REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE POSTGRADO E INVESTIGACIÓN

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE POSTGRADO E INVESTIGACIÓN"

Transcripción

1 REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE POSTGRADO E INVESTIGACIÓN Con fundamento en lo establecido en el Artículo 1, 2, 6º fracción I, II, IV, VI, del Capítulo Único, Título Primero; Para regular lo establecido en el artículo 45 Capítulo VII, Título Segundo del Estatuto Orgánico. CAPÍTULO I Generalidades ARTÍCULO 1.- De acuerdo a lo señalado por el Estatuto Orgánico vigente, la Universidad del Noreste considera Estudios de Postgrado aquellos que requieren como antecedente el haber cursado estudios a nivel Licenciatura. ARTÍCULO 2.- Los Estudios de Postgrado constituyen el nivel académico más elevado dentro de los planes y programas de estudio de la universidad. ARTÍCULO 3.- La Universidad del Noreste, tiene como propósitos específicos de sus Programas de Estudios de Postgrado I. Formar profesionales altamente especializados que satisfagan las necesidades de la región y el país; II. Formar profesores e investigadores. ARTÍCULO 4.- Los Estudios de Postgrado que la Universidad ofrece se clasifican en: I. Especialidad; II. Maestría; III. Doctorado. CAPÍTULO II Del Personal Académico ARTÍCULO 5.- Los Profesores de los Programas de Estudios de Postgrado, son propuestos indistintamente por las Direcciones de las Áreas Académicas y/o de Postgrado en forma coordinada. ARTÍCULO 6.- Para formar parte del personal académico se requiere: I. Tener el grado académico correspondiente al nivel del programa en el que participa; II. Tener un mínimo de cinco años de experiencia docente y profesional; III. Gozar de ética profesional, solvencia moral y buenas relaciones interpersonales. ARTÍCULO 7.- Los profesores del área de postgrado tienen los siguientes derechos: I. Libertad de cátedra e investigación para impartir las asignaturas, conforme a los programas de estudio autorizado; II. Percibir la remuneración de acuerdo a las condiciones salariales previstas en su contrato; III. Recibir las distinciones y estímulos que le correspondan según la legislación universitaria; 35

2 IV. Ser notificado personalmente por el director de postgrado, de las resoluciones que afectan su situación académica e inconformarse con las mismas con apego a lo dispuesto en las normas universitarias vigentes; V. Disponer de acuerdo a los reglamentos específicos vigentes, del material y equipo propiedad de la universidad, necesario para cumplir cabalmente con su función como profesor; VI. Asistir a cursos de preparación, actualización, o superación que la universidad ofrece. ARTÍCULO 8.- Los profesores del área de postgrado tienen las siguientes obligaciones: I. Cumplir con todos los requisitos de ingreso establecidos por la Dirección de Servicios Escolares; II. Entregar a la Dirección de Postgrado su plan de actividades y dar a conocer al alumno su programa de trabajo y los criterios de evaluación; III. Cumplir en su totalidad con el programa de estudios oficial; IV. Asesorar tesis y/o formar parte del jurado de exámenes de grado, cuando le sea solicitado por la Dirección de Postgrado; V. Cumplir con los tiempos señalados por el calendario escolar y la Dirección de Postgrado; VI. Capturar los resultados de las evaluaciones en el sistema escolar sin exceder los quince días siguientes a la aplicación de la evaluación; VII. Atender cualquier inconformidad por parte de los alumnos, en relación a la entrega de trabajos y/o calificaciones; VIII. Asistir a los cursos de capacitación como actualización o superación que la universidad ofrezca. CAPÍTULO III De alumnos del Postgrado ARTÍCULO 9.- Para ser alumno de Postgrado se requiere: I. Haber concluido los estudios correspondientes al grado inferior al que se inscribe. II. Tener el título correspondiente o estar en proceso de trámite o realizar los estudios como un mecanismo de titulación; III. Realizar una entrevista con el coordinador del programa; IV. Hacer oportunamente sus trámites de inscripción/ reinscripción ante la Dirección de Servicios Escolares; V. Entregar los documentos correspondientes que señale la Dirección de Servicios Escolares; VI. Realizar los pagos de inscripción y colegiatura de manera oportuna; VII. Que en caso de ser aspirante extranjero y manifieste que no ejercerá profesionalmente en México, puede inscribirse como alumno sin obtener la revalidación correspondiente. ARTÍCULO 10.- El alumno de postgrado tiene los mismos derechos y obligaciones, señalados en el Reglamento Institucional de alumnos y además los que aquí se mencionan: I. Cumplir con el Estatuto Orgánico y los Reglamentos que se encuentren en vigor; II. Los alumnos que hayan cursado estudios en el extranjero como antecedente al programa en que se inscriben, gozarán de un plazo de seis meses para la entrega de sus documentos de revalidación, título y cedula profesional; III. Asistir al 80% del total de sesiones de cada materia; IV. Observar buena conducta y disciplina; V. Mantenerse al corriente con sus pagos por concepto de colegiatura; 36

3 VI. VII. Los alumnos que cursan un programa de postgrado como opción a titulación tienen un plazo máximo de doce meses, a partir de su inscripción para concluir su trámite, de lo contrario no podrá realizar trámite de titulación de postgrado; Deberá manifestar su voluntad de causar baja mediante un escrito dirigido al Director de Postgrado exponiendo sus motivos. ARTÍCULO 11.- Los alumnos de Postgrado se clasifican en regulares e irregulares de acuerdo a lo que señala el Reglamento de Inscripciones, Reinscripciones y Bajas: ARTÍCULO 12.- Se considera baja del alumno, cuando por cualquier circunstancia no se continúe con la educación y formación que está recibiendo de la institución y por la cual se inscribió a la misma. La baja del alumno puede ser temporal, definitiva y por reglamento: I. Es temporal cuando el alumno no se reinscribe en el siguiente grado o ciclo escolar pero tiene la intención de reinscribirse posteriormente para continuar sus estudios y/o cuando no entregue la documentación escolar necesaria para su inscripción definitiva, el cual no podrá exceder de dos ciclos escolares; II. Es definitiva cuando el interesado, realiza el trámite de baja y retira toda la documentación escolar o cuando exista una resolución de baja por faltas al reglamento; III. Es baja por Reglamento, cuando se presente una de las circunstancias que se mencionan en los siguientes incisos, y que por su naturaleza, no es posible otorgar la educación y formación que la institución ha diseñado para sus estudiantes: a) Cuando se detecte en el alumno una marcada inasistencia a clases mayor al 50% sin causa justificada; b) Cuando se compruebe fehacientemente una falta grave de acuerdo a lo establecido en el Estatuto Orgánico y sus reglamentos; esta baja puede ser inmediata sin necesidad de ser estudiada por comisión alguna. ARTÍCULO 13.- La baja por Reglamento es solicitado por la Dirección de Postgrado y Educación Continua, y aprobado por la Dirección de Servicios Escolares. CAPÍTULO IV De las Evaluaciones ARTÍCULO 14.- Las evaluaciones de los Programas serán ordinarias y extraordinarias. ARTÍCULO 15.- Una calificación se compone por las variables que establece el programa de la asignatura, y deben ser conocidas por el responsable académico del programa, el Profesor y los alumnos del curso. Cualquier modificación a los criterios de evaluación debe ser consultada y autorizada por la Dirección de Postgrado y Educación Continua. ARTÍCULO 16.- La calificación mínima aprobatoria en cualquier curso de Postgrado será de siete dentro de una escala del 0 a 10. ARTÍCULO 17.- Para presentar el examen final de una asignatura, el alumno debe: I. Cumplir con todos los requisitos académicos del programa; II. Cumplir con todos los trámites administrativos y pagos correspondientes. ARTÍCULO 18.- La no aprobación de un examen extraordinario de una asignatura, requiere de repetición de curso. 37

