ANTECEDENTES DE HECHO
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- Ángel Vidal Juárez
- hace 9 años
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1 RESOLUCIÓN DE LA DIRECTORA DEL INSTITUTO CANARIO DE LA VIVIENDA POR LA QUE SE ANUNCIA LA CELEBRACIÓN DEL SORTEO PARA LLEVAR A CABO LA ADJUDICACIÓN DE LA PROMOCIÓN DENOMINADA 58 VIVIENDAS PROTEGIDAS Y GARAJES DE PROMOCIÓN PÚBLICA, UBICADAS EN LA AVENIDA JOAN Y VÍCTOR JARA/ AVENIDA DE LAS RAMBLAS, EN LA PARCELA 607 DEL VALLE DE JINÁMAR Y, 57 VIVIENDAS PROTEGIDAS DE PROMOCIÓN PÚBLICA, UBICADAS EN LA CALLE DRAGO Y AVENIDA PINTOR FELO MONZÓN, EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, ISLA DE GRAN CANARIA. ANTECEDENTES DE HECHO I.- El Director del Instituto Canario de la Vivienda, con fecha 28 de diciembre de 2012, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 del Decreto 138/2007, de 24 de mayo, por el que se establece el régimen de adjudicación de las viviendas protegidas de promoción pública del Instituto Canario de la Vivienda, en relación con lo dispuesto en el artículo 15.2 de la Ley 2/2003 de 30 de enero, de Viviendas de Canarias y 10.1.C).b) del Decreto 152/2008, de 7 de julio, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto Canario de la Vivienda, anunció la PROMOCIÓN DENOMINADA 58 VIVIENDAS PROTEGIDAS Y GARAJES DE PROMOCIÓN PÚBLICA, UBICADAS EN LA AVENIDA JOAN Y VÍCTOR JARA/ AVENIDA DE LAS RAMBLAS, EN LA PARCELA 607 DEL VALLE DE JINÁMAR Y, 57 VIVIENDAS PROTEGIDAS DE PROMOCIÓN PÚBLICA, UBICADAS EN LA CALLE DRAGO Y AVENIDA PINTOR FELO MONZÓN, EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, ISLA DE GRAN CANARIA. II.- Mediante Resolución de la Directora del Instituto Canario de la Vivienda de fecha 07 de marzo de 2013, se publicó el listado de demandantes de viviendas que podían participar en la citada promoción. III.- De acuerdo con lo previsto en el artículo 23.2 Decreto 138/2007, de 24 de mayo, puesto que la promoción en curso tiene más de 20 viviendas (115 en total), se procede a la reserva de dos pisos tutelados para su cesión en precario a personas jurídicas o privadas sin ánimo de lucro. Por ello, el número de viviendas a distribuir entre los distintos cupos es de 113 viviendas. IV.- Mediante Resolución de la Directora del Instituto Canario de la Vivienda, de fecha 2 de diciembre de 2014, se aprueba la constitución de cupos especiales y general, así como la distribución de las viviendas para la promoción denominada 58 VIVIENDAS PROTEGIDAS Y GARAJES DE PROMOCIÓN PÚBLICA, UBICADAS EN LA AVENIDA JOAN Y VÍCTOR JARA/ AVENIDA DE LAS RAMBLAS, EN LA PARCELA 607 DEL VALLE DE JINÁMAR Y, 57 VIVIENDAS PROTEGIDAS DE PROMOCIÓN PÚBLICA, UBICADAS EN LA CALLE DRAGO Y AVENIDA PINTOR FELO MONZÓN, EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, ISLA DE GRAN CANARIA. y se aprueba la relación provisional de los demandantes admitidos y excluidos por cupos para la señalada promoción. Cupo para discapacitados con movilidad reducida con necesidad de silla de ruedas. Cupo para discapacitados con limitación, movilidad o comunicación reducida que no precisen silla de ruedas. Cupo para emigrantes retornados. Cupo de jóvenes. C/ Carlos J.R. Hamilton, nº 16 C/ Profesor Agustín Millares Carló, nº 18 Edificio Daida, Planta 1ª Edificio Usos Múltiples II Planta 1ª Santa Cruz de Tenerife Las Palmas de Gran Canaria (Fax) / (Fax)
2 Cupo para mayores. Cupo para víctimas de malos tratos Cupo de composición reducida. (1 miembro). V.- Cumpliendo con lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto 138/2007, de 24 de mayo, se considera que las 113 viviendas sean distribuidas entre los cupos constituidos en el Hecho IV de la siguiente forma: - CUPOS ESPECIALES: - Cupo para discapacitados con movilidad reducida con necesidad de silla 4 de ruedas. - Cupo para discapacitados con movilidad o comunicación reducida que 3 no precisen silla de ruedas. - Cupo para emigrantes retornados 1 - Cupo para Jóvenes. 2 - Cupo para Mayores. 2 - Cupo para Mujeres Víctimas de malos tratos 5 - Cupo Familias de Composición Reducida (1 miembro) 10 - CUPO GENERAL: 86 TOTAL 113 VI.