EL ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DEL CANTÓN RUMIÑAHUI

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1 ILUSTRE MUNICIPIO DEL CANTÓN RUMIÑAHUI - SECRETARÍA GENERAL - Telcfox: E-moíl: mr@ruminahui.gov.ec Sitio web: EL ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DEL CANTÓN RUMIÑAHUI CONSIDERANDO: Que, los artículos 264 de la Constitución de la República del Ecuador, 1 y 16 de la Codificación de la Ley Orgánica de Régimen Municipal, establecen la autonomía municipal, así como sus competencias exclusivas; Que, en el Registro Oficial No. 590 de 05 de junio de 2002 se publico procesos, para el Gobierno del Cantón Rumiñahui; el Reglamento Orgánico Estructural por Que, e! artículo 161 de la Codificación de la Ley Orgánica de Régimen Municipal, establece que la estructura administrativa se adaptará a las características propias de cada Municipalidad, con el fin de asegurar una adecuada prestación de los servicios municipales; Que, el artículo 162 Ibidem determina que las funciones de las áreas municipales serán asignadas en el Reglamento Orgánico Funcional, que será aprobado por el Concejo; Que, en los últimos años la Municipalidad de Rumiñahui ha experimentado un crecimiento en su organización administrativa; Que, para optimizar los recursos humanos y materiales es necesario expedir un nuevo y actualizado Reglamento Orgánico y Funcional por Procesos. En ejercicio de las atribuciones que le confieren el artículo 63, numeral 1, y el artículo 162 de la Codificación de ia Ley Orgánica de Régimen Municipal, EXPIDE EL: TITULO I DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Art. 1.- Para el cumplimiento de sus funciones, atribuciones y responsabilidades, la Municipalidad de Rumiñahui está integrada por los siguientes niveles; 1. Legislativo;.2. Ejecutivo; 3. Gobernante/Asesor; 4. Apoyo/Operativo CAPITULO I NIVEL LEGISLATIVO " i Héctor Sa [ J con>«mantillo AOdN

2 ILUSTRE MUNICIPIO DEL CANTÓN RUMINAHUI - SECRETARÍA GENERAL - Telefax: S-mail: mr@ruminahui.gov.ee Sitio web: Art. 2.- El nivel Legislativo es el órgano de más alto nivel de autoridad, encargado de legislar, formular políticas y estrategias.y fijar objetivos. Está-conformado por el Concejo Cantonal e integrado por los Concejales de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 27 de la Codificación de la Ley Orgánica de Régimen Municipal. El Concejo Municipal organizará, a base de sus miembros, las Comisiones Permanentes y Especiales que estime necesario para el mejor cumplimiento de sus deberes y atribuciones de conformidad con lo dispuesto en los artículos 85, 86, 87, 88, 89, 90, 91, 92, 93, 94, 95, 96, 97, 98, 99 y 100 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal; las mismas que para su funcionamiento, se regirón por los reglamentos internos que dicte el.concejo Municipal. CAPITULO u NIVEL EJECUTIVO Art. 3.- El nivel Ejecutivo es el responsable de dirigir, orientar, conducir y supervisar la ejecución de las políticas generales y las actividades básicas de la Administración Municipal, y está conformada por el señor Alcalde. CAPITULO ni NIVEL ASESOR /GOBERNANTE Art. 4.- El nivel Asesor/Gobernante constituye la instancia de consulta, consejo y asesoramiento, en la toma de decisiones, su relación de autoridad es indirecta respecto a las unidades de línea u operativas. Su función se canaliza a través del Alcalde, quien aprueba, modifica o desaprueba los planes, programas, proyectos, informes y en general los trabajos que presentan las Dependencias que integran este nivel. Está conformado por: Asesor: 1. Comité de Promoción Social; 2. Asesoría Jurídica; 3. Auditoria Interna; 4. Junta Cantonal de Protección de Derechos 5. Coordinación Municipal ínter-institucional; 6. Coordinación Municipal Institucional; 7. Registro Inmueble y Mercantil; 8. Comisaría Gobernante: Dirección de Planificación; Dirección de Agua Potable y Alcantarillado; Dirección de Obras Públicas; Dirección de Protección Ambiental; Dirección de Salud e Higiene; Dirección de Educación, Cultura y Deportes; Dirección de Seguridad; Dirección de Movilidad y Transporte; Dirección de Turismo. CAPITULO IV NIVEL APOYO/OPERATIVO Art. 5.- Este nivel se encarga de la dotación y administración de los recursos humanos, materiales, económicos - financieros y tecnológicos y realiza aquellas funciones de opoyo necesarias para el cumplimiento de las actividades municipales. Está conformada por: 1. Secretaria General; 2. Dirección de Recursos Humanas y Administración; 3. Dirección de Sistemas; 4 Dirección de Fiscalización; 5. Dirección Financiera; tí. Dirección de Comunicación Social; 7. Dirección de Avalúos y Catastros. Inj. Héctor iaul Jócomc Mantillo AQMINISTBACIÓN Z009-ZOU

