Reglas de Operación del Fideicomiso Isla San Marcos PUBLICACIÓN POE 7 DE JUNIO 2010

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Reglas de Operación del Fideicomiso Isla San Marcos PUBLICACIÓN POE 7 DE JUNIO 2010"

Transcripción

1 ING. LUIS ARMANDO REYNOSO FEMAT, en mi calidad de Gobernador Constitucional del Estado de Aguascalientes, así como de Presidente del Comité Técnico del organismo público descentralizado de la Administración Pública Estatal denominado Fideicomiso de Administración e Inversión para la Operación de la Isla San Marcos, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 10, fracciones I, VIII y XV del Decreto que establece la constitución del Fideicomiso de Administración e Inversión para la Operación de la Isla San Marcos, así como por los artículos 1, 2, 8, 27 fracciones II y III y demás relativos aplicables de la Ley para el Control de las Entidades Paraestatales del Estado de Aguascalientes, y por el clausulado del Contrato de Fideicomiso Público Revocable de Administración e Inversión para la operación de la Isla San marcos, número , celebrado entre Estado de Aguascalientes, como fideicomitente y fideicomisario, y como fiduciaria Banco del Bajío, S.A., Institución de Banca Múltiple, celebrado a los cinco días del mes de febrero del presente año, tengo a bien expedir las siguientes: REGLAS DE OPERACIÓN DEL FIDEICOMISO DE ADMINISTRACIÓN E INVERSIÓN PARA LA OPERACIÓN DE LA ISLA SAN MARCOS. 1. INTRODUCCIÓN Que es compromiso del Titular del Poder Ejecutivo, establecer los lineamientos adecuados para el logro de los objetivos trazados en el Plan Estatal de Desarrollo , DIRECTRIZ I, Aguascalientes, mejor calidad de vida, Reto 4: Infraestructura y equipamiento integral, dentro del rubro infraestructura turística cultural; DIRECTRIZ III Aguascalientes, bienestar económico, Reto 11: Economía con rostro humano y competitividad, rubro infraestructura moderna para la inversión, logística e infraestructura como nuevos motores del desarrollo, desarrollo de infraestructura estratégica ; Aguascalientes como centro nacional regional de comercio, modernización de la infraestructura comercial ; DIRECTRIZ 1 de 24

2 IV, Aguascalientes, un buen Gobierno, Reto 12: Innovación en la Administración Pública, optimización de los bienes y servicios internos de Gobierno Que la calidad del servicio público no solamente se observa en las diversas actividades que directamente se observan en la sociedad, sino también aquellas que se llevan a cabo en el seno de la administración pública cuyos resultados benefician directa o indirectamente al público en general, razón por la cual, es necesario utilizar las herramientas legales y administrativas necesarias así como adecuadas para que las actividades, recursos, fines y objetivos de ciertos actos públicos que realicen diversas dependencias y entidades de forma coordinada o concatenada en un punto particular en el territorio del Estado de Aguascalientes, cuente con los elementos necesarios para garantizar el alto desempeño en total apego a derecho de las citadas actividades Que entre la finalidad de los organismos descentralización está el regular la organización, funcionamiento y control, así como satisfacer el interés de la colectividad. Surge entonces la necesidad de imprimirle dinamismo a ciertas acciones gubernamentales, mediante la disminución de los pasos que implica el ejercicio del poder jerárquico propio de los entes centralizados Que en fecha siete de septiembre de dos mil nueve, se publicó en el Periódico Oficial del Estado, el Decreto que establece la constitución del Fideicomiso de Administración e Inversión para la Operación de la Isla San Marcos, con el cual surge una nuevo organismo público descentralizado, respondiendo a las necesidades de descentralización de la función de la administración pública. Dicho organismo surge con la clara intención de contar con una entidad especializada, que de trámite y 2 de 24

3 seguimiento a todo lo concerniente con la administración y el desarrollo del complejo identificado como Isla San Marcos Que como resultado del Decreto de creación antes referido, se requiere que el organismo público descentralizado cuente con una estructura jurídico-administrativa que le permita el cumplimiento de los fines para los cuales ha sido creado; tomando en consideración la eficiencia y la eficacia en la administración de la Isla San Marcos, y buscando en todo momento, que la estructura administrativa no genere mayores costos de operación o funcionamiento al erario público Que para hacer efectivo el Decreto, se requirió la firma entre el Gobierno del Estado y Banco del Bajío, Institución de Banca Múltiple, del Contrato de Fideicomiso Público Revocable de Administración e Inversión para la operación de la Isla San Marcos, número , instrumento que celebró en fecha cinco de febrero del dos mil diez Que a efecto de hacer operativa la estructura de la unidad administrativa y del Fideicomiso antes referido, se requiere la expedición de las Reglas de Operación que establezcan las bases procedimentales en función a las cuales el Comité Técnico, como máximo órgano dentro del Fideicomiso, gestionará el mismo y garantizará el cumplimiento de los fines y objetivos para los cuales se crea Fideicomiso de Administración e Inversión para la Operación de la Isla San Marcos. 2. DEFINICIÓN DE TÉRMINOS Comité Técnico: Órgano Colegiado y máxima autoridad del Fideicomiso, integrado por representantes de la Administración Pública del Estado, tanto centralizada como descentralizada, señalados en el artículo 8 Decreto que establece la constitución del Fideicomiso de Administración e Inversión para la Operación de la Isla San Marcos, publicado en el 3 de 24

4 Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes el día siete de septiembre del año dos mil nueve. FE DE ERRATAS 5 DE JULIO Decreto de creación: al Decreto que establece la Constitución del Fideicomiso de Administración e Inversión para la Operación de la Isla San Marcos, publicado en el Periódico Oficial del Estado en fecha siete de septiembre de dos mil nueve. FE DE ERRATAS 5 DE JULIO Fideicomiso: al Contrato de Fideicomiso Público Revocable de Administración e Inversión para la operación de la Isla San marcos, número , celebrado entre Estado de Aguascalientes, como fideicomitente y fideicomisario, y como fiduciaria Banco del Bajío, S.A., Institución de Banca Múltiple Fideicomisario: el Gobierno del Estado de Aguascalientes, representado por el Gobernador como titular del Poder Ejecutivo Fideicomitente: La Administración Pública del Gobierno del Estado de Aguascalientes, representado por el Gobernador como titular del Poder Ejecutivo Fiduciario: Institución de Crédito denominada Banco del Bajío, S.A., en su carácter de Institución Fiduciaria, del Contrato de Fideicomiso Público Revocable de Administración e Inversión para la operación de la Isla San marcos, número Isla San Marcos: complejo recreativo, cultural, comercial y turístico, propiedad del Gobierno del Estado Patrimonio: El que se establece en todas y cada una de las fracciones del artículo 5 del Decreto que establece la Constitución del Fideicomiso de Administración e Inversión para la Operación de la Isla San Marcos, así como lo señalado en el instrumento jurídico Contrato de Fideicomiso 4 de 24

5 Público Revocable de Administración e Inversión para la operación de la Isla San marcos, número , además de las aportaciones realizadas de forma directa por cada una de las Dependencias y Entidades que realizan sus actividades en la Isla San Marcos, por la Administración Central del Gobierno del Estado de Aguascalientes, terceros interesados y demás entes jurídicos que conforme a las normas y reglas aplicables tienen capacidad para aportar fondos legítimos y procedentes al haber del Fideicomiso de Administración e Inversión para la Operación de la Isla San Marcos Presidente: Presidente del Comité Técnico del Fideicomiso de Administración e Inversión para la Operación de la Isla San Marcos, responsabilidad que es asumida por el Gobernador del Estado de Aguascalientes Proyecto: Las obras, proyectos, acciones, operatividad administrativa y demás actos encaminados al manejo administrativo y operativo de la Isla San Marcos por parte del persona de las diferentes dependencias y entidades que conforman la Administración Pública del Gobierno del Estado de Aguascalientes al tenor del Decreto de creación, el Fideicomiso y las presente Reglas de Operación y demás normatividad emitida por su máximo órgano de gobierno y aquella que infiera en su naturaleza, perfil y actividad proveniente de las tres esferas de gobierno Reglas de Operación: a las presentes Reglas de Operación del Fideicomiso de Administración e Inversión para la Operación de la Isla San Marcos. 3. MARCO NORMATIVO Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Constitución Política del Estado de Aguascalientes. 5 de 24

6 3.3. Ley General de Títulos y Operación de Crédito Ley de Instituciones de Crédito Ley de Impuesto Sobre la Renta y su Reglamento 3.6. Ley del Impuesto al Valor Agregado y su Reglamento Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal y su Reglamento Código Fiscal de la Federación Código de Comercio Ley de Deuda Pública del Estado de Aguascalientes Ley de Planeación del Estado de Aguascalientes Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Aguascalientes Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Aguascalientes Código Civil del Estado de Aguascalientes Código Urbano para el Estado de Aguascalientes Normatividad aplicable a los fideicomisos emitidas por el Banco de México Normatividad aplicable a los fideicomisos emitida por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores Contrato Consultivo del Fideicomiso y sus convenios modificatorios. 6 de 24

7 3.19. Demás disposiciones legales y administrativas aplicables. 4. FINES DEL FIDEICOMISO Administrar y canalizar recursos pertenecientes al patrimonio del fideicomiso para solventar los gastos generados por la operatividad de la isla San Marcos, financiar proyectos y acciones presentados por instancias públicas y privadas previamente analizados y aprobados por el Comité Técnico siempre que tengan como objetivo la proyección cultural, turística, educacional que promuevan tanto las instancias o instituciones públicas como privadas, organismos sociales, asociaciones civiles, entre otras Recibir y administrar los bienes que se aporten u otorguen al fideicomiso e invertir los fondos líquidos en instrumentos de alto rendimiento y con más seguridad, hasta en tanto no se destinen efectivamente al cumplimiento de su objetivo Destinar los bienes y recursos incluyendo los que a título de donativo se recibieron y, en su caso, los recursos fideicomitidos a la ejecución de los programas relacionados con las acciones tendientes a la operatividad administrativa de la Isla San Marcos Diseñar acciones y proyectos específicos relacionados con la operación y administración de la Isla San Marcos Presentar proyectos específicos a través de su Comité Técnico, para la optimización de la operatividad y manejo de actividades que se desarrollan en la Isla San Marcos, atendiendo el perfil de las entidades y dependendencias involucradas o terceros, siempre y cuando los proyectos estén vinculados a los fines de este fideicomiso Convenir con las instituciones, fundaciones, patronatos, cámaras, asociaciones y demás personas físicas o morales, nacionales o 7 de 24

