MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO MANUAL DE OPERACIONES PROYECTO ESPECIAL PLAN COPESCO NACIONAL - 2006 - INDICE I. DISPOSICIONES GENERALES...... 3 1.1 Naturaleza... 3 1.2 Visión.. 3 1.3 Misión..

Más detalles

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL CAYETANO HEREDIA MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL SERVICIO DE MEDICINA INTERNA

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL CAYETANO HEREDIA MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL SERVICIO DE MEDICINA INTERNA MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL CAYETANO HEREDIA MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL SERVICIO DE MEDICINA INTERNA APROBADO POR: R.D.Nº 154-2008-SA-HCH/DG FECHA DE APROBACIÓN: 22-05-2008 1 INDICE CAPITULO

Más detalles

GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA GERENCIA REGIONAL DE PLANEAMIENTO, PRESUPUESTO Y ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (MOF)

GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA GERENCIA REGIONAL DE PLANEAMIENTO, PRESUPUESTO Y ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (MOF) GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA GERENCIA REGIONAL DE PLANEAMIENTO, PRESUPUESTO Y ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (MOF) DIRECCIÓN DE SUPERVISION OFICINA DE DESARROLLO INSTITUCIONAL

Más detalles

FUNCIONES ESPECÍFICAS (RESPONSABILIDAD)

FUNCIONES ESPECÍFICAS (RESPONSABILIDAD) IDENTIFICACIÓN Nombre del cargo Técnico Operativo Nivel: Técnico Código y Grado 314-02 Naturaleza del Cargo: Carrera Administrativa Clase: Tiempo Completo MISIÓN O PROPÓSITO DEL CARGO Realizar labores

Más detalles

DESCRIPCIÓN Y PERFIL DE PUESTOS. Tiempo de Experiencia: Especificidad de la experiencia:

DESCRIPCIÓN Y PERFIL DE PUESTOS. Tiempo de Experiencia: Especificidad de la experiencia: Denominación: Asistente de Grupo Ocupacional: Servidor Público 1 Equipo de Trabajo de Recursos Naturales y Servicios Ambientales, Diseño Muestral, Investigación y Desarrollo Estadístico, Proveedores de

Más detalles

MANUAL DE ORGANIZACIÓN ESPECIFICO

MANUAL DE ORGANIZACIÓN ESPECIFICO 30.4. DIRECCION DE PLANEACION Y DESARROLLO DIA MES AÑO 130 OBJETIVO Conducir, asesorar, apoyar, consolidar y coordinar las actividades inherentes a los procesos de planeación, programación, organización,

Más detalles

Misión. Visión. Organización. Antecedentes. Funciones

Misión. Visión. Organización. Antecedentes. Funciones Misión Visión Organización Antecedentes Funciones Actividades y Proyectos Misión Contribuir a la función legislativa en materia de economía y finanzas públicas, mediante el análisis, seguimiento y evaluación

Más detalles

MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO DE ENFERMERIA APROBADO POR: R.D.Nº SA-DS-HNCH-DG

MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO DE ENFERMERIA APROBADO POR: R.D.Nº SA-DS-HNCH-DG MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL CAYETANO HEREDIA MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO DE ENFERMERIA APROBADO POR: R.D.Nº 322-2009-SA-DS-HNCH-DG FECHA DE APROBACIÓN: 23-06-2009 1 INDICE CAPITULO

Más detalles

JUNTA DE GOBIERNO IMJUA COORDINADOR ADMINISTRATIVO ASISTENTE DE DRECCION RECEPCIONISTA

JUNTA DE GOBIERNO IMJUA COORDINADOR ADMINISTRATIVO ASISTENTE DE DRECCION RECEPCIONISTA I. DESCRIPCION DE FUNCIONES GENERALES CLAVE LE REPORTAN DFP-01 DIRECTOR GENERAL JUNTA DE GOBIERNO IMJUA COORDINADOR ADMINISTRATIVO ASISTENTE DE DRECCION RECEPCIONISTA 1. Fijar, dirigir y controlar la política

Más detalles

ESTRUCTURA ORGANIZATIVA FUNCIONES Y ACTIVIDADES

ESTRUCTURA ORGANIZATIVA FUNCIONES Y ACTIVIDADES ESTRUCTURA ORGANIZATIVA FUNCIONES Y ACTIVIDADES SECRETARÍA DE JUNTA DIRECTIVA Grabación, elaboración y redacción de Actas de Sesiones de Junta Directiva, así como la custodiar y conservación de las mismas.

