E. MORENO CONSULTORES INTERNATIONAL CONSULTANTS LEGAL ADVISERS IN VENEZUELA
|
|
- Belén Segura Piñeiro
- hace 6 años
- Vistas:
Transcripción
1 XI CONGRESO IBEROAMERICANO SOBRE TRANSPORTE, PUERTOS, SEGURIDAD MARITIMA, PROTECCION PORTUARIA, LUGARES DE REFUGIO, COMERCIO Y ARBITRAJE MARITIMO 7-10 DE NOVIEMBRE Santo Domingo, República Dominicana LOS CLUBES DE PROTECCION E INDEMNIZACIÓN Y SU COBERTURA Dr. Eugenio A. Moreno M. Venezuela INTRODUCCION El tema de la responsabilidad civil dentro del ámbito marítimo, ha sido de suma importancia estudiarlo por el impacto que representa no solo a quien causa un daño, sino sobre todo, a quien lo sufre. En el negocio marítimo la repercusión de esta actividad sobre terceros involucra cuantiosas sumas de dinero y el análisis de una serie de relaciones jurídicas, contractuales o extracontractuales, que no se resuelven generalmente de una forma expedita sino que requiere de la imaginación y disposición de las partes que permitan construir soluciones extrajudiciales y evitar el a veces necesario camino de la vía judicial. El buque, objeto de estudio principal de nuestra disciplina, es el eje de una serie de relaciones jurídicas, de obligaciones, que para el caso que nos ocupa, la responsabilidad civil hacia terceros, se materializa en el momento que se presentan los siniestros o accidentes. Como podemos ver en las gráficas que se muestran a continuación, no es difícil deducir que se van a presentar una serie de reclamos en contra del buque cuya aventura marítima se ha visto enfrentada a la realidad de la ocurrencia de un siniestro o accidente, mientras distintos intereses se encontraban bajo el control, guarda y custodia del armador. 1
2 2
3 ANTECEDENTES Para comprender la formación y desarrollo de los Clubes de Protección e Indemnización, así como de otras formas de protección desarrolladas en beneficio de los armadores y/o fletadores por la existencia indudable de esos riesgos que comprometen su responsabilidad civil hacia terceros, debemos entonces revisar los antecedentes inmediatos del tema, para lo cual tal vez pudiéramos remontarnos para ello hasta la época de los fenicios o inclusive antes, lo que en lo personal no considero necesario. Creo oportuno precisar entonces que el origen de los Clubes de Protección e Indemnización debemos comenzar a estudiarlo desde el Siglo XVII con la creación de la Lloyd s Coffee House en 1687 por Edward Lloyd s en la Ciudad de Londres, antecedente inmediato de lo que es Lloyd s en la actualidad. Centros como éste, permitían mantener informados, en forma confiable sobre lo que estaba ocurriendo dentro del negocio marítimo, facilitando además de un espacio físico a capitanes, comerciantes y que los suscriptores concurriesen con sus negocios, entre los cuales estaba el ofrecer seguro para sus buques y para la carga. En la medida que fue creciendo el negocio, se requirió de mayores formalidades, por lo que los suscriptores de LLoyd s se agruparon en 1774 ocupando los predios de la Royal Exchange en Cornhill, para constituirse legalmente en Sin embargo, para 1720 se promulga en Inglaterra el Monopoly Act, la cual otorga en exclusividad a la London Assurance Co. (1720) y a la Royal Exchange Assurance Company (1792) el negocio de los seguros marítimos, que no serían asumidos por personas individuales suscriptores conocidos como Underwriters. Esta Ley del Monopolio, prohibió el funcionamiento de otras compañías. La justificación de dicha Ley, fue una serie de quiebras ocurridas en el mercado asegurador inglés tanto de compañías como suscriptores individuales entre los años 1711 y El monopolio cesó en el año 1824, fecha a partir de la cual se abrió de nuevo el mercado asegurador inglés. 3
4 La realidad de la época fue que en virtud al monopolio creado, se originó consecuentemente una insatisfacción por parte de los armadores, bien por el alto costo de los seguros de casco o por lo limitado de los riesgos que se les estaba ofreciendo cubrir, por lo que decidieron agruparse para compartir sobre la base de la mutualidad sus riesgos de casco, convirtiéndose al mismo tiempo en asegurados y aseguradores. Como indicáramos, el monopolio cesó en 1824, por lo que con la creación de nuevas compañías y suscriptores individuales evolucionó el seguro marítimo en cuanto a las coberturas de casco y maquinaria que se ofrecían, pero en el año 1836 con la decisión judicial tomada en Inglaterra en el caso De Vaux v. Salvador, se estableció que una póliza de seguros ordinaria que cubría riesgos del mar perils of the sea no alcanzaba a cubrir los daños causados a otro buque por colisión o abordaje, resultando los aseguradores eximidos de responsabilidad por los daños causados a un tercero como consecuencia de una colisión o abordaje. Esta situación colocó a los armadores frente a una exposición mayor por los riesgos que estaban enfrentando que consideraban hasta la fecha cubiertos, por lo que luego de solicitar a sus aseguradores de casco que incluyeran dentro de su cobertura de casco lo daños causados a terceros por colisión o abordaje, los aseguradores decidieron aceptar incluir solamente ¾ de dicha responsabilidad insertando en las pólizas de casco a partir de esa fecha la cláusula de abordaje o Running Down Clause, dejando al armador con ¼ que debía ser soportado por ellos. Los armadores frente a la negativa de sus aseguradores de cubrir el 100 % de la responsabilidad por colisión y tener que enfrentar personalmente el 25 % no cubierto, lo que sin lugar a dudas representaba un riesgo considerable, comenzaron a buscar otras alternativas. Con el caso De Vaux v. Salvador del año 1836, ya comentado, y los casos que comentaremos a continuación, se puede afirmar que la responsabilidad hacia terceros por parte de los armadores debe ser contrastada entre el período correspondiente a la primera mitad del siglo XIX vs. la segunda mitad del siglo XIX. 4
5 Para la primera mitad del Siglo XIX, los armadores consideraban que su exposición por daños a terceros se veía completamente reducida o era inexistente en virtud de las distintas cláusulas que eran incorporadas en los contratos de transporte, aunado a la falta de decisiones judiciales y promulgación de leyes sobre la materia. A partir de la segunda mitad del Siglo XIX comienzan a tomarse una serie de decisiones judiciales y a promulgarse leyes, estableciéndose cada vez mas y mayores responsabilidades sobre los armadores respecto a los daños causados a terceros. En 1832 encontramos al primer Club de Casco - The West of England Marine Insurance Association, creando sus fundadores en 1838 el Exeder Shipping Insurance Association. Tanto el Shipowner s P&I Club fundado en 1855 como el The West of England Ship Owner s Mutual Insurance Association (Luxembourg) fundado en 1870, comparten al Club de Casco fundado en The West of England Marine Insurance Association como su antecedente inmediato. En 1846 el Parlamento Inglés aprueba la Ley sobre Accidentes Fatales, conocida como Lord Campbell s Act, la cual crea nuevos derechos bien a los tripulantes por sus lesiones personales o a sus dependientes en caso de fallecimiento de éstos, permitiéndoles obtener compensación de sus empleadores. En 1847 se aprueba las Cláusulas de Ley sobre Puertos, Muelles y Embarcaderos - The Harbour Docks and Piers Clauses Act, permitiendo a las Autoridades de Puerto recuperar de los armadores los daños causados por sus buques a las propiedades del puerto, independientemente que hubiese negligencia o no. En 1854 se aprueba la Ley Británica de Transporte Mercante, la cual permitía que los armadores limitaran su responsabilidad en cuento a reclamos por muerte o lesiones personales, pero estableciendo como condición que dicha muerte o lesión no hubiese sido causada por su culpa o relación jurídica directa. 5
6 Esta limitación se calculaba sobre el valor del buque y del flete, permitiéndose el abandono del buque a favor de los acreedores. Sin embargo, esta Ley establecía que en caso de pérdidas de vida o lesiones personales el valor del buque debía calcularse a razón de 15 Libras por tonelada, lo cual frente a buques de bajo valor se exponía al armador a un límite mayor de responsabilidad que no estaban cubiertos por sus aseguradores de casco, creando una nueva y urgente necesidad de obtener cobertura para ese riesgo frente a terceros. En 1855 se crea entonces el primer Club Mutual de Protección - Shipowner s Mutual Protection Society, que es el antecedente inmediato del Britannia Steam Ship Insurance Association Limited. Sus reglas originales proveían cobertura solamente por: 1. Reclamos por muerte y lesiones personales 2. Inicialmente el 15 % por daños causados por colisión. 3. Posteriormente el ¼ de la responsabilidad por colisión o abordaje, no cubierta por los aseguradores de casco, y 4. El exceso de la responsabilidad por colisión o abordaje, es decir, la responsabilidad por reclamos por colisión o abordaje no cubiertos por la póliza de casco. En 1870 los armadores se enfrentan a una nueva decisión judicial por el hundimiento del The Westenhope. Este buque tomó una carga para Cape Town y se desvió para tomar otra carga en Port Elizabeth, luego de lo cual se hundió. Los armadores pretendieron esgrimir las cláusulas de exención de responsabilidad incorporadas en sus contratos de transporte, pero la corte estableció que motivado a la desviación se había producido una violación del contrato de transporte por parte del armador, no permitiéndole en consecuencia beneficiarse de las cláusulas eximentes de su responsabilidad. Así mismo, la responsabilidad del armador frente a la carga no estaba cubierta para la fecha. 6
