DIARIO OFI CIAL TOMO Nº 369 SAN SALVADOR, MIERCOLES 7 DE DICIEMBRE DE 2005 NUMERO 228

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1 DIARIO REPUBLICA OFICIAL. DE - San EL SALVADOR Salvador, EN 7 LA de AMERICA Diciembre CENTRAL de DIARIO OFI CIAL DIRECTOR: Lic. René O. Santamaría C. TOMO Nº 369 SAN SALVADOR, MIERCOLES 7 DE DICIEMBRE DE 2005 NUMERO 228 "La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Oficial será literalmente conforme al documento original, por consiguiente los errores impresos en la publicación son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que lo presentó". (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional). ORGANO EJECUTIVO MINISTERIO DE GOBERNACIÓN RAMO DE GOBERNACIÓN Estatutos de la Iglesia Misión Cristiana Libertad a las Almas Cautivas y de la Asociación Rural de Agua Potable El Manantial La Hachadura, Acuerdos Ejecutivos Nos. 45 y 143, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de persona jurídica.. MINISTERIO DE EDUCACIÓN RAMO DE EDUCACIÓN Acuerdo No Se autoriza plan de estudios de la carrera de Técnico en Órtesis y Prótesis, a ser impartida por la Universidad Don Bosco.... Acuerdo No Se crea la entidad denominada National English Center, El Salvador.... MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL RAMO DE LA DEFENSA NACIONAL Acuerdo No Se rectifica el Acuerdo Ejecutivo No. 109, de fecha 21 de septiembre de Acuerdo No Se otorga condecoración Gran Medalla de Plata por Servicios Distinguidos Cordón Plateado, al señor Mayor General Piotr Czerwinski.... Acuerdo No Ascensos dentro del Escalafón General de la Fuerza Armada.... S U M A R I O Pág ORGANO JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Acuerdos Nos D, 1732-D y 1987-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus ramas.... INSTITUCIONES AUTONOMAS ALCALDÍAS MUNICIPALES Certificación del Acuerdo No. 3, emitido por la Alcaldía Municipal de Nejapa... Estatutos de las Asociaciones de Desarrollo Comunal Divina Providencia y Plan de Dios, Acuerdos Nos. 12 y 99, emitidos por las Alcaldías Municipales de San Sebastián Salitrillo y Masahuat, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de persona jurídica.... SECCION CARTELES OFICIALES DE PRIMERA PUBLICACIÓN Declaratoria de Herencia Cartel No Rosa Mirian Cortez de Hernández y otro (1 vez)... Cartel No Liliana Esmeralda Villalta (1 vez)... Pág MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL RAMO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL Acuerdo No Se conceden gastos por el desempeño de misión oficial Aceptación de Herencia Cartel No Lilian Isabel Gómez (3 alt.)... Herencia Yacente Cartel No Concepción Vela Vda. de Gutierrez c/ Sonia del Carmen Monterrosa Quintanilla (3 alt.) Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: Página Web: Correo: diariooficial@imprentanacional.gob.sv

2 2 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 Título Supletorio Cartel No Gilberto Monterroza Díaz (3 alt.)... Cartel No Margarita Monterroza de García (3alt.)... Cartel No Blanca Eusebia Monterroza de Ascencio (3 alt.)... Pág Juicios de Ausencia Carteles Nos. F027878, F028004, F028035, F028036, F028037, F028070, F028167, F028168, F028176, R Renovación de Marca Cartel No. F Pág Edicto de Emplazamiento Cartel No José Fernando Soto y otros (1 vez)... DE TERCERA PUBLICACIÓN Aceptación de Herencia Cartel No José Antonio Barrera Mejía y otros (3alt.)... Herencia Yacente Cartel No René Luna Blanco c/ Ricardo Ernesto Portillo Salazar (3 alt.)... SECCION CARTELES PAGADOS DE PRIMERA PUBLICACIÓN Declaratorias de Herencia Carteles Nos. F027849, F027851, F027860, F027863, F027874, F027905, F027906, F027915, F027947, F027948, F027954, F027966, F027983, F027985, F027989, F028013, F028015, F028016, F028017, F028021, F028025, F028027, F028052, F028056, F028059, F028083, F028085, F028102, F028103, F028105, F028119, F028126, F028128, F028129, F028132, F028147, F028149, F028152, F028191, R005240, R005243, R005259, R005265, R005274, R005276, R Aceptación de Herencias Carteles Nos. F027417, F027854, F027870, F027899, F027910, F027913, F027924, F027943, F027972, F027994, F027995, F028091, F028093, F028116, R005244, R005263, F027850, F027914, F027923, F027952, F027958, F027961, F028019, F028020, F028069, F028122, F028133, F028134, F028138, F028146, F028148, F028151, F028196, R005241, R005242, R005278, F027864, F Herencia Yacente Carteles Nos. F028137, R Títulos de Propiedad Carteles Nos. F027858, F028005, F028189, F028190, F028193, F Marcas de Fábrica Carteles Nos. F027879, F027880, F027882, F027885, F027887, F027889, F027892, F027893, F027896, F027898, F027965, F028009, F028081, F028082, F028084, F028086, F028087, F028090, F028092, F028095, F028096, F028097, F028099, F028100, F028104, F028106, F028108, F028109, F028110, F028111, F028155, F028156, F028157, F028158, F028159, F028160, F028161, F028162, F028163, F028164, R005237, R005238, R005246, R005247, R005248, R005249, R005250, R005251, R005262, R005268, R Nombre Comercial Carteles Nos. F027890, F027959, F028113, R005228, R005232, R005239, R Señal de Publicidad Comercial Carteles Nos. F027900, R005229, R Matrículas de Comercio Carteles Nos. F027930, F027931, F027932, F028094, R005224, R005234, R005235, R005253, R005257, R005260, R005261, R005271, R005273, R Subastas Públicas Carteles Nos. F027853, F027857, F027940, F027951, F027956, F027997, F028003, F028033, F028062, F028066, F028068, F028071, F028115, R Reposición de Certificados Carteles Nos. F027967, F027968, F027969, F027970, F027971, F027973, F027974, F027975, F027977, F027978, F Aumento de Capital Cartel No. R Disolución de Sociedades Cartel No. F Balance de Fusión Cartel No. F Títulos Supletorios Carteles Nos. F028050, F028182, R005264, F027869, F027873, F027907, F028018, F028057, F028060, F028185, F Títulos de Dominio Carteles Nos. F028048, F Aviso de Inscripción Cartel No. F Fusión de Sociedades Cartel No. F Título de Predio Urbano Cartel No. F Marcas de Servicios Carteles Nos. F027884, F027886, F027895, F027897, F027902, F028051, F028055, F028165, R005227, R005231, R

3 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de Reposición de Póliza de Seguro Cartel No. R Traspaso de Nombre Comercial Cartel No. F DE SEGUNDA PUBLICACIÓN Pág. Aceptación de Herencias Carteles Nos. F027375, F027379, F027383, F027429, F027430, F027434, F027440, F027453, F027457, F027458, F027469, F027488, R005086, F Títulos de Propiedad Carteles Nos. F027376, F Títulos Supletorios Carteles Nos. F027460, F027463, R Marcas de Fábrica Carteles Nos. R005093, R005094, R005095, R005096, R005097, R005098, R005099, R005100, R005101, R005102, R005106, R005107, R005108, R005109, R Matrículas de Comercio Carteles Nos. F027380, F027496, R005090, R005091, R005104, R005111, R005114, R Convocatoria Cartel No. R Subastas Públicas Carteles Nos. F027392, F027394, F027408, F Reposición de Certificados Carteles Nos F027369, F Patentes de Invención Carteles Nos. R005158, R005160, R005171, R005180, R005190, R005194, R005196, R005198, R005199, R005202, R005203, R005204, R005205, R005206, R005207, R Balances de Fusión Carteles Nos. F027385, F027504, F027510, F Fusión de Sociedades Carteles Nos. F027384, F027508, F027511, F DE TERCERA PUBLICACIÓN Pág. Títulos Supletorios Carteles Nos. F026989, F026998, F027000, F027071, F Título de Dominio Cartel No. R Renovación de Marcas Carteles Nos. F027024, F027029, F027070, F027073, F027078, F Marcas de Fábrica Carteles Nos. F027019, F027023, F027046, F027048, F027049, F027052, F027055, F027056, F027057, F027059, F027060, F027063, F027065, F027068, F027074, F027076, F027080, F027082, F027085, F027086, F027087, F027089, F027134, F027136, F027137, F027163, R005042, R005045, R Señales de Publicidad Comercial Carteles Nos. F027047, F Matrículas de Comercio Carteles Nos. F027103, F027157, R005039, R005040, R005041, R005044, R005050, R005051, R005052, R005053, R005054, R005055, R Subastas Públicas Carteles Nos. F027012, F027036, F027039, R Reposición de Certificado Cartel No. R Aumento de Capital Cartel No. F Patente de Invención Cartel No. R Título Municipal Cartel No. F Marcas de Servicios Carteles Nos. F027025, F027053, F027069, F027083, F027133, F SECCION DOCUMENTOS OFICIALES Aceptación de Herencias Carteles Nos. F026978, F026979, F026980, F027045, F027075, F027150, F027154, F027158, R005056, F Título de Propiedad Cartel No. F DIRECCIÓN GENERAL DE LA RENTA DE ADUANAS Resolución No. DREG Prorrógase autorización concedida a favor de la sociedad Aerolibre de El Salvador, S.A. de C.V

4 4 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 ESTATUTOS DE LA IGLESIA MISIÓN CRISTIANA LIBERTAD A LAS ALMAS CAUTIVAS. Capítulo I. DENOMINACION, NATURA- LEZA, DURACION, DOMICILIO, OBJETIVOS. Art. 1. Fúndase en la Colonia Vilma, jurisdicción de Santa María, departamento de Usulután: la IGLESIA MISIÓN CRISTIANA LIBERTAD A LAS ALMAS CAUTIVAS, como una entidad religiosa, no lucrativa y apolítica, la que en el texto de estos estatutos se denominará la Iglesia. Su duración es indefinida y su domicilio será la ciudad de Usulután, pudiendo establecer filiales en cualquier parte del territorio nacional y fuera de él, la que en los presentes estatutos se denominará la Iglesia. Art. 2. Son objetivos de la Iglesia: a) Proclamar el Evangelio de Jesucristo y el advenimiento del Reino de Dios. b) Dar Testimonio evangélico de Servicio a los necesitados. c) Formar a sus miembros en las enseñanzas y doctrinas de las Sagradas Escrituras para la práctica de la fe en Jesucristo, en el Padre y en el Espíritu Santo. d) Fortalecer el compañerismo cristiano entre sus miembros y las relaciones con las iglesias del país y de otras regiones del mundo. Capítulo II. FUNDA- MENTOS BIBLICOS - TEOLOGICOS. Art. 3. La Iglesia tiene como fundamentos Bíblico- Teológicos los siguientes: a) Jesucristo es Señor y Salvador. b) Toda persona tiene el derecho y competencia de relaciones directamente con Dios. c) La Biblia es norma de fe y práctica. d) La Iglesia está integrada por miembros que han nacido a una nueva vida en Jesucristo por el Poder del Padre, del Hijo y del Espíritu Santo. Capítulo III. DE LOS MIEMBROS. Art. 4. Toda persona podrá llegar a ser miembro de la Iglesia por acuerdo mayoritario de la Asamblea General, sin distinción de raza, credo, religión e ideología política, previo cumplimiento de los requisitos siguientes: a) Dar testimonio de conversión mediante el bautismo por inmersión. b) Presentar a la Junta Directiva carta de transferencia de membresía de otra iglesia. e) Por experiencia comprobada. Art. 5. Se establecen las siguientes clases de miembros: a) Miembros fundadores. b) Miembros Activos. c) Miembros Honorarios. Serán miembros FUNDADORES: Todas las personas que suscriban el acta de fundación de la Iglesia. Serán miembros ACTIVOS: Todas las personas que la Junta Directiva acepte como tales en la Iglesia, de conformidad con los estatutos y su reglamento. Serán miembros HO- NORARIOS: Todas las personas que por su labor y méritos al servicio de la Iglesia sean así nombrados por la Asamblea General. Art. 6. Son derechos de los miembros Fundadores y Activos: a) Asistir con voz y voto a las sesiones de Asamblea General, ya sean ordinarias o extraordinarias. b) Elegir a los miembros de la Junta Directiva de la Iglesia. c) Participar en todas las actividades de la Iglesia. d) Que se les extienda carta de transferencia para ingresar a cualquier otra Iglesia. e) Gozar de los beneficios de la Iglesia. f) Optar a cargos Directivos llenando los requisitos que señalan los estatutos de la Iglesia. g) Los demás que les confieran los estatutos y reglamentos de la Iglesia. Art. 7. Son deberes de los miembros: a) Cumplir y hacer cumplir los estatutos y reglamento interno de la Iglesia. b) Asistir a las sesiones de la Asamblea General previa convocatoria. c) Contribuir a la realización de los objetivos de la Iglesia. d) Desempeñar con responsabilidad los cargos para los que fueren electos. e) Cancelar las cuotas acordadas en Asamblea General. f) Los demás que les señalen los Estatutos y reglamentos de la iglesia. Art. 8. La calidad de miembro de la Iglesia se perderá por cualquiera de las causas siguientes: a) Por muerte. b) Por renuncia presentada por escrito por el interesado a la Junta Directiva. c) Por exclusión acordado en Asamblea General en cualquiera de los casos siguientes: Por violar estos estatutos o su reglamento; por atentar contra la unidad y los intereses esenciales de la iglesia; por inasistencia o falta de comunicación con la iglesia por el término de un año. En este último caso la asamblea General podrá restituir la calidad de miembro por recomendación de la ORGANO EJECUTIVO MINISTERIO DE GOBERNACIÓN RAMO DE GOBERNACION Junta Directiva. d) Por otras faltas graves que a juicio de la Asamblea General merezcan tal sanción. Capítulo IV. DEL GOBIERNO. Art. 9. El gobierno de la Iglesia será ejercido democráticamente por una Asamblea General y una Junta Directiva. Capítulo V. DE LA ASAMBLEA GENERAL. Art. 10. La Asamblea General es la autoridad máxima de la Iglesia y estará integrada por todos los miembros que se encuentren inscritos en el libro de registro. Art. 11. Son atribuciones de la Asamblea General: a) Aprobar, reformar o derogar los estatutos y reglamento interno de la iglesia. b) Elegir a los pastores y a los copastores de la iglesia. c) Elegir por votación nominal y pública a los miembros de la Junta Directiva, y sustituir a sus miembros por incumplimiento de los deberes inherentes a su cargo. d) Aprobar el presupuesto anual de la Iglesia. e) Aprobar los informes financieros que les presente la Junta Directiva cada seis meses, la Memoria Anual y el Plan de Trabajo que se desarrollará cada año. f) Acordar la Adquisición o enajenación, a cualquier título, de bienes inmuebles a propuesta de la Junta Directiva. g) Resolver sobre todos aquellos asuntos no previstos en estos estatutos y reglamento interno de la Iglesia. h) Los demás que le señalen los estatutos y reglamentos de la Iglesia. Art. 12. La Asamblea General sesionará ordinariamente cada seis meses y en forma extraordinaria en cualquier fecha, cuando las circunstancias lo ameriten, por convocatoria del Presidente o Secretario de la Junta Directiva, o a petición escrita de diez miembros por lo menos hecha a la Junta Directiva, indicándose en este caso el motivo de la convocatoria. La convocatoria para celebrar cesión de Asamblea General, deberá hacerse por escrito, con cinco días de anticipación con el señalamiento del lugar, día y hora, incluyendo la agenda a desarrollar. Art. 13. La Asamblea General sesionará válidamente en primera convocatoria, con la asistencia de la mitad más uno de los miembros; si transcurridos treinta minutos de la hora señalada en primera convocatoria no se estableciere quórum, se convocará por segunda vez, pudiendo celebrar la sesión con el número de miembros presentes; excepto que la mayoría de los presentes decida convocar a tercera convocatoria, en la cual se deberá celebrar la sesión con los miembros que estén presentes. Art. 14. Salvo los casos expresamente señalados en estos estatutos, los acuerdos tomados en Asamblea general requerirán del voto favorable de la mitad más uno de los miembros presentes. Art. 15. El voto de los miembros en las sesiones de la Asamblea General se ejercitarán en forma pública; excepto en aquellos casos en que la misma Asamblea acuerde que sea secreto. Capítulo VI. DE LA JUNTA DIRECTIVA. Art. 16. La Junta Directiva es el Organo colectivo responsable de la dirección de la Iglesia. Estará organizada por un Presidente, un Vice- Presidente, un Secretario, un Tesorero, y tres vocales nominados en el orden del primero al tercero. Serán elegidos para un período de tres años pudiendo ser reelectos en sus cargos. Tomarán posesión de sus cargos a partir del día de su elección. Una vez terminado el período para el cual fueron electos, seguirán en sus funciones hasta que sea electa la nueva Junta Directiva y los miembros tomen posesión de su cargo. Art. 17. La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones: a) Velar por el cumplimiento de los Estatutos y Reglamento Interno de la Iglesia. b) Elaborar el proyecto de presupuesto anual y la memoria de labores de la iglesia, para someterlos a la consideración de la Asamblea General. c) Conocer y aprobar los planes de trabajo de las comisiones nombradas por la Asamblea General y aprobar en su oportunidad sus actuaciones, sin perjuicio de someterse a consideración de la Asamblea General. d) Tomar medidas necesarias para impulsar el crecimiento de los miembros de la iglesia y la realización de planes de trabajo que contribuyan a lograr el cumplimiento de sus fines. e) Acordar la celebración de toda clase de contratos para el cumplimiento de los fines de la Iglesia, previa aprobación de la Asamblea

5 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de General, pudiendo en todo caso designar al miembro de Junta Directiva que comparecerá a la celebración de dicho contrato. f) Enviar a los miembros las respectivas convocatorias para las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asamblea General. g) Administrar el patrimonio de la Iglesia. h) Resolver todo lo que no sea de la competencia de la Asamblea General. i) La Junta Directiva Sesionará ordinariamente cada quince días y en forma extraordinaria en cualquier fecha, siempre que fuere necesario. Las sesiones ordinarias serán convocadas por el Presidente de la Junta Directiva, y las extraordinarias a solicitud de cuatro de sus miembros. j) Las demás que le señalen los estatutos y los reglamentos de la Iglesia. Art. 18. El Quórum para que la Junta Directiva sesione válidamente será de cinco miembros y para tomar resoluciones requerirá del voto favorable de la mayoría simple y en caso de empate, el presidente de la Junta Directiva tendrá voto de calidad. Capítulo VII. DE LAS ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS DE LA JUNTA DIRECTIVA. Art. 19. Son atribuciones del presidente: a) Presidir las cesiones de la Asamblea General y de la Junta Directiva. b) Convocar a sesión extraordinaria de Asamblea General cuando lo considere necesario la Junta Directiva. c) Acordar el nombramiento del personal administrativo en caso de que fuere necesario. d) Representar a la Iglesia Judicial y extrajudicialmente. e) Otorgar poderes previa autorización de la Junta Directiva o de la Asamblea General en su caso. f) Velar por el debido cumplimiento de los estatutos y el reglamento interno de la iglesia, así como de las resoluciones de la Asamblea General y de la Junta Directiva. g) Las demás que le señale la Asamblea General, la Junta Directiva, los Estatutos y/o el Reglamento interno de la Iglesia. Art. 20. Son atribuciones del Vicepresidente: a) Sustituir al presidente en sus funciones en ausencia de éste. b) Colaborar directamente con el presidente. c) Las demás que le encomiende la Asamblea General y/o la Junta Directiva. Art. 21. Son atribuciones del Secretario: a) Llevará los libros de Actas de la sesiones de Asamblea General y de junta Directiva. b) Extender las certificaciones de los libros de actas de la Iglesia que le soliciten. c) Convocar a los miembros de la Iglesia a sesiones de Asamblea General previa autorización de la Junta Directiva. d) Comunicar a los miembros los acuerdos que apruebe la iglesia. e) Recibir y despachar la correspondencia de la iglesia, según instrucciones que reciba de la Junta Directiva. f) Atender a las personas invitadas por la iglesia en eventos especiales. g) Mantener estrecha comunicación con los miembros de la Iglesia y demás Iglesias. h) Llevar los registros que sean necesarios de la iglesia. i) Llevar el archivo de la Iglesia. j) Controlar las asistencias de los miembros y de las personas visitantes a la Iglesia. k) Las demás que le encomiende la Asamblea General y/o la Junta Directiva. Art. 22. Son atribuciones del Tesorero: a) Llevar la contabilidad de la Iglesia. b) Percibir los diezmos y ofrendas de los miembros. c) Cuidar el patrimonio de la iglesia Juntamente con el Presidente y el Síndico. d) Depositar los fondos de la Iglesia en una institución Bancaria. e) Presentar mensualmente a la Junta Directiva o cuando ésta lo solicite, un informe de los ingresos y egresos de la Iglesia. f) Presentar un informe anual de tesorería a la Asamblea General. g) Las demás que por razón de su cargo le correspondan y o las encomendadas por la Asamblea General y/o la Junta Directiva. Art. 23. Son atribuciones de los vocales: a) Sustituir a los demás miembros directivos en caso de ausencia o impedimento de los mismos previa designación de la Junta Directiva. b) Desempeñar cualquier comisión que les designare la Asamblea General y/o la Junta Directiva. c) Colaborar con los demás miembros directivos en las funciones de su cargo. Art. 24. Para ser miembro de la Junta Directiva se requiere: a) Ser mayor de diecinueve años. b) Ser miembro activo de la Iglesia y en plena comunión con la misma. c) Tener actitud de servicio y buen testimonio cristiano. d) Tener capacidad para el desempeño del cargo. e) Las demás señaladas en el reglamento interno de la Iglesia. Capítulo VIII. DE LOS PASTO- RES DE LA IGLESIA. Art. 25. Los pastores tendrán las siguientes funciones: a) Ser guía espiritual de la Iglesia, orientar, informar, y presentar propuestas de trabajo a la junta Directiva para alcanzar las metas del plan general. b) Coordinar para su ejecución, los acuerdos de la Asamblea General y de la Junta Directiva. c) Participar en las sesiones de la Asamblea General y de la Junta Directiva, con voz pero sin voto. d) Las demás contenidas en los estatutos y el reglamento interno de la Iglesia y las que le encomiende la Asamblea General o la Junta Directiva. Art. 26. Son funciones de los Copastores: a) Sustituir al pastor en sus funciones en caso de ausencia de éste, previo acuerdo de la Junta Directiva. b) Colaborar directamente con el pastor. c) Participar en las sesiones de la Asamblea General y de la Junta Directiva con voz pero sin voto. d) Las demás que le asigne la Asamblea General o la Junta Directiva. Capítulo IX. Art. 27. Para la realización de la obra evangélica la Junta Directiva integrará las comisiones que sean necesarias, estableciendo sus funciones, obligaciones y metas. Capítulo X. DEL PATRI- MONIO. Art. 28. El patrimonio de la Iglesia lo forman: a) Las ofrendas voluntarias de sus miembros. b) Las donaciones, herencias o legados que aceptare. c) Todos los bienes muebles e inmuebles, derechos y valores que adquiera de acuerdo a la ley. d) Los demás ingresos que perciba por actividades lícitas que promueva. Capítulo XI. DE LA DISO- LUCION Y LIQUIDACION. Art. 29. La Iglesia podrá ser disuelta por disposición de la Ley o por acuerdo de las dos terceras partes de los miembros tomado en Sesión Extraordinaria por la Asamblea General convocada para tal efecto. Art. 30. Acordada la disolución de la iglesia, se nombrará una comisión liquidadora y el remanente si lo hubiere, será donado a favor de una institución de beneficencia, caso contrario, se estará a lo dispuesto en el Derecho Común. Capítulo XII. DISPOSICIO- NES GENERALES. Art. 31. El año de labores de la Iglesia se inicia el uno de enero y termina el día treinta y uno de diciembre. Art. 32. Para la reforma o derogación de los presentes estatutos será necesario el voto favorable de no menos de sesenta por ciento de los miembros tomado en sesión extraordinaria de Asamblea General previamente convocada para tal efecto. Art. 33. La Junta Directiva tiene la obligación de enviar la primera quincena del mes de enero de cada año, al Ministerio de Gobernación la nómina de los miembros y dentro de los cinco días subsiguientes a la fecha de la elección de la nueva Junta Directiva, una certificación en papel simple del acta de elección de la misma, y en todo caso proporcionar al expresado ministerio cualquier dato que se le pidiere relativo a la iglesia. Art. 34. Todo lo relativo al orden interno de la Iglesia no comprendido en estos estatutos, se establecerá en el reglamento interno de la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado por la Asamblea General. Art. 35. Los Presentes estatutos entrarán en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial. DISPOSICIONES TRANSITORIAS. Art. 36. Todo lo no previsto en los presentes estatutos y en su reglamento será resuelto por la Asamblea General, en su defecto por lo establecido en las leyes comunes aplicables a la materia. ACUERDO No. 45. San Salvador, 17 de febrero de Vistos los anteriores ESTATUTOS de la IGLESIA MISIÓN CRISTIANA LIBERTAD A LAS ALMAS CAUTIVAS, compuestos de TREINTA Y SEIS Artículos, fundada en la ciudad de Santa María, Departamento de Usulután, y no encontrando en ellos ninguna disposición contraria a las leyes del país, de conformidad con los Artículos 26 de la Constitución de la República, Art. 34 numeral 11 del Reglamento Interno del Organo Ejecutivo, y Arts. 542 y 543 del Código Civil, el Organo Ejecutivo en el Ramo de Gobernación, ACUERDA: Aprobarlos en todas sus partes confiriendo a dicha Entidad el carácter de PERSONA JURIDICA. COMUNIQUESE. (Rubricado por el señor Presidente de la República). EL MINISTRO DE GOBERNACION, LOPEZ ANDREU. (Registro No. F027763)

