AYUNTAMIENTO DE TORRELAVEGA

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1 AYUNTAMIENTO DE TORRELAVEGA Bases generales por la que se regula la concesón subvencones en matera comerco a efectuar ntro la ncatva Urban La Inmoblara: Un nuevo espaco oportundas, cofnancada al 50% con fondos FEDER la Unón Europea. Bases generales por las que se regula la concesón subvencones con stno a fomentar y apoyar la nstalacón y apertura nuevas actvdas empresarales carácter estratégco, en el ámbto l Barro la Inmoblara, muncpo Torrelavega, a efectuar ntro la Incatva Urban La Inmoblara, un nuevo espaco oportundas, cofnancada al 50% con Fondos FEDER la Unón Europea. CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Objeto Artículo 2.- Benefcaros Artículo 3.- Actvdas Subvenconables Artículo 4.- Importe total las subvencones. CAPÍTULO II.- PROCEDIMIENTO PARA LA CONCESIÓN DE LA SUBVENCIÓN Artículo 5.- Convocatoras anuales. Artículo 6.- Plazo presentacón Artículo 7.-Documentacón a presentar Artículo 8.- Crteros valoracón las propuestas Artículo 9.- Concesón las ayudas CAPÍTULO III.- OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO, PAGO Y JUSTIFICACIÓN Artículo 10.- Oblgacones l benefcaro Artículo 11.- Abono la subvencón y rentegros Artículo 12.- Gastos elegbles. Artículo 13.-Modfcacones y segumento l proyecto Artículo 14.- Control contable. Artículo 15- Plazo y justfcacón los gastos CAPÍTULO IV.- INFRACCIONES Y SANCIONES Artículo 16.- Infraccones y sancones DISPOSICIÓN ADICIONAL DISPOSICIÓN TRANSITORIA. ANEXO.- MODELO DE INSTANCIA ANEXO CONDICIONES OBRAS Pág /16

2 CAPÍTULO I Dsposcones generales Artículo 1.- Objeto 1.- Es objeto las presentes bases la regulacón general l régmen concesón subvencones a otorgar por el Ayuntamento Torrelavega con stno a fomentar y apoyar la nstalacón y apertura nuevos establecmentos consrados índole estratégca a efectuarse en el ámbto l Barro la Inmoblara ntro la Incatva Urban La Inmoblara, un nuevo espaco oportundas, cofnancada al 50% con Fondos FEDER la Unón Europea. 2.- La concesón las subvencones estará vnculado en todo caso a las convocatoras anuales que, en los térmnos recogdos en estas bases generales, efectúe el Ayuntamento Torrelavega. Artículo 2.- Benefcaros 1.- Podrán ser benefcaros las ayudas prevstas en estas bases todas aquellas personas físcas o jurídcas, npenntemente la forma en que se consttuyan, y l muncpo l que provengan, que abran un nuevo establecmento mercantl en la zona la Inmoblara, muncpo Torrelavega, a partr l 1 enero 2009, y cumplan los requstos sguentes: a ).- Que sean personas físcas o jurídcas y que el nuevo establecmento para el que se solcta la subvencón base su actvdad prncpal en aquellas que se recogen en estas bases. Podrán ser gualmente benefcaros las agrupacones personas físcas o jurídcas, públcas o prvadas, las comundas benes o cualquer otro tpo undad económca o patrmono separado que, aun carecendo personaldad jurídca, puedan llevar a cabo, en un msmo local, las actvdas recogdas en estas bases, bendo garantzarse en tal caso por todos los solctantes el cumplmento los requstos establecdos en el presente artículo. A los efectos estas bases se consrarán: a.1.-- Actvdas estratégcas preferentes las sguentes actvdas artesanales, acredtada medante la nscrpcón su ttular en el regstro artesanos la Comundad Cantabra o a través cualquer otro medo que justfque el cumplmento requstos análogos a los establecdos en dcho Regstro, y que efectúen produccón artesanal n stu y no solo comercalzacón en el local para el que se solcta la ayuda, o ben efectúen comercalzacón productos elaborados manera artesanal por artesanos ncludos en regstros artesanos las Admnstracones Públcas competentes o acredtada medante cualquer otro medo que así lo justfque, y actúen en alguno los sguentes sectores: 1. ALFARERÍA, CERÁMICA Y PORCELANA Alfarería Cerámca Porcelana Mosacos Esmalte o pntura sobre porcelana 2. ENCUADERNACIÓN Y TRABAJOS EN PAPEL Encuarnacón artesanal Recclaje papel Recuperacón documentos antguos Cartografía Pág /16

3 3. JOYERÍA, ORFEBRERÍA Y PLATERÍA Joyería artesanal Orfebrería artesanal Platería artesanal Bsutería artesanal 4. MADERA Marquetería Tapzado Torneado en mara Ebanstería Prograbado 5. MUEBLE RÚSTICO Recuperacón, restauracón, recclaje y transformacón objetos rústcos orgen rural y nterés etnográfco en elementos coracón y mueble. 6. MAQUETAS, MINIATURISMO, MODELISMO 7. METAL Fundcón artístca Trabajos en bronce Grabado Forja y cerrajería artístca 8. PIEDRA NATURAL, ESCAYOLA Y VIDRIO Cantería Talla en pedra y mármol Talla en vdro Vdreras artístca Pntura sobre vdro 9. PIEL Y CUERO Guarnconería Marroqunería Prendas en pel Botas vno Calzado artístco Calzado a medda Prendas campo y caza 10. RESTAURACIÓN Muebles Obras arte Pág /16

