RECAUDACIÓN, FORMAS DE PAGO, IMPUESTO PREDIAL EN EL PERÚ Y DISTRITO DE NUEVO CHIMBOTE,

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "RECAUDACIÓN, FORMAS DE PAGO, IMPUESTO PREDIAL EN EL PERÚ Y DISTRITO DE NUEVO CHIMBOTE,"

Transcripción

1 RECAUDACIÓN, FORMAS DE PAGO, IMPUESTO PREDIAL EN EL PERÚ Y DISTRITO DE NUEVO CHIMBOTE, COLLECTION, PAYMENT, PROPERTY TAX IN PERU AND DISTRICT OF NEW CHIMBOTE, AUTORES Bach. Becerra Gallardo José Luis 1 Dr. CPCC. Gonzales Rentería Yuri Gagarin 2 RESUMEN La investigación tuvo como objetivo general, Determinar y describir las características de la recaudación y formas de pago del Impuesto Predial en el Perú y en el Distrito de Nuevo Chimbote Período El tipo y nivel de la investigación fue bibliográfica descriptiva, para el recojo de información se utilizó la técnica de fichas bibliográficas. El principal resultado es: El Impuesto Predial, es un tributo que se efectúa anualmente por todos los contribuyentes que poseen propiedades urbanas y rústicas. El impuesto predial puede cancelarse de dos formas, al CONTADO, que es hasta el último día hábil del mes de febrero del siguiente ejercicio y FRACCIONADA, la cual dichos pagos se hacen trimestralmente y en los últimos días hábiles del mes de febrero, mayo, agosto y noviembre, respectivamente y en cuanto a la principal conclusión es: El Estado establece una determinada alícuota porcentual, la cual debe regir para el cálculo de dicho impuesto. Los porcentajes son 0.2%, 0.6% y 1.0% de acuerdo a la cantidad de UITS. En el año 2011 se calculó el impuesto predial en base a S/.3,600 que era el valor de la UIT en ese año, para el año 2012 se calculó en base a S/.3,650 y el monto mínimo imponible, es equivalente al 0.6% de la UIT vigente de cada año. PALABRAS CLAVES: Impuesto Predial, recaudación y tributación. 1 Bachiller en Contabilidad, trabajador independiente. jl_32@hotmail.es 2 Doctor en Contabilidad y Finanzas, Magister en Administración, asesor de empresas, docente contratado y miembro del comité interno de la carrera profesional de contabilidad ULADECH Católica Sede Central. yisguerul@hotmail.com,

2 ABSTRACT The overall objective was to research, identify and describe the characteristics of the collection and payment of the property tax in Peru and the District of Nuevo Chimbote period The type and level of research literature was descriptive-for information gathering technique used index cards. The main result is: The property tax is a tax that is held annually by all taxpayers who own urban and rural properties. Property tax can be canceled in two ways, in CASH, that is until the last business day of February of the following year FRACTIONED which such payments are made quarterly on the last business day of February, May, August and November respectively and as for the main conclusion is: the State establishes a certain percentage quota, which must rule for calculating the tax. The percentages are 0.2%, 0.6% and 1.0% according to the amount of UITS. In 2011 the property tax based on S / which was the value of the ITU in that year, for 2012 was calculated was calculated based on S / and the minimum taxable amount is equivalent to 0.6 % ITU force each year. KEYWORDS: Property Tax, revenue and taxation. INTRODUCCIÓN El Impuesto Predial, según lo sostiene en un artículo, Rodríguez Salvatierra, (2012), es un tributo que grava el valor de los predios urbanos y rústicos en base a su auto valúo; que se obtiene aplicando los aranceles y precios unitarios de construcción que formula el Consejo Nacional de Tasaciones y aprueba el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento todos los años. Su recaudación, administración y fiscalización corresponde a la Municipalidad Distrital donde se ubica el predio. La Municipalidad Provincial del Santa es la encargada de los inmuebles ubicados en el Distrito de Nuevo. Chimbote. El Impuesto Predial es un componente importante de la tributación municipal que facilita la disposición de ingresos fiscales en las municipalidades, cuya ausencia o disminuida recaudación limita el financiamiento del desarrollo en sus circunscripciones. La mayoría de municipalidades no tienen la capacidad de solventar sus gastos en salud, educación e infraestructura de manera sostenible. Amoretti (2010), las causas de esta problemática son diversas, aunque la que tiene mayor incidencia es la falta de estrategias tributarias adecuadas que provengan de la política tributaria y se concrete en acciones tributarias municipales que permitan incrementar la recaudación de tributos que corresponden al ente municipal. Así mismo se debería evitar la morosidad con una recaudación oportuna, previa sensibilización en los contribuyentes, para que honren sus compromisos tributarios. Por lo tanto, los ingresos provenientes de la recaudación del Impuesto Predial constituyen un componente importante para la gestión del desarrollo por parte de los gobiernos locales. Alguna de las acciones que debe seguir una administración tributaria para procurar que se efectúen los pagos de impuestos son: a) Optimizar el cumplimiento voluntario; b) Fiscalizar periódicamente los predios; y, c) Actualizar el Padrón de Contribuyentes Para llevar a cabo estas acciones es necesario que la administración disponga de la mayor cantidad de información relacionada a los inmuebles de los contribuyentes, número de predios, valores actualizados, entre otros. El no pagar los impuestos y tasas municipales por

3 parte de los contribuyentes conlleva a un desarrollo deficiente de la jurisdicción, siendo la falta de educción y conciencia tributaria una de las causas principales de la evasión del mencionado impuesto. En las instituciones educativas se imparte muy poco o nada de este tipo de educación y la Municipalidad Provincial como entidad responsable de la administración tributaria tampoco hace mucho al respecto. La Provincia de Santa no es ajena a la problemática descrita sobre la recaudación, mucho menos al anhelado desarrollo sostenible que debe evidenciarse en la ejecución de proyectos de obra de importancia o prioridad; por lo que se hace necesario un análisis acerca de la Recaudación del Impuesto Predial en la Municipalidad Provincial de Nuevo. Chimbote así como su disposición en favor del desarrollo sostenible. El Impuesto Predial es uno de los impuestos de mayor recaudación hecho por las Municipalidades a nivel del Perú, por tanto se enuncia el siguiente problema: Cuáles son las Características del impuesto predial, recaudación y formas de pago, en el Perú y distrito de Nuevo Chimbote, período ?, sus Objetivos: Objetivo General: Determinar y describir las características de la recaudación y formas de pago del Impuesto Predial, en el Perú y Distrito de Nuevo Chimbote, Período Objetivos Específicos: - Describir el Impuesto Predial en el Perú y en la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote, en el periodo de estudio. - Determinar las formas de pago y la alícuota porcentual del Impuesto Predial, en el Perú y Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote, en el periodo de estudio.- Describir la distribución de la recaudación del impuesto predial, en la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote, en el periodo de estudio. Finalmente los resultados servirán como antecedentes para futuros trabajos de investigación, a fines al presente. Metodología Material de estudio: La Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote. Población: De acuerdo al Método de Investigación Bibliográfica y Documental no es aplicable a determinar alguna población. Muestra: De acuerdo al Método de Investigación Bibliográfica y Documental no es aplicable a alguna ni muestra. Métodos y Técnicas: Método: El método aplicado es descriptivo, debido a que se realizó un estudio de características, cualidades y atributos del tema de investigación sin entrar a los grados de análisis cuantitativos del problema. Técnicas: La técnica que se aplicó en la investigación es la de Revisión Bibliográfica y Documental, mediante la recolección de información de fuentes de información como textos, tesis, e información de Internet. RESULTADOS El Impuesto Predial, es un tributo que se efectúa anualmente por todos los contribuyentes que poseen propiedades urbanos y rústicos.