6 6 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 NUMERO CINCUENTA Y CUATRO. LIBRO DECIMO TERCERO. En la ciudad de San Salvador, a las quince horas y diez minutos del día seis de julio de dos mil cinco. Ante mí, RAFAEL EDGARDO CALDE- RON LOPEZ, Notario, de este domicilio, comparece el señor JOSE ANTONIO CRUZ REYES, de cuarenta y cuatro años de edad, empleado, del domicilio de San Francisco Menéndez, del departamento de énfasis en la población; B) Desarrollar proyectos y programas encaminados a mejorar el abastecimiento del agua potable para consumo humano del Cantón La Hachadura; C) Velar por el correcto uso y mantenimiento adecuado de las letrinas en las comunidades, mediante la ejecución de planes, programas y proyectos que conlleven a mejoras de salud y la disminución de las enfermedades diarréicas; D) Promover la Ahuachapán, persona a quien no conozco pero identifico por medio de su Documento Unico de Identidad número, cero dos millones setecientos ochenta y nueve mil doscientos sesenta y uno-cuatro. Y ME DICEN: Que en cumplimiento al Acta número Uno, celebrada en el Cantón La Hachadura, jurisdicción de San Francisco Menéndez, del departamento de Ahuachapán, a las trece horas con treinta minutos del día tres de julio del año dos mil cuatro y de la comisión que le asignara la Asamblea General para constituir ASOCIACION RURAL DE AGUA POTABLE EL MANANTIAL LA HACHADURA y que podrá abreviarse ARA- PEMH, y de protocolizar el Punto número SEGUNDO y TERCERO de la aprobación de los Estatutos de la misma. Y de la elección de la Junta en forma equitativa; H) Hacer uso adecuado de los recursos humanos, Directiva, los cuales se transcriben a continuación, SEGUNDO: Estatutos de la Asociación Rural de Agua Potable El Manantial La Hachadura y que podrá abreviarse ARAPEHM, CAPITULO I.- NATURALEZA, en la estructura organizativa de la Asociación. CAPITULO III. DE LOS DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO. Artículo Uno.- Créase en el cantón La Hachadura, Jurisdicción de San Francisco Menéndez, Ahuachapán, pero podrá establecer filiales en cualquier parte del territorio. Artículo Tres.- La Asociación se constituye por tiempo indefinido. participación de los asociados en la identificación, el estudio, análisis y alternativas de solución de los problemas y necesidades del sistema de abastecimiento del agua potable, saneamiento básico y medio ambiente; E) Gestionar proyectos y programas que contribuyen a la sostenibilidad del sistema de agua potable para el consumo humano y saneamiento básico, por medio de la coordinación con organizaciones gubernamentales e internacionales; F) Promover programas que ayuden a conservar el medio ambiente especialmente la protección de los mantos acuíferos de la zona, involucrando a instituciones locales que tienen relación con este componente; G) Fomentar la participación activa de la comunidad materiales y de instituciones para la ejecución de planes, programas y proyectos; I) Promover la participación equitativa del hombre y la mujer MIEMBROS. Artículo cinco.- Podrán ser miembros todas aquellas personas naturales, mayores de dieciocho años de edad y que residan en Departamento de Ahuachapán, la Asociación sin fines de Lucro, de el Cantón La Hachadura, del Municipio de San Francisco Menéndez, nacionalidad Salvadoreña, que se denominará ASOCIACIÓN RURAL Departamento de Ahuachapán. Artículo Seis.- Clase de Miembros, La DE AGUA POTABLE EL MANANTIAL LA HACHADURA y que Asociación tendrá la siguiente clase de miembros: a) Miembros Fundadores, b) Miembros Activos, c) Miembros Honorarios. Serán Miembros podrá abreviarse ARAPEHM, como una entidad apolítica, no lucrativa, ni religiosa, la que en los presentes estatutos se denominará La Asociación. Artículo Dos.- El domicilio de la Asociación será el Cantón La constitución de la Asociación. Serán Miembros Activos: Aquellas per- Fundadores: Todas aquellas personas naturales, que firmen el acta de Hachadura, jurisdicción de San Francisco Menéndez, departamento de sonas naturales o jurídicas, que reúnan los requisitos definidos por estos estatutos, el reglamento interno de la Asociación y que sean aceptados como tales por la Junta Directiva. Serán Miembros Honorarios: Todas CAPITULO II. FINES U OBJETIVOS. Artículo cuatro.- Los fines de la Asociación serán: A) Contribuir al mejoramiento del nivel de salud de las familias del Cantón La Hachadura, dirigido este esfuerzo a disminuir significativamente enfermedades de origen y transmisión hídrica a través de la dotación de agua de calidad y en cantidad adecuada para el consumo humano y del uso y mantenimiento de letrinas adecuadamente, reduciendo con esto el número de enfermedades y muertes con las personas naturales o jurídicas, que por su labor y méritos a favor de la Asociación, sean así nombrados por la Asamblea General. Artículo Siete.- DERECHOS DE LOS MIEMBROS. Son derechos de los miembros Fundadores y Activos: a) Participará con voz y voto en las sesiones de Junta Directiva y de Asamblea General de la Asociación; b) Proponer y ser electo para el desempeño de cargos en los órganos de dirección de la Asociación; c) Solicitar a la Junta Directiva la realización de la Asam-

7 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de medios de comunicación en cada comunidad, para la Asamblea Ordinaria se convocará con tres días de anticipación y para la Asamblea Extraordinaria con tres días de anticipación indicándose en las convocatorias: El objetivo de la invitación, lugar, día, hora de celebrarse. Si en la hora señalada no pudiera celebrarse la sesión por falta de quórum, éste se llevará a cabo ocho días después del día señalado de las asambleas, blea General Extraordinaria para tratar asuntos de importancia para la Asociación; d) Solicitar y obtener información de los organismos de dirección de la Asociación, información sobre la administración financiera, e) Los demás que les señalen estos Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación. Artículo Ocho.- DEBERES DE LOS MIEMBROS. Son deberes de los miembros fundadores y activos: a) Asistir con puntualidad a las sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea General; b) Cumplir con honradez, los cargos y funciones que les encomiende la Asamblea General y la Junta Directiva; c) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de Asamblea General y de Junta Directiva; d) Abstenerse de ejecutar por acción u omisión actos que puedan afectar la estabilidad económica y de prestigio social de la Asociación; e) Velar por el buen funcionamiento y cuidado del sistema de agua, saneamiento básico y medio ambiente; f) Los demás que les señalen los estatutos y reglamento interno de la Asociación. Artículo Nueve.- La calidad de miembro se perderá por renuncia expresa o tácita del mismo, expulsión o muerte y de conformi- atribuciones de la Asamblea General: a) Elegir y dar posesión a los dad con lo prescrito en el capítulo VIII de los presentes estatutos. La renuncia será expresa cuando el asociado lo haga por escrito o de forma Aprobar y desaprobar la situación financiera de la Asociación, d) Des- verbal a la Junta Directiva y será tácita cuando el asociado se ausente tituir por causa justificada a los miembros de la Junta Directiva y elegir por un período de tres meses sin expresión de causa o motivo. CAPI- TULO IV. DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION. Artículo Diez.- El a solicitud de un número mayor de diez por ciento de sus miembros. En la Asamblea General Ordinaria, se tratarán los asuntos comprendidos en este último caso las decisiones que con el diez por ciento de los miembros asistentes se adopten, serán obligatorias aún para aquellos miembros que legalmente convocados, no asistieron. Artículo Trece.- De la Representación. Todo miembro que no pudiere asistir a cualquiera de las sesiones de Asamblea General Ordinaria o extraordinaria por motivos justificados, podrá hacerse representar por escrito mediante otro miembro de la Asociación, quien lo representará y votará en su nombre. El representante deberá estar debidamente informado de los acontecimientos de la asociación. El límite de representaciones es de un miembro, llevando la voz y el voto de su representado. Artículo Catorce.- Son miembros de la Junta Directiva, b) Recibir los informes de trabajos, c) a sus sustitutos, e) Pedir a la Junta Directiva, los informes que crea conveniente a solicitud de un número mayor de diez por ciento de los Gobierno de la Asociación será ejercido por: a) La Asamblea General y asociados, f) Aprobar el Reglamento Interno de la Asociación, g) Aprobar la suspensión definitiva de los miembros a propuesta de la Junta b) La Junta Directiva. CAPITULO V. DE LA ASAMBLEA GENERAL. Artículo Once.- De Asamblea General. La Asamblea General, debidamente convocada, es la autoridad máxima de la asociación y estará in- plan anual de trabajo y sus respectivos presupuestos, i) Crear los comi- Directiva, h) Otorgar la calidad de miembros honorarios, l) Aprobar el tegrada por la totalidad de los Miembros Fundadores y Activos. La tés de salud y medio ambiente, como otros que en el futuro sean necesarios, j) Aprobar, reformar o derogar los estatutos y reglamento interno Asamblea General se reunirá ordinariamente al menos dos veces al año y extraordinariamente cuando sea convocada por la Junta Directiva, y/o de la Asociación, k) Decidir y aprobar la incorporación a otras Asocia- ciones, l) declarar como miembros honorarios a las personas que lo ameriten, m) Autorizar la compra venta y enajenación de bienes de la en la agenda y los que propongan los miembros. En las Asambleas Generales Extraordinarias, sólo se dará mayor prioridad a los puntos contemplados en la agenda y si los miembros quieren tratar otro punto se validará de acuerdo al tiempo para desarrollar la agenda propuesta por la Junta Directiva. Artículo Doce.- De las Sesiones y Quórum. La convocatoria para Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria, se hará por medio de carteles, que serán colocados en puntos estratégicos u otros asociación, n) Decidir sobre la disolución de la Asociación, y ñ) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la asociación y que no estén contemplados en los presentes estatutos. CAPITULO VI. DE LA JUN- TA DIRECTIVA. Artículo Quince.- De la conformación de la Junta Directiva. La dirección y administración de la asociación estará confiada a la Junta Directiva. La Junta Directiva estará integrada por once miembros, los que serán electos en sus cargos por la Asamblea General

8 8 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 para su aprobación y por votación nominal y pública todos con voz y voto. La nominación de los cargos será la siguiente: a) Presidente, b) Vicepresidente, c) Secretario General, d) Tesorero, e) Síndico, f) Secretario de Medio Ambiente, g) Secretario de Salud y Saneamiento Básico, h) Secretario de Agua y Bienestar Social, I) Secretario de Comunicaciones, J) Pro Tesorero, K) Pro Secretario General. Artículo Dieciséis.- De los estatutos, reglamento interno, acuerdos y resoluciones de Asamblea General y de Junta Directiva; 1) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la Asamblea General. Artículo veinte.- DE LAS ATRI- BUCIONES DEL PRESIDENTE. Son atribuciones del Presidente: a) Representar judicial y extrajudicialmente a la asociación, pudiendo otorgar poderes, previa autorización de la Junta Directiva; b) Adquirir los requisitos y la forma de elección. La Junta Directiva de la asociación será elegida por la Asamblea General, para un período de dos años en sesión ordinaria o extraordinaria. Los miembros de la Junta Directiva podrán ser reelectos. Para ser miembro de la Junta Directiva, se requiere tener dieciocho años de edad, y que sean de reconocida honorabilidad, así como pertenecer o ser habitante del Cantón La Hachadura. Artículo diecisiete.- De las sesiones. La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario, en este último caso a solicitud de al menos cuatro de los miembros de la Junta Directiva. Artículo dieciocho.- Del Quórum. El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar será de la mitad más uno de de los acuerdos, resoluciones de Junta Directiva y de Asamblea General, sus miembros, en primera convocatoria, y una hora después en segunda convocatoria con los miembros que asistan y sus acuerdos deberán ser tomados por la mayoría simple de los asistentes, las decisiones que se Sustituir al Presidente en caso de ausencia o hasta la elección de la tomen en segunda convocatoria serán obligatoria para los miembros directivos que no asistan y en su caso para todos los miembros de la monio de la asociación; e) Elaborar la memoria anual de labores y el presupuesto anual de la asociación; f) Promover la elaboración de planes, o enajenar a cualquier título, toda clase de bienes muebles o inmuebles para la asociación; c) Presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias de Junta Directiva y de Asamblea General, junto con el Secretario de la Junta Directiva; d) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asamblea General y velar por el cumplimiento de las disposiciones contenidas en estos estatutos, así como las emanadas de la Asamblea General y de Junta Directiva; e) Autorizar junto con el Secretario y Tesorero los egresos de los fondos de la asociación y dar su visto bueno a todos los documentos de pago; f) Dar posesión de los cargos a los miembros de los comités que se formen; g) Velar por el cumplimiento así como de los estatutos y reglamento interno de la asociación. Artículo veintiuno.- SON ATRIBUCIONES DEL VICEPRESIDENTE: a) persona que lo sustituya; b) Colaborar con las actividades de la Junta Directiva; c) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de asociación. Artículo diecinueve.- De las atribuciones de la Junta Directiva. La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones: a) Desarrollar mento interno de la asociación. Artículo Veintidós.- DE LAS ATRIBU- Junta Directiva y Asamblea General, así como de los estatutos y reglalas actividades necesarias para el logro de los fines de la asociación; b) CIONES DEL SECRETARIO GENERAL. Son atribuciones del Secretario: a) Llevar los libros de actas de las sesiones de Asamblea General Elaborar proyecto de reforma de estatutos y reglamento interno, para que sean aprobados por la Asamblea General; c) Autorizar la celebración y Junta Directiva; b) Llevar el archivo de documentos y registros de los de los actos o contratos necesarios para el cumplimiento de los fines de miembros de la asociación; c) Extender todas las certificaciones, constancias y/o credenciales que fueren solicitadas a la asociación; d) la asociación; d) Velar por la administración eficiente y eficaz del patri- Auto- rizar junto con el Presidente y Tesorero los egresos de los fondos que la Asociación realice. Artículo Veintitrés.- DE LAS ATRIBUCIONES DEL programas, proyectos y presupuesto de la asociación e informar a la Asamblea General; g) Elegir y remover la firma auditora de la asociación; h) Nombrar de entre los miembros, los comités o comisiones que se consideren necesarios para el cumplimiento de los fines de la asociación; i) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea General; j) Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos miembros y proponerlos a la Asamblea General; k) Velar por el cumplimiento de TESORERO. Son atribuciones del Tesorero: a) Controlar los registros de ingresos y egresos de la asociación; b) Velar por la utilización adecuada del patrimonio de la asociación; c) Llevar el control directo de los libros de contabilidad de la asociación; d) Crear inventario de todos los bienes muebles e inmuebles propiedad de la asociación y mantenerlo actualizado; e) Rendir informe a la Junta Directiva de la asociación, cuando ésta lo estime conveniente, y; f) Autorizar junto con el Presiden-

9 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de Asociación. Artículo veintinueve A. DE LAS ATRIBUCIONES DEL SECRETARIO DE COMUNICACIONES. Son Atribuciones del Secretario de Comunicaciones: A) Elaborar y enviar las convocatorias para las celebraciones de Asambleas Generales y a los miembros de la Junta Directiva para sus reuniones. B) Elaborar boletines informativos. C) Tener una planificación de trabajo de acuerdo a los propios intereses te y Secretario los egresos de los fondos que la asociación realice. Artículo veinticuatro.- DE LAS ATRIBUCIONES DEL SINDICO. Son atribuciones del Síndico: a) Asesorar al Presidente cuando tenga que representar extrajudicialmente a la asociación; b) Apoyar y asesorar para la creación, modificación o derogación de los estatutos, reglamento interno y otras; c) Velar por el cumplimiento de los estatutos, reglamento interno y de los acuerdos y resoluciones emitidas por la asociación. Artículo veinticinco.- DE LAS ATRIBUCIONES DEL PRO SECRE- TARIO. Son atribuciones del Pro Secretario: a) Colaborar en forma directa con todos los miembros de la Junta Directiva, y; b) Sustituir a cualquier miembro de la Junta Directiva en caso de ausencia o impedimento; c) Sustituir al Secretario General en caso de ausencia o impedimento. Artículo veintiséis.- ATRIBUCIONES DEL PRO TESORERO. Son Atribuciones del Pro Tesorero: a) Colaborar en forma directa con todos los miembros de la Junta Directiva, y; b) Sustituir al Tesorero en caso de ausencia o impedimento. Artículo veintisiete.- DE LAS ATRI- BUCIONES DEL SECRETARIO DE MEDIO AMBIENTE. Son Atri- miembros; b) Los ingresos provenientes de cualquier otra actividad o buciones del Secretario de Medio Ambiente: a) Coordinar y desarrollar la elaboración de planes y programas para la protección de la micro muebles o inmuebles adquiridos a cualquier título, las rentas que pro- cuenca en las siguientes áreas: Reforestación, conservación del suelo, vengan de la administración de los mismos y el precio obtenido por la Educación ambiental y otros. b) Promover la formación de grupos de apoyo para coordinar y operativizar las actividades planificadas. c) énfasis en la calidad del agua, seguimiento al uso de letrinas, uso y para el buen funcionamiento de la Asociación. D) Cumplir las demás funciones que se le atribuyan en el Reglamento Interno de la Asociación. Artículo treinta.- Responsabilidad y de Rendición de Cuentas. Los miembros de la Junta Directiva responderán ante la Asociación por las acciones que ejerzan. Los miembros de la Junta Directiva podrán ser destituidos conforme a las causales y procedimientos establecidos en estos estatutos, así también los miembros de la Junta Directiva rendirán cuentas cuando la Asamblea General se los requiera. CAPITULO VII. DEL PATRIMONIO. Artículo treinta y uno.- El patrimonio de la asociación estará constituido por: a) Las aportaciones económicas de sus servicio que desempeñe en el marco de sus objetivos; c) Los bienes venta de ellos; d) Las donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras. Artículo treinta Coordinar planes y proyectos con las instituciones Gubernamentales y y dos.- Carácter no Lucrativo. La naturaleza de la asociación determina No Gubernamentales encaminados a la protección del Medio Ambiente. su carácter no lucrativo. Tal carácter significa que todo su patrimonio, d) Cumplir las demás funciones que se le atribuyan en el Reglamento así como los ingresos provenientes de cualquier clase de actividades que Interno de la Asociación. Artículo veintiocho.- DE LAS ATRIBUCIONES realice de conformidad con los presentes estatutos, pertenecerá exclusivamente a la asociación y no a ninguno de sus miembros y estarán DEL SECRETARIO DE SALUD Y SANEAMIENTO BASICO. Son Atribuciones del Secretario de Salud y Saneamiento Básico: A) Elaborar y desarrollar planes de capacitación sobre saneamiento básico con nes sin que ninguno de sus miembros puedan obtener ninguna clase afectos, también de forma única, al cumplimiento de sus fines y funcio- de beneficio económico o dividendo. En consecuencia dentro de los límites así determinados, la asociación podrá contratar y obligarse como cualquier mantenimiento de sistemas de eliminación de aguas usadas y tratamiento adecuado de la basura. B) Cumplir las demás funciones que se le atribuyan en el Reglamento Interno de la Asociación. Artículo veintinueve.- DE LAS ATRIBUCIONES DEL SECRETARIO DE AGUA Y BIENESTAR SOCIAL. Son Atribuciones del Secretario de Agua y Bienestar Social: A) Llevar censos de las familias que viven en el cantón La Hachadura que no poseen el servicio de agua potable y B) Cumplir las demás funciones que se le atribuyan en el Reglamento Interno de la persona jurídica, adquirir bienes, enajenarlos, ser titular de cuentas bancarias y en general realizar todos los actos lícitos que le corresponden como sujeto de derecho. Artículo treinta y tres.- De la administración del Patrimonio. El patrimonio será administrado por la Junta Directiva, conforme a las directrices que le manifieste la Asamblea General. CA- PITULO VIII. SANCIONES A LOS MIEMBROS, MEDIDAS DISCI- PLINARIAS, CAUSALES Y PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN.

