SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR DIRECCIÓN DISTRITAL DE QUITO CONSIDERANDO
|
|
- Rosa María Olivera Sosa
- hace 7 años
- Vistas:
Transcripción
1 SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR ANTECEDENTES: DIRECCIÓN DISTRITAL DE QUITO CONSIDERANDO Que, mediante Parte de Aprehensión Nro. UVAQ-OPE-PA y Acta de Aprehensión Nro. UVAQ-OPE-AA , de fechas 23 de marzo de 2016; suscritos por los señores: Insp. Fabián Flores Bonilla, Vig. Klever Chicaiza Villarroel, Vig. Angel Peña García, Vig. Alberto Bustos Camapaña, Vig. Diego Benalcázar Peña, Vig. Darío Enríquez Atiaja, Vig. Alex Erazo Vaca, vig. Daniel Cevallos Benavides, y Vig. Marcelo Aguirre Carranco; manifiesta lo siguiente: Dando cumplimiento a la Orden de Patrulla Nº 024, el dia martes 22 de marzo de 2016, aproximadamente a las 21H00, encontrándonos realizando un Operativo de control fijo, conjuntamente con personal militar de la Brigada Pichincha, en el sector del peaje de Aloag, arribó hasta este punto un vehículo tipo camión de placas PUG-0809, al revisar el cajón del mismo se encontró en su interior varios paquetes conteniendo bebidas gaseosas, jugos naturales, arroz, café, bicarbonato de sodio, whisky, de procedencia extranjera, por lo que se solicitó al conductor del vehículo, que responde a los nombres de PALLASCO SANTACRUZ CARLOS IGNACIO, con C.C , la documentación de respaldo de la mercancía en mención, respondió el señor conductor que el cartón venía en calidad de encomienda con la guía Nº 9854, y que no habían enviado ningún tipo de documento adjunto que justifique la tenencia y movilización de las mercancías. Inmediatamente se procedió a trasladar las mercancías hasta las instalaciones de la Base Operativa Mañosca. ORDBULTOSCANTIDADUNIDAD DESCRIPCION DE LA MERCANCIAMARCA ORIGEN FUNDA CAFÉ X 500 GR C/U AGUILA ROJACOLOMBIA FRASCO SALSA DE TOMATE X 650 GR C/U FRUCO COLOMBIA 5 10 TARRO LECHE MILO X 400 GR C/U NESTLE COLOMBIA TARRO LECHE MILO X 400 GR C/U NESTLE COLOMBIA 10 2 BOTELLAACEITE COMESTIBLE X 3 LITRO C/UGOURMET COLOMBIA Que, mediante Memorando Nro. SENAE-UVAQ M, de fecha 28 de marzo de 2016, suscrito por el Msc. Byron Stalin Paredes Rodríguez, Director Zona 5, UVA; quien manifiesta lo siguiente: Adjunto al presente remito a usted señor Director, original del Parte de Aprehensión N UVAQ-OPE-PA , y Acta de Aprehensión N UVAQ-OPE-AA , realizado en la Base Operativa UVA Mañosca de la DZ5 de la Unidad de Vigilancia Aduanera; mismo que hace referencia a la Aprehensión de 5 BULTOS QUE CONTIENEN VIVERES, sin documentación que acredite su legal ingreso, tenencia y movilización en el país, la mercancía se encuentra en las 1/11
2 instalaciones de la Base Operativa Mañosca. Que, mediante Memorando Nro. SENAE-JCZQ M, de fecha 30 de marzo de 2016, suscrito por la Ing. Cristina Vinueza, Técnico Operador; se remite el Informe Técnico Nro. JCZQ-IT-(i) ; y que en su parte pertinente, de acuerdo a las mercancías que competen a la presente, señala: ITEMBULTOCANTIDADUNIDAD DESCRIPCION VALOR VALOR PARTIDA DE LA MARCA ORIGEN UNITARIOTOTAL ARANCELARIA OBSERVACION MERCANCIA FUNDA CAFÉ X 500 AGUILA GR C/U ROJA COLOMBIA 2,65 66, REQUIERE INH SALSA DE FRASCO TOMATE X 650 GR C/U FRUCO COLOMBIA 2, REQUIERE INH 3 10 TARRO LECHE MILO NESTLE X 400 GR C/U COLOMBIA 4,01 40, REQUIERE INH LECHE MILO 4 12 TARRO NESTLE COLOMBIA 4,01 48, REQUIERE INH X 400 GR C/U 1 ACEITE 5 2 COMESTIBLE BOTELLA GOURMETCOLOMBIA X 3 LITRO 13,61 27, C/U 3 61 TOTAL FOB: 211,69 Que, mediante providencia Nro. SENAE-DDQ PV, de fecha 18 de abril de 2016, firmada por quien suscribe la presente, dispone: DISPONE: PRIMERO: El decomiso administrativo, de la mercancía materia de este proceso, descrita en el Acta de Aprehensión No. UVAQ-OPE-AA (VIVERES, LICOR).- SEGUNDO: Que la Dirección de Control de Zona Primaria de inicio a los procesos de Adjudicación, Subasta o Destrucción según corresponda, de la mercancía aprehendida; para lo cual se deberá coordinar con personal de las bodegas de la Base operativa Mañosca. Que, mediante Informe Nro. VCPP-CZ9-QUITO , de fecha 20 de abril de 2016, elaborado por el Ing. Nory Carpio e Ing. Ana Morales, y revisado por el Ing. Germán Betancourt, funcionarios de la Agencia Nacional de regulación, Control y Vigilancia Sanitaria, señalan lo siguiente: El producto Café tostado y molido "AGUILA ROJA", con Notificación Sanitaria RSAZ , de origen Colombiano, presenta los datos e información en la etiqueta correctamente legible, las fechas están dentro del rango de vida útil y se mantienen almacenados bajo las condiciones establecidas por el fabricante. Se realiza el control visual a los productos presentando especificaciones y condiciones de almacenamiento adecuadas. El producto Salsa de Tomate "FRUCO", con Notificación Sanitaria RSIAD , de origen Colombiano, presenta los datos e información en la etiqueta correctamente legible, las fechas están dentro del rango de vida útil y se mantienen almacenados bajo las condiciones establecidas por el fabricante. Se realiza el control visual a los productos presentando especificaciones y condiciones de almacenamiento adecuadas. El producto Alimento a base de malta y cocoa con vitaminas y minerales "MILO NESTLE", con 2/11
3 Notificación Sanitaria RSAV , de 200g y 400g, de origen Colombiano, presenta los datos e información en la etiqueta correctamente legible, las fechas están dentro del rango de vida útil y se mantienen almacenados bajo las condiciones establecidas por el fabricante. Se realiza el control visual a los productos presentando especificaciones y condiciones de almacenamiento adecuadas. El producto Mezcla de Aceites Vegetales "GOURMET FAMILIA", con Notificación Sanitaria RSAV ,de origen Colombiano, presenta los datos e información en la etiqueta correctamente legible, las fechas están dentro del rango de vida útil y se mantienen almacenados bajo las condiciones establecidas por el fabricante. Se realiza el control visual a los productos presentando especificaciones y condiciones de almacenamiento adecuadas ( ). Por lo tanto dichas mercancías se consideran APTO PARA EL CONSUMO. BASE LEGAL: Que, en el suplemento del Registro Oficial Nro. 351, de fecha 29 de Diciembre del 2010, se publicó el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, el cual contiene el Libro V, Titulo II de la Facilitación Aduanera para el Comercio de lo Sustantivo Aduanero, contempla lo siguiente: Art Aforo.- Es el acto de determinación tributaria a cargo de la Administración Aduanera y se realiza mediante la verificación electrónica, física o documental del origen, naturaleza, cantidad, valor, peso, medida y clasificación arancelaria de la mercancía Art De la Adjudicación Gratuita.