Más detalles

Dirección Ejecutiva de Justicia Cívica

Dirección Ejecutiva de Justicia Cívica Dirección Ejecutiva de Justicia Cívica Clave o nivel Denominacion del puesto o cargo 44.5 Director Ejecutivo de Justicia Cívica Area de adscripcion(área inmediata superior) Consejería Jurídica y de Servicios

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE LAS MUJERES DE XICOTEPEC.

REGLAMENTO INTERNO DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE LAS MUJERES DE XICOTEPEC. REGLAMENTO INTERNO DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE LAS MUJERES DE XICOTEPEC. ACUERDO de la Junta de Cabildo del Honorable Ayuntamiento Municipal de fecha 15 de febrero de 2014, que expide el REGLAMENTO INTERNO

Más detalles

INSTITUTO NACIONAL DE SALUD DEL NIÑO OFICINA DE COOPERACIÓN CIENTÍFICA INTERNACIONAL MANUAL DE ORGANIZACION Y FUNCIONES

INSTITUTO NACIONAL DE SALUD DEL NIÑO OFICINA DE COOPERACIÓN CIENTÍFICA INTERNACIONAL MANUAL DE ORGANIZACION Y FUNCIONES MINISTERIO DE SALUD INSTITUTO NACIONAL DE SALUD DEL NIÑO OFICINA DE COOPERACIÓN CIENTÍFICA INTERNACIONAL MANUAL DE ORGANIZACION Y FUNCIONES APROBADO POR R.D.Nº 018 - DG-INSN-2009 FECHA DE APROBACIÓN: 19

Más detalles

DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE VETERINARIA Y ZOOTECNIA MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (MOF)

DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE VETERINARIA Y ZOOTECNIA MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (MOF) FACULTAD DE VETERINARIA Y DEPARTAMENTO Versión: 01 /22.11. 2012 Página : Página 1 de 9 DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE VETERINARIA Y FUNCIONES (MOF) Av. Honorio Delgado 430 Urb. Ingeniería San Martin de Porres

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL SAN LUIS GONZAGA DE ICA OFICINA GENERAL DE RACIONALIZACIÓN OFICINA DE DISEÑO ORGANIZACIONAL

UNIVERSIDAD NACIONAL SAN LUIS GONZAGA DE ICA OFICINA GENERAL DE RACIONALIZACIÓN OFICINA DE DISEÑO ORGANIZACIONAL UNIVERSIDAD NACIONAL SAN LUIS GONZAGA DE ICA LLACTA UNIVERSIDAD NACIONAL SAN LUIS GONZAGA DE ICA OFICINA GENERAL DE RACIONALIZACIÓN OFICINA DE DISEÑO ORGANIZACIONAL MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE

Más detalles

MANAUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA

MANAUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA MANAUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA 2010 ELABORADO POR: APROBADO POR ULTIMA MODIFICACIÓN VIGENCIA Of. Planeamiento E. R.D. N 250-2010 Año 2010 12/05/2010 PRESENTACIÒN En

Más detalles

UNIVERSIDAD LA GRAN COLOMBIA DIRECTOR DE PLANEACION RECTORIA RECTOR BOGOTA D.C.

UNIVERSIDAD LA GRAN COLOMBIA DIRECTOR DE PLANEACION RECTORIA RECTOR BOGOTA D.C. 23/0/996 26//200 / 9 RECTOR Profesional en carreras administrativas. Cursos de formación y actualización en procesos administrativos, especialización en procesos de Planeación, formulación de proyectos,

Más detalles

OFICINA EJECUTIVA DE COMERCIALIZACIÓN

OFICINA EJECUTIVA DE COMERCIALIZACIÓN OFICINA EJECUTIVA DE COMERCIALIZACIÓN 1. OBJETIVOS. La Oficina Ejecutiva de Comercialización tiene como objeto programar, promover y ejecutar las actividades inherentes a la mercadotecnia de los bienes

Más detalles

Universidad Tecnológica Israel

Universidad Tecnológica Israel Universidad Tecnológica Israel REGLAMENTO DE LA UNIDAD DE PLANIFICACIÓN CENTRAL Y GESTION DE LA INFORMACIÓN Aprobado por: Honorable Consejo Superior Universitario de la Universidad Tecnológica Israel.