4 CAPÍTULO V De la Obtención de Grados Académicos ARTÍCULO 19.- La Universidad otorga títulos de especialidad, maestría y doctorado a través de la Dirección de Servicios Escolares y de la Dirección de Postgrado y Educación Continua. ARTÍCULO 20.- Para obtener el título de Especialidad, Maestría y Doctorado, se requiere: I. Cursar y aprobar el plan de estudios respectivo; II. Cumplir con los requisitos y trámites administrativos exigidos por la Dirección de Servicios Escolares y la Dirección de Postgrado Y Educación Continua; III. Realizar el pago de las cuotas correspondientes. ARTÍCULO 21.- El alumno de Maestría tiene las siguientes opciones para obtener el título: I. Realizar, presentar y sustentar un proyecto aplicado a su área de formación; II. Realizar, presentar, sustentar y aprobar una tesis; III. Aprobar el 50% de los créditos del plan de estudios de un doctorado impartido por la Universidad del Noreste; IV. Aprobar curso de titulación propuesto por la Dirección del Área de Postgrado. ARTÍCULO 22.- El alumno de Doctorado puede obtener el título correspondiente cuando realice, presente, sustente y apruebe su tesis doctoral. ARTÍCULO 23.- Para los exámenes profesionales de postgrado el Jurado examinador debe estar compuesto por los cuerpos colegiados encargados de calificar a los sustentantes y sus miembros deben tener grado académico igual o mayor al que se opta por el examen. Los miembros del comité de Tesis tendrán preferencia para integrar el jurado. ARTÍCULO 24.- El sustentante que solicite examen profesional por tesis y proyecto tendrá derecho a que se le asigne un profesor asesor, el cual es designado por el Director de Postgrado y Educación Continua. En esta opción los integrantes del jurado deben reunirse en un término no menor de quince, ni mayor de treinta días en colegiado para discutir el contenido de la tesis o proyecto, emitiendo el voto en cualquier sentido, debiendo realizarse a partir de la notificación de la designación correspondiente. El voto aprobatorio de tesis y/o proyecto no significa que el sustentante debe ser aprobado en el examen profesional el cuál versa sobre la tesis o proyecto. ARTÍCULO 25.- La Dirección de Postgrado y Educación Continua forma los grupos de sinodales que integran el jurado para los exámenes profesionales atendiendo a la naturaleza de los temas propuestos por los interesados, integrándose los jurados por los titulares de las materias respectivas o por profesores de materias afines. ARTÍCULO 26.- El jurado para el examen profesional debe estar integrado por un Presidente, un secretario y un vocal, quienes son elegidos bajo los siguientes criterios: I. El jurado debe tener como mínimo grado igual o mayor al que se opta; II. III. El presidente debe ser el asesor de tesis; El secretario y vocal se nombran conforme a su antigüedad en la institución, siendo el secretario el que tenga mayor antigüedad. En caso de ausencia del presidente en examen profesional, lo sustituirá el secretario; en ausencia del secretario lo sustituirá el vocal, en ausencia del vocal, lo sustituirá un suplente designado por la Dirección de Postgrado y Educación Continua. 38

5 De no haber suplente que complete al jurado, procede la suspensión del examen para nueva fecha, la que fijará la Dirección de Postgrado y Educación Continua en forma automática y a conveniencia del sustentante, teniéndose por cumplidos los requisitos para la celebración del examen profesional. ARTÍCULO 27.- En ningún caso de examen profesional se permite que integre el jurado, quienes no hubieran sido designados por la Dirección de Postgrado y Educación Continua, debiendo diferir dicho examen por no reunirse el jurado. ARTICULO 28.- A los sinodales tanto titulares como suplentes deben ser notificados de su asignación por escrito, manifestando los mismos su conformidad o inconformidad para asistir, dejando constancias en el Área Académica. ARTICULO 29.- Es obligación de los sinodales notificar con tres días de anticipación, su imposibilidad para asistir al examen. En caso de no hacerlo la Dirección de Postgrado y Educación Continua no volverá a considerarlo en los grupos de sinodales. ARTÍCULO 30.- Los integrantes del jurado tienen la obligación de dar solemnidad al acto, cumpliendo con las siguientes disposiciones: I. Presentarse puntualmente y permanecer todo el tiempo que dure el examen profesional, conservando una conducta adecuada a la solemnidad del acto; II. Vestir formalmente( traje y corbata para hombres y traje sastre para mujeres); III. Durante el examen profesional no se debe consumir ningún alimento sólido; IV. No utilizar instrumentos electrónicos y/o de comunicación. ARTÍCULO 31.- Cada miembro del jurado, debe interrogar al sustentante por un término de veinte minutos como mínimo y treinta minutos como máximo, al terminar de interrogar los miembros del jurado, en forma continua, deliberan libre y reservadamente el resultado del examen profesional. Para aprobar al sustentante se requiere la unanimidad de los integrantes del jurado. ARTÍCULO 32.- La decisión del jurado en un examen profesional será Aprobado o en su caso No Aprobado. El sustentante no aprobado, puede realizar una nueva solicitud, el pago correspondiente y la fecha que se le asigne será en un plazo posterior a tres meses. ARTÍCULO 33.- EL jurado puede otorgar mención honorifica por tesis o proyecto al sustentante cuando se reúnan los siguientes requisitos: I. Haber obtenido en exámenes finales durante todo el programa un promedio general de nueve o más; II. Que haya presentado una tesis o proyecto de excelente calidad; III. Sustentar un examen que a juicio de los integrantes del jurado, justifiquen el otorgamiento de tal distinción. ARTÍCULO 34.- Se otorga felicitación especial al sustentante que no habiendo obtenido promedio general de 9, reúna cualquiera de los siguientes requisitos: I. Sustentar una réplica de excelencia en el examen profesional; II. Presentar un trabajo de tesis de excelente calidad. ARTÍCULO 35.- Los exámenes profesionales deben ser abiertos al público, invitándose a la comunidad universitaria para asistir a esta ceremonia; excepto cuando exista algún inconveniente que debe ser evaluado por la Dirección de Postgrado y Educación Continua. ARTÍCULO 36.- Los alumnos deben presentase con puntualidad, el día y hora del examen profesional, así mismo vestir con formalidad: hombres con traje y corbata y mujeres con traje 39

6 sastre. Los asistentes al examen profesional se abstendrán de utilizar cualquier instrumento electrónico y de comunicación durante el tiempo que dure el examen. ARTÍCULO 37.- El alumno que acredito su proceso de titulación por cualquiera de las opciones que se mencionan en este reglamento, debe tomar protesta profesional y esta debe realizarse en presencia del jurado designado. ARTÍCULO 38.- Cuando un alumno opte por la titulación a través de un proyecto o tesis aplicada a su área de formación, deberá hacerlo dentro de las líneas de investigación del programa, con la autorización para iniciar el proyecto por parte de la Dirección de Postgrado y Educación Continua. ARTÍCULO 39.- Para los proyectos o tesis aplicada a su área de formación, el anteproyecto debe ir acompañado del cronograma de trabajo y presentar avances del mismo periódicamente a criterio del asesor hasta concluir el proyecto y/o trabajo de investigación. ARTÍCULO 40.- Tratándose de los cursos de titulación en maestría es necesario que el alumno presente un informe preventivo y sea autorizado por el profesor que imparte el curso, para dar paso a la toma de protesta correspondiente. ARTÍCULO 41.- En relación al diplomado de titulación puede ser construido específicamente o adoptar alguno de los que se ofrecen en el postgrado, siempre y cuando los contenidos correspondan al perfil de egreso del programa; además debe generar un producto de aprendizaje que muestre evidencia de la competencia lograda. ARTÍCULO 42.- La Dirección de Postgrado y Educación Continua es la única autoridad facultada para autorizar los cursos y diplomados como opción de titulación y para notificar dicha autorización a la Dirección de Servicios Escolares. ARTÍCULO 43.- El alumno que opte por titulación a través de maestría o doctorado debe realizar el trámite de solicitud con su director de área y obtener la autorización correspondiente para notificar oportunamente a la Dirección de Servicios Escolares. ARTÍCULO 44.- Las investigaciones que sean presentadas como tesis para la obtención de un grado, deben estar sujetas a las normas establecidas en el Reglamento para Elaboración de Protocolos de Investigación, Tesis y Artículos científicos, y el documento: Lo esencial de la Asociación Americana de Psicología. ARTÍCULO 45.- Las investigaciones llevadas a cabo por alumnos de un programa de postgrado, deben cumplir con lo establecido en las políticas del Plan Rector de Investigación vigente. ARTÍCULO 46.- Las investigaciones que el alumno de postgrado realice, pueden ser: I. Trabajos de investigación para la formación de habilidades científicas en los alumnos del Postgrado; II. Trabajos de investigación que sean requeridos para la elaboración y redacción de una tesis de grado; III. Investigaciones llevadas a término entre los profesores de los programas de Estudios de Postgrado; IV. Programas de investigación en que las Áreas Académicas se vean vinculadas con otros investigadores o instituciones de educación superior, sector productivo o sociedad, tanto nacional como el extranjero. 40

