INSTALACIÓN DE JÓVENES AGRICULTORES A. IDENTIFICACIÓN
|
|
- Lucas Alcaraz Gómez
- hace 6 años
- Vistas:
Transcripción
1 INSTALACIÓN DE JÓVENES AGRICULTORES A. IDENTIFICACIÓN La presente medida queda encuadrada en los artículos 20, letra a), inciso ii) y 22 del Reglamento (CE) nº 1698/2005 del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER). De acuerdo con el anexo II del Reglamento (CE) nº 1974/2006, por el que se establecen disposiciones de aplicación de la anterior norma, su codificación es 112. La medida es complementaria con la descrita en el MNDR como Instalación de jóvenes agricultores (112) y, a partir de las características horizontales establecidas por ésta, desarrolla una serie de aspectos conforme a la situación específica del sector primario y la singularidad del régimen foral de Navarra. B. FUNDAMENTO Y OBJETIVOS Las demandas por parte del mercado en calidad, seguridad alimentaria, diferenciación de productos y trazabilidad, la mayor sensibilidad de la sociedad ante las agresiones al medio natural, la globalización o los parámetros de calidad exigidos por las empresas transformadoras y comercializadoras son aspectos que repercuten considerablemente en la competitividad de las explotaciones, obligándoles a destinar importantes recursos para afrontar esos requerimientos. A lo que debe añadirse las debilidades y amenazas presentes en el agro navarro (empresas de carácter familiar, dimensión/orientación económica inadecuada, escasos activos humanos, envejecimiento, acceso limitado a nuevas tecnologías), tanto de carácter estructural como territorial, ya descritas en el apartado Análisis DAFO global. Ésta situación, junto con otras, genera dinámicas contraproducentes para la evolución del sector (estancamiento tecnológico, falta de impulso renovador, baja formación y competencia profesional, peores ratios socioeconómicos, índices de paro rural más altos, desigualdad de oportunidades, etc.) y supone un auténtico freno para la iniciativa e inversión privadas. El apoyo público necesario para impulsar un sector que no cuenta con los suficientes atractivos ni con el debido reconocimiento social es el fundamento de esta medida. En este caso, asegurar y propiciar el relevo generacional con empresarios agrarios jóvenes y suficientemente formados se conforma como la principal alternativa para encarar el futuro con garantías de continuidad. Esta medida es heredera de la existente en el anterior PDR , adaptada y renovada a la situación actual del sector y a la nueva legislación comunitaria. También recoge las orientaciones del PEAN 68, especialmente en lo relativo a su eje 1, línea de actuación L.1.1 Apoyo al relevo generacional y a la incorporación efectiva de recursos humanos, incluyendo el apoyo a la jubilación anticipada y eje 4, línea L.1.3 Mejorar la incorporación, estabilización y especialización de personal cualificado en el sector. El apoyo a las inversiones para instalación tiene unos objetivos claramente definidos y relacionados con las necesidades del sector. El fin último es favorecer la incorporación de jóvenes a la actividad agraria mediante explotaciones viables o el ajuste estructural de las existentes, estando en estrecha relación, entre otras, con la modernización de explotaciones, la jubilación anticipada y la formación. 68 Plan Estratégico de la Agricultura Navarra. Enero de 2006 (DDRMA) 257
2 En definitiva, se trata de mejorar la competitividad de las explotaciones navarras para asegurar el mantenimiento de un tejido socioeconómico estable, dinámico y atractivo en el ámbito rural, con unas condiciones de igualdad de oportunidades y calidad de vida similares al urbano. El éxito general pasa por el desarrollo de un conjunto de acciones con objetivos específicos, entre las que destacan: a) Eficiencia, organización y valor añadido para el sector primario: Implantación de explotaciones tecnológicamente avanzadas, gestionadas por responsables bien formados y con proyecto de futuro a largo plazo. Reorganización y reforma de estructuras de producción con soluciones asociativas e incremento de eficiencia. Relevo generacional. Transmisión de explotaciones. Fomento de la ocupación juvenil en el mundo rural. b) Seguridad laboral: creación, mantenimiento y mejora de la calidad de los puestos de trabajo en el ámbito rural. c) Protección medioambiental: Incremento del compromiso con la mejora del medio ambiente y el bienestar de los animales mediante el acceso a las explotaciones de jóvenes profesionales, formados y motivados. Inversión orientada a mejorar la eliminación de residuos y subproductos y/o su valorización. Implantación de sistemas de calidad en el ámbito de la gestión empresarial y/o medioambiental, a través de normas ISO, equivalentes u otras reconocidas. d) Formación y desarrollo de la competencia: promoción de la formación y cualificación de los responsables de las explotaciones ante los nuevos retos tecnológicos, comerciales, organizativos, normativos y administrativos. C. DESCRIPCIÓN DE LA MEDIDA C.1. DEFINICIONES PREVIAS A continuación se detallan unas definiciones útiles para la descripción de la medida: a) Establecimiento o instalación, por primera, vez en una explotación agraria prioritaria. Aquélla en la que un joven se instala, por primera vez, como agricultor profesional, en calidad de titular, cotitular o socio de una explotación agraria prioritaria. A los efectos de esta medida, se considerará agricultor profesional aquél que cumpla con las condiciones de ATP conforme el Decreto Foral Legislativo 150/2002, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Foral del registro de explotaciones agrarias de Navarra. b) Establecimiento o instalación, por primera vez, en una explotación agraria. Aquélla en la que un joven se instala, por primera vez, como titular, cotitular o socio de una explotación agraria no prioritaria, compatibilizando la actividad agraria desarrollada en su propia explotación con cualquier otra actividad económica. c) Plan empresarial. Documento que contendrá, al menos: - una descripción de la situación inicial de la explotación agrícola, con indicación de las fases y objetivos concretos de desarrollo de las actividades de la nueva explotación; - detalles sobre la inversión, formación, asesoramiento y cualquier otra medida requerida para el desarrollo de la actividad en la explotación agrícola. 258
