FOMENTO A LA INVERSIÓN PRIVADA EN OBRAS DE RIEGO Y DRENAJE LEY Nº BASES ESPECIALES DE POSTULACIÓN

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1 Página 1 de 16 FOMENTO A LA INVERSIÓN PRIVADA EN OBRAS DE RIEGO Y DRENAJE LEY Nº CONCURSO PÚBLICO Nº RIEGO EN SECANO Y RIEGO EN COMUNAS POBRES PEQUEÑOS PRODUCTORES AGRÍCOLAS - EMPRESARIOS MEDIANOS y ORGANIZACIONES DE USUARIOS - ÁREAS DE SECANO Y COMUNAS POBRES BASES ESPECIALES DE POSTULACIÓN 1) Facultad Legal La Comisión Nacional de Riego llama al presente Concurso, en virtud de las atribuciones que le otorgan la Ley Nº , de 1985, modificada por las Leyes Nº , de 29 de agosto de 1994 y Nº , de 26 de enero de 1999, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 397, de 1996, del Ministerio de Agricultura; el D.F.L. Nº 7, de 1983, que fija el texto refundido del D.L.Nº de 1975, ambos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, modificado por la Ley Nº , artículo 2º, y la Resolución C.N.R. Nº 328, de ) Objetivo del Concurso 2 Este concurso tiene como objetivo la adjudicación de la bonificación que otorga la Ley Nº y sus modificaciones, a las personas naturales o jurídicas calificadas como, Empresarios Medianos, Comunidades Agrícolas regidas por el DFL Nº 5 /1968 de Agricultura, Pequeños Productores Agrícolas, sean o no posibles beneficiarios de INDAP, y a las Organizaciones de Usuarios de pequeños productores (2) (integradas a lo menos por un 66% de pequeños productores), constituidas o en proceso de constitución, cuyos proyectos de Obras Civiles y/o Tecnificación, intra o extraprediales hayan sido revisados previamente y cuenten con Certificado de Calificación, y que además, resulten seleccionados y aprobados, de conformidad con los procedimientos determinados en el citado cuerpo legal, en el Reglamento, en las Bases 1 Las Bases de este Concurso se encuentran disponibles en página Web: 2 Aclaración del 22/11/04

2 Página 2 de 16 Generales (Administrativas y Técnicas) y en las presentes Bases y se ejecuten para los fines establecidos en el Artículo 1º de la Ley ) Carácter del Concurso Este Concurso está destinado a los proyectos de riego de las áreas de secano de las regiones IV a VIII y Metropolitana indicadas en el cuadro Nº 1 que constituirán el Grupo A del presente concurso, y para aquellos proyectos emplazados en las áreas de riego o secano definidas como comunas pobres individualizadas en el cuadro Nº2. que constituirán el Grupo B del presente concurso. Cuadro Nº 1 Áreas del Secano Advertencia : Las comunas señaladas con (*) deberán participar en el Grupo Comunas Pobres. REGIÓN PROVINCIA COMUNA METROP. CHACABUCO LAMPA TIL TIL MELIPILLA MELIPILLA SAN PEDRO ALHUÉ CUARTA ELQUI LA SERENA LA HIGUERA COQUIMBO ANDACOLLO(*) VICUÑA PAIGUANO LIMARÍ OVALLE RÍO HURTADO(*) MONTE PATRIA COMBARBALÁ PUNITAQUI(*) CHOAPA ILLAPEL(*) SALAMANCA(*) LOS VILOS CANELA(*) QUINTA SEXTA SAN ANTONIO CACHAPOAL COLCHAGUA CARTAGENA SAN ANTONIO SANTO DOMINGO LAS CABRAS LOLOL CHÉPICA SANTA CRUZ PUMANQUE PALMILLA PERALILLO