7 CAPÍTULOVI De los Planes y Programas de Estudio ARTÍCULO 47.- El diseño y/o rediseño de planes y programas para estudios de Postgrado, son corresponsabilidad del Director de Área Académica y la Dirección de Postgrado y Educación Continua, quienes a su vez se apoyan con especialistas, internos y externos, que se requieran. ARTÍCULO 48.- La revisión o actualización de los contenidos del plan de estudios de Postgrado, ha de efectuarse cada dos generaciones de alumnos, en cada programa, mediante un Comité de Revisión establecido por la Dirección de Postgrado y Educación Continua, supervisado por el coordinador académico del programa y acorde al Modelo Educativo vigente. ARTÍCULO 49.- La modalidad educativa de los programas de estudios de Postgrado podrá ser: I. Escolarizada; II. Semi-escolarizada; III. A distancia. ARTÍCULO 50.- El número de créditos de los programas de Postgrado se sujetará a los criterios establecidos por la Secretaría de Educación Pública. ARTÍCULO 51.- La equivalencia y revalidación de asignaturas de programas de postgrado, se acreditará previo estudio de la Dirección de Postgrado y Educación Continua y autorización de la Dirección de Servicios Escolares, apegados al Reglamento respectivo. CAPÍTULO VII De la Comisión Académica ARTÍCULO 52.- La Comisión Académica de la Dirección de Postgrado y Educación continua se regirá por lo general en el Reglamento para la Comisión Académica institucional, y en las situaciones particulares del área y/o no previstas por dicho reglamento, su resolución será facultad de la Dirección de Postgrado y Educación Continua. ARTICULOS TRANSITORIOS. PRIMERO. Este reglamento abroga todos los reglamentos anteriores. SEGUNDO El presente reglamento entrara en vigor a partir del 1º. De Septiembre de

REGLAMENTO DE LA DIVISIÓN DEL DOCTORADO DE LA FACULTAD DE MEDICINA 1 CAPÍTULO I OBJETO

REGLAMENTO DE LA DIVISIÓN DEL DOCTORADO DE LA FACULTAD DE MEDICINA 1 CAPÍTULO I OBJETO REGLAMENTO DE LA DIVISIÓN DEL DOCTORADO DE LA FACULTAD DE MEDICINA 1 CAPÍTULO I OBJETO Artículo 1º.- La División del Doctorado de la Escuela Nacional de Medicina tiene por fines principales los siguientes:

Más detalles

Autor Fecha Creación Actualización Próxima Revisión Dirección General Académica Octubre 2010 Julio 2012 Julio 2013 TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

Autor Fecha Creación Actualización Próxima Revisión Dirección General Académica Octubre 2010 Julio 2012 Julio 2013 TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Reglamento REG-GEN-003-1 Para el egreso y titulación (RVOE estatal) Autor Fecha Creación Actualización Próxima Revisión Dirección General Académica Octubre 2010 Julio 2012 Julio 2013 TÍTULO I DISPOSICIONES

Más detalles

Artículo 2.- Son requisitos para obtener el diploma de Especialidad o el grado de Maestría o de Doctorado, que el solicitante acredite:

Artículo 2.- Son requisitos para obtener el diploma de Especialidad o el grado de Maestría o de Doctorado, que el solicitante acredite: REGLAMENTO GENERAL DE TITULACIÓN PARA POSGRADO EDICIÓN: PERIODO OTOÑO 2003 Capítulo I GENERALIDADES Artículo 1.- El presente reglamento es de observancia general para los estudiantes que han cumplido con

Más detalles

INSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR DE ZAPOPAN

INSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR DE ZAPOPAN INSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR DE ZAPOPAN REGLAMENTO DE TITULACION EN EL INSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR DE ZAPOPAN 1 Disposiciones generales Artículo 1. El presente Reglamento establece las normas a que

Más detalles

NORMAS COMPLEMENTARIAS AL REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSGRADO PARA LOS PROGRAMAS QUE SE IMPARTEN EN LA FACULTAD DE DERECHO, CAMPUS MEXICALI

NORMAS COMPLEMENTARIAS AL REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSGRADO PARA LOS PROGRAMAS QUE SE IMPARTEN EN LA FACULTAD DE DERECHO, CAMPUS MEXICALI NORMAS COMPLEMENTARIAS AL REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSGRADO PARA LOS PROGRAMAS QUE SE IMPARTEN EN LA FACULTAD DE DERECHO, CAMPUS MEXICALI CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Las presentes

Más detalles

Coordinación de Estudios de Posgrado Reglamento de Titulación REGLAMENTO DE TITULACIÓN

Coordinación de Estudios de Posgrado Reglamento de Titulación REGLAMENTO DE TITULACIÓN REGLAMENTO DE TITULACIÓN 1 CONTENIDO I. DISPOSICIONES GENERALES 3 II. DEL TRABAJO DE INVESTIGACIÓN PARA TITULACIÓN. 3 III. DE LOS TRÁMITES 4 A) REGISTRO DEL TEMA DE TESIS 4 B. SEGUIMIENTO DE TESIS. 4 C.

Más detalles

MAESTRÍA Y DOCTORADO EN PSICOLOGÍA

MAESTRÍA Y DOCTORADO EN PSICOLOGÍA MAESTRÍA Y DOCTORADO EN PSICOLOGÍA Entidades académicas participantes: Facultad de Psicología, Facultad de Estudios Superiores Iztacala, Facultad de Estudios Superiores Zaragoza. Entidades afines: Instituto

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS Mayo 2012

REGLAMENTO DE BECAS Mayo 2012 REGLAMENTO DE BECAS Mayo 2012 Universidad Marista de San Luis Potosí 1 TITULO I CAPÍTULO I DEL OBJETO, FINES Y CONCEPTO Artículo 1. El presente Reglamento establece las bases y criterios que regulan el

Más detalles

REGLAMENTO DE TITULACIÓN

REGLAMENTO DE TITULACIÓN REGLAMENTO DE TITULACIÓN CAPÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES Art. 1o. El presente reglamento se ha elaborado para orientar y normar los procedimientos que para titularse deben seguir los alumnos

Más detalles

REGLAMENTOS INSTITUCIONALES REGLAMENTACIÓN DE ALUMNOS Reglamento de Revalidaciones y Equivalencias

REGLAMENTOS INSTITUCIONALES REGLAMENTACIÓN DE ALUMNOS Reglamento de Revalidaciones y Equivalencias REGLAMENTOS INSTITUCIONALES REGLAMENTACIÓN DE ALUMNOS Reglamento de Revalidaciones y Equivalencias ÍNDICE DEL REGLAMENTO DE REVALIDACIONES Y EQUIVALENCIAS CAPÍTULO I Generalidades...3 CAPÍTULO II Del estudio

Más detalles

OPCIONES DE TITULACIO N (MODELO EDUCATIVO ENFACE)

OPCIONES DE TITULACIO N (MODELO EDUCATIVO ENFACE) OPCIONES DE TITULACIO N (MODELO EDUCATIVO ENFACE) GUÍA INFORMATIVA En esta guía se presenta la descripción de las opciones de titulación de los programas educativos del Modelo Educativo ENFACE, el procedimiento

Más detalles

PROGRAMA REGLAMENTADO DE BECAS

PROGRAMA REGLAMENTADO DE BECAS PROGRAMA REGLAMENTADO DE BECAS La Facultad de Medicina de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí, en colaboración con el Comité de Padres de Familia de la Facultad de Medicina, ha creado un Programa

Más detalles

NORMAS DE CONTROL ESCOLAR

NORMAS DE CONTROL ESCOLAR Objetivo Establecer las normas aplicables para todos los estudiantes inscritos en planteles del Bachillerato General, Modalidad Escolarizada, con la finalidad de dar seguimiento a su trayectoria académica