Más detalles

MANUAL DE ORGANIZACIÓN DIRECCIÓN DE CRÉDITO

MANUAL DE ORGANIZACIÓN DIRECCIÓN DE CRÉDITO MANUAL DE ORGANIZACIÓN Dirección General Propiedad del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C. Dirección de Crédito Av. Javier Barros Sierra No. 515, 5 Piso, Col. Lomas de Santa Fe, Delegación

Más detalles

UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN.

UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN. Código MFCTRL-APM/14-18 Página 1 de 15 UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN. OBJETIVO Garantizar el derecho de acceso a la pública a la población que a través de la supervisión permanente

Más detalles

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL DEPORTE, LA RECREACIÓN, LA ACTIVIDAD FÍSICA Y EL APROVECHAMIENTO DEL TIEMPO LIBRE COLDEPORTES

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL DEPORTE, LA RECREACIÓN, LA ACTIVIDAD FÍSICA Y EL APROVECHAMIENTO DEL TIEMPO LIBRE COLDEPORTES 1 DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL DEPORTE, LA RECREACIÓN, LA ACTIVIDAD FÍSICA Y EL APROVECHAMIENTO DEL TIEMPO LIBRE COLDEPORTES Naturaleza jurídica: Organismo del sector central de la administración pública

Más detalles

SISTEMA INTEGRADO DE GESTION Y CONTROL DE CALIDAD (SIGCC) MACROPROCESO: GESTION DEL TALENTO HUMANO

SISTEMA INTEGRADO DE GESTION Y CONTROL DE CALIDAD (SIGCC) MACROPROCESO: GESTION DEL TALENTO HUMANO Página 1 de 413 MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES, REQUISITOS Y PÚBLICOS DE LA PLANTA DE PERSONAL CONTRALORÍA Página 2 de 413 TABLA DE CONTENIDO INTRODUCCION 3 Identificación de la entidad: Naturaleza y Objeto

Más detalles

UNIVERSIDAD AUTONOMA DE ZACATECAS

UNIVERSIDAD AUTONOMA DE ZACATECAS Coordinador De Auditoria Objetivo del Puesto: Verificar que las funciones sustantivas y administrativas de la Universidad, se realicen con apego a la normatividad, mediante la aplicación de normas y lineamientos

Más detalles

DECRETO LEY Nº PROMULGAN LA LEY ORGÁNICA DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:

DECRETO LEY Nº PROMULGAN LA LEY ORGÁNICA DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: DECRETO LEY Nº 25762 PROMULGAN LA LEY ORGÁNICA DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Gobierno de Emergencia y Reconstrucción Nacional; Con el voto aprobatorio del Consejo

Más detalles

Manual de Organización y Funciones del Servicio Parlamentario ÍNDICE

Manual de Organización y Funciones del Servicio Parlamentario ÍNDICE ÍNDICE Página I Presentación................................................................... 9 II Importancia del Manual de Organización y Funciones................................. 9 III Base Legal....................................................................

Más detalles

TÉRMINOS DE REFERENCIA

TÉRMINOS DE REFERENCIA TÉRMINOS DE REFERENCIA ANALISTA EN CONTRATACIONES PARA LAS ACTIVIDADES RELACIONADAS A LA ETAPA DE ESPECIALIZACIÓN DEL PROGRAMA NACIONAL DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN DE DIRECTORES Y SUB DIRECTORES 1. ANTECEDENTES

Más detalles

MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES CORPORACIÓN PERUANA DE AEROPUERTOS Y AVIACIÓN COMERCIAL S.A. ÁREA DE PLANEAMIENTO Y PROYECTOS por: CORPORACIÓN PERUANA DE AEROPUERTOS Y AVIACIÓN COMERCIAL S.A. ÁREA DE PLANEAMIENTO Y PROYECTOS Aprobado

Más detalles

l. El Sistema de Control de Gestión Documental (Sistema de Control) fue

l. El Sistema de Control de Gestión Documental (Sistema de Control) fue COTECIAD-12-16 ACUERDO DEL COMITÉ TÉCNICO INTERNO DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL, POR EL CUAL SE APRUEBAN Y VALIDAN LAS ADECUACIONES AL SISTEMA DE CONTROL

