GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL

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1 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL Órgano de Difusión del Gobierno del Distrito Federal DÉCIMA SÉPTIMA ÉPOCA 26 DE OCTUBRE DE 2012 No Í N D I C E ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL Jefatura de Gobierno Decreto por el que se Desincorpora de los bienes del dominio público que integran el patrimonio del Distrito Federal, el inmueble ubicado en Avenida Juárez Números 92 y 94 y Calle de Humboldt Número 35, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, hoy Avenida Juárez Número 92, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, con una superficie de 3, metros cuadrados de terreno y 15, metros cuadrados de construcción, para su posterior enajenación Ad Corpus a Título Oneroso, en las condiciones más favorables para el Distrito Federal 3 Decreto por el que se Desincorpora de los bienes del dominio público que integran el patrimonio del Distrito Federal, una superficie de metros cuadrados de terreno, conformada por los remanentes de los inmuebles ubicados en Calle Zitácuaro Número 49, Marcado también con el número 96 por la Calle Benjamín Hill, Colonia Hipódromo Chapultepec y Calle Zitácuaro Número 47, Colonia Hipódromo Condesa, ambos en la Delegación Cuauhtémoc. (físicamente ubicado en la Colonia Hipódromo Condesa, Delegación Cuauhtémoc), para su posterior enajenación a Título Oneroso en las condiciones más favorables para el Distrito Federal 5 Acuerdo por el que se establece la Junta Especial numero 9 Bis de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal 7 Secretaría de Obras y Servicios Nota aclaratoria al Aviso por el cual se da a conocer el Manual Administrativo en su parte de Procedimientos de la Dirección General de Administración en la Secretaría de Obras y Servicios con registro MA /07, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal No. 936, Décima Séptima Época de fecha 29 de septiembre de Nota aclaratoria al Aviso por el cual se da a conocer el Manual Administrativo en su parte de Procedimientos de la Dirección General de Administración en la Secretaría de Obras y Servicios con registro MA /07, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal No. 936, Décima Séptima Época de fecha 29 de septiembre de Nota aclaratoria al Aviso por el cual se da a conocer el Manual de Procedimientos de la Dirección General de Administración en la Secretaría de Obras y Servicios con registro MA /07, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal No. 1061, Décima Séptima Época de fecha 28 de marzo de Continúa en la Pág. 2

2 2 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Octubre de 2012 Viene de la Pág. 1 Índice Nota aclaratoria al Aviso por el cual se da a conocer el Manual de Procedimientos de la Dirección General de Administración en la Secretaría de Obras y Servicios con registro MA /07, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal No. 1061, Décima Séptima Época de fecha 28 de marzo de Nota aclaratoria al Aviso por el cual se da a conocer el Manual de Procedimientos de la Dirección General de Administración en la Secretaría de Obras y Servicios con registro MA /07, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal No. 1061, Décima Séptima Época de fecha 28 de marzo de Nota aclaratoria al Aviso por el cual se da a conocer el Manual de Procedimientos de la Dirección General de Administración en la Secretaría de Obras y Servicios con registro MA /09 publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal No. 1239, Décima Séptima Época de fecha 06 de diciembre de Consejo de la Judicatura del Distrito Federal Circular CJDF45/ SECCIÓN DE AVISOS Inmobiliaria Moscú, S.A. de C.V. 26 Odesa Servicios de Ingeniería, S.A. de C.V. 27 Constructora e Inmobiliaria Almagro, S.A. de C.V Oak Ciudad de México, S.A. de C.V. 28 Aqwise Latinoamérica, S.A. de C.V. 29 Lorba Comercializadora, S.A. de C.V. 30 Metalmecanica Aries, S.A. de C.V. 31 Mexicana de Montajes Publicitarios para Eventos Espectaculares, S.A. de C.V. 31 Nandr, S.A. de C.V. 32 Impulsora Ciruelos, S.A. de C.V. 32 Saca Trading, S.A. de C.V. 32 Minera y Metalúrgica del Boleo S.A. de C.V. 33 Desarrollo Hotelero de la Ciudad de México S.A. de C.V. 34 Edictos 35 Aviso 43

3 26 de Octubre de 2012 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3 ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL JEFATURA DE GOBIERNO DECRETO POR EL QUE SE DESINCORPORA DE LOS BIENES DEL DOMINIO PÚBLICO QUE INTEGRAN EL PATRIMONIO DEL DISTRITO FEDERAL, EL INMUEBLE UBICADO EN AVENIDA JUÁREZ NÚMEROS 92 Y 94 Y CALLE DE HUMBOLDT NÚMERO 35, COLONIA CENTRO, DELEGACIÓN CUAUHTÉMOC, HOY AVENIDA JUÁREZ NÚMERO 92, COLONIA CENTRO, DELEGACIÓN CUAUHTÉMOC, CON UNA SUPERFICIE DE 3, METROS CUADRADOS DE TERRENO Y 15, METROS CUADRADOS DE CONSTRUCCIÓN, PARA SU POSTERIOR ENAJENACIÓN AD CORPUS A TÍTULO ONEROSO, EN LAS CONDICIONES MÁS FAVORABLES PARA EL DISTRITO FEDERAL. (Al margen superior un escudo que dice: Ciudad de México.- Capital en Movimiento) MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 122, apartado C, Base Segunda, fracción II, incisos a), b) y f), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2 o, 8 o fracción II, 67 fracción XIX, 90, 137, 138, 141 y 144 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 5 o, 8 o, 12, 14, 15, fracciones I, II y XVI, 23, fracción XXII, 24, fracción XII y 35, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 2 o fracción I, inciso D), 4 o, fracción I, 8º, fracción III, 9º, fracción VII, 16, fracción II, 19, 21 y 34 de la Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público, y CONSIDERANDO Que mediante Decreto de fecha once de octubre de mil novecientos ochenta y ocho, publicado en el Diario Oficial de la Federación el treinta y uno del mismo mes y año, se desincorporó de los bienes de dominio público de la Federación el inmueble ubicado en Avenida Juárez números 92 y 94 y Calle de Humboldt número 35, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, hoy Avenida Juárez número 92, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, con una superficie de 5, metros cuadrados autorizándose en el mismo acto su donación en favor del entonces Departamento del Distrito Federal, inscrito en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal en el folio real número ; Que actualmente el Gobierno del Distrito Federal conserva un remanente del inmueble señalado en el considerando inmediato anterior, con una superficie de 3, metros cuadrados de terreno y 15, metros cuadrados de construcción; Que la Oficialía Mayor, por conducto de la Dirección de Inventario Inmobiliario y Sistemas de Información, adscrita a la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario, a través del oficio número DGPI/DIIYSI/0166/2012 de fecha dos de febrero de dos mil doce, informó que el espacio de mérito incide en el Dominio Público, acorde con lo previsto en los artículos 4, fracción I y 16, fracción II, en relación con el 25 de la Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público; Que el Comité del Patrimonio Inmobiliario durante su Segunda (2-E/2012) Sesión Extraordinaria celebrada el nueve de febrero de dos mil doce, acordó lo siguiente: El Comité de Patrimonio Inmobiliario integrado y funcionando en términos de lo dispuesto por los artículos 14 y 15 fracción I, de la Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público, dictamina procedente iniciar las acciones necesarias para la Desincorporación del inmueble ubicado en Avenida Juárez números 92 y 94 y Calle de Humboldt número 35, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, hoy Avenida Juárez número 92, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, con una superficie de 3, metros cuadrados de terreno y 15, metros cuadrados de construcción, para su posterior enajenación Ad Corpus a título oneroso, en las condiciones más favorables para el Distrito Federal, a partir del valor que se determine con base en el dictamen valuatorio, que para tal efecto emita la Dirección de Avalúos adscrita a la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario. Así mismo, dictamina procedente la revocación de todos los acuerdos anteriores (sic). ; Que la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, a través de la Dirección de Control de Reserva y Registro Territorial de la Dirección General de Administración Urbana, con fundamento en el artículo 50 A, fracción XVIII del Reglamento

4 4 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Octubre de 2012 Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, mediante oficio /1396 de seis de marzo de dos mil doce, solicitó a la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos realizar los trámites necesarios para desincorporar la superficie mencionada en el segundo considerando del presente Decreto; Que para tal efecto, la Oficialía Mayor, por conducto de la Dirección de Inventario Inmobiliario y Sistemas de Información, adscrita a la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario, elaboró el Levantamiento Topográfico número de clave DGPI- PT042-CH/2012 de febrero de dos mil doce; Que la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, por conducto de la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos, con fundamento en artículo 114, fracción XI del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, elaboró y tramitó el presente Decreto de desincorporación, y Que para dar cumplimiento al acuerdo del Comité del Patrimonio Inmobiliario, de conformidad con las disposiciones legales aplicables, se requiere desincorporar de los bienes del dominio público del Distrito Federal la superficie mencionada en el segundo considerando, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente: DECRETO Artículo 1. Se desincorpora de los bienes del dominio público que integran el patrimonio del Distrito Federal el inmueble que se identifica y se describe a continuación: Ubicación: Avenida Juárez números 92 y 94 y Calle de Humboldt número 35, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, hoy Avenida Juárez número 92, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc. Superficie: 3, metros cuadrados de terreno y 15, metros cuadrados de construcción. Número de Plano: DGPI-PT042-CH/2012 de febrero de dos mil doce, elaborado por la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario, a través de la Dirección de Inventario Inmobiliario y Sistemas de Información. Medidas y Colindancias: Partiendo del vértice número 1 ubicado en la esquina noreste del predio sobre la Avenida Juárez con un rumbo de S 11º W con una distancia de metros se llega al vértice número 2, del punto anterior con un rumbo de S 13º W con una distancia de 2.36 metros se llega al vértice número 3, del punto anterior con un rumbo de S 21º W con una distancia de 7.43 metros se llega al vértice número 4, del punto anterior con un rumbo de S 73º E con una distancia de 0.93 metros se llega al vértice número 5, del punto anterior con un rumbo de S 18º W con una distancia de 7.60 metros se llega al vértice número 6, del punto anterior con un rumbo de S 07º W con una distancia de 4.41 metros se llega al vértice número 7, del punto anterior con un rumbo de S 17º W con una distancia de 3.21 metros se llega al vértice número 8, del punto anterior con un rumbo S 74º E con una distancia de 0.75 metros se llega al vértice número 9, del punto anterior con un rumbo de S 11º W con una distancia de 9.00 metros se llega al vértice número 10, colindan todos con la Calle de Humboldt; del punto anterior con un rumbo de N 80º W con una distancia de metros se llega al vértice número 11, colinda con predio particular; del punto anterior con un rumbo de N 08º E con una distancia de 7.47 metros se llega al vértice número 12, del punto anterior con un rumbo de N 08º E con una distancia de 5.12 metros se llega al vértice número 13, del punto anterior con un rumbo de N 08º E con una distancia de metros se llega al vértice número 14, del punto anterior con un rumbo de N 84º W con una distancia de 0.15 metros se llega al vértice número 15, del punto anterior con un rumbo de N 08º E con una distancia de metros se llega al vértice número 16, colinda con Calle Iturbide; del punto anterior con un rumbo de S 82º E con una distancia de metros se llega al vértice número 1, Colinda con Avenida Juárez; que es origen y cierre del polígono. Artículo 2. Se autoriza la enajenación Ad Corpus a Título Oneroso del inmueble descrito en el Artículo 1 del presente Decreto, en las condiciones más favorables para el Distrito Federal.

5 26 de Octubre de 2012 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 5 TRANSITORIOS Primero. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Segundo. Inscríbase el presente Decreto en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal. Tercero. El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Dado en la Residencia del Jefe de Gobierno del Distrito Federal, en la Ciudad de México, a los veintitrés días del mes de octubre del año dos mil doce.- EL JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON.- EL SECRETARIO DE GOBIERNO, HÉCTOR SERRANO CORTÉS.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA, FELIPE LEAL FERNÁNDEZ.- FIRMA. DECRETO POR EL QUE SE DESINCORPORA DE LOS BIENES DEL DOMINIO PÚBLICO QUE INTEGRAN EL PATRIMONIO DEL DISTRITO FEDERAL, UNA SUPERFICIE DE METROS CUADRADOS DE TERRENO, CONFORMADA POR LOS REMANENTES DE LOS INMUEBLES UBICADOS EN CALLE ZITÁCUARO NÚMERO 49, MARCADO TAMBIÉN CON EL NÚMERO 96 POR LA CALLE BENJAMÍN HILL, COLONIA HIPÓDROMO CHAPULTEPEC Y CALLE ZITÁCUARO NÚMERO 47, COLONIA HIPÓDROMO CONDESA, AMBOS EN LA DELEGACIÓN CUAUHTÉMOC. (FÍSICAMENTE UBICADO EN LA COLONIA HIPÓDROMO CONDESA, DELEGACIÓN CUAUHTÉMOC), PARA SU POSTERIOR ENAJENACIÓN A TÍTULO ONEROSO EN LAS CONDICIONES MÁS FAVORABLES PARA EL DISTRITO FEDERAL. (Al margen superior un escudo que dice: Ciudad de México.- Capital en Movimiento) MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 122, apartado C, Base Segunda, fracción II, incisos a), b) y f), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2 o, 8 o fracción II, 67 fracción XIX, 90, 137, 138, 141 y 144 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 5 o, 8 o, 12, 14, 15, fracciones I, II y XVI, 23, fracción XXII, 24, fracción XII y 35, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 2 o fracción I, inciso D), 4º, fracción I, 8º, fracción III, 9º, fracción VII, 16, fracción I, 19, 21 y 34 de la Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público, y CONSIDERANDO Que por escritura pública número dieciséis de trece de diciembre de mil novecientos setenta y cuatro, tirada ante la fe del Licenciado Vicente Ramírez Osante, Notario Público número doce del Distrito Federal, el entonces Departamento del Distrito Federal adquirió la totalidad del inmueble ubicado en Calle Zitácuaro número cuarenta y nueve esquina Benjamín Hill número noventa y seis, Colonia Hipódromo Chapultepec, con superficie de metros cuadrados, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal en el asiento registral visible en la Sección Primera, Serie A, Tomo 204, Volumen 4, Fojas 396, Número 1505; Que por escritura pública número ciento veintiocho de veinte de septiembre de mil novecientos setenta y cinco, tirada ante la fe del Licenciado Federico Pérez Gómez, Notario Público número noventa y ocho del Distrito Federal, el entonces Departamento del Distrito Federal, adquirió la totalidad del inmueble ubicado en Calle Zitácuaro número cuarenta y siete, Colonia Hipódromo Condesa, con superficie de metros cuadrados, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal en el asiento registral visible en la Sección Primera, Serie A, Tomo 211, Volumen 6, Fojas 188, Número 434; Que los inmuebles antes mencionados fueron afectados por obras de utilidad pública, quedando los remanentes de los inmuebles ubicados en Calle Zitácuaro número 49, marcado también con el número 96 por la Calle Benjamín Hill, Colonia Hipódromo Chapultepec y Calle Zitácuaro número 47, Colonia Hipódromo Condesa, ambos en la Delegación Cuauhtémoc, (Físicamente ubicado en la Colonia Hipódromo Condesa, Delegación Cuauhtémoc), con superficie de metros cuadrados;