3 SÉPTIMA OCTAVA J. M. CARO PICHILEMU NAVIDAD LA ESTRELLA LITUECHE MARCHIGÛE PAREDONES CURICÓ TALCA LINARES CAUQUENES BÍO-BÍO ÑUBLE ARAUCO MOLINA SAGRADA FAMILIA HUALAÑÉ LICANTÉN VICHUQUÉN RAUCO EMPEDRADO(*) CONSTITUCIÓN(*) CUREPTO(*) PARRAL(*) RETIRO(*) SAN JAVIER CAUQUENES CHANCO PELLUHUE NACIMIENTO CABRERO YUMBEL(*) SAN ROSENDO(*) SANTA BÁRBARA ÑIQUÉN SAN NICOLÁS QUILLÓN QUIRIHUE(*) NINHUE(*) COBQUECURA(*) RÁNQUIL PORTEZUELO(*) COELEMU(*) TREGUACO(*) TIRÚA CAÑETE CONTULMO LOS ÁLAMOS LEBU(*) ARAUCO(*) Página 3 de 16 CONCEPCIÓN HUALQUI TOMÉ(*) SANTA JUANA(*) FLORIDA(*) CUADRO Nº2 LISTADO DE COMUNAS RURALES POBRES SEGÚN ENCUESTA CASEN 2000 MIDEPLAN REGION PROVINCIA COMUNAS I REGIÓN PARINACOTA PUTRE GENERAL LAGOS

4 Página 4 de 16 IQUIQUE CAMIÑA COLCHANE IV REGION ELQUI CHOAPA ANDACOLLO RIO HURTADO PUNITAQUI ILLAPEL SALAMANCA CANELA VII REGION VIII REGION TALCA LINARES ÑUBLE BIO BIO CONCEPCION ARAUCO SAN CLEMENTE EMPEDRADO CONSTITUCION CUREPTO PARRAL RETIRO SAN CARLOS COIHUECO PEMUCO BULNES PORTEZUELO COELEMU TREHUACO COBQUECURA QUIRIHUE NINHUE TUCAPEL QUILLECO QUILACO NEGRETE LAJA SAN ROSENDO YUMBEL PENCO TOME FLORIDA SANTA JUANA LOTA CORONEL LEBU ARAUCO CURANILAHUE

5 IX REGION LOS ALAMOS CAÑETE Página 5 de 16 X REGION MALLECO CAUTIN VALDIVIA OSORNO ANGOL RENAICO COLLIPULLI LONQUIMAY CURACAUTIN ERCILLA VICTORIA TRAIGUEN LUMACO PUREN LOS SAUCES LAUTARO PERQUENCO VILCUN MELIPEUCO CURARREHUE VILLARRICA FREIRE LONCOCHE TEODORO SCHMIDT SAAVEDRA CARAHUE GALVARINO PADRE LAS CASAS LANCO FUTRONO LA UNION RIO BUENO OSORNO 4) Requisitos de los Postulantes Podrán acogerse a la bonificación que establece la Ley por las obras e inversiones que ejecuten en beneficio directo de los respectivos predios, las personas naturales o jurídicas propietarias, usufructuarias, poseedoras inscritas o meras tenedoras en proceso de regularización de títulos de predios agrícolas, y que cumplan con los requisitos para ser calificados por la Comisión Nacional de Riego como Pequeños Productores Agrícolas, sean o no beneficiario de INDAP, Empresarios Medianos, Organizaciones de Usuarios y Comunidades de Aguas no Organizadas, indicadas en el punto 2 de las Bases Generales Administrativas y que sean calificadas como de pequeños productores

