LEY HIPOTECARIA. ANÁLISIS Y PERSPECTIVAS

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "LEY HIPOTECARIA. ANÁLISIS Y PERSPECTIVAS"

Transcripción

1 LEY HIPOTECARIA. ANÁLISIS Y PERSPECTIVAS Voy a tratar de hacer un acercamiento general a este contrato y, en atención al tema que nos ocupa, relatar de la forma más sencilla posible, las novedades legislativas ante un incumplimiento de las obligaciones hipotecarias por parte del propietario de la vivienda hipotecada. Introducción realidad histórica y crisis económica. Contrariamente a lo que se suele decir, no es cierto que las hipotecas hayan sido el medio habitual de que las familias accedieran a la compra de una vivienda. Antes al contrario, si nos remontamos a los años 80 del siglo pasado y antes, las hipotecas resultaban demasiado caras, puesto que los intereses remuneratorios eran muy volátiles y elevados (en los 80, por ejemplo podían oscilar entre los 12/15% anual). Antes de esas fechas, las familias accedían a la compra de una vivienda con sus ahorros, o bien optaban por el alquiler, dado que las leyes arrendaticias antiguas (la de 1964, hasta la entrada en vigor del llamado Decreto Boyer que empieza a liberalizar el mercado del alquiler) establecían un sistema legal claramente favorable al inquilino, que accedía a alquileres indefinidos con rentas muy estables.

2 No es hasta los años 90, en los que se estabilizan los tipos de interés, en que la Hipotecas se constituyen el medio habitual para financiar la compra de viviendas. El desarrollo económico y la burbuja inmobiliaria favorecieron la construcción masiva de inmuebles en España y la multiplicación exponencial del número de hipotecas, cuyas condiciones de concesión se fueron relajando progresivamente, tanto en las condiciones económicas de los solicitante, como en el volumen de los préstamos en relación con el valor de las viviendas, que en muchos casos se inflaron, como en los años de amortización. La crisis económica ha supuesto un grave punto de inflexión. El alto desempleo que atenaza nuestra sociedad, la situación financiera, la pérdida de valor de las viviendas en estos años que se llega a cifrar, de media, en hasta un 30 %, unido a un importante número hipotecas que se concedieron sin previsión alguna a que la situación económica de las familias pudiera empeorar, han generado un grave problema social; la pérdida de la vivienda habitual de muchas familias por no poder atender sus pagos a los Bancos. La alarma social es grande y los políticos han decidido, en estos últimos años poner algunos parches a esta situación, procurando que, de alguna forma, se pueda proteger a las familias de los desahucios de sus viviendas, que han crecido enormemente en estos últimos 4/5 años, así como a las deudas subsiguientes que permanecían incluso después de que las familias perdieran sus viviendas, y que los podía gravar de por vida, impidiéndoles acceder nuevamente a la compra de inmuebles. Análisis del contrato de Préstamo Hipotecario. La que conocemos habitualmente como hipoteca, no es más que un contrato de préstamo, con la peculiaridad de que el prestamista se garantiza la devolución del préstamo con la creación de un derecho real que gravará un bien, de modo que, de no cumplirse las obligaciones contraídas con él, podrá recuperar el préstamo mediante la ejecución (subasta o adjudicación) del bien gravado. El contrato de préstamo hipotecario no existe únicamente para la adquisición de inmuebles, sino que puede gravar también bienes muebles, efectuarse entre particulares, sin la intervención de una entidad de crédito. Circunscribiéndonos a la Hipoteca inmobiliaria, esta gravará la vivienda hasta que el crédito quede íntegramente pagado, permaneciendo inscrita en el Registro de la Propiedad hasta tanto el prestamista no otorgue documento que acredite el cumplimiento de la obligación.

3 El contrato de Préstamo Hipotecario está regulado por la Ley Hipotecaria (Decreto de 8/2/1946) y por el Reglamento Hipotecario (Decreto de 14/2/1947), con múltiples reformas que han operado desde tan lejanas fechas. La ejecución hipotecaria judicial, esto es, el proceso por el que el prestamista podrá cobrar su crédito impagado sobre el bien hipotecado, está regulado en la Ley de Enjuiciamiento Civil, especialmente en los artículos 681 a 698. Todos sabemos qué es una Hipoteca, porque casi todos los presentes tenemos o hemos tenido una, y su regulación legal es muy prolija y técnica, por lo que voy a tender en esta exposición a clarificar determinados conceptos que afectan a la Hipoteca concedida por entidades de crédito sobre viviendas y, después, a distinguir las reformas legales operadas en los últimos tiempos. La hipoteca permite la concesión de un capital por parte del prestamista que es el banco, que deberá ser devuelto por el prestatario o deudor ( el ciudadano) durante un plazo de tiempo, que es el periodo de amortización. Durante el periodo de amortización, el prestatario devolverá no solo el capital concedido, sino también los intereses remuneratorios, que se calculan en función de los años del periodo de amortización y un tipo de interés. Según sea el tipo de interés, las hipotecas pueden ser a interés fijo, variable, mixto, o variables a cuota fija (se pacta cuota fija, si bien el interés es variable, cambiando el periodo de amortización, nunca la cuota). Las hipotecas de interés variable, las más comunes, tienen un tipo de interés que se calcula de acuerdo a un índice de referencia que, normalmente, publica el Banco de España, más un diferencial. El índice más utilizado es el EURIBOR (acrónimo de Euro Interbank Offered Rate, es decir, tipo europeo de oferta interbancaria) es un índice de referencia publicado diariamente que indica el tipo de interés promedio al que las entidades financieras se prestan dinero en el mercado interbancario del euro. Se calcula usando los datos de los 44 principales bancos que operan en Europa. Si la hipoteca es al 0,75 del Euribor y este está al 4%, el prestatario pagará su hipoteca al 4,75%. Otro índice muy utilizado es el IRPH Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios. El IRPH se obtiene a través de una media de las diferentes ofertas del mercado hipotecario que han inscrito los bancos y cajas de ahorro. Por

4 norma general, el valor del IRPH está por encima del Euribor, pese a que su oscilación no es tan frecuente y sus movimientos son mucho más lentos. En el caso de que el ciudadano no pague puntualmente su hipoteca, además de los intereses remuneratorios tendrá que pagar los intereses de demora. Estos son mucho más altos que los remuneratorios (venía aplicándose un 18%), sin respetar el límite que a este tipo de intereses se impone en otros tipos de préstamos que gravan a los consumidores. Reciente jurisprudencia, tímidamente, ha venido moderando estos intereses por considerarlos abusivos en el tipo en que se venían aplicando. Se está a la espera de una resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europea a la que se ha consultado sobre este particular (Cuestión prejudicial C415/2011). De confirmar esta línea jurisprudencial es de esperar que pueda moderarse con carácter general este tipo de intereses. De llegarse a una ejecución judicial o extrajudicial de la hipoteca ante un impago, el prestatario tendrá que pagar también los gastos y costes judiciales que el proceso genere. Suelen ser muy altos y pueden elevar hasta en un 30% el importe de la deuda acumulada. La totalidad de la deuda que se podría reclamar al deudor hipotecario que no pague su crédito debe estar contemplado en la cláusula de responsabilidad máxima hipotecaria. Otro concepto a tener muy en cuenta es el vencimiento anticipado de la hipoteca. Gracias a él, la entidad bancaria, por un incumplimiento puntual del deudor, puede declarar vencida la totalidad de la hipoteca, reclamando al deudor todo el capital, más los intereses remuneratorios y de demora que se hayan pactado. Estos intereses no se aplicarán a las cuotas impagadas, sino a la totalidad de la hipoteca. La reclamación íntegra del préstamo, intereses remuneratorios y de demora, gastos y costas judiciales hacía imposible, en la mayor parte de los casos, que el deudor pudiera poner freno a una ejecución hipotecaria, una vez esta daba comienzo. Respecto al inmueble hipotecado, es muy relevante tener en cuenta su valor, tanto el real, como el contractual. Al contratar la hipoteca, la entidad bancaria lo primero que hará será tasar la vivienda. En función del valor de ésta concederá el préstamo, normalmente en un máximo de un 80% de su valor. En los últimos años del boom inmobiliario, se han llegado a conceder hipotecas por encima de este