4 Tapces y alfombras Papel Relojes Instrumentos muscales 11. TEXTIL Trabajos telar Tapces Bordados Encajes Pasamanería Decoracón telas Fabrcacón alfombras Macramé y nudos 12. ARTE RELIGIOSO 13. CONSTRUCCIÓN DE INSTRUMENTOS Construccón nstrumentos muscales antguos o tradconales Instrumentos antguos medcón (náutca, astronomía...) 14. OTROS OFICIOS Flores artesanales Muñecas Maestros herradores Artesanía con conchas mar Pntura y escultura Artículos esotércos Etc. Amás, podrán ser tambén consradas estratégcas aquellas otras actvdas que no estén sufcentemente representadas en la estructura económca exstente en Torrelavega, que aporten una dversfcacón a la oferta comercal y/o servcos, que generen empleo y presenten talle aspectos nnovadores en el sarrollo su actvdad. a.2.- Resto actvdas.- Aquellas actvdas no consradas estratégcas cuya actvdad prncpal se encuentre ncludo en alguno los sguentes epígrafes l Impuesto Actvdad Económcas: Agrupacón 64: los epígrafes (Comerco al por menor productos almentcos, bebdas y tabaco realzado en establecmento permanente). Agrupacón 65: los epígrafes (Comerco al por menor productos ndustrales no almentcos realzado en establecmento permanente). Grupo 661: Epígrafe (Comerco en almacenes populares). Grupo 662; los epígrafes. Grupo 691: Epígrafe (Reparacón artículos eléctrcos para el hogar) y (reparacón otros benes consumo). Pág /16

5 Grupo 755: Epígrafe (Servcos prestado al públco por agencas vaje). Grupo 856: los epígrafes (Alquleres benes consumo). Grupo 971: los epígrafes (Lavanrías, tntorerías y servcos (smlares). Grupo 972: los epígrafes (Salones peluquería e nsttutos Belleza). Grupo 973: Epígrafe (Servcos fotográfcos) y (Servcos copas documentos en máqunas fotocopadoras). Grupo 975: los epígrafes (Servco enmarcacón). Igualmente, y a los efectos las presentes bases, se enten por nuevo establecmento la mplantacón una actvdad que cumpla los sguentes requstos: Que la msma actvdad no hubese sdo ejercda en el msmo local en los últmos dos años. Que el ttular la nueva actvdad, su cónyuge o persona unda por análoga relacón afectva, no haya ejercdo en el msmo local actvdad comercal, durante un perodo al menos dos años a contar s la fecha publcacón la convocatora ayudas en el BOC. b) Que el establecmento se encuentre ubcado ntro alguna las calles, objeto l programa accones Urbanas, La Inmoblara, un espaco oportundas, acuerdo con la sguente zonfcacón: Zona Prordad 1: Zona Prordad 2: Calle Números Padre Rábago Juan Herrera Marqueses Valclla y Pelayo Casmro Sanz Leonardo Torres Quevedo La Zarzuela Juan XXIII Impares: l 5 al 21 Pares: l 20 al 30 Calle Números José María Pereda Impares: l 49 al 107 Pares: l 22 al 44 Mortuoro Pntor Varela Marqueses Valclla y Pelayo Casmro Sanz Leonardo Torres Quevedo La Zarzuela Juan XXIII Impares: l 1 al 3 Pares: l 2 al 20 Ceferno Calrón El Ansar Bonfaco l Castllo Pntor Salces Julán Urbna Gervaso Herreros Impares: l 1 al 11 Pares: l 2 al 6 Hermlo Alcal l Río Des la nterseccón con Pablo Garnca hasta José María Pereda 87, nt. General Ceballos Mártres Impares: l 11 al 21 Pares: s la nterseccón con Con Torreanaz al 18 Juan José Ruano Impares: l 13 al 19, nº Pares Pág /16

6 Calle Torreanaz al 18 Números José Juan María José Ruano Pereda Impares: l al 19, 107 nº Pares La Llama Impares: l 17 al 19 Pares: l 50 al 62 Pomar Plaza San Bartolomé Pablo Garnca Impares: l 1 al 5 Pares: l 2 al 10 Con Torreanaz e) Que la actvdad objeto la subvencón se mantenga ntro l ámbto l Barro la Inmoblara, durante un perodo mínmo dos años, salvo transmsón por causa fuerza mayor l local en la que se ejerza la actvdad, prevamente autorzada por el Ayuntamento, que la nueva actvdad que se mplante en el local cumpla los requstos establecdos en estas bases para ser benefcaro la subvencón y el nuevo ttular acepte subrogarse en las oblgacones rvadas estas bases. f) Que la actvdad reúna sufcentes condcones vabldad técnca, económca y fnancera, para lo cual se presentará un plan negoco. g) Que se encuentre al corrente en el cumplmento las oblgacones rvadas concesones ayudas para fnes análogos realzadas por la Unón Europea, Admnstracón l Estado, CC. AA. o Ayuntamento Torrelavega. h) Obtengan la lcenca actvdad con stno al ejercco aquella para cuya apertura se solcta la subvencón. ) Encontrarse al corrente las oblgacones trbutaras y con la Segurdad Socal así como no tener udas penntes abono con el Ayuntamento Torrelavega, provenentes mpuestos, tasas, precos públcos o recargos trbutaros. 2.- Los establecmentos benefcaros con la accón o proyecto subvenconado por las convocatoras que se efectúen con cargo a estas bases generales han hacer constar, medante la oportuna placa nformatva nstalada en el acceso al establecmento, la fnancacón y patrocno l Ayuntamento Torrelavega, y los Fondos Fer la Unón Europea, con el logotpo l msmo. 3.- No podrán ser benefcaros las personas físcas o jurídcas que se encuentren ncursas en cualquera las causas establecdas al artículo 12 la Ley 10/ julo Subvencones Cantabra. 4.- Igualmente podrán ser benefcaros las ayudas para reforma locales los arrendadores los locales stuados en la zona prordad 1, que efectúen por su cuenta obras acuacón los locales con stno a su arrendamento a terceros que cumplan las condcones establecdas en este artículo, con el compromso nclurse en la bolsa arrendadores cuya fnaldad es ofrecer en el mercado la puesta en dsposcón locales, enmarcados en el proyecto URBAN, durante un período mínmo 5 años a un preco gual o nferor a los ntervalos recogdos en el artículo 4º estas bases para los dstntos tpos locales prevstos en el msmo. En tales casos no podrán ser benefcaros subvencón los arrendataros los locales con stno a la realzacón obras análogas a aquellas para las que se concedó subvencón al arrendador. Artículo 3.- Actvdas subvenconables A los efectos las subvencones prevstas en estas bases, se establecen las sguentes dos líneas ntervencón con objeto crear entornos favorables para la mplantacón nuevas actvdas en el barro. A.- Línea apoyo a los arrendataros, medante la cual se subvenconará exclusvamente los gastos stnados a fnancar el alquler l local negoco (IVA y gastos comundad no ncludos), durante dos años. Pág /16