6 Página 6 de 16 agrícolas, excluyéndose los solicitantes individualizados en los puntos y de las referidas Bases Podrán acogerse a la bonificación las Comunidades Agrícolas regidas por el Decreto DFL Nº 5 de 1968 del Ministerio de Agricultura, entendiéndose que la comunidad postula como un ente jurídico, o sea su postulación será equivalente a un solo beneficiario. Las Organizaciones de Usuarios de Pequeños Productores Agrícolas que opten por hacer valer la garantía señalada en el Artículo 5º de la Ley y referido al Artículo 3º, incisos 3º y 4º, de la Ley modificada, y que cuenten con el apoyo del Instituto de Desarrollo Agropecuario (INDAP) para la preparación de sus proyectos y/o la construcción de las obras, deberán demostrar que se encuentran acogidos a convenio con INDAP señalándolo expresamente en el Certificado del INDAP extendido por el Director Regional respectivo. Se entenderá por "beneficiario", para los efectos de la aplicación de la Ley, la persona natural o jurídica que postula a un proyecto, que recibiría directamente los beneficios del proyecto presentado. 5) Obras comprendidas Se podrá incluir obras intra o extraprediales mencionadas en los puntos 3.1 y 3.2 de las Bases Técnicas de Riego y Tecnificación. Los proyectos que consideren la construcción y habilitación o rehabilitación de pozos deberán necesariamente que estar asociado a un proyecto de riego tecnificado. Se aceptarán postulaciones con derechos de aguas de carácter eventuales y/o provisional para la IX y X Regiones inscritas o con Resolución DGA. Quedan excluidas de este Concurso las obras destinadas a la construcción, ampliación y reparación de embalses estacionales. 5.1 Acreditación de Derechos de Aguas Subterráneas. Los proyectos que se presenten a revisión, si no cuentan con derechos inscritos, deberán acompañar al momento de su ingreso a ventanilla la certificación de la DGA en el sentido que la obra se ajusta al Reglamento sobre Normas de Exploración y Explotación de aguas subterráneas (Art 11 letra e) del Reglamento). Los proyectos que consideren la rehabilitación de pozos existentes, deberán acompañar al momento de su ingreso a ventanilla copia de la inscripción de los derechos de aguas del pozo con certificado de vigencia. Al momento de solicitar la recepción definitiva de la obra, y previo al pago de la Bonificación el Beneficiario deberá presentar copia vigente de la inscripción de

7 Página 7 de 16 los derechos de aprovechamiento del pozo o en su defecto copia del ingreso de la solicitud de derechos de aprovechamiento de aguas, certificado de no oposición y copia de las publicaciones que exige el Código de Aguas. El pago anterior estará gravado con la obligación de obtener la concesión del derecho de aprovechamiento (definitivos, eventuales o provisionales) y su ejercicio por a lo menos 10 años contados desde la fecha de recepción definitiva. En el caso que oficialmente la DGA deniegue el otorgamiento de los derechos solicitados o deje sin efecto los derechos provisionales otorgados, el beneficiario deberá restituir la parte proporcional de la bonificación con relación al tiempo que faltare para cumplir los 10 años de permanencia y uso efectivo que exige la Ley (Art 26 y 28 Reglamento). No se harán efectivas las exigencias del Punto 5.1. para los proyectos de los pequeños productores del grupo Areas de Comunas Pobres con caudal de hasta 1 l/s. 6) Costo Máximo de las Obras Para los proyectos individuales no podrá exceder de UF , según lo establece el inciso 4 primera parte del Artículo Nº 1 de la Ley Nº , modificada por la Ley Nº de Para proyectos presentados por Organizaciones, no podrá exceder de UF , según lo establece el inciso 4 parte final del Artículo Nº 1 de la Ley Nº , modificada por la Ley Nº de Cada solicitante podrá presentar más de un proyecto a este Concurso, siempre que sus costos totales, sumados, no excedan del monto señalado en el párrafo anterior. 7) Fondo Disponible 3 El monto asignado a este concurso asciende a $ , equivalentes a unidades de fomento, de acuerdo con el valor de ésta a la fecha de apertura del Concurso, repartidos en dos grupos, subdividido en lotes: Grupo A: Para proyectos emplazados en Áreas de Secano, el monto disponible es de $ Lote 1 Para los proyectos individuales presentados por los pequeños productores agrícolas sean o no posibles beneficiarios de INDAP y por las organizaciones de usuarios de pequeños productores agrícolas (3), el monto disponible será de $ Modificación del 22/11/04

