Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado"

Transcripción

1 CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL LISANDRO ALVARADO (UCLA) Y LA FUNDACIÓN DE CAPACITACIÓN E INNOVACIÓN PARA APOYAR LA REVOLUCIÓN AGRARIA (CIARA) Entre la FUNDACIÓN DE CAPACITACIÓN E INNOVACIÓN PARA APOYAR LA REVOLUCIÓN AGRARIA (CIARA), creada por Decreto Presidencial Nº 562 de fecha 14 de junio de 1966, publicado en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela Nº de la misma fecha, con personalidad jurídica adquirida mediante la protocolización de su Acta Constitutiva junto con sus Estatutos Sociales por ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro del Departamento (hoy Municipio) Libertador del Distrito Federal, (hoy Distrito Capital) en fecha 14 de abril de 1967, bajo el Nº 13 Vto., Protocolo Primero, Tomo 17, siendo sus últimas reformas las siguientes: modificación de su objeto mediante Decreto Presidencial Nº de fecha 06 de febrero de 2001, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº de fecha 09 de febrero de 2001 y modificación de sus Estatutos Sociales por documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Primer Circuito del Municipio Libertador del Distrito Capital, Caracas, en fecha 31 de enero de 2007, bajo el Nº 26, Tomo 9, Protocolo 1, publicados en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº de fecha 13 de febrero de 2007, actualmente adscrita al Ministerio del Poder Popular para la Economía Comunal, según consta en Decreto Nº de fecha 20 de marzo de 2007, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº de fecha 28 de marzo de 2007, representada en este acto por su Presidenta, ciudadana GLADIS JOSEFINA AYALA PARÉS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº , Comunicadora Social, carácter que consta en Resolución Nº 073 de fecha 14 de febrero de 2007, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº de fecha 21 de marzo de 2007, quien en lo adelante y a los efectos de este convenio se denominará CIARA por una parte, y por la otra, la UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL LISANDRO ALVARADO, con sede en Barquisimeto, Estado Lara, creada mediante Decreto del Ejecutivo Nacional de la República de Venezuela Nº 980 del 7 de noviembre de 1967, publicado en la Gaceta Oficial Nº de esa misma fecha, representada por el Rector, FRANCESCO LEONE DURANTE, venezolano, mayor de edad, con domicilio en Barquisimeto, Estado Lara, Licenciado en Contaduría Pública, identificado con Cédula de Identidad Venezolana Nº , electo para el cargo de Rector de conformidad con lo previsto en el Capitulo III del Título II del Reglamento de la Universidad Centroccidental, según consta en Acta de Proclamación y Juramentación del 15 de mayo de 2006, inserta bajo el Nº 34, Tomo

2 112 de los Libros de Autenticaciones de la Notaría Pública Cuarta de Barquisimeto, en fecha 18 de mayo de 2006, acorde con lo dispuesto en el Artículo 26 numeral 13 de la Ley de Universidades y el Artículo 12 del Reglamento de la Universidad Centroccidental, quien actúa para los efectos de este Convenio con autorización del Consejo Universitario en su Sesión Ordinaria Nº 1790 de fecha , que en lo adelante se denominará LA UNIVERSIDAD. Que en fecha 23/06/2005 mediante Punto de Cuenta Nº 71, a solicitud del MINEP, el presidente de la República Bolivariana de Venezuela aprobó recursos financieros a CIARA para ejecutar el Programa Integral para el Desarrollo Lechero en el Estado Lara, sustentado en el Componente Tecnológico, es decir, Manejo Genético, Alimentación y Sanidad Animal. Posteriormente, mediante Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº de fecha 01/09/2005, por acuerdo de la Asamblea Nacional, se autorizó al Ejecutivo Nacional que Decretara un Crédito Adicional al presupuesto de Gastos del MINEP, para transferir los recursos a CIARA. Que mediante Ley de Presupuesto para el Ejercicio Fiscal 2007 publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº Extraordinaria de fecha 11 de diciembre de 2006, se aprobaron los recursos financieros para la ejecución del Proyecto Integral para el Desarrollo Lechero en el Estado Lara. Que LA UNIVERSIDAD posee larga trayectoria y conocimientos avanzados en el área de investigación y transferencia de tecnología, CIARA tomando en cuenta los resultados positivos de esta experiencia a nivel de campo, acordó mediante el presente convenio darle continuidad al trabajo desarrollado por LA UNIVERSIDAD con la finalidad de fomentar la cooperación de ambas instituciones así como de fortalecer la economía comunal de las familias beneficiarias de los pequeños y medianos productores de ganadería de leche.

3 Que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela prevé en su artículo 136 el principio de correlación entre los órganos del Poder Público, el cual establece que colaborarán entre sí en la realización de los fines del Estado. Que la Ley Orgánica de la Administración Pública, contempla los principios de Coordinación y Cooperación, orientado el primero, a comprender la asignación de competencias, relaciones, instancias y sistemas de coordinación necesarios para mantener la orientación institucional y el segundo, destinado a asegurar la colaboración entre los órganos del Poder Público. Que el objetivo del Proyecto Integral para el Desarrollo Lechero en el Estado Lara es brindar capacitación, asistencia técnica y transferencia de tecnología que propicie la participación y organización de los productores de ganadería bovina del Estado Lara, a través del mejoramiento de los procesos socioproductivos. Se ha acordado celebrar el presente convenio de cooperación cuyo alcance y contenido se define en las cláusulas siguientes: DEL OBJETO CLAUSULA PRIMERA: El presente convenio tiene por objeto desarrollar entre las partes y en sus respectivas áreas de competencia, una relación de cooperación que permita que LA UNIVERSIDAD, bajo su propia responsabilidad, preste el servicio de asistencia técnica, acompañamiento, transferencia de tecnología, manejo sanitario, mejoramiento reproductivo y genético, con la finalidad de fortalecer el sector agropecuario, todo en el marco del Proyecto Integral para el Desarrollo Lechero en el Estado Lara, dirigido a pequeños y medianos productores agrícolas de la Región Centroccidental. PARÁGRAFO PRIMERO: Dicha relación de cooperación consiste en que CIARA transfiera los recursos financieros para el cumplimiento del objeto previsto precedentemente, y por su parte, LA UNIVERSIDAD se comprometa a prestar el

4 mencionado servicio utilizando prácticas sanitarias adecuadas, reproductivas y alternativas de alimentación con uso eficiente de los recursos locales. DEL APORTE CLÁUSULA SEGUNDA: Para el cabal cumplimiento del objeto previsto en el presente convenio, CIARA transferirá a LA UNIVERSIDAD la cantidad de DOS MILLARDOS VEINTIDOS MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL CINCUENTA Y CINCO BOLIVARES EXACTOS (Bs ,00), que serán destinados única y exclusivamente para la ejecución y cumplimiento del objeto previsto en la cláusula primera. Dicha cantidad será transferida a LA UNIVERSIDAD mediante dos (2) solicitudes de desembolsos vinculados a las necesidades programadas de esta según anexo A. A tales efectos, LA UNIVERSIDAD deberá abrir una cuenta bancaria en un Banco del Estado para la administración exclusiva de estos recursos. DE LOS DESEMBOLSOS CLAUSULA TERCERA: La solicitud de desembolso deberá contener los siguientes requisitos: 1. Monto Total del Desembolso 2. Período de Ejecución 3. Distribución por partida conforme al Clasificador Presupuestario de Recursos y Egresos, emanado de la Oficina Nacional de Presupuesto (ONAPRE). 4. Descripción de las acciones y actividades a ejecutar en el período de ejecución. 5. Metas planificadas en el período de ejecución PARAGRAFO PRIMERO: La solicitud de desembolso debe estar revisada por la administradora de LA UNIVERSIDAD y ser suscrita por el representante designado por ésta. CIARA tramitará el desembolso previa aprobación del mismo por parte de la Coordinación del Proyecto Integral para el Desarrollo Lechero en el Estado Lara. PARAGRAFO SEGUNDO: CIARA tramitará la primera solicitud de desembolso en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles de la fecha de recibido el mismo y LA UNIVERSIDAD presentará la rendición de cuentas de dicho desembolso con sus respectivos soportes en un plazo de treinta (30) días hábiles contados a partir del vencimiento del período de ejecución.