8 extranjeras, interesadas en realizar las acciones pertinentes relativas a las actividades que se desarrollan o se pueden desarrollar en la Isla San Marcos, en su caso, recursos y, demás acciones y proyectos que se definan por el Comité Técnico del Fideicomiso Público, así como convenir con otros fideicomisos o personas físicas o morales que compartan los fines del presente fideicomiso de administración y aplicación de recursos Canalizar recursos del patrimonio fideicomitido, al ente o instancia administrativa que determine la Administración Pública del Gobierno del Estado de Aguascalientes, siempre y cuando exista causa justificada y debidamente fundada y motivada y acorde a los fines del propio Fideicomiso de Administración e Inversión para la Operación de la Isla San Marcos En general, realizar los actos de carácter legal, administrativo y fiscal que se requieran para la realización de sus fines Realizar por conducto de las dependencias y entidades del Gobierno del Estado que tengan concurrencia en la ejecución del Plan Estatal de Desarrollo del Gobierno del Estado, así como relación con el cumplimiento de los fines del Fideicomiso y de acuerdo con sus atribuciones y facultades, acciones operativas, actos públicos y demás que beneficien directamente a la sociedad aguascalentense, mismos que pueden tener el carácter cultural, turística, ecológica, de promoción para empresas radicadas en el Estado entre otras actividades lícitas que pudieran y se llevan a cabo en la Isla San Marcos, vigilando en todo momento que se cumplan las especificaciones convenidas en total apego a Derecho Los activos que otorga el Fideicomiso Público se destinarán exclusivamente a los fines del mismo. 8 de 24

9 4.11. En caso de obtenerse remanentes, distribuibles, éstos no podrán otorgarse a las personas físicas o morales integrantes del fideicomiso, debiendo ser reinvertidos para los fines del propio fideicomiso A la fecha de terminación del contrato, a juicio del Comité Técnico se podrá destinar el patrimonio formado a través del mismo se destinará en su totalidad a la Administración Pública del Gobierno del Estado de Aguascalientes, en lo particular a su dependencia o entidad que lleve a cabo acciones similares al objetivo del fideicomiso o en su caso a terceros cuyos objetivos sean análogos a los del Fideicomiso de Administración e Inversión para la Operación de la Isla San Marcos Que el fiduciario reciba y conserve en propiedad fiduciaria el patrimonio del fideicomiso que aporta el fideicomitente a la cuenta señalada en la cláusula tercera del contrato de Fideicomiso El fiduciario, previa instrucción por escrito del Comité Técnico con por lo menos tres días de anticipación, y siempre y cuando existan recursos disponibles realice los cheques de caja, traspasos o transferencias electrónicas que sean necesarios y se especifiquen en forma precisa en la citada instrucción a favor de las personas físicas o morales que determine el comité técnico en dicha instrucción Por instrucciones del fideicomitente o el Comité Técnico, el fiduciario otorgue poder para pleitos y cobranzas a las personas que así le señale el fideicomitente o el comité técnico para la defensa del patrimonio y el cumplimiento de los fines del presente fideicomiso. 5. DEL COMITÉ TÉCNICO Integración del Comité Técnico. 9 de 24

10 El Comité Técnico del fideicomiso de administración y aplicación de recursos estará conformado por ocho miembros o consejeros titulares, más un representante de la Institución Fiduciaria de conformidad a lo siguiente: Un Presidente, que será el Gobernador del Estado, o en su caso, el funcionario que él tenga a bien designar Un Secretario Ejecutivo, que será el Titular de la Secretaría de Turismo del Estado Un Tesorero, que será el Titular de la Secretaría de Finanzas del Estado er Vocal, que será el Titular de la Secretaría General de Gobierno do Vocal, que será el Titular de la Comisión para el Desarrollo Agropecuario er Vocal, que será el Titular del Instituto del Medio Ambiente del Estado to Vocal, que será el Titular del Patronato de la Feria Nacional de San Marcos Un Comisario, que será el Titular de la Contraloría General del Estado Un representante de la Institución Fiduciaria Por cada uno de los miembros propietarios del Comité Técnico se nombrará un suplente, con las mismas funciones y facultades que el titular. 10 de 24

11 Todos los miembros del Comité Técnico tendrán voz y voto, excepto el representante de la Contraloría General del Estado, quienes tendrán voz, pero no voto Funcionamiento del Comité Técnico Las designaciones de los miembros suplentes se presentarán por escrito al Secretario Ejecutivo del Comité. En los comunicados de referencia deberán aparecer la firma autógrafa del Presidente del Comité Técnico y del miembro propietario del cargo designado, así como de los suplentes nombrados. Los cargos del Comité Técnico tendrán el carácter de honoríficos, por lo que sus miembros no recibirán emolumento alguno por su representación ante dicho Comité Técnico En caso de ausencia temporal no justificada, definitiva de un miembro propietario, sea por renuncia, abandono tácito de su cargo, incapacidad total o deceso, será suplido por el respectivo miembro suplente hasta en tanto se designe al miembro propietario que lo sustituya En caso de sustitución, renuncia, incapacitad, fallecimiento o cualquier otra causa análoga, que origine la ausencia definitiva o temporal de alguno de los miembros del Comité Técnico, siendo necesario que el fideicomitente comunique oportunamente por escrito al fiduciario la sustitución realizada, o bien, el nombre de la persona que ocupe el puesto del ausente adjuntando a dicha notificación, copia de la identificación oficial, en su caso el nombramiento respectivo y el registro de la firma correspondiente a efecto de que el fiduciario registre el nombre y firma del nuevo integrante, en caso contrario, el fiduciario no será responsable por los actos que realicen en cumplimiento de las instrucciones que le dirijan las personas que 11 de 24

12 tengan registradas como miembros del Comité Técnico. En el entendido de que si se recibe instrucciones de personas no facultadas, las considerará como inválidas El Comité Técnico se reunirá por lo menos una vez al trimestre de forma ordinaria y de manera extraordinaria las veces que sean necesarias, a solicitud de su Presidente o de algún miembro del Comité La convocatoria para las sesiones tanto ordinarias como extraordinarias, se realizarán a través del Secretario Ejecutivo del Comité, mediante escrito dirigido a cada uno de los miembros propietarios, enviando la carpeta que contenga la información y documentación necesarias para el desahogo del orden del día. Dicha convocatoria será enviada con una antelación mínima de tres días hábiles a la fecha de la celebración de las sesiones ordinarias y con una antelación de veinticuatro horas para las sesiones extraordinarias. Estas propuestas se enviarían en los primeros cinco días de cada mes, contemplando que su análisis será en los 20 días posteriores, para realizar la reunión ordinaria dentro de la primera semana del mes siguiente Fungirá como Secretario Ejecutivo la persona designada por el Presidente y ratificada por el propio Comité, teniendo las responsabilidades que establecen estas reglas y las que asigne en su momento y por acuerdo el Comité Técnico del Fideicomiso, así como las contenidas en el propio contrato de fideicomiso Las sesiones del Comité Técnico se considerarán constituidas con la asistencia de por lo menos de la mitad más uno de sus miembros. 12 de 24

13 El Comité Técnico sesionará preferentemente en las Instalaciones de la Isla San Marcos, empero, el órgano colegiado en comento a través de su Secretario Ejecutivo, determinará el lugar de reunión en la cita, convocatoria o invitación, siempre y cuando sea dentro del territorio del Estado de Aguascalientes Las resoluciones del Comité Técnico serán válidas cuando la votación sea por lo menos de la mitad más uno de los miembros presentes en la sesión respectiva. En caso de empate en las votaciones, el Presidente tendrá voto de calidad Todos los acuerdos del Comité Técnico deberán constar en las actas que para el efecto levantará el Secretario Ejecutivo en formato de versión estenográfica. Previa lectura y, en su caso, aprobación por parte de los miembros del Comité Técnico en la siguiente sesión a la que hayan sido asumidos dichos acuerdos; estas actas deberán ser firmadas por los miembros del Comité Técnico y necesariamente por su Presidente y Secretario Ejecutivo El Secretario Ejecutivo llevará el seguimiento de acuerdos e informará en cada sesión de su grado de cumplimiento. Además enviará al Fiduciario un ejemplar del acta de cada sesión cuando el Comité Técnico lo acuerde conveniente, con firmas autógrafas de los participantes, dentro de los cinco días hábiles siguientes en que fue aprobada En caso de que por causas de fuerza mayor, el Comité Técnico no pudiera sesionar oportunamente, así como de que existiera alguna solicitud de acuerdo cuya aprobación por parte del propio Comité Técnico fuera absolutamente imprescindible para continuar la operación del Fideicomiso en términos de cumplir con disposiciones legales emitidas en forma extraordinaria por las autoridades 13 de 24

14 correspondientes, el Presidente del Fideicomiso a través del Secretario Ejecutivo tendrá la facultad de enviar por escrito a los miembros del Comité la solicitud de acuerdo en comento, en la inteligencia de que de no recibirse observaciones dentro de un plazo no mayor a los tres días hábiles contados a partir de su recepción, dicho punto de acuerdo será considerado como aprobado, incorporándose para su ratificación en la carpeta correspondiente a la siguiente sesión, teniendo el derecho los miembros del Comité Técnico de solicitar una prórroga por dos días hábiles más para fijar su posición, siempre que sea solicitado por escrito, dirigido al Presidente con copia para el Secretario Ejecutivo donde se explique la razón de ese retraso, siendo aprobado solamente por decisión del Presidente En caso de ausencia del Presidente, la sesión respectiva será presidida por el Secretario General de Gobierno; en caso de ausencia de éste último, por alguno de los titulares del Comité Técnico respetándose el orden establecido en el punto de las presentes Reglas de Operación, siempre y cuando exista quórum Facultades y Obligaciones del Comité Técnico Vigilar el cumplimiento de todos y cada uno de los fines del Fideicomiso de Administración, de conformidad con lo establecido en el Decreto de creación respectivo y enunciado varias ocasiones en el actual documento, en el Contrato de Fideicomiso, en las presentes Reglas de Operación y demás normatividad vigente y aplicable tanto a los fines como al propio Fideicomiso Instruir al Fiduciario en relación con la política de inversión de lo recursos que forman parte del patrimonio fideicomitido. 14 de 24

15 Instruir al Fiduciario para liberar recursos que permitan sufragar los gastos que genere la aplicación de los programas, proyectos, acciones y demás actos debidamente autorizados destinados a la operación pública de la Isla San Marcos Aprobar y en su caso modificar las Reglas de Operación del Fideicomiso Aprobar los programas, proyectos y propuestas de acción así como presupuesto de gastos del Fideicomiso y sus modificaciones, apegándose a la normatividad aplicable Analizar y aprobar los programas y proyectos que se presenten a consideración de este órgano colegiado, teniendo la posibilidad de solicitar en caso de requerir datos como los términos y condiciones relacionadas con la operatividad y proyectos, así como actividades que se presenten o desarrollen en la Isla San Marcos de acuerdo a la normatividad aplicable Conocer, aprobar y vigilar el ejercicio del presupuesto de gastos de operación del Fideicomiso y, en su caso, la constitución de fondos de reserva necesarios que se deriven de la administración del Fideicomiso Conocer de los recursos que se aporten u otorguen a favor del Fideicomiso Revisar y aprobar las cuentas que presente el Fiduciario, respecto de los fondos del patrimonio del Fideicomiso Autorizar los pagos que el Fiduciario efectúe a cargo del patrimonio fideicomitido, respecto de los servicios que contrate para 15 de 24

16 llevar a cabo auditorías, consultorías y demás situaciones en las que se apliquen recursos del Fideicomiso conforme a los fines del mismo Aprobar los informes del desempeño de actividades que, de conformidad a la normatividad aplicable en la materia, le sean presentados por el Presidente del Fideicomiso Conocer y aprobar mensualmente los estados financieros del Fideicomiso que le presente el Fiduciario, y en su caso, requerir en cualquier momento dicha información Designar al Presidente del Fideicomiso ante el Fiduciario como la persona con los poderes y facultades necesarias para el desempeño de las funciones que inherentes a su cargo como representante ante esa institución de crédito, designación que puede recaer en cualquiera de los miembros del Comité Técnico, siempre y cuando exista a su vez la designación por escrito por parte del Presidente, previo acuerdo de dicho Comité Designar a las personas a las que el Fiduciario deberá otorgar poderes e instruirlo por escrito sobre la amplitud, límites o modalidades con que deberá otorgar éstos a fin de que las personas designadas lleven a cabo la defensa del Fideicomiso ante cualquier autoridad o particular, sea de carácter nacional o internacional Proponer las modificaciones al Contrato Constitutivo del Fideicomiso de Administración e Inversión para la Operación de la Isla San Marcos Controlar la forma en que los objetivos del Fideicomiso sean alcanzados y la manera en que las estrategias básicas sean conducidas. Atender los informes que en materia de control y auditoría 16 de 24

17 les sean turnados y vigilar las medidas correctivas que fueren necesarias Resolver sobre los asuntos que el Fiduciario o los demás órganos del Fideicomiso sometan a su decisión Analizar, resolver y dictar la medida o la forma de ejecución de los fines del Fideicomiso en los casos no previstos de forma expresamente en tanto en estas reglas como en las normas aplicables de las tres esferas de gobierno en los Estados Unidos Mexicanos Elaborar y/o sancionar, en su caso, presentes reglas de operación, manuales, programa operativo, calendario de sesiones de reuniones a celebrarse de dicho Comité En su caso, y previo cumplimiento de todas las disposiciones legales aplicables, instruir la transmisión de todo o parte de los recursos y derechos fideicomitidos al Fideicomiso Bursátil que se constituya o destinarlo a beneficencia y apoyo social destinado directamente por la Administración Pública del Gobierno del Estado de Aguascalientes o terceros a favor de habitantes que radiquen o sean vecinos en el territorio estatal, lo cual deberá de estar aprobado por las dos terceras partes de los miembros del Comité Técnico En lo general, ejercer todas las facultades y obligaciones necesarias para la consecución de los fines del Fideicomiso en los términos de su Contrato de Fideicomiso, así como en los señalados para los fideicomisos públicos en las disposiciones jurídicas aplicables Responsabilidades del Secretario del Comité Técnico. 17 de 24

18 A fin de coadyuvar a un óptimo desarrollo de las sesiones del Comité Técnico, el Secretario del mismo tendrá las siguientes responsabilidades: Informar por escrito al Fiduciario los nombres de los miembros propietarios y suplentes que integran el Comité Técnico Realizar por escrito y notificar las convocatorias a las sesiones tanto ordinarias como extraordinarias del Comité Técnico a los miembros del mismo, al representante del Fiduciario y a los invitados a las sesiones, procurando de forma previa generar un directorio donde cada uno de los miembros señalaran el domicilio para recibir las notificaciones, teléfono donde se les pueda ubicar, correo electrónico y en su caso las personas que en su ausencia podrá recibir todo tipo de comunicados, directorio que será firmado de forma autógrafa por los citados miembros del Comité Técnico Formular el orden del día de las sesiones ordinarias y extraordinarias del Comité Técnico Integrar y remitir, conjuntamente con las convocatorias a las sesiones, la información y documentación necesarias para el desahogo de todos y cada uno de los puntos de la orden del día de cada sesión Llevar la lista de asistencia de los miembros y participantes en las sesiones del Comité Técnico y verificar la existencia del quórum legal necesario para llevarlas a cabo Llevar un registro de los acuerdos aprobados por el Comité Técnico y reportar su seguimiento en cada sesión ordinaria o extraordinaria. 18 de 24

19 Realizar o levantar las actas de las sesiones ordinarias y extraordinarias que celebre el Comité Técnico, las cuales se presentarán dentro de los tres días hábiles siguientes de cada sesión y, una vez autorizadas por dicho Comité, deberá de recabar las firmas de sus miembros y remitir al Fiduciario un ejemplar de las dichas actas de sesión Presentar al Comité Técnico la información mensual que envíe el Fiduciario Realizar las tareas encomendadas por parte del Presidente del Comité Técnico, referentes al funcionamiento del Comité de marras Presentar en tiempo los proyectos recibidos, darles seguimiento en su proceso de desarrollo y evolución, siendo este el único responsable en los desfases que pudieran existir, ya sea en la canalización de los proyectos en cita o en su correspondiente desarrollo, todo lo anterior encaminado a que se realicen todas y cada una de las acciones y gestiones necesaria para que los objetivos de los proyectos se logren cumplir, lo anterior con independencia de supervisar o fiscalizar la operación habitual que se desarrolla en la Isla San Marcos Las demás que le encomiende el Comité Técnico. 6. DEL PRESIDENTE DEL COMITÉ TÉCNICO Facultades y Obligaciones Representar legalmente al Comité Técnico. 19 de 24

20 Presentar al Comité Técnico las Reglas de Operación, manuales de organización y toda clase de instrumentos normativos, así como los programas operativos y presupuestos anuales para el cumplimiento de los fines del Fideicomiso Gestionar y obtener los recursos fiscales y financieros necesarios para la operación del Fideicomiso y del desarrollo de los proyectos que sean aprobados por el Comité Técnico Dirigir y coordinar la operación del Fideicomiso, a fin de que ésta se lleve a cabo de manera articulada, congruente, transparente y eficaz, y en estricto apego a lo dispuesto en estas reglas y demás leyes y disposiciones legales aplicables Coadyuvar para que se lleven a cabo en tiempo y forma las actividades operativas, los proyectos apoyados por el Fideicomiso y dar seguimiento a las líneas de acción acordadas por el Comité Técnico, coordinando en todo momento los trabajos que realiza el Secretario Ejecutivo Ejecutar y vigilar el cumplimiento de los acuerdos del Comité Técnico Informar al Comité Técnico sobre la evolución de los proyectos aprobados y apoyados por el Fideicomiso Dar seguimiento y tener conocimiento de los trámites, notificaciones y actualizaciones relativas a la inscripción del Fideicomiso en el Registro de Fideicomisos Públicos de conformidad con las disposiciones aplicables, mismo que lo realizará a través del Secretario Ejecutivo con asesoría del Titular de la Secretaría de Finanzas, que forma parte integrante de dicho órgano colegiado. 20 de 24

21 Las demás que le confieren otras leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y disposiciones administrativas aplicables. 7. DEL FIDUCIARIO Obligaciones del Fiduciario Presentar al Comité Técnico, dentro de los primeros cinco días hábiles posteriores al cierre de cada mes, un informe sobre la posición financiera del Fideicomiso y del manejo del patrimonio fideicomitido, así como cualquier otra información que estime pertinente y que esté relacionada estrechamente con el Fideicomiso Con cargo al patrimonio del Fideicomiso y por conducto del Presidente del mismo, efectuar los pagos correspondientes a las obligaciones contractuales y necesidades operativas del propio Fideicomiso, siempre y cuando los pagos en momento se encuentren considerados dentro de los programas y proyectos previamente autorizados por el Comité Técnico y únicamente hasta donde alcance el Patrimonio del Fideicomiso Invertir los recursos que afecte el Fideicomitente al Fideicomiso, preferentemente en valores gubernamentales o en instrumentos financieros que a juicio del propio Fiduciario produzcan rendimientos competitivos y cumplan con los requerimientos de liquidez, de acuerdo a la normatividad aplicable en tanto dichos recursos no sean destinados al cumplimiento de las obligaciones que se contraigan con cargo a dicho patrimonio Dentro del marco jurídico del Fideicomiso, acatar las instrucciones que dicte el Comité Técnico con motivo del desempeño del Fideicomiso y que le sean dadas a conocer con la firma del Presidente y/o Titular de la Secretaría de Turismo, siempre y cuando exista 21 de 24

22 anuencia o autorización por escrito del Presidente. Esta autorización podrá ser también impresa, producto de un correo electrónico Otorgar y revocar poderes generales y especiales a favor de aquellas personas que determine el Comité Técnico, sin que el Fiduciario asuma responsabilidad alguna por el desempeño de las mismas ni por el pago de sus honorarios, mismos que serán cubiertos exclusivamente con cargo al patrimonio del Fideicomiso. 8. DE LA OPERACIÓN De conformidad a lo dispuesto en el Contrato Constitutivo, normatividad de carácter estatal y en las actuales Reglas de Operación, la operación del Fideicomiso se sujetará: En atención a su naturaleza, se concretará a canalizar recursos financieros para solventar las actividades, operaciones y proyectos que en general lleven a cabo las dependencias y entidades de la Administración Pública del Gobierno del Estado de Aguascalientes en la Isla San Marcos, al tenor del Decreto Administrativo de constitución del Fideicomiso de Administración e Inversión para la Operación de la Isla San Marcos, al contrato de fideicomiso, normas y reglas en la materia tanto estatales como federales. 9. DEL ÓRGANO DE VIGILANCIA El Órgano de Vigilancia del Fideicomiso estará integrado por un Comisario Público Propietario y un Suplente, designados por la Contraloría General del Estado, quienes podrán asistir con voz, pero sin voto a las sesiones del Comité Técnico. 22 de 24

23 9.2. Los Comisarios Públicos vigilarán y evaluarán la operación del fideicomiso de administración de recursos, de conformidad con las atribuciones que les confiere la legislación aplicable El órgano de vigilancia tendrá acciones y su objeto será de apoyar la función directiva y promover el mejoramiento de gestión del Fideicomiso de Administración. Desarrollará sus funciones conforme a los lineamientos que emita la Contraloría General del Estado y de acuerdo al marco legal vigente sobre el tema. 10. TRANSITORIOS Las presentes Reglas de Operación entrarán en vigor en la fecha de su aprobación por el Comité Técnico A efecto de dar difusión a las Reglas de Operación, publíquense en el Periódico Oficial del Estado. Dado por el Comité Técnico del Fideicomiso de Administración e Inversión para la Operación de la Isla San Marcos, a los seis días del mes de mayo de dos mil diez. ING. LUIS ARMANDO REYNOSO FEMAT Gobernador Constitucional y Presidente del Organismo ING. JOSÉ FERNANDO POL PÉREZ Secretario de Turismo y Secretario Ejecutivo del Organismo LIC. JUAN ÁNGEL JOSÉ PÉREZ TALAMANTES CP. PABLO GIACINTI OLAVARRIETA Secretario de Finanzas y Tesorero del Organismo ING. GERARDO FEDERICO SALAS DÍAZ 23 de 24

24 Secretario General de Gobierno y Primer vocal del Organismo BIOL. JUAN IGNACIO SOLORIO TLASECA Director General del Instituto del Medio Ambiente del Estado y Tercer vocal del Organismo Director de la Comisión para el Desarrollo Agropecuario y Segundo vocal del Organismo LIC. RAÚL ÁLVAREZ GUTIÉRREZ Presidente del Patronato de la Feria Nacional de San Marcos y Cuarto vocal del Organismo CP. CLAUDIO ARTURO GONZÁLEZ MUÑOZ Contralor General del Estado y Comisario del Organismo LIC. SEBASTIÁN RAMÍREZ DE ARELLANO Representante de la Fiduciaria Banco del Bajío, Institución de Banca Múltiple 24 de 24

ESTATUTO ORGÁNICO DEL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO FIDEICOMISO DE ADMINISTRACIÓN E INVERSIÓN PARA LA OPERACIÓN DE LA ISLA SAN MARCOS

ESTATUTO ORGÁNICO DEL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO FIDEICOMISO DE ADMINISTRACIÓN E INVERSIÓN PARA LA OPERACIÓN DE LA ISLA SAN MARCOS ESTATUTO ORGÁNICO DEL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO FIDEICOMISO DE ADMINISTRACIÓN E INVERSIÓN PARA LA OPERACIÓN DE LA ISLA SAN MARCOS ING. LUIS ARMANDO REYNOSO FEMAT, en mi calidad de Gobernador

Más detalles

DECRETO POR EL QUE SE CREA EL CONSEJO CONSULTIVO DEL TURISMO DE SALUD EN EL ESTADO DE SONORA

DECRETO POR EL QUE SE CREA EL CONSEJO CONSULTIVO DEL TURISMO DE SALUD EN EL ESTADO DE SONORA DECRETO POR EL QUE SE CREA EL CONSEJO CONSULTIVO DEL TURISMO DE SALUD EN EL ESTADO DE SONORA Artículo 1.- Se crea el Consejo Consultivo del Turismo de Salud en el Estado de Sonora, en adelante el Consejo,

Más detalles

Reglamento Interior del Consejo Veracruzano de Armonización Contable

Reglamento Interior del Consejo Veracruzano de Armonización Contable del Consejo Veracruzano de Armonización Contable 1 CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- El presente ordenamiento tiene por objeto reglamentar la organización y funcionamiento del Consejo Veracruzano

Más detalles

Sociedad Nacional de Crédito. Institución de Banca de Desarrollo

Sociedad Nacional de Crédito. Institución de Banca de Desarrollo Sociedad Nacional de Crédito MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE MEJORA REGULATORIA INTERNA DE SOCIEDAD HIPOTECARIA FEDERAL, SOCIEDAD NACIONAL DE CRÉDITO INSTITUCIÓN DE BANCA DE DESARROLLO.

Más detalles

MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL SUBCOMITÉ REVISOR DE BASES, DEL INSTITUTO DE ADMINISTRACIÓN Y AVALÚOS DE BIENES NACIONALES

MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL SUBCOMITÉ REVISOR DE BASES, DEL INSTITUTO DE ADMINISTRACIÓN Y AVALÚOS DE BIENES NACIONALES Í N D I C E I N T R O D U C C I Ó N 2 O B J E T I V O 3 BASE LEGAL 3 I. DEFINICIONES 7 II. INTEGRACIÓN 7 II.1 INTEGRANTES 7 II.2 SUPLENTES 8 III. FUNCIONES 8 IV. BASES PARA EL DESARROLLO DE LAS REUNIONES

Más detalles

DECRETO QUE CREA EL CONSEJO DE ARMONIZACIÓN CONTABLE DEL ESTADO DE SONORA

DECRETO QUE CREA EL CONSEJO DE ARMONIZACIÓN CONTABLE DEL ESTADO DE SONORA DECRETO QUE CREA EL CONSEJO DE ARMONIZACIÓN CONTABLE DEL ESTADO DE SONORA Artículo 1.- Se crea el Consejo Estatal de Armonización Contable para Sonora cuyo objeto es auxiliar al Consejo Nacional de Armonización

Más detalles

Para efectos de este Acuerdo, por asistencia social se entiende el auxilio o ayuda económica, cultural o moral a personas en estado de necesidad.

Para efectos de este Acuerdo, por asistencia social se entiende el auxilio o ayuda económica, cultural o moral a personas en estado de necesidad. ACUERDO POR EL QUE SE CREA EL ORGANISMO DESCENTRALIZADO DE LA ADMINISTRACIÓN. Aprobado por el XV Ayuntamiento de Mexicali, en sesión de Cabildo celebrada el día 25 de octubre de 1996 y publicado en el

Más detalles

-SUMARIO- GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y MEDIO AMBIENTE ORGANISMOS PÚBLICOS DESCENTRALIZADOS

-SUMARIO- GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y MEDIO AMBIENTE ORGANISMOS PÚBLICOS DESCENTRALIZADOS PÁGINA 2 DIARIO OFICIAL MÉRIDA, YUC., MARTES 26 DE JULIO DE 2016. -SUMARIO- GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y MEDIO AMBIENTE SE OTORGA PLAZO PARA CONSULTA PÚBLICA...

Más detalles

Instituto Nacional de Pediatría MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE BIENES MUEBLES DEL INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA

Instituto Nacional de Pediatría MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE BIENES MUEBLES DEL INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE BIENES MUEBLES DEL INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA Mayo de 2013 COMITÉ DE BIENES MUEBLES I N D I C E Presentación 3 Introducción 4 Objetivo 5 I. Marco

Más detalles

Manual de Integración y Funcionamiento del Comité Interno del Sistema de Manejo Ambiental

Manual de Integración y Funcionamiento del Comité Interno del Sistema de Manejo Ambiental Manual de Integración y Funcionamiento del Comité Interno del Sistema de Manejo Ambiental Gerencia de Recursos ENERO 2010 Í N D I C E I.- Presentación. 3 II.- Marco Legal. 3 III.- Objetivos del Comité

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DEL SISTEMA ESTATAL PARA PREVENIR, ATENDER, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL ESTADO DE ZACATECAS

REGLAMENTO INTERNO DEL SISTEMA ESTATAL PARA PREVENIR, ATENDER, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL ESTADO DE ZACATECAS REGLAMENTO INTERNO DEL SISTEMA ESTATAL PARA PREVENIR, ATENDER, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL ESTADO DE ZACATECAS TEXTO ORIGINAL. Reglamento publicado en el Suplemento del Periódico

Más detalles

REGLAMENTO DEL COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS y SERVICIOS DE LA UNIVERSIDAD POLITECNICA DE TLAXCALA

REGLAMENTO DEL COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS y SERVICIOS DE LA UNIVERSIDAD POLITECNICA DE TLAXCALA REGLAMENTO DEL COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS y SERVICIOS DE LA UNIVERSIDAD POLITECNICA DE TLAXCALA San Pedro Xalcaltzinco, Tepeyanco, Tlax. REGLAMENTO DEL COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS

Más detalles

Manual de Integración y Funcionamiento del Comité Técnico Central del Programa para Mejoramiento de la Producción y Productividad Indígena

Manual de Integración y Funcionamiento del Comité Técnico Central del Programa para Mejoramiento de la Producción y Productividad Indígena Funcionamiento del Comité Técnico Mejoramiento de la Producción y Página: 2 de 7 ÍNDICE Pág. 1. Objetivo... 3 2. Marco normativo... 3 3. Definiciones... 3 4. Integración del Comité... 3 5. Funciones del

Más detalles

Capítulo I Disposiciones generales

Capítulo I Disposiciones generales Acuerdo Cobay 01/2016 por el que se designa a la Unidad de Transparencia y se regula el Comité de Transparencia del Colegio de Bachilleres del Estado de Yucatán La Junta de Gobierno del Colegio de Bachilleres

Más detalles

Normatividad Adjetiva

Normatividad Adjetiva INSTITUTO PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS Normatividad Adjetiva Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE BIENES DE SEGURIDAD SOCIAL COMITÉ DE BIENES PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS C O N T E N I D O I. PRESENTACIÓN.

Más detalles

MANUAL DE INTEGRACIÓN Y OPERACIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DEL INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL.

MANUAL DE INTEGRACIÓN Y OPERACIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DEL INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL. 1. DISPOSICIONES GENERALES 1.1 Objetivo El presente Manual tiene como propósito establecer la organización y funcionamiento del Comité de Transparencia del Instituto de Acceso a la Información Pública

Más detalles

MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DEPURADOR DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES DEL FIFOMI

MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DEPURADOR DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES DEL FIFOMI MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DEPURADOR DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES DEL FIFOMI Gerencia de ENERO 2010 Área: Dirección de Crédito, Finanzas y Gerencia: Í N D I C E I. INTRODUCCIÓN

Más detalles

Capítulo I Disposiciones generales

Capítulo I Disposiciones generales Acuerdo Sedesol 03/2016 por el que se designa a la Unidad de Transparencia y se regula el Comité de Transparencia de la Secretaría de Desarrollo Social Mauricio Sahuí Rivero, secretario de Desarrollo Social,

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE INFORMACIÓN DEL SISTEMA DE AUTOPISTAS, AEROPUERTOS, SERVICIOS CONEXOS Y AUXILIARES DEL ESTADO DE MÉXICO.

REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE INFORMACIÓN DEL SISTEMA DE AUTOPISTAS, AEROPUERTOS, SERVICIOS CONEXOS Y AUXILIARES DEL ESTADO DE MÉXICO. REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE INFORMACIÓN DEL SISTEMA DE AUTOPISTAS, AEROPUERTOS, SERVICIOS CONEXOS Y AUXILIARES DEL ESTADO DE MÉXICO. Capítulo I Disposiciones generales Artículo 1.- El presente reglamento

Más detalles

UNIVERSIDAD POPULAR AUTÓNOMA DE VERACRUZ REGLAMENTO INTERIOR DEL CONSEJO TÉCNICO ACADÉMICO

UNIVERSIDAD POPULAR AUTÓNOMA DE VERACRUZ REGLAMENTO INTERIOR DEL CONSEJO TÉCNICO ACADÉMICO PUBLICADO: G.O.E., JUEVES 2 DE JUNIO DE 2016 NÚM EXT. 220, TOMO UNIVERSIDAD POPULAR AUTÓNOMA DE VERACRUZ REGLAMENTO INTERIOR DEL CONSEJO TÉCNICO ACADÉMICO LA H. JUNTA DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD POPULAR

Más detalles

INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE IRAPUATO REGLAMENTO JUNTA DIRECTIVA REGLAMENTO DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE IRAPUATO

INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE IRAPUATO REGLAMENTO JUNTA DIRECTIVA REGLAMENTO DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE IRAPUATO REGLAMENTO DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE IRAPUATO I. CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO SEGUNDO DE LA JUNTA DIRECTIVA Y SUS ATRIBUCIONES CAPÍTULO TERCERO DE

Más detalles

MANUAL DE INTEGRACIÓN Y OPERACIÓN DE LA COMISIÓN DE INFORMÁTICA DEL FONDO DE CULTURA ECONÓMICA

MANUAL DE INTEGRACIÓN Y OPERACIÓN DE LA COMISIÓN DE INFORMÁTICA DEL FONDO DE CULTURA ECONÓMICA FONDO DE CULTURA ECONÓMICA MANUAL DE INTEGRACIÓN Y OPERACIÓN DE LA COMISIÓN DE INFORMÁTICA DEL FONDO DE CULTURA ECONÓMICA Elaborado por : Organización y Métodos Gerencia de Sistemas Fecha de aprobación:

Más detalles

DECRETO QUE CREA UN ORGANISMO DESCENTRALIZADO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESTATAL DENOMINADO MUSEO SONORA EN LA REVOLUCIÓN

DECRETO QUE CREA UN ORGANISMO DESCENTRALIZADO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESTATAL DENOMINADO MUSEO SONORA EN LA REVOLUCIÓN DECRETO QUE CREA UN ORGANISMO DESCENTRALIZADO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESTATAL DENOMINADO MUSEO SONORA EN LA REVOLUCIÓN ARTÍCULO 1.- Se crea un Organismo Descentralizado de la Administración Pública

Más detalles

Manual de Integración y Funcionamiento del Subcomité Revisor de Convocatorias para Licitación Pública y de Invitación a Cuando Menos Tres Personas.

Manual de Integración y Funcionamiento del Subcomité Revisor de Convocatorias para Licitación Pública y de Invitación a Cuando Menos Tres Personas. MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL SUBCOMITÉ REVISOR DE CONVOCATORIAS A LICITACIÓN PÚBLICA Y DE INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS DEL HOSPITAL GENERAL DR. MANUEL GEA GONZÁLEZ Abril de 2012

Más detalles

DECRETO QUE AUTORIZA LA CREACIÓN DE UN FIDEICOMISO PÚBLICO DENOMINADO MUSEO DEL CENTRO CULTURAL MUSAS

DECRETO QUE AUTORIZA LA CREACIÓN DE UN FIDEICOMISO PÚBLICO DENOMINADO MUSEO DEL CENTRO CULTURAL MUSAS DECRETO QUE AUTORIZA LA CREACIÓN DE UN FIDEICOMISO PÚBLICO DENOMINADO MUSEO DEL CENTRO CULTURAL MUSAS CAPÍTULO I DE LA NATURALEZA, OBJETO Y FINES DEL FIDEICOMISO ARTÍCULO 1.- Se autoriza la constitución

Más detalles

CONTENIDO. Del Objeto del Comité de Validación y Atención a Migrantes (COVAM)

CONTENIDO. Del Objeto del Comité de Validación y Atención a Migrantes (COVAM) CONTENIDO Marco Jurídico I. Disposiciones Generales II. Del Objeto del Comité de Validación y Atención a Migrantes (COVAM) III. De las Funciones del COVAM IV. De la Integración del COVAM V. De las Funciones

Más detalles

C O N S I D E R A N D O

C O N S I D E R A N D O EL CONSEJO CONSULTIVO ECONÓMICO DEL ESTADO DE MÉXICO, EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN EL PÁRRAFO SEGUNDO DEL ARTÍCULO 10.8 DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO; Y C O N S I D E R A N D O Que

Más detalles

TEXTO ORIGINAL. N. DE E. CONTIENE LA FE DE ERRATAS PUBLICADA EN EL PERIODICO OFICIAL EL 24 DE MARZO DE 2011.

TEXTO ORIGINAL. N. DE E. CONTIENE LA FE DE ERRATAS PUBLICADA EN EL PERIODICO OFICIAL EL 24 DE MARZO DE 2011. REGLAMENTO INTERNO DEL COMITE DE VALIDACION PARA EL OTORGAMIENTO DE AYUDAS FUNCIONALES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD DEL SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL ESTADO DE MEXICO TEXTO ORIGINAL.

Más detalles

MANDATO. SERVICIOS CORPORATIVOS CREDITO FAMILIAR, S.A. DE C.V. (Servicios CF)

MANDATO. SERVICIOS CORPORATIVOS CREDITO FAMILIAR, S.A. DE C.V. (Servicios CF) MANDATO DEL COMITÉ DE RECURSOS HUMANOS DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE SCOTIABANK INVERLAT, S.A., INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO SCOTIABANK INVERLAT, (el Banco) SCOTIA INVERLAT CASA DE

Más detalles

CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES

CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES LINEAMIENTOS INTERNOS SOBRE LA CONSTITUCIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL GRUPO DE TRABAJO DE SEGUIMIENTO AL PROGRAMA DE MODERNIZACIÓN DEL CATASTRO RURAL NACIONAL DEL REGISTRO AGRARIO NACIONAL. CAPÍTULO PRIMERO

Más detalles

MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL SUBCOMITÉ REVISOR DE CONVOCATORIA DE PROMÉXICO

MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL SUBCOMITÉ REVISOR DE CONVOCATORIA DE PROMÉXICO MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL SUBCOMITÉ REVISOR DE CONVOCATORIA DE Unidad de Administración y Finanzas Mayo 2011. Í N D I C E PÁGINA 1. GLOSARIO DE TÉRMINOS 3 2. MARCO JURÍDICO 5 3. OBJETIVOS

Más detalles

REGLAMENTO DEL CONSEJO DIRECTIVO

REGLAMENTO DEL CONSEJO DIRECTIVO CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LA LEY QUE CREA LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PUEBLA, EN SU CAPÍTULO SEGUNDO DE LA ORGANIZACIÓN DE LA UNIVERSIDAD, DEL ARTÍCULO 6o., FRACCIÓN I; DE LOS ARTÍCULOS 7o.,

Más detalles

DECRETO POR EL QUE SE CREA LA COMISIÓN DE CAMBIO CLIMÁTICO EN SONORA

DECRETO POR EL QUE SE CREA LA COMISIÓN DE CAMBIO CLIMÁTICO EN SONORA DECRETO POR EL QUE SE CREA LA COMISIÓN DE CAMBIO CLIMÁTICO EN SONORA Artículo 1.- Se crea la Comisión de Cambio Climático en Sonora como una instancia de coordinación y concertación de acciones, así como

Más detalles

CENTRO DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA DE YUCATAN, A. C.