7 B.- Línea apoyo a la reforma locales la Zona 1 y 2 que compren la realzacón obras relatvas la mejora fachada e nstalacón toldos, a las que se podrá adconar, para su realzacón smultáneamente con las anterormente ndcadas, otras relatvas a: a) Acceso al local y obra cvl, b) Ilumnacón l local c) Suelos y pntura. Y cuyo objeto es dotar a los msmos los elementos necesaros para su puesta en el mercado, en las condcones establecdas en estas bases, y mejora funconal l local a través la elmnacón barreras arqutectóncas y l cumplmento l Códgo Técnco la edfcacón y la legslacón vgente en matera Prevencón Resgos Laborales, bendo cumplr las actuacones los requstos homogenedad mínma recogda como anexo a estas bases. Artículo 4.- Importe total las subvencones. 1. El mporte total las subvencones anuales a concer por el Ayuntamento Torrelavega con stno fomentar y apoyar la nstalacón y apertura nuevos establecmentos comercales índole estratégca a efectuar en el ámbto l Barro la Inmoblara ntro la ncatva Urban, en cualquera sus dos líneas, será el que se termne en la convocatora a efectuar con carácter anual acuerdo con las prevsones establecdas en el presupuesto cada ejercco. 2.- De conformdad con las líneas subvencones recogdas en el artículo 3 estas bases, el mporte a otorgar forma ndvdualzada a cada uno los benefcos será, como máxmo, los sguentes mportes: A.- Línea apoyo a los arrendataros: Las ayudas al arrendamento, que se concerán exclusvamente a los arrendataros, no podrán superar las que fguran en la tabla sguente: ZONA 1 Preco condconado Menos 30 m m m 2 Más 150 m 2 Preco base arrendamento ( /m2) (actvdas estragégdas Subvencón (%) 50,00 % 50,00 % 50,00 % 50,00 % Resto actvdas 30,00 % 30,00 % 30,00 % 30,00 % Ayudas alquler zona 2: 1 /m2. B.- Línea apoyo a la reforma locales: Zona 1. Tramos subvenconables. Superfce local Inversón mínma % Subvencón Máxma subvencón Inversón necesara para obtener máxmo subvencón Actvdas estratégcas Hasta 50 m 3.000,00 70,00 % 3.000, ,71 De 51 a 100 mtrs 5.000,00 70,00 % 5.000, ,86 Mas 100 metros 7.500,00 70,00 % 7.500, ,29 Resto actvdas Hasta 50 m 3.000,00 30,00 % 3.000, De 51 a 100 mtrs 5.000,00 30,00 % 5.000, Mas 100 metros 7.500,00 30,00 % 7.500, Pág /16

8 Zona 2: Tramos subvenconables. Superfce local Inversón mínma % Subvencón Máxma subvencón Inversón necesara para obtener máxmo subvencón Actvdas estratégcas Hasta 50 m 3.000,00 30,00 % 3.000, ,00 De 51 a 100 mtrs 5.000,00 30,00 % 5.000, ,00 Mas 100 metros 7.500,00 30,00 % 7.500, ,00 Resto actvdas Hasta 50 m 3.000,00 20,00 % 3.000, De 51 a 100 mtrs 5.000,00 20,00 % 5.000, Mas 100 metros 7.500,00 20,00 % 7.500, La convocatora anual subvencones podrá establecer límtes a los mportes máxmos a stnar a la realzacón actuacones en la zona 1 y 2 3.-Las subvencones que se otorguen con stno a la línea ayudas recogda en el apartado 2.A este artículo, berán efectuar la apertura efectva los msmos en un plazo máxmo tres meses a partr la recepcón la notfcacón la corresponnte subvencón, salvo que por causa justfcada se establezca otro plazo en el acuerdo concesón. De ncumplrse este plazo, la subvencón concedda quedará sn efecto, procedéndose al rentegro la msma al Ayuntamento, así como al abono los ntereses mora. Las ayudas a la rehabltacón locales para arrendadores berán estar concludas en el plazo ses meses s la recepcón la notfcacón su concesón. CAPÍTULO II Procedmento para la concesón la subvencón Artículo 5.- Convocatoras anuales. 1.- Las subvencones se otorgarán en régmen concurrenca compettva y preva convocatoras anuales que se efectuarán por el Ayuntamento Torrelavega ntro los plazos vgenca la Incatva Urban La Inmoblara, un nuevo espaco oportundas, Fondos FEDER Las convocatoras anuales serán aprobadas por la Alcaldía-Presnca, efectuándose en el mes enero cada ejercco, y publcándose en el BOC. 3.-El contendo las convocatoras anuales se ajustará a lo establecdo en el artículo 23 la Ley Cantabra 10/ julo. 4.- Actuará como órgano nstructor la convocatora subvencones el Concejal Delegado l área Hacenda. 5.- Será órgano colegado que efectúe la propuesta concesón la Comsón Permanente l Consejo Local la Incatva Urban. Artículo 6.- Plazo presentacón 1.-La solctud para la presentacón propuestas a la convocatora ayudas berán efectuarse en el plazo dos meses a contar s la publcacón en el Boletín Ofcal Cantabra la convocatora anual ayudas a que se refere el artículo anteror. 2. Las solctus se presentarán en el Regstro General l Ayuntamento Torrelavega o a través cualquera las formas prevstas en el artículo 38 la Ley Régmen Jurídco las Admnstracones Públcas y Procedmento Admnstratvo Común. 3. Solo se admtrá un proyecto por cada establecmento comercal. Pág /16