4 Cuando mencionamos predios nos estamos refiriendo a terrenos, edificaciones e instalaciones fijas y permanentes que constituyan partes integrantes del mismo, sin ser separados. Esta recaudación le corresponde única y efectivamente a las municipalidades, el cobro de este impuesto se hará a los predios que se encuentren en su jurisdicción, por lo que dicha Municipalidad como es la Municipalidad de Nuevo Chimbote es la encargada de la recaudación, administración y fiscalización de dicho recurso (impuesto predial). Cuando nos referimos a los contribuyentes afectos a este tributo, nos referimos a las personas naturales o jurídicas propietarias de los predios, cualquiera sea su naturaleza, ( 2014). Según las Municipalidad de Nuevo Chimbote está facultada para establecer un monto mínimo a pagar por concepto del impuesto, el cual es equivalente a 0.6% de la UIT vigente al 01 de enero de cada año al que corresponde el impuesto, por lo que para el año 2011 la UIT estaba S/ 3,600 y el impuesto mínimo equivalente era de S/ y para el año 2012 la UIT estaba S/ 3,650 por lo que el impuesto mínimo era equivalente a S/ Para el cálculo del impuesto predial existe una base imponible cuya escala progresiva acumulativa es como sigue: Tramo de auto avalúo Alícuota Hasta 15 UIT 0.2% Más de 15 UIT y hasta 60 UIT 0.6% Más de 60 UIT 1.0% Los predios inafectos que se consideran en nuestro País son los que a continuación menciono: 1. El Gobierno Central, los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. 2. Los Gobiernos Extranjeros, en condición de reciprocidad, siempre que el predio se destine a residencia de sus representantes diplomáticos o al funcionamiento de oficinas dependientes de sus embajadas, legaciones o consulados, así como los predios de los organismos internacionales reconocidos por el gobierno que les sirvan de sede. 3. Las sociedades de beneficencia, siempre que se destinen a sus fines específicos y no se efectúe actividad comercial en ellos. 4. Las entidades religiosas, siempre que se destinen a templos, conventos monasterios y museos. 5. Las entidades Públicas destinadas a prestar servicios médicos asistenciales. 6. El Cuerpo General de Bomberos, siempre que el predio se destine a sus fines específicos. 7. La Comunidades Campesinas y Nativas de la sierra y selva, con excepción de las extensiones cedidas a terceros para su explotación económica. 8. Las Universidades y Centros Educativos, debidamente reconocidos, respecto de sus predios destinados a sus finalidades educativas y culturales, conforme a la constitución.

5 9. Las concesiones en predios forestales del Estado dedicados al aprovechamiento forestal y de fauna silvestre y en las plantaciones forestales. 10. Los predios cuya titularidad corresponda a organizaciones políticas como: partidos, movimientos o alianzas políticas, reconocidos por el órgano electoral correspondiente. 11. Los predios cuya titularidad corresponda a organizaciones de personas con discapacidad reconocidas por el CONADIS. 12. Los predios cuya titularidad corresponda a organizaciones sindicales, debidamente reconocidas por el Ministerio de Trabajo y Promoción Social, siempre y cuando los predios destinen a los fines específicos de la organización. 13. Los clubes departamentales, provinciales y distritales, constituidos conforme a Ley, así como la asociación que los representa, siempre que el predio se destine a sus fines institucionales específicos. (2014), de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, la Ley Nº 27792, así como en la R.M. Nº VIVIENDA, REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO, dispone que la Dirección General de Políticas y regulación en Vivienda y Urbanismo tiene como función conducir y supervisar la formulación de los valores arancelarios y supervisar la valorización oficial de terrenos urbanos y rústicos de todo el país. (2014), la aprobación de los valores arancelarios de los planos prediales es un componente importantísimo, ya que se toman en cuenta al momento de calcular el impuesto predial; por tanto la recaudación, administración y fiscalización se encuentra a cargo de los gobiernos locales, el mismo que deberá ser aprobado en el Gobierno Regional de Ancash de conformidad con la legislación vigente de cada año. De acuerdo a los reportes de la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote, el Impuesto Predial recaudado para el año 2011 fue de S/. 3, 395, nuevos soles y el reporte de ingresos de la Municipalidad, para ese año 2011 fue de S/. 5, 998, nuevos soles, lo que significa que el impuesto predial recaudado en ese año equivale al 56.61% del total de ingresos directamente recaudados; y, para el año 2012 la suma de S/. 4, 180, nuevos soles y el reporte de ingresos de la Municipalidad, para ese año 2012 fue de S/. 7, 400, nuevos soles, lo que significa que el impuesto predial recaudado en ese año equivale al 56.49% del total de ingresos directamente recaudados, ( 2014). PLAZOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA DEL IMPUESTO PREDIAL Inscripción: El adquiriente deberá presentar Declaración Jurada de Inscripción ante la municipalidad hasta el último día hábil del mes siguiente de efectuada la adquisición del predio. Actualización de datos: La actualización es en forma Anual y debe ser presentada hasta el último día hábil del mes de Febrero. Esta obligación es sustituida por la actualización mecanizada de los valores de los predios que realiza la municipalidad y se dará como válida en caso el contribuyente no presente ninguna objeción dentro del plazo establecido para el pago al contado del impuesto.

6 Transferencia de propiedad: El propietario que transfiere un predio deberá presentar Declaración Jurada de descargo del predio que transfiere hasta el último día hábil del mes siguiente de efectuada la transferencia del predio. Modificación de datos: Se realiza cuando la modificación de las características del predio superen las 5 UIT presentando Declaración Jurada hasta el último día hábil del mes siguiente de producidas las modificaciones. Impuesto Predial: Periocidad: Anual. Plazos para la presentación declaración Jurada del Impuesto Predial: El Plazo para la presentación de la declaración Jurada del Impuesto Predial es el último día hábil del mes de Febrero- 28 Febrero Lugares de Pago: Urb. José Carlos Mariátegui Centro Cívico s/n Según Caballero Bustamante (2011), el Impuesto Predial puede cancelarse de dos formas, al contado; que se refiere a pagar el íntegro o el total del impuesto anual, con plazo máximo al último día hábil del mes de febrero de cada año. La otra forma es la tradicional; que se refiere a pagar en forma fraccionada, lo que significa hasta en cuatro cuotas trimestrales, la primera parte equivale a un cuarto del impuesto total y deberá pagarse hasta el último día hábil del mes de febrero; la segunda parte equivale a otro cuarto del impuesto total hasta el último día hábil de los mes de mayo; la tercera parte equivale a otro cuarto del impuesto total hasta el último día hábil de los mes de agosto; y por último se pagará el último cuarto del impuesto total hasta el último día hábil del mes de noviembre. En el caso de transferencias de dominios, el transferente deberá cancelar el íntegro del impuesto adeudado hasta el último día hábil del mes siguiente de producida la transferencia. Cabe mencionar que los impuestos son recaudaciones en favor del Estado, y hablando del Impuesto Predial, en favor de la Municipalidad de Nuevo Chimbote, cuya obligación no genera una contraprestación directa por parte de la Municipalidad de Nuevo Chimbote en favor del contribuyente. El Impuesto Predial se encuentra bajo una estructura de Impuestos Municipales, como son: a) Impuesto Predial b) Impuesto de Alcabala c) Impuesto al Patrimonio Automotriz d) Impuesto a las Apuestas e) Impuesto a los Juegos f) Impuesto a los Espectáculos Públicos (Caballero Bustamante,2011). Según Caballero Bustamante (2011), el Impuesto Predial cumple con una finalidad, que es la de financiar el desarrollo y mantenimiento del catastro del distrito de Nuevo Chimbote, así como a la gestiones y mejoramiento de la recaudación por parte de la Administración Tributaria. En cuanto a su distribución es del 5% del mencionado impuesto, destinado para los fines antes mencionados. La Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote deberá aprobar anualmente un plan de Desarrollo Catastral para el ejercicio correspondiente, para ello debe tomar como base todo lo ejecutado en el ejercicio del año anterior. El 3/1000 del rendimiento del

7 impuesto será transferido por la municipalidad distrital al Consejo Nacional de Tasaciones (CONATA), para el cumplimiento de las funciones que le corresponde como organismo técnico nacional encargado de la formulación periódica de los aranceles de terrenos y valores unitarios oficiales de edificación, de conformidad con lo establecido en el D. Leg. N 294 ( ). En cuanto a la tasa de interés moratorio que se aplica por el incumplimiento de pago del mencionado Impuesto Predial, es de 0.6% por mes retrasado, incluso se calcula también por los días que hubiesen corrido, dividiendo 0.6% entre 30 días, lo que resultaría el interés por día, y de ser aplicable a los días vencidos; estos intereses moratorios son aplicables a partir del siguiente día del cada trimestre vencido, que como ya mencioné en mis resultados anteriores, los cuales son: el 28 de febrero, 31 de mayo, 31 de agosto y 30 de noviembre. DISCUSIÓN El impuesto predial es un tributo que se paga anualmente, y le alcanza a los predios urbanos y rústicos. El código civil considera como predios a los terrenos que están en el mar, las lagunas, edificaciones fijas que no se trasladan, y aquellas que sus partes no se separen. Por otro lado no forma parte de la base imponible aquellos accesorios que forman parte del predio. Así mismo, en el Art. 2 de la ley N los muelles, canales y vías terrestres de uso público, no son considerados predios, para lo cual, este resultado coincide totalmente con Guerrero (2009), que sostiene que El Impuesto Predial en el Perú grava anualmente y de forma recurrente el valor de los inmuebles, incluyendo el suelo y las construcciones; esto es, edificaciones, instalaciones fijas y permanentes que constituyan partes integrantes del inmueble, que no puedan ser separadas del mismo sin alterar, deteriorar o destruir la edificación existente. Asimismo, posteriormente se han incluido a aquellos terrenos ganados al mar, a los ríos y a otros espejos de agua. El autor Erik Daniel Aredo García en su TESIS: EL IMPUESTO PREDIAL COMO INSTRUMENTO DE RECAUDACIÓN TRIBUTARIA EN LAS MUNICIPALIDADES, concluye lo siguiente: Que la Municipalidad Provincial de Trujillo tiene como una fuente generadora muy fuerte al Impuesto Predial y que se ha incrementado en un 80% aproximadamente, mejorando sus métodos de recaudación y fiscalización, en los últimos 5 años. Otro dato importante es que la quinta parte de los ingresos obtenidos por la Municipalidad Provincial de Trujillo es del Impuesto Predial y está representado en el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA), difiriendo del lo señalado por Alfaro & Ruhling (2006), en su Artículo de investigación, titulado: LA INCIDENCIA DE LOS GOBIERNOS LOCALES EN EL IMPUESTO PREDIAL EN EL PERÚ, que señala que los ingresos del impuesto predial para las municipalidades urbanas no son muy importantes y poco relevantes para la mayoría de las