3 C.2. ALCANCE TERRITORIAL Y DESTINATARIOS La medida se dirige a personas físicas que pretendan instalarse como titulares o cotitulares de explotaciones agrarias ubicadas en Navarra, inscritas o inscribibles en el registro de explotaciones del, que cumplan con los requisitos previos y los compromisos establecidos por el régimen. Se trata de un régimen horizontal, aplicable en todo el territorio de la Comunidad Foral de Navarra, y orientado a los subsectores agrícola y ganadero, productores de materias primas o elaboradores de las mismas. C.3. REQUISITOS PREVIOS PARA ACCEDER AL RÉGIMEN Con carácter general, para acceder a las ayudas establecidas para jóvenes agricultores que realicen su primera instalación, será necesario cumplir los siguientes requisitos: Tener una edad igual o superior a 18 años e inferior a 40. Se equiparará a la mayoría de edad la emancipación. Presentar un plan empresarial con vistas al desarrollo de sus actividades agrícolas. Contar con la competencia y cualificación profesional adecuadas. Podrá concederse un plazo de 36 meses desde la concesión de la ayuda y dos años desde la instalación cuando el plan empresarial prevea la necesidad de un periodo de adaptación. El interesado deberá presentar la solicitud antes de iniciar su primera instalación o durante los seis meses siguientes. La primera instalación de un agricultor joven se podrá realizar mediante cualquiera de las modalidades siguientes: a) Instalarse por primera vez, en calidad de ATP, como titular, cotitular o socio de pleno derecho de una explotación agraria prioritaria existente o que alcance esa condición en un plazo máximo de dos años desde la instalación. Además, su plan empresarial deberá demostrar que obtendrá de su explotación una renta procedente de las actividades agrarias y complementarias igual o superior al IPREM anual (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, establecido por el Real Decreto-Ley 3/2004). En el caso de instalación como titular único de una explotación, esta explotación deberá requerir un volumen de trabajo de, al menos, una UTA, o comprometerse a que alcance dicho volumen en un plazo máximo de dos años contados a partir de la fecha de la resolución de concesión de la ayuda. Si la instalación se produce en el seno de una entidad con personalidad jurídica, deberá generarse en dicha entidad una UTA por cada joven integrado, o comprometerse a que alcance dicho volumen en un plazo máximo de dos años contados a partir de la fecha de la resolución de concesión de la ayuda. No se exigirá el incremento de la UTA cuando el joven sustituya a otro socio que haya causado baja en la entidad. b) Instalarse por primera vez como persona física, titular o cotitular, de una explotación agraria que requiera, al menos, un volumen de trabajo de una UTA y con una dimensión equivalente a ocho unidades de dimensión europea (UDE). Se asimilará a esta opción la instalación como socio de una cooperativa, SAT o cualquier otra entidad con personalidad jurídica siempre que, al menos, se genere en dicha entidad una UTA de incremento por cada joven integrado. C.4. COMPROMISOS DE LOS BENEFICIARIOS Los compromisos a cumplir por parte del beneficiario son: 259
4 Instalarse por primera vez como jefe de explotación, en calidad de titular, cotitular o socio de pleno derecho si se trata de una explotación agraria con personalidad jurídica. Dicha explotación deberá estar ubicada en el territorio de la Comunidad Foral. En su caso, inscribir la explotación en el registro de explotaciones agrarias de Navarra. La ejecución del plan empresarial y/o del plan de inversiones en el período señalado en la resolución administrativa por la que se le concede la ayuda. Justificar, ante el, la aplicación de los fondos percibidos para la finalidad que sirvió de fundamento a la concesión de la subvención en la forma y plazos establecidos y los gastos realizados. Mantener los requisitos, compromisos y condiciones que han servido de base para la concesión de la ayuda durante un plazo de cinco años contados a partir de la certificación final de los gastos. Someterse a los controles necesarios para la comprobación de la correcta concesión de la ayuda correspondiente y el posterior mantenimiento de los compromisos. Comprometerse a aceptar, durante los tres años siguientes a su instalación, la tutoría técnica que le sea indicada o facilitada por el. Aportar la información necesaria relativa a los aspectos técnico-económicos, laborales y sociales de la explotación, así como la referida a las ayudas percibidas en el marco de esta medida, para la elaboración de indicadores de seguimiento y evaluación. Comunicar al la solicitud de otras subvenciones públicas para la misma finalidad. Registrar en su contabilidad o libros-registros el cobro de la subvención percibida, en el supuesto que esté obligado a su llevanza según la normativa vigente. Adoptar cuantas medidas sean necesarias para proporcionar información al público y dar publicidad en el marco del programa de desarrollo rural, de conformidad con el Reglamento (CE) nº 1974/2006. Las condiciones para el apoyo a la instalación de los jóvenes agricultores deberán cumplirse desde el momento en que la resolución administrativa de concesión de la ayuda sea aprobada. No obstante, se permitirá un periodo después de la instalación para cumplir los compromisos relativos a la competencia y cualificación profesional si el joven agricultor necesita un periodo de adaptación para establecerse o reestructurar la explotación, siempre que el plan empresarial estipule tal necesidad. La decisión individual de apoyo a la instalación del joven agricultor no se tomará más tarde de 12 meses después de la instalación, definida por la normativa vigente en la Comunidad Foral. En el caso de ayuda bajo la forma de prima única y a los efectos del párrafo anterior, los pagos se efectuarán en plazos. C.5. SISTEMA DE CÁLCULO DE LAS PRIMAS La ayuda a la instalación de jóvenes agricultores en calidad de ATP en una explotación prioritaria podrá concederse bajo la forma de: a) una prima única de euros como máximo, o b) una bonificación de interés, cuyo valor capitalizado no podrá ser superior a euros. c) Una combinación de ambas formas, en cuyo caso el importe máximo no podrá ser superior a euros, con los máximos previstos en las letras anteriores, para cada forma de ayuda. En ningún caso el importe de la bonificación de intereses más el de la prima de primera instalación a percibir por el beneficiario en forma de subvención directa podrá ser superior a los gastos e inversiones de instalación. 260
5 La ayuda a la instalación de jóvenes agricultores que no lo hagan en calidad de ATP en explotaciones agrarias prioritarias, se concederá bajo la forma de una prima única de euros como máximo. Las ayudas en forma de prima se abonarán, de forma fraccionada, en dos pagos. El primero en el momento de iniciar la instalación y el segundo al finalizarla, una vez cumplidos los compromisos exigibles. Un mismo beneficiario no podrá percibir más de una prima ni más de una bonificación de intereses de primera instalación. En el supuesto de la bonificación de intereses, la duración máxima de los préstamos no superará los 15 años y el interés mínimo a cargo del beneficiario será del 1,5% anual. El capital máximo a financiar será de hasta el 100% de los gastos auxiliables de la instalación. La ayuda que adopte la modalidad de bonificación de puntos de interés se entenderá concedida durante toda la vida del préstamo, en su caso, hasta que dure la subvención a aplicar, y se hará efectiva, una vez formalizada la concesión del préstamo, a la entidad financiera en un único pago. Su importe se calculará aplicando, a las cantidades periódicas que se deriven de la bonificación de intereses, la tasa de actualización convenida con las entidades financieras. La fórmula será: (1/(100 x n)) Bonificación = (C n /(i x 100)) donde: - C n es el capital del préstamo; - i es el interés a bonificar (interés vigente menos 1,5 puntos); - n es el número de años. Únicamente se beneficiarán de la bonificación de intereses aquellos préstamos que se obtengan al amparo de los convenios de colaboración suscritos por el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente con las entidades financieras para la financiación de la primera instalación de jóvenes agricultores. Para el caso de primeras instalaciones en entidades asociativas, estas ayudas se asignarán