5 porcentaje. También era relativamente común que este porcentaje se respetara pero las valoraciones, en ocasiones, se inflaran. La discordancia entre ese valor de tasación y el valor real del inmueble, máxime teniendo en cuenta la deflación que se ha producido en los años de crisis económica, que se cifra en una media de un 30% y subiendo, ha supuesto un grave problema para muchos deudores hipotecarios que han visto que el precio obtenido en la subasta de vivienda no ha sido suficiente para cubrir la deuda que mantenían con el banco, de manera que, después de perder su vivienda se ven endeudados de por vida por grandes cantidades de dinero. En este sentido hay que tener en cuenta la responsabilidad patrimonial universal del deudor que rige para el contrato de hipoteca. Ello significa que, aunque el préstamo hipotecario quedara garantizado con el inmueble hipotecado, de no ser suficiente éste para cancelar la deuda, el prestatario queda obligado al pago con todos sus bienes, ya sean otros inmuebles de los que pueda ser propietario, salarios, pensiones, ahorros, etc. El Banco podrá iniciar un proceso de ejecución y cobrar sobre estos bienes el resto de la deuda. Si en ese momento el deudor no posee otros bienes, la entidad bancaria puede repetir este proceso nuevamente, meses o años después. El resultado, cuando la deuda es alta, es que el ciudadano queda hipotecado (entiéndase el término en sentido coloquial, en este caso) con el Banco casi de por vida. Particularidades de la ejecución judicial y extrajudicial Una vez el deudor deja de pagar la hipoteca y la entidad bancaria decide iniciar el proceso de ejecución, esto es, el cobro de la deuda sobre el bien hipotecado, la normativa establece un sistema especialmente protector con el acreedor hipotecario, de manera que, al contrario que con cualquier otro proceso ejecutivo, el prestatario apenas puede oponerse al mismo. Si a ello sumamos, como se ha dicho, que el Banco reclamará el préstamo completo, más intereses, gastos y costas, el resultado práctico es que el ciudadano, una vez empieza un proceso de estas características, el mejor resultado que puede esperar es que concurra algún interesado a la subasta dispuesto a pagar el valor más cercano al de tasación, pero en ningún caso podrá salir indemne de la reclamación. Relataré someramente algunas características de los procesos. Algunas de ellas son criticadas abiertamente por la doctrina jurídica, como vulneradora de los principios mínimos de tutela de las normas de protección de consumidores y usuarios, del derecho de defensa y por tanto, del derecho a la tutela judicial efectiva que consagra nuestra Constitución. Sin embargo, las normas procesales son las que tenemos y se hace necesaria una reforma que

6 permita cambiar tal situación. Las modificaciones últimas que expondré más adelante son un tímido avance en este sentido, a la luz de la grave situación económica actual. La ejecución extrajudicial de la hipoteca (en un proceso ante Notario) se contempla en el Reglamento Hipotecario, artículos 234 a 236. Para que se use este proceso es necesario que así esté contemplado expresamente en la escritura de hipoteca. Para ejecutar el bien se contemplan hasta tres subastas sucesivas, si van quedando sin postor. De llegar a la última, se convocará sin tipo, es decir, sin precio de salida del inmueble. Ello supone que la adjudicación de la vivienda, incluido por el Banco, no tiene un límite mínimo, ni siquiera el la deuda. La diferencia entre ese valor de adjudicación y la deuda reclamada permanecerá y podrá seguir siendo reclamada por la entidad bancaria. La ejecución extrajudicial sólo puede suspenderse por la acreditación del inicio de un proceso criminal por falsedad del título hipotecario. No se permite ninguna otra oposición, por lo tanto, ninguna referente al cálculo de la deuda, intereses, etc. Todo ello queda en manos de la entidad bancaria sin posibilidad de defensa por parte del propietario de la vivienda. Respecto a la ejecución judicial, contemplada en la Ley de Enjuciamiento Civil, se incorporan varias diferencias respecto a cualquier otra ejecución, que facilitan y aceleran el proceso, en detrimento de los derechos habituales de otros deudores:.- Se efectúa un único requerimiento de pago, extrajudicial, o bien en el propio proceso judicial, en el domicilio que conste en el Registro de la Propiedad. De resultar infructuoso, directamente se notificará por edictos (por inserción de cédula en tablón del Juzgado). No se tratará de localizar al deudor por otros medios (consulta del padrón por ejemplo)..- Transcurrido periodo de 10 días sin que el deudor pague o se oponga, se pasa directamente a convocar la subasta..- La oposición a la ejecución hipotecaria sólo puede ser por los motivos contemplados en el artículo 695 LEC: extinción de la deuda o la hipoteca, o error en la determinación de la deuda exigible, mediante la presentación de libreta que contenga saldo diferente al presentado por la entidad bancaria. Ello sólo permitiría discutir las cuotas vencidas, pero no el cálculo de los intereses remuneratorios o de demora de las cuotas declaradas vencidas

7 anticipadamente. Para ello hay que acudir a un proceso declarativo posterior, una vez ha terminado este proceso y el deudor ha perdido el inmueble en subasta. Cualquier otra ejecución no hipotecaria permite oponer motivos formales (559 Lec) e incluso de fondo (del propio contrato) que deben ser resueltos antes de llegar a la subasta del inmueble..- Puede aprobarse la adjudicación del bien en subasta al Banco o a un tercero, en precio de hasta un 50% por debajo del valor de tasación, o que cubra la deuda, intereses y costas. En el primer caso, como ocurría con la ejecución extrajudicial, el propietario puede perder su vivienda subsistiendo gran parte de la deuda. Modificaciones al sistema legal en la coyuntura actual de crisis económica. Especial protección a las hipotecas que gravan viviendas habituales. La tendencia legal es, respetando el proceso en su configuración y desarrollo, efectuar determinadas modificaciones con la intencionalidad de evitar que los incumplimientos contractuales no acaben en un proceso hipotecario, que este pueda pararse en cualquier momento antes de la subasta si media pago, y suavizar las consecuencias últimas, si llega a producirse la subasta. Las modificaciones legales más relevantes destinadas a proteger a los deudores hipotecarios de viviendas habituales han sido las siguientes: Ley 41/2007 de 7 de diciembre que reforma el artículo 693 LEC y autoriza al deudor hipotecario, hasta el día en que se celebre la subasta, a liberar su vivienda mediante la consignación de lo adeudado por principal e intereses, respecto a las cuotas ya vencidas, aún sin consentimiento del acreedor. Antes de esta reforma, esta posibilidad sólo era contemplada con autorización del acreedor. Ahora se favorece al propietario de vivienda habitual con esta opción incluso en contra del criterio de la entidad bancaria. A fin de suavizar la gravedad de la responsabilidad patrimonial universal, el artículo 1 del RDL 8/2011 de 1 de julio ha elevado el límite de las cantidades inembargables en un proceso de ejecución forzosa posterior, de tal manera que elevó el mínimo inembargable a un 150% del SMI y un 30% más por cada miembro de la unidad familiar que no perciba ingresos superiores al SMI.

8 La Ley 37/2011 ha modificado parcialmente la ejecución subsiguiente a la hipotecaria, donde el deudor hipotecario no verá sus causas de oposición tan limitadas, pues podrá oponer todas las que se contemplan en la LEC en su artículo 557. Pero la modificación estrella es el RDL 6/2012 de 9 de marzo de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos, cuya lectura completa recomiendo. El decreto está destinado a deudores hipotecarios de vivienda habitual situados en umbral de exclusión social, a los que define en el artículo 3, debiendo reunir todos estos requisitos: a) Que todos los miembros de la unidad familiar carezcan de rentas derivadas del trabajo o de actividades económicas. b) Que la cuota hipotecaria resulte superior al 60 por cien de los ingresos netos que perciba el conjunto de los miembros de la unidad familiar. c) Que el conjunto de los miembros de la unidad familiar carezca de cualesquiera otros bienes o derechos patrimoniales suficientes con los que hacer frente a la deuda. d) Que se trate de un crédito o préstamo garantizado con hipoteca que recaiga sobre la única vivienda en propiedad del deudor y concedido para la adquisición de la misma. e) Que se trate de un crédito o préstamo que carezca de otras garantías, reales o personales o, en el caso de existir estas últimas, que en todos los garantes concurran las circunstancias expresadas en las letras b) y c). La concurrencia de las circunstancias se habrá de acreditar documentalmente ante la entidad bancaria. Además de los requisitos económicos del deudor, para aplicar este RDL, se establecen unos límites en la cuantía del precio de la vivienda, en función del número de habitantes del municipio de donde radiquen. En un ciudad como Málaga, de habitantes, sólo se podrá aplicar a viviendas por debajo de Cumpliendo ambos requisitos, es necesario además, que el Banco se haya adherido al Código de Buenas Prácticas que recoge. Es, por tanto, voluntario.