7 En 1874 se crea el Indemnity Club, primer Club de Indemnización que es el antecedente inmediato del North of England, cuyo objeto primario era cubrir la responsabilidad del armador por pérdida o daño a la carga, originándose que las sociedades creadas con antelación como sociedades de protección, enmendaran sus reglas e incorporaran la indemnización, convirtiéndose en Clubes de Protección e Indemnización. En 1893 se aprueba en los Estados Unidos de Norteamérica el US Harter Act, lo cual aumenta aún mas la presión hacia los armadores ya que restringe las cláusulas de exclusión de responsabilidad que estaban incorporando en los contratos de transporte y requirió además del armador ejercer la debida diligencia para hacer sus buques navegables. Ya en el Siglo XX siguieron las Reglas de La Haya en 1924 Convención Internacional para la Unificación de Ciertas Reglas de Ley Relativas a Conocimientos de Embarque; las Reglas de La Haya Visby, que son la enmienda de las Reglas de La Haya en virtud del Protocolo de Bruselas en 1968, y las Reglas de Hamburgo Convención de la Naciones Unidas Sobre el Transporte de Mercancía por Mar, Las Reglas o Convenciones indicadas fueron originalmente propuestas por países desarrollados y naciones con fortaleza como navieros, pero con el paso del tiempo la presión de obtener unas reglas mas equilibradas en la relación contractual del transporte marítimo entre el transportista y el cargador, requirió reexaminar los regímenes de responsabilidad sobre la carga, lo cual indudablemente aumentaba la presión sobre los armadores y en consecuencia sobre los Clubes de Protección e Indemnización. Como hemos podido observar, los Clubes de Protección e Indemnización han sido la respuesta a las necesidades de los armadores, quienes con el transcurso del tiempo han debido enfrentar reclamos de magnitudes cada vez mayores, con la dificultad de no poder preverlos ni calcularlos anticipadamente. 7
8 LOS CLUBES DE P&I Y EL GRUPO INTERNACIONAL DE CLUBES En 1899, en virtud de la creciente exposición a las responsabilidades hacia terceros a las que estaban siendo enfrentados los armadores, el UK Club, Britannia, Standard Club, London Club, Newcastle Club y el Sunderland Club, decidieron asociarse entre si y suscribieron lo que conocemos como el The Original Pooling Agreedment Acuerdo Original del Pool. Este grupo de Clubes en forma asociada comienzan a denominarse a partir de esa fecha como El Grupo Internacional de Clubes de P&I. El objetivo principal planteado para la creación del Grupo Internacional fue obtener el reaseguro para los Clubes de P&I, siguiendo la visión de los armadores y fletadores que pertenecieren a dichos Clubes, en las materias relacionadas con la industria marítima y permitir además la existencia de un foro para el intercambio de información. Cada Club miembro del Grupo Internacional de Clubes de P&I mantiene su independencia bajo el principio de ser una asociación de armadores y fletadores que se han agrupado como una asociación de seguro mutual sin fines de lucro, a partir de lo cual se han denominado Club, donde simultáneamente los armadores asociados o miembros de cada Club son asegurados y aseguradores, y los Clubes miembros del Grupo Internacional transfieren a un nivel superior esa filosofía, pero ahora con la capacidad de contratar como Grupo Internacional los seguros o 8
9 reaseguros necesarios en protección de sus Clubes miembros, lo cual beneficia a su vez a los armadores o fletadores asociados o miembros de dichos Clubes. Los armadores asociados o miembros de cada Club controlan el mismo a través de una Junta Directiva - Board of Directors o Comité Committee, elegido de sus miembros, y tienen como principal función diseñar la estrategia y política del Club, siendo los gerentes managers los encargados de las actividades diarias. Aunque los Clubes compiten entre ellos en busca de los negocios de su interés, para el período 2006 / 2007 absorben los reclamos hasta US$ 6 millones, y entre esa cifra y US$ 50 millones los clubes se reparten los reclamos en dos capas mediante una fórmula previamente establecida: La primera desde US$ 6 millones hasta US$ 30 Millones y la segunda entre US$ 30 millones y US$ 50 Millones, monto a partir del cual hasta US$ Millones por cada reclamo, y hasta un límite de US$ Millones para reclamos por contaminación, el Grupo Internacional suscribe el contrato de reaseguro mas grande e importante dentro de la industria del seguro marítimo, lo cual beneficia indudablemente a los Clubes, a sus armadores y fletadores miembros de éstos, quienes tuviesen que pagar costos mayores con coberturas menores si fuesen a contratar individualmente (Ver Gráfico Grupo Internacional de Asociaciones de P&I - Estructura del Contrato General de Reaseguro de Exceso de Pérdidas - Ingresos de Armadores y Fletadores - incluyendo la participación de Hydra, Pool y Retenciones Individuales de los Clubes - 12 meses al mediodía GMT del 20 de Febrero, 2006) El pool, integrado por los Clubes del Grupo Internacional, en forma conjunta aseguran sobre el 90 % del tonelaje de buques de ultramar. 9
10 Gráfico 001 Grupo Internacional de Asociaciones de P&I Estructura del Contrato General de Reaseguro de Exceso de Pérdidas Ingresos de Armadores y Fletadores incluyendo la participación de Hydra, Pool y Retenciones Individuales de los Clubes 12 meses al mediodía GMT del 20 de Febrero, 2006) US$ Protection and Indemnity 2,050m Fourth General Excess One Reinstatement International Group of P and I Associations General Excess of Loss Reinsurance Contract Structure Owned and Chartered Entries (including Hydra Participation, Pooling and Individual Club Retentions) 12 months at Noon GMT 20th February, ,550m Third General Excess Unlimited Reinstatements Oil Pollution 1,050m Second General Excess Unlimited Reinstatements Second General Excess Unlimited Reinstatements 550m 50m 30m 6m First General Excess Unlimited Reinstatements Coinsurance 25% Reinsured by Hydra First General Excess Unlimited Reinstatements Upper Pool Reinsured by Hydra Lower Pool Coinsurance 25% Reinsured by Hydra US$ 350m 50m 15m Individual Club Retention 0 0 Owned Entries 6m Protection and Indemnity and Oil Pollution Unlimited Reinstatements Primary Charterers R/I Coinsurance 25% Reinsured by Hydra Chartered Entries US$ 100m Powerpoint:Sol/Gen/ANC/International Group/Group Contract 2005 Structure incl Hydra 10
11 CLUBES DE PROTECCION E INDEMNIZACIÓN MIEMBROS DEL GRUPO INTERNACIONAL DE CLUBES American Steamship Owners Mutual Protection and Indemnity Association, Inc Assuranceforeningen Gard Assuranceforeningen Skuld The Britannia Steam Ship Insurance Association Limited The Japan Ship Owners' Mutual Protection & Indemnity Association The London Steam-Ship Owners' Mutual Insurance Association Limited The North of England Protection & Indemnity Association The Shipowners' Mutual Protection & Indemnity Association (Luxembourg) The Standard Steamship Owners Protection & Indemnity Association (Bermuda) Limited The Steamship Mutual Underwriting Association (Bermuda) Limited The Swedish Club United Kingdom Mutual Steam Ship Assurance Association (Bermuda) Limited The West of England Ship Owners Mutual Insurance Association (Luxembourg) COBERTURAS DE LOS CLUBES DE PROTECCION E INDEMNIZACIÓN Lo primero que debemos establecer es que la cobertura de seguro de los Clubes de Protección e Indemnización es seguro de indemnización. El asegurado debe ser responsable a pagar legalmente y proceder entonces a pagar la pérdida, daños o gastos, para que el Club sea en consecuencia responsable a reembolsarle lo pagado. Para el caso de los Clubes de Protección e Indemnización ingleses la cobertura otorgada por éstos está sujeta a La Ley de Seguro Marítimo de Marine Insurance Act of 1906, la cual establece que los Clubes no serán responsables por cualquier pérdida, daño, responsabilidad, costos o gastos causados por el acto ilícito intencional del propietario del buque o de sus gerentes. 11
12 Las coberturas de los Clubes de Protección e Indemnización, están referidas a las responsabilidades, costos y gastos que deban pagar los armadores asociados o miembros como consecuencia de su interés en el buque ingresado al Club y en relación directa a su operación por o en nombre del armador asociado. Las coberturas otorgadas por los Clubes podemos clasificarlas en una primera aproximación de acuerdo a lo siguiente: 1. Responsabilidades de Derecho Público - Contaminación; - Pérdidas de vida y lesiones personales; y - Remoción de escombros. 2. Responsabilidades contractuales y otras - Pérdida y daño a la carga; - Daño a objetos fijos o flotantes; - Daños a facilidades portuarias; - Riesgos por colisión; y - Compensación a salvadores por minimizar daños ambientales 12