10 10 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 Artículo treinta y cuatro.- El presente capítulo será regulado en el Reglamento Interno que para tal efecto llevará la Asociación. CAPITULO IX. DE LA REFORMA DE LOS ESTATUTOS. Artículo treinta y cinco.- Para reformar o derogar los presentes estatutos, será necesario el voto favorable de no menos del sesenta por ciento de los miembros en Asamblea General convocada para tal efecto. CAPITULO X. DE LA DISO- LUCION Y LIQUIDACION. Artículo treinta y seis.- Quórum para la disolución. No podrá disolverse la Asociación sino por disposición de la ley o por resolución tomada en Asamblea General extraordinaria, convocada a ese efecto y con un número de votos que represente por lo menos tres cuartas partes de sus miembros. Artículo treinta y siete.- Del procedimiento. En caso de disolución y liquidación se realizará el procedimiento establecido en la ley. Para efectos de la liquidación se nombrará una comisión liquidadora compuesta de tres miembros de la Junta Directiva y tres miembros de la Asamblea General, los que serán elegidos en la misma Asamblea General en que se acuerde la disolución. Una vez juramentados los miembros de la comisión liquidadora, contablece el Artículo noventa y uno de la Ley de Asociaciones y Fundacio- rán con un plazo de seis meses para efectuar la liquidación. Los bienes que sobraren después de cancelar todos los compromisos se donarán a los cargos de la Junta Directiva, los cuales quedaron integrados de la siguiente manera: Presidente: JOSE ANTONIO CRUZ REYES; Vicepresidente: ELI GUERRA; Síndico: OSMIN PEREZ TOBAR; Tesorero CARLOS SALINAS; Pro Secretario General: LAURA ANTONIA DE RODRIGUEZ; Secretario General: MELIDA BEATRIZ MANCIA; Pro Tesorero: ROSA MARINA AGUILAR; Secretario de Medio Ambiente: CONCEPCION CARAVANTE; Secretario de Salud y Saneamiento Básico: BLANCA LILIAN TEJADA; Secretario de Agua y Bienestar Social: JORGE SIBRIAN; Secretario de Comunicaciones: SERGIO GUIROLA MORALES. No habiendo más que hacer constar, se da por terminada la presente la cual firmamos. Al final de la presente acta se encuentra la firma de la señora MELIDA BEATRIZ MANCIA, quien actúa en calidad de Secretaria General de la misma, la cual es de tenor ilegible. Así se expresó el compareciente a quien expliqué los efectos legales del presente instrumento. Yo el suscrito Notario DOY FE, que advertí al compareciente sobre la obligación notarial que esta- nes Sin Fines de Lucro, y leído que le hube al compareciente en un solo acto ininterrumpido, ratifica su contenido, firmamos. DOY FE. Entre una entidad que sustente similares fines. CAPITULO XI. DISPOSICIO- Líneas-EDGARDO-Vale.- NES GENERALES. Artículo treinta y ocho.- La Junta Directiva tiene la obligación de inscribir en el Registro de Asociaciones y Fundaciones RAFAEL EDGARDO CALDERON LOPEZ, sin Fines de Lucro del Ministerio de Gobernación, en los primeros días del mes de enero de cada año, la nómina de los miembros y dentro de NOTARIO. los cinco días, la nueva Junta Directiva y en todo caso inscribir en dicho registro todos los documentos que la Ley de Asociaciones y Fundaciones PASO ANTE MI, del folio ciento quince vuelto al folio ciento diecinueve sin Fines de Lucro, señale inscribir, así como enviar al registro cualquier vuelto del Libro Décimo Tercero de mi Protocolo, el cual vence el día dato que se le pidiere relativo a la entidad. Artículo treinta y nueve.- Del diecisiete de junio de dos mil seis y, para ser presentado al Registro reglamento. Todo lo relativo al orden interno de la asociación no comprendido en estos estatutos, se establecerá en el reglamento interno de de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro del Ministerio de Gobernación, expido, sello y firmo el presente Testimonio, en la Ciudad la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva, en un de San Salvador, Departamento de San Salvador, el día seis de julio de período no mayor a los seis meses posteriores al otorgamiento de su dos mil cinco. personalidad jurídica. Artículo cuarenta.- Régimen Legal. La asociación se regirá por los presentes estatutos, por la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro y demás disposiciones legales aplicables. Artículo cuarenta y uno.- De la vigencia. Los presentes estatutos entrarán en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial. RAFAEL EDGARDO CALDERON LOPEZ, NOTARIO. TERCERO: Se procedió a la elección de los miembros que ocuparán

11 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de ESTATUTOS DE ASOCIACION RURAL DE AGUA POTABLE EL MANANTIAL LA HACHADURA CAPITULO I NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO. H) Hacer uso adecuado de los recursos humanos, materiales y de instituciones para la ejecución de planes, programas y proyectos; I) Promover la participación equitativa del hombre y la mujer en la estructura organizativa de la Asociación. Artículo Uno.- Creáse en el Cantón La Hachadura, Jurisdicción de San Francisco Menéndez, Departamento de Ahuachapán, la Asociación sin fines de lucro, de nacionalidad salvadoreña, que se denominará ASOCIACIÓN RURAL DE AGUA POTABLE EL MANANTIAL LA HACHADURA y que podrá abreviarse ARAPEHM, como una entidad apolítica, no lucrativa, ni religiosa, la que en los presentes estatutos se denominará La Asociación. Artículo Dos.- El domicilio de la Asociación será el Cantón La Hachadura, jurisdicción de San Francisco Menéndez, departamento de Ahuachapán, pero podrá establecer filiales en cualquier parte del territorio. Artículo Tres.- La Asociación se constituye por tiempo indefinido. CAPITULO II FINES U OBJETIVOS. Artículo Cuatro.- Los fines de la Asociación serán: A) Contribuir al mejoramiento del nivel de salud de las familias del Cantón La Hachadura, dirigido este esfuerzo a disminuir significativamente enfermedades de origen y transmisión hídrica a través de la dotación de agua de calidad y en cantidad adecuada para el consumo humano y del uso y mantenimiento de letrinas adecuadamente, reduciendo con esto el número de enfermedades y muertes con énfasis en la población; B) Desarrollar proyectos y programas encaminados a mejorar el abastecimiento del agua potable para consumo humano del Cantón La Hachadura; C) Velar por el correcto uso y mantenimiento adecuado de las letrinas en las comunidades, mediante la ejecución de planes, programas y proyectos que conlleven a mejoras de salud y la disminución de las enfermedades diarréicas; D) Promover la participación de los asociados en la identificación, el estudio, análisis y alternativas de solución de los problemas y necesidades del sistema de abastecimiento del agua potable, saneamiento básico y medio ambiente; E) Gestionar proyectos y programas que contribuyen a la sostenibilidad del sistema de agua potable y saneamiento básico, por medio de la coordinación con organizaciones gubernamentales e internacionales; F) Promover programas que ayuden a conservar el medio ambiente especialmente la protección de los mantos acuíferos de la zona, involucrando a instituciones locales que tienen relación con este componente; G) Fomentar la participación activa de la comunidad en forma equitativa; CAPITULO III DE LOS MIEMBROS. Artículo Cinco.- Podrán ser miembros todas aquellas personas naturales, mayores de dieciocho años de edad, usuarias del servicio de abastecimiento de agua, salud y medio ambiente en el Cantón La Hachadura de San Francisco Menéndez, Departamento de Ahuachapán. Artículo Seis.- Clase de Miembros. La Asociación tendrá la siguiente clase de miembros: a) Miembros Fundadores, b) Miembros Activos, c) Miembros Honorarios, y d) Miembros Beneficiarios. Serán Miembros Fundadores: Todas aquellas personas naturales, que firmen el acta de constitución de la Asociación. Serán Miembros Activos: Aquellas personas naturales o jurídicas, que reúnan los requisitos definidos por estos estatutos, el reglamento interno de la Asociación y que sean aceptados como tales por la Junta Directiva. Serán Miembros Honorarios: Todas las personas naturales o jurídicas, que por su labor y méritos a favor de la Asociación, sean así nombrados por la Asamblea General. Serán Miembros Beneficiarios: Todas aquellas personas usuarias del servicio a las cuales se le ha instalado una acometida en su domicilio, quienes están sujetos al cumplimiento de los estatutos, y el reglamento, no tendrán voz ni voto. Artículo Siete.- DERECHOS DE LOS MIEMBROS. Son derechos de los miembros Fundadores y Activos: a) Participará con voz y voto en las sesiones de Junta Directiva y de Asamblea General de la Asociación; b) Proponer y ser electo para el desempeño de cargos en los órganos de dirección de la Asociación; c) Solicitar a la Junta Directiva la realización de la Asamblea General Extraordinaria para tratar asuntos de importancia para la Asociación; d) Solicitar y obtener información de los organismos de dirección de la Asociación, información sobre la administración financiera; e) Los demás que les señalen estos Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación. Artículo Ocho.- DEBERES DE LOS MIEMBROS. Son deberes de los miembros fundadores y activos:

12 12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 a) Asistir con puntualidad a las sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea General; b) Cumplir con honradez, los cargos y funciones que les encomiende la Asamblea General y la Junta Directiva; c) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de Asamblea General y de Junta Directiva; d) Abstenerse de ejecutar por acción u omisión actos que puedan afectar la estabilidad económica y de prestigio social de la Asociación; e) Velar por el buen funcionamiento y cuidado del sistema de agua, saneamiento básico y medio ambiente; f) Los demás que les señalen los estatutos y reglamento interno de la Asociación. Artículo Nueve.- La calidad de miembro se perderá por renuncia expresa o tácita del mismo, expulsión o muerte y de conformidad con lo prescrito en el capítulo VIII de los presentes estatutos. La renuncia será expresa cuando el asociado lo haga por escrito o de forma verbal a la Junta Directiva; y será tácita cuando el asociado se ausente por un período de tres meses sin expresión de causa o motivo. CAPITULO IV DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION. Artículo Diez.- El Gobierno de la Asociación será ejercido por: a) La Asamblea General, y b) La Junta Directiva Central. CAPITULO V DE LA ASAMBLEA GENERAL. Artículo Once.- De a Asamblea General. La Asamblea General, debidamente convocada, es la autoridad máxima de la asociación y estará integrada por la totalidad de los Miembros Fundadores y Activos. La Asamblea General se reunirá ordinariamente al menos dos veces al año y extraordinariamente cuando sea convocada por la Junta Directiva, y/o a solicitud de un número mayor de diez por ciento de sus miembros. En la Asamblea General Ordinaria, se tratarán los asuntos comprendidos en la agenda y los que propongan los miembros. En las Asambleas Generales Extraordinarias, sólo se dará mayor prioridad a los puntos contemplados en la agenda y si los miembros quieren tratar otro punto se validará de acuerdo al tiempo para desarrollar la agenda propuesta por la Junta Directiva. Artículo Doce.- De las Sesiones y Quórum. La convocatoria para Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria, se hará por medio de carteles, que serán colocados en puntos estratégicos u otros medios de comunicación en cada comunidad, para la Asamblea Ordinaria se convocará con tres días de anticipación y para la Asamblea Extraordinaria con tres días de anticipación indicándose en las convocatorias: El objetivo de la invitación, lugar, día, hora de celebrarse. Si en la hora señalada no pudiera celebrarse la sesión por falta de quórum, éste se llevará a cabo ocho días después del día señalado de las asambleas, en este último caso las decisiones que con el diez por ciento de los miembros se adopten, serán obligatorias aún para aquellos miembros que legalmente convocados, no asistieron. Artículo Trece.- De la Representación. Todo miembro que no pudiere asistir a cualquiera de las sesiones de Asamblea General Ordinaria o extraordinaria por motivos justificados, podrá hacerse representar por escrito mediante otro miembro de la Asociación, quien lo representará y votará en su nombre. El representante deberá estar debidamente informado de los acontecimientos de la asociación. El límite de representaciones es de un miembro, llevando la voz y el voto de su representado. Artículo Catorce.- Son atribuciones de la Asamblea General: a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva y Junta de Vigilancia, b) Recibir los informes de trabajos, c) Aprobar y desaprobar la situación financiera de la Asociación, d) Destituir por causa justificada a los miembros de la Junta Directiva y de la Junta de Vigilancia y elegir a sus sustitutos, e) Pedir a la Junta Directiva, los informes que crea conveniente a solicitud de un número mayor de diez por ciento de los asociados, f) Aprobar el Reglamento Interno de la Asociación, g) Aprobar la suspensión definitiva de los miembros a propuesta de la Junta Directiva y Junta de Vigilancia, h) Otorgar la calidad de miembros honorarios, i) Aprobar el plan anual de trabajo y sus respectivos presupuestos, i) Crear los comités de salud y medio ambiente, como otros que en el futuro sean necesarios, j) Aprobar, reformar o derogar los estatutos y reglamento interno de la Asociación, k) Decidir y aprobar la incorporación a otras Asociaciones, l) Declarar como miembros honorarios a las personas que lo ameriten, m) Autorizar la compra venta y enajenación de bienes de la asociación, n) Decidir sobre la disolución de la Asociación, y ñ) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la asociación y que no estén contemplados en los presentes estatutos. CAPITULO VI DE LA JUNTA DIRECTIVA. Artículo Quince.- De la conformación de la Junta Directiva. La dirección y administración de la asociación estará confiada a la Junta Directiva. La Junta Directiva estará integrada por once miembros, los que serán electos en sus cargos en reunión de miembros, y presentados en Asamblea General de Asociados para su aprobación y por votación nominal y pública todos con voz y voto. La nominación de los cargos será la siguiente:

13 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de a) Presidente, b) Vicepresidente, c) Secretario General, d) Tesorero, e) Síndico, f) Secretario de Medio Ambiente, g) Secretario de Salud y Saneamiento Básico, h) Secretario de Agua y Bienestar Social, i) Secretario de Comunicaciones, j) Pro Tesorero, k) Pro Secretario. Artículo Dieciséis.- De los requisitos y la forma de elección. La Junta Directiva de la asociación será elegida por la Asamblea General, para un período de dos años en sesión ordinaria o extraordinaria. Los miembros de la Junta Directiva podrán ser reelectos. Para ser miembro de la Junta Directiva, se requiere tener dieciocho años de edad, y que sean de reconocida honorabilidad, así como pertenecer o ser habitante de cualquiera de las comunidades que constituyen la presente Asociación. Artículo Diecisiete.- De las sesiones. La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario, en este último caso a solicitud de al menos cuatro de los miembros de la Junta Directiva. Artículo Dieciocho.- Del Quórum. El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar será de la mitad más uno de sus miembros, en primera convocatoria, y en segunda convocatoria con los miembros que asistan y sus acuerdos deberán ser tomados por la mayoría simple de los asistentes, las decisiones que se tomen en segunda convocatoria serán obligatoria para los miembros directivos que no asistan y en su caso para todos los miembros de la asociación. Artículo Diecinueve.- De las atribuciones de la Junta Directiva. La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones: a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los fines de la asociación; b) Elaborar proyecto de reforma de estatutos y reglamento interno, para que sean aprobados por la Asamblea General; c) Autorizar la celebración de los actos o contratos necesarios para el cumplimiento de los fines de la asociación; d) Velar por la administración eficiente y eficaz del patrimonio de la asociación; e) Elaborar la memoria anual de labores y el presupuesto anual de la asociación; f) Promover la elaboración de planes, programas, proyectos y presupuesto de la asociación e informar a la Asamblea General; g) Elegir y remover la firma auditora de la asociación; h) Nombrar de entre los miembros, los comités o comisiones que se consideren necesarios para el cumplimiento de los fines de la asociación; i) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea General; j) Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos miembros y proponerlos a la Asamblea General; k) Velar por el cumplimiento de los estatutos, reglamento interno, acuerdos y resoluciones de Asamblea General y de Junta Directiva; l) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la Asamblea General. Artículo Veinte.- DE LAS ATRIBUCIONES DEL PRESIDENTE. Son atribuciones del Presidente: a) Representar judicial y extrajudicialmente a la asociación, pudiendo otorgar poderes, previa autorización de la Junta Directiva; b) Adquirir o enajenar a cualquier título, toda clase de bienes muebles o inmuebles para la asociación; c) Presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias de Junta Directiva y de Asamblea General, junto con el Secretario de la Junta Directiva; d) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asamblea General y velar por el cumplimiento de las disposiciones contenidas en estos estatutos, así como las emanadas de la Asamblea General y de Junta Directiva; e) Autorizar junto con el Secretario y Tesorero los egresos de los fondos de la asociación y dar su visto bueno a todos los documentos de pago; f) Dar posesión de los cargos a los miembros de los comités que se formen; g) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de Junta Directiva y de Asamblea General, así como de los estatutos y reglamento interno de la asociación. Artículo Veintiuno.- SON ATRIBUCIONES DEL VICEPRESI- DENTE: a) Sustituir al Presidente en caso de ausencia o hasta la elección de la persona que lo sustituya; b) Colaborar con las actividades de la Junta Directiva; c) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de Junta Directiva y Asamblea General, así como de los estatutos y reglamento interno de la asociación. Artículo Veintidós.- DE LAS ATRIBUCIONES DEL SECRETA- RIO GENERAL. Son atribuciones del Secretario: a) Llevar los libros de actas de las sesiones de Asamblea General y Junta Directiva; b) Llevar el archivo de documentos y registros de los miembros de la asociación; c) Extender todas las certificaciones, constancias y/o credenciales que fueren solicitadas a la asociación; d) Elaborar y enviar las convocatorias a los miembros para las sesiones de Asamblea General y Junta Directiva;

14 14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 e) Autorizar junto con el Presidente y Tesorero los egresos de los fondos que la asociación realice y; f) Ser el órgano de comunicación de la asociación. Artículo Veintitrés.- DE LAS ATRIBUCIONES DEL TESORERO. Son atribuciones del Tesorero: a) Controlar los registros de ingresos y egresos de la asociación; b) Velar por la utilización adecuada del patrimonio de la asociación; c) Llevar el control directo de los libros de contabilidad de la asociación; d) Crear inventario de todos los bienes muebles e inmuebles propiedad de la asociación y mantenerlo actualizado; e) Rendir informe a la Junta Directiva de la asociación, cuando ésta lo estime conveniente, y; f) Autorizar junto con el Presidente y Secretario los egresos de los fondos que la asociación realice. Artículo veinticuatro.- DE LAS ATRIBUCIONES DEL SINDICO. Son atribuciones del Síndico: a) Asesorar al Presidente cuando tenga que representar extrajudicialmente a la asociación; b) Apoyar y asesorar para la creación, modificación o derogación de los estatutos, reglamento interno y otras; c) Velar por el cumplimiento de los estatutos, reglamento interno y de los acuerdos y resoluciones emitidas por la asociación. Artículo Veinticinco.- DE LAS ATRIBUCIONES DEL PRO SE- CRETARIO. Son atribuciones del Pro Secretario: a) Colaborar en forma directa con todos los miembros de la Junta Directiva, y; b) Sustituir a cualquier miembro de la Junta Directiva en caso de ausencia o impedimento; c) Sustituir al Secretario General en caso de ausencia o impedimento. Artículo Veintiséis.- ATRIBUCIONES DEL PRO TESORERO. Son atribuciones del Pro Tesorero: a) Colaborar en forma directa con todos los miembros de la Junta Directiva, y; b) Sustituir al Tesorero en caso de ausencia o impedimento. c) Coordinar planes y proyectos con las instituciones Gubernamentales y No Gubernamentales encaminados a la protección del Medio Ambiente. d) Cumplir las demás funciones que se le atribuyan en el Reglamento Interno de la Asociación. Artículo Veintiocho.- DE LAS ATRIBUCIONES DEL SECRE- TARIO DE SALUD Y SANEAMIENTO BASICO. Son atribuciones del Secretario de Salud y Saneamiento Básico: A) Elaborar y desarrollar planes de capacitación sobre saneamiento básico con énfasis en la calidad del agua, seguimiento al uso de letrinas, uso y mantenimiento de sistemas de eliminación de aguas usadas y tratamiento adecuado de la basura. B) Cumplir las demás funciones que se le atribuyan en el Reglamento Interno de la Asociación. Artículo Veintinueve.- DE LAS ATRIBUCIONES DEL SECRE- TARIO DE AGUA Y BIENESTAR SOCIAL. Son atribuciones del Secretario de Agua y Bienestar Social: A) Llevar censos de las familias que vivan en el cantón La Hachadura que no poseen el servicio de agua potable, y B) Cumplir las demás funciones que se le atribuyan en el Reglamento Interno de la Asociación. Artículo Veintinueve.- A. DE LAS ATRIBUCIONES DEL SECRE- TARIO DE COMUNICACIONES. Son atribuciones del Secretario de Comunicaciones: A) Elaborar y enviar las convocatorias para las celebraciones de Asambleas Generales y a los miembros de la Junta Directiva para sus reuniones. B) Elaborar boletines informativos. C) Tener una planificación de trabajo de acuerdo a los propios intereses para el buen funcionamiento de la Asociación. D) Cumplir las demás funciones que se le atribuyan en el Reglamento Interno de la Asociación. Artículo Treinta.- Responsabilidad y de Rendición de Cuentas. Los miembros de la Junta Directiva responderán ante la Asociación por las acciones que ejerzan. Los miembros de la Junta Directiva podrán ser destituidos conforme a las causales y procedimientos establecidos en estos estatutos, así también los miembros de la Junta Directiva, rendirán cuentas cuando la Asamblea General se los requiera. Artículo Veintisiete.- DE LAS ATRIBUCIONES DEL SECRE- TARIO DE MEDIO AMBIENTE. Son atribuciones del Secretario de Medio Ambiente: a) Coordinar y desarrollar la elaboración de planes y programas para la protección de la micro cuenca en las siguientes áreas: Reforestación, conservación del suelo, Educación ambiental y otros. b) Promover la formación de grupos de apoyo para coordinar y operativizar las actividades planificadas. CAPITULO VII DEL PATRIMONIO. Artículo Treinta y Uno.- El patrimonio de la asociación estará constituido por: a) Cuotas pagadas por sus miembros; b) Los ingresos provenientes de cualquier otra actividad o servicio que desempeñe en el marco de sus objetivos;