8 municipalidades pequeñas o rurales; sin embargo, los incrementos en las transferencias no han tenido un impacto negativo en general El autor Miranda (2011), en su TESIS: FACTORES QUE INFLUYEN EN EL NIVEL DE RECAUDACIÓN DEL IMPUESTO PREDIAL EN LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE NUEVO CHIMBOTE, resume lo siguiente: Que dentro del impuesto predial las valorizaciones de tierras y edificaciones influyen mucho como concepto en la recaudación tributaria, y que el área u oficina encargada de la Administración Tributaria de Nuevo Chimbote, es deficiente e incapaz, producto de ello, presenta niveles bajos de recaudación y deudas de ejercicios anteriores en los últimos años. No obstante propone rediseñar la política tributaria municipal, mejor atención al cliente, facilidades de información y reestructurar las funciones de la oficina de recaudación, este autor coincide con la deficiencia en cuanto al impuesto predial, con Almeyda (2012) en la que observa que actualmente en el Distrito de Chincha Alta se encuentra en declaración de pagos que vienen realizando el contribuyente de una manera desprogramada ya que estos no realizan en las fechas correspondientes, ello conlleva a la generación de interés y multas con altos montos. Por otro lado también se puede observar que no existe una cultura de buen pagador ya que los recibos de deuda no llegan a los hogares a lo cual los contribuyentes deciden priorizar otras deudas, además el contribuyente desconoce la finalidad de esta recaudación e incluso creen que son utilizados con fines irregulares en beneficio de individuales y no hacia la colectividad, tampoco existen programas concienticen el pago del Impuesto Predial. El capítulo I sobre el Impuesto Predial nos habla de los valores grabados, como son a los terrenos, edificaciones e instalaciones fijas y permanentes, que sean parte de un todo sin separación alguna. También nos habla de los sujetos pasivos, que son considerados en condición de contribuyentes, tales como las personas jurídicas y naturales propietarias de predios. En cuanto a los condominios se consideran como dueño a un solo propietario salvo se comunique lo contrario a la Municipalidad. Se adquiere la condición de sujeto obligado, o sea responsable de la obligación tributaria, el 1 de enero del año siguiente al haber adquirido el predio, por tanto habla el mismo idioma con Guerrero (2009), que sostiene que, El Impuesto Predial en el Perú grava anualmente y de forma recurrente el valor de los inmuebles, incluyendo el suelo y las construcciones; esto es, edificaciones, instalaciones fijas y permanentes que constituyan partes integrantes del inmueble, que no puedan ser separadas del mismo sin alterar, deteriorar o destruir la edificación existente. Asimismo, posteriormente se han incluido a aquellos terrenos ganados al mar, a los ríos y a otros espejos de agua. En esta parte se ha hecho referente a las formas de pago del Impuesto Predial, y entre ellas tenemos dos las cuales son mencionadas y descritas a continuación: AL CONTADO, que es hasta el último día hábil del mes de febrero de cada ejercicio; y FRACCIONADA, lo cual dichos pagos se hacen trimestralmente y en los últimos días hábiles del mes de febrero, mayo, agosto y noviembre, respectivamente. Cuando se produzca una transferencia de predio el pago del impuesto predial será de la siguiente manera:

9 Se cancelará el íntegro de lo adeudado el último día hábil del mes siguiente al de haberse producido la transferencia, por ejemplo: se transfirió un predio el día 14 de Agosto del presente año, por lo tanto se tendrá plazo de pagar hasta el 31 de Setiembre del presente año. Cabe mencionar que los impuestos son recaudaciones en favor del Estado, y hablando del Impuesto Predial, en favor de la Municipalidad de Nuevo Chimbote, cuya obligación no genera una contraprestación directa por parte de la Municipalidad de Nuevo Chimbote en favor del contribuyente. El Impuesto Predial se encuentra bajo una estructura de Impuestos Municipales, como son: a) Impuesto Predial b) Impuesto de Alcabala c) Impuesto al Patrimonio Automotriz d) Impuesto a las Apuestas e) Impuesto a los Juegos f) Impuesto a los Espectáculos Públicos (Caballero Bustamante, 2011), que coincide con Caballero Bustamante (2011), en el marco conceptual donde considera al impuesto predial como un tributo, este resultado también es corroborado por Ley Orgánica de Municipalidades en EL TEXTO ÚNICO ORDENADO DE LA LEY DE TRIBUTACIÓN MUNICIPAL DECRETO LEGISLATIVO Nº 952. En su artículo 5, que a letra dice: Los impuestos municipales son los tributos mencionados por el presente Título en favor de los Gobiernos Locales, cuyo cumplimiento no origina una contraprestación directa de la Municipalidad al contribuyente. La recaudación y fiscalización de su cumplimiento corresponde a los Gobiernos Locales. Como podemos observar existen predios que se encuentran inafectos al pago del Impuesto Predial, de los cuales a continuación mencionaremos: El Gobierno Central, Regional y Local, los Gobiernos Internacionales siempre cuando exista un representante diplomático cumpliendo sus funciones en su embajada. Las Beneficencias Públicas, los Templos, Monasterios, Conventos, Museos, los Hospitales, las Postas Médicas, el Cuerpo de Bomberos, Predios Forestales, las Universidades, centros Educativos, clubes Departamentales, Regionales y Distritales, siempre que estos predios se destine para fines institucionales específicos. También tenemos predios destinados para personas discapacitadas, pero que sean reconocidos por el CONADIS. Entre otros tenemos las comunidades Campesinas y Nativas de la sierra y selva. De cumplir con todas las disposiciones legales mandadas por el Estado Peruano, estas instituciones están exoneradas de pagar Impuesto Predial. La recaudación del Impuesto Predial así como su administración y fiscalización es responsabilidad de las Municipalidades Distritales, y el 5% de lo recaudado producto de este Impuesto, es destinado exclusivamente al desarrollo y mantenimiento del catastro distrital, previamente las Municipalidades deben de

10 elaborar y aprobar su Plan de Desarrollo Catastral para que este porcentaje sea destinado al cumplimiento del plan. Además se transfiere el tres por mil del rendimiento de este impuesto, al Consejo Nacional de Tasaciones con el fin de cumplir las funciones del cuerpo técnico encargado de formular los aranceles de terrenos y valores unitarios oficiales de edificación, tal como precisa Archundia (2009), en su tesis titulada: EL IMPACTO TRIBUTARIO EN LA ECONOMÍA INFORMAL DE MÉXICO, EN BUSCA DE UNA PROPUESTA ESTRUCTURAL, los municipios tienen la obligación de recaudar para satisfacer las necesidades de seguridad, salud, pavimentación, alumbrado, desarrollo social, entre otros. CONCLUSIONES A fin de cumplir con el objetivo general y la realización de los objetivos específicos, las conclusiones a las cuales se ha llegado en el presente informe son las siguientes: 1. El impuesto predial es un tributo de periodicidad anual, y le alcanza a los predios urbanos y rústicos. 2. Los valores grabados del Impuesto Predial, son a los terrenos, edificaciones e instalaciones fijas y permanentes, que sean parte de un todo sin separación alguna. 3. Los sujetos pasivos, son considerados en condición de contribuyentes, tales como las personas jurídicas y naturales propietarias de predios. 4. No forma parte de la base imponible aquellos accesorios que forman parte del predio. Así mismo, en el Art. 2 de la ley N tales como los muelles, canales y vías terrestres de uso público, no son considerados predios. 5. Los condominios se consideran como dueño a un solo propietario salvo se comunique lo contrario a la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote, para tales efectos debe considerarse un sujeto obligado, o sea responsable de la obligación tributaria, desde el 1 de enero del año siguiente al haber adquirido el predio. 6. Para el referido impuesto predial, el Estado establece una determinada alícuota porcentual, la cual debe regir para el cálculo de dicho impuesto. Los porcentajes son 0.2%, 0.6% y 1.0% de acuerdo a la cantidad de UITS. En el año 2011 se calculó el impuesto predial en base a S/.3,600 que era el valor de la UIT en ese año, para el año 2012 se calculó también en base a S/.3,600 y el monto mínimo imponible, es equivalente al 0.6% de la UIT vigente de cada año. 7. Las formas de pago del Impuesto Predial, son dos y entre ellas tenemos las que a continuación mencionamos: AL CONTADO, que es hasta el último día hábil del mes de febrero de cada ejercicio. FRACCIONADA, la cual dichos pagos se hacen trimestralmente y en los últimos días hábiles del mes de febrero, mayo, agosto y noviembre, respectivamente. 8. Cuando se produzca una transferencia de predio el pago del impuesto predial se cancelará, el íntegro de lo adeudado, el último día hábil del mes siguiente al de haberse producido la transferencia.