6 6 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Octubre de 2012 Que la Oficialía Mayor, por conducto de la Dirección de Inventario Inmobiliario y Sistemas de Información, adscrita a la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario, a través de oficio número DGPI/DIIYSI/1168/2012 de fecha veinticinco de junio de dos mil doce, informó que los remanentes materia del presente ordenamiento, inciden en la esfera del Dominio Público del Distrito Federal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 4, fracción I y 16, fracción I, en relación con el 20, fracción III, y 25 de la Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público; Que el Comité del Patrimonio Inmobiliario durante su Sexta Sesión Extraordinaria (6-E/2011) celebrada el veinticuatro de marzo de dos mil once, acordó lo siguiente: El Comité del Patrimonio Inmobiliario integrado y funcionando en términos de lo dispuesto por los artículos 14 y 15 fracción I de la Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público, dictamina procedente iniciar las acciones necesarias para la desincorporación de una superficie de metros cuadrados de terreno, conformada por los remanentes de los inmuebles ubicados en Calle Zitácuaro número 49, marcado también con el número 96 por la calle Benjamín Hill, Colonia Hipódromo Chapultepec y Calle Zitácuaro número 47, Colonia Hipódromo Condesa, ambos en la Delegación Cuauhtémoc. (Físicamente ubicado en la Colonia Hipódromo Condesa, Delegación Cuauhtémoc), para su posterior enajenación a título oneroso en las condiciones más favorables para el Distrito Federal, a partir del valor que se determine con base en el dictamen valuatorio, que para tal efecto emita la Dirección de Avalúos adscrita a la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario (sic). ; Que la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, a través de la Dirección de Control de Reserva y Registro Territorial de la Dirección General de Administración Urbana, con fundamento en el artículo 50 A, fracción XVIII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, mediante oficio /3023 de once de mayo de dos mil once, solicitó a la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos realizar los trámites necesarios para desincorporar lo superficie mencionada en el tercer considerando del presente Decreto; Que para tal efecto, la Oficialía Mayor, por conducto de la Dirección de Inventario Inmobiliario y Sistemas de Información, adscrita a la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario, elaboró el Levantamiento Topográfico número de clave DGPI- PT074-CH/2012 de marzo de dos mil doce; Que la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, por conducto de la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos, con fundamento en artículo 114, fracción XI del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, elaboró y tramitó el presente Decreto de desincorporación, y Que para dar cumplimiento al acuerdo del Comité del Patrimonio Inmobiliario, de conformidad con las disposiciones legales aplicables, se requiere desincorporar de los bienes del dominio público del Distrito Federal los remanentes mencionados en el tercer considerando, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente: DECRETO Artículo 1. Se desincorpora de los bienes del dominio público que integran el patrimonio del Distrito Federal la superficie que se identifica y se describe a continuación: Ubicación: Espacio formado por los remanentes de los inmuebles ubicados en Calle Zitácuaro número 49, marcado también con el número 96 por la calle Benjamín Hill, Colonia Hipódromo Chapultepec y Calle Zitácuaro número 47, Colonia Hipódromo Condesa, ambos en la Delegación Cuauhtémoc. (Físicamente ubicado en la Colonia Hipódromo Condesa, Delegación Cuauhtémoc). Superficie: metros cuadrados. Número de Plano: DGPI-PT074-CH/2012 de marzo de dos mil doce, elaborado por la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario, a través de la Dirección de Inventario Inmobiliario y Sistemas de Información.

7 26 de Octubre de 2012 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 7 Medidas y Colindancias: Partiendo del vértice número 1 ubicado en la esquina noreste con un rumbo de S 29º E con una distancia de metros se llega al vértice número 2, linda con Diagonal Patriotismo; del punto anterior con un rumbo de N 72º W con una distancia de metros se llega al vértice número 3, linda con calle Benjamín Hill; del punto anterior con un rumbo de N 19º E con una distancia de metros se llega al vértice número 1, linda con Predio Particular; que es origen y cierre del polígono. Artículo 2. Se autoriza a enajenar a título oneroso, la superficie descrita en el Artículo 1 del presente Decreto, en las condiciones más favorables para el Distrito Federal. TRANSITORIOS Primero. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Segundo. Inscríbase el presente Decreto en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal. Tercero. El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Dado en la Residencia del Jefe de Gobierno del Distrito Federal, en la Ciudad de México, a los veintitrés días del mes de octubre del año dos mil doce.- EL JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON.- EL SECRETARIO DE GOBIERNO, HÉCTOR SERRANO CORTÉS.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA, FELIPE LEAL FERNÁNDEZ.- FIRMA. ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE LA JUNTA ESPECIAL NUMERO 9 BIS DE LA JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DEL DISTRITO FEDERAL (Al margen superior un escudo que dice: Ciudad de México.- Capital en Movimiento) ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE LA JUNTA ESPECIAL NUMERO 9 BIS DE LA JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DEL DISTRITO FEDERAL. MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 122, apartado C, Base segunda, fracción II, inciso a) y 123, apartado A, fracción XX de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 621, 622, 623 y 625 de la Ley Federal del Trabajo; 14, 15, 67 fracción III y 90 del Estatuto del Gobierno, 5, 12, 14, 15 fracción I y 23 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal. CONSIDERANDO Que el número de conflictos individuales en las relaciones obrero-patronales, que por su competencia se tramitan en las Juntas Especiales de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal, en los últimos años han aumentado sensiblemente debido, entre otros aspectos, a los efectos económicos internacionales, así como al crecimiento demográfico en el Distrito Federal y áreas circunvecinas, justifica la creación de otra Junta Especial con sede en esta Ciudad para el acceso pronto y expedito a la impartición de Justicia. Que desde el año de 1992 la estructura de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal ha permanecido con 15 Juntas Especiales y, que en estos 20 años, sólo se han creado dos juntas especiales la 16 en 2004 y la 17 en el 2005, sin embargo a consecuencia de la creciente demanda presentada por los trabajadores del Distrito Federal, estas han sido insuficientes para atender el total de la demanda laboral recibida.

8 8 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Octubre de 2012 Que es necesario que la impartición de la Justicia no se rezague y que su atención sea pronta y expedita para seguir manteniendo su esencia de justicia social. Que de conformidad con lo que establece el artículo 622 de la Ley Federal del Trabajo, corresponde al Jefe de Gobierno del Distrito Federal, cuando lo requieran las necesidades del trabajo y del capital, establecer Juntas Especiales fijando el lugar de residencia y su competencia. Que es necesario crear la Junta Especial número 9 BIS con el objeto de evitar la acumulación de cargas de trabajo y estar en condiciones de resolver en forma expedita y oportuna los casos que los trabajadores y patrones del Distrito Federal presentan ante esta Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal, he tenido a bien expedir el siguiente: ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE LA JUNTA ESPECIAL NUMERO 9 BIS DE LA JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DEL DISTRITO FEDERAL. PRIMERO.- Se establece la Junta Especial Numero 9 BIS, con residencia en esta misma Ciudad, en el edificio que ocupa la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal, en el edificio anexo de Doctor Andrade, número 45, Colonia Doctores, Distrito Federal, la cual contará con el personal necesario para el desahogo de los asuntos que le correspondan y empezará a funcionar a partir de noviembre del dos mil doce. SEGUNDO.- La Junta Especial 9 BIS que se crea con el presente acuerdo, será competente para conocer y resolver los conflictos individuales de trabajo de jurisdiccional Local del Distrito Federal y que no sean competencia del ámbito Federal, de conformidad con lo previsto en la fracción XXXI del artículo 123 Constitucional y las demás disposiciones aplicables. TRANSITORIO ÚNICO.- EL presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Dado la residencia oficial del Jefe de Gobierno del Distrito Federal, en la Ciudad de México, a los dieciséis días del mes de octubre del año dos mil doce. EL JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON

9 26 de Octubre de 2012 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 9 ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL OFICIALÍA MAYOR DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN EN LA SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS Licenciado Octavio Pérez Nieto, Director General de Administración en la Secretaría de Obras y Servicios, con fundamento en los artículos 11 de la Ley del Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, 18, 101-B fracción XIV y Noveno Transitorio, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, numeral de la Circular Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal, emitida por la Contraloría General del Gobierno del Distrito Federal, emito la siguiente: NOTA ACLARATORIA AL AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER EL MANUAL ADMINISTRATIVO EN SU PARTE DE PROCEDIMIENTOS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN EN LA SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS CON REGISTRO MA /07, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL No. 936, DÉCIMA SÉPTIMA ÉPOCA DE FECHA 29 DE SEPTIEMBRE DE En la página 69, renglones 11 y 12. DICE: la Circular Uno 2007 emitida por la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal y de conformidad con el registro MA /2007 emitido mediante dictamen 9/2008 por la Coordinación General de Modernización Administrativa con DEBE DECIR: la Circular Uno 2007 emitida por la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal y de conformidad con el registro MA /07 emitido mediante dictamen 2/2007 por la Coordinación General de Modernización Administrativa con TRANSITORIO ÚNICO.- Publíquese la presente Nota Aclaratoria en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. México, Distrito Federal a 10 de octubre de 2012 El Director General de Administración en la Secretaría de Obras y Servicios Lic. Octavio Pérez Nieto

10 10 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Octubre de 2012 ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL OFICIALÍA MAYOR DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN EN LA SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS Licenciado Octavio Pérez Nieto, Director General de Administración en la Secretaría de Obras y Servicios, con fundamento en los artículos 11 de la Ley del Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, 18, 101-B fracción XIV y Noveno Transitorio, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, numeral de la Circular Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal, emitida por la Contraloría General del Gobierno del Distrito Federal, emito la siguiente: NOTA ACLARATORIA AL AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER EL MANUAL ADMINISTRATIVO EN SU PARTE DE PROCEDIMIENTOS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN EN LA SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS CON REGISTRO MA /07, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL No. 936, DÉCIMA SÉPTIMA ÉPOCA DE FECHA 29 DE SEPTIEMBRE DE En la página 70, renglones 13 y 14. DICE: la Circular Uno 2007 emitida por la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal y de conformidad con el registro MA /2007 emitido mediante dictamen 9/2008 por la Coordinación General de Modernización Administrativa con DEBE DECIR: la Circular Uno 2007 emitida por la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal y de conformidad con el registro MA /07 emitido mediante dictamen 2/2007 por la Coordinación General de Modernización Administrativa con TRANSITORIO ÚNICO.- Publíquese la presente Nota Aclaratoria en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. México, Distrito Federal a 10 de octubre de 2012 El Director General de Administración en la Secretaría de Obras y Servicios Lic. Octavio Pérez Nieto

11 26 de Octubre de 2012 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 11 ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL OFICIALÍA MAYOR DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN EN LA SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS Licenciado Octavio Pérez Nieto, Director General de Administración en la Secretaría de Obras y Servicios, con fundamento en los artículos 11 de la Ley del Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, 18, 101-B fracción XIV y Noveno Transitorio, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, numeral de la Circular Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal, emitida por la Contraloría General del Gobierno del Distrito Federal, emito la siguiente: NOTA ACLARATORIA AL AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER EL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN EN LA SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS CON REGISTRO MA /07, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL No. 1061, DÉCIMA SÉPTIMA ÉPOCA DE FECHA 28 DE MARZO DE En la página 16, renglón 13. DICE: del Distrito Federal y de conformidad con el registro MA /2007 emitido mediante dictamen 9/2008 por la Coordinación General DEBE DECIR: del Distrito Federal y de conformidad con el registro MA /07 emitido mediante dictamen 2/2007 por la Coordinación General TRANSITORIO ÚNICO.- Publíquese la presente Nota Aclaratoria en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. México, Distrito Federal a 10 de octubre de 2012 El Director General de Administración en la Secretaría de Obras y Servicios Lic. Octavio Pérez Nieto

12 12 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Octubre de 2012 ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL OFICIALÍA MAYOR DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN EN LA SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS Licenciado Octavio Pérez Nieto, Director General de Administración en la Secretaría de Obras y Servicios, con fundamento en los artículos 11 de la Ley del Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, 18, 101-B fracción XIV y Noveno Transitorio, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, numeral de la Circular Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal, emitida por la Contraloría General del Gobierno del Distrito Federal, emito la siguiente: NOTA ACLARATORIA AL AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER EL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN EN LA SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS CON REGISTRO MA /07, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL No. 1061, DÉCIMA SÉPTIMA ÉPOCA DE FECHA 28 DE MARZO DE En la página 17, renglones 13 y 14. DICE: emitida por la Contraloría General Gobierno del Distrito Federal y de conformidad con el registro MA /2007 emitido mediante dictamen 9/2008 por la Coordinación General de Modernización Administrativa con vigencia a partir del DEBE DECIR: emitida por la Contraloría General Gobierno del Distrito Federal y de conformidad con el registro MA /07 emitido mediante dictamen 2/2007 por la Coordinación General de Modernización Administrativa con vigencia a partir del TRANSITORIO ÚNICO.- Publíquese la presente Nota Aclaratoria en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. México, Distrito Federal a 10 de octubre de 2012 El Director General de Administración en la Secretaría de Obras y Servicios Lic. Octavio Pérez Nieto