9 Artículo 7.-Documentacón a presentar Los ttulares los comercos o establecmentos que concurran a las convocatoras subvencones berán aportar la sguente documentacón: 1. Instanca en el molo undo a estas bases como Anexo I y que contene a) Ttular solctante. b) Descrpcón la actvdad l establecmento para el que se solcta la subvencón y actvdad económca a la que se stna. c) De acuerdo con las líneas para que se opte: Presupuesto estmado l alquler anual l local o coste las obras reforma acompañada scrpcón las msmas y factura pro forma. d) Fecha prevsta puesta en funconamento o nco y termnacón las obras. e) Presupuesto tallado y total aportacones (l Ayuntamento, otras Admnstracón, la Entdad solctante, así como cualesquera otras). 2.- En caso personas jurídcas acredtacón la personaldad jurídca medante copa la últma escrtura la socedad, bdamente nscrta en el regstro corresponnte, al que se unrá por representacón l solctante. 3.- Declaracón jurada no encontrarse ncurso en nnguna las causas establecdas al artículo 12 la Ley Cantabra 10/ julo, subvencones Cantabra. 4.- Acredtacón encontrarse al corrente en el cumplmento sus oblgacones trbutaras y frente a la Segurdad Socal, o aportacón autorzacón al Ayuntamento para que este puedan recabarse los corresponntes certfcados la Tesorería General la Segurdad Socal y Admnstracón Hacenda. 5.- Fotocopa compulsada la tarjeta Intfcacón Fscal. 6.- Plan l Negoco la actvdad a sarrollar en el local para la que se solcta la subvencón, salvo en el caso prevsto en la base A la documentacón ndcada se ncorporará ofco por el Ayuntamento certfcado nexstenca udas en vía ejecutva con la Tesorería muncpal provenentes mpuestos, tasas, precos públcos o recargos trbutaros. Artículo 8.- Crteros valoracón las propuestas 1.-Para la valoracón las propuestas se estará a los sguentes crteros: a) Caldad técnca la propuesta, entendda como tal la vabldad comercal la propuesta efectuada. b) Aportacón l benefcaro al mporte total la adquscón, otorgando mayor puntuacón al que mayor aportacón propa efectúe. c) Innovacón la propuesta que permta confgurar la msma como elemento referenca para otras actuacones. d) Snergas que en el ámbto l Barro la Inmoblara pueda producr el sarrollo l proyecto presentado. e) Creacón y/o mantenmento puestos trabajo. 2.- Cada uno los apartados ctadas se puntuará en una escala 0 a 10 puntos, la valoracón tendrá por objeto establecer los crteros prordad sn que la obtencón la msma recho o suponga oblgacón muncpal fnancar el proyecto presentado. 3.- Quedarán excludas la convocatora aquellas solctus que no alcancen un mínmo 10 puntos. Artículo 9.- Concesón las ayudas 1.- A la vsta la documentacón presentada por los solctantes, y tenendo en cuenta los crteros generales valoracón las actuacones y obras que establezcan los servcos mun- Pág /16