- Conforme a lo exigido en el artículo 19 ter.4, Desarrollo del sorteo, del Decreto 138/2007, de 24 de mayo, por el que se establece el régimen de adjudicación de las viviendas protegidas de promoción pública del Instituto Canario de la Vivienda, modificado por Decreto 96/2012, de 13 de Diciembre (BOC nº 250, de 24 de Diciembre) con el objeto de confeccionar la correspondiente lista de reserva se extraerán números hasta un máximo del 20% del total de las viviendas que hubiesen sido asignadas a aquellos, con un mínimo de uno por cada cupo. Quedando del modo siguiente: - CUPOS ESPECIALES: - Cupo para discapacitados con movilidad reducida con necesidad de silla 1 de ruedas. - Cupo para discapacitados con movilidad o comunicación reducida que 1 no precisen silla de ruedas. - Cupo para emigrantes retornados 1 - Cupo para Jóvenes. 1 - Cupo para Mayores. 1 - Cupo para Mujeres Víctimas de malos tratos 1 - Cupo Familias de Composición Reducida (1 miembro) 2 - CUPO GENERAL: 18 VII.- Con fecha 29 de Diciembre de 2014, se dictó Resolución de la Directora del Instituto Canario de la Vivienda por la que se aprobó la relación definitiva de demandantes admitidos y excluidos por cupos de la denominada promoción de 58 viviendas protegidas y garajes de promoción pública, ubicadas en la Avenida Joan y Víctor Jara/ Avenida de las Ramblas, en la parcela 607 del Valle de Jinámar y, 57 viviendas protegidas de promoción pública, ubicadas en la calle Drago y Avenida Pintor Felo Monzón, en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, isla de Gran Canaria, publicada en Boletín Oficial de Canarias de fecha 5 de enero de 2015 (BOC nº 2). 2
3 VIII.- Con fecha 20 de marzo de 2015, se emite, por la Jefa Técnica de Vivienda y Suelo (Asignación temporal de funciones de Jefe de Servicio de Asesoría Técnica de Adjudicación Pública por Resolución de la Directora del Instituto Canario de la Vivienda de 15 de septiembre de 2014) propuesta de resolución, haciendo referencia a los siguientes extremos: IX.- Proceder al Anuncio de la celebración del Sorteo de la denominada 58 viviendas protegidas y garajes de promoción pública, ubicadas en la Avenida Joan y Víctor Jara/ Avenida de las Ramblas, en la parcela 607 del Valle de Jinámar y, 57 viviendas protegidas de promoción pública, ubicadas en la calle Drago y Avenida Pintor Felo Monzón, en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, isla de Gran Canaria, el día 27 de marzo de 2015, en el Centro Insular de Deportes sito en la Avenida José Alcalde Ramírez Bethencourt, s/n, en el municipio de Las Palmas de Gran Canaria, a las 11:00 horas. - Convocar a la Señora Notaria encargada de ejecutar la celebración del Sorteo para el día, lugar y fecha señalados anteriormente. - Dar traslado de la presente Resolución al Ilustre Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, a efectos de proceder a su publicación en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento. Son de aplicación a los mencionados hechos los siguientes FUNDAMENTOS DE DERECHO I.- La competencia para realizar todas las actuaciones previas encaminadas a la adjudicación de las viviendas protegidas de promoción pública de titularidad de la Comunidad Autónoma de Canarias, le corresponde a la Directora del Instituto Canario de la Vivienda, conforme lo que establecen los artículos 15.2 de la Ley 2/2003, de 30 de enero, y 10.1.C).b) de los Estatutos del citado organismo autónomo, aprobados mediante Decreto 152/2008, de 7 de julio. II.- Conforme a lo previsto en el art. 47 de la Ley 2/2003, de 30 de Enero, de Vivienda de Canarias, punto 2º El procedimiento para adjudicar las viviendas protegidas se regulará reglamentariamente y será, preferentemente, el sorteo entre demandantes inscritos en los que concurran condiciones de necesidad análogas III.- Concurre, en la adjudicación de la Promoción señalada, el supuesto regulado por el artículo 19 del Decreto 138/2007, de 24 de mayo, por el que se establece el régimen de adjudicación de las viviendas protegidas de promoción pública del Instituto Canario de la Vivienda, en el que se establece que 1. En el supuesto de que el número de viviendas asignadas a cada cupo resulte inferior al número de demandantes que concurren al mismo, la adjudicación de las viviendas se llevará a cabo mediante sorteo. IV.- Quedan exceptuados del sorteo dos viviendas integrantes de la promoción que será destinados a pisos tutelados, conforme a lo previsto en el art del Decreto 138/2007, de 24 de mayo, por el que se establece el régimen de adjudicación de las viviendas protegidas de promoción pública del Instituto Canario de la Vivienda, en el que se establece que Es preceptiva la reserva de, como mínimo, un piso tutelado en aquellas promociones de más de veinte viviendas. En promociones con número de viviendas inferior a veinte, la reserva de piso tutelado será potestativa. y en Resolución de 28 de diciembre de 2012, del Director de Instituto Canario de la Vivienda, por la que se procede al anuncio de inicio de procedimiento de 3
4 adjudicación (publicada en el B.O.C. nº 6, de fecha 10 de enero de 2014) en el que se establecen dos viviendas tuteladas. V.- El orden de los cupos conforme al que se va a desarrollar el sorteo, siguiendo los criterios fijados por el Decreto 138/2007, será: - En primer lugar, los cupos especiales (art. 19 ter. del Decreto 138/2007) por el siguiente orden: - Cupo para Discapacitados con Movilidad Reducida Con Necesidad de Silla de Ruedas. - Cupo para Discapacitados con Movilidad Reducida o Comunicación Reducida que NO precisen silla de ruedas. - Cupo Emigrantes Retornados. - Cupo de Mayores. - Cupo para Jóvenes. - Cupo de Mujeres Víctimas de Malos Tratos. - Cupo para familias de composición reducida. Conforme a lo previsto en el art. 19.ter, apartado 2, este cupo estará compuesto por los demandantes que originariamente han sido asignados a éste cupo, más los demandantes que, no habiendo resultado adjudicatarios de vivienda en los sorteos correspondientes a los cupos para personas con comunicación o movilidad reducida que no precisen sillas de ruedas, para mayores y para jóvenes que pertenezcan a unidades familiares compuestas por un sólo miembro. - Celebrado el sorteo de los cupos especiales, anteriormente señalados, se sorteará el Cupo General. Conforme a lo previsto en el artículo 19 ter, apartado 3, del Decreto 138/2007, este cupo estará compuesto por los demandantes que originariamente han sido asignados a éste cupo, más los demandantes que, no habiendo resultado adjudicatarios de vivienda en los sorteos correspondientes a los cupos para personas con comunicación o movilidad reducida que no precisen sillas de ruedas, para mayores, para jóvenes y para familias de composición reducida que pertenezcan a unidades familiares compuestas por dos o más miembros. VII.- En aplicación de lo exigido en el art. 19.bis. párrafo 2º del Decreto 138/2007 En representación de las unidades familiares que concurren a la adjudicación podrán asistir al sorteo únicamente los titulares de las mismas o, en su defecto, quienes los representen, procediéndose, con carácter previo a la celebración del sorteo, a la identificación de los asistentes. En su virtud, de conformidad con las disposiciones vigentes y con la propuesta formulada por la Jefa Técnica de Vivienda y Suelo (Asignación temporal de funciones de Jefe de Servicio de Asesoría Técnica de Adjudicación Pública por Resolución de la Directora del Instituto Canario de la Vivienda de 15 de septiembre de 2014) 4
5 RESUELVO Primero: Proceder al Anuncio de la celebración del Sorteo de la denominada promoción 58 viviendas protegidas y garajes de promoción pública, ubicadas en la Avenida Joan y Víctor Jara/ Avenida de las Ramblas, en la parcela 607 del Valle de Jinámar y, 57 viviendas protegidas de promoción pública, ubicadas en la calle Drago y Avenida Pintor Felo Monzón, en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, isla de Gran Canaria, el día 27 de marzo de 2015, en el Centro Insular de Deportes sito en la Avenida José Alcalde Ramírez Bethencourt, s/n, en el municipio de Las Palmas de Gran Canaria, a las 11:00 horas. Segundo: Convocar a la Señora Notaria encargada de ejecutar la celebración del Sorteo para el día, lugar y fecha señalados anteriormente. Tercero: Dar traslado de la presente Resolución al Excmo. Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, a efectos de proceder a su publicación en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento. Siendo firme en vía administrativa la relación definitiva de los Demandantes Admitidos y Excluidos, esta Resolución es un acto administrativo de mero trámite que no decide ningún procedimiento, contra la misma no cabe recurso alguno según lo establecido en el artículo de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En Las Palmas de Gran Canaria La Directora del Instituto Canario de la Vivienda. Dª Sulbey González González. 5
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