15 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de c) Los bienes muebles o inmuebles adquiridos a cualquier título, las rentas que provengan de la administración de los mismos y el precio obtenido por la venta de ellos; d) Las donaciones, herencia, legados, contribuciones de personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras. Artículo Treinta y Dos.- Carácter no Lucrativo. La naturaleza de la asociación determina su carácter no lucrativo. Tal carácter significa que todo su patrimonio, así como los ingresos provenientes de cualquier clase de actividades que realice de conformidad con los presentes estatutos, pertenecerá exclusivamente a la asociación y no a ninguno de sus miembros y estarán afectos, también de forma única, al cumplimiento de sus fines y funciones sin que ninguno de sus miembros puedan obtener ningunas clase de beneficio económico o dividendo. En consecuencia dentro de los límites así determinados, la asociación podrá contratar y obligarse como cualquier persona jurídica, adquirir bienes, enajenarlos, ser titular de cuentas bancarias y en general realizar todos los actos lícitos que le corresponden como sujeto de derecho. Artículo Treinta y Tres.- De la administración del Patrimonio. El patrimonio será administrado por la Junta Directiva, conforme a las directrices que le manifieste la Asamblea General. CAPITULO VIII SANCIONES A LOS MIEMBROS, MEDIDAS DISCIPLINARIAS, CAUSALES Y PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN. Artículo Treinta y Cuatro.- El presente capítulo será regulado en el Reglamento Interno que para tal efecto llevará la Asociación. CAPITULO IX DE LA REFORMA DE LOS ESTATUTOS. Artículo Treinta y Cinco.- Para reformar o derogar los presentes estatutos, será necesario el voto favorable de no menos del sesenta por ciento de los miembros en Asamblea General convocada para tal efecto. CAPITULO X DE LA DISOLUCION Y LIQUIDACION. Artículo Treinta y Seis.- Quórum para la disolución. No podrá disolverse la Asociación sino por disposición de la ley o por resolución tomada en Asamblea General extraordinaria, convocada a ese efecto y con un número de votos que represente por lo menos tres cuartas partes de sus miembros. Artículo Treinta y Siete.- Del procedimiento. En caso de disolución y liquidación se realizará el procedimiento establecido en la ley. Para efectos de la liquidación se nombrará una comisión liquidadora compuesta de tres miembros de la Junta Directiva y tres miembros de la Asamblea General, los que serán elegidos en la misma Asamblea General en que se acorde la disolución. Una vez juramentación los miembros de la comisión liquidadora, contarán con un plazo de seis meses para efectuar la liquidación. Los bienes que sobraren después de cancelar todos los compromisos se donarán a una entidad que sustente similares fines. CAPITULO XI DISPOSICIONES GENERALES. Artículo Treinta y Ocho.- La Junta Directiva tiene la obligación de inscribir en el Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro del Ministerio de Gobernación, en los primeros días del mes de enero de cada año, la nómina de los miembros y dentro de los cinco días, la nueva Junta Directiva y en todo caso inscribir en dicho registro todos los documentos que la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro, señale inscribir, así como enviar al registro cualquier dato que se le pidiere relativo a la entidad. Artículo Treinta y Nueve.- Del reglamento. Todo lo relativo al orden interno de la asociación no comprendido en estos estatutos, se establecerá en el reglamento interno de la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva, en un período no mayor a los seis meses posteriores al otorgamiento de su personalidad jurídica. Artículo Cuarenta.- Régimen Legal. La asociación se regirá por los presentes estatutos, por la ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro y demás disposiciones legales aplicables. Artículo Cuarenta y Uno.- De la vigencia. Los presentes estatutos entrarán en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial.- ACUERDO No San Salvador, 24 de octubre de Vistos los anteriores ESTATUTOS de la ASOCIACIÓN RURAL DE AGUA POTABLE EL MANANTIAL LA HACHADURA, compuestos de CUARENTA Y UN Artículos, acordada en el Cantón La Hachadura, jurisdicción de San Francisco Menéndez, Departamento de Ahuachapán, a las trece horas con treinta minutos, del día 03 de julio del 2004, y formalizada en la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, a las quince horas y diez minutos del día 06 de julio de 2005, por Escritura Pública, otorgada ante los oficios del Notario RAFAEL EDGARDO CALDERON LOPEZ, y no encontrando en ellos ninguna disposición contraria a las Leyes del país, de conformidad con el Art. 65 de la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Gobernación, ACUERDA: a) Aprobarlos en todas sus partes confiriendo a dicha Entidad el carácter de PERSONA JURIDICA; b) Publíquense en el Diario Oficial; y c) Inscríbase la referida entidad en el REGISTRO DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO. COMUNIQUESE. (Rubricado por el señor Presidente de la República).- LA VICE MINISTRA DE GOBERNACION, AGUILAR ZEPEDA. (Registro No. F027832)

16 16 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 ACUERDO No MINISTERIO DE EDUCACIÓN RAMO DE EDUCACION San Salvador, 14 de noviembre de 2005 El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador, en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que por Acuerdo Ejecutivo No de fecha 19 de agosto de 1986, y con efectos a partir del 18 de noviembre de 1985, el Organo Ejecutivo en el Ramo de Educación autorizó el funcionamiento a la UNIVERSIDAD DON BOSCO; II) Que por Acuerdo Ejecutivo No de fecha 19 de septiembre de 2005, el Organo Ejecutivo en el Ramo de Educación aprobó los nuevos Estatutos y reconoció su personalidad jurídica a la referida Universidad; III) Que la UNIVERSIDAD DON BOSCO, ha presentado a la Dirección Nacional de Educación Superior, el Plan de Estudios de la carrera nueva de TECNICO EN ORTESIS Y PROTESIS, para su respectiva autorización; POR TANTO, con base en las consideraciones antes expuestas y a las facultades que la Ley confiere, ACUERDA; 1 ) Autorizar el Plan de Estudios de la carrera nueva de TECNICO EN ORTESIS Y PROTESIS, presentado por la UNIVERSIDAD DON BOSCO; 2 ) Autorízase a la Universidad Don Bosco, para que ofrezca la carrera aprobada en el numeral anterior, en su sede central en la modalidad a Distancia; a través, de la Facultad de Estudios Tecnológicos, a partir del ciclo OI-2006; 3 ) El referido Plan de Estudios deberá encontrarse a disposición de los estudiantes en biblioteca u otro centro de consulta pública de la Institución; 4 ) Dicho plan deberá ser revisado durante el plazo de duración de la carrera. El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. COMUNIQUESE. DARLYN XIOMARA MEZA LARA, MINISTRA DE EDUCACION. ACUERDO No (Registro No. R005214) San Salvador, 30 de noviembre de 2005 EL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE EDUCACIÓN, considerando: I) Que es un deber del Estado la promoción del desarrollo económico y social del país y que la educación es un derecho inherente a la persona humana, que tiene entre sus fines el contribuir a la construcción de una sociedad democrática más próspera, justa y humana; II) Que para efecto de viabilizar lo anterior, el Gobierno de la República de El Salvador, por medio del Ministerio de Educación ha creado dentro del PLAN NACIONAL DE EDUCACION 2021, el PROGRAMA COMPITE, es un programa de fomento del aprendizaje del idioma inglés que nació a finales de 2004, Compite pretende transformar los modos en los que hasta hoy se ha enseñado y aprendido el inglés en el sistema educativo nacional. III) Que debido a las exigencias de la globalización, que están asociadas a un mayor intercambio cultural y a una mayor conectividad entre las personas y los grupos humanos, se vuelve relevante que los salvadoreños y las salvadoreñas amplíen sus habilidades comunicativas y de aprendizaje, siendo en este sentido importante el dominio del idioma inglés, como un factor esencial para mejorar los niveles de competitividad, que les permitirá el poder acceder a empleos más diversos y comparativamente mejor remunerados; y IV) Que es deber del Estado organizar el sistema educativo para lo cual creará las instituciones y servicios que sean necesarios. POR LO TANTO, con base a los numerales 4 y 5 del Art. 38 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y Arts. 53, 54 y 55 de la Constitución de la República, ACUERDA: 1) Crear el NATIONAL ENGLISH CENTER, EL SALVADOR, que tendrá su sede en Final Avenida Robert B. Powell Edificio Ex-Plana Libre, Santa Tecla, La Libertad, con la finalidad de aumentar la cantidad de salvadoreños y salvadoreñas bilingües y mejorar sus competencias del idioma inglés, en función del desarrollo productivo del país. 2) El NATIONAL ENGLISH CENTER, EL SALVADOR tendrá como funciones inmediatas: a) la formación de personal calificado en el área de Inglés para el sector productivo y de servicio, tales como los Call Centers y otros, por medio de cursos intensivos; b) la formación de docentes formadores para la enseñanza del idioma inglés; c) la ejecución de programas generales de enseñanza del idioma inglés para empleados del sector educativo; d) la certificación de competencias del dominio del idioma inglés, a través de la aplicación de pruebas de evaluación; y e) la creación y administración de una base de datos de personas certificadas en el dominio del idioma inglés. 3) El NATIO- NAL ENGLISH CENTER, EL SALVADOR, será administrado por el Instituto Tecnológico Centroamericano ITCA con el propósito de garantizar su eficiencia y efectividad, mediante convenio que se otorgará al efecto. COMUNÍQUESE.- DARLYN XIOMARA MEZA LARA, MINISTRA DE EDUCACION. MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL RAMO DE LA DEFENSA NACIONAL ACUERDO No San Salvador, 08 de noviembre de 2005 El Órgano Ejecutivo en el Ramo de la Defensa Nacional, ACUERDA: RECTIFICAR el Acuerdo No de fecha 21SEP005, emitido por este Ministerio, en el sentido que la ASIMILACION del señor TCNEL. y DR. FRANCISCO GERMAN BELLOSO ALVARENGA, debe quedar sin efecto a partir del 31AGO005. Quedan en vigencia los demás conceptos del mismo. COMUNIQUESE. (Rubricado por el señor Presidente de la República y Comandante General de la Fuerza Armada). OTTO ALEJANDRO ROMERO ORELLANA, GENERAL DE DIVISION, MINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL.

17 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de ACUERDO No San Salvador, 17 de noviembre de 2005 El Órgano Ejecutivo en el Ramo de la Defensa Nacional, de conformidad al acuerdo No. 074 de fecha 27OCT004, emitido por este Ministerio, ACUERDA: OTORGAR la Condecoración GRAN MEDALLA DE PLATA POR SERVICIOS DISTINGUIDOS CORDON PLATEADO, al señor MAYOR GENERAL PIOTR CZERWINSKI, Comandante de la División Multinacional Centro Sur en Irak, por su valioso apoyo incondicional al cumplimiento de la misión del V Contingente del Batallón Cuscatlán COMUNÍQUESE. ACUERDO. No ELIAS ANTONIO SACA GONZALEZ, PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y COMANDANTE GENERAL DE LA FUERZA ARMADA. OTTO ALEJANDRO ROMERO ORELLANA, GENERAL DE DIVISION MINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL San Salvador, 18 de noviembre de 2005 El Órgano Ejecutivo en el Ramo de la Defensa Nacional, de conformidad a los Artículos 5, 7, 45, 47, 69 y 83 de la Ley de la Carrera Militar y 78 y 100 del Reglamento de la Ley de la Carrera Militar, ACUERDA: ASCENDER al grado de SUBTENIENTE para el Ejército y Fuerza Aérea y TENIENTE DE CORBETA para la Fuerza Naval, Categoría de las Armas, dentro del Escalafón General respectivo y en Situación Activa del mismo, a las Señoritas y Caballeros Cadetes siguientes: a.- Escuela Militar CAPITÁN GENERAL GERARDO BARRIOS 1) WALTER FERMIN RIVAS HERNANDEZ, 2) JOSE EDUARDO CASTRO ALFARO, 3) FELIPE ARNOLDO DEL TRANSITO VARGAS SOLIS, 4) PEDRO OSVALDO GUADRON AYALA, 5) ANA GRISELDA REYES CHAVEZ, 6) BORIS ANTONIO ESCOBAR, 7) ABIDAN NEHEMIAS CUA HERNANDEZ, 8) MAURICIO ALONSO LINARES CARDONA, 9) DAVID ROQUE SACA AMAYA, 10) DANIEL ANTONIO LOPEZ LOPEZ, 11) HERBERTH ENRIQUE VALDEMAR CUBIAS RODAS, 12) GUILLERMO ISRAEL VALLE MARROQUIN, 13) LUCIANO AZENON, 14) JOSE SALVADOR LUE NERIO, 15) KARLA NORA RIVERA SIBRIAN, 16) ALVARO ERNESTO MARTINEZ HERRERA, 17) EFRAIN ELIAZAR HERNANDEZ AYALA, 18) RUDY ALEXANDER ARGUETA AVILES, 19) JUAN ALBERTO SALAZAR VENTURA, 20) JOSE MARVIN LOPEZ MIRANDA, 21) HELZER MANRIQUE RAMIREZ GARCIA, 22) JUAN FRANCISCO SANDOVAL MARTINEZ, 23) BORIS ALEXIS MEJIA ELIAS, 24) KELVIN VICENTE EFREN ROSALES HERNANDEZ, 25) ELMER HUMBERTO VALLADARES RENDEROS, 26) HECTOR JOSE LUCHA VALLADARES, 27) JOSE GILBERTO BLANCO BLANCO, 28) GERARDO OSWALDO NAVAS MONTOYA, 29) RENE HUMBERTO BENITEZ CAMPOS, 30) JESSICA EMILIA SANTOS, 31) ALMA ADILIA MANCIA POLANCO, 32) DOUGLAS OSMIN SALAZAR ARIAS, 33) ELVIS HERNAN IRAHETA PATRIZ, 34) SEBASTIAN CERON MARTINEZ, 35) RITA NOEL QUINTANILLA MENDOZA, 36) CARMEN CAROLINA MARENCO MARTINEZ, 37) CINDY ELEONORA ACOSTA CABALLERO y 38) NORMA VERONICA PREZA. b.- Escuela de Aviación Militar CAPITÁN P.A. GUILLERMO REYNALDO CORTEZ 1) SAUL YUBRAN DINARTE MIRANDA, 2) LEONEL ALFREDO AGUILAR FLORES, 3) HAMILTON RUBEN MORALES PAZ, 4) JOSE DANIEL RIVAS JOYA, 5) JULIO ALBERTO VELASCO ARTIGA, 6) MAURICIO STEVE ARDON HERNANDEZ, 7) JUAN JOSE ALVARENGA MELENDEZ, 8) SALVADOR FRANCISCO ROMERO ELIAS, 9) CESAR OMAR ARIAS LEIVA, 10) ROBINSON SALVADOR CUBIAS GONZALEZ, 11) DOUGLAS ERNESTO MORALES AGUILAR, 12) HUGO ERNESTO AMAYA COLINDRES, 13) JEIMY CAROLINA GARCIA PADILLA, 14) RENE MAURICIO SERMEÑO CANALES y 15) RENE ALEXANDER ALAS GARCIA. c.- Centro de Educación e Instrucción Naval 1) JOSE MISAEL VANEGAS AVILES, 2) SANTOS EMILIO ALFARO VELASQUEZ, 3) STANLEY ENRIQUE CEREN TADEO, 4) LUIS ORLANDO RODRIGUEZ ORTIZ, 5) JOSE LUIS ADAN BARAHONA LOPEZ, 6) VICTOR SALVADOR LARIO RODAS y 7) DENNIS STANLEY ALVARENGA DERAS. A quienes desde esta fecha, se les da posesión de su nuevo grado, debiéndoseles guardar los fueros, honores y preeminencias que por su jerarquía militar les corresponden. Los movimientos consignados en el presente Acuerdo surtirán efecto en planillas a partir del 01 de diciembre de COMUNÍQUESE. (Rubricado por el señor Presidente de la República y Comandante General de la Fuerza Armada). OTTO ALEJANDRO ROMERO ORELLANA, GENERAL DE DIVISION, MINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL.

18 18 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 ACUERDO No San Salvador, 18 de noviembre 2005, de acuerdo a lo establecido en los artículos 15, y 16 del Reglamento General de Viáticos, Instructivo 5,060 del Ministerio de Hacienda y con presencia del oficio No de fecha 14 de septiembre de 2005, emitido por la Presidencia de la República, por medio del cual concede Misión Oficial a favor del Dr. José Guillermo Maza Brizuela, Ministro de Salud, para realizar visita oficial a la República de China (Taiwán) del 12 al 20 de noviembre del presente año; el Organo Ejecutivo, en el Ramo de Salud Pública y Asistencia Social ACUERDA: autorizar al Encargado del Fondo Circulante de Monto Fijo del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, para que a la presentación del recibo correspondiente debidamente legalizado cancele al referido funcionario la cantidad que se detalla en concepto de gastos, así: Dr. José Guillermo Maza Brizuela: Gastos Terminales: Cuota única $ Gastos de Viaje 1 1/2 cuota ída (12/11/05) $ /2 cuota regreso (20/11/05) $ $ COMUNIQUESE.- MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL RAMO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL TOTAL $ Dr. JOSE ERNESTO NAVARRO MARIN, VICEMINISTRO ENCARGADO DEL DESPACHO. ORGANO JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUS TI CIA ACUERDO No D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, nueve de septiembre de dos mil cinco. El Tribunal ACUERDA: Autoriza a la Licenciada FLOR DE MARIA FUNES DE QUINTEROS, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.-- A. G. CALDERON-- J. E. TENORIO-- J. ENRIQUE ACOSTA-- VELASCO-- P. J.-- GUZMAN U. D. C.-- M. A. CARDOZA. A.-- M. POSADA. Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben.---e. Dinorah Bonilla de Avelar. (Registro No. F027776) ACUERDO No D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, nueve de septiembre del año dos mil cinco. El Tribunal ACUERDA: Autorizar al Licenciado ROBERTO MEJÍA ABREGO, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.-- A.G.CALDERÓN- -J.E. TENORIO--J.ENRIQUE ACOSTA--VELASCO--P.J.--GUZMAN U.D.C.--M.A.CARDOZA A.--M.POSADA.- Pronunciado por los señores magistrados que lo suscriben-e. DINORAH BONILLA DE AVELAR. (Registro No. F027921) ACUERDO No D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, dieciséis de noviembre del año dos mil cinco. El Tribunal ACUER- DA: Autorizar al Licenciado DENNIS ALEXANDER JIMÉNEZ MIRANDA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUE- SE.-- A.G.CALDERÓN-- J.ENRIQUE ACOSTA-- VELASCO-- P.J.-- GUZMAN U.D.C.-- GUSTAVO E.VEGA-- M.POSADA-- M.A.CARDOZA A.-- Pronunciado por los señores magistrados que lo suscriben--e.dinorah BONILLA DE AVELAR. (Registro No. F027831)

