FAQS DEL PROGRAMA LA CAIXA EMPLEO JOVEN DESTINADAS AL FOMENTO DEL EMPLEO ESTABLE Y DE CALIDAD DE LA FUNDACIÓN BANCARIA LA CAIXA

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1 FAQS DEL PROGRAMA LA CAIXA EMPLEO JOVEN DESTINADAS AL FOMENTO DEL EMPLEO ESTABLE Y DE CALIDAD DE LA FUNDACIÓN BANCARIA LA CAIXA RESUMEN DE LAS AYUDAS DÓNDE REALIZAR CONSULTAS 1. Dónde se pueden consultar las bases? 2. Existe algún teléfono para realizar consultas? 3. Existe algún correo electrónico para realizar consultas? 4. Hay algún punto físico donde se ofrezca asesoramiento para las ayudas? 5. Hay algún punto físico para tramitar las ayudas? 6. Se puede solicitar asesoramiento generalizado sobre las ayudas por teléfono o correo electrónico? SOBRE LAS PERSONAS JÓVENES 7. Las personas jóvenes pueden solicitar estas ayudas? 8. Qué requisitos deben cumplir las personas jóvenes? 9. Qué edad debe tener la persona joven en el momento de la formalización del contrato? 10. Si la persona joven tiene más de 25 años es posible solicitar la ayuda? 11. La persona joven requiere algún tipo de titulación o experiencia para acceder a las ayudas? 12. Qué es el Sistema Nacional de Garantía Juvenil? 13. La persona joven debe estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil? 14. Qué requisitos debe cumplir la persona joven para que pueda realizar su inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil? 15. Cómo se puede realizar la inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil? 16. La persona joven debe estar inscrita en un Servicio Público de Empleo como demandante de empleo? 17. Es equivalente la inscripción en un Servicio Público de Empleo como demandante de empleo y la inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil? 18. Qué significa no haber recibido acciones educativas o formativas en el día anterior a la fecha de la presentación de la solicitud, a efectos de la inscripción en Garantía Juvenil? 19. Se puede solicitar la ayuda, aun cuando el Sistema Nacional de Garantía Juvenil no ha contestado a la solicitud de inscripción del joven en el mismo? 20. Qué ocurre si no se puede finalizar la inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil si no se dispone aún de la tarjeta de identidad del extranjero (TIE)? 21. Si la persona joven al que se desea contratar no está inscrito en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, puede proceder a inscribirse? 22. Cuánto tiempo tiene que estar en desempleo la persona joven antes de proceder a su contratación? 23. La Fundación Bancaria la Caixa pone a disposición de las empresas/entidades una bolsa de empleo? 24. Dónde se pueden buscar personas jóvenes que cumplan los requisitos de las bases reguladoras? 25. Qué significa tener una discapacidad severa? 26. Qué significa personas con especiales dificultades de inserción laboral? 27. Es necesario que la persona joven tenga discapacidad severa para acceder a estas ayudas? 28. La persona joven debe tener una cuenta abierta en CaixaBank? 29. Qué es un desempleado de larga duración? SOBRE LAS AYUDAS

2 30. Cuál es el plazo para solicitar las ayudas? 31. Qué significa el plazo de subvencionalidad del gasto? 32. De qué importe son las ayudas? 33. Cuántas ayudas se pueden conceder por empresa o entidad? 34. Se puede realizar una misma solicitud para varias personas jóvenes? 35. Es posible que dos instituciones soliciten la contratación de la misma persona? 36. Se debe presentar la solicitud una vez el trabajador ya se encuentra de alta trabajando para la empresa? 37. Se puede esperar a que la Fundación Bancaria apruebe primero la ayuda y, a continuación, formalizar el contrato con la persona joven? 38. Qué posibilidades reales existen de obtener la ayuda? 39. Qué plazo hay para solicitar la ayuda, una vez formalizado el contrato? 40. Cuál es el proceso para solicitar una ayuda? 41. Es preciso acreditarse en el portal web del Programa? 42. Cómo me acredito como empresa o entidad en el portal web del Programa? 43. Cómo se obtiene el usuario y contraseña para acceder al portal web de las ayudas? 44. Qué es el certificado de situación censal de la empresa, empresario(a) autónomo(a) o entidad? 45. Qué ocurre si la empresa, empresario(a) autónomo(a) o entidad se acredita en el portal web y después no solicita ninguna ayuda? 46. Se puede nombrar como representante a otra empresa, empresario(a) autónomo(a) o entidad para solicitar la ayuda? 47. Se puede intermediar en la solicitud de las ayudas en nombre de empresas, empresarios(as) autónomos(as) y entidades? 48. Qué documentación se debe presentar para solicitar la ayuda a la contratación, una vez la empresa, empresario(a) autónomo(a) o entidad se ha acreditado en el portal web del programa? 49. Qué es el informe de vida laboral de la empresa, empresario(a) autónomo(a) o entidad? 50. Si se presenta documentación errónea, se puede subsanar? 51. La solicitud genera derecho a percibir la ayuda? 52. Cómo se valoran las solicitudes de las ayudas? 53. Cuándo se comunica si se concede o deniega la ayuda? 54. Dónde se pueden consultar los plazos del proceso completo? 55. Las ayudas se pagan a la persona joven contratada? 56. Los importes de las ayudas actúan como mínimo salarial? 57. Es preciso solicitar el pago de la ayuda? 58. Cuándo se solicita el pago de la ayuda? 59. Qué documentación hay que presentar para solicitar el pago de la ayuda? 60. Cuándo se paga la ayuda? 61. Se puede solicitar un abono mensual de la cuantía de la ayuda? 62. Se recibe la cuantía íntegra de la ayuda o actúa como máximo y, por tanto, se obtiene un importe diferente según el caso? 63. Qué ocurrirá si se produjeran o se detectasen incumplimiento de requisitos, obligaciones o condiciones establecidas en las bases reguladoras y en la convocatoria de ayudas en cualquier momento posterior al pago de la ayuda? 64. Si se concede la ayuda, es preciso comunicárselo al servicio público de empleo para que conste en el contrato de trabajo?

3 65. Si se concede la ayuda, es preciso comunicárselo a algún otro organismo? 66. Se van a abrir nuevas convocatorias? 67. Qué son las ayudas minimis? 68. Qué significa el concepto de única empresa a efectos de la declaración de las ayudas minimis? 69. Cómo se deben declarar las ayudas minimis recibidas por la empresa, empresario(a) autónomo(a) o entidad para poder solicitar las ayudas a la contratación? 70. Estas ayudas son compatibles con otras? 71. Estas ayudas son compatibles con bonificaciones o las reducciones en las cuotas a la Seguridad Social? 72. La empresa o entidad solicitante debe respetar algún límite en relación con las bonificaciones o las reducciones en las cuotas a la Seguridad Social? 73. La empresa o entidad solicitante debe o puede estar percibiendo las bonificaciones o incentivos en el marco de Garantía Juvenil? 74. Si la empresa o entidad solicitante recibe ayudas procedentes de otras entidades u organismos, se pueden solicitar estas ayudas? 75. Si la empresa o entidad solicitante recibe ayudas para cubrir gastos empresariales concedidas por otras entidades u organismos no relacionadas directamente con el contrato, se pueden solicitar las ayudas de la Fundación Bancaria la Caixa? 76. La empresa o entidad solicitante puede solicitar esta ayuda y al mismo tiempo utilizar el mismo contrato para solicitar otro tipo de ayuda? 77. Qué ocurre si la empresa se ha beneficiado de una ayuda a la contratación durante el último año? 78. Los incentivos fiscales de un contrato indefinido de apoyo a los emprendedores son compatibles con estas ayudas? SOBRE LOS CONTRATOS 79. Qué tipo de contratos son subvencionables? 80. Qué tipo de contratos están excluidos? 81. Qué códigos de contratos son subvencionables? 82. Es válido un contrato indefinido de apoyo a los emprendedores? 83. Cuándo debe formalizarse el contrato? 84. Bajo qué modelo debe formalizarse el contrato? 85. El contrato debe comunicarse al Servicio Público de Empleo? 86. Qué ocurre si el contrato se ha formalizado antes del 7 de marzo de 2017? 87. Se puede contratar a una persona joven que ha trabajado previamente en la misma empresa, grupo de empresas o entidad? 88. Se puede solicitar la ayuda y posteriormente formalizar el contrato con la persona joven? 89. Se admiten jornadas parciales? 90. La empresa o entidad cómo podrá determinar si el contrato formalizado es a tiempo completo? 91. Tiene algún tratamiento diferenciado contratar a jóvenes con discapacidad severa? 92. Qué es el coste salarial? 93. Qué significa que la ayuda no puede superar el 80% del coste salarial? 94. Se debe cumplir siempre el requisito de incremento neto de plantilla? 95. Cómo se mide el incremento neto de plantilla? 96. Se puede rescindir el contrato actual para proceder a formalizar un nuevo contrato con la misma persona joven y acogerse a las presentes ayudas? 97. Puede ser objeto de subvención un contrato con una persona joven que previamente estaba trabajando como autónoma, si ha procedido a darse de baja en el régimen especial de trabajadores autónomos?

4 98. Se puede contratar a una persona joven que previamente ha prestado servicios para la misma empresa a través de un contrato de puesta a disposición mediante una ETT o una beca? 99. Qué sucede si la persona joven ha causado baja voluntaria en otra empresa para acceder a un contrato que pueda estar acogido a las presentes ayudas? 100. En el caso de solicitar una ayuda de 12 meses, se puede formalizar un contrato por un periodo de 6 meses + 3 meses + 3 meses sin ser indefinido? 101. Si el contrato es de duración determinada por obra y servicio sin fecha fin, la ayuda solo cubre 6 meses? 102. Qué ocurre con la subvención solicitada en el caso de que el trabajador causare baja voluntaria antes de transcurrir los seis meses mínimos de permanencia? 103. Sería subvencionable un contrato celebrado por una duración de un máximo de 6 meses? 104. Se puede sustituir a la persona joven trabajadora? 105. Si se opta por el contrato temporal y se realiza una prórroga o se transforma en indefinido una vez finalizados los 6 meses, se podría optar a más subvenciones? 106. Qué relaciones de carácter especial están excluidas de las presentes ayudas? 107. Existe alguna limitación en relación con el grado de parentesco de la persona joven? 108. Se puede contratar a un hijo en el caso de un empresario/a autónomo/a? 109. Se puede contratar a un familiar en el caso de un empresario/a autónomo/a? 110. Si la relación laboral es de representante de comercio podría acogerse a estas ayudas? 111. Qué salario bruto se debe indicar en la solicitud de ayuda si en el contrato viene establecido que el salario será el establecido por convenio? 112. Qué salario bruto se debe indicar en la solicitud de ayuda si parte del salario es variable? SOBRE LAS EMPRESAS Y ENTIDADES 113. Qué tipo de empresas o entidades pueden solicitar estas ayudas? 114. Una cooperativa puede acceder a estas ayudas? 115. Un empresario(a) autónomo(a) puede acceder a estas ayudas? 116. Una entidad pública puede acceder a estas ayudas? 117. Una sociedad civil puede acceder a estas ayudas? 118. Las empresas dedicadas a la producción primaria de productos agrícolas están incluidas en el marco de las presentes ayudas? 119. Las empresas que operan en los sectores de la pesca y la acuicultura están incluidas en el marco de las presentes ayudas? 120. Qué sectores están excluidos de las presentes ayudas? 121. Existe limitación en cuanto al número de trabajadores de las empresas, empresarios(as) autónomos(as) o entidades? 122. Las ayudas están dirigidas a empresas, empresarios(as) autónomos(as) y entidades domiciliadas en cualquier zona del territorio nacional? 123. La empresa, empresario(a) autónomo(a) o entidad debe tener una cuenta abierta en CaixaBank? 124. Qué exclusiones existen? 125. Qué obligaciones deben cumplir las empresas, empresarios(as) autónomos(as) o entidades en caso de resultar beneficiarias de las ayudas? 126. Qué obligaciones deben cumplir las empresas, empresarios(as) autónomos(as) o entidades beneficiarias en materia de información y comunicación? PROBLEMAS TÉCNICOS 127. Puedo realizar la acreditación de la empresa y la tramitación de la ayuda a través de un móvil?

5 128. He realizado la acreditación de la empresa o entidad y no me ha llegado el correo electrónico con las credenciales 129. Cómo se puede recuperar la contraseña? 130. No dispongo de certificado digital

6 RESUMEN DE LAS AYUDAS Qué ofrecemos? 1.- Ayudas de un máximo de DOCE (12) meses a la contratación indefinida, con un periodo mínimo de permanencia de SEIS (6) meses. Ayuda máxima: /12m 2.- Ayudas de SEIS (6) meses a la contratación de duración determinada (temporal), con un periodo mínimo de permanencia de SEIS (6) meses. Ayuda: /6m En el caso de trabajadores con especiales dificultades para su inserción laboral o discapacidad severa, se podrán solicitar ayudas para contratos a tiempo parcial (mínimo 50% de la jornada completa). En estos casos, el importe de las ayudas se corresponderá con el 50% de lo que correspondería según el tipo de contrato (Ver Bases del Programa en / El contrato deberá estar formalizado en el modelo establecido al efecto por el Servicio Público de Empleo y debidamente comunicado a éste. El periodo mínimo de permanencia de los contratos se computará a partir de su fecha de formalización. Compatibilidad y límites de las ayudas Estas ayudas solo serán compatibles con las bonificaciones o reducciones en las cuotas de la Seguridad Social que pudieran corresponder según la legislación vigente. El importe de la ayuda no podrá superar: El 80% del coste salarial de la persona joven contratada correspondiente al periodo subvencionado. El 100% de dicho coste salarial (en concurrencia con las bonificaciones o reducciones de las cuotas de la Seguridad Social). Costes subvencionables Son subvencionables los siguientes costes salariales de la persona joven trabajadora: Retribuciones brutas. Percepciones extra salariales de transporte relacionadas directamente con el puesto de trabajo. Cotizaciones sociales e impuestos a cargo del trabajador y la Seguridad Social a cargo de la empresa. Vacaciones. Días de libre disposición. Quién puede solicitarlas? Empresas, incluidos los/as empresarios/as autónomos/as, asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro domiciliados/as en territorio español. Se podrán solicitar ayudas por un máximo de 10 personas jóvenes por entidad o empresa (entendiéndose, por NIF). Quiénes son los destinatarios finales? Personas jóvenes que cumplan los siguientes requisitos: 1.- Estar inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil: Tener entre 16 y 29 años (ambos incluidos) en el momento de formalización del contrato. 3.- No haber trabajado en el día natural anterior al día de inicio del contrato subvencionado. Cómo acceder a las ayudas? Las solicitudes deberán presentarse, en los plazos previstos y junto con la documentación requerida, por vía electrónica en el Portal Web del programa la Caixa Empleo Joven de la Fundación Bancaria la Caixa : / Las solicitudes de ayuda deberán tramitarse en el plazo máximo de DOS (2) meses a partir de la fecha de inicio de contrato, que debe formalizarse entre el 7 de marzo y el 31 de julio, y, en todo caso, siempre dentro del plazo establecido en la convocatoria para la presentación de solicitudes (7 de marzo de 2017 a 31 de julio de 2017 a las 19:00 horas). Para consultar más información, revise las bases reguladoras disponibles en / así como las preguntas frecuentes.

7 DÓNDE REALIZAR CONSULTAS 1. Dónde se pueden consultar las bases? Las bases reguladoras de las ayudas están disponibles en el portal web del Programa: / 2. Existe algún teléfono para realizar consultas? Está disponible el número de teléfono gratuito en horario de lunes a jueves de 9:00 a 19:00 horas, y los viernes de 9:00 horas a 15:00 horas, para realizar consultas específicas sobre las bases reguladoras de las ayudas. 3. Existe algún correo electrónico para realizar consultas? Está disponible el siguiente correo electrónico para realizar consultas específicas sobre las bases reguladoras de las ayudas: infolacaixaempleojoven@fundacionlacaixa.org / infolacaixafeinajove@fundaciolacaixa.org. Igualmente, se puede utilizar este correo electrónico para comunicar incidencias a la Fundación Bancaria la Caixa en relación con la tramitación de las solicitudes de ayuda o con el proceso de acreditación de la empresa o entidad. 4. Hay algún punto físico donde se ofrezca asesoramiento para las ayudas? No. Existen un número de teléfono y un correo electrónico para realizar consultas específicas sobre las bases reguladoras de las ayudas. 5. Hay algún punto físico para tramitar las ayudas? No. Existen un número de teléfono y un correo electrónico para realizar consultas específicas sobre las bases reguladoras de las ayudas: Teléfono: en horario de lunes a jueves de 9:00 a 19:00 horas, y los viernes de 9:00 horas a 15:00 horas. Correo electrónico: infolacaixampleojoven@fundacionlacaixa.org / infolacaixafeinajove@fundaciolacaixa.org. 6. Se puede solicitar asesoramiento generalizado sobre las ayudas por teléfono o correo electrónico? No, solo para realizar consultas específicas sobre las bases reguladoras de las ayudas: Teléfono: en horario de lunes a jueves de 9:00 a 19:00 horas, y los viernes de 9:00 horas a 15:00 horas. Correo electrónico: infolacaixampleojoven@fundacionlacaixa.org / infolacaixafeinajove@fundaciolacaixa.org.