13 Sin pretender realizar un análisis exhaustivo, a continuación resumimos las coberturas principales de responsabilidad que ofrecen los Clubes de Protección e Indemnización, con estricto apego a sus reglas particulares: 1. Personas distintas a tripulantes, pasajeros o estibadores: Daños o compensación por muerte, lesiones personales o enfermedad, incluyendo gastos de hospital, médicos y funerarios, originados por una navegación o gerencia negligente del buque, o por cualquier acto negligente u omisión a bordo, por el cual el armador asociado o miembro pudiera ser en consecuencia responsable. 2. Pasajeros: Daños o compensaciones por pérdidas de vida, lesiones personales o enfermedad, incluyendo gastos de hospital, médicos y funerarios, por el cual el armador asociado o miembro pudiera ser responsable. En caso de un accidente del buque, mientras el pasajero se encuentra a bordo, se cubrirían los daños y compensación, costos o gastos incurridos tales como envío del pasajero a su destino, puerto de embarque, gastos de mantenimiento en tierra, por lo cual el armador asociado o miembro pudiera ser responsable. Pérdida o daño de equipaje y efectos personales del pasajero, sin incluir obras de arte, dinero en efectivo, instrumentos negociables, piedras preciosas, entre otras exclusiones. 3. Tripulantes: Daños, compensaciones o gastos, incluyendo gastos de hospital, médicos y funerarios, por la muerte, lesiones personales y enfermedad de tripulantes que se encuentren a bordo o no, como consecuencia de una navegación o gerencia negligente del buque ingresado, o por alguna obligación legal, o por los términos de algún acuerdo con el tripulante o contrato de servicio o empleo, por lo cual el armador asociado o miembro pudiera ser responsable. En caso de acuerdos o contratos de trabajo el armador asociado o miembro debe someter los mismos a la aprobación previa por parte de los Clubes. 4. Sustitución de tripulantes: Gastos necesarios incurridos para la sustitución, aseguramiento, contratación, deportación, repatriación de tripulantes, para sustituir cualquier tripulante abordo que ha fallecido, o que ha sido dejado en tierra como consecuencia de una enfermedad, lesión personal o deserción. 13
14 5. Efectos personales de tripulantes: Pagos realizados al tripulante por la pérdida de sus efectos personales en virtud de la ley o cualquier otra obligación, bien sea esta originada de un contrato de trabajo o servicio, que debe ser previamente aprobado por el Club. 6. Estibadores: Daño, compensación o gastos por el cual el armador asociado o miembro pudiera ser responsable como consecuencia de la pérdida de vida, lesión personal o enfermedad de estibadores y/o cualquier persona relacionada con el manejo de la carga de un buque ingresado en el Club, o como consecuencia de un acto negligente de las personas empleadas solamente para tal efecto. 7. Responsabilidades por colisión por muerte, lesión personal o enfermedad: Daños o compensación de la pérdida de vida, lesión personal o enfermedad de cualquier persona que se encontrare a bordo de cualquier otro buque o embarcación causado por la negligencia en la navegación o gerencia del buque ingresado o cualquier otro acto negligente u omisión abordo o en relación con el buque ingresado. 8. ¼ de Responsabilidad por Colisión o cualquier otra proporción acordada con el Club, mientras que tal responsabilidad no sea recuperable de la cláusula de responsabilidad por colisión de la póliza de casco, y que tales responsabilidades estén cubiertas usualmente bajo las pólizas estándar de Lloyd s con las Cláusulas a Tiempo de Casco del Instituto o cualquier otra forma de póliza de casco, pero que haya sido aprobada por el Club. La responsabilidad por colisión por costos y gastos incidentales estarán referidos a los costos, cargos y gastos por levantar, retirar, destruir, iluminar y marcar escombros, carga o cualquier otra propiedad; daños causados por tales buques a puertos, muelles, embarcaderos o cualquier otra cosa fija o movible cualquiera que sea, que no sea transportada por el buque ingresado. 9. El exceso de la responsabilidad por colisión por esos costos y gastos incidentales que no sea cubierta por la póliza de casco del buque ingresado, solamente en virtud a que tal responsabilidad, costos y gastos excede el avalúo del buque en tales pólizas. 10. Responsabilidad por pérdida o daño a la carga o cualquier otra propiedad a bordo de un buque ingresado como consecuencia de la colisión entre el buque ingresado y otro donde el 14
15 armador asociado o miembro es responsable por ley de indemnizar al propietario o fletador del otro buque, con las restricciones o exigencias particulares establecidas por los Clubes, para su aplicabilidad. 11. Gastos de puerto y desviación: Solamente incurridos para desembarcar polizones o refugiados u otros rescatados en el mar o para garantizar el tratamiento necesario de cualquier lesionado o enfermo incluyendo tripulantes y que esté siendo transportado en el buque ingresado en el Club, lo cual incluye la pérdida neta para el armador asociado o miembro de combustible, seguros, gastos de mantenimiento, repuestos y provisiones incurridos para tal propósito o mientras esperaban el sustituto para tal persona. 12. Salvamento de vidas: Los montos no recuperables de los aseguradores de casco y maquinaria del buque ingresado. 13. Pérdida o daño a propiedades (que no sea causado por contaminación ni que se trate de la carga del buque ingresado), en relación a puertos, muelles, embarcaderos, tierras, o cualquier objeto fijo o movible, cualquiera que éste sea, o por la interferencia con los derechos en relación a lo enunciado anteriormente, si tal responsabilidad es impuesta por ley, o surge de un acto negligente de la navegación o gerencia del buque o de otro acto negligente u omisión de abordo o en relación al buque ingresado. También se cubrirá la responsabilidad del armador asociado o miembro si la pérdida o daño a dichas propiedades relacionadas con puertos, muelles, embarcaderos, tierras, o cualquier objeto fijo o movible, cualquiera que éste sea, o por la interferencia con los derechos en relación a lo enunciado anteriormente, incluye otros buques, cuando el armador ha suscrito un contrato de indemnización con los propietarios u operadores incluyendo autoridades de puerto o muelles de cualquier dique o astillero. La norma general es que cualquier contrato de indemnización a ser suscrito por el armador asociado o miembro debe ser previamente aprobado por el Club. 14. Riesgos de Contaminación: Responsabilidad por pérdida, daño o contaminación causada por la descarga o escape de petróleo o cualquier otra sustancia desde el buque ingresado; los costos razonables de las medidas tomadas después de la descarga o escape, a fin de evitar o 15
16 minimizar cualquier pérdida, daño o contaminación o limpieza de la contaminación, incluyendo cualquier responsabilidad por pérdida o daño causado a la propiedad por las medidas tomadas; los costos de cualquier medida razonable tomada para prevenir un peligro inminente por la descarga o escape de petróleo o cualquier otra sustancia del buque ingresado; cualquier gasto extraordinario o responsabilidad incurrida como resultado de dar cumplimiento a cualquier orden o dirección dada o cualquier medida tomada por Gobierno u otra autoridad en relación con el buque ingresado o su carga con el propósito de prevenir o reducir la contaminación o el riesgo resultante por el escape de petróleo o cualquier otra sustancia del buque ingresado; cualquier responsabilidad en virtud de un contrato de salvamento para compensar a los salvadores por las acciones tomadas para prevenir o reducir la contaminación; cualquier responsabilidad que surja después que el buque ingresado se convierta en un naufragio como consecuencia de su descarga o escape de petróleo o cualquier otra sustancia de tales restos; cualquier responsabilidad, costos o gastos por los cuales el armador asociado o miembro sea responsable o de alguna otra forma incurra en virtud de formar parte del Acuerdo de Indemnización por Contaminación de Tanqueros Tanker Oil Pollution Indemnifications Agreedment (TOPIA); 15. Responsabilidad por pérdida o daño, o demora o remoción de escombros de cualquier otro buque o propiedad, incluyendo costos incidentales, ocasionados por el buque ingresado, excluyendo colisión, y sea como consecuencia de una navegación o gerencia negligente del buque o de cualquier otro acto u omisión a bordo o en relación del buque ingresado. 16. Responsabilidad por la pérdida o daño a cualquier propiedad fija o movible, cualquiera que esta sea, que no sea la carga transportada por el buque ingresado o que se pretenda transportar por el armador asociado o miembro o en nombre de éste, o cualquier container propiedad, alquilado o usado por el armador asociado o miembro, que surja por el transporte de cualquier carga o container por o en nombre del armador asociado o miembro. 17. Pérdida o daño por remolque del buque ingresado, que se origine durante un remolque acostumbrado en el curso ordinario de su comercio, por el cual el armador asociado o miembro sea responsable bajo los términos del remolque o de cualquier otro contrato, pero 16