19 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de INSTITUCIONES AUTONOMAS ALCALDÍAS MUNICIPALES 19 EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD, CERTIFICA: Que en el libro de actas que este Concejo lleva en el año dos mil cuatro se encuentra la que literalmente dice: ACTA NUMERO TREINTA Y UNO: Reunidos en la Alcaldía Municipal de Nejapa, a las ocho horas del día quince de diciembre de dos mil cuatro, en Sesión Ordinaria del Concejo Municipal, convocada y presidida por el Lic. René Canjura, Alcalde Municipal, contando con la presencia de: Luis Saúl Lara Castillo, Síndico Municipal y los Regidores: Saúl Armando Guzmán Portal, Salvador Alexander Ortiz Cortés, Nora del Carmen Aguirre de Sánchez, Luis Alonso Lara Guillén, Manuel de Jesús Quijada, Enriqueta Rodas de Funes, Blanca Estela Mayén Robles de López, Nereyda Lizzeth Aguilar Romero, Delmy Rosa Luz Henríquez de Cabrera, Marco Antonio Cornejo, Ana Isabel Sánchez de Bruno, María Bertha Cartagena Delgado. Comprobado el Quórum, se leyó y probó la agenda; se dio lectura al acta anterior la que fue ratificada y firmada. Luego se procedió al desarrollo de la Sesión Ordinaria en la que se tomaron los siguientes ACUERDO ACUERDO NUMERO TRES: En uso de sus facultades y CONSIDERANDO: I. Que fue declarada zona de protección en el Municipio de Nejapa, un área por medio de la Ordenanza Delimitación de Área del Municipio de Nejapa y Declararla Prohibida para Realizar Notificaciones, Urbanizaciones, Complejos Industriales, Carreteras y Complejos Comerciales. Publicada en el Diario Oficial Tomo 351 número 66 del día lunes dos de abril del año dos mil uno. II. Que de acuerdo a estudios Técnicos hay una porción que puede calificarse como ZONA DE DESARROLLO INDUSTRIAL SUSTEN- TABLE. POR LO TANTO, el Concejo ACUERDA: Cambiar de Calificación de lugar de ZONA DE MAXIMA PROTECCION A ZONA DE DESARROLLO INDUSTRIAL SUSTENTABLE, el inmueble que se describe a continuación: Inmueble de naturaleza rústica, ubicado en el Cantón El Conacaste, jurisdicción de Nejapa, Departamento de San Salvador, propiedad de RAHE, S.A. DE C.V., cuya extensión superficial es de treinta y tres mil quinientos veinticinco punto sesenta y seis metros cuadrados, equivalentes a cuarenta y siete mil novecientos sesenta y ocho punto cincuenta y una varas cuadradas, equivalentes a cuatro punto ochenta manzanas. Cuya descripción técnica es la siguiente: Ubicado con respecto a la Carretera conexión Nejapa-Apopa, Troncal del Norte y Boulevard Constitución, tramo uno del Ministerio de Obras Públicas; con coordenadas geodésicas Norte doscientos noventa y ocho mil doscientos sesenta y ocho punto setenta y nueve y Este cuatrocientos setenta y cuatro mil ciento ochenta y ocho punto once, y partiendo del mojón esquinero número uno, sector nor-poniente y que linda con terrero propiedad de Ernesto Chévez con calle vecinal de por medio de nueve metros de ancho se inicia la presente descripción del terreno que mide y linda así: COSTADO PONIENTE: Ubicados sobre el Mojón número uno, se recorre la sumatoria de líneas rectas de los tramos uno al siete con diferentes rumbos, una distancia de ciento sesenta y cuatro punto veinticinco metros; colindando con terreno propiedad de Ernesto Chévez, camino vecinal de nueve metros de ancho de por medio. COSTADO NOR- TE: Se recorre la sumatoria de líneas rectas de cuatro tramos, con diferentes rumbos, una distancia de ciento treinta y cinco punto treinta y nueve metros, colindando con terreno propiedad de Felícita Portal, calle vecinal de nueve metros de ancho de por medio. COSTADO ORIENTE: Se recorre la sumatoria de líneas rectas de nueve tramos, con diferentes rumbos, una distancia de doscientos cuarenta y uno punto cero tres metros, colindando con terreno propiedad de Alfaro Vilanova S.A. de C.V., calle vecinal de cinco metros de ancho de por medio. COSTADO SUR: Se recorre la sumatoria de líneas rectas de diecisiete tramos, con diferentes rumbos, una distancia de doscientos setenta punto veintisiete metros llegando al punto donde se inició la descripción. Colindando con derecho de vía de la carretera conexión Nejapa-Apopa, Troncal del Norte y Boulevard Constitución, tramo uno del Ministerio de Obras Públicas. Y no habiendo más que hacer constar Firmamos la presente: R. Canjura, L. S. Lara, S.A. Guzmán, S.A. Ortiz, N.C. Aguirre, L.A. Lara, M.J. Quijada, E.R. Rodas, B.E. de López, N. Aguilar, D.R. de Cabrera, M.A. Cornejo, A.I. de Bruno, M.B.Cartagena, D.S.González, Srio. Mpal. Se extiende la presente a los dieciocho días del mes de octubre de dos mil cinco. Lic. RENE CANJURA, ALCALDE MUNICIPAL. JULIO ALFREDO MOLINA, SECRETARIO MUNICIPAL. (Registro No. R005215)

20 20 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE DESARROLLO COMUNAL DIVINA PROVIDENCIA. CAPITULO I NATURALEZA, DENOMINACIÓN, DURACIÓN, DOMICILIO. Art. 1.- La Asociación que se constituye estará regulada por el Código Municipal, la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones de Desarrollo Comunal San Sebastián Salitrillo, por estos Estatutos, reglamento interno y demás disposiciones aplicables. La Asociación será una entidad apolítica y no lucrativa, podrá participar en el campo social, económico, cultural, religioso, cívico, educativo y en cualquier otro que fuere legal y provechoso a la comunidad. La Asociación se denominará ASOCIACION DE DESARROLLO COMUNAL DIVINA PROVI- DENCIA, que podrá abreviarse ADESCODPRO, que en los presentes Estatutos se denominará la ASOCIACION. Art. 2.- La duración de la Asociación será por tiempo indefinido, sin embargo podrá disolverse y liquidarse en cualquiera de los casos previstos en la Ordenanza Reguladora, estos Estatutos y demás disposiciones aplicables. Art. 3.- El domicilio de la Asociación será en Lot. San Juan III Ctón. Santa Rosa del Municipio de San Sebastián Salitrillo, Departamento de Santa Ana. CAPITULO II FINES Art. 4.- La Asociación tendrá como fines el desarrollo humano y la obra física que proyecte al Asociación, para ello deberá: a) Promover el progreso de la respectiva localidad, conjuntamente con instituciones públicas y organismos privados, nacionales e internacionales que participen en los correspondientes programas. b) Fomentar el espíritu de solidaridad y cooperación mutua entre los vecinos, sus grupos y entidades representativas. c) Coordinar y cooperar con otros grupos comunales organizados en la localidad, en la mayor integración de sus miembros y la mejor realización de sus actividades. d) Impulsar y participar en los programas de capacitación promocional de los dirigentes y grupos comunales con el fin de contribuir al mejoramiento de la organización de la comunidad, la administración de proyectos sociales y económicos y la elevación de los niveles educativos. e) Trabajar en el establecimiento y mejora de los servicios de la comunidad con el equipamiento y los medios indispensables para solucionar los distintos problemas que existen en la comunidad. f) Promover las organizaciones juveniles haciéndolas partícipes de la responsabilidad de los programas de desarrollo local. g) Incrementar las actividades comunales a fin de obtener recursos propios que sirven para impulsar el mejoramiento de la comunidad. h) Participar en los planes de desarrollo locales, regionales y nacionales y especialmente en la determinación de los proyectos contemplados en su plan de actividades y establecer los recursos locales que deben utilizarse. CAPITULO III CALIDAD, DERECHOS Y DEBERES DE LOS ASOCIADOS. Art. 5.- Los Asociados podrán ser: a) Activos. b) Honorarios. Todos deber ser personas mayores de dieciocho años, sin embargo cuando las personas provengan de comités juveniles el requisito de edad antes mencionado será el de quince años. Son asociados activos, todas las personas que reúnen los requisitos señalados en el inciso anterior, residentes dentro de los límites de la unidad vecinal correspondientes o reuniones vecinales colindantes inmediatas. Son asociados honorarios, aquellas personas a quienes la Asamblea General, por su iniciativa o a propuesta de la Junta Directiva le conceda tal calidad, en atención a sus méritos personales y relevantes servicios prestados a la Asociación. Art. 6.- Son deberes y derechos de los asociados activos: a) Participar con voz y voto en las asambleas generales. b) Retirarse voluntariamente de la Asociación cuando así lo solicitaren por escrito. c) Elegir y ser electo para cargo de la Junta Directiva. d) Cooperar con todos los medios promocionales posibles al incremento del número de miembros de la Asociación. e) Asistir con puntualidad a las sesiones de asambleas generales previa convocatoria escrita. f) Cumplir estos Estatutos y obedecer las disposiciones de la Asamblea General y Junta Directiva, siempre que estén relacionados con los fines de la Asociación. Art. 7.- Los Asociados honorarios gozarán de los derechos que la Asamblea General les otorgue. CAPITULO IV DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION Art. 8.- El Gobierno de la Asociación estará constituido por: a) La Asamblea General: Que será la máxima autoridad de la Asociación. b) La Junta Directiva: Que será el órgano ejecutivo y estará integrado por el número de miembros que determinen los Estatutos.

21 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de CAPITULO V DE LA ASAMBLEA GENERAL CAPITULO VI DE LA JUNTA DIRECTIVA Art. 9.- La Asamblea General la componen todos los asociados y se instalará con la mayoría simple de los asociados activos, pudiendo haber representación de asociados; pero cada asociado no podrá estar representado por más de una persona. Las resoluciones se acordarán por mayoría de votos de los presentes o representados. Art La Asamblea General, se reunirá ordinariamente cuatro veces al año con intervalos de tres meses, debiendo celebrarse la primera de éstas en el mes de marzo y extraordinariamente cuando sea convocada por la Junta Directiva por iniciativa propia o a solicitud de quince miembros afiliados a la Asociación. Art En las Asambleas Generales ordinarias se tratarán los asuntos comprendidos en la agenda y los que propongan los Asociados; en las Asambleas Generales Extraordinarias sólo se tratarán los asuntos comprendidos en la convocatoria y cualquier decisión sobre otros aspectos será nula. Art La Convocatoria para la Asamblea General ordinaria o extraordinaria, se hará por medio de un aviso escrito, con ocho días de anticipación para la primera y con cuarenta y ocho horas de anticipación para la segunda, indicándose en los mismos, el lugar, el día y hora en que se han de celebrar. Si a la hora señalada no pudiere celebrarse la sesión por falta de quórum, ésta se llevará a cabo el mismo día una hora después de la señalada con los asociados que concurran, en este último caso, las decisiones que se adopten serán obligatorias aún para aquellos que convocados en la forma prescrita en estos Estatutos no concurrieren. Art Son atribuciones de la Asamblea General: a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva. b) Recibir los informes de trabajo y aprobar o denegar el estado financiero de la Asociación. c) Destituir total o parcialmente por causa justificada a los miembros de la Junta Directiva y elegir a sus sustitutos. d) Retirar la calidad de miembros de la misma a los que hubieren renunciado, fallecido o perdido su calidad de asociado. e) Pedir a la Junta Directiva los informes que crea convenientes. f) Aprobar el reglamento interno de la Asociación y los que sean necesarios. g) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y reglamentos que se dicten. h) Aprobar el plan anual de trabajo y su respectivo presupuesto. i) Otorgar la calidad de Asociado Honorario. j) Resolver a su prudente arbitrio las situaciones excepcionales no previstas en estos Estatutos y que demanden inmediata solución. Art La Junta Directiva estará integrada por once miembros propietarios y suplentes electos en asamblea general por votación nominal y pública, ya sea para cargos separados o en planilla. En todo caso, la nominación de los cargos será la siguiente: Presidente, Vice-Presidente, Secretario, Secretario de Actas, Tesorero, Pro-Tesorero, Síndico y cuatro Vocales. Los cargos en la Junta Directiva serán adhonoren; sin embargo cuando el asociado trabaje en actividades particulares y eventuales para la Asociación, podrá cobrar una retribución convencional o cuando el volumen de trabajo y las circunstancias lo ameriten, previo acuerdo de la Asamblea General. Art La Junta Directiva se reunirá ordinariamente por lo menos una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario, previa convocatoria que haga el Presidente. Para que la sesión sea válida deberá concurrir por lo menos seis de sus miembros propietarios y las resoluciones se tomarán por mayoría de votos. En caso de empate el Presidente o quien haga sus veces, tendrá voto de calidad. Art Son atribuciones de la Junta Directiva: a) Elaborar los proyectos de Estatutos de la Asociación y proponerlos a la Asamblea General. b) Determinar juntamente con las instituciones que colaboran con el desarrollo comunal, el plan de trabajo y el presupuesto correspondiente. c) Integrar comisiones de trabajo de la Asociación y encauzar su mejor organización y desenvolvimiento. d) Convocar a la Asamblea General a reuniones ordinarias y extraordinarias. e) Coordinarse con los organismos del Estado, las municipalidades y con las entidades privadas que tengan que trabajar en la región, en proyectos de desarrollo de la comunidad. f) Participar en su caso en las investigaciones, planeamientos, ejecución y evaluación de los programas y proyectos de mejoramiento de la localidad. g) Informar periódicamente a la Asamblea General y a los organismos que cooperan con sus programas de las actividades que desarrolla. h) Tomar las medidas necesarias para cumplir y aplicar las disposiciones emanadas de la Asamblea General. i) Autorizar y controlar los gastos de los recursos económicos de la Asociación, hasta un máximo de mil colones. j) Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los miembros de la Asociación. k) Presentar a la consideración y aprobación de la Asamblea General en la sesión ordinaria del mes de diciembre, la memoria anual de sus actividades.

22 22 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 l) Llamar al miembro correspondiente de la Junta Directiva, cuando el titular está ausente o no concurriese a tres sesiones consecutivas por lo menos sin causa justificada. m) Presentar a la consideración de la Asamblea General con quince días de anticipación de cada ejercicio administrativo el plan anual y el presupuesto de gastos de la Asociación. Art El Presidente de la Junta Directiva presidirá las sesiones de Asamblea General y de Junta Directiva, y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación. Art El Vice-Presidente colaborará con el Presidente y lo sustituirá en los casos de ausencia o impedimento de éste y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación. Art El Secretario será el órgano de comunicación de la Asociación y llevará el inventario de los bienes de la misma y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación. Art El Secretario de Actas, tendrá a su cargo los libros de actas de sesiones que celebre la Asamblea General, la Junta Directiva; extender las certificaciones que se solicitaren a la Asociación y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación. Art El Tesorero será el depositario de los fondos y bienes de la Asociación y llevará los libros de contabilidad o las cuentas de la misma. Se encargará además, de que se hagan efectivos los créditos a favor de la Asociación y dará cuenta de la Junta Directiva en cada sesión del estado económico; hará los pagos de las obligaciones de la Asociación. En todo cado serán autorizados los pagos por el Secretario y con el VISTO BUENO, del Presidente de la Asociación. Todos los fondos serán depositados en una Institución bancaria o crediticia, para la cual se abrirá una cuenta a nombre de la Asociación y se registrarán las firmas del Tesorero, el Presiente y el Síndico de la Asociación; se requerirán para todo retiro de fondos de la concurrencia de las firmas de los expresados directivos, una vez sea aprobado por la misma directiva y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación. Art El Pro-Tesorero tendrá las mismas funciones del tesorero, colaborará y lo sustituirá en caso de ausencia o impedimento de éste y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación. Art El Síndico velará por el estricto cumplimiento de los presentes estatutos y demás acuerdos tomados por la Asamblea General y por la Junta Directiva y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación. Art Los Vocales colaborarán con la Junta Directiva en la medida que ésta los considere necesario, en todo caso sustituirán a los miembros de la Junta Directiva que faltaren y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación. Art Los miembros de la Junta Directiva serán electos por un período de dos años, pudiendo ser reelectos para otro período, si la Asamblea General así lo decidiere. CAPITULO VII PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA LA REMOCION DE ASOCIADOS Y DIRECTIVOS. Art Los miembros de la Asociación podrán ser retirados de ella por acuerdo de la Asamblea General, tomado por mayoría de votos previa audiencia del interesado, por infracciones a la ordenanza, reglamento y estatutos. Se consideran además como causales de retiro o expulsión las siguientes: a) Mala conducta del asociado que se traduzca en perjuicio grave para la Asociación. b) Promover actividades políticas o de otra naturaleza que vayan en perjuicio de la Asociación. c) Obtener por medios fraudulentos beneficios de la Asociación para sí o para terceros. d) Cometer algún delito o falta grave en perjuicio de la Asociación. Art Todos o parte de los miembros de la Junta Directiva, electos por la Asamblea General, podrán ser suspendidos temporalmente, sino ameritare su destitución según la gravedad del caso. Para proceder a la suspensión temporal, la Junta Directiva nombrará una comisión de dos o más de sus miembros para que investiguen los hechos y oyendo el informe de éstos y las razones que el supuesto infractor exponga en su defensa, resolverá tal destitución nombrando a continuación los sustitutos. En caso de destribución de que habla el literal c) del Art. 13 la Junta Directiva seguirá el procedimiento anterior, pero en este caso será la Asamblea General quien resolverá tal destitución nombrando a continuación los sustitutos. Art El Síndico tendrá la responsabilidad judicial y extrajudicial de la Asociación, puede otorgar y revocar poderes judiciales o administrativos y necesitará de la autorización previa de la Junta Directiva para ejercerla en cada caso. A falta del Síndico fungirán los vocales por su orden, respectivamente autorizados en sesión de Junta Directiva. De entre los Vocales de la Asociación, el Síndico elegirá un Comité de Vigilancia formado por tres miembros que tendrá acceso a todas las gestiones, operaciones, trabajos, libros y demás documentos de la Asociación, con el objeto de velar porque el patrimonio de la Asociación sea aplicado en la consecución de sus fines. Art En caso que la Junta Directiva dentro del plazo de diez días conocida la infracción, no procede de conformidad a los artículos anteriores, un número de diez asociados por lo menos, podrá convocar a Asamblea General para que ésta nombre la Comisión Investigadora, para que en base a su informe, la Asamblea General proceda a la suspensión o destitución. El mismo procedimiento se seguirá cuando de acuerdo a las infracciones debe de conocerse sobre la suspensión temporal o destitución de toda la Junta Directiva, o cuando por tratarse de la mayoría de los miembros de la Junta Directiva los restantes no inician el procedimiento dentro del plazo que establezca el inciso anterior.

23 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de En todos los casos de este artículo será la Asamblea General la que resolverá sobre la suspensión o destitución de los miembros y en la misma sesión elegirán y darán posesión a los sustitutos, por el tiempo de la suspensión o por el resto del periodo de los Directivos sustituidos. La Asamblea General o Junta Directiva notificará al interesado la suspensión temporal o definitiva a más tardar dentro de 48 horas después de haber sido acordada. Art De la resolución que establezca la suspensión temporal decretada por la Junta Directiva, podrá interponerse únicamente el recurso de revisión para ante la misma, dentro del tercer día de la notificación. De las resoluciones de la Asamblea General, no se admitirá ningún recurso. CAPITULO VIII DEL PATRIMONIO DE LA ASOCIACION Art El patrimonio de la Asociación estará constituido: a) Por la contribución que aporten los Asociados Activos y que será de dos colones mensuales. b) Los aportes extraordinarios que provengan de diferentes fuentes. c) Los ingresos provenientes de cualquier actividad realizada para allegar fondos a la Asociación. d) Sus bienes muebles o inmuebles adquiridos a cualquier título y las rentas que se obtengan de la administración de los mismos. Los bienes de la Asociación son inalienables o imprescriptibles, salvo que la Asociación con el voto de las tres cuartas partes de sus miembros acordare afectarlos. Art De las utilidades obtenidas por la Asociación se aportará el cinco por ciento para formar un fondo de reserva para incrementar el capital bancario a nombre de la misma. La Asociación llevará un libro especial de registro de capital en el que deberá expresarse todo aumento o disminución del mismo. La Asociación para poder desarrollar sus fines sociales y de obra física siempre que conduzca a operaciones canalizadas a través de recursos económicos, deberá ser conocido y aprobado por la Directiva siempre y cuando no exceda de un mil colones, caso contrario la aprobará la Asamblea General, específicamente para el acta en que comparezca el representante de la Asociación. Art Si al final de cada ejercicio administrativo se obtuviera ganancia, la Junta Directiva propondrá a la Asamblea General los proyectos a que puedan ser aplicadas tales ganancias, como también el tiempo y forma de invertir el fondo de reserva. hubiere quedado después de treinta días pagadas las obligaciones que tuviere la Asociación, con la condición de ser destinados los fondos a programas de desarrollo comunal a realizarse preferentemente en la localidad del domicilio de la Asociación. Art La disolución de la Asociación será acordada en sesión extraordinaria de Asamblea General, mediante acuerdo de las dos terceras partes de la Asociación, por los motivos que la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales y demás disposiciones aplicables establezcan. CAPITULO X DISPOSICIONES GENERALES. Art. 36.-La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Concejo Municipal en los primeros días posteriores a la elección la nómina de la nueva Junta Directiva, en todo caso proporcionar al expresado Concejo, cualquier dato que se le pidiere relativo a la Asociación. También informará en la forma expresada en el inciso anterior, las sustituciones de los miembros de la Junta Directiva cuando sean en forma definitiva. Dentro de los treinta días posteriores a la elección de la nueva Junta Directiva, deberá enviar al expresado Concejo su plan de actividades. Art Los presentes estatutos entrarán en vigencia, ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. ACUERDO NUMERO DOCE Vistos los estatutos de la Asociación de Desarrollo Comunal Divina Providencia ADESCODPRO de la lotificación San Juan III del Cantón Santa Rosa del municipio de San Sebastián Salitrillo, departamento de Santa Ana, que consta de treinta y siete artículos y no encontrándose en ellos ninguna disposición contraria a las leyes de la República, al orden público, ni a las buenas costumbres y de conformidad a los artículos 119 y 30 numeral 23 del Código Municipal. Este Concejo Municipal, Acuerda: Aprobarlos y conferirle a dicha asociación el carácter de permanencia Jurídica. Dado en la Alcaldía Municipal de San Sebastián Salitrillo, a los dieciséis días del mes de marzo del año dos mil uno. JOSE ALVARO SANCHEZ, ALCALDE MUNICIPAL. CAPITULO IX DISOLUCION DE LA ASOCIACION Art En caso de disolución, si después de pagadas las obligaciones que tenga la Asociación hubiere un remanente, la Junta Directiva deberá poner a disposición del Concejo Municipal el remanente que ADELSO ENRIQUE FUNES, SECRETARIO MUNICIPAL. (Registro No. F027904)

