LEASING BANCOLDEX S.A. COMPAÑÍA DE FINANCIAMIENTO. ADENDA No. 2 a la INVITACIÓN No. 2 DE 2014

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1 LEASING BANCOLDEX S.A. COMPAÑÍA DE FINANCIAMIENTO ADENDA No. 2 a la INVITACIÓN No. 2 DE 2014 OBJETO: Contratar con una o varias compañías de seguros legalmente establecidas en el país, las pólizas de seguros que amparen las personas, los bienes e intereses patrimoniales de Leasing Bancoldex o por los cuales sea legalmente responsable en territorio nacional, incluyendo los bienes muebles e inmuebles en poder locatarios. De acuerdo con lo establecido en el numeral 1.22 de la Invitación, mediante el presente documento se efectúan las siguientes modificaciones al documento de invitación y los anexos que se citan a continuación, quedando de la siguiente manera: 1. Se modifica el numeral 1.3. quedando así: 1.3. VIGENCIA TECNICA DE LOS SEGUROS Y VIGENCIA DEL CONTRATO La vigencia técnica de los seguros a contratar será por el término de dos (2) años a partir de las cero (0:00) horas del 1º de Agosto de 2014, con expedición de pólizas con vigencia anual, dando así cumplimiento a lo establecido por el artículo del capítulo I del decreto 673 de Para la segunda anualidad la aseguradora se compromete a mantener las mismas condiciones técnicas y económicas de las pólizas, siempre que el índice de siniestralidad de la vigencia en curso para cada póliza, sea menor al 50%. Si el índice de siniestralidad de una póliza es superior a este porcentaje, entonces la aseguradora podrá determinar para esa póliza si las mantiene o las cambia y someterá a consideración de LEASING BANCOLDEX S.A las condiciones en las cuales admite la renovación y LEASING BANCOLDEX S.A decidirá si acepta tales condiciones o conviene en abrir un proceso de selección para contratar las pólizas. PORCENTAJE DE RECARGO A LA TASA PROPUESTA PARA ESTA INVITACIÓN, que regiría a partir del segundo año: RANGO DE LA SINIESTRALIDAD % DE RECARGO EN MAYOR A MENOR A LA TASA 0 50% 0 50% 70% 10% 70% 80% 20% 80% 100% 30% 100% - 100% Por lo anterior, aun cuando la siniestralidad de las pólizas sea menor al 50%, si la aseguradora considera que no mantendrá las mismas condiciones en la renovación, lo deberá hacer con una anticipación no menor a noventa (90) días calendario anterior al vencimiento de las pólizas. Si LEASING BANCOLDEX S.A no recibe ninguna comunicación en tal sentido durante este tiempo, entenderá que la aseguradora aceptará la solicitud de renovación en las mismas condiciones. El índice de siniestralidad (S) se obtiene de aplicar la siguiente fórmula a cada una de las pólizas: S: (Rp+ Rs) / Pv

2 Dónde: S: Índice de siniestralidad Rp: Valor de los reclamos por siniestros pagados Rs: Valor de las reservas estimadas por reclamos por siniestros en curso o pendientes de pago Pv: Primas pagadas correspondientes a la vigencia en estudio 2. Se modifica la Nota 5 del el numeral 1.2. OBJETO quedando así: NOTA 5: LEASING BANCOLDEX S.A. se reserva el derecho de incorporar nuevos bienes, excluir algunos, reajustar valores asegurados o solicitar eventualmente con las mismas aseguradoras adjudicatarias nuevos amparos, coberturas adicionales a las previstas en el presente documento, con sujeción al pago de la respectiva prima por parte de la entidad, a prorrata por los días de vigencia. 3. Se modifica el numeral 1.6. quedando así: 1.6. FORMA DE PAGO Para las pólizas que conforman el Programa de Seguros de los bienes entregados en arrendamiento, LEASING BANCOLDEX S.A. cancelará al contratista favorecido el valor de las primas objeto de la presente Invitación, en forma mensual mes vencido, dentro del mes siguiente. Para las pólizas que conforman el Programa de Seguros de los bienes de propiedad que no se entregan en leasing, la Entidad cancelará el valor total de las primas por la vigencia contratada al contratista favorecido dentro de los sesenta (60) días calendario, siguientes a la entrega de las pólizas y/o certificados a satisfacción. En todo caso, en cuanto a las pólizas de Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) el pago se hará dentro de los treinta (30) días calendario contados desde la fecha de inicio de vigencia de las pólizas. 4. Se modifica el numeral quedando así: GARANTIA DE SERIEDAD DE LA OFERTA, de la siguiente manera: El oferente deberá suministrar conjuntamente con la oferta, una póliza de garantía de seriedad de la oferta a favor de LEASING BANCOLDEX S.A. por una cuantía equivalente a los siguientes montos, indicando claramente su vigencia, valor y objeto, dependiendo de los grupos para los cuales presente oferta: Grupo 1 y 2: $ Grupo 3: $ Grupo 4: $ Igualmente, la Garantía deberá acompañarse con certificado u otro medio idóneo donde conste que el tomador pagó la totalidad de la prima y que la garantía no se extingue aunque se produzca la terminación unilateral del contrato por parte de la Compañía de Seguros. La garantía debe consistir en una póliza de una compañía de Seguros legalmente establecida en Colombia de reconocida experiencia, trayectoria e idoneidad en el país.