17 solamente hasta la extensión de que tal responsabilidad no esté cubierta por la póliza de casco. 18. Responsabilidad en que pueda incurrir el armador asociado o miembro, incluyendo costos y gastos incidentales, bajo los términos de un contrato de remolque o de cualquier otro, por el remolque de otro buque u objeto. 19. Responsabilidad por pérdidas o daños por los cuales el armador asociado o miembro pudiera ser responsable bajo los términos de un contrato de indemnización suscrito por él con los propietarios u operadores de grúas flotantes, aligeradores u otros accesorios o barcazas usadas durante las operaciones de carga o descarga o para el transporte de pasajeros, miembros de la tripulación o personal autorizado, a o desde el buque ingresado, incluyendo responsabilidad por pérdida de vidas o lesiones personales, pero excluyendo responsabilidad por cualquier carga u otra propiedad que se pretenda transportar, sea transportada en el buque ingresado. Todo contrato de indemnización a ser suscrito por el armador asociado o miembro debe ser previamente aprobado por el Club. 20. Costos y gastos causados o incidentales para el levantamiento, remoción, destrucción, iluminación o marcado de los restos de un buque ingresado; responsabilidades incurridas como resultado de tales operaciones o intento; responsabilidades incurridas como resultado de la presencia o movimiento involuntario de las ruinas de un buque ingresado; responsabilidades incurridas, incluyendo costos y gastos causados o incidentales por el levantamiento, remoción, destrucción o de cualquier forma disposición de la carga que está siendo transportada o estaba siendo transportada en el buque ingresado. 21. Gastos por cuarentena y gastos incidentales extraordinarios por infecciones o enfermedades contagiosas en un buque ingresado, incluyendo combustibles y avituallamiento de tripulantes y pasajeros durante el periodo de la cuarentena; gastos por mantenerse en el puerto de refugio o lugar asignado para tal cuarentena; gastos necesarios por desinfección de cualquier carga o container bajo cuarentena incluyendo el transporte de los mismo al lugar donde deba realizarse y demás gastos asociados con tal actividad. 17
18 22. Responsabilidades por pérdida o faltante de carga o cualquier otra propiedad que se pretenda transportar, esté siendo transportada o tenga que ser transportada o esté siendo llevada a bordo de un buque ingresado que surja por la violación del armador asociado o miembro o por cualquier otra persona por cuyos actos, negligencia o falta el armador asociado o miembro sea legalmente responsable por su apropiada obligación para cargar, manipular, estibar, transportar, mantener, cuidar, descargar y entregar tal carga o propiedad, o por innabegabilidad o incapacidad del buque ingresado. 23. Responsabilidad por daño o responsabilidad respecto a la carga u otra propiedad que se pretenda transportar, esté siendo transportada o tenga que ser transportada o esté siendo llevada a bordo de un buque ingresado que surja por la violación del armador asociado o miembro o por cualquier otra persona por cuyos actos, negligencia o falta el armador asociado o miembro sea legalmente responsable por su apropiada obligación para cargar, manipular, estibar, transportar, mantener, cuidar, descargar y entregar tal carga o propiedad, o por innavegabilidad o incapacidad del buque ingresado. 24. Proporción de la Carga por avería gruesa, incluyendo gastos especiales o salvamento que no sean legalmente recuperables solamente por la violación del contrato de transporte. 25. Proporción del buque por avería gruesa, gastos especiales o salvamento no recuperables bajo la póliza de casco en virtud a que el valor establecido para el buque en el ajuste de avería gruesa, excede el valor del mismo en la póliza de casco. 26. Multas impuestas por: Faltantes o excesos en la entrega de carga o por incumplir regulaciones relacionadas con la declaración o documentación de la carga; impuestas por contrabando o infracción de cualquier ley o reglamento de aduanas; impuestas por violación de cualquier materia relacionada con inmigración en relación al buque ingresado; impuestas respecto de escapes o descargas accidentales de petróleo o cualquier otra sustancia, debiendo tener el armador asociado o miembro, para este último caso, cobertura de contaminación. 27. Costos de Pleito y Trabajo, por los costos y gastos, incluyendo costos y gastos legales, en los cuales pudiera incurrir un armador asociado o miembro respecto de cualquier 18
19 responsabilidad o gasto, o por evitarla o intentar evitarla, por lo que será indemnizado por el Club de P&I. 28. Cobertura "Omnibus : Los Clubes al estar conscientes del constante incremento y cambio de las responsabilidades que enfrentan los armadores, y a fin de evitar que la lista de riesgos cubiertos sea una lista cerrada, han desarrollado la Omnibus Cover dentro de sus reglas, la cual le da a los Directores de los Clubes la discreción de pagar ciertos reclamos que no están expresamente cubiertos, pero sujeto a que los mismos están dentro del ámbito general de la cobertura del Club y no están expresamente excluidos en alguna parte de sus reglas. En opinión de los expertos, la razón de la existencia de esta cláusula dentro de las reglas de los Clubes, es que como organizaciones sin fines de lucro, están para beneficiar proteger e indemnizar a los armadores que son sus miembros, por lo que esta regla permite a los Clubes adaptarse rápidamente a los cambios del mercado. Nos preguntamos, cuál será el tratamiento de los reclamos que pudieran surgir del transporte que veremos a continuación: 19
TRATAMIENTO LEGAL CON RESPECTO A POLIZONES
TRATAMIENTO LEGAL CON RESPECTO A POLIZONES TRATAMIENTO LEGAL CON RESPECTO A POLIZONES CLUB DE PROTECCION E INDEMNIZACION (P & I) En América se habla mucho de los Clubs y del Seguro de P & I, pero muy pocos
Más detallesEl Seguro de Protección e Indemnización (P&I) Los Clubes de P&I Su historia e importancia en el mundo marítimo Charles G. De Leo Miami VII CONGRESO PORTUARIO INTERNACIONAL Porlamar, Venezuela 28 y 29 de
Más detallesLAS PÓLIZAS DE P&I Y EL SINIESTRO COBERTURAS Y SOPORTE
LAS PÓLIZAS DE P&I Y EL SINIESTRO COBERTURAS Y SOPORTE por Jorge M. Radovich TIMON CLUB, 21 de Agosto 2013 CV REDUCIDO de Jorge M. Radovich Socio del Estudio Radovich & Porcelli, de Buenos Aires, Argentina.
Más detallesÍndice. CAPÍTULO I Generalidades del Seguro Marítimo
Índice Abreviaciones.................................. 9 Prólogo..................................... 11 1. Acerca del origen y del destino de este libro........ 11 2. Descripción del contenido del libro..............
Más detallesSEGURO DE RESPONSABILIDAD DE BARCO DE PASAJEROS
SEGURO DE RESPONSABILIDAD DE BARCO DE PASAJEROS SHIPOWNERS COMPRENDEMOS EL NEGOCIO DE BARCO DE PASAJEROS Seguro de calidad para armadores, operadores y gestores de barco de pasajeros Especialistas Si
Más detallesEL TRANSPORTE MULTIMODAL EN COLOMBIA
EL TRANSPORTE MULTIMODAL EN COLOMBIA MODOS DE TRANSPORTE Transporte aéreo Transporte marítimo Transporte terrestre Transporte ferroviario Transporte fluvial TRANSPORTE AEREO Documento de transporte: Carta
Más detallesREGLAS DE LA UNCTAD Y LA CCI RELATIVAS A LOS DOCUMENTOS DE TRANSPORTE MULTIMODAL
1. Aplicabilidad REGLAS DE LA UNCTAD Y LA CCI RELATIVAS A LOS DOCUMENTOS DE TRANSPORTE MULTIMODAL 1.1. Las presentes Reglas se aplicarán en virtud de su incorporación al contrato de transporte, hecha por
Más detallesCertificado de Cobertura ASOCIACIÓN NACIONAL DE FÚTBOL PROFESIONAL SECCIÓN I: RESPONSABILIDAD CIVIL DE DIRECTORES Y EJECUTIVOS
Certificado de Cobertura ASOCIACIÓN NACIONAL DE FÚTBOL PROFESIONAL SECCIÓN I: RESPONSABILIDAD CIVIL DE DIRECTORES Y EJECUTIVOS Tomador del Seguro Asociación Nacional de Fútbol Profesional Entidad Asegurada
Más detalles49. Artículo N 27. Se entiende que en el caso de existencia de multas aplicadas por la Dirección del Trabajo los contratistas mientras dichos
ACLARACIÓN N 3 Estimados Proveedores participantes de la LICITACIÓN DE SEGURIDAD Y ASISTENTES PARA ESTACIONES E INTERMODALES DE METRO S.A. : Junto con saludarlos, y en el marco de la presente licitación,
Más detallesSeguro de responsabilidad civil para yates
Seguro de responsabilidad civil para yates Comprehensive Cover. Exceptional Service. El Club Características principales de nuestro producto: Steamship Mutual es uno de los líderes del mercado de seguros
Más detallesIncoterms. Ayuda a reducir los costos de transacción estableciendo distintos modelos convencionalmente aceptados con normas claras.