11 9. Este Impuesto Municipal le corresponde exclusivamente a los gobiernos locales, el cual no genera una contraprestación directa por parte de la Municipalidad de Nuevo Chimbote hacia el Contribuyente. 10. La recaudación del Impuesto Predial así como su administración y fiscalización es responsabilidad de la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote, y el 5% de lo recaudado producto de lo percibido por este Impuesto, es destinado exclusivamente al desarrollo y mantenimiento del catastro distrital, previamente la Municipalidad debe elaborar y aprobar su Plan de Desarrollo Catastral para que este porcentaje sea destinado al cumplimiento del plan. 11. También transfiere el 3/1,000 del rendimiento de este impuesto, al Consejo Nacional de Tasaciones con el fin de cumplir las funciones del cuerpo técnico encargado de formular los aranceles de terrenos y valores unitarios oficiales de edificación. 12. Del 100% de ingresos directamente recaudados en el año 2011, equivalente a S/. 5, 998, nuevos soles, que percibió la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote; el 56.61% equivalente a S/. 3, 395, nuevos soles, representa lo ingresado como Impuesto Predial en el mencionado año; y, del 100% de ingresos directamente recaudados para año 2012, equivalente a S/. 7, 400, nuevos soles, que percibió la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote; el 56.49% equivalente a S/. 4, 180, nuevos soles, representa lo ingresado como Impuesto Predial en el año 2012; lo que significa que el Impuesto Predial en gran parte es una buena fuente de recursos directamente recaudados por la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote. Agradecimientos Muy en especial, a mi madre por el amor que me ha brindado, por su apoyo permanente e incondicional, desde que decidí hacerme profesional. A todos los docentes que han contribuido en mi formación profesional y al Dr. CPCC Yuri Gonzales Rentería por hacer posible el cumplimiento en forma satisfactoria del presente trabajo de investigación. Referencias bibliográficas Alfaro Díaz, J., & Ruhling, M. (2006). La Incidencia de los Gobiernos Locales en el Impuesto Predial en el Perú. Lima. S/E. Almeyda Magallanes, T. M. (2012). El pago del Impuesto Predial y su Influencia en el desarrollo sostenible de Chincha Alta. Chincha: S/E. Amoretti Ismodes, P. (2010). Administración Tributaria Municipal. Huaraz. S/E. Archundia Fernández, E. (2009). El Impacto Tributario en la Economía Informal de México, en busca de una Propuesta Estructural. México. Caballero Bustamante (2011). MANUAL TRIBUTARIO 2011, Ediciones Caballero Bustamante SAC, San Borja Lima-Perú, Guerrero Rumaldo, E. (2009). El impuesto Predial en el Perú.

12 (2001). La Contabilidad Gubernamental y su aplicación en los Gobiernos Locales. Huaraz. Miranda Abanto, J. (2011). TESIS: FACTORES QUE INFLUYEN EN EL NIVEL DE RECAUDACIÓN DEL IMPUESTO PREDIAL EN LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE NUEVO CHIMBOTE, Miranda Abanto Julio Cesar, Chimbote Perú, Rodríguez Salvatierra, S. (Febrero ). El Impuesto Predial y Los Arbitrios. La Gaceta - Virú - La Libertad

IMPUESTO PREDIAL. 1. Qué es el Impuesto Predial?

IMPUESTO PREDIAL. 1. Qué es el Impuesto Predial? IMPUESTO PREDIAL 1. Qué es el Impuesto Predial? Es el Impuesto cuya recaudación, administración y fiscalización corresponde a la Municipalidad Distrital donde se ubica el predio. La Municipalidad Provincial

Más detalles

P.I.E.T Programa Integral de Educación Tributaria

P.I.E.T Programa Integral de Educación Tributaria P.I.E.T Programa Integral de Educación Tributaria Que son los tributos? Para que sirven? Quienes los deben pagar? Que es ARBA? Que son los tributos? Son los aportes que todos los ciudadanos realizamos

Más detalles

Su principal objetivo es mantener la estadística del inventario físico de bienes inmuebles existentes, así como el crecimiento del distrito.

Su principal objetivo es mantener la estadística del inventario físico de bienes inmuebles existentes, así como el crecimiento del distrito. MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES EL CATASTRO Y SUS IMPLICANCIAS EN EL REGISTRO DE PREDIOS ALCANCES JURIDICOS Y TECNICOS 19, 20 y 21 de Abril del 2006 LIMA PERU Expositor:.. DAVID ALBUJAR MESTA.. Responsable

Más detalles

Oficialía mayor. Gobierno municipal de quitupan, jalisco. Manual de operaciones del departamento de Catastro. Diciembre del 2013.

Oficialía mayor. Gobierno municipal de quitupan, jalisco. Manual de operaciones del departamento de Catastro. Diciembre del 2013. Oficialía mayor. Gobierno municipal de quitupan, jalisco. Manual de operaciones del departamento de Catastro. Diciembre del 2013.. Índice Contenido Página 1. INTRODUCCION 3 2. OBJETIVO DEL MANUAL 3 3.

Más detalles

INDICE DE CONTENIDO OBJETIVO 3 * RETENCIONES EN MATERIA DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA

INDICE DE CONTENIDO OBJETIVO 3 * RETENCIONES EN MATERIA DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA INDICE DE CONTENIDO OBJETIVO 1 * IMPUESTO AL VALOR AGREGADO OBJETIVO 2 * IMPUESTO SOBRE LA RENTA OBJETIVO 3 * RETENCIONES EN MATERIA DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA OBJETIVO 4 * DÉBITO BANCARIO OBJETIVO 5 IMPUESTOS

Más detalles

ASPECTOS TRIBUTARIOS DEL CONTRATO DE PERMUTA

ASPECTOS TRIBUTARIOS DEL CONTRATO DE PERMUTA ASPECTOS TRIBUTARIOS DEL CONTRATO DE PERMUTA El contrato es una de las instituciones jurídicas y económicas más importantes de nuestra sociedad, pues a través de esta institución las personas (naturales

Más detalles

NORMAS LEGALES ORDENANZA Nº MDA

NORMAS LEGALES ORDENANZA Nº MDA ANEXO I INFORME TÉCNICO SUSTENTATORIO I. ASPECTOS GENERALES y ANTECEDENTES NORMATIVOS El Régimen de Arbitrios Municipales vigente en el distrito de Ancón es el que fue formulado para el ejercicio 2008

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES Preámbulo

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES Preámbulo ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES Preámbulo El Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares aprueba esta ordenanza, en ejercicio de autonomía tributaria que le reconoce la Constitución

Más detalles

GUIA DEL CONTRIBUYENTE

GUIA DEL CONTRIBUYENTE Gerencia de Administración Tributaria Municipalidad Distrital de José Leonardo Ortiz GUIA DEL CONTRIBUYENTE LO QUE USTED DEBE SABER! 1.- QUÉ SON LOS TRIBUTOS? Son prestaciones en dinero que el estado exige

Más detalles

Taller de Inducción sobre Técnicas para la Mejora de la Recaudación del Impuesto Predial

Taller de Inducción sobre Técnicas para la Mejora de la Recaudación del Impuesto Predial PERÚ Ministerio de Economía y Finanzas Taller de Inducción sobre Técnicas para la Mejora de la Recaudación del Impuesto Predial Octubre, 2012 INDICE Módulo 1: Marco Normativo Tributario Módulo 2: Servicio

Más detalles

Ley de Tributación Municipal DECRETO LEGISLATIVO Nº 776

Ley de Tributación Municipal DECRETO LEGISLATIVO Nº 776 Ley de Tributación Municipal DECRETO LEGISLATIVO Nº 776 (*) Consultar TEXTO ÚNICO ORDENADO, aprobado por Decreto Supremo N 156-2004-EF, publicado el 15-11-2004. CONCORDANCIAS: R.N 009-2003-CAM-INDECOPI

Más detalles

ORDENANZA FISCAL NUM:

ORDENANZA FISCAL NUM: AYUNTAMIENTO DE MORELLA Provincia de Castellón ORDENANZA FISCAL NUM: ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PUBLICO LOCAL A FAVOR DE LAS

Más detalles

Revisión al 15 de Noviembre del /28

Revisión al 15 de Noviembre del /28 Resultado de la revisión al estado que guarda la publicación, a través de medios electrónicos, del Informe de Avance de Gestión Financiera correspondiente al Tercer Trimestre del ejercicio 2013 Revisión

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES Artículo 1º.- Hecho imponible. 1. El Impuesto sobre Bienes Inmuebles es un tributo directo de carácter real, cuyo hecho imponible lo constituye

Más detalles

ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE CARACTERÍSTICAS ESPECIALES.

ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE CARACTERÍSTICAS ESPECIALES. ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE CARACTERÍSTICAS ESPECIALES. (B.O.P de Guadalajara de 2 de noviembre de 2009) A tenor de las facultades normativas otorgadas por los artículos 133.2

Más detalles

SISTEMA NACIONAL DE PRESUPUESTO PUBLICO - Presupuesto por Resultados

SISTEMA NACIONAL DE PRESUPUESTO PUBLICO - Presupuesto por Resultados SISTEMA NACIONAL DE PRESUPUESTO PUBLICO - Presupuesto por Resultados GESTION PRESUPUESTARIA DEL SECTOR PUBLICO LEY Nº 28112 LEY Nº 28411 LEY ANUAL DIRECTIVAS Ley Marco de la Administración Financiera del

Más detalles

Impuesto sobre Bienes Inmuebles

Impuesto sobre Bienes Inmuebles 1. Normativa El Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario (TRLCI), clasifica los bienes inmuebles en urbanos, rústicos

Más detalles

Estados Financieros DICTAMEN A LOS ESTADOS FINANCIEROS. Estados Financieros. Notas a los Estados Financieros

Estados Financieros DICTAMEN A LOS ESTADOS FINANCIEROS. Estados Financieros. Notas a los Estados Financieros Estados Financieros DICTAMEN A LOS ESTADOS FINANCIEROS Estados Financieros Balance General Estado de Ingresos y gastos Estado de flujos de efectivo Notas a los Estados Financieros 60 761 BALANCE GENERAL

Más detalles

GSM LEGAL - INFORMATIVO TRIBUTARIO (*)

GSM LEGAL - INFORMATIVO TRIBUTARIO (*) GSM LEGAL - INFORMATIVO TRIBUTARIO (*) DOMINGO, 15 DE MARZO Del 14.03.2015 al 20.03.2015 MUNICIPALIDAD DE ANCON ORDENANZA N 308-2015-MDA.- PRORROGAN EL PLAZO DE VENCIMIENTO DEL PAGO DE LA PRIMERA CUOTA

Más detalles

Tributos Municipales

Tributos Municipales Tributos Municipales Impuesto Predial Grava la propiedad de predios urbanos y rústicos; entendiéndose por predios a los terrenos, edificaciones e instalaciones fijas y permanentes. Características Es un

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR LA I. MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN VINCES CONSIDERANDO

REPÚBLICA DEL ECUADOR LA I. MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN VINCES CONSIDERANDO REPÚBLICA DEL ECUADOR LA I. MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN VINCES CONSIDERANDO Que, la Constitución Política de la República del Ecuador, en su Art. 240 y la Ley Orgánica de Régimen Municipal, en sus Arts. 1

Más detalles

EL PATRIMONIO MUNICIPAL EN LA LIGISLACION PERUANA. (Los bienes inmuebles: Concesión o Arrendamiento)

EL PATRIMONIO MUNICIPAL EN LA LIGISLACION PERUANA. (Los bienes inmuebles: Concesión o Arrendamiento) EL PATRIMONIO MUNICIPAL EN LA LIGISLACION PERUANA (Los bienes inmuebles: Concesión o Arrendamiento) 01. Patrimonio Municipal. El Patrimonio 1 Municipal se encuentra regulado en el Título IV Capitulo II

Más detalles

n ORDENANZA PARA EL COBRO DEL 1.5 POR MIL SOBRE LOS ACTIVOS TOTALES EN EL CANTÓN LOJA EL CONCEJO MUNICIPAL DE LOJA CONSIDERANDO:

n ORDENANZA PARA EL COBRO DEL 1.5 POR MIL SOBRE LOS ACTIVOS TOTALES EN EL CANTÓN LOJA EL CONCEJO MUNICIPAL DE LOJA CONSIDERANDO: n. 020-2015 ORDENANZA PARA EL COBRO DEL 1.5 POR MIL SOBRE LOS ACTIVOS TOTALES EN EL CANTÓN LOJA EL CONCEJO MUNICIPAL DE LOJA CONSIDERANDO: Que, el numeral 5 del artículo 264 de la Constitución de la República

Más detalles

INICIO DE LA ACTIVIDAD. 1. Seleccionar la modalidad, bajo la cual desarrollaremos nuestra actividad: I) PERSONA FÍSICA II) PERSONA JURÍDICA

INICIO DE LA ACTIVIDAD. 1. Seleccionar la modalidad, bajo la cual desarrollaremos nuestra actividad: I) PERSONA FÍSICA II) PERSONA JURÍDICA INICIO DE LA ACTIVIDAD 1. Seleccionar la modalidad, bajo la cual desarrollaremos nuestra actividad: I) PERSONA FÍSICA II) PERSONA JURÍDICA PERSONAS FÍSICAS FORMA NÚMERO SOCIOS RESPONSABILIDAD CAPITAL EMPRESARIO

Más detalles

Circular Quincenal N 007/16 Información del 29/03/2016 al 12/04/2016

Circular Quincenal N 007/16 Información del 29/03/2016 al 12/04/2016 Circular Quincenal N 007/16 Información del 29/03/2016 al 12/04/2016 Autores: Áreas Contabilidad, Impuestos y Sueldos del Estudio Martin Circular Quincenal N 007/16 Información del 29/03/2016 al 12/04/2016

Más detalles

naturaleza urbana radicados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura para aquellos hechos imponibles que se devenguen en el año 2014.

naturaleza urbana radicados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura para aquellos hechos imponibles que se devenguen en el año 2014. ORDEN de de 2013 por la que se aprueban los Coeficientes aplicables al valor catastral para estimar el valor real de determinados bienes inmuebles urbanos, radicados en la Comunidad Autónoma de Extremadura,

Más detalles

RESOLUCION N P/IPD REGLAMENTO DEL REGISTRO NACIONAL DEL DEPORTE

RESOLUCION N P/IPD REGLAMENTO DEL REGISTRO NACIONAL DEL DEPORTE RESOLUCION N 486-2006-P/IPD REGLAMENTO DEL REGISTRO NACIONAL DEL DEPORTE TÍTULO I OBJETO Y NATURALEZA DEL REGISTRO Artículo 1.- OBJETO El presente Reglamento tiene por objeto establecer normas para la

Más detalles

Avalúos administrativos. 1. Base Legal: 2. Requisitos para solicitar el avalúo

Avalúos administrativos. 1. Base Legal: 2. Requisitos para solicitar el avalúo Avalúos administrativos Son todas aquellas valoraciones que la Dirección General de Tributación realiza a solicitud de diferentes entes públicos, cuyo uso pretendido sea distinto a uno tributario. 1. Base

Más detalles

Características de las Contribuciones

Características de las Contribuciones Características de las Contribuciones Que son los impuestos? Definición genérica: Son impuestos las prestaciones en dinero o en especie que fija la Ley con carácter general y obligatorio, a cargo de personas

Más detalles

ARBITRIOS MUNICIPALES. Dr Saúl Barrera Ayala

ARBITRIOS MUNICIPALES. Dr Saúl Barrera Ayala ARBITRIOS MUNICIPALES Dr Saúl Barrera Ayala CONCEPTO Los Arbitrios son tasas que se pagan por la prestación o mantenimiento de un servicio público. La tasa constituye un tipo de tributo conforme a la clasificación

Más detalles

DIRECTIVA Nº /CN

DIRECTIVA Nº /CN DIRECTIVA Nº 011-06-2015/CN PARA: DE: ASUNTO: Gerencia General Gerencia de Riesgos y Finanzas Gerencia de TI y Administración Jefatura de Créditos y Recuperaciones Jefatura de Contabilidad Unidad de Auditoría

Más detalles

INDICACIONES PARA EL LLENADO DE LOS FORMULARIOS ( HR ) Y ( PU ).

