CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL ORGANISMO DE EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL- OEFA Y LA UNIVERSIDAD PRIVADA DEL NORTE
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- Héctor Díaz Guzmán
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1 ORGA I ~ I SMO DE EVALUACION Y F!SCAI IZI-CION AMSIENíAl UN!VER.SIDAI) PRJVADA D.EL NOIO'.E CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL ORGANISMO DE EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL- OEFA Y LA UNIVERSIDAD PRIVADA DEL NORTE Conste por el presente documento el Convenio de Cooperación lnterinstitucional que celebran, de una parte, el ORGANISMO DE EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL- OEFA, con RUC No , domiciliado en Calle Manuel Gonzales Olaechea No 247, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima, debidamente representado por su Presidente de Consejo Directivo, el señor Hugo Ramiro Gómez Apac, identificado con DNI No , en adelante EL OEFA; y de otra parte, la UNIVERSIDAD PRIVADA DEL NORTE, con RUC No , domiciliada en Av. Ejército W 920, urbanización El Molino, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, debidamente representada por su Apoderado, el señor Cario Paolo Jorge Puelles Dentone, identificado con DNI Nro , y el Sr. Andrés Velarde Talleri DNI Nro en adelante "LA UNIVERSIDAD"; ambas partes declaran que aceptan los términos y condiciones siguientes: CLÁUSULA PRIMERA: MARCO LEGAL El presente Convenio se rige por las siguientes normas jurídicas: Constitución Política del Perú. Ley No Ley General del Ambiente. Decreto Legislativo No Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente. Ley No Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental. Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado por Decreto Supremo No MINAM. Ley No Ley del Procedimiento Administrativo General. Ley No Ley Universitaria. CLÁUSULA SEGUNDA: ANTECEDENTES 2.1 El OEFA es un Organismo Público Técnico Especializado, adscrito al Ministerio del Ambiente, con personería jurídica de derecho público interno, creado mediante Decreto Legislativo No Es el ente rector del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental - SINEFA y tiene la responsabilidad de asegurar que las personas naturales o jurídicas cumplan con sus obligaciones ambientales. Asimismo, supervisa y ~. garantiza que las funciones de fiscalización ambiental a cargo de las Entidades 1
2 OEFA J O ~GA I -JISMO DE EVALUACIQN Y f i S C A!I ZAC IO I~ A I~ 8 1ENiA l UN!VER.SIDAD PRl\'ADA DEL NO KT.E de Fiscalización Ambiental de nivel nacional, regional y local se realicen de forma independiente, imparcial, ágil y eficiente. EL OEFA ha creado la Red Universitaria de Capacitación y Educación en Fiscalización Ambiental - RUCEFA, con la finalidad de fortalecer la fiscalización ambiental a través de la participación ciudadana, de conformidad con lo previsto en la Resolución de Consejo Directivo No EFNCD. 2.2 LA UNIVERSIDAD es una persona jurídica de derecho privado dedicada al estudio, la investigación, la educación y la difusión del saber y la cultura, y a su extensión y proyección social. Los principales fines de LA UNIVERSIDAD son la formación profesional, la difusión cultural, la creación intelectual y artística, así como la investigación tecnológica y científica. Tiene entre sus objetivos fomentar, promover, desarrollar y difundir la investigación y extensión de los servicios académicos, culturales y artísticos a la comunidad. 2.3 LA UNIVERSIDAD Cuenta con tres campus, en Lima, Cajamarca y Trujillo, por lo que la suscripción del presente convenio contempla su ejecución en todos sus campus. 2.3 Toda referencia a EL OEFA y a LA UNIVERSIDAD en forma conjunta se entenderá como LAS PARTES. CLÁUSULA TERCERA: FINALIDAD LAS PARTES consideran oportuno declarar que el interés que motiva la celebración del presente convenio es la cooperación entre ambas instituciones con el fin de coadyuvar en la protección del medio ambiente, a través de la implementación de la CLÁUSULA CUARTA: OBJETIVOS Es propósito del presente convenio: 4.1 Implementar acciones y mecanismos de capacitación, información y difusión en materia de Fiscalización Ambiental, dirigidos a la ciudadanía en general, prioritariamente a escolares, comunidades campesinas o nativas, pueblos indígenas, organizaciones sociales de base, poblaciones vulnerables y otros grupos poblaciones asentados en zonas de alta conflictividad socioambiental o ubicados en áreas con alta incidencia de pobreza. 2
3 Of~G A I~ ISMO Dl EVAlUACION Y FIS C,'.\! ZAC!Ó N AMa ienial UNIV.ER.SIDAD PRJVADA DEL NOKTE 4.2 Promover acciones de proyección, extensión y responsabilidad social universitaria de las Facultades de Derecho, Sociología, de Ingeniería y otras afines a los temas ambientales, a través de la implementación de las actividades mencionadas en el numeral precedente. CLÁUSULA QUINTA: COMPROMISOS DE LAS PARTES LAS PARTES asumen los siguientes compromisos: 5.1 EL OEFA se compromete a realizar lo siguiente: Realizar acciones de formación y capacitación en materia de Fiscalización Ambiental dirigidas a los estudiantes de LA UNIVERSIDAD que participen en la Brindar el apoyo necesario a LA UNIVERSIDAD para la organización de las actividades de capacitación que se realicen en el marco de la Entregar a LA UNIVERSIDAD cinco (5) ediciones de las publicaciones realizadas por el OEFA, para el uso de la comunidad universitaria. Brindar el reconocimiento institucional a las autoridades, docentes y estudiantes de LA UNIVERSIDAD que hayan participado en la Asumir con recursos propios, de acuerdo a sus posibilidades, o con los aportes de instituciones internacionales o nacionales de cooperación internacional, los gastos necesarios para el desplazamiento de los estudiantes hacia los lugares donde se realizarán las capacitaciones en el marco de la Difundir las actividades de la RUCEFA a través de distintos medios de comunicación, tales como internet, correo electrónico, foros virtuales y notas de prensa. 5.2 LA UNIVERSIDAD se compromete a realizar lo siguiente: Organizar y difundir las actividades de capacitación en materia de Fiscalización Ambiental a favor de la ciudadanía en general. Monitorear las acciones de capacitación en materia de Fiscalización Ambiental que realizan sus estudiantes en el marco de la Seleccionar a los estudiantes que participarán en la implementación de la RUCEFA tomando en cuenta su interés, vocación de servicio y liderazgo, en 3
4 OEFA O ~!G A NISMO 0 [ EVALUACIÓN Y FISCA\IZAC IQN AMS IE NiAl UNIVERSIDAD PRIVADA DEL NORTE cumplimiento de lo establecido en el Artículo 3 de la Resolución de Consejo Directivo W EFNCD. Coadyuvar en la capacitación a los estudiantes seleccionados para participar en la Elaborar informes anuales sobre los resultados de la implementación de la Permitir el uso de la infraestructura para el desarrollo de las actividades de la Proporcionar facilidades de pago, tarifas preferenciales, becas u otros beneficios al personal del OEFA, con la finalidad de que participen en cursos, conferencias, talleres u otra actividad de capacitación vinculada al derecho ambiental, gestión pública u otros temas afines. CLÁUSULA SEXTA: EJECUCIÓN DEL CONVENIO 6.1 Para la ejecución del convenio solo se requiere remitir una comunicación, a través de oficio u otra documentación similar, en el que se especifiquen las actividades y los compromisos que una de LAS PARTES solicite a la otra. 6.2 En el plazo de diez (1 O) días hábiles posteriores a la suscripción del presente convenio, las partes designarán a un (01) Coordinador Institucional responsable de gestionar su respectiva implementación. CLÁUSULA SÉPTIMA: LIBRE ADHESIÓN Y SEPARACIÓN En cumplimiento a lo establecido por el Numeral 77.3 del Artículo 7r de la Ley No Ley del Procedimiento Administrativo General, el OEFA y la UNIVERSIDAD declaran expresamente que el presente Convenio es de libre adhesión y separación para LAS PARTES. CLÁUSULA OCTAVA: VIGENCIA t _ El presente Convenio tiene una vigencia de un (01) año, contado a partir de la fecha de su suscripción, pudiendo ser prorrogado, previo acuerdo de LAS PARTES y luego de la evaluación de los objetivos alcanzados. 4
5 O P. GA I~ISMO DE EVAlVACION Y F I SCA \I ZAC IÓI~ AMBI ENTAl UN!VER:;IDAD PRIVADA DEL NOKTE CLÁUSULA NOVENA: MODIFICACIONES Cualquier modificación o variación de los compromisos y términos del presente Convenio, así como su prórroga, de ser el caso, serán realizadas de mutuo acuerdo entre LAS PARTES mediante Adenda, la cual deberá suscribirse antes del término de la vigencia del Convenio. CLÁUSULA DÉCIMA: RESOLUCIÓN AMISTOSA LAS PARTES declaran que cualquier controversia en la interpretación, modificación, validez o ejecución del presente Convenio será resuelto de manera amistosa mediante entendimiento directo, siguiendo las reglas de la buena fe y común intención de las partes. Por lo expuesto, LAS PARTES expresan su conformidad con todas y cada una de las cláusulas contenida n el presente Convenio y lo suscriben en señal de aceptación y aprobación, en dos (2 ejemplares de igual valor, en la ciudad de Lima, a los 02 días del mes de Julio del a o dos mil 13. ~~8 HUGO RAMIRO GÓMEZ APAC Presidente del Consejo Directivo Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental- OEFA Q.OLO JORGE PUELLES Apoderado Universidad Privada del Norte ANDRES V Apoderado Universidad Privada del Norte 5
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