Incoterms Se refiere a una serie de términos comerciales internacionales -International Commercial terms por sus siglas en inglés-. Su origen está en el tráfico comercial internacional y se han constituido
Más detallesRESPONSABILIDAD CIVIL DE DIRECTIVOS Y ADMINISTRADORES (D&O)
RESPONSABILIDAD CIVIL DE DIRECTIVOS Y ADMINISTRADORES (D&O) Argumentario Comercial Justificación de la contratación Ley de Sociedades Anónimas: Artículo 133: Los administradores responderán frente a la
Más detallesLOS CLUBES DE PROTECCIÓN E INDEMNIDAD. (P&I Clubs)
LOS CLUBES DE PROTECCIÓN E INDEMNIDAD (P&I Clubs) ii UNIVERSIDAD DE COSTA RICA FACULTAD DE DERECHO LOS CLUBES DE PROTECCIÓN E INDEMNIDAD (P&I Clubs) TESIS PARA OPTAR POR EL GRADO DE LICENCIADO EN DERECHO
Más detallesSEGUROS DE CASCO Y MAQUINARIA DE BUQUES LAS POLIZAS ARGENTINAS por Jorge M. Radovich Jorge M. Radovich Senior Partner del Estudio Radovich & Porcelli Maritime Law, de Buenos Aires, Argentina Miembro del
Más detallesRESP. CIVIL MARITIMA MERCADO ESPAÑOL
RESP. CIVIL MARITIMA MERCADO ESPAÑOL COBERTURA ALTAMENTE ESPECIALIZADAS CLASS OF BUSINESS. MAT IBERIA. LLOYD S BARCELONA 6 NOVIEMBRE 2013 Catlin Group Limited Tipos de operadores tte. marítimos Relacionados
Más detallesSEGUROS MARITIMOS. Fuente: Escuela de Seguros SEGURTEC
SEGUROS MARITIMOS Nociones sobre el Buque Es un vehículo provisto de los medios y características necesarias para la navegación acuática y puede ser destinado al transporte de personas, mercadería o carga.
Más detallesLondres Guildford Cardiff Paris Hong Kong Singapur Pireos Belgrado Dubai SanPetersburgo Caracas
Londres Guildford Cardiff Paris Hong Kong Singapur Pireos Belgrado Dubai SanPetersburgo Caracas Convenios Ley Contratos Ley Mercantil Usos y Costumbres Se entiende por Operador Portuario toda persona distinta
Más detallesTHE NEW AMERICAN PLAN
THE NEW AMERICAN PLAN THE NEW AMERICAN PLAN Puntos destacados del New American Plan: 1. Magnífica póliza de gastos médicos que combina coberturas extraordinarias y precios muy realistas y económicos. 2.
Más detallesLA NUEVA GARANTIA DEL FINANCIAMIENTO DE PRIMAS DE SEGUROS EN VENEZUELA. ACADEMIA NACIONAL DE SEGUROS NILO PEÑA
II Jornadas de Actualización en Seguros LA NUEVA GARANTIA DEL FINANCIAMIENTO DE PRIMAS DE SEGUROS EN VENEZUELA. ACADEMIA NACIONAL DE SEGUROS NILO PEÑA Julio 2010 III Jornadas de Actualización en Seguros
Más detallesLOS SEGUROS DE RESPONSABILIDAD CIVIL DE ENTIDADES Y ADMINISTRACIONES. Gijón, 20 de Marzo de 2014
LOS SEGUROS DE RESPONSABILIDAD CIVIL DE ENTIDADES Y ADMINISTRACIONES DEPORTIVAS Gijón, 20 de Marzo de 2014 OBJETIVO Dar a conocer los seguros de Responsabilidad Civil para Asociaciones, Clubs y Entidades
Más detallesThe Shipowners Club Seguro de Responsabilidad de Barco de Pasajeros
The Shipowners Club Seguro de Responsabilidad de Barco de Pasajeros The Shipowners Club Comprendemos el negocio de barco de pasajeros Seguro de calidad para armadores, operadores y gestores de barco de
Más detallesd) Tentativa del asegurado, sus representantes y/o agentes en obtener beneficios ilícitos del seguro a que este contrato se refiere.
COEX 1.1 Seguro de Responsabilidad Civil del Transportador Carretero de Viaje Internacional por los Territorios de los Países del Cono Sur (Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Paraguay, Perú y Uruguay)
Más detallesSU MEDIADOR DE SEGUROS: TOMADOR DATOS PÓLIZA. Aquí irá su logo de empresa y sus datos de mediador.
SU MEDIADOR DE SEGUROS: Aquí irá su logo de empresa y sus datos de mediador. Plaza del Pilar, nº 16 Principal Dcha. 50003 Zaragoza 976 21 10 10 segurantia@segurantia.com TOMADOR Calle MAYOR 5 28080 MADRID
Más detallesIncoterms 2010 MODIFICACIONES EFECTUADAS A LAS REGLAS. con respecto a los Incoterms 2000 PRINCIPALES ASPECTOS INCORPORADOS A LA VERSIÓN 2010
MODIFICACIONES EFECTUADAS A LAS REGLAS Incoterms 2010 con respecto a los Incoterms 2000 Otra modificación que han tenido los Incoterms 2000 agrupados en 4 categorías (E: salida; F: transporte principal
Más detallesSEGURO DE DAÑOS PARA TRANSPORTE DE MERCANCIAS CONDICIONES GENERALES PARA EL GENERADOR DE CARGA CARTILLA DE FASECOLDA
SEGURO DE DAÑOS PARA TRANSPORTE DE MERCANCIAS CONDICIONES GENERALES PARA EL GENERADOR DE CARGA CARTILLA DE FASECOLDA APLICABLE AL CLAUSULADO A (TODO RIESGO), CLAUSULADO B (RIESGOS NOMBRADOS EXTENDIDOS),
Más detallesCURSO MODELO OMI 1.21 SEGURIDAD PERSONAL Y RESPONSABILIDADES SOCIALES
CURSO MODELO OMI 1.21 SEGURIDAD PERSONAL Y RESPONSABILIDADES SOCIALES FUNDAMENTACIÓN TÉCNICA EL CONVENIO INTERNACIONAL DE FORMACIÓN, TITULACIÓN Y GUARDIA PARA LA GENTE DE MAR, STCW 78, QUE INCLUYE LAS
Más detallesASOCIACION MEXICANA DE AJUSTADORES DE SEGUROS, A.C. TEMARIO
TEMARIO Introducción al Seguro 1.- Historia del Seguro. A) Antecedentes B) El Seguro en México 2.- Teoría del Riesgo. A) Qué es el riesgo? B) Por qué el riesgo es una amenaza? C) Qué amenaza el riesgo?
Más detalles31 de Mayo de 2.013 SEMINARIO SEGUROS DE EMBARCACIONES Y TRANSPORTE
31 de Mayo de 2.013 SEMINARIO SEGUROS DE EMBARCACIONES Y TRANSPORTE Cláusulas y Condicionados Vs. Uso de la Embarcación Reinaldo Tovar Gerente de Embarcaciones y Transporte 31 de Mayo de 2.013 Provincial
Más detallesNociones de Derecho Marítimo bajo la legislación Peruana.