5 La segunda solicitud de desembolso se tramitará en un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir de la fecha de recepción de la misma, siempre y cuando LA UNIVERSIDAD haya comprometido en su totalidad el monto del primer desembolsado y esté debidamente rendido con sus respectivos soportes dentro de los 30 días siguientes al vencimiento del período de ejecución. PARAGRAFO TERCERO: En el caso que LA UNIVERSIDAD no comprometa la totalidad de los montos del primer desembolso CIARA informará y solicitará a LA UNIVERSIDAD la reformulación y planificación de un nuevo desembolso, con la finalidad de incluir el saldo no ejecutado. En caso que los recursos transferidos en el último desembolso no hubieren sido utilizados en su totalidad por LA UNIVERSIDAD dentro del período de duración del presente convenio, CIARA exigirá la reprogramación para el próximo año del saldo no ejecutado. PARAGRAFO CUARTO: CIARA se reserva el derecho de no efectuar el desembolso solicitado, en caso de presentarse al menos uno (01) de los siguientes supuestos: Que una vez analizados y revisados los soportes de ejecución del desembolso anterior se constate que la misma no guarda relación con el objeto del presente convenio. Que analizada y revisada la ejecución se evidencie que lo ejecutado no se corresponde con lo efectivamente programado o señalado en la solicitud de desembolso. PARAGRAFO QUINTO: A lo efectos de este convenio, se requiere que LA UNIVERSIDAD para rendir la ejecución de los desembolsos presente los soportes administrativos en copias debidamente certificadas por la autoridad a la que está atribuida dicha función, según la normativa interna de ésta. OBLIGACIONES DE CIARA CLÁUSULA CUARTA: Para el cumplimiento del objeto del presente convenio, CIARA se obliga a: 1. Transferir los recursos financieros previstos en la cláusula segunda. 2. Seleccionar las unidades de producción beneficiarias del Proyecto, mediante la aplicación de instrumentos de caracterización.

6 3. Realizar el seguimiento, evaluación y monitoreo de la ejecución físicofinanciera de las acciones, actividades y metas previstas en las solicitudes de desembolsos. 4. Promover la participación y organización del pequeño y mediano productor en las actividades que se realicen en el marco del presente documento. 5. Velar que los recursos financieros entregados a LA UNIVERSIDAD, sean utilizados exclusivamente en las acciones, actividades y metas previstas en la solicitud de desembolso. 6. Solicitar cuando lo estime necesario, cualquier tipo de información relacionada con las actividades y el uso de los fondos transferidos. 7. Auditar, supervisar, evaluar y hacer el seguimiento a las acciones, actividades y metas que ejecute LA UNIVERSIDAD con ocasión del presente convenio. 8. Establecer un plan de capacitación de acuerdo a los referenciales tecnológicos, relacionados con el manejo nutricional, sanitario, reproductivo y productivo del rebaño, así como del manejo forrajero, elaborados por LA UNIVERSIDAD. OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD CLÁUSULA QUINTA: LA UNIVERSIDAD se obliga a: 1. Administrar los recursos transferidos por CIARA 2. Realizar asistencia técnica, acompañamiento y transferencia de tecnología a las unidades de Producción previamente seleccionadas y aprobadas por CIARA. 3. Remitir a CIARA las rendiciones de los desembolsos con sus respectivos soportes. La rendición deberá ser detallada y hacer referencia a las acciones, actividades y metas programadas previamente en los desembolsos. 4. Suministra a CIARA cuando ésta lo solicite cualquier tipo de información relacionada con las acciones, actividades y metas previstas en las solicitudes de desembolsos. 5. Elaborar y presentar a CIARA los referenciales tecnológicos, relacionados con el manejo nutricional, sanitario, reproductivo y productivo del rebaño, así como del manejo forrajero para que CIARA elabore el plan de capacitación. 6. Elaborar y presentar a CIARA informes mensuales de avance físicosfinancieros dentro de los tres (03) primeros días de cada mes, tomando en cuenta los formularios previstos en el Instructivo Nº 4 emanados de la Oficina Nacional de Presupuesto (ONAPRE) y los formularios OPP-003A, OPP-003B, OPP-003D y OPP-003E, emanados del Ministerio del Poder Popular para la Economía Comunal (MINEC).

7 7. Entregar toda la información relacionada con este convenio, incluyendo informes y rendiciones, dentro de los lapsos previstos en el mismo, en las oficinas de CIARA, ubicadas en la sede de la CVA en Barquisimeto, Estado Lara, oficinas del Proyecto Integral para el Desarrollo Lechero en el Estado Lara. OBLIGACIONES DE AMBAS PARTES CLÁUSULA SEXTA: Ambas partes deberán elaborar los indicadores de producción, al momento de ser incorporada la unidad de producción como beneficiaria del Proyecto. CLÁUSULA SEPTIMA: Ambas partes podrán realizar publicaciones de los resultados que se produzcan con ocasión ala ejecución y desarrollo del presente Convenio Marco, debiendo remitir a la otra parte el contenido de la información que desee publicarse con la finalidad de coordinar su publicación definitiva, esto con el objeto de hacer constar la participación de ambas instituciones y serán divulgadas como Proyecto Integral para el Desarrollo Lechero en el Estado Lara y serán divulgadas como Proyecto Integral para el Desarrollo Lechero en el Estado Lara CIARA - LA UNIVERSIDAD con sujeción a la legislación sobre propiedad intelectual vigente. CLÁUSULA OCTAVA: Las partes aunarán esfuerzos con el objeto de mantener estricta vigilancia y tomarán las precauciones necesarias para proteger el medio ambiente, a terceros y sus propiedades, así como los bienes de la República Bolivariana de Venezuela. CLÁUSULA NOVENA: Las partes acuerdan no ceder las obligaciones contraídas en el presente documento. CLÁUSULA DECIMA: Las partes designa un representante para tratar todo lo concerniente a la ejecución del presente convenio, siendo éstos: LA UNIVERSIDAD, ciudadano Andrés Kowalski, titular de la Cédula de Identidad Nº ; en su condición de Coordinador General del Proyecto Integral para el Desarrollo Lechero en el Estado Lara por parte de la Universidad CIARA, ciudadana Delia Meléndez, titular de la Cédula de Identidad Nº , en su condición de Coordinadora General del Proyecto Integral para el Desarrollo Lechero en el Estado Lara por parte del CIARA. Estas personas designadas en el ejercicio individual de las actividades que desarrollen en el marco del convenio, deberán obligatoriamente mencionar y hacer constar la participación tanto de CIARA como de LA UNIVERSIDAD en la ejecución del mismo.