Más detalles

1. Diseñar, establecer, ejecutar, regular y controlar como autoridad de Movilidad y Tránsito.

1. Diseñar, establecer, ejecutar, regular y controlar como autoridad de Movilidad y Tránsito. Página 1 de 2 Denominación del Empleo Código Grado Nivel Dependencia Naturaleza del cargo Jefe Inmediato MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y DE COMPETENCIAS LABORALES I. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO Director

Más detalles

ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL PARRAFO 1º: ESTRUCTURA JERARQUICA CONCEJO MUNICIPAL ALCALDE ADMINISTRADOR MUNICIPAL DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DIRECCIÓN DE OBRAS MUNICIPALES DIRECCIÓN DE DESARROLLO

Más detalles

DESCRIPCION DEL CARGO FRH - 01 VERSIÓN: PAGINA 1 DE 5

DESCRIPCION DEL CARGO FRH - 01 VERSIÓN: PAGINA 1 DE 5 PAGINA 1 DE 5 NOMBRE DEL CARGO : TIPO DE CARGO : DEPARTAMENTO : JEFE INMEDIATO : A QUIEN REPORTA : NUMERO DE EMPLEADOS EN EL PUESTO : EMPLEADOS DIRECTOS : RELACIONES DEL CARGO (INTERNAS Y EXTERNAS) : OBJETIVOS

Más detalles

Subgerente de Finanzas y Administración. Nombre del puesto: Subgerente de Finanzas y Administración. Objetivo del puesto

Subgerente de Finanzas y Administración. Nombre del puesto: Subgerente de Finanzas y Administración. Objetivo del puesto Gerente de Finanzas y Administración Gerente de Finanzas y Administración Dirigir estratégicamente las funciones realizadas por los departamentos de Presupuesto, Contabilidad, Compras, Proveeduría, Servicios

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAAGUAZÚ

UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAAGUAZÚ ANEXO Aprobado por Resolución del C.S.U. N 107/2015, según Acta N 29/2015, de fecha 17 de noviembre de 2.015 UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAAGUAZÚ REGLAMENTO GENERAL DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL

Más detalles

CÓDIGO MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES GERENCIA DE SERVICIO AL CLIENTE

CÓDIGO MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES GERENCIA DE SERVICIO AL CLIENTE SISTEMA NORMATIVO Gerencia de Planificación Área de Desarrollo Organizacional CÓDIGO 901 0905 MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES GERENCIA DE SERVICIO AL CLIENTE Autorizado: Revisado: Gerente de Planificación

Más detalles

SISTEMA DE TESORERIA

SISTEMA DE TESORERIA Aprobado mediante: Resolución Ministerial 011 de 11 enero de 2013 SISTEMA DE TESORERIA REGLAMENTO ESPECÍFICO TITULO I CONCEPTOS Y DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1.- Concepto y Objeto del Sistema de Tesorería

Más detalles

PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA VICERRECTORÍA ADMINISTRATIVA

PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA VICERRECTORÍA ADMINISTRATIVA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA VICERRECTORÍA ADMINISTRATIVA El Consejo Administrativo de la Sede Central de la Pontificia Universidad Javeriana, en concordancia con el Acuerdo del Consejo Directivo Universitario

Más detalles

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 2009>

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 2009> RESOLUCION 1398 DE 2004 (junio 17) SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE 1228 de Por

Más detalles

PROCESO DE SELECCIÓN DE LA DÉCIMO CUARTA CONVOCATORIA PARA LA INCORPORACIÓN AL CUERPO DE GERENTES PÚBLICOS GERENTE DE RECURSOS HUMANOS (50 VACANTES)

PROCESO DE SELECCIÓN DE LA DÉCIMO CUARTA CONVOCATORIA PARA LA INCORPORACIÓN AL CUERPO DE GERENTES PÚBLICOS GERENTE DE RECURSOS HUMANOS (50 VACANTES) PROCESO DE SELECCIÓN DE LA DÉCIMO CUARTA CONVOCATORIA GERENTE DE RECURSOS HUMANOS (50 VACANTES) La Autoridad Nacional del Servicio Civil-SERVIR se encuentra en la búsqueda de profesionales en Recursos