10 cpales, se cuantfcará por el Ayuntamento el mporte las actuacones o sumnstros que se propongan por los solctantes, srvendo dcha valoracón como crtero fjacón l mporte la actuacón a realzar, sn que el Ayuntamento ba estar en este apartado a la valoracón recogda por el solctante en su propuesta o en la factura proforma que le acompañe. A la ctada valoracón se acompañará propuesta valoracón las solctus presentada a la convocatora suscrta por el Servco muncpal nformante y el nstructor l expente. 2.- La concesón las ayudas contempladas en las presentes bases, se efectuará medante acuerdo la Junta Goberno Local a propuesta la Comsón Informatva Permanente la Incatva Urban que podrá solctar cuantos nformes técncos estme oportunos. En las resolucones concesón las ayudas se tendrán en cuenta las dsponbldas presupuestaras y se hará constar expresamente que las ayudas son mínms, acuerdo con el Reglamento (CE) nº 1998/2006 la Comsón Europea 12 dcembre 2006 relatva a la aplcacón los arts. 87 y 88 l Tratado a las Ayudas mínms, y que los fondos con que se sufragan procen los Presupuestos l Ayuntamento Torrelavega y que se encuentran cofnancados al 50% por los fondos FEDER la Unón Europea. 3.-De conformdad con el artículo 27 la Ley Cantabra 10/2006, en los casos en que un proyecto pueda ser objeto una subvencón menor que la solctada por el petconaro, o requera ser parcalmente ajustado en termnados puntos, se comuncará al solctante para que ésta pueda aceptar, rechazar o sugerr otras adaptacones antes la aprobacón fntva l proyecto por la Junta Goberno Local. En caso no concerse íntegramente la cantdad solctada se procerá a una reformulacón presupuestara en la que la aportacón l ttular l establecmento se ajustará proporconalmente a la reduccón la subvencón. 4. La concesón una subvencón al amparo las presentes bases no comporta oblgacón alguna por parte l Ayuntamento concer subvencones en los sguentes ejerccos económcos para actuacones o sumnstros smlares. 5. Las solctus que no hayan sdo subvenconadas podrán ser retradas las penncas l órgano convocante por los nteresados que los huberan presentado, en un plazo tres meses s la fecha la sestmacón. 6.- Las ayudas conceddas serán publcadas en todo caso en el Tablón anuncos l Ayuntamento y págna web muncpal. 7.- De acuerdo con lo establecdo en la Ley Subvencones Cantabra, el mporte la subvencones otorgadas por el Ayuntamento, en nngún caso podrá ser tal cuantía que, asladamente o en concurrenca con otras subvencones o ayudas otras Admnstracones Públcas o otros Entes públcos o prvados, naconales o nternaconales, supere el coste la ntervencón a sarrollar por el centro o establecmento. 8.-La obtencón otras subvencones para la msma adquscón procentes cualesquera admnstracones o entes públcos o prvados, naconales o nternaconales, berá ser comuncada por escrto y nmedato a la Concejalía Hacenda l Ayuntamento Torrelavega, especfcando la cuantía exacta y el stno que se dará a dchos fondos ntro l proyecto en cuestón. Tal hecho podrá dar lugar a una modfcacón la resolucón la concesón. 9.- Contra el acuerdo la Junta Goberno Local sobre resolucón la convocatora podrá nterponerse por los nteresados recurso reposcón con carácter potestatvo y prevo a la nterposcón l recurso contencoso-admnstratvo. CAPÍTULO III Oblgacones l benefcaro, pago y justfcacón Artículo 10.- Oblgacones l benefcaro En los térmnos recogdos en estas bases será oblgacón l benefcaro la ayuda: 1. Efectuar el nco la actvdad que fundamenta la concesón la subvencón en el plazo máxmo tres meses a contar s la notfcacón la concesón la subvencón, Pág /16

11 en la línea ayudas al arrendamento, y ses meses en el caso la línea ayuda a la reforma locales, pundo concerse por el Ayuntamento, a petcón l nteresado, una únca prórroga dos meses cuando concurran crcunstancas especales que así lo aconsejen. 2. Mantener el arrendamento l local durante los perodos mínmos recogdos en estas bases, así como la actvdad en el local en el caso establecdo para la reforma locales. 3. Justfcar ante el Ayuntamento Torrelavega el cumplmento los requstos y condcones, así como la realzacón la actvdad y el cumplmento la fnaldad que termnen la concesón la subvencón. 4. Someterse a las actuacones comprobacón, a efectuar por el Ayuntamento Torrelavega, así como cualesquera otras comprobacón y control fnancero que pueda realzar a través sus órganos y los rvados la normatva aplcable la Unón Europea reguladora los Fondos FEDER. 5. Comuncar al Ayuntamento Torrelavega la obtencón otras subvencones, ayudas, ngresos o recursos que fnancen las actvdas subvenconadas. Esta comuncacón berá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterordad a la justfcacón la aplcacón dada a los fondos percbdos. 6. Dsponer los lbros contables, regstros dlgencados y más documentos bdamente audtados en los térmnos exgdos por la legslacón mercantl y sectoral aplcable al benefcaro en cada caso, así como cuantos estados contables y regstros específcos sean exgdos por estas bases reguladoras las subvencones, con la fnaldad garantzar el acuado ejercco las facultas comprobacón y control. 7. Conservar los documentos justfcatvos la aplcacón los fondos recbdos, ncludos los documentos electróncos, en tanto puedan ser objeto las actuacones comprobacón y control. 8. Adoptar, al menos durante un perodo tres años, las meddas dfusón consstentes en la nstalacón una placa en el exteror la entrada l establecmento ndcatva la subvencón concedda y trasladar dcha oblgacón forma expresa a los nuevos adqurentes o ttulares l establecmento durante el perodo ndcado. 9. La aceptacón la fnancacón mplca la aceptacón su nclusón en la lsta benefcaros publcada conformdad con el artículo 7, apartado 2, letra d) l Reglamento Nº 1828/2006 la Comsón 8 dcembre 2006 por el que se fjan normas sarrollo para el Reglamento (CE) nº 1083/2006 l Consejo, por el que se establecen las dsposcones generales relatvas al Fondo Europeo Desarrollo Regonal, al Fondo Socal Europeo y al Fondo Cohesón, y el Reglamento (CE) nº 1080/2006 l Parlamento Europeo y l Consejo, relatvo al Fondo Europeo Desarrollo Regonal. 10. Procer al rentegro los fondos percbdos en los supuestos contemplados en estas bases y en el artículo 38 la Ley Subvencones Cantabra 10/ julo. Artículo 11.- Abono la subvencón y rentegros 1.- La subvencón concedda será abonada en el plazo dos meses a contar s la presentacón ntegra la justfcacón la nversón por el benefcaro la msma, no obstante, y prevo posto la garantía oportuna, podrá efectuarse por el Ayuntamento un antcpo hasta el 60% la subvencón con carácter prevo a la presentacón la justfcacón establecda en este artículo. 2.- Los benefcaros las subvencones se comprometen al rentegro las cantdas recbdas, amás en las stuacones recogdas en el artículo 38 la Ley 10/ julo, en los sguentes casos: a) Incumplmento las oblgacones la justfcacón. b) Obtencón la ayuda sn reunr las condcones requerdas para ello. c) Incumplmento los objetvos para los que la subvencón fue concedda. d) Supuestos en que los gastos no se llevasen a cabo por cualquer causa o se modfcasen sustancalmente sn autorzacón expresa l Ayuntamento. Pág /16