3 Cuando la oferta sea presentada por un Consorcio o Unión Temporal, las pólizas deberán ser tomadas a nombre del Consorcio o Unión Temporal, indicando sus integrantes. La Vigencia de la póliza deberá ser igual a la de la oferta y sesenta (60) días más, contados a partir del cierre de la invitación. LEASING BANCOLDEX S.A. se reserva el derecho de solicitar la ampliación del período de validez de la garantía de seriedad cuando sea necesario prorrogar el término de las ofertas. De igual manera, si se prorroga el plazo para la suscripción del contrato o para la constitución de la garantía única, el adjudicatario deberá prorrogar la vigencia de la garantía de seriedad, si la vigencia inicial no fuere suficiente. El mayor valor que pueda generar la ampliación de dicha póliza será en todos los casos a cargo del oferente. La garantía de seriedad se hará efectiva en favor de LEASING BANCOLDEX S.A. si el oferente seleccionado no se allanase a cumplir las obligaciones establecidas en el documento de Condiciones y especialmente: 1. Cuando el Proponente solicite el retiro de su oferta después de presentada y durante el período de validez de la misma, salvo en caso de inhabilidad o incompatibilidad sobreviniente ocurrida a partir del momento de su presentación. 2. Cuando al serle adjudicado el contrato al OFERENTE, éste no proceda a la suscripción del mismo dentro del plazo establecido en este Documento. 3. Cuando no entregue los documentos necesarios para la ejecución del contrato en el plazo establecido, una vez suscrito éste. Si por cualquier razón no se obtiene la efectividad de la garantía de seriedad de la oferta, LEASING BANCOLDEX S.A. adelantará los trámites legales pertinentes para obtener la efectividad de la misma. Devolución de la garantía. La garantía de seriedad será devuelta por LEASING BANCOLDEX S.A. a los oferentes no favorecidos, cuando ellos lo soliciten. 5. Se modifica el numeral quedando así: EXPERIENCIA DEL PROPONENTE EN PRIMAS El proponente deberá allegar para cada uno de los grupos para los cuales presente oferta, una certificación (según FORMATO Nº 3A) expedida por el Representante Legal, que se entiende emitida bajo la gravedad del juramento, de máximo tres (3) clientes públicos y/o privados, con los cuales haya ejecutado y/o se encuentre ejecutando los programas de seguros con vigencias de pólizas anuales, dentro de los últimos diez (10) años contados a partir de la fecha de cierre del presente y que la sumatoria de primas anuales de esta relación por cada uno de los grupos sea igual o superior a: GRUPO MONTO EN PRIMAS ANUALES SMMLV SMMLV 3 50 SMMLV 4 20 SMMLV

4 NOTAS: 1. Si la propuesta es presentada por un Consorcio o Unión Temporal, las certificaciones podrán ser presentadas por todos o por alguno de los integrantes del proponente plural. 2. Para efectos de establecer si cada uno de los clientes del proponente cumple con las primas en salarios mínimos, se tomará el salario mínimo del año en el cual inició la vigencia técnica el programa de seguros. 3. Para la acreditación de primas del Grupo No. 1, la certificación deberá contener una relación mínima de tres (3) pólizas del mencionado Grupo. 4. Para la acreditación de primas del Grupo No. 2, la certificación deberá contener una relación mínima de tres (3) pólizas del mencionado Grupo 6. Se modifica el numeral 4.2 quedando así: 4.2. CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS El estudio y evaluación de los aspectos, técnicos y económicos de las propuestas lo realizarán las dependencias correspondientes de LEASING BANCOLDEX S.A. y el Corredor de Seguros, de acuerdo con las condiciones y factores de evaluación señalados. LEASING BANCOLDEX S.A., con la asesoría del Corredor de Seguros, efectuará los estudios del caso y el análisis comparativo para adjudicar el Programa de Seguros al(los) oferente(s) cuya(s) propuesta(s), previo al cumplimento de los requisitos de capacidad jurídica, capacidad financiera y capacidad técnica sea la más favorable para la entidad y se ajuste a estos Documentos. La evaluación se realizará sobre la base de las ofertas básicas que presenten los oferentes, las cuales deberán ajustarse a todas las exigencias y requerimientos mínimos establecidos en el presente documento. Estos criterios serán analizados por Grupo (1 y 2, 3 y 4), teniendo en cuenta el cumplimiento de los siguientes factores, sobre un puntaje total por Grupo de puntos. FACTORES GRUPO 1 PARCIAL TOTAL FACTOR ECONÓMICO 650 A Menor prima 450 B Menores deducibles 200 FACTOR DE CALIDAD 300 C - Cláusulas y/o condiciones complementarias calificables. 300 D- Servicios adicionales TOTAL FACTORES GRUPO 2 PARCIAL TOTAL