8 SOBRE LAS PERSONAS JÓVENES 7. Las personas jóvenes pueden solicitar estas ayudas? No. Las ayudas van dirigidas a las empresas, incluidos/as los/las empresarios/as autónomos/as, y las asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro, que vayan a contratar a personas jóvenes que cumplan los siguientes requisitos: a) Estar inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil de manera previa a la formalización del contrato. En su defecto, haberse inscrito como demandante de empleo en un servicio público de empleo o haber realizado la renovación de la demanda de empleo, en ambos casos a partir del 25 de diciembre de 2016 y de manera previa a la formalización del contrato. Para ello, la persona joven debe cumplir en el momento de la inscripción o renovación de la demanda los requisitos para la inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil definidos en el artículo 97 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia (artículo 98.5 de la Ley 18/2014), y recogidos en el artículo 6.1 de las bases reguladoras de las presentes ayudas. Si el proceso iniciado en el Servicio Público de Empleo deriva en que la persona joven debe finalizar el proceso de inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil iniciado en el Servicio Público de Empleo, y la persona joven no finaliza dicho proceso, no se habrá conseguido la inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil y, por tanto, no se podrá conceder la ayuda. En cualquiera de los supuestos, se deberá presentar certificado de estado de la persona joven en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil. b) Tener una edad comprendida entre los 16 y 29 años (ambos incluidos) en el momento de formalización del contrato objeto de la subvención. c) Estar al día del cumplimiento de los requisitos para acceder a la ayuda, es decir, no haber trabajado en el día natural anterior al día de inicio del contrato objeto de la ayuda. Por tanto, como persona joven no se puede solicitar la ayuda. Sí puede darse de alta en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil (ver FAQ 15 Cómo se puede realizar la inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil?), pero la solicitud de la ayuda a la contratación debe presentarla la empresa o entidad de las reguladas en el artículo 4 de las bases reguladoras de las ayudas, y descritas en el primer párrafo, que contrate a la persona joven. 8. Qué requisitos deben cumplir las personas jóvenes? Los requisitos son los siguientes (artículo 7 de las bases reguladoras de las ayudas): a) Estar inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil de manera previa a la formalización del contrato. En su defecto, haberse inscrito como demandante de empleo en un servicio público de empleo o haber realizado la renovación de la demanda de empleo, en ambos casos a partir del 25 de diciembre de 2016 y de manera previa a la formalización del contrato. Para ello, la persona joven debe cumplir en el momento de la inscripción o renovación de la demanda los requisitos para la inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil definidos en el artículo 97 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia (artículo 98.5 de la Ley 18/2014), y recogidos en el artículo 6.1 de las bases reguladoras de las presentes ayudas. Si el proceso iniciado en el Servicio Público de Empleo deriva en que la persona joven debe finalizar el proceso de inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil iniciado en el Servicio Público de Empleo, y la persona joven no finaliza dicho proceso, no se habrá conseguido la inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil y, por tanto, no se podrá conceder la ayuda. En cualquiera de los supuestos, se deberá presentar certificado de estado de la persona joven en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil. b) Tener una edad comprendida entre los 16 y 29 años (ambos incluidos) en el momento de formalización del contrato objeto de la subvención. c) Estar al día del cumplimiento de los requisitos para acceder a la ayuda, es decir, no haber trabajado en el día natural anterior al día de inicio del contrato objeto de la ayuda. 9. Qué edad debe tener la persona joven en el momento de la formalización del contrato? La persona joven debe tener una edad comprendida entre los 16 y 29 años (ambos incluidos) en el momento de formalización del contrato objeto de la subvención. Un requisito para inscribirse en garantía juvenil es la edad. El apartado c) del artículo 6 de las bases reguladoras establece que es necesario, entre otros: c) Tener más de 16 años y menos de 25, o menos de 30 años, en el caso de personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, en el momento de solicitar la inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, o tener más de 25 años y menos de 30 cuando, en el momento de solicitar la inscripción en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, la tasa de desempleo de este colectivo sea igual o superior al 20 por ciento, según la Encuesta de población activa correspondiente al último trimestre del año. Este extremo ha sido ratificado por la Resolución de 29 de julio de 2015, de la Dirección General del Trabajo Autónomo, de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de las Empresas, por la que se amplía la edad máxima de acceso al Sistema Nacional de la Garantía Juvenil a los mayores de 25 años y menores de 30, que cumplan con los requisitos recogidos en la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, para beneficiarse de una acción derivada del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, dado que la tasa de desempleo para este colectivo

9 se situó en 29,77 puntos de acuerdo con los datos de la Encuesta de Población Activa del cuarto trimestre de 2014, por encima, por lo tanto, del 20 por ciento. De esta manera la edad está comprendida entre los 16 y 29 años (ambos incluidos), al igual que indica el artículo 7 de las bases. 10. Si la persona joven tiene más de 25 años es posible solicitar la ayuda? Sí. La persona joven debe tener una edad comprendida entre los 16 y 29 años (ambos incluidos) en el momento de formalización del contrato objeto de la subvención (Ver FAQ 9 Qué edad debe tener la persona joven en el momento de la formalización del contrato?) 11. La persona joven requiere algún tipo de titulación o experiencia para acceder a las ayudas? No existen requisitos de titulación o experiencia de las personas jóvenes en las bases reguladoras de las ayudas. La única limitación deviene de que el contrato deberá formalizarse con una persona joven que disponga de la formación y las competencias precisas para el desempeño del puesto de trabajo para el que se solicita la ayuda, y el alta en el régimen de la Seguridad Social deberá realizarse en el grupo de cotización de acuerdo a la categoría profesional requerida para el puesto de trabajo. 12. Qué es el Sistema Nacional de Garantía Juvenil? La Garantía Juvenil es una iniciativa europea que pretende facilitar el acceso de los jóvenes al mercado de trabajo. En España se enmarca en la estrategia de Emprendimiento Joven aprobada en febrero de 2013 por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social. La Recomendación sobre la Garantía Juvenil establece que los jóvenes puedan recibir una oferta de empleo, de educación o formación tras haber finalizado sus estudios o quedar desempleados. 13. La persona joven debe estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil? Sí, es indispensable que las personas jóvenes estén inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil: de forma previa a la formalización del contrato. En su defecto, estar inscritos o haber renovado la demanda de empleo en un servicio público de empleo, a partir del 25 de diciembre de 2016 y previamente a la formalización del contrato, siempre que dicha inscripción o renovación implique su inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil. Para ello, la persona joven debe cumplir en el momento de la inscripción o renovación de la demanda los requisitos para la inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil definidos en el artículo 97 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia (artículo 98.5 de la Ley 18/2014), y recogidos en el artículo 6.1 de las bases reguladoras de las presentes ayudas. Si el proceso iniciado en el Servicio Público de Empleo deriva en que la persona joven debe finalizar el proceso de inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil iniciado en el Servicio Público de Empleo, y la persona joven no finaliza dicho proceso, no se habrá conseguido la inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil y, por tanto, no se podrá conceder la ayuda. En cualquiera de los supuestos, se requiere la presentación del certificado de estado de la persona joven en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil. 14. Qué requisitos debe cumplir la persona joven para que pueda realizar su inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil? a) Tener nacionalidad española o ser ciudadanos de la Unión Europea o de los Estados parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o Suiza que se encuentren en España en ejercicio de la libre circulación y residencia. También podrán inscribirse los extranjeros titulares de una autorización para residir en territorio español que habilite para trabajar. b) Estar empadronado en cualquier localidad del territorio español. c) Tener más de 16 años y menos de 25, o menos de 30 años, en el caso de personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, en el momento de solicitar la inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, o tener más de 25 años y menos de 30 cuando, en el momento de solicitar la inscripción en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, la tasa de desempleo de este colectivo sea igual o superior al 20 por ciento, según la Encuesta de población activa correspondiente al último trimestre del año. Este extremo ha sido ratificado por la Resolución de 29 de julio de 2015, de la Dirección General del Trabajo Autónomo, de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de las Empresas, por la que se amplía la edad máxima de acceso al Sistema Nacional de la Garantía Juvenil a los mayores de 25 años y menores de 30, que cumplan con los requisitos recogidos en la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, para beneficiarse de una acción derivada del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, dado que la tasa de desempleo para este colectivo se situó en 29,77 puntos de acuerdo con los datos de la Encuesta de Población Activa del cuarto trimestre de 2014,, por encima, por lo tanto, del 20 por ciento. d) No haber trabajado en el día natural anterior a la fecha de presentación de la solicitud. e) No haber recibido acciones educativas en el día natural anterior a la fecha de presentación de la solicitud. f) No haber recibido acciones formativas en el día natural anterior a la fecha de presentación de la solicitud.

10 g) Presentar una declaración expresa de tener interés en participar en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, adquiriendo un compromiso de participación activa en las actuaciones que se desarrollen en el marco de la Garantía Juvenil. En el caso de los demandantes de empleo, bastará con su inscripción en los servicios públicos de empleo. Asimismo, la inscripción o renovación como demandante de empleo en un Servicio Público de Empleo implica la inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, si se cumplen los requisitos indicados. 15. Cómo se puede realizar la inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil? Se adjuntan sendas guías de apoyo para la inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil. MÉTODOS AUTENTIFICACIÓN Y A GUÍA INSCRIPCIÓN SNGJ.pdf Se ponen a disposición de las personas jóvenes los siguientes puntos físicos para el apoyo para la generación de usuarios y contraseñas, así como de certificados digitales, y obtener asesoramiento para la inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil. PUNTOS DE INFORMACIÓN JUVENIL La misión de los Puntos de Información Juvenil (P.I.J.) es DESCENTRALIZAR la información que se genera en el Centro al entorno más próximo a los jóvenes (barrio, pedanía, centro educativo, cultural, etc.), creando un núcleo básico de información preferentemente con personal colaborador o voluntario de otras entidades y colectivos o de otros departamentos municipales, en aquéllos espacios y locales que posean condiciones mínimas para su desarrollo. En estos puntos te generan usuarios/contraseña para inscripciones en SNGJ y también disponen de técnicos que te asesoran. Las inscripciones las realizan los propios usuarios, solo que cuentan de la ayuda de personas familiarizadas con el proceso. SIJ + GARANTÍA JUVENIL (INJUVE) La Garantía Juvenil está ahora más cerca, a través de tu Centro o Servicio de Información Juvenil. Te informarán de las ventajas de esta iniciativa europea y te ayudarán con la solicitud de inscripción. En los Centros y Servicios de Información Juvenil de la REDSIJ, presentando solo el DNI, podrás obtener ayuda y solicitar tu usuario/contraseña para poder inscribirte. La relación de centros que prestan este servicio puede consultarse en esta misma web: Centros Información Garantía Juvenil: En estos puntos te generan usuarios/contraseña para inscripciones en SNGJ y también disponen de técnicos que te asesoran. Las inscripciones las realizan los propios usuarios, solo que cuentan de la ayuda de personas familiarizadas con el proceso. CÁMARAS DE COMERCIO Acudiendo a la Cámara de Comercio más cercana para obtener de forma gratuita un certificado digital y formalizar la solicitud de inscripción con apoyo del personal de estas entidades La persona joven debe estar inscrita en un Servicio Público de Empleo como demandante de empleo? No. Recientemente, el Real Decreto-ley 6/2016, de 23 de diciembre, de medidas urgentes para el impulso del Sistema Nacional de Garantía Juvenil ha introducido una modificación normativa en la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia. A raíz de esta modificación normativa, el artículo 98.5 de la Ley 18/2014 dispone que la inscripción o la renovación como demandante de empleo en un servicio público de empleo implica la inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, si se cumplen los requisitos recogidos en el artículo 97 de la Ley 18/2014 y que se reproducen en el artículo 6.1 de las bases reguladoras de las presentes ayudas. La fecha de inscripción en el Sistema corresponderá con la fecha de inscripción o de renovación como demandante de empleo. Este extremo es de aplicación si se produce la inscripción o la renovación a partir del día 25 de diciembre de 2016, fecha de entrada en vigor de la reforma normativa. Si el proceso iniciado en el Servicio Público de Empleo deriva en que la persona joven debe finalizar el proceso de inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil iniciado en el Servicio Público de Empleo, y la persona joven no finaliza dicho proceso, no se habrá conseguido la inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil y, por tanto, no se podrá conceder la ayuda. En cualquiera de los supuestos, se requiere la presentación del certificado de estado de la persona joven en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

11 17. Es equivalente la inscripción en un Servicio Público de Empleo como demandante de empleo y la inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil? Las personas jóvenes deben estar inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil previamente a la formalización del contrato para ser destinatarias finales de las ayudas del Programa "la Caixa" Empleo Joven. En su defecto, podrán realizar la inscripción o renovación de la demanda de empleo en un servicio público de empleo, a partir del 25 de diciembre de 2016 y de manera previa a la formalización del contrato, siempre que dicha inscripción o renovación implique su inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil. Para ello, las personas jóvenes deben cumplir en el momento de la inscripción o renovación de la demanda los requisitos para la inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil definidos en el artículo 97 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia (artículo 98.5 de la Ley 18/2014), y recogidos en el artículo 6.1 de las bases reguladoras de las presentes ayudas. Si el proceso iniciado en el Servicio Público de Empleo deriva en que la persona joven debe finalizar el proceso de inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil iniciado en el Servicio Público de Empleo, y el joven no finaliza dicho proceso, no se habrá conseguido la inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil. Por tanto, si la persona joven no ha finalizado la inscripción no se podrá conceder la ayuda. En caso de que se presente copia de la documentación acreditativa de la inscripción o de la renovación de la demanda de empleo en la solicitud de la ayuda, se les solicitará copia del certificado de estado de la persona joven en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil durante la valoración de la ayuda solicitada. 18. Qué significa no haber recibido acciones educativas o formativas en el día anterior a la fecha de la presentación de la solicitud, a efectos de la inscripción en Garantía Juvenil? No estar inmerso en un proceso educativo o formativo cuando procedan a realizar la solicitud. En caso de dudas adicionales, consulten la página del Sistema Nacional de Garantía Juvenil Se puede solicitar la ayuda, aun cuando el Sistema Nacional de Garantía Juvenil no ha contestado a la solicitud de inscripción del joven en el mismo? Durante el proceso de solicitud de la ayuda se deberá presentar el certificado de estado de la persona joven en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, por lo tanto, es necesario finalizar el proceso por completo con resolución positiva de la inscripción. 20. Qué ocurre si no se puede finalizar la inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil si no se dispone aún de la tarjeta de identidad del extranjero (TIE)? Es necesario finalizar la inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil con resolución positiva. Por tanto, si la persona joven no dispone todavía de la tarjeta de identidad del extranjero, deberá esperar a finalizar los trámites correspondientes para finalizar la inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil con resolución positiva. Documento identificativo ciudadan 21. Si la persona joven al que se desea contratar no está inscrito en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, puede proceder a inscribirse? Sí, siempre que la persona joven cumpla los requisitos recogidos en el artículo 97 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia y que se reproducen en el artículo 6.1 de las bases reguladoras de las presentes ayudas. Ver FAQ 14 Qué requisitos debe cumplir la persona joven para realizar la inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil? 22. Cuánto tiempo tiene que estar en desempleo la persona joven antes de proceder a su contratación? El tiempo que establece el Sistema Nacional de Garantía Juvenil para que la persona joven pueda inscribirse. Ver FAQ 14 Qué requisitos debe cumplir la persona joven para realizar la inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil?

12 23. La Fundación Bancaria la Caixa pone a disposición de las empresas/entidades una bolsa de empleo? No. Ver FAQ 24 Dónde se pueden buscar personas jóvenes que cumplan los requisitos de las bases reguladoras? 24. Dónde se pueden buscar personas jóvenes que cumplan los requisitos de las bases reguladoras? Las empresas o entidades pueden realizar sus propios procesos de selección para la búsqueda de candidatos, así como acceder al Sistema Nacional de Garantía Juvenil como empresa y consultar las personas jóvenes que están inscritas ( Adicionalmente, la persona joven puede inscribirse en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil (ver FAQ 21 Si la persona joven al que se desea contratar no está inscrito en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, puede proceder a su inscripción en el mismo?). 25. Qué significa tener una discapacidad severa? Se consideran personas con discapacidad severa (artículo 6.6 de las bases reguladora): a) Las personas con parálisis cerebral, las personas con enfermedad mental o las personas con discapacidad intelectual, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%. b) Las personas con discapacidad física o sensorial, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65%. 26. Qué significa personas con especiales dificultades de inserción laboral? Tener discapacidad severa. Ver FAQ 25 Qué significa tener una discapacidad severa? 27. Es necesario que la persona joven tenga discapacidad severa para acceder a estas ayudas? No. Las personas jóvenes deben cumplir los requisitos regulados en el artículo 7 de las bases reguladoras de las ayudas. Ver FAQ 8 Qué requisitos deben cumplir las personas jóvenes? y 91 Tiene algún tratamiento diferenciado contratar a jóvenes con discapacidad severa? 28. La persona joven debe tener una cuenta abierta en CaixaBank? No. En ningún caso se exige que la persona joven tenga una cuenta abierta en CaixaBank. 29. Qué es un desempleado de larga duración? Desempleado de larga duración es aquel que lleva más de 6 meses de desempleo si tiene entre 16 y 24 años, o más de 12 meses si tiene entre 25 y 29 años.