8 DE LA DURACIÓN CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA: El presente convenio entrará en vigor a partir de la fecha de su firma hasta el 31 de diciembre de DE LA RESOLUCIÓN CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA: CIARA y/o LA UNIVERSIDAD podrán rescindir o resolver unilateralmente el presente convenio, en los siguientes casos: 1. La imposibilidad de cumplir con el objeto del presente convenio 2. Por incumplimiento de cualquiera de las cláusulas establecidas por alguna de las partes. 3. Desvío de los fondos para fines distintos al objeto del Convenio 4. La oposición a la supervisión y/o auditoria establecida en el presente Convenio 5. Por reformulación al presupuesto de los proyectos ejecutados por CIARA 6. Aquellos actos que a juicio de las partes causen un perjuicio moral o económico En caso de rescisión, las partes se obligan a cumplir sus compromisos hasta el día efectivo de la misma, no dando origen a reclamaciones por daños y perjuicios de ningún tipo. CAMBIOS Y MODIFICACIONES CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA: Las partes, de mutuo acuerdo, en forma expresa y por escrito, podrán reformar o modificar el presente convenio, por razones de conveniencia o necesidad, teniéndose como finalidad el mejor cumplimiento y ejecución del objeto previsto en la cláusula primera. EXCLUSIÓN DE RESPONSABILIDAD LABORAL CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA: Queda expresamente entendido que CIARA no asume por razones de absoluta exclusión, responsabilidad laboral alguna con el personal que LA UNIVERSIDAD contrate para la ejecución del presente convenio. DE LAS NOTIFICACIONES

9 CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA: Cualquier comunicación que las partes deban dirigirse con relación a la ejecución del presente Convenio, se efectuará mediante notificación o correspondencia escrita y se considerará hecha la notificación o recibida la correspondencia, cuando hayan sido entregadas al funcionario autorizado, surtiendo todos los efectos a partir de la fecha que aparezca como recibido en la copia devuelta. A los fines del presente Convenio, se fijan las siguientes direcciones: Para CIARA, Caracas: Avenida México, Esquina La Guía, Edificio Bellas Artes, PH-1, Caracas. Distrito Capital. Teléfono: , Fax: Barquisimeto: Zona Industrial 1, entre calles 7 y 8, Edificio CVA. Frente a la Avenida Libertador, Estado Lara. Teléfono: Fax: Para LA UNIVERSIDAD : Carrera 19 con calle 8, Edificio Rectoral Universidad Centroccidental (UCLA), Barquisimeto, Estado Lara. Teléfonos: JURISDICCIÓN ESPECIAL CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA: Para todos los efectos del presente Convenio, sus derivados y consecuencias, las partes eligen como domicilio especial a la ciudad de Caracas a la Jurisdicción de cuyos Tribunales declaran expresamente someterse, con exclusión de cualquier otro. Se hacen dos (02) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en Caracas a los 09 días del mes de julio de CIARA LA UNIVERSIDAD GLADIS AYALA PARES PRESIDENTA FRANCESCO LEONE DURANTE RECTOR

10

ESTATUTOS SOCIALES DE LA FUNDACION PARA EL SERVICIO DE ASISTENCIA MEDICA HOSPITALARIA PARA LOS ESTUDIANTES DE EDUCACION SUPERIOR.

ESTATUTOS SOCIALES DE LA FUNDACION PARA EL SERVICIO DE ASISTENCIA MEDICA HOSPITALARIA PARA LOS ESTUDIANTES DE EDUCACION SUPERIOR. ESTATUTOS SOCIALES DE LA FUNDACION PARA EL SERVICIO DE ASISTENCIA MEDICA HOSPITALARIA PARA LOS ESTUDIANTES DE EDUCACION SUPERIOR. TITULO I. DEL NOMBRE, NATURALEZA, DOMICILIO Y DURACIÓN DE LA FUNDACION

Más detalles

MODELO DE CONTRATO DE CESIÓN DE DERECHOS PATRIMONIALES DE AUTOR. (OBRA COLECTIVA-

MODELO DE CONTRATO DE CESIÓN DE DERECHOS PATRIMONIALES DE AUTOR. (OBRA COLECTIVA- MODELO DE CONTRATO DE CESIÓN DE DERECHOS PATRIMONIALES DE AUTOR. (OBRA COLECTIVA- Aplicable a aquellos casos en los cuales la obra sea producida por un grupo de autores, por iniciativa y bajo la orientación

Más detalles

Unidad Técnica Operativa / SEE OCI DOCUMENTO N 4. Modelo de Convenio entre la SEE y la organización seleccionada

Unidad Técnica Operativa / SEE OCI DOCUMENTO N 4. Modelo de Convenio entre la SEE y la organización seleccionada Unidad Técnica Operativa / SEE OCI DOCUMENTO N 4 Modelo de Convenio entre la SEE y la organización seleccionada REPÚBLICA DOMINICANA Secretaría de Estado de Educación OFICINA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL

Más detalles

Manual de conformación, organización y funcionamiento del Comité de Tecnologías de Información del IDA

Manual de conformación, organización y funcionamiento del Comité de Tecnologías de Información del IDA Manual de conformación, organización y funcionamiento del Comité de Tecnologías de Información del IDA Octubre 2012 Contenido Pág. 1. Capítulo I. 3 Disposiciones Generales...3 2. Capítulo II....4 Funciones

Más detalles

GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA

GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA 03-15-06 GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA EVALUAR LOS PROCEDIMIENTOS ESTABLECIDOS PARA LA RECEPCIÓN DE LOS RECURSOS OTORGADOS POR EL CONSEJO FEDERAL DE GOBIERNO (CFG), A TRAVÉS DEL FONDO DE

Más detalles

RESOLUCIÓN EXENTA F.N.D.R.""N _6_2 / COPIAPÓ, 2 9 ABR 2016

RESOLUCIÓN EXENTA F.N.D.R.N _6_2 / COPIAPÓ, 2 9 ABR 2016 REPUBLICA DE CHILE INTENDENTE CONVENIO DE TRANSFERENCIA MODIFICA CONVENIO FRIL AÑO 2015, APROBADO POR RESOLUCIÓN EXENTA FNDR No 127/2015 RESOLUCIÓN EXENTA F.N.D.R.""N _6_2 / COPIAPÓ, 2 9 ABR 2016 VISTOS:

Más detalles

Qué normativa rige las operaciones que se realicen a través del SITME por parte de las personas jurídicas hasta el 31/12/2011?

Qué normativa rige las operaciones que se realicen a través del SITME por parte de las personas jurídicas hasta el 31/12/2011? ABC para realizar Operaciones de compra y venta en bolívares de Títulos en Moneda Extranjera a través del Sistema de Transacciones con Títulos en Moneda Extranjera (SITME) para las Personas Jurídicas A

Más detalles

REGLAMENTO DE LA COORDINACIÓN NACIONAL DE AUTORIDADES MUNICIPALES DE MOVIMIENTO CIUDADANO. TÍTULO PRIMERO Capítulo Único Disposiciones Generales

REGLAMENTO DE LA COORDINACIÓN NACIONAL DE AUTORIDADES MUNICIPALES DE MOVIMIENTO CIUDADANO. TÍTULO PRIMERO Capítulo Único Disposiciones Generales REGLAMENTO DE LA COORDINACIÓN NACIONAL DE AUTORIDADES MUNICIPALES DE MOVIMIENTO CIUDADANO TÍTULO PRIMERO Capítulo Único Disposiciones Generales Artículo 1- La Coordinación Nacional de Autoridades Municipales

Más detalles

I. Del Prestador de Servicios. El Prestador de Servicios declara por conducto de su representante que:

I. Del Prestador de Servicios. El Prestador de Servicios declara por conducto de su representante que: CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS DE INVESTIGACION Y GESTION DE CREDITO AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA, EL CONTRATO, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE - -, (EN LO SUCESIVO DENOMINADO COMO EL PRESTADOR

Más detalles

CLASIFICADOR POR TIPO DE GASTO

CLASIFICADOR POR TIPO DE GASTO CLASIFICADOR POR TIPO DE GASTO ACUERDO POR EL QUE SE EMITE EL CLASIFICADOR POR TIPO DE GASTO ANTECEDENTES El 31 de diciembre de 2008 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley General de Contabilidad

Más detalles

GACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA. Caracas: 8 de Julio de 1965 Numero EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA.

GACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA. Caracas: 8 de Julio de 1965 Numero EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA. GACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA Caracas: 8 de Julio de 1965 Numero 27.781 EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA la siguiente, Decreta: LEY QUE REGULA LA REORGANIZACION DE LOS SERVICIOS DE

Más detalles

Formulario de Solicitud de Inscripción y Autorización

Formulario de Solicitud de Inscripción y Autorización Formulario de Solicitud de Inscripción y Autorización SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE INVERSION 1 Nombre o Razón Social: 2 Objeto Social: 3 Capital Social Autorizado: 4 Capital Suscrito y Pagado:

Más detalles

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE PLANIFICACIÓN Y FINANZAS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE PLANIFICACIÓN Y FINANZAS REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE PLANIFICACIÓN Y FINANZAS SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT) Caracas. 10 de diciembre de 2012

Más detalles

2100 Características generales del objeto evaluado

2100 Características generales del objeto evaluado CAJA DE AHORROS DE LOS TRABAJADORES DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA (CATCGR) OPERACIONES ADMINISTRATIVAS 1000 Aspectos Preliminares 1200 Alcance 1201 Determinar el cumplimiento de las disposiciones

Más detalles

A N T E C E D E N T E S

A N T E C E D E N T E S CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA LA CESIÓN/TRANSFERENCIA DE OBLIGACIONES Y RECURSOS FEDERALES PARA LA CONSTRUCCIÓN DEL GIMNASIO DE USOS MÚLTIPLES EN SALTILLO, COAHUILA, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL MUNICIPIO

Más detalles

DECRETO SUPREMO N MINCETUR

DECRETO SUPREMO N MINCETUR DECRETO SUPREMO N 019-2010-MINCETUR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, conforme a la Ley N 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo MINCETUR y

Más detalles

BASES PARA LA COTIZACIÓN DEL SERVICIO DE AUDITORÍA EXTERNA DEL FIDEICOMISO PARA EL DESARROLLO RURAL GUATE INVIERTE

BASES PARA LA COTIZACIÓN DEL SERVICIO DE AUDITORÍA EXTERNA DEL FIDEICOMISO PARA EL DESARROLLO RURAL GUATE INVIERTE Guatemala, 9 de Febrero del 2007. BASES PARA LA COTIZACIÓN DEL SERVICIO DE AUDITORÍA EXTERNA DEL FIDEICOMISO PARA EL DESARROLLO RURAL GUATE INVIERTE 1 de 7 DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO El Fideicomiso para

Más detalles

CONVENIO DE TRASPASO DE RECURSOS ENTRE EL MINISTERIO DE ECONOMíA Y FINANZAS Y EL GOBIERNO REGIONAL DE APURíMAC

CONVENIO DE TRASPASO DE RECURSOS ENTRE EL MINISTERIO DE ECONOMíA Y FINANZAS Y EL GOBIERNO REGIONAL DE APURíMAC CONVENIO DE TRASPASO DE RECURSOS ENTRE EL MINISTERIO DE ECONOMíA Y FINANZAS Y EL GOBIERNO REGIONAL DE APURíMAC Conste por el presente documento el Convenio de Traspaso de Recursos de fecha 24 de julio

Más detalles

Qué normativa rige las operaciones que se realicen a través del SITME por parte de las personas naturales hasta el 31/12/2011?

Qué normativa rige las operaciones que se realicen a través del SITME por parte de las personas naturales hasta el 31/12/2011? ABC para realizar Operaciones de compra y venta en bolívares de Títulos en Moneda Extranjera a través del Sistema de Transacciones con Títulos en Moneda Extranjera (SITME) para las Personas Naturales A

Más detalles

Manual de Procedimientos Procedimiento para el Reclutamiento, Selección e Inducción del personal (contratos ocasionales libre remoción)

Manual de Procedimientos Procedimiento para el Reclutamiento, Selección e Inducción del personal (contratos ocasionales libre remoción) CUERPO DE BOMBEROS DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Manual de Procedimientos Procedimiento para el Reclutamiento, Selección e Inducción del personal (contratos ocasionales libre remoción) Versión 1.0

Más detalles

CONVENIO DE TRASPASO DE RECURSOS ENTRE EL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS Y EL GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE SAN MARTÍN

CONVENIO DE TRASPASO DE RECURSOS ENTRE EL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS Y EL GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE SAN MARTÍN CONVENIO DE TRASPASO DE RECURSOS ENTRE EL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS Y EL GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE SAN MARTÍN Conste por el presente documento el Convenio de Traspaso de Recursos de

Más detalles

Lineamientos para la Asignación y uso. de Servicio de Telefonía Celular del. Tribunal Electoral del Distrito Federal

Lineamientos para la Asignación y uso. de Servicio de Telefonía Celular del. Tribunal Electoral del Distrito Federal Lineamientos para la Asignación y uso de Servicio de Telefonía Celular del Tribunal Electoral del Distrito Federal Contiene el texto aprobado en el acta de reunión privada 017/2008 del 15 de abril de 2008

Más detalles

ANEXO No. 1 REGLAMENTO OPERATIVO JÓVENES INVESTIGADORES E INNOVADORES ALIANZA SENA Bogotá, D. C., 2016

ANEXO No. 1 REGLAMENTO OPERATIVO JÓVENES INVESTIGADORES E INNOVADORES ALIANZA SENA Bogotá, D. C., 2016 ANEXO No. 1 REGLAMENTO OPERATIVO JÓVENES INVESTIGADORES E INNOVADORES ALIANZA SENA 2016 Bogotá, D. C., 2016 Página 1 de 6 Introducción Este documento contiene el Reglamento Operativo que rige la Convocatoria

Más detalles

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA OFICINA NACIONAL DE SERVICIO CIVIL MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA OFICINA NACIONAL DE SERVICIO CIVIL MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO SECRETARÍA EJECUTIVA DE LA COMISIÓN CONTRA LAS ADICCIONES Y EL TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS 2a. Calle 1-00 zona 10, Ciudad de Guatemala Teléfonos: 2361-2620, 2361-2623, 2361-2626, 2361-2628. Fax: 2331-0372

Más detalles

ADENDUM AL CONVENIO DE COOPERACION INSTITUCIONAL ENTRE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA Y LA UNIVERSIDAD DE EL SALVADOR

ADENDUM AL CONVENIO DE COOPERACION INSTITUCIONAL ENTRE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA Y LA UNIVERSIDAD DE EL SALVADOR ADENDUM AL CONVENIO DE COOPERACION INSTITUCIONAL ENTRE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA Y LA UNIVERSIDAD DE EL SALVADOR La UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA representada por su RECTOR, Carlos

Más detalles

Dictamen jurídico C.E.E MGEYA-UPEJOL/2015. DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL I.- ANTECEDENTES.

Dictamen jurídico C.E.E MGEYA-UPEJOL/2015. DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL I.- ANTECEDENTES. G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S P R O C U R A C I Ó N G E N E R A L Dictamen jurídico SEÑOR DIRECTOR GENERAL C.E.E. 2.204.756-MGEYA-UPEJOL/2015. DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA

Más detalles

ACUERDO DE COLABORACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL MINISTERIO DE ECONOMÍA, PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO Y EL MINISTERIO DE LA MUJER

ACUERDO DE COLABORACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL MINISTERIO DE ECONOMÍA, PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO Y EL MINISTERIO DE LA MUJER ACUERDO DE COLABORACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL MINISTERIO DE ECONOMÍA, PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO Y EL MINISTERIO DE LA MUJER 1 ACUERDO DE COLABORACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL MINISTERIO DE DE

Más detalles

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ REUNIDOS

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ REUNIDOS CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ Y. REUNIDOS De una parte D. Eduardo González Mazo, Rector Magnífico de la Universidad de Cádiz, con domicilio en C/ Ancha, 16, 11001 Cádiz (España),

Más detalles

Centro de Enseñanza para Extranjeros. Biblioteca Simón Bolívar Reglamento interno

Centro de Enseñanza para Extranjeros. Biblioteca Simón Bolívar Reglamento interno Centro de Enseñanza para Extranjeros Biblioteca Simón Bolívar Reglamento interno CAPÍTULO PRIMERO Disposiciones generales Artículo 1. La biblioteca "Simón Bolívar" del Centro de Enseñanza para Extranjeros

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR Repúbli ca del Ecu;MIOf RPC-SO-21-No.339-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior

Más detalles

AMBAS PARTES: CONVENIO INFORMATIVO PRIMERO: CONVENIO INFORMATIVO ONEI SEGUNDO: Establecimiento Oficina TERCERO: Oficina Establecimiento CUARTO:

AMBAS PARTES: CONVENIO INFORMATIVO PRIMERO: CONVENIO INFORMATIVO ONEI SEGUNDO: Establecimiento Oficina TERCERO: Oficina Establecimiento CUARTO: CONVENIO INFORMATIVO ENTRE LAS OFICINAS PROVINCIALES DE LA ONEI Y LAS DIRECCIONES DE INFORMACIÓN DE LAS ADMINISTRACIONES LOCALES DE ARTEMISA Y MAYABEQUE Y EL ESTABLECIMIENTO Sistema de Información Estadística

Más detalles

Universidad Nacional de Asunción FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS

Universidad Nacional de Asunción FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS 1. Misión del Área Administrar la tarea educativa, a través de la conducción de los procesos de enseñanza-aprendizaje y de evaluación, así como los relativos al registro y control académico y escolar,

Más detalles

ESPECIALISTA EN GESTION FINANCIERA (Financiamiento Externo)

ESPECIALISTA EN GESTION FINANCIERA (Financiamiento Externo) INSTITUTO NACIONAL DE INNOVACIÓN AGROPECUARIA Y FORESTAL (INIAF) PROYECTO DE INNOVACION Y SERVICIOS AGRICOLAS (PISA) TERMINOS DE REFERENCIA CONSULTOR INDIVIDUAL ESPECIALISTA EN GESTION FINANCIERA (Financiamiento

Más detalles

BANCO CENTRAL DE VENEZUELA AVISO OFICIAL

BANCO CENTRAL DE VENEZUELA AVISO OFICIAL BANCO CENTRAL DE VENEZUELA AVISO OFICIAL Por cuanto en la Resolución Nº 10-03-01 de fecha 2 de marzo de 2010, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.379 del 4 de

Más detalles

UNIVERSIDAD SIMÓN BOLÍVAR SECRETARÍA DIRECCIÓN DE INGENIERÍA DE INFORMACIÓN

UNIVERSIDAD SIMÓN BOLÍVAR SECRETARÍA DIRECCIÓN DE INGENIERÍA DE INFORMACIÓN TRÁMITES EN DIVISAS EXTRANJERAS: MODALIDAD CADIVI SALUD INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS DEPORTE CULTURA Y CASOS DE ESPECIAL URGENCIA 2 CONTENIDO I.- ASPECTOS GENERALES I.1.Objetivo I.2. Alcance I.3. Unidades

Más detalles

Conformar la Comisión Especial, creada por la Nonagésima Segunda Disposición

Conformar la Comisión Especial, creada por la Nonagésima Segunda Disposición Conforma la Comisión Especial, creada por la Nonagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Más detalles

CAPÍTULO 17 ADMINISTRACIÓN DEL TRATADO

CAPÍTULO 17 ADMINISTRACIÓN DEL TRATADO CAPÍTULO 17 ADMINISTRACIÓN DEL TRATADO Sección A- Comisión Administradora del Tratado, Coordinadores del Tratado y Administración de los Procedimientos de Solución de Controversias Artículo 17.1 Comisión

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO COMITÉ DE SOLIDARIDAD

REGLAMENTO INTERNO COMITÉ DE SOLIDARIDAD REGLAMENTO INTERNO COMITÉ DE SOLIDARIDAD La Junta Directiva del FEPEP, en uso de sus facultades estatutarias, establece el presente Reglamento del COMITÉ DE SOLIDARIDAD. TÍTULO I GENERALIDADES ARTÍCULO

Más detalles

Cuáles son los requisitos para inscribir una empresa?

Cuáles son los requisitos para inscribir una empresa? Cuáles son los requisitos para inscribir una empresa? Verificar si el nombre comercial no se encuentra registrado 1. Formulario N 0010/03 de solicitud de Control de Homonimia debidamente llenado y firmado

Más detalles

Reglamento de la Ley de Protección al Acceso a la Diversidad Biológica y los Conocimientos Colectivos de los Pueblos Indígenas

Reglamento de la Ley de Protección al Acceso a la Diversidad Biológica y los Conocimientos Colectivos de los Pueblos Indígenas Reglamento de la Ley de Protección al Acceso a la Diversidad Biológica y los Conocimientos Colectivos de los Pueblos Indígenas ANEXO - DECRETO SUPREMO Nº 022-2006-PCM (El Decreto Supremo en referencia

Más detalles

LINEAMIENTOS ESPECÍFICOS PARA EL USO DE LA FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA EN LOS OFICIOS DEL ESTADO DEL EJERCICIO DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL

LINEAMIENTOS ESPECÍFICOS PARA EL USO DE LA FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA EN LOS OFICIOS DEL ESTADO DEL EJERCICIO DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL LINEAMIENTOS ESPECÍFICOS PARA EL USO DE LA FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA EN LOS OFICIOS DEL ESTADO DEL EJERCICIO DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES PRIMERO.- Los presentes

Más detalles

MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE FINANZAS

MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE FINANZAS PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA SOBRE EL CALENDARIO DE SUJETOS PASIVOS ESPECIALES Y AGENTES DE RETENCIÓN PARA AQUELLAS OBLIGACIONES QUE DEBEN CUMPLIRSE PARA EL AÑO 2014 (GACETA OFICIAL Nº 40.305 DE FECHA 29

Más detalles

2. Descripción de Oficinas Para efecto de lo dispuesto en el presente Reglamento se establecen los siguientes tipos de oficinas:

2. Descripción de Oficinas Para efecto de lo dispuesto en el presente Reglamento se establecen los siguientes tipos de oficinas: REGLAMENTO PARA LA APERTURA, CONVERSIÓN, TRASLADO Y CIERRE DE OFICINAS DE LAS COOPERATIVAS DE AHORRO Y CREDITO NO AUTORIZADAS A OPERAR CON RECURSOS DEL PÚBLICO 1. Alcance La presente norma es de aplicación

Más detalles

RESUMEN EJECUTIVO EXAMEN DE CUENTA PRACTICADO AL CONSEJO LEGISLATIVO DEL ESTADO BARINAS EJERCICIO ECONÓMICO FINANCIERO 2011

RESUMEN EJECUTIVO EXAMEN DE CUENTA PRACTICADO AL CONSEJO LEGISLATIVO DEL ESTADO BARINAS EJERCICIO ECONÓMICO FINANCIERO 2011 RESUMEN EJECUTIVO EXAMEN DE CUENTA PRACTICADO AL CONSEJO LEGISLATIVO DEL ESTADO BARINAS EJERCICIO ECONÓMICO FINANCIERO 2011 Dirección de control Administración Central y Otro Poder Área Administración

Más detalles

Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado

Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA FUNDACIÓN PARA EL DEPORTE DEL ESTADO LARA (FUNDELA) Y LA UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL LISANDRO ALVARADO (UCLA) Entre la Fundación para el Deporte del

Más detalles

Gobierno del Estado de Puebla

Gobierno del Estado de Puebla CC. SECRETARIOS DE LA LVI LEGISLATURA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO LICENCIADO MARIO P. MARIN TORRES, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla; y CONSIDERANDO Que en interés del Gobierno

Más detalles

Reglamento Interno de la Comisión de Comercio del Mercosur

Reglamento Interno de la Comisión de Comercio del Mercosur MERCOSUR/GMC/Res. 61/96 Reglamento Interno de la Comisión de Comercio del Mercosur VISTO, el Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto; la Directiva CCM 1/94 que adoptó el Reglamento Interno de la

Más detalles

PRESENTACIÓN 3. ASPECTOS GENERALES 4 Objeto y Ámbito de Aplicación Base Legal. UNIDAD DE CONTABILIDAD 6 Definición

PRESENTACIÓN 3. ASPECTOS GENERALES 4 Objeto y Ámbito de Aplicación Base Legal. UNIDAD DE CONTABILIDAD 6 Definición Contenido PRESENTACIÓN 3 ASPECTOS GENERALES 4 Objeto y Ámbito de Aplicación Base Legal UNIDAD DE CONTABILIDAD 6 Definición FUNCIONES DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS DE CONTABILIDAD 6 De los órganos De