8 Página 8 de 16 Lote 2 Para los proyectos presentados por los empresarios medianos, el monto disponible será de $ Grupo B: Para proyectos emplazados en las áreas de riego y secano de las Comunas Pobres, el monto disponible es de $ Lote 3. Para los proyectos individuales presentados por las comunidades agrícolas, los pequeños productores agrícolas sean o no posibles beneficiarios de INDAP el monto disponible será de $ Lote 4 Para los proyectos presentados por las organizaciones de usuarios de pequeños productores agrícolas, el monto disponible será de $ Lote 5 Para los proyectos presentados por los empresarios medianos, el monto disponible será de $ La determinación de puntajes y la selección de los proyectos se realizará en la forma que se establece en el punto de las B.G.A., y el punto 13 de las presentes Bases.. El postulante deberá indicar claramente en la carta de postulación el grupo y Lote al que postula el proyecto. 8) Presentación de los proyectos 4 Tres ejemplares del proyecto con los antecedentes técnicos y legales indicados en las Bases Generales Administrativas y Técnicas, se ingresarán en la ventanilla de diciembre 2004 en las oficinas regionales individualizadas en el punto 5.2 de las B.G.A, los días 6 al 13 de diciembre de 2004 en horario de oficina. Excepcionalmente y solo para proyectos presentados en el Lote 3 del Grupo B Comunas Pobres, cuyos beneficiarios sean clasificados como: pequeño productor agrícola (posibles beneficiarios de INDAP) o pequeño productor de etnias indígenas ( , de las B.G.A), ambos casos certificados individualmente por INDAP o CONADI. a) se aceptará el ingreso de documentos en copias simples y sin vigencia, las copias autorizadas de los documentos y sus vigencias deberán ser acompañadas al proyecto definitivo, y previo a la emisión del Certificado de Calificación, b) para proyectos cuyo costo se igual o menor a UF100 se aceptará incorporar el IVA como parte del costo del proyecto. 4 Modificación del 22/11/04

9 Página 9 de 16 Los proyectos que tengan la calidad de no seleccionados y que no cuenten con Certificado de Pre Aprobación, deberán ingresar en ventanilla su solicitud de emisión de Certificado de Calificación acompañando: a) la modificación del presupuesto del proyecto aprobado, que incorpore el valor del AITO y modifique el monto del IVA si corresponde, y b) los Certificados de vigencia de aquellos documentos que los requieran. Los proyectos no seleccionados y que cuenten con Certificado de Pre- Aprobación, no requerirán solicitar el Certificado de Calificación, pudiendo postular a concurso con una copia del Certificado de Pre Aprobación. Aquellos Certificados de Pre Aprobación que a la fecha de apertura del concurso tengan un año o mas de extendidos (4), deberán además adjuntar vigencias de poderes u otros documentos que lo requieran. Aquellos proyectos de organizaciones de pequeños productores que cuenten con certificados de calificación o pre aprobación que deseen repostular, cuyo cálculo de superficie se efectuó bajo los criterios de las bases técnicas anteriores a las Bases Generales Técnicas de Riego y Tecnificación, deberán adjuntar el cálculo de superficies de su proyecto (nuevo riego y ponderada), en cualquier ventanilla previa a la que corresponda al mes de la apertura del concurso. Por otra parte si el certificado de calificación o de pre aprobación fue emitido sin la calificación de la organización como de pequeños productores agrícolas, deberán ingresar en ventanilla los antecedentes necesarios para solicitar esta calificación (4) Aquellos proyectos que soliciten acogerse al artículo 4º de la Ley (inicio anticipado), deberán pagar al momento de dar aviso de inicio de obra, el valor del Costo ITO, incorporando en el presupuesto del proyecto dicho valor. Lo anterior no será exigible si a la fecha del inicio de obras no esté oficializado el procedimiento de cobro del Costo ITO. 9) Revisión de los proyectos Los proyectos se revisarán de acuerdo a los puntos y de las B.G.A., mediante la modalidad que corresponda. Excepcionalmente, para la entrega del proyecto definitivo, como alternativa a lo exigido en el punto de las B.G.A. y sólo con autorización previa del revisor, debidamente constatada, se podrá completar o reemplazar los antecedentes del proyecto presentado en ventanilla. Además podrá ser aceptado sin la firma del consultor en todas sus hojas exigida en el inciso 2º del numeral de las B.G.A. En caso que el proyecto fuese rechazado en su ingreso o posterior a su revisión fuese declarado no calificado, el solicitante, mediante solicitud suscrita por él, deberá retirar los ejemplares de su proyecto. Para ello tendrá un