13 SOBRE LAS AYUDAS 30. Cuál es el plazo para solicitar las ayudas? Del 7 de marzo al 31 de julio de 2017 a las 19:00 horas. 31. Qué significa el plazo de subvencionabilidad del gasto? El plazo de subvencionabilidad del gasto es el periodo del gasto de las ayudas concedidas en el marco de la presente convocatoria, es decir, el plazo durante el que puede transcurrir la duración de los contratos objeto de las ayudas. Este plazo está comprendido entre del 7 de marzo de 2017 al 30 de septiembre de 2018 y no debe confundirse con el plazo de convocatoria para la solicitud de las ayudas, que comprende del 7 de marzo al 31 de julio de 2017 a las 19:00 horas. 32. De qué importe son las ayudas? Los importes están regulados en el artículo 12, apartados 1 y 2, de las bases reguladoras: 1. Por cada contrato de duración determinada (temporal) subvencionado al amparo de las bases se otorgará una ayuda de euros, correspondiente a una cuantía fija de 700 euros mensuales durante los SEIS (6) primeros meses de contrato. En caso de que la duración del contrato subvencionado sea inferior al periodo mínimo de permanencia de SEIS (6) meses, no procederá ningún tipo de ayuda. 2. Por cada contrato indefinido subvencionado al amparo de las bases se otorgará una ayuda que podrá constar de entre una y tres fases: Una primera fase de ayuda de euros, correspondiente a una cuantía fija de 800 euros mensuales durante los SEIS (6) primeros meses de contrato (periodo de permanencia mínima). Una segunda fase de ayuda de euros adicionales, correspondientes a una cuantía fija de 800 euros mensuales por cada uno de los TRES (3) meses inmediatamente posteriores al periodo mínimo inicial de permanencia de SEIS (6) meses. Una tercera fase de ayuda de euros adicionales, correspondientes a una cuantía fija de 800 euros mensuales durante un nuevo y último periodo adicional y consecutivo de TRES (3) meses. 33. Cuántas ayudas se pueden conceder por empresa o entidad? Se podrán conceder ayudas por un máximo de 10 personas jóvenes por entidad o empresa (entendiéndose, por NIF) y convocatoria, al amparo de las presentes ayudas. La empresa o la entidad solicitante podrá aplicar tantas veces como sea necesario hasta alcanzar el límite indicado (artículo 10 de las bases reguladoras). 34. Se puede realizar una misma solicitud para varias personas jóvenes? No. Se debe presentar una solicitud individual por persona joven. 35. Es posible que dos instituciones soliciten la contratación de la misma persona? No. Con la solicitud se debe presentar el contrato de trabajo con la persona joven (ver FAQ 48 Qué documentación se debe presentar para solicitar la ayuda a la contratación, una vez la empresa, empresario(a) autónomo(a) o entidad se ha acreditado en el portal web del programa?). 36. Se debe presentar la solicitud una vez el trabajador ya se encuentra de alta trabajando para la empresa? Sí. Las solicitudes de ayuda deben tramitarse en el plazo máximo de DOS (2) meses a partir de la fecha de inicio de contrato, que debe formalizarse entre el 7 de marzo y el 31 de julio de 2017, y, en todo caso, siempre dentro del plazo establecido en la convocatoria para la presentación de solicitudes (7 de marzo de 2017 a 31 de julio de 2017 a las 19:00 horas). En la solicitud de la ayuda debe presentarse el contrato formalizado y la persona joven debe estar inscrita de forma previa a la formalización del contrato en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil (ver FAQ 16 La persona joven debe estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil?). 37. Se puede esperar a que la Fundación Bancaria apruebe primero la ayuda y, a continuación, formalizar el contrato con la persona joven? No. Para poder solicitar la ayuda, y para que esta sea aprobada, es requisito indispensable haber formalizado el contrato con la persona joven (además de los otros requisitos que contempla las bases reguladoras) dentro del plazo establecido en la convocatoria para la presentación de solicitudes (del 7 de marzo de 2017 al 31 de julio de 2017 a las 19:00 horas) Ver FAQ 36 Se debe presentar la solicitud una vez el trabajador ya se encuentra de alta trabajando para la empresa?

14 38. Qué posibilidades reales existen de obtener la ayuda? El artículo 15 de las bases reguladoras, en sus apartados 2 a 5, sobre valoración de solicitudes, regula el procedimiento de valoración de las mismas: La Fundación Bancaria la Caixa atenderá las solicitudes de ayuda por orden de tramitación en el portal web del Programa la Caixa Empleo Joven hasta que la disponibilidad presupuestaria lo permita o hasta el día en que se cumpla el plazo para presentar solicitudes. Por tanto, se procederá a la reserva del crédito correspondiente según el orden de tramitación de las solicitudes por las cuantías que corresponda en cada caso: en los contratos de duración determinada (temporales), por el importe correspondiente a SEIS (6) meses, y en los contratos indefinidos, por el importe correspondiente a DOCE (12) meses. En caso de que finalmente se deniegue la solicitud, se procederá a liberar el crédito reservado En caso de que no exista crédito disponible en el momento de la presentación de la solicitud de ayuda, la solicitud será registrada en una lista de espera por orden de tramitación para que, en caso de liberación del crédito previamente reservado, se proceda a la valoración de la solicitud siguiendo el orden de entrada en esta lista de espera La subvención se otorgará a las solicitudes que, cumpliendo los requisitos establecidos en las bases reguladoras y en la convocatoria de ayudas, se encuentren dentro del plazo previsto para la presentación de solicitudes y siempre que exista crédito presupuestario disponible Serán denegadas aquellas solicitudes presentadas fuera del plazo o medio de presentación y aquellas que no cumplan los requisitos, las obligaciones y las condiciones establecidas en las bases reguladoras y en la convocatoria de ayudas. 39. Qué plazo hay para solicitar la ayuda, una vez formalizado el contrato? Las solicitudes de ayuda deberán tramitarse en el plazo máximo de DOS (2) meses a partir de la fecha de inicio de contrato, que debe formalizarse entre el 7 de marzo y el 31 de julio de 2017, y, en todo caso, siempre dentro del plazo establecido en la convocatoria para la presentación de solicitudes (7 de marzo de 2017 a 31 de julio de 2017 a las 19:00 horas). La persona joven debe estar inscrita, de forma previa a la formalización del contrato, en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil (ver FAQ 16 La persona joven debe estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil?). 40. Cuál es el proceso para solicitar una ayuda? El artículo 14 establece el plazo y presentación de las solicitudes. Primero es preciso acreditar la empresa o entidad, es decir, darse de alta como empresa, empresario(a) autónomo(a) o entidad en el portal web del Programa la Caixa Empleo Joven, / Para ello, se debe acceder al siguiente enlace: La documentación que se debe presentar para la acreditación es la siguiente: i) En caso de personas jurídicas, copia de la tarjeta de identificación fiscal. ii) En caso de empresarios/as autónomos/as, copia del DNI o del documento que, en su caso, lo sustituya reglamentariamente, y copia del informe de vida laboral expedido por la Administración de la Seguridad Social. iii) Copia del certificado de situación censal, expedido por la Administración Tributaria competente. iv) Documento que acredite la designación de la persona para representar a la empresa o entidad en la presentación de la solicitud modelo disponible en la aplicación del portal web del Programa la Caixa Empleo Joven. v) Copia del DNI, o del documento que en su caso lo sustituya reglamentariamente, de la persona que vaya a representar a la empresa o entidad en la presentación de la solicitud. Una vez dada de alta la empresa o entidad solicitante en el portal del programa ya está acreditada y la persona designada por esta como representante recibirá automáticamente un correo electrónico con las claves de acceso (usuario y contraseña). Con estas claves de acceso ya se podrá acceder a la aplicación e iniciar el proceso de presentación de la solicitud de la ayuda y de la documentación administrativa requerida. Las solicitantes deberán designar un interlocutor único para todo el territorio nacional que centralizará todas las solicitudes asignadas a ese NIF. Las solicitudes deberán presentarse, junto con la documentación requerida, por vía electrónica en el portal web del Programa la Caixa Empleo Joven, / a través del formulario normalizado de solicitud disponible a tal efecto y suscritas por quien ostente la representación legal de la solicitante. Se debe presentar una solicitud por persona joven contratada, siendo el máximo de 10 jóvenes por empresa o entidad. Ver FAQ 48 Qué documentación se debe presentar para solicitar la ayuda a la contratación, una vez la empresa, empresario(a) autónomo(a) o entidad se ha acreditado en el portal web del programa? 41. Es preciso acreditarse en el portal web del Programa? Sí. El primer paso para poder solicitar las ayudas es acreditarse en el portal del programa. En este sentido, es preciso darse de alta como empresa, empresario(a) autónomo(a) o entidad en el portal web del Programa la Caixa Empleo Joven, / Para ello, se debe acceder al siguiente enlace:

15 Para la documentación que se debe adjuntar, ver FAQ 42 Cómo me acredito como empresa o entidad en el portal web del Programa? 42. Cómo me acredito como empresa o entidad en el portal web del Programa? En el portal web del Programa la Caixa Empleo Joven, / se debe acceder al siguiente enlace: donde se deberá rellenar un breve formulario y aportar la documentación requerida. Para la documentación que se debe adjuntar, ver FAQ 42 Cómo me acredito como empresa o entidad en el portal web del Programa? A continuación, pueden solicitar la ayuda. Una solicitud por persona joven contratada, siendo el máximo de 10 jóvenes por empresa o entidad. Ver FAQ 48 Qué documentación se debe presentar para solicitar la ayuda a la contratación, una vez la empresa, empresario(a) autónomo(a) o entidad se ha acreditado en el portal web del programa? 43. Cómo se obtiene el usuario y contraseña para acceder al portal web de las ayudas? Para obtener un usuario y contraseña para acceder al portal web de las ayudas ( es preciso acreditarse. Ver FAQ 41 Es preciso acreditarse en el portal web del Programa? y FAQ 42 Cómo me acredito como empresa o entidad en el portal web del Programa? Una vez obtenidas las credenciales, se puede proceder a solicitar las ayudas, una solicitud por persona joven contratada. 44. Qué es el certificado de situación censal de la empresa, empresario(a) autónomo(a) o entidad? Es un documento expedido por la Administración Tributaria competente. Se adjunta un ejemplo de cómo debe ser el certificado de situación censal. No se admite la presentación del modelo 036. El certificado de situación censal debe presentarse durante la acreditación de la empresa, empresario(a) autónomo(a) o entidad. certificado de situacion censal.pdf 45. Qué ocurre si la empresa, empresario(a) autónomo(a) o entidad se acredita en el portal web y después no solicita ninguna ayuda? No ocurre nada. Se quedan registrados los datos de la empresa o entidad por si en algún momento decidiera solicitar una ayuda a la contratación. 46. Se puede nombrar como representante a otra empresa, empresario(a) autónomo(a) o entidad para solicitar la ayuda? Sí. Para ello se debe cumplimentar el formulario MODELO DE REPRESENTACIÓN EN LA PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD que se solicita durante el proceso de acreditación de la empresa o entidad (ver FAQ 42 Cómo me acredito como empresa o entidad en el portal web del Programa?). En este documento, el representante legal de la entidad con cargo de administrador o consejero o como apoderado, debe otorgar la representación para la firma y la presentación de la Solicitud y Documentación requerida en la Convocatoria Pública de Subvenciones de la Fundación Bancaria La Caixa (Ayudas destinadas al fomento del empleo estable y de calidad). Modelo de representación en la p Adicionalmente, se debe presentar copia del DNI, o del documento que en su caso lo sustituya reglamentariamente, de la persona que vaya a representar a la empresa o entidad en la presentación de la solicitud. Una vez dada de alta la empresa o entidad solicitante, la persona designada por esta recibirá automáticamente un correo electrónico con las claves de acceso. Con estas claves de acceso, podrá acceder a la aplicación que le permitirá iniciar el proceso de presentación de la solicitud y de la documentación administrativa requerida.

16 47. Se puede intermediar en la solicitud de las ayudas en nombre de empresas, empresarios(as) autónomos(as) y entidades? No está permitido que una entidad o empresa se dé de alta en el portal web para realizar solicitudes en representación de empresas y entidades que contraten a personas jóvenes. 48. Qué documentación se debe presentar para solicitar la ayuda a la contratación, una vez la empresa, empresario(a) autónomo(a) o entidad se ha acreditado en el portal web del programa? La documentación que se debe presentar para solicitar la ayuda se encuentra recogida en el Artículo 14, Plazo y presentación de las solicitudes, apartado 2 de las bases reguladoras: Documentación obligatoria que deberá presentar la solicitante Además de la documentación necesaria para obtener el alta en el portal web del Programa la Caixa Empleo Joven, las solicitantes deberán presentar una solicitud por persona joven junto con la siguiente documentación: Declaración responsable de la solicitante del cumplimiento de requisitos, conforme al modelo normalizado incluido en el anexo I de las bases reguladoras. Declaración responsable que incluya la relación de todos los códigos de cuenta de cotización asociados al número de identificación fiscal de la solicitante, conforme al modelo normalizado incluido en el anexo II de las bases reguladoras. En caso de concesión de la ayuda solicitada, en el momento de solicitar el pago de la ayuda se deberá presentar copia del certificado, o el documento, expedido y sellado por la Administración de la Seguridad Social que incluya la relación de códigos de cuenta de cotización asociados al citado número de identificación fiscal, según consta en el artículo 18.8 de las bases reguladoras. Copia del informe de vida laboral de todos los códigos de cuenta de cotización de la solicitante (un informe por código de cuenta de cotización), expedido por la Administración de la Seguridad Social, del periodo correspondiente a los DOCE (12) meses anteriores al día posterior al alta en la Seguridad Social de la persona joven contratada por la que se solicita subvención. Copia del informe de plantilla media de trabajadores en situación de alta en los DOCE (12) meses anteriores al día posterior al alta en la Seguridad Social de la persona joven contratada por la que se solicita la subvención, de todos los códigos de cuenta de cotización de la solicitante (un informe por código de cuenta de cotización), expedido por la Administración de la Seguridad Social. Copia del informe de plantilla media de trabajadores en situación de alta en los TREINTA (30) días anteriores al día de alta en la Seguridad Social de la persona joven contratada por la que se solicita la subvención, de todos los códigos de cuenta de cotización de la solicitante (un informe por código de cuenta de cotización), expedido por la Administración de la Seguridad Social. Copia del informe de plantilla media de trabajadores en situación de alta en el día de alta en la Seguridad Social de la persona joven contratada por la que se solicita la subvención, de todos los códigos de cuenta de cotización de la solicitante (un informe por código de cuenta de cotización), expedido por la Administración de la Seguridad Social. En relación con el contrato formalizado con la persona joven contratada por la que solicita la ayuda: o En caso de no utilizar medios telemáticos para la comunicación reglamentaria del contrato de trabajo, según lo establecido en el Real Decreto 1424/2002, de 27 de diciembre, por el que se regula la comunicación del contenido de los contratos de trabajo y de sus copias básicas a los Servicios Públicos de Empleo, y el uso de medios telemáticos en relación con aquélla: copia del contrato de trabajo compulsado por el Servicio Público de Empleo. o En caso de utilizar medios telemáticos para la comunicación reglamentaria del contrato de trabajo: copia del contrato de trabajo y copia de la comunicación del contrato al Servicio Público de Empleo, a través de la plataforma del Servicio Público de Empleo correspondiente. Declaración responsable firmada por la persona joven contratada por la que solicita la ayuda, conforme al modelo normalizado que figura como anexo III de las bases reguladoras, debidamente cumplimentada, junto con la siguiente documentación relativa a la persona joven: o Copia del DNI o del documento que en su caso lo sustituya reglamentariamente. o Copia del informe de vida laboral, expedido por la Administración de la Seguridad Social, con fecha de expedición posterior al alta en la Seguridad Social de la persona joven contratada. o Copia del certificado de estado en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil (la inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil debe ser previa a la formalización del contrato). o Copia de la tarjeta acreditativa de grado de discapacidad o certificado de discapacidad. Es preciso que venga expresado tanto el grado como el tipo de discapacidad. Se debe presentar únicamente en caso de discapacidad severa (ver definición del artículo 6.6). o Consentimiento para el tratamiento de los datos personales que figura como anexo IV debidamente cumplimentado.

17 49. Qué es el informe de vida laboral de la empresa, empresario(a) autónomo(a) o entidad? El informe de vida laboral se corresponde con un código de cuenta de cotización de una empresa, empresario(a) autónomo(a) o entidad. No es el informe de vida laboral de una persona física. Este informe se debe presentar con la solicitud de la ayuda y proporciona información de la plantilla del código de cuenta de cotización (CCC) durante el periodo por el que se obtiene. En concreto, se requiere copia del informe de vida laboral de todos los códigos de cuenta de cotización de la empresa o entidad solicitante (un informe por código de cuenta de cotización), expedido por la Administración de la Seguridad Social, del periodo correspondiente a los DOCE (12) meses anteriores al día posterior al alta en la Seguridad Social de la persona joven contratada por la que se solicita subvención. Se adjunta un ejemplo de informe de vida laboral de un CCC. Vida Laboral Entidad.pdf 50. Si se presenta documentación errónea, se puede subsanar? El artículo 15.6 de las bases reguladoras establece que en el supuesto de que la solicitud o la documentación presentada contenga errores o sea insuficiente, y siempre que no se incurra en un supuesto de incumplimiento de requisitos, obligaciones y condiciones establecidas en las bases reguladoras y en la convocatoria de ayudas, en cuyo caso se procederá a la denegación de la solicitud, se requerirá a la solicitante para que, en un plazo de DIEZ (10) días naturales a partir de la fecha de comunicación del requerimiento a través del portal web del Programa la Caixa Empleo Joven y del correo electrónico indicado por la solicitante, enmiende la falta o presente los documentos preceptivos mediante el procedimiento establecido en la notificación, con indicación de que, si así no lo hiciera, se considerará que desiste de su solicitud. Durante el plazo transcurrido para la subsanación de la solicitud, quedará suspendido el plazo para resolver la concesión de la ayuda. 51. La solicitud genera derecho a percibir la ayuda? No. Una vez presentada la solicitud de la ayuda, la Fundación Bancaria la Caixa procederá a la valoración de que cumple todos los requisitos y obligaciones contempladas en las bases reguladoras y a la validación de que toda la documentación solicitada presentada por la empresa o entidad está correcta (ver FAQ 52 Cómo se valoran las solicitudes de las ayudas? y FAQ 53 Cuándo se comunica si se concede o deniega la ayuda?) 52. Cómo se valoran las solicitudes de las ayudas? El procedimiento de valoración de las solicitudes de ayudas se encuentra recogido en el artículo 15 de las bases reguladoras relativo a la valoración de solicitudes: 1. El cumplimiento de los requisitos por parte de las solicitantes dará acceso a la ayuda solicitada con los límites establecidos en las bases reguladoras y en la convocatoria, siempre en caso de crédito disponible y atendiendo a la siguiente circunstancia: en el caso de que en la primera convocatoria de ayudas no hubiera crédito disponible para atender todas las solicitudes recibidas, se podrá proceder a una ampliación de presupuesto hasta el agotamiento del crédito. 2. La Fundación Bancaria la Caixa atenderá las solicitudes de ayuda por orden de tramitación en el portal web del Programa la Caixa Empleo Joven hasta que la disponibilidad presupuestaria lo permita o hasta el día en que se cumpla el plazo para presentar solicitudes. Por tanto, se procederá a la reserva del crédito correspondiente según el orden de tramitación de las solicitudes por las cuantías que corresponda en cada caso: en los contratos de duración determinada (temporales), por el importe correspondiente a SEIS (6) meses, y en los contratos indefinidos, por el importe correspondiente a DOCE (12) meses. En caso de que finalmente se deniegue la solicitud, se procederá a liberar el crédito reservado. 3. En caso de que no exista crédito disponible en el momento de la presentación de la solicitud de ayuda, la solicitud será registrada en una lista de espera por orden de tramitación para que, en caso de liberación del crédito previamente reservado, se proceda a la valoración de la solicitud siguiendo el orden de entrada en esta lista de espera. 4. La subvención se otorgará a las solicitudes que, cumpliendo los requisitos establecidos en las bases reguladoras y en la convocatoria de ayudas, se encuentren dentro del plazo previsto para la presentación de solicitudes y siempre que exista crédito presupuestario disponible. 5. Serán denegadas aquellas solicitudes presentadas fuera del plazo o medio de presentación y aquellas que no cumplan los requisitos, las obligaciones y las condiciones establecidas en las bases reguladoras y en la convocatoria de ayudas. 6. En el supuesto de que la solicitud o la documentación presentada contenga errores o sea insuficiente, y siempre que no se incurra en un supuesto de incumplimiento de requisitos, obligaciones y condiciones establecidas en las bases reguladoras y en la convocatoria de ayudas, en cuyo caso se procederá a la denegación de la solicitud, se requerirá a la solicitante para que, en un plazo de DIEZ (10) días naturales a partir de la fecha de comunicación del requerimiento a través del portal web del Programa la Caixa Empleo Joven y del correo electrónico indicado por la solicitante, enmiende la falta o presente los documentos preceptivos mediante el procedimiento establecido en la notificación, con indicación de que, si así no lo hiciera, se considerará que desiste de