5 FACTOR ECONÓMICO 650 A Menores tasas 450 B Menores deducibles 200 FACTOR DE CALIDAD 300 C - Cláusulas y/o condiciones complementarias calificables. 300 D- Servicios adicionales TOTAL FACTORES GRUPO 3 PARCIAL TOTAL FACTOR ECONÓMICO 700 A Menor tasa 700 FACTOR DE CALIDAD 300 C - Cláusulas y/o condiciones complementarias 300 calificables. TOTAL FACTORES GRUPO 4 PARCIAL TOTAL FACTOR ECONÓMICO 1000 A Menor prima 1000 TOTAL El máximo puntaje por cada póliza será de puntos, al igual que el puntaje para cada Grupo será de puntos, razón por la cual es necesario hacer una ponderación o indicar un porcentaje de participación para cada póliza, los cuales se aplicarán a los resultados obtenidos por cada póliza, a fin de conocer el mayor puntaje de cada proponente por grupo, así: GRUPO No. 1 % DE PARTICIPACION Todo riesgo daños materiales 30% Responsabilidad civil extracontractual 20% Manejo global para entidades oficiales 20% Automóviles 15% Transporte de valores 15% GRUPO No. 2 % DE PARTICIPACION Todo riesgo daños materiales 30% Responsabilidad civil extracontractual 20% Automóviles 20% Transporte de Mercancías 15% Equipo y Maquinaria 15% NOTA 1: Teniendo en cuenta que para la póliza de Automóviles no se aceptan deducibles (diferentes al establecido en el Anexo No. 2 de condiciones obligatorias para algunos tipos de vehículos), el puntaje correspondiente al factor de menor prima y menor tasa, respectivamente, será de seiscientos cincuenta (650) puntos.

6 NOTA 2: Considerando que los oferentes que presenten oferta para el Grupo 1 ó 2 necesariamente deben presentar oferta para estos dos (2) grupos, LEASING BANCOLDEX S.A. establece una ponderación en porcentajes para cada uno de estos grupos así, la cual se aplicará al puntaje final obtenido para los grupos 1 y 2, cuya sumatoria será el resultado final, el cual se tendrá en cuenta para la selección de la mejor oferta: GRUPO 1: 40% GRUPO 2: 60% NOTA 3: Los grupos 3 y 4 serán evaluados al 100% FACTOR ECONÓMICO Menor prima La menor prima por póliza tendrá la máxima calificación y las demás, una calificación proporcional inferior, utilizando una regla de tres simple Menor tasa En cuanto a las pólizas de los Grupos 2 - Bienes entregados en arriendo (locatarios) y 3 - póliza de Vida Grupo Deudores, éstas se calificarán de la siguiente manera: a) Para todos los efectos se tendrá en cuenta las tasas únicamente hasta las tres (3) primeras cifras decimales que se indiquen. b) Se tendrá en cuenta para la evaluación la menor tasa ofrecida por póliza, a la cual le corresponderá la máxima calificación y las demás (hasta la tasa máxima), una calificación proporcional inferior, utilizando una regla de tres simple inversa. c) La propuesta que sea igual o superior a la tasa máxima recibirá cero (0) puntos. d) Para efectos comparativos los oferentes deberán tener en cuenta que las tasas se deben ofrecer acorde a los renglones de la Oferta Económica, formato No. 2. En el evento en que en la ponderación de los distintos factores resulte elegible una oferta cuya tasa exceda las tasas máximas, LEASING BANCOLDEX S.A analizará la conveniencia de adjudicarla y por ende, se reserva el derecho a declarar desierta la presente invitación Menores deducibles El presente ítem se evaluará de acuerdo con las tablas diseñadas para cada póliza, advirtiendo que para el ramo de Automóviles y Vida Grupo, la condición obligatoria es el ofrecimiento de NO aplicación de deducibles (diferentes al establecido en el Anexo No. 2 de condiciones obligatorias para algunos tipos de vehículos). Para cada póliza se indican las ÚNICAS coberturas o amparos para las cuales el proponente podrá presentar oferta con aplicación de deducible, en el evento en que la propuesta incluya otros amparos o coberturas con deducibles, distintos a los enunciados, en cada uno de los slips de los ramos o póliza, será evaluada con cero (0) puntos, y en consecuencia, el puntaje será de cero puntos para todos los factores de evaluación del ramo o póliza.