13 26 de Octubre de 2012 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 13 ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL OFICIALÍA MAYOR DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN EN LA SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS Licenciado Octavio Pérez Nieto, Director General de Administración en la Secretaría de Obras y Servicios, con fundamento en los artículos 11 de la Ley del Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, 18, 101-B fracción XIV y Noveno Transitorio, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, numeral de la Circular Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal, emitida por la Contraloría General del Gobierno del Distrito Federal, emito la siguiente: NOTA ACLARATORIA AL AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER EL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN EN LA SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS CON REGISTRO MA /07, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL No. 1061, DÉCIMA SÉPTIMA ÉPOCA DE FECHA 28 DE MARZO DE En la página 18, renglones 15 y 16. DICE: emitida por la Contraloría General Gobierno del Distrito Federal y de conformidad con el registro MA /2007 emitido mediante dictamen 9/2008 por la Coordinación General de Modernización Administrativa con vigencia a partir del DEBE DECIR: emitida por la Contraloría General Gobierno del Distrito Federal y de conformidad con el registro MA /07 emitido mediante dictamen 2/2007 por la Coordinación General de Modernización Administrativa con vigencia a partir del TRANSITORIO ÚNICO.- Publíquese la presente Nota Aclaratoria en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. México, Distrito Federal a 10 de octubre de 2012 El Director General de Administración en la Secretaría de Obras y Servicios Lic. Octavio Pérez Nieto

14 14 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Octubre de 2012 ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL OFICIALÍA MAYOR DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN EN LA SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS Licenciado Octavio Pérez Nieto, Director General de Administración en la Secretaría de Obras y Servicios, con fundamento en los artículos 11 de la Ley del Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, 18, 101-B fracción XIV y Noveno Transitorio, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, numeral de la Circular Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal, emitida por la Contraloría General del Gobierno del Distrito Federal, emito la siguiente: NOTA ACLARATORIA AL AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER EL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN EN LA SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS CON REGISTRO MA /09 PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL No. 1239, DÉCIMA SÉPTIMA ÉPOCA DE FECHA 06 DE DICIEMBRE DE En la página 3, renglón 12. DICE: registro MA /09 emitido mediante dictamen 9/2008 por la Coordinación General de Modernización Administrativa, DEBE DECIR: registro MA /09 emitido mediante dictamen 9/2009 por la Coordinación General de Modernización Administrativa, TRANSITORIO ÚNICO.- Publíquese la presente Nota Aclaratoria en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. México, Distrito Federal a 10 de octubre de 2012 El Director General de Administración en la Secretaría de Obras y Servicios Lic. Octavio Pérez Nieto

15 26 de Octubre de 2012 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 15 CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL DISTRITO FEDERAL CIRCULAR CJDF45/2012 En cumplimiento a lo ordenado en Acuerdos 29-40/2012 y 40-41/2012, emitidos por el Pleno del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal, en sesiones plenarias ordinarias celebradas el veinticinco de septiembre y 2 de octubre del año dos mil doce, se hace del conocimiento el contenido de la Circular CJDF 45/2012 y anexos, en los siguientes términos CIRCULAR CJDF 45/2012 MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL EN MATERIA CIVIL Y JUECES DEL DISTRITO FEDERAL EN LA MISMA MATERIA. En cumplimiento al acuerdo 29-40/2012, emitido por el Pleno del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal en fecha veinticinco de septiembre del año en curso, con toda atención hago de su conocimiento que este órgano colegiado determinó aprobar el acuerdo que complementa el Acuerdo General número 12-30/2012 del Pleno del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal, emitido en sesión ordinaria de fecha tres de julio de dos mil doce por el que se establecen los juzgados civiles de proceso oral del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, en los siguientes términos: CONSIDERANDO PRIMERO.- Que en términos de lo dispuesto por los artículos, 17, 100, 122, párrafo quinto, Apartado C, Base Cuarta, fracciones II, III y IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 77 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 19, 22, 187, 188, 189 y 201, fracción I, de la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal; artículos 10, fracciones I y XVI; 32, inciso e); 153 y 155 del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal; el Consejo de la Judicatura del Distrito Federal es el encargado de la administración, vigilancia y disciplina del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, de los juzgados y demás órganos judiciales a su cargo; además, está facultado para expedir acuerdos generales y demás disposiciones reglamentarias que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones. SEGUNDO.- Que con motivo del decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el nueve de enero del año dos mil doce, mediante el cual se hicieron diversas reformas al Código de Comercio, y que en su punto tercero transitorio precisó que los poderes judiciales de las entidades federativas tendrán hasta el uno de julio de dos mil trece como plazo máximo para la entrada en vigor de las disposiciones relativas al juicio oral, es necesario emitir las disposiciones que deberán implementarse para la aplicación de las normas correspondientes al juicio oral mercantil en el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal. TERCERO.- Que con fecha nueve de agosto de dos mil doce se publicó en el Boletín Judicial el acuerdo general 12-30/2012 del Pleno del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal, por el que se establecen los juzgados civiles de proceso oral del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal; a fin de complementar el citado acuerdo general, el pleno del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los diferentes ordenamientos legales y atendiendo a las consideraciones que anteceden, emite el siguiente acuerdo: ACUERDO NÚMERO 29-40/2012 DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL DISTRITO FEDERAL, EMITIDO EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA VEINTICINCO DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DOCE POR EL QUE SE COMPLEMENTA EL ACUERDO GENERAL 12-30/2012, DE FECHA TRES DE JULIO DE DOS MIL DOCE. Artículo 14.- En términos de lo que cita el artículo segundo del acuerdo general 12-30/2012, de fecha tres de julio de dos mil doce, a partir del siete de enero de dos mil trece, iniciarán operación veinte juzgados civiles de proceso oral, correspondiéndoles la atención y desahogo de los asuntos que por cuantía establece el artículo 969 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal, así como la atención y desahogo de los asuntos mercantiles que por razón de cuantía establece el artículo 1390 bis del Código de Comercio; lo anterior, de acuerdo a lo precisado en el transitorio tercero del decreto de reforma a diversas disposiciones del Código de Comercio, publicado en el Diario Oficial de la Federación el nueve de enero de dos mil doce, que establece que los poderes judiciales de las entidades federativas tendrán hasta el primero de julio de dos mil trece como plazo máximo para hacer efectiva la entrada en vigor de las disposiciones relativas al juicio oral.

16 16 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Octubre de 2012 Artículo 15.- Se modifica la fecha de extinción de los juzgados del Distrito Federal en materia Civil Septuagésimo Sexto al Octogésimo Tercero de primera instancia a que se refiere el artículo 4º del acuerdo general 12-30/2012 del Pleno del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal, para quedar como nueva fecha de extinción de los mismos el treinta y uno de diciembre de dos mil doce. Artículo 16º.- Se modifica la fecha en que se realizará el cambió de adscripción entre los juzgadores seleccionados para conformar los juzgados de oralidad y los jueces de los juzgados que se extinguirán, a que hace referencia el segundo inciso del artículo 4º del acuerdo general 12-30/2012 del Pleno del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal, para quedar la del día uno de diciembre de dos mil doce. Artículo 17º.- La distribución de los asuntos en trámite y documentos a que hace referencia el artículo 5º del acuerdo general 12-30/2012 del Pleno del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal, comenzará el dos de octubre y concluirá el treinta de noviembre, ambos de dos mil doce. Para ello los juzgados que se extinguirán deberán enviar a la Oficialía de Partes Común Civil-Familiar y Sección Salas de este Tribunal una lista de los expedientes que se distribuirán entre los juzgados en materia Civil de primera instancia, que se mencionan en el artículo 5º del acuerdo general en cita, conforme al Calendario para envío de listas, expedientes y documentos de los juzgados que se extinguen, que se describe y agrega como anexo 1 al presente acuerdo. La Oficialía de Partes Común Civil-Familiar y Sección Salas del H. Tribunal deberá recibir las listas de expedientes que le envíen los juzgados que se extinguen, conforme a las fechas señaladas en el Calendario para envío de listas, expedientes y documentos de los juzgados que se extinguen que se describe en el anexo 1 adjunto a este acuerdo; así como deberá realizar la reasignación del nuevo número de expediente y reasignación de juzgado, para ello elaborará una nueva lista en la que se adicionen y mencionen los datos precisados, la cual deberá ser remitida a los juzgados que se extinguen y a los juzgados designados para seguir conociendo de los expedientes. Los juzgados que se extinguen, una vez que reciban de Oficialía de Partes Común Civil-Familiar y Sección Salas de este Tribunal la lista de los expedientes con su reasignación de número y de juzgado, deberán conforme al Calendario para envío de listas, expedientes y documentos de los juzgados que se extinguen, anexo 1, remitir los expedientes y documentos a los juzgados designados para seguir conociendo de estos. Una vez que se le ha designado nuevo número a los expedientes que se distribuirán entre los juzgados civiles de primera instancia, las posteriores promociones y misivas relacionadas con los expedientes reasignados, deberán remitirse al juzgado designado para continuar con su trámite hasta su conclusión. Si al concluir el período destinado para la distribución de expedientes, en el juzgado a extinguirse todavía existen expedientes que distribuir, que por alguna razón no pudieron repartirse en las fechas precisadas en el calendario de envío de listas, expedientes y documentos, siguiendo el mismo mecanismo que se estableció para los demás asuntos distribuidos, serán enviados a su destino por el juez que se encargará de extinguir el juzgado, a más tardar en la primera semana de diciembre de dos mil doce De igual forma, los expedientes relativos a los juzgados que se extinguen, que con posterioridad a las fechas precisadas en el Calendario para envío de listas, expedientes y documentos de los juzgados que se extinguen anexo 1, o con posterioridad a la fecha de extinción, no hayan sido incluidos en las referidas listas, porque físicamente no se encontraban en el juzgado que se extinguirá, deberán ser reasignados por Oficialía de Partes Común Civil-Familiar y Sección Salas de este Tribunal, a fin de que ésta les asigne nuevo número y juzgado civil de primera instancia que continuará con su tramitación. Artículo 18º.- A partir del dos de octubre de dos mil doce, la Oficialía de Partes Común Civil-Familiar y Sección Salas del Tribunal deberá repartir el turno de asuntos nuevos entre todos los juzgados en materia Civil, suspendiéndose en forma progresiva para los juzgados del Décimo Primero al Quincuagésimo de lo Civil a partir de la fecha en que reciban la carga de trabajo de los juzgados Septuagésimo Sexto a Octogésimo Tercero que se extinguen, de acuerdo al CALENDARIO PARA ENVÍO DE LISTAS, Y DOCUMENTOS DE LOS JUZGADOS QUE SE EXTINGUEN, a que se refiere el anexo 1 del acuerdo complementario 29-40/2012, y por todo el tiempo que sea necesario hasta que se equilibre la

17 26 de Octubre de 2012 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 17 carga de trabajo. Debiendo respetar y observar la distribución del turno indicado en el artículo 13º del Acuerdo General que se modifica y adiciona, para que los asuntos de nuevo ingreso en materia de arrendamiento inmobiliario no se repartan entre los juzgados Primero al Décimo. Artículo 19º.- Los expedientillos de los juzgados que se extinguen se remitirán al archivo judicial, así como los documentos que tengan relación con los expedientes principales que se archiven o se encuentren archivados. Artículo 20º.- Se modifica el artículo 7º del acuerdo general 12-30/2012 del Pleno del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal, para señalar que los libros de gobierno y los libros de control o registro que se llevan en los juzgados civiles de primera instancia que se extinguen, a los que hace mención el artículo en comento serán digitalizados y posteriormente enviados al Archivo Judicial de este Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal para su resguardo. Una copia digitalizada de los libros de control será enviada a cada uno de los cuarenta juzgados que conocerán de los expedientes hasta su conclusión. Artículo 21º.- Se aclara que la distribución de los billetes de depósito y los valores de los juzgados que se extinguen a que hace referencia el artículo 8º del acuerdo general 12-30/2012 del Pleno del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal, se realizará conforme a las siguientes reglas: a) Si el expediente con el que tiene relación el billete o valor está en el Archivo Judicial del H. Tribunal, será remitido al Fideicomiso del Fondo de Apoyo a la Administración de Justicia en el Distrito Federal b) Si el expediente al que pertenece el billete o valor está en trámite en el juzgado que se extingue, se endosará y remitirá al juzgado que conocerá del asunto hasta su conclusión, conforme al nuevo número de expediente que Oficialía de Partes Común del propio Tribunal le asignó. Los libros de ingreso y egreso de billetes serán cancelados por los jueces que extinguen los juzgados civiles de primera instancia (Septuagésimo Sexto al Octogésimo Tercero) y una vez que se encuentren digitalizados serán remitidos al Fideicomiso del Fondo de Apoyo a la Administración de Justicia en el Distrito Federal para su debido resguardo. Artículo 22º.- El acuerdo general 12-30/2012, de fecha tres de julio del dos mil doce, el presente acuerdo de modificación, así como el Calendario para envío de listas, expedientes y documentos de los juzgados que se extinguen, anexo 1, se harán del conocimiento de la Salas Civiles de este Tribunal, del Consejo de la Judicatura Federal, de la Dirección de Consignaciones Civiles del H. Tribunal, del Colegio de Notarios, así como del CONATRIB, para que tengan conocimiento de la extinción de los juzgados civiles y la forma en que serán distribuidos sus expedientes. ARTÍCULO 23º.- Las actas de entrega-recepción y extinción que se susciten con motivo del presente acuerdo de modificación y del acuerdo general 12-30/2012 del Pleno del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal, se realizarán con la intervención y apoyo de la Contraloría del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal. TRANSITORIO PRIMERO.- El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Judicial del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y para mayor difusión publíquese por una sola ocasión en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. SEGUNDO.- Los listados a que hace referencia el artículo 17º del presente acuerdo deberán ser remitidos también al Boletín Judicial, quien deberá publicarlos; así como a la Dirección Ejecutiva de Informática del H. Tribunal para su publicación en la página de Internet del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal; y al Archivo Judicial para su conocimiento. TERCERO.- Se ordena publicar en el Boletín Judicial del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, la declaración de que a partir del siete de enero de dos mil trece, iniciarán operación veinte juzgados civiles de proceso oral, correspondiéndoles la atención y desahogo de los asuntos que por cuantía establece el artículo 969 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal, así como la atención y desahogo de los asuntos mercantiles que por razón de cuantía establece el artículo 1390 bis del Código de Comercio.