18 su solicitud. Durante el plazo transcurrido para la subsanación de la solicitud, quedará suspendido el plazo para resolver la concesión de la ayuda. 7. El órgano instructor del procedimiento será el Área Social de la Fundación Bancaria la Caixa, quien resolverá la concesión o la denegación de la ayuda y comunicará los citados extremos por escrito a las solicitantes. 53. Cuándo se comunica si se concede o deniega la ayuda? El plazo máximo para resolver y notificar a las empresas o entidades solicitantes la concesión o la denegación de la ayuda por parte de la Fundación Bancaria la Caixa será de DOS (2) meses, que se computarán desde la fecha de tramitación de la solicitud a la Fundación Bancaria la Caixa según lo señalado en el artículo 14, Plazo y presentación de las solicitudes, de las bases reguladoras (artículo 16.1). Adicionalmente, en el supuesto de que la solicitud o la documentación presentada contenga errores o sea insuficiente, y siempre que no se incurra en un supuesto de incumplimiento de requisitos, obligaciones y condiciones establecidas en las bases reguladoras y en la convocatoria de ayudas, en cuyo caso se procederá a la denegación de la solicitud, se requerirá a la solicitante para que, en un plazo de DIEZ (10) días naturales a partir de la fecha de comunicación del requerimiento a través del portal web del Programa la Caixa Empleo Joven y del correo electrónico indicado por la solicitante, enmiende la falta o presente los documentos preceptivos mediante el procedimiento establecido en la notificación, con indicación de que, si así no lo hiciera, se considerará que desiste de su solicitud. Durante el plazo transcurrido para la subsanación de la solicitud, quedará suspendido el plazo para resolver la concesión de la ayuda (artículo 15.6). 54. Dónde se pueden consultar los plazos del proceso completo? Los plazos pueden consultarse en el Anexo VII de las bases reguladoras, además de en los artículos de las bases reguladoras que en cada caso correspondan. 55. Las ayudas se pagan a la persona joven contratada? No. Las ayudas a la contratación son ayudas que percibe la empresa o entidad para la contratación de personas jóvenes que cumplen los requisitos de las bases reguladoras. La empresa o entidad deberá proceder a formalizar un contrato con la persona joven y abonar las nóminas de acuerdo al salario fijado en el contrato. El contrato será formalizado con la persona joven, quedando en todos sus aspectos (formalización, ejecución y extinción) sometido a la legislación laboral vigente en el momento de la contratación. Del mismo modo, el contrato deberá formalizarse con una persona joven que disponga de la formación y las competencias precisas para el desempeño del puesto de trabajo para el que se solicita la ayuda, y el alta en el régimen de la Seguridad Social deberá realizarse en el grupo de cotización de acuerdo a la categoría profesional requerida para el puesto de trabajo. 56. Los importes de las ayudas actúan como mínimo salarial? No, si bien se deben cumplir los límites regulados en el artículo 10 de las bases reguladoras: o o La ayuda no podrá superar el 80% del coste salarial de la persona joven contratada correspondiente al periodo subvencionado. Esta limitación se refiere a la ayuda total que se puede percibir (máximo de 12 meses en caso de contrato indefinido y máximo de 6 en caso de contrato de duración determinada/temporal) sobre el coste salarial total del periodo subvencionado (máximo de 12 meses en caso de contrato indefinido y máximo de 6 en caso de contrato de duración determinada/temporal). En caso de superar el 80%, la ayuda será denegada. En concurrencia con las bonificaciones o reducciones indicadas en el artículo 9, la suma de la ayuda concedida al amparo de las bases reguladoras y de las citadas bonificaciones o reducciones no podrá superar el coste salarial de la persona joven contratada correspondiente al periodo subvencionado. Ver igualmente la FAQ 55 Las ayudas se pagan a la persona joven? 57. Es preciso solicitar el pago de la ayuda? Sí, la empresa o entidad beneficiaria deberá solicitar formalmente la liquidación en un plazo máximo de QUINCE (15) días naturales una vez finalizados cada uno de los periodos indicados en el apartado 18.2 de las bases reguladoras, junto con la documentación establecida en el apartado Ver FAQ 58 Cuándo se solicita el pago la ayuda? 58. Cuándo se solicita el pago de la ayuda? El artículo 18 regula el procedimiento de liquidación y pago. En concreto, en los apartados 2 y 3 se establece que: La liquidación del pago se realizará en función del tipo de contrato objeto de ayuda: En los contratos de duración determinada (temporal), la liquidación se realizará una vez finalizado el periodo mínimo de permanencia de SEIS (6) meses. En los contratos indefinidos, la primera liquidación se realizará una vez finalizado el periodo mínimo de permanencia de SEIS (6) meses (primera fase), la segunda liquidación una vez finalizado el periodo adicional de TRES (3) meses (segunda fase), y la tercera liquidación una vez finalizado el segundo periodo adicional de TRES (3) meses (tercera fase) La beneficiaria deberá solicitar formalmente la liquidación en un plazo máximo de QUINCE (15) días naturales una vez finalizados cada uno de los periodos indicados en el apartado anterior (18.2), junto con la documentación establecida en el

19 apartado Los ddocumentos TC1 (o recibo de liquidación de cotizaciones) y TC2 referidos al último mes del periodo para el que se solicita la liquidación, en caso de no poder presentarse en el plazo de QUINCE (15) días naturales, deberán presentarse dentro de los CUARENTA (40) días naturales siguientes a la fecha de finalización del citado periodo para el que se solicita la liquidación. El resto de la documentación indicada en el apartado 18.8, incluida la relativa a los documentos TC1 (o recibo de liquidación de cotizaciones) y TC2 del resto de los meses, deberá presentarse en el plazo establecido de QUINCE (15) días naturales. En caso de no cumplir estos plazos por parte de la beneficiaria, esta perderá el derecho a percibir el importe correspondiente al periodo por el que solicita la ayuda, y deberá proceder a su reintegro en caso de haber percibido la ayuda. En el caso de contratos indefinidos, la beneficiaria perderá no solo el derecho a percibir el importe correspondiente al periodo (fase) por el que solicita la ayuda, sino también de los periodos (fases) posteriores, si los hubiere. 59. Qué documentación hay que presentar para solicitar el pago de la ayuda? El pago de la ayuda previamente concedida se debe solicitar en el plazo establecido en el artículo 18 de las bases reguladoras (ver FAQ 58 Cuándo se solicita el pago de la ayuda?), junto con la documentación regulada en el mismo artículo: Copia del poder notarial que acredite la designación de la persona para representar a la beneficiaria en la presentación de la carta de pago, en caso de diferir de la persona representante que inició la solicitud, y copia de su DNI o del documento que en su caso lo sustituya reglamentariamente. En el caso de contratos indefinidos, se precisa su presentación únicamente en la primera solicitud de pago correspondiente al periodo mínimo de permanencia inicial SEIS (6) meses (primera fase). Copia del certificado de titularidad de la cuenta bancaria de la beneficiaria, que deberá estar domiciliada en CaixaBank. En el caso de contratos indefinidos, se precisa su presentación únicamente en la primera solicitud de pago correspondiente al periodo mínimo de permanencia inicial SEIS (6) meses (primera fase), salvo cambios de cuenta bancaria. Copia de la certificación positiva de la beneficiaria, expedida por la Administración Tributaria competente, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, de fecha inmediatamente anterior a la solicitud formal de pago. Copia de la certificación positiva de la beneficiaria, expedida por la Administración de la Seguridad Social, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social, de fecha inmediatamente anterior a la solicitud formal de pago. Copia del certificado, o el documento, expedido y sellado por la Administración de la Seguridad Social que incluya la relación de todos los códigos de cuenta de cotización asociados al número de identificación fiscal de la beneficiaria. En el caso de contratos indefinidos, se precisa su presentación únicamente en la primera solicitud de pago correspondiente al periodo mínimo de permanencia inicial SEIS (6) meses (primera fase). Copia del informe de vida laboral de todos los códigos de cuenta de cotización de la beneficiaria (un informe por código de cuenta de cotización), expedido por la Administración de la Seguridad Social, del periodo comprendido entre la fecha de formalización del contrato (en caso de sustituciones autorizadas en las fases trimestrales de los contratos indefinidos, se refiere a la fecha de formalización del primer contrato) y la de finalización del periodo por el que se solicita el pago. Copia del informe de plantilla media de trabajadores en situación de alta de todos los códigos de cuenta de cotización de la beneficiaria (un informe por código de cuenta de cotización), expedido por la Administración de la Seguridad Social, del periodo comprendido entre la fecha de formalización del contrato (en caso de sustituciones autorizadas en las fases trimestrales de los contratos indefinidos, se refiere a la fecha de formalización del primer contrato) y la de finalización del periodo por el que se solicita el pago. Declaración responsable de la plantilla de la empresa o entidad, conforme al modelo normalizado incluido en el anexo V de las bases reguladoras. Declaración responsable de la empresa o entidad beneficiaria relativa a situaciones de la persona joven contratada que constituyen gastos no elegibles correspondientes al periodo de liquidación solicitado, conforme al modelo normalizado incluido en el anexo VI de las bases reguladoras. En el caso de contratos indefinidos en los que se hayan producido sustituciones durante el periodo de liquidación, una vez transcurrido el periodo mínimo de permanencia, se deberá presentar esta declaración de cada una de las personas jóvenes que hayan trabajado en el periodo objeto de liquidación. Copia del informe de datos de cotización del trabajador por cuenta ajena de la persona joven trabajadora, expedido por la Administración de la Seguridad Social, correspondiente al periodo para el que se solicita la liquidación. En el caso de contratos indefinidos en los que se hayan producido sustituciones durante el periodo de liquidación, una vez transcurrido el periodo mínimo de permanencia, se deberá presentar este informe de cada una de las personas jóvenes que hayan trabajado en el periodo objeto de liquidación. Copia de los documentos TC1 o recibos de liquidación de cotizaciones, de los TC2 y de las nóminas, así como de la acreditación de los pagos de las nóminas y de las cotizaciones relativos a la persona joven trabajadora, y correspondientes al periodo para el que se solicita la liquidación. En el caso de contratos indefinidos en los que se hayan producido sustituciones durante el periodo de liquidación, se deberá presentar esta documentación de cada una de las personas jóvenes que hayan trabajado en el periodo objeto de liquidación. Los documentos TC1 (o recibo de liquidación de cotizaciones) y TC2 referidos al último mes del periodo para el que se solicita la liquidación, en caso de no poder presentarse en el plazo de QUINCE (15) días naturales, deberán presentarse dentro de los CUARENTA (40) días naturales siguientes a la fecha de finalización del citado periodo para el que se solicita la liquidación. Las nóminas de la persona joven trabajadora correspondientes al periodo subvencionado deberán incluir una referencia que indique expresamente que el coste salarial de la nómina está cofinanciado por el Fondo Social Europeo y por la Fundación Bancaria la Caixa. Breve descripción de cómo se contabilizará el ingreso de la ayuda por parte de la beneficiaria, incluyendo información del asiento contable o del procedimiento que acredite su contabilización en el momento de percibir la subvención según el régimen fiscal de la beneficiaria. Se requiere esta descripción a efectos de la justificación del mantenimiento de un sistema

20 de contabilidad diferenciado para todas las transacciones relacionadas con las actuaciones objeto de ayuda, contando, al menos, con una codificación contable adecuada que permita identificar claramente dichas transacciones y su trazabilidad. En el caso de contratos indefinidos, se precisa su presentación únicamente en la primera solicitud de pago correspondiente al periodo mínimo de permanencia inicial SEIS (6) meses (primera fase). En caso de que esta descripción no fuera suficiente a efectos de verificar este extremo por parte de la Fundación Bancaria la Caixa, se requerirá a la beneficiaria el soporte documental adicional necesario para proceder a su verificación. Breve descripción de cómo se custodian los documentos justificativos de los gastos financiados con la presente ayuda, incluidos los documentos electrónicos, y de cómo se garantizará dicha custodia durante el periodo de DIEZ (10) años fiscales a partir de la fecha de concesión de la ayuda, según establece el Reglamento (UE) nº 1407/2013, en su artículo 6.4. En el caso de contratos indefinidos, se precisa su presentación únicamente en la primera solicitud de pago correspondiente al periodo mínimo de permanencia inicial SEIS (6) meses (primera fase). 60. Cuándo se paga la ayuda? El artículo 18 de las bases reguladoras, que regula el procedimiento de liquidación y pago, establece en los apartados 9 a 12 lo siguiente: Recibidos y validados los documentos que acreditan el derecho al cobro de la ayuda concedida y comprobado el cumplimiento de las obligaciones impuestas a la beneficiaria, la Fundación Bancaria la Caixa practicará la liquidación que corresponda en la cuenta indicada por la beneficiaria o procederá a la denegación de la solicitud en el plazo de DOS (2) meses desde la recepción de la solicitud de liquidación. En caso de realizarse sustituciones al amparo del artículo 17 de las bases reguladoras, la liquidación quedará paralizada hasta aprobarse la sustitución por parte de la Fundación Bancaria la Caixa y verificarse que la suma del periodo de tiempo trabajado de la persona joven sustituida y la sustituta es igual al periodo para el que se solicita el cobro de la ayuda. En el supuesto de que la solicitud de liquidación o la documentación presentada contenga errores o sea insuficiente, y siempre que no se incurra en un supuesto de incumplimiento de requisitos, obligaciones y condiciones establecidas en las bases reguladoras y en la convocatoria de ayudas, en cuyo caso se procederá a la denegación de la liquidación, se requerirá a la beneficiaria para que, en un plazo de DIEZ (10) días naturales a partir de la fecha de comunicación del requerimiento a través del portal web del Programa la Caixa Empleo Joven y del correo electrónico indicado por la beneficiaria, enmiende la falta o presente los documentos preceptivos mediante el procedimiento establecido en la notificación, con indicación de que, si así no lo hiciera, se considerará que desiste de su solicitud de liquidación de la ayuda. Durante el plazo transcurrido para la subsanación de la solicitud, quedará suspendido el plazo de DOS (2) meses para practicar o denegar la liquidación Adicionalmente, se comprobarán los datos consignados inicialmente por parte de la beneficiaria y relativos a la persona joven contratada. Si existiera discordancia entre los datos consignados en la solicitud y la documentación remitida para solicitar el pago de la ayuda y regulada en este artículo, la Fundación Bancaria la Caixa procederá a requerir la correspondiente justificación y/o rectificación a la beneficiaria, pudiendo dar lugar a la pérdida total del derecho a la subvención otorgada No podrá realizarse el pago de la subvención en tanto la beneficiaria no esté al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, tenga pendiente de pago alguna otra deuda con la Administración Pública o CaixaBank, o sea deudora en virtud de resolución firme declarativa de procedencia de reintegro La beneficiaria podrá formular alegaciones en el plazo de DIEZ (10) días naturales a partir de la fecha de comunicación de la resolución de liquidación mediante el procedimiento establecido en la notificación. Para la resolución de las alegaciones formuladas, la Fundación Bancaria la Caixa dispondrá de DIEZ (10) días naturales desde la recepción de las mismas. 61. Se puede solicitar un abono mensual de la cuantía de la ayuda? No. El procedimiento de pago de la ayuda es el que está regulado en el artículo 18 de las bases reguladoras. Ver FAQ 58 Cuándo se solicita el pago de la ayuda? y 60 Cuándo se paga la ayuda? 62. Se recibe la cuantía íntegra de la ayuda o actúa como máximo y, por tanto, se obtiene un importe diferente según el caso? No podrán otorgarse ayudas por importes ni superiores ni diferentes a los determinados en las bases reguladoras (ver FAQ 32 De qué importe son las ayudas?), salvo en las causas previstas en las bases reguladoras en el artículo 18, apartados 4 y 5, en cuyo caso el importe a percibir será inferior: A efectos de derecho al cobro de la ayuda en las bajas definitivas durante las fases trimestrales de los contratos indefinidos, no se computarán los periodos transcurridos entre la fecha de baja de los trabajadores titulares y la fecha de alta de los trabajadores sustitutos por no existir, en esos periodos, relación laboral con la beneficiaria A efectos de derecho al cobro de la ayuda, no se computarán los días transcurridos durante los periodos de baja por incapacidad temporal, las ausencias, los permisos de maternidad o paternidad, o las causas reguladas en el artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores de la persona joven trabajadora.