12 e) Incumplmento las las condcones mpuestas a los benefcaros con motvo la concesón la subvencón, y en partcular la recogda en el artículo 10.8 estas bases. f) Incumplmento l plazo para la puesta en funconamento l establecmento para cuya puesta en funconamento se solcta la subvencón, así como l perodo mantenmento la actvdad exgdo en estas bases salvo causas fuerza mayor bdamente acredtadas. g) Por ncumplr o mpedr el control fnancero la Intervencón Muncpal o los funconaros, entdas o empresas sgnadas a tal fn por el Ayuntamento. Artículo 12.- Gastos elegbles. 1.- La fnancacón la subvencón muncpal se stnará exclusvamente a atenr a los gastos arrendamento los establecmentos en la línea subvencón a) y a los conceptos especfcados en el anexo, para la línea subvencón b). 2. No serán en nngún caso susceptbles subvencón por el Ayuntamento los sguentes gastos: a) Funconamento l establecmento (electrcdad, agua y comuncacones, etc). b) Mercarías y gastos personal. a) Moblaro. Artículo 13.- Modfcacones y segumento l proyecto 1. Se necestará la autorzacón preva y expresa la Junta Goberno Local para realzar cualquer modfcacón sustancal l proyecto, entenndo por tal aquella que afecte a la actvdad a sarrollar en el establecmento para los que se solctó la subvencón o que suponga una varacón su presupuesto a la baja hasta un 20%. Las repercusones presupuestaras la modfcacón no podrán superar en nngún caso la cuantía la subvencón concedda. Los benefcaros berán nformar por escrto y forma motvada a la Concejalía Hacenda cualquer crcunstanca que pura afectar sustancalmente al sarrollo prevsto l proyecto y sobre las modfcacones que se pretendan ntroducr en la realzacón l msmo. 2. Asmsmo, los benefcaros berán presentar en el Ayuntamento Torrelavega nformes, técncos, cuando se les solcte formalmente sobre la stuacón en que se encuentre la ejecucón l proyecto y sobre el cumplmento parcal sus objetvos. Artículo 14.- Control contable. 1. Los benefcaros estarán sujetas a las actuacones control fnancero que ejercerá la Intervencón General l Ayuntamento, estando oblgados a poner a dsposcón la Intervencón General, o l personal muncpal encargado dcha funcón, cualquer documento que les solcte para el acuado cumplmento sus funcones. 2. La realzacón y gestón l proyecto podrá ser verfcado en cualquer momento por responsables l Ayuntamento Torrelavega o por las personas que éste sgne. Con este fn, los benefcaros berán facltar el acceso éstas al lugar actuacón, así como a los lbros, cuentas y documentos justfcatvos corresponntes. 3. El ncumplmento estas normas termnará la nhabltacón l benefcaro para por accer en el futuro a nuevas subvencones, así como la oblgacón procer al rentegro l mporte la msma, más los ntereses mora, en su caso. 4. S la adquscón no se llevase a cabo por cualquer causa, o se modfcase sustancalmente sn la autorzacón preva l órgano convocante, o no se justfca en la forma prevsta en estas bases, procerá al rentegro l mporte la subvencón, más los ntereses mora en su caso. Artículo 15.- Plazo y justfcacón los gastos 1. Trascurrdo el año natural a que se refere el artículo 11.1 estas base, o el plazo establecdo para la realzacón las obras acomodacón l local, y en el plazo l mes sguente, los benefcaros que percban ayudas berán presentar justfcacón fehacente los gastos e ngresos habdos, aportando la sguente documentacón: Pág /16

13 a.- Facturas orgnales, o compulsadas por los Servcos Muncpales, en el que se talle el abono l arrendamento efectuado. b.- Justfcacón l pago las facturas. c.- Certfcado encontrarse al corrente sus oblgacones trbutaras y con la Segurdad Socal. Los proyectos stnados al arrendamento locales se consrarán fnalzados una vez transcurrdo el plazo duracón dos años prevsto en el acuerdo concesón, los relatvos a la reforma locales con la fnalzacón la obra subvenconada, sn perjuco las oblgacones rentegro que procedan en caso ncumplmento l compromso mantenmento la actvdad l local para el que se conce la subvencón. 2. El Ayuntamento Torrelavega comuncará formalmente al benefcaro la aprobacón, en su caso, l menconado nforme fnal. Dcha aprobacón dará lugar a la extncón los compromsos con el Ayuntamento, sn perjuco los resultados que puedan arrojar posterores audtoras a las que se hace referenca en estas bases y l cumplmento las oblgacones establecdas en el artículo 10 las msmas. CAPÍTULO IV Infraccones y sancones Artículo 16.- Infraccones y sancones 1.- Se aplcará a los ncumplmentos las presentes bases el régmen nfraccones y sancones prevsto al Ttulo IV, capítulo I la Ley 10/ julo, Subvencones Cantabra, sendo responsables las msmas los benefcaros las subvencones conceddas. 2.- Será órgano competente para la mposcón las sancones prevstas en la msma los sguentes órganos: a.- Para las nfraccones leves y graves: La Junta Goberno Local. b.- Para las nfraccones muy graves: El Pleno la Corporacón. 3.-El mporte las sancones que se mpondrán por ncumplmento las presentes bases serán las establecdas en el Captulo II l Ttulo IV la Ley 10/ julo. DISPOSICIÓN ADICIONAL 1.-En lo no prevsto en estas bases se estará a la Ley Cantabra 10/ julo, Ley General Subvencones 38/ novembre y RD 887/ julo, por el que se aprueba el Reglamento la Ley 38/2003, 17 novembre, General Subvencones. 2.- Los errores o fectos aprecados en la relacón calles ncludas en el artículo 2 estas bases podrán ser subsanadas medante Resolucón la Alcaldía-Presnca. 3- La Alcaldía-Presnca, a propuesta la Concejalía Hacenda, podrá adoptar las dsposcones necesaras para el sarrollo y ejecucón las presentes bases. DISPOSICIÓN TRANSITORIA 1.-La prmera convocatora corresponnte a estas bases abarcará la nversón a la que hacen referenca estas bases, efectuadas s el 1 enero 2009, con npennca la fecha publcacón la convocatora en el BOC. Pág /16

