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1 REGLAMENTO DE LA ESCUELA DEPORTIVA MUNICIPAL DE ALCÀSSER ESCUELA DEPORTIVA MUNICIPAL

2 PREÁMBULO Los Ayuntamientos en el ejercicio de sus competencias y en el cumplimiento del mandato constitucional, de las leyes estatal y autonómica del deporte y de la legislación local, desarrollan una incesante labor por medio de la aplicación de políticas de promoción e iniciación deportiva, inversión pública en instalaciones y equipamiento deportivo y oferta de servicios deportivos adecuados a toda la población. El ayuntamiento de Alcàsser con la finalidad de fomentar la práctica de actividades físicodeportivas y promover la formación y la educación de nuestros/as jóvenes, sin ánimo de lucro, tiene estructurada dentro del área de deportes la Escuela Deportiva Municipal. El siguiente Reglamento de la Escuela Deportiva Municipal de Alcàsser pretende fijar la filosofía y los objetivos de la misma, igual que los derechos y los deberes del personal perteneciente a esta Escuela Deportiva Municipal, jugadores/as, entrenadores/as y personal de mantenimiento, y también de los padres, madres y público en general que tengan relación con esta Escuela Deportiva. Así mismo el régimen disciplinario quiere reglamentar la conducta y las actuaciones de todo el personal que pertenece a esta Escuela Deportiva Municipal, jugadores/as y entrenadores/as, como miembros de la misma, en cualquier caso y circunstancia.

3 DERECHOS Y DEBERES Capítulo I: Derechos y deberes de los entrenadores/as, monitores/as y educadores/as deportivos de la Escuela Deportiva Municipal de Alcàsser. Artículo 1º. El objetivo principal de la Escuela Deportiva Municipal de Alcàsser es la educación y la formación de sus alumnos/as tanto en el ámbito deportivo como personal, considerando que el trabajo específico debe estar basado en buscar en el deporte y en la competición un medio educativo, y que el deseo de mejora y superación no debe suponer rechazo o marginación a aquellos menos dotados. Los trabajos del entrenador/a se plantearán con el objetivo de conseguir metas claras, pero siempre sobre los valores de cooperación y respeto, con disciplina y trabajo en equipo. La labor siempre la basaremos adecuando las actuaciones a la edad, para no influir negativamente en el desarrollo normal de los alumnos/as. El entrenador/a buscará el buen uso del deporte y la actividad física, con el fin de conseguir los mejores efectos, despertando en los alumnos un sentido de responsabilidad y cooperación, al mismo tiempo que un respeto a las normas. Por todo eso el entrenador/a pasa a ser un educador/a de los componentes de su grupo y de todos los alumnos/as de la Escuela Deportiva Municipal. Por este motivo, el comportamiento del entrenador/a debe ser correcto durante todo el curso deportivo tanto en los entrenamientos como en los partidos o en los desplazamientos. Artículo 2º. El entrenador/a desde el primer momento será el máximo responsable de su grupo de deportistas, deberá estar en la instalación deportiva con una antelación suficiente a la hora señalada del comienzo de la actividad, y su tarea finalizará una vez todos los alumnos/as de su grupo hayan abandonado los vestidores. Artículo 3º. En el caso de que un entrenador/a no pueda realizar un entrenamiento, dejará como responsable del entrenamiento a otro entrenador/a de la Escuela Deportiva, en el caso que esto no sea posible, se dejará a un substituto cualificado, y en el caso que esto no sea posible se suspenderá el entrenamiento, en todos los casos se informará de esto previamente al Coordinador/a de Deportes. Artículo 4º. En los partidos disputados en casa regirán las mismas normas que hacen referencia a los entrenamientos. Así mismo tendrán que cumplirse las normas establecidas por las federaciones o la Consellería para las diversas competiciones.