21 63. Qué ocurrirá si se produjeran o se detectasen incumplimiento de requisitos, obligaciones o condiciones establecidas en las bases reguladoras y en la convocatoria de ayudas en cualquier momento posterior al pago de la ayuda? Si la Fundación Bancaria la Caixa estimase la existencia de incumplimiento de requisitos, obligaciones o condiciones establecidas en las bases reguladoras y en la convocatoria de ayudas, en cualquier momento posterior al pago de la ayuda, dará lugar a la pérdida total del derecho a la subvención otorgada y a la exigencia del reintegro total de las cantidades percibidas en tal concepto. En el artículo 19 de las bases reguladoras se describen los incumplimientos y el procedimiento de reintegro. 64. Si se concede la ayuda, es preciso comunicárselo al servicio público de empleo para que conste en el contrato de trabajo? No. Los modelos de contratos que pone a disposición el Servicio Público de Empleo Estatal establecen que los contratos podrán ser cofinanciados por el Fondo Social Europeo. 65. Si se concede la ayuda, es preciso comunicárselo a algún otro organismo? Solo en caso de que otros organismos requieran su comunicación en el marco de actuaciones que estén desarrollando con aquellos. 66. Se van a abrir nuevas convocatorias? Dependerá de si en esta primera convocatoria se agota el crédito disponible. 67. Qué son las ayudas minimis? El régimen de minimis está recogido en el artículo 10 de las bases reguladoras de las ayudas: Las ayudas contempladas en la presente convocatoria para la contratación de personas jóvenes están sujetas a la regla de minimis establecida en el Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión de 18 de diciembre de 2013 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis El importe total de las ayudas de minimis concedidas a una única empresa no excederá de durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales. En caso de que la empresa realice por cuenta ajena operaciones de transporte de mercancías por carretera no excederá de durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales Si una empresa realiza por cuenta ajena operaciones de transporte de mercancías por carretera y también otras actividades a las que se aplica el límite máximo de , la empresa quedará sujeta a dicho límite máximo siempre y cuando se garantice, a través de medios adecuados como la separación de actividades o la distinción de costes, que la parte de las ayudas que beneficia a la actividad de transporte de mercancías por carretera no excede de y que ninguna ayuda de minimis se utiliza para la adquisición de vehículos de transporte de mercancías por carretera Las ayudas de minimis se considerarán concedidas en el momento en que se reconozca a la empresa el derecho legal a recibir la ayuda en virtud del régimen jurídico nacional aplicable, con independencia de la fecha de pago de la ayuda de minimis a 10.la empresa. 5. Los límites máximos establecidos se aplicarán cualquiera que sea la forma de la ayuda de minimis o el objetivo perseguido y con independencia de que la ayuda concedida esté financiada total o parcialmente mediante recursos de la Unión Europea. El período de tres ejercicios fiscales se determinará tomando como referencia los ejercicios fiscales utilizados por la empresa. La solicitante de la ayuda deberá declarar sobre estas ayudas de minimis recibidas en el ejercicio fiscal correspondiente y durante los dos ejercicios fiscales anteriores, con objeto de probar que la nueva ayuda de minimis no supera el límite máximo establecido en el Reglamento (UE). Por lo tanto, en el Anexo I de las bases reguladoras, que se debe presentar junto con la solicitud de la ayuda, se debe indicar si se han solicitado y/u obtenido subvenciones o ayudas sometidas al régimen de minimis de cualquier naturaleza o forma y finalidad en los últimos tres ejercicios fiscales A efectos del régimen de minimis, debe entenderse por: Empresa a cualquier entidad que ejerza una actividad económica, con independencia de su naturaleza jurídica y de su modo de financiación. Única empresa a la que incluye todas las sociedades que tengan al menos uno de los siguientes vínculos entre sí: a) una empresa posee la mayoría de los derechos de voto de los accionistas o socios de otra empresa; b) una empresa tiene derecho a nombrar o revocar a la mayoría de los miembros del órgano de administración, dirección o control de otra sociedad; c) una empresa tiene derecho a ejercer una influencia dominante sobre otra, en virtud de un contrato celebrado con ella o una cláusula estatutaria de la segunda empresa; d) una empresa, accionista o asociada a otra, controla sola, en virtud de un acuerdo celebrado con otros accionistas o socios de la segunda, la mayoría de los derechos de voto de sus accionistas.

22 Las empresas que mantengan cualquiera de las relaciones contempladas en las letras a) a d) a través de otra u otras empresas también se considerarán una única empresa Por tratarse de ayudas sometidas al régimen de ayudas de minimis, no podrán concederse: a) Ayudas a las empresas que operan en los sectores de la pesca y la acuicultura, regulados por el Reglamento (CE) nº 104/2000 del Consejo. b) Ayudas a las empresas dedicadas a la producción primaria de productos agrícolas. Si una empresa opera en los sectores contemplados en este apartado y también en uno o más sectores o desarrolla otras actividades incluidos en el ámbito de aplicación del Reglamento (UE) nº 1407/2013, este se aplicará a las ayudas concedidas en relación con esos sectores o actividades, a condición de que se trate garantice por medios apropiados, como la separación de actividades o la distinción de costes, que las actividades de los sectores excluidos del ámbito de aplicación del Reglamento no se benefician de las ayudas de minimis concedidas con arreglo al presente Reglamento. 68. Qué significa el concepto de única empresa a efectos de la declaración de las ayudas minimis? Se entiende por única empresa la definición recogida en el artículo 1.2 del Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión de 18 de diciembre de 2013 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis. Por tanto, se deberán computar todas las subvenciones o ayudas sometidas al régimen de minimis de cualquier naturaleza o forma y finalidad concedidas a la empresa entendida como única empresa, es decir, las recibidas en conjunto por todas las sociedades que tengan al menos uno de los siguientes vínculos entre sí: a) una empresa posee la mayoría de los derechos de voto de los accionistas o socios de otra empresa; b) una empresa tiene derecho a nombrar o revocar a la mayoría de los miembros del órgano de administración, dirección o control de otra sociedad; c) una empresa tiene derecho a ejercer una influencia dominante sobre otra, en virtud de un contrato celebrado con ella o una cláusula estatutaria de la segunda empresa; d) una empresa, accionista o asociada a otra, controla sola, en virtud de un acuerdo celebrado con otros accionistas o socios de la segunda, la mayoría de los derechos de voto de sus accionistas. Las empresas que mantengan cualquiera de las relaciones contempladas en las letras a) a d) a través de otra u otras empresas también se considerarán una única empresa. 69. Cómo se deben declarar las ayudas minimis recibidas por la empresa, empresario(a) autónomo(a) o entidad para poder solicitar las ayudas a la contratación? La empresa, empresario(a) autónomo(a) o entidad solicitante debe indicar en la declaración de la empresa o entidad (Anexo I de las bases reguladoras) que, en relación con otras subvenciones o ayudas sometidas al régimen de minimis de cualquier naturaleza o forma y finalidad recibidas por la empresa, entendiendo por empresa la definición de única empresa del artículo 1.2 del Reglamento (UE) nº 1407/2013 (ver FAQ 68 Qué significa única empresa a efectos de la declaración de las ayudas minimis?): No ha solicitado ni obtenido subvenciones o ayudas sometidas al régimen de minimis de cualquier naturaleza o forma y finalidad en los últimos tres ejercicios fiscales como única empresa, en los términos establecidos en el artículo 2 del Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión de 18 de diciembre de 2013 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis. Ha solicitado y/u obtenido las siguientes subvenciones o ayudas sometidas al régimen de minimis de cualquier naturaleza o forma y finalidad en los últimos tres ejercicios fiscales como única empresa, en los términos establecidos en el artículo 2 del Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión de 18 de diciembre de 2013 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis, y cumplimentar el cuadro siguiente recogido en el Anexo I: Organismo concedente Finalidad de la ayuda Fecha de solicitud Fecha de concesión (en su caso) Importe ( )

23 70. Estas ayudas son compatibles con otras? Las ayudas establecidas en las bases reguladoras SOLO son compatibles con las bonificaciones o las reducciones en las cuotas a la Seguridad Social que pudieran corresponder según la legislación vigente y dentro de los límites de dicha normativa en relación con la acumulación y la compatibilidad de ayudas (artículo 9 de las bases reguladoras), y en relación con el mismo contrato y mismo periodo objeto de la subvención. 71. Estas ayudas son compatibles con bonificaciones o las reducciones en las cuotas a la Seguridad Social? Sí. Ver FAQ 70 Estas ayudas son compatibles con otras? 72. La empresa o entidad solicitante debe respetar algún límite en relación con las bonificaciones o las reducciones en las cuotas a la Seguridad Social? En concurrencia con las bonificaciones o reducciones en las cuotas a la Seguridad Social, la suma de la ayuda concedida al amparo de las bases reguladoras y de las citadas bonificaciones o reducciones no podrá superar el 100% del coste salarial de la persona joven contratada correspondiente al periodo subvencionado. Ver FAQ 92 Qué es el coste salarial? y FAQ 93 Qué significa que la ayuda no puede superar el 80% del coste salarial? 73. La empresa o entidad solicitante debe o puede estar percibiendo las bonificaciones o incentivos en el marco de Garantía Juvenil? No en relación con el mismo contrato y mismo periodo objeto de la subvención, salvo las bonificaciones o las reducciones en las cuotas a la Seguridad Social que pudieran corresponder según la legislación vigente y dentro de los límites de dicha normativa en relación con la acumulación y la compatibilidad de ayudas (artículo 9 de las bases reguladoras). Ver FAQ 70 Estas ayudas son compatibles con otras? 74. Si la empresa o entidad solicitante recibe ayudas procedentes de otras entidades u organismos, se pueden solicitar estas ayudas? No en relación con el mismo contrato y mismo periodo objeto de la subvención, salvo las bonificaciones o las reducciones en las cuotas a la Seguridad Social que pudieran corresponder según la legislación vigente y dentro de los límites de dicha normativa en relación con la acumulación y la compatibilidad de ayudas (artículo 9 de las bases reguladoras). Ver FAQ 70 Estas ayudas son compatibles con otras? 75. Si la empresa o entidad solicitante recibe ayudas para cubrir gastos empresariales concedidas por otras entidades u organismos no relacionadas directamente con el contrato, se pueden solicitar las ayudas de la Fundación Bancaria la Caixa? Se pueden solicitar estas ayudas, siempre que la ayuda para cubrir los gastos empresariales no proceda de la contratación sujeta a las ayudas de la Fundación Bancaria la Caixa. Ver FAQ 70 Estas ayudas son compatibles con otras? 76. La empresa o entidad solicitante puede solicitar esta ayuda y al mismo tiempo utilizar el mismo contrato para solicitar otro tipo de ayuda? No. Cuando la empresa o entidad solicite la ayuda se debe firmar una declaración responsable (Anexo I de las bases reguladoras) en el que declara, entre otros, 21. Que por la contratación para la que se solicita la ayuda no se reciben otras ayudas que, por los mismos conceptos y finalidad, otorguen las administraciones públicas u otras entidades públicas o privadas. En caso de que la empresa o entidad esté en un proceso de solicitud de una ayuda procedente de otro organismo para la misma contratación y se le conceda con posterioridad a la solicitud de la ayuda de la Fundación Bancaria la Caixa, entraría en una incompatibilidad salvo que se trate de bonificaciones o las reducciones en las cuotas a la Seguridad Social que pudieran corresponder según la legislación vigente y dentro de los límites de dicha normativa en relación con la acumulación y la compatibilidad de ayudas. La empresa o entidad deberá comunicar a la Fundación Bancaria la Caixa esta situación de incompatibilidad sobrevenida con posterioridad a la solicitud para cumplir con el extremo incluido en la declaración 27. Que se compromete a comunicar a la Fundación Bancaria la Caixa cualquier incidencia y/o variación que se produzca en relación con las citadas ayudas para que la Fundación pueda proceder a denegar la ayuda. O bien la empresa o entidad puede renunciar a la ayuda procedente del otro organismo, comunicándoselo igualmente a la Fundación Bancaria la Caixa. Estas comunicaciones

24 deberán realizarse a través del correo electrónico: infolacaixaempleojoven@fundacionlacaixa.org / infolacaixafeinajove@fundaciolacaixa.org. 77. Qué ocurre si la empresa se ha beneficiado de una ayuda a la contratación durante el último año? El contrato que se debe presentar para la solicitud de la ayuda debe formalizarse a partir del 7 de marzo de Si la ayuda recibida por la empresa o entidad durante el último año no está relacionada con el nuevo contrato, no entraría en incompatibilidad. Tampoco entran en incompatibilidad en relación con el mismo contrato las bonificaciones o las reducciones en las cuotas a la Seguridad Social que pudieran corresponder según la legislación vigente y dentro de los límites de dicha normativa en relación con la acumulación y la compatibilidad de ayudas (artículo 9 de las bases reguladoras). Ver FAQ 70 Estas ayudas son compatibles con otras? 78. Los incentivos fiscales de un contrato indefinido de apoyo a los emprendedores son compatibles con estas ayudas? No. Los incentivos fiscales del contrato indefinido de apoyo a los emprendedores son incompatibles con las presentes ayudas al derivar de la propia contratación. Si la empresa o entidad accede a estos incentivos fiscales, la ayuda será denegada. Ver FAQ 70 Estas ayudas son compatibles con otras?

25 SOBRE LOS CONTRATOS 79. Qué tipo de contratos son subvencionables? Según establece el artículo 11 de las bases reguladoras, son contratos subvencionables los siguientes: 1. Son subvencionables aquellos contratos que se ajusten a las previsiones del Estatuto de los Trabajadores, al convenio colectivo y/o a su normativa específica de aplicación y que reúnan, en todo caso, los siguientes requisitos: a) Ser contratos de duración determinada (temporales), a tiempo completo, con un periodo mínimo de permanencia de SEIS (6) meses. b) Ser contratos indefinidos, a tiempo completo, con un periodo mínimo de permanencia de SEIS (6) meses. 2. El contrato será formalizado con la persona joven, quedando en todos sus aspectos (formalización, ejecución y extinción) sometido a la legislación laboral vigente en el momento de la contratación. Igualmente, el contrato deberá formalizarse con una persona joven que disponga de la formación y las competencias precisas para el desempeño del puesto de trabajo para el que se solicita la ayuda, y el alta en el régimen de la Seguridad Social deberá realizarse en el grupo de cotización de acuerdo a la categoría profesional requerida para el puesto de trabajo. 3. El contrato deberá estar formalizado en el modelo establecido al efecto por el Servicio Público de Empleo y debidamente comunicado a este. 4. En el caso de personas jóvenes trabajadoras con especiales dificultades para su inserción laboral, es decir, con discapacidad severa (ver definición del artículo 6.6 o FAQ 25 Qué significa tener una discapacidad severa?), se exceptúa el requisito de jornada completa, admitiéndose jornadas parciales de al menos el 50% de la jornada a tiempo completo establecida en el convenio colectivo de aplicación o, en su defecto, de la jornada máxima legal. 5. No tendrán la consideración de contratos subvencionables los siguientes: contrato para la formación y el aprendizaje, contrato en prácticas, contrato de interinidad, contrato fijo discontinuo y contrato de puesta a disposición. 80. Qué tipo de contratos están excluidos? Están excluidos los siguientes contratos: contrato para la formación y el aprendizaje, contrato en prácticas, contrato de interinidad, contrato fijo discontinuo y contrato de puesta a disposición. Igualmente, están excluidos los contratos a tiempo parcial, incluidos aquellos con vinculación formativa, salvo para el caso de personas con discapacidad severa (ver FAQ 25 Qué significa tener una discapacidad severa? y 79 Qué tipo de contratos son subvencionables?) 81. Qué códigos de contratos son subvencionables? Son subvencionables los siguientes códigos de contratos y siempre que no se trate de un contrato excluido de las presentes bases, tal y como establece el artículo 11 de las bases y la FAQ 80 Qué tipo de contratos están excluidos? Como ejemplo se cita el contrato 450 dirigido a personas trabajadoras en situación de exclusión social, entre otras, y que puede formalizarse, a su vez, bajo cualquier tipo de contrato, como un contrato de interinidad, formación y aprendizaje, etc. En este caso no sería admisible. En la tabla que se adjunta se diferencian los contratos destinados exclusivamente a personas con discapacidad severa (ver FAQ 25 Qué significa tener una discapacidad severa?): INDEFINIDOS TIEMPO COMPLETO (PARA PERSONAS JÓVENES CON Y SIN DISCAPACIDAD DE CUALQUIER TIPOLOGÍA) 100 Indefinido Tiempo completo Ordinario 109 Indefinido Tiempo completo Fomento contratación indefinida 130 Indefinido Tiempo completo Personas con discapacidad 139 Indefinido Tiempo completo Personas con discapacidad 150 Indefinido Tiempo completo Fomento contratación indefinida 189 Indefinido Tiempo completo INDEFINIDOS TIEMPO PARCIAL (SOLO PARA PERSONAS JÓVENES CON DISCAPACIDAD SEVERA) 200 Indefinido Tiempo parcial Ordinario 230 Indefinido Tiempo parcial Personas con discapacidad 239 Indefinido Tiempo parcial Personas con discapacidad 250 Indefinido Tiempo parcial Fomento contratación indefinida TEMPORALES/DURACIÓN DETERMINADA TIEMPO COMPLETO (PARA PERSONAS JÓVENES CON Y SIN DISCAPACIDAD DE CUALQUIER TIPOLOGÍA) 401 Duración determinada Tiempo completo Obra o servicio determinado 402 Duración determinada Tiempo completo Eventual circunstancias de la producción

