PROYECTO EDUCATIVO DEL COMEDOR ESCOLAR
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- Raquel Escobar Martín
- hace 9 años
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1 PROYECTO EDUCATIVO DEL COMEDOR ESCOLAR
2 PROYECTO EDUCATIVO DEL COMEDOR ESCOLAR INTRODUCCIÓN El comedor escolar es un servicio complementario del centro, favorecedor de la conciliación laboral y familiar, y de formación de hábitos de alimentación saludables. OBJETIVOS DEL SERVICIO a) Desarrollar hábitos adecuados en relación a la alimentación, la salud y la higiene personal. b) Desarrollar habilidades sociales, así como hábitos apropiados y una actitud positiva hacia la cultura, el deporte y el ocio. MODELO DE GESTIÓN CONSEJO ESCOLAR DEL CENTRO El consejo escolar del centro tendrá, en relación con el servicio de comedor escolar, las siguientes atribuciones: a) Establecer directrices para la planificación y desarrollo del proyecto educativo de comedor y del programa anual de comedor. b) Aprobar el citado proyecto educativo de comedor y el programa anual de comedor. c) Supervisar la organización y la actividad general del comedor escolar; promover, en su caso, la renovación de las instalaciones y equipamiento, y vigilar su conservación e higiene. d) Supervisar los menús en cuanto a la calidad y variedad de los alimentos, comprobando que sean adecuados para una alimentación sana y equilibrada del alumnado. e) Acordar, en su caso, el anticipo del servicio de comedor al primer día lectivo del curso escolar y su finalización el último día lectivo del mismo. f) Decidir, en caso de insuficiencia de plazas, sobre la admisión del alumnado al servicio de comedor, de acuerdo a los criterios de prioridad establecidos por la normativa vigente. 1
3 COMISIÓN DE COMEDOR Estará compuesta, al menos, por el director/a del centro, dos docentes y dos padres o madres del alumnado, elegidos por el sector correspondiente de entre los miembros del consejo escolar. Será la encargada de dirimir las posibles cuestiones que pueda surgir en el funcionamiento del servicio de comedor escolar, para lo cual deberá tener conocimiento e información de todos los aspectos relacionados con el servicio, pudiendo establecer el consejo escolar del centro fórmulas para permitir el acceso de los miembros de la comisión al comedor y a la cocina a efectos de realizar las comprobaciones oportunas. DIRECCIÓN La dirección del centro tendrá las siguientes funciones, en relación con el comedor escolar: a) Elaborar junto con el equipo directivo, el proyecto educativo y el programa anual del servicio, para su posterior aprobación en el consejo escolar del centro. b) Ejercer las funciones inherentes a la dirección del servicio de comedor. c) Supervisar las condiciones de ejecución del contrato con las empresas adjudicatarias. d) Asegurar la presencia de un miembro del equipo directivo y del responsable del comedor durante el tiempo de duración de la prestación del servicio de comedor. e) Velar por la calidad de la atención educativa que recibe el alumnadousuario. f) Velar por el cumplimiento de la normativa vigente sobre salud e higiene. RESPONSABLE DE COMEDOR Será designado/a por el consejo escolar del centro a propuesta del director/a; debiendo ser miembro de la plantilla docente del centro. Son competencias del responsable de comedor: a) Ejercer las funciones de interlocutor con los usuarios del servicio, las empresas y el personal de las mismas. b) Elaborar y actualizar periódicamente el inventario de los bienes adscritos al comedor que se utilicen en el servicio. c) Realizar la gestión económica del comedor, así como verificar el cobro de las cantidades del precio del servicio a los usuarios del mismo, y efectuar los cobros y pagos autorizados por la dirección del centro. d) Proceder a la reposición del menaje necesario, previa autorización de la dirección del centro. 2
4 Deberá asegurarse la presencia del responsable del comedor en el centro durante la prestación del servicio de comedor. NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO El comedor escolar ofrecerá su servicio, durante el período comprendido entre los meses de octubre a mayo del año en curso. Se ofertará el servicio durante los meses de septiembre y junio, según decisión del Consejo Escolar, y aprobación de la Dirección Territorial. El servicio durante estos meses se hará efectivo si el número de comensales hiciera viable el mismo. El alumnado matriculado en el centro, realizará la solicitud del servicio ordinario (octubre-mayo), mediante instancia regulada por el mismo, durante el mes de septiembre. Corresponde al Consejo Escolar la selección y admisión del alumnado usuario del servicio de comedor, según la normativa vigente. El Consejo Escolar hará público el listado de admitidos y suplentes, con los que se constituirá una lista de espera, previamente al primer día lectivo del mes de octubre. En caso de vacantes en el servicio, se incorporarán al mismo, los solicitantes matriculados con posterioridad al inicio del curso. El Consejo Escolar aprobará las cuotas del servicio, de acuerdo a los máximos fijados por la Conselleria de Educación y Ocupación Los comensales beneficiarios de las ayudas asistenciales de comedor, abonarán en un único pago, la cuantía correspondiente a la suma de las cantidades mínimas de cada mes. Los comensales no beneficiarios de ayudas asistenciales de comedor, satisfarán las cuotas, según fecha acordada por el Consejo Escolar de centro. No se realizará devolución ni descuento por día no utilizado, salvo casos de ausencias prolongadas, justificadas y comunicadas con la debida antelación. En estos casos, el descuento corresponderá a gastos no fijos del servicio. Perderá derecho al servicio, el comensal que no abone las cuotas dentro del período estipulado. Será condición necesaria para optar al servicio del comedor, no tener ninguna mensualidad previa impagada. 3