18 18 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Octubre de 2012 Asimismo, se agrega al presente el anexo 1 a que se refiere el artículo 17 del acuerdo que se hace del conocimiento mediante la presente circular, para los efectos señalados en el mismo. NÚMERO DE TERMINACIÓN DE LOS QUE SE ENLISTAN A T E N T A M E N T E México, D.F, a 27 de septiembre de 2012 LIC. ALFREDO ÁLVAREZ CÁRDENAS SECRETARIO GENERAL DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL DISTRITO FEDERAL ANEXO 1 CALENDARIO PARA ENVIÓ DE LISTAS, Y DOCUMENTOS DE LOS JUZGADOS CIVILES QUE SE EXTINGUEN. JUZGADO 76 CIVIL (QUE SE EXTINGUE) FECHA EN QUE SE ENVÍA LA LISTA DE RELACIÓN DE A OPC FECHA EN QUE OPC DEVUELVE AL JUZGADO QUE SE EXTINGUE, LA LISTA CON EL NUEVO NÚMERO DE REGISTRO DE LOS QUE SE DISTRIBUIRÁN. FECHA EN QUE EL JUZGADO QUE SE EXTINGUE ENVÍA LA LISTA, Y DOCUMENTOS AL JUZGADO DE 1ª INSTANCIA QUE CONOCERÁ DE LOS MISMOS. 2 oct. 3 oct. 3 oct. 4 oct. 5 oct. 5 oct. 8 oct. 9 oct. 9 oct. 10 oct. 11 oct. 11 oct. 12 oct. 15 oct. 15 oct. 16 oct. 17 oct. 17 oct. 18 oct. 19 oct. 19 oct. 22 oct. 23 oct. 23 oct. 24 oct. 25 oct. 25 oct. 26 oct. 29 oct. 29 oct. 30 oct. 31 oct. 31 oct. 5 nov. 6 nov. 6 nov. 7 nov. 8 nov. 8 nov. 9 nov. 12 nov. 12 nov. 13 nov. 14 nov. 14 nov. 15 nov. 16 nov. 16 nov. 20 nov. 21 nov. 21 nov. 22 nov. 23 nov. 23 nov. 26 nov. 27 nov. 27 nov. 28 nov. 29 nov. 29 nov. JUZGADO QUE CONOCERÁ DE LOS HASTA SU CONCLUSIÓN 46 Civ. 47 Civ. 48 Civ. 49 Civ. 50 Civ.

19 26 de Octubre de 2012 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 19 NÚMERO DE TERMINACIÓN DE LOS QUE SE ENLISTAN ANEXO 1 CALENDARIO PARA ENVIÓ DE LISTAS, Y DOCUMENTOS DE LOS JUZGADOS CIVILES QUE SE EXTINGUEN. JUZGADO 77 CIVIL (QUE SE EXTINGUE) FECHA EN QUE SE ENVÍA LA LISTA DE RELACIÓN DE A OPC FECHA EN QUE OPC DEVUELVE AL JUZGADO QUE SE EXTINGUE, LA LISTA CON EL NUEVO NÚMERO DE REGISTRO DE LOS QUE SE DISTRIBUIRÁN. FECHA EN QUE EL JUZGADO QUE SE EXTINGUE ENVÍA LA LISTA, Y DOCUMENTOS AL JUZGADO DE 1ª INSTANCIA QUE CONOCERÁ DE LOS MISMOS 2 oct. 3 oct. 3 oct. 4 oct. 5 oct. 5 oct. 8 oct. 9 oct. 9 oct. 10 oct. 11 oct. 11 oct. 12 oct. 15 oct. 15 oct. 16 oct. 17 oct. 17 oct. 18 oct. 19 oct. 19 oct. 22 oct. 23 oct. 23 oct. 24 oct. 25 oct. 25 oct. 26 oct. 29 oct. 29 oct. 30 oct. 31 oct. 31 oct. 5 nov. 6 nov. 6 nov. 7 nov. 8 nov. 8 nov. 9 nov. 12 nov. 12 nov. 13 nov. 14 nov. 14 nov. 15 nov. 16 nov. 16 nov. 20 nov. 21 nov. 21 nov. 22 nov. 23 nov. 23 nov. 26 nov. 27 nov. 27 nov. 28 nov. 29 nov. 29 nov. JUZGADO QUE CONOCERÁ DE LOS HASTA SU CONCLUSIÓN 41 Civ. 42 Civ. 43 Civ. 44 Civ. 45 Civ.

20 20 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Octubre de 2012 NÚMERO DE TERMINACIÓN DE LOS QUE SE ENLISTAN ANEXO 1 CALENDARIO PARA ENVIÓ DE LISTAS, Y DOCUMENTOS DE LOS JUZGADOS CIVILES QUE SE EXTINGUEN. JUZGADO 78 CIVIL (QUE SE EXTINGUE) FECHA EN QUE SE ENVÍA LA LISTA DE RELACIÓN DE A OPC FECHA EN QUE OPC DEVUELVE AL JUZGADO QUE SE EXTINGUE, LA LISTA CON EL NUEVO NÚMERO DE REGISTRO DE LOS QUE SE DISTRIBUIRÁN. FECHA EN QUE EL JUZGADO QUE SE EXTINGUE ENVÍA LA LISTA, Y DOCUMENTOS AL JUZGADO DE 1ª INSTANCIA QUE CONOCERÁ DE LOS MISMOS DE LOS MISMOS. 2 oct. 3 oct. 3 oct. 4 oct. 5 oct. 5 oct. 8 oct. 9 oct. 9 oct. 10 oct. 11 oct. 11 oct. 12 oct. 15 oct. 15 oct. 16 oct. 17 oct. 17 oct. 18 oct. 19 oct. 19 oct. 22 oct. 23 oct. 23 oct. 24 oct. 25 oct. 25 oct. 26 oct. 29 oct. 29 oct. 30 oct. 31 oct. 31 oct. 5 nov. 6 nov. 6 nov. 7 nov. 8 nov. 8 nov. 9 nov. 12 nov. 12 nov. 13 nov. 14 nov. 14 nov. 15 nov. 16 nov. 16 nov. 20 nov. 21 nov. 21 nov. 22 nov. 23 nov. 23 nov. 26 nov. 27 nov. 27 nov. 28 nov. 29 nov. 29 nov. JUZGADO QUE CONOCERÁ DE LOS HASTA SU CONCLUSIÓN 36 Civ. 37 Civ. 38 Civ. 39 Civ. 40 Civ.

21 26 de Octubre de 2012 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 21 NÚMERO DE TERMINACIÓN DE LOS QUE SE ENLISTAN ANEXO 1 CALENDARIO PARA ENVIÓ DE LISTAS, Y DOCUMENTOS DE LOS JUZGADOS CIVILES QUE SE EXTINGUEN. JUZGADO 79 CIVIL (QUE SE EXTINGUE) FECHA EN QUE SE ENVÍA LA LISTA DE RELACIÓN DE A OPC FECHA EN QUE OPC DEVUELVE AL JUZGADO QUE SE EXTINGUE, LA LISTA CON EL NUEVO NÚMERO DE REGISTRO DE LOS QUE SE DISTRIBUIRÁN. FECHA EN QUE EL JUZGADO QUE SE EXTINGUE ENVÍA LA LISTA, Y DOCUMENTOS AL JUZGADO DE 1ª INSTANCIA QUE CONOCERÁ DE LOS MISMOS. 2 oct. 3 oct. 3 oct. 4 oct. 5 oct. 5 oct. 8 oct. 9 oct. 9 oct. 10 oct. 11 oct. 11 oct. 12 oct. 15 oct. 15 oct. 16 oct. 17 oct. 17 oct. 18 oct. 19 oct. 19 oct. 22 oct. 23 oct. 23 oct. 24 oct. 25 oct. 25 oct. 26 oct. 29 oct. 29 oct. 30 oct. 31 oct. 31 oct. 5 nov. 6 nov. 6 nov. 7 nov. 8 nov. 8 nov. 9 nov. 12 nov. 12 nov. 13 nov. 14 nov. 14 nov. 15 nov. 16 nov. 16 nov. 20 nov. 21 nov. 21 nov. 22 nov. 23 nov. 23 nov. 26 nov. 27 nov. 27 nov. 28 nov. 29 nov. 29 nov. JUZGADO QUE CONOCERÁ DE LOS HASTA SU CONCLUSIÓN 31 Civ. 32 Civ. 33 Civ. 34 Civ. 35 Civ.

22 22 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Octubre de 2012 NÚMERO DE TERMINACIÓN DE LOS QUE SE ENLISTAN ANEXO 1 CALENDARIO PARA ENVIÓ DE LISTAS, Y DOCUMENTOS DE LOS JUZGADOS CIVILES QUE SE EXTINGUEN. JUZGADO 80 CIVIL (QUE SE EXTINGUE) FECHA EN QUE SE ENVÍA LA LISTA DE RELACIÓN DE A OPC FECHA EN QUE OPC DEVUELVE AL JUZGADO QUE SE EXTINGUE, LA LISTA CON EL NUEVO NÚMERO DE REGISTRO DE LOS QUE SE DISTRIBUIRÁN. FECHA EN QUE EL JUZGADO QUE SE EXTINGUE ENVÍA LA LISTA, Y DOCUMENTOS AL JUZGADO DE 1ª INSTANCIA QUE CONOCERÁ DE LOS MISMOS 3 oct. 4 oct. 4 oct. 5 oct. 8 oct. 8 oct. 9 oct. 10 oct. 10 oct. 11 oct. 12 oct. 12 oct. 15 oct. 16 oct. 16 oct. 17 oct. 18 oct. 18 oct. 19 oct. 22 oct. 22 oct. 23 oct. 24 oct. 24 oct. 25 oct. 26 oct. 26 oct. 29 oct. 30 oct. 30 oct. 31 oct. 5 nov. 5 nov. 6 nov. 7 nov. 7 nov. 8 nov. 9 nov. 9 nov. 12 nov. 13 nov. 13 nov. 14 nov. 15 nov. 15 nov. 16 nov. 20 nov. 20 nov. 21 nov. 22 nov. 22 nov. 23 nov. 26 nov. 26 nov. 27 nov. 28 nov. 28 nov. 29 nov. 30 nov. 30 nov. JUZGADO QUE CONOCERÁ DE LOS HASTA SU CONCLUSIÓN 26 Civ. 27 Civ. 28 Civ. 29 Civ. 30 Civ.

23 26 de Octubre de 2012 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 23 NÚMERO DE TERMINACIÓN DE LOS QUE SE ENLISTAN ANEXO 1 CALENDARIO PARA ENVIÓ DE LISTAS, Y DOCUMENTOS DE LOS JUZGADOS CIVILES QUE SE EXTINGUEN. JUZGADO 81 CIVIL (QUE SE EXTINGUE) FECHA EN QUE SE ENVÍA LA LISTA DE RELACIÓN DE A OPC FECHA EN QUE OPC DEVUELVE AL JUZGADO QUE SE EXTINGUE, LA LISTA CON EL NUEVO NÚMERO DE REGISTRO DE LOS QUE SE DISTRIBUIRÁN. FECHA EN QUE EL JUZGADO QUE SE EXTINGUE ENVÍA LA LISTA, Y DOCUMENTOS AL JUZGADO DE 1ª INSTANCIA QUE CONOCERÁ DE LOS MISMOS. 3 oct. 4 oct. 4 oct. 5 oct. 8 oct. 8 oct. 9 oct. 10 oct. 10 oct. 11 oct. 12 oct. 12 oct. 15 oct. 16 oct. 16 oct. 17 oct. 18 oct. 18 oct. 19 oct. 22 oct. 22 oct. 23 oct. 24 oct. 24 oct. 25 oct. 26 oct. 26 oct. 29 oct. 30 oct. 30 oct. 31 oct. 5 nov. 5 nov. 6 nov. 7 nov. 7 nov. 8 nov. 9 nov. 9 nov. 12 nov. 13 nov. 13 nov. 14 nov. 15 nov. 15 nov. 16 nov. 20 nov. 20 nov. 21 nov. 22 nov. 22 nov. 23 nov. 26 nov. 26 nov. 27 nov. 28 nov. 28 nov. 29 nov. 30 nov. 30 nov. JUZGADO QUE CONOCERÁ DE LOS HASTA SU CONCLUSIÓN 21 Civ. 22 Civ. 23 Civ. 24 Civ. 25 Civ.

24 24 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Octubre de 2012 NÚMERO DE TERMINACIÓN DE LOS QUE SE ENLISTAN ANEXO 1 CALENDARIO PARA ENVIÓ DE LISTAS, Y DOCUMENTOS DE LOS JUZGADOS CIVILES QUE SE EXTINGUEN. JUZGADO 82 CIVIL (QUE SE EXTINGUE) FECHA EN QUE SE ENVÍA LA LISTA DE RELACIÓN DE A OPC FECHA EN QUE OPC DEVUELVE AL JUZGADO QUE SE EXTINGUE, LA LISTA CON EL NUEVO NÚMERO DE REGISTRO DE LOS QUE SE DISTRIBUIRÁN. FECHA EN QUE EL JUZGADO QUE SE EXTINGUE ENVÍA LA LISTA, Y DOCUMENTOS AL JUZGADO DE 1ª INSTANCIA QUE CONOCERÁ DE LOS MISMOS. 3 oct. 4 oct. 4 oct. 5 oct. 8 oct. 8 oct. 9 oct. 10 oct. 10 oct. 11 oct. 12 oct. 12 oct. 15 oct. 16 oct. 16 oct. 17 oct. 18 oct. 18 oct. 19 oct. 22 oct. 22 oct. 23 oct. 24 oct. 24 oct. 25 oct. 26 oct. 26 oct. 29 oct. 30 oct. 30 oct. 31 oct. 5 nov. 5 nov. 6 nov. 7 nov. 7 nov. 8 nov. 9 nov. 9 nov. 12 nov. 13 nov. 13 nov. 14 nov. 15 nov. 15 nov. 16 nov. 20 nov. 20 nov. 21 nov. 22 nov. 22 nov. 23 nov. 26 nov. 26 nov. 27 nov. 28 nov. 28 nov. 29 nov. 30 nov. 30 nov. JUZGADO QUE CONOCERÁ DE LOS HASTA SU CONCLUSIÓN 16 Civ. 17 Civ. 18 Civ. 19 Civ. 20 Civ.