26 403 Duración determinada Tiempo completo Inserción 430 Temporal Tiempo completo Personas con discapacidad 441 Temporal Tiempo completo Relevo 450 Temporal Tiempo completo Fomento contratación indefinida 452 Temporal Tiempo completo Empresas de inserción TEMPORALES/DURACIÓN DETERMINADA TIEMPO PARCIAL (SOLO PARA PERSONAS JÓVENES CON DISCAPACIDAD SEVERA) 501 Duración determinada Tiempo parcial Obra o servicio determinado 502 Duración determinada Tiempo parcial Eventual circunstancias de la producción 530 Temporal Tiempo parcial Personas con discapacidad 541 Temporal Tiempo parcial Relevo 82. Es válido un contrato indefinido de apoyo a los emprendedores? Este contrato se encuadra en un contrato con código 100 en caso de no tener bonificación y con código 150 en caso de tener bonificación. Por tanto, se encuadra dentro de los códigos de contratos incluidos en el marco de las presentes ayudas (ver FAQ 81 Qué códigos de contratos están incluidos?). La única limitación es la no compatibilidad con los incentivos fiscales derivados de este contrato (ver FAQ 78 Los incentivos fiscales derivados de un contrato indefinido de apoyo a los emprendedores son compatibles con estas ayudas?). Si la empresa o entidad solicitante accede a estos incentivos fiscales, la ayuda será denegada. 83. Cuándo debe formalizarse el contrato? El contrato debe formalizarse entre el 7 de marzo y el 31 de julio de Adicionalmente, las solicitudes de ayuda deberán tramitarse en el plazo máximo de DOS (2) meses a partir de la fecha de inicio de contrato y dentro del plazo establecido en la convocatoria para la presentación de solicitudes (7 de marzo de 2017 a 31 de julio de 2017 a las 19:00 horas). Antes de la formalización del contrato, la persona joven debe estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil (ver FAQ 16 La persona joven debe estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil?) 84. Bajo qué modelo debe formalizarse el contrato? El contrato debe formalizarse en el modelo establecido al efecto por el Servicio Público de Empleo y ser debidamente comunicado a este. Se pueden consultar los modelos de contratos en el siguiente enlace: El contrato debe comunicarse al Servicio Público de Empleo? Sí, el contrato debe comunicarse al Servicio Público de Empleo: o En caso de no utilizar medios telemáticos para la comunicación reglamentaria del contrato de trabajo, según lo establecido en el Real Decreto 1424/2002, de 27 de diciembre, por el que se regula la comunicación del contenido de los contratos de trabajo y de sus copias básicas a los Servicios Públicos de Empleo, y el uso de medios telemáticos en relación con aquélla, se deberá presentar con la solicitud la copia del contrato de trabajo compulsado por el Servicio Público de Empleo. o En caso de utilizar medios telemáticos para la comunicación reglamentaria del contrato de trabajo, se deberá presentar con la solicitud la copia del contrato de trabajo y copia de la comunicación del contrato al Servicio Público de Empleo, a través de la plataforma del Servicio Público de Empleo correspondiente. 86. Qué ocurre si el contrato se ha formalizado antes del 7 de marzo de 2017? Todo contrato formalizado con anterioridad a la fecha de inicio de la convocatoria (7 de marzo de 2017) no podrá ser objeto de la ayuda. El contrato objeto de la ayuda debe formalizarse entre el 7 de marzo y el 31 de julio de 2017 y la solicitud de ayuda deberá tramitarse en el plazo máximo de DOS (2) meses a partir de la fecha de inicio de contrato con la persona joven y dentro del plazo establecido en la convocatoria para la presentación de solicitudes (7 de marzo de 2017 a 31 de julio de 2017 a las 19:00 horas). De forma previa a la formalización del contrato, la persona joven debe estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil (ver FAQ 16 La persona joven debe estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil?). 87. Se puede contratar a una persona joven que ha trabajado previamente en la misma empresa, grupo de empresas o entidad? Tal y como se prevé en el artículo 5, apartados 6 y 7 -exclusiones- de las bases reguladoras, no se puede contratar a una persona joven que ha trabajado previamente para la misma empresa, grupo de empresas (en aplicación de lo dispuesto en el artículo 42 del Código de Comercio) o entidad, si lo han hecho en los periodos y con los contratos indicados a continuación:

27 Las contrataciones de personas jóvenes trabajadoras que hubiesen prestado servicios para la misma empresa, grupo de empresas (en aplicación de lo dispuesto en el artículo 42 del Código de Comercio) o entidad, en los doce meses anteriores a la fecha de la contratación, mediante un contrato por tiempo indefinido. Las contrataciones de personas jóvenes trabajadoras que hubiesen prestado servicios mediante un contrato de carácter no indefinido en los seis meses anteriores a la fecha de la contratación para la misma empresa, grupo de empresas (en aplicación de lo dispuesto en el artículo 42 del Código de Comercio) o entidad, incluyendo aquellas que trabajaron a través de contratos a puesta de disposición de la empresa, grupo de empresas o entidad a través de una ETT, así como a las personas trabajadoras autónomas económicamente dependientes de la citada empresa, grupo de empresas o entidad, a no ser que la contratación para la que se solicita la ayuda sujeta a las bases reguladoras sea de carácter indefinido. Existe, por tanto, una salvedad: sí se puede contratar a una persona joven que haya prestado servicios mediante un contrato de carácter no indefinido en los seis meses anteriores a la fecha de la contratación para la misma empresa, grupo de empresas o entidad si la nueva contratación objeto de ayuda es de carácter indefinido y se cumplen, al menos, los siguientes requisitos: La persona joven debe estar inscrita en Garantía Juvenil antes de formalizar el contrato de trabajo objeto de la ayuda, que deberá celebrarse entre el 7 de marzo y el 31 de julio de 2017 (ver FAQ 13 La persona joven debe estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil?). El contrato no indefinido formalizado con la persona joven debe llegar a su vencimiento en los seis meses anteriores antes de la formalización del contrato sujeto a la ayuda, de acuerdo a la legislación vigente. La rescisión anticipada del contrato no indefinido dará lugar a la denegación de la ayuda. La nueva contratación sujeta a la ayuda debe representar un incremento neto de la plantilla en comparación con la plantilla media de las personas trabajadoras en situación de alta de todos los códigos de cuenta de cotización de la solicitante en los treinta días naturales anteriores a la celebración de la contratación por la que se solicita la ayuda (ver FAQ 95 Cómo se mide el incremento neto de plantilla?). 88. Se puede solicitar la ayuda y posteriormente formalizar el contrato con la persona joven? No. El contrato se debe formalizar previamente a la solicitud de la ayuda. En el momento de solicitar la ayuda debe presentarse el contrato formalizado y la persona joven contratada debe estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil de forma previa a la formalización de dicho contrato (ver FAQ 13 La persona joven debe estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil?). El contrato debe formalizarse entre el 7 de marzo y el 31 de julio de La empresa o entidad deberá tramitar la solicitud de la ayuda en el plazo máximo de DOS (2) meses a partir de la fecha de inicio de contrato, y siempre dentro del plazo establecido en la convocatoria para la presentación de solicitudes (7 de marzo de 2017 a 31 de julio de 2017 a las 19:00 horas). 89. Se admiten jornadas parciales? No, las contrataciones deben ser a jornada completa con una salvedad: la persona joven con especiales dificultades para su inserción laboral, es decir, que tenga discapacidad severa (ver definición del artículo 6.6 o FAQ 26 Qué significa tener una discapacidad severa?), podrá ser contratada a jornada parcial de al menos el 50% de la jornada a tiempo completo establecida en el convenio colectivo de aplicación o, en su defecto, de la jornada máxima legal. En el caso de personas jóvenes trabajadoras con especiales dificultades para su inserción laboral, es decir, con discapacidad severa, se exceptúa el requisito de jornada completa, admitiéndose jornadas parciales de al menos el 50% de la jornada a tiempo completo establecida en el convenio colectivo de aplicación o, en su defecto, de la jornada máxima legal. 90. La empresa o entidad cómo podrá determinar si el contrato formalizado es a tiempo completo? La empresa o entidad solicitante indicará la jornada de trabajo en el contrato de trabajo, que tendrá asociado un determinado código de contrato en virtud, entre otros, de la citada jornada. Los códigos de los contratos a jornada completa que son subvencionables están indicados en la FAQ 81 Qué códigos de contratos son subvencionables? 91. Tiene algún tratamiento diferenciado contratar a jóvenes con discapacidad severa? Las personas jóvenes con especiales dificultades para su inserción laboral, es decir, con discapacidad severa (ver definición del artículo 6.6 o FAQ 25 Qué significa tener una discapacidad severa?), podrán ser contratadas a jornada parcial de al menos el 50% de la jornada a tiempo completo establecida en el convenio colectivo de aplicación o, en su defecto, de la jornada máxima legal, a diferencia de las personas jóvenes que no tengan discapacidad severa, cuya jornada debe ser a tiempo completo. La ayuda a percibir por la empresa o entidad beneficiaria en este caso se minora en un 50% respecto de las indicadas en el artículo 12 apartados 1 y 2. Ver FAQ 32 De qué importe son las ayudas? 92. Qué es el coste salarial? El coste salarial está regulado en el artículo 6.2 de las bases reguladoras.

28 Es el importe total que debe pagar la empresa o entidad beneficiaria de la ayuda en relación con el contrato correspondiente al periodo subvencionado. Dicho importe comprenderá los siguientes gastos elegibles y, por lo tanto, no comprenderá los gastos indicados en gastos no elegibles: Gastos elegibles Retribuciones brutas. Percepciones extrasalariales de transporte relacionadas directamente con el puesto de trabajo. Cotizaciones sociales e impuestos a cargo del trabajador y la Seguridad Social a cargo de la empresa. Vacaciones. Días de libre disposición. Gastos no elegibles Ausencias o incapacidades temporales. Permisos de maternidad / paternidad. Situaciones contempladas en el art del Estatuto de los Trabajadores: licencias de matrimonio, nacimiento de hijo, accidente o enfermedad grave, hospitalización, intervención quirúrgica sin hospitalización, traslado de domicilio, realización de funciones sindicales, exámenes prenatales y deberes inexcusables de carácter público y personal. Prestaciones en especie. 93. Qué significa que la ayuda no puede superar el 80% del coste salarial? Significa que el resultado de multiplicar el 80% por el coste salarial (ver FAQ 92 Qué es el coste salarial?) que tiene la empresa o entidad por el contrato formalizado objeto de la subvención debe ser superior al importe de las ayudas de la Fundación Bancaria la Caixa (es decir, si es contrato indefinido o si es contrato temporal) El cálculo debe realizarse en función de la ayudas solicitadas: el coste salarial total del periodo subvencionado (máximo de 12 meses en caso de indefinido o máximo de 6 meses en caso de duración determinada) se debe comparar con la ayuda total que se puede percibir (máximo de 12 meses en caso de indefinido o máximo de 6 meses en caso de duración determinada). Si la ayuda supera el 80% del coste salarial, la ayuda será denegada. Se muestra un ejemplo: EJEMPLO Contrato indefinido Contrato temporal Coste salarial total % del coste salarial total Ayuda Fundación Bancaria "la Caixa" En el ejemplo, el 80% del coste salarial es superior a la ayuda ( euros es superior a euros, y euros es superior a euros), por tanto, cumple la regla del 80%. Si fuera en sentido inverso, la ayuda será denegada. 94. Se debe cumplir siempre el requisito de incremento neto de plantilla? Sí. La contratación sujeta a la ayuda debe representar siempre un incremento neto de la plantilla en comparación con la plantilla media de las personas trabajadoras en situación de alta de todos los códigos de cuenta de cotización de la solicitante en los treinta días naturales anteriores a la celebración de la contratación por la que se solicita la ayuda. Para conocer cómo se mide el incremento neto de plantilla, ver FAQ 95 Cómo se mide el incremento neto de plantilla? 95. Cómo se mide el incremento neto de plantilla? Para demostrar el incremento de plantilla neta se deben presentar los informes de plantilla media que expide la Tesorería General de la Seguridad Social (artículo 14.2 de las bases) al iniciar la solicitud de ayuda: Copia del informe de plantilla media de trabajadores en situación de alta en los TREINTA (30) días anteriores al día de alta en la Seguridad Social de la persona joven contratada por la que se solicita la subvención, de todos los códigos de cuenta de cotización de la entidad solicitante (un informe por código de cuenta de cotización), expedido por la Administración de la Seguridad Social. Copia del informe de plantilla media de trabajadores en situación de alta en el día de alta en la Seguridad Social de la persona joven contratada por la que se solicita la subvención, de todos los códigos de cuenta de cotización de la entidad solicitante (un informe por código de cuenta de cotización), expedido por la Administración de la Seguridad Social. Por tanto, el cálculo de la plantilla media es el que establece la Administración de la Seguridad Social. Es necesario que se produzca un incremento neto de plantilla en números enteros. Si se contrata a un trabajador, la plantilla debe incrementarse al menos en un persona, si se contratan a dos trabajadores, debe incrementarse al menos en 2 personas para poder acceder a las ayudas por estas dos personas, y así sucesivamente hasta 10 personas jóvenes, que es el límite por empresa.

29 96. Se puede rescindir el contrato actual para proceder a formalizar un nuevo contrato con la misma persona joven y acogerse a las presentes ayudas? No. Se puede contratar a una persona joven si la nueva contratación objeto de ayuda es de carácter indefinido en caso de que previamente la persona joven hubiera prestado servicios mediante un contrato de carácter no indefinido en los seis meses anteriores a la fecha de la contratación para la misma empresa, grupo de empresas (en aplicación de lo dispuesto en el artículo 42 del Código de Comercio) o entidad, incluyendo aquellas que trabajaron a través de contratos a puesta de disposición de la empresa, grupo de empresas o entidad a través de una ETT, así como a las personas trabajadoras autónomas económicamente dependientes de la citada empresa, grupo de empresas o entidad, siempre que se cumplan, entre otros recogidos en las bases reguladoras, los siguientes requisitos: El contrato no indefinido formalizado con la persona joven en los seis meses anteriores, antes de la formalización del contrato sujeto a la ayuda, debe llegar a su vencimiento, de acuerdo a la legislación vigente, de forma que la persona joven se encuentre en una situación de desempleo por el transcurso legal del contrato. Las rescisiones anticipadas de contratos no indefinidos darán lugar a la denegación de la ayuda, ya que las ayudas están dirigidas a personas jóvenes no ocupadas. La persona joven debe estar inscrita en Garantía Juvenil antes de formalizar el contrato de trabajo objeto de la ayuda, que deberá celebrarse entre el 7 de marzo y el 31 de julio de 2017 (ver FAQ 13 La persona joven debe estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil?). La contratación sujeta a la ayuda debe representar un incremento neto de la plantilla en comparación con la plantilla media de las personas trabajadoras en situación de alta de todos los códigos de cuenta de cotización de la solicitante en los treinta días naturales anteriores a la celebración de la contratación por la que se solicita la ayuda (ver FAQ 95 Cómo se mide el incremento neto de plantilla?). Ver FAQ 87 Se puede contratar a una persona joven que ha trabajado previamente en la misma empresa, grupo de empresas o entidad? 97. Puede ser objeto de subvención un contrato con una persona joven que previamente estaba trabajando como autónoma, si ha procedido a darse de baja en el régimen especial de trabajadores autónomos? Cabe precisar dos supuestos diferentes: 1. Supuesto 1: personas trabajadoras autónomas económicamente dependientes. Se puede contratar a una persona joven si la nueva contratación objeto de ayuda es de carácter indefinido en caso de que previamente la persona joven hubiera prestado servicios mediante un contrato de carácter no indefinido en los seis meses anteriores a la fecha de la contratación para la misma empresa, grupo de empresas (en aplicación de lo dispuesto en el artículo 42 del Código de Comercio) o entidad, incluyendo aquellas que trabajaron a través de contratos a puesta de disposición de la empresa, grupo de empresas o entidad a través de una ETT, así como a las personas trabajadoras autónomas económicamente dependientes de la citada empresa, grupo de empresas o entidad, siempre que se cumplan, entre otros recogidos en las bases reguladoras, los siguientes requisitos: o El contrato no indefinido formalizado con la persona joven en los seis meses anteriores antes de la formalización del contrato sujeto a la ayuda debe llegar a su vencimiento, de acuerdo a la legislación vigente, de forma que la persona joven se encuentre en una situación de desempleo por el transcurso legal del contrato. Las rescisiones anticipadas de contratos no indefinidos darán lugar a la denegación de la ayuda, ya que las ayudas están dirigidas a personas jóvenes no ocupadas. o La persona joven debe estar inscrita en Garantía Juvenil antes de formalizar el contrato de trabajo objeto de la ayuda, que deberá celebrarse entre el 7 de marzo y el 31 de julio de 2017 (ver FAQ 13 La persona joven debe estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil?). o La contratación sujeta a la ayuda debe representar un incremento neto de la plantilla en comparación con la plantilla media de las personas trabajadoras en situación de alta de todos los códigos de cuenta de cotización de la solicitante en los treinta días naturales anteriores a la celebración de la contratación por la que se solicita la ayuda (ver FAQ 95 Cómo se mide el incremento neto de plantilla?). 2. Supuesto 2: personas trabajadoras autónomas no económicamente dependientes. En caso de que una persona joven esté como empresario(a) autónomo(a) deberá demostrar que no ha recibido ingresos de forma continua. En este caso, y una vez la persona joven se haya dado de baja en el régimen general de autónomos, es posible, siempre que se cumplan, entre otros recogidos en las bases reguladoras, los siguientes requisitos: La persona joven debe estar inscrita en Garantía Juvenil antes de formalizar el contrato de trabajo objeto de la ayuda, que deberá celebrarse entre el 7 de marzo y el 31 de julio de 2017(ver FAQ 13 La persona joven debe estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil?). La contratación sujeta a la ayuda debe representar un incremento neto de la plantilla en comparación con la plantilla media de las personas trabajadoras en situación de alta de todos los códigos de cuenta de cotización de la solicitante en los treinta días naturales anteriores a la celebración de la contratación por la que se solicita la ayuda (ver FAQ 95 Cómo se mide el incremento neto de plantilla?).