CENTRO DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA DE YUCATAN, A. C. CENTRO DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA DE YUCATAN, A. C. REGLAMENTO DEL COMITÉ DE INFORMACIÓN LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PUBLICA GUBERNAMENTAL Capítulo I Disposiciones Generales

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DEL COMITE DE INFORMATICA DEL GOBIERNO DEL ESTADO.

REGLAMENTO INTERNO DEL COMITE DE INFORMATICA DEL GOBIERNO DEL ESTADO. REGLAMENTO INTERNO DEL COMITE DE INFORMATICA DEL GOBIERNO DEL ESTADO. MANUEL CAVAZOS LERMA, Gobernador Constitucional del Estado de Tamaulipas, en uso de las facultades que al Ejecutivo a mi cargo le confieren

Más detalles

CAPÍTULO I Disposiciones Generales

CAPÍTULO I Disposiciones Generales LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ TÉCNICO PARA FOMENTAR EL AHORRO DE ENERGÍA Y EL MANEJO AMBIENTAL DE LOS RECURSOS EN LAS OFICINAS DE LA SECRETARÍA DE ENERGÍA CAPÍTULO I Disposiciones

Más detalles

PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL ESTADO NÚM. EXT. 385 DE FECHA 1 DE DICIEMBRE DE 2010.

PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL ESTADO NÚM. EXT. 385 DE FECHA 1 DE DICIEMBRE DE 2010. PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL ESTADO NÚM. EXT. 385 DE FECHA 1 DE DICIEMBRE DE 2010. EL PRESENTE DECRETO FUE REFORMADO POR EL DIVERSO, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL ESTADO NUMERO EXT. 034 DE FECHA

Más detalles

REGLAMENTO DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE LICITACIONES DEL PATRONATO UNIVERSITARIO

REGLAMENTO DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE LICITACIONES DEL PATRONATO UNIVERSITARIO REGLAMENTO DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE LICITACIONES DEL PATRONATO UNIVERSITARIO Exposición de Motivos El Patronato Universitario, dentro de sus funciones de administración del patrimonio

Más detalles

REGLAMENTO DEL ORGANISMO PÚBLICO DESCONCENTRADO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL DE GUADALAJARA DENOMINADO PARQUE AGUA AZUL

REGLAMENTO DEL ORGANISMO PÚBLICO DESCONCENTRADO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL DE GUADALAJARA DENOMINADO PARQUE AGUA AZUL REGLAMENTO DEL ORGANISMO PÚBLICO DESCONCENTRADO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL DE GUADALAJARA DENOMINADO PARQUE AGUA AZUL Capítulo I Disposiciones Generales Artículo 1. 1. Las disposiciones de

Más detalles

GUÍA DE OPERACIÓN DEL COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS

GUÍA DE OPERACIÓN DEL COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS 1. Presentación Tras establecerse en el año 2006 el primer marco normativo de control interno para toda la Administración Pública Federal, surgió la necesidad de establecer un mecanismo que vinculara la

Más detalles

CONSIDERANDO REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE LA VIOLENCIA FAMILIAR. CAPÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

CONSIDERANDO REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE LA VIOLENCIA FAMILIAR. CAPÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES EL CONSEJO ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE LA VIOLENCIA FAMILIAR, EN EJERCICIO DE LA ATRIBUCIÓN QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 9 FRACCIÓN X, DE LA LEY PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE LA VIOLENCIA

Más detalles

PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL ESTADO NÚM. EXT. 429 DE FECHA 26 DE DICIEMBRE DE 2008.

PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL ESTADO NÚM. EXT. 429 DE FECHA 26 DE DICIEMBRE DE 2008. PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL ESTADO NÚM. EXT. 429 DE FECHA 26 DE DICIEMBRE DE 2008. GOBIERNO DEL ESTADO MAQUINARIA DE VERACRUZ O.P.D. MAQUINARIA DE VERACRUZ Lic. Hugo Parroquin Aguirre, Director

Más detalles

REGLAMENTO DEL CONSEJO CONSULTIVO DEL PROGRAMA D.A.R.E. DEL AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA. Capítulo Primero Disposiciones Generales

REGLAMENTO DEL CONSEJO CONSULTIVO DEL PROGRAMA D.A.R.E. DEL AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA. Capítulo Primero Disposiciones Generales REGLAMENTO DEL CONSEJO CONSULTIVO DEL PROGRAMA D.A.R.E. DEL AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA Capítulo Primero Disposiciones Generales Artículo 1. 1. El presente reglamento es de orden público e interés social,

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT CREACION DE LA UNIDAD EJECUTORA MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE INFORMACION DE LA SUNAT - MSI

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT CREACION DE LA UNIDAD EJECUTORA MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE INFORMACION DE LA SUNAT - MSI RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N 061-2017/SUNAT CREACION DE LA UNIDAD EJECUTORA MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE INFORMACION DE LA SUNAT - MSI Lima, 07 de marzo de 2017 VISTO: El Informe N 005-2017-SUNAT/1K2000

Más detalles

Lineamientos para el funcionamiento del Comité Técnico, Grupo Permanente de Trabajo y Comités Estatales del Programa de Empleo Temporal

Lineamientos para el funcionamiento del Comité Técnico, Grupo Permanente de Trabajo y Comités Estatales del Programa de Empleo Temporal Lineamientos para el funcionamiento del Comité Técnico, Grupo Comités Estatales del Programa de Empleo Temporal Ejercicio Fiscal 2012 Con fundamento en los artículos 32, 32 bis, 36 y 40 de la Ley Orgánica

Más detalles

CAPÍTULO I GENERALIDADES.

CAPÍTULO I GENERALIDADES. EL COMITÉ TÉCNICO INTERNO DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS DEL FONDO PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO Y SOCIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EN CUMPLIMIENTO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR EL ARTÍCULO 21, FRACCIÓN

Más detalles

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL FONDO PyME 2012 APROBADO POR EL CONSEJO DIRECTIVO DEL FONDO PYME EL 24 DE ENERO DE 2012 ANEXO 1

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL FONDO PyME 2012 APROBADO POR EL CONSEJO DIRECTIVO DEL FONDO PYME EL 24 DE ENERO DE 2012 ANEXO 1 ANEXO 1 OPERACIÓN Y FUNCIONES DEL SUBCOMITÉ TÉCNICO ESTATAL Página 87 de 97 A. Conformación. ANEXO 1 Operación y funciones del Subcomité La conformación del Subcomité prevé la participación del Secretario

Más detalles

ACUERDO. Al margen un sello que dice: Secretaría General de Gobierno. Gobierno del Estado de Jalisco. Estados Unidos Mexicanos.

ACUERDO. Al margen un sello que dice: Secretaría General de Gobierno. Gobierno del Estado de Jalisco. Estados Unidos Mexicanos. ACUERDO Al margen un sello que dice: Secretaría General de Gobierno. Gobierno del Estado de Jalisco. Estados Unidos Mexicanos. DIGELAG ACU 034/2013 DIRECCIÓN GENERAL DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y ACUERDOS

Más detalles

C O N S I D E R A N D O

C O N S I D E R A N D O EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DEL SUR DEL ESTADO DE MEXICO, EN EJERCICIO DE LA ATRIBUCION QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 13 FRACCION V, DEL DECRETO DEL EJECUTIVO POR EL QUE SE CREA EL

Más detalles

REGLAMENTO DEL SISTEMA ESTATAL PARA LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES

REGLAMENTO DEL SISTEMA ESTATAL PARA LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES REGLAMENTO DEL SISTEMA ESTATAL PARA LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES REGLAMENTO DEL SISTEMA ESTATAL PARA LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES CAPITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- El

Más detalles

ACUERDO POR EL QUE SE EXPIDEN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL FONDO DE ESTABILIZACIÓN DE LOS INGRESOS PETROLEROS.

ACUERDO POR EL QUE SE EXPIDEN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL FONDO DE ESTABILIZACIÓN DE LOS INGRESOS PETROLEROS. ACUERDO POR EL QUE SE EXPIDEN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL FONDO DE ESTABILIZACIÓN DE LOS INGRESOS PETROLEROS. ACUERDO POR EL QUE SE EXPIDEN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL FONDO DE ESTABILIZACIÓN DE LOS INGRESOS

Más detalles

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE ALTAMIRA ÍNDICE CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE ALTAMIRA ÍNDICE CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE ALTAMIRA ÍNDICE CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO II DEL FUNCIONAMIENTO CAPÍTULO III DE LAS COMISIONES

Más detalles

REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO MUNICIPAL DEL DEPORTE

REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO MUNICIPAL DEL DEPORTE Reglamento Interior del Instituto Municipal del Deporte Sin Reformas Se encuentra publicado en el Periódico Oficial número 106 de fecha 03 de septiembre de 2009. REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO MUNICIPAL

Más detalles

Manual de conformación, organización y funcionamiento del Comité de Tecnologías de Información del IDA

Manual de conformación, organización y funcionamiento del Comité de Tecnologías de Información del IDA Manual de conformación, organización y funcionamiento del Comité de Tecnologías de Información del IDA Octubre 2012 Contenido Pág. 1. Capítulo I. 3 Disposiciones Generales...3 2. Capítulo II....4 Funciones

Más detalles

Criterios para el Funcionamiento del Comité de Información de Estudios Churubusco Azteca, S.A.

Criterios para el Funcionamiento del Comité de Información de Estudios Churubusco Azteca, S.A. Criterios para el Funcionamiento del Comité de Información de Estudios Churubusco Azteca, S.A. Al margen la identidad gráfica de Estudios Churubusco Azteca, S.A. Con fundamento en los artículos 29 y 30

Más detalles

PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 3 DE AGOSTO DE 2007.

PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 3 DE AGOSTO DE 2007. PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 3 DE AGOSTO DE 2007. REGLAMENTO DE LA LEY DEL FONDO DE APOYO A LA PROCURACIÓN DE JUSTICIA EN EL DISTRITO FEDERAL. (Al margen superior centrado un

Más detalles

Al margen un sello que dice: Gobierno de Jalisco. Poder Ejecutivo. Secretaria General de Gobierno.

Al margen un sello que dice: Gobierno de Jalisco. Poder Ejecutivo. Secretaria General de Gobierno. Al margen un sello que dice: Gobierno de Jalisco. Poder Ejecutivo. Secretaria General de Gobierno. REGLAMENTO DEL COMITÉ TÉCNICO DE TRANSPARENCIA Y VALORACIÓN SALARIAL DEL ESTADO DE JALISCO Y SUS MUNICIPIOS

Más detalles

GOBIERNO DEL ESTADO CONSIDERANDO

GOBIERNO DEL ESTADO CONSIDERANDO PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL ESTADO NÚMERO 14 DE FECHA 18 DE ENERO DE 2002. EL PRESENTE DECRETO FUE MODIFICADO, MEDIANTE REFORMA PÚBLICADA EN LA GACETA OFICIAL DEL ESTADO NO. 204, DE FECHA 12 DE

Más detalles

Reglamento Interior del Comité de Simplificación y Modernización Administrativa para las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal

Reglamento Interior del Comité de Simplificación y Modernización Administrativa para las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal Reglamento Interior del Comité de Simplificación y Modernización Administrativa para las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal Documento de consulta Ultima reforma aplicada 26 de

Más detalles

CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DEL COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DE LA AUDITORÍA GENERAL DEL ESTADO CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1.- El presente Reglamento Interior es de orden público,

Más detalles

BASES PARA LA INSTALACIÓN, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL GRUPO TÉCNICO DE PUBLICIDAD, DE LA PROCURADURÍA FEDERAL DEL CONSUMIDOR

BASES PARA LA INSTALACIÓN, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL GRUPO TÉCNICO DE PUBLICIDAD, DE LA PROCURADURÍA FEDERAL DEL CONSUMIDOR BASES PARA LA INSTALACIÓN, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL GRUPO TÉCNICO DE PUBLICIDAD, DE LA PROCURADURÍA FEDERAL DEL CONSUMIDOR BERNARDO ALTAMIRANO RODRÍGUEZ, Procurador Federal del Consumidor, con

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DEL PATRONATO DEL SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL MUNICIPIO DE MANZANILLO, COLIMA

REGLAMENTO INTERNO DEL PATRONATO DEL SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL MUNICIPIO DE MANZANILLO, COLIMA REGLAMENTO INTERNO DEL PATRONATO DEL SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL MUNICIPIO DE MANZANILLO, COLIMA (Aprobado el 2 de agosto del 2000 y Publicado el 26 de Agosto del 2000) La C.P.

Más detalles

REGLAMENTO DEL COMITÉ DE VINCULACIÓN DE LAS ESCUELAS DE ARTES Y OFICIOS DEL INSTITUTO DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO PARA EL TRABAJO INDUSTRIAL

REGLAMENTO DEL COMITÉ DE VINCULACIÓN DE LAS ESCUELAS DE ARTES Y OFICIOS DEL INSTITUTO DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO PARA EL TRABAJO INDUSTRIAL REGLAMENTO DEL COMITÉ DE VINCULACIÓN DE LAS ESCUELAS DE ARTES Y OFICIOS DEL INSTITUTO DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO PARA EL TRABAJO INDUSTRIAL Título Primero Capítulo Primero Del Comité de Vinculación

Más detalles

DECRETO CONSIDERANDO. Por lo anteriormente expuesto y fundado, he tenido a bien expedir el siguiente:

DECRETO CONSIDERANDO. Por lo anteriormente expuesto y fundado, he tenido a bien expedir el siguiente: Última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado El 8 de Diciembre del 2005. Publicado en el Periódico Oficial del Estado VÍCTOR MANUEL TINOCO RUBÍ, Gobernador Constitucional del Estado Libre

Más detalles

Mecanismo de Participación Ciudadana 2017 Consejo de Promoción Turística de México, S.A. de C.V. Antecedentes

Mecanismo de Participación Ciudadana 2017 Consejo de Promoción Turística de México, S.A. de C.V. Antecedentes Mecanismo de Participación Ciudadana 2017 Consejo de Promoción Turística de México, S.A. de C.V. Antecedentes Con la finalidad de atender lo dispuesto en el Guía de Gobierno Abierto 2017, en específico

Más detalles

REGLAMENTO DEL SISTEMA ESTATAL DE PREVENCIÓN, ATENCIÓN, SANCIÓN Y ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES

REGLAMENTO DEL SISTEMA ESTATAL DE PREVENCIÓN, ATENCIÓN, SANCIÓN Y ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES REGLAMENTO DEL SISTEMA ESTATAL DE PREVENCIÓN, ATENCIÓN, SANCIÓN Y ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES Página 1 Las y los CC. Miembros del Sistema Estatal de Prevención, atención, sanción y

Más detalles

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA UNIVERSIDAD DEL SUR

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA UNIVERSIDAD DEL SUR REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA UNIVERSIDAD DEL SUR ÍNDICE CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO II DEL FUNCIONAMIENTO CAPÍTULO III DE LAS COMISIONES TRANSITORIOS

Más detalles

REGLAMENTO INTERIOR DEL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO PARQUES Y VIDA SILVESTRE DE NUEVO LEÓN

REGLAMENTO INTERIOR DEL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO PARQUES Y VIDA SILVESTRE DE NUEVO LEÓN REGLAMENTO INTERIOR DEL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO PARQUES Y VIDA SILVESTRE DE NUEVO LEÓN Reglamento del Gobernador constitucional del Estado como Presidente de la Junta de Gobierno del

Más detalles

MANUAL DE INTEGRACION Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ INTERNO DE AHORRO DE ENERGÍA DEL HOSPITAL GENERAL DR. MANUEL GEA GONZÁLEZ INDICE

MANUAL DE INTEGRACION Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ INTERNO DE AHORRO DE ENERGÍA DEL HOSPITAL GENERAL DR. MANUEL GEA GONZÁLEZ INDICE INDICE PRESENTACION. I. FUNDAMENTO LEGAL II. DEFINICIONES III. OBJETIVOS IV. INTEGRACION DEL COMITÉ V. FUNCIONES DEL COMITÉ VI. POLITICAS DE OPERACIÓN DE LA ORGANIZACIÓN DE LAS SECIONES VII. DESCRIPCION

Más detalles

Ultima reforma publicada en el Periódico Oficial del 12 de enero de 2005.

Ultima reforma publicada en el Periódico Oficial del 12 de enero de 2005. Ultima reforma publicada en el Periódico Oficial del 12 de enero de 2005. Decreto publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado el 08 de junio de 1971. LEY DE LA CASA DE LA CULTURA OAXAQUEÑA

Más detalles

REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA ESTATAL PARA PREVENIR, ATENDER, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES.

REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA ESTATAL PARA PREVENIR, ATENDER, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES. REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA ESTATAL PARA PREVENIR, ATENDER, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES. CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1.- El presente Reglamento

Más detalles

REGLAMENTO DEL CONSEJO ESTATAL DE SEGURIDAD PUBLICA DE BAJA CALIFORNIA SUR

REGLAMENTO DEL CONSEJO ESTATAL DE SEGURIDAD PUBLICA DE BAJA CALIFORNIA SUR REGLAMENTO DEL CONSEJO ESTATAL DE SEGURIDAD PUBLICA DE BAJA CALIFORNIA SUR TEXTO ORIGINAL. Reglamento publicado en el Extraordinario del Boletín Oficial del Estado de Baja California Sur, el miércoles

Más detalles

Al margen un sello que dice: Gobierno de Jalisco. Poder Ejecutivo. Secretaría General de Gobierno. Estados Unidos Mexicanos.

Al margen un sello que dice: Gobierno de Jalisco. Poder Ejecutivo. Secretaría General de Gobierno. Estados Unidos Mexicanos. Al margen un sello que dice: Gobierno de Jalisco. Poder Ejecutivo. Secretaría General de Gobierno. Estados Unidos Mexicanos. DIGELAG ACU 029/2008 ACUERDO DEL CIUDADANO GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO

Más detalles

REGLAMENTO INTERIOR DEL CONSEJO ESTATAL DE SALUD. CAPÍTULO I Disposiciones generales

REGLAMENTO INTERIOR DEL CONSEJO ESTATAL DE SALUD. CAPÍTULO I Disposiciones generales REGLAMENTO INTERIOR DEL CONSEJO ESTATAL DE SALUD CAPÍTULO I Disposiciones generales Artículo 1. El presente ordenamiento tiene por objeto regular la organización y funcionamiento del Consejo Estatal de

Más detalles

CRÉDITO FAMILIAR S.A. DE C.V., SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE, ENTIDAD REGULADA, GRUPO FINANCIERO SCOTIABANK INVERLAT.

CRÉDITO FAMILIAR S.A. DE C.V., SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE, ENTIDAD REGULADA, GRUPO FINANCIERO SCOTIABANK INVERLAT. MANDATO DEL COMITÉ DE RIESGOS DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE GRUPO FINANCIERO SCOTIABANK INVERLAT, S.A. DE C.V. (el Grupo) SCOTIABANK INVERLAT, S.A., INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO SCOTIABANK

Más detalles

CONSIDERANDO REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE LA VIOLENCIA FAMILIAR. CAPÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

CONSIDERANDO REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE LA VIOLENCIA FAMILIAR. CAPÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES EL CONSEJO ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE LA VIOLENCIA FAMILIAR, EN EJERCICIO DE LA ATRIBUCIÓN QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 9 FRACCIÓN X, DE LA LEY PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE LA VIOLENCIA

Más detalles

CoMeRi Comité de mejora regulatoria interna SEGOB

CoMeRi Comité de mejora regulatoria interna SEGOB REGLAS DE OPERACIÓN DEL COMITÉ DE MEJORA REGULATORIA INTERNA DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN Capítulo I Disposiciones Generales Artículo 1.- Este ordenamiento tiene por objeto regular la operación del

Más detalles

REGLAMENTO DEL PATRONATO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE ELDORADO

REGLAMENTO DEL PATRONATO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE ELDORADO REGLAMENTO DEL PATRONATO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE ELDORADO Teléfonos (667) 7242432, 7242434. www.itseldorado.edu.mx ÍNDICE PÁGINA CAPITULO I: Disposiciones Generales.........3. CAPITULO II:

Más detalles

Nota: El Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Centro de Investigación y Seguridad Nacional en ningún momento desapareció.