Más detalles

UNIVERSIDAD DE LIMA REGLAMENTO

UNIVERSIDAD DE LIMA REGLAMENTO UNIVERSIDAD DE LIMA REGLAMENTO GENERAL DE GRADOS Y TÍTULOS ENERO 2016 ÍNDICE TÍTULO I Generalidades 3 TÍTULO II Condición de egresado 3 TÍTULO III Grado académico de Bachiller 4 TÍTULO IV Título profesional

Más detalles

Facultad de Ciencias Químicas e Ingeniería. Potenciales a egresar

Facultad de Ciencias Químicas e Ingeniería. Potenciales a egresar UA Facultad de Ciencias Químicas e Ingeniería BC Potenciales a egresar Después de cumplir con todos los requisitos de egreso que sigue? Registro como Potencial a egresar (Forma EG01) Certificado de estudios

Más detalles

PROCEDIMIENTOS E INSTRUCTIVOS DE GRADOS Y TÍTULOS PARA LA CARRERA DE PSICOLOGÍA TÍTULO I GENERALIDADES CAPÍTULO I CONTENIDO Y ALCANCES

PROCEDIMIENTOS E INSTRUCTIVOS DE GRADOS Y TÍTULOS PARA LA CARRERA DE PSICOLOGÍA TÍTULO I GENERALIDADES CAPÍTULO I CONTENIDO Y ALCANCES PROCEDIMIENTOS E INSTRUCTIVOS DE GRADOS Y TÍTULOS PARA LA CARRERA DE PSICOLOGÍA TÍTULO I GENERALIDADES CONTENIDO Y ALCANCES Artículo Nº 1 El presente Reglamento contiene las normas complementarias y de

Más detalles

REGLAMENTO DE ESTADÍA CAPITULO I DEFINICIONES GENERALES

REGLAMENTO DE ESTADÍA CAPITULO I DEFINICIONES GENERALES REGLAMENTO DE ESTADÍA CAPITULO I DEFINICIONES GENERALES Cuando en este Reglamento se utilice el término Universidad, se entenderá que se refiere a la Universidad Tecnológica de Oriental, la cual es miembro

Más detalles

UNIVERSIDAD DON BOSCO VICERRECTORÍA ACADÉMICA REGLAMENTO DE EQUIVALENCIAS Y CONVALIDACIONES DE LA UNIVERSIDAD DON BOSCO

UNIVERSIDAD DON BOSCO VICERRECTORÍA ACADÉMICA REGLAMENTO DE EQUIVALENCIAS Y CONVALIDACIONES DE LA UNIVERSIDAD DON BOSCO UNIVERSIDAD DON BOSCO VICERRECTORÍA ACADÉMICA REGLAMENTO DE EQUIVALENCIAS Y CONVALIDACIONES DE LA UNIVERSIDAD DON BOSCO SEPTIEMBRE DE 2008 REGLAMENTO DE EQUIVALENCIAS Y CONVALIDACIONES DE LA UNIVERSIDAD

Más detalles

Artículo 2. Para efectos del presente reglamento, según la Norma Oficial Mexicana 090-SSA1-1994, se entiende como:

Artículo 2. Para efectos del presente reglamento, según la Norma Oficial Mexicana 090-SSA1-1994, se entiende como: UDEM.. Documento Clave Emisor Vigente desde Modificación Revisión Página C22-060-A DICSA 10/02/2011 - Cada cinco años 1 de 6 índice CAPiTULO I De las Disposiciones Generales CAPiTULO 11 De la Admisión

Más detalles

Facultad de Comercio Exterior y Relaciones Internacionales

Facultad de Comercio Exterior y Relaciones Internacionales Directiva N -01 OGYT-FCEyRI-2016 I. Finalidad Normar los procedimientos del Taller de Tesis de la Facultad de Comercio Exterior y. II. Fundamento Legal 1. Ley Universitaria N 30220. 2. Ley N 28740 del

Más detalles

Lineamiento de Educación Media Superior a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México

Lineamiento de Educación Media Superior a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México Lineamiento de Educación Media Superior a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México OFICINA DEL ABOGADO GENERAL LINEAMIENTOS DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR A DISTANCIA DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA

Más detalles

REGLAMENTO DE EXÁMENES PREPARATORIOS

REGLAMENTO DE EXÁMENES PREPARATORIOS REGLAMENTO DE EXÁMENES PREPARATORIOS El Consejo de Facultad de Ciencias Jurídicas de la Pontificia Universidad Javeriana, en ejercicio de la atribución consagrada en el Capítulo V, numeral 89 del Reglamento

Más detalles

REGLAMENTO DE TITULACIÓN PROFESIONAL

REGLAMENTO DE TITULACIÓN PROFESIONAL UNIVERSIDAD MICHOACANA DE SAN NICOLÁS DE HIDALGO FACULTAD DE INGENIERÍA CIVIL REGLAMENTOS INTERNOS REGLAMENTO DE TITULACIÓN PROFESIONAL Morelia, Michoacán, Mayo de 2009 UNIVERSIDAD MICHOACANA DE SAN NICOLÁS

Más detalles

CENTRO DE INVESTIGACIONES Y ESTUDIOS SUPERIORES EN ANTROPOLOGÍA SOCIAL REGLAMENTO GENERAL DEL PROGRAMA BECAS DEL CIESAS

CENTRO DE INVESTIGACIONES Y ESTUDIOS SUPERIORES EN ANTROPOLOGÍA SOCIAL REGLAMENTO GENERAL DEL PROGRAMA BECAS DEL CIESAS CENTRO DE INVESTIGACIONES Y ESTUDIOS SUPERIORES EN ANTROPOLOGÍA SOCIAL REGLAMENTO GENERAL DEL PROGRAMA BECAS DEL CIESAS CONSIDERANDO: - Que el CIESAS es un organismo público descentralizado, con personalidad

Más detalles

LICENCIATURA EN 2 AÑOS Y 8 MESES LICENCIATURA EN PSICOLOGÍA DEPORTIVA RVOE SEP ESLI REGISTRO FEDERAL DE PROFESIONES

LICENCIATURA EN 2 AÑOS Y 8 MESES LICENCIATURA EN PSICOLOGÍA DEPORTIVA RVOE SEP ESLI REGISTRO FEDERAL DE PROFESIONES 1 LICENCIATURA EN 2 AÑOS Y 8 MESES LICENCIATURA EN PSICOLOGÍA DEPORTIVA RVOE SEP ESLI-1817-111-2012 REGISTRO FEDERAL DE PROFESIONES 275301 ASISTIENDO A CLASES UN VIERNES, UN SÁBADO Y UN DOMINGO CADA 4

Más detalles

LICENCIATURA EN 2 AÑOS Y 8 MESES LICENCIATURA EN ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS RVOE SEP ESLI REGISTRO FEDERAL DE PROFESIONES

LICENCIATURA EN 2 AÑOS Y 8 MESES LICENCIATURA EN ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS RVOE SEP ESLI REGISTRO FEDERAL DE PROFESIONES 1 LICENCIATURA EN 2 AÑOS Y 8 MESES LICENCIATURA EN ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS RVOE SEP ESLI-1817-112-2012 REGISTRO FEDERAL DE PROFESIONES 621312 ASISTIENDO A CLASES UN VIERNES, UN SÁBADO Y UN DOMINGO

Más detalles

REQUISITOS GENERALES DE ADMISIÓN MAESTRÍA EN CIENCIAS EN INGENIERÍA MECÁNICA

REQUISITOS GENERALES DE ADMISIÓN MAESTRÍA EN CIENCIAS EN INGENIERÍA MECÁNICA EL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL A TRAVÉS DE LA ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA MECÁNICA Y ELÉCTRICA UNIDAD ZACATENCO CONVOCA A TODOS LOS INTERESADOS A INGRESAR A LOS PROGRAMAS DE POSGRADO EN INGENIERÍA

Más detalles

COLEGIO DE BACHILLERES

COLEGIO DE BACHILLERES COLEGIO DE BACHILLERES REGLAMENTO GENERAL DE INSCRIPCIONES, REINSCRIPCIONES Y EVALUACIÓN DEL APRENDIZAJE Marzo, 2001 C O N T E N I D O Capítulo I. DISPOSICIONES GENERALES 3 Capítulo II. DEL INGRESO AL