9 Sin embargo la práctica totalidad de entidades bancarias y de crédito así lo ha hecho. El listado se publica por el Secretario de Estado de Economía y Apoyo a la empresa. Una vez suscrito, el código es obligatorio y deberá ser publicitado por las propias entidades entre sus clientes. Las entidades podrán aplicar el código a otros deudores que no cumplan los requisitos, o bien mejorar/ampliar el contenido del código. El Código de Buenas Prácticas consiste en lo siguiente:.- Derecho del deudor a una reestructuración de su crédito que ha de solicitar antes de que se convoque subasta en una hipotética ejecución, y que puede consistir en lo siguiente: 1. Periodo de carencia de amortización de capital durante 4 años. 2. Pago de intereses en el periodo de carencia reducidos al Euribor + 0,25 %. 3. Ampliación del periodo de amortización hasta 40 años..- Para aquellos deudores que no puedan afrontar el plan de reestructuración se establece la posibilidad de obtener una quita en el capital pendiente, de un 25% o proporcional a las cuotas ya pagadas..- En defecto de los dos anteriores, se establece la dación en pago, con cancelación de toda la deuda (principal e intereses). El deudor podrá permanecer en calidad de arrendatario de la vivienda durante 2 años desde la dación, con un alquiler anual de un 3% de la deuda. A los deudores en riesgo de exclusión social, el RDL le concede, además, una serie de derechos: 1. Los intereses moratorios se reducen a un 2,5 % sobre los remuneratorios pactados. 2. En la ejecución extrajudicial, la adjudicación del bien será, como mínimo por un 50% del valor de tasación, o por lo que deba en todos los conceptos, no cabrá, por tanto, deuda subsiguiente. En función de todo lo expuesto, la conclusión que puede extraerse es que el legislador se ha mostrado sensible a la grave situación que están viviendo muchas familias que han perdido o están en riesgo de perder sus viviendas, ha efectuado algunos parches en los procesos de ejecución, pero no se ha atrevido a modificar realmente el sistema legal actual, de manera que introduce unas recomendaciones voluntarias que, además, son tan reducidas en su ámbito de aplicación que muy pocas familias pueden acceder a ellas. De esta manera, la efectividad real de las medidas queda en manos de las entidades bancarias.

10 La mediación entre las entidades bancarias y los deudores hipotecarios se torna un medio muy efectivo para evitar que situaciones transitorias de reducción de ingresos por las familias puedan conducir inexorablemente a la pérdida de las viviendas, buscando una opción que permita un respiro temporal a las familias, hasta tanto la situación económica mejore. Recientemente se han creado en Málaga varios servicios de intermediación hipotecaria y asesoramiento legal gratuito para los deudores hipotecarios, sin perjuicio de su derecho a obtener justicia gratuita, una vez se hubieran iniciado los procesos de ejecución. El primero de ellos ha sido el creado por el Colegio de Abogados y la Diputación Provincial por el que cualquier ciudadano en estas situaciones, puede acceder a un abogado, gratuitamente, que estudiará y negociará con el banco las opciones existentes para evitar una ejecución hipotecaria o, en última instancia, podrá solicitar la dación en pago y el alquiler social de la vivienda. En Málaga a 17 de octubre de Belén Martínez Jiménez. Abogada.

Javier Rubio Merinero

Javier Rubio Merinero TODO SOBRE LAS NOVEDADES EN LAS EJECUCIONES HIPOTECARIAS Autor: Unión de Consumidores de Extremadura Edición: Unión de Consumidores de Extremadura Mayo, 2013 Realizado con el patrocinio de la Consejería

Más detalles

a) Para municipios de más de 1.000.000 de habitantes: 200.000 euros c) para municipios de entre 100.001 y 500.000 habitantes: 150.

a) Para municipios de más de 1.000.000 de habitantes: 200.000 euros c) para municipios de entre 100.001 y 500.000 habitantes: 150. INFORME SOBRE LOS REQUISITOS PARA LA DACIÓN EN PAGO Y SUSPENSIÓN DE LOS DESAHUCIOS POR EJECUCIONES HIPOTECARIAS Requisitos para la dación en pago. El Gobierno realizó un decreto que el 10 de marzo de 2012

Más detalles

Préstamos hipotecarios. Recomendaciones antes de contratar una hipoteca

Préstamos hipotecarios. Recomendaciones antes de contratar una hipoteca Préstamos hipotecarios Recomendaciones antes de contratar una hipoteca H Qué es un préstamo hipotecario? Para la compra de su vivienda podrá solicitar un préstamo hipotecario, a través del cual, una entidad

Más detalles

ABOGADOS & ECONOMISTAS

ABOGADOS & ECONOMISTAS Los 10 pasos de una Ejecución hipotecaria Ejecuciones hipotecarias T. 911011210-931003512 valoraciones@sye-abogados.es SYE Abogados & Economistas Especialistas en derecho Bancario e Hipotecario La Ejecución

Más detalles

MEDIDAS URGENTES DE PROTECCION DE DEUDORES HIPOTECARIOS SIN RECURSOS ( REAL DECRETO LEY 6/2012 ).-

MEDIDAS URGENTES DE PROTECCION DE DEUDORES HIPOTECARIOS SIN RECURSOS ( REAL DECRETO LEY 6/2012 ).- MEDIDAS URGENTES DE PROTECCION DE DEUDORES HIPOTECARIOS SIN RECURSOS ( REAL DECRETO LEY 6/2012 ).- El Real Decreto Ley 6/2012, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos que

Más detalles

CODIGO DE BUENAS PRACTICAS DE CAJA RURAL DE GIJON

CODIGO DE BUENAS PRACTICAS DE CAJA RURAL DE GIJON BENEFICIARIOS DEL CÓDIGO DE BUENAS PRACTICAS Podrán beneficiarse de las medidas contenidas en este Código de Buenas Prácticas los deudores hipotecarios situados en riesgo de exclusión, siendo considerados

Más detalles

CUESTIONES GENERALES

CUESTIONES GENERALES CUESTIONES GENERALES OBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Y DE LOS ABOGADOS ÁREA PROCESAL CIVIL LEY 1/2013, DE 14 DE MAYO, DE MEDIDAS PARA REFORZAR LA PROTECCIÓN A LOS DEUDORES HIPOTECARIOS, REESTRUCTURACIÓN DE

Más detalles

PROBLEMÁTICA DE LOS AVALISTAS FRENTE A LOS PRÉSTAMOS O CRÉDITOS POR PARTE DE UNA

PROBLEMÁTICA DE LOS AVALISTAS FRENTE A LOS PRÉSTAMOS O CRÉDITOS POR PARTE DE UNA PROBLEMÁTICA DE LOS AVALISTAS FRENTE A LOS PRÉSTAMOS O CRÉDITOS POR PARTE DE UNA ENTIDAD BANCARIA Actualmente la concesión de una póliza de crédito o de cualquier tipo de préstamo por parte de una entidad

Más detalles

NOTA-INFORME SOBRE EL REAL DECRETO-LEY 6/2012, DE 9 DE MARZO, SOBRE PROTECCIÓN DE DEUDORES HIPOTECARIOS SIN RECURSOS CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS

NOTA-INFORME SOBRE EL REAL DECRETO-LEY 6/2012, DE 9 DE MARZO, SOBRE PROTECCIÓN DE DEUDORES HIPOTECARIOS SIN RECURSOS CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS NOTA-INFORME SOBRE EL REAL DECRETO-LEY 6/2012, DE 9 DE MARZO, SOBRE PROTECCIÓN DE DEUDORES HIPOTECARIOS SIN RECURSOS CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS I.- ANTECEDENTES.- El pasado sábado 10 de marzo se publicó

Más detalles

CUESTIONES DE INTERÉS SOBRE LA HIPOTECA INVERSA

CUESTIONES DE INTERÉS SOBRE LA HIPOTECA INVERSA CUESTIONES DE INTERÉS SOBRE LA HIPOTECA INVERSA En 2009 se suscribieron 2.700 préstamos de este tipo, frente a los 2.500 contratados el año anterior, según datos de la consultora Óptima Mayores 1, asesorando

Más detalles

El préstamo hipotecario

El préstamo hipotecario El préstamo hipotecario a la compra de inmuebles. Se puede contratar un préstamo o un crédito hipotecario. La diferencia reside en que el préstamo se refiere a una cantidad determinada que se entrega al

Más detalles

1ª Opción: REESTRUCTURACIÓN DE LA DEUDA HIPOTECARIA

1ª Opción: REESTRUCTURACIÓN DE LA DEUDA HIPOTECARIA Planteamiento Establecer medidas para la reestructuración de la deuda hipotecaria de quienes padecen dificultades extraordinarias para atender su pago (cuyo deudor esté en el umbral de exclusión) y para

Más detalles

- Modificaciones que afectan a los préstamos hipotecarios y a algunas cuestiones relacionadas con la forma en que deben originarse.