10 Página 10 de 16 plazo de 60 días contados desde la fecha de notificación de tal calidad, después de esa fecha esta documentación será eliminada de los archivos de la CNR. 10) Presentación de las postulaciones 5 La fecha de postulación corresponderá a los días 06 y 07 de julio de 2005, en horas de atención a público en las oficinas regionales indicadas en el punto 5.2 de las Bases Generales Administrativas y que corresponda a la región donde se ubica el proyecto La carta de postulación deberá indicar claramente al Grupo y Lote al cual postula y adjuntar un sobre cerrado el que deberá contener un original y una copia de los siguientes documentos: a) Carta Aporte según formato anexo, especificando claramente en números y letras impresas el porcentaje de aporte ofrecido. Esta carta debe ser firmada ante Notario por el Beneficiario o su representante legal. b) Copia del Certificado de Calificación o Pre Aprobación. Además cuando sea procedente: c) Formato Antecedentes del Proyecto 6 d) Aquellos Certificados de Calificación o Pre Aprobación cuya fecha de emisión al momento de la apertura sea anterior en 365 días o más, deberán adjuntar vigencia de aquellos documentos que lo requieran, en especial de los poderes de representación. 11) Apertura del Concurso. La apertura de los sobres de postulación, será realizada por los funcionarios del SAG y de la DOH designados para tal efecto, en presencia de los interesados que concurran, el 8 de julio de 2005, a las 10:00 horas. En ese acto se procederá a levantar el Acta de Apertura, en la cual se detallará, uno a uno, a lo menos el nombre de los proyectos postulados, nombre del beneficiario, costo del proyecto (UF), porcentaje de aporte, superficie de nuevo riego (o equivalente) y la verificación de que en la presentación del postulante se acompañan todos los antecedentes exigidos en el punto 10 anterior, de faltar alguno, se objetará dicha postulación, indicando que no cumple con las Bases. 5 Modificación del 02/05/05 6 incluir solo en aquellas postulaciones en que su Certificado de Pre Aprobación o de Calificación no se detalla las variables concursales del proyecto

11 Página 11 de 16 El Acta de Apertura podrá ser suscrita por los asistentes. Los que se consideren afectados u objeten algún procedimiento del acto de apertura, podrán en un plazo de tres días hábiles formular su reclamo por escrito en comunicación dirigida al Secretario Ejecutivo de la CNR con copia al presidente de la Comisión Regional de Riego, ingresada en la Oficina de Partes de la DOH Regional, quien remitirá dicha comunicación junto con toda la documentación del concurso a la CNR. 12) Revisión de las Postulaciones Las Comisiones Regionales de Riego enviarán, dentro de los 5 días hábiles siguientes, contados desde la apertura del Concurso, toda la documentación de las postulaciones (aceptadas u objetadas). La Secretaría Ejecutiva revisará las postulaciones presentados a concurso, y resolverá sobre las reclamaciones interpuestas, confeccionará el listado definitivo de las postulaciones aceptadas del concurso, rechazando los que no cumplen con la Ley, el Reglamento y las Bases del Concurso, de conformidad al Artículo 6º de la Ley. 13) Determinación de los Puntajes y Selección Preliminar de los Proyectos La Secretaría Ejecutiva de la Comisión Nacional de Riego, respecto de las postulaciones al Concurso que hayan sido aceptada por ella, las desagregará en dos grupos según se indica en los puntos 3 y 7 anterior. En forma separada para cada Lote, se calcularán los puntajes y determinará el orden de prelación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 4º y 5º de la Ley, procediéndose a seleccionar proyectos hasta copar el monto asignado al Lote correspondiente. En la eventualidad que después de este procedimiento, existiesen saldos disponibles, estos se sumarán y pasarán a incrementar el fondo disponible para el Lote 3 del Grupo B procediéndose a realizar una nueva corrida de puntaje. Si no se ocuparen estos fondos en su totalidad, el saldo generado quedará a disposición del Lote 4 procediéndose en forma análoga a la anterior. Si después de realizar la corrida de puntaje en este Lote, aún sobraren fondos, este saldo se adicionará al Lote 5. Si nuevamente sobraren fondos, estos se adicionarán al Lote 1 del Grupo A y al Lote 2 del Grupo A en este orden o hasta agotar los fondos.