Más detalles

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE ESTUDIOS SEMIPRESENCIALES. CAPITULO I Disposiciones Generales

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE ESTUDIOS SEMIPRESENCIALES. CAPITULO I Disposiciones Generales REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE ESTUDIOS SEMIPRESENCIALES CAPITULO I Disposiciones Generales Artículo 1. El Programa de Estudios Semipresenciales se refiere a una modalidad educativa mixta con elementos de

Más detalles

DESCRIPCIÓN DEL PUESTO IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO

DESCRIPCIÓN DEL PUESTO IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO Jefe del Departamento de Documentación y Biblioteca DESCRIPCIÓN DEL PUESTO IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO DENOMINACIÓN DEL PUESTO: CATEGORÍA: UBICACIÓN: PUESTO DE JEFE INMEDIATO: Jefe del Departamento de Documentación

Más detalles

PROCESO CAS Nº MIDIS

PROCESO CAS Nº MIDIS Decenio de las personas con Discapacidad en el Perú Año de la Integración Nacional y el Reconocimiento de Nuestra Diversidad I. GENERALIDADES PROCESO CAS Nº 039-2012- MIDIS 1. Objeto de la Convocatoria

Más detalles

Oficina Control Interno

Oficina Control Interno Oficina Control Interno Misión La Oficina de Control Interno de la Empresa Social del Estado E.S.E. Hospital San Rafael de Chinú, tiene como Misión definir y evaluar en forma independiente y coordinada

Más detalles

REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA ESPECIALIZADA EN SALUD VISUAL Instituto Barraquer de América Escuela Superior de Oftalmología

REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA ESPECIALIZADA EN SALUD VISUAL Instituto Barraquer de América Escuela Superior de Oftalmología REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA ESPECIALIZADA EN SALUD VISUAL Instituto Barraquer de América Escuela Superior de Oftalmología Av. Calle 100 No. 18A- 51 REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA ESPECIALIZADA EN SALUD VISUAL

Más detalles

Reglamento Orgánico del Ministerio de Planificación y Desarrollo. Gaceta Oficial N Hugo Chávez Frías Presidente de la República

Reglamento Orgánico del Ministerio de Planificación y Desarrollo. Gaceta Oficial N Hugo Chávez Frías Presidente de la República Reglamento Orgánico del Ministerio de Planificación y Desarrollo Gaceta Oficial N 36.829 Hugo Chávez Frías Presidente de la República En ejercicio de la atribución que le confiere el ordinal 10 del artículo

Más detalles

REPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR DIRECCIÓN DE GESTIÓN HUMANA

REPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR DIRECCIÓN DE GESTIÓN HUMANA REPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR DIRECCIÓN DE GESTIÓN HUMANA INDICE DEL MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES

Más detalles

EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN DE BOGOTA D. C.

EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN DE BOGOTA D. C. RESOLUCIÓN No. 4443 del 14 de Noviembre de 2008 Por medio de la cual se modifica la Resolución No. 3950 del 07 de Octubre de 2008 - Manual de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la

Más detalles

LEY No SOBRE COMERCIO ELECTRONICO, DOCUMENTOS Y FIRMAS DIGITALES AGENDA REGULATORIA DEL INDOTEL

LEY No SOBRE COMERCIO ELECTRONICO, DOCUMENTOS Y FIRMAS DIGITALES AGENDA REGULATORIA DEL INDOTEL LEY No.126-02 SOBRE COMERCIO ELECTRONICO, DOCUMENTOS Y FIRMAS DIGITALES AGENDA REGULATORIA DEL INDOTEL Para lograr la correcta implementación de la Infraestructura de Clave Pública de la República Dominicana

Más detalles

PRESENTACION. Gerencia de Asesoría Jurídica 2

PRESENTACION. Gerencia de Asesoría Jurídica 2 PRESENTACION El es un documento técnico normativo de la Gestión Institucional que describe la estructura, objetivos y funciones y precisa las interrelaciones jerárquicas, funciones internas y externas

Más detalles

Comunicaciones, tiene por finalidad, determinar su estructura, cargos orgánicos y sus. Oficina de Proyectos de Comunicaciones. I.