- Modificaciones que afectan a los préstamos hipotecarios y a algunas cuestiones relacionadas con la forma en que deben originarse. MODIFICACIONES EN LA NORMATIVA HIPOTECARIA El pasado 15 de mayo entró en vigor la Ley 1/2013 de 14 de mayo de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda

Más detalles

REGULACIÓN DE LA DACIÓN EN PAGO: COMPARATIVA ENTRE LA LEY 1/2013 DE 14 DE MAYO, Y EL RD 6/2012 DE 9 DE MARZO 1

REGULACIÓN DE LA DACIÓN EN PAGO: COMPARATIVA ENTRE LA LEY 1/2013 DE 14 DE MAYO, Y EL RD 6/2012 DE 9 DE MARZO 1 REGULACIÓN DE LA DACIÓN EN PAGO: COMPARATIVA ENTRE LA LEY 1/2013 DE 14 DE MAYO, Y EL RD 6/2012 DE 9 DE MARZO 1 Alicia Agüero Ortiz Centro de Estudios de Consumo Universidad de Castilla-La Mancha La recién

Más detalles

CONTRATO DE MANDATO PRIMERA.- PARTES.

CONTRATO DE MANDATO PRIMERA.- PARTES. CONTRATO DE MANDATO PRIMERA.- PARTES. El presente contrato de mandato se regirá por las siguientes cláusulas, y en lo no previsto en ellas, por las disposiciones del Código Civil y Código de Comercio,

Más detalles

Caja Rural de Navarra, S.C. En vigor desde el 1/1/2014 FOLLETO DE TARIFAS Epígrafe 15 Página 1 de 6

Caja Rural de Navarra, S.C. En vigor desde el 1/1/2014 FOLLETO DE TARIFAS Epígrafe 15 Página 1 de 6 FOLLETO DE TARIFAS Epígrafe 15 Página 1 de 6 Epígrafe 15. CRÉDITOS Y PRÉSTAMOS, EFECTOS FINANCIEROS, DESCUBIERTOS EN CUENTA CORRIENTE, EXCEDIDOS EN CUENTAS DE CRÉDITO, Y ANTICIPOS SOBRE EFECTOS. Especificación

Más detalles

LA HIPOTECA INVERSA GUÍA INFORMATIVA PARA USO DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y SUS FAMILIAS

LA HIPOTECA INVERSA GUÍA INFORMATIVA PARA USO DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y SUS FAMILIAS LA HIPOTECA INVERSA GUÍA INFORMATIVA PARA USO DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y SUS FAMILIAS LA HIPOTECA INVERSA GUÍA INFORMATIVA PARA USO DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y SUS FAMILIAS Junio, 2013 DISPOSICIONES

Más detalles

CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS (R.D. Ley 6/2012 Ley 1/2013 R.D. Ley 1/2015) INFORMACIÓN PARA CLIENTES.

CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS (R.D. Ley 6/2012 Ley 1/2013 R.D. Ley 1/2015) INFORMACIÓN PARA CLIENTES. CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS (R.D. Ley 6/2012 Ley 1/2013 R.D. Ley 1/2015) INFORMACIÓN PARA CLIENTES. El Real Decreto-Ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios

Más detalles

ADICAE POR UNA SOLUCIÓN AL PROBLEMA HIPOTECARIO DE LAS FAMILIAS

ADICAE POR UNA SOLUCIÓN AL PROBLEMA HIPOTECARIO DE LAS FAMILIAS ADICAE POR UNA SOLUCIÓN AL PROBLEMA HIPOTECARIO DE LAS FAMILIAS DOSSIER PLATAFORMA HIPOTECARIA ADICAE 1.Plataforma Hipotecaria de ADICAE como respuesta a la crisis hipotecaria de los hogares. 2.Situación

Más detalles

CONTENIDO DE LA ESCRITURA PÚBLICA DE UN PRÉSTAMO HIPOTECARIO. Las entidades de crédito disponen de modelos proforma de

CONTENIDO DE LA ESCRITURA PÚBLICA DE UN PRÉSTAMO HIPOTECARIO. Las entidades de crédito disponen de modelos proforma de CONTENIDO DE LA ESCRITURA PÚBLICA DE UN PRÉSTAMO HIPOTECARIO Las entidades de crédito disponen de modelos proforma de escrituras de préstamos hipotecarios. Orden Ministerial de 5 de mayo de 1994: El SOLICITANTE

Más detalles

1.- PRÉSTAMOS PARA FINANCIACIÓN DE EXPORTACIONES E IMPORTACIONES DE BIENES Y SERVICIOS. Clase de operación y concepto

1.- PRÉSTAMOS PARA FINANCIACIÓN DE EXPORTACIONES E IMPORTACIONES DE BIENES Y SERVICIOS. Clase de operación y concepto Epígrafe 5, Página 1 5.- PRÉSTAMOS Y CRÉDITOS EN DIVISA 1.- PRÉSTAMOS PARA FINANCIACIÓN DE EXPORTACIONES E IMPORTACIONES DE BIENES Y SERVICIOS Clase de operación y concepto % Mínimo 1. de apertura. Aplicable

Más detalles

TARIFAS DE CONDICIONES

TARIFAS DE CONDICIONES En vigor desde el 09.02.12 Epígrafe 15 Página: 1 Epígrafe 15 CRÉDITOS Y PRESTAMOS, EFECTOS FINANCIEROS, DESCUBIERTOS EN CUENTA CORRIENTE, EXCEDIDOS EN CUENTAS DE CRÉDITO, Y ANTICIPOS SOBRE EFECTOS. ESPECIFICACIÓN

Más detalles

APROBADA LA REDUCCIÓN DEL TIPO DE RETENCIÓN DEL 15% PARA LOS

APROBADA LA REDUCCIÓN DEL TIPO DE RETENCIÓN DEL 15% PARA LOS APROBADA LA REDUCCIÓN DEL TIPO DE RETENCIÓN DEL 15% PARA LOS CONTRIBUYENTES QUE OBTENGAN DETERMINADOS RENDIMIENTOS DE ACTIVIDADES PROFESIONALES El porcentaje de retención sobre rendimientos de actividades

Más detalles

GE Money Bank TARIFA DE CONDICIONES, COMISIONES Y GASTOS REPERCUTIBLES A CLIENTES. Índice CONDICIONES GENERALES OPERACIONES DE ACTIVO ADEUDOS ANEXO IV

GE Money Bank TARIFA DE CONDICIONES, COMISIONES Y GASTOS REPERCUTIBLES A CLIENTES. Índice CONDICIONES GENERALES OPERACIONES DE ACTIVO ADEUDOS ANEXO IV 1 /10 En vigor desde el 09.07.2009 Índice TARIFA DE CONDICIONES, COMISIONES Y GASTOS REPERCUTIBLES A CLIENTES CONDICIONES GENERALES OPERACIONES DE ACTIVO LIMITES SOBRE VALORACION DE CARGOS Y ABONOS EN

Más detalles

Caja Rural de Albacete, Ciudad Real y Cuenca, S.C.C. (Globalcaja) FOLLETO DE TARIFAS EPÍGRAFE 13 Página 1 de 6

Caja Rural de Albacete, Ciudad Real y Cuenca, S.C.C. (Globalcaja) FOLLETO DE TARIFAS EPÍGRAFE 13 Página 1 de 6 FOLLETO DE TARIFAS EPÍGRAFE 13 Página 1 de 6 EPÍGRAFE 13º: CRÉDITOS Y PRÉSTAMOS, EFECTOS FINANCIEROS Y ANTICIPOS SOBRE EFECTOS. C O M I S I Ó N / COMPENSACIÓN % Máximo sobre el saldo Mínimo por operación

Más detalles

1. CONCESIÓN 2. DISPOSICIÓN Y MANTENIMIENTO. En vigor desde el 01-11-2015 Página 1. Epígrafe 15. Mínimo o fijo (euros)

1. CONCESIÓN 2. DISPOSICIÓN Y MANTENIMIENTO. En vigor desde el 01-11-2015 Página 1. Epígrafe 15. Mínimo o fijo (euros) Página 1. CRÉDITOS (Cuenta corriente de crédito, préstamos, líneas de riesgo, efectos financieros, anticipos sobre documentos, descubiertos en cuentas corrientes y de ahorro, y exceso en tarjetas de crédito)

Más detalles

3. COMISIÓN POR DESCUBIERTOS EN CUENTA Y EXCEDIDOS EN CUENTAS DE CRÉDITO

3. COMISIÓN POR DESCUBIERTOS EN CUENTA Y EXCEDIDOS EN CUENTAS DE CRÉDITO EPÍGRAFE 12º, Página 1 de 5 EPÍGRAFE 12: CRÉDITOS Y PRÉSTAMOS. (Créditos, Préstamos. Efectos Financieros, Descubiertos en Cuenta Corriente, Excedidos en Cuenta de Crédito y Anticipos sobre Efectos) 1.