de forma íntegra a cada joven que se instale por el importe que le pueda corresponder conforme a lo dispuesto anteriormente. C.6. INVERSIONES O GASTOS AUXILIABLES En general, se considerarán auxiliables por este régimen los siguientes gastos, siempre y cuando estén incluidos en el plan empresarial que presente el beneficiario: La adquisición de capital territorial necesario para llevar a cabo la instalación. Las instalaciones, maquinaria y equipos, incluidos los informáticos. La adquisición de ganado reproductor. El inmovilizado inmaterial (aplicaciones informáticas y derechos sobre bienes en arrendamiento financiero de las inversiones subvencionables consideradas en los puntos anteriores). La adquisición o acondicionamiento de la vivienda que constituya la residencia habitual del beneficiario. Los destinados a la reordenación de las instalaciones productivas. Los orientados a la reconversión de la producción y a la diversificación de actividades agrarias. El pago de la primera anualidad de un contrato de arrendamiento de tierras o instalaciones agropecuarias. Los gastos notariales y registrales derivados de la primera instalación. 261
6 El coste financiero de un préstamo de campaña del primer ejercicio. Los permisos, licencias y autorizaciones administrativas originados por la instalación. La aportación económica del joven a la cooperativa o SAT por su integración como socio, como base de su instalación. La adquisición de derechos a prima de carácter individual y transferible, conforme a la normativa vigente de carácter sectorial que resulte de aplicación. Los avales de los préstamos de primera instalación. Los derivados de cursos de formación para la incorporación a la actividad agraria. Los de proyecto, consultoría y estudios de viabilidad, con un límite del 12% de la inversión. Otros gastos que el pueda estimar prioritarios, siempre que se deriven de la primera instalación. C.7. CRITERIOS DE PRIORIZACIÓN EN LA CONCESIÓN Conforme a las disposiciones del MNDR y la especificidad del régimen foral de Navarra, el, en función de las necesidades y recursos financieros, podrá priorizar las solicitudes atendiendo a criterios tales como: Tendrán prioridad los jóvenes que se instalen según la modalidad a) sobre aquéllos que lo hagan conforme a la modalidad b), descritas en el apartado C.3. Requisitos previos para acceder al régimen. Se dará preferencia a los jóvenes que, en su plan empresarial, hagan uso de la combinación de la medida a la primera instalación con otras de desarrollo rural, especialmente la modernización de explotaciones, sin perjuicio de la consideración preferente en la concesión de las ayudas para la primera instalación que deban tener los jóvenes que la realicen en régimen de cotitularidad. Otras posibilidades son: - La solicitante sea mujer. - Ubicación de la explotación en zona de montaña, o desfavorecida. - Instalación en una entidad asociativa: cooperativa, SAT, etc. D. CONTROLES E INCOMPATIBILIDAD CON OTROS REGÍMENES Las inspecciones administrativas y de campo a llevar a cabo durante la gestión de esta medida se atendrán a lo establecido en el apartado El sistema de control. El cumplimiento del plan empresarial será controlado no más tarde de los cinco años desde la aprobación de la solicitud del joven agricultor. Considerando las circunstancias en las que dicho plan es puesto en práctica, la normativa foral definirá las condiciones de recuperación de la ayuda recibida si el joven agricultor no cumple con las disposiciones del plan en el momento en que se efectúe el control. Mediante los planes anuales de control la medida será verificable y controlable a efecto de lo dispuesto en el artículo 48 del Reglamento (CE) nº 1974/2006, dando garantías suficientes sobre el respeto de los criterios de subvencionabilidad y compromisos adquiridos por los beneficiarios. Asimismo, permitirán a la Comisión inspeccionar la consistencia y verosimilitud de los cálculos. En cualquier caso, el régimen se adaptará al Reglamento (CE) nº 1975/ sobre procedimientos de control y condicionalidad en relación con las medidas de desarrollo rural. Básicamente, las incompatibilidades serán las derivadas del Reglamento (CE) nº 1698/2005 relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del FEADER y su normativa de desarrollo. 69 DO L nº 368, de 23 /12/
7 En cualquier caso, la complementariedad, coherencia y sinergia de esta medida con las políticas de precios y mercados (primer pilar de la PAC) y otras comunitarias (medio ambiente, estrategia forestal comunitaria, bioenergía, innovación, etc.) así como con el resto de medidas vienen detalladas en el apartado Evaluación de la complementariedad y medios. También contempla la complementariedad y criterios de delimitación con las actuaciones financiadas a cargo del FEOGA y de sectores enumerados en el anexo I del Reglamento (CE) nº 1974/2006 (frutas y hortalizas, vino, tabaco, aceite de oliva, lúpulo, carne de vacuno, carne de ovino y caprino, apicultura, azúcar y ayudas directas). Finalmente, la relación con los programas operativos del FEDER y del FSE para el periodo se muestra en el apartado Criterios de delimitación de las medidas del programa con operaciones subvencionables en el marco de los Fondos estructurales. E. INDICADORES Se plantean los siguientes indicadores para esta medida: a) Indicadores de realización. Indicador Año Total Expedientes aprobados Agricultores instalados (1) : - Hombres Mujeres Promedio de edad en la instalación SAU en la instalación (hectáreas) UGM en la instalación UTA generadas en las nuevas explotaciones 185,68 126,60 126,60 126,60 126,60 137,15 137,15 966,38 Volumen total de inversión (Meuros) (1) 7,480 5,100 5,100 5,100 5,100 5,525 5,525 38,930 (1) Indicadores previstos por la estructura de evaluación y seguimiento común (anexo VIII, apartado II, indicadores comunes de realización, del Reglamento (CE) nº 1974/2006) b) Indicadores de resultado. Indicador (1) Punto de partida Objetivo del programa Diferencia VABpb en las explotaciones beneficiarias de la ayuda ( 000 de (2) 0, , ,10 euros) (1) Indicadores previstos por la estructura de evaluación y seguimiento común (anexo VIII, apartado III, indicadores comunes de resultado, del Reglamento (CE) nº 1974/2006) (2) IEN. Elaboración DDRMA a partir de las Cuentas Económicas de Navarra (CENAV2005. Serie Base 2005) (media de los años ) c) Indicadores de impacto. Indicador (1) Punto de partida Objetivo del programa Diferencia Productividad del trabajo (VAB por trabajador a tiempo (2) completo) (euros/ocupado) , , ,96 VAB/UTA en las explotaciones beneficiarias de la ayuda (2) (euros/uta) , , ,11 (1) Indicadores previstos por la estructura de evaluación y seguimiento común (anexo VIII, apartado IV, indicadores comunes de repercusión, del Reglamento (CE) nº 1974/2006) (2) IEN. Elaboración DDRMA a partir de las Cuentas Económicas de Navarra (CENAV2005. Serie Base 2005) (media de los años ) 263