Más detalles

PROGRAMA SEMESTRAL DE RESIDENCIAS PROFESIONALES AGOSTO DICIEMBRE 2016

PROGRAMA SEMESTRAL DE RESIDENCIAS PROFESIONALES AGOSTO DICIEMBRE 2016 El Instituto Tecnológico de Querétaro, buscando fortalecer la vinculación entre la Educación Superior y los Sectores productivos de bienes y servicios C O N V O C A A todos los alumnos de nivel Licenciatura

Más detalles

PROCEDIMIENTO INTERNO PARA SOLICITUD DE BECAS PARA ESTUDIANTES EXTERNOS

PROCEDIMIENTO INTERNO PARA SOLICITUD DE BECAS PARA ESTUDIANTES EXTERNOS COMISIÓN DE BECARIOS PROCEDIMIENTO INTERNO PARA SOLICITUD DE BECAS PARA ESTUDIANTES EXTERNOS Elaborado por la Subdirección de Docencia Revisado por la Dirección Académica e integrantes de la Comisión de

Más detalles

PROCEDIMIENTO PARA CAMBIO DE CARRERA DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE ARANDAS

PROCEDIMIENTO PARA CAMBIO DE CARRERA DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE ARANDAS PROCEDIMIENTO PARA CAMBIO DE CARRERA DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE ARANDAS Página 1 de 10 1. Propósito Establecer las normas que permitan a los estudiantes cambiar de carrera en los Institutos

Más detalles

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA. UNIDAD XOCHIMILCO División de Ciencias y Artes para el Diseño

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA. UNIDAD XOCHIMILCO División de Ciencias y Artes para el Diseño UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA UNIDAD XOCHIMILCO División de Ciencias y Artes para el Diseño Maestría en Ciencias y Artes para el Diseño Grado: Maestro o Maestra en Ciencias y Artes para el Diseño

Más detalles

Procedimiento Operativo para la Inscripción, Acreditación, Regularización y Certificación

Procedimiento Operativo para la Inscripción, Acreditación, Regularización y Certificación Página: 1 de 9 1. Propósito. Regular el ingreso y registro de los aspirantes seleccionados y regular y controlar el registro del reingreso de los alumnos promovidos de semestre. Establecer los requisitos

Más detalles

CREA EL GRADO DE MAGISTER EN ESTUDIOS DE GENERO Y CULTURA CON MENCIONES Y APRUEBA REGLAMENTO Y PLAN DE ESTUDIOS A. REGLAMENTO TITULO I

CREA EL GRADO DE MAGISTER EN ESTUDIOS DE GENERO Y CULTURA CON MENCIONES Y APRUEBA REGLAMENTO Y PLAN DE ESTUDIOS A. REGLAMENTO TITULO I 138 CREA EL GRADO DE MAGISTER EN ESTUDIOS DE GENERO Y CULTURA CON MENCIONES Y APRUEBA REGLAMENTO Y PLAN DE ESTUDIOS Decreto Universitario N 0018662 de 21 de noviembre de 2000 1. Apruébase la creación del

Más detalles

Reglamento General para la Obtención del Grado Académico

Reglamento General para la Obtención del Grado Académico Reglamento General para la Obtención del Grado Académico MARCO De acuerdo a la Constitución Política del Estado, Artículo 188; Ley de la Reforma Educativa, Artículo 23; Reglamento Institucional de Universidades

Más detalles

C O N V O C A T O R I A

C O N V O C A T O R I A Instituto Politécnico Nacional Escuela Superior de Cómputo Sección de Estudios de Posgrado e Investigación El Instituto Politécnico Nacional, a través de la Escuela Superior de Cómputo se complace en emitir

Más detalles

REGLAMENTO PARA EL CONCURSO PÚBLICO DE NOMBRAMIENTO DE PLAZAS VACANTES EN LA CATEGORÍA DE DOCENTE PRINCIPAL, ASOCIADO Y AUXILIAR DE LAS FACULTADES

REGLAMENTO PARA EL CONCURSO PÚBLICO DE NOMBRAMIENTO DE PLAZAS VACANTES EN LA CATEGORÍA DE DOCENTE PRINCIPAL, ASOCIADO Y AUXILIAR DE LAS FACULTADES REGLAMENTO PARA EL CONCURSO PÚBLICO DE NOMBRAMIENTO DE PLAZAS VACANTES EN LA CATEGORÍA DE DOCENTE PRINCIPAL, ASOCIADO Y AUXILIAR DE LAS FACULTADES ARTICULO PRIMERO.- FINALIDAD. TITULO I GENERALIDADES CAPITULO

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL DE INSCRIPCIONES

REGLAMENTO GENERAL DE INSCRIPCIONES I. Primer ingreso a Bachillerato y Licenciatura Artículo 1o.- La Universidad Nacional Autónoma de México selecciona a sus estudiantes tomando en cuenta el grado de capacitación académica y las condiciones

Más detalles

ESTATUTO ORGÁNICO DE LA ESCUELA NACIONAL DE CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES

ESTATUTO ORGÁNICO DE LA ESCUELA NACIONAL DE CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES ESTATUTO ORGÁNICO DE LA ESCUELA NACIONAL DE CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES El Consejo Universitario en sesión del 3 de mayo de 1951, aprobó este ordenamiento en los siguientes términos: CAPÍTULO I DISPOSICIONES

Más detalles

UNIVERSIDAD ESTATAL PENINSULA DE SANTA ELENA

UNIVERSIDAD ESTATAL PENINSULA DE SANTA ELENA EL HONORABLE CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO CONSIDERANDO: Que, el Reglamento de Régimen Académico del Sistema Nacional de Educación Superior en el Art. 18 establece que el crédito es una unidad de tiempo

Más detalles

ESCUELA DE POSTGRADO EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS ESPAE ESPOL REGLAMENTO DE ESTUDIOS PARA MAESTRIAS EN MODALIDAD PRESENCIAL- FORMATO EJECUTIVO

ESCUELA DE POSTGRADO EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS ESPAE ESPOL REGLAMENTO DE ESTUDIOS PARA MAESTRIAS EN MODALIDAD PRESENCIAL- FORMATO EJECUTIVO 1256 ESCUELA DE POSTGRADO EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS ESPAE ESPOL REGLAMENTO DE ESTUDIOS PARA MAESTRIAS EN MODALIDAD PRESENCIAL- FORMATO EJECUTIVO La ESPAE, mediante resolución No. 82-11-369, creó el

Más detalles

Lineamientos generales de titulación, obtención del diploma de especialización y grado de maestro o doctor

Lineamientos generales de titulación, obtención del diploma de especialización y grado de maestro o doctor LINEAMIENTOS GENERALES DE TITULACIÓN, OBTENCIÓN DEL DIPLOMA DE ESPECIALIZACIÓN Y GRADO DE MAESTRO O DOCTOR. (Aprobado por el H. Consejo Académico Universitario en sesión celebrada en febrero de 2004 y

Más detalles

Normas de funcionamiento del programa de post-grado Maestria en Inmunologia. De las definiciones, de los objetivos y de los requisitos.

Normas de funcionamiento del programa de post-grado Maestria en Inmunologia. De las definiciones, de los objetivos y de los requisitos. Normas de funcionamiento del programa de post-grado Maestria en Inmunologia CAPITULO I De las definiciones, de los objetivos y de los requisitos. ARTICULO 1.- El Curso de Maestría en Inmunología es un

Más detalles

Reglamento de Titulación IPN UNIVERSIDAD DE NEGOCIOS ISEC. REGLAMENTO DE TITULACIÓN, ESTUDIOS CON R.V.O.E. I.P.N. CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES.