14 2.- En el caso las obras realzadas en el ejercco 2009 no será exgble la realzacón las corresponntes a las mejora fachada o nstalacón toldo con carácter prevo a la concesón subvencones para el resto fnaldas prevstas en estas bases, cuando los exstentes en el local, en el momento solctud la subvencón, sea sustancalmente análoga a la fjada en el Anexo II estas bases, y en partcular cuando la actual, a juco l Consejo Sectoral, cumplan los requstos conservacón y mantenmento la magen urbana pretendda en estas bases. ANEXO.- MODELO DE INSTANCIA D, con domclo para notfcacones en Cl, la localdad Códgo Postal Tfno, Fax E. Mal Actuando en nombre propo o en representacón Cuya representacón ostenta en vrtud Enterado la convocatora efectuada por el Ayuntamento Torrelavega con stno a la: Concesón ayudas stnadas a fomentar y apoyar la nstalacón y apertura nuevos establecmentos comercales a efectuar en el ámbto l Barro la Inmoblara, muncpo Torrelavega, a efectuar ntro la Incatva Urban La Inmoblara, un nuevo espaco oportundas, fnancada con Fondos FEDER la Unón Europea. Corresponnte al año y que fueron publcadas en el BOC nº fecha M A N I F I E S T A.- Que solcta la nclusón en la ctada convocatora el sguente proyecto cuyo resumen es el sguente: Nombre y ubcacón subvencón l establecmento para el que se solcta la Actvdad económca sarrollada en el establecmento Pág /16

15 Fecha prevsta apertura: o fecha nco y fnal la obra reforma: Presupuesto prevsto l coste arrendamento l establecmento o la obra a ejecutar acompañada factura pro forma: Descrpcón otras subvencones obtendas para la msma fnaldad. Acompaña gualmente con esta solctud la documentacón exgda al artículo 7º las bases la convocatora. Torrelavega a Fdo: ANEXO CONDICIONES OBRAS Con la fnaldad dar una magen homogénea, que cree una ntdad al barro y mejore zona atractva, las actuacones rehabltacón berán cumplr las sguentes termnacones: a.- La nstalacón toldos berá ajustarse a las sguentes característcas, en fecto normatva mas lmtada l PGOU: Tpo: Brazo extensble. Materal: Lona. Color: Naranja puro (códgo RAL 2004). Color herrajes: Blanco. Ancho: El msmo ancho que la fachada l local. Pág /16

16 Salda: Mínma: 1,5 metros; Máxma: La anchura la acera. Altura colocacón: La altura máxma l local (en locales dos plantas se utlzará como referenca la altura la prmera planta). Onda: Sn onda. Rotulacón: Sn rotulacón. b.- Remolacón fachada: El escaparate berá segur las sguentes ndcacones: Las puertas exterores berán ser carpntería alumno en color anodzado Ttano SQ, o acero noxdable, con perfles 40 x 56 mm. Contarán con un zócalo 40 x 138 mm, y en la medda lo posble segurán el dseño adjunto. Los accesos al local se harán por una puerta 90 cm hoja vdro templado 10 mm con herrajes, estando permtda la realzacón puerta doble hoja s fuera necesaro para el negoco que vaya a mplantarse. El vdro empleado berá ser segurdad tpo STADIP 5+5, o smlar, en partes fjas o superor s el dseño la puerta así lo requrera. En la superfce fachada no cuberta por el escaparate berán aplcarse placas pzarra en acabado natural color negro, 60x 30 x 1 cm corte calbrado, tpo Negra Guaporè o smlar. Los aplacados se rejuntarán con cemento para juntas l msmo color la baldosa. c.- Amás, serán subvenconables las nversones en pntura, albañlería, electrcdad e lumnacón nterores. d.- Cualquer subvencón que se conceda con stno a la realzacón obras en los locales y que se recogen en estas bases, berá garantzar con carácter prevo que o ben el local dspone las meddas legales con stno a la supresón barreras arqutectóncas o estas se encuentran ntro las obras para las que se solcta subvencón. e.- En uno los laterales la entrada, se nstalará un elemento nttaro, en el molo que se fna por el Ayuntamento en don se nsertará el nombre l establecmento o establecmentos, y los logotpos l proyecto la Incatva URBAN. Este elemento será la únca rotulacón exteror al establecmento durante el perodo duracón l proyecto. 2010/5732 Torrelavega, 20 abrl La alcalsa-presnta, Blanca Rosa Gómez Morante. Pág /16

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6.SUBVENCIONES Y AYUDAS

6.SUBVENCIONES Y AYUDAS DE 6.SUBVENCIONES Y AYUDAS CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE Orn ECD/63/2017, 9 mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesón subvencones en régmen concurrenca compettva

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CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO Orn HAC/27/2015, 11 juno 2015, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatora para el año 2015 subvencones stnadas a fnancar los costes

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BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA DE AYUNTAMIENTO DE VALDÁLIGA Bases y convocatora subvencones para los gastos comedor escolar durante el curso académco 2016/2017. En la sesón extraordnara y urgente celebrada por el Pleno l Ayuntamento

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BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA AYUNTAMIENTO DE PESQUERA Aprobacón fntva la Ornanza Fcheros Datos Carácter Personal. ORDENANZA MUNICIPAL POR LA QUE SE CREAN FICHEROS DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL DEL AYUNTAMIENTO DE PESQUERA La Ornanza