INDICACIONES PARA EL LLENADO DE LOS FORMULARIOS ( HR ) Y ( PU ). INDICACIONES PARA EL LLENADO DE LOS FORMULARIOS ( HR ) Y ( PU ). DEFINICIONES.- FORMULARIOS HR Y PU.- Estos formularios se encuentran diseñados para recoger información de los contribuyentes para fines

Más detalles

NÚMERO 244 Jueves, 22 de diciembre de 2011

NÚMERO 244 Jueves, 22 de diciembre de 2011 29944 ORDEN de 12 de diciembre de 2011 por la que se aprueban los coeficientes aplicables al valor catastral para estimar el valor real de determinados bienes inmuebles urbanos, radicados en la Comunidad

Más detalles

INGRESOS PÚBLICOS FACES ULA 2016

INGRESOS PÚBLICOS FACES ULA 2016 INGRESOS PÚBLICOS FACES ULA 2016 INGRESOS PÚBLICOS Concepto. Son los recursos que obtiene el estado de forma coactiva (tributos), voluntaria (donación, legado) de la economía de los particulares y del

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA REALIZACION DE ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS CON MOTIVO DE LA APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA REALIZACION DE ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS CON MOTIVO DE LA APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA REALIZACION DE ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS CON MOTIVO DE LA APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142

Más detalles

EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUE- NOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY

EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUE- NOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY PROYECTO DE LEY EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUE- NOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- El régimen establecido en el artículo 13 de la ley 13.850 para el impuesto a los

Más detalles

IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES (IBI)

IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES (IBI) IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES (IBI) 1.- QUÉ ES EL IBI? El IBI es un tributo directo, real y periódico que grava el valor de la titularidad nominal y otros derechos reales que recaen sobre bienes inmuebles

Más detalles

Establecen alícuotas de la contribución denominada Aporte por Regulación para empresas y entidades de los subsectores electricidad e hidrocarburos

Establecen alícuotas de la contribución denominada Aporte por Regulación para empresas y entidades de los subsectores electricidad e hidrocarburos Establecen alícuotas de la contribución denominada Aporte por Regulación para empresas y entidades de los subsectores electricidad e hidrocarburos DECRETO SUPREMO Nº 004-2002-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Más detalles

Los Arbitrios municipales

Los Arbitrios municipales Los Arbitrios municipales I. DISPOSICIONES GENERALES 1.1. Concepto: Los Arbitrios son tasas que se pagan por la prestación o mantenimiento de un servicio público. La tasa constituye un tipo de tributo

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT AMPLÍAN EL USO DE FORMULARIOS VIRTUALES PARA LA DECLARACIÓN Y PAGO DEL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS E IMPUESTO A LA RENTA, CONTRIBUCIONES AL ESSALUD Y A LA ONP DE TRABAJADORES DEL HOGAR RESOLUCIÓN DE

Más detalles

ILUSTRISIMO AYUNTAMIENTO BOLLULLOS PAR DEL CONDADO ( HUELVA) IVTM

ILUSTRISIMO AYUNTAMIENTO BOLLULLOS PAR DEL CONDADO ( HUELVA) IVTM ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA Artículo 1º. Disposiciones Generales. Conforme a lo dispuesto en los artículos 92 a 99, ambos inclusive, del Real Decreto Legislativo

Más detalles

Boletín Jurídico Enero 2016

Boletín Jurídico Enero 2016 1. CONSULTA TRIBUTARIA TARIFAS PARA EL AÑO 2016 DE IMPUESTO A LA RENTA PARA PERSONAS NATURALES Y SUCESIONES INDIVISAS, Y PARA HERENCIAS, DONACIONES Y LEGADOS a) Para liquidar el impuesto a la renta de

Más detalles

Propuesta de capacitación para el mejoramiento del Servicio de Recaudación Tributaria Municipal

Propuesta de capacitación para el mejoramiento del Servicio de Recaudación Tributaria Municipal Julio 2016 Propuesta de capacitación para el mejoramiento del Servicio de Recaudación Tributaria Municipal Escuela SATT Servicio de Administración Tributaria de Trujillo INDICE 1. INTRODUCCIÓN... 2 2.

Más detalles

Administración Federal de Ingresos Públicos IMPUESTOS

Administración Federal de Ingresos Públicos IMPUESTOS Administración Federal de Ingresos Públicos IMPUESTOS Resolución General 3819 Impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales. Régimen de percepción y adelanto de impuesto. Su implementación. Bs.

Más detalles

NORMA PARA LA DIFUSIÓN A LA CIUDADANÍA DE LA LEY DE INGRESOS Y DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS 2016

NORMA PARA LA DIFUSIÓN A LA CIUDADANÍA DE LA LEY DE INGRESOS Y DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS 2016 NORMA PARA LA DIFUSIÓN A LA CIUDADANÍA DE LA LEY DE INGRESOS Y DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS 2016 Preguntas / apartados Qué es la Ley de Ingresos y cuál es su importancia? Consideraciones Es un instrumento

Más detalles

ARTÍCULO 1.º. Fundamento y Naturaleza

ARTÍCULO 1.º. Fundamento y Naturaleza ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR LOS DOCUMENTOS QUE EXPIDAN O DE QUE ENTIENDAN LA ADMINISTRACIÓN O LAS AUTORIDADES MUNICIPALES, A INSTANCIA DE PARTE. ARTÍCULO 1.º Fundamento y Naturaleza En

Más detalles

TABLAS DE RETENCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

TABLAS DE RETENCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DECRETO No. 95 EL ÓRGANO EJECUTIVO DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR, CONSIDERANDO: I. Que mediante Decreto Legislativo No. 957, de fecha 14 de diciembre de 2011, publicado en el Diario Oficial No. 235, Tomo

Más detalles

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DECRETO LEGISLATIVO N 1057 PROCESO CAS N MTC/24

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DECRETO LEGISLATIVO N 1057 PROCESO CAS N MTC/24 CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DECRETO LEGISLATIVO N 1057 PROCESO CAS N 036-2016-MTC/24 I. GENERALIDADES 1. Objeto de la Convocatoria: Contratar los servicios de una persona natural con aptitudes

Más detalles

ELECCIONES 2016 RESIDUOS SÓLIDOS ANÁLISIS DE PLANES DE GOBIERNO. Elaborado por:

ELECCIONES 2016 RESIDUOS SÓLIDOS ANÁLISIS DE PLANES DE GOBIERNO. Elaborado por: ELECCIONES 2016 ANÁLISIS DE PLANES DE GOBIERNO 1 RESIDUOS SÓLIDOS Elaborado por: CUÁL ES LA SITUACIÓN ACTUAL? 1 En el Perú se producen aproximadamente 18 mil toneladas de residuos al día. 1 El 48% termina

Más detalles

LA PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL EN LOS ÁMBITOS REGIONALES Y LOCALES

LA PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL EN LOS ÁMBITOS REGIONALES Y LOCALES LA PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL EN LOS ÁMBITOS REGIONALES Y LOCALES Magali González Manco Área de Asesoría legal Proyecto Qhapaq Ñan Sede Nacional El Patrimonio Cultural se compone de elementos o

Más detalles

7% si paga del 1 al 31 de enero. 6% si paga del 1 al 28 de febrero. 1.- Según la ubicación de los inmuebles, existen tres tipos de valor de suelo:

7% si paga del 1 al 31 de enero. 6% si paga del 1 al 28 de febrero. 1.- Según la ubicación de los inmuebles, existen tres tipos de valor de suelo: INMUEBLES HABITACIONALES Estimado Contribuyente: La base del Impuesto Predial es el valor catastral del inmueble, el cual puede determinar mediante la aplicación de valores unitarios del suelo y construcciones,

Más detalles

RESOLUCION MINISTERIAL Nº TR

RESOLUCION MINISTERIAL Nº TR Formularios para la presentación por los empleadores de información necesaria para valorizar las peticiones de los trabajadores y examinar la situación económica financiera de las empresas Lima, 31 de

Más detalles

DECRETO No El Presidente de la República de Nicaragua CONSIDERANDO

DECRETO No El Presidente de la República de Nicaragua CONSIDERANDO DECRETO No.40-2002 El Presidente de la República de Nicaragua CONSIDERANDO I Que de acuerdo con la Constitución Política de la República, es responsabilidad del Estado la preservación, conservación y rescate

Más detalles

Ordenanza fiscal nº 29

Ordenanza fiscal nº 29 Ordenanza reguladora de la tasa por la prestación del servicio de abastecimiento domiciliario de agua potable Fecha de aprobación inicial de la Ordenanza Fiscal Pleno 26/10/2000 Nª BOP y fecha publicación

Más detalles

El expediente Nº 953/096, el Decreto Ley Nº9.533/1980, y

El expediente Nº 953/096, el Decreto Ley Nº9.533/1980, y 39/10 REFERENCIA: Expediente Nº 0953-218/09 VISTO: El expediente Nº 953/096, el Decreto Ley Nº9.533/1980, y CONSIDERANDO: Que, mediante expediente de referencia la ASOCIACION PROMOTORA DE A EDUCACION (APRED)

Más detalles

TERMINOS DE REFERENCIA. Consultor Internacional. Un (01) consultor internacional

TERMINOS DE REFERENCIA. Consultor Internacional. Un (01) consultor internacional TERMINOS DE REFERENCIA Posición: Servicio: Cantidad Requerida: Consultor Internacional Servicio de consultoría internacional para la revisión y análisis del diseño de los procesos de Determinación de Obligaciones

Más detalles

RESOLUCIÓN EJERCICIO Nº 8.01 I.G.M.P - VALUACIÓN INMUEBLES RURALES

RESOLUCIÓN EJERCICIO Nº 8.01 I.G.M.P - VALUACIÓN INMUEBLES RURALES RESOLUCIÓN EJERCICIO Nº 8.01 I.G.M.P - VALUACIÓN INMUEBLES RURALES NORMATIVA APLICABLE: Art. 2, art. 4 Ley 25.063 1) En el art. 4 de la Ley de Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta se encuentran establecidas