Nociones de Derecho Marítimo bajo la legislación Peruana. Introducción En el Perú, el transporte de contenedores aumentó un 8,7% el 2014. Solo durante 2014, Callao movilizó 1.992.473 TEU. El transporte
Más detallesCLÁUSULA DE DESMEMBRAMIENTO POR ACCIDENTE EN ACTO DE SERVICIO, ADICIONAL A: SEGURO DE VIDA COLECTIVO TEMPORAL OBLIGATORIO, CAD. POL
CLÁUSULA DE DESMEMBRAMIENTO POR ACCIDENTE EN ACTO DE SERVICIO, ADICIONAL A: SEGURO DE VIDA COLECTIVO TEMPORAL OBLIGATORIO, CAD. POL 2 10 153. Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código CAD 2 10
Más detallesC73 Convenio sobre el examen médico de la gente de mar, 1946
C73 Convenio sobre el examen médico de la gente de mar, 1946 Convenio relativo al examen médico de la gente de mar (Nota: Fecha de entrada en vigor: 17:08:1955.) Lugar: Seattle Fecha de adopción:29:06:1946
Más detallesPOLÍTICA DE HABITUALIDAD
Renta Nacional Compañía de Seguros Generales S.A. Renta Nacional Compañía de Seguros de Vida S.A. Vigente desde fecha 01 de Agosto del 2013 Correlativo Interno P03.C_GAyF V1.0 Este documento es de propiedad
Más detallesSEGURO DE VIDA TRADICIONAL COLECTIVA FLEXIBLE COBERTURA DE PAGO ADICIONAL DE LA SUMA ASEGURADA EN CASO DE INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE
Esta cobertura es adicional al seguro colectivo de vida suscrito por el Tomador del seguro y se agrega al total de asegurados de la póliza colectiva. Se regirá por las siguientes condiciones. CLAUSULA
Más detallesSEGURO DE DAÑOS PARA TRANSPORTE DE MERCANCIAS CONDICIONES GENERALES PARA EL GENERADOR DE CARGA
SEGURO DE DAÑOS PARA TRANSPORTE DE MERCANCIAS CONDICIONES GENERALES PARA EL GENERADOR DE CARGA CARTILLA DE FASECOLDA APLICABLE AL CLAUSULADO A (TODO RIESGO), CLAUSULADO B (RIESGOS NOMBRADOS EXTENDIDOS),
Más detallesSEGURO DE RESPONSABILIDAD DE BARCO DE PASAJEROS PARA NAVÍO MÁS PEQUEÑO PÓLIZA
SEGURO DE RESPONSABILIDAD DE BARCO DE PASAJEROS PARA NAVÍO MÁS PEQUEÑO PÓLIZA ii Seguro de Responsabilidad de Barco de Pasajeros para Navío más Pequeño Póliza SHIPOWNERS SEGURO DE RESPONSABILIDAD DE BARCO
Más detallesEntre las principales responsabilidades que tiene el administrador de contenedores se encuentran:
Logística marítima de exportación/ Inteligencia de mercados Agentes participantes Por: Legiscomex.com Octubre 17 del 2007 Inteligencia de mercados- Logística marítima de exportación Para que una exportación
Más detallesSus beneficios por incapacidad a largo plazo Protección financiera durante una enfermedad o lesión
Frenship ISD (#473410) - Tiempo completo Su resumen de beneficios por incapacidad a largo plazo Página 1 de 5 Sus beneficios por incapacidad a largo plazo Protección financiera durante una enfermedad o
Más detallesCUESTIONARIO DE AUTO-EVALUACIÓN DEL CEI (Lista de verificación)
CUESTIONARIO DE AUTO-EVALUACIÓN DEL CEI (Lista de verificación) Este cuestionario resulta de utilidad para verificar que los procedimientos operativos de un CEI se ajusten a la Ley 3301/2009 del GCBA 1.
Más detallesÁrea Comercial. Seguros Marítimos. Contenido. Autor / Director: Osvaldo Blas Simone Editorial: La Ley - Argentina
Área Comercial Seguros Marítimos Autor / Director: Osvaldo Blas Simone Editorial: La Ley - Argentina Creación / Edición: 2002 Cantidad de páginas: 373 ISBN: 950-527-644-3 Nº de Tomos: 1 Idioma: Español
Más detallesFundación MAPFRE QUÉ ES EL SEGURO? 11.2 El seguro
QUÉ ES EL SEGURO? 11.2 El seguro Seguros y Pensiones para Todos es una iniciativa de Fundación MAPFRE para acercar la cultura aseguradora a la sociedad, a las personas. Los contenidos que se recogen en
Más detallesSEGURO DE VIDA COLECTIVO TEMPORAL OBLIGATORIO Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código POL
SEGURO DE VIDA COLECTIVO TEMPORAL OBLIGATORIO Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código POL220131713 ARTÍCULO 1º: REGLAS APLICABLES AL CONTRATO Se aplicarán al presente contrato de seguro las disposiciones
Más detallesDIPLOMADO COOREDORES / LIQUIDADORES MODULO. Seguros INTRODUCCIÓN, PRINCIPIOS GENERALES E INSTITUCIONES FUNDAMENTALES. Prof. Juan Pablo Urzúa Poblete
DIPLOMADO COOREDORES / LIQUIDADORES MODULO Diplomado SEGURO DE Liquidadores TRANSPORTE de Seguros INTRODUCCIÓN, PRINCIPIOS GENERALES E INSTITUCIONES FUNDAMENTALES Prof. Juan Pablo Urzúa Poblete 2012 I.-
Más detalleselearning Quinta Edición (del 16/11/2015 al 11/02/2016) Descarga el folleto informativo Pulse aquí para ver el folleto Por qué este curso
Quinta Edición (del 16/11/2015 al 11/02/2016) elearning Descarga el folleto informativo Pulse aquí para ver el folleto Por qué este curso 1 / 7 Dentro del sector marítimo, el seguro de bienes y responsabilidades
Más detallesINCOTERMS. Este término representa, así, la menor obligación del vendedor, y el comprador debe asumir todos los costos y riesgos.
INCOTERMS Los Incoterms son un conjunto de reglas internacionales, regidos por la Cámara de Comercio Internacional, que determinan el alcance de las cláusulas comerciales incluidas en el contrato de compraventa
Más detallesCOMPORTAMIENTO DEL SEGURO MEXICANO
COMPORTAMIENTO DEL SEGURO MEXICANO RESULTADOS AL 2o. TRIMESTRE 2016 Recaredo Arias J. Director General Octubre 2016 PRIMAS DIRECTAS POR OPERACIONES (MILLONES DE PESOS) CONCILIACIÓN PEMEX TOTAL Dñ S/A TOTAL
Más detallesESTADO DE RESULTADOS TECNICOS DEPARTAMENTO DE SEGUROS AL 30/06/2014
VIDA PLANES INDIVIDUALES NO CATASTROFICO SEGURO RETENIDO Primas Emitidas 163,821.84 48,295.76 115,526.08 () Devoluciones de Primas () Cancelaciones de Primas PRIMAS NETAS EMITIDAS 163,821.84 48,295.76
Más detallesThe Shipowners Club Seguro de Responsabilidad de Barco Pesquero. Póliza
The Shipowners Club Seguro de Responsabilidad de Barco Pesquero Póliza The Shipowners Club Seguro de Responsabilidad de Barco Pesquero - Póliza Quienes somos Somos The Shipowners Mutual Protection and
Más detallesEL CONTRATO EN LA CONSTRUCCIÓN DE LOS TÚNELES. Un punto de vista desde la diferentes ópticas de los actores
EL CONTRATO EN LA CONSTRUCCIÓN Un punto de vista desde la diferentes ópticas de los actores 1. INTRODUCCIÓN El objeto de esta presentación es resumir los principales temas que en el CONGRESO MUNDIAL DE
Más detallesMetLife Protección Accidental Full GRANDE. En letra. y SIMPLE! PNTS
MetLife Protección Accidental Full En letra GRANDE y SIMPLE! 1 Qué es MetLife Protección Accidental Full? Este producto es un Seguro de Accidentes Personales que entrega una indemnización en caso de fallecimiento,
Más detallesASOCIACIÓN MUNDIAL DE JÓVENES JURISTAS Y ESTUDIANTES DE DERECHO CAPÍTULO VENEZOLANO SUBCAPÍTULO ZULIA RESEÑA MENSUAL JULIO DE 2012 Nº 38
ASOCIACIÓN MUNDIAL DE JÓVENES JURISTAS Y ESTUDIANTES DE DERECHO CAPÍTULO VENEZOLANO SUBCAPÍTULO ZULIA RESEÑA MENSUAL JULIO DE 2012 Nº 38 Introducción Nociones Básicas del Derecho Marítimo y su Tratamiento
Más detallesREGLAMENTO PARA EL ALQUILER Y USO DE ESPACIO
REGLAMENTO PARA EL ALQUILER Y USO DE ESPACIO ARTÍCULO I: BASE LEGAL Este Reglamento se promulga en virtud de la Ley número 141 del 9 de agosto de 1995 que establece en el Artículo 2 como poderes del Conservatorio