Más detalles

REGLAMENTO DEL FIDEICOMISO AGRARIO

REGLAMENTO DEL FIDEICOMISO AGRARIO BANCO CENTRAL DE COSTA RICA REGLAMENTO DEL FIDEICOMISO AGRARIO APROBADO POR LA JUNTA DIRECTIVA DEL BANCO CENTRAL DE COSTA RICA EN LA SESIÓN 4411-90, ARTÍCULO 15,CELEBRADA EL 3 DE MAYO DE 1990. PUBLICADO

Más detalles

LA HONORABLE XII LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO, D E C R E T A:

LA HONORABLE XII LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO, D E C R E T A: DECRETO NÚMERO: 166 POR EL QUE SE AUTORIZA AL H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE BENITO JUÁREZ, QUINTANA ROO, PARA CONTRATAR UNO O MÁS EMPRÉSTITOS HASTA POR UN MONTO TOTAL EN SUMA DE $229 656,192.28 (SON

Más detalles

Regulación de la Ética de la Investigación en Chile. Dr. Marcelo O. Muñoz C. Jefe Oficina Ministerial de Bioética Santiago, 21 noviembre 2012.

Regulación de la Ética de la Investigación en Chile. Dr. Marcelo O. Muñoz C. Jefe Oficina Ministerial de Bioética Santiago, 21 noviembre 2012. Regulación de la Ética de la Investigación en Chile. Dr. Marcelo O. Muñoz C. Jefe Oficina Ministerial de Bioética Santiago, 21 noviembre 2012. Contenido Hitos del nuevo modelo Nuevas instituciones Desafíos

Más detalles

Plan Anual de Actuaciones 2014/2015 Consejo Social Universidad de Málaga

Plan Anual de Actuaciones 2014/2015 Consejo Social Universidad de Málaga Plan Anual de Actuaciones 2014/2015 Consejo Social Universidad de Málaga Sumario 1. Introducción 2. Principios Básicos 3. Objetivos Generales 4. Ejecución del Plan 5. Información 6. Marco General de Actuación

Más detalles

M-3: PLAN DE MEJORAMIENTO F14.1: PLANES DE MEJORAMIENTO - ENTIDADES Fecha 01/09/2013. Comites de Seguimiento (Actas) Eventos 5

M-3: PLAN DE MEJORAMIENTO F14.1: PLANES DE MEJORAMIENTO - ENTIDADES Fecha 01/09/2013. Comites de Seguimiento (Actas) Eventos 5 # ACCIÓN DE MEJORA DESCRIPCIÓN Fecha 0/09/03.. Enviar.0 La envia quincenalmente comunicaciones (correos correo electrónico a los jefes de las dependencias y a los electronicos) a los jefes de dependencia

Más detalles

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL)

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) RESOLUCIÓN No. DE-005-16 QUE INSCRIBE A LA SOCIEDAD TELESAT CANADA EN EL REGISTRO ESPECIAL QUE MANTIENE EL INDOTEL PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS

Más detalles

UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA CONSEJO UNIVERSITARIO Ciudad Universitaria de Caracas

UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA CONSEJO UNIVERSITARIO Ciudad Universitaria de Caracas El Consejo Universitario de la Universidad Central de Venezuela, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 15, numeral 7 de la Ley del Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior, dicta

Más detalles

SISTEMA EN LÍNEA DE CONTABILIDAD

SISTEMA EN LÍNEA DE CONTABILIDAD PLAN DE TRABAJO PARA EL DESARROLLO DEL SISTEMA EN LÍNEA DE CONTABILIDAD DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS, ASPIRANTES, PRECANDIDATOS Y CANDIDATOS Instituto Nacional Electoral Julio 2014 Í N D I C E PRESENTACIÓN...

Más detalles

Recaudo: Toda operación de ingreso que registra un ente económico.

Recaudo: Toda operación de ingreso que registra un ente económico. Página 1 de 6 1. OBJETIVO: Definir las actividades para realizar la consolidación de información financiera y presupuestal para la elaboración y presentación de informes presupuestales y contables de la

Más detalles

CONTRATO DE COMODATO

CONTRATO DE COMODATO CONTRATO DE COMODATO Comparecen a la celebración del presente contrato, por una parte el Ministerio de Finanzas, debidamente representado por el Ingeniero Diego Castillo Terán, en su calidad de Director

Más detalles

BANCO PROVINCIAL Y NUESTRA INSTITUCIÒN

BANCO PROVINCIAL Y NUESTRA INSTITUCIÒN El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, en uso de sus atribuciones legales y reglamentarias, en su Sesión N. 1327, Ordinaria, realizada el día veintitrés de enero

Más detalles

CARTA FUNDAMENTAL DE LOS JUEGOS DEPORTIVOS NACIONALES INTERCOLEGIOS DE ABOGADOS DE VENEZUELA

CARTA FUNDAMENTAL DE LOS JUEGOS DEPORTIVOS NACIONALES INTERCOLEGIOS DE ABOGADOS DE VENEZUELA CARTA FUNDAMENTAL DE LOS JUEGOS DEPORTIVOS NACIONALES INTERCOLEGIOS DE ABOGADOS DE VENEZUELA CARTA FUNDAMENTAL DE LOS JUEGOS DEPORTIVOS NACIONALES INTERCOLEGIOS DE ABOGADOS DE VENEZUELA DISPOSICIONES GENERALES

Más detalles

ACTA CONSTITUTIVA DE LA ASOCIACIÓN CIVIL COMUNIDAD REAL TOSCANA A.C. ESTATUTOS

ACTA CONSTITUTIVA DE LA ASOCIACIÓN CIVIL COMUNIDAD REAL TOSCANA A.C. ESTATUTOS ACTA CONSTITUTIVA DE LA ASOCIACIÓN CIVIL COMUNIDAD REAL TOSCANA A.C. ESTATUTOS DEL NOMBRE, DOMICILIO NACIONALIDAD Y DURACIÓN ARTÍCULO PRIMERO.- La denominación de la Asociación será Comunidad Real Toscana,

Más detalles

CONVENIO ENTRE EL SERVICIO AUTÓNOMO INSTITUTO DE BIOMEDICINA (S.A.I.B). Y LA UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL LISANDRO ALVARADO (UCLA)

CONVENIO ENTRE EL SERVICIO AUTÓNOMO INSTITUTO DE BIOMEDICINA (S.A.I.B). Y LA UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL LISANDRO ALVARADO (UCLA) CONVENIO ENTRE EL SERVICIO AUTÓNOMO INSTITUTO DE BIOMEDICINA (S.A.I.B). Y LA UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL LISANDRO ALVARADO (UCLA) REF - DICORI 2006-2 Entre el Servicio Autónomo Instituto de Biomedicina,

Más detalles

SEGUNDO: Mecanismos de funcionamiento del acuerdo:

SEGUNDO: Mecanismos de funcionamiento del acuerdo: Acuerdo específico de cooperación entre la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Pórtland (ANCAP) y la Universidad de la República Facultad de Química (UDELAR-FQ). En la ciudad de Montevideo,

Más detalles

Con base en lo expuesto y en consideración a la propuesta presentada por el Coordinador Ejecutivo, el Comité Técnico emite los siguientes:

Con base en lo expuesto y en consideración a la propuesta presentada por el Coordinador Ejecutivo, el Comité Técnico emite los siguientes: El Comité Técnico del Fideicomiso Público del Estado denominado Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo, con fundamento en los artículos 7, fracción IV, y 8, fracción IX, de

Más detalles

BANCO CENTRAL DE VENEZUELA AVISO OFICIAL

BANCO CENTRAL DE VENEZUELA AVISO OFICIAL BANCO CENTRAL DE VENEZUELA AVISO OFICIAL Por cuanto en la Resolución N 13-03-01 de fecha 21 de marzo de 2013, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N 40.133 de esa misma

Más detalles

CONVENIO GENERAL DE COLABORACIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA

CONVENIO GENERAL DE COLABORACIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA CONVENIO GENERAL DE COLABORACIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA ENTRE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA Y EL INSTITUTO IBEROAMERICANO DE MUSEOLOGIA, ESPAÑA CARLOS ESTUARDO GÁLVEZ BARRIOS, comparezco

Más detalles

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS Nombre del Procedimiento: SOLICITUD DE COMPRAS DE BIENES, SERVICIOS Y CONTRATACIÓN DE OBRAS () 1.- Especificaciones del trámite Las Compras de

Más detalles

OFERTA PÚBLICA CONDICIONES PARTICULARES DE LA CUENTA DE AHORRO DE BANCRECER, S.A BANCO DE DESARROLLO

OFERTA PÚBLICA CONDICIONES PARTICULARES DE LA CUENTA DE AHORRO DE BANCRECER, S.A BANCO DE DESARROLLO OFERTA PÚBLICA CONDICIONES PARTICULARES DE LA CUENTA DE AHORRO DE BANCRECER, S.A BANCO DE DESARROLLO Yo, MIRYAM ELIZABETH BEDOYA, peruana, casada, mayor de edad, domiciliada en Caracas y titular de la

Más detalles

A N T E C E D E N T E S

A N T E C E D E N T E S SEGUNDO CONVENIO MODIFICATORIO AL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO PURO NÚMERO 10600 060 QUE CELEBRAN POR UNA PARTE VITESSE FINANCING AND TRUST DE MÉXICO, S.A. DE C.V., (ANTES VITESSE FINANCING AND TRUST DE MÉXICO,

Más detalles

Valencia, 11 de agosto de 2016 EXTRAORDINARIA Nº 5768

Valencia, 11 de agosto de 2016 EXTRAORDINARIA Nº 5768 GACETA OFICIAL D E L E S T A D O C A R A B O B O ARTÍCULO 13. Las Leyes, Decretos, Resoluciones y demás actos oficiales tendrán el carácter de públicos, por el solo hecho de aparecer en la Gaceta Oficial

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO PRESIDENCIA DEL GOBIERNO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO PRESIDENCIA DEL GOBIERNO Núm. 12 Sábado 14 de enero de 2012 Sec. I. Pág. 2066 I. DISPOSICIONES GENERALES PRESIDENCIA DEL GOBIERNO 527 Real Decreto 83/2012, de 13 de enero, por el que se reestructura la Presidencia A propuesta

Más detalles

DESPACHO DEL COMISIONADO NACIONAL DE PROTECCION DE LOS DERECHOS HUMANOS

DESPACHO DEL COMISIONADO NACIONAL DE PROTECCION DE LOS DERECHOS HUMANOS República de Honduras, C.A. DESPACHO DEL COMISIONADO NACIONAL DE PROTECCION DE LOS DERECHOS HUMANOS DECRETO NUMERO 26-92 EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA, EN CONSEJO DE MINISTROS CONSIDERANDO:

Más detalles

Nombre del cargo. coordinación interinstitucional, la planeación y dirección de programas educativ os de Nivel:

Nombre del cargo. coordinación interinstitucional, la planeación y dirección de programas educativ os de Nivel: MUNICIPIO DE ENVIGADO DESCRIPCIÓN DE CARGO IDENTIFICACIÓN MISIÓN O PROPÓSITO DEL CARGO Nombre del cargo Recepcionar y orientar a la familia como soporte en proceso reeducativo del joven, PROFESIONAL UNIVERSITARIO

Más detalles

REGLAMENTO DE PRÁCTICA PROFESIONAL

REGLAMENTO DE PRÁCTICA PROFESIONAL REGLAMENTO DE PRÁCTICA PROFESIONAL Del Objetivo de la Práctica Profesional. Artículo 1.- La práctica profesional es una instancia de naturaleza práctica y de campo, que se materializa en el área de integración,

Más detalles

FONDO NACIONAL DE GARANTÍAS RECIPROCAS PARA LA PEQUE

FONDO NACIONAL DE GARANTÍAS RECIPROCAS PARA LA PEQUE Entre, el FONDO NACIONAL DE GARANTÍAS RECIPROCAS PARA LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, FONPYME, S.A., sociedad mercantil domiciliada en la ciudad de Caracas, inscrita ante el Registro Mercantil Quinto de

Más detalles

NORMAS y modelo de estructura de información relativa a los Fondos de Ayuda Federal para la Seguridad Pública.

NORMAS y modelo de estructura de información relativa a los Fondos de Ayuda Federal para la Seguridad Pública. NORMAS y modelo de estructura de información relativa a los Fondos de Ayuda Federal para la Seguridad Pública. Con fundamento en los artículos 9, fracciones I y IX, 14 y 77, último párrafo, de la Ley General

Más detalles

FICHA DEL PROCESO: RELACIÓN CON EL ENTORNO

FICHA DEL PROCESO: RELACIÓN CON EL ENTORNO 1.- INTRODUCCIÓN Destinatarios: Comunidad, instituciones externas. Ámbitos de aplicación: todas las acciones vinculadas con el Establecimiento, de relaciones con instituciones y organizaciones del entorno.

Más detalles

Fecha Código Versión Páginas. Abril/ 2014 NAP-CGA-CP /9 COMPRAS PÚBLICAS ADMINISTRACIÓN DE CONTRATOS. Actividad Nombre Cargo Fecha Firma

Fecha Código Versión Páginas. Abril/ 2014 NAP-CGA-CP /9 COMPRAS PÚBLICAS ADMINISTRACIÓN DE CONTRATOS. Actividad Nombre Cargo Fecha Firma CONFIDENCIAL Y DE USO INTERNO Fecha Código Versión Páginas Abril/ 2014 1.0 1/9 PROCESO: COMPRAS PÚBLICAS PROCEDIMIENTO: ADMINISTRACIÓN DE CONTRATOS Actividad Nombre Cargo Fecha Firma Aprobado por: Revisado

Más detalles

Colegio Universitario de Cartago Página 1 de 7 PA-FIN-09 Procedimiento para elaborar Presupuesto Extraordinario. Versión 01

Colegio Universitario de Cartago Página 1 de 7 PA-FIN-09 Procedimiento para elaborar Presupuesto Extraordinario. Versión 01 1. OBJETIVOS Y ALCANCE Colegio Universitario de Cartago Página 1 de 7 Establecer los lineamientos para elaborar un presupuesto extraordinario, conforme con la normativa vigente, según la disponibilidad

Más detalles

Expídese el Instructivo para el pago y registro de la decimotercera y decimocuarta remuneraciones y la participación de utilidades.

Expídese el Instructivo para el pago y registro de la decimotercera y decimocuarta remuneraciones y la participación de utilidades. PUBLICADO EN R.O. N 462 DEL 19-MAR-2015 MINISTERIO DE TRABAJO ACUERDO MDT-2015-0045 Expídese el Instructivo para el pago y registro de la decimotercera y decimocuarta remuneraciones y la participación

Más detalles

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY LEY DE CREACIÓN, ORGANIZACIÓN, DESARROLLO, PARTICIPACIÓN NACIONAL E INTERNACIONAL Y FINANCIAMIENTO DE LAS OLIMPIADAS DE ROBÓTICA JAVIER

Más detalles

INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL GABINETE DE PRESIDENCIA UNIDAD DE TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL GABINETE DE PRESIDENCIA UNIDAD DE TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Diciembre 2010 Oficina de Desarrollo Organizacional Gabinete 136-029/10 21/12/2010 Página 1 de 11 ÍNDICE Página Misión, Visión, Valores

Más detalles

Decreto 4/1990, de 23 de enero, Atribución de competencias en materia de personal. (DOE 30 de Enero, Nº 9)

Decreto 4/1990, de 23 de enero, Atribución de competencias en materia de personal. (DOE 30 de Enero, Nº 9) Normativa vigente a 4/05/2015 Materia: Personal Decreto 4/1990, de 23 de enero, Atribución de competencias en materia de personal. (DOE 30 de Enero, Nº 9) Artículo 1º. El presente Decreto será de aplicación

Más detalles

Convenio Específico entre la Universidad de la República e Italia Lavoro S.p.A.