8 Estas listas podrán completarse con otros indicadores de realización (física y financiera), de resultado (calidad, rendimiento, eficacia, eficiencia) e impacto (específico y global) que vayan estableciéndose a lo largo del desarrollo del programa. También se dará un mayor detalle sobre los indicadores de género. F. DISPOSICIONES DE TRANSICIÓN En el anterior periodo la Comisión aprobó para Navarra un Programa de Desarrollo Rural específico (nº de arinco 1999 ES 06 GPD 008), entre cuyas medidas figuraba la Instalación de jóvenes agricultores. Teniendo en cuenta que le quedan compromisos financieros pendientes de pago es necesario aplicar las disposiciones del Reglamento (CE) nº 1320/ de la Comisión, de 5 de septiembre de 2006, por el que se establecen normas para la transición a la ayuda al desarrollo rural del Reglamento (CE) nº 1698/2005. Conforme al anexo II, punto 5.2, del Reglamento (CE) nº 1974/2006, las referencias para identificar dicha medida son: Normativa reguladora del régimen: Reglamento (CE) nº 1257/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, sobre la ayuda al desarrollo rural a cargo del FEOGA y por el que se modifican y derogan determinados reglamentos. Decreto Foral 162/ , de 17 de abril, por el que se establecen ayudas a las inversiones en explotaciones agrarias y a la primera instalación de jóvenes agricultores. Orden Foral de 31 de mayo de , del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, de aplicación y desarrollo del Decreto Foral 162/2000, de 17 de abril, de ayudas a las inversiones en explotaciones agrarias y a la primera instalación de jóvenes agricultores. Cofinanciación : Sección Garantía del FEOGA. Tabla de correspondencia según el Reglamento (CE) nº 1320/2006: Reglamento (CE) nº 1257/1999 Reglamento (CE) nº 1698/2005 Medida Código (1) Categoría (2) Ejes y medida Código Instalación de jóvenes agricultores - artículo 8 b) 112 Artículos 20, letra a), inciso ii) y 22: instalación de jóvenes agricultores (1) Reglamento (CE) n 817/2004 de la Comisión, de 29 de abril de 2004, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n 1257/1999 (DO L nº 231, de 30/06/2004) (2) Reglamento (CE) n 438/2001 de la Comisión, de 2 de marzo de 2001, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n 1260/1999 del Consejo en relación con los sistemas de gestión y control de las ayudas otorgadas con cargo a los Fondos estructurales (DO L nº 63, de 3/03/2001) Parte de los expedientes de este régimen de ayuda se encontrará en alguna de las siguientes situaciones: a) Con la subvención concedida y pagada, pero con los beneficiarios todavía sometidos al mantenimiento de los compromisos. b) Con la subvención concedida y parcialmente abonada, quedando pagos pendientes por ejecutar en el periodo , conforme vayan finalizando las inversiones. c) Aquellos presentados antes del 2007, sin resolución de concesión, que deberán adaptarse a las nuevas condiciones del Reglamento (CE) nº 1698/ DOL nº 243, de 6/09/ BON nº 60, de 17/05/ BON nº 75, de 21/06/
9 Los pagos pendientes de esta medida anual que se lleven a cabo después del 31 de diciembre de 2006 serán con cargo al FEADER y se abonarán antes del 31 de diciembre de Corresponden a los expedientes de la letra b) (anexo 6, Volumen 2) y su cuantía se estima en: Año Expedientes (1) Coste total (euros) Total Coste público (euros) Gobierno de Navarra FEADER Coste privado (euros) Total (1) Se trata de expedientes cuyo pago podrá prolongarse durante dos años por lo que el número total corresponde con el que figura en el año 2007 G. PLAN FINANCIERO Para estimar el gasto generado por esta medida se ha partido de las siguientes hipótesis: La evolución de los expedientes concedidos en el periodo es la prevista en el apartado E. Indicadores. El tamaño medio de la explotación (SAU) es de 38,10 hectáreas. Inversión media por solicitante (coste subvencionable): euros. Cuantía de subvención: euros de prima única más bonificación de intereses. Coste público medio: euros/año. Para cada expediente comprometido en el programa, el importe total de la ayuda se pagará, generalmente, de manera fraccionada, durante dos años: el 50% durante la primera anualidad y el 50% restante en la segunda. Por lo tanto, el cuadro financiero con los pagos de la medida queda: Año Expedientes Coste total (euros) Total Coste público (euros) Gobierno de Navarra FEADER Coste privado (euros) Total Considerando las dotaciones anuales del FEADER para el programa, una parte de la medida se cofinanciará por dicho Fondo al 25% 73 y el resto será ayuda de Estado ( top-up ), conforme el artículo 89 del Reglamento (CE) nº 1698/ Conforme al artículo 70 del Reglamento (CE) nº 1698/2005, la contribución del FEADER para el eje 1 (competitividad) puede oscilar entre el 50% y el 20% del gasto público subvencionable 265
10 Del coste público total previsto para la medida ( euros), en se pagarán euros: a) euros cofinanciados por el FEADER, lo que supone una aportación comunitaria de euros. A este importe debe sumarse euros pendientes de pago del periodo , lo que da euros (apartado 7. Desglose indicativo por medidas de desarrollo rural ) de coste público. b) euros como ayuda estatal suplementaria (apartado 8. Financiación nacional adicional ). La evaluación de las normas de competencia y el correspondiente impreso de notificación a la Comisión se detallan en el apartado 9 de este documento y en el Volumen 2, anexo 11, respectivamente. 266
AUMENTO DEL VALOR AÑADIDO DE LOS PRODUCTOS AGRÍCOLAS Y FORESTALES
AUMENTO DEL VALOR AÑADIDO DE LOS PRODUCTOS AGRÍCOLAS Y FORESTALES A. IDENTIFICACIÓN La presente medida queda encuadrada en los artículos 20, letra b), inciso iii) y 28 del Reglamento (CE) nº 1698/2005
Más detallesMEDIDA 113. JUBILACIÓN ANTICIPADA DE AGRICULTORES Y TRABAJADORES AGRARIOS
MEDIDA 113. JUBILACIÓN ANTICIPADA DE AGRICULTORES Y TRABAJADORES AGRARIOS 1. DESCRIPCIÓN La medida queda encuadrada en los artículos 20, letra a), inciso iii) y 23 del Reglamento (CE) nº 1698/2005 del
Más detallesPOLITICAS DE APOYO A LOS JOVENES AGRICULTORES Y AGRICULTORAS EN EL PAIS VASCO
POLITICAS DE APOYO A LOS JOVENES AGRICULTORES Y AGRICULTORAS EN EL PAIS VASCO Ikerne Zuluaga Zamalloa Directora de Agricultura y Ganadería Dpto. de Desarrollo Económico y Competitividad del Gobierno Vasco
Más detallesd) Acreditar la condición de agricultor activo. Los titulares de explotaciones agrarias prioritarias quedan exentos de acreditar tal condición.
REQUISITOS SUBMEDIDA 4.1. APOYO A LAS INVERSIONES EN LAS EXPLOTACIONES AGRARIAS: 1. Personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes y unidades económicas sin personalidad jurídica titulares de una
Más detallesMEDIDA 211. INDEMNIZACIONES COMPENSATORIAS EN ZONAS DE MONTAÑA
MEDIDA 211. INDEMNIZACIONES COMPENSATORIAS EN ZONAS DE MONTAÑA 1. DESCRIPCIÓN La medida queda encuadrada en los artículos 36, letra a), inciso i) y 37 del Reglamento (CE) nº 1698/25 del Consejo, de 2 de
Más detallesLOS PAGOS DIRECTOS DE LA POLÍTICA AGRÍCOLA COMÚN (PAC) EN LOS SECTORES OVINO Y CAPRINO
LOS PAGOS DIRECTOS DE LA POLÍTICA AGRÍCOLA COMÚN (PAC) 2015-2019 EN LOS SECTORES OVINO Y CAPRINO El objetivo de este documento es dar a conocer los apoyos que reciben los sectores ovino y caprino a través
Más detallesCompilación Normativa Política Desarrollo Rural
Compilación Normativa Política Desarrollo Rural 2014 2020 Subdirección General de Programación y Coordinación DGDRPF 15 de enero de 2015 1 Mayo 2014 INDICE LEGISLACIÓN COMUNITARIA... 3 MARCO ESTRATÉGICO
Más detallesDECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de
COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 2.2.204 C(204) 989 final DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN de 2.2.204 por la que se aprueban determinados elementos del programa operativo "Empleo Juvenil", para el que se
Más detallesPrograma de ayudas a la. MTD s), en Navarra.