- Procede la adjudicación gratuita de las mercancías que se encuentren en abandono expreso o definitivo, de aquellas declaradas en decomiso administrativo o judicial, aún de aquellas respecto de las cuales se hubiere iniciado un proceso de subasta pública, dentro de los términos y las disposiciones contenidas en el presente Código, su reglamento y demás normas del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, a favor de organismos y empresas del sector público, incluida la administración aduanera, cuando éstas así lo requieran para el cumplimiento de sus fines. Las mercancías de prohibida importación solo podrán donarse a instituciones públicas, siempre que sirvan específicamente para las actividades institucionales, o destruirse. Adicionalmente, procede la adjudicación gratuita a favor de las instituciones de asistencia social, beneficencia, educación o investigación sin fines de lucro que las requieran para el cumplimiento de sus fines, de acuerdo a su objeto social, en los casos y con las condiciones que se prevean en el Reglamento al presente Código. Art Competencias de las Direcciones Distritales.- La servidora o el servidor a cargo de las direcciones distritales tendrá las siguientes atribuciones: ( ) j) Ejecutar las resoluciones administrativas y las sentencias judiciales en el ámbito de su competencia. 3/11
4 Que, el Reglamento al Título de la Facilitación Aduanera para el Comercio, del Libro V del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, contiene el CAPÍTULO XII SUBASTA PÚBLICA, ADJUDICACIÓN GRATUITA, señalando en su parte pertinente las siguientes disposiciones: Art Mercancías de Prohibida Importación.- Serán las determinadas como tales por el Consejo de Comercio Exterior, COMEX. El reembarque será obligatorio en el caso de mercancías de prohibida importación, excepto las prendas de vestir, perecibles y materiales educativos que serán donadas a la Secretaría de Estado a cargo de la política social. Art Adjudicación gratuita.- La adjudicación gratuita será otorgada por el Director Distrital del de la respectiva jurisdicción, considerando como beneficiarios apersonas jurídicas públicas o privadas de asistencia social, beneficencia, educación o investigación sin fines de lucro que se encuentren debidamente registradas en el Ministerio responsable de la política social del Estado. La adjudicación de las mercancías se realizará en función del objeto social de cada institución. Su procedimiento y requisitos serán determinados por la Directora o Director del Servicio Nacional de Aduanas. Procede la adjudicación gratuita en los siguientes casos: a) Para las mercancías que se encuentren en abandono expreso o definitivo, de, aquellas declaradas en decomiso administrativo o judicial;( ) Que, en el suplemento del Registro Oficial Nro. 785, de fecha 10 de septiembre de 2012, se publicó la Resolución Nro. SENAE-DGN RE, de fecha 03 de Julio del 2012, y la Reformada mediante Resoluciones: Resolución Nro. SENAE-DGN RE, de fecha 05 de marzo de 2013, Nro. Resolución Nro. SENAE-DGN RE, de fecha 17 de febrero de 2014, Resolución Nro. SENAE-DGN RE, de fecha 16 de septiembre de 2014, Resolución Nro. SENAE-DGN RE de fecha 24 de abril de 2015, Resolución Nro. SENAE-DGN RE de fecha 16 de julio de 2015, Resolución Nro. SENAE-DGN RE de fecha 11 de septiembre de 2015, Resolución Nro. SENAE-DGN RE de fecha 07 de octubre de 2015, Resolución Nro. SENAE-DGN RE de fecha 29 de octubre de 2015 Y Resolución Nro. SENAE-DGN RE de fecha 23 de diciembre de 2015; suscritas por el Econ. Pedro Xavier Cárdenas Moncayo - Director General, que contienen el PROCEDIMIENTO GENERAL DE ADJUDICACION GRATUITA, SUBASTA PÚBLICA Y DESTRUCCIÓN, que señalan: Artículo 5: Mercancía de prohibida importación y no autorizada para la importación.- ( ) Las que carezcan de documentos de acompañamiento o de soporte relacionados con restricciones técnicas al comercio, podrán ser adjudicadas gratuitamente tanto a entidades públicas como privadas sin fines de lucro de asistencia social, beneficencia, 4/11
5 educación o investigación. En ambos casos, éstas no podrán ser destinadas al comercio, sino que deberán ser destinadas directamente para el cumplimiento de sus fines. ( ) Las mercancías que ordinariamente se les requieran documentos que acrediten el cumplimiento de restricciones técnicas al comercio, para el proceso de adjudicación gratuita, no se les exigirá dicho requisito. Los teléfonos celulares, que carezcan de documentos de acompañamiento o de soporte, no se regirán por las disposiciones señaladas anteriormente, por lo que podrán ser subastadas públicamente, según disponga el Director Distrital competente, en dichos casos los adjudicatarios no estarán obligados posteriormente a cumplir con la obtención de dichos documentos. Artículo 8: Tratamiento aplicable a perecibles: Las mercancías fungibles, perecibles, de fácil descomposición que se encuentren en abandono expreso, abandono definitivo, decomiso administrativo o judicial, serán donados a la Secretaría de Estado a cargo de la política social o a la entidad que ésta designe, siempre que cuenten con autorización de la autoridad encargada de la sanidad agropecuaria previa inspección requerida por la Dirección Distrital correspondiente; si no aprobaren la inspección sanitaria serán obligatoriamente destruidas. Artículo 9: Donación directa "( ) Si se declarasen al régimen de importación para el consumo o se ingresen clandestinamente prendas de vestir, perecibles o materiales educativos, que tengan la calidad de mercancía de prohibida importación, se declarará mediante acto administrativo motivado la pérdida de su propiedad a favor del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. En el mismo acto, se dispondrá la donación directa de los perecibles y prendas de vestir al Ministerio encargado de la política social y de los materiales educativos al Ministerio de Educación o a las entidades públicas o privadas sin fines de lucro que estos designen. ( ) Para la emisión de este acto administrativo, no será necesario que haya precedido orden de reembarque.... Artículo 16: Tiempo máximo para el retiro: Si la entidad beneficiaria no retirase la mercancía en el término máximo de 15 días hábiles, prorrogables por 15 días adicionales a solicitud motivada de parte, ésta será adjudicada a la entidad subsiguiente, dando prioridad a las entidades públicas, la cual contará con los mismos plazos para retirarla a partir de la notificación. Las mercancías serán entregadas previa suscripción del acta de entrega/recepción correspondiente, la cual contendrá el detalle de bienes entregados por el Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador y su valor. Artículo 36: Calamidad: El presente procedimiento será aplicado para asegurar el restablecimiento de las condiciones ordinarias de subsistencia de las personas afectadas por calamidades graves de origen natural o humano de impacto parroquial, cantonal, provincial, regional o nacional. Para la aplicación del presente procedimiento emergente, el evento o conjunto de eventos adversos debe estar documentado suficientemente, sea por declaratorias de emergencia emanadas por autoridades públicas o por notas de prensa que den cuenta de la gravedad de la situación registrada o la 5/11
6 inminencia del peligro. La calamidad referida debe ser tal, que afecte actual o inminentemente derechos constitucionales relacionados con la vida o integridad física de los afectados. La calamidad dejará de ser actual o inminente una vez transcurridos 10 días calendario desde que se registró el suceso o se tuvo noticia del peligro, según fuere el caso. Artículo 37: Procedimiento: De registrarse una calamidad del tipo referido en el presente artículo, los Directores Distritales podrán entregar directamente mercancías en poder de la administración a entidades públicas que las requieran para sobrellevar la calamidad, según sus fines institucionales. Las mercancías de las que podrán disponer los Directores Distritales serán aquellas que se encuentren declaradas en abandono, decomiso o tomadas bajo poder de la administración aduanera en aplicación de la Disposición Transitoria Undécima del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones; siempre que sean idóneas para superar el tipo de calamidad. Artículo 38: Exención de documentos de control: Las mercancías idóneas para sobrellevar la calamidad, serán entregadas a la entidad pública requirente sin más trámite, para que las emplee bajo su responsabilidad, eximiéndole de la presentación de documentos de control y de la suscripción de declaraciones de responsabilidad con la administración aduanera.. Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 1001, de fecha 17 de abril de 2016, firmada por el Eco. Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República del Ecuador, en base a los movimientos telúricos ubicados entre las provincias de Esmeraldas y Manabí del día 16 de abril de 2016; decreta: Artículo 1.- Declarar el estado de excepción en las provincias de: Esmeraldas, Manabí, Santa Elena, Santo Domingo de los Tsáchilas, Los Ríos y Guayas; por los efectos adversos de este desastre natural. Artículo 2.- Disponer la movilización nacional en las provincias de Esmeraldas, Manabí, Santa Elena, Santo Domingo de los Tsáchilas, Los Ríos y Guayas, de tal manera que todas las entidades de la Administración Pública Central e Institucional en especial las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, y, los gobiernos autónomos descentralizados de las provincias afectadas, deberán coordinar esfuerzos con el fin de ejecutar las acciones necesarias e indispensables para mitigar y prevenir los riesgos así como enfrentar, recuperar y mejorar las condiciones adversas, que provoquen los eventos telúricos del día 16 de abril de Artículo 4.- El presente estado de excepción regirá durante sesenta días a partir de la suscripción de este decreto ejecutivo. Artículo 6.- De la ejecución del presente decreto ejecutivo que entrará en vigencia 6/11
7 desde la fecha de su expedición, sin perjuicio de su publicación en el registro Oficial, encárguense los ministerios de: Coordinación de Seguridad, del Interior, de Defensa, de Finanzas, de Salud, de Inclusión económica y Social, y la Secretaría Nacional de gestión de Riesgos. Que, el Memorando Nro. SENAE-SGO M, de fecha 13 de octubre de 2013, suscrito por el Ing. José Francisco Rodríguez Pesantes, Subdirector General de Operaciones actuante a la fecha, señala lo siguiente:...que cualquier adjudicación gratuita que efectúe el SENAE, debe ser realizada directamente al MIES, como Ministerio responsable de la política social del Estado, y este a su vez gestionar con cada uno de los Gobiernos Autónomos Descentralizados la entrega de las mercancías adjudicadas... Que, la misión del Ministerio de Inclusión Económica y Social es: Establecer y ejecutar políticas, regulaciones, estrategias, programas y servicios para la atención durante el ciclo de vida, protección especial, aseguramiento universal no contributivo, movilidad Social e inclusión económica de grupos de atención prioritaria (niños, niñas, adolescentes, jóvenes, adultos mayores, personas con discapacidad) y aquellos que se encuentran en situación de pobreza y vulnerabilidad. COMPETENCIA: La Dirección Distrital de Quito, en uso de las atribuciones contempladas en el Art. 218 del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones que dispone: Art Competencias de las Direcciones Distritales.- La servidora o el servidor a cargo de las direcciones distritales tendrá las siguientes atribuciones: a. Cumplir y hacer cumplir esta normativa, sus reglamentos, y demás normas relativas al Comercio Exterior; i. Declarar el decomiso administrativo y aceptar el abandono expreso de las mercancías y adjudicarlas cuando proceda, conforme lo previsto en este Código y su reglamento; r. Las demás que establezca la ley, así como las que delegue la Directora o Director General mediante resolución", en concordancia con lo establecido en el Artículo 204 ibídem, que dispone: Art De la Adjudicación Gratuita.- (...) Las mercancías de prohibida importación solo podrán donarse a instituciones públicas, siempre que sirvan específicamente para las actividades institucionales, o destruirse (...) y el Articulo 252 del Reglamento al Libro V del Título II del COPCI, que dispone: Adjudicación Gratuita.- (...) Procede la adjudicación gratuita en los siguientes casos: a) Para las mercancías que se encuentran en abandono expreso o definitivo, de aquellas declaras n decomiso administrativo o judicial; b) Las mercancías de prohibida importación únicamente a favor de instituciones públicas, siempre que sirvan específicamente para las actividades institucionales, o destruirse; c) Las mercancías no autorizadas para la importación y que no hayan sido reembarcadas (...). 7/11
8 RESUELVE: PRIMERO: Autorizar la ADJUDICACIÓN GRATUITA, a favor del Ministerio de Inclusión Económica y Social MIES a través de la Ingeniera Ana Beatriz Tola Bermeo, Ministra de Inclusión Económica y Social, de las mercancías que se encuentran en LA BASE OPERATIVA UVA MAÑOSCA DE LA DZ5 DE LA UNIDAD DE VIGILANCIA ADUANERA, ubicada en la calle Mañosca y Av. 10 de Agosto de la ciudad de Quito, consistentes en 3 BULTOS CON PERECIBLES (CAFE, SALSA DE TOMATE, LECHE MILO, ACEITE), VALORADOS EN $211,69; correspondientes al Parte de Aprehensión Nro. UVAQ-OPE-PA y Acta de Aprehensión Nro. UVAQ-OPE-AA , que se detallan en el siguiente cuadro: ITEMBULTOCANTIDADUNIDAD DESCRIPCION VALOR VALOR PARTIDA DE LA MARCA ORIGEN UNITARIOTOTAL ARANCELARIA OBSERVACION MERCANCIA FUNDA CAFÉ X 500 AGUILA GR C/U ROJA COLOMBIA 2,65 66, REQUIERE INH SALSA DE FRASCO TOMATE X 650 GR C/U FRUCO COLOMBIA 2, REQUIERE INH 3 10 TARRO LECHE MILO NESTLE X 400 GR C/U COLOMBIA 4,01 40, REQUIERE INH LECHE MILO 4 12 TARRO NESTLE COLOMBIA 4,01 48, REQUIERE INH X 400 GR C/U 1 ACEITE 5 2 COMESTIBLE BOTELLA GOURMETCOLOMBIA X 3 LITRO 13,61 27, C/U 3 61 TOTAL FOB: 211,69 SEGUNDO: Se otorga al Ministerio de Inclusión Económica y Social MIES, a través de la Ingeniera Ana Beatriz Tola Bermeo, Ministra de Inclusión Económica y Social, un plazo máximo de quince días (15) hábiles para el retiro de las mercancías, prorrogables por 15 días adicionales a solicitud del MIES, debidamente motivada, a través de su máxima autoridad, según lo indicado en el Artículo 16 de la Resolución Nro. SENAE-DGN RE de fecha 03 de julio de 2012 y sus respectivas modificaciones, suscritas por el Director General del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, Econ. Pedro Xavier Cárdenas Moncayo. TERCERO: Realizada la adjudicación gratuita conforme lo previsto en el Art. 203 del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, el Director de Control Zona Primaria de la Dirección Distrital de Quito y/o su delegado, procederá a la entrega de la mercancía antes descrita al MIES, a través de la Ingeniera Ana Beatriz Tola Bermeo, Ministra de Inclusión Económica y Social y/o su Delegado (a), dejando el detalle de todas las mercancías objeto de adjudicación gratuita materia del presente acto administrativo, en la respectiva acta de entrega y recepción. CUARTO: Realizada la adjudicación gratuita, el delegado de la Dirección de Control 8/11
9 Zona Primaria de la Dirección Distrital de Quito, en un plazo de 72 horas posteriores al cumplimiento de la misma, deberá entregar a esta Dirección, el informe, fotografías y demás documentos que la acrediten. QUINTO: Es total responsabilidad del Ministerio de Inclusión Económica y Social MIES, el uso de las mercancías adjudicadas gratuitamente, amparadas en esta Resolución. Teniendo en cuenta que éstas no podrán ser destinadas al comercio, sino que deberán ser destinadas directamente para el cumplimiento de sus fines. Concluída la entrega de los bienes adjudicados a través de la presente Resolución, el Ministerio de Inclusión Económica y Social MIES, deberá remitir el informe del destino de la mercancía adjudicada gratuitamente, con las respectivas fotografías. SEXTO: De la presente Resolución conozca el Ministerio de Inclusión Económica y Social MIES ; la Dirección General, la Subdirección General de Operaciones, la Dirección Nacional de Capitales y Servicios Administrativos, la Dirección de Comunicación de la Dirección General; la Dirección de Control de Zona Primaria, la Dirección de Despacho, la Dirección de Asesoría Jurídica de la Dirección Distrital de Quito, del.- De la notificación referida en este numeral, encárguese la Dirección de Secretaría General de la Dirección Distrital de Quito. La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su suscripción. Dado y firmado en el despacho de la Dirección Distrital de Quito del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. Referencias: - SENAE-DDQ PV Anexos: - 1._senae-uvaq m.pdf - 1.1_acta_ pdf - 1.1_ecuapass_mercancia_ pdf - 1.1_parte_ pdf - 1.1_pdf_ (1).pdf - 1.1_recibo_ pdf - 2._senae-jczq m.pdf - 2.1_inf396.pdf - 3._senae-ddq pv.pdf Documento firmado electrónicamente Ing. Andrés Esteban Servigon López DIRECTOR DISTRITAL QUITO 9/11
10 - 4._vcpp-z _-_informe_arcsa.pdf Copia: Señorita Abogada Amada Ingeborg Velásquez Jijon Asesor 2 Economista Fabián Arturo Soriano Idrovo Subdirector General de Operaciones Ingeniera Grace Ivonne Rodríguez Barcos Directora Nacional de Capitales y Servicios Administrativos Fernando Antonio Falquez Cobo Director de Comunicacion Señor Licenciado Luis Alfonso Calero Escobar Director (E) de la Dirección de Control Zona Primaria de la Dirección Distrital de Quito Señor Marco Vinicio Echeverria Viteri Director de Despacho Señor Doctor Ángel Giovanni Paez Medina Director de Asesoría Jurídica UIO Señora Economista Charito Del Cisne Diaz Sánchez Directora de Secretaria General Quito Señor Magíster Byron Stalin Paredes Rodríguez Director de Zona 5 Señora Licenciada Renata Anabella Andrade Piedra Jefe de Procesos Aduaneros(E) Señor Economista Pedro Xavier Cárdenas Moncayo Director General Señor Ingeniero Xavier Olmedo Arias Sepulveda Técnico Operador Control de Zona Primaria Señor Economista Franklin Orlando Cachago Piñan Guardalmacen Distrital 10/11
11 Tecnólogo Jaime Bolivar Barragan Montenegro Inspector de Vigilancia Aduanera 2 Señorita Ingeniera Adelina Isabel Fernandez Ortíz Servidor Público 5 MINISTERIO DE INCLUSIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL Señor Ingeniero Marco Antonio Alvear Del Pozo Servidor Público 7 MINISTERIO DE INCLUSIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL Señor Ingeniero José Hernán Fonseca Bohórquez Analista Sénior Planificación de Inclusión Económica MINISTERIO DE INCLUSIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL xoas/raap/lace 11/11
ESTADO PARTIDA ARANCELARIA CANTIDAD VALOR 2 MEMORY FLASH NUEVO 6,00 12,00
CONVOCATORIA PÚBLICA PARA RECONOCIMIENTO DE MERCANCÍAS DIRIGIDA A LAS ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO (EXCEPTO EMPRESAS PÚBLICAS) E INSTITUCIONES PRIVADAS DE ASISTENCIA SOCIAL, BENEFICENCIA, EDUCACIÓN, E
SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR DIRECCIÓN DISTRITAL DE QUITO CONSIDERANDO
SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR ANTECEDENTES: DIRECCIÓN DISTRITAL DE QUITO CONSIDERANDO Que, mediante Parte de Aprehensión Nro. UVAQ-OPE-PA-2015-085 y Acta de Aprehensión Nro. UVAQ-OPE-AA-2015-085,
CONVOCATORIA PÚBLICA PARA REQUERIMIENTO DE MERCANCÍAS DIRIGIDO A LAS ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO (EXCEPTO EMPRESAS PÚBLICAS), SE LES HACE CONOCER:
CONVOCATORIA PÚBLICA PARA REQUERIMIENTO DE MERCANCÍAS DIRIGIDO A LAS DEL SECTOR PÚBLICO (EXCEPTO EMPRESAS PÚBLICAS), SE LES HACE CONOCER: Que, el, una vez que se ha cumplido los procedimientos de ley,
Servicio Nacional de Aduana del Ecuador Dirección General - Av. 25 de Julio Km. 4.5 Vía Puerto Marítimo (090112) PBX: (04)
DIRECCIÓN DISTRITAL DE GUAYAQUIL DEL SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR.-DIRECCIÓN DE PUERTO MARÍTIMO.- VISTOS: PRIMERO: Que, mediante Memorando Nro. SENAE-DZPG-2014-1785-M, de fecha 06 de octubre
SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR DIRECCIÓN DISTRITAL DE QUITO CONSIDERANDO
SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR ANTECEDENTES: DIRECCIÓN DISTRITAL DE QUITO CONSIDERANDO Que, mediante Providencia Nro. Providencia Nro. SENAE-DDQ-2015-3312-PV, de fecha 23 de octubre de 2015, firmada
SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR DIRECCIÓN DISTRITAL DE QUITO CONSIDERANDO
SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR DIRECCIÓN DISTRITAL DE QUITO CONSIDERANDO ANTECEDENTES: Que, mediante Memorando No. SENAE-UVAQ-2016-1665-M, de fecha 14 de junio de 2016, suscritos por el Mgs. Byron
SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR
SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR, DIRECCIÓN DISTRITAL DE CUENCA.- Cuenca, a 21 de marzo de 201 a las 08h30: Vistos.-
FUENTE: SILECPRO REGLAMENTO DE INDEMNIZACIONES EN LA AGENCIA NACIONAL POSTAL
FUENTE: SILECPRO REGLAMENTO DE ES EN LA AGENCIA NACIONAL POSTAL NORMA: Resolución 2 STATUS: Vigente PUBLICADO: Registro Oficial 644 FECHA: 29 de Julio de 2009 AGENCIA NACIONAL POSTAL DIRECTORIO Considerando:
SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR DIRECCIÓN DISTRITAL DE ESMERALDAS
SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR DIRECCIÓN DISTRITAL DE ESMERALDAS Que en cumplimiento a lo que establece el primer párrafo de la Disposición Transitoria
26 -- Registro Oficial Nº Miércoles 14 de agosto de 2013
26 -- Registro Oficial Nº 58 -- Miércoles 14 de agosto de 2013 f.) Dr. Williams Saud Reich, Director Nacional de Registro de Datos Públicos. DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO DE DATOS PÚBLICOS.- Certifico
( 4 NOV) 2015 "Por el cual se modifica el Decreto 2682 de 2014"
r : --_._-------...-----.------------:~ l.~ :r'~~ :;;;; f '.'.i....:;::::;;: ~~ ""=tft~:;: '. i:;. ;,! :'M!~lIiIIIIIiIiilIIi:iIroil...I'~ : MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA y TURISMO DECRETO NÜME~O 2129
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON PICHINCHA, PROVINCIA DE MANABÍ CONSIDERANDO
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON PICHINCHA, PROVINCIA DE MANABÍ CONSIDERANDO Que, mediante Registro Oficial No. 214 de fecha 15 de junio del 2010, se expidió la ordenanza
MANUAL DE ADMINISTRACIÓN DE CONTRATOS
VIGENCIA DESDE VERSIÓN CÓDIGO 2012 2 A.05.01.P11 MANUAL DE ADMINISTRACIÓN DE CONTRATOS ACTIVIDAD CARGO RESPONSABLE FIRMA Aprobado por: Viceministro Coordinador General Administrativo Financiero Sergio
GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE MACHALA
4k Oficio N 6431-SGMM Agosto 19 del 2015. Ing. Rosa Guzmán, GERENTA GENERAL DE LA EMPRESA PÚBLICA MUNICIPAL TERMINAL TERRESTRE DE MACHALA-EP Presente.- De mi consideración: Tengo a bien NOTIFICAR a usted,
ACTA DE MERCANCÍAS NO ADJUDICADAS GRATUITAMENTE / CONVOCATORIA DE REQUERIMIENTO SENAE-DPMG PV
ACTA DE MERCANCÍAS NO ADJUDICADAS GRATUITAMENTE / CONVOCATORIA DE REQUERIMIENTO SENAE-DPMG-2014-0078-PV En la ciudad de Guayaquil, a los treinta días del mes de mayo del año dos mil catorce, mediante Memorando
VALOR TOTAL 1 ASIENTOS PARA AUTO 2 NUEVO $ 50,00 $ 100,00
CONVOCATORIA PÚBLICA PARA RECONOCIMIENTO DE MERCANCÍAS DIRIGIDO A LAS ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO (EXCEPTO EMPRESAS PÚBLICAS) E INSTITUCIONES PRIVADAS DE ASISTENCIA SOCIAL, BENEFICENCIA, EDUCACIÓN, E
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización-COOTAD RESUELVE:
La Institución La Municipalidad del Cantón Bolívar inició su vida Institucional el 8 de octubre de 1913, tal como consta en el Registro Oficial, y de acuerdo a la vigencia de la nueva Constitución de la
SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR
SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR DIRECCIÓN DISTRITAL DE PUERTO BOLÍVAR.- VISTOS.- En virtud del Acta de Retención Provisional Nro. UVAP-OPE-ARP-2012-188, del 28 de agosto de 2012 suscrito por los
INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS RESOLUCIÓN NÚMERO DE (noviembre 20)
INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS RESOLUCIÓN NÚMERO 2013034419 DE 2013 (noviembre 20) por la cual se reglamenta el procedimiento para las autorizaciones sanitarias de importación
PROCESO CAS N ANA COMISION CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN (01) ESPECIALISTA EN PRESUPUESTO
PROCESO CAS N 135-2015-ANA COMISION CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN (01) ESPECIALISTA EN PRESUPUESTO 1. Objeto de la convocatoria Contratar los servicios de UN (01)
CONCEJO CANTONAL EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE SIGSIG CONSIDERANDO:
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE SIGSIG CONSIDERANDO: Que, el artículo 264 numeral 6 de la Constitución Política de la República establece entre las competencias exclusivas
Servicio Nacional de Aduana del Ecuador Dirección General Av. 25 de Julio Km. 4.5 Vía Puerto Marítimo. PBX: (04) 2480640 www.aduana.gob.
SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR DIRECCIÓN GENERAL Considerando Que el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador establece respecto de las competencias: Las instituciones del Estado,
SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR DIRECCIÓN DISTRITAL DE GUAYAQUIL - DIRECCIÓN DEL PUERTO MARITIMO. CONSIDERANDO
SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR DIRECCIÓN DISTRITAL DE GUAYAQUIL - DIRECCIÓN DEL PUERTO MARITIMO. CONSIDERANDO Que el, una vez que se han cumplido los procedimientos de ley, cuenta con mercancías
Gobierno del Estado de Puebla
CC. SECRETARIOS DE LA LVI LEGISLATURA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO LICENCIADO MARIO P. MARIN TORRES, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla; y CONSIDERANDO Que en interés del Gobierno
PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÒN, MANEJO Y DEVOLUCIÒN DE MUESTRAS
Procedimiento: PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÒN, MANEJO Y DEVOLUCIÒN DE MUESTRAS OBJETIVOS 1- Crear y establecer un procedimiento adecuado, para un mejor control en la recepción, manejo y entrega de muestras
INSTRUCTIVO PARA VERIFICACION DOCUMENTOS A SER APOSTILLADOS SENESCYT
INSTRUCTIVO PARA VERIFICACION DOCUMENTOS A SER APOSTILLADOS SENESCYT Acuerdo Ministerial 142 Registro Oficial 448 de 28-feb.-2015 Estado: Vigente No. 2014-142 Rene Ramírez Gallegos SECRETARIO DE EDUCACION
SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR DIRECCIÓN DISTRITAL DE GUAYAQUIL - DIRECCIÓN DEL PUERTO MARÍTIMO CONSIDERANDO
SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR DIRECCIÓN DISTRITAL DE GUAYAQUIL - DIRECCIÓN DEL PUERTO MARÍTIMO CONSIDERANDO Que el, una vez que se han cumplido los procedimientos de ley, cuenta con mercancías
MANUAL DEL PROCESO DE COORDINACIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA FINANCIERA SUBPROCESO SUBCOORDINACIÓN NACIONAL DE TALENTO HUMANO
PÁGINA: 1 de 7 ELABORADO POR: Coordinación General de Planificación Institucional REVISADO Y APROBADO POR: Priscila Kon, Subcoordinadora Nacional de Talento Humano, (e). FECHA: Noviembre 2012 FECHA: Noviembre
Ministerio de Defensa
DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS UNIDAD DE CONTRATACIONES PROCEDIMIENTO EN LA MODALIDAD DE CONTRATACIÓN MENOR DE BIENES (De Bs. 1.- a Bs. 20.000.-) (CASO No.1) Objetivo Establecer los pasos
REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRANSPORTE
REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRANSPORTE RESOLUCIÓN No. 005656 DE 2010 ( 30 NOV 2010 ) EL MINISTRO DE TRANSPORTE En uso de las facultades legales, en especial de las conferidas por el artículo 143
UNIVERSIDAD TÉCNICA ESTATAL DE QUEVEDO Campus Manuel Haz Álvarez SECRETARIA GENERAL
Normativa (Instructivo) que regula las Pasantías de los Estudiantes en la Universidad Técnica Estatal de Quevedo Aprobada en único debate en Sesión Ordinaria Continuada del Consejo Universitario, de fecha
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº SA/DM
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1182-2003-SA/DM Lima, 17 de Noviembre del 2003 Vista la propuesta de la Oficina General de Cooperación Internacional y el Oficio Nº 2225-2003-OGAJ/MINSA de la Oficina General
LEY No SOBRE COMERCIO ELECTRONICO, DOCUMENTOS Y FIRMAS DIGITALES AGENDA REGULATORIA DEL INDOTEL
LEY No.126-02 SOBRE COMERCIO ELECTRONICO, DOCUMENTOS Y FIRMAS DIGITALES AGENDA REGULATORIA DEL INDOTEL Para lograr la correcta implementación de la Infraestructura de Clave Pública de la República Dominicana
Fecha Código Versión Páginas. Abril/ 2014 NAP-CGA-CP /9 COMPRAS PÚBLICAS ADMINISTRACIÓN DE CONTRATOS. Actividad Nombre Cargo Fecha Firma
CONFIDENCIAL Y DE USO INTERNO Fecha Código Versión Páginas Abril/ 2014 1.0 1/9 PROCESO: COMPRAS PÚBLICAS PROCEDIMIENTO: ADMINISTRACIÓN DE CONTRATOS Actividad Nombre Cargo Fecha Firma Aprobado por: Revisado
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL)
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) RESOLUCIÓN No. DE-005-16 QUE INSCRIBE A LA SOCIEDAD TELESAT CANADA EN EL REGISTRO ESPECIAL QUE MANTIENE EL INDOTEL PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS
SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR DIRECTOR GENERAL CONSIDERANDO
SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR DIRECTOR GENERAL CONSIDERANDO Que el artículo 226 de la Constitución de la República señala que las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras
DECRETO No (SE SUPRIME EL MINISTERIO DE COORDINACIÓN DE PATRIMONIO)
DECRETO No. 1507 (SE SUPRIME EL MINISTERIO DE COORDINACIÓN DE PATRIMONIO) Rafael Correa Delgado PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA Considerando: Que el inciso segundo del artículo 275 de la Constitución
PROCEDIMIENTO TRANSITO INTERNACIONAL DE MERCANCIAS INICIADOS EN HONDURAS ADUANAS TERRESTRES
PROCEDIMIENTO TRANSITO INTERNACIONAL DE MERCANCIAS INICIADOS EN HONDURAS ADUANAS TERRESTRES 2013 Objetivo del Procedimiento Establecer los controles para los Tránsitos Internacionales que inician en las
INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL ECON. JOSÉ ANTONIO MARTÍNEZ DOBRONSKY DIRECTOR GENERAL INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL
INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL ECON. JOSÉ ANTONIO MARTÍNEZ DOBRONSKY DIRECTOR GENERAL INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL CONSIDERANDO: Que, el artículo 226 de la Constitución de la República
LINEAMIENTOS PARA LA OBTENCIÓN DE AVALES PARA ENTIDADES DEL ÁMBITO PGE Y EMPRESAS PÚBLICAS QUE RECIBEN TRANSFERENCIAS DEL PGE
LINEAMIENTOS PARA LA OBTENCIÓN DE AVALES PARA ENTIDADES DEL ÁMBITO PGE Y EMPRESAS PÚBLICAS QUE RECIBEN TRANSFERENCIAS DEL PGE REPÚBLICA DEL ECUADOR MINISTERIO DE FINANZAS DEL ECUADOR ENERO 2016 TABLA DE
ACTA DE ADJUDICACIÓN GRATUITA CORRESPONDIENTE A LA PROVIDENCIA NO. SENAE-DPMG-2015-0137-PV
ACTA DE ADJUDICACIÓN GRATUITA CORRESPONDIENTE A LA PROVIDENCIA NO. SENAE-DPMG-05-07-PV Que, mediante Providencia Nro. SENAE-DPMG-05-0085-PV, suscrita el 6 de febrero de 05, se realizó la publicación de
CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR
CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Capítulo V SECTORES ESTRATÉGICOS, SERVICIOS Y EMPRESAS PÚBLICAS Art. 313.- El Estado se reserva el derecho de administrar, regular, controlar y gestionar los sectores
2. Descripción de Oficinas Para efecto de lo dispuesto en el presente Reglamento se establecen los siguientes tipos de oficinas:
REGLAMENTO PARA LA APERTURA, CONVERSIÓN, TRASLADO Y CIERRE DE OFICINAS DE LAS COOPERATIVAS DE AHORRO Y CREDITO NO AUTORIZADAS A OPERAR CON RECURSOS DEL PÚBLICO 1. Alcance La presente norma es de aplicación
SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE MARITIMO Y FLUVIAL
SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE MARITIMO Y FLUVIAL Resolución de la Marina Mercante 21 Registro Oficial 478 de 01-dic.-2008 Ultima modificación: 02-oct.-2009 Estado: Vigente EL CONSEJO NACIONAL DE
DECRETO SUPREMO N MINCETUR
DECRETO SUPREMO N 019-2010-MINCETUR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, conforme a la Ley N 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo MINCETUR y
Seguridad Social. Procedimiento. Fiscalizaciones. Relevamientos de personal. Herramienta informática Trabajo Registrado en Línea.
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS Resolución General 3655 Seguridad Social. Procedimiento. Fiscalizaciones. Relevamientos de personal. Herramienta informática Trabajo Registrado en Línea. Bs.
QUE ES EL SISTEMA NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE DESASTRES (SNPAD)?
QUE ES EL SISTEMA NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE DESASTRES (SNPAD)? El Sistema Nacional Para la Prevención y Atención de desastres (SNPAD) es un conjunto de entidades públicas, privadas y comunitarias
SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR
SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR DIRECCIÓN DISTRITAL CUENCA.- En la ciudad de Cuenca a los 04 de Diciembre de 2014, las 16H52. VISTOS.- En cumplimiento a lo dispuesto en el art. 14 del Procedimiento
DISTRIBUCIÓN Y CONTROL DE CUPONES DE COMBUSTIBLE Y BONOS DE GAS L.P.