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BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA DE CONSEJERÍA DE INNOVACIÓN, INDUSTRIA, TURISMO Y CO- MERCIO Orn INN/7/2017, 4 abrl, por la que se aprueba la convocatora subvencones stnada al fomento actvdas turístcas por ayuntamentos. La Comundad Autónoma

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CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE BOLETÍN OFICIAL DE CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE Orn ECD/40/2014, 11 abrl, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvencones para acontecmentos portvos carácter naconal

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6.SUBVENCIONES Y AYUDAS

6.SUBVENCIONES Y AYUDAS BOLETÍN OFICIAL DE 6.SUBVENCIONES Y AYUDAS CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE Orn CUL/21/2011 1 abrl por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatora subvencones a las empresas turístcas

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BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA DE CONSEJERÍA DE INNOVACIÓN, INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO Orn INN/12/2016, 29 abrl, por la que se establecen las bases reguladoras subvencones para el fomento actvdas turístcas por ayuntamentos. La Comundad

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6.SUBVENCIONES Y AYUDAS

6.SUBVENCIONES Y AYUDAS BOLETÍN OFICIAL DE 6.SUBVENCIONES Y AYUDAS CONSEJERÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA Orn OBR/3/2013, 4 abrl, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatora subvencones a Ayuntamentos stnadas

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BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA CONSEJERÍA DE MEDIO RURAL, PESCA Y ALIMENTACIÓN Orn MED/13/2016, 8 marzo, por la que se establecen las bases reguladoras ayudas a la extraccón bomasa forestal resdual. La presente Orn tene por objeto regular

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1.DISPOSICIONES GENERALES

1.DISPOSICIONES GENERALES 1.DISPOSICIONES GENERALES AYUNTAMIENTO DE SANTA CRUZ DE BEZANA Aprobacón fntva la Ornanza reguladora la Actvdad Patrocno. Transcurrdo el plazo nformacón públca sn la presentacón reclamacones o sugerencas

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1.DISPOSICIONES GENERALES

1.DISPOSICIONES GENERALES 1.DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO Orn HAC/19/2011, 18 julo, por la que se modfca la orn 19 dcembre 2001, por la que se aprueban los molos documentos ngreso 046 y 047.

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BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA DE UNIVERSIDAD DE Resolucón Rectoral 28 marzo 2017 la Unversdad Cantabra por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan subvencones para las Asocacones Unverstaras Estudantes la Unversdad Cantabra

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BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA DE CONSEJERÍA DE MEDIO RURAL, PESCA Y ALIMENTACIÓN Orn MED/14/2016, 8 marzo, por la que se establecen las bases reguladoras ayudas a entdas locales para actuacones prevencón ncendos forestales. La presente

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6. SUBVENCIONES Y AYUDAS

6. SUBVENCIONES Y AYUDAS DE 6. SUBVENCIONES Y AYUDAS AYUNTAMIENTO DE RIONANSA Convocatora subvencones para el emprendmento y sarrollo empresaral l muncpo. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El muncpo Ronansa se encuentra en una zona rural

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2.2.CURSOS, OPOSICIONES Y CONCURSOS

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BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA DE CONSEJERÍA DE UNIVERSIDADES E INVESTIGACIÓN, MEDIO AMBIENTE Y POLÍTICA SOCIAL SECRETARÍA GENERAL Notfcacón resolucón la Consejera Unversdas e Investgacón, Medo Ambente y Polítca Socal, corresponnte

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CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE SECRETARÍA GENERAL CVE-2011-2764 Resolucón por la que se dspone la publcacón la I Anda 2011 al Conveno encomenda gestón realzada por el Goberno Cantabra (Consejería Medo Ambente)

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1.DISPOSICIONES GENERALES

1.DISPOSICIONES GENERALES BOLETÍN OFICIAL DE 1.DISPOSICIONES GENERALES AYUNTAMIENTO DE MARINA DE CUDEYO Aprobacón fntva la ornanza fscal reguladora la tasa por utlzacón nstalacones y prestacón servcos las escuelas portvas muncpales,

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BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA DE CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE Orn ECD/26/2016, 11 abrl por la que se establecen las bases reguladoras para la concesón subvencones públcas en régmen concurrenca compettva para la realzacón

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6.SUBVENCIONES Y AYUDAS

6.SUBVENCIONES Y AYUDAS 6.SUBVENCIONES Y AYUDAS CONSEJERÍA DE INNOVACIÓN, INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO Orn INN/40/2016, 23 agosto, por la que se aprueba la convocatora subvencones para el fomento l transporte públco regular

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CONSEJERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES

CONSEJERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES BOLETÍN OFICIAL DE CONSEJERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES Resolucón por la que se hace públco el nombramento personal Estatutaro Fjo, en la categoría estatutara Médco Famla Atencón Prmara Insttucones

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BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA DE AYUNTAMIENTO DE VALDÁLIGA Bases específcas reguladoras las subvencones para la sparastacón ganado vacuno en el año 2016. En la sesón ordnara celebrada por el Pleno l Ayuntamento Valdálga el 29 septembre

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6.SUBVENCIONES Y AYUDAS

6.SUBVENCIONES Y AYUDAS 6.SUBVENCIONES Y AYUDAS CONSEJO DE GOBIERNO Decreto 72/2014, 13 novembre, por el que se regula la concesón drecta subvencones l RENUEVA vehículo profesonal, para la adquscón vehículos comercales e ndustrales

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AYUNTAMIENTO DE SANTANDER

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6.SUBVENCIONES Y AYUDAS

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6.SUBVENCIONES Y AYUDAS

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