NORMA PARA EL REGISTRO DE PROVISION DE CAPACIDAD SATELITAL
|
|
- Francisco Javier Silva Río
- hace 5 años
- Vistas:
Transcripción
1 NORMA PARA EL REGISTRO DE PROVISION DE CAPACIDAD SATELITAL Resolución del CONATEL 327 Registro Oficial 398 de 07-ago-2008 Ultima modificación: 08-feb-2011 Estado: Vigente CONSEJO NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES - CONATEL Considerando: Que mediante Ley 94 de 4 de agosto de 1995, promulgada en el Registro Oficial No. 770 del 30 de agosto del mismo año, fue dictada la Ley Reformatoria a la Ley Especial de Telecomunicaciones, mediante la cual se crea el Consejo Nacional de Telecomunicaciones, CONATEL; Que de conformidad con el innumerado primero del Art. 10 de la Ley Especial de Telecomunicaciones reformada, el CONATEL es el ente de administración y regulación de las telecomunicaciones en el país, tiene la representación del Estado para ejercer, a su nombre, las funciones de administración y regulación de las telecomunicaciones del Ecuador ante la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT); Que mediante Resolución CONATEL-2001, publicada en el Registro Oficial No. 143 del 17 de septiembre del 2001, el CONATEL expidió el Reglamento para la provisión de segmento espacial de satélites geoestacionarios; Que mediante oficio SNT de 4 de marzo de 2008, la Secretaría Nacional de Telecomunicaciones, sometió a conocimiento del Consejo Nacional de Telecomunicaciones, el Proyecto de Resolución para la aprobación de la Norma para el Registro de Provisión de Capacidad Satelital; Que mediante Disposición CONATEL-2008, el CONATEL dispuso que la Secretaría Nacional de Telecomunicaciones continúe con el proceso para la aprobación de la Norma para el Registro de Provisión de Capacidad Satelital y del Reglamento para la Prestación de Servicios Finales de Telecomunicaciones por Satélite, de conformidad con lo que señala el Procedimiento para la Aprobación de Reglamentos, Regulaciones y Normas aprobado mediante Resolución CONATEL-2001 de 31 de enero del 2001; Que mediante oficio SNT de 11 de junio del 2008, la Secretaría Nacional de Telecomunicaciones, sometió a consideración del Consejo Nacional de Telecomunicaciones el informe para la aprobación de la Norma para el Registro de Provisión de Capacidad Satelital, en cumplimiento de la Disposición CONATEL-2008; Que mediante Disposición CONATEL-2008, el CONATEL dispuso que la Secretaría Nacional de Telecomunicaciones analice las observaciones presentadas por la SUPERTEL en cuanto al Reglamento de Servicios Finales por Satélites y la Norma para el Registro de Provisión de Capacidad Satelital, y presente el análisis correspondiente para la siguiente sesión del Consejo; Que mediante oficio SNT de 17 de junio de 2008, la Secretaría Nacional de Telecomunicaciones, elevó a conocimiento del CONATEL el informe de cumplimiento de la Disposición CONATEL-2008; Que es necesario actualizar los aspectos relacionados con la regulación para la provisión de capacidad satelital de tal manera que puedan ser también registrados los sistemas satelitales no NORMA PARA EL REGISTRO DE PROVISION DE CAPACIDAD SATELITAL - Página 1
2 geoestacionarios; y, En ejercicio de sus atribuciones. Resuelve: Expedir la siguiente "NORMA PARA EL REGISTRO DE PROVISION DE CAPACIDAD SATELITAL" CAPITULO I ASPECTOS GENERALES Art. 1.- Objeto: La presente norma establece los requisitos y procedimientos para el registro de provisión de capacidad satelital de sistemas satelitales debidamente coordinados y legalmente registrados por la UIT, que servirá para facilitar la prestación de servicios de telecomunicaciones en territorio ecuatoriano o para operar redes privadas de telecomunicaciones. Art. 2.- Ambito: Los procedimientos y requisitos señalados en esta norma son aplicables a todos los sistemas satelitales debidamente coordinados y legalmente registrados por la UIT. Art. 3.- Provisión de capacidad satelital: Es la capacidad para suministrar el segmento espacial de uno o más sistemas satelitales, para su propio uso o para suministrarlo a terceras personas, sin que ello implique facultad para la prestación de servicios de telecomunicaciones u operación de redes privadas. CAPITULO II PROCEDIMIENTOS Art. 4.- Registro de provisión de capacidad satelital: Es el acto administrativo mediante el cual la SENATEL, por delegación del CONATEL, registra la provisión de capacidad satelital, solicitada por una persona natural o jurídica, previo cumplimiento de los requisitos exigidos en la presente norma. La SENATEL a través de la Dirección General de Gestión del Espectro Radioeléctrico o su equivalente llevará un registro actualizado de la provisión de capacidad satelital, el mismo que estará disponible al público en el sitio web de la institución. Art. 5.- Solicitud: Los interesados en registrar la provisión de capacidad satelital en el Ecuador, deberán presentar a la SENATEL: Información Legal: a. Solicitud dirigida al Secretario Nacional de Telecomunicaciones; b. Nombre y dirección del solicitante (para personas jurídicas, de la compañía y de su representante legal); c. Copia certificada de la escritura constitutiva de la compañía y reformas en caso de haberlas (para personas jurídicas); d. Copia de la cédula de ciudadanía (para personas jurídicas, del representante legal); e. Copia del certificado de votación del último proceso electoral (para personas jurídicas, del representante legal); f. Certificado actualizado de cumplimiento de obligaciones otorgado por la Superintendencia de Compañías, a excepción de las instituciones estatales (para personas jurídicas); y, g. Registro único de contribuyentes. h) Copia auténtica del Certificado de Registro Andino por cada satélite y su Recurso Orbita Espectro (ROE) a explotar, concedido al Operador Satelital por la Secretaría General de la Comunidad NORMA PARA EL REGISTRO DE PROVISION DE CAPACIDAD SATELITAL - Página 2