7 NOTA: El proponente no podrá subdividir los amparos o coberturas de la tabla, en el evento de presentar deducibles diferentes, la propuesta será calificada con cero (o) puntos para el ramo o póliza en todas sus condiciones evaluables. En cada uno de los slips se encuentran las tablas bajo las cuales se hará la evaluación de los deducibles, sea que estos correspondan a porcentajes, a pesos o a salarios mínimos mensuales, elementos que debe tener en consideración el proponente al momento de estructurar la oferta. Para los casos donde se presenten deducibles superiores a los rangos mínimos establecidos, la oferta será evaluada con cero (0) puntos en todos los factores de evaluación del ramo o póliza. Se podrá presentar para la cobertura de terremoto de la póliza de Todo Riesgo Daños Materiales, el deducible sobre el valor asegurable o asegurado DEL BIEN AFECTADO, NO SE ACEPTARÁN sobre valor global o sobre la totalidad de los bienes, pero el proponente deberá tener en cuenta que la Entidad preferirá los deducibles sobre el valor de la pérdida, para lo cual ha elaborado tablas teniendo en cuenta tal consideración. En caso que el oferente no señale el deducible, tanto en porcentaje como en monto mínimo, se entenderá que ofreció 0% y $0.00 respectivamente, y obtendrá el máximo puntaje otorgado al respectivo deducible. Teniendo en cuenta que la calificación se hará tanto en porcentaje como en salarios mínimos o en pesos, en el evento en que el deducible ofrecido solo contemple uno u otro de los elementos que se evalúan, la calificación será la sumatoria de los dos factores, entendiendo que para la parte para la cual no se indica deducible, será como si hubiera ofrecido 0% o 0 salarios mínimos o pesos. No se aceptará, para ninguna de las pólizas, la presentación de deducibles en dólares. En el evento de presentarse un deducible en dólares, la propuesta será objeto de RECHAZO en el grupo para el cual presenta oferta. No se podrán presentar deducibles para cajas menores, en la póliza de manejo, gastos médicos, en la póliza de responsabilidad civil extracontractual, ni para celulares ni radios de comunicación en la póliza de todo riesgo daños materiales, so pena de RECHAZO de la oferta FACTOR CALIDAD TÉCNICO Cláusulas y/o condiciones complementarias calificables En adición a lo establecido en las condiciones técnicas básicas obligatorios de cada una de las pólizas que integran cada grupo, el cual se constituye en el ofrecimiento mínimo que no es objeto de evaluación, en documento adjunto se indican las cláusulas y/o condiciones y/o sublímites que NO SON DE OBLIGATORIO OFRECIMIENTO, y en consecuencia son adicionales a las condiciones técnicas básicas obligatorias, y que serán objeto de evaluación en cada uno de los ramos, de acuerdo con cada propuesta, teniendo como parámetros para efectos de otorgar el puntaje, los siguientes aspectos, los cuales son excluyentes entre sí. Los siguientes aspectos de evaluación, son excluyentes entre sí, y tan solo se podrá aplicar uno de ellos, de allí que es importante tener en cuenta lo expresado en cada condición adicional que se solicita, para efectos de establecer de determinar si la cláusula se evalúa según el literal a, ó b, ó c. a. Cláusulas que requieren indicar solamente su aceptación:

8 Si la cláusula y/o condición es ofrecido en idénticas condiciones al requerimiento o en mejores condiciones para la Entidad, el puntaje será el indicado para cada cláusula y/o condición, según el slip de la póliza. Cuando se presente una mejora a la cláusula, para efectos del puntaje solo se considerará hacer la comparación con los demás proponentes, cuando la mejora se refiera a límites en pesos y la cláusula admita ofrecer límite en pesos y/o días y/o porcentajes, en los demás casos, no habrá comparación y cada proponente obtendrá el mismo puntaje. Si el ofrecimiento se presenta haciendo variaciones o modificaciones al texto original (desmejorando) o presentando condiciones, la calificación será el 50% de los puntos de la cláusula indicada en los cuadros de condiciones técnicas para cada una de las pólizas. Estas cláusulas pueden hacer o no mención a un límite o sublímite. Cuando haga mención a un límite o sublímite, o incluya un sublímite o límite en pesos y/o días y/o porcentaje, esté solo se tendrá en cuenta si se cumple lo exigido en el segundo párrafo del presente literal. b. Cláusulas que requieren indicar un límite o sublímite: Cuando la cláusula solicite la presentación de un límite o sublímite, ya sea en días y/o en dinero y/o porcentajes, obtendrá el máximo puntaje indicado para la cláusula, el oferente que ofrezca las mejores condiciones y los demás de manera proporcional, utilizando una regla de tres. En el evento en que la oferta tan solo indique se otorga o se ofrece o una expresión similar que haga entender que ofrece la condición, pero SIN INDICAR EL LÍMITE o exprese un porcentaje sin establecer sobre que se aplica o como se debe calcular, la cláusula será calificada con cero puntos, salvo que el texto de la cláusula señale sobre qué debe aplicarse el ofrecimiento. Siempre se evaluará el límite en pesos o porcentaje, salvo que la cláusula señale de forma expresa que evaluará el sublímite en pesos y/o porcentaje y/o en días, para lo cual se hará la distribución del puntaje de la cláusula entre los aspectos. No se aceptarán en este tipo de cláusulas y/o condiciones, comentarios o limitaciones, en caso de efectuarse se otorgará cero puntos. c. Cláusulas que requieren sublímite entre los rangos sugeridos: Cuando la cláusula indique un rango de mínimos y máximos, obtendrá la máxima calificación el límite mayor que ofrezca cada proponente, siendo necesario para efectos de la evaluación, expresar de forma clara el límite que ofrece dentro del rango de la cláusula, en el evento de no expresar el límite ofrecido, la Entidad entenderá que se ofrece el rango más alto en la cláusula, sin que posteriormente el oferente pueda hacer aclaración o modificación. Si la cláusula es modificada en contra del asegurado o estableciendo condiciones, el puntaje se reducirá a la mitad, respecto del puntaje que obtiene el proponente. Para las cláusulas donde se establezcan sublímites por evento y/o persona y en el agregado, la calificación se realizará realizando la división del puntaje asignado a la cláusula entre los sublimites establecidos, aplicando una regla de tres. d. Notas generales para el factor técnico complementario:

9 NOTA 1: En el evento en que el resultado del cálculo de proporcionalidad, al hacer la comparación de los ofrecimientos entre los proponentes, se obtiene un puntaje menor a un punto, se asignará como calificación 1 punto. NOTA 2: Si la cláusula y/o condición y/o sublímite NO es ofrecido o no se evidencia que se haya realizado el ofrecimiento, el puntaje será CERO para cada cláusula y/o condición y/o sublímite. NOTA 3: Cuando se realicen modificaciones a las cláusulas y/o condiciones calificables, cada proponente deberá expresar claramente cuál es el ajuste o modificación que realiza a la cláusula y/o condición y/o sublímite. NOTA 4: En el evento en que los slips presenten formas de otorgar los puntos, distintos a los expresados en el presente numeral, prevalecerá para efectos de eliminar las contradicciones, los aspectos indicados en el numeral y no lo que expresan los slips SERVICIOS ADICIONALES Visitas técnicas de inspección y control de pérdidas (aplicable a los Grupos 1 y 2) Para obtener el máximo puntaje de cincuenta (50) puntos, el proponente acompañar con la propuesta, el ofrecimiento expreso de realizar mínimo veinte (20) inspecciones, incluyendo la relación de los diecinueve (19) edificios de locatarios con mayor valor asegurado y una (1) de las instalaciones de LEASING BANCOLDEX S.A., comprometiéndose a entregar a LEASING BANCOLDEX una vez se realicen las inspecciones, los correspondientes informes con las recomendaciones de prevención de pérdidas. El oferente debe presentar además el cronograma provisional para la ejecución de las mismas. La Aseguradora que ofrezca realizar menor número de inspecciones obtendrá un puntaje de manera proporcional, aplicando una regla de tres simple Servicios básicos que no dan lugar a puntaje y se consideran obligatorios Los siguientes servicios se consideran básicos obligatorios y ofrecidos, no requieren de información ni documentación particular al respecto, pues con la sola presentación de la oferta se entienden aceptados: Capacitación La Aseguradora debe dictar durante los primeros seis (6) meses de iniciada la vigencia de las pólizas, mínimo dos (2) programas de capacitación relativa a los seguros objeto de esta invitación, con una intensidad mínima de cuatro (4) horas cada uno Unidad de Servicio Para los oferentes de los Grupos 1 y 2, con la sola presentación de la propuesta se entiende aceptado el ofrecimiento de una (1) persona al servicio de la aseguradora proponente, cuyo nivel de formación académica sea como mínimo técnico en seguros y cuente con experiencia mínima de un (1) año después de la obtención del grado (técnico, tecnólogo o universitario), quien prestará el servicio de actividades de soporte del área de seguros de LEASING BANCOLDEX S.A. y promoción de sus pólizas, y que estará ubicado en las dependencias de LEASING BANCOLDEX S.A. por lo menos con una dedicación de ciento sesenta (160) horas al mes. 7. Se modifica el Formato 1 quedando así:

10 FORMATO 1 CARTA DE PRESENTACIÓN Bogotá, D.C., Señores LEASING BANCOLDEX S.A. COMPAÑÍA DE FINANCIAMIENTO Ciudad. Ref. Invitación Para la Selección de Compañías de Seguros No. xxx El/Los suscrito(s) de acuerdo con las condiciones que se estipulan en los documentos de la Invitación, hacemos la siguiente oferta y en caso que nos sea aceptada por LEASING BANCOLDEX S.A. COMPAÑÍA DE FINANCIAMIENTO nos comprometemos a suscribir el contrato correspondiente. Declaramos así mismo: 1. Que esta oferta y el contrato que llegare a celebrarse solo compromete a los aquí firmantes. 2. Que ninguna entidad o persona distinta de los firmantes tienen interés comercial en esta oferta ni en el contrato que de ella se derive. 3. Que conocemos la información general y, en especial, todos los documentos contenidos en el presente Documento y aceptamos los requisitos en ellos contenidos. 4. Que hemos leído las siguientes adendas publicados por LEASING BANCOLDEX S.A. en su página web y aceptamos su contenido. Adenda No. de fecha Adenda No. de fecha 5. Que hemos leído las siguientes informaciones sobre preguntas y respuestas publicadas por LEASING BANCOLDEX S.A. en su página web y aceptamos su contenido: Información sobre preguntas y respuestas No. de fecha Información sobre preguntas y respuestas No. de fecha 6. Que nos comprometemos a cumplir los plazos del contrato de conformidad con lo solicitado en el presente documento. 7. Que si somos adjudicatarios, nos comprometemos a suscribir el contrato y realizar todos los trámites necesarios para su perfeccionamiento y legalización, en los plazos señalados en el presente documento. 8. Que no nos hallamos incursos en causal alguna de inhabilidad e incompatibilidad de las señaladas en la ley y la Constitución Política y no nos encontramos en ninguno de los eventos de prohibiciones especiales para contratar.