Gobierno de Navarra Departamento de Desarrollo Rural, Industria, Empleo y Medio Ambiente. Programa de ayudas a la implantación n de Mejores Técnicas T Disponibles (MTD( MTD s), en Navarra. Sección n de
Más detallesORDEN ESS/41/2015, de 12 de enero
Artículo 4. Contenido de la actividad formativa. 1. La actividad formativa del contrato para la formación y el aprendizaje será la necesaria para la obtención de un título de formación profesional de grado
Más detallesPROGRAMA EMPRESA-EMPLEO. Dirección General de Empleo y Juventud -Servicio Incentivos al Empleo-
PROGRAMA EMPRESA-EMPLEO Dirección General de Empleo y Juventud -Servicio Incentivos al Empleo- INDICE 1.Regulación normativa 2.Objetivo 3.Régimen del procedimiento 4.Actuaciones subvencionables 5. Entidades
Más detallesPAC: PAGOS DIRECTOS NPB: LAGUNTZA ZUZENAK
PAC: PAGOS DIRECTOS MANUAL PRACTICO 2015-2020 NPB: LAGUNTZA ZUZENAK GIDALIBURA Gaurkotze-data 2015/03/31 Fecha de actualización 2. AGRICULTOR ACTIVO 2.1. Agricultor activo: Qué significa? Qué repercusiones
Más detallesCIRCULAR INFORMATIVA Nº 21/2016
Palencia, a 7 de abril de 2016 CIRCULAR INFORMATIVA Nº 21/2016 AYUDAS 2016 FOMENTO DEL EMPLEO Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD EN LAS COOPERATIVAS Y SOCIEDADES LABORALES. COMUNIDAD DE MADRID. Plazo solicitudes:
Más detallesPreguntas y respuestas sobre el reconocimiento de Entidades Asociativas Prioritarias
Preguntas y respuestas sobre el reconocimiento de Entidades Asociativas Prioritarias Qué es una Entidad Asociativa Prioritaria? Una entidad asociativa agroalimentaria de ámbito supra-autonómico que cumple
Más detallesINSTRUCCIONES PARA LA GESTIÓN POR LAS ENTIDADES LOCALES DEL PLAN DE EMPLEO PARA PERSONAS QUE HAN AGOTADO SU PROTECCIÓN POR DESEMPLEO
INSTRUCCIONES PARA LA GESTIÓN POR LAS ENTIDADES LOCALES DEL PLAN DE EMPLEO PARA PERSONAS QUE HAN AGOTADO SU PROTECCIÓN POR DESEMPLEO Normativa reguladora: Orden de 27/10/2015, de la (DOCM nº 213, de 30/10)
Más detalles5. Anuncios 5.2. Otros anuncios oficiales
1 de octubre 2015 Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Núm. 192 página 149 5. Anuncios 5.2. Otros anuncios oficiales Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural Anuncio de 25 de septiembre
Más detallesDESARROLLO LOCAL PARTICIPATIVO LEADER
DESARROLLO LOCAL PARTICIPATIVO LEADER 2014-2020 DESARROLLO LOCAL PARTICIPATIVO-LEADER Calendario de la Reforma de la PAC Comunicación de la Comisión: La PAC en el horizonte 2020 (18 de noviembre de 2010)
Más detallesAYUDAS A EMPRESAS PARA LA PRODUCCIÓN CINEMATOGRÁFICA, ACTIVIDADES DE TEATRO Y DANZA Y PROYECTOS DE MÚSICA DURANTE EL AÑO 2013,
AYUDAS A EMPRESAS PARA LA PRODUCCIÓN CINEMATOGRÁFICA, ACTIVIDADES DE TEATRO Y DANZA Y PROYECTOS DE MÚSICA DURANTE EL AÑO, AYUDAS A EMPRESAS PARA LA PRODUCCIÓN CINEMATOGRÁFICA DURANTE EL AÑO 1 Comentamos
Más detallesHay ayudas a los jóvenes agricultores en la nueva PAC?
NOTA TÉCNICA Nº 05 Política Agrícola Común 2015-2020 Ayudas a los jóvenes agricultores en la nueva PAC Hay ayudas a los jóvenes agricultores en la nueva PAC? En la nueva PAC se va a realizar un esfuerzo
Más detallesAyudas e incentivos para empresas
Ayudas e incentivos para empresas Referencia: 51894 Anual: X Actualizado a: 03/05/2016 Se publican los créditos disponibles para atender las solicitudes de la convocatoria 2016, para la renovación de los
Más detallesAYUDAS COFINANCIADAS POR EL FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN Y FOMENTO DE LA INVESTIGACIÓN AYUDAS COFINANCIADAS POR EL FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL El Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) tiene como objetivo fortalecer
Más detallesNota de prensa. Abierta la campaña para presentar las solicitudes de ayudas directas de la PAC para A partir de hoy, 2 de marzo
A partir de hoy, 2 de marzo Abierta la campaña para presentar las solicitudes de ayudas directas de la PAC para 2015 Nota de prensa Cerca de 880.000 productores podrán solicitar las ayudas, cuyo plazo
Más detallesMemoria descriptiva de la iniciativa convenientemente cumplimentada. Modelo CEDER 2
Modelo CEDER-1 DOCUMENTACIÓN A ENTREGAR EN LA TRAMITACIÓN DE EXPEDIENTES DE AYUDA DEL PROGRAMA TERRITORIAL LEADER DE CEDER ALCARRIA CONQUENSE Para poder proceder a la firma de la Solicitud de Ayuda del
Más detallesJUNTA DE EXTREMADURA
JUNTA DE EXTREMADURA PROCEDIMIENTO DE CÁLCULO DE SUBVENCIÓN PARA EL PLAN 2016 LÍNEAS CON FECHA DE INICIO DE SUSCRIPCIÓN A PARTIR DEL 01-09-2016 PÓLIZAS CON ENTRADA EN VIGOR ENTRE EL 01-09-2016 Y 31-12-2016
Más detallesOrden Foral 89/2005, de 30 de mayo, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se regula el Sistema de Información
9.0.0.04 Orden Foral 89/2005, de 30 de mayo, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se regula el Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas (SIGPAC) y se establecen
Más detallesLA NUEVA PROGRAMACIÓN DEL DESARROLLO RURAL DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO RURAL Y POLÍTICA FORESTAL MAGRAMA
LA NUEVA PROGRAMACIÓN DEL DESARROLLO RURAL 2014-2020 DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO RURAL Y POLÍTICA FORESTAL MAGRAMA 1. EL CONTEXTO COMUNITARIO EL NUEVO MARCO DE LA PROGRAMACIÓN Estrategia 2020 Marco
Más detallesI. Disposiciones Generales
Boletín Ofi cial de Aragón I. Disposiciones Generales DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE ORDEN de 16 de enero de 2013, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por
Más detallesORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN COMPENSATORIA POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DEL SUELO NO URBANIZABLE
ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN COMPENSATORIA POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DEL SUELO NO URBANIZABLE Página 1 de 6 Exposición de Motivos. La Ley 7/2002, de 17 de diciembre,
Más detallesLa Programación del Desarrollo Rural en Aragón durante la etapa
La Programación del Desarrollo Rural en Aragón durante la etapa 2007-2013 Ciclo de Conferencias de Otoño del C.O.I.A.A.N.P.V Francisco Domínguez Real Jefe del Servicio Programas Rurales Departamento Agricultura
Más detallesDENOMINACION EXPOSICION DE MOTIVOS
González Tablas, 9 31005 PAMPLONA/IRUÑA ASUNTO Nº... SESIÓN DE... REFª EXPTE.... DENOMINACION DECRETO FORAL /, de día, mes, año, de modificación del Decreto Foral 253/2002, de 16 de diciembre, por el que
Más detallesProtección Social Agrarios Plan Especial de Aragón Dirección Provincial
Acuerdo para el Empleo y la Protección Social Agrarios Plan Especial de Aragón 2016 Servicio i Público de Empleo Estatal Dirección Provincial TERUEL ÁMBITO Y OBJETIVOS P. E. A. 2016 Se podrá acceder a
Más detallesPROGRAMA 942A COOPERACIÓN ECONÓMICA LOCAL DEL ESTADO
PROGRAMA 942A COOPERACIÓN ECONÓMICA LOCAL DEL ESTADO 1. DESCRIPCIÓN La Cooperación Económica del Estado con las entidades locales se inspira en los principios constitucionales de solidaridad y de coordinación
Más detallesSUBVENCIONES A ENTIDADES PRIVADAS SIN FIN DE LUCRO QUE PRESTEN SERVICIOS SOCIALES A PERSONAS MAYORES
SUBVENCIONES A ENTIDADES PRIVADAS SIN FIN DE LUCRO QUE PRESTEN SERVICIOS SOCIALES A PERSONAS MAYORES CONSEJERÍA DE SANIDAD Y POLÍTICAS SOCIALES - (SEPAD) DIRECCIÓN GERENCIA Última modificación: 18-07-2016
Más detalles1. Vl Valoración general ldl del proyecto de reforma de la PAC. 2. Valoración de la reforma del primer
Reforma de la Agrícola Común Reforma de la Política Agrícola Común 1. Vl Valoración general ldl del proyecto de reforma de la PAC 2. Valoración de la reforma del primer pilar de la PAC 3 Vl ió dl l t d
Más detallesCesiones de datos en acciones formativas subvencionadas. Informe 50/2006
Cesiones de datos en acciones formativas subvencionadas. Informe 50/2006 La consulta plantea determinadas cuestiones relacionadas con el tratamiento de datos de carácter personal efectuado por organizaciones
Más detallesPOLÍTICA AGRÍCOLA COMÚN:
Master en Zootecnia y Gestión Sostenible: Ganadería Ecológica e Integrada POLÍTICA AGRÍCOLA COMÚN: Una visión del sector ganadero desde el periodo 2007-2013 al 2014-2020 Dpto. Producción Animal. Universidad
Más detallesORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES Preámbulo
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES Preámbulo El Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares aprueba esta ordenanza, en ejercicio de autonomía tributaria que le reconoce la Constitución
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 5 I. COMUNIDAD DE MADRID A) Disposiciones Generales Consejería de Economía, Empleo y Hacienda 1 DECRETO 139/2016, de 30 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 193/2015,
Más detallesSe propone a la Junta de Castilla y León, la adopción del siguiente:
EXPEDIENTE PARA EL CONSEJO DE GOBIERNO Consejería, Nº. y año de expediente CYT- /2016 BOCyL SI NO Se propone a la Junta de Castilla y León, la adopción del siguiente: ACUERDO DE, DE LA JUNTA DE CASTILLA
Más detallesANEXO I. Objetivo Temático 8. Promover la sostenibilidad y la calidad en el empleo y favorecer la movilidad laboral.