Más detalles

ROMO & CAMPOS ABOGADOS Y ASESORES TRIBUTARIOS CONSIDERACIONES SOBRE EL TRATAMIENTO FISCAL DE LOS SOCIOS DE

ROMO & CAMPOS ABOGADOS Y ASESORES TRIBUTARIOS CONSIDERACIONES SOBRE EL TRATAMIENTO FISCAL DE LOS SOCIOS DE Circular Informativa ROMO & CAMPOS ABOGADOS Y ASESORES TRIBUTARIOS CONSIDERACIONES SOBRE EL TRATAMIENTO FISCAL DE LOS SOCIOS DE Real Decreto Ley 18/2012, NOTA SOBRE LA NUEVA EXENCION FISCAL POR VENTA DE

Más detalles

FOLLETO DE TARIFAS Epígrafe 15º Página: 1

FOLLETO DE TARIFAS Epígrafe 15º Página: 1 FOLLETO DE TARIFAS Epígrafe 15º Página: 1 Epígrafe 15. CRÉDITOS Y PRÉSTAMOS, EFECTOS FINANCIEROS, DESCUBIERTOS EN CUENTA CORRIENTE, EXCEDIDOS EN CUENTAS DE CRÉDITO, Y ANTICIPOS SOBRE EFECTOS. Especificación

Más detalles

Medidas de protección de deudores hipotecarios

Medidas de protección de deudores hipotecarios Medidas de protección de deudores hipotecarios El Gobierno ya ha puesto en marcha medidas para los deudores hipotecarios especialmente vulnerables, entre los que podemos distinguir: 1.- Los que tienen

Más detalles

CAPITULO X TITULO DE CRÉDITO HIPOTECARIO NEGOCIABLE

CAPITULO X TITULO DE CRÉDITO HIPOTECARIO NEGOCIABLE CAPITULO X TITULO DE CRÉDITO HIPOTECARIO NEGOCIABLE Una de las novedades que nos trae la nueva Ley General del Sistema Financiero son precisamente los Títulos de Crédito Hipotecario Negociable, al que

Más detalles

CAJA DE AHORROS Y M.P. DE ONTINYENT EPÍGRAFE 14º - Página 1 En vigor desde el 14-08-2013

CAJA DE AHORROS Y M.P. DE ONTINYENT EPÍGRAFE 14º - Página 1 En vigor desde el 14-08-2013 CAJA DE AHORROS Y M.P. DE ONTINYENT EPÍGRAFE 14º - Página 1 EPÍGRAFE 14º CRÉDITOS Y PRÉSTAMOS (Créditos, Préstamos, Efectos Financieros, Descubiertos en Cuenta Corriente, Libretas de Ahorro, Excedidos

Más detalles

NOVEDADES NORMATIVAS QUE AFECTAN A LA RECLAMACIÓN DE IMPAGADOS

NOVEDADES NORMATIVAS QUE AFECTAN A LA RECLAMACIÓN DE IMPAGADOS COMISIÓN DE MOROSIDAD ASSET: DICIEMBRE 2013 PONENTE: GONZALO QUIROGA SARDI NOVEDADES NORMATIVAS QUE AFECTAN A LA RECLAMACIÓN DE IMPAGADOS I. NOVEDADES INTRODUCIDAS POR LA LEY DE AYUDA AL EMPRENDEDOR: NUEVO

Más detalles

Epígrafe 15. CRÉDITOS Y PRÉSTAMOS, EFECTOS FINANCIEROS, DESCUBIERTOS EN CUENTA CORRIENTE, EXCEDIDOS EN CUENTAS DE CRÉDITO, Y ANTICIPOS SOBRE EFECTOS.

Epígrafe 15. CRÉDITOS Y PRÉSTAMOS, EFECTOS FINANCIEROS, DESCUBIERTOS EN CUENTA CORRIENTE, EXCEDIDOS EN CUENTAS DE CRÉDITO, Y ANTICIPOS SOBRE EFECTOS. FOLLETO DE TARIFAS EPÍGRAFE 15 Página: 1 Epígrafe 15. CRÉDITOS Y PRÉSTAMOS, EFECTOS FINANCIEROS, DESCUBIERTOS EN CUENTA CORRIENTE, EXCEDIDOS EN CUENTAS DE CRÉDITO, Y ANTICIPOS SOBRE EFECTOS. Especificación

Más detalles

FOLLETO DE TARIFAS EPÍGRAFE: 13 Página: 1

FOLLETO DE TARIFAS EPÍGRAFE: 13 Página: 1 Soc. Coop. de Cdto. En vigor desde 30/10/2013 FOLLETO DE TARIFAS EPÍGRAFE: 13 Página: 1 PRÉSTAMOS Y CRÉDITOS. COMISIÓN % sobre Mínimo - Fijo saldo Euros Apertura y renovación (Nota 1) Préstamos y Créditos

Más detalles

EL PSOE HA APOYADO 7 VECES CON SU VOTO INICIATIVAS SIMILARES DE OTROS GRUPOS POLÍTICOS

EL PSOE HA APOYADO 7 VECES CON SU VOTO INICIATIVAS SIMILARES DE OTROS GRUPOS POLÍTICOS 12 noviembre 2012 DESAHUCIOS EL PSOE YA PRESENTÓ HACE CASI UN AÑO UNA INICIATIVA EN EL PARLAMENTO PARA EVITAR LOS DESAHUCIOS EL GOBIERNO SOCIALISTA HABÍA APROBADO ANTES ALGUNAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN PARA

Más detalles

CRÉDITO PEQUEÑA EMPRESA FÓRMULAS Y EJEMPLOS

CRÉDITO PEQUEÑA EMPRESA FÓRMULAS Y EJEMPLOS CRÉDITO PEQUEÑA EMPRESA FÓRMULAS Y EJEMPLOS La empresa tiene la obligación de difundir información de conformidad con la Ley N 29888 y el Reglamento de Transparencia de Información y Contratación con Usuarios

Más detalles

OFERTA ESPECIAL PARA MUTUALISTAS Y PERSONAL DE MUGEJU

OFERTA ESPECIAL PARA MUTUALISTAS Y PERSONAL DE MUGEJU OFERTA ESPECIAL PARA MUTUALISTAS Y PERSONAL DE MUGEJU Colectivo Nº: 2.359 1.- NÓMINAS Y CUENTAS Domiciliando tu nómina ó pensión accede a las mejores condiciones * Tarjeta VISA Ahora o Después sin cuota

Más detalles

CRÉDITO MICRO EMPRESA FÓRMULAS Y EJEMPLOS

CRÉDITO MICRO EMPRESA FÓRMULAS Y EJEMPLOS CRÉDITO MICRO EMPRESA FÓRMULAS Y EJEMPLOS La empresa tiene la obligación de difundir información de conformidad con la Ley 29888 y el Reglamento de Transparencia de Información y Contratación con Usuarios

Más detalles

CRÉDITO CONSUMO NO REVOLVENTE FÓRMULAS Y EJEMPLOS

CRÉDITO CONSUMO NO REVOLVENTE FÓRMULAS Y EJEMPLOS CRÉDITO CONSUMO NO REVOLVENTE FÓRMULAS Y EJEMPLOS La empresa tiene la obligación de difundir información de conformidad con la Ley N 29888 y el Reglamento de Transparencia de Información y Contratación

Más detalles

I. RATIOS DE EFICIENCIA DE COBRO Y PAGO

I. RATIOS DE EFICIENCIA DE COBRO Y PAGO I. DE COBRO Y PAGO En este apartado se incluyen una serie de ratios a menudo poco relacionadas entre sí y que indican cómo realiza la empresa determinadas facetas: - Tiempo de cobro. - Uso de activos.