30 98. Se puede contratar a una persona joven que previamente ha prestado servicios para la misma empresa a través de un contrato de puesta a disposición mediante una ETT o una beca? Ver FAQ 96 Se puede rescindir el contrato actual para proceder a formalizar un nuevo contrato con la misma persona joven y acogerse a las presentes ayudas? 99. Qué sucede si la persona joven ha causado baja voluntaria en otra empresa para acceder a un contrato que pueda estar acogido a las presentes ayudas? Las ayudas se fijan en la prioridad de inversión 8.2 del Programa Operativo de Empleo Juvenil: La integración sostenible en el mercado de trabajo de las personas jóvenes, en particular aquellas no ocupadas y no integradas en los sistemas de educación o formación, así como los jóvenes que corren el riesgo de sufrir exclusión social y los procedentes de comunidades marginadas, también a través de la aplicación de la garantía juvenil, y en el objetivo específico 8.2.4: Aumentar la contratación de carácter indefinido de las personas jóvenes no ocupadas y no integradas en los sistemas de educación o formación, a través de la intermediación y de los incentivos económicos. Por tanto, la persona joven no podrá causar baja voluntaria en la anterior empresa para acceder a un contrato que pueda estar acogido a las presentes ayudas al tratarse de una persona joven ocupada. Esta situación dará lugar a la denegación de la ayuda. En caso de finalizarse el contrato con la anterior empresa por haber llegado a su vencimiento o encontrarse la persona en una situación legal de desempleo, sí podrá acogerse a esta modalidad de ayudas cumpliendo los requisitos establecidos en las bases reguladoras, entre otros, que la persona joven esté inscrita en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil y que se produzca un incremento neto de la plantilla en comparación con la plantilla media de las personas trabajadoras en situación de alta de todos los códigos de cuenta de cotización de la solicitante en los treinta días naturales anteriores a la celebración de la contratación por la que se solicita la ayuda (ver FAQ 13 La persona joven debe estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil? y FAQ 95 Cómo se mide el incremento neto de plantilla?) 100. En el caso de solicitar una ayuda de 12 meses, se puede formalizar un contrato por un periodo de 6 meses + 3 meses + 3 meses sin ser indefinido? No. El contrato para acceder a la ayuda de 12 meses debe ser indefinido y debe presentarse junto con la solicitud de la ayuda Si el contrato es de duración determinada por obra y servicio sin fecha fin, la ayuda solo cubre 6 meses? Sí. La ayuda en caso de contratos de duración determinada asciende a 6 meses, por un total de Ver FAQ 79 Qué tipo de contratos son subvencionables? y FAQ 32 De qué importe son las ayudas? 102. Qué ocurre con la subvención solicitada en el caso de que el trabajador causare baja voluntaria antes de transcurrir los seis meses mínimos de permanencia? En este caso no procederá ningún tipo de ayuda. Tal y como establece el artículo 18.7 de las bases reguladoras, en caso de que la duración del contrato subvencionado fuera inferior al mínimo de permanencia, SEIS (6) meses, tanto en los contratos de duración determinada/temporales como en los indefinidos, no procederá ningún tipo de ayuda. De igual manera, una vez superado el periodo mínimo de permanencia de los contratos indefinidos, y liquidada la ayuda correspondiente, la pérdida del derecho de la ayuda en alguna de las fases trimestrales posteriores al periodo mínimo de permanencia por incumplimiento del requisito de duración trimestral, salvo en los casos justificados de sustitución, dará lugar a la pérdida de la ayuda de esa fase trimestral, así como de la fase trimestral posterior, si la hubiere Sería subvencionable un contrato celebrado por una duración de un máximo de 6 meses? Tal y como establece el artículo 18.7 de las bases reguladoras, en caso de que la duración del contrato subvencionado fuera inferior al mínimo de permanencia de SEIS (6) meses, tanto en los contratos de duración determinada (temporales) como en los indefinidos, no procederá ningún tipo de ayuda. Como mínimo, debe cumplirse la duración de 6 meses.

31 104. Se puede sustituir a la persona joven trabajadora? Sí, solo en los contratos de carácter indefinido y una vez transcurrido el periodo mínimo de permanencia de 6 meses. Esta posibilidad está regulada en el artículo 17. Bajas definitivas y sustituciones autorizadas: 1. No procederá en ningún caso la sustitución de la persona joven trabajadora durante los seis primeros meses de permanencia mínima obligatoria en ninguno de los contratos subvencionables al amparo de las bases reguladoras. 2. En los supuestos de extinción de la relación laboral del contrato indefinido incentivada por causas no imputables a las beneficiarias, se podrá proceder como máximo a una sustitución de la persona joven trabajadora que ha causado baja definitiva, una vez transcurrido el periodo mínimo de permanencia de SEIS (6) meses. En caso de no proceder a la citada sustitución, la beneficiaria perderá el derecho al cobro de la ayuda de la fase trimestral en la que no se produce la sustitución, así como de la fase trimestral posterior, si hubiera. 3. En el supuesto regulado en el apartado 2, no procederá la sustitución de la persona joven trabajadora en los supuestos de extinción del contrato subvencionado por despido improcedente o amortización del puesto de trabajo. 4. En caso de sustitución durante los periodos trimestrales de los contratos indefinidos, y a efectos del derecho de cobro de la ayuda, no se computarán los periodos transcurridos entre la fecha de baja de las personas trabajadoras titulares y la fecha de alta de las personas trabajadoras sustitutas, por no existir, en esos periodos, relación laboral con la beneficiaria. Sin embargo, a efectos del cumplimiento del periodo trimestral, este se entenderá cumplido siempre que se cumplan las condiciones y los plazos regulados en el presente artículo para proceder a la sustitución. 5. La persona joven sustituta deberá cumplir los mismos requisitos que la sustituida, entendiendo por tales aquellos que permitieron en su momento a la beneficiaria solicitar y obtener la ayuda, tal como se recoge en el artículo 7 de las bases reguladoras. En este sentido, la nueva contratación deberá formalizarse en idénticas condiciones laborales y misma categoría profesional con respecto a la persona sustituida. A partir del apartado 6 del artículo 17 se describe el procedimiento para proceder a la sustitución Si se opta por el contrato temporal y se realiza una prórroga o se transforma en indefinido una vez finalizados los 6 meses, se podría optar a más subvenciones? No. Las ayudas son las reguladas en el artículo 11 de las bases reguladoras. Se debe optar desde el inicio por una ayuda de 6 meses si el contrato objeto de subvención es de duración determinada o por una ayuda de 12 meses si el contrato objeto de subvención es un contrato indefinido Qué relaciones de carácter especial están excluidas de las presentes ayudas? Están excluidas, según establece el artículo 5.2 de las bases reguladoras, las siguientes relaciones laborales de carácter especial (definidas en el artículo 2 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, o en otras disposiciones normativas): La del personal de alta dirección. La del servicio del hogar familiar. La de los penados en las instituciones penitenciarias. La de los deportistas profesionales. La de los artistas en espectáculos públicos. La de las personas que intervengan en operaciones mercantiles por cuenta de uno o más empresarios sin asumir el riesgo y ventura de aquellas. La de los estibadores portuarios que presten servicio a través de entidades de puesta a disposición de trabajadores a las empresas titulares de licencias del servicio portuario de manipulación de mercancías, siempre y cuando dichas entidades desarrollen su actividad exclusivamente en el ámbito portuario. La de los menores sometidos a la ejecución de medidas de internamiento para el cumplimiento de su responsabilidad penal. La de residencia para la formación de especialistas en ciencias de la salud Existe alguna limitación en relación con el grado de parentesco de la persona joven? Sí, existen ciertas limitaciones. Están excluidas las siguientes contrataciones, según establece el artículo 5.11 de las bases reguladoras: las contrataciones, que afecten al cónyuge, los ascendientes, los descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado, inclusive, del/de la empresario/a autónomo/a o de quienes ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración, gobierno o representación de las empresas o entidades. No será de aplicación esta exclusión en los siguientes supuestos: Cuando el/la empleador/a sea un/a empresario/a autónomo/a que contrate como trabajador/a por cuenta ajena a hijos, convivan o no con él/ella.

32 Cuando se trate de un/a empresario/a autónomo/a sin asalariados y contrate a un solo familiar, que no conviva en su hogar ni esté a su cargo. Cuando la persona joven contratada sea una persona con discapacidad en un grado igual o superior al 33% Se puede contratar a un hijo en el caso de un empresario/a autónomo/a? Sí, dado que entran en el marco de las presentes ayudas las contrataciones cuando el/la empleador/a sea un/a empresario/a autónomo/a que contrate como trabajador/a por cuenta ajena a hijos, convivan o no con él/ella Se puede contratar a un familiar en el caso de un empresario/a autónomo/a? Sí, siempre que se trate de un/a empresario/a autónomo/a sin asalariados y contrate a un solo familiar, que no conviva en su hogar ni esté a su cargo Si la relación laboral es de representante de comercio podría acogerse a estas ayudas? El artículo 5.3 de las bases reguladoras establece como exclusión la relación laboral de carácter especial definida en el artículo 2 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre) siguiente: "La de las personas que intervengan en operaciones mercantiles por cuenta de uno o más empresarios sin asumir el riesgo y ventura de aquellas." Tendrían que analizar si la relación laboral está regulada por el Real Decreto 1438/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral de carácter especial de las personas que intervengan en operaciones mercantiles por cuenta de uno o más empresarios, sin asumir el riesgo y ventura de aquéllas. Si es así, está excluida de la convocatoria Qué salario bruto se debe indicar en la solicitud de ayuda si en el contrato viene establecido que el salario será el establecido por convenio? Si el contrato no establece la remuneración salarial bruta, indicando únicamente que será el establecido por convenio, debe realizarse una estimación del salario bruto a percibir durante los 6 primeros meses (en caso de solicitar una ayuda por la celebración de un contrato de duración determinada), o del salario bruto a percibir a percibir durante los 12 primeros meses (en caso de solicitar una ayuda por la celebración de un contrato indefinido). Esta estimación del salario bruto, así como de las bases y cuotas de cotización a la Seguridad Social, serán indicadas en el formulario de solicitud de la ayuda. La revisión del resultado de la aplicación de la regla del 80% sobre el coste salarial se realizará sobre esta estimación y, en caso de concederse la ayuda, el salario efectivamente abonado será ratificado mediante la presentación de las nóminas y de los recibos de liquidación de cotización que se deben presentar al solicitar el pago de la ayuda. En caso de que el salario abonado por la entidad no cumpliera la citada regla, aun cumpliendo el resto de requisitos, el pago será denegado. Ver FAQ 92 Qué es el coste salarial?, FAQ 93 Qué significa que la ayuda no puede superar el 80% del coste salarial?, FAQ 58 Cuándo se solicita el pago de la ayuda? y FAQ 59 Qué documentación hay que presentar para solicitar el pago de la ayuda? 112. Qué salario bruto se debe indicar en la solicitud de ayuda si parte del salario es variable? El contrato debe estipular en sus cláusulas que la persona joven podrá percibir una parte variable. En caso contrario no se podrá incluir como parte de salario bruto. Por tanto, en caso de que el contrato establezca un porcentaje de variable sobre el salario bruto, debe realizarse una estimación del salario bruto total (incluida la parte variable) a percibir durante los 6 primeros meses (en caso de solicitar una ayuda por la celebración de un contrato de duración determinada), o del salario bruto total (incluida la parte variable) a percibir a percibir durante los 12 primeros meses (en caso de solicitar una ayuda por la celebración de un contrato indefinido). Esta estimación del salario bruto, así como de las bases y cuotas de cotización a la Seguridad Social, serán indicadas en el formulario de solicitud de la ayuda. La revisión del resultado de la aplicación de la regla del 80% sobre el coste salarial se realizará sobre esta estimación y, en caso de concederse la ayuda, el salario efectivamente abonado será ratificado mediante la presentación de las nóminas y de los recibos de liquidación de cotización que se deben presentar al solicitar el pago de la ayuda. En caso de que el salario total abonado por la entidad no cumpliera la citada regla, aun cumpliendo el resto de requisitos, el pago será denegado. Ver FAQ 92 Qué es el coste salarial?, FAQ 93 Qué significa que la ayuda no puede superar el 80% del coste salarial?, FAQ 58 Cuándo se solicita el pago de la ayuda? y FAQ 59 Qué documentación hay que presentar para solicitar el pago de la ayuda?

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34 SOBRE LAS EMPRESAS Y ENTIDADES 113. Qué tipo de empresas o entidades pueden solicitar estas ayudas? Las empresas o entidades que pueden solicitar las ayudas están descritas en el artículo 4 de las bases reguladoras: Podrán ser beneficiarias de las ayudas: Las empresas, incluidos/as los/las empresarios/as autónomos/as. Las asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro. Las empresas y entidades deberán estar domiciliadas en territorio español. No podrán ser beneficiarias de las ayudas: Las uniones temporales de empresas. Las sociedades civiles. Las comunidades de bienes y demás entidades carentes de personalidad jurídica. Los entes del sector público estatal, autonómico y local. Adicionalmente, por tratarse de ayudas minimis, no podrán ser solicitantes las empresas de los sectores siguientes: Empresas que operan en los sectores de la pesca y la acuicultura, regulados por el Reglamento (CE) nº 104/2000 del Consejo. Empresas dedicadas a la producción primaria de productos agrícolas, de los regulados en el en el anexo I del Tratado de la Unión Europea. Para más información sobre los sectores citados ver FAQ 120 Qué sectores están excluidos de las presentes ayudas? 114. Una cooperativa puede acceder a estas ayudas? Sí, tal y como regula el artículo 4 de las bases reguladoras (ver FAQ 113 Qué tipo de empresas o entidades pueden solicitar estas ayudas?), siempre que no esté dentro de los sectores excluidos de las presentes ayudas e indicados en el artículo 10.7 de las bases reguladoras: Empresas que operan en los sectores de la pesca y la acuicultura, regulados por el Reglamento (CE) nº 104/2000 del Consejo. Empresas dedicadas a la producción primaria de productos agrícolas, de los regulados en el en el anexo I del Tratado de la Unión Europea. Para más información ver FAQ 120 Qué sectores están excluidos de las presentes ayudas? 115. Un empresario(a) autónomo(a) puede acceder a estas ayudas? Sí, tal y como regula el artículo 4 de las bases reguladoras (ver FAQ 113 Qué tipo de empresas o entidades pueden solicitar estas ayudas?), siempre que no esté dentro de los sectores excluidos de las presentes ayudas e indicados en el artículo 10.7 de las bases reguladoras: Empresas que operan en los sectores de la pesca y la acuicultura, regulados por el Reglamento (CE) nº 104/2000 del Consejo. Empresas dedicadas a la producción primaria de productos agrícolas, de los regulados en el en el anexo I del Tratado de la Unión Europea. Para más información sobre los sectores citados ver FAQ 120 Qué sectores están excluidos de las presentes ayudas? 116. Una entidad pública puede acceder a estas ayudas? No podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en las bases reguladoras los entes del sector público estatal, autonómico y local (artículo 4 de las bases reguladoras). Ver FAQ 113 Qué tipo de empresas o entidades pueden solicitar estas ayudas? 117. Una sociedad civil puede acceder a estas ayudas? No podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en las bases reguladoras las sociedades civiles, ni las comunidades de bienes y demás entidades carentes de personalidad jurídica (artículo 4 de las bases reguladoras). Ver FAQ 113 Qué tipo de empresas o entidades pueden solicitar estas ayudas? 118. Las empresas dedicadas a la producción primaria de productos agrícolas están incluidas en el marco de las presentes ayudas? Las presentes ayudas a la contratación están sometidas al régimen de minimis (ver FAQ 67 Qué son las ayudas minimis?) y, por lo tanto, quedan excluidas las empresas dedicadas a la producción primaria de productos agrícolas (artículo 10.7 de las bases reguladoras). Por producto agrícola debe entenderse la definición recogida en el Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea

35 a las ayudas de minimis. Por tanto, por productos agrícolas se entienden los productos enumerados en el anexo I del Tratado, con excepción de los productos de la pesca y de la acuicultura, que están incluidos en el ámbito de aplicación del Reglamento (CE) nº 104/2000 (derogado por Reglamento (UE) n 1379/2013 y que igualmente se encuentran excluidos (ver FAQ 119 Las empresas que operan en los sectores de la pesca y la acuicultura están incluidas en el marco de las presentes ayudas?). Por tanto, la producción primaria de los productos agrícolas que están excluidos debe consultarse en el siguiente documento, entre los que se encuentran también los animales vivos: Anexo I del Tratado de la Unión Europea.p Sí están incluidas dentro de las presentes ayudas las siguientes actividades: La transformación de productos agrícolas, entendida como toda operación efectuada sobre un producto agrícola cuyo resultado sea también un producto agrícola, salvo las actividades que sea preciso realizar en la explotación agraria necesarias a fin de preparar un producto animal o vegetal para la primera venta que están excluidas de las presentes ayudas. La comercialización de productos agrícolas, entendida como la tenencia o exhibición con destino a la venta, la oferta para la venta, la entrega o cualquier otra forma de presentación en el mercado, con excepción de la primera venta por parte de un productor primario a intermediarios o transformadores y de toda actividad de preparación de un producto para dicha primera venta (y que está excluida de las presentes ayudas); así como la venta de productos por el productor primario a consumidores finales si se lleva a cabo en instalaciones independientes reservadas a tal fin, están incluidas dentro de las presentes ayudas. A efectos del régimen de minimis, se entiende por empresa a cualquier entidad que ejerza una actividad económica, con independencia de su naturaleza jurídica y de su modo de financiación. Si una empresa opera en este sector y también en uno o más sectores o desarrolla otras actividades incluidos en el ámbito de aplicación del Reglamento (UE) nº 1407/2013, este se aplicará a las ayudas concedidas en relación con esos sectores o actividades, a condición de que se garantice por medios apropiados, como la separación de actividades o la distinción de costes, que las actividades de los sectores excluidos del ámbito de aplicación del Reglamento no se benefician de las ayudas de minimis concedidas con arreglo al presente Reglamento Las empresas que operan en los sectores de la pesca y la acuicultura están incluidas en el marco de las presentes ayudas? Las presentes ayudas a la contratación están sometidas al régimen de minimis (ver FAQ 67 Qué son las ayudas minimis?) y, por lo tanto, quedan excluidas las empresas que operan en los sectores de la pesca y la acuicultura, regulados por el Reglamento (CE) nº 104/2000 del Consejo (artículo 10.7 de las bases reguladoras). El reglamento 104/2000 ha sido derogado y el que debe consultarse es el Reglamento (UE) n 1379/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura, se modifican los Reglamentos (CE) n 1184/2006 y (CE) n 1224/2009 del Consejo y se deroga el Reglamento (CE) n 104/2000 del Consejo: Reglamento 1379.pdf A efectos del régimen de minimis, se entiende por empresa a cualquier entidad que ejerza una actividad económica, con independencia de su naturaleza jurídica y de su modo de financiación. Si una empresa opera en alguno de estos sectores y también en uno o más sectores o desarrolla otras actividades incluidos en el ámbito de aplicación del Reglamento (UE) nº 1407/2013, este se aplicará a las ayudas concedidas en relación con esos sectores o actividades, a condición de que se garantice por medios apropiados, como la separación de actividades o la distinción de costes, que las actividades de los sectores excluidos del ámbito de aplicación del Reglamento no se benefician de las ayudas de minimis concedidas con arreglo al presente Reglamento Qué sectores están excluidos de las presentes ayudas? No podrán ser empresas de los sectores siguientes por tratarse de ayudas minimis (ver FAQ 67 Qué son las ayudas minimis?): Empresas que operan en los sectores de la pesca y la acuicultura, regulados por el Reglamento (CE) nº 104/2000 del Consejo (ver FAQ 119 Las empresas que operan en los sectores de la pesca y la acuicultura están incluidas en el marco de las presentes ayudas?).