12 Página 12 de 16 14) Comunicación del Puntaje preliminar de los proyectos Admitidos. La Secretaría Ejecutiva de la CNR, en la forma indicada en el inciso primero del Artículo 15º del Reglamento, comunicará el resultado del concurso a los interesados. 15) Apelaciones. Los afectados podrán reclamar ante la Secretaría Ejecutiva de la CNR, por su no admisión al concurso o por el puntaje asignado a su proyecto dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la fecha de publicación a que se refiere la disposición citada en el punto anterior. 16) Resolución del concurso y comunicación de los resultados definitivos. Resueltas las reclamaciones o vencido el plazo para formularlas, la Comisión dictará una resolución en la cual se indicará la nómina definitiva de las personas cuyos proyectos han sido aprobados y se les adjudicará la bonificación. La Secretaría Ejecutiva de la Comisión Nacional de Riego comunicará a los interesados por carta certificada la citada resolución o el rechazo de las reclamaciones interpuestas. 17) Certificado de Bonificación El "Certificado de Bonificación al Riego y Drenaje" será emitido por la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Nacional de Riego y se entregará personalmente a los beneficiarios en las Oficinas Regionales de la DOH o en ceremonia regional cuya fecha y lugar se comunicará al beneficiario vía , y a su dirección personal informada en su postulación, los certificados rezagados serán entregados posteriormente en las Oficinas Regionales indicadas en el punto 5.2 de las Bases Administrativas 18) Periodo de Consultas La Secretaría Ejecutiva aceptará consultas por escrito sobre aspectos de estas Bases, hasta veinte días antes de la apertura del concurso. La respuesta podrá ser despachada mediante correo electrónico.

13 19) Valor de las Bases Página 13 de 16 Las presentes están gratuitamente a disposición de los interesados en el sitio web liberándose a los interesados de la obligación de su adquisición. BKR/EMM/PCP/OBS/FBF/jea FB/conc.ley/bases 2004/Modif/Modif 02/11/04/B.E modif 02/05/05

14 Página 14 de 16 Formato que se debe llenar y acompañar en los antecedentes de postulación, aquellos proyectos con Certificados de Pre Aprobación o Calificación que no especifique el detalle de las variables concursales CARTA DE POSTULACIÓN A CONCURSO LEY Nº SEÑOR SECRETARIO EJECUTIVO COMISIÓN NACIONAL DE RIEGO SANTIAGO Sr. Secretario Ejecutivo: CONCURSO Nº / Grupo...: Lote... Fecha: Con el objeto de participar en el Concurso Nº, de la Ley Nº , [Grupo, Lote,] adjunto sobre postulación del proyecto denominado Código., que postulo a la bonificación establecida en dicho cuerpo legal. Asimismo, señalo que... ( 7 ) me acojo al inicio anticipado de obras señalada en el... (8 ) Saluda atentamente a Ud.,... Firma, Nombre o Razón Social del solicitante o Representante Legal ( 7 ) Indicar Sí o No. ( 8 ) Indicar si se acoge al inciso 2º, Art. 20 del Reglamento o al inciso 2º, Art. 4º de la Ley.

15 CARTA DE APORTE Este documento debe ser suscrito ante Notario Página 15 de 16 CONCURSO Nº LEY Nº Grupo Lote SEÑOR SECRETARIO EJECUTIVO COMISIÓN NACIONAL DE RIEGO SANTIAGO Fecha: Sr. Secretario Ejecutivo: En relación al proyecto denominado , código...,que postulo al Concurso Nº... de la Ley Nº , informo a Ud. que comprometo un aporte de. % ( por ciento) del costo total de mi proyecto. Indicar aporte en letras impresas, no se acepta manuscritas Saluda atentamente a Ud.,... Nombre o Razón Social y firma del solicitante o Representante Legal

16 Página 16 de 16 ANTECEDENTES DEL PROYECTO CALIFICADO Código Proyecto Nombre Beneficiario Nombre Proyecto Variables concursales Costo en UF Superficie de nuevo riego en ha Superficie ponderada Número de Beneficiarios NOTA: Los valores de las variables concursales que deben ser transcritas en este formulario corresponden a aquellas contenidas en el ejemplar del proyecto que obtuvo el Certificado de Calificación o Pre-Aprobación

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