MÓDULO 6 PROCESO, PROCEDIMIENTO Y JUICIO UNIDAD 1 ELEMENTOS Y FIGURAS DEL DERECHO PROCESAL EN GENERAL
|
|
- Jorge Velázquez Gallego
- hace 7 años
- Vistas:
Transcripción
1 LICENCIATURA EN DERECHO MÓDULO 6 PROCESO, PROCEDIMIENTO Y JUICIO UNIDAD 1 ELEMENTOS Y FIGURAS DEL DERECHO PROCESAL EN GENERAL SESIÓN 1 JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA ACTIVIDAD 1 EL DERECHO PROCESAL A TRAVÉS DEL TIEMPO ALUMNO: MARTÍN CÉSAR HERNÁNDEZ MIRANDA MATRÍCULA: ES DOCENTE: LIC. ARTURO CASTRO LÓPEZ OCTUBRE 2016
2 INTRODUCCIÓN Como resultado del impacto negativo que producía en la antigua Roma la venganza privada aunado al mejoramiento inminente de las civitas, que sirvieran de control entre los grupos familiares y gentilicios, surge dentro de la Lex XII Tabularum (Ley de las XII Tablas), durante el período de la República, la denominada actio (Acción), siendo ésta un instrumento jurídico-procesal, el cual estaba a disposición de cualquier persona que quisiera hacer valer su derecho frente a algún tribunal, de tal manera que tratándose del tipo de acción que se llevara a cabo, se desarrollan los siguientes procedimientos: Declarativos: El reconocimiento formal de un derecho mediante proceso. Ejecutivos: El cumplimiento o ejecución de un derecho el cual ya ha sido reconocido por ley o por sentencia de juicio declaratorio. Con el uso de dichos procesos, paulatinamente se fue eliminando se fue extinguiendo la tradición de la venganza privada, lo anterior gracias a que el número de acciones fue incrementando, dando lugar al denominado Ordo Iudiciorum Privatorum (Orden de los Juicios Privados), del que surgen los siguientes procedimientos: Legis actionis Procedimiento de las Acciones de Ley). Per formulam (Procedimiento Formulario). Con lo anterior, se da el inicio del Procedimiento Civil Romano, dentro de la historia de las Instituciones Jurídicas y a partir de la legislación descenviral. 1. Qué es el Derecho Procesal Civil? DESARROLLO DEL TEMA Es un conjunto de relaciones jurídicas, por las que se pretende el restablecimiento del orden jurídico por medio de una resolución jurisdiccional que declare un derecho, basada en el derecho privado. 2. Cómo se constituía el Proceso Romano Civil? Podemos mencionar que los Procedimientos Civiles Romanos, fueron tres de los cuales los dos primeros conjuntamente constituyeron el Ordo Iudiciorum Privatorum, denominados juicios privados, y un tercero el Cognitio extra ordinem denominado procedimiento extraordinario: Ordo Iudiciorum Privatorum (Orden de los Juicios Privados): I. Legis actionis (Procedimiento de las Acciones de Ley): El cual se contempla en la Lex XII Tabularum, manteniéndose en vigor durante el período de la República. Per formulam (Procedimiento Formulario): Surgido por la lex aebuti, durante el siglo II a.c., aplicándose a la par de la legis actionis. A pesar de sus diferencias, ambos procedimientos guardan dos características similares: a) Su desarrollo fue en dos fases, la primera de ellas in iure ante el experto en derecho (el Magistrado); la segunda apud iudicem, ante quien no es experto en derecho (Juez o Jueces). b) La sentencia es inapelable en ambos procedimientos. Cognitio extra ordinem (Procedimiento Extraordinario): Consecuencia de las reformas iniciadas por Octavio durante el Principado, de las que podemos mencionar dos leyes importantes: a) La Lex Iulia de iudiciis privatis: Aboliendo el Procedimiento de las Legis actionis, determinando como procedimiento único del Ordo Iundiciorum Privatorum, al procedimiento Per formulam. b) La Lex Iulia de iudiciis publicis: Dictándose a través de ella normas del procedimiento criminal. Clases de acciones en el Procedimiento Legis actionis Se dan cinco clases de acciones en dicho procedimiento, Acciones declarativas: Dan lugar a juicios declarativos, con la finalidad de alcanzar el reconocimiento de un derecho a través de sentencia, siendo las siguientes. 1. Legis Actio Sacramento (Acción de Apuesta Sacramental): El que perdiera durante el juicio, pagaría una cantidad de dinero (sacramentum), como pena previamente establecida y a favor del pueblo. 2. Legis Actio Per Iudicis Arbitriven Postulationem (Acción de Ley por Petición de Juéz o Árbitro): Se limita a solicitar al Magistrado se nombre a un Juez o Árbitro, cuando el demandado no acepta el pago de la deuda reclamada por el demandante, consecuencia de un contrato verbal (sponcio), o en su caso, para solicitar la división de una herencia. Desaparece la apuesta sacramental. 3. Legis Actio Per Condictionem (Acción de Ley por Condicción): La Lex Silia le da origen para el reclamo de deudas ciertas de dinero, y posteriormente la Lex Calpurnia la proyecta aún más, para el reclamo de casi cualquier otra cosa cierta. En estos casos, el demandante, sin expresar motivos de su reclamación, ante la negativa del demandado del reconocimiento de una deuda, solicita la comparecencia de éste último a los treinta días, con la finalidad de seleccionar al Juez. Acciones Ejecutivas: En ellas se pr omueven juicios ejecutivos cuya finalidad es el dar cumplimiento a un der echo anter ior mente r econocido. 4. Legis Actio Per Manus Iniectionem (Acción por Aprehensión Corporal): Se llevaba a cabo cuando el demandado no daba cumplimiento a la sentencia dictada por un Juez, en el sentido del pago al demandante, esta acción se ejecutaba pasados treinta días contados a partir del pronunciamiento de la sentencia; o bien si se había realizado la confiessio in iure (Confesión en la ley), es decir, el demandado reconoce ante el Magistrado durante el proceso que las pretensiones del demandante son ciertas 5. Legis Actio Per Pignoris Capionem (Acción por toma de Prenda): Se concedía a aquellos acreedores que con el solo hecho de pronunciar algunas palabras solemnes, podía apoderarse de bienes del deudor ante testigos, como resultado de no haber podido obtener el cobro de sus créditos.
3 Diferencias entre el Ordo Iundiciorum Privatorum, y el Cognitio Extra Ordinem Importante hacer mención de las diferencias que presenta el Cognitio extra ordinem, frente al Ordo Iundiciorum Privatorum, que nos permitirán dimensionar las características del Procedimiento Civil Romano: 1. El juicio, se realiza frente a un Magistrado-Juez, en una sola fase. 2. En una misma jurisdicción se contemplan los juicios públicos o penales, y los privados. 3. Las sentencias emanadas, son susceptibles a recursos de apelación sucesivos, hasta que el mismo Emperador los llega a conocer, quien una vez que dicta su sentencia, ésta es firme e inapelable. 4. Para finales del siglo II y principios del III d.c., se impone definitivamente el Ordo Iundiciorum Privatorum, en todos los ámbitos, siendo a la postre el único existente. 5. Por una Constitución de los Emperadores Constancio y Clemente en el siglo IV d.c., se suprime el Per formulam (Procedimiento Formulario). Fases del Procedimiento de las Legis Actionis Fase In Iure (Magister) I. In ius vocatio (Citación): El demandante realiza un llamamiento privado o citación al demandado para presentarse ambos ante el Magistrado, y dar inicio al proceso. Manus inectio extrajudicial (Si el demandado no acude): El demandante con la autorización del Magistrado, podrá ejercer acto de violencia física manus inectio (hecharle la mano), al demandado en el caso que no quiera presentarse ante el Magistrado, y obligarlo a hacerlo, como medida extrajudicial. Vindex y vas vadimonium (Forma de evitarla): El demandado podía enviar a un vindex (fiador), en su nombre, como medida para evitar la manus inectio, el cual garantizara la presentación del demandado ante el Magistrado en un momento posterior. Ya personado el demandado y no se resolvía el conflicto durante ese día, éste tendría que presentar otro vas (Fiador), que garantice la presencia del demandado otro día señalado. A este segundo tipo de garantía se le denomina vadimonium. Solicitar acción y concederla o no el Magistrado: El demandante es el único que podrá solicitarle acción al Magistrado, quien podrá o no concederla, en caso afirmativo, se da inicio formal al proceso, si es negada, el proceso se dará por nunca iniciado. V. Confesio in iure: El proceso ya iniciado podrá parar en el caso que el demandado acepte y reconozca las pretensiones del demandante, la conefesio in iure, equivale a una sentencia, en caso de incumplimiento del demandado, el demandante podrá dar inicio a un proceso ejecutivo. VI. Litis contestatio: Es el momento intermedio del litigio, en primera instancia se finaliza la fase in iure frente al Magistrado, en segunda instancia se procede a nombrar al Juez e iniciar la fase apud iudicem. Todo lo ya realizado por las partes ha quedado acreditado por testigos. V Designación del Juez: Se elige de común acuerdo entre las partes o por sortituio (sorteo), de entre los Jueces inscritos en los Colegios de recuperatores y de centumviri. Fase Apud Iudicem (Ante el Juez) I. Se presentan las partes litigantes ante el Juez, en caso de ausencia de alguna de ellas, pierde el proceso. Recapitulación breve de hechos: Ante el Juez, el juicio se reanudaba con una recapitulación breve. Práctica de las pruebas: Ambas partes por obligación aportaban los medios de prueba necesarios que fundamentaran sus posiciones. El Juez no realizaba investigación alguna de dichas pruebas, ya que se consideraba como pruebas fundamentales, los dichos de las partes y de testigos, pasando a segundo término las pruebas documentales. Dictar sentencia: Ya practicadas las pruebas y con opinión del Juez sobre ellas, procedía a dictar o no sentencia al demandado, o bien si fuera un juicio divisorio, se repartía el bien entre las partes. Al no existir instancias superiores, la sentencia dictada por el Juez no acepta ningún recurso de apelación, es decir eran definitivas, y constituían nuevos derechos para sus destinatarios. V. Ejecución de sentencia (30 días): Si el condenado después de treinta días no cumplía con la sentencia, el vencedor, podría iniciar nuevo juicio ejecutivo, a través de la legis actio per manus iniectionem. Procedimiento Per Formulam Al igual que el Procedimiento de las Legis Actionis, se desarrolla en dos fases (In Iure y Apud Iudicem), contiene las siguientes diferencias: I. Sus sentencias son inapelables. Pueden acudir a este procedimiento tanto ciudadanos romanos como extranjeros. En relación a la ordenación y dirección del proceso el Magistrado tiene mayor actividad. Se utiliza un nuevo documento jurídico procesal denominado la fórmula, en el cual, el Magistrado redacta y registra las actuaciones del demandante y del demandado, así como cualquier tipo de medida adoptada por el propio Magistrado. V. El demandado tiene también mayor actividad ante las acciones del demandante, ya que le puede responder con una medida similar denominada la exceptio, de tal forma que ambas partes podrán contestar lo que soliciten y les sea concedido por el Magistrado. VI. La sentencia en este proceso será siempre de carácter pecuniario. V Aumenta el número de acciones, tales como: Acciones civiles o acciones honorarias o pretorias: Las civiles reguladas por el Ius civile, y las segundas por el Ius honorarium. Acciones in rem y acciones in personam: Las primeras para reclamar una cosa (res), en contra de quien la tenga en sus manos al momento; la segunda se realizan en contra del deudor o deudores determinados, a quienes se les exija el cumplimiento de una acción. Acciones arbitrarias: El Magistrado le permite al Juez que el demandado restituya o exhiba lo reclamado antes de dictar sentencia, de tal forma, que le sea posible otorgar un valor pecuniario. Acciones de buena fe y derecho estricto: En las primeras el Magistrado autoriza al Juez a juzgar equitativamente; en cuanto a la segunda, el Juez tomará únicamente en cuenta el contenido de la fórmula.
4 Acciones derivadas de actos ilícitos: Como son las Acciones Penales, cuyo fin es conseguir una poena (pena), que consiste en una cantidad de dinero para resarcir el daño causado; Acciones Reipersecutorias, buscan la recuperación o devolución de alguna cosa; Acciones Mixtas, buscan conseguir una cosa y además la pena. Acciones temporales y acciones perpetuas: Las primeras tienen un período de tiempo limitado para su ejercicio, prescriben después de cumplirse el plazo otorgado; las segundas, no contienen un plazo limitado, por lo tanto no prescriben. Acciones privadas y acciones populares: Las primeras solo el propio interesado las puede ejecutar,, las segundas, son ejecutables por cualquier persona. La Cognitio Extra Ordinem Fue gracias a la Constitución de Constancio y Clemente, que suprime definitivamente el Procedimiento Per Formulam, que termina por consolidarse la Cognitio Extra Ordinem, como el único procedimiento judicial romano. I. Se desarrolla en una sola fase, ante el Magistrado-Juez, quien es la misma persona. La jurisdicción civil y penal, se unifican en este procedimiento. Desaparecen la actio, la fórmula y la exceptio, en cuanto a su significado original, convirtiéndolas en medidas de pedir protección jurídica, a través del escrito de demanda, que incluye las pruebas que se quieran hacer valer. Se pueden impugnar sus sentencias ante un superior jerárquico, a través de un recurso de apelación. 3. Cuadro comparativo entre el Derecho Procesal Civil Romano y el Derecho Procesal Mexicano actual A manera de clarificar las características del Derecho Procesal Civil Romano y su influencia hacia el Derecho Procesal Mexicano en al actualidad, presentamos el siguiente cuadro comparativo. Período del Derecho Procesal Civil Romano Características por Período Persistencias de la Tradición Romana en el Derecho Procesal Mexicano Actual LEGIS ACTIONIS Pertenece al Ordo Iudiciorum Privatorum (Orden de los Juicios Privados). Se desarrolla en dos fases: Primera Fase In iure: Esta fase se realiza frente a un Magistrado (Magister), quien inicia y encausa el proceso hasta la segunda fase, como experto en materia jurídica. Segunda Fase Apud iudicem: Esta fase se realiza frente a quien no es experto en Derecho, un Juez (Iudex), a éste se le presentan las pruebas que servirán de base para dictar sentencia condenatoria o no, al demandado. Sus sentencias son inapelables. En este proceso las declaraciones orales o verbales son predominantes. Es formalista y solemne. Es regulado por el ius civile (Derecho ciudadano). Sólo podían acudir a este procedimiento ciudadanos romanos. Podemos destacar los siguientes elementos que persisten en el Derecho Procesal Mexicano en la actualidad que son: Acción: Es todo el derecho que una persona tiene para la promoción de un proceso ante los órganos jurisdiccionales, y cuya finalidad es la obtención de una resolución favorable sobre una pretensión. Jurisdicción: Son los órganos del Estado que ejercen su función, para que por medio de un proceso, conozcan y resuelvan los litigios o controversias de las partes en conflicto, así como ordenar la ejecución de lo ya resuelto y juzgado. Proceso: Son el conjunto de actos y hechos jurídicos por los cuales los órganos jurisdiccionales conocen, dirigen y deciden los litigios. También podemos destacar otros elementos importantes derivados del proceso: Se inicia con un litigio. Se desarrolla durante un procedimiento. Se busca lograr una sentencia. Dicha sentencia sea ejecutada. PER FORMULAM Pertenece al Ordo Iudiciorum Privatorum (Orden de los Juicios Privados). Su naturaleza jurídica proviene de la jurisdicción arbitral, a partir del pretor Peregrino. Se desarrolla en dos fases: Primera Fase In iure: Esta fase se realiza frente a un Magistrado (Magister), quien inicia y encausa el proceso hasta la segunda fase, como experto en materia jurídica. Segunda Fase Apud iudicem: Esta fase se realiza frente a quien no es experto en Derecho, un Juez (Iudex), a éste se le presentan las pruebas que servirán de base para dictar sentencia condenatoria o no, al demandado. Sus sentencias son inapelables. Ciudadanos romanos y extranjeros podían acudir a este procedimiento. Para la dirección y ordenación del proceso el Magistrado presenta mayor actividad. El mismo Magistrado redacta el documento jurídico procesal denominado Fórmula, donde quedan registradas las actuaciones del demandante y del demandado, así mismo las medidas que el mismo Magistrado podría adoptar. El demandado tiene mayor actividad ante las acciones realizadas por el demandante, respondiendo con otra medida como la llamada exeptio. El Magistrado concede a su parecer todo aquello que sea necesario que las partes interpongan entre sí, pudiendo darse contestación mutuamente. La condena emitidas siempre será de carácter pecuniario. El número de acciones se multiplica. Cabe mencionar que de fondo, persisten los mismos elementos antes expuestos en relación a la Legis Actionis, es decir, la acción, la jurisdicción y el proceso.
5 Período del Derecho Procesal Civil Romano Características por Período Surge en la época del Pricipado, impulsado por Octavio, en primera instancia para resolver asuntos de Derecho de Sucesiones y Derecho de Familia, conviviendo durante algunos siglos con el procedimiento formulario. Persistencias de la Tradición Romana en el Derecho Procesal Mexicano Actual COGNITIO EXTRA ORDINEM Posteriormente va ganando lugar e incluso el mismo protagonismo y poder que la figura del Princeps (Príncipe). Suprime con el paso del tiempo al procedimiento formulario, gracias a la Constitución de Constancio y Clemente, consolidándose como el único Procedimiento Judicial Romano. Se desarrolla en una sola fase ante el Magistrado-Juez quien es la misma persona. La jurisdicción civil y penal se unifican en este procedimiento. Desaparecen la exeptio, la fórmula y la actio, en relación a su original significado, convirtiéndose en manera de solicitar protección jurídica a través del escrito de demanda, el cual incluye las pruebas que se busca hacer valer. Sus sentencias podrán ser impugnadas a través de un recurso de apelación, que es presentado ante un superior jerárquico. En la actualidad podemos comentar que también hay elementos que persisten en el Derecho Procesal Mexicano, siendo los ya comentados anteriormente, la acción, la jurisdicción y el proceso, además de lo contenido durante dicho proceso, el cual inicia con un litigio, que se desarrolla durante un procedimiento, para alcanzar una sentencia, la cual podrá ser impugnada mediante el uso de recursos de apelación de sentencia frente a un organismo supremo. CONCLUSIÓN Con lo anteriormente expuesto, podemos concluir que el Derecho Procesal Civil Romano, entre otras ramas del Derecho, sigue teniendo gran influencia en la actualidad en el Derecho Procesal Mexicano, si bien es cierto que los romanos lo instituyeron durante un largo período durante el cual, sufrió adecuaciones conforme a la época, sin embargo, por parte de las autoridades, con base a las leyes establecidas, su objetivo siempre fue el regular, dirimir y sancionar, aquellas controversias surgidas entre los sujetos del derecho, en relación al objeto jurídico en disputa, de tal forma, que en la actualidad es precisamente lo que se busca en nuestro Derecho. Fuentes de consulta Couture, E. (1958). Fundamentos del Derecho Procesal Civil. Buenos Aires, Argentina. Roque DePalma Editor. Fernández, M. (s.f.). Procedimiento Civil Romano. Texto en [PDF]. Disponible en
LEGIS ACTIONES. El procedimiento de las acciones de la ley. Características Descripción de cada una LEGIS ACTIONES
LEGIS ACTIONES El procedimiento de las acciones de la ley Características Descripción de cada una LEGIS ACTIONES Origen y número Características: Parte del ordo iudiciorum privatorum (ordenamiento de los
Más detallesDERECHO PROCESAL ROMANO: LOS TRES SISTEMAS DE PROCEDIMIENTO Y DE LAS ACCIONES DE LA LEY
Derecho Romano 1 Sesión No. 11 DERECHO PROCESAL ROMANO: LOS TRES SISTEMAS DE PROCEDIMIENTO Y DE LAS ACCIONES DE LA LEY Al finalizar la sesión, el participante será capaz de: Identificar las bases orgánicas
Más detallesDerecho y Proceso. Ejercicio y protección de los derechos
Derecho y Proceso Ejercicio y protección de los derechos Evolución de la justicia privada Esfera Penal: 1) Venganza privada ilimitada 2) Ley de talión 3) Compensación voluntaria 4) Compensación legal Esfera
Más detallesPROCEDIMIENTO CIVIL ROMANO
PROCEDIMIENTO CIVIL ROMANO 1.- PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS : LA ACCIÓN.- LOS PERÍODOS HISTÓRICOS DEL PROCEDIMIENTO ROMANO En los orígenes del Derecho romano, la protección de los derechos del individuo
Más detallesCONTENIDOS FUNDAMENTALES A ESTUDIAR EN LOS CAPÍTULOS 8 Y 9 DIFICULTADES POTENCIALES QUE PUEDE ENCONTRAR EL ALUMNO EN EL ESTUDIO DE ESTOS CONTENIDOS.
CONTENIDOS FUNDAMENTALES A ESTUDIAR EN LOS CAPÍTULOS 8 Y 9 -Legislación básica vigente sobre la administración de justicia en el orden constitucional y civil. -Características generales del proceso romano.
Más detallesMÓDULO 6 PROCESO, PROCEDIMIENTO Y JUICIO UNIDAD 3 ETAPA CONCLUSIVA, ETAPA RESOLUTORIA Y MEDIOS DE IMPUGNACIÓN
LICENCIATURA EN DERECHO MÓDULO 6 PROCESO, PROCEDIMIENTO Y JUICIO UNIDAD 3 ETAPA CONCLUSIVA, ETAPA RESOLUTORIA Y MEDIOS DE IMPUGNACIÓN SESIÓN 7 MEDIOS DE IMPUGNACIÓN ACTIVIDAD 2 RECURSOS ALUMNO: MARTÍN
Más detallesLA REPRESENTACIÓN PROCESAL EN EL DERECHO ROMANO Origen y evolución histórica de la figura del Procurador
LA REPRESENTACIÓN PROCESAL EN EL DERECHO ROMANO Origen y evolución histórica de la figura del Procurador Por Ana Isabel Virtudes González El antiguo procurator romano dista bastante de su homólogo actual,
Más detallesMÓDULO 6 PROCESO, PROCEDIMIENTO Y JUICIO UNIDAD 2 PREPARACIÓN Y DESARROLLO DEL ACTO PROCESAL SESIÓN 3 LOS ACTOS PROCESALES
LICENCIATURA EN DERECHO MÓDULO 6 PROCESO, PROCEDIMIENTO Y JUICIO UNIDAD 2 PREPARACIÓN Y DESARROLLO DEL ACTO PROCESAL SESIÓN 3 LOS ACTOS PROCESALES ACTIVIDAD 1 ACTOS PROCESALES DE LAS PARTES ALUMNO: MARTÍN
Más detalles2. Naturaleza jurídica y finalidad del procedimiento monitorio. La rápida obtención por el acreedor de un título ejecutivo in audita parte
I. GENERALIDADES DE LA PROTECCIÓN JURISDICCIONAL DEL CRÉDITO. NATURALEZA JURÍDICA Y CLASES DE PROCEDIMIENTOS MONITORIOS 1. Aspectos generales del procedimiento monitorio como instrumento procesal de lucha
Más detallesTeoría General del Proceso
Teoría General del Proceso 1 Sesión No.5 Nombre: Jurisdicción y competencia Contextualización Uno de los elementos que conforman a un estado, es el gobierno, entendiéndose por éste al conjunto de órganos
Más detallesProcedimientos de la nueva ley de Enjuiciamiento Civil En vigor desde el
Procedimientos de la nueva ley de Enjuiciamiento Civil En vigor desde el 8.01.2001 9 abc de la justicia JUSTIZIA, LAN ETA GIZARTE SEGURANTZA SAILA Justizia Administrazioarekiko Harremanetarako Zuzendaritza
Más detallesPráctica Procesal Civil
Práctica Procesal Civil 1 Sesión No. 9 Juicios Especiales Objetivo Explicar qué es el juicio arbitral y distinguir entre el compromiso arbitral, cláusula compromisoria y contrato de arbitraje. Identificar
Más detallesPedro Alberto Jedlicka Z. Pedro Alberto Jedlicka Z. Material de Repaso Exclusivo para Alumnos Universidad Monteávila Derechos Reservados
Pedro Alberto Jedlicka Zapata Universidad Monteávila La Teoría del Unidad 1. Teoría del Tema 1. Proceso y (cont...) El : Noción y Características. Ordinario y s Especiales Florencia, Italia Catedral de
Más detallesMÓDULO 6 PROCESO, PROCEDIMIENTO Y JUICIO UNIDAD 1 ELEMENTOS Y FIGURAS DEL DERECHO PROCESAL EN GENERAL SESIÓN 2 SUJETOS QUE INTERVIENEN EN EL PROCESO
LICENCIATURA EN DERECHO MÓDULO 6 PROCESO, PROCEDIMIENTO Y JUICIO UNIDAD 1 ELEMENTOS Y FIGURAS DEL DERECHO PROCESAL EN GENERAL SESIÓN 2 SUJETOS QUE INTERVIENEN EN EL PROCESO ACTIVIDAD 3 EL JUZGADOR ALUMNO:
Más detallesTeoría General del Proceso
Teoría General del Proceso 1 Sesión No. 9 Nombre: El proceso Contextualización Una de las formas de resolver los conflictos de intereses, es a través de un proceso, tal como ya se ha comentado anteriormente.
Más detallesDERECHO PROCESAL CIVIL
DERECHO PROCESAL CIVIL OBJETIVO GENERAL El conocimiento adquirido en la materia de Teoría General del Proceso, es indispensable para la comprensión de cada una de las ramas del Derecho Procesal. El objetivo
Más detallesEL CONVENIO ARBITRAL
IV CONGRESO NACIONAL DE MEDIACIÓN Dirección de Resolución Alterna de Conflictos EL CONVENIO ARBITRAL MSc. José René Orúe Cruz 7 de Septiembre de 2006 NATURALEZA JURÍDICA Teorías: Privatista o Contractualista.
Más detallesQUÉ SUCEDE SI LA PARTE CONDENADA NO CUMPLE EL LAUDO ARBITRAL?
ARBITRAJE EN ARRENDAMIENTOS URBANOS QUÉ ES EL ARBITRAJE? El arbitraje privado, regulado por la Ley 60/2003 de 23 de diciembre, es un mecanismo eficaz y alternativo a la justicia ordinaria que permite la
Más detallesUnidad 1. Acto de autoridad.
Unidad 1 Acto de autoridad. UNIVERSIDAD AMERICA LATINA JUICIO DE AMPARO UNIDAD 1 Para establecer en contra de qué actos procede el juicio de amparo, es menester precisar dos conceptos fundamentales, toda
Más detallesMÓDULO 6 PROCESO, PROCEDIMIENTO Y JUICIO UNIDAD 1 ELEMENTOS Y FIGURAS DEL DERECHO PROCESAL EN GENERAL
LICENCIATURA EN DERECHO MÓDULO 6 PROCESO, PROCEDIMIENTO Y JUICIO UNIDAD 1 ELEMENTOS Y FIGURAS DEL DERECHO PROCESAL EN GENERAL SESIÓN 1 JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA ACTIVIDAD 2 LA DOCTRINA EN EL DERECHO PROCESAL
Más detallesUnidad III: Los derechos fundamentales. Tema II: El juicio de amparo
Unidad III: Los derechos fundamentales Tema II: El juicio de amparo EL JUICIO DE AMPARO El juicio de amparo es un medio procesal constitucional del ordenamiento jurídico mexicano, que tiene por objeto
Más detallesSesión No. 5. Nombre: Titularidad de la Acción Penal. Contextualización DERECHO PROCESAL 1
Derecho Procesal DERECHO PROCESAL 1 Sesión No. 5 Nombre: Titularidad de la Acción Penal Contextualización Para comprender con mayor detenimiento el término de la acción penal, es importante comprender
Más detallesJUICIO EN LA VIA SUMARIA
JUICIO EN LA VIA SUMARIA PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES QUE RIGEN AL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Al hablar sobre seguridad jurídica, principio primordial en la justicia administrativa, se hace patente
Más detallesPráctica Procesal Civil
Práctica Procesal Civil 1 Sesión No. 6 Fase Conclusiva Objetivo Distinguir las resoluciones judiciales, describir la estructura formal de la sentencia y explicar los requisitos de la misma. Distinguir
Más detallesRisuglia Maria c/ Zarate Rosario Elena s/ Cumplimiento de Contrato. Tribunal: Excma. Cámara de Apelación Civil y Comercial - Sala I
SENTENCIA Principio de Congruencia Reserva de derecho Risuglia Maria c/ Zarate Rosario Elena s/ Cumplimiento de Contrato Tribunal: Excma. Cámara de Apelación Civil y Comercial - Sala I Causa: 46.883 R.S.:
Más detallesDERECHO PROCESAL ROMANO: PROCEDIMIENTO FORMULARIO Y PROCEDIMIENTO EXTRAORDINARIO
Derecho Romano 1 Sesión No. 12 DERECHO PROCESAL ROMANO: PROCEDIMIENTO FORMULARIO Y PROCEDIMIENTO EXTRAORDINARIO Al finalizar la sesión, el participante será capaz de: Reconocer los diferentes sistemas
Más detallesPODER JUDICIAL DEL ESTADO SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA TERCERA SALA SENTENCIAS QUE CAUSARON ESTADO
PODER JUDICIAL DEL ESTADO SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA TERCERA SALA SENTENCIAS QUE CAUSARON ESTADO NÚMERO DE TOCA FECHA EN QUE SE DICTÓ LA SENTENCIA 27-2010 08 ocho de febrero de 2011 dos mil once. Por
Más detallesLa legislación de las Naciones Unidas para el Derecho
DE TRASCENDENCIA Juez con nuevas funciones en arbitraje Aprenda cuando se requerirá la intervención del órgano jurisdiccional en el arbitraje como resultado de las reformas al Código de Comercio. Como
Más detallesPROGRAMA DE DERECHO PROCESAL I (CIVIL) CURSO 2012/2013 PARTE PRIMERA: LOS PROCESOS CIVILES PARTE SEGUNDA: COMPETENCIA Y PARTES PROCESALES
PROGRAMA DE DERECHO PROCESAL I (CIVIL) CURSO 2012/2013 PARTE PRIMERA: LOS PROCESOS CIVILES LECCION 1.- PROCESOS CIVILES 1. PLANTEAMIENTO 2. LOS PROCESOS DECLARATIVOS 3. LOS PROCESOS DECLARATIVOS ORDINARIOS
Más detallesSesión No. 8. Contextualización DERECHO ROMANO 1. Nombre: Derecho procesal romano
DERECHO ROMANO DERECHO ROMANO 1 Sesión No. 8 Nombre: Derecho procesal romano Contextualización Uno de los aspectos más importantes del derecho romano que ha tenido gran influencia en nuestro derecho es
Más detallesTeoría General del Proceso
Teoría General del Proceso 1 Sesión No.4 Nombre: La excepción Contextualización Cuando una persona decide ejercer una acción ante un órgano jurisdiccional, hace que éste intervenga para resolver el litigio
Más detallesCaducidad en la Nueva Ley de Contrataciones con el Estado Dr. Juan Huamaní Chávez Lima, 7 de noviembre de 2016
Caducidad en la Nueva Ley de Contrataciones con el Estado Dr. Juan Huamaní Chávez Lima, 7 de noviembre de 2016 LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO N 30225 Y SU REGLAMENTO Decreto Supremo N 350-2015-EF Caducidad
Más detallesPERITO TASADOR DE SEGUROS AGRARIOS
PERITO TASADOR DE SEGUROS AGRARIOS PRESENTACIÓN DEL CURSO El Sistema Español de los Seguros Agrarios Combinados actualmente en vigor, se creó en 1978 con un doble objetivo: en primer lugar, se trataba
Más detallesEXPEDIENTE No. 225/2013
1 - - - - En Tenango de Doria, Estado de Hidalgo, a 23 (veintitrés) de agosto de 2013, (dos mil trece).- - - - - - - - - - - - - - V i s t o s los autos para dictar SENTENCIA DEFINITIVA dentro del JUICIO
Más detallesTEMA 7. DEVENGO DE COSTAS EN LA EJECUCIÓN PROVISIONAL
TEMA 7. DEVENGO DE COSTAS EN LA EJECUCIÓN PROVISIONAL Es un principio comúnmente aceptado por la doctrina que en la esfera jurídica del demandado sólo caben injerencias coactivas cuando la incertidumbre
Más detallesDerecho Procesal Civil
GUÍA DOCENTE 2014-2015 Derecho Procesal Civil 1. Denominación de la asignatura: Derecho Procesal Civil Titulación Doble Grado en Derecho y Administración y Dirección de Empresas Código 6702 2. Materia
Más detallesTURNO DE OFICIO EL PRONUNCIAMIENTO EN COSTAS A FAVOR DEL BENEFICIARIO DE JUSTICIA GRATUITA
EL PRONUNCIAMIENTO EN COSTAS A FAVOR DEL BENEFICIARIO DE JUSTICIA GRATUITA EL INCIDENTE DE INSOSTENIBILIDAD DE LA PRETENSIÓN El incidente de insostenibilidad es un trámite que está regulado en los artículos
Más detallesFORMA Y EFECTOS DEL ACUERDO ARBITRAL
FORMA Y EFECTOS DEL ACUERDO ARBITRAL Cuál es la formalidad que exige la Ley de Arbitraje para el acuerdo arbitral? El acuerdo arbitral no está sujeto a formalidades especiales para su validez; sin embargo,
Más detallesPráctica Procesal Civil
Práctica Procesal Civil 1 Sesión No. 8 Fase ejecutiva Objetivo Señalar los requisitos y la forma de la ejecución de las sentencias, explicar la función del procedimiento de tercerías y describir los procedimientos
Más detallesETAPA DE INVESTIGACIÓN
ETAPA DE INVESTIGACIÓN Uno de los cambios más radicales del nuevo sistema en cuanto a la estructura del proceso es la sustitución de la averiguación previa, por una etapa de investigación desformalizada.
Más detallesMensaje del Código de Procedimiento Civil Mensaje sobre modificaciones a este Código... 9
ÍNDICE DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL V Índice DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL Mensaje del Código de Procedimiento Civil... 1 Mensaje sobre modificaciones a este Código... 9 Decreto Nº 1.107, del
Más detallesCódigo Civil y Comercial de la República Argentina CAPITULO 29. Contrato de arbitraje
Código Civil y Comercial de la República Argentina CAPITULO 29 Contrato de arbitraje ARTICULO 1649.- Definición. Hay contrato de arbitraje cuando las partes deciden someter a la decisión de uno o más árbitros
Más detallesSolución de controversias de comercio exterior
Solución de controversias de comercio exterior El procedimiento de solución de diferencias es la piedra angular del sistema multilateral de comercio. Existen varias alternativas para arreglar los conflictos
Más detallesMÓDULO 6 PROCESO, PROCEDIMIENTO Y JUICIO UNIDAD 3 ETAPA CONCLUSIVA, ETAPA RESOLUTORIA Y MEDIOS DE IMPUGNACIÓN SESIÓN 6
LICENCIATURA EN DERECHO MÓDULO 6 PROCESO, PROCEDIMIENTO Y JUICIO UNIDAD 3 ETAPA CONCLUSIVA, ETAPA RESOLUTORIA Y MEDIOS DE IMPUGNACIÓN SESIÓN 6 LAS CONCLUSIONES EN EL PROCESO Y SU RESOLUCIÓN ACTIVIDAD 3
Más detallesSERVICIOS QUE PRESTAN LOS JUZGADOS DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA, EL CONSEJO DE LA JUDICATURA Y ÓRGANOS AUXILIARES DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO.
LOS JUZGADOS DE LO CIVIL CONOCERÁN: TRÁMITES REQUISITOS * FORMATO 1. De los asuntos de jurisdicción voluntaria y de los contenciosos, cuyo conocimiento no corresponda específicamente a los juzgados de
Más detallesREGLAMENTO PROMOCIÓN ADELANTO DE AGUINALDO. Condiciones Generales
REGLAMENTO PROMOCIÓN ADELANTO DE AGUINALDO El presente Reglamento Promoción: Adelanto de Aguinaldo es un programa que pertenece en forma exclusiva al BANCO PROMERICA DE COSTA RICA, S.A., en adelante denominado
Más detallesMÓDULO 6 PROCESO, PROCEDIMIENTO Y JUICIO UNIDAD 2 PREPARACIÓN Y DESARROLLO DEL ACTO PROCESAL SESIÓN 5 ETAPA PROBATORIA
LICENCIATURA EN DERECHO MÓDULO 6 PROCESO, PROCEDIMIENTO Y JUICIO UNIDAD 2 PREPARACIÓN Y DESARROLLO DEL ACTO PROCESAL SESIÓN 5 ETAPA PROBATORIA ACTIVIDAD 1 LA PRUEBA EN LA TEORÍA ALUMNO: MARTÍN CÉSAR HERNÁNDEZ
Más detallesOBJETIVO LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN
OBJETIVO ESTRATÉGICO: CUMPLIR LA LEGISLACIÓN ADMINISTRATIVA MEDIANTE LOS PROCEDIMIENTOS CORRESPONDIENTES, CON LA FINALIDAD DE EJERCER LAS ATRIBUCIONES COMO AUTORIDAD RESOLUTORA. OBJETIVO Tramitar los recursos
Más detallesPor: Enrique José Arboleda Perdomo Magistrado Consejo de Estado
Demanda, contestación y procedimiento general CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Por: Enrique José Arboleda Perdomo Magistrado Consejo de Estado Temas: 1. Aspectos
Más detallesNombre: Consultas, resoluciones favorables a los particulares y negativa ficta.
Bases Fiscales 1 Sesión No. 4 Nombre: Consultas, resoluciones favorables a los particulares y negativa ficta. Objetivo de la sesión: El estudiante identificará la importancia de las consultas, resoluciones
Más detallesPráctica Procesal Civil
Práctica Procesal Civil 1 Sesión No. 5 Fase Preconclusiva Objetivo Al concluir la sesión, el alumno deberá de ser capaz de definir y explicar el contenido de los alegatos, así como la forma en que se pueden
Más detallesJUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE VENADO, S.L.P. LICENCIADA MARIA ROSARIO RUIZ RAMIREZ
Catálogo de Sentencias Ejecutoriadas en materia Civil, Familiar y Mercantil. JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE VENADO, S.L.P. LICENCIADA MARIA ROSARIO RUIZ RAMIREZ Número de expediente Naturaleza del
Más detallesÍndice DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL
ÍNDICE DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL V Índice DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL Mensaje del Código de Procedimiento Civil... 1 Mensaje sobre modificaciones a este Código... 9 Decreto Nº 1.107, del
Más detallesREPÚBLICA DE PANAMÁ MINISTERIO DE SALUD. DECRETO EJECUTIVO No. 89. (De 22 de marzo de 2007)
1 REPÚBLICA DE PANAMÁ MINISTERIO DE SALUD DECRETO EJECUTIVO No. 89 (De 22 de marzo de 2007) "Que aprueba el reglamento para el Cobro Coactivo del Ministerio de Salud" EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA en uso
Más detallesDERECHO PROCESAL CIVIL
DERECHO PROCESAL CIVIL CONCEPTOS BÁSICOS, B PRINCIPIOS Y TUTELA JURISDICCIONAL EFECTIVA Dr. Pablo Díaz D Piscoya RELACIÓN N PROCESAL: SU VALIDEZ A B CONFLICTO DE INTERESES CON RELEVANCIA JURÍDICA Autotutela
Más detallesDerecho Constitucional. Sesión 9: Tribunales Judiciales Federales y Competencia del Poder Judicial de la Federación
Derecho Constitucional Sesión 9: Tribunales Judiciales Federales y Competencia del Poder Judicial de la Federación Contextualización En sesiones anteriores hemos podido observar la separación de poderes
Más detallesCONTRATO DE AFIANZAMIENTO CON GARANTÍA PRENDARÍA QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR
CONTRATO DE AFIANZAMIENTO CON GARANTÍA PRENDARÍA QUE CELEBRAN POR UNA PARTE REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA EFECTOS DEL PRESENTE CONTRATO SE LE DENOMINARA DEUDOR PRENDARIO Y
Más detallesContratos Laborales en Derecho del Trabajo. SESIÓN #10 Derecho Procesal del Trabajo.
Contratos Laborales en Derecho del Trabajo SESIÓN #10 Derecho Procesal del Trabajo. Contextualización Es cierto que el derecho laboral protege exclusivamente al trabajador? Durante muchos años los derechos
Más detalles2. Principio de existencia de agravio personal y directo de carácter jurídico
AMPARO DIRECTO La demanda se presenta ante la autoridad responsable para que, por su conducto, se turne al Tribunal Colegiado de Circuito, quien es el que resuelve. Procede contra sentencias definitivas
Más detallesLey del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal. Artículo 24.- Es competencia de la Sala Superior:
Ley del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal Artículo 24.- Es competencia de la Sala Superior: I. Fijar la Jurisprudencia del Tribunal; II. Resolver los recursos de apelación
Más detallesDefensoría del Consumidor
Arbitraje de Consumo Experiencia en El Salvador El reto de los 60 días Defensoría del Consumidor San Salvador, agosto de 2015 www.defensoria.gob.sv Defensoría del Consumidor La Defensoría del Consumidor,
Más detallesTERMINOS Y PLAZOS d. competencia objetiva Comparecer ante tribunal resuelta d.
TERMINOS Y PLAZOS PLURALIDAD DE PARTES Artículo Plazo Vista alegaciones interviniente no 13.3 5 d. demandante Vista actora llamar a tercero a 14.2.2 10 d. proceso SUCESION PROCESAL Comparecer a proceso
Más detallesMÓDULO 7 PROCESO ADMINISTRATIVO UNIDAD 3 DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SESIÓN 6 TIPOS DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y MEDIOS DE IMPUGNACIÓN
LICENCIATURA EN DERECHO MÓDULO 7 PROCESO ADMINISTRATIVO UNIDAD 3 DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SESIÓN 6 TIPOS DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y MEDIOS DE IMPUGNACIÓN ACTIVIDAD 2 PRINCIPIOS DEL PROCESO
Más detallesPráctica Procesal Civil
Práctica Procesal Civil 1 Sesión No. 7 Fase Impugnativa Objetivo Definir y explicar los medios de impugnación, los supuestos requisitos presupuestos de los mismos, así como describir los recursos regulados
Más detallesÍNDICE SISTEMÁTICO PARTE I ESQUEMAS CIVILES
ÍNDICE SISTEMÁTICO INTERPRETACIÓN DE LOS ESQUEMAS 11 PARTE I ESQUEMAS CIVILES 1. DILIGENCIAS PRELIMINARES 15 2. JUICIO ORDINARIO 16 3. JUICIO VERBAL 21 3.1. Juicio verbal de desahucio por falta de pago
Más detallesBANCO DE PREGUNTAS PARA EVALUACIÓN DE CONOCIMENTOS DEL CONCURSO DE MÉRITOS Y OPOSICIÓN DIRECCIÓN JURÍDICA DE PATROCINIO
BANCO DE PREGUNTAS PARA EVALUACIÓN DE CONOCIMENTOS DEL CONCURSO DE MÉRITOS Y OPOSICIÓN DIRECCIÓN JURÍDICA DE PATROCINIO ANALISTA 1 JURIDICO DE PATROCINIO (SERVIDOR PUBLICO 5) CODIGO PREGUNTA 1 2 PREGUNTA
Más detallesUnidad 30. Procedimientos paraprocesales o voluntarios
Unidad 30 Procedimientos paraprocesales o voluntarios CONCEPTO Paraprocesal significa "junto o a un lado"; vía que se coloca a un lado del proceso. Los llamados procedimientos paraprocesales o voluntarios
Más detallesTema 1 EL PROCESO PENAL
Tema 1 EL PROCESO PENAL EL PROCESO PENAL: FUNCIÓN ESPECÍFICA Derecho Penal sustantivo: qué conductas son punibles (delitos) y qué pena les corresponde. Ius puniendi del Estado. Principio de legalidad penal
Más detallesPrescripción y caducidad (preceptos y breve explicación) LIBRO SEXTO Prescripción y caducidad. TÍTULO I La prescripción
Prescripción y caducidad (preceptos y breve explicación) LIBRO SEXTO Prescripción y caducidad TÍTULO I La prescripción CAPÍTULO I Disposiciones generales Artículo 611-1. La pretensión, objeto de la prescripción
Más detallesProf. Dr. Pérez Daudí.
Prof. Dr. Pérez Daudí. 1. SOLICITUD. MOMENTO. CONTENIDO. 2. VISTA. 3. AUTO. 4. MODIFICACIÓN. EFICACIA DE LA SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA. 5. RECLAMACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS. Evolución histórica. LEC
Más detallesPROGRAMA. Curso de Derecho Concursal
PROGRAMA Tema1:Concurso voluntario y concurso necesario 1. Principios que rigen el procedimiento concursal 2. Juez competente 3. Comunicación del artículo 5 bis de la Ley Concursal 4. El concurso voluntario
Más detallesPODER JUDICIAL DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN Reconocimiento a Sentencias y Proyectos de Gestión 2015
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN Reconocimiento a Sentencias y Proyectos de Gestión 2015 Consejo de la Judicatura Julio de 2015 Julio de 2015 Consejo de la Judicatura Caso: Oficios Electrónicos
Más detallesREGLAMENTO DE MODIFICACIÓN DEL PROCESO EUROPEO DE ESCASA CUANTÍA
OBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Y DE LOS ABOGADOS ÁREA PROCESAL INTERNACIONAL REGLAMENTO (UE) 2015/2421 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, DE 16 DE DICIEMBRE DE 2015, POR EL QUE SE MODIFICAN EL REGLAMENTO
Más detallesFORMULARIO 7. Escrito de contestación a la demanda arbitral, formulando reconvención.
Ignacio Cubillo López FORMULARIO 7. Escrito de contestación a la demanda arbitral, formulando reconvención. AL ARBITRO D. D., Letrado del Ilustre Colegio de Abogados de, con núm. de colegiación, y domicilio
Más detallesPublicado en el Periódico Oficial del Estado el 15 de junio de 2009 TEXTO VIGENTE
REGLAMENTO DE LA OFICIALÍA DE PARTES DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO EL 15 DE JUNIO DE 2009 REGLAMENTO DE LA OFICIALÍA DE PARTES DEL PODER JUDICIAL
Más detallesDetermina el órgano que debe conocer en primera instancia y, en este sentido, la LEC utiliza dos tipos de criterios:
La Competencia La competencia es un término jurídico-procesal que utilizamos cuando queremos referirnos al concreto órgano judicial ante el que debe plantearse una demanda para que la misma sea admitida
Más detallesotorgamiento y firma de escritura pública
Catálogo de Sentencias Ejecutoriadas en materia Civil, Familiar y Mercantil. JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE VENADO, S.L.P. LICENCIADO MARIA ROSARIO RUIZ RAMIREZ Número de expediente 15/2010 Naturaleza
Más detallesSimón Bolívar (Carta a su hermana María Antonia en relación con la educación de su sobrino, Fernando ) Pedro Alberto Jedlicka Z.
Un hombre sin estudios es un ser incompleto. La instrucción es la felicidad de la vida; y el ignorante que siempre está próximo a revolcarse en el lodo de la corrupción, se precipita luego infaliblemente
Más detallesCOGEP. Cápsulas de capacitación. Hacemos de la justicia una práctica diaria. Hacemos de la justicia una práctica diaria
1 COGP Cápsulas de capacitación Procuración Judicial 1 l artículo 42 del COGP establece que [ ] la procuración judicial se constituirá únicamente a favor de una o un defensor [ ] ; entendiéndose como defensor
Más detallesTeoría General del Proceso. Sesión 3: La acción
Teoría General del Proceso Sesión 3: La acción Contextualización Todas las personas, tanto físicas como morales, tenemos derechos, uno de ellos es acudir ante un órgano jurisdiccional, cuando nos encontramos
Más detallesASIGNATURA DERECHO ROMANO
ASIGNATURA DERECHO ROMANO TEMARIO DE LAS CLASES TEÓRICAS PROGRAMA DESARROLLADO BLOQUE I: DERECHO PÚBLICO ROMANO Lección 1 Concepto de Derecho Romano. Valor actual del Derecho Público Romano. Historia constitucional
Más detallesPROTOCOLO DE BUENOS AIRES SOBRE JURISDICCION INTERNACIONAL EN MATERIA CONTRACTUAL
MERCOSUR\CMC\DEC Nº 1/94 PROTOCOLO DE BUENOS AIRES SOBRE JURISDICCION INTERNACIONAL EN MATERIA CONTRACTUAL VISTO: El Art.10 del Tratado de Asunción, la Decisión Nº 4/91 del Consejo del Mercado Común, la
Más detallesReglamento de Traslados
Reglamento de Traslados Visto: La Constitución de la República Dominicana. Visto: Las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos, aprobadas por el Primer Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención
Más detallesDerecho Civil, Bienes y Sucesiones. SESIÓN #12 El juicio sucesorio. Parte III.
Derecho Civil, Bienes y Sucesiones SESIÓN #12 El juicio sucesorio. Parte III. Contextualización Una de las figuras importantes en la tramitación del juicio sucesorio es el Notario Público. Los Notarios
Más detallesLA COMPOSIZIONE DELLE CRISI DA SOVRAINDEBITAMENTO. Roma, 7-8 giugno 2012 Dr. Antonio Silva Oropeza
LA COMPOSIZIONE DELLE CRISI DA SOVRAINDEBITAMENTO Roma, 7-8 giugno 2012 Dr. Antonio Silva Oropeza 1 L UTILIZZAZIONES DELLA CONCILIAZIONE NELLA CRISI DELL IMPRESA E DEL CONSUMATORE IN MESSICO Roma, 8 de
Más detallesEjecución provisional. Medidas cautelares. Jaime Vegas Torres. Catedrático de Derecho Procesal
Ejecución provisional. Medidas cautelares Jaime Vegas Torres Catedrático de Derecho Procesal Presupuestos Medidas cautelares Apariencia de buen derecho (728.2) Juicio provisional e indiciario favorable
Más detallesFUENTE FORMAL: CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL - ARTICULO 343 / LEY 446 DE ARTICULO 13
DESISTIMIENTO DE RECURSO - No requiere presentación personal porque no implica disposición del derecho en litigio / DESISTIMIENTO DE RECURSOS - Hace parte de las actuaciones propias del apoderado, por
Más detallesLA RELACION ENTRE EL CONVENIO DE LA HAYA SOBRE ACUERDOS DE ELECCION DEL FORO Y LA CONVENCION DE NUEVA YORK DE 1958
Universidad Nacional Autónoma de México, 2015 LA RELACION ENTRE EL CONVENIO DE LA HAYA SOBRE ACUERDOS DE ELECCION DEL FORO Y LA CONVENCION DE NUEVA YORK DE 1958 Giulio Palermo* * Licenciado en derecho
Más detallesCURSO SOBRE RESPONSABILIDAD CIVIL Y PENAL MÉDICA PARA LOS ESPECIALISTAS MÉDICOS
CURSO SOBRE RESPONSABILIDAD CIVIL Y PENAL MÉDICA PARA LOS ESPECIALISTAS MÉDICOS OBJETIVO GENERAL Al concluir el presente seminario el profesionista profundizará sus conocimientos sobre la responsabilidad
Más detallesC. *, respecto de la Solicitud de DIVORCIO UNILATERAL, Expediente Número 139/2013, y; R E S U L T A N D O:
1 EXPEDIENTE NUMERO: 139/3013 DIVORCIO UNILATERAL En la ciudad de Ixmiquilpan Hidalgo; a los 28 veintiocho días del mes de Mayo de 2013 dos mil trece. V I S T O S los autos para dictar SENTENCIA DEFINITIVA,
Más detallesVIII CURSO DE ESPECIALIZACIÓN Y HABILITACIÓN PARA ADMINISTRADORES CONCURSALES
VIII CURSO DE ESPECIALIZACIÓN Y HABILITACIÓN PARA ADMINISTRADORES CONCURSALES PROGRAMA: JORNADA 1º.- DIA 18/10/2016.- PRESENTACIÓN. - I) MEDIACIÓN CONCURSAL. - BENEFICIO DE EXONERACIÓN DEL PASIVO INSATISFECHO
Más detallesNº EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y GRACIA
Reglamento para la Autorización del Beneficio del Artículo 55 del Código Penal a la Prisión Preventiva y a la Pena de Prisión de las Personas Privadas de Libertad Nº 32754 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Más detallesPROCEDIMIENTO LABORAL Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL.
PROCEDIMIENTO LABORAL Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL. AUTORIDADES. PRINCIPIOS RECTORES DEL DERECHO PROCESAL DEL TRABAJO Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL. - Administrativas: atribuciones, funciones. - Judiciales: atribuciones,
Más detallesSesión No. 7. Contextualización DERECHO ROMANO 1. Nombre: Derecho procesal romano
DERECHO ROMANO DERECHO ROMANO 1 Sesión No. 7 Nombre: Derecho procesal romano Contextualización El derecho romano ha tenido gran influencia en el sistema procesal de nuestro derecho vigente, por eso es
Más detallesReconocimiento y ejecución de sentencias extranjeras. Nieve Rubaja
Reconocimiento y ejecución de sentencias extranjeras Nieve Rubaja Diferencias reconocimiento y ejecución de sentencias extranjeras Reconocimiento Sentencias : de condena declarativas constitutivas Ejecución
Más detallesCOMPETENCIA (Art. 509 LEC) DEMANDA DE REVISIÓN. CONTESTACIÓN (Art LEC) TRAMITACIÓN JUICIO VERBAL. RESOLUCIÓN (Art. 516 LEC)
TRAMITACIÓN DE LA REVISIÓN DE SENTENCIAS FIRMES Motivos (Art. 510 LEC): o Recobrar u obtener documentos decisivos después de dictada sentencia: o Si recayó sentencia con base a documentos falsos o Si recayó
Más detallesCEDULARIO DE LICENCIATURA DERECHO PROCESAL
CEDULARIO DE LICENCIATURA DERECHO PROCESAL I. TEORIA DE LA LEY 1. Fuentes del derecho procesal. 2. La ley procesal en el tiempo y en el espacio. 3. Garantías procesales de rango constitucional. II. LA
Más detallesCONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL Comisión de Modernización e Informática
COMPENDIO DE DUDAS RESUELTAS POR LA COMISIÓN DE MODERNIZACIÓN E INFORMÁTICA SOBRE LA CORRECTA APLICACIÓN DE LAS NORMAS DE REGISTRO DEFINIDAS EN EL REGLAMENTO 2/2010 Este documento contiene las respuestas
Más detallesUNIDAD I GENERALIDADES DEL AMPARO PENAL
ASIGNATURA AMPARO PENAL Clave 63 Ciclo lectivo Noveno Requisitos Ninguna Nivel Licenciatura Carácter Obligatorio en línea Horas por semana 5 Horas del curso 85 Objetivo general del curso: Que el alumno
Más detallesDecretos, aclarando que encontrará el decreto publicado en el Periódico Oficial del Estado el 15 de junio de 2009, el cual se denomina DECRETO COMITÉ
Poder Judicial del Estado de Aguascalientes PROCEDIMIENTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PAI. PJE.82/2009 SISAI 6982. Aguascalientes, Aguascalientes; a cinco de octubre de dos mil nueve. Por recibida la solicitud
Más detalles