Más detallesSolicitud de Seguro de Vida Grupo
Solicitud de Seguro de Vida Grupo Solicito de Allianz México, S.A., en mi carácter de contratante, una Póliza de Vida Temporal renovable anualmente, para lo cual hago las siguientes declaraciones. Datos
Más detallesSR. JUAN OMAR COFRE LAGOS DIRECTOR DEL INSTITUTO DE DERECHO PRIVADO Y CIENCIAS DEL DERECHO. FACULTAD DE DERECHO UNIVERSIDAD AUSTRAL DE CHILE. PRESENTE.- De mi consideración: Que, de conformidad a lo dispuesto
Más detallesCentro de Control de Buques octubre 2014
Contexto del problema En una cumbre económica mundial se decide establecer un Mercantes debido al aumento del tráfico marítimo en aguas internacionales. El Centro tendrá sede en Londres y debe de contar
Más detallesThe Shipowners Club Seguro de Responsabilidad de Barco de Pasajeros para Navío más Pequeño. Póliza
The Shipowners Club Seguro de Responsabilidad de Barco de Pasajeros para Navío más Pequeño Póliza The Shipowners Club Seguro de Responsabilidad de Barco de Pasajeros - Póliza Quienes somos Somos The Shipowners
Más detallesNº EXPEDIENTE: P.A. 44 HMS/12 Objeto: SUTURAS MANUALES, MALLAS Y PARCHES
Nº EXPEDIENTE: P.A. 44 HMS/12 Objeto: SUTURAS MANUALES, MALLAS Y PARCHES HOSPITAL MIGUEL SERVET D. con D.N.I. nº domiciliado en calle o plaza nº teléfono: Como de la firma comercial (propietario,apoderado,etc)
Más detallesCurso para la obtención n de la titulación n profesional de la Marina Mercante de. Patrón n Portuario
La Dirección n General de la Marina Mercante expedirá el título t tulo profesional de de la Marina Mercante, establecido en el artículo 12 del Real Decreto 2062/1999, de 30 de diciembre, a quienes cumplan
Más detallesThe Shipowners Club Seguro de Responsabilidad de Yate. Póliza
The Shipowners Club Seguro de Responsabilidad de Yate Póliza The Shipowners Club Seguro de Responsabilidad de Yate - Póliza Quienes somos Somos The Shipowners Mutual Protection and Indemnity Association
Más detallesCONTRATO DE TRANSPORTE
Página 1 de 5 1. En el presente contrato AirBC Express BC Investments S.A.S. empresa de transporte de carga aérea, según las leyes de la Republica de Colombia y domiciliada en Bogotá D.C. Este documento
Más detallesSITUACIÓN ACTUAL DEL SEGURO DE TRANSPORTE (MARÍTIMO Y TERRESTRE) EN LA PENÍNSULA IBÉRICA Barcelona 6 Noviembre 2013
SITUACIÓN ACTUAL DEL SEGURO DE TRANSPORTE (MARÍTIMO Y TERRESTRE) EN LA PENÍNSULA IBÉRICA Barcelona 6 Noviembre 2013 Atlantic es un Bróker internacional, Bróker de Lloyd s, con oficinas en Madrid, Londres
Más detallesPor favor leer los siguientes términos y condiciones en relación con el uso adecuado de este sitio web.
TÉRMINOS Y CONDICIONES DE USO Por favor leer los siguientes términos y condiciones en relación con el uso adecuado de este sitio web. Por el hecho de usar este sitio web usted está sujeto a lo establecido
Más detalles( 4 NOV) 2015 "Por el cual se modifica el Decreto 2682 de 2014"
r : --_._-------...-----.------------:~ l.~ :r'~~ :;;;; f '.'.i....:;::::;;: ~~ ""=tft~:;: '. i:;. ;,! :'M!~lIiIIIIIiIiilIIi:iIroil...I'~ : MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA y TURISMO DECRETO NÜME~O 2129
Más detallesATLANTIS. Titanio Titanio. dorado. Circonio DE POR VIDA DE POR VIDA 5 AÑOS
GARANTÍA ATLANTIS ATLANTIS Desde la creación de Atlantis, nuestra misión ha sido ofrecer restauraciones tan únicas como cada paciente y para los principales sistemas de implantes. Nuestros pilares originales
Más detallesDIPLOMADO INTERNACIONAL DE SEGUROS DE TRANSPORTE (CASCOS Y MERCADERIAS) INTRODUCCION
DIPLOMADO INTERNACIONAL DE SEGUROS DE TRANSPORTE (CASCOS Y MERCADERIAS) INTRODUCCION Los seguros cascos de embarcaciones y transporte de mercaderías constituyen un tema de relevancia dentro del comercio
Más detallesPOLÍTICA DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL, PROTECCIÓN Y MEDIO AMBIENTE (HSSE)
POLÍTICA DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL, PROTECCIÓN Y MEDIO AMBIENTE (HSSE) GNLQ-SSE-PO-001 Página: 3 de 5 POLÍTICA DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL, PROTECCIÓN Y MEDIO AMBIENTE (HSSE) La seguridad
Más detallesSEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL PROFESIONAL PARA ADMINISTRADORES DE FIDEICOMISOS ERRORES & OMISIONES
SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL PROFESIONAL PARA ADMINISTRADORES DE FIDEICOMISOS ERRORES & OMISIONES REGIMEN DE RESPONSABILIDAD LEGAL DE LOS ADMINISTRADORES DE FIDEICOMISOS LEY Nº 24.441 EL FIDUCIARIO
Más detallesSEGUROS Y ARQUITECTURA. Cátedra Marcus
SEGUROS Y ARQUITECTURA ORIGEN Nació en Italia Siglo XIV aparece el seguro marítimo Fundamenta su origen en la existencia del riesgo y en consecuencia se busca transferir los efectos económicos adversos
Más detallesLAS GARANTIAS DEL CONTRATO ESTATAL EN EL DECRETO 734 /12
LAS GARANTIAS DEL CONTRATO ESTATAL EN EL DECRETO 734 /12 Por: Enrique José Arboleda Perdomo Magistrado del Consejo de Estado Punto de partida: artículo 7 ley 1150 Amplia remisión al reglamento en cuanto:
Más detallesCompraventa de bienes de equipo con reserva de dominio
Modelos www.plancameral.org de Contratos Internacionales www.plancameral.org Modelos de contratos internacionales Compraventa de bienes de equipo con reserva de dominio Enero 2012 2 Objetivos Una de las
Más detallesDies ist die Fußzeile
Dies ist die Fußzeile Cuándo es un buque un naufragio No existe una definición común internacionalmente vinculante de lo que constituye un naufragio. Un buque varado o encallado, o de la carcasa de un
Más detallesDirección de Prevención y Control de Operaciones Ilícitas
Dirección de Prevención y Control de Operaciones Ilícitas Blanqueo de Capitales Riesgo y Delito Financiero Las actividades delictivas precedentes del Blanqueo de Capitales en nuestro país, son aquellas
Más detallesPóliza de seguro de Vida Grupo Programa Empresas de Servicios Públicos y Venta Personalizada
Póliza de seguro de Vida Grupo Programa Empresas de Servicios Públicos y Venta Personalizada Apreciado Asegurado: Para su conocimiento, agradecemos leer en forma detenida, la información contenida en este
Más detallesRESPONSABILIDAD DE DIRECTORES Y ADMINISTRADORES. Póliza de RC para Directores y Administradores
Póliza de RC para Directores y Administradores ASEGURADOS: Persona natural que bajo la denominación de Director, Administrador, Gerente General, Gerente, representante legal o cualquiera otra que reciban
Más detallesSEGURO DE CAUCIÓN CONDICIONES PARTICULARES ESPECÍFICAS GARANTÍAS ADUANERAS PÓLIZA N
SEGURO DE CAUCIÓN CONDICIONES PARTICULARES ESPECÍFICAS GARANTÍAS ADUANERAS PÓLIZA N OBJETO Y EXTENSIÓN DEL SEGURO Cláusula 1. El Asegurador garantiza las obligaciones contraídas por el Tomador ante la
Más detallesCONDICIONES GENERALES
CONDICIONES GENERALES CONOCIMIENTO DE EMBARQUE DE LÍNEA REGULAR 1.-Definiciones Comerciante incluye al cargador, al receptor, al remitente, al consignatario de la carga, al tenedor del Conocimiento de
Más detallesINTERPRETACIÓN DE LAS CLAUSULAS DE REASEGURO
INTERPRETACIÓN DE LAS CLAUSULAS DE REASEGURO Por qué es conveniente conocer los Principios y Prácticas Reguladoras del Reaseguro Por: Lic. Francisco Fernández Guerra Fletes POR QUÉ ES CONVENIENTE CONOCER
Más detallesHURTO CALIFICADO DE DINEROS RETIRADOS DE CAJEROS ELECTRONICOS
HURTO CALIFICADO DE DINEROS RETIRADOS DE CAJEROS ELECTRONICOS CONDICIONES GENERALES. ACE SEGUROS S.A., QUIEN EN ADELANTE SE DENOMINARÁ "LA COMPAÑÍA" O ACE, CON SUJECIÓN A LA INFORMACIÓN CONTENIDA EN LA
Más detallesASPECTOS JURIDICOS DE LAS TERMINALES PORTUARIAS: EL TRATAMIENTO DE LOS RIESGOS Y RESPONSABILIDADES PORTUARIAS
ASPECTOS JURIDICOS DE LAS TERMINALES PORTUARIAS: EL TRATAMIENTO DE LOS RIESGOS Y RESPONSABILIDADES PORTUARIAS Dr. Jaime Rodrigo de Larrucea. Profesor de Derecho Marítimo (UPC) El presente estudio pretende
Más detallesREGIMEN DE GARANTIAS Y SEGUROS EN EL DCTO 222 DE 1983
REGIMEN DE GARANTIAS Y SEGUROS EN EL DCTO 222 DE 1983 ARTICULO 67, CLASES DE GARANTIAS: Fianzas de bancos o de compañías de seguros DIFERENTES GARANTIAS: Seriedad de oferta Cumplimiento del contrato Buen
Más detallesPLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE RADIODIAGNÓSTICO MARCA TOSHIBA
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE RADIODIAGNÓSTICO MARCA TOSHIBA 1.- OBJETIVO DEL PLIEGO El presente pliego de prescripciones técnicas tiene
Más detallesRiesgos Profesionales: RC General Vs RC Profesional Vs RC D&O
: RC General Vs RC Profesional Vs RC D&O 2016 Ponemos a disposición de forma gratuita para los clientes de BUFETE ESCURA, nuestro servicio en Consultoría y Gerencia de con la finalidad de minimizar su
Más detallesSEGURO DE MERCANCÍAS. Unidad 6
SEGURO DE MERCANCÍAS Unidad 6 EL SEGURO EN EL COMERCIO INTERNACIONAL Los factores de riesgo que más influyen en el comercio internacional están en los ámbitos: Comercial Del cambio de divisas Político
Más detallesRESOLUCION ADMINISTRATIVA IS N 570. La Paz, 1 de Noviembre de 2001
RESOLUCION ADMINISTRATIVA IS N 570 La Paz, 1 de Noviembre de 2001 VISTOS Y CONSIDERANDO: Que la Ley de Pensiones N 1732 de 28 de noviembre de 1996 en sus artículos 37 y 38 en concordancia con el artículo
Más detallesSEGURO DE SUSTRACCION MI PLATA SEGURA AMPAROS Y EXCLUSIONES
GSG-29-02 SEGURO DE SUSTRACCION MI PLATA SEGURA AMPAROS Y EXCLUSIONES 1. AMPARO BASICO - HURTO CALIFICADO GENERALI COLOMBIA SEGUROS GENERALES S.A., QUE EN ADELANTE SE LLAMARA "LA COMPAÑIA", EN CONSIDERACION
Más detalles2. Criterios contables dispuestos por la Superintendencia de Servicios Financieros.
NORMAS CONTABLES ADECUADAS PARA INSTITUCIONES DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA, CASAS DE CAMBIO, EMPRESAS DE SERVICIOS FINANCIEROS Y EMPRESAS ADMINISTRADORAS DE CRÉDITOS DE MAYORES ACTIVOS 1. Normas contables
Más detallesPor la cual se implementan algunas disposiciones sobre el Manejo Integrado de Desechos generados por Buques.
RESOLUCIÓN 645 DIMAR DE 2014 (noviembre 25) Diario Oficial No. 49.349 de 28 de noviembre de 2014 Dirección General Marítima Por la cual se implementan algunas disposiciones sobre el Manejo Integrado de
Más detallesComisión de Auditoría. Propuesta de Política Control y Gestión de Riesgos Madrid, 23/02/2016
Comisión de Auditoría. Propuesta de Política Control y Gestión de Riesgos Madrid 23/02/2016 1. Objeto. Esta política establece los principios básicos de actuación para el control y la gestión de riesgos
Más detallesLa Cobertura de Maquinaria en las Pólizas de Casco del Instituto
Febrero, 2015 La Cobertura de Maquinaria en las Pólizas de Casco del Instituto Alejandro García Mijares, V JORNADAS DE SEGURO MARITIMO Y PORTUARIO 2 Índice / Agenda Estructura Matriz. Estructura Adicional.
Más detallesValores en Tránsito Dólares y Colones, inscrito ante la SUGESE
TÍTULO Seguro de (Arial Bold 30) Valores en Tránsito Dólares y Colones, inscrito ante la SUGESE 23-11-2009 1 SEGUROS DE VALORES EN TRÁNSITO El seguro de Valores en Tránsito tiene como objetivo cubrir la
Más detallesTarjeta de Crédito Oro
Qué es? Es un medio de pago que te permite hacer compras sin necesidad de contar con dinero en efectivo, generándose un crédito que podrás pagar después. También podrás realizar disposiciones en efectivo
Más detallesRégimen de garantías en los convenios internacionales de responsabilidad por contaminación marítima. Naturaleza, alcance y posición de las víctimas.
Régimen de garantías en los convenios internacionales de responsabilidad por contaminación marítima. Naturaleza, alcance y posición de las víctimas. JUAN GUILLERMO HINCAPIÉ Cartagena, V Jornadas de Seguro
Más detallesamparos exigidos en los contratos estatales en Colombia
Gama de pólizas p y amparos exigidos en los contratos estatales en Colombia DEFINICION La póliza de cumplimiento es un típico contrato de seguros, mediante el cual se garantiza el cumplimiento por parte
Más detallesInternational Civil Aviation Organization. Medidas de seguridad sostenibles Pasajeros y equipaje de transbordo
International Civil Aviation Organization Medidas de seguridad sostenibles Pasajeros y equipaje de transbordo Seguridad de la Aviación Anexo 17, Doc. 8973/8, Doc. 9807 y Doc. 9734 CAPÍTULO 4 - MEDIDAS
Más detallesCOBERTURAS DE SEGUROS PARA EMBARCACIONES PESQUERAS 1 NAVEGACION Y TRASLADOS A TIERRA 1.1 El buque queda cubierto sujeto a las disposiciones de esta póliza, en todo tiempo, y se le permite zarpar o navegar
Más detallesANEXO V: CALIDAD, MEDIOAMBIENTE Y PREVENCIÓN DE RIESGOS
Ana Mª Ferrer 1 : CALIDAD, MEDIOAMBIENTE Y PREVENCIÓN DE RIESGOS 2 Anexo ÍNDICE : CALIDAD, MEDIOAMBIENTE Y PREVENCIÓN DE RIESGOS 3 V.1 INTRODUCCIÓN 3 V.2 SISTEMA INTEGRADO 3 V.3 PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
Más detallesCONDICIONES GENERALES CONTRATO ALQUILER VEHICULOS SIN CONDUCTOR
CONDICIONES GENERALES CONTRATO ALQUILER VEHICULOS SIN CONDUCTOR 1. TIEMPO DE DURACION. El contrato finaliza en la fecha señalada en las condiciones particulares, o cuando sea por plazos de tiempo sin concretar
Más detallesFtca. Judith Delgado C. Directora (E) de Drogas, Medicamentos y Cosméticos.
Ftca. Judith Delgado C. Directora (E) de Drogas, Medicamentos y Cosméticos. DISTRIBUCIÓN FARMACÉUT ICA. Toda actividad que consista en obtener, conservar, proporcionar medicamentos, excluida el despacho
Más detallesFunciones del Consejo Directivo
Funciones del Consejo Directivo a. Cumplir y hacer cumplir esta Ley y sus reglamentos; b. Aprobar los reglamentos que fueren necesarios; c. Definir de acuerdo con el consejo superior de planificación económica,
Más detallesRiesgos Portuarios y el Mercado de Seguros
Riesgos Portuarios y el Mercado de Seguros Asegurando la Operación de Crecimiento de los Puertos Latinoamericanos Bogotá, Junio de 2013 2 Los riesgos portuarios se presentan en cualquier momento y en cualquier
Más detallesCOBERTURA DE PROTECCIÓN E INDEMNIZACIÓN (P&I)
COBERTURA DE PROTECCIÓN E INDEMNIZACIÓN (P&I) Aportando años de experiencia en cobertura de protección e indemnización (P&I) de prima fija LES PRESENTAMOS A NUESTRO EQUIPO... Jason Riley Head of International
Más detalles