DISTRIBUCIÓN Y CONTROL DE CUPONES DE COMBUSTIBLE Y BONOS DE GAS L.P. OBJETIVO Promover el ahorro y transparencia en el ejercicio del gasto de combustible, con base al presupuesto autorizado para la realización
REPÚBLICA DE PANAMÁ AUTORIDAD PANAMEÑA DE SEGURIDAD DE ALIMENTOS RESUELTO AUPSA - DINAN (Del 22 de diciembre de 2006)
1 REPÚBLICA DE PANAMÁ AUTORIDAD PANAMEÑA DE SEGURIDAD DE ALIMENTOS RESUELTO AUPSA - DINAN - 005-2006 (Del 22 de diciembre de 2006) Por medio del cual se emite el Requisito Sanitario de inocuidad y calidad
RÉGIMEN DE FACTURA ELECTRÓNICA FACE 2
RÉGIMEN DE FACTURA ELECTRÓNICA FACE 2 Acuerdo de Directorio 002-2016 El día 28 de marzo de 2016 se publica en el Diario de Centro América (Diario Oficial) el nuevo Régimen de Facturas Electrónicas, Acuerdo
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales Concepto del 2014 Julio 11
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales Concepto 40928 del 2014 Julio 11 Tema: Aduanas. Descriptores: Declaración de corrección Sanciones. Fuentes formales: Artículo 234 Decreto 2685 de 1989; artículos
REQUISITOS PARA LA INSCRIPCION DE SOCIEDADES DEL SECTOR PRIVADO
REQUISITOS PARA LA INSCRIPCION DE SOCIEDADES DEL SECTOR PRIVADO Documentos BAJO CONTROL DE LA SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑÍAS, INCLUSIVE LAS COMPAÑÍAS TENEDORAS DE ACCIONES O HOLDING, ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN AGUARICO TIPUTINI AGAURICO ORELLANA
EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN AGUARICO CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República del Ecuador, publicada en el Registro Oficial Nº 449, del 20 de octubre del año 2008,
Servicio Nacional de Aduana del Ecuador Dirección General Av. 25 de Julio Km. 4.5 Vía Puerto Marítimo. PBX: (04)
SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR DIRECCIÓN GENERAL CONSIDERANDO: Que, dentro de los incentivos fiscales que establece el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, se encuentran las
Procedimiento: PARA LA DESTRUCCIÓN DE MERCANCÍAS BAJO ADMISIÓN TEMPORAL (SEGÚN EL ARTÍCULO 3.5. PÁRRAFO 7 DEL TLC RD-CAUSA)
Procedimiento: PARA LA DESTRUCCIÓN DE MERCANCÍAS BAJO ADMISIÓN TEMPORAL (SEGÚN EL ARTÍCULO 3.5. PÁRRAFO 7 DEL TLC RD-CAUSA) OBJETIVOS Agilizar y facilitar el proceso de destrucción de mercancías que están
Decreto No Rafael Correa Delgado PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA. Considerando:
Decreto No. 1356 Rafael Correa Delgado PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA Considerando: Que la Constitución de la República del Ecuador en su artículo 147, numerales 3 y 5 establece que son atribuciones
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEPARTAMENTO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEPARTAMENTO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN 1 Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; Junio de 2015. ÍNDICE Introducción..2 1.-Trámite de desahogo de solicitudes de información
Manual de conformación, organización y funcionamiento del Comité de Tecnologías de Información del IDA
Manual de conformación, organización y funcionamiento del Comité de Tecnologías de Información del IDA Octubre 2012 Contenido Pág. 1. Capítulo I. 3 Disposiciones Generales...3 2. Capítulo II....4 Funciones
REFORMAR LA RESOLUCIÓN NO. CPT-RES PUBLICADA EN EL SUPLEMENTO DEL REGISTRO OFICIAL NO. 840 DEL 14 DE SEPTIEMBRE DE 2016
1 SERVICIO DE RENTAS INTERNAS No. CPT-RES-2016-07 EL COMITÉ DE POLÍTICA TRIBUTARIA Martes 1 de noviembre de 2016 31 Registro Oficial Nº 874 Suplemento Considerando: Que el artículo 283 de la Constitución
Ministerio de Economía y Planificación Ministro. Resolución No. 195/98
Ministerio de Economía y Planificación Resolución No. 195/98 POR CUANTO: El Ministerio de Economía y Planificación es el organismo de la Administración Central del Estado encargado de dirigir, ejecutar
El plazo de presentación de los escritos y de envío de los correos electrónicos concluirá a las 14 horas del día 29/08/2014.
Resolución de 27/08/2014, de la Dirección General de Recursos Humanos y Programación Educativa, por la que se publica la adjudicación provisional de puestos de trabajo de inspectores accidentales para
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA ECUATORIANA DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DEL AGRO-AGROCALIDAD
Resolución No. 0178 EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA ECUATORIANA DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DEL AGRO-AGROCALIDAD Considerando: Que, la Constitución de la Republica del Ecuador en el artículo 13
SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR SUBDIRECCION DE ZONA DE CARGA AEREA CONSIDERANDO:
SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR SUBDIRECCION DE ZONA DE CARGA AEREA CONSIDERANDO: Que el, una vez que se han cumplido los procedimientos de ley, cuenta con mercancías que están en condiciones de
Información Pública de Oficio. Numeral 4 Artículo 10, Decreto
Información Pública de Oficio. Numeral 4 Artículo 10, Decreto 57-2008. PUESTO TOTAL Administrador de Aduanas 29 Administrador de Agencia Tributaria 11 Administrador de Aseguramiento de Calidad de Sistemas
DECRETO EJECUTIVO No. 755 Martes, 31 de Mayo de R. O. No Rafael Correa Delgado PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.
DECRETO EJECUTIVO No. 755 Martes, 31 de Mayo de 2011 - R. O. No. 459 Rafael Correa Delgado PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA Considerando: Que, mediante Decreto Ejecutivo Nº 254 de 3 de abril del
SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR DIRECCIÓN DISTRITAL DE GUAYAQUIL - DIRECCIÓN DEL PUERTO MARITIMO. CONSIDERANDO
SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR DIRECCIÓN DISTRITAL DE GUAYAQUIL - DIRECCIÓN DEL PUERTO MARITIMO. CONSIDERANDO Que el, una vez que se han cumplido los procedimientos de ley, cuenta con mercancías
INSTRUCTIVO DE RENDICIÓN DE CUENTAS E INFORME DE GESTIÓN DEL SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR
I. Antecedente Administrativo: 1.1. Oficio SENAE-DGN-2014-1152-OF, de fecha 23 de diciembre de 2014, suscrito por el Econ. Pedro Xavier Cárdenas Moncayo, Director General del SENAE. II. Antecedentes Legales:
ADMISIÓN TEMPORAL PARA REEXPORTACIÓN EN EL MISMO ESTADO
ADMISIÓN TEMPORAL PARA REEXPORTACIÓN EN EL MISMO ESTADO Proceso de despacho de los regímenes de Admisión temporal para reexportación en el mismo estado en las intendencias de aduana de Arequipa, Chiclayo,
MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO DECRETO NÚMERO DE 2012 ( )
MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO DECRETO NÚMERO DE 2012 ( ) Por el cual se reglamenta el artículo 25 de la Ley 1581 de 2012, por la cual se dictan disposiciones generales para la protección
ANEXO. DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE Nº.../2014 por la que se modifica el Protocolo 4 (normas de origen) del Acuerdo EEE.
COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 11.12.2014 COM(2014) 728 final ANNEX 1 ANEXO DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE Nº.../2014 por la que se modifica el Protocolo 4 (normas de origen) del Acuerdo EEE de la propuesta
Dirección de Franquicias del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto
Dirección de Franquicias del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto FRANQUICIAS DIPLOMATICAS PARA LA IMPORTACION DE AUTOMOTORES Disposición 41/2008 Requisitos mínimos a suministrar
Colegio Universitario de Cartago Página 1 de 7 PA-FIN-09 Procedimiento para elaborar Presupuesto Extraordinario. Versión 01
1. OBJETIVOS Y ALCANCE Colegio Universitario de Cartago Página 1 de 7 Establecer los lineamientos para elaborar un presupuesto extraordinario, conforme con la normativa vigente, según la disponibilidad
Sistema Peruano de Información Jurídica
Martes, 01 de mayo de 2007 CONGRESO DE LA REPUBLICA Resolución Legislativa que aprueba el Convenio Nº 176 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Seguridad y Salud en las Minas EL CONGRESO DE
UNIVERSIDAD SIMÓN BOLÍVAR SECRETARÍA DIRECCIÓN DE INGENIERÍA DE INFORMACIÓN
TRÁMITES EN DIVISAS EXTRANJERAS: MODALIDAD CADIVI SALUD INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS DEPORTE CULTURA Y CASOS DE ESPECIAL URGENCIA 2 CONTENIDO I.- ASPECTOS GENERALES I.1.Objetivo I.2. Alcance I.3. Unidades
Regulación de la Ética de la Investigación en Chile. Dr. Marcelo O. Muñoz C. Jefe Oficina Ministerial de Bioética Santiago, 21 noviembre 2012.
Regulación de la Ética de la Investigación en Chile. Dr. Marcelo O. Muñoz C. Jefe Oficina Ministerial de Bioética Santiago, 21 noviembre 2012. Contenido Hitos del nuevo modelo Nuevas instituciones Desafíos
REPUBLICA DE COLOMBIA DECRETO
REPUBLICA DE COLOMBIA DECRETO Por el cual se dictan normas para asegurar la cobertura del Sistema de Seguridad Social Integral de los conductores de equipos destinados al servicio de transporte público
Expídese el Instructivo para el pago y registro de la decimotercera y decimocuarta remuneraciones y la participación de utilidades.
PUBLICADO EN R.O. N 462 DEL 19-MAR-2015 MINISTERIO DE TRABAJO ACUERDO MDT-2015-0045 Expídese el Instructivo para el pago y registro de la decimotercera y decimocuarta remuneraciones y la participación
PROCESO CAS Nº MIDIS
Decenio de las personas con Discapacidad en el Perú Año de la Integración Nacional y el Reconocimiento de Nuestra Diversidad I. GENERALIDADES PROCESO CAS Nº 039-2012- MIDIS 1. Objeto de la Convocatoria
CIRCULAR OM DIRECCIONES INSTITUCIONALES O REGIONALES FUNCIONARIOS DE OFICINAS CENTRALES DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN DE EDIFICIOS
CIRCULAR OM-002-2016 DE: PARA: ING. GERARDO AZOFEIFA RODRÍGUEZ OFICIAL MAYOR DESPACHO DE LA OFICIALIA MAYOR DESPACHOS DIRECCIONES INSTITUCIONALES O REGIONALES FUNCIONARIOS DE OFICINAS CENTRALES DEPARTAMENTO
GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI
GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI PROCESO CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS Nº 011-2013 (CONVOCATORIA PARA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE: 04 PROFESIONALES) CANT. CARGO Y/O FUNCIÓN PROFESIONAL
Publicado en la Gaceta Digital n!26 de 30 de junio 2016JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL REGLAMENTO OPERATIVO PARA LA TRAMITACIÓN
Publicado en la Gaceta Digital n!26 de 30 de junio 2016JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL REGLAMENTO OPERATIVO PARA LA TRAMITACIÓN DE FORMULARIOS ELECTRÓNICOS Y DOCUMENTOS ADJUNTOS La Junta Administrativa
RESOLUCION 797 Reglamento de la Decisión 516 sobre Control y Vigilancia Sanitaria de Productos Cosméticos
RESOLUCION 797 Reglamento de la Decisión 516 sobre Control y Vigilancia Sanitaria de Productos Cosméticos LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: El artículo 30 literal b) del Acuerdo de
SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR DIRECCIÓN DISTRITAL DE ESMERALDAS N TASA DE SUBASTA 2363,76 VALOR BASE ,41
SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR DIRECCIÓN DISTRITAL DE ESMERALDAS De conformidad con la Resolución Nro. 252, dictada con fecha 06 de mayo del 2011, suscrita por el Econ. Santiago León Abad Director
Decreto Legislativo Nº 1105 que establece disposiciones para el proceso de formalización
Decreto Legislativo Nº 1105 que establece disposiciones para el proceso de formalización DECRETO LEGISLATIVO Nº 1105 El presente Decreto Legislativo tiene como objeto establecer disposiciones complementarias
1. OBJETIVO 2. ALCANCE 3. RESPONSABLES
PÁGINA: 1 DE 5 1. OBJETIVO Este procedimiento tiene por objeto establecer las actividades, responsabilidades, políticas o condiciones de operación y controles para lograr un adecuado manejo de las situaciones
MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS DESPACHO DEL MINISTRO
MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS DESPACHO DEL MINISTRO Caracas, 21 Jul 2004 No 212 194º y 145º RESOLUCION De conformidad con el articulo 156
2. Dependencia, unidad orgánica y/o área solicitante. 3. Dependencia encargada de realizar el proceso de contratación
MINISTERIO DE DEFENSA PROCESO CAS N 140-2016-MINDEF CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN/A (01) Especialista III I. GENERALIDADES 1. Objeto de la convocatoria Contar con
MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO
MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO 1 ÍNDICE I. Presentación II. III. IV. Fundamentación Jurídica Objetivo Glosario V. Tipos de documentos a Integrar VI.
RESOLUCIÓN Núm. RES/002/2010
RESOLUCIÓN Núm. RES/002/2010 RESOLUCIÓN POR LA QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA ORDENA LA EXPEDICIÓN DE LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-001-SECRE-2010, ESPECIFICACIONES DEL GAS NATURAL, QUE CANCELA
Departamento de Compilación
ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS PROCEDIMIENTOS DE VERIFICACIÓN A QUE SE SUJETARÁN LOS IMPORTADORES DE MERCANCÍAS QUE OPTEN POR CUMPLIR CON LAS NORMAS OFICIALES MEXICANAS NOM-050- SCFI-1994 Y NOM-051-SCFI-1994
Juntos y Comprometidos con la Reducción de Riesgos y Desastres.
Juntos y Comprometidos con la Reducción de Riesgos y Desastres. GESTIÓN DE RIESGOS EN ECUADOR www.gestionderiesgos.gob.ec ANTECEDENTES 2008 2009 REACTIVO RESPUESTISTA Decreto Ejecutivo 1046-A del 26 de
Procedimiento de Adquisición de Insumos Clínicos y Médicos en el Hospital Dr. Rafael Avaria Valenzuela de Curanilahue
JUNIO 21 Procedimiento de Adquisición de Insumos Clínicos y Médicos en el Hospital Dr. Rafael Avaria Valenzuela de Curanilahue Resolución N : 0990 del 24/06/21 Página 1 de 10 JUNIO 21 Indice INTRODUCCION...
FISCALIZACIÓN PUNTUAL DE I.S.L.R. (PARTIDAS QUE GENERAN AJUSTES POR PÉRDIDAS CAMBIARIAS)
(PARTIDAS QUE GENERAN AJUSTES POR PÉRDIDAS L I C. E D G A R R O M E R O C A R A C A S, 1 4 D E M A R Z O D E 2 0 1 3 Objetivo Indicar las actividades que se deben realizar para la fiscalización puntual
SUMARIO MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA
SUMARIO PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Decreto N 2.203, mediante el cual se declara una Insubsistencia al Presupuesto de Gastos vigente del Ministerio del Poder Popular para el Comercio, por la cantidad que
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DECRETO LEGISLATIVO N 1057 PROCESO CAS N MTC/24
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DECRETO LEGISLATIVO N 1057 PROCESO CAS N 036-2016-MTC/24 I. GENERALIDADES 1. Objeto de la Convocatoria: Contratar los servicios de una persona natural con aptitudes
----- -- --- -- - - - -- '". GOBIERNODECHILE SERVtCIONAQONAl O{ ADUANAS SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS SUB-DIRECCiÓN TECNICA SUBDEPTO.PROCESOSADUANEROS RESOLUCiÓN N 7.248 VALPARAISO, 14.12.07 VISTOS: Los
LEY No. 74/91 DE ORGANIZACION GENERAL DE LAS FUERZAS ARMADAS DE LA NACIÓN EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY:.
LEY No. 74/91 DE ORGANIZACION GENERAL DE LAS FUERZAS ARMADAS DE LA NACIÓN EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY:. Artículo 1º.- La presente Ley establece la Organización General
RESOLUCIÓN Nº 005 -GPSJ-2014 EL GOBIERNO PARROQUIAL SAN JOAQUIN CONSIDERANDO:
RESOLUCIÓN Nº 005 -GPSJ-2014 EL GOBIERNO PARROQUIAL SAN JOAQUIN CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización en su Título
PROCESO DE NACIONALIZACION DE MERCANCIAS PARA UNIVERSIDADES REDU. Marzo, 2016
PROCESO DE NACIONALIZACION DE MERCANCIAS PARA UNIVERSIDADES REDU Marzo, 2016 MARCO LEGAL Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones Registro Oficial Nº 351 -- Miércoles 29 de Diciembre del