4 Artículo 5º. En los partidos fuera de nuestra localidad, sean oficiales o amistosos, los entrenadores/as tendrán una mayor atención y diligencia en todas sus tareas. Tendrán que encontrarse en el lugar de la convocatoria con una antelación de 15 minutos a la hora señalada por la misma. Cuando el desplazamiento se realice con autobús siempre tendrán que ir como acompañantes y responsables los entrenadores/as de la Escuela Deportiva. El entrenador/a tendrá que estar con sus alumnos en los desplazamientos y llevar un control de los mismos en todo momento. Si algún jugador decide realizar la vuelta a casa por algún otro medio que no sea el autobús de la Escuela, tendrá que comunicarlo con anterioridad a su entrenador/a, siendo indispensable para eso que se haga cargo del jugador/a, a su padre o una persona debidamente autorizada (para eso se tendrá que rellenar una hoja estándar confeccionada para tal efecto) ver anexo 1. Artículo 6º. El entrenador/a llevará un estricto control de las asistencias a los entrenamientos y a los partidos de su grupo de deportistas, entregando mensualmente al Coordinador/a una lista de asistencia de los mismos. Si algún jugador/a llegara tarde a entrenamientos o convocatorias sin causa justificada, el entrenador/a deberá tomar las medidas oportunas, notificándolo por escrito al Coordinador/a de Deportes (para eso se tendrá que rellenar una hoja estándar confeccionada para tal efecto) ver anexo 2. Así mismo, con carácter general, el entrenador/a no podrá tomar en ningún caso decisiones disciplinarias referentes a los jugadores/as sin consultarlo previamente con el Coordinador/a de Deportes. Artículo 7º. Las actas de los partidos, si las hubiera, serán entregadas al Coordinador de la Escuela a la semana siguiente de la disputa del partido. Artículo 8º. El entrenador/a realizará una lista con los convocados al partido, que tendrán que firmar cada uno de los jugadores, para confirmar su asistencia. Artículo 9º. Para realizar cualquier cambio de hora o día de entrenamiento, será preceptiva la confirmación del cambio por parte del Coordinador/a de Deportes.

5 Artículo 10º. Periódicamente, al menos una vez por trimestre, y cuando lo estime oportuno el Coordinador/a de Deportes o a instancias del Regidor/a de Deportes, se realizará una reunión de todos los entrenadores/as de la Escuela Deportiva Municipal, o con los de un mismo deporte, para cambiar impresiones, resolver problemas, tomar acuerdos, etc. Artículo 11º. Cuando un entrenador/a falte sin justificación a entrenamientos o partidos, o incumpla los fines de formación y educación que tiene esta Escuela Deportiva Municipal, o incurra en alguna falta, se le aplicará el régimen disciplinario vigente en la misma. Artículo 12º. En relación a los derechos de los alumnos/as de la Escuela Deportiva Municipal, a los avances científicos en materia deportiva y de educación física y a los nuevos requerimientos de esta sociedad, todos y cada uno de los monitores/as deberán sentir la necesidad de formarse en la materia que impartan. La Escuela Deportiva Municipal se reserva el derecho de establecer, en cada momento, cual será la capacitación mínima a exigir. Artículo 13º. Los entrenadores/as tienen el derecho a recibir formación por medio de los cursos organizados por el ayuntamiento, así mismo tienen la obligación de asistir a dichos cursos de formación. Artículo 14º. El monitor/a de cada actividad será, en la última instancia, responsable del material que use y de aquel que se encuentre en la instalación deportiva que use. Por tanto, deberá hacer respetar y respetar él mismo este material. Además, deberá explicar cualquier rotura, pérdida o mal uso o indicar los o las culpables. Artículo 15º. De acuerdo con el respeto que se debe a todas y cada una de las personas que se encuentran en una instalación deportiva, el entrenador/a deberá mostrar el mismo hacia las personas encargadas del arbitraje, tanto de sus partidos como de los otros que se celebren.