11 9. Que aceptamos las condiciones básicas obligatorias del(os) grupo (s) al(os) cual(es) presentamos oferta. 10. Que la siguiente oferta consta de ( ) folios debidamente numerados. Atentamente, Nombre o razón social del oferente Nombre del representante NIT o cédula de ciudadanía No de Dirección Ciudad Teléfono Fax Correo electrónico NOMBRE Y FIRMA REPRESENTANTE LEGAL 8. Se modifica el Formato 5 quedando así: FORMATO No. 5 MINUTA DEL CONTRATO LEASING BANCOLDEX S.A., representada en este acto por, identificado con cédula de ciudadanía en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL, quien en lo sucesivo se llamará LEASING BANCOLDEX S.A., por una parte y por la otra, xxxxxxxxxxxxx constituida..., identificada con el NIT No. xxxxxxx con domicilio en Bogotá, representada en este acto por xxxxxxx, identificado con la cédula de ciudadanía No...., en su calidad de..., quien en adelante se denominará EL ASEGURADOR, quien manifiesta que la SOCIEDAD que él representa no se halla incursa en inhabilidades e incompatibilidades previstas en la Constitución o la Ley, hemos acordado celebrar el presente contrato, el cual se regirá por las siguientes cláusulas, previas las siguientes consideraciones: a) LEASING BANCOLDEX S.A. ordenó la apertura de la Invitación Para la Selección de Compañía de Seguros No. XXXXXX, con el objeto de contratar los seguros que garanticen la protección de las personas, bienes e intereses patrimoniales y aquellos por los cuales sea legalmente responsable LEASING BANCOLDEX S.A. b) Dentro del plazo de la Invitación presentaron propuesta... c) La Dirección Administrativa de LEASING BANCOLDEX S.A., en reunión celebrada el día..., con base en los resultados de las evaluaciones de la propuesta, recomendó al Representante Legal, seleccionar a la compañía.., dentro de la Invitación No. XXXXX. d) Mediante Acta No. XXXX del XXXXX de 2011, seleccionó a la firma..., dentro de la Invitación No. XXXXX a... e) La inspección, vigilancia y control del cumplimiento correcto y oportuno del contrato estará a cargo de la Dirección Administrativa de LEASING BANCOLDEX S.A. PRIMERA OBJETO: EL ASEGURADOR se obliga para con LEASING BANCOLDEX S.A. a proporcionar los seguros, que garanticen la protección de las personas, bienes e intereses patrimoniales y aquellos por los cuales sea legalmente responsable, de acuerdo con las especificaciones previstas en el documento que contiene las condiciones de la Invitación Para la Selección de Compañía de Seguros No. XXXXXX y de la oferta presentada. SEGUNDA VALOR DEL CONTRATO: El valor del presente contrato será la suma de xxxxxxx ($xxxxxxx) incluido IVA, discriminado de la siguiente manera: Valor antes de IVA $xxxxxxx Valor IVA $xxxxxx, Valor incluido IVA $xxxxxxx. TERCERA - FORMA DE PAGO: LEASING BANCOLDEX S.A. pagará el valor de los seguros contratados de manera mensual durante la vigencia de las pólizas que amparen los bienes dados bajo contratos leasing y para las pólizas que conforman el programa de seguros de los bienes propios para su operación, la Entidad cancelará el valor total de las primas por la vigencia anual dentro de los sesenta (60) días calendario siguientes a la entrega a satisfacción de las pólizas y/o anexos que se generen por adiciones y que hagan parte integral del programa de seguros. CUARTA VIGENCIA DE LOS SEGUROS A CONTRATAR: La vigencia técnica estimada de los seguros contratados, será

12 por el período comprendido entre el día XXXXXX y hasta el XXXXXXX. PARÁGRAFO: No obstante que la vigencia indicada en la presente cláusula, el contrato se considerará automáticamente prorrogado, conforme a la vigencia que se prorroguen las pólizas objeto de este contrato. QUINTA - OBLIGACIONES DEL ASEGURADOR: EL ASEGURADOR se obliga para con LEASING BANCOLDEX S.A.: a) Entregar la(s) póliza(s) objeto del presente contrato, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la suscripción del mismo. b) Realizar a LEASING BANCOLDEX S.A. bimensualmente requerimientos relacionados con el cumplimiento de la totalidad de los requisitos necesarios para hacer efectivo el pago de la indemnización, una vez le sea comunicada la ocurrencia de los siniestros. c) Responder a las consultas efectuadas por LEASING BANCOLDEX S.A. y/o su corredor de seguros, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha del recibo de la solicitud. d) Realizar como mínimo dos (2) programas de capacitación por vigencia técnica, dirigidos a funcionarios de LEASING BANCOLDEX S.A., relativos