36 Empresas dedicadas a la producción primaria de productos agrícolas, de los regulados en el Anexo I del Tratado de la Unión Europea (ver FAQ 118 Las empresas dedicadas a la producción primaria de productos agrícolas están incluidas en el marco de las presentes ayudas?) Existe limitación en cuanto al número de trabajadores de las empresas, empresarios(as) autónomos(as) o entidades? No hay ninguna limitación al respecto en las bases reguladoras Las ayudas están dirigidas a empresas, empresarios(as) autónomos(as) y entidades domiciliadas en cualquier zona del territorio nacional? Sí. Las empresas y entidades solicitantes podrán estar domiciliadas en cualquier zona del territorio español, de acuerdo al artículo 4 de las bases reguladoras La empresa, empresario(a) autónomo(a) o entidad debe tener una cuenta abierta en CaixaBank? La empresa o entidad deberá tener una cuenta abierta en CaixaBank en el momento en que solicite el pago de la ayuda, según el procedimiento regulado en el artículo 18 de las bases reguladoras (ver FAQ 58 Cuándo se solicita el pago de la ayuda?) Qué exclusiones existen? Las exclusiones están reguladas en el artículo 5 de las bases reguladoras, y se reproducen a continuación: Se excluyen de las ayudas establecidas en las bases reguladoras las siguientes circunstancias. En caso de que se produzca alguna de las que se citan a continuación, se procederá a la denegación de la ayuda. Causas derivadas de la contratación 1. Las contrataciones efectuadas por las uniones temporales de empresas, sociedades civiles y comunidades de bienes y demás entidades carentes de personalidad jurídica. 2. Las contrataciones efectuadas por cualquier ente, entidad u organismo perteneciente al sector público estatal, autonómico y local. 3. Las siguientes relaciones laborales de carácter especial definidas en el artículo 2 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, o en otras disposiciones normativas: La del personal de alta dirección. La del servicio del hogar familiar. La de los penados en las instituciones penitenciarias. La de los deportistas profesionales. La de los artistas en espectáculos públicos. La de las personas que intervengan en operaciones mercantiles por cuenta de uno o más empresarios sin asumir el riesgo y ventura de aquellas. La de los estibadores portuarios que presten servicio a través de entidades de puesta a disposición de trabajadores a las empresas titulares de licencias del servicio portuario de manipulación de mercancías, siempre y cuando dichas entidades desarrollen su actividad exclusivamente en el ámbito portuario. La de los menores sometidos a la ejecución de medidas de internamiento para el cumplimiento de su responsabilidad penal. La de residencia para la formación de especialistas en ciencias de la salud. 4. Las contrataciones para prestar servicios a través de contratos de puesta a disposición. 5. Las contrataciones bajo la modalidad de contrato para la formación y el aprendizaje, contrato en prácticas, contrato de interinidad o contrato fijo discontinuo. 6. Las contrataciones de personas jóvenes trabajadoras que hubiesen prestado servicios para la misma empresa, grupo de empresas (en aplicación de lo dispuesto en el artículo 42 del Código de Comercio) o entidad, en los doce meses anteriores a la fecha de la contratación, mediante un contrato por tiempo indefinido. 7. Las contrataciones de personas jóvenes trabajadoras que hubiesen prestado servicios mediante un contrato de carácter no indefinido en los seis meses anteriores a la fecha de la contratación para la misma empresa, grupo de empresas (en aplicación de lo dispuesto en el artículo 42 del Código de Comercio) o entidad, a no ser que la contratación para la que se solicita la ayuda sujeta a las bases reguladoras sea de carácter indefinido.

37 8. Las contrataciones realizadas por una misma empresa o entidad para cubrir un mismo puesto de trabajo previamente incentivado por las ayudas reguladas en las bases, en cualquiera de sus convocatorias, y que no se encuentren en uno de los supuestos de sustitución de los regulados en el artículo La contratación de personas jóvenes que hayan sido destinatarias finales de las ayudas reguladas en las bases en la misma convocatoria. 10. Las contrataciones encaminadas a la consecución de la subvención sin que se produzca creación real y efectiva de empleo con respecto al mes anterior a la contratación, así como las contrataciones realizadas con infracción de la legislación laboral o de Seguridad Social. 11. Las contrataciones que afecten al cónyuge, los ascendientes, los descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado, inclusive, del/de la empresario/a autónomo/a o de quienes ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración, gobierno o representación de las empresas o entidades. No será de aplicación esta exclusión en los siguientes supuestos: Cuando el/la empleador/a sea un/a empresario/a autónomo/a que contrate como trabajador/a por cuenta ajena a hijos, convivan o no con él/ella. Cuando se trate de un/a empresario/a autónomo/a sin asalariados y contrate a un solo familiar, que no conviva en su hogar ni esté a su cargo. Cuando la persona joven contratada sea una persona con discapacidad en un grado igual o superior al 33%. 12. Las relaciones contractuales que se formalicen con los socios que posean más del 33% de capital social en empresas que revistan la forma jurídica de sociedad mercantil. 13. Las contrataciones que se produzcan en el marco de ofertas públicas de empleo o de programas de empleo público de interés general o social. Causas derivadas de incumplimientos, inhabilitaciones y sanciones 14. Las empresas de más de 50 trabajadores que incumplan la obligación de reserva de cuota del 2% de trabajadores discapacitados, salvo que tengan autorizada la aplicación de las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de los trabajadores con discapacidad. 15. Encontrarse sancionado mediante resolución administrativa firme con las sanciones accesorias de exclusión del acceso de ayudas y beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo previstas en los artículos 46 y 46.bis del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social. 16. Haber sido condenado mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas o por delitos de prevaricación, cohecho, malversación de caudales públicos, tráfico de influencias, fraudes y exacciones ilegales o delitos urbanísticos. 17. Haber sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones conforme a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones u otras leyes que así lo establezcan. 18. Haber solicitado la declaración de concurso voluntario, haber sido declarado insolvente en cualquier procedimiento, hallarse declarado en concurso, salvo que en este haya adquirido la eficacia un convenio, estar sujeto a intervención judicial o haber sido inhabilitado conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, sin que haya concluido el periodo de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso. 19. No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. 20. No hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones. 21. Las asociaciones incursas en las causas de prohibición previstas en los apartados 5 y 6 del artículo 4 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación; y las asociaciones respecto de las que se hubiera suspendido el procedimiento administrativo de inscripción por encontrarse indicios racionales de ilicitud penal, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 30.4 de la Ley Orgánica 1/2002, en tanto no recaiga resolución judicial firme en cuya virtud pueda practicarse la inscripción en el correspondiente registro. 22. Haber planteado un expediente de regulación de empleo de extinción en los doces meses anteriores a la formalización de la contratación objeto de ayuda. 23. No estar al corriente de sus obligaciones con CaixaBank, S.A. 24. Las contrataciones realizadas por las empresas o las entidades de las que, por razón de las personas que las rigen o de otras circunstancias, pueda presumirse que son continuación o que derivan, por transformación, fusión o sucesión, de otras empresas o entidades en las que concurran alguno de los supuestos de exclusión regulados en el presente artículo.

38 25. Tener pendiente el cumplimiento de alguna orden de devolución de ayudas de estado que resulte de una decisión de la Comisión Europea o de un pronunciamiento judicial, que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común Qué obligaciones deben cumplir las empresas, empresarios(as) autónomos(as) o entidades en caso de resultar beneficiarias de las ayudas? Las obligaciones están recogidas en el artículo 13 de las bases reguladoras (Obligaciones de las empresas y las entidades beneficiarias), y se reproducen a continuación: 1. Cumplir las obligaciones establecidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. 2. Mantener el contrato objeto de la subvención durante un periodo mínimo inicial de SEIS (6) meses. 3. Facilitar y comunicar cuantos datos, documentación e información, en cuestiones relacionadas con las ayudas concedidas, les sean requeridas por la Fundación Bancaria la Caixa, así como por los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios. 4. Comunicar a la Fundación Bancaria la Caixa las incidencias y variaciones que se produzcan en relación con las citadas ayudas. 5. Cumplir los requisitos de información y comunicación previstos en el artículo 115 y en el anexo XII del Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, entre los cuales se incluyen los siguientes: Dar amplia difusión a las actividades desarrolladas e informar de la financiación de las mismas por el Fondo Social Europeo y por la Fundación Bancaria la Caixa. Para ello, las nóminas de la persona joven trabajadora correspondientes al periodo subvencionado deberán incluir una referencia que indique expresamente que el coste salarial de la nómina está cofinanciado por el Fondo Social Europeo y por la Fundación Bancaria la Caixa. Comunicar por escrito a la persona joven trabajadora que las ayudas recibidas para su contratación han sido cofinanciadas en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil por el Fondo Social Europeo y por la Fundación Bancaria la Caixa. La persona joven trabajadora emitirá declaración responsable expresa de ser conocedora de dicho extremo, declaración que se incluye en el modelo previsto a tal efecto en el anexo III de las bases reguladoras. Aceptar su inclusión en la lista de operaciones publicada de conformidad con el artículo 115, apartado 2, del Reglamento (UE) nº 1303/ Conservar los documentos justificativos de los gastos financiados con los fondos recibidos (pista de auditoría), incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control, durante un periodo de DIEZ (10) años fiscales a partir de la fecha de concesión de la ayuda, según establece el Reglamento (UE) nº 1407/2013, en su artículo La contratación sujeta a la ayuda debe representar un incremento neto de la plantilla en comparación con la plantilla media de las personas trabajadoras en situación de alta de todos los códigos de cuenta de cotización de la solicitante en los treinta días naturales anteriores a la celebración de la contratación por la que se solicita la ayuda. Asimismo, debe mantenerse el nivel de empleo neto a la finalización del respectivo periodo subvencionado. A estos efectos, se entiende que se cumple con esta obligación cuando el número de personas trabajadoras a la fecha de realización de la contratación objeto de subvención sea al menos el mismo que el existente a la finalización del respectivo periodo subvencionado, sin computar a la persona joven trabajadora que sea objeto de las ayudas reguladas en las bases, salvo que esta situación responda a vacantes originadas por baja voluntaria, discapacidad sobrevenida, muerte, jubilación por motivos de edad, despido disciplinario o causas objetivas de la persona trabajadora. 8. Fomentar la igualdad entre mujeres y hombres y asegurar la no discriminación por motivos de sexo, origen étnico, religión o creencia, discapacidad y orientación sexual en el acceso al proyecto y el respeto de la igualdad de oportunidades y no discriminación conforme a lo establecido en el artículo 7 del Reglamento (UE) nº 1303/2013, apartado 5 del anexo I del mismo, artículo 7 del Reglamento (UE) nº 1304/2013 y artículo 8 del Reglamento (UE) nº 1304/2013, respectivamente. 9. Velar por que se respete la dignidad de las personas y el principio de accesibilidad, en los términos de los artículos 7 y 8 del Reglamento (UE) nº 1304/ Respeto al principio de desarrollo sostenible, conforme a lo establecido en el artículo 8 del Reglamento (UE) nº 1303/2013 y en el apartado 5.2 del anexo I del mismo. 11. Registrar la información relativa a todas las actuaciones y a cada una de las personas sobre las que se ha actuado en el repositorio común que, a tal efecto, la Fundación Bancaria la Caixa pondrá a disposición de las empresas y las entidades beneficiarias, con el fin de poder medir el resultado real de las actuaciones y su impacto. Las beneficiarias se comprometerán y estarán obligadas al uso de las aplicaciones informáticas que la Fundación Bancaria la Caixa ponga a su disposición en cada momento para el registro y el seguimiento de la intervención con las personas participantes. 12. Garantizar que se dispondrá de datos de las personas participantes de las actuaciones a escala de microdato, conforme a los indicadores de resultado o ejecución establecidos en los anexos I y II del Reglamento (UE) nº 1304/2013, y facilitar dicha información a la Fundación Bancaria la Caixa cuando sea requerida. En el cumplimiento de esta obligación, así como de cualquier otra aplicable al desarrollo de las ayudas objeto de esta convocatoria, deberá respetarse en todo caso lo previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

39 13. Facilitar a la Fundación Bancaria la Caixa la realización de las actuaciones de verificación y control en el ejercicio de sus funciones de Organismo Intermedio. En concreto, se facilitará el acceso del personal autorizado por el Organismo Intermedio a las instalaciones de la beneficiaria para la realización de las verificaciones in situ que correspondan. 14. Asegurarse de que los gastos declarados son conformes con las normas aplicables y de que no existe doble financiación del gasto con otros regímenes comunitarios o nacionales, así como con otros períodos de programación del Fondo Social Europeo. 15. No solicitar ni recibir financiación adicional para el mismo contrato y periodo objeto de subvención, una vez concedida la ayuda al amparo de las bases reguladoras. 16. Notificar de forma inmediata a la Fundación Bancaria la Caixa cualquier sospecha de fraude, ya sea intencional o no intencional, que se detecte en el desarrollo de la contratación objeto de la ayuda. 17. Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 19 de las bases reguladoras. 18. Mantener un sistema de contabilidad diferenciado para todas las transacciones relacionadas con las actuaciones objeto de ayuda, contando, al menos, con una codificación contable adecuada que permita identificar claramente dichas transacciones y su trazabilidad. 19. Observar las normas de subvencionabilidad nacionales del Ministerio de Empleo y Seguridad Social. 20. Cualquier otra obligación establecida en las bases reguladoras y en la convocatoria de ayudas Qué obligaciones deben cumplir las empresas, empresarios(as) autónomos(as) o entidades beneficiarias en materia de información y comunicación? Las empresas, empresarios(as) autónomos(as) o entidades beneficiarias de las ayudas deben cumplir los requisitos de información y comunicación previstos en el artículo 115 y en el anexo XII del Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, entre los cuales se incluyen los siguientes: Dar amplia difusión a las actividades desarrolladas e informar de la financiación de las mismas por el Fondo Social Europeo y por la Fundación Bancaria la Caixa. Para ello, las nóminas de la persona joven trabajadora correspondientes al periodo subvencionado deberán incluir una referencia que indique expresamente que el coste salarial de la nómina está cofinanciado por el Fondo Social Europeo y por la Fundación Bancaria la Caixa. Comunicar por escrito a la persona joven trabajadora que las ayudas recibidas para su contratación han sido cofinanciadas en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil por el Fondo Social Europeo y por la Fundación Bancaria la Caixa. La persona joven trabajadora emitirá declaración responsable expresa de ser conocedora de dicho extremo, declaración que se incluye en el modelo previsto a tal efecto en el anexo III de las bases reguladoras. Aceptar su inclusión en la lista de operaciones publicada de conformidad con el artículo 115, apartado 2, del Reglamento (UE) nº 1303/2013.

40 PROBLEMAS TÉCNICOS 127. Puedo realizar la acreditación de la empresa y la tramitación de la ayuda a través de un móvil? No. Todo el proceso de acreditación, solicitud de la ayuda y solicitud del pago de la ayuda se debe realizar a través de un ordenador o tablet accediendo al portal web del programa o He realizado la acreditación de la empresa o entidad y no me ha llegado el correo electrónico con las credenciales Una vez que la empresa o entidad se ha acreditado en el portal web del programa: y se ha dado de alta como empresa o entidad solicitante, la persona designada por esta como representante recibirá automáticamente un correo electrónico con las claves de acceso (usuario y contraseña). En el caso de que no reciba el correo electrónico, primero deberá comprobar si está bloqueado en su SPAM. Si no es así, intente recuperar la contraseña (ver FAQ 129 Cómo se puede recuperar la contraseña?). En el caso de que continúe teniendo problemas pónganse en contacto en el correo electrónico infolacaixaempleojoven@fundacionlacaixa.org / infolacaixafeinajove@fundaciolacaixa.org Cómo se puede recuperar la contraseña? Una vez que la empresa o entidad se ha acreditado en el portal web del programa: y se ha dado de alta como empresa o entidad solicitante, la persona designada por esta recibirá automáticamente un correo electrónico con las claves de acceso (usuario y contraseña). Con estas claves de acceso, se podrá acceder a la aplicación que permitirá iniciar el proceso de presentación de la solicitud de la ayuda y de la documentación administrativa requerida. La primera vez el portal web le pedirá que cambie la contraseña. En caso de necesitar recuperar la contraseña debe seguir los siguientes pasos: Como nombre de usuario es el mail que se ha indicado en la acreditación sin la parte final a partir y el texto de verificación aparece en el recuadro gris. Al enviar nueva contraseña se vuelve a enviar un correo con las nuevas credenciales No dispongo de certificado digital Para la acreditación de la empresa o entidad, así como para solicitar la ayuda, no se requiere certificado digital. Una vez acreditada la empresa o entidad, se remitirá por correo electrónico un usuario y contraseña para poder acceder al portal web del programa de ayudas. Ver FAQ 42 Cómo me acredito como empresa o entidad en el portal web del Programa?

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