6 Capítulo II: Derechos y deberes de los alumnos/as de la Escuela Deportiva Municipal de Alcàsser. Artículo 16º. A cargo de cada grupo de alumnos/as habrá un entrenador/a responsable de los mismos, que estará con ellos en los entrenamientos, en los desplazamientos a otras localidades y durante los partidos correspondientes. El entrenador/a será el máximo responsable de los alumnos/as de su grupo y actuará como educador/a e instructor/a del mismo. Artículo 17º. Para entrar a formar parte como alumnos/as de la Escuela Deportiva Municipal será necesario el pago de una cuota anual, dicha cuota será utilizada para el mantenimiento de la misma. Artículo 18º. El alumno/a deberá mostrar respeto a su entrenador/a y al resto de sus compañeros/as, así como a los otros miembros de la Escuela Deportiva y a los componentes de los equipos rivales. Si algún alumno/a demuestra falta de respeto, o cualquier otra actitud que vaya en contra del reglamento del régimen disciplinario, será sancionado de acuerdo con el mismo. Artículo 19º. Desde el momento que se entra a formar parte de la Escuela Deportiva Municipal de Alcàsser, el alumno/a y sus padres se comprometen a aceptar las normas que rigen esta Escuela. Desde ese momento entran a formar parte de un colectivo social y tendrán que mostrar un comportamiento adecuado como representantes de dicha Escuela Deportiva. Artículo 20º. Cualquier problema que el alumno/a tenga tendrá que comunicarlo a su entrenador/a, o a sus superiores, con el fin de solucionarlo. Artículo 21º. Todos los alumnos/as de la Escuela Deportiva Municipal tendrán derecho a asistir a dos entrenamientos semanales. El entrenador/a de un grupo, junto con el Coordinador/a de Deportes pueden tomar la decisión de modificar los días u horarios de entrenamiento por motivos organizativos. Artículo 21º. Bis Los alumnos/as en competición, oficial o no, estarán obligados a vestir la uniformidad reglamentada.

7 Capítulo III: Derechos y deberes de los padres, madres y público en general. Artículo 22º. En relación a las intenciones educativas de la Escuela Deportiva Municipal, ya manifestadas en este Reglamento, los padres y madres y el público en general forman una parte primordial en esta sana intención. No se pueden disociar lo que pasa en un terreno de juego del resto de la tarea educativa. Por tanto, los padres, madres y público en general deberán mostrar una actitud de respeto con estas intenciones. Artículo 23º. Tanto los padres y madres de los jugadores como el público en general, deberán respetar a todos los jugadores/as, a cada uno de los entrenadores/as, al árbitro y al resto del público, tal y como se exige a los miembros de la Escuela Deportiva Municipal. Artículo 24º. Para solicitar información, criticar, sugerir o apoyar, los padres, madres y público en general podrán dirigirse a los entrenadores/as, al coordinador/a de deportes o al regidor/a del área en la forma y el momento adecuado, bien verbalmente o por escrito, siempre teniendo en cuenta los canales establecidos para el mismo. Capítulo IV: Derechos y deberes del personal de mantenimiento de las instalaciones deportivas municipales. Artículo 25º. Convertida la Escuela Deportiva Municipal en un gran espacio educativo, el personal de servicios y mantenimiento forma parte del mismo por lo que no se debe disociar de las tareas que allí se desenvuelven. Por eso mismo, el personal que preste servicios a las instalaciones municipales deberá mostrar la misma actitud de respeto hacia todas las personas que se encuentren en las instalaciones deportivas, tal y como se exigen a los padres, madres y público en general.

8 RÉGIMEN DISCIPLINARIO Régimen disciplinario para los entrenadores/as monitores/as y educadores/as de la Escuela Deportiva Municipal FALTAS LEVES Las faltas leves serán notificadas por escrito, comunicando el hecho y avisando de las repercusiones de la reincidencia. La competencia para resolver dichas faltas corresponde al regidor/a de deportes. A efectos sancionadores las faltas leves solamente serán acumulativas dentro de la misma temporada Se consideran faltas leves las siguientes: 1. No actuar en todo momento con el mayor decoro y dentro de los límites de la deportividad y la legalidad vigente. 2. Utilizar un vocabulario obsceno o impropio de la buena educación. 3. No asistir a un entrenamiento o partido sin haberlo solicitado previamente por escrito o verbalmente al Coordinador/a de Deportes. 4. Haber suprimido un entrenamiento o partido sin haberlo solicitado previamente por escrito o verbalmente al Coordinador/a de Deportes. 5. Cambiar el día o el horario de entrenamiento sin haberlo solicitado previamente por escrito o verbalmente al Coordinador/a de Deportes. 6. No estar antes de la hora del comienzo de los entrenamientos o de la hora de la citación de un partido. 7. No controlar a sus alumnos/as en los vestidores hasta que estos abandonen los mismos. 8. No controlar el material del EDM y el buen uso que se haga del mismo. 9. No llevar al día las hojas de control de asistencia a los entrenamientos y a los partidos. 10. No entregar mensualmente las hojas de control de asistencia de entrenamientos y partidos. 11. La falta de control de sus alumnos/as en todo momento, especialmente en los desplazamientos. 12. La no asistencia a los cursos o reuniones organizadas por el Ayuntamiento.

9 FALTAS GRAVES Las faltas graves se sancionarán con la advertencia de expulsión temporal del EDM de Alcàsser, aviso que será notificado recordando las repercusiones de reincidir. La competencia para resolver estas faltas corresponde a la Comisión Informativa de Deportes. A efectos sancionadores las faltas graves solamente serán acumulativas durante 2 temporadas consecutivas. Se consideran faltas graves las siguientes: 1. La acumulación de 2 faltas leves. 2. No informar por escrito de cualquier falta de disciplina de alguno de sus alumnos/as. 3. Menospreciar o insultar a un alumno/a, o a un árbitro. 4. La falta de acatamiento de alguna orden del Coordinador/a de Deportes o de sus superiores. FALTAS MUY GRAVES Las faltas muy graves se sancionarán con la expulsión definitiva del EDM de Alcàsser, expulsión que será notificada por escrito. Esta expulsión llevará implícita la pérdida de las retribuciones que tuviera pendientes de cobro. La competencia para resolver estas faltas corresponde a la Comisión Informativa de Deportes. Estas faltas pasarán a formar parte del historial del entrenador en la Escuela Deportiva Municipal Se consideran faltas muy graves las siguientes 1. La acumulación de dos faltas graves. 2. La reiteración por tercera vez de la misma falta leve. 3. El intento o la agresión del entrenador/a a un jugador/a, a otro entrenador/a o al árbitro de un partido.

10 Régimen disciplinario para los alumnos/as de la Escuela Deportiva Municipal FALTAS LEVES Las faltas leves se notificarán a los padres, comunicando el hecho y avisado de las repercusiones de la reincidencia. La competencia para resolver las faltas leves corresponde al entrenador/a encargado/a de cada grupo (para eso habrá que rellenar una hoja estándar confeccionada para tal efecto) ver anexo 2. A efectos sancionadores las faltas leves solamente serán acumulativas dentro de la misma temporada Se consideran faltas leves las siguientes: 1. La falta de asistencia injustificada a 4 entrenamientos. 2. La falta de asistencia injustificada a 2 partidos en los que se le haya citado o se cuente con su presencia. 3. El mal uso del material del EDM (balones, conos, equipajes, etc.) 4. La mala utilización de las instalaciones (duchas, vestidores, etc.) tanto en Alcàsser como fuera del pueblo. 5. La falta de respeto o consideración con los compañeros/as, entrenadores/as o cualquier responsable del EDM. 6. El mal comportamiento en los entrenamientos, desplazamientos o partidos. 7. La actitud antideportiva con los jugadores contrarios o con los árbitros. 8. La falta de aceptación de las enseñanzas e indicaciones del entrenador/a o responsable del equipo. 9. El abandono del entrenamiento o del partido sin informar de esto al entrenador. FALTAS GRAVES Las faltas graves se sancionarán con la expulsión de un mes de la EDM y de sus entrenamientos y competiciones, sean oficiales o no. Dos faltas graves se sancionarán con la expulsión de tres meses de la EDM y de sus entrenamientos y competiciones, sean oficiales o no. La apertura del expediente será notificada a los padres, dándoles un término de cinco días hábiles para realizar posibles alegaciones a los informes presentados. La competencia para resolver estas faltas corresponde a la Comisión Informativa de Deportes, cuya resolución será comunicada al alumno y a sus padres avisándoles de las repercusiones de reincidir. Se informará también al entrenador de la resolución de la Comisión cualquiera que esta sea. Las decisiones de la Comisión no serán recurribles. La Comisión Informativa de Deportes podrá autorizar durante el período de sanción el acceso del alumno sancionado a los entrenamientos, para valorar el cambio de actitud de dicho alumno, la posibilidad de continuar con dichos entrenamientos estará supeditada al informe semanal que el entrenador facilitará al Coordinar de Deportes en el que se verifique el cambio de actitud que le posibilite seguir entrenando, sin competir, hasta finalizar la sanción. Las sanciones deberán cumplirse en la misma temporada o en la siguiente en el caso que el alumno este matriculado de forma consecutiva.