ANEXO I Prioridades de inversión y objetivos específicos objeto de la selección de operaciones para su financiación por el Fondo Social Europeo en el marco del Programa Operativo de Empleo Joven Las operaciones
Más detallesConsulta Vinculante V , de 1 de enero de 2007, de la Dirección General de Tributos (Ministerio de Economía y Hacienda)
Consulta Vinculante V0092-07, de 1 de enero de 2007, de la (Ministerio de Economía y Hacienda) IVA aplicable en la adquisición de viviendas protegidas de nueva construcción Índice Consulta Vinculante V0092-07,
Más detallesMEMORIA EN RELACIÓN CON LA ACTUACION OBJETO DE SUBVENCIÓN Y PLAN DE ACTUACIÓN DE ENTIDAD ASOCIATIVA
SUBVENCION PARA ASISTENCIA TÉCNICA: ESTUDIOS DE VIABILIDAD, ORGANIZACIÓN, COMERCIALIZACIÓN, DIAGNÓSIS U OTROS DE NATURALEZA ANÁLOGA / INFORMES ECONÓMICOS Y AUDITORÍAS / ASESORAMIENTO EN LAS DIVERSAS ÁREAS
Más detalles1. Quién encomienda a los poderes Públicos, velar por la seguridad e higiene en el trabajo?
Tema 1 (medidas generales) Las respuestas correctas se encuentran marcadas al final 1. Quién encomienda a los poderes Públicos, velar por la seguridad e higiene en el trabajo? a) La Constitución Española
Más detallesPreguntas más frecuentes REFORMA PAC de marzo de 2014
SECRETARIA GENERAL DE AGRICULTURA Y ALIMENTACIÓN GARANTIA AGRARIA Preguntas más frecuentes REFORMA PAC 2015 2020 27 de marzo de 2014 La presente nota no tiene carácter legal sino informativo y su objeto
Más detallesNota de prensa. Hoy, en una rueda de prensa Valladolid
Nota de prensa MINISTERIO Hoy, en una rueda de prensa Valladolid García Tejerina: La nueva PAC nos va a permitir centrar los apoyos en las explotaciones que mantienen viva la actividad agrícola y ganadera
Más detallesCARACTERISTICAS DE LA PROGRAMACION
CARACTERISTICAS DE LA PROGRAMACION Programación 2014 2020 Como se ha destacado anteriormente la Programación de los Fondos 2014 2020 integra la estrategia política de la Unión Europea; por otro lado, las
Más detalles1. Quién financia el préstamo, quien es la entidad prestataria?
LA FINANCIACION 1. Quién financia el préstamo, quien es la entidad prestataria? En esta línea financiera, la entidad prestataria es directamente Sodecan. El contrato de préstamo se formaliza exclusivamente
Más detallesAplicación de los signos, índices o módulos en el IRPF
Aplicación de los signos, índices o módulos en el IRPF El rendimiento neto resultará de la suma de todos los rendimientos que correspondan a cada una de las actividades. En primer lugar desarrollaremos
Más detallesCADE Vélez Málaga Centro de Apoyo al Desarrollo Empresarial. 17 de junio 2016
CADE Vélez Málaga Centro de Apoyo al Desarrollo Empresarial 17 de junio 2016 Qué es Andalucía Emprende? Andalucía Emprende, Fundación Pública Andaluza es una entidad instrumental adscrita a la Consejería
Más detallesJUNTA DE EXTREMADURA Dirección General de Financiación Autonómica y Fondos Europeos
INFORMACIÓN Y PUBLICIDAD DEL FEADER I Jornadas informativas sobre el Fondo Europeo de Desarrollo Regional FEADER, en Extremadura. Mérida, 26 y 27 de Marzo de 2009 REFERENCIAS AL ART. 76 DEL REGLAMENTO
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 65 Martes 16 de marzo de 2010 Sec. I. Pág. 26087 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO 4398 Real Decreto 202/2010, de 1 de marzo, por el que se establecen
Más detallesVisto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
L 337/46 REGLAMENTO DELEGADO (UE) N o 1255/2014 DE LA COMISIÓN de 17 de julio de 2014 que complementa el Reglamento (UE) n o 223/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al Fondo de Ayuda Europea
Más detallesBOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Page 1 of 5 Página 10155.- Núm. 152 BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA Lunes, 24 de noviembre de 2008 CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, INNOVACIÓN Y EMPLEO Orden 28/2008 de 17 de noviembre de 2008 de la Consejería de
Más detallesFINANCIACIÓN N DE NUEVOS PROYECTOS PERIODO PROGRAMACIÓN N 2014-2020
MASTER EN TECNOLOGIA, ADMINISTRACION Y GESTION D (TAyGA) OPORTUNIDADES DE FINANCIACION PARA EN EL FINANCIACIÓN N DE NUEVOS PROYECTOS PERIODO PROGRAMACIÓN N 2014-2020 2020 Mayo 2015 MASTER EN TECNOLOGIA,
Más detallesRELACIÓN DE ACTUACIONES DEL GOBIERNO DE NAVARRA CON EL PROYECTO ECOINNOVARSE: PLAN DE RSE Y AYUDAS A LAS EMPRESAS
RELACIÓN DE ACTUACIONES DEL GOBIERNO DE NAVARRA CON EL PROYECTO ECOINNOVARSE: PLAN DE RSE Y AYUDAS A LAS EMPRESAS JORNADA RSE. PAMPLONA 29 DE MAYO DE 2009 PROGRAMA RSC DEL GOBIERNO DE NAVARRA PROGRAMA
Más detallesGrupo Málaga Ahora Diputación de Málaga
A la atención del Presidente de la Diputación MOCIÓN URGENTE AL PLENO DE LA DIPUTACIÓN DE MÁLAGA MOCIÓN RELATIVA A LA INCORPORACIÓN DE CRITERIOS SOCIALES Y MEDIOAMBIENTALES EN LAS CONTRATACIONES PÚBLICAS
Más detallesANEXO I DATOS DE LA ENTIDAD SOLICITANTE RAZÓN SOCIAL EN SU REPRESENTACIÓN DATOS BANCARIOS
ANEXO I CONSELLERÍA DEL MEDIO RURAL PROCEDIMIENTO AYUDAS PARA FOMENTAR EL ASOCIACIONISMO AGRARIO Y EL REDIMENSIONAMIENTO EMPRESARIAL DE LAS ENTIDADES ASOCIATIVAS AGRARIAS EN GALICIA CÓDIGO DEL PROCEDIMIENTO
Más detallesSe presenta como Buena Práctica EL Instituto de Sistemas Fotovoltaicos de Concentracion, (ISFOC)
Se presenta como Buena Práctica EL Instituto de Sistemas Fotovoltaicos de Concentracion, (ISFOC) La actividad principal del ISFOC es la I+D en el campo de la energía solar fotovoltaica de concentración.