5 No se permitirá el consumo de alimentos que no hayan sido suministrados por la empresa adjudicataria, salvo autorización expresa adoptada por acuerdo del consejo escolar. La modificación del menú por causas de alergia deberá ser justificada mediante el certificado médico correspondiente. El comedor escolar dispondrá de un menú especial o de dieta, para atender al alumnado que, previa justificación, acredite la imposibilidad de ingerir determinados alimentos. DERECHOS Y DEBERES DE LOS USUARIOS ALUMNADO El alumnado usuario del servicio tiene derecho a : a) Recibir una dieta equilibrada y saludable. b) Recibir orientaciones en materia de educación para la higiene y la salud y de adquisición de hábitos alimenticios y sociales. c) Participar en las actividades programadas. d) Recibir, si procede, las ayudas asistenciales para la prestación del servicio, de acuerdo con la normativa vigente. El alumnado usuario del servicio está obligado a: a) Aceptar y respetar el proyecto educativo del comedor. b) Observar un comportamiento adecuado según las normas de convivencia. c) Respetar al personal que presta el servicio y cumplir sus orientaciones. d) Mostrar el respeto y consideración hacia el resto del alumnado usuario. e) Respetar las instalaciones y utilizar adecuadamente el mobiliario y el menaje. f) Participar en las actividades educativas programadas. El incumplimiento de estas obligaciones podrá acarrear la privación temporal de la asistencia del servicio de comedor, variando su duración en función de la gravedad de las conductas presentadas; y pudiendo llegar a ser definitiva, previa valoración de la comisión del Comedor y aprobación del Consejo Escolar. Quedan tipificadas las siguientes infracciones y respectivas sanciones: - Agresión física o moral, amenazas y coacciones: Privación de un día de comedor; primera reincidencia: tres días sin poder utilizar el servicio. Nueva reincidencia, la Comisión de comedor podrá decidir la suspensión indefinida del servicio de comedor para el alumno. 4
6 - Desobediencia ostensible al personal de comedor o falta de respeto grave, a éstos, o al resto de usuarios del servicio de comedor: Privación de un día de comedor; primera reincidencia: tres días sin poder utilizar el servicio. Nueva reincidencia, la Comisión de comedor podrá decidir la suspensión indefinida del servicio de comedor para el alumno. - El resto de infracciones serán evaluadas y sancionadas correspondientemente, de acuerdo a la gravedad de las mismas. El alumnado usuario del servicio NO podrá portar o utilizar teléfono móvil durante el período del comedor, siendo requisado el mismo hasta presentación de los padres o tutores en la Dirección del centro para proceder a su devolución. PADRES, MADRES O TUTORES Los padres, madres o tutores del alumnado tienen derecho a: a) Ser informados periódicamente de la programación de menús del servicio de comedor. b) Ser informados de cualquier incidencia relevante acaecida durante el horario del servicio del comedor en relación a su hijo/a. c) Ser informados periódicamente de la conducta alimentaria de su hijo/a Los padres, madres o tutores del alumnado están obligados a: a) Abonar la cuantía que les corresponda por el coste del servicio. b) Respetar el proyecto educativo del comedor. MONITORES/AS DE COMEDOR. PERSONAL DE COCINA Son funciones de los monitores de comedor: 1. Atender y custodiar al alumnado durante la totalidad del tiempo de prestación del servicio de comedor escolar. 2. Mantener el orden y resolver las incidencias que pudieran presentarse, actuando según las normas establecidas en este proyecto educativo. 3. Prestar especial atención a la función educativa del comedor, principalmente en la adquisición de hábitos alimenticios y sanitarios. 4. Prestar especial atención al desarrollo de actividades educativas contempladas en el programa anual de comedor. 5. Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el responsable directo de la prestación del servicio en coordinación con la dirección del centro, con vistas al adecuado funcionamiento del comedor. 5
7 El personal irá identificado convenientemente, con el vestuario adecuado, y su aspecto responderá a las normas de higiene características de su trabajo. Deberán estar en posesión del certificado de manipulador de alimentos, y, al menos uno de ellos, tener conocimientos acreditados de primeros auxilios. Será obligación de todo el personal que preste su servicio en el comedor del centro, respetar este proyecto educativo, así como la programación anual correspondiente. Deberá igualmente, guardar el debido respeto hacia el alumnado usuario y el resto del personal del centro docente, así como hacer uso adecuado de las instalaciones y el mobiliario. La dirección del centro, oída la comisión de comedor, podrá rechazar justificadamente y en cualquier momento a aquella persona que preste sus servicios en el comedor escolar y cuyo comportamiento contravenga lo estipulado en cuanto a sus obligaciones. El presente proyecto educativo de comedor para el C.E.I.P. Pedro Duque es aprobado en reunión del Consejo Escolar del centro, de fecha 14 de septiembre de
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