Convenio Específico entre la Universidad de la República e Italia Lavoro S.p.A. Convenio Específico entre la Universidad de la República e Italia Lavoro S.p.A. En la ciudad de Montevideo, a los veintinueve días del mes de julio del año dos mil ocho, comparecen: POR UNA PARTE: La Universidad

Más detalles

REGLAMENTO DE INGRESOS PROPIOS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE JALISCO

REGLAMENTO DE INGRESOS PROPIOS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE JALISCO REGLAMENTO DE INGRESOS PROPIOS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE JALISCO CAPÍTULO I Disposiciones Generales ARTICULO 1. El presente reglamento tiene por objeto establecer las normas, principios y criterios

Más detalles

REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LAS ENTIDADES O PERSONAS PARA SER INCORPORADAS EN LA NOMINA ESTABLECIDA EN EL ANEXO DE LA

REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LAS ENTIDADES O PERSONAS PARA SER INCORPORADAS EN LA NOMINA ESTABLECIDA EN EL ANEXO DE LA REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LAS ENTIDADES O PERSONAS PARA SER INCORPORADAS EN LA NOMINA ESTABLECIDA EN EL ANEXO DE LA NORMA DE CARÁCTER GENERAL N 385 DE LA SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS, DE FECHA

Más detalles

UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA UDAI MEMORIA DE LABORES ENERO 2014

UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA UDAI MEMORIA DE LABORES ENERO 2014 UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA UDAI MEMORIA DE LABORES ENERO 2014 Auditoría Interna es una dirección técnica con independencia para cumplir sus funciones, siendo la encargada de evaluar permanentemente los

Más detalles

Información de Gestión por Procesos del Ministerio de Finanzas. Quito, 4 de abril de 2014.

Información de Gestión por Procesos del Ministerio de Finanzas. Quito, 4 de abril de 2014. . Información de Gestión por Procesos del Ministerio de Finanzas Quito, 4 de abril de 2014. ANTECEDENTES: El objetivo principal que persigue el Estado ecuatoriano sobre la gestión pública es la creación

Más detalles

Manual de Procedimientos y Operaciones TABLA DE CONTENIDO

Manual de Procedimientos y Operaciones TABLA DE CONTENIDO Código MAC-02 v.02 Página 1 de 9 TABLA DE CONTENIDO 1. INTRODUCCIÓN 2. OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN 2.1 Objeto 2.2 Campo de Aplicación 3. ACTO ADMINISTRATIVO DE ADOPCIÓN O MODIFICACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL

Más detalles

CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE LA SANTÍSIMA CONCEPCIÓN Y LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DEQUILLON

CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE LA SANTÍSIMA CONCEPCIÓN Y LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DEQUILLON CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE LA SANTÍSIMA CONCEPCIÓN Y LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DEQUILLON En Concepción, a de Julio de 2013 entre la UNIVERSIDAD CATÓLICA DE LA SANTÍSIMA

Más detalles

Formulario de Solicitud de Inscripción y Autorización de Fideicomiso de Oferta Pública

Formulario de Solicitud de Inscripción y Autorización de Fideicomiso de Oferta Pública 1. Denominación del fideicomiso de a inscribir en el Registro: 2. Fiduciario de fideicomisos de : b) Objeto Social: c) Registro Nacional de Contribuyentes (RNC): e) Capital suscrito f) Capital Autorizado

Más detalles

CONVENIO ENTRE EL FONDO DE POBLACIÓN DE NACIONES UNIDAS Y LA UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA OBSERVATORIO DE ENVEJECIMIENTO Y VEJEZ

CONVENIO ENTRE EL FONDO DE POBLACIÓN DE NACIONES UNIDAS Y LA UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA OBSERVATORIO DE ENVEJECIMIENTO Y VEJEZ CONVENIO ENTRE EL FONDO DE POBLACIÓN DE NACIONES UNIDAS Y LA UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA OBSERVATORIO DE ENVEJECIMIENTO Y VEJEZ En Montevideo, a los veintiséis días del mes de abril del año dos mil diez,

Más detalles

ESPECIALISTA EN GESTION FINANCIERA DEL PROYECTO BANCO MUNDIAL

ESPECIALISTA EN GESTION FINANCIERA DEL PROYECTO BANCO MUNDIAL ESPECIALISTA EN GESTION FINANCIERA DEL PROYECTO BANCO MUNDIAL Perfil Título Académico de tercer nivel en Contabilidad y Auditoría, Administración, Economía o cualquier otro título afín al propósito de

Más detalles

CONTRATO DE PROMESA DE SUSCRIPCIÓN DE CUOTAS BICE INMOBILIARIO III FONDO DE INVERSIÓN

CONTRATO DE PROMESA DE SUSCRIPCIÓN DE CUOTAS BICE INMOBILIARIO III FONDO DE INVERSIÓN CONTRATO DE PROMESA DE SUSCRIPCIÓN DE CUOTAS BICE INMOBILIARIO III FONDO DE INVERSIÓN En Santiago de Chile, a. de. de, entre BICE Inversiones Administradora General de Fondos S.A., representada por don..,

Más detalles

Del Objeto de los Lineamientos

Del Objeto de los Lineamientos LINEAMIENTOS Y FORMATOS A QUE DEBEN SUJETARSE LAS ORGANIZACIONES DE OBSERVADORES ELECTORALES EN LA RENDICIÓN DE SUS INFORMES SOBRE EL ORIGEN, MONTO Y APLICACIÓN DEL FINANCIAMIENTO QUE OBTENGAN PARA EL

Más detalles

PROCESO METODOLÓGICO Rendición de Cuentas

PROCESO METODOLÓGICO Rendición de Cuentas PROCESO METODOLÓGICO Rendición de Cuentas Período fiscal 01 enero al 31 diciembre 2014 ANTECEDENTES En el marco de un Estado constitucional de derechos y justicia, es esencial construir instituciones públicas

Más detalles

REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE BOYACA MUNICIPIO DE TOGUI. ACUERDO No 15 (30 DE AGOSTO DE 2013)

REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE BOYACA MUNICIPIO DE TOGUI. ACUERDO No 15 (30 DE AGOSTO DE 2013) REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE BOYACA MUNICIPIO DE TOGUI ACUERDO No 15 (30 DE AGOSTO DE 2013) POR MEDIO DEL CUAL SE FIJA EL SALARIO DE LA ALCALDESA, EL PERSONERO, SE FIJAN LAS ESCALAS MAXIMAS DE

Más detalles

CONVENIO GENERAL DE COOPERACION Y ASISTENCIA TECNICA ENTRE EL MINISTERIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO Y EL CUERPO DE PAZ EN PANAMA.

CONVENIO GENERAL DE COOPERACION Y ASISTENCIA TECNICA ENTRE EL MINISTERIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO Y EL CUERPO DE PAZ EN PANAMA. CONVENIO GENERAL DE COOPERACION Y ASISTENCIA TECNICA ENTRE EL MINISTERIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO Y EL CUERPO DE PAZ EN PANAMA. Entre los suscñtos a saber: CARLOS A. SOUSA-LENNOX M., varón, panameño,

Más detalles

TERMINOS DE REFERENCIA

TERMINOS DE REFERENCIA TERMINOS DE REFERENCIA CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES DE CONSULTORÍA PARA: Servicios de gestión técnica y administrativa de actividades nacionales del Programa Regional de Investigación

Más detalles

ACUERDO MINISTERIAL No Guatemala, 18 de marzo de EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL CONSIDERANDO: CONSIDERANDO:

ACUERDO MINISTERIAL No Guatemala, 18 de marzo de EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: ACUERDO MINISTERIAL No. 595-2010 Guatemala, 18 de marzo de 2010. EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Código de Salud, el Estado a través del Ministerio

Más detalles