Más detalles

ORDENANZA FISCAL Nº 5 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA

ORDENANZA FISCAL Nº 5 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA ORNANZA FISCAL Nº 5 ORNANZA FISCAL REGULADORA L IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS TRACCIÓN MECÁNICA Artículo 1º.- HECHO IMPONIBLE: 1.- El impuesto sobre vehículos de tracción mecánica es un impuesto directo que

Más detalles

Servicio de Información

Servicio de Información BOLETIN OFICIAL Nº 33365 25 de abril de 2016 ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS Resolución General 3870 Procedimiento. Ley N 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones. Régimen de facilidades

Más detalles

INSTRUCTIVO DE LLENADO FORMULARIO 118 DECLARACIÓN DE LA CONTRIBUCIÓN DESTINADA AL FINANCIAMIENTO DE LA ATENCIÓN INTEGRAL DEL CÁNCER

INSTRUCTIVO DE LLENADO FORMULARIO 118 DECLARACIÓN DE LA CONTRIBUCIÓN DESTINADA AL FINANCIAMIENTO DE LA ATENCIÓN INTEGRAL DEL CÁNCER INSTRUCTIVO DE LLENADO FORMULARIO 118 DECLARACIÓN DE LA CONTRIBUCIÓN DESTINADA AL FINANCIAMIENTO DE LA ATENCIÓN INTEGRAL DEL CÁNCER Fecha de elaboración: Enero 2015 1 Tabla de Contenidos 1. Antecedentes...

Más detalles

Departamento administrativo de catastro distrital (DACD)

Departamento administrativo de catastro distrital (DACD) Departamento administrativo de catastro distrital (DACD) Organigrama I. MISIÓN Fijar el avalúo catastral de los predios, componente esencial en la determinación de las cuantías del recaudo del impuesto

Más detalles

Decreto Legislativo Nº 1105 que establece disposiciones para el proceso de formalización

Decreto Legislativo Nº 1105 que establece disposiciones para el proceso de formalización Decreto Legislativo Nº 1105 que establece disposiciones para el proceso de formalización DECRETO LEGISLATIVO Nº 1105 El presente Decreto Legislativo tiene como objeto establecer disposiciones complementarias

Más detalles

Declaración Jurada Anual sobre Inversiones, Seguros, Derechos, Activos, y Otras Operaciones en el Exterior, y Rentas Relacionadas con Estos.

Declaración Jurada Anual sobre Inversiones, Seguros, Derechos, Activos, y Otras Operaciones en el Exterior, y Rentas Relacionadas con Estos. Declaración Jurada Anual sobre Inversiones, Seguros, Derechos, Activos, y Otras Operaciones en el Exterior, y Rentas Relacionadas con Estos. Declaración Jurada Anual sobre Inversiones, Seguros, Derechos,

Más detalles

CLASIFICADOR POR TIPO DE GASTO

CLASIFICADOR POR TIPO DE GASTO CLASIFICADOR POR TIPO DE GASTO ACUERDO POR EL QUE SE EMITE EL CLASIFICADOR POR TIPO DE GASTO ANTECEDENTES El 31 de diciembre de 2008 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley General de Contabilidad

Más detalles

MODELO DE ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO MUNICIPAL SOBRE GASTOS SUNTUARIOS

MODELO DE ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO MUNICIPAL SOBRE GASTOS SUNTUARIOS MODELO DE ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO MUNICIPAL SOBRE GASTOS SUNTUARIOS ARTÍCULO 1. Normativa Aplicable Esta Entidad Local, en uso de las facultades contenidas en los artículos 133.2 y 142

Más detalles

En relación con el tratamiento de las diferencias de cambio para efecto de la determinación del Impuesto a la Renta, se consulta lo siguiente:

En relación con el tratamiento de las diferencias de cambio para efecto de la determinación del Impuesto a la Renta, se consulta lo siguiente: INFORME N. 101-2012-SUNAT/4B0000 MATERIA: En relación con el tratamiento de las diferencias de cambio para efecto de la determinación del Impuesto a la Renta, se consulta lo siguiente: 1. En el caso de

Más detalles

INSTRUCCIONES DEL MODELO 111

INSTRUCCIONES DEL MODELO 111 IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA SOBRE RENDIMIENTOS DEL TRABAJO, DETERMINADAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS, PREMIOS Y DETERMINADAS IMPUTACIONES DE RENTA MODELO

Más detalles

FRANQUICIA TRIBUTARIA POR DONACIONES A PROYECTOS DEPORTIVOS

FRANQUICIA TRIBUTARIA POR DONACIONES A PROYECTOS DEPORTIVOS INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES DIVISION DE DESARROLLO DEPARTAMENTO DE EVALUACION DE PROYECTOS FRANQUICIA TRIBUTARIA POR DONACIONES A PROYECTOS DEPORTIVOS Programa de Seminarios para Difusión del Sistema

Más detalles

RESUMEN. Para una mejor comprensión del trabajo, a continuación se detalla la estructura:

RESUMEN. Para una mejor comprensión del trabajo, a continuación se detalla la estructura: RESUMEN Es importante que la Agencia Internacional Esperanza Bolivia cuente con un reglamento para poder controlar sus activos fijos, para el mejoramiento de sus funciones. La imperante necesidad de establecer

Más detalles

REGULADORA DE LA TASA POR EL SERVICIO DE ALCANTARILLADO

REGULADORA DE LA TASA POR EL SERVICIO DE ALCANTARILLADO ORDENANZA Nº 1 B REGULADORA DE LA TASA POR EL SERVICIO DE ALCANTARILLADO FUNDAMENTO LEGAL Y OBJETO Artículo 1º.- En uso de las facultades concedidas por el artº 106 de la Ley 7/1.985 de 2 de Abril reguladora

Más detalles

TEXTO. REGISTRO BOMEH: 1/2016 PUBLICADO EN: BOE n.º 312, de 30 de diciembre de 2015.

TEXTO. REGISTRO BOMEH: 1/2016 PUBLICADO EN: BOE n.º 312, de 30 de diciembre de 2015. TÍTULO: Orden HAP/2835/2015, de 28 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 113 de comunicación de datos relativos a las ganancias patrimoniales por cambio de residencia cuando se produzca a otro

Más detalles

TRÁMITES, SERVICIOS Y PROGRAMAS DE APOYO

TRÁMITES, SERVICIOS Y PROGRAMAS DE APOYO TRÁMITES, SERVICIOS Y PROGRAMAS DE APOYO Este departamento es el encargado de recaudar, concentrar y situar los fondos municipales y los conceptos que debe percibir el Ayuntamiento de acuerdo a la Ley

Más detalles

FUNDACIONES Y ORGANIZACIONES SIN FINES DE INDICE LUCRO

FUNDACIONES Y ORGANIZACIONES SIN FINES DE INDICE LUCRO FUNDACIONES Y ORGANIZACIONES SIN FINES DE LUCRO I.- INTRODUCCIÓN... 15 II.- CORPORACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO FRENTE A LAS NORMAS DE LA LEY DE LA RENTA... 19 1.- Concepto de Organizaciones

Más detalles

PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE

PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE DOMICILIO CONCEPTO IMPOSITIVO Impuesto General Indirecto Canario CUESTIÓN PLANTEADA NORMATIVA APLICABLE Art.4.1 Ley 20/1991 Art. 5.1 y 5.2 Ley 20/1991 Art. 7.1 Ley 20/1991

Más detalles

TASA POR SUMINISTRO DE AGUA A DOMICILIO. ORDENANZA REGULADORA nº 7

TASA POR SUMINISTRO DE AGUA A DOMICILIO. ORDENANZA REGULADORA nº 7 TASA POR SUMINISTRO DE AGUA A DOMICILIO. ORDENANZA REGULADORA nº 7 ARTICULO 1.- Fundamento y naturaleza: En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el artículo

Más detalles

México D.F., 31 de enero de Unidad Responsable: Oficina de Información Pública.

México D.F., 31 de enero de Unidad Responsable: Oficina de Información Pública. México D.F., 31 de enero de 2011. Unidad Responsable: Oficina de Información Pública. INSTITUTO DE VIVIENDA DEL DISTRITO FEDERAL ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE DA A CONOCER EL LISTADO DE LA INFORMACIÓN PÚBLICA

Más detalles

DECLARACIÓN JURADA CONTRIBUYENTES - RENTAS DEL TRABAJO IRPF

DECLARACIÓN JURADA CONTRIBUYENTES - RENTAS DEL TRABAJO IRPF DECLARACIÓN JURADA CONTRIBUYENTES - RENTAS DEL TRABAJO IRPF 1) Quiénes se encuentran obligados a presentar declaración jurada de IRPF por las rentas del trabajo? Para el año 2009 los obligados a presentar

Más detalles

O R D E N A N Z A Nº 45

O R D E N A N Z A Nº 45 O R D E N A N Z A Nº 45 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR LA UTILIZACIÓN DE ESPACIOS EN EL VIVERO DE EMPRESAS PROPIEDAD DEL AYUNTAMIENTO DE TUDELA 265 ORDENANZA Nº 45 ORDENANZA FISCAL REGULADORA

Más detalles

2. SUPUESTOS DE PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS DEL IMPUESTO PREDIAL

2. SUPUESTOS DE PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS DEL IMPUESTO PREDIAL INDICE PAG 1. Obligados al pago del Impuesto Predial.... 2 2. Supuestos de presentación de Declaraciones Juradas del Impuesto Predial.. 2 3. Uso de los formularios de Declaración Jurada (HR y PU).. 2 4.