25 26 de Octubre de 2012 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 NÚMERO DE TERMINACIÓN DE LOS QUE SE ENLISTAN ANEXO 1 CALENDARIO PARA ENVIÓ DE LISTAS, Y DOCUMENTOS DE LOS JUZGADOS CIVILES QUE SE EXTINGUEN. JUZGADO 83 CIVIL (QUE SE EXTINGUE) FECHA EN QUE SE ENVÍA LA LISTA DE RELACIÓN DE A OPC. FECHA EN QUE OPC DEVUELVE AL JUZGADO QUE SE EXTINGUE, LA LISTA CON EL NUEVO NÚMERO DE REGISTRO DE LOS QUE SE DISTRIBUIRÁN. FECHA EN QUE EL JUZGADO QUE SE EXTINGUE ENVÍA LA LISTA, Y DOCUMENTOS AL JUZGADO DE 1ª INSTANCIA QUE CONOCERÁ DE LOS MISMOS. 3 oct. 4 oct. 4 oct. 5 oct. 8 oct. 8 oct. 9 oct. 10 oct. 10 oct. 11 oct. 12 oct. 12 oct. 15 oct. 16 oct. 16 oct. 17 oct. 18 oct. 18 oct. 19 oct. 22 oct. 22 oct. 23 oct. 24 oct. 24 oct. 25 oct. 26 oct. 26 oct. 29 oct. 30 oct. 30 oct. 31 oct. 5 nov. 5 nov. 6 nov. 7 nov. 7 nov. 8 nov. 9 nov. 9 nov. 12 nov. 13 nov. 13 nov. 14 nov. 15 nov. 15 nov. 16 nov. 20 nov. 20 nov. 21 nov. 22 nov. 22 nov. 23 nov. 26 nov. 26 nov. 27 nov. 28 nov. 28 nov. 29 nov. 30 nov. 30 nov. JUZGADO QUE CONOCERÁ DE LOS HASTA SU CONCLUSIÓN 11 Civ. 12 Civ. 13 Civ. 14 Civ. 15 Civ. CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 66, FRACCIÓN V, DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL DISTRITO FEDERAL,EL LICENCIADO ALFREDO ÁLVAREZ CÁRDENAS, SECRETARIO GENERAL DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL DISTRITO FEDERAL C E R T I F I C A QUE LAS PRESENTES COPIAS (ONCE), CONCUERDAN CON EL CONTENIDO DE LA CIRCULAR CJDF 45/2012, Y ANEXO PARA SU PUBLICACIÓN EN LA GACETA DEL DISTRITO FEDERAL, EN CUMPLIMIENTO A LOS ACUERDOS 29-40/2012 Y 40-41/2012, EMITIDOS POR EL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL DISTRITO FEDERAL, EN SESIONES PLENARIAS ORDINARIAS CELEBRADAS EL VEINTICINCO DE SEPTIEMBRE Y DOS DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE. SE EXPIDE LA PRESENTE, PARA LOS EFECTOS PROCEDENTES, A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL DOCE.- DOY FE EL SECRETARIO GENERAL DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL DISTRITO FEDERAL LIC. ALFREDO ÁLVAREZ CÁRDENAS

26 26 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Octubre de 2012 SECCIÓN DE AVISOS INMOBILIARIA MOSCÚ S.A. DE C.V. AVISO Conforme a lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se informa que mediante Asamblea de Accionistas celebrada el día 13 de enero del 2000, los accionistas de Inmobiliaria Moscú, S.A. de C.V. acordaron reducir el capital social de la compañía en su parte fija, para quedar en la cantidad de $7, (Siete mil quinientos pesos 00/100 M.N.)y por unanimidad de votos aprobaron las siguientes resoluciones: PRIMERA.- Es aprobada la disminución al Capital Social en su Parte Fija en la cantidad de $2, pesos (DOS MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N) representados por 2,500 acciones serie A con valor nominal de $1.00 M.N.(UN PESO 00/100 M.N) cada una, en los términos dados a conocer a fin de proceder al reembolso correspondiente a favorde la señora CRISTINA FERNANDEZ VARGAS DE SENOSIAIN, conforme la sociedad vaya teniendo flujos en efectivo. SEGUNDA.- En virtud de la disminución antes mencionada, el capital social en su parte mínima Fija queda integrado en la cantidad de $7, (SIETE MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N.) representado por 7,500 acciones, con valor nominal de $1.00 (UN PESO 00/100 M.N.) cada una. TERCERA.- Es aprobada la reforma al artículo sexto de los estatutos sociales en los términos acontecidos. CUARTA.- El capital social de la Sociedad queda constituido de la siguiente manera: ACCIONISTAS: ACCIONES: VALOR: MARIA NIEVES PAYTUVI NASTA. MARIA GUADALUPE DEL SOCORRO CERVANTES MAYAGOITIA. LAURA ISABEL SENOSIAIN Y RUILOBA. ROSA MARIA CERVANTES MAYAGOITIA DE GAMBOA. Serie A Serie B Serie A Serie B TOTAL: 2,500 40,000 $2, $40, $42, ,499 40,000 $2, $40, $42, ,000 $2, $40, $42, $ $1.00 TOTAL 7, ,000 $7, $120, $127, México, Distrito Federal, a 19 de octubrede José Estanislao Leoncio Flores y de la Vega Delegado Especial

27 26 de Octubre de 2012 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 27 ODESA SERVICIOS DE INGENIERIA, S.A. DE C.V, OSD U7 DESCARTES No. 16 INT. 402 COL. NUEVA ANSURES C.P DELEGACION MIGUEL HIDALGO MEXICO, D.F. BALANCE GENERAL Descripción Saldo a Final de Mes Descripción Saldo a Final de Mes Activo Disponible Pasivo a Corto Plazo Bancos 2, Acreedores Diversos - Prestamos Bancarios - Total Activo Disponible 2, Total de Pasivo a Corto Plazo - Activo Circulante Otros Pasivos Inventarios - Provisión de Gastos Anuales - Total de Activo Circulante Total de Otros Pasivos - Activo Fijo Total Pasivo Terrenos - Edificios - Equipo de Transporte - Capital Contable Equipo de Oficina - Equipo de Computo - Capital Social 2, Gastos de Instalación - Reservas - Dep. y Amort. Acumulada - Resultado de Ejercicios Anteriores - Total de Activo Fijo - Total Capital Contable Total de Activo 2, Total de Pasivo y Capital 2, BALANCE GENERAL AL 30 DE SEPTIEMBRE DEL María Herminia Dimas Santiago Representante Legal

28 28 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Octubre de 2012 CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA ALMAGRO, S.A. DE C.V., EN LIQUIDACIÓN BALANCE FINAL DE LIQUIDACIÓN AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2012 A C T I V O P A S I V O Activo Circulante 0 Pasivo circulante 0 Bancos 0 CAPITAL CONTABLE Capital social 0 Resultado de ejercicios anteriores 0 Resultado del ejercicio Total activo 0 Total pasivo más capital contable 0 Nota: Conforme a lo dispuesto en el artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se hae constar que no existe remanente a los accionistas. JUAN MANUEL FRAGOSO NIEVES Liquidador AVISO DE DISMINUCIÓN DE CAPITAL DE 1 OAK CIUDAD DE MÉXICO, S.A. DE C.V. UOC HV6 (Segunda publicación) A efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 9 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se da aviso al público en general que, mediante Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de 1 OAK CIUDAD DE MÉXICO, S.A.de C.V., celebrada el 07 de mayo de 2012, se acordó disminuir el capital social mínimo fijo de la sociedad, en la cantidad de $1,150, (un millón ciento cincuenta mil pesos 00/100 moneda nacional), para quedar constituido en la cantidad de $4,850, (cuatro millones, ochocientos cincuenta mil pesos 00/100 moneda nacional) y en consecuencia, reformar el artículo sexto de los estatutos sociales. La disminución del capital social mínimo fijo se llevará a cabo a través del rembolso en efectivo al valor nominal de las acciones, solo en la parte correspondiente a las acciones suscritas por Grupo Malena S. de R. L. de C.V., a más tardar el mismo día de celebrada dicha Asamblea. México, D.F. a 07 de mayo de 2012 Manuel Cabrera Barraza Delegado especial de la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de 1 OAK CIUDAD DE MÉXICO, S.A. de C.V.

29 26 de Octubre de 2012 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 29 AQWISE LATINOAMERICA, S.A. DE C.V. BALANCE GENERAL AL 02 DE JULIO DE 2012 BALANCE FINAL DE LIQUIDACIÓN ( Expresado en pesos ) ACTIVO CAPITAL CONTABLE CIRCULANTE: CAPITAL CONTABLE: AqWise Wisewater Technologies, 49,500 LTD Alejandro Ramírez Lares 500 Capital social 53,981 Efectivo $ 50,000 Resultados acumulados (3,981) Resultado del año - Total del activo 50,000 circulante Total del activo $ 50,000 Total del capital contable $ 50,000 Notas: El presente Balance Final, así como los papeles y libros de la Sociedad, quedarán a disposición de los accionistas, en el domicilio de la sociedad ubicado en Reforma 300, Col. Juárez, Delegación Cuauhtémoc, México, Distrito Federal, CP 06600, por el término que establece la fracción segunda del artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, quienes gozarán de un plazo de 15 días a partir de la última publicación para presentar sus reclamaciones al Liquidador. Lic. Gustavo Adolfo Madero Ucero Liquidador.

30 30 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Octubre de 2012 Lorba Comercializadora, S.A. de C.V. En Liquidación Balance General de Liquidación al 31 de Agosto del Activo Capital Caja $ 41, Capital Social $193, Resultado de Ejercicios Anteriores ($ 8,844.00) Pérdidas y Ganancias de Liquidación ($ 142,517.00) Total Activo $ 41, Total Capital $ 41, De acuerdo con el preinserto Balance Final de la Liquidación de Lorba Comercializadora, S.A. de C.V., les corresponde por concepto de devolución de Capital a los socios, las siguientes cantidades: Lorba, S.A. de C.V. 57,900 acciones $ 12, Ricardo López Barrera 135,100 acciones $ 29, Totales 193,000 acciones $ 41, Este Balance se publica para los efectos del Artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles. El Liquidador Raúl Martín López Roldán México, D.F. a 07 de Septiembre del 2012.

31 26 de Octubre de 2012 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 31 METALMECANICA ARIES S.A. DE C.V. (EN LIQUIDACION) BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 31 DE JULIO DEL ACTIVOS CAJA 50,000 TOTAL ACTIVO 50,000 PASIVO CUENTAS POR PAGAR 0 TOTAL PASIVO 0 CAPITAL CAPITAL SOCIAL 50,000 TOTAL CAPITAL CONTABLE TOTAL PASIVO Y CAPITAL 50,000 50,000 La publicación se hace en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles México D.F a 25 de septiembre del 2012 Liquid.: C.ANTONIO FRANCO MEDINA MEXICANA DE MONTAJES PUBLICITARIOS PARA EVENTOS ESPECTACULARES, S.A. DE C.V. R.F.C. MMP PZ4 ESTADO DE RESULTADO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2011 Ventas 0.00 Costos y gastos 0.00 Utilidad neta 0.00 Daniel Blancas Reveles. Liquidador. MEXICANA DE MONTAJES PUBLICITARIOS PARA EVENTOS ESPECTACULARES, S.A. DE C.V. R.F.C. MMP PZ4 ESTADO DE POSICIÓN FINANCIERA DEL 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE Activo circulante 8, Suma el pasivo 0 Activo fijo 0 Activo diferido 0 CAPITAL Suma el activo 8, Capital Social 50, Perdidas acumuladas -41, Suma el capital. 8, Suma el pasivo y el capital 8, Daniel Blancas Reveles Liquidador.

32 32 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Octubre de 2012 NANDR, S.A. DE C.V. BALANCE DE LIQUIDACION AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2012 Total Activo 337,365 ====== Total Pasivo 0 Capital contable 337,365 Total pasivo y capital 337,365 México, D.F., 05 de octubre de 2012 Liquidador José Antonio Pérez Garcia ====== IMPULSORA CIRUELOS, S.A DE C.V. BALANCE GENERAL DE LIQUIDACIÓN Activo 36, Pasivo 134, Capital - 97, Atentamente METODIO PELAEZ Y PEREZ Liquidador SACA TRADING, S.A DE C.V. BALANCE GENERAL DE LIQUIDACIÓN Activo 474,042 - Pasivo 727,396 Capital -253,354 Atentamente METODIO PELAEZ Y PEREZ Liquidador

33 26 de Octubre de 2012 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 33 MINERA Y METALÚRGICA DEL BOLEO AVISO DE TRANSFORMACIÓN Para los efectos del artículo 223 y demás aplicables de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se avisa que por resoluciones adoptadas de forma unánime por los accionistas de Minera y Metalúrgica del Boleo, S.A. de C.V. el 28 de agosto del 2012, se transformó la sociedad en una sociedad anónima promotora de inversión, continuando con la modalidad y régimen de capital variable. En relación con lo anterior, se reformaron íntegramente los estatutos sociales de la sociedad y se resolvió también extinguir y cancelar los títulos representativos de las acciones que integran el capital social de la sociedad, así como la emisión de nuevos títulos para reflejar los nuevos estatutos. Balance General de Minera y Metalúrgica del Boleo, S.A. de C.V. al 30 de junio del 2012 con cifras expresadas en miles de Dólares Moneda de los Estados Unidos de América. Activo: Total de Activo: 850,649 Pasivo: Acreedores Diversos: Total de Pasivo: 1,069,559 Capital: Total de Capital Contable: (218,950) Total de Pasivo y Capital: 850,649 Octavio Lorenzo Hernández Negretti Delegado Especial

34 34 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Octubre de 2012 DESARROLLO HOTELERO DE LA CIUDAD DE MÉXICO AVISO DE TRANSFORMACIÓN Para los efectos del artículo 223 y demás aplicables de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se avisa que la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria celebrada el 21 de septiembre del 2012 por la totalidad de los accionistas de Desarrollo Hotelero de la Ciudad de México, S.A. de C.V., resolvió transformar la sociedad en sociedad anónima promotora de inversión, continuando con la modalidad y régimen de capital variable. En relación con lo anterior, se reformaron íntegramente los estatutos sociales de la sociedad y se resolvió también extinguir y cancelar los títulos representativos de las acciones que integran el capital social de la sociedad, así como la emisión de nuevos títulos. Balance General de Desarrollo Hotelero de la Ciudad de México, al 31 de agosto del 2012 Activo: Total de Activo: 264,103, Pasivo: Acreedores Diversos: 13, Total de Pasivo: 13, Capital: Capital Social: 9 928, Total Capital: 264,090, Total de Pasivo y Capital: 264,103, Octavio Lorenzo Hernández Negretti Delegado Especial de la Asamblea

35 26 de Octubre de 2012 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 35 E D I C T O S POR LA AUTONOMÍA E INDEPENDENCIA DEL PODER JUDICIAL PARA UNA CIUDAD DE VANGUARDIA EDICTO JUZGADO 5º CIVIL. EXP.1185/20 12 SEC. A En los autos del juicio ESPECIAL DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, seguido por GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL en contra de SERGIO AGUILAR MANZO, en su carácter de parte afectada, la C. Juez Quinto de lo Civil, dicto un auto que en su parte conducente ordenó lo siguiente: conforme al artículo 3, fracción II del citado ordenamiento, SE ADMITE A TRÁMITE la demanda en la VÍA ESPECIAL DE EXTINCIÓN DE DOMINIO que se plantea; por tanto, de conformidad con el artículo 35 en relación con el diverso 40 de la Ley de Extinción de Dominio, publíquese el presente proveído tres veces, de tres en tres días, debiendo mediar entre cada publicación dos días hábiles en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, en el Boletín Judicial del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, así como en el periódico El Sol de México, llamando a todas las personas que se consideren afectadas, terceros, víctimas u ofendidos para que comparezcan a este procedimiento en el término de DIEZ DÍAS HÁBILES contados a partir del día siguiente al de la última publicación a manifestar lo que a su interés convenga; debiendo señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta jurisdicción, apercibidos que de no hacerlo, todas las notificaciones, aun las de carácter personal, les surtirán por Boletín Judicial (Al margen inferior izquierdo un sello legible) México, D.F. a 02 de Octubre del año C. SECRETARIA DE ACUERDOS A LIC. CLAUDIA LETICIA ROVIRA MARTÍNEZ. EDICTOS QUE SE PUBLICARÁN POR TRES VECES, DE TRES EN TRES DÍAS, DEBIENDO MEDIAR ENTRE CADA PUBLICACIÓN DOS DÍAS HÁBILES EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL, EN EL BOLETÍN JUDICIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, ASÍ COMO EN EL PERIÓDICO EL SOL DE MÉXICO

36 36 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Octubre de 2012 JUZGADO CUARTO CIVIL DEL D.F. EXP.1185/2012 SECRETARIA A E D I C T O MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, A DOS DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE. CON EL ESCRITO DE CUENTA, ANEXOS Y COPIAS SIMPLES QUE SE ACOMPAÑAN, SE FORMA EXPEDIENTE Y SE REGISTRA COMO CORRESPONDE EN EL LIBRO DE GOBIERNO DE ESTE JUZGADO, BAJO EL NÚMERO DE EXPEDIENTE 1185/12. SE ORDENA GUARDAR LOS DOCUMENTOS EXHIBIDOS COMO BASE DE LA ACCIÓN EN EL SEGURO DEL JUZGADO. SE TIENE POR PRESENTADA A LA LICENCIADA JUANITA PORRAS GARCIA EN SU CALIDAD DE AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO ESPECIALIZADO EN MATERIA DE EXTINCIÓN DE DOMINIO DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, Y EN REPRESENTACIÓN DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, PERSONALIDAD QUE SE RECONOCE EN TÉRMINOS DEL ACUERDO A/001/11 EMITIDO POR EL C. PROCURADOR GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, ASÍ COMO POR EL OFICIO EN EL QUE SE LE DESIGNA CON EL CARÁCTER ANTES SEÑALADO, SUSCRITO POR EL FISCAL DE PROCESOS DE LO CIVIL, Y CON LA CONSTANCIA DE ACREDITACIÓN DE ESPECIALIZACIÓN EN MATERIA DE EXTINCIÓN DE DOMINIO QUE EXHIBE, MISMOS QUE EN COPIA CERTIFICADA SE ACOMPAÑAN, Y SE ORDENAN AGREGAR A LOS AUTOS PARA QUE OBREN COMO CORRESPONDA; SE LE TIENE SEÑALANDO DOMICILIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES, TENIÉNDOSE POR AUTORIZADOS CON LA MISMA CALIDAD DE AGENTES DEL MINISTERIO PÚBLICO ESPECIALIZADOS EN EXTINCIÓN DE DOMINIO A LOS PROFESIONISTAS QUE MENCIONA Y QUE IGUALMENTE ACREDITAN SU PERSONALIDAD EN TÉRMINOS DE LOS MISMOS DOCUMENTOS CON LOS QUE LA PROMOVENTE ACREDITA SU PERSONERÍA, ASÍ COMO CON EL NOMBRAMIENTO EXPEDIDO POR EL PROCURADOR GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL RESOLVIÓ PROCEDENTE EL EJERCICIO DE LA ACCIÓN SOLICITADA; SE LE TIENE AUTORIZANDO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES Y DOCUMENTOS E INCLUSO DE CARÁCTER PERSONAL, A LAS DEMÁS PERSONAS QUE SE MENCIONAN. CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 22 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, 3, 4, 5, 22, 24, 25, 29, 31, 32, 34, 35, 36, 37, 39, 40 Y DEMÁS RELATIVOS Y APLICABLES DE LA LEY DE EXTINCIÓN DE DOMINIO PARA EL DISTRITO FEDERAL; 1, 2, 4, 20, 24 25, 30, 35, 38 DEL REGLAMENTE DE LA LEY DE EXTINCIÓN DE DOMINIO PARA EL DISTRITO FEDERAL; 114, 116, 117, 255 Y DEMÁS RELATIVOS DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, DE APLICACIÓN SUPLETORIA A LA LEY ESPECIAL CITADA, Y CONFORME AL ARTÍCULO 3 FRACCIÓN II DEL MISMO ORDENAMIENTO, SE ADMITE A TRÁMITE LA DEMANDA PLANTEADA EN LA VÍA ESPECIAL Y EN EJERCICIO DE LA ACCIÓN DE EXTINCIÓN DE DOMINIO INTERPUESTA EN CONTRA DE INMOBILIARIA INDUSTRIAL CUAUHTEMOC S.A. (EN SU CARÁCTER DE PARTE AFECTADA), COMO PROPIETARIA DEL INMUEBLE UBICADO EN EL PREDIO S/N DEL CALLEJON DE SANTA ANA, COLONIA JUAREZ, DELEGACION COYOACAN, DISTRITO FEDERAL TAMBIEN RECONOCIDO CON LA UBICACIÓN DE CALLE SANTA ROSA NUMERO 15, COLONIA EX HACIENDA SANTA URSULA COAPA, DELEGACION COYOACAN, CODIGO POSTAL 04850, MEXICO, DISTRITO FEDERAL; INMUEBLE IDENTIFICADO CON EL FOLIO REAL NUMERO , CON UNA SUPERFICIE TOTAL DE M2 ACCIÓN QUE SE EJERCITA EN BASE AL EVENTO TÍPICO DERIVADO DE LAS ACTUACIONES MINISTERIALES QUE SE CONTIENEN EN LAS COPIAS CERTIFICADAS QUE SE ACOMPAÑAN DE LA AVERIGUACIÓN PREVIA NÚMERO FCY/COY-5/T3/0846/12-05 D02, Y QUE SE FUNDA EN LOS RAZONAMIENTOS, HECHOS Y PRUEBAS QUE SE EXPRESAN EN LA DEMANDA; EN CONSECUENCIA, CON LAS COPIAS SIMPLES DE TRASLADO QUE SE ACOMPAÑAN, Y DE LOS ANEXOS EXHIBIDOS, POR MEDIO DE NOTIFICACIÓN PERSONAL, SE ORDENA EMPLAZAR A INMOBILIARIA INDUSTRIAL CUAUHTÉMOC, SOCIEDAD ANONIMA (EN SU CARÁCTER DE AFECTADA); GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL DELEGACION TLAHUAC Y EMPRESA LIQUIDSERVIS MEDINA S.A. DE C.V. (EN SU CARÁCTER DE OFENDIDOS); PARA QUE DENTRO DEL TÉRMINO DE DIEZ DÍAS HÁBILES, CONTADOS A PARTIR DEL DÍA HÁBIL SIGUIENTE A SU EMPLAZAMIENTO COMPAREZCA, POR ESCRITO, POR SÍ O POR SU REPRESENTANTE LEGAL, A MANIFESTAR LO QUE A SU DERECHO CONVENGA, ASÍ COMO PARA QUE OPONGAN EXCEPCIONES Y DEFENSAS, Y EN SU CASO OFREZCAN LAS PRUEBAS CONDUCENTES QUE ACREDITEN SU DICHO, CONFORME A LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 25 DE LA LEY DE EXTINCIÓN DE DOMINIO APERCIBIDA QUE, DE NO COMPARECER A ESTE JUICIO Y DE NO OFRECER PRUEBAS EN EL TÉRMINO CONCEDIDO, PRECLUIRÁ SU DERECHO CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 40 FRACCIÓN V DE LA LEY DE EXTINCIÓN DE DOMINIO. ASI MISMO, MEDIANTE NOTIFICACION PERSONAL EMPLÁCESE A OSCAR ARCOS GONZALEZ Y JUAN RAMON CANTO NEQUIZ (EN SU CARÁCTER DE VICTIMA); SOFIA MORA JAIMES Y LA EMPRESA CORPORATIVO DE ESTACIONAMIENTOS PANUCO S.A. DE C.V. (ESTE ÚLTIMO POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE LEGAL) AMBOS EN SU CARÁCTER DE TERCEROS LLAMADOS A JUICIO, CON LAS COPIAS SIMPLES DE TRASLADO DE LA DEMANDA Y ANEXOS QUE SE

37 26 de Octubre de 2012 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 37 ACOMPAÑAN, CÓRRASELES TRASLADO PARA QUE DENTRO DEL TÉRMINO DE DIEZ DIAS HAGAN VALER LOS DERECHOS QUE LES CORRESPONDAN, RESPECTO DE LA REPARACIÓN DEL DAÑO SUFRIDO EN SU CALIDAD DE VICTIMA Y OFENDIDO A JUICIO EN TÉRMINOS DE LOS ARTÍCULOS 8 DE LA LEY DE EXTINCIÓN DE DOMINIO Y CONFORME A LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 45 DEL CÓDIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL, Y EN SU CASO OFREZCA LAS PRUEBAS QUE ESTIME PERTINENTES, AUNADAS A LAS QUE, EL MINISTERIO PÚBLICO ESPECIALIZADO OBTENGA PARA ACREDITAR DICHA REPARACIÓN, APERCIBIÉNDOSE QUE EN CASO DE NO COMPARECER A ESTE PROCEDIMIENTO Y DE NO OFRECER PRUEBAS DENTRO DEL TÉRMINO OTORGADO, SE DECLARARÁ PRECLUÍDO SU DERECHO. APARECIENDO QUE EL DOMICILIO DE LA VICTIMA JUAN RAMON CANTO NEQUIZ ASÍ COMO DEL OFENDIDO EMPRESA CORPORATIVO DE ESTACIONAMIENTOS PANUCO S.A. DE C.V SE ENCUENTRA FUERA DE LA JURISDICCIÓN DE ESTE JUZGADO, ELABÓRESE ATENTO EXHORTO DIRIGIDO AL C. JUEZ COMPETENTE EN EL MUNICIPIO DE LA PAZ, ESTADO DE MEXICO Y EN EL MUNICIPIO DE TECAMAC, ESTADO DE MEXICO, RESPECTIVAMENTE, PARA QUE EN AUXILIO DE LAS LABORES DE ESTE JUZGADO, SE SIRVA DAR CUMPLIMIENTO A LO AQUÍ ORDENADO; FACULTÁNDOSE AL C. JUEZ EXHORTADO PARA QUE ACUERDE PROMOCIONES DE LA PARTE ACTORA, GIRE OFICIOS Y EN GENERAL AUTORICE LAS GESTIONES NECESARIAS PARA LA DEBIDA TRAMITACIÓN. APERCIBIÉNDOSE A LA VICTIMA PARA QUE SEÑALE(N) DOMICILIO DENTRO DE LA JURISDICCIÓN DE ESTE JUZGADO YA QUE EN CASO DE NO HACERLO LAS POSTERIORES NOTIFICACIONES DEBERÁN SURTIRLE EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 637 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES. POR OTRA PARTE, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 35 EN RELACIÓN CON LA FRACCIÓN IV DEL ARTÍCULO 40, AMBOS DE LA LEY DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, PUBLÍQUESE EL PRESENTE PROVEÍDO POR TRES VECES DE TRES DÍAS HÁBILES, DEBIENDO MEDIAR ENTRE CADA PUBLICACIÓN DOS DÍAS HÁBILES EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL, EN EL BOLETÍN JUDICIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, ASÍ COMO EN EL PERIÓDICO DE CIRCULACIÓN NACIONAL EL SOL DE MEXICO, LLAMANDO A LAS PERSONAS QUE SE CONSIDEREN AFECTADAS, TERCEROS, VÍCTIMAS U OFENDIDOS PARA QUE COMPAREZCAN A ESTE PROCEDIMIENTO EN EL TÉRMINO DE DIEZ DÍAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE DE LA ÚLTIMA PUBLICACIÓN A MANIFESTAR LO QUE A SU INTERÉS CONVENGA, QUEDANDO LOS EDICTOS RESPECTIVOS A PARTIR DE ESTA FECHA, A DISPOSICIÓN DEL AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO OCURSANTE PARA SU DEBIDA TRAMITACIÓN, DENTRO DEL TÉRMINO DE TRES DÍAS, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 137 FRACCIÓN IV DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL, DE APLICACIÓN SUPLETORIA AL PROCEDIMIENTO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, ATENTO A LO DISPUESTO POR LA FRACCIÓN II DEL ARTÍCULO 3 DE ESTA LEY. POR LO QUE RESPECTA A LAS PRUEBAS OFRECIDAS EN EL ESCRITO DE CUENTA, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 40, DE LA LEY DE EXTINCIÓN DE DOMINIO PARA EL DISTRITO FEDERAL, ASÍ COMO DE LOS ARTÍCULOS 289, 290, 291 Y DEMÁS RELATIVOS Y APLICABLES DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DE APLICACIÓN SUPLETORIA A LA LEY DE LA MATERIA, SE PROCEDE A PROVEER RESPECTO DE LAS PROBANZAS OFRECIDAS POR LA OCURSANTE, EN LOS SIGUIENTES TÉRMINOS: SE ADMITEN LAS PRUEBAS OFRECIDAS CONSISTENTES EN LAS DOCUMENTALES PÚBLICAS MARCADAS CON LOS NUMERALES 1, 2, 3 Y 4 CONSISTENTE EN LAS COPIAS CERTIFICADAS DE LA AVERIGUACIÓN PREVIA NÚMERO FCY/COY-5/T3/0846/12-05 D02 EN LA FISCALÍA CENTRAL DE INVESTIGACIÓN PARA ROBO DE VEHÍCULOS Y TRANSPORTE, DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL QUE SE ACOMPAÑAN, POR HECHOS QUE SE CONSIDERAN CONSTITUTIVOS DE LOS DELITOS DE ROBO DE VEHÍCULO, ASÍ COMO LA DENUNCIA PRESENTADA POR EL C. OSCAR ARCOS GONZALEZ Y TODAS LAS DILIGENCIAS CONTENIDAS EN DICHA INDAGATORIA. EN ESPECIAL EL OFICIO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DE LA CIUDAD DE MÉXICO QUE INFORMA EL NOMBRE DEL PROPIETARIO Y TITULAR REGISTRAL DEL INMUEBLE UBICADO EN EL PREDIO S/N DEL CALLEJON DE SANTA ANA, COLONIA JUAREZ, DELEGACION COYOACAN, DISTRITO FEDERAL TAMBIEN RECONOCIDO CON LA UBICACIÓN DE CALLE SANTA ROSA NUMERO 15, COLONIA EX HACIENDA SANTA URSULA COAPA, DELEGACION COYOACAN, CODIGO POSTAL 04850, MEXICO, DISTRITO FEDERAL; INMUEBLE IDENTIFICADO CON EL FOLIO REAL NUMERO , CON UNA SUPERFICIE TOTAL DE M2 CUYO TITULAR REGISTRAL ES INMOBILIARIA INDUSTRIAL CUAUHTEMOC S.A.; LAS CONFESIONALES MARCADAS CON LOS NUMEROS 5, 11 Y 12 A CARGO DE LA PARTE AFECTADA INMOBILIARIA INDUSTRIAL CUAUHTEMOC S.A. (EN SU CARÁCTER DE PARTE AFECTADA), PROPIETARIA DEL INMUEBLE UBICADO EN EL PREDIO S/N DEL CALLEJON DE SANTA ANA, COLONIA JUAREZ, DELEGACION COYOACAN, DISTRITO FEDERAL TAMBIEN RECONOCIDO CON LA UBICACIÓN DE CALLE SANTA ROSA NUMERO 15, COLONIA EX HACIENDA SANTA URSULA COAPA, DELEGACION COYOACAN, CODIGO POSTAL 04850, MEXICO, DISTRITO FEDERAL; INMUEBLE IDENTIFICADO CON EL FOLIO REAL NUMERO , CON UNA SUPERFICIE TOTAL DE M2; SOFIA MORA JAIMES (EN SU CALIDAD DE TERCERO LLAMADO A JUICIO) Y LA EMPRESA CORPORATIVO DE ESTACIONAMIENTOS PANUCO S.A. DE C.V. (EN SU CALIDAD DE TERCERO LLAMADO A JUICIO) CITESE A LOS REPRESENTANTES LEGALES DE INMOBILIARIA INDUSTRIAL CUAUHTEMOC S.A. Y LA EMPRESA

38 38 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Octubre de 2012 CORPORATIVO DE ESTACIONAMIENTOS PANUCO S.A. DE C.V. PARA QUE EL DÍA Y HORA QUE SE SEÑALEN PARA QUE TENGA VERIFICATIVO LA AUDIENCIA DE LEY COMPAREZCA POR CONDUCTO DE REPRESENTANTE LEGAL CON FACULTADES PARA ABSOLVER POSICIONES PARA QUE COMPAREZCA AL DESAHOGO DE LA CONFESIONAL A SU CARGO, AL TENOR DE LAS POSICIONES QUE EN SU OPORTUNIDAD SEAN FORMULADAS POR LA PARTE ACTORA, PREVIA CALIFICACIÓN DE LEGALES, APERCIBIDAS QUE DE NO COMPARECER SIN JUSTA CAUSA, SE LES TENDRÁ POR CONFESOS DE LAS POSICIONES, QUE EN SU CASO, SEAN CALIFICADAS DE LEGALES, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 322 Y 323 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL, SUPLETORIO DE LA LEY DE EXTINCIÓN DE DOMINIO PARA EL DISTRITO FEDERAL, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 3º FRACCIÓN II DE ESTE ÚLTIMO ORDENAMIENTO; ASIMISMO CITESE EN LO PERSONAL PARA EL DESAHOGO DE LA CONFESIONAL A SU CARGO A SOFIA MORA JAIMES, AL TENOR DE LAS POSICIONES QUE EN SU OPORTUNIDAD SEAN FORMULADAS POR LA PARTE ACTORA, A QUIEN SE ORDENA CITAR PARA QUE COMPAREZCA PERSONALMENTE Y NO POR CONDUCTO DE APODERADO EL DÍA Y HORA QUE SE SEÑALE, UNA VEZ CONCLUIDOS LOS TÉRMINOS PARA QUE COMPAREZCAN LAS PARTES Y SE LE CITE PERSONALMENTE PARA EL DESAHOGO DE SU CONFESIONAL, APERCIBIDA QUE DE NO COMPARECER SIN JUSTA CAUSA, SE LE TENDRÁ POR CONFESA DE LAS POSICIONES, QUE EN SU CASO, SEAN CALIFICADAS DE LEGALES, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 322 Y 323 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL, SUPLETORIO DE LA LEY DE EXTINCIÓN DE DOMINIO PARA EL DISTRITO FEDERAL, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 3º FRACCIÓN II DE ESTE ÚLTIMO ORDENAMIENTO. SE ADMITE LA PRUEBA MARCADA CON EL NÚMERO 6 DE RATIFICACION DE LAS DECLARACIONES RENDIDAS EN LA AVERIGUACIÓN PREVIA FCY/COY-5/T3/0846/12-05 D02 POR LOS CC. JESUS BENITEZ ALVAREZ Y RICARDO TREJO ACOSTA POLICIAS REMITENTES, PERSONAS A QUIENES SE ORDENA CITAR EN FORMA PERSONAL PARA QUE EL DÍA Y HORA QUE SE SEÑALE PARA QUE TENGA VERIFICATIVO LA AUDIENCIA DE LEY COMPAREZCAN EN FORMA PERSONAL Y NO POR CONDUCTO DE APODERADO A RATIFICAR SUS DECLARACIONES ANTES MENCIONADAS, BAJO APERCIBIMIENTO QUE EN CASO DE NO COMPARECER SIN JUSTA CAUSA SE IMPONDRÁ UNA MULTA EQUIVALENTE A TRES MIL PESOS 00/100 M.N. AL INASISTENTE DE CONFORMIDAD CON LO QUE DISPONEN LOS ARTÍCULOS 73 Y 357 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DE APLICACIÓN SUPLETORIA A LA LEY DE EXTINCIÓN DE DOMINIO PARA EL DISTRITO FEDERAL. ASI COMO TAMBIÉN SE ADMITEN LAS PRUEBAS MARCADAS CON LOS NÚMEROS 7 Y 8 DE RATIFICACION DE LAS DECLARACIONES RENDIDAS EN LA AVERIGUACIÓN PREVIA FCY/COY-5/T3/0846/12-05 D02 POR LOS CC. OSCAR ARCOS GONZALEZ Y JUAN RAMON CANTO NEQUIZ (EN SU CARÁCTER DE VICTIMA) CON ENTREGA DE LAS COPIAS DE TRASLADO DE LA DEMANDA Y ANEXOS QUE SE ACOMPAÑAN NOTIFIQUESE LO AQUÍ MANDADO PARA QUE EN EL TÉRMINO DE DIEZ DÍAS HAGAN VALER LOS DERECHOS QUE LES CORRESPONDAN, RESPECTO DE LA REPARACIÓN DEL DAÑO SUFRIDO EN SU CALIDAD DE VICTIMA, EN TÉRMINOS DE LOS ARTÍCULOS 8 DE LA LEY DE EXTINCIÓN DE DOMINIO Y CONFORME A LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 45 DEL CÓDIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL, Y EN SU CASO OFREZCA LAS PRUEBAS QUE ESTIME PERTINENTES, AUNADAS A LAS QUE, EL MINISTERIO PÚBLICO ESPECIALIZADO OBTENGA PARA ACREDITAR DICHA REPARACIÓN, APERCIBIÉNDOSE A LA VICTIMA QUE, EN CASO DE NO COMPARECER A ESTE PROCEDIMIENTO Y DE NO OFRECER PRUEBAS DENTRO DEL TÉRMINO OTORGADO, SE DECLARARÁ PRECLUÍDO SU DERECHO. ASIMISMO SE ADMITE LA PRUEBA MARCADA CON EL NÚMERO 9 LA DE RATIFICACION DE LA DECLARACION A CARGO DE LA EMPRESA LIQUIDSERVIS MEDINA S.A. DE C.V. POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE LEGAL (EN SU CALIDAD DE OFENDIDA). SE ADMITE LA PRUEBA TESTIMONIAL A MANERA DE RATIFICACION DE LA DECLARACION A CARGO DE MARCO ANTONIO MENDOZA MARTINEZ, MARCADA CON EL NÚMERO 10, PERSONA A QUIENES SE ORDENA CITAR EN FORMA PERSONAL EN EL DOMICILIO SEÑALADO POR LA OCURSANTE PARA QUE COMPAREZCAN EL DÍA Y HORA QUE SE SEÑALE UNA VEZ QUE CONCLUYAN LOS TÉRMINOS PARA QUE COMPAREZCA EN EL PRESENTE JUICIO, A RATIFICAR SU DECLARACIÓN, BAJO APERCIBIMIENTO QUE EN CASO DE NO COMPARECER SIN JUSTA CAUSA SE IMPONDRÁ UNA MULTA EQUIVALENTE A TRES MIL PESOS 00/100 M.N. AL INASISTENTE DE CONFORMIDAD CON LO QUE DISPONEN LOS ARTÍCULOS 73 Y 357 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DE APLICACIÓN SUPLETORIA A LA LEY DE EXTINCIÓN DE DOMINIO PARA EL DISTRITO FEDERAL. TAMBIÉN SE ADMITE LA INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES MARCADA CON EL NÚMERO 13 Y LA PRESUNCIONAL LEGAL Y HUMANA, MARCADA CON EL NÚMERO 14. POR CUANTO A LA SOLICITUD DE MEDIDAS CAUTELARES, Y RESPECTO A LA QUE SOLICITA EN PRIMER TÉRMINO, CONSISTENTE EN QUE SE DECLARE LA PROHIBICIÓN PARA ENAJENAR Y GRAVAR EL BIEN INMUEBLE UBICADO EN EL PREDIO S/N DEL CALLEJON DE SANTA ANA, COLONIA JUAREZ, DELEGACION COYOACAN, DISTRITO FEDERAL TAMBIEN RECONOCIDO CON LA UBICACIÓN DE CALLE SANTA ROSA NUMERO 15, COLONIA EX HACIENDA SANTA URSULA COAPA, DELEGACION COYOACAN, CODIGO POSTAL 04850, MEXICO, DISTRITO FEDERAL; INMUEBLE IDENTIFICADO CON EL FOLIO REAL NUMERO , CON UNA SUPERFICIE TOTAL DE M2 SE CONCEDE DICHA MEDIDA A EFECTO DE EVITAR QUE SE