Reglamento de Titulación IPN UNIVERSIDAD DE NEGOCIOS ISEC. REGLAMENTO DE TITULACIÓN, ESTUDIOS CON R.V.O.E. I.P.N. CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES. Reglamento de Titulación IPN UNIVERSIDAD DE NEGOCIOS ISEC. REGLAMENTO DE TITULACIÓN, ESTUDIOS CON R.V.O.E. I.P.N. CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES. Artículo 1. El presente Reglamento establece las normas

Más detalles

REGLAMENTO DE PRACTICAS PROFESIONALES

REGLAMENTO DE PRACTICAS PROFESIONALES 1 TITULO PRIMERO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES ::::.. 3 CAPITULO II DE LOS OBJETIVOS DE LAS PRÁCTICAS PROFESIONALES 3 CAPITULO III DE LA DURACION Y LOS REQUISITOS PARA LA PRESTACION DE..... 4 CAPITULO

Más detalles

REGLAMENTO DE AÑO SABÁTICO PARA DOCENTES REGLAMENTO DE AÑO SABÁTICO PARA DOCENTES DE LA UNIVERSIDAD BOLIVIANA

REGLAMENTO DE AÑO SABÁTICO PARA DOCENTES REGLAMENTO DE AÑO SABÁTICO PARA DOCENTES DE LA UNIVERSIDAD BOLIVIANA REGLAMENTO DE AÑO SABÁTICO PARA DOCENTES REGLAMENTO DE AÑO SABÁTICO PARA DOCENTES DE LA UNIVERSIDAD BOLIVIANA 379 XI CONGRESO NACIONAL DE UNIVERSIDADES REGLAMENTO DE AÑO SABÁTICO PARA DOCENTES DE LA UNIVERSIDAD

Más detalles

DOCTORADO EN: ADMINISTRACIÓN

DOCTORADO EN: ADMINISTRACIÓN El Instituto Nacional de Estudios Fiscales En alianza con CONVOCA A Ser parte del DOCTORADO EN: ADMINISTRACIÓN Generación 2017-2019 El DOCTORADO en ADMINISTRACIÓN tiene como objetivo: Formar a través de

Más detalles

CONVOCATORIA No. IFTDH DOCENTE LOGÍSTICA MEDIO TIEMPO

CONVOCATORIA No. IFTDH DOCENTE LOGÍSTICA MEDIO TIEMPO CONVOCATORIA No. IFTDH - 006 DOCENTE LOGÍSTICA MEDIO TIEMPO La Subdirección de Gestión Humana de la Corporación Universitaria Minuto de Dios Seccional Bello, invita a las personas interesadas a participar

Más detalles

POR LA CUAL SE REGLAMENTA LA APERTURA, EL FUNCIONAMIENTO Y CIERRE DE LAS INSTITUCIONES TÉCNICAS SUPERIORES

POR LA CUAL SE REGLAMENTA LA APERTURA, EL FUNCIONAMIENTO Y CIERRE DE LAS INSTITUCIONES TÉCNICAS SUPERIORES RESOLUCIÓN N :237/04 POR LA CUAL SE REGLAMENTA LA APERTURA, EL FUNCIONAMIENTO Y CIERRE DE LAS INSTITUCIONES TÉCNICAS SUPERIORES Asunción, 02 de junio del 2004 VISTA: La disposición del artículo 50 de la

Más detalles

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PANAMÁ CONSEJO ACADÉMICO

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PANAMÁ CONSEJO ACADÉMICO CACAD-REGL.-05 UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PANAMÁ CONSEJO ACADÉMICO REGLAMENTO DE REVALIDA DE TITULO Y RECONOCIMIENTO DE LA AUTORIDAD ACADEMICA DE UNA UNIVERSIDAD EXTRANJERA PARA EXPEDIR UN TITULO EN PARTICULAR

Más detalles

TECNICO DE NIVEL SUPERIOR EN TRABAJO SOCIAL Y GESTION COMUNITARIA. Título: Técnico de Nivel Superior en Trabajo Social y Gestión Comunitaria.

TECNICO DE NIVEL SUPERIOR EN TRABAJO SOCIAL Y GESTION COMUNITARIA. Título: Técnico de Nivel Superior en Trabajo Social y Gestión Comunitaria. TECNICO DE NIVEL SUPERIOR EN TRABAJO SOCIAL Y GESTION COMUNITARIA 1.- IDENTIFICACIÓN DE LA CARRERA: Título: Técnico de Nivel Superior en Trabajo Social y Gestión Comunitaria. 2.- DESCRIPCION DE LA CARRERA:

Más detalles

Plan de Estudios del Programa de Doctorado en Ciencias Especialidad Matemática Educativa 2010

Plan de Estudios del Programa de Doctorado en Ciencias Especialidad Matemática Educativa 2010 Plan de Estudios del Programa de Doctorado en Ciencias Especialidad Matemática Educativa 2010 Departamento: Matemática Educativa Unidad Académica: Centro de Investigación y de Estudios Avanzados del I.P.N.

Más detalles

Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Especialización en Gestión de Organizaciones con Fines Sociales

Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Especialización en Gestión de Organizaciones con Fines Sociales Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Especialización en Gestión de Organizaciones con Fines Sociales Especialización en Gestión de Organizaciones con Fines Sociales Reglamento

Más detalles

REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE PUEBLA INDICE:

REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE PUEBLA INDICE: TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES TÍTULO SEGUNDO DEL INGRESO TÍTULO TERCERO DE LA CALIDAD DE ALUMNO REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE PUEBLA INDICE: TÍTULO CUARTO DE LAS INSCRIPCIONES

Más detalles

Reglamento General de Exámenes

Reglamento General de Exámenes Reglamento General de Exámenes 7 Reglamento General de Exámenes CAPÍTULO I. Disposiciones Generales Artículo 1. El conocimiento de las asignaturas que se imparten en las escuelas y facultades de la Universidad

Más detalles

REGLAMENTO DE EVALUACIONES

REGLAMENTO DE EVALUACIONES REGLAMENTO DE EVALUACIONES 2016 Título I Disposiciones Generales Artículo 1 : Objeto del reglamento El presente reglamento regula los aspectos referidos a las evaluaciones de los estudiantes durante sus

Más detalles

CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y DE ESTUDIOS AVANZADOS DEL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL. Departamento de Ingeniería Eléctrica

CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y DE ESTUDIOS AVANZADOS DEL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL. Departamento de Ingeniería Eléctrica CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y DE ESTUDIOS AVANZADOS DEL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL Departamento de Ingeniería Eléctrica Reglamento Académico del Programa de Maestría en Ciencias en Ingeniería Eléctrica

Más detalles

CONVOCATORIA Programa de Becas para la Formación y Desarrollo de Capital Humano del IMP Becas

CONVOCATORIA Programa de Becas para la Formación y Desarrollo de Capital Humano del IMP Becas CONVOCATORIA Programa de Becas 01-2016 El Instituto Mexicano del Petróleo (IMP), organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal reconocido como Centro Público de Investigación,

Más detalles

1. OBJETIVO El presente procedimiento tiene como objetivo normar el desarrollo del internado de los alumnos de la carrera de psicología

1. OBJETIVO El presente procedimiento tiene como objetivo normar el desarrollo del internado de los alumnos de la carrera de psicología de 6. OBJETIVO El presente procedimiento tiene como objetivo normar el desarrollo del internado de los alumnos de la carrera de psicología 2. ALCANCE El presente procedimiento aplica para todos los estudiantes

Más detalles

UNIVERSIDAD DE GUANAJUATO FACULTAD DE INGENIERIA MECANICA, ELECTRICA Y ELECTRONICA

UNIVERSIDAD DE GUANAJUATO FACULTAD DE INGENIERIA MECANICA, ELECTRICA Y ELECTRONICA UNIVERSIDAD DE GUANAJUATO FACULTAD DE INGENIERIA MECANICA, ELECTRICA Y ELECTRONICA 1. PRESENTACIÓN MAESTRIA EN INGENIERIA ELECTRICA (Opción: Instrumentación y Sistemas Digitales) La Maestría en Ingeniería

Más detalles

LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN DE LOS PROGRAMAS EDUCATIVOS POR COMPETENCIAS PROFESIONALES

LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN DE LOS PROGRAMAS EDUCATIVOS POR COMPETENCIAS PROFESIONALES LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN DE LOS PROGRAMAS EDUCATIVOS POR COMPETENCIAS PROFESIONALES INTRODUCCIÓN 12 de octubre de 2010 Los presentes lineamientos son el resultado de los trabajos realizados por la Comisión

Más detalles

NORMAS SOBRE EL EXAMEN PREDOCTORAL

NORMAS SOBRE EL EXAMEN PREDOCTORAL NORMAS SOBRE EL EXAMEN PREDOCTORAL 1. El examen predoctoral es un requisito de graduación previsto en el Art. 52 del Reglamento de Doctorado en Ciencias, donde se especifican las condiciones para solicitarlo.