Más detalles

SUBSECRETARÍA DE EGRESOS M ANUAL DE CONTABILIDAD GUBERNAM ENTAL PARA EL PODER EJECUTIVO FEDERAL

SUBSECRETARÍA DE EGRESOS M ANUAL DE CONTABILIDAD GUBERNAM ENTAL PARA EL PODER EJECUTIVO FEDERAL 3.1.1.1.1 CONTRIBUIDO APORTACIONES APORTACIONES DEUDORA APORTACIONES 1.1 1 Por la apertura de libros por el saldo del ejercicio inmediato anterior. 1 Por el cierre de libros por la cancelación del 99.3

Más detalles

INSTRUCTIVO CINCO POR MIL EMPRESAS PÚBLICAS

INSTRUCTIVO CINCO POR MIL EMPRESAS PÚBLICAS INSTRUCTIVO PARA EL CÁLCULO, RECAUDACIÓN Y LIQUIDACIÓN DEL APORTE DEL CINCO POR MIL DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS DE LA FUNCIÓN EJECUTIVA, DE LOS GOBIERNOS AUTÓNOMOS DESCENTRALIZADOS, DE LAS UNIVERSIDADES Y

Más detalles

Conformar la Comisión Especial, creada por la Nonagésima Segunda Disposición

Conformar la Comisión Especial, creada por la Nonagésima Segunda Disposición Conforma la Comisión Especial, creada por la Nonagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Más detalles

GUÍA DE ESTUDIO DE LA UNIDAD II: TEMA 1: LOS INGRESOS PÚBLICOS.

GUÍA DE ESTUDIO DE LA UNIDAD II: TEMA 1: LOS INGRESOS PÚBLICOS. República Bolivariana de Venezuela. Ministerio de Educación Superior. Universidad de Falcón. Punto Fijo, Estado Falcón FINANZAS PÚBLICAS SECCION: G8CA01 PROF.FRANKLIN YAGUA. GUÍA DE ESTUDIO DE LA UNIDAD

Más detalles

Instructivo de Donaciones

Instructivo de Donaciones Instructivo de Donaciones Contenido 1. Definiciones... 3 2. Cuadro Resumen... 4 3. Artículo 46, Ley 3.063 Rentas Municipales... 6 Donantes... 6 Forma de Donación... 6 Fin de la Donación... 6 Acreditación...

Más detalles

Unidad Técnica Operativa / SEE OCI DOCUMENTO N 4. Modelo de Convenio entre la SEE y la organización seleccionada

Unidad Técnica Operativa / SEE OCI DOCUMENTO N 4. Modelo de Convenio entre la SEE y la organización seleccionada Unidad Técnica Operativa / SEE OCI DOCUMENTO N 4 Modelo de Convenio entre la SEE y la organización seleccionada REPÚBLICA DOMINICANA Secretaría de Estado de Educación OFICINA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL

Más detalles

Dirección de Peajes CDEC SIC

Dirección de Peajes CDEC SIC Guía de Aplicación: Contabilidad de Ingresos y Gastos de los Procesos de Licitación de Obras Nuevas del Sistema Troncal Dirección de Peajes CDEC SIC Autor Unidad de Desarrollo de Transmisión Fecha Junio

Más detalles

El carácter urbano o rústico del inmueble dependerá de la naturaleza del suelo.

El carácter urbano o rústico del inmueble dependerá de la naturaleza del suelo. 1. Normativa El Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario (TRLCI), clasifica los bienes inmuebles en urbanos, rústicos

Más detalles

ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA RUSTICA Y URBANA

ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA RUSTICA Y URBANA 1 ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA RUSTICA Y URBANA Articulo 1º.- Hecho Imponible 1.- El Hecho Imponible del Impuesto sobre Bienes Inmuebles está constituido por la titularidad

Más detalles

FONDO de SOLIDARIDAD. Dr. Pablo G. Bertora Laurino

FONDO de SOLIDARIDAD. Dr. Pablo G. Bertora Laurino FONDO de SOLIDARIDAD Dr. Pablo G. Bertora Laurino P R E S E N T A C I O N 16.524 Ley de creación Fondo -25/07/94- Decretos 307 /995, 345 /996, 460 /995 17.296 Ley de creación Adicional -23/02/01- Decreto

Más detalles

Ayuntamiento de Utiel

Ayuntamiento de Utiel Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Instalación de Cajeros Automáticos en las Fachadas de los Inmuebles con Acceso Directo desde la Vía Pública. Expediente nº: 2664/2012 Asunto: Ordenanza Fiscal

Más detalles

PRESUPUESTO CIUDADANO Un presupuesto para el Desarrollo Social y Económico de Sonora

PRESUPUESTO CIUDADANO Un presupuesto para el Desarrollo Social y Económico de Sonora PRESUPUESTO CIUDADANO Un presupuesto para el Desarrollo Social y Económico de Sonora 2017 Secretaría de Hacienda presupuestal.sonora.gob.mx Contenido Formulación, aprobación, ejercicio y control del presupuesto

Más detalles

A continuación se describe los pasos legales fundamentales a seguir:

A continuación se describe los pasos legales fundamentales a seguir: 7 ENTORNO LEGAL A continuación se describe los pasos legales fundamentales a seguir: Compra de terreno. Iniciación de los estudios. Aprobación de planos. Permiso de construcción. Declaratoria de propiedad

Más detalles

NÚMERO 64 Jueves, 2 de abril de 2009

NÚMERO 64 Jueves, 2 de abril de 2009 9258 ORDEN de 30 de marzo de 2009 por la que se aprueban los coeficientes aplicables al valor catastral para estimar el valor real de determinados bienes inmuebles urbanos, radicados en la Comunidad Autónoma

Más detalles

PROCESO CAS Nº MIDIS

PROCESO CAS Nº MIDIS Decenio de las personas con Discapacidad en el Perú Año de la Integración Nacional y el Reconocimiento de Nuestra Diversidad I. GENERALIDADES PROCESO CAS Nº 039-2012- MIDIS 1. Objeto de la Convocatoria

Más detalles

RESOLUCION DE ALCALDIA Nº MDS EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO

RESOLUCION DE ALCALDIA Nº MDS EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO Surquillo, 11 de enero de 2012. RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 0052-2012-MDS EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO Visto, el Memorandum Nº 002-2012-SGCONT/GAF-MDS de fecha nueve de enero de

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE NAVACERRADA

AYUNTAMIENTO DE NAVACERRADA 2.4. TASA POR REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS CON MOTIVO DE LA APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS Artículo 1. FUNDAMENTO Y RÉGIMEN FECHA DE APROBACIÓN DE LA MODIFICACIÓN EN PLENO: 27/03/2014 FECHA

Más detalles

CODIGO UNICO CATASTRAL - CUC

CODIGO UNICO CATASTRAL - CUC CODIGO UNICO CATASTRAL - CUC GUIA DEL CODIGO UNICO CATASTRAL - CUC SNCP SNCP SNCP SNCP Base Legal CODIGO UNICO CATASTRAL - CUC 1.-Ley Nº28294 que crea el SNCP. 2.-Decreto Supremo N 005-2006-JUS: Reglamento

Más detalles

ORDENANZA NUMERO 17. Artículo Primero.- Naturaleza y Fundamento

ORDENANZA NUMERO 17. Artículo Primero.- Naturaleza y Fundamento ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS, ESCUELAS DEPORTIVAS MUNICIPALES Y LA UTILIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS. Artículo Primero.- Naturaleza y Fundamento

Más detalles

TRATAMIENTO TRIBUTARIO DE LAS DONACIONES

TRATAMIENTO TRIBUTARIO DE LAS DONACIONES 1. Antecedentes TRATAMIENTO TRIBUTARIO DE LAS DONACIONES ADRA del Perú con la finalidad de proporcionar información a sus donantes, nos consulta cual es el tratamiento tributario de las donaciones en el

Más detalles

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA ESTADO CARABOBO MUNICIPIO GUACARA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA ESTADO CARABOBO MUNICIPIO GUACARA 1 MUNICIPIO GUACARA El Concejo Municipal del Municipio Guacara del Estado Carabobo, en ejercicio de sus facultades legales y de conformidad a lo dispuesto en el numeral 1 del Artículo 54, Artículos 75,

Más detalles