Más detalles

Ley de segunda oportunidad

Ley de segunda oportunidad PROPOSICIÓN DE LEY CONTRA EL DESAHUCIO, EL SOBREENDEUDAMIENTOY LA INSOLVENCIA FAMILIAR Ley de segunda oportunidad RESUMEN DE LA PROPOSICIÓN 1.- OBJETO DE LA PROPOSICIÓN: EVITAR LOS DESAHUCIOS Y EL SOBREENDEUDAMIENTO

Más detalles

Seguro de impago de alquiler. Version 01-2014

Seguro de impago de alquiler. Version 01-2014 Seguro de impago de alquiler Version 01-2014 Introducción: El mercado de alquiler de viviendas en España comienza a revitalizarse. Aún cuando persiste una mentalidad generalizada de que es mejor comprar

Más detalles

CRÉDITO HIPOTECARIO FÓRMULAS Y EJEMPLOS

CRÉDITO HIPOTECARIO FÓRMULAS Y EJEMPLOS CRÉDITO HIPOTECARIO FÓRMULAS Y EJEMPLOS La empresa tiene la obligación de difundir información de conformidad con la Ley N 29888 y el Reglamento de Transparencia de Información y Contratación con Usuarios

Más detalles

Créditos al consumo. Nueva regulación

Créditos al consumo. Nueva regulación Créditos al consumo Nueva regulación Contenido 1. Definición 2. Información antes de contratar 3. Contrato de crédito 4. Desistimiento del contrato 5. Reembolso anticipado 6. Créditos vinculados 7. Cómo

Más detalles

CAIXA DE CRÈDIT DELS ENGINYERS - CAJA DE CRÉDITO DE LOS INGENIEROS Sdad. Coop. de Crédito. EPÍGRAFE 11 Página 1 de 6

CAIXA DE CRÈDIT DELS ENGINYERS - CAJA DE CRÉDITO DE LOS INGENIEROS Sdad. Coop. de Crédito. EPÍGRAFE 11 Página 1 de 6 EPÍGRAFE 11 Página 1 de 6 EPÍGRAFE 11 OPERACIONES DE AVALES, CRÉDITOS, PRÉSTAMOS Y DESCUBIERTOS EN CUENTA CORRIENTE 11.1 AVALES AVALES 1. Técnicos Formalización (una sola vez) Por riesgo (trimestralmente)

Más detalles

FOLLETO INFORMATIVO HIPOTECA NARANJA DE ING DIRECT

FOLLETO INFORMATIVO HIPOTECA NARANJA DE ING DIRECT FOLLETO INFORMATIVO HIPOTECA NARANJA DE ING DIRECT Elaborado conforme a la Orden Ministerial de 5 de mayo de 1994 y la Circular del Banco de España 8/1990 y sus modificaciones posteriores. Las condiciones

Más detalles

ANEXO I. INFORMACIÓN PREVIA AL CONTRATO.

ANEXO I. INFORMACIÓN PREVIA AL CONTRATO. ANEXO I. INFORMACIÓN PREVIA AL CONTRATO. Información de la empresa. Razón Social: DCarthago Finance, S.L. Nombre Comercial: DCKapital. CIF: B-30892640 Domicilio Social: Calle Viña del Mar, 25. Escalera

Más detalles

Manual básico de gestión económica de las Asociaciones

Manual básico de gestión económica de las Asociaciones Manual básico de gestión económica de las Asociaciones El control económico de una Asociación se puede ver desde dos perspectivas: Necesidades internas de información económica para: * Toma de decisiones

Más detalles

FICHA DE INFORMACIÓN PRECONTRACTUAL PRÉSTAMOS/CRÉDITOS HIPOTECARIOS Fecha de emisión: 02-10-2015

FICHA DE INFORMACIÓN PRECONTRACTUAL PRÉSTAMOS/CRÉDITOS HIPOTECARIOS Fecha de emisión: 02-10-2015 Las informaciones resaltadas en "negrilla" son especialmente relevantes, de acuerdo con lo previsto en la Circular 5/2012, de 27 de junio del Banco de España. El presente documento se extiende el 02-10-2015

Más detalles

Real Decreto-Ley 6/2012, de 9 de marzo por el que se aprueban medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos

Real Decreto-Ley 6/2012, de 9 de marzo por el que se aprueban medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos Real Decreto-Ley 6/2012, de 9 de marzo por el que se aprueban medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos Iuliana Raluca Stroie Centro de Estudios de Consumo Universidad de Castilla-La

Más detalles

FINANZAS PARA MORTALES. Presenta

FINANZAS PARA MORTALES. Presenta FINANZAS PARA MORTALES Presenta Tú y tu ahorro FINANZAS PARA MORTALES Se entiende por ahorro la parte de los ingresos que no se gastan. INGRESOS AHORROS GASTOS Normalmente, las personas estamos interesadas

Más detalles

FINANCIERA CARRION S.A. E.F.C.

FINANCIERA CARRION S.A. E.F.C. I N D I C E CONDICIONES GENERALES 1) AMBITO DE APLICACIÓN 2 2) CONDICIONES GENERALES 2 3) NORMAS DE VALORACION 2 4) GASTOS DE CORREO, TELEX TELEFONO 2 5) OTROS GASTOS 2 6) MODIFICACION Y ACTUALIZACION

Más detalles

Declaración de Cierre

Declaración de Cierre Declaración de Cierre Este formulario es una declaración sobre los términos y condiciones finales del préstamo y los costos de cierre. Compare este documento con su Estimación de Préstamo. Información

Más detalles

Préstamo Tipo Costo Financiero Total (CFT). Préstamos Generales Tasas, Montos y Condiciones de otorgamiento.

Préstamo Tipo Costo Financiero Total (CFT). Préstamos Generales Tasas, Montos y Condiciones de otorgamiento. "2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE MAYO" COMUNICADO Nro. 49723 11/08/2010 Ref.: Préstamos Personales. Mayo de 2010. Préstamos Personales a Mayo de 2010 Préstamo Tipo Costo Financiero Total

Más detalles

RESPONSABILIDAD DE LOS ADMINISTRADORES DE LA SOCIEDAD, EN SITUACIÓN DE DISOLUCIÓN FORZOSA

RESPONSABILIDAD DE LOS ADMINISTRADORES DE LA SOCIEDAD, EN SITUACIÓN DE DISOLUCIÓN FORZOSA Goya, 77 Esc. Dcha. 2º 28001-Madrid www.lartributos.com Teléfono: 91 436 21 99 Fax.: 91 435 79 45 N.I.F.: B85696235 RESPONSABILIDAD DE LOS ADMINISTRADORES DE LA SOCIEDAD, EN SITUACIÓN DE DISOLUCIÓN FORZOSA

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOM~A Y HACIENDA

MINISTERIO DE ECONOM~A Y HACIENDA SECRETARIA, DE ESTADO DE ECONOMIA Y En relación con su consulta sobre adaptación de las normas de funcionamiento de los fondos de pensiones a las modificaciones del Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones

Más detalles

Comisión por cancelación anticipada

Comisión por cancelación anticipada Página 1 de 6 Comisión por cancelación anticipada a interés variable concertados con anterioridad al 27 de abril de 2003 a interés variable concertados a partir del 27 de abril de 2003 a interés fijo Determinados

Más detalles

EJERCICIOS DE PRÉSTAMOS (I)

EJERCICIOS DE PRÉSTAMOS (I) - 1 - EJERCICIOS DE PRÉSTAMOS (I) SUPUESTO 1 Un particular tiene concertado un préstamo de 50.000 euros de principal amortizable en l0 años, mediante mensualidades constantes a un tanto de interés nominal

Más detalles

CONDICIONES DEL CONTRATO DE FINANCIAMIENTO: MONTO A FINANCIAR:

CONDICIONES DEL CONTRATO DE FINANCIAMIENTO: MONTO A FINANCIAR: CONDICIONES DEL CONTRATO DE FINANCIAMIENTO: MONTO A FINANCIAR: CLÁUSULA PRIMERA: EL PRESTATARIO que suscribe declara que ha recibido en este acto de MERCANTIL FINANCIADORA DE PRIMAS, C. A., en lo sucesivo

Más detalles

Por qué interesa suscribir un plan de pensiones?

Por qué interesa suscribir un plan de pensiones? 1 Por qué interesa suscribir un plan de pensiones? 1.1. Cómo se impulsó su creación? 1.2. Será suficiente la pensión de la Seguridad Social? 1.3. Se obtienen ventajas fiscales y de ahorro a largo plazo?

Más detalles

Financiar tu proyecto. Financiación

Financiar tu proyecto. Financiación Financiar tu proyecto Índice 1. Dentro del Plan Económico-Financiero, a qué puede ayudar la financiación?... 3 2. Qué documento imprescindible debe prepararse para solicitar un préstamo o crédito?... 3

Más detalles

LOS DESAHUCIOS Y LAS MEDIDAS GUBERNAMENTALES

LOS DESAHUCIOS Y LAS MEDIDAS GUBERNAMENTALES 1 Vitoria-Gasteiz a 15 de Enero de 2013 LOS DESAHUCIOS Y LAS MEDIDAS GUBERNAMENTALES Los desahucios por impagos de las cuotas de hipotecas de primeras viviendas, o de locales de negocios de pequeños empresarios,

Más detalles

<<Las sociedades deberán publicar de forma expresa las informaciones sobre plazos de pago a sus proveedores en la Memoria de sus cuentas anuales.

<<Las sociedades deberán publicar de forma expresa las informaciones sobre plazos de pago a sus proveedores en la Memoria de sus cuentas anuales. Proyecto de Resolución del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, sobre la información a incorporar en la memoria de las cuentas anuales en relación con los aplazamientos de pago a proveedores

Más detalles

Viviendas con Protección Pública Básica (VPPB)

Viviendas con Protección Pública Básica (VPPB) Viviendas con Protección Pública Básica (VPPB) Dentro de las tipologías de vivienda protegida para venta o uso propio que se regulan en el Reglamento de Viviendas con Protección Pública de la Comunidad

Más detalles

NOVEDADES FISCALES PARA EL 2013

NOVEDADES FISCALES PARA EL 2013 N.I: 2013-01-22/2 NOTIICIIAS DE IINTERÉS GENERAL NOVEDADES FISCALES PARA EL 2013 Apreciados Clientes, Le pasamos a detallar como continuación de nuestra anterior Circular, las novedades más importantes

Más detalles

Circular n.º 7/2010, de 30 de noviembre. (BOE de 6 de diciembre) Entidades de crédito. Desarrollo de determinados aspectos del mercado hipotecario

Circular n.º 7/2010, de 30 de noviembre. (BOE de 6 de diciembre) Entidades de crédito. Desarrollo de determinados aspectos del mercado hipotecario CIRCULAR 7/2010 Hoja 1 Diciembre 2010 Circular n.º 7/2010, de 30 de noviembre (BOE de 6 de diciembre) Entidades de crédito Desarrollo de determinados aspectos del mercado hipotecario La aprobación de la

Más detalles

TEMA 5: FINANCIACIÓN DE LAS IMPORTACIONES

TEMA 5: FINANCIACIÓN DE LAS IMPORTACIONES TEMA 5: FINANCIACIÓN DE LAS IMPORTACIONES 1. FINANCIACIÓN DE LA IMPORTACIÓN. GENERALIDADES Se entiende por financiación de las importaciones la posibilidad que tienen los sujetos importadores de financiar

Más detalles

PROTECCIÓN DELCONSUMIDOR ENDEUDAMIENTO

PROTECCIÓN DELCONSUMIDOR ENDEUDAMIENTO PROTECCIÓN DELCONSUMIDOR ENDEUDAMIENTO Y Sobreendeudamiento Insolvencia Crédito al consumo Costes médicos Pérdida del trabajo Compra de la vivienda Prevención UNIÓN EUROPEA Directiva 93/13/CEE, de 5 de

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0545/2009

Gabinete Jurídico. Informe 0545/2009 Informe 0545/2009 La consulta plantea diversas dudas respecto a la aplicación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en lo sucesivo LOPD), a la prestación

Más detalles

Crecemos juntos porque nos conocemos!

Crecemos juntos porque nos conocemos! Crecemos juntos porque nos conocemos! CRÉDITO FÓRMULAS Y EJEMPLOS La empresa tiene la obligación de difundir información de conformidad con la Ley N 29888 y el Reglamento de Transparencia de Información

Más detalles

REGLAMENTO DE LA CAJA PROVINCIAL DE COOPERACIÓN LOCAL

REGLAMENTO DE LA CAJA PROVINCIAL DE COOPERACIÓN LOCAL REGLAMENTO DE LA CAJA PROVINCIAL DE COOPERACIÓN LOCAL Artículo 1. Creación de la Caja Provincial de Cooperación Local De conformidad con lo dispuesto en el apartado 6.f) del artículo 30 del Real Decreto

Más detalles

TV Led 22 Full HD Blusens

TV Led 22 Full HD Blusens PAQUETE NÓMINA Y CUENTAS Para nóminas y pensiones superiores a 600 y 300 respectivamente. Domiciliando su nómina o pensión acceda a las mejores condiciones*. Tarjeta Visa Ahora o Después gratuita Cuenta

Más detalles

En vigor desde el 19 de diciembre de 2011 CAIXA RURAL LA VALL SAN ISIDRO,Coop. de Crédito V. FOLLETO DE TARIFAS

En vigor desde el 19 de diciembre de 2011 CAIXA RURAL LA VALL SAN ISIDRO,Coop. de Crédito V. FOLLETO DE TARIFAS EPIGRAFE 14º Página 1 de 6 Epígrafe 14º. CRÉDITOS Y PRÉSTAMOS, EFECTOS FINANCIEROS, DESCUBIERTOS EN CUENTA CORRIENTE, EXCEDIDOS EN CUENTAS DE CRÉDITO, Y ANTICIPOS SOBRE EFECTOS. Especificación Importe

Más detalles

FUENTES DE FINANCIACIÓN

FUENTES DE FINANCIACIÓN FUENTES DE FINANCIACIÓN Descripción del modo de cubrir las inversiones que se necesitan. Aclaraciones a algunos de los conceptos relacionados: Recursos propios: Aportaciones dinerarias y no dinerarias

Más detalles

GUÍA PLANES. para hacer. (de pensiones)

GUÍA PLANES. para hacer. (de pensiones) GUÍA para hacer PLANES (de pensiones) índice 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 Qué es un plan de pensiones? Para qué sirve un plan de pensiones? Cuál es el mejor momento para contratar un plan de pensiones?

Más detalles

FOLLETO DE TARIFAS DE COMISIONES, CONDICIONES Y GASTOS REPERCUTIBLES A CLIENTES DE CELERIS SERVICIOS FINANCIEROS, S.A. E.F.C.

FOLLETO DE TARIFAS DE COMISIONES, CONDICIONES Y GASTOS REPERCUTIBLES A CLIENTES DE CELERIS SERVICIOS FINANCIEROS, S.A. E.F.C. FOLLETO DE TARIFAS DE COMISIONES, CONDICIONES Y GASTOS REPERCUTIBLES A CLIENTES DE CELERIS SERVICIOS FINANCIEROS, S.A. E.F.C. Epígrafe 00 Condiciones Generales Epígrafe 01 Créditos y Préstamos Epígrafe

Más detalles

RECLAMACIÓN POR IMPAGO DE CUOTAS DE COMUNIDAD AL TITULAR REGISTRAL. EXTENSIÓN DE LA RESPONSABILIDAD. PRESCRIPCIÓN DE ACCIONES.

RECLAMACIÓN POR IMPAGO DE CUOTAS DE COMUNIDAD AL TITULAR REGISTRAL. EXTENSIÓN DE LA RESPONSABILIDAD. PRESCRIPCIÓN DE ACCIONES. RECLAMACIÓN POR IMPAGO DE CUOTAS DE COMUNIDAD AL TITULAR REGISTRAL. EXTENSIÓN DE LA RESPONSABILIDAD. PRESCRIPCIÓN DE ACCIONES. La obligación de cada copropietario de contribuir al sostenimiento de los

Más detalles

ASUNTO: SEGUROS DE DAÑOS SOBRE INMUEBLES VINCULADOS A PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS.

ASUNTO: SEGUROS DE DAÑOS SOBRE INMUEBLES VINCULADOS A PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS. ASUNTO: SEGUROS DE DAÑOS SOBRE INMUEBLES VINCULADOS A PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS. Planteamiento. Se consulta sobre las características de los seguros de daños sobre inmuebles vinculados a la concesión de préstamos

Más detalles

Conoce tu hipoteca. En los últimos años se ha. Qué debes saber? QUÉ ES UNA HIPOTECA? 2 FACUA.org/andalucia

Conoce tu hipoteca. En los últimos años se ha. Qué debes saber? QUÉ ES UNA HIPOTECA? 2 FACUA.org/andalucia Conoce tu hipoteca En los últimos años se ha producido una gran alarma social relacionada con las hipotecas, un producto complejo que incluye cláusulas financieras que regulan desde el tipo de interés,

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0076/2014

Gabinete Jurídico. Informe 0076/2014 Informe 0076/2014 La consulta plantea el procedimiento a seguir en aplicación de los dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal, y su Reglamento

Más detalles

Esta publicación contiene información sobre la legislación publicada entre el 1 y el 30 de septiembre de 2015

Esta publicación contiene información sobre la legislación publicada entre el 1 y el 30 de septiembre de 2015 NEWSLETTER LEGAL OCTUBRE 2015 1. Normativa Estatal 1.1. Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de Reforma del Sistema para la Valoración de los Daños y Perjuicios Causados a las Personas en Accidentes de Circulación.

Más detalles

UNIDAD DIDÁCTICA: PRACTICA DE CALC (OPENOFFICE.ORG 1.1.2): COMPRA E HIPOTECA DE VIVIENDA.