24 24 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO COMUNAL, PLAN DE DIOS, CANTÓN LA RUDA, MUNICIPIO DE MASAHUAT, DEPARTAMENTO DE SANTA ANA. CAPITULO I NATURALEZA, DENOMINACIÓN, DURACIÓN, DOMICILIO. Art. 1.- La Asociación que se constituye estará regulada por el Código Municipal, la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones de Desarrollo Comunal de Masahuat, por estos estatutos, reglamento interno y demás disposiciones aplicables. La Asociación será una entidad apolítica y no lucrativa, podrá participar en el campo social, económico, cultural, religioso, cívico, educativo y en cualquier otro que fuere legal y provechoso a la comunidad. La Asociación se denominará ASOCIACIÓN DE DESARROLLO COMUNAL PLAN DE DIOS, que podrá abreviarse ADESCOPLANDED, que en los presentes Estatutos se denominará la ASOCIACIÓN. Art. 2.- La duración de la Asociación será por tiempo indefinido, sin embargo podrá disolverse y liquidarse en cualquiera de los casos previstos en la Ordenanza Reguladora, de estos Estatutos y demás disposiciones aplicables. Art. 3.- El domicilio de la Asociación será el Cantón La Ruda, Municipio de Masahuat, Departamento de Santa Ana. CAPITULO II FINES Art. 4.- La Asociación tendrá como fines el desarrollo humano y la obra física que proyecte la Asociación para ello deberá: a. Promover el progreso de la respectiva localidad, conjuntamente con instituciones públicas y organismos privados, nacionales e internacionales que participen en los correspondientes programas. b. Fomentar el espíritu de solidaridad y cooperación mutua entre los vecinos, sus grupos y entidades representativas. c. Coordinar y cooperar con otros grupos comunales organizados en la localidad, en la mayor integración de sus miembros y la mejor realización de sus actividades. d. Impulsar y participar en los programas de capacitación promocional de los dirigentes y grupos comunales con el fin de contribuir al mejoramiento de la organización de la comunidad, la administración de proyectos sociales y económicos y la elevación de los niveles educativos. e. Trabajar en el establecimiento y mejora de los servicios de la comunidad con el equipamiento y los medios indispensables para solucionar los distintos problemas que existieren en la comunidad. f. Promover las organizaciones juveniles haciéndolas partícipes de la responsabilidad de los programas de desarrollo local. g. Incrementar las actividades comunales a fin de obtener recursos propios que sirven para impulsar el mejoramiento de la comunidad. h. Participar en los planes de desarrollo local, regional y nacional, y especialmente en la determinación de los proyectos contemplados en su plan de actividades y establecer los recursos locales que deben utilizarse. CAPITULO III CALIDAD, DERECHOS Y DEBERES DE LOS ASOCIADOS. Art. 5.- Los Asociados podrán ser: a) Activos. b) Honorarios. Todos deben ser personas mayores de dieciocho años, sin embargo cuando las personas provengan de comités juveniles el requisito de edad antes mencionado será el de quince años. Son asociados activos todas las personas que reúnen los requisitos señalados en el inciso anterior, residentes dentro de los límites de la unidad vecinal correspondiente o reuniones vecinales colindantes inmediatas. Son asociados honorarios aquellas personas a quienes la Asamblea General, por su iniciativa o a propuesta de la Junta Directiva les conceda tal calidad, en atención a sus méritos personales y relevantes servicios prestados a la asociación. Art. 6.- Son deberes y derechos de los asociados activos: a) Participar con voz y voto en las asambleas generales. b) Retirarse voluntariamente de la Asociación cuando así lo solicitaren por escrito. c) Elegir y ser electo para cargo de la Junta Directiva. d) Cooperar con todos los medios promociónales posibles al incremento del número de miembros de la Asociación. e) Asistir con puntualidad a las sesiones de asambleas generales previa convocatoria escrita. f) Cumplir estos estatutos y obedecer las disposiciones de la Asamblea General y Junta Directiva, siempre que estén relacionados con los fines de la Asociación. Art. 7.- Los Asociados honorarios gozarán de los derechos que la asamblea general les otorgue. CAPITULO IV DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACIÓN. Art. 8.- El Gobierno de la Asociación estará constituida por: a) La Asamblea General: Qué será la máxima autoridad de la Asociación. b) La Junta Directiva: Que será el órgano ejecutivo y estará integrado por el número de miembros que determinen los estatutos.

25 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de CAPITULO V DE LA ASAMBLEA GENERAL CAPITULO VI DE LA JUNTA DIRECTIVA. Art. 9.- La Asamblea General la componen todos los asociados y se instalará con la mayoría simple de los asociados activos pudiendo haber representación de asociados; pero cada asociado no podrá estar representado por más de una persona que podrá tener voz pero no voto. Las resoluciones se acordarán por mayoría de votos de los presentes. Art La Asamblea General, se reunirá ordinariamente cuatro veces al año con intervalo de tres meses, debiendo celebrarse la primera de éstas a más tardar tres meses de la fecha de su constitución y extraordinariamente cuando sea convocada por la Junta Directiva por iniciativa propia o a solicitud de quince miembros afiliados a la Asociación. Art En las Asambleas Generales ordinarias se tratarán los asuntos comprendidos en la agenda y los que propongan los Asociados, en las Asambleas Generales extraordinarias sólo se tratarán los asuntos comprendidos en la convocatoria y cualquier decisión sobre otros aspectos será nula. Art La Convocatoria para Asamblea General ordinaria o extraordinaria, se hará por medio de un aviso escrito, con ocho días de anticipación para la primera y con cuarenta y ocho horas de anticipación para la segunda, indicándose en los mismos, el lugar, el día y hora en que se han de celebrar. Si a la hora señalada no pudiere celebrarse la sesión por falta de quórum, ésta se llevará a cabo el mismo día una hora después de la señalada con los asociados que concurran, en este último caso, las decisiones que se adopten serán obligatorias aún para aquellos que convocados en la forma prescrita en estos estatutos no concurrieren. Art Son atribuciones de la Asamblea General: a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva. b) Recibir los informes de trabajo y aprobar o denegar el estado financiero de la Asociación. c) Destituir total o parcialmente por causa justificada a los miembros de la Junta Directiva y elegir a sus sustitutos. d) Retirar la calidad de miembros de la misma a los que hubiere renunciado, fallecido o perdido su calidad de asociados. e) Pedir a la Junta Directiva los informes que crea convenientes. f) Aprobar el reglamento interno de la Asociación y los que sean necesarios. g) Cumplir y hacer cumplir los presentes estatutos y reglamentos que se dicten. h) Aprobar el plan anual de trabajo y su respectivo presupuesto. i) Otorgar la calidad de Asociado Honorario. j) Resolver a su prudente arbitrio las situaciones excepcionales no previstas en estos estatutos y que demanden inmediata solución. Art La Junta Directiva estará integrada por once miembros propietarios electos en asamblea general por votación nominal y pública, ya sea para cargos separados o en planilla. En todo caso, la nominación de los cargos será la siguiente: Presidente, Vice-Presidente, Secretario, Secretario de Actas, Tesorero, Pro-Tesorero, Síndico, y cuatro Vocales. Los cargos en la Junta Directiva serán adhonoren; sin embargo cuando el asociado trabaje en actividades particulares y eventuales para la Asociación, podrá cobrar una retribución convencional o cuando el volumen de trabajo y las circunstancias lo ameriten, previo acuerdo de la Asamblea General. Art La Junta Directiva se reunirá ordinariamente por lo menos una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario, previa convocatoria que haga el Presidente. Para que la sesión sea válida deberán concurrir por lo menos seis de sus miembros propietarios y las resoluciones se tomarán por mayoría de votos. En caso de empate el Presidente o quien haga sus veces, tendrá voto de calidad. Art Son atribuciones de la Junta Directiva: a) Elaborar los proyectos de estatutos de la Asociación y proponerlos a la Asamblea General. b) Determinar juntamente con las instituciones que colaboran con el desarrollo comunal, el plan de trabajo y el presupuesto correspondiente. c) Integrar comisiones de trabajo de la Asociación y encauzar su mejor organización y desenvolvimiento. d) Convocar a la Asamblea General a reuniones ordinarias y extraordinarias. e) Coordinarse con los organismos del estado, la municipalidades y con las entidades privadas que tengan que trabajar en la región, en proyectos de desarrollo de la comunidad. f) Participar en su caso en las investigaciones, planeamientos, ejecución y evaluación de los programas y proyectos de mejoramiento de la localidad. g) Informar periódicamente a la Asamblea General y a los organismos que cooperan con sus programas de las actividades que desarrolla. h) Tomar las medidas necesarias para cumplir y aplicar las disposiciones emanadas de la Asamblea General. i) Autorizar y controlar los gastos de los recursos económicos de la Asociación, hasta un máximo Cien Dólares de los Estados Unidos de América. j) Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los miembros de la Asociación. k) Presentar a la consideración y aprobación de la Asamblea General en la sesión ordinaria del mes de aniversario, la memoria anual de sus actividades. l) Llamar al miembro correspondiente de la Junta Directiva, cuando el titular está ausente o no concurriese a tres sesiones consecutivas por lo menos, sin causa justificada.

26 26 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 m) Presentar a la consideración de la Asamblea General con quince días de anticipación de cada ejercicio administrativo el plan anual y el presupuesto de gastos de la Asociación. Art El Presidente de la Junta Directiva presidirá las sesiones de Asamblea General y de Junta Directiva, y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación. Art El Vice-Presidente colaborará con el Presidente y lo sustituirá en los casos de ausencia o impedimento de éste y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación. Art El Secretario será el órgano de comunicación de la Asociación y llevará el inventario de los bienes de la misma y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación. Art El Secretario de Actas, tendrá a su cargo los libros de actas de sesiones que celebre la Asamblea General, la Junta Directiva; extender las certificaciones que se soliciten a la Asociación y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación. Art El Tesorero será el depositario de los fondos y bienes de la Asociación y llevará los libros de contabilidad o las cuentas de la misma. Se encargará además, de que se hagan efectivos los créditos a favor de la Asociación y dará cuenta de la Junta Directiva en cada sesión del estado económico; hará los pagos de las obligaciones de la Asociación. En todo caso serán autorizados los pagos por el Secretario y con el VISTO BUENO, del Presidente de la Asociación. Todos los fondos serán depositados en una Institución bancaria o crediticia, para la cual se abrirá una cuenta a nombre de la Asociación y se registrarán las firmas del Tesorero, el Presidente y el Síndico de la Asociación; se requerirán para todo retiro de fondos de la concurrencia de las firmas de los expresados directivos, una vez sea aprobado por la misma directiva y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación. Art El Pro-Tesorero tendrá las mismas funciones del Tesorero, colaborará y lo sustituirá en caso de ausencia o impedimento de éste y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación. Art El Síndico tendrá la responsabilidad judicial y extrajudicial de la Asociación, puede otorgar y revocar poderes judiciales o administrativos y necesitará de la autorización previa de la Junta Directiva para ejercerla en cada caso. A falta del Síndico fungirán los vocales por su orden respectivamente autorizados en sesión de junta directiva. De entre los vocales de la Asociación, el síndico elegirá un Comité de Vigilancia formado por tres miembros que tendrán acceso a todas las gestiones, operaciones, trabajos, libros y demás documentos de la asociación, con el objeto de velar porque el patrimonio de la asociación sea aplicado en la consecución de sus fines. Art El Síndico velará por el estricto cumplimiento de los presentes estatutos y demás acuerdos tomados por la asamblea general y por la junta directiva y todo lo demás que le fuere encomendado por la asociación. Art Los vocales colaborarán con la junta directiva en la medida que ésta lo considere necesario en todo caso sustituirán a los miembros de la junta directiva que faltaren y todo lo demás que le fuere encomendado por la asociación. Art Los miembros de la Junta Directiva serán electos por un período de dos años, pudiendo ser reelectos para otro período, si la Asamblea General así lo decidiere. CAPITULO VII PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA LA REMOCIÓN DE ASOCIADOS Y DIRECTIVOS. Art Los miembros de la Asociación podrán ser retirados de ella por acuerdo de la Asamblea General, tomado por mayoría de votos previa audiencia del interesado, por infracciones a la ordenanza, reglamento y estatutos. Se consideran además como causales de retiro o expulsión las siguientes: a) Mala conducta del asociado que se traduzca en perjuicio grave para la Asociación. b) Promover actividades políticas o de otra naturaleza que vayan en perjuicio de la Asociación. c) Obtener por medios fraudulentos beneficios de la Asociación para sí o para terceros. d) Cometer algún delito o falta grave en perjuicio de la Asociación. Art Todos o parte de los miembros de la Junta Directiva, electos por la Asamblea General, podrán ser suspendidos temporalmente, sino ameritare su destitución según la gravedad del caso. Para proceder a la suspensión temporal, la Junta Directiva nombrará una comisión de dos o más de sus miembros para que investiguen los hechos y oyendo el informe de éstos y las razones que el supuesto infractor exponga en su defensa resolverá tal destitución nombrando a continuación los sustitutos. En caso de destitución de que habla el literal, c) del Art. 13 la Junta Directiva seguirá el procedimiento anterior, pero en este caso será la Asamblea General quien resolverá tal destitución nombrando a continuación los sustitutos. Art En caso que la Junta Directiva dentro del plazo de diez días conocida la infracción, no procede de conformidad a los artículos anteriores, un número de diez asociados por lo menos, podrá convocar a Asamblea General para que ésta nombre la Comisión investigadora, para que en base a su informe, la Asamblea General proceda a la suspensión o destitución. El mismo procedimiento se seguirá cuando de acuerdo a las infracciones debe de conocerse sobre la suspensión temporal o destitución de toda la Junta Directiva, o cuando por tratarse de la mayoría de los miembros de la Junta Directiva los restantes no inician el procedimiento dentro del plazo que establezca el inciso anterior. En todos los casos de este artículo será la Asamblea General la que resolverá sobre la suspensión temporal o destitución de los miembros y en la misma sesión elegirán y darán posesión a los sustitutos, por el tiempo de la suspensión o por el resto del período de los Directivos sustituidos.

27 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de La Asamblea General o Junta Directiva notificará al interesado la suspensión temporal o definitiva a más tardar dentro de 48 horas después de haber sido acordada. Art De la resolución que establezca la suspensión temporal decretada por la Junta Directiva, podrá interponerse únicamente el recurso de revisión para ante la misma, dentro del tercer día de la notificación. De las resoluciones de la Asamblea General, no se admitirá ningún recurso. CAPITULO VIII DEL PATRIMONIO DE LA ASOCIACIÓN Art El patrimonio de la Asociación estará constituido: a) Por la contribución que aporten los Asociados Activos y que será de Cincuenta Centavos de los Estados Unidos, mensuales; la cual podrá cambiarse en Asamblea General. b) Los aportes extraordinarios que provengan de diferentes fuentes. c) Los ingresos provenientes de cualquier actividad realizada para allegar fondos a la Asociación. d) Sus bienes muebles o inmuebles adquiridos a cualquier título y las rentas que se obtengan de la administración de los mismos. Los bienes de la Asociación son inalienables o imprescriptibles, salvo que la Asociación con el voto de las tres cuartas partes de sus miembros acordare afectarlos. Art De las utilidades obtenidas por la Asociación se aportará el cinco por ciento para formar un fondo de reserva para fines sociales. La Asociación llevará un libro especial de registro de capital en el que deberá expresarse todo aumento o disminución del mismo. La Asociación para poder desarrollar sus fines sociales y de obra física siempre que conduzca a operaciones canalizadas a través de recursos económicos, deberá ser conocido y aprobado por la Directiva siempre y cuando no exceda de CIEN dólares de los Estados Unidos de América, caso contrario lo aprobará la Asamblea General, específicamente para el acta en que comparezca el representante de la Asociación. Art Si al final de cada ejercicio administrativo se obtuviera ganancia, la Junta Directiva propondrá a la Asamblea General los proyectos a que puedan ser aplicadas tales ganancias, como también el tiempo y forma de invertir el fondo de reserva. Art La disolución de la Asociación será acordada en sesión extraordinaria de Asamblea General, mediante acuerdo de la mayoría simple de la Asociación, por los motivos que la ordenanza reguladora de las Asociaciones comunales y demás disposiciones aplicables establezcan. CAPITULO X DISPOSICIONES GENERALES Art La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Concejo Municipal en los primeros quince días posteriores a la elección la nómina de la nueva Junta Directiva, en todo caso proporcionar al expresado Concejo, cualquier dato que se le pidiere relativo a la Asociación. También informará en la forma expresada en el inciso anterior, las sustituciones de los miembros de la Junta Directiva cuando sean en forma definitiva. Dentro de los treinta días posteriores a la elección de la nueva Junta Directiva, deberá enviar al expresado Concejo su plan de actividades. Art Los presentes estatutos entrarán en vigencia, ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL CERTIFICA: Que en el Libro de Actas y Acuerdos Municipales que esta oficina lleva durante el presente año a páginas 175 y siguientes se encuentra la que literalmente dice: ACTA NUMERO VEINTITRES.- Sesión ordinaria de la segunda quincena Celebrada a las quince horas del día dieciocho de noviembre del dos mil cinco. ACUERDO NUMERO NOVENTA Y NUEVE.- Vistos los Estatutos de la Asociación de Desarrollo Comunal PLAN DE DIOS DEL CANTON LA RUDA, la jurisdicción de Masahuat, del Departamento de Santa Ana, los cuales constan de treinta y siete Artículos y no encontrándose en ellos ninguna disposición que contraríe la moral y las buenas costumbres, ni contradicciones a las Leyes de la República, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 30 numeral 23 y 119 del Código Municipal Vigente Acuerda: Aprobar dichos Estatutos y conferir a la ASOCIACION DE DESARROLLO COMUNAL PLAN DE DIOS DEL CANTON LA RUDA de esta jurisdicción la PERSO- NERIA JURIDICA por ellos solicitada y no habiendo más que hacer constar damos por terminada la presente Acta que firmamos.-///a. A. Aguilar.///R.A. Flores.///A Ramírez.///S. Peraza. U.///R.A.Aguilar/// Srio. ///RUBRICADAS///. Es conforme con su original con el cual se confrontó en Alcaldía Municipal: Masahuat, a treinta de noviembre del dos mil cinco. CAPITULO IX DISOLUCIÓN DE LA ASOCIACIÓN. Art En caso de disolución, si después de pagadas las obligaciones que tenga la Asociación hubiere un remanente, la Junta Directiva deberá poner a disposición del Concejo Municipal el remanente que hubiere quedado después de treinta días pagadas las obligaciones que tuviere la Asociación, con la condición de ser destinados los fondos a programas de desarrollo comunal a realizarse preferentemente en la localidad del domicilio de la Asociación. ANGEL ALFONSO AGUILAR HERRERA, ALCALDE MUNICIPAL. ROSA ADELIA AGUILAR. SECRETARIA MUNICIPAL. (Registro No. F027867)

28 28 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 SECCION CARTELES OFICIALES DE PRIMERA PUBLICACIÓN DECLARATORIA DE HERENCIA ACEPTACION DE HERENCIA LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.- HACE SABER: Que por resolución dictada en este Tribunal a las diez horas y cincuenta minutos del día veintiséis de octubre de dos mil cinco, se han declarado herederos definitivos, abintestato, con beneficio de inventario, de los bienes dejados a su defunción por el señor GEOVANY ALEXANDER HERNANDEZ CORTEZ, quien fue de veintidós años de edad, carpintero, fallecido en kilómetro veintidós de la carretera que conduce de Quezaltepeque a Nejapa, el día veinticuatro de septiembre de dos mil cuatro, siendo Quezaltepeque su último domicilio, a los señores ROSA MIRIAN CORTEZ DE HERNANDEZ, en el concepto de madre, y FRANCISCO HERNANDEZ VASQUEZ, en el concepto de padre del causante, a quienes se les ha conferido la administración y representación definitiva de la sucesión. Lo que se hace saber al público en general para los efectos de Ley. Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las doce horas y cinco minutos del día veintiséis de octubre de dos mil cinco.- Licda. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. JOSE ELEAZAR CARDONA GUEVARA, Of. 1 v. No LICENCIADA ZOILA MORENA SOLORZANO DE MAGAÑA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD DELGADO. AVISA: Que por resolución de las doce horas y treinta y cinco minutos del día veintiocho de octubre del presente año, se ha declarado HEREDERA DEFINITIVA con beneficio de inventario de la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor MIGUEL ANTONIO VILLALTA conocido por JOSE ANTONIO VILLALTA, ANTONIO VILLALTA, JOSE A. VILLALTA H., MIGUEL ANTONIO VILLALTA HUEZO y MIGUEL ANTONIO HUEZO, quien fue de noventa y nueve años de edad, peluquero, casado, fallecido el día cuatro de febrero del presente año, siendo Delgado el lugar de su último domicilio, de parte de la señorita LILIANA ESMERALDA VILLALTA, en calidad de heredera testamentaria del causante, siendo representada la señorita LILIANA ESMERALDA VILLALTA, por la Abogada LEONOR MAGDALENA ORELLANA MELENDEZ. Confiriéndosele a la aceptante la administración y representación definitiva de la sucesión. JUZGADO DE LO CIVIL DE DELGADO, a las quince horas y cincuenta y cinco minutos del día veintiocho de octubre del año dos mil cinco. - Licda. ZOILA MORENA SOLORZANO DE MAGAÑA, JUEZ DE LO CIVIL DE DELGADO.- Licda. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS, SECRETARIA. EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE SUCHITOTO. Al público para los efectos de ley, HACE SABER: Que según resolución pronunciada por este tribunal a las doce horas y seis minutos del presente mes y del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejara el señor NICOLAS ALAS conocido por NICOLAS ALAS LANDAVERDE, quien falleció el día veintisiete de noviembre de mil novecientos noventa y seis, en Suchitoto, siendo éste su último domicilio; de parte de la señora LILIAN ISABEL GOMEZ, actuando en su concepto de cónyuge sobreviviente de dicho causante. Se le ha conferido a la aceptante la administración y representación interina de los bienes sucesorales con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Se citan a todas las personas que se crean con derecho a la herencia antes mencionada para que se presenten a este tribunal a deducirlo en el término de quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación del presente edicto. Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Suchitoto, a las doce horas y doce minutos del día veinticinco de julio del dos mil cinco. - Lic. OSWALDO DAGOBERTO ARGUETA FUNES, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. - Licda. JUANA DE JESUS FIGUEROA COCA, SECRE- TARIA. HERENCIA YACENTE Of. 3 v. alt. No GLADIS NOEMI ALONZO GONZALEZ, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, HACE SABER: Que por resolución proveída a las doce horas treinta minutos de este día, se ha declarado YACENTE, la herencia que a su defunción dejó la señora CONCEPCION VELA VIUDA DE GUTIERREZ, quien fue de noventa y dos años de edad, ama de casa, originaria de San Vicente, fallecida a las veintiuna horas diez minutos del día siete de agosto del año dos mil dos, en la ciudad de San Salvador, siendo esta ciudad de Santiago de María, su último domicilio, y se ha nombrado Curador Especial, a la Licenciada SONIA DEL CARMEN MONTERROSA QUINTANILLA, quien es mayor de edad, Abogada, del domicilio de Usulután.- Lo que avisa al público para los efectos de ley.- LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Santiago de María a los siete días del mes de septiembre del año dos mil cinco.- Licda. GLADIS NOEMI ALONZO GONZALEZ, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- Lic. FREDY FRANCISCO ORELLANA FRANCO, Of. 1 v. No Of. 3 v. alt. No