Más detallesP02 -Procedimiento de Formulación de requerimientos a las personas y entidades que intervienen en los mercados de valores
P02 -Procedimiento de Formulación de requerimientos a las personas y entidades que intervienen en los mercados de valores P02 -Procedimiento de Formulación de requerimientos a las personas y entidades
Más detallesREAL DECRETO 2274/1985, DE 4 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE REGULAN LOS CENTROS OCUPACIONALES PARA MINUSVÁLIDOS
REAL DECRETO 2274/1985, DE 4 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE REGULAN LOS CENTROS OCUPACIONALES PARA MINUSVÁLIDOS (BOE nº 294 de 9/12/1985 - Páginas: 38812-38814) La Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración
Más detallesEntidades promotoras de Escuelas Taller, Casas de Oficios o Talleres de Empleo. Qué son las Escuelas Taller, Casas de Oficio y Talleres de Empleo
Entidades promotoras de Escuelas Taller, Casas de Oficios o Talleres de Empleo Qué son las Escuelas Taller, Casas de Oficio y Talleres de Empleo Centros de trabajo en los que se integran la formación,
Más detallesPROMOCION Y COMERCIALIZACION TURISTICA
Nº expediente SOLICITUD IMPRESO PCT 1 D/Dña.: con D.N.I nº En representación de: Empresa/Entidad: NIF/CIF: Con domicilio social en: Provincia Municipio Localidad CP Calle Teléfono: Fax: Persona de contacto:
Más detallesCONSEJERIA DE AGRICULTURAYPESCA
Página núm. 6.728 BOJA núm. 50 cuya emisión se dispone tendrán la calificación de Bonos segregables y las operaciones de segregación y reconstitución se podrán realizar apartir de la fecha que se fije
Más detalles(BOE núm. 134, de 5 de junio de 2003)
Real Decreto 605/2003, de 23 de mayo, por el que se establecen medidas para el tratamiento homogéneo de la información sobre las listas de espera en el Sistema Nacional de Salud. Última actualización:
Más detallesSe propone a la Junta de Castilla y León, la adopción del siguiente:
EXPEDIENTE PARA EL CONSEJO DE GOBIERNO Consejería, Nº. y año de expediente SAN- /2016 BOCyL SI NO Se propone a la Junta de Castilla y León, la adopción del siguiente: ACUERDO DE, DE LA JUNTA DE CASTILLA
Más detallesALERTA DE BIOMECÁNICA
ALERTA DE BIOMECÁNICA ALERTA Nº 05/2014 PLAN FINANCIACIÓN CDTI PARA PROYECTOS DE I+D+I LÍNEA Proyectos de Investigación y Desarrollo ORGANISMO CONVOCANTE CDTI OBJETO DE LA CONVOCATORIA Se financiarán proyectos
Más detallesCondensando la ley 30/2015
1 + de 478.000 empresas participantes sólo en la formación a demanda tolerancia cero contra el fraude prohibición de efectuar subcontrataciones, que se tipifica como infracción muy grave, una infracción
Más detallesINDICE. Pág. especialmente protegidas? y a las Cooperativas de Utilidad Pública?... 7
INDICE Pág. 5. CUESTIONES FISCALES... 2 - Qué Cooperativas son protegidas fiscalmente?... 2 - Qué clase de Cooperativas de primer grado son especialmente protegidas fiscalmente?... 2 - Qué Cooperativas
Más detallesReglamento regulador del funcionamiento del proceso de sugerencias y reclamaciones en el Cabildo de Gran Canaria
Reglamento regulador del funcionamiento del proceso de sugerencias y reclamaciones en el Cabildo de Gran Canaria PREÁMBULO La sociedad actual demanda la implantación de una nueva cultura orientada a satisfacer
Más detallesINFORME QUE FORMULA EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE IBERDROLA, S.A
INFORME QUE FORMULA EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE IBERDROLA, S.A. CON FECHA 12 DE ABRIL DE 2011, EN RELACIÓN CON LA PROPUESTA DE DELEGACIÓN EN FAVOR DEL PROPIO CONSEJO DE LA FACULTAD DE EMITIR OBLIGACIONES
Más detallesIII.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS
AÑO XXXIII Núm. 53 de agosto de 204 23665 III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS Consejería de Hacienda Orden de 04/08/204, de la Consejería de Hacienda, por la que se dictan normas sobre la estructura y contenido
Más detallesDECRETO SUPREMO N MINCETUR
DECRETO SUPREMO N 019-2010-MINCETUR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, conforme a la Ley N 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo MINCETUR y
Más detallesPROGRAMA 322C DESARROLLO DE LA ECONOMÍA SOCIAL Y DEL FONDO SOCIAL EUROPEO
PROGRAMA 322C DESARROLLO DE LA ECONOMÍA SOCIAL Y DEL FONDO SOCIAL EUROPEO 1. DESCRIPCIÓN Las obligaciones asumidas por el Estado en materia cooperativa, establecidas en el texto constitucional, en su artículo
Más detallesReforma de la Seguridad Social
Reforma de la Seguridad Social Modificaciones introducidas en el RDL 1/1994 (Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social), por la Ley 27/2011 (sobre actualización, adecuación y modernización
Más detallesTIPO DE AYUDA CONCEPTO CUANTÍA
TIPO DE AYUDA CONCEPTO CUANTÍA 1. Subvenciones a la constitución de la entidad. CAPÍTULO II: SUBVENCIONES PARA LA PROMOCIÓN Y EL EMPLEO. Gastos derivados de la escritura pública y otros documentos notariales
Más detallesDe esta manera, se articulan dos medidas de apoyo al sector.
PROYECTO DE REAL DECRETO /2016, DE DE, POR EL QUE ESTABLECE LA CONCESIÓN DE UNA AYUDA EXCEPCIONAL DE ADAPTACIÓN AL SECTOR PRODUCTOR VACUNO DE LECHE, Y SE MODIFICA EL REAL DECRETO 1075/2014, DE 19 DE DICIEMBRE,
Más detallesMEMORIA NORMALIZADA PROYECTOS PRODUCTIVOS
MEMORIA NORMALIZADA PROYECTOS PRODUCTIVOS DATOS PERSONALES DEL SOLICITANTE. DATOS EN CASO DE PERSONAS FÍSICAS: NIF. Primer Apellido. Segundo Apellido. Nombre. Dirección. C.P. Municipio. Provincia. Teléfono/s.
Más detallesSITUACION ACTUAL Y PRESPECTIVAS DE LA AGRICULTURA ESPAÑOLA: REFORMA DE LA PAC HORIZONTE 2020
SITUACION ACTUAL Y PRESPECTIVAS DE LA AGRICULTURA ESPAÑOLA: REFORMA DE LA PAC HORIZONTE 2020 SUBDIRECCION GENERAL DE CULTIVOS HERBACEOS E INDUSTRIALES VIII JORNADA TECNICA ACEFER MADRID 31/10/2012 RETOS
Más detallesEstimular la inversión empresarial regional para el fomento económico, la creación de empleo y la competitividad.