Comunicaciones, tiene por finalidad, determinar su estructura, cargos orgánicos y sus. Oficina de Proyectos de Comunicaciones. I. I. INTRODUCCION Con el fin de optimizar la Gestión de la Institución se aprobó por Decreto Supremo N 041-2002-MTC, el 22 Agosto de 2002 el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes

Más detalles

Interpretación Resultados Evaluación MECI Vigencia 2014

Interpretación Resultados Evaluación MECI Vigencia 2014 Interpretación Resultados Evaluación MECI Vigencia 2014 Unidad de Auditoría Institucional "Para contribuir con el mejoramiento de los procesos, el fortalecimiento del sistema de control interno y el logro

Más detalles

PROCESO CAS N ANA COMISION PERMANENTE

PROCESO CAS N ANA COMISION PERMANENTE PROCESO CAS N 048--ANA COMISION PERMANENTE CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN PROFESIONAL ESPECIALISTA EN LA DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE CALIDAD DE LOS RECURSOS HÍDRICOS SEDE

Más detalles

Responder por la adecuada y oportuna prestación de los servicios administrativos y financieros de la Regional Bogotá

Responder por la adecuada y oportuna prestación de los servicios administrativos y financieros de la Regional Bogotá : I. IDENTIFICACIÓN DEL CARGO DENOMINACIÓN DEL CARGO: PROFESIONAL UNIVERSITARIO CLASE: GRADO : UNIDAD ORGANIZACIONAL: SUPERIOR INMEDIATO: GRUPO ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO DIRECTOR REGIONAL BOGOTÁ II.

Más detalles

DECIDE: CAPITULO I PROGRAMA DE DIFUSION ESTADISTICA DE LA COMUNIDAD ANDINA

DECIDE: CAPITULO I PROGRAMA DE DIFUSION ESTADISTICA DE LA COMUNIDAD ANDINA Decisión 690 Programa de Difusión Estadística de la Comunidad Andina LA COMISIÓN DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: El Artículo 54 del Acuerdo de Cartagena, los artículos 36 y 37 de la Decisión 471, la Decisión

Más detalles

SALUD. Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud DECRETO SUPREMO Nº SA

SALUD. Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud DECRETO SUPREMO Nº SA SALUD Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: DECRETO SUPREMO Nº 001-2003-SA Que conforme a lo dispuesto en los Artículos

Más detalles

DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS

DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS SCRIPCION FUNCIONES Y PERFIL CARGO 1 de 5 INTIFICACIÓN L CARGO: Cargo Línea de reporte General Departamento Dirección Financiera 1. SCRIPCIÓN L CARGO: 1.1 FINICIÓN: El tiene como principal responsabilidad

Más detalles

MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA REPÚBLICA DOMINICANA OFICINA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL PROPUESTA FUNCIONES Y ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL

MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA REPÚBLICA DOMINICANA OFICINA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL PROPUESTA FUNCIONES Y ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA REPÚBLICA DOMINICANA OFICINA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL PROPUESTA FUNCIONES Y ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL MARZO, 2014 1 ANTECEDENTES La Oficina de Cooperación Internacional

Más detalles

XIII. Las demás que determinen otras disposiciones jurídicas aplicables o le delegue el Secretario.

XIII. Las demás que determinen otras disposiciones jurídicas aplicables o le delegue el Secretario. SUBSECRETARÍA DE FOMENTO EMPRESARIAL de acuerdo al reglamento interior I. Implementar y dirigir la política en materia de atracción, fomento y promoción de proyectos de inversión, en los términos de la

Más detalles

MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES GERENCIA DE LOGÍSTICA

MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES GERENCIA DE LOGÍSTICA MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES GERENCIA DE LOGÍSTICA Aprobando mediante Resolución de Gerencia General N 047-2015 de fecha 26 Junio 2015 ELABORADO POR: APROBADO POR: Página 1 de 82 ÍNDICE I. INTRODUCCIÓN...

Más detalles

PERFIL PROFESIONAL DE SERVICIO CIVIL 3

PERFIL PROFESIONAL DE SERVICIO CIVIL 3 PERFIL PROFESIONAL DE SERVICIO CIVIL 3 NATURALEZA DE LA CLASE Ejecución de trabajos profesionales de nivel experto que requieren investigación, interpretación, análisis y relaciones de modelos o conceptos.