29 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de TITULOS SUPLETORIOS DOCTOR JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO, HACE SABER: Que ante este Juzgado se ha presentado el Licenciado FREDY MAURICIO CALDERON SIERRA, en su calidad de Agente Auxiliar del señor Procurador General de la República, en nombre y representación del señor GILBERTO MONTERROZA DIAZ, solicitando obtener a favor de dicho señor, TITULO SUPLETORIO, de un inmueble de naturaleza rústica, situado en Cantón El Sincuyo, Municipio de Tacuba, Departamento de Ahuachapán, el cual tiene una extensión superficial de CERO HECTAREAS CATORCE AREAS TREINTA Y NUEVE CENTIAREAS, que linda: AL NORTE, OVIDIO ERNESTO MAGAÑA TOBAR: AL ORIENTE, con el señor CANDIDO MARCIAL MONTERROZA DIAZ; AL SUR, con la señora MARIA TRANSITO MONTERROZA DIAZ DE SANCHEZ: AL PONIENTE, con el señor JOSE ROBERTO CARIAS REYES. Lo que se pone en conocimiento del público, para los fines de ley.- JUZGADO DE LO CIVIL: AHUACHAPAN, a las catorce horas cuarenta minutos del día diez de octubre del dos mil cinco. - Dr. JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL. - INOCENTE GRANILLO CASTELLON, Of. 3 v. alt. No DOCTOR JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO. HACE SABER: Que ante este Juzgado se ha presentado la Licenciada MARIA ELENA VALENCIA CALDERON, en su calidad de Agente Auxiliar del señor Procurador General de la República, en representación de la señora MARGARITA MONTEROZA DE GARCIA, solicitando obtener a favor de dicha señora Título Supletorio, de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Cantón El Jícaro Caserío El Retiro, Municipio de Tacuba, Departamento de Ahuachapán, el cual tiene una extensión superficial de DOS MIL CIENTO DIECINUEVE PUNTO SETENTA Y SEIS METROS CUADRADOS, que mide y linda así: AL NORTE, con VICENTE MONTEROZA DIAZ y GUMERCINDO DE JESUS GARCIA GARCIA; AL ORIENTE: con la señora BLANCA EUSEBIA MONTEROZA DE ASCENCIO; AL SUR, con los señores ROSARIO LINARES ESTEBAN, río de por medio y MARCIAL VASQUEZ RA- MOS; AL PONIENTE, con NAPOLEON DIAZ ORELLANA. Lo que se pone en conocimiento del público, para los fines de ley. Juzgado de lo Civil: Ahuachapán, a las quince horas veinte minutos del día cuatro de julio del año dos mil cinco. - Dr. JULIO CESAR FLO- RES, JUEZ DE LO CIVIL. - INOCENTE GRANILLO CASTELLON, DOCTOR JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, HACE SABER: Que ante este Juzgado se ha presentado la Licenciada MARIA ELENA VALENCIA CALDERON, en su calidad de Procuradora Auxiliar del señor Procurador General de la República, en nombre y representación de la señora BLANCA EUSEBIA MONTERROZA DE ASCENCIO, solicitando obtener a favor de dicha señora, TITULO SUPLETORIO de un predio de naturaleza rústica, situado en el Cantón El Jícaro, Caserío El Retiro, Municipio de Tacuba, Departamento de Ahuachapán, el cual tiene una extensión superficial de DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO PUNTO DIECIOCHO METROS CUADRADOS, que mide y linda: AL NORTE, con VICENTE MONTEROZA DIAZ; AL ORIENTE, con el señor NAPOLEON DIAZ ORELLANA; AL SUR, con la señora ROSARIO LINARES ESTEBAN, río de por medio; AL PONIENTE, con MARGARITA MONTEROZA DE GARCIA. Lo que se pone en conocimiento del público, para los fines de ley.- Juzgado de lo Civil: Ahuachapán, a las diez horas veinte minutos del día quince de julio del año dos mil cinco. - Dr. JULIO CESAR FLO- RES, JUEZ DE LO CIVIL. - INOCENTE GRANILLO CASTELLON, EDICTO DE EMPLAZAMIENTO EDICTO DE EMPLAZAMIENTO Of. 3 v. alt. No Los infrascritos Jueces de la Cámara Cuarta de Primera Instancia de la Corte de Cuentas de la República, de conformidad con el Art. 88 de la Ley de esta Corte, EMPLAZAN: a los señores Licenciado JOSE FERNANDO SOTO, Facilitador Interino de Defensoría Pública; JU- LIO CESAR HIDALGO S., Psicólogo; FARAH ELDA CUELLAR, Proveedora; CECILIA CRISTINA CALLES DE MARTINEZ, Jefe del Departamento Financiero; y MILAGRO ESPERANZA MONTOYA, Jefe de Informática, quienes actuaron durante el período del uno de enero al treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y nueve, en la PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA, para que dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del presente Edicto, comparezcan a esta Cámara a recibir copia del pliego de Reparos, donde se les señala Responsabilidad Administrativa y Patrimonial por su actuación, según informe de Auditoría realizada a dicha dependencia, que ha dado origen al Juicio de Cuentas No. JC Librado en la Cámara Cuarta de Primera Instancia de la Corte de Cuentas de la República, San Salvador, a las catorce horas y cincuenta minutos del día treinta de noviembre de dos mil cinco. Licdo. MANUEL ARISTIDES BARILLAS LOPEZ, JUEZ. Of. 3 v. alt. No Licda. ROSA GUADALUPE JIMENEZ LARIN, JUEZ, Licdo. MANUEL DE JESUS POSADA MAJANO, SECRETARIO DE ACTUACIONES. Of. 1 v. No. 1708

30 30 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 DE TERCERA PUBLICACIÓN ACEPTACION DE HERENCIA HERENCIA YACENTE DECLARATORIA DE HERENCIA Of. 3 v. alt. No HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA, HACE SABER: Que en este tribunal, se ha presentado la Licenciada ELBA ETELVINA AQUINO LOPEZ, en su concepto de Procuradora Auxiliar del señor Procurador General de la República, quien es de treinta y seis años de edad, abogado, de este domicilio, pidiendo se declare yacente, la herencia de los bienes que a su defunción dejó el señor RENE LUNA BLANCO, quien fue de setenta años de edad, pensionado o jubilado, de éste domicilio fallecido a las veintitrés horas cuarenta y cinco minutos del día once de febrero de dos mil cinco, en Calle Ramón Flores, número cuarenta y nueve, Barrio Las Animas, de esta ciudad, siendo su último domicilio, la ciudad de Chalchuapa; sin haber formulado testamento alguno o repudiado dicha herencia, por lo que se ha declarado yacente la herencia, habiéndose nombrado curador de la misma, al Licenciado RICARDO ERNESTO PORTILLO SALAZAR, a quien se le juramentó y se le discernió el cargo. LICENCIADA ZOILA MORENA SOLORZANO DE MAGAÑA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE DELGADO, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY, HACE SABER: Que por resolución de las diez horas del día veintiuno de octubre del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el señor VITALINO BARRERA, conocido por VITALINO BARRERA MARTINEZ, BITALINO BARRERA y por VICTALINO BARRERA, quien fue de ochenta y tres años de edad, casado, Jornalero, fallecido el día dieciséis de diciembre del año dos mil cuatro, siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio, de parte de los señores JOSE ANTONIO BARRERA MEJIA, CONCEPCION BARRERA hoy DE GONZALEZ, MARIA ISABEL BARRERA MEJIA, ROBERTO BARRERA MEJIA, JULIO CESAR BARRERA MEJIA, SANTOS OVIDIO BARRERA MEJIA, TERESA BARRERA hoy DE VASQUEZ, MARIO BARRERA, JOSE ERNESTO BARRERA MEJIA y CRISTINA CRUZ, conocida por CRISTINA MEJIA, CRISTINA MEJIA DE BARRERA y por CRISTINA MEJIA VIUDA DE BARRERA, los primeros en calidad de hijos del causante y la última como cónyuge sobreviviente del mismo; siendo los aceptantes representados en estas diligencias por la Agente Auxiliar del Señor Procurador General de la República Licenciada EVELIN PATRICIA GOMEZ MARROQUIN, confiriéndosele a los aceptantes la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Lo que hago del conocimiento para los efectos legales consiguientes. Juzgado de lo Civil: Delgado, a las once horas del día veintiuno de octubre del año dos mil cinco.- Licda. ZOILA MORENA SOLORZANO DE MAGAÑA, JUEZ DE LO CIVIL DE DELGADO.- Licda. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS, SECRETARIA. Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.- Librado en el Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las diez horas ocho minutos del día siete de noviembre de dos mil cinco.- Lic. HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. HENRY OVIDIO GARCIA RODRIGUEZ, SECCION CARTELES PAGADOS RAFAEL ANTONIO GALVEZ ABREGO, Notario, de este domicilio, con oficina ubicada en Colonia San Mateo, Condominio Villas de San Francisco Tres, Avenida Las Amapolas, Pasaje B, apartamento número veinticinco, de esta ciudad, al público para los efectos de ley, HACE SABER: que por resolución pronunciada por el suscrito a las diez horas del día cinco de Octubre del año dos mil cinco, se ha declarado heredera definitiva con beneficio de inventario de la herencia intestada que a su defunción dejó la señora EVANGELINA BARRIENTOS, quien también fue conocida por EVANGELINA ALEMAN y por EVANGELINA BARRIENTOS ALEMAN, fallecida en el Hospital Pro-Familia, de esta ciudad, el día cinco de Junio del año dos mil tres, a la señora ANA EDITH RAMIREZ BARRIENTOS, hoy de DE PAZ, en su calidad de hija de la causante, confiriéndole la administración y representación definitiva de la Sucesión. DE PRIMERA PUBLICACIÓN Of. 3 v. alt. No Librado en la oficina del Doctor Rafael Antonio Gálvez Abrego, a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil cinco.- Enmendado-Octubre. Vale. DOCTOR RAFAEL ANTONIO GÁLVEZ ABREGO, NOTARIO. 1 v. No. F OSCAR HUMBERTO LUNA, Notario, de este domicilio, con despacho profesional en Novena Calle Oriente entre Quince y Diecisiete Avenida Sur, Número Treinta y Nueve B, Santa Ana, al público para los efectos de ley, HACE SABER: Que por resolución proveída por el Suscrito Notario a las quince horas con treinta minutos del día ocho de junio del corriente año, se ha declarado HEREDERO DEFINITIVO y con beneficio de inventario al señor ROBERTO GODOY GARCÍA; de la herencia

31 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de intestada deferida por el señor JUAN ANTONIO GARCÍA GODOY, quien falleció el día nueve de febrero de mil novecientos ochenta y cuatro, en esta ciudad, siendo éste su último domicilio, en su calidad de hermano del causante y habiéndosele conferido al heredero declarado la administración y representación DEFINITIVA de la sucesión. Y para su respectiva publicación, líbrese el presente aviso en la ciudad de Santa Ana, a los nueve días del mes de junio de dos mil cinco. OSCAR HUMBERTO LUNA, ABOGADO Y NOTARIO. 1 v. No. F LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial, al público para los efectos de ley. HACE SABER: que por resolución de las diez horas y cuarenta minutos del día dieciséis de este mes, se ha declarado a los señores OSCAR GUSTAVO CUCHILLA MARTINEZ; JULIO EZEQUIEL CUCHILLA MARTINEZ; ROSA VICTORIA VELÁSQUEZ CUCHI- LLA DE PORTILLO; VIRGINIA CUCHILLA MARTINEZ; y JULIO HECTOR CUCHILLA MARTINEZ, herederos beneficiarios e intestados de los bienes que a su defunción dejó el señor JOSE RAUL CUCHILLA CAÑAS conocido por JOSE RAUL CUCHILLA y por JOSE RAUL CUCHILLA DIAZ CAÑAS, que falleció el día veintiocho de febrero de este año, en Barrio Santa Rita de San Juan Nonualco, siendo éste su último domicilio, en concepto de hijos del causante y además como cesionarios de los derechos hereditarios que en la misma sucesión le correspondían a la señora MARIA ISABEL MARTINEZ MORALES DE CUCHILLA hoy VIUDA DE CUCHILLA conocida por MARIA ISABEL MARTINEZ en concepto de cónyuge sobreviviente del mismo finado; y se ha conferido a los herederos que se declaran, la administración y representación definitivas de la sucesión. Juzgado de lo Civil: Zacatecoluca, dieciséis de noviembre del año dos mil cinco. Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL. JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, 1 v. No. F MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ SEGUN- DO DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL AVISA: Que por resolución pronunciada a las nueve horas y quince minutos del día veinticinco de Noviembre del dos mil cinco, se ha declarado heredero expresamente y con beneficio de inventario de la herencia intestada que a su defunción dejó el señor BRAULIO ZELAYA REYES o BRAULIO ZELAYA, quien falleció a las veintiún horas del día catorce de abril de mil novecientos noventa y seis en el Barrio La Merced de esta ciudad, siendo este lugar su último domicilio, al señor JOSE WILFREDO ZELAYA CARDENAS, en calidad de hijo, y se le ha conferido al heredero declarado en el carácter antes indicado, la administración y representación definitivas de la sucesión. Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley. Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las nueve horas y dieciséis minutos del día veinticinco de noviembre del dos mil cinco. Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. Licenciada MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA. Licenciado JORGE ALBERTO GUZMÁN URQUILLA, Juez Segundo de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al público para efectos de Ley, HACE SABER: Que por resolución dictada por este Tribunal a las quince horas y treinta minutos del día veintiuno de noviembre del corriente año, SE HA DECLARADO HEREDERA DEFINITIVA Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO DE LA HERENCIA INTESTADA que a su defunción dejó el señor ROSENDO GÓMEZ, a la señora TEÓFILA DIAS DE GÓMEZ, de setenta y seis años de edad, de oficios domésticos, domiciliada en Cantón La Montaña, jurisdicción del Municipio de Osicala, Departamento de Morazán; en su calidad de HEREDERA por DERECHO PROPIO como cónyuge sobreviviente del causante, y como CESIO- NARIA DE LOS DERECHOS HEREDITARIOS que le correspondían a los hijos del causante, señores: REINA MARGARITA GÓMEZ DE GARCÍA, JUAN PABLO GÓMEZ DIAZ y JOSEFA MARIBEL GÓMEZ DIAZ DE PERAZA, conocida por JOSEFA MARIBEL GÓMEZ DIAZ.- Según Testimonio de Escritura Pública de CESION DE DERECHOS HEREDITARIOS, otorgada a favor de la señora TEÓFILA DIAS DE GÓMEZ, por los precitados señores, el segundo por si y en nombre y representación en su concepto de Apoderado Especial de la tercera, en esta ciudad, a las doce horas del día catorce de julio del corriente año, ante los Oficios del Notario HÉCTOR ARTURO BONILLA CHICAS; el cual corre agregado a las presentes Diligencias. El causante, señor ROSENDO GÓMEZ, a la fecha de su fallecimiento fue de ochenta años de edad, casado, agricultor en pequeño, originario y del domicilio de Osicala, Departamento de Morazán, hijo de los señores Simeón Domínguez y Rosa Gómez, quien falleció a las catorce horas del día treinta y uno de mayo del año dos mil cuatro, en el Cantón La Montaña, jurisdicción de Osicala, Departamento de Morazán, lugar de su último domicilio. Se le confirió a la heredera declarada y en la forma establecida la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION DEFINITIVA DE LA SUCESIÓN. Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia de la ciudad de San Francisco Gotera, Departamento de Morazán, a las catorce horas con veinticinco minutos del día veinticinco de noviembre del año dos mil cinco. Lic. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2º DE 1ª INSTANCIA. Licda. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ, SECRETARIA. 1 v. No. F JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY, AVISA: Que por resolución de las nueve horas del día veinticinco de noviembre de dos mil cinco, se declaró HEREDERA DEFINITIVA y con beneficio de inventario en la HERENCIA INTESTADA de los bienes que a su defunción dejó el causante FELIX MUÑOZ DELGADO quien falleció a las trece horas y cuarenta minutos del día veintiséis de octubre de mil novecientos ochenta y siete, en el Pasaje Regalado de la Ciudad de Mejicanos, siendo esta ciudad su último domicilio, a la señora MARTA GUADALUPE MUÑOZ DE VALENCIA, en su concepto de nieta del causante. Confiriéndosele además a la heredera declarada en el carácter antes indicado la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION DEFINITIVA de la sucesión. Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las nueve horas y treinta minutos del día veinticinco de noviembre de dos mil cinco. Lic. JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. LILIAN ESTELA HERNANDEZ AGUIRRE, SECRETARIA. 1 v. No. F v. No. F027905

32 32 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 RAFAEL ANTONIO LOPEZ DAVILA, Notario, de este domicilio, con despacho notarial ubicado en Trece Calle Poniente y Final Siete Avenida Norte, Condominio Centro de Gobierno, Local Once, San Salvador, HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las diez horas del día veintitrés de Noviembre del corriente año, se ha declarado al señor GUSTAVO CONTRERAS ALVAREZ, HEREDERO DEFINITIVO con beneficio de inventario de los bienes que a su defunción en Ilopango, Departamento de San Salvador, el día cinco de Diciembre de mil novecientos ochenta y ocho, siendo su último domicilio la ciudad de San Salvador, dejara la señora LEONOR ALVARADO, en su concepto de CESIONARIO de los Derechos Hereditarios en Abstracto, de los señores GUSTAVO CONTRERAS ALVARADO, MARIBEL ALVARADO y NORMA RAQUEL CONTRERAS ALVARADO, hijos sobrevivientes de la causante, habiéndole concedido la representación DEFINITIVA de la referida sucesión. Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley. Librado en San Salvador, veinticuatro días de noviembre de dos mil cinco. RAFAEL ANTONIO LOPEZ DAVILA, NOTARIO. 1 v. No. F YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY, HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las diez horas cuarenta minutos del día quince de noviembre del presente año, se han declarado herederos abintestato con beneficio de inventario, de la herencia dejada a su defunción por el causante WILFREDO MARROQUIN RODRIGUEZ, ocurrida el día uno de mayo del presente año, en la carretera Ruta Militar, frente a entrada de Monolit Distribuidora, jurisdicción de San Miguel, siendo Colón, el lugar de su último domicilio, a la señora MARIA ELENA MENDEZ VIUDA DE MARROQUIN, y al menor JULIO CESAR MARROQUIN MENDEZ, en calidad de cónyuge sobreviviente y como hijo del causante, respectivamente; y se ha conferido a los herederos declarados, la administración y la representación definitivas de la sucesión, debiendo ejercerlas dicho menor, a través de su representante legal, señora María Elena Méndez viuda de Marroquín. Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las once horas veinte minutos del día veinticuatro de noviembre de dos mil cinco. Lic. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA, 1 v. No. F ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. AVISA: Que por resolución proveída este día, a las ocho horas y diez minutos, los señores: SUSANA CONTRERAS VIUDA DE ORTIZ conocida por SUSANA CONTRERAS; JOSE NATIVIDAD, PASTOR, MARCELINO, EVELIA conocida por EDELIA, JUAN PABLO y MA- NUEL DE JESUS, todos de apellidos ORTIZ CONTRERAS la primera en calidad de cónyuge sobreviviente del causante, y los demás en calidad de hijos sobrevivientes del causante, representados por el Licenciado MANUEL ARMANDO CASTRO LAGOS, quien es el curador nombrado; han sido declarados herederos definitivos, con beneficio de inventario en la herencia intestada que dejó el señor PASTOR ORTIZ, quien falleció el día veintinueve de abril de mil novecientos ochenta y cuatro, en el Barrio El Centro de la ciudad de San Alejo, siendo ese lugar su último domicilio, en la calidad antes dicha; y se les ha conferido a los herederos declarados, la administración y representación definitivas de la sucesión, derechos que los ausentes señores JOSE NATIVIDAD, PASTOR, MARCELINO, EVELIA conocida por EDELIA, JUAN PABLO y MANUEL DE JESUS, todos de apellidos ORTIZ CONTRERAS, ejercerán por medio del curador nombrado Licenciado MANUEL ARMANDO CASTRO LAGOS. Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los treinta días del mes de noviembre de dos mil cinco. Lic. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. JORGE ALBERTO PEREZ, 1 v. No. F ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL AVISA: Que por resolución de las catorce horas y cinco minutos de este día el señor LUIS ALONSO PEÑA, ha sido declarado heredero definitivo con beneficio de inventario, en la herencia intestada que dejó el señor JUAN PABLO GOMEZ conocido por JUAN PABLO GOMEZ PEÑA, quien falleció el día uno de enero del dos mil uno, en el Caserío El Farito del Cantón El Faro de la Jurisdicción de Conchagua, Departamento de la Unión, siendo ese lugar su último domicilio, en calidad de padre del causante, y se le ha conferido al heredero declarado, en la calidad indicada la administración y representación definitiva de la sucesión. Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los un días del mes de diciembre del dos mil cinco. Lic. ROGELIO HUMBERTO ROSA- LES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. JORGE ALBERTO PEREZ, 1 v. No. F EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE SUCHITOTO. Al público para los efectos de ley, HACE SABER: Que según resolución pronunciada por este juzgado a las catorce horas y treinta minutos de esta misma fecha, del presente mes y del corriente año; ha sido DECLARADO HEREDERO DEFI- NITIVO con beneficio de inventario de los bienes intestados que a su defunción dejara el señor CRECENCIO DEL CARMEN FIGUEROA LANDAVERDE conocido por CRESCENCIO DEL CARMEN FIGUEROA, CRECENCIO DE JESUS FIGUEROA y por CRECEN- CIO DEL CARMEN FIGUEROA, quien falleció el día veintisiete de abril de mil novecientos ochenta y uno en esta ciudad, siendo éste su último domicilio; al señor JOSE ANTONIO MONGE MORALES, quien actúa en su calidad de cesionario de los derechos hereditarios que en abstracto y en dicha sucesión le correspondían a la señora Carmen de Jesús Figueroa de Landaverde, actuando ésta en su concepto de hermana del mencionado causante. Se le ha conferido al heredero declarado la administración y representación definitiva de la expresada sucesión. Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Suchitoto, a las catorce horas y cuarenta minutos del día veinticinco de noviembre del dos mil cinco. Lic. OSWALDO DAGOBERTO ARGUETA FUNES, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Licda. JUANA DE JESUS FIGUEROA COCA, SECRETARIA. 1 v. No. F027954