3 ILUSTRE MUNICIPIO DEL CANTÓN RUMINUHUI - SECRETARÍA GENERAL - ', Telefox: ^16 E-tnoíl: imr@rum nahu.gov.ec SÍTlo_web: Art Coordinación Municipal Institucional: Contar con mecanismos de coordinación Intra Institucionales que ayuden a armonizar e integrar las actividades relacionadas con los proyectos institucionales mediante comunicación efectiva optimizando tiempo y recursos organízacionales. La Coordinación Municipal Institucional tiene como estructura: Coardinador/a Municipal Institucional quien tiene bajo su alcance la Comisaría, Balcón Único de Servicios y todas las Direcciones del Ilustre Municipio de Rumiñahui. Art Coordinación Municipal ínter-institucional: ALCALDÍA COORDINACIÓN MUNICIPAL ÍNTER INSTITUCIONAL Relaciones & Desarrollo Comunitario Contar con mecanismos de coordinación interinstitucionales que ayuden a armonizar e integrar las actividades relocionadas con los proyectos interinstitucionales, tendientes a lograr el desarrollo comunitario, mediante comunicación efectiva, procesos de participación, elaboración de proyectos, optimizando tiempo y recursos arganizacionales. La Coordinación Municipal Interinstitucional se compone de: Coordinación Interinstitucional y Analista Institucional, quienes tienes bajo su alcance el Desarrollo Comunitario. [ng. H ctw Saúl -ípcomc MoMilla XLCALDE ADMINISTRACIÓN Z009 ÍOH

4 Art Registro Inmueble y Mercantil: ILUSTRE MUNICIPIO DEL CANTÓN RUMINAHUI - SECRETARÍA GENERAL - Se conformará de acuerdo con las normas que para el efecto dicte la Administración Pública Central. Art Comisaría.- Telefqx: E-mgil- imr@rutninahui.gov.ee Sitio web: COORDINADOR MUNICIPAL INSTITUCIONAL COMISARIO MUNICIPAL INSPECTORES SALUD CONSTRUCCIONES MEDIO AMBIENTE Determinar las actividades para el juzgamiento y sanción de las infracciones y contravenciones de la normativa municipal vigente a fin de hacer cumplir la Ley Orgánica de Régimen Municipal, Código de la Salud, Tratado Único de Legislación Ambiental, Código de la Arquitectura, Ordenanzas Municipales y demás normas internas municipales concordantes con Salud, Medio -Ambiente y Construcciones. La Comisaría se compone de: Inspectores. Comisario/a Municipal, Comisario/a de Medio Ambiente, Comisario/a de Construcciones e Art Dirección de Planificación: Realizar una planificación y control ordenada de todas las actividades inherentes al desarrollo físico y espacial del Cantón Rumiñahui, bajo lineamientos y parámetros establecidos en el plan estratégico de desarrollo cantonal. Ing. Héctor Snúl Jócame Miwitilla SUMINISTRACIÓN Z009-I014