Más detalles

REPÚBLICA DOMINICANA

REPÚBLICA DOMINICANA REPÚBLICA DOMINICANA Ley Número 8: CONSIDERANDO: Que es responsabilidad del Ministerio de Agricultura Promover el desarrollo agropecuario del país; CONSIDERANDO: Que para cumplir sus fines específicos

Más detalles

REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO MICHOACANO DE LA JUVENTUD

REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO MICHOACANO DE LA JUVENTUD REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO MICHOACANO DE LA JUVENTUD Publicado en el Periódico Oficial el 1 de Enero del 2002 PODER EJECUTIVO DEL ESTADO Víctor Manuel Tinoco Rubí, Gobernador Constitucional del

Más detalles

ANEXO DE LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

ANEXO DE LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT ANEXO DE LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N 125-2016/SUNAT CLASIFICADOR DE CARGOS CONSIDERADOS EMPLEADOS DE CONFIANZA Y SERVIDOR PÚBLICO - DIRECTIVO DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN

Más detalles

DECRETO NUMERO 2041 de ( 29 Agosto de 1991)

DECRETO NUMERO 2041 de ( 29 Agosto de 1991) DECRETO NUMERO 2041 de 1991 ( 29 Agosto de 1991) Por el cual se crea la Dirección Nacional del Derecho de Autor como Unidad Administrativa Especial, se establece su estructura orgánica y se determinan

Más detalles

REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO TECNICO DE FORMACION POLICIAL

REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO TECNICO DE FORMACION POLICIAL REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO TECNICO DE FORMACION POLICIAL (Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de marzo de 1994) Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos

Más detalles

CONSEJO DE LA JUDICATURA ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL POR PROCESOS DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN

CONSEJO DE LA JUDICATURA ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL POR PROCESOS DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN CONSEJO DE LA JUDICATURA ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL POR PROCESOS DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN 1. El Sistema Nacional de Planificación del Consejo de la Judicatura Es el conjunto ordenado de

Más detalles

DIRECCIÓN DE VINCULACIÓN SOCIAL

DIRECCIÓN DE VINCULACIÓN SOCIAL Código MFCTRL-APM/14-18 Página 1 de 18 DIRECCIÓN DE VINCULACIÓN SOCIAL OBJETIVO Brindar atención y gestión a la ciudadanía con eficiencia, amabilidad en los servicios que presta la dirección, así como

Más detalles

CAPÍTULO VI DE LOS ÓRGANOS ADMINISTRATIVOS DESCONCENTRADOS

CAPÍTULO VI DE LOS ÓRGANOS ADMINISTRATIVOS DESCONCENTRADOS ARTÍCULO 35. - Para la más eficaz atención y el eficiente despacho de los asuntos de su competencia, la Secretaría contará con órganos administrativos desconcentrados que le estarán jerárquicamente subordinados.

Más detalles

9. Dirigir y supervisar el sistema de control escolar del instituto tecnológico conforme a las normas y procedimientos establecidos.

9. Dirigir y supervisar el sistema de control escolar del instituto tecnológico conforme a las normas y procedimientos establecidos. FUNCIONES 1.0.0.0.0. DIRECCIÓN 1. Planear, dirigir, controlar y evaluar las actividades de plantación, vinculación, académicas y administrativas del instituto tecnológico de conformidad con los objetivos,

Más detalles

PROCESO CAS N ANA COMISION CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN (01) ESPECIALISTA EN PRESUPUESTO

PROCESO CAS N ANA COMISION CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN (01) ESPECIALISTA EN PRESUPUESTO PROCESO CAS N 135-2015-ANA COMISION CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN (01) ESPECIALISTA EN PRESUPUESTO 1. Objeto de la convocatoria Contratar los servicios de UN (01)

Más detalles

Fracción IV. A) Normas Básicas de Competencias.