Más detalles

CONVOCATORIA CONVOCA BASES

CONVOCATORIA CONVOCA BASES CONVOCATORIA CAMBIO DE ADSCRIPCIÓN EN LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE YUCATÁN, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 61 DE LA LEY GENERAL DEL SERVICIO PROFESIONAL DOCENTE,

Más detalles

ANEXO 01 INSTRUCTIVO PARA EL MODELO DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS

ANEXO 01 INSTRUCTIVO PARA EL MODELO DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS ANEXO 01 INSTRUCTIVO PARA EL MODELO DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS I. GENERALIDADES Comprende la información general acerca del proceso de contratación administrativa

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO FACULTAD DE DERECHO PLAN DE ESTUDIOS 2011 PRESENTACIÓN En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 15 del Reglamento General para la Presentación, Aprobación

Más detalles

Para acreditar la(s) asignatura(s) de la Universidad del Soconusco son los siguientes:

Para acreditar la(s) asignatura(s) de la Universidad del Soconusco son los siguientes: EVALUACIÓN 1. ACREDITACIÓN DE LAS ASIGNATURAS Acreditación es el proceso por el cual un alumno cumple con las actividades educativas y criterios de evaluación de las asignaturas, con los requisitos curriculares

Más detalles

PROGRAMA NACIONAL DE BECAS 2014 BECAS DE CAPACITACIÓN PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR

PROGRAMA NACIONAL DE BECAS 2014 BECAS DE CAPACITACIÓN PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR BECAS DE CAPACITACIÓN BECAS DE EXCELENCIA. El alumno o el docente debe estar cursando un proyecto de capacitación (curso, taller, diplomado) o estar inscrito para su próximo inicio, en el cual se deberán

Más detalles

PROCEDIMIENTO PARA LA TRANSFERENCIA DE ESTUDIANTES A PROGRAMAS ACADÉMICOS DE PREGRADO PRESENCIAL

PROCEDIMIENTO PARA LA TRANSFERENCIA DE ESTUDIANTES A PROGRAMAS ACADÉMICOS DE PREGRADO PRESENCIAL ADMISIONES Y REGISTRO ACADÉMICO/ ADMISIONES Revisó: Director de y Registro Académico Coordinador de Profesional de Planeación Aprobó: Rector Página 1 de 8 Fecha de aprobación: Octubre 11 de 2004 Resolución

Más detalles

UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA NACIONAL COMISIÓN ACADÉMICA DICTAMINADORA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE HIDALGO

UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA NACIONAL COMISIÓN ACADÉMICA DICTAMINADORA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE HIDALGO UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA NACIONAL COMISIÓN ACADÉMICA DICTAMINADORA SECRETARÍA DE DE HIDALGO CONVOCATORIA AL CONCURSO DE OPOSICIÓN ABIERTO 02/2016 PARA EL INGRESO DE PERSONAL ACADÉMICO La Universidad Pedagógica

Más detalles

PROCESO CAS Nº MIDIS

PROCESO CAS Nº MIDIS Decenio de las personas con Discapacidad en el Perú Año de la Integración Nacional y el Reconocimiento de Nuestra Diversidad I. GENERALIDADES PROCESO CAS Nº 039-2012- MIDIS 1. Objeto de la Convocatoria

Más detalles

Lineamientos Opciones de Grado en la Sede Cundinamarca

Lineamientos Opciones de Grado en la Sede Cundinamarca Lineamientos Opciones de Grado en la Sede Cundinamarca Aprobados en el Consejo Académico del Abril 30 de 2013 1. La Opción de Grado La opción de grado es un espacio académico que tiene como objetivos i)

Más detalles

UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA

UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA Tipo: Investigación. Maestría en Ciencias de la Salud en el Trabajo (Inscrito en el Programa Nacional de Posgrados de Calidad PNPC) Que las líneas de generación y aplicación del conocimiento son: Gestión

Más detalles

RESOLUCION Nº 78/05 REGLAMENTO DE TESIS PARA ALUMNOS DE LA LICENCIATURA EN TURISMO

RESOLUCION Nº 78/05 REGLAMENTO DE TESIS PARA ALUMNOS DE LA LICENCIATURA EN TURISMO RESOLUCION Nº 78/05 REGLAMENTO DE TESIS PARA ALUMNOS DE LA LICENCIATURA EN TURISMO VISTO que por Resolución nº 301/04 de este Consejo Académico, se procedió a aprobar el Reglamento de Tesis para los alumnos

Más detalles

A LOS ALUMNOS DE LA UNAM. PROGRAMA DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL NACIONAL Ciclo enero junio de 2017

A LOS ALUMNOS DE LA UNAM. PROGRAMA DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL NACIONAL Ciclo enero junio de 2017 A LOS ALUMNOS DE LA UNAM PROGRAMA DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL NACIONAL Ciclo enero junio de 2017 La Coordinación del Espacio Común de Educación Superior, ECOES informa de los requisitos generales que los

Más detalles

1. Ser alumno regular de tiempo completo de licenciatura, maestría o doctorado con promedio mínimo de 8.5

1. Ser alumno regular de tiempo completo de licenciatura, maestría o doctorado con promedio mínimo de 8.5 PROGRAMA DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL NACIONAL OBJETIVO El Espacio Común de Educación Superior tiene dentro de sus objetivos, el de impulsar la movilidad de estudiantes a través del apoyo a la realización

Más detalles

Maestría en Educación Ambiental Promoción

Maestría en Educación Ambiental Promoción La Universidad Autónoma de la Ciudad de México Convoca A los profesionistas titulados en cualquiera de las disciplinas del conocimiento, interesados en cursar la Maestría en Educación Ambiental Promoción

Más detalles

REGLAMENTO DE ADMISIÓN Y NIVELACIÓN ESTUDIANTIL

REGLAMENTO DE ADMISIÓN Y NIVELACIÓN ESTUDIANTIL REGLAMENTO DE ADMISIÓN Y NIVELACIÓN FEBRERO - 2015 TÍTULO I. Principios, políticas TÍTULO II. Objetivos TÍTULO III. De la estructura organizacional TÍTULO IV. De la admisión y nivelación TÍTULO V. De la

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO COMITÉ DE SOLIDARIDAD

REGLAMENTO INTERNO COMITÉ DE SOLIDARIDAD REGLAMENTO INTERNO COMITÉ DE SOLIDARIDAD La Junta Directiva del FEPEP, en uso de sus facultades estatutarias, establece el presente Reglamento del COMITÉ DE SOLIDARIDAD. TÍTULO I GENERALIDADES ARTÍCULO

Más detalles

UNIVERSIDAD ESTATAL DE SONORA REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS INSTITUCIONALES PARA ESTUDIOS DE POSGRADO

UNIVERSIDAD ESTATAL DE SONORA REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS INSTITUCIONALES PARA ESTUDIOS DE POSGRADO UNIVERSIDAD ESTATAL DE SONORA REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS INSTITUCIONALES PARA ESTUDIOS DE POSGRADO 1 EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La es una Institución de Educación Superior orientada a promover

Más detalles

PROGRAMA DE BECAS. REGLAMENTO DE BECAS ESTUDIOS DE POSGRADO

PROGRAMA DE BECAS. REGLAMENTO DE BECAS ESTUDIOS DE POSGRADO PROGRAMA DE BECAS. REGLAMENTO DE BECAS ESTUDIOS DE POSGRADO OBJETIVO DEL PROGRAMA: El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, dentro del objetivo de hacer de Colombia un destino turístico de clase

Más detalles

Instrumento para determinar la Evaluación Favorable, con base en el artículo 98, Fracciones IV del RIPPPA.