UNIDAD DIDÁCTICA: PRACTICA DE CALC (OPENOFFICE.ORG 1.1.2): COMPRA E HIPOTECA DE VIVIENDA. UNIDAD DIDÁCTICA: PRACTICA DE CALC (OPENOFFICE.ORG 1.1.2): COMPRA E HIPOTECA DE VIVIENDA. OBJETIVOS. A continuación se describen los contenidos conceptuales y procedimentales que practicarán los alumnos

Más detalles

en vigor del RDL (el 17 de noviembre), con independencia de cuándo se iniciara el procedimiento de ejecución hipotecaria.

en vigor del RDL (el 17 de noviembre), con independencia de cuándo se iniciara el procedimiento de ejecución hipotecaria. LA PARALIZACIÓN DE DESAHUCIOS HIPOTECARIOS 1 (RDL 27/2012, de 15 de noviembre, de medidas urgentes para reforzar la protección a los deudores hipotecarios) Encarna Cordero Lobato Catedrática de Derecho

Más detalles

Préstamo Tipo Costo Financiero Total (CFT). Préstamos Generales Tasas, Montos y Condiciones de otorgamiento.

Préstamo Tipo Costo Financiero Total (CFT). Préstamos Generales Tasas, Montos y Condiciones de otorgamiento. 2008 Año de la Enseñanza de las Ciencias COMUNICADO Nro. 96 08/0/2008 Ref.: Préstamos personales. Tasas y costos promedio de los préstamos personales a julio de 2008. Préstamos Personales a Julio de 2008

Más detalles

Proposición sobre la Dación en pago de la vivienda

Proposición sobre la Dación en pago de la vivienda Proposición sobre la Dación en pago de la vivienda Avilés a 14 de Octubre de 2011 Alejandro Cueli Obaya, con DNI 71691622 T, concejal del Ayuntamiento de Avilés y Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda

Más detalles

En vigor desde el 30-09-2015 Página 1 Epígrafe 15

En vigor desde el 30-09-2015 Página 1 Epígrafe 15 Página 1. CRÉDITOS (Cuenta corriente de crédito, préstamos, líneas de riesgo, efectos financieros, anticipos sobre documentos, descubiertos en cuentas corrientes y de ahorro, y exceso en tarjetas de crédito)

Más detalles

Ayudamos a Empresas, y Particularesen Crisis

Ayudamos a Empresas, y Particularesen Crisis Ayudamos a Empresas, y Particularesen Crisis Quiénes somos? CreditServices S.A.U. CreditServices es la mayor organización de asesores financieros y jurídicos, con representación a nivel nacional e internacional.

Más detalles

1. TERMINOLOGÍA DE LOS EFECTOS COMERCIALES

1. TERMINOLOGÍA DE LOS EFECTOS COMERCIALES 1. TERMINOLOGÍA DE LOS EFECTOS COMERCIALES LETRA DE CAMBIO: Documento mercantil por el cual una persona, denominado librador del efecto, manda u ordena pagar a otra, denominada librado, una determinada

Más detalles

INFORMACIÓN A LA HORA DE COMPRAR UNA VIVIENDA

INFORMACIÓN A LA HORA DE COMPRAR UNA VIVIENDA 1 INFORMACIÓN A LA HORA DE COMPRAR UNA VIVIENDA Encontrar una vivienda La decisión de adquirir una vivienda es muy difícil. Y es que, comprar una vivienda supone un coste económico muy importante. Y además,

Más detalles

DEUDOR HIPOTECARIO FOLLETO INFORMATIVO CONCEPTOS BÁSICOS PROCESO EJECUCIÓN MEDIACIÓN HIPOTECARIA

DEUDOR HIPOTECARIO FOLLETO INFORMATIVO CONCEPTOS BÁSICOS PROCESO EJECUCIÓN MEDIACIÓN HIPOTECARIA CONCEPTOS BÁSICOS PROCESO EJECUCIÓN MEDIACIÓN HIPOTECARIA FOLLETO INFORMATIVO DEUDOR HIPOTECARIO OMIC ZARAGOZA 1983-2013 30 años al servicio del consumidor ACLARANDO CONCEPTOS HIPOTECA O PRÉSTAMO HIPOTECARIO?

Más detalles

Administración de Empresas. 13 El coste de capital 13.1

Administración de Empresas. 13 El coste de capital 13.1 Administración de Empresas. 13 El coste de capital 13.1 TEMA 13: EL COSTE DE CAPITAL ESQUEMA DEL TEMA: 13. 1. El coste de capital en general. 13.2. El coste de préstamos y empréstitos. 13.3. El efecto

Más detalles

Banco Cooperativo Español, S.A. En vigor desde el 01.12.2011 FOLLETO DE TARIFAS Epígrafe 15 Página 1 de 7

Banco Cooperativo Español, S.A. En vigor desde el 01.12.2011 FOLLETO DE TARIFAS Epígrafe 15 Página 1 de 7 FOLLETO DE TARIFAS Epígrafe 15 Página 1 de 7 Epígrafe 15. CRÉDITOS Y PRÉSTAMOS, EFECTOS FINANCIEROS, DESCUBIERTOS EN CUENTA CORRIENTE, EXCEDIDOS EN CUENTAS DE CRÉDITO, Y ANTICIPOS SOBRE EFECTOS. Especificación

Más detalles

HOJA RESUMEN INFORMATIVA SE ANEXARA AL CONTRATO N

HOJA RESUMEN INFORMATIVA SE ANEXARA AL CONTRATO N 1 HOJA RESUMEN INFORMATIVA SE ANEXARA AL CONTRATO N PRESTAMO COMERCIAL PLAN A MEDIDA PNN / MICROEMPRESA FOGEM PRODUCTO PRINCIPAL SOLICITADO : TASA DE INTERES COMPENSATORIO (TEA) : DURACIÓN TOTAL : TASA

Más detalles

Gabinete Jur?dico. Informe 0147/2013

Gabinete Jur?dico. Informe 0147/2013 Informe 0147/2013 Se consulta si resulta conforme a lo previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal, el acceso por el consultante, compañía de seguros,

Más detalles

!(!Febrero!)01! 3!456785!9:8;<=56!>5!?;;<=8@7A;6!B:8A>AC:5! PROPIEDAD INTELECTUAL - la nueva Ley de PI...pág. 7 CURSOS DE FORMACIÓN QUE OFRECE CECJ

!(!Febrero!)01! 3!456785!9:8;<=56!>5!?;;<=8@7A;6!B:8A>AC:5! PROPIEDAD INTELECTUAL - la nueva Ley de PI...pág. 7 CURSOS DE FORMACIÓN QUE OFRECE CECJ !(!Febrero!)01! 3!456785!9:8;5!?;;AC:5!!!!! CURSOS DE FORMACIÓN QUE OFRECE CECJ PROPIEDAD INTELECTUAL - la nueva Ley de PI...pág. 7 ENTREVISTA DERECHOS HUMANOS - Sentencia TEDH en el

Más detalles

CLÁUSULA 3ª. EXTORNO DE PRIMA POR RESCISIÓN DEL CONTRATO DE ALQUILER

CLÁUSULA 3ª. EXTORNO DE PRIMA POR RESCISIÓN DEL CONTRATO DE ALQUILER Ref: 06/107484.9/15 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HA DE REGIR LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE CONCERTACIÓN DEL SEGURO POR IMPAGO DE RENTAS DE ALQUILER DEL PLAN DE DINAMIZACIÓN DEL ALQUILER

Más detalles

Epígrafe 20 Pág.: 1 Préstamos, créditos y descubiertos en cuentas a la vista. En vigor desde el 12-03-12 Importes en PRESTAMOS

Epígrafe 20 Pág.: 1 Préstamos, créditos y descubiertos en cuentas a la vista. En vigor desde el 12-03-12 Importes en PRESTAMOS Epígrafe 20 Pág.: 1 Importes en PRESTAMOS Notas t% Mínimo Importe APERTURA Y ESTUDIO Apertura en préstamos hipotecarios 2 3,00% 750,00 -- Apertura en resto de préstamos. 2 6,00% 175,00 -- Estudio 3 1,50%

Más detalles

ESTUDIO COMPARATIVO AUTONOMO SOCIEDAD LIMITADA

ESTUDIO COMPARATIVO AUTONOMO SOCIEDAD LIMITADA V0, 09/07/08, AUTONOMOS VS SOCIEDAD LIMITADA.DOC Página 1 de 15 ESTUDIO COMPARATIVO AUTONOMO VS SOCIEDAD LIMITADA V0, 09/07/08, AUTONOMOS VS SOCIEDAD LIMITADA.DOC Página 2 de 15 OBJETIVOS: Con este Análisis

Más detalles

LEY 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración y resolución de entidades de crédito.

LEY 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración y resolución de entidades de crédito. NOTA: SOLO SE INCLUYEN AQUELLOS ARTÍCULOS O APARTADOS QUE HACEN REFERENCIA O TIENEN RELACIÓN CON EL FONDO DE GARANTÍA DE DEPÓSITOS DE ENTIDADES DE CRÉDITO LEY 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración

Más detalles