11 A efectos sancionadores las faltas graves solamente serán acumulativas durante 2 temporadas consecutivas. Se consideran faltas graves las siguientes: 1. La acumulación de 2 faltas leves. 2. La ruptura de material deportivo o cualquier otra pertinencia del EDM. 3. La agresión, o el intento de agresión hacia un compañero/a, un contrario/a o al público. 4. Insultar al entrenador/a o a algún responsable del EDM. 5. Causar algún tipo de deterioro en el vehículo en que se desplace el equipo. 6. Irse de un desplazamiento sin comunicarlo al entrenador/a y sin avisarle de la persona que se hace responsable de su marcha. FALTAS MUY GRAVES Las faltas muy graves se sancionarán con la expulsión por un tiempo superior a tres meses de sus entrenamientos y competiciones, sean oficiales o no. La apertura del expediente será notificada a los padres, dándoles un término de cinco días hábiles para realizar posibles alegaciones a los informes presentados. La competencia para resolver estas faltas corresponde a la Comisión Informativa de Deportes, cuya resolución será comunicada al alumno y a sus padres avisándoles de las repercusiones de reincidir. Se informará también al entrenador de la resolución de la Comisión cualquiera que esta sea. Las decisiones de la Comisión no serán recurribles. La Comisión Informativa de Deportes podrá autorizar durante el período de sanción el acceso del alumno sancionado a los entrenamientos, para valorar el cambio de actitud de dicho alumno, la posibilidad de continuar con dichos entrenamientos estará supeditada al informe semanal que el entrenador facilitará al Coordinador de Deportes en el que se verifique el cambio de actitud que le posibilite seguir entrenando, sin competir, hasta finalizar la sanción. Las sanciones deberán cumplirse en la misma temporada o en la siguiente en el caso que el alumno este matriculado de forma consecutiva. Estas faltas pasarán a formar parte del historial del alumno en la Escuela Deportiva Municipal Se consideran faltas muy graves las siguientes: 1. La acumulación de 3 faltas graves. 2. La reiteración por tercera vez de la misma falta leve. 3. El robo de material deportivo o de pertinencias bien municipales o bien particulares. 4. Incurrir en dos actos vandálicos en instalaciones públicas o privadas, notificadas por las fuerzas de seguridad. 5. El intento o la agresión al entrenador, a un responsable del EDM o al árbitro de un partido. 6. No devolver el equipamiento o cualquier otro tipo de material de propiedad municipal entregado para los entrenamientos o los partidos.

12 MECANISMO SANCIONADOR DE LAS FALTAS Falta Leve Sancionada por el propio entrenador. Pasos que se han de seguir: 1. Informe del entrenador al Coordinador de Deportes. 2. Aviso del Coordinador a los padres. Falta grave y muy grave Sancionada por la Comisión Informativa de Deportes. Pasos que se han de seguir: 1. Informe del entrenador al Coordinador de Deportes. 2. Avisos del Coordinador a los padres y posibilidad de estos de alegar. 3. Informe del Coordinador de Deportes a la Comisión Informativa de Deportes, con informe del entrenador y de las posibles alegaciones de los padres. 4. Resolución por parte de la Comisión Informativa de Deportes. 5. Notificación de la resolución al alumno, a los padres i al entrenador. Disposición adicional Cuando, con carácter excepcional, se dé una situación no regulada en el presente Reglamento, la Corporación local en pleno decidirá sobre la misma. Alcàsser 06 de abril de 2005

13 ÁREA DE DEPORTES AYUNTAMIENTO DE ALCÀSSER ESCUELA DEPORTIVA MUNICIPAL DE ALCÀSSER DEPORTE EQUIPO ENTRENADOR/A ALUMNO/A SANCIONADO/A PARTE DE SANCIONES DE LAS FALTAS LEVES MOTIVO DE LA SANCIÓN: SANCIÓN IMPUESTA Alcàsser, de de 20 FIRMA DEL ENTRENADOR/A

14 ÁREA DE DEPORTES AYUNTAMIENTO DE ALCÀSSER ESCUELA DEPORTIVA MUNICIPAL DE ALCÀSSER AUTORIZACIÓN PARA LLEVARSE A UN ALUMNO/A DEPORTE EQUIPO ENTRENADOR/A PADRE / MADRE Como padre / madre o tutor/a del alumno/a: ALUMNO/A Autorizo a: PERSONA AUTORIZADA Para poder llevarse a mi hijo/a en su coche particular Alcàsser, de de 20 FIRMA DEL PADRE O MADRE

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