Nota: El Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Centro de Investigación y Seguridad Nacional en ningún momento desapareció. Nota: El Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Centro de Investigación y Seguridad Nacional en ningún momento desapareció. FERNANDO FRANCISCO GÓMEZ MONT URUETA, Secretario de Gobernación,

Más detalles

DECRETO POR EL SE CREA «LA COMISIÓN ESTATAL DEL CONVENIO DE CONFIANZA MUNICIPAL», ÓRGANO DESCONCENTRADO DE LA SECRETARÍA DE PLANEACIÓN Y DESARROLLO

DECRETO POR EL SE CREA «LA COMISIÓN ESTATAL DEL CONVENIO DE CONFIANZA MUNICIPAL», ÓRGANO DESCONCENTRADO DE LA SECRETARÍA DE PLANEACIÓN Y DESARROLLO DECRETO POR EL SE CREA «LA COMISIÓN ESTATAL DEL CONVENIO DE CONFIANZA MUNICIPAL», ÓRGANO DESCONCENTRADO DE LA SECRETARÍA DE PLANEACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE Publicación No. 001-A-2006-H Al margen un

Más detalles

DECRETO POR EL QUE SE CREA EL INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL.

DECRETO POR EL QUE SE CREA EL INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL. DECRETO POR EL QUE SE CREA EL INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL. Artículo 1o.- Se crea el organismo descentralizado denominado Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, con personalidad

Más detalles

MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE DESARROLLO Y ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL

MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE DESARROLLO Y ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL PROCEDIMIENTO: 321 ADMINISTRACIÓN DEL FONDO DE RETIRO (FOREMEX) OBJETIVO: Proporcionar a las servidoras públicas y a los servidores públicos que se retiran del servicio, como parte del régimen de prestaciones

Más detalles

C O N S I D E RA N D O

C O N S I D E RA N D O LOS S DE LA COMISIÓN INTERSECRETARIAL PARA EL TURISMO DE NATURALEZA DEL ESTADO DE MÉXICO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LES CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 78 Y 143 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO

Más detalles

Capítulo Primero Disposiciones Generales

Capítulo Primero Disposiciones Generales Reglamento del Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Municipal de Guadalajara denominado Comité Organizador de los Juegos Panamericanos Guadalajara 2011 Capítulo Primero Disposiciones

Más detalles

Proyecto 1 Dirección General de Coordinación Política Dirección de Vinculación con Gobiernos Locales EZ/MIS

Proyecto 1 Dirección General de Coordinación Política Dirección de Vinculación con Gobiernos Locales EZ/MIS Proyecto 1 Dirección General de Coordinación Política Dirección de Vinculación con Gobiernos Locales EZ/MIS Recomendaciones para la elaboración de un Reglamento de creación de un Consejo Consultivo de

Más detalles

MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE BIENES MUEBLES

MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE BIENES MUEBLES MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE BIENES MUEBLES INDICE Página INTRODUCCIÓN 3 MARCO JURÍDICO 3 I. OBJETIVO 4 II. DEFINICIONES 4 III. INTEGRACIÓN DEL COMITÉ 4 IV. FUNCIONES DEL COMITÉ

Más detalles

Mexicanos Residentes en el Extranjero. Programa Anual de Trabajo Comisión Temporal del Voto de los. Mexicanos Residentes en el Extranjero

Mexicanos Residentes en el Extranjero. Programa Anual de Trabajo Comisión Temporal del Voto de los. Mexicanos Residentes en el Extranjero Programa Anual de Trabajo 2017 Comisión Temporal del Voto de los Enero 2017 Contenido 1 Presentación.. 3 2 Marco jurídico 5 3 Objetivos del Programa Anual de Trabajo 6 4 Ejes temáticos....... 8 4.1 Procesos

Más detalles

Publicación No 2535-A Al margen, un sello con el Escudo Nacional que dice Estados Unidos Mexicanos. Poder Ejecutivo del Estado de Chiapas.

Publicación No 2535-A Al margen, un sello con el Escudo Nacional que dice Estados Unidos Mexicanos. Poder Ejecutivo del Estado de Chiapas. Publicación No 2535-A-2006 Al margen, un sello con el Escudo Nacional que dice Estados Unidos Mexicanos. Poder Ejecutivo del Estado de Chiapas. Pablo Salazar Mendiguchia Gobernador del Estado Libre y Soberano

Más detalles

Lineamientos de funcionamiento del Comité de Información de la Universidad Autónoma del Estado de México

Lineamientos de funcionamiento del Comité de Información de la Universidad Autónoma del Estado de México Lineamientos de funcionamiento del Comité de Información de la Universidad Autónoma del Estado de México OFICINA DEL ABOGADO GENERAL CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 10 FRACCIÓN II Y 13

Más detalles

CONSIDERANDO REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO SUPERIOR DE CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

CONSIDERANDO REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO SUPERIOR DE CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES DOCTOR EN DERECHO ERUVIEL ÁVILA VILLEGAS, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MÉXICO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIERE EL ARTÍCULO 77, FRACCIONES II, IV, XXVIII Y XXXVIII DE LA CONSTITUCIÓN

Más detalles

REGLAMENTO DEL H. CONSEJO ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CIUDAD JUÁREZ

REGLAMENTO DEL H. CONSEJO ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CIUDAD JUÁREZ REGLAMENTO DEL H. CONSEJO ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CIUDAD JUÁREZ 1 H. CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CIUDAD JUÁREZ, SECRETARÍA DEL H. CONSEJO UNIVERSITARIO, EXPEDIDO

Más detalles

ACUERDO POR EL QUE SE CONSTITUYE LA COMISIÓN INTERSECRETARIAL DE TRANSVERSALIDAD INSTITUCIONAL PARA EL DESARROLLO INDÍGENA

ACUERDO POR EL QUE SE CONSTITUYE LA COMISIÓN INTERSECRETARIAL DE TRANSVERSALIDAD INSTITUCIONAL PARA EL DESARROLLO INDÍGENA ACUERDO POR EL QUE SE CONSTITUYE LA COMISIÓN INTERSECRETARIAL DE TRANSVERSALIDAD INSTITUCIONAL PARA EL DESARROLLO INDÍGENA Artículo 1º.- El presente Acuerdo tiene por objeto constituir la Comisión Intersecretarial

Más detalles

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Gobernador del Estado de Veracruz-LLave.

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Gobernador del Estado de Veracruz-LLave. Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Gobernador del Estado de Veracruz-LLave. DANTE DELGADO RANNAURO, Gobernador del Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave, a sus habitantes sabed:

Más detalles

SISTEMA PARA LA IGUALDAD SUSTANTIVA ENTRE MUJERES Y HOMBRES EN EL DISTRITO FEDERAL

SISTEMA PARA LA IGUALDAD SUSTANTIVA ENTRE MUJERES Y HOMBRES EN EL DISTRITO FEDERAL INSTITUTO DE LAS MUJERES DEL DISTRITO FEDERAL SISTEMA PARA LA IGUALDAD SUSTANTIVA ENTRE MUJERES Y HOMBRES EN EL DISTRITO FEDERAL REGLAS PARA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA PARA LA IGUALDAD

Más detalles

REGLAMENTO INTERIOR DE LA COMISIÓN CONSULTIVA DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO DEL ESTADO DE TABASCO CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO INTERIOR DE LA COMISIÓN CONSULTIVA DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO DEL ESTADO DE TABASCO CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO INTERIOR DE LA COMISIÓN CONSULTIVA DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO DEL ESTADO DE TABASCO CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1.- El presente Reglamento tiene por objeto regular

Más detalles

Reglas para la integración y operación de los Comités Ejecutivos de los Subsistemas Nacionales de Información

Reglas para la integración y operación de los Comités Ejecutivos de los Subsistemas Nacionales de Información Contenido Consideraciones Generales 3 Capítulo I. Objetivo de las Reglas 3 Capítulo II De la integración de los Comités Ejecutivos 3 Capítulo III De las funciones de los Comités Ejecutivos 5 Capítulo IV

Más detalles

CAPÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

CAPÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE ADMISIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE PROGRAMAS DE DESARROLLO SOCIAL DEL SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL ESTADO DE MÉXICO CAPÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES

Más detalles

MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, DE LA

MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, DE LA MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, DE LA SOCIEDAD HIPOTECARIA FEDERAL, S.N.C., BANCA DE DESARROLLO. - 1 - INDICE. Introducción...

Más detalles

Reforma del reglamento publicado en el tomo CLIII, número 30, sección segunda del Periódico Oficial del Estado el día 4 de marzo de 2016.

Reforma del reglamento publicado en el tomo CLIII, número 30, sección segunda del Periódico Oficial del Estado el día 4 de marzo de 2016. Reforma del reglamento publicado en el tomo CLIII, número 30, sección segunda del Periódico Oficial del Estado el día 4 de marzo de 2016. EL C. PRESIDENTE MUNICIPAL DE SAN PEDRO GARZA GARCÍA, NUEVO LEÓN,

Más detalles

UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA NACIONAL REGLAMENTO DEL CONSEJO TÉCNICO C A P I T U L O DISPOSICIONES GENERALES

UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA NACIONAL REGLAMENTO DEL CONSEJO TÉCNICO C A P I T U L O DISPOSICIONES GENERALES UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA NACIONAL REGLAMENTO DEL CONSEJO TÉCNICO DISPOSICIONES GENERALES I ARTÍCULO 1.- Las actividades del Consejo Técnico tendrán como propósito obtener la armonía, equilibro e integración

Más detalles