Fracción IV. A) Normas Básicas de Competencias. A) s. La Secretaría de Desarrollo Social es la dependencia encargada de establecer las políticas públicas orientadas a proponer, promover y realizar en el Municipio programas y proyectos de asistencia

Más detalles

PODER JUDICIAL Gestión Humana Análisis de Puestos

PODER JUDICIAL Gestión Humana Análisis de Puestos PODER JUDICIAL Gestión Humana Análisis de Puestos PROFESIONAL EN COOPERACION Y RELACIONES INTERNACIONALES I. NATURALEZA DEL TRABAJO Ejecución de investigaciones y análisis complejos para asesorar en materia

Más detalles

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL CAYETANO HEREDIA MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL SERVICIO DE UROLOGÍA APROBADO POR: R.D.Nº SA-HCH/DG

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL CAYETANO HEREDIA MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL SERVICIO DE UROLOGÍA APROBADO POR: R.D.Nº SA-HCH/DG MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL CAYETANO HEREDIA MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL SERVICIO DE UROLOGÍA APROBADO POR: R.D.Nº 213-2008-SA-HCH/DG FECHA DE APROBACIÓN: 19-06-2008 1 INDICE CAPITULO I: OBJETIVO

Más detalles

CONVOCATORIA CAS N CAS-GAJ PROCESO N

CONVOCATORIA CAS N CAS-GAJ PROCESO N PROCESO N 001-2015 Título profesional de abogado con colegiatura vigente. en el Sector Público minimo de 08 años en Asesoría Jurídica mínima 06 años en Gobiernos Locales mínima de 03 años en temas registrales,

Más detalles

INE/JGE96/2016 ANTECEDENTES

INE/JGE96/2016 ANTECEDENTES INE/JGE96/2016 ACUERDO DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, POR EL QUE SE APRUEBAN LOS LINEAMIENTOS PARA LA ELABORACIÓN O ACTUALIZACIÓN DE MANUALES DE ORGANIZACIÓN DEL INE. ANTECEDENTES

Más detalles

UNIDAD DE SISTEMAS Y SERVICIOS DE CÓMPUTO

UNIDAD DE SISTEMAS Y SERVICIOS DE CÓMPUTO UNIDAD DE SISTEMAS Y SERVICIOS DE CÓMPUTO OBJETIVOS OBJETIVO GENERAL DE LA UNIDAD Optimizar el uso y el aprovechamiento de los sistemas de cómputo de la Facultad de Estudios Superiores Aragón, con base

Más detalles

SALUD. Aprueban Reglamento de Organización y Funciones del Instituto de Gestión de Servicios de Salud

SALUD. Aprueban Reglamento de Organización y Funciones del Instituto de Gestión de Servicios de Salud 527492 pago de cuotas del año 2014, a diversos Organismos Internacionales de los cuales el Perú es país miembro; CONSIDERANDO: Que, el artículo 67 numeral 67.3 de la Ley N 28411, Ley General del Sistema

Más detalles

DEPARTAMENTO DE LA VICEPRESIDENCIA Y DE ECONOMÍA Y HACIENDA

DEPARTAMENTO DE LA VICEPRESIDENCIA Y DE ECONOMÍA Y HACIENDA 1/6 Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya DISPOSICIONES DEPARTAMENTO DE LA VICEPRESIDENCIA Y DE ECONOMÍA Y HACIENDA DECRETO 33/2016, de 19 de enero, de reestructuración del Departamento de la Vicepresidencia

Más detalles

M INISTERIO SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA

M INISTERIO SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA M INISTERIO SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA CONSEJO DE AUDITORÍA INTERNA GENERAL DE GOBIERNO DECRETO QUE CREA EL CONSEJO DE AUDITORÍA INTERNA GENERAL DE GOBIERNO (1997) REPÚBLICA DE CHILE MINISTERIO

Más detalles

DECRETO QUE CREA EL CONSEJO DE ARMONIZACIÓN CONTABLE DEL ESTADO DE SONORA

DECRETO QUE CREA EL CONSEJO DE ARMONIZACIÓN CONTABLE DEL ESTADO DE SONORA DECRETO QUE CREA EL CONSEJO DE ARMONIZACIÓN CONTABLE DEL ESTADO DE SONORA Artículo 1.- Se crea el Consejo Estatal de Armonización Contable para Sonora cuyo objeto es auxiliar al Consejo Nacional de Armonización

Más detalles

MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO

MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO 1 ÍNDICE I. Presentación II. III. IV. Fundamentación Jurídica Objetivo Glosario V. Tipos de documentos a Integrar VI.

Más detalles

Misiones y funciones

Misiones y funciones Misiones y funciones Secretaría Académica PERÍODO DE GESTIÓN 2010-2014 Entender en los asuntos vinculados a la planificación, programación y desarrollo de las políticas académicas de grado y pregrado,

Más detalles