Instrumento para determinar la Evaluación Favorable, con base en el artículo 98, Fracciones IV del RIPPPA. NOMBRE DEL PROFESOR ID UNIDAD ACADÉMICA SEDE/MUNICIPIO DEPARTAMENTO O ACADEMIA FECHA a) La evaluación del cumplimiento de las funciones y actividades académicas, estará dirigida al personal académico con

Más detalles

INDICE DIRECTIVA ACADÉMICA

INDICE DIRECTIVA ACADÉMICA INDICE DIRECTIVA ACADÉMICA No. 01 No. 02 No. 03 No. 04 No. 05 No. 06 No. 07 No. 08 No. 09 No. 10 No. 11 No. 12 No. 13 No. 14 No. 15 No. 16 MATRÍCULA DE CURSO SEMESTRAL MATRÍCULA DE CURSO MODULAR MATRÍCULA

Más detalles

Sistema general de enseñanza-aprendizaje del Doctorado en Ciencias Agropecuarias y Sustentabilidad (DOCAS)

Sistema general de enseñanza-aprendizaje del Doctorado en Ciencias Agropecuarias y Sustentabilidad (DOCAS) Sistema general de enseñanza-aprendizaje del Doctorado en Ciencias Agropecuarias y Sustentabilidad (DOCAS) El programa doctoral DOCAS confluye en las áreas de biotecnología, ciencias agropecuarias y del

Más detalles

Procedimiento Opciones de Grado Programas de Pre grado

Procedimiento Opciones de Grado Programas de Pre grado Procedimiento Opciones de Grado Programas de Pre grado La Universidad Nacional Abierta a Distancia ofrece las siguientes opciones de grado al estudiante, con base en el reglamento estudiantil, capítulo

Más detalles

PROCEDIMIENTO PARA EL DESARROLLO DE TRABAJOS DE GRADO DE PROGRAMAS ACADÉMICOS DE PREGRADO

PROCEDIMIENTO PARA EL DESARROLLO DE TRABAJOS DE GRADO DE PROGRAMAS ACADÉMICOS DE PREGRADO Revisó: Vicerrector Académico Subdirectora Académica Instituto de Proyección Regional y Educación a distancia Director de Admisiones y Registro Académico Coordinador de Registro Académico Profesional Vicerrectoría

Más detalles

REGLAMENTO ACADÉMICO PARA LOS PROGRAMAS DE POSTGRADO DE LA UNIVERSIDAD VIRTUAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO

REGLAMENTO ACADÉMICO PARA LOS PROGRAMAS DE POSTGRADO DE LA UNIVERSIDAD VIRTUAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO REGLAMENTO ACADÉMICO PARA LOS PROGRAMAS DE POSTGRADO DE LA UNIVERSIDAD VIRTUAL DEL ESTADO DE Aprobado en lo particular por el H. Consejo Directivo de la Universidad Virtual del Estado de Guanajuato en

Más detalles

CONSIDERANDOS: Por tal razón y para dar cumplimiento a lo anterior, se emiten los siguientes:

CONSIDERANDOS: Por tal razón y para dar cumplimiento a lo anterior, se emiten los siguientes: ACUERDO POR MEDIO DEL CUAL SE EMITEN LOS LINEAMIENTOS PARA CAPACITAR, PROFESIONALIZAR Y/O CERTIFICAR AL ENCARGADO DE LAS FINANZAS DEL ESTADO Y A LOS DEMÁS FUNCIONARIOS PÚBLICOS QUE MANEJEN RECAUDEN O ADMINISTREN

Más detalles

REGLAMENTO DE CONTROL ESCOLAR DEL INSTITUTO DE LA JUDICATURA DEL CONSEJO DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE MICHOACAN

REGLAMENTO DE CONTROL ESCOLAR DEL INSTITUTO DE LA JUDICATURA DEL CONSEJO DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE MICHOACAN REGLAMENTO DE CONTROL ESCOLAR DEL INSTITUTO DE LA JUDICATURA DEL CONSEJO DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE MICHOACAN TEXTO ORIGINAL Publicado en el Periódico Oficial del Estado el día 3 de agosto de 2015,

Más detalles

Universidad Centroamericana José Simeón Cañas REGLAMENTO DE SERVICIO SOCIAL

Universidad Centroamericana José Simeón Cañas REGLAMENTO DE SERVICIO SOCIAL Universidad Centroamericana José Simeón Cañas REGLAMENTO DE SERVICIO SOCIAL Í N D I C E Página CAPÍTULO I Naturaleza y objetivos... 105 CAPÍTULO II Modalidades... 106 CAPÍTULO III Registro... 106 CAPÍTULO

Más detalles

Reglamento de Residencia Profesional. Ing. Arnoldo Solís Covarrubias Instituto Tecnológico Superior de san luis potosí, capital

Reglamento de Residencia Profesional. Ing. Arnoldo Solís Covarrubias Instituto Tecnológico Superior de san luis potosí, capital Ing. Arnoldo Solís Covarrubias Instituto Tecnológico Superior de san luis potosí, capital DOC-DEP-08A REVISIÓN 0 2008 CONTENIDO CAPÍTULO I INTRODUCCION CAPÍTULO II DE LOS REQUISITOS DEL ESTUDIANTE PARA

Más detalles

REGLAMENTO PARA LA OBTENCION DEL GRADO

REGLAMENTO PARA LA OBTENCION DEL GRADO REGLAMENTO PARA LA OBTENCION DEL GRADO Artículo 1. Para obtener el grado de maestría, el alumno deberá: a) Estar registrado en el programa de maestría; b) Haber cumplido con los requisitos señalados en

Más detalles

CONVOCATORIA DE BECAS TESIS PRIMERA PROMOCIÓN 2016

CONVOCATORIA DE BECAS TESIS PRIMERA PROMOCIÓN 2016 CONVOCATORIA DE BECAS TESIS PRIMERA PROMOCIÓN 2016 El Gobierno del Estado de México a través del Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología (COMECYT) y con fundamento en los numerales 3, 3.1, 3.3, 4, 4.1,

Más detalles

INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE COCULA

INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE COCULA INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE COCULA REGLAMENTE GENERAL DE ALUMNOS Cocula, Jal. Julio 2009. INDICE Disposiciones Generales --------------------------------------------------------- 3 Inscripción de

Más detalles

REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARTE TITULO I DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARTE

REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARTE TITULO I DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARTE REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARTE TITULO I DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARTE Artículo 1º.- El Departamento Académico de Arte es la unidad de trabajo académico de la Pontificia Universidad

Más detalles

UNIVERSIDAD DE NARIÑO Consejo Académico

UNIVERSIDAD DE NARIÑO Consejo Académico Modificado por Acuerdo No. 081 del 5 de mayo de 2009 Y adicionado por Acuerdo No. 271 de 2015 (click aquí) UNIVERSIDAD DE NARIÑO Consejo Académico ACUERDO NUMERO 064 (Abril 12 de 2007) Por el cual se adopta

Más detalles

Toda copia en PAPEL es un Documento No Controlado a excepción del original.

Toda copia en PAPEL es un Documento No Controlado a excepción del original. 1. Código del 2./Revisión;Fecha: 3. Nombre del : Trámite de Becas 4. Responsable: 5. Página : 1 de 4 7. CONTROL DE EMISIÓN ELABORÓ REVISÓ AUTORIZÓ DEPARTAMENTO DE CONTROL ESCOLAR SUBDIRECCIÓN ACADÉMICA

Más detalles

REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS PROFESIONALES EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR CEMLAD CONSIDERANDO:

REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS PROFESIONALES EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR CEMLAD CONSIDERANDO: REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS PROFESIONALES EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR CEMLAD CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República del Ecuador y la Ley Orgánica de Educación

Más detalles

Reglamento General de Evaluaciones. Aprobado el 8 de septiembre de 2011

Reglamento General de Evaluaciones. Aprobado el 8 de septiembre de 2011 Reglamento General de Evaluaciones Aprobado el 8 de septiembre de 2011 Leyes y Reglamentos de la Universidad Autónoma de Nuevo León Reglamento General de Evaluaciones -1 Reglamento General de Evaluaciones

Más detalles

DECENIO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL PERÚ AÑO DE LA PROMOCIÓN DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y DEL COMPROMISO CLIMÁTICO

DECENIO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL PERÚ AÑO DE LA PROMOCIÓN DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y DEL COMPROMISO CLIMÁTICO PROCESO CAS N 096-2014-SENCICO/07.04 "SEGUNDA CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN (01) ANALISTA EN EJECUCION CONTRACTUAL PARA BRINDAR APOYO AL DE ABASTECIMIENTO DE LA OFICINA

Más detalles

-Plan de Estudios- Doctorado en Psicología Forense

-Plan de Estudios- Doctorado en Psicología Forense -Plan de Estudios- en Psicología Forense CONTENIDOS 1) Presentación 5) Objetivos 2) Requisitos 6) Cursos Obligatorios 3) Plan de Estudios / Duración 7) Cursos Sugeridos 4) Tabla de Créditos 1) Presentación

Más detalles