a los seguros objeto del contrato, con una intensidad horaria mínima de ocho (8) por programa y cuyo temario y sitios en que se desarrollarán, deberán ser acordados y aprobados por LEASING BANCOLDEX S.A. e) Suministrar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al inicio de cada mes, durante la vigencia del contrato, las estadísticas y reportes sobre siniestralidad, el cual debe indicar la siguiente información: Póliza afectada, número de radicación del siniestro, fecha de aviso, fecha de ocurrencia del siniestro, amparo afectado, nombre del reclamante, número de cédula del reclamante, valor estimado de la reclamación, estado de la reclamación, ciudad de ocurrencia, número orden de pago, valor indemnizado, fecha de pago. f) Realizar bimensualmente reuniones con el área de cartera para analizar su estado y tomar las acciones para subsanar las diferencias. g) Efectuar por lo menos cada cuatro (4) meses comités con la asistencia del personal encargado del manejo de la cuenta para evaluar la evolución del programa de seguros. h) Realizar inspecciones a los principales riesgos, los cuales serán determinados por su monto, ubicación y actividad. i) Las demás que se deriven del objeto contractual. SEXTA CLAUSULA PENAL COMPENSATORIA: En caso de incumplimiento total o parcial de cualesquiera de las obligaciones de EL ASEGURADOR, se causará a su cargo una cláusula penal compensatoria, equivalente al treinta por ciento (30%) del valor total del contrato, si el incumplimiento es total, y proporcionalmente si el incumplimiento es parcial. LEASING BANCOLDEX S.A. podrá compensar el valor de la cláusula penal compensatoria hasta concurrencia de los valores que se adeuden a EL ASEGURADOR por cualquier concepto o cobrarse por jurisdicción coactiva. EL ASEGURADOR renuncia expresamente a todo requerimiento judicial para efectos de constitución en mora. SÉPTIMA - PENAL MORATORIA: En caso de mora de cualesquiera de las obligaciones contraídas en virtud de este contrato, sin perjuicio de la cláusula penal compensatoria, se causará a cargo del ASEGURADOR una cláusula penal moratoria equivalente al uno por ciento (1%) del valor del contrato por cada día de atraso, hasta el diez por ciento (10%) del valor del contrato. EL ASEGURADOR renuncia expresamente a todo requerimiento judicial para efectos de constitución en mora. LEASING BANCOLDEX S.A. podrá compensar el valor de la cláusula penal moratoria hasta concurrencia de los valores que se adeuden a EL ASEGURADOR por cualquier concepto o cobrarse por jurisdicción coactiva. OCTAVA - CESIÓN: EL ASEGURADOR no podrá ceder total ni parcialmente el presente contrato, a persona alguna natural o jurídica, nacional o extranjera, sin la previa autorización escrita de LEASING BANCOLDEX S.A.. NOVENA - EXENCIÓN DEL PAGO DE PRESTACIONES: El presente contrato no vinculará a LEASING BANCOLDEX S.A. en materia laboral ni en sus prestaciones sociales con EL ASEGURADOR ni con el personal que labora a su servicio, razón por la cual EL ASEGURADOR no tendrá derecho a ninguna prestación distinta a los valores expresamente convenidos en las cláusulas anteriores. DÉCIMA - DIFERENCIAS: Las partes contratantes acuerdan, que cualquier tipo de diferencias que se susciten en tordo a las obligaciones pactadas en el presente contrato, será resuelta por la justicia ordinaria, previo el acercamiento directo entre las partes buscando la solución del conflicto. DÉCIMA PRIMERA.- CAUSALES DE SUSPENSIÓN O TERMINACIÓN DEL CONTRATO: Son causales de suspensión o de terminación del presente contrato: 1. Las señaladas en la ley, exceptuando la renuncia de EL ASEGURADOR. 2. También podrá LEASING BANCOLDEX S.A. suspender o dar por terminado el contrato, cuando a su juicio, con razones claramente justificadas, considere que EL ASEGURADOR no está dando cumplimiento al contrato encomendado. En este evento LEASING BANCOLDEX S.A. evaluará los perjuicios causados y la forma de acreditarlos a su favor. 3. Por circunstancias de fuerza mayor y caso fortuito, así calificadas de común acuerdo entre las partes o de conformidad con la ley. En este caso no se generará responsabilidad alguna para los contratantes. PARÁGRAFO PRIMERO.- LEASING BANCOLDEX S.A., notificará por escrito a EL ASEGURADOR acerca de la suspensión o terminación del Contrato. EL ASEGURADOR no tendrá derecho a ninguna compensación, indemnización o pago. PARÁGRAFO SEGUNDO.- En cualquier evento, cuando se trate de una suspensión temporal, LEASING BANCOLDEX S.A. y EL ASEGURADOR, acordarán la forma y tiempo en que se pueda reanudar el Contrato, adecuando las cláusulas. DÉCIMA TERCERA.- MODIFICACIONES: Todas las modificaciones a que haya lugar a este contrato, deberán ser por mutuo acuerdo entre las partes y constar por escrito, que formará parte integral del mismo. DÉCIMA CUARTA.- CONSTANCIAS DE PAGO: De acuerdo con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, EL ASEGURADOR deberá presentar a LEASING BANCOLDEX S.A., una certificación en la cual se acredite el pago de los aportes a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación

13 Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, cuando a ello hubiere lugar, correspondiente a los seis meses anteriores al momento de la legalización del contrato. PARÁGRAFO PRIMERO: Durante la ejecución del contrato, EL ASEGURADOR deberá presentar la constancia de pago de los aportes a que se hace referencia en la presente cláusula, con la periodicidad que LEASING BANCOLDEX S.A. determine. Igualmente, dicha certificación deberá ser presentada por EL ASEGURADOR a LEASING BANCOLDEX S.A., previamente a la renovación del contrato, si ésta fuera procedente, así como al momento de la terminación del mismo. PARÁGRAFO SEGUNDO: Será causal de terminación unilateral del contrato por parte de LEASING BANCOLDEX S.A., sin lugar al reconocimiento de indemnizaciones por parte de LEASING BANCOLDEX S.A. a EL ASEGURADOR, la evasión en el pago total o parcial de aportes por parte de EL ASEGURADOR durante la ejecución del contrato frente a los sistemas de salud, pensiones, riesgos profesionales y aportes al Servicio Nacional de Aprendizaje, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Cajas de Compensación Familiar, cuando a ello hubiere lugar. DÉCIMA QUINTA.- EJERCICIO DE DERECHOS: El retardo u omisión por parte de LEASING BANCOLDEX S.A. en el ejercicio de derechos o acciones que surjan a su favor por mora de EL ASEGURADOR o por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contraídas, no podrá interpretarse como renuncia a ejercitarlos, ni como aceptación de las circunstancias que lo originaron. DÉCIMA SEXTA.- SUPERVISIÓN: La supervisión y control de la correcta ejecución del presente contrato estará a cargo de la Dirección Administrativa de LEASING BANCOLDEX S.A. DÉCIMA SÉPTIMA - GASTOS A CARGO DEL ASEGURADOR: Serán por cuenta de EL ASEGURADOR el valor de las primas de las garantías constituidas y los costos que impliquen su ampliación, prórroga o modificación, por causas que le sean imputables. DÉCIMA OCTAVA - PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: Este contrato se considera perfeccionado con la firma de las partes. Para su ejecución requiere la aprobación de la garantía única de cumplimiento. DÉCIMA NOVENA DOCUMENTOS: Forman parte integral del presente contrato los siguientes documentos: a) El documento que contiene las condiciones de la Invitación Para la Selección de Compañía de Seguros No. XXXXX. b) La oferta presentada por EL ASEGURADOR de fecha... c) Los demás documentos y comunicaciones que se convengan entre las partes, en desarrollo del contrato. d) Acta de Adjudicación de..., por medio de la cual se adjudica la Invitación Para la Selección de Compañía de Seguros No. XXXXXX. VIGÉSIMA DOMICILIO: Para todos los efectos, las partes acuerdan como domicilio contractual la ciudad de Bogotá, D.C. Para constancia se firma, en la ciudad de Bogotá, D.C., a los XXXXXXX. VIGÉSIMA PRIMERA.- LEY APLICABLE: Para todos los efectos, el presente Contrato se regirá por la ley colombiana. VIGÉSIMA SEGUNDA.- DOMICILIO CONTRACTUAL: Para todos los efectos legales el domicilio del contrato será la ciudad de Bogotá D.C. LEASING BANCOLDEX S.A. Nombre Representante Legal EL ASEGURADOR 9. Se modifican los siguientes Anexos quedando como aparecen en los documentos publicados alternamente con esta adenda: ANEXO No. 1 ANEXO No 2 ANEXO No 3 ANEXO No 5 ANEXO No 6 ANEXO No. 7 ANEXO No. 12 Condiciones técnicas básicas obligatorias bienes propios Condiciones técnicas básicas obligatorias bienes arrendados (locatarios) Condiciones técnicas básicas obligatorias seguro de vida grupo deudores Condiciones técnicas complementarias bienes propios Condiciones técnicas complementarias bienes arrendados (locatarios) Condiciones técnicas complementarias vida grupo deudores Informe siniestralidad Las demás condiciones no modificadas por el presente documento continúan sin cambio.

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