3 Andina. Información Técnica: Formularios con la Información que solicite la SENATEL, los mismos que estarán disponibles en la página web de la institución. Nota: Literal h) agregado por Resolución del CONATEL No. 2, publicada en Registro Oficial 380 de 8 de Febrero del Art. 6.- El interesado en comercializar provisión de segmento espacial, exceptuando los prestadores de servicios finales de telecomunicaciones por satélite, deberá presentar una carta de autorización debidamente protocolizada en una notaría, del propietario de la red satelital o de un comercializador nacional o internacional registrado en la SENATEL que le faculte como comercializador de provisión de capacidad satelital en el país. Los concesionarios de servicios finales de telecomunicaciones por satélite requieren del título habilitante respectivo. CAPITULO III ALCANCE Y CONDICIONES Art. 7.- Alcance del Registro: El Registro para provisión de capacidad satelital no involucra la concesión o permiso para prestar servicios de telecomunicaciones en el país, ni para instalar u operar redes de telecomunicaciones. Art. 8.- Plazo del Registro: El Registro tendrá una duración de 15 años renovables a petición del interesado. Art. 9.- Actualizaciones o modificaciones: Las modificaciones y actualizaciones deberán realizarse previo cumplimiento de lo establecido en el artículo 5 en lo que fuere aplicable. Art Anulación del registro: El Registro quedará sin efecto, si la UIT declarase la inoperabilidad del sistema satelital. Art Empleo de capacidad satelital: La persona natural o jurídica que requiera la provisión de capacidad satelital para prestar servicios o para operar redes privadas de telecomunicaciones, podrá utilizar dicha provisión, únicamente con los sistemas satelitales que se encuentren registrados en la SENATEL y que consten en el sitio web de la institución. CAPITULO IV RENOVACION Art Renovación del registro: El Registro para la provisión de capacidad satelital podrá ser renovado previa solicitud de cualquier persona natural o jurídica, dentro de los 30 días anteriores al vencimiento del Registro, previo cumplimiento de lo establecido en el artículo 5, en lo que fuere aplicable De no darse cumplimiento a lo establecido en el párrafo anterior el registro de provisión de capacidad satelital, este quedará sin efecto. GLOSARIO DE TERMINOS Y DEFINICIONES COMERCIALIZADOR DE PROVISION DE CAPACIDAD SATELITAL: Persona natural o jurídica que comercializa y distribuye capacidad satelital dentro del país NORMA PARA EL REGISTRO DE PROVISION DE CAPACIDAD SATELITAL - Página 3
4 COMERCIALIZAR PROVISION DE CAPACIDAD SATELITAL: Es la activad que permite distribuir capacidad satelital. CONATEL: Consejo Nacional de Telecomunicaciones. RED SATELITAL: Sistema satelital o parte de un sistema satelital que consta de un solo satélite y las estaciones terrenas asociadas. SEGMENTO ESPACIAL: Designa los elementos del satélite geoestacionario o no geoestacionario que permiten la recepción y transmisión de las señales SENATEL: Secretaría Nacional de Telecomunicaciones. SISTEMA SATELITAL: Sistema espacial que comprende uno o varios satélites artificiales de la tierra geoestacionarios o no geoestacionarios. UIT: Unión Internacional de Telecomunicaciones. CAN: Comunidad Andina de Naciones COMERCIALIZADOR DE PROVISION DE CAPACIDAD SATELITAL: Persona natural o jurídica que comercializa y distribuye capacidad satelital dentro del país. COMERCIALIZAR PROVISION DE CAPACIDAD SATELITAL: Es la activad que permite distribuir capacidad satelital. CONATEL: Consejo Nacional de Telecomunicaciones. RED SATELITAL: Sistema satelital o parte de un sistema satelital que consta de un solo satélite y las estaciones terrenas asociadas. ROE: Recurso Orbita Espectro. SEGMENTO ESPACIAL: Designa los elementos del satélite geoestacionario o no geoestacionario que permiten la recepción y transmisión de las señales. SENATEL: Secretaría Nacional de Telecomunicaciones. SISTEMA SATELITAL: Sistema espacial que comprende uno o varios satélites artificiales de la tierra geoestacionarios o no geoestacionarios. UIT: Unión Internacional de Telecomunicaciones. Nota: Glosario reformado por Resolución del CONATEL No. 2, publicada en Registro Oficial 380 de 8 de Febrero del DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera: A partir de la promulgación de la presente norma, en un plazo no mayor a 60 días, los permisos de provisión de segmento espacial se darán por terminados unilateralmente y las redes serán registradas por la SENATEL únicamente si no existiesen pagos pendientes por concepto de provisión de segmento espacial con la SENATEL. Segunda: Los permisionarios que tuvieren pagos pendientes por concepto la provisión de segmento espacial con la SENATEL, tienen un plazo de 30 días para cancelar dichos valores, con las disposiciones que establezca la Dirección General Administrativa Financiera de la SENATEL. NORMA PARA EL REGISTRO DE PROVISION DE CAPACIDAD SATELITAL - Página 4
5 Tercera: Los titulares del Registro de Provisión de Capacidad Satelital, deberán entregar en la Secretaría Nacional de Telecomunicaciones, copia certificada del Certificado de Registro Andino por cada Satélite y su ROE a explotar, concedido por la Secretaría General de la Comunidad Andina en un plazo de 60 días. En el evento de no hacerlo, su registro quedará cancelado automáticamente y por tanto, sin efecto. Nota: Disposición agregada por Resolución del CONATEL No. 2, publicada en Registro Oficial 380 de 8 de Febrero del DISPOSICION FINAL La presente resolución deroga la Resolución CONATEL-2001, publicada en el Registro Oficial No. 413 de 17 de septiembre del 2001, mediante la cual se emitió el "Reglamento para la provisión de segmento espacial de Satélites Geoestacionarios". La presente norma entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial y de su ejecución encárguese a la SENATEL. Dado en Quito, a 19 de junio del NORMA PARA EL REGISTRO DE PROVISION DE CAPACIDAD SATELITAL - Página 5
REGLAMENTO POR SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES POR SATELITE
REGLAMENTO POR SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES POR SATELITE Resolución del CONATEL 328 Registro Oficial 398 de 07-ago-2008 Estado: Vigente CONSEJO NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES - CONATEL Considerando:
REGLAMENTO PARA LA PROVISION DEL SEGMENTO ESPACIAL
REGLAMENTO PARA LA PROVISION DEL SEGMENTO ESPACIAL Resolución del CONATEL 4425 Registro Oficial 325 de 28-abr-2008 Ultima modificación: 07-may-2008 Estado: Vigente CONSEJO NACIONAL DE RADIODIFUSION Y TELEVISION,
REQUISITOS PARA LA INSCRIPCION DE SOCIEDADES DEL SECTOR PRIVADO
REQUISITOS PARA LA INSCRIPCION DE SOCIEDADES DEL SECTOR PRIVADO Documentos BAJO CONTROL DE LA SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑÍAS, INCLUSIVE LAS COMPAÑÍAS TENEDORAS DE ACCIONES O HOLDING, ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES
Decisión 707 Registro Andino para la autorización de Satélites con Cobertura sobre Territorio de los Países Miembros de la Comunidad Andina
Decisión 707 Registro Andino para la autorización de Satélites con Cobertura sobre Territorio de los Países Miembros de la Comunidad Andina LA COMISION DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: El Artículo 3, literal
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL)
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) RESOLUCIÓN No. DE-005-16 QUE INSCRIBE A LA SOCIEDAD TELESAT CANADA EN EL REGISTRO ESPECIAL QUE MANTIENE EL INDOTEL PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS
INSTRUCTIVO DE DESCUENTO PARA TASAS FIJADAS EN OBTENCIONES VEGETALES
INSTRUCTIVO DE DESCUENTO PARA TASAS FIJADAS EN OBTENCIONES VEGETALES Registro Oficial Suplemento 234 Quito, lunes 28 de abril de 2014 No. 002-2014 CD-IEPI EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO ECUATORIANO
INSTRUCTIVO DE ACREDITACION DE PRODUCTORES NACIONALES INDEPENDIENTES
INSTRUCTIVO DE ACREDITACION DE PRODUCTORES NACIONALES INDEPENDIENTES Acuerdo Ministerial 116 Registro Oficial Suplemento 357 de 20-oct.-2014 Estado: Vigente No. DM-2014-0116 Sr. Francisco Velasco Andrade
SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE MARITIMO Y FLUVIAL
SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE MARITIMO Y FLUVIAL Resolución de la Marina Mercante 21 Registro Oficial 478 de 01-dic.-2008 Ultima modificación: 02-oct.-2009 Estado: Vigente EL CONSEJO NACIONAL DE
INSTRUCTIVO PARA HOMOLOGACION DE EQUIPOS DE TELECOMUNICACIONES
INSTRUCTIVO PARA HOMOLOGACION DE EQUIPOS DE TELECOMUNICACIONES Resolución de la Superintendencia de Telecomunicaciones 31 Registro Oficial 25 de 25-may-2005 Estado: Vigente Ing. Iván Burbano Romero SUPERINTENDENTE
Av. Diego de Almagro N31-95 y Alpallana. Teléfono (593) Casilla
RESUMEN DE OBSERVACIONES PROCESO DE CONSULTA PÚBLICA - REGLAMENTO PARA LA AUTORIZACIÓN DE CAMBIO DE TITULARIDAD EN LOS CONTRATOS Y PERMISOS DEL SERVICIO DE AUDIO Y VIDEO POR SUSCRIPCIÓN OBSERVACIONES A
REGLAMENTO PARA LA PRESTACION DE SERVICIOS PORTADORES
REGLAMENTO PARA LA PRESTACION DE SERVICIOS PORTADORES Resolución del CONATEL 388 Registro Oficial 426 de 04-oct-2001 Estado: Vigente CONSEJO NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES CONATEL Considerando: Que la
FUENTE: SILECPRO REGLAMENTO DE INDEMNIZACIONES EN LA AGENCIA NACIONAL POSTAL
FUENTE: SILECPRO REGLAMENTO DE ES EN LA AGENCIA NACIONAL POSTAL NORMA: Resolución 2 STATUS: Vigente PUBLICADO: Registro Oficial 644 FECHA: 29 de Julio de 2009 AGENCIA NACIONAL POSTAL DIRECTORIO Considerando:
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL)
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) RESOLUCIÓN NO. 065-04 QUE OTORGA LICENCIA EN FAVOR DE LA SOCIEDAD ARINC REPUBLICA DOMINICANA, S.A., PARA LA UTILIZACIÓN DE LA FRECUENCIA 131.550
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT SIMPLIFICAN REQUISITOS PARA DIVERSOS TRÁMITES DEL REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N. 208-2016/SUNAT SIMPLIFICAN REQUISITOS PARA DIVERSOS TRÁMITES DEL REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES Lima, 17 de agosto de 2016 CONSIDERANDO: Que el artículo 6 del Decreto
RESOLUCIÓN DE 21 DE JUNIO DE 2016 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
RESOLUCIÓN 000052 DE 21 DE JUNIO DE 2016 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES por la cual se regula el trámite de inscripción en el Registro Único Tributario (RUT) y su actualización de oficio a
OPERADOR PORTUARIO DE SERVICIOS CONEXOS
OPERADOR PORTUARIO DE SERVICIOS CONEXOS Emisión primera vez Matrícula OPSC 1) REQUISITOS GENERALES: a) Solicitud dirigida al Subsecretario de Puertos y Transporte Marítimo y Fluvial, o funcionario que
1 08/01/ /01/2013
CIRCULAR N Fecha Emisión Versión Fecha Versión 1 08/01/2013 1.0 08/01/2013 PAGO DE REEMBOLSO A LOS PROPIETARIOS O CONDUCTORES DE AUTOMOVILES DE ALQUILER Y VEHÍCULOS DE TRANSPORTE REMUNERADO DE ESCOLARES,
PROGRAMA DE FOMENTO DEL INFORME DE EVALUACIÓN DE EDIFICIOS. (versión conforme al Decreto 57/2016, de 3 de mayo)
Consejería de Sanidad y Políticas Sociales JUNTA DE EXTREMADURA Secretaría General de Arquitectura, Vivienda y Políticas de Consumo Avenida de las Comunidades, s/n 06800 MÉRIDA http://www.gobex.es Teléfono:
Expídese el Instructivo para el pago y registro de la decimotercera y decimocuarta remuneraciones y la participación de utilidades.
PUBLICADO EN R.O. N 462 DEL 19-MAR-2015 MINISTERIO DE TRABAJO ACUERDO MDT-2015-0045 Expídese el Instructivo para el pago y registro de la decimotercera y decimocuarta remuneraciones y la participación
REQUISITOS OTORGAMIENTO DE TITULOS HABILITANTES
REQUITOS OTORGAMIENTO DE TITULOS HABILITANTES 1. Uso de frecuencias: 1.1. Concesión - servicio fijo y móvil terrestre (Sistemas privados y de Explotación) 1.2. Renovación - servicio fijo y móvil terrestre
CONSIDERANDO. Que en cumplimiento a lo disp
(1) DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL APLICABLES A LAS ENTIDADES Y PERSONAS A QUE SE REFIEREN LOS ARTÍCULOS 3, FRACCIONES IV, V, VI, VII Y VIII Y 4, FRACCIÓN XXX, DE LA LEY DE LA COMISIÓN NACIONAL BANCARIA
PERMISOS DE ESTUDIO CON FINES DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA EN DIVERSIDAD BIOLÓGICA
PERMISOS DE ESTUDIO CON FINES DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA EN DIVERSIDAD BIOLÓGICA NORMATIVIDAD Resolución N 0068 de 2002 del Ministerio del Medio Ambiente. Ley 740 julio 31 de 2002. Ley 165 noviembre 9
Ministerio de Defensa
DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS UNIDAD DE CONTRATACIONES PROCEDIMIENTO EN LA MODALIDAD DE CONTRATACIÓN MENOR DE BIENES (De Bs. 1.- a Bs. 20.000.-) (CASO No.1) Objetivo Establecer los pasos
GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE MACHALA
4k Oficio N 6431-SGMM Agosto 19 del 2015. Ing. Rosa Guzmán, GERENTA GENERAL DE LA EMPRESA PÚBLICA MUNICIPAL TERMINAL TERRESTRE DE MACHALA-EP Presente.- De mi consideración: Tengo a bien NOTIFICAR a usted,
DIRECTIVA Nº /CN
DIRECTIVA Nº 011-06-2015/CN PARA: DE: ASUNTO: Gerencia General Gerencia de Riesgos y Finanzas Gerencia de TI y Administración Jefatura de Créditos y Recuperaciones Jefatura de Contabilidad Unidad de Auditoría
SEGÚN DECRETO 1077 DE 2015
LICENCIA DE CONSTRUCCION EN LA MODALIDAD DE AMPLICACIÓN Y MODIFICACIÓN SEGÚN DECRETO 1077 DE 2015 AMPLIACIÓN: Es la acción de adicionar áreas cubiertas a una edificación existente. MODIFICACIÓN: Cuando
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEPARTAMENTO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEPARTAMENTO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN 1 Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; Junio de 2015. ÍNDICE Introducción..2 1.-Trámite de desahogo de solicitudes de información
Institucionalización regulatoria Gobierno Electrónico en el Ecuador. Hugo Carrión, Julio de 2011
Institucionalización regulatoria Gobierno Electrónico en el Ecuador Hugo Carrión, Julio de 2011 Concepto de regulación Para George Stigler se refiere a un amplio abanico de políticas tales como los subsidios,
DECRETO 2011 DE (Septiembre 28)
DECRETO 2011 DE 2012 (Septiembre 28) Por el cual se determina y reglamenta la entrada en operación de la Administradora Colombiana de Pensiones Colpensiones, y se dictan otras disposiciones. EL PRESIDENTE
CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR
CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Capítulo V SECTORES ESTRATÉGICOS, SERVICIOS Y EMPRESAS PÚBLICAS Art. 313.- El Estado se reserva el derecho de administrar, regular, controlar y gestionar los sectores
MINISTERIO DE FINANZAS DEL ECUADOR SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN DE LAS FINANZAS PÚBLICAS DIRECCIÓN NACIONAL DE CENTRO DE SERVICIOS
Página 1 de 6 1. PROPÓSITO Establecer directrices claras de acción en caso de pérdida, robo, hurto, daño, devolución o por cualquier causa semejante del Lector Biométrico y/o Dongle de las instituciones
RESOLUCIÓN No. NAC-DGER EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS. Considerando:
RESOLUCIÓN No. NAC-DGER2008-1510 EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS Considerando: Que el Art. 40A de la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno crea la obligación para las personas
CIRCULAR No Estimados Clientes y Amigos:
CIRCULAR No. 138 INFORMACIÓN Y DOCUMENTOS QUE ESTÁN OBLIGADAS A REMITIR ANUALMENTE A LA SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑÍAS, LAS SOCIEDADES SUJETAS A SU CONTROL Y VIGILANCIA. Estimados Clientes y Amigos: Ponemos
No EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
No. 07-2013 ORDENANZA REFORMATORIA AL TÍTULO II, DE LA ORGANIZACIÓN, PLANIFICACIÓN Y REGULACIÓN DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE TERRESTRE DEL CANTÓN LOJA DEL CÓDIGO MUNICIPAL DE VÍA PÚBLICA, CIRCULACIÓN Y TRANSPORTE
1. INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE IPREDA. a. Qué entidades se inscriben en el registro de IPREDA?
REGISTRO, RENOVACIÓN Y BAJA DE INSTITUCIONES PRIVADAS RECEPTORAS DE DONACIONES DE CARÁCTER ASISTENCIAL O EDUCACIONAL PROVENIENTES DEL EXTERIOR (IPREDA) 1. INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE IPREDA a. Qué entidades
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL)
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) RESOLUCIÓN NO. 045-13 QUE AUTORIZA A LA EMBAJADA DEL REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTEPARA HACER USO PROVISIONAL DE LAS FRECUENCIAS
Instructivo para llenar el Formulario N SCT
Instructivo para llenar el Formulario N SCT-105-01 A. Indicaciones de carácter general: B. Indicaciones de carácter particular de acuerdo a la numeración que contiene el presente formulario: 1. Anotar
República de Panamá Superintendencia de Bancos
República de Panamá Superintendencia de Bancos ACUERDO No. 004-2015 (de 11 de mayo de 2015) Por medio del cual se establece el procedimiento para el registro de los custodios de acciones al portador LA
Instituto Nacional de Vias GESTIÓN CONTRACTUAL AVISO CONVOCATORIA CONCURSO DE MERITOS ABIERTO CONCURSO DE MERITOS ABIERTO
AVISO CONVOCATORIA CONCURSO DE MERITOS PÁGINA 1 DE 1 CONCURSO DE MERITOS EL INSTITUTO NACIONAL DE VÍAS-INVIAS CONVOCA: A las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, consorcios y Uniones
GOBIERNO DEL ESTADO CONSIDERANDO
GOBIERNO DEL ESTADO ACUERDO DE AJUSTE DE TARIFAS EN EL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS EN LA MODALIDAD DE URBANO Y SUBURBANO ( CAMIONES URBANOS ) ING. LUIS ARMANDO REYNOSO FEMAT, Gobernador
SECRETARIA ADMINISTRATIVA INVITACIÓN PÚBLICA SAMC
INVITACIÓN PÚBLICA SAMC 0156-2010 PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN PARA LA CELEBRACIÓN DE CONTRATOS CUYO VALOR NO EXCEDA EL 10% DE LA MENOR CUANTÍA DE LA ENTIDAD. JUSTIFICACIÓN DE LA MODALIDAD DE SELECCIÓN En
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL)
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) RESOLUCIÓN No. DE-009-15 QUE INSCRIBE A LA SOCIEDAD QUASAR ATLANTIC DOMINICANA, S. R. L., EN EL REGISTRO ESPECIAL QUE MANTIENE EL INDOTEL PARA LA
RESOLUCIÓN DE (septiembre 8) Diario Oficial No de 8 de septiembre de Ministerio de Minas y Energía
RESOLUCIÓN 40869 DE 2016 (septiembre 8) Diario Oficial No. 49.990 de 8 de septiembre de 2016 Ministerio de Minas y Energía Por la cual se modifica y adiciona la Resolución 4 0248 de 2016, mediante la cual
FORMATO IFT - CONCESIÓN ÚNICA TIPO A. CONCESIÓN ÚNICA PARA USO COMERCIAL
FORMATO IFT - CONCESIÓN ÚNICA TIPO A. CONCESIÓN ÚNICA PARA USO COMERCIAL Titular de la Unidad de Concesiones y Servicios: De conformidad con la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión y los Lineamientos
REGULACIONES PARA EL TRASPASO DE BIENES EN FIDEICOMISO
Leyes, Decretos y Reglamentos Actualizado al: 27/11/2015 Regulaciones para el Traspaso de Bienes en Fideicomiso No. 037-11 REGULACIONES PARA EL TRASPASO DE BIENES EN FIDEICOMISO DIRECCIÓN GENERAL DE HACIENDA
MANUAL DEL PROCESO DE COORDINACIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA FINANCIERA SUBPROCESO SUBCOORDINACIÓN NACIONAL DE TALENTO HUMANO
PÁGINA: 1 de 7 ELABORADO POR: Coordinación General de Planificación Institucional REVISADO Y APROBADO POR: Priscila Kon, Subcoordinadora Nacional de Talento Humano, (e). FECHA: Noviembre 2012 FECHA: Noviembre
Acuerdo Interinstitucional. Ministerio del Interior y Superintendencia de Bancos
Acuerdo Interinstitucional Ministerio del Interior y Superintendencia de Bancos 7202: Dispónese que la Superintendencia de Bancos, sea la única institución competente para calificar a las compañías anónimas
Ficha 8. Acuerdo Comercial Multipartes Ecuador Unión Europea. Título IV Comercio de Servicios, Establecimiento y Comercio Electrónico
Ficha 8. Acuerdo Comercial Multipartes Ecuador Unión Europea Título IV Comercio de Servicios, Establecimiento y Comercio Electrónico Telecomunicaciones y Servicios Postales El Acuerdo Comercial Multipartes
CONTRATO DE ADHESIÓN PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS FUNERARIOS Y SU REGISTRO EN PROFECO LIC. HECTOR CHAMLATI
CONTRATO DE ADHESIÓN PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS FUNERARIOS Y SU REGISTRO EN PROFECO LIC. HECTOR CHAMLATI CONTRATO DE ADHESIÓN ARTÍCULO 85 DE LA LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Se entiende
MARCO REGULATORIO DE LA ENERGÍA GEOTÉRMICA EN CHILE. Rodrigo Godoy Ibañez Abogado Ministerio de Energía
MARCO REGULATORIO DE LA ENERGÍA GEOTÉRMICA EN CHILE Rodrigo Godoy Ibañez Abogado Ministerio de Energía Agenda Panorama actual de las Concesiones de Energía Geotérmica en Chile Catastro de concesiones División
SERVICIOS PÚBLICOS E INTERMEDIOS. Formularios y documentos para Servicios de Telecomunicaciones Públicos e Intermedios. Anexos
E Formularios y documentos para Servicios de Telecomunicaciones Públicos e Intermedios SERVICIOS PÚBLICOS E INTERMEDIOS Anexos Servicios Públicos e Intermedios 123 SOLICITUD DE OTORGAMIENTO O MODIFICACIÓN
REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
Repúbli ca del Ecu;MIOf RPC-SO-21-No.339-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior
Resolución No. NAC-DGERCGC EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS. Considerando:
Resolución No. NAC-DGERCGC09-00089 EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS Considerando: Que, el Art. 40A de la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno crea la obligación para las personas
Con base en lo expuesto y en consideración a la propuesta presentada por el Coordinador Ejecutivo, el Comité Técnico emite los siguientes:
El Comité Técnico del Fideicomiso Público del Estado denominado Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo, con fundamento en los artículos 7, fracción IV, y 8, fracción IX, de
REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LAS ENTIDADES O PERSONAS PARA SER INCORPORADAS EN LA NOMINA ESTABLECIDA EN EL ANEXO DE LA
REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LAS ENTIDADES O PERSONAS PARA SER INCORPORADAS EN LA NOMINA ESTABLECIDA EN EL ANEXO DE LA NORMA DE CARÁCTER GENERAL N 385 DE LA SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS, DE FECHA
CONSIDERACIONES. Este componente se evaluará en razón a la mayor oferta de mano de obra calificada Nacional, así:
JAIME CORTÉS DÍAZ, mayor de edad e identificado con la cédula de ciudadanía No. 17.057.327 de Bogotá y quien actúa en su calidad Delegado Personal del Presidente de la CORPORACIÓN UNIVERSIDAD LIBRE, como
PROCEDIMIENTO PARA LA AUTORIZACIÓN DE IMPRESIÓN DE FACTURAS Y OTROS DOCUMENTOS
Gerencia de Orientación Legal y Derechos del Contribuyente PROCEDIMIENTO PARA LA AUTORIZACIÓN DE IMPRESIÓN DE FACTURAS Y OTROS DOCUMENTOS Estimado contribuyente, para la Superintendencia de Administración
AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS. Resolución Nº: AN Nª844-Telco Panamá 18 de Mayo de 2007.
AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS Resolución Nº: AN Nª844-Telco Panamá 18 de Mayo de 2007. "Por la cual se rechaza la asignación de setenta y seis (76) frecuencias adicionales a la concesionaria
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON PICHINCHA, PROVINCIA DE MANABÍ CONSIDERANDO
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON PICHINCHA, PROVINCIA DE MANABÍ CONSIDERANDO Que, mediante Registro Oficial No. 214 de fecha 15 de junio del 2010, se expidió la ordenanza
CÓMO OBTENGO MI PATENTE COMERCIAL?
PATENTES COMERCIALES Requisitos para solicitar una patente comercial El presente instructivo cumple el propósito de informar y orientar al contribuyente vecino de Algarrobo en los trámites de solicitud
INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS
BASES - TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA LA CONVOCATORIA PÚBLICA Y SELECCIÓN DE PROPUESTAS DE PERSONAS NATURALES Y JURÍDICAS VALORADORAS DE BIENES INMUEBLES A NIVEL NACIONAL (NO EXCLUYENTE) 1. ANTECEDENTES
REPUBLICA DE COLOMBIA RESOLUCIÓN N. Por la cual se actualiza el Cuadro Nacional de Atribución de Bandas de Frecuencias - CNABF
REPUBLICA DE COLOMBIA RESOLUCIÓN N DE LA DIRECTORA GENERAL DE LA AGENCIA NACIONAL DEL ESPECTRO En ejercicio de sus facultades establecidas en la Ley 1341 de 2009 y el Decreto Ley 4169 de 2011, y La Ley
INSTRUCTIVO PARA VERIFICACION DOCUMENTOS A SER APOSTILLADOS SENESCYT
INSTRUCTIVO PARA VERIFICACION DOCUMENTOS A SER APOSTILLADOS SENESCYT Acuerdo Ministerial 142 Registro Oficial 448 de 28-feb.-2015 Estado: Vigente No. 2014-142 Rene Ramírez Gallegos SECRETARIO DE EDUCACION
Instructivo de trámite para obtener la autorización para destinar mercancías al régimen de recito fiscalizado estratégico, de conformidad con la
Instructivo de trámite para obtener la autorización para destinar mercancías al régimen de recito fiscalizado estratégico, de conformidad con la regla 4.8.1. Quiénes lo realizan? Personas morales constituidas
MANUAL DE USUARIO. Actualización de Información General y Solicitud de Clave de Acceso
MANUAL DE USUARIO Actualización de Información General y Solicitud de Clave de Acceso Versión: 04 Actualización de Información General y Solicitud de Clave de Acceso VERSION 04 FECHA: 18/06/13 CONTROL
Dirección de Franquicias del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto
Dirección de Franquicias del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto FRANQUICIAS DIPLOMATICAS PARA LA IMPORTACION DE AUTOMOTORES Disposición 41/2008 Requisitos mínimos a suministrar
REQUISITOS PARA CAMBIO DE SOCIO
REQUISITOS PARA CAMBIO DE SOCIO 1.- En RECAUDACIÓN de la EMOV EP comprar: - Formulario para Cambio de Socio: el cual debe estar firmado por el representante legal y tener el sello de la operadora. 2.-
Requisitos Generales para la Inscripción de Personas Jurídicas/Firmas Personales como Operadores de Sustancias Químicas Controladas
Requisitos Generales para la Inscripción de Personas Jurídicas/Firmas Personales como Operadores de Sustancias Químicas Controladas 2. Carta exposición de motivos en papel con membrete, firmada por el
P02 -Procedimiento de Formulación de requerimientos a las personas y entidades que intervienen en los mercados de valores
P02 -Procedimiento de Formulación de requerimientos a las personas y entidades que intervienen en los mercados de valores P02 -Procedimiento de Formulación de requerimientos a las personas y entidades
Gobierno del Estado de Puebla
Gobierno del Estado de Puebla Secretaría General de Gobierno Orden Jurídico Poblano Decreto que crea como Entidad a la Operadora Estatal de Aeropuertos. Decreto que crea como Entidad a la Operadora Estatal
TASAS POR INSTALACION DE TELECOMUNICACIONES EN AREAS NATURALES
TASAS POR INSTALACION DE TELECOMUNICACIONES EN AREAS NATURALES Acuerdo Ministerial 10 Registro Oficial 149 de 12-mar-2010 Estado: Vigente LA MINISTRA DEL AMBIENTE Considerando: Que el artículo 275 de la
( 4 NOV) 2015 "Por el cual se modifica el Decreto 2682 de 2014"
r : --_._-------...-----.------------:~ l.~ :r'~~ :;;;; f '.'.i....:;::::;;: ~~ ""=tft~:;: '. i:;. ;,! :'M!~lIiIIIIIiIiilIIi:iIroil...I'~ : MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA y TURISMO DECRETO NÜME~O 2129
NORMA DE CARÁCTER GENERAL Nº
REF. : ESTABLECE NORMAS QUE DEBEN CUMPLIR LAS EMPRESAS DE AUDITORÍA EXTERNA, SOCIEDADES CLASIFICADORAS DE RIESGO Y DEMÁS ENTIDADES PARA CUMPLIR LA LABOR DE CERTIFICACIÓN DE MODELOS DE PREVENCIÓN DE DELITOS
RESOLUCIÓN 193 DE 05 DE MAYO DE 2016 CONTADURIA GENERAL DE LA NACIÓN
RESOLUCIÓN 193 DE 05 DE MAYO DE 2016 CONTADURIA GENERAL DE LA NACIÓN por la cual se incorpora, en los Procedimientos Transversales del Régimen de Contabilidad Pública, el Procedimiento para la Evaluación
Cuáles son los requisitos para inscribir una empresa?
Cuáles son los requisitos para inscribir una empresa? Verificar si el nombre comercial no se encuentra registrado 1. Formulario N 0010/03 de solicitud de Control de Homonimia debidamente llenado y firmado
Para la correcta ejecución es imprescindible delimitar el campo de acción de cada de una de las partes que intervienen en el procedimiento.
23-09-13 1 Objetivo Establecer y definir un procedimiento homologado para atender la solicitud de cambio de nombre o titularidad del servicio presentada por el cliente en forma personalizada a través de
POLITICA DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
Página: 1 de 5 1. Objetivo El presente documento tiene como objeto formalizar las políticas de tratamiento de la información de los datos personales obtenidos de todos los Alumnos, Padres de Familia y
PROPUESTA DE MODIFICACIÓN RESOLUCIÓN 7036 CONSIDERANDO
PROPUESTA DE MODIFICACIÓN RESOLUCIÓN 7036 CONSIDERANDO Que la Resolución 7036 del 31 de julio de 2012 reglamentó, entre otras, las condiciones y procedimientos para el reconocimiento económico por desintegración
AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PUBLICOS Dirección Nacional de Telecomunicaciones
SERVICIO DE TELECOMUNICACION BASICA INTERNACIONAL 103 Nombre del solicitante: Fecha: Formularios incluidos en esta solicitud: Formulario Título Cantidad TG-01 Datos del Solicitante TG-02 Datos de la Persona
Decreto Legislativo Nº 1105 que establece disposiciones para el proceso de formalización
Decreto Legislativo Nº 1105 que establece disposiciones para el proceso de formalización DECRETO LEGISLATIVO Nº 1105 El presente Decreto Legislativo tiene como objeto establecer disposiciones complementarias
INSCRIPCIÓN. Copia de la cédula del Registro Federal de Causantes y Formulario de Registro R-1.
INSCRIPCIÓN REQUISITOS: Carta solicitud de trámite de registro dirigida al Comité Técnico Resolutivo de Obra Pública del Poder Ejecutivo y sus Organismos. Testimonio de acta constitutiva y modificaciones
1. MATERIA 2. ANTECEDENTES LEGALES
CIRCULAR N Fecha Emisión Versión Fecha Versión 16 16-06-2015 1.0 16-06-2015 DEVOLUCIÓN DE SALDOS ACREEDORES GENERADOS EN PROCESOS DE REBAJA DE CONTRIBUCIONES, QUE EL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS REALIZA
CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA
QUE EL CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA; DECRETA: NÚMERO 167.- ARTÍCULO ÚNICO.- Se ADICIONAN: la fracción I-A al artículo 27, los párrafos segundo, tercero y
INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS RESOLUCIÓN NÚMERO DE (noviembre 20)
INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS RESOLUCIÓN NÚMERO 2013034419 DE 2013 (noviembre 20) por la cual se reglamenta el procedimiento para las autorizaciones sanitarias de importación
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL)
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) RESOLUCIÓN NO. 026-05 QUE OTORGA UNA CONCESIÓN A LA SOCIEDAD TECNOLOGIA DIGITAL, S.A., A LOS FINES DE OFRECER SERVICIOS DE TELEFONIA FIJA LOCAL,
INSTRUCTIVO EXTERNO. Obtención del Certificado Sanitario de Provisión de Medicamentos. Versión [1.0]
Obtención del Certificado Sanitario de Provisión de Medicamentos Versión [1.0] Coordinación General Técnica de Certificaciones Dirección Técnica de Registro Sanitario, Notificación Sanitaria Obligatoria
VISTO el Expediente Nº S02: /2010 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, la Ley Nº y sus modificatorias, y
PARTIDOS POLITICOS Decreto 937/2010 Reglaméntase la Ley Nº 23.298 que estableció el reconocimiento de los Partidos Políticos, constitución de las alianzas electorales y requisitos para la afiliación y
REGLAMENTO DE PORTABILIDAD NUMERICA DE LA TELEFONIA MOVIL
REGLAMENTO DE PORTABILIDAD NUMERICA DE LA TELEFONIA MOVIL Resolución del CONATEL 448 Registro Oficial Suplemento 432 de 24-sep-2008 Estado: Vigente CONSEJO NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES Considerando:
REGULACION CENTROS DE INFORMACION Y APLICACIONES EN RED DE INTERNET
REGULACION CENTROS DE INFORMACION Y APLICACIONES EN RED DE INTERNET Resolución del CONATEL 132 Registro Oficial 576 de 23-abr-2009 Estado: Vigente CONSEJO NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES, CONATEL Considerando:
REGLAMENTO GENERAL A LA LEY ORGÁNICA DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
REGLAMENTO GENERAL A LA LEY ORGÁNICA DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA (Decreto No. 2471) Lucio Gutiérrez Borbúa Presidente Constitucional de la República Considerando: Que la Constitución
SMV. Superintendencia del Mercado de Valores
NORMAS SOBRE LA PRESENTACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS POR PARTE DE SOCIEDADES O ENTIDADES A LAS QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 5 DE LA LEY N 29720 CAPITULO I Disposición General Artículo 1.- Entidades
SOLICITUD DE LICENCIA PARA IMPORTACION / EXPORTACION / DEPOSITOS
Nº MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS DIRECCION GENERAL DE HIDROCARBUROS SOLICITUD DE LICENCIA PARA IMPORTACION / EXPORTACION / DEPOSITOS SOLICITUD PARA: IMPORTACIÓN EXPORTACIÓN DEPÓSITOS PRODUCTOS A IMPORTAR
CONCEJO CANTONAL EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE SIGSIG CONSIDERANDO:
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE SIGSIG CONSIDERANDO: Que, el artículo 264 numeral 6 de la Constitución Política de la República establece entre las competencias exclusivas
POLÍTICA DE ADMISIÓN A COTIZACIÓN DE VALORES EN LA BOLSA NACIONAL DE VALORES, S. A. 1
POLÍTICA DE ADMISIÓN A COTIZACIÓN DE VALORES EN LA BOLSA NACIONAL DE VALORES, S. A. 1 Corresponde a la Junta Directiva la definición y aprobación de las políticas de la empresa relativas a la admisión
ORDENANZA REGULADORA DE LA EXPEDICIÓN DE TARJETAS DE APARCAMIENTO PARA PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA. CAPITULO I
ORDENANZA REGULADORA DE LA EXPEDICIÓN DE TARJETAS DE APARCAMIENTO PARA PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA. CAPITULO I Articulo 1.- Esta Ordenanza tiene por objeto estructurar y fijar los criterios y el procedimiento
Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones
Agencia de RESOLUCIÓN No. ARCOTEL -2015-0 5 6 7 LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES ARCOTEL CONSIDERANDO: Que, el 18 de febrero de 2015, se publicó en el Registro Oficial la Ley
Sistema Peruano de Información Jurídica
Martes, 01 de mayo de 2007 CONGRESO DE LA REPUBLICA Resolución Legislativa que aprueba el Convenio Nº 176 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Seguridad y Salud en las Minas EL CONGRESO DE
LINEAMIENTOS GENERALES
INTRODUCCIÓN El Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el artículo 14 de la Ley que Crea el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura y en
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación
Orden TAS/ por la que se regula el envío por las empresas de los datos del certificado de empresa al Servicio Público de Empleo Estatal por medios electrónicos. La ORDEN TAS/3261/2006, de 19 de octubre,
UNIVERSIDAD SIMÓN BOLÍVAR SECRETARÍA DIRECCIÓN DE INGENIERÍA DE INFORMACIÓN
TRÁMITES EN DIVISAS EXTRANJERAS: MODALIDAD CADIVI SALUD INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS DEPORTE CULTURA Y CASOS DE ESPECIAL URGENCIA 2 CONTENIDO I.- ASPECTOS GENERALES I.1.Objetivo I.2. Alcance I.3. Unidades