OBJETIVO: Estimular la inversión empresarial regional para el fomento económico, la creación de empleo y la competitividad. Inyección de 9.000.000 para promover el desarrollo de proyectos empresariales
Más detallesPROGRAMA ESTRATEGICO DE COMERCIO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 2016/2020: INDICADORES Y GOBERNANZA
1 (20 de julio de 2016) PROGRAMA ESTRATEGICO DE COMERCIO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 2016/2020: INDICADORES Y GOBERNANZA INDICADORES GOBERNANZA DEL PLAN Programa 1 DINAMIZACION COMERCIAL 1. Cooperación
Más detallesPAC PRESUPUESTO SUFICIENTE. 2.- LIMITACIÓN DE LA SUPERFICIE ELEGIBLE. 3.- IMPEDIR LA TASA PLANA.
PAC 2014-2020 1.- PRESUPUESTO SUFICIENTE. 2.- LIMITACIÓN DE LA SUPERFICIE ELEGIBLE. 3.- IMPEDIR LA TASA PLANA. PAC 2014-2020 PRESUPUESTO SUFICIENTE MARCO FINANCIERO PLURIANUAL TECHO NACIONAL PARA ESPAÑA
Más detallesREGLAMENTO DELEGADO (UE) Nº /.. DE LA COMISIÓN. de
COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 11.3.2014 C(2014) 1450 final REGLAMENTO DELEGADO (UE) Nº /.. DE LA COMISIÓN de 11.3.2014 por el que se completa el Reglamento (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo
Más detallesPROGRAMA 492M DEFENSA DE LA COMPETENCIA EN LOS MERCADOS Y REGULACIÓN DE SECTORES PRODUCTIVOS
PROGRAMA 492M DEFENSA DE LA COMPETENCIA EN LOS MERCADOS Y REGULACIÓN DE SECTORES PRODUCTIVOS 1. DESCRIPCIÓN El funcionamiento eficiente de los mercados y la existencia de una competencia efectiva son principios
Más detallesProgramación
EL FONDO SOCIAL EUROPEO: Programación 2014-2020 Carlos Tortuero Martín Unidad Administradora del Fondo Social Europeo ctortuerom@meyss.es 1 PROPUESTA DE LA CE PARA EL MARCO FINANCIERO 2014-2020 REGLAMENTO
Más detallesPrograma de Apoyo a la financiación de circulante 2015
Programa de Apoyo a la financiación de circulante 2015 Euribor (a 6 meses) + 2,00%, (diferencial máximo) ICO SGR; Ref. ICO + 0,75% (máximo 3 años) Línea CIRCULANTE GOBIERNO VASCO 2015 con aval de Elkargi
Más detallesPlan Anual de Actuaciones 2014/2015 Consejo Social Universidad de Málaga
Plan Anual de Actuaciones 2014/2015 Consejo Social Universidad de Málaga Sumario 1. Introducción 2. Principios Básicos 3. Objetivos Generales 4. Ejecución del Plan 5. Información 6. Marco General de Actuación
Más detallesInforme Ejecución Anual 2015 del PO FEDER de ANDALUCÍA
Anualidad 2015 Informe Ejecución Anual 2015 del PO FEDER de ANDALUCÍA 2014 2020. Anexo I Resumen para la Ciudadanía. El Programa Operativo FEDER de Andalucía, aprobado por la Comisión Europea el 30 de
Más detallesEL AGRICULTOR ACTIVO EN LA NUEVA PAC Y SU GESTIÓN EN LA MEDIDA II DEL POSEI
EL AGRICULTOR ACTIVO EN LA NUEVA PAC Y SU GESTIÓN EN LA MEDIDA II DEL POSEI Introducción: La nueva PAC, que comenzó a aplicarse el 1 de enero de 2015, establece como requisito a los perceptores de pagos
Más detallesPROGRAMA DE BECAS INTERNACIONALIZACION CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE BECAS DE INTERNACIONALIZACIÓN, PARA EL EJERCICIO 2012
PROGRAMA DE BECAS INTERNACIONALIZACION CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE BECAS DE INTERNACIONALIZACIÓN, PARA EL EJERCICIO 2012 Objetivos del Programa La internacionalización de la economía y de las empresas
Más detallesBASES Y CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO Y MATERIAL DIDÁCTICO PARA EL CURSO ESCOLAR
Ayuntamiento de Casillas (ÁVILA) Plaza España, 1 Telef.: 91 866 71 15 Fax: 91 866 70 73 05428 Casillas (Ávila) ayuntamiento@casillas.es BASES Y CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO
Más detallesPLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES AYUNTAMIENTO DE SABIÑÁNIGO
PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES AYUNTAMIENTO DE SABIÑÁNIGO PREÁMBULO El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones introdujo una obligación novedosa para los órganos de
Más detallesLINEA DE FINANCIACION PARA PYMES Y EMPRESARIOS INDIVIDUALES
LINEA DE FINANCIACION PARA PYMES Y EMPRESARIOS INDIVIDUALES Empresas y personas beneficiarias. a) Las pequeñas y medianas empresas (PYME), domiciliadas o establecidas en la Comunidad Autónoma de Euskadi,
Más detallesAnexo I. Elementos de información que debe contener el plan estratégico.
Anexo I Elementos de información que debe contener el plan estratégico. 1. Antecedentes y contexto. Deberá justificarse la existencia de la AEI. Se dará cuenta de la evolución de la agrupación desde su
Más detallesRESUMEN DE LA POLÍTICA DE CONFLICTOS DE INTERÉS GRUPO CIMD
RESUMEN DE LA POLÍTICA DE CONFLICTOS DE INTERÉS GRUPO CIMD Versión 31.10.2014 I. INTRODUCCIÓN La normativa vigente, legislación comunitaria MiFID (Directiva 2004/39/CE del Parlamento Europeo y de la Comisión
Más detallesDELEGACIÓN DE LAS FACULTADES DE GESTIÓN
DELEGACIÓN DE LAS FACULTADES DE GESTIÓN Y RECAUDACIÓN DE TRIBUTOS E INGRESOS DE DERECHO PÚBLICO DE CARÁCTER PERIÓDICO EN LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ÁVILA. A) Ayuntamientos DELEGACIÓN DE LAS FACULTADES
Más detallesLA REFORMA DE LA PAC : PAQUETE LEGISLATIVO
LA REFORMA DE LA PAC 2014-2020: PAQUETE LEGISLATIVO Reglamento (UE) 1307/2013 que establece las normas aplicables a los pagos directos a los agricultores Reglamento (UE) 1308/2013 que crea la organización
Más detallesESTRATEGIA ESPAÑOLA DE EMPLEO
ESTRATEGIA ESPAÑOLA DE EMPLEO Puntos Destacados Marco normativo de la Estrategia Deriva del Acuerdo Económico y Social firmado el 3 de febrero de 2011. Dentro de este Acuerdo, a su vez se contemplaba la
Más detallesLEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: sin modificaciones
Real Decreto 2274/1985, de 4 de diciembre, por el que se regulan los Centros Ocupacionales para minusválidos. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social «BOE» núm. 294, de 9 de diciembre de 1985 Referencia:
Más detallesEn función del tipo de producto elaborado pueden ser aplicables, de forma adicional, otras normas.
1/5 Y MEDIO AMBIENTE DIRECCIÓN GENERAL DE PRODUCCIONES Y MERCADOS AGRARIOS COMISION NACIONAL DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE ALIMENTACIÓN ANIMAL ACUERDO DE LA COMISIÓN NACIONAL EN MATERIA DE ALIMENTACIÓN
Más detalles3. DERECHOS ESTATUTARIOS Y PRINCIPIOS RECTORES 3.B) PRINCIPIOS RECTORES 3.B) 7 EMPLEO Y RELACIONES LABORALES
3. DERECHOS ESTATUTARIOS Y PRINCIPIOS RECTORES 3.B) PRINCIPIOS RECTORES 3.B) 7 EMPLEO Y RELACIONES LABORALES COMUNITAT VALENCIANA L.O. 1/2006, de 10 de abril, de reforma de la L.O. 5/1982, de 1 de julio,
Más detalles