5 m ILUSTRE MUNICIPIO t>el CANTÓN RUMIÑAHUI - SECRETARÍA 6ENERAL - Telefflx; mr@ruminahui.gov.ec Sitio web: Comunicación Social se compone de: Dirección, Comunicación Interna y Externa, Relaciones Públicas y Asistencia Comunicación Social. Art Dirección de Avalúas y Catastros.- <J Mantener permanentemente actualizado el catastro urbano y rural del cantón Rumiñahtli, a través del registro de toda la actualización en la base de datos gráfica y alfanumérica. Avalúos y Catastros se compone de; Dirección, Catastros, Valoración de Predios, registro de escrituras, inquilinato. TITULO III. DISPOSICIONES GENERALES. Art En caso de falta o ausencia definitiva del Alcalde le reemplazará en sus funciones el Vicepresidente del Concejo, por todo el tiempo que dure la ausencia o por el tiempo que falte para completar el período para el cual fuere elegido, '" '..."...'.. Art A falta del Alcalde y del Vicepresidente, ejercerá el cargo el Concejal designada para el efecto por el Concejo. Si la falta del Vicepresidente fuera por más de noventa días, el Concejo procederá a designar nuevos dignatarios por el tiempo que faltare para completar el período. Art En caso de ausencia o impedimento temporal de los Directores les reemplazarán el Funcionario o uno de los Jefes Departamentales de la respectiva área, designado por el Alcalde. Art En caso de ausencia o impedimento de los Jefes Departamentales les reemplazarán uno de los Profesionales de mayor jerarquía del respectivo Departamento, designado por el Director del área. Art Todos las funcionarios y empleados de la Municipalidad tienen la obligación de observar y sujetarse a la jerarquía establecida en la Estructura Orgánico y Funcional, así como el cumplimiento de las funciones y responsabilidades establecidas en el manual de procesos. Art Todas las Dependencias de la Municipalidad deberán presentar informes de labores anuales, los mismos que Serán remitidos para el conocimiento del Alcalde. Art Todas los Dependencias de la Municipalidad colaborarán y coordinarán con la Dirección Financiera en la elaboración de la pro forma presupuestaría de la Administración Municipal de cada ejercicio económico. Art Los titulares de todas las Dependencias de la Municipalidad, son responsables de establecer una adecuada o rgani zacíón y división del trabajo, asi como los controles mínimos para el desarrollo de una eficiente gestión en s us respectivas áreas. tngr Héctor Sflól JÓCon e Mantillo

6 ILUSTRE MUNICIPIO DEL CANTÓN RUMINAHUI - SECRETARÍA SENERAL - E-mnih imr@ruminahui.gov.ce Sitio web: Art, 40.- Las Direcciones Municipales están obligadas a mantener actualizado el Reglamento Orgánico Funcional de su respectiva área, para lo cual darán a conocer los cambios a la Dirección de Recursos Humanos y Administración, que actuará como facilitadora. Los procesos de cada una de las Dependencias Municipales que comprenden este Reglamento se encuentran dentro del Manual de Procesos, que en dos tomos forman parte de este Reglamento. Art.41.- El presente reglamenta entrará en vigencia a partir de la fecha de sanción por parte del señor Alcalde. DISPOSICIONES TRANSITORIAS PRIMERA.- Derogase el Reglamento Orgánico Estructural por procesos publicado en el Registro Oficial No. 590 de 5 de junio del SEGUNDA.- Las normas de la presente Reglamentación prevalecerán sobre todas las que se le opongan que como Ordenanzas, Reformas, Reglamentos, Instructivos y más normas secundarias que sobre la misma materia se hubiere dictado anteriormente. Dado en la sala de sesiones del Ilustre Concejo Municipal de Rumifíahut, a los dieciséis días del mes de julio del año dos mil diez. MECHG/MPSE O ' #*' TRAMITE DE DISCUSIÓN Y APROBACIÓN POR PARTE DEL CONCEJO MUNICIPAL Sangolquí, 16 de julio del La infrascrita Secretaria General del Ilustre Municipio del Cantón Rumiñahui, certifica que el presente REGLAMENTO ORGÁNICO Y FUNCIONAL POR PROCESOS DEL ILUSTRE MUNICIPIO DEL CANTÓN RUMIÑAHUI fue discutido y aprobado por el Concejo Municipal en la Sesión Ordinaria realizada el día viernes 16 de julio del 20 O.- LO CERTIFICO-" ILUSTRE MUNICIPIO DEL CANTÓN Ing. Híctor Socil Jdcome Mantillo ADMINISTRACIÓN ZOO9-aoi4

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