39 26 de Octubre de 2012 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 39 REALICE CUALQUIER ACTO TRASLATIVO DE DOMINIO O INSCRIPCIÓN DE GRAVAMEN JUDICIAL O REAL RESPECTO DEL INMUEBLE REFERIDO, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 11 Y 15 SEGUNDO PÁRRAFO DE LA LEY DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, SURTIENDO SUS EFECTOS, DESDE LUEGO, Y EN CONSECUENCIA, GÍRESE OFICIO AL C. DIRECTOR DEL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DEL DISTRITO FEDERAL, PARA QUE PROCEDA A INSCRIBIR LA MEDIDA CAUTELAR DECRETADA EN EL INMUEBLE UBICADO EN EL PREDIO S/N DEL CALLEJON DE SANTA ANA, COLONIA JUAREZ, DELEGACION COYOACAN, DISTRITO FEDERAL TAMBIEN RECONOCIDO CON LA UBICACIÓN DE CALLE SANTA ROSA NUMERO 15, COLONIA EX HACIENDA SANTA URSULA COAPA, DELEGACION COYOACAN, CODIGO POSTAL 04850, MEXICO, DISTRITO FEDERAL; INMUEBLE IDENTIFICADO CON EL FOLIO REAL NUMERO , CON UNA SUPERFICIE TOTAL DE M2 EN EL CUAL APARECE COMO TITULAR REGISTRAL INMOBILIARIA INDUSTRIAL CUAUHTEMOC S.A.; POR OTRA PARTE, Y COMO SEGUNDA MEDIDA CAUTELAR PETICIONADA, SE TIENE A LA PARTE ACTORA DESIGNANDO COMO DEPOSITARIO DEL PREDIO S/N DEL CALLEJON DE SANTA ANA, COLONIA JUAREZ, DELEGACION COYOACAN, DISTRITO FEDERAL TAMBIEN RECONOCIDO CON LA UBICACIÓN DE CALLE SANTA ROSA NUMERO 15, COLONIA EX HACIENDA SANTA URSULA COAPA, DELEGACION COYOACAN, CODIGO POSTAL 04850, MEXICO, DISTRITO FEDERAL; INMUEBLE IDENTIFICADO CON EL FOLIO REAL NUMERO , CON UNA SUPERFICIE TOTAL DE M2, A INMOBILIARIA INDUSTRIAL CUAUHTEMOC S.A. (REPRESENTADA POR SU APODERADO LEGAL Y ADMINISTRADOR ÚNICO JAIME JIMÉNEZ RAMÍREZ); CORPORATIVO DE ESTACIONAMIENTOS PANUCO S.A. DE C.V. (REPRESENTADO POR SU APODERADO LEGAL BEDALBERTO MIRANDO LÓPEZ) Y SOFÍA MORA JAIMES, LO ANTERIOR DE ACUERDO A LA RESOLUCIÓN DICTADA EN EL INCIDENTE DE SUSPENSIÓN DERIVADO DEL JUICIO DE AMPARO 475/2012-III, DEL VEINTINUEVE DE MAYO DEL DOS MIL DOCE DICTADA POR EL C. JUEZ DÉCIMO DE DISTRITO EN MATERIA PENAL EN EL DISTRITO FEDERAL EN DONDE RESOLVIÓ CONCEDER LA SUSPENSIÓN DEFINITIVA A LOS ANTES MENCIONADOS EN LOS SIGUIENTES TÉRMINOS: SE CONCEDE A SOFIA MORA JAIMES LA SUSPENSION DEFINITIVA, DEL ACTO RECLAMADO PARA EL EFECTO DE QUE CONTINÚE LA POSESIÓN QUE TIENE SOBRE EL INMUEBLE, ESTO ES, QUE SIGA USANDO Y DISFRUTANDO DE ÉL, SIN QUE ELLO IMPLIQUE QUE PUEDA DISPONER DEL MISMO. ASIMISMO, SE CONCEDE A INMOBILIARIA INDUSTRIAL CUAUHTEMOC SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; Y CORPORATIVO DE ESTACIONAMIENTOS PANUCO SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE LA SUSPENSIÓN DEFINITIVA DEL ACTO RECLAMADO PARA EL EFECTO DE QUE LA AUTORIDAD MINISTERIAL RESPONSABLE PROVEA LO CONDUCENTE A FIN DE OTORGARLES LA POSESIÓN DEL INMUEBLE, LO QUE SE TRADUCE EN QUE PRODRÁ USAR Y DISFRUTAR DE ÉL, PERO NO DISPONER DEL MISMO. POR TANTO, NOTIFÍQUESE A SOFIA MORA JAIMES, INMOBILIARIA INDUSTRIAL CUAUHTEMOC SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE Y CORPORATIVO DE ESTACIONAMIENTOS PANUCO SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE QUE SE ABSTENGAN DE LLEVAR A CABO CUALQUIER ACTO TENDIENTE A TRANSMITIR LA PROPIEDAD O DOMINIO DE DICHO INMUEBLE, POR LO CUAL NO DEBERÁN LLEVA A CABO NINGÚN ACTO POR EL CUAL LO ENAJENEN EN NINGUNA FORMA DE LAS PERMITIDAS POR LA LEY, COMO EN SU CASO SERÍA LA COMPRAVENTA, LA DONACIÓN, LA CESIÓN DE DERECHOS, LA PERMUTA, NINGÚN OTRO ACTO JURÍDICO ANÁLOGO POR EL CUAL SE TRANSMITA EN FORMA ALGUNA LA PROPIEDAD, IGUALMENTE SE DEBERÁN ABSTENER DE CONSTITUIR SOBRE DICHO INMUEBLE GRAVAMEN REAL ALGUNO TAL Y COMO HIPOTECA, SERVIDUMBRE VOLUNTARIA O CONCEDER EL DERECHO REAL DE USO O HABITACIÓN, NI LLEVAR A CABO NINGÚN OTRO ACTO ANÁLOGO, DEBIENDO TAMBIÉN DE ABSTENERSE DE LLEVAR A CABO CUALQUIER ACTO DE DISPOSICIÓN COMO LO ES EN SU CASO SERÍA DARLO EN COMODATO, USUFRUCTUO, ARRENDAMIENTO O SUBARRENDAMIENTO Y CUALQUIER OTRO ACTO ANALÓGO EN QUE OTORGUE LA POSESIÓN DERIVADA DEL MENCIONADO INMUEBLE, CORRESPONDIENDOLES COMO DEPOSITARIOS LA OBLIGACIÓN DE LLEVAR A CABO TODAS LAS ACCIONES NECESARIAS PARA EL MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DEL MISMO, AL CUAL ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE LE PUEDEN DAR EL USO Y DISFRUTE CORRESPONDIENTE. PROCEDA EL ACTUARIO DE LA ADSCRIPCIÓN A LA BREVEDAD A PONERLE EN POSESIÓN MATERIAL DEL BIEN INMUEBLE ASEGURADO, PARA QUE REALICE LAS ACCIONES NECESARIAS PARA SU MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN, TENIENDO TAMBIÉN LA OBLIGACIÓN DE RENDIR CUENTAS ANTE ESTE JUZGADO Y AL AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO ESPECIALIZADO EN EXTINCIÓN DE DOMINIO RESPECTO DE LA ADMINISTRACIÓN DEL BIEN INMUEBLE, EN FORMA MENSUAL CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 557 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DE APLICACIÓN SUPLETORIA A LA LEY DE LA MATERIA, ASÍ COMO TAMBIÉN DEBERÁ RENDIR UN INFORME ANUAL A LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL RESPECTO DEL BIEN INMUEBLE. PROCEDA EL C. SECRETARIO A DESPACHAR EL OFICIO QUE AQUÍ SE ORDENA POR CONDUCTO DEL PERSONAL DEL JUZGADO EN FORMA INMEDIATA, HACIÉNDOSE ENTREGA DEL MISMO AL AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO ESPECIALIZADO QUE PROMUEVE. POR ÚLTIMO, Y CON FUNDAMENTO EN EL ÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 4 DE LA LEY DE EXTINCIÓN DE DOMINIO PARA EL DISTRITO FEDERAL, SE HACE SABER A TODOS LOS INTERESADOS, QUE TODA LA INFORMACIÓN QUE SE

40 40 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Octubre de 2012 GENERE U OBTENGA CON RELACIÓN A ESTA LEY Y A LOS JUICIOS QUE CONFORME A ELLA SE TRAMITEN, SE CONSIDERARÁ COMO RESTRINGIDA EN LOS TÉRMINOS DE LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL; Y ASIMISMO QUE SE DEBERÁ GUARDAR LA MÁS ESTRICTA CONFIDENCIALIDAD SOBRE TODA LA INFORMACIÓN Y DOCUMENTOS QUE SE OBTENGA Y GENEREN DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DEL PRESENTE PROCEDIMIENTO, ELLO CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 4 ÚLTIMO PÁRRAFO Y 22 IN FINE DE LA LEY DE EXTINCIÓN DE DOMINIO PARA EL DISTRITO FEDERAL.. EN CUMPLIMIENTO AL ACUERDO 10-03/2012, EMITIDO EN SESIÓN DE FECHA DIECISIETE DE ENERO DEL AÑO EN CURSO, SE HACE DEL CONOCIMIENTO QUE EL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL DISTRITO FEDERAL, DETERMINÓ:- SE HACE DEL CONOCIMIENTO DE LAS PARTES QUE EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, MOTIVADO POR EL INTERÉS DE QUE LAS PERSONAS QUE TIENEN ALGÚN LITIGIO CUENTEN CON OTRA OPCIÓN PARA SOLUCIONAR SU CONFLICTO, PROPORCIONA LOS SERVICIOS DE MEDIACIÓN A TRAVÉS DE SU CENTRO DE JUSTICIA ALTERNATIVA, DONDE SE LES ATENDERÁ EN FORMA GRATUITA, LA MEDIACIÓN NO ES ASESORÍA JURÍDICA AV. NIÑOS HÉROES 133, COLONIA DOCTORES DELEGACIÓN CUAUHTÉMOC, D.F. CÓDIGO POSTAL 06720, CON EL TELÉFONO EXTS Y 2362; SERVICIO DE MEDICACIÓN CIVIL MERCANTIL Y MEDIACIÓN.CIVIL.MERCANTIL@TSJDF.GOB.MX. CON APOYO EN EL ACUERDO PLENARIO V-15/2008, EMITIDO POR EL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL DISTRITO FEDERAL, SE ORDENA: CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 17 FRACCIÓN I, INCISO G), 38 Y 39, SEGUNDO PÁRRAFO, DE LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, SE REQUIERE AL (LOS) ACTOR (ES) PARA QUE EN EL TÉRMINO DE TRES DÍAS CONTADOS A PARTIR DE QUE SURTA EFECTOS EL PRESENTE PROVEIDO, Y AL (LOS) DEMANDADO (S) EN EL MISMO TÉRMINO A PARTIR DE LA FECHA DEL EMPLAZAMIENTO, OTORGUEN SU CONSENTIMIENTO POR ESCRITO PARA RESTRINGIR EL ACCESO PÚBLICO A SU INFORMACIÓN CONFIDENCIAL, EN EL ENTENDIDO DE QUE SU OMISIÓN A DESAHOGAR DICHO REQUERIMIENTO, ESTABLECERÁ SU NEGATIVA PARA DICHA INFORMACIÓN SEA PÚBLICA. CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 26 Y 28 DEL REGLAMENTO DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE ARCHIVOS DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Y DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL DISTRITO FEDERAL, SE HACE DEL CONOCIMIENTO DE LAS PARTES INVOLUCRADAS EN EL ASUNTO, QUE UNA VEZ QUE CONCLUYA EL MISMO, EL EXPEDIENTE RESPECTIVO PODRÁ ESTAR SUJETO A SU DESTRUCCIÓN, POR LO QUE SE LES PREVIENE PARA QUE DENTRO DEL TÉRMINO DE SEIS MESES CONTADOS A PARTIR DE LA NOTIFICACIÓN QUE SE HAGA POR BOLETÍN JUDICIAL, ACUDAN AL JUZGADO A RECOGER EL MATERIAL PROBATORIO QUE HAYAN APORTADO, ASÍ COMO MUESTRAS O DOCUMENTOS DE CUALQUIER OTRA ÍNDOLE QUE LEGALMENTE LES CORRESPONDA. A MAYOR ABUNDAMIENTO SE LES HACE SABER QUE EN LOS CASOS DE CADUCIDAD, COSA JUZGADA, DESISTIMIENTO, INCOMPETENCIA, PRESCRIPCIÓN, DESECHAMIENTO DE DEMANDA, QUEDE SIN MATERIA, TERMINE POR CONVENIO, O CUALESQUIERA OTRA FIGURA ANÁLOGA, QUE SE DERIVE O SE APLIQUE EN UN PROCEDIMIENTO, TAMBIÉN EL EXPEDIENTE RESPECTIVO, PODRÁ ESTAR SUJETO A SER DESTRUIDO. HÁGASE DEL CONOCIMIENTO DEL ENCARGADO DEL TURNO, QUE TIENE EL TÉRMINO DE LEY, PARA ELABORAR EL TRABAJO. - NOTIFIQUESE.- LO PROVEYÓ Y FIRMA EL C. JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.- DOY FE. PARA SU DEBIDA PUBLICACIÓN EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL, POR TRES VECES DE TRES EN TRES DÍAS DEBIENDO MEDIAR ENTRE CADA PUBLICACIÓN DOS DÍAS HÁBILES. (Al margen inferior derecho un sello legible) MÉXICO, D.F. A 04 DE OCTUBRE DEL 2012 EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS LIC. EDUARDO HERRERA ROSAS

41 26 de Octubre de 2012 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 41 Por la Autonomía e Independencia del Poder Judicial para una Ciudad de Vanguardia EDICTOS En los autos del juicio EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por LOTERIA NACIONAL PARA LA ASISTENCIA PÚBLICA en contra de MANUEL PRISCILIANO HERNANDEZ ARIZMENDI Y OTROS, en el expediente número 695/10, el C. Juez Trigésimo de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal dicto autos que en lo conducente dice: México, Distrito Federal, a veintitrés de agosto de dos mil doce Tomando en consideración lo ordenado en auto de veinte de agosto del año en curso, se precisa que el edicto a que se hace referencia en dicho proveído deberá agregarse la parte conducente del proveído de fecha treinta y uno de mayo de dos mil diez, aclarando que se realiza, para los efectos legales a que haya lugar México, Distrito Federal a veinte de agosto del dos mil doce por hechas sus manifestaciones que vierte el ocursante y tomando en consideración que no fue posible notificar al codemandado MARIO MONTES AGUILERA en los domicilios proporcionados en autos emplácese al codemandado MARIO MONTES AGUILERA, mediante edictos que deberán publicarse por TRES VECES CONSECUTIVAS en la Gaceta del Gobierno del Distrito Federal, así como en el periódico EL SOL DE MÉXICO haciéndole saber a dicho codemandado que se le concede un término de TREINTA DÍAS contados a partir del día siguiente de la última publicación para que reciban las copias simples de traslado y conteste la demanda en los términos en que fue admitida mismas que se encuentran en el seguro del Juzgado, debiendo insertar en el edicto de cuanta la parte conducente del proveído de fecha veintitrés de febrero de dos mil once México Distrito Federal a treinta y uno de mayo de dos mil diez fórmese expediente 695/10 y regístrese en el Libro de Gobierno como corresponda, en consecuencia se tiene por presentado a LOTERÍA NACIONAL PARA LA ASISTENCIA PÚBLICA por conducto de su apoderado RENE MANUEL SUÁREZ URIBE personalidad que se le reconoce en términos del testimonio que exhibe DEMANDANDO en la vía EJECUTIVA MERCANTIL de MANUEL PRISCILIANO HERNÁNDEZ ARIZMENDI, MARIO MONTES AGUILERA Y JOSÉ ANTELMO BELTRÁN SANDOVAL el pago de la cantidad de $111, (CIENTO ONCE MIL SEISCIENTOS PESOS 00/100 M.N.) por concepto de suerte principal y demás prestaciones requiérase a la parte demandada para que en el acto de la diligencia, haga pago al actor o a quienes sus derechos represente legalmente, respecto de la cantidad reclamada interés y demás accesorios legales y no haciéndolo, embárguensele bienes de su propiedad, suficientes para cubrir la deuda, mas intereses gastos y costas, y póngase en deposito de la persona que bajo su responsabilidad designe la parte actora, y hecho que sea con las copias simples, exhibidas selladas y cotejadas, córrase traslado y emplácese al demandado (Al margen inferior izquierdo un sello legible) México Distrito Federal a 28 de agosto del 2012 EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS A LIC. ONÉSIMO LUGO GODÍNEZ PARA SU PUBLICACION POR TRES VECES CONSECUTIVAS en la Gaceta del Gobierno del Distrito Federal.

42 42 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Octubre de Por la autonomía e independencia del Poder Judicial Para una Ciudad de Vanguardia EDICTO EN LOS AUTOS DEL JUICIO SUCESORIO INTESTAMENTARIO A BIENES DE MARISELA OSORNIO JIMÉNEZ, EXPEDIENTE NUMERO 301/2012, LA C. JUEZ VIGESIMO SEGUNDO DE LO FAMILIAR, DICTO AUTO EN AUDIENCIA DE FECHA OCHO DE AGOSTO DEL DOS MIL DOCE, ORDENANDO SE NOTIFIQUE EL PRESENTE, ANUNCIANDO LA MUERTE SIN TESTAR DE LA DE CUJUS MARISELA OSORNIO JIMENEZ, POR LO QUE SE HACE UN LLAMADO A AQUELLOS QUE SE CREAN CON IGUAL O MEJOR DERECHO A HEREDAR Y COMPAREZCAN ANTE ESTE JUZGADO A RECLAMAR LA MISMA DENTRO DEL TERMINO DE CUARENTA DIAS. (Al margen inferior izquierdo un sello legible) Para su publicación en la Tesorería del Gobierno del Distrito Federal. LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS A LIC. ROSA MARIA RAMIREZ CARDOSO. México, Distrito Federal a 20 de Agosto del 2012.

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