33 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY, AVISA: Que por resolución de las once horas del día veinticuatro de noviembre del presente año, se ha declarado heredera DEFINITIVA- MENTE y con beneficio de inventario en la SUCESION INTESTADA de los bienes que a su defunción dejó la causante señora DORA ALICIA GUEVARA conocida por DORA ALICIA GUEVARA HERNANDEZ, quien falleció a las veintidós horas y treinta minutos del día nueve de febrero del presente año, en el Hospital Central de la Ciudad de San Salvador, siendo esta ciudad, su último domicilio; a la señora CECILIA GUADALUPE GALLARDO GUEVARA, en su calidad de hija de la causante; habiéndosele conferido a la heredera declarada en el carácter antes indicado la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION DEFI- NITIVA de la Sucesión. Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las quince horas y cuarenta minutos del día veinticuatro de noviembre de dos mil cinco. Lic. JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. LILIAN ESTELA HERNANDEZ AGUIRRE, SECRETARIA. 1 v. No. F OSCAR ALBERTO ALTAMIRANO GUTIÉRREZ, Notario, de este domicilio, con oficina entre Sesenta y Tres y Sesenta y Cinco Sur, Pasaje Uno, casa número uno Colonia Escalón de esta ciudad, HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las diez horas del día cinco de diciembre de dos mil cinco, se ha declarado Heredero Definitivo y con Beneficio de Inventario, de la Herencia Intestada que dejó la señora ANA GLADIS INTERIANO MELÉNDEZ DE MODENESSI, quien falleció el día veinticuatro de febrero de dos mil uno, en Nueva Concepción, departamento de Chalatenango, quien fue de cincuenta y cinco años de edad, Secretaria, y quien tuvo su último domicilio en San Salvador, departamento de San Salvador, al señor VICTOR MANUEL MODENESSI ARRAZOLA, mayor de edad, Abogado y Notario, de este domicilio, en concepto de Cónyuge Sobreviviente de la causante, y además como Cesionario de los derechos que le correspondían a los hijos de ambos VICTOR MANUEL MODE- NESSI INTERIANO, JORGE EDUARDO MODENESSI INTERIANO y FABRIZIO ENRICO MODENESSI INTERIANO y como Cesionario de los derechos que le correspondían a la madre de la difunta señora ADILIA CASTELLANOS MELÉNDEZ hoy viuda de CORDOVA conocida por ADILIA MELÉNDEZ DE CORDOVA. Habiéndosele conferido al aceptante la Administración y Representación Definitiva de la Sucesión. San Salvador, a los seis días del mes de diciembre del año dos mil cinco. OSCAR ALBERTO ALTAMIRANO GUTIERREZ, NOTARIO. 1 v. No. F JOSE AUGUSTO CONTRERAS MONTERROSA, Notario, de este domicilio, con oficina situada en Calle Padres Aguilar número dos, San Juan Nonualco, La Paz, HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las ocho horas de este día, se ha declarado a la señora DORA EDITA GUEVARA DE LOPEZ, Heredera Definitiva Abintestato con Beneficio de Inventario de los bienes que a su defunción ocurrida el veintitrés de septiembre de mil novecientos noventa y siete, en San Salvador, siendo la ciudad de San Marcos su último domicilio, dejó el señor CARLOS CANDELARIO, como cesionaria de los señores OTTO OSWALDO, IVAN BLADIMIRO, THELMA TOMASA, TITA EVELYN, ELSA GUADALUPE y RANULFO ABDON, todos de apellido CANDELARIO BELTRAN, hijos del causante; habiéndosele conferido la administración y representación definitiva de la referida sucesión. Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley. Librado en la ciudad de San Juan Nonualco, a las ocho horas y treinta minutos del día veinticuatro de noviembre del año dos mil cinco. Lic. JOSE AUGUSTO CONTRERAS MONTERROSA, NOTARIO. 1 v. No. F EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, Juez de Primera Instancia de este Distrito: AVISA: al público para los efectos de ley, que por resolución de este Tribunal de las quince horas y treinta minutos del día veintinueve de noviembre del corriente año; SE HA DECLARADO HEREDERA abintestato y con beneficio de inventario del causante RAFAEL AR- CANGEL ALFARO AYALA, quien falleció el día VEINTIDOS DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DOS, en el Cantón Los Laureles de la Jurisdicción de esta ciudad de San Sebastián, su último domicilio; a la señora GUADALUPE FLORES VIUDA DE AYALA, en su concepto de cónyuge sobreviviente y además como Cesionaria de los derechos hereditarios que le corresponden a los señores JOSE FELICITO AYALA, y MARIA SANTOS ALFARO, BLANCA NUR ALFARO FLORES, ADELA ALFARO FLORES, JOSE NERIS ALFARO FLORES, y MI- GUEL ANGEL ALFARO FLORES, los dos primeros como padres y los demás en su calidad de hijos del expresado causante. Confiriéndosele a la HEREDERA DECLARADA la Administración y Representación DEFINITIVA DE LA SUCESION. Librado en el Juzgado de Primera Instancia del Distrito de San Sebastián, a las ocho horas y treinta minutos del día treinta de noviembre de dos mil cinco. Lic. EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Br. BESSY CECILIA FABIAN FUENTES, SECRETARIA. 1 v. No. F LICENCIADO ALLAN GUDIEL DURAN RODAS, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE DEL DISTRITO JUDICIAL DE DELGADO. AVISA: Que por resolución de las diez horas y cincuenta y cinco minutos de este día, se han declarado herederos definitivos y con beneficio de inventario de la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor HÉCTOR ANTONIO ORELLANA ORELLANA, quien fue de treinta y un años de edad, mecánico, soltero, salvadoreño, originario de Armenia, quien falleció el día once de Junio de mil novecientos noventa y siete; siendo esta Ciudad el lugar de su último domicilio, a los señores GABRIEL ORELLANA GUZMAN y ROSA ELBA ORELLANA DE ORELLANA conocida por ROSA ELBA ORELLANA, ELBA ORELLANA, ROSA ELVA ORELLANA ORELLANA, ambos en su calidad de padres del causante; confiriéndoseles a los herederos declarados la administración y representación definitiva de la sucesión. Lo que hago del conocimiento del público para los efectos de ley. JUZGADO DE LO CIVIL DE DELGADO, a las once horas y treinta minutos del día veintiocho de noviembre de dos mil cinco. Licdo. ALLAN GUDIEL DURAN RODAS, JUEZ DE LO CIVIL DE DELGADO, SUPLENTE. Licda. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS, SECRETARIA. 1 v. No. F028013

34 34 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA TECLA, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY, HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las diez horas quince minutos del día doce de septiembre del presente año, se han declarado herederos con beneficio de inventario, de la herencia testamentaria dejada a su defunción por el causante, señor JOSE MIGUEL ALFONSO GUILLEN VALLE conocido por JOSE MIGUEL GUILLEN VALLE y por JOSE MIGUEL ALFONSO GUILLEN, ocurrida el día dieciséis de julio de mil novecientos noventa y siete, en San Salvador, siendo esta ciudad, el lugar de su último domicilio, a los señores PE- DRO ALFONSO GUILLEN CIENFUEGOS, ROBERTO ARMANDO GUILLEN CIENFUEGOS, JANETT REFUGIO GUILLEN DE MAR- TELL, conocida por JANETT REFUGIO GUILLEN CIENFUEGOS y MARTA VIOLETA GUILLEN DE TALAVERA, conocida por MARTHA VIOLETA GUILLEN DE TALAVERA, y por MARTA VIOLETA GUILLEN CIENFUEGOS, todos en calidad de herederos testamentarios del causante; y se ha conferido a dichos herederos, únicamente la representación definitiva de la sucesión, en razón de que la señora Isabel Cristina Guillén Amaya, también heredera testamentaria del causante, no ha hecho uso del derecho que como tal le corresponde. Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las quince horas cincuenta y tres minutos del día trece de octubre de dos mil cinco.- Enmendado-ésta- Vale.- Lic. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Br. KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIA. 1 v. No. F MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS- TRITO: AVISA: Que por resolución de las diez horas del día veinticuatro de octubre del presente año, han sido declarados herederos abintestato con beneficio de inventario de la herencia dejada por el señor JULIO MENJIVAR, fallecido el día nueve de Abril de mil novecientos noventa y cinco, en la ciudad de San Salvador, siendo esta ciudad su último domicilio, a los señores JOSE GILBERTO e IRMA ARACELY ambos de apellido MENJIVAR GUARDADO, en concepto de hijos y además como cesionario de los derechos hereditarios que en la referida sucesión les correspondían a los señores Mercedes de María Guardado de Menjívar, José Manuel Menjívar Guardado, Rosa Julia Menjívar de Hernández y Eva Yanira Menjívar, la primera como cónyuge sobreviviente y los demás como hijos, todos del Causante.- MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS- TRITO. AVISA: Que por resolución de las nueve horas cuarenta y cinco minutos del día ocho de los corrientes, ha sido declarado heredero abintestato con beneficio de inventario de la herencia dejada por el señor JESUS HERNANDEZ VELASCO, fallecido el día tres de febrero del presente año, en esta ciudad su último domicilio, al señor ROBERTO CARLOS HERNANDEZ VELASCO, en concepto de hijo y además como cesionario de los derechos hereditarios que en dicha sucesión les correspondían a las señoras FLOR DEL CARMEN HERNANDEZ VELASCO y CANDELARIA MARIA HERNANDEZ VELASCO, como hijos, todos del Causante.- Se ha conferido al herederado declarado la administración y representaci6n definitivas de la sucesión.- JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las ocho horas veinte minutos del día veintitrés de septiembre del dos mil cinco.- Dr. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. CECILIA DEL CAR- MEN CEREN DE ESCOBAR.- SECRETARIA. 1 v. No. F ROMULO ELIAS, Notario, de este domicilio; con Oficina sobre la Séptima Avenida Norte, número: Seiscientos cuatro, de esta Ciudad; al público en general AVISA: Que por resolución de las diez horas del día veinticuatro de los corrientes; he declarado herederos definitivos con beneficio de inventario, de la Herencia Intestada, que a su defunción dejó: LUIS HECTOR BARQUERO CAMPOS, quien falleció a las ocho horas del día ocho de diciembre del año dos mil tres, en la Primera Avenida Norte, número: Doscientos dos, de esta Ciudad; a ROLANDO VARQUERO LAZO y WILBER NOEL BARQUERO LAZO, en concepto de hijos sobrevivientes; a quienes se les ha conferido la Administración y Representación Definitiva de la sucesión, en el carácter antes expresado. Lo que hago saber del conocimiento público, para los efectos de Ley. Librado en la ciudad de San Miguel, a las diez horas del día veinticinco de octubre del año dos mil cinco.- Lic. ROMULO ELIAS, ABOGADO Y NOTARIO. 1 v. No. F Se ha conferido a los herederos declarados la administración y representación definitivas de la sucesión.- Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las nueve horas del día dieciocho de noviembre del año dos mil cinco.- Dr. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIA. 1 v. No. F DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, Notario, de este domicilio, con Oficina establecida en Final Séptima Avenida Norte, Urbanización Santa Adela y Pasaje número Tres, Edificio veinticinco, Local veinticinco-a, Centro de Gobierno, San Salvador, HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las diez horas del día nueve de noviembre del presente año, se ha declarado HEREDERA DEFINITIVA, con beneficio de inventario del señor ROBERTO EMILIO RODRIGUEZ, quien falleció el día veintisiete de agosto de mil novecientos noventa y dos, siendo esta ciudad, su último domicilio, a la señora VICENTA PEREZ AREVALO, en su calidad de cesionaria de los derechos hereditarios de las señoras SANDRA BEA-

35 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de TRIZ RODRÍGUEZ DE RUIZ y FRANCIS CECIBEL RODRÍGUEZ PEREZ, en concepto de hijas del causante y se le ha conferido a la heredera declarada, la ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACION DEFINITIVA de la sucesión.- Librado en las Oficinas del Notario DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, a las nueve horas del día nueve de noviembre del año dos mil cinco. DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, NOTARIO. 1 v. No. F JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY AVISA: Que por la resolución a las catorce horas treinta y cinco minutos del día veintidós de noviembre del presente año, se declaró DEFINITIVAMENTE herederos y con beneficio de inventario de la HERENCIA INTESTADA de los bienes que a su defunción dejó la causante señora MARIA DELMIS CRUZ DE MARENCO conocida por MARIA DELMY CRUZ VELASQUEZ, quien falleció a las ocho horas cinco minutos del día veintisiete de junio de dos mil uno, en El Hospital Zacamil de esta ciudad, siendo su último domicilio esta ciudad; al señor RAÚL HUMBERTO MARENCO, a la señorita ZULEYMA. GERALDINA DOMINGUEZ CRUZ y al menor RAÚL HUMBERTO MARENCO CRUZ, representado legalmente por su padre señor RAUL HUMBERTO MARENCO, el primero en concepto de cónyuge supérstite y los dos últimos como hijos de la causante. Confirióseles además a los herederos declarados en el carácter antes indicado, la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION DEFINITI- VA de la sucesión; debiendo ejercerla el menor RAUL HUMBERTO MARENCO CRUZ, por medio de su representante legal señor RAUL HUMBERTO MARENCO. Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las catorce horas cincuenta y cinco minutos del día veintidós de noviembre de dos mil cinco.- Lic. JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN ESTELA HERNANDEZ AGUIRRE, SECRETARIA. sucesión del señor NAPOLEON GONZALEZ, quien fue de sesenta y nueve años de edad, comerciante, fallecido en la ciudad de Soyapango, su último domicilio, el día diecisiete de julio del año dos mil tres, al señor MAURICIO ALFARO GONZALEZ, conocido por MAURICIO ALFARO, de treinta y nueve años de edad, Doctor en Medicina y del domicilio de Armenia, en concepto de cesionario de los derechos hereditarios que les correspondían en dicha sucesión, a los señores EVER ISAAC GONZALEZ PERDOMO y SABRINA GONZALEZ PERDOMO, como hijos del causante, habiéndosele conferido la administración y representación definitivas de la sucesión. Lo que hace del conocimiento del público, para los efectos legales consiguientes.- San Salvador, treinta de noviembre del año dos mil cinco. Dr. GERMAN ATILIO ANAYA, NOTARIO. 1 v. No. F GUILLERMO ALFARO SANTOS, Juez de lo Civil de este Municipio Judicial, AVISA: Que por resoluciones proveídas por este juzgado, a las catorce horas con cuarenta minutos del día veintidós de noviembre de dos mil cinco y a las catorce horas y treinta minutos del día dos de diciembre del dos mil cinco, se han declarado herederas definitivas con beneficio de inventario en la herencia lntestada que a su defunción ocurrida en esta Ciudad, Departamento de San Salvador, su último domicilio, el día nueve de abril de dos mil tres, dejó el causante CLEOFE MARTINEZ, a las señoras AIDA YESENIA MARTINEZ AMAYA, FREDESBINDA CHAVARRIA, conocida por FREDESBINDA CHAVARRIA ARGUETA; y JUANA BAUTISTA MARTINEZ ARGUETA, en sus calidades de hija, cónyuge sobreviviente y madre del referido de cujus, en su orden. Se ha conferido a las herederas declaradas la administración y representación definitiva de la sucesión. 1 v. No. F ley. Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de GERMAN ATILIO ANAYA, con oficina en Condominio Montemaría, Edificio B, local número uno, tercera planta, en Primera Calle Poniente número dos mil novecientos cuatro de esta ciudad, HACE SABER: Que por resolución pronunciada en esta ciudad, a las once horas del día veinticuatro de noviembre del año dos mil cinco, se ha declarado heredero intestado con beneficio de inventario, en la Librado en el Juzgado de lo Civil Ciudad de San Marcos, Departamento de San Salvador, a las doce horas y cincuenta minutos del día cinco de diciembre del año dos mil cinco.- Dr. GUILLERMO ALFARO SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. IRMA ELENA DOÑAN BELLOSO, SECRETARIA. 1 v. No. F028056

36 36 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS- TRITO AVISA: Que por resolución de las nueve horas cuarenta y cinco minutos del día dieciocho de octubre del año dos mil cinco, han sido declarados herederos abintestato con beneficio de inventario de la herencia dejada por el señor OSCAR HERNAN SEGURA CORNEJO, fallecido el día cuatro de octubre de mil novecientos noventa y cinco, en esta ciudad su último domicilio, a la señora DORA MATILDE SEGURA, en concepto de hija y además como cesionaria de los derechos hereditarios que en dicha sucesión le correspondían a los señores MARIA ANGELICA RIBAS VIUDA DE SEGURA CONOCIDA POR MARIA ANGELICA RIVAS, GLADIS ESTELA SEGURA DE CAMPOS, CONOCIDA POR GLADIS ESTELA SEGURA, DOUGLAS HERNAN SEGURA RIVAS, CONOCIDO POR DOUGLAS HERNAN SEGURA y OSCAR AN- TONIO SEGURA RIVAS, CONOCIDO POR DOUGLAS HERNAN SEGURA, la primera como cónyuge sobreviviente y los demás como hijos, todos del causante. Se ha conferido a la heredera declarada la administración y representación definitiva de la sucesión. Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las quince horas del día veinticinco de octubre del año dos mil cinco.-enmendado-dos-vale.- Dr. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIA. 1 v. No. F JORGE ANTONIO MARROQUÍN RUGAMAS, Notario, de este domicilio con oficina en 2º Nivel del Edificio de Credifácil, entre 9ª Av. Sur y Calle Rubén Darío, San Salvador, al público, HAGO SABER: Que por resolución proveída a las 9 Horas y 30 minutos del día 28 de noviembre del año 2005, en las diligencias de jurisdicción voluntaria de Aceptación de Herencia seguidas en mis oficios notariales, se han declarado herederos ab-intestato con beneficio de inventario de la causante MARIA BERNARDINA PONCE DE GARCIA, conocida por MARÍA BERNARDINA PONCE VIUDA DE GARCIA, quien falleció a la 1 horas y 20 minutos del día 13 de enero de 2001, en el Hospital Médico Quirúrgico del Seguro Social de San Salvador, quien era de 59 años de edad, Técnico Anestesista, tuvo como último domicilio Ciudad Delgado; a los señores ANA MILAGRO GARCÍA DE MEJÍA y FIDEL EDUARDO GARCÍA PONCE, en su concepto de hijos sobrevivientes y a la vez como cesionarios de los derechos hereditarios que le correspondían a la señora FRANCISCA MEDRANO VIUDA DE PONCE, como madre de la causante; habiéndole conferido a los herederos la administración y representación definitiva de la referida sucesión. Por lo que avisa al público para los efectos de ley. San Salvador, 29 de noviembre de JORGE ANTONIO MARROQUÍN RUGAMAS, Notario, de este domicilio, con Oficina en 2º Nivel del Edificio de Credifácil, entre 93 Av. Sur y Calle Rubén Darío, San Salvador, al público, HAGO SABER: Que por resolución proveída a las 8 Horas del día 28 de noviembre del año 2005, en las diligencias de jurisdicción voluntaria de aceptación de herencia seguidas en mis oficios notariales, se ha declarado heredera ab-intestato y con beneficio de inventario de los bienes dejados a su defunción por el causante MOISES ANGEL CALDERÓN SÁNCHEZ conocido por MOISES ANGEL CALDE- RÓN, quien falleció a la 18 horas del día 18 de Junio de 2005, en el Cantón El Rosario, jurisdicción de Tonacatepeque, quien a la fecha de su fallecimiento era de 76 años de edad, Jornalero, casado, del domicilio de Tonacatepeque, lugar de su último domicilio; a la señora MARÍA AMALIA URBANO DE CALDERÓN, en su concepto de cónyuge sobreviviente, y por repudiados los derechos hereditarios de parte de la señora TERESA DE JESÚS CALDERÓN DE ZALDIVAR, en concepto de hija del causante; habiéndole conferido a la heredera declarada la Administración y representación definitiva de la referida sucesión. Por lo que avisa al público para los efectos de ley. San Salvador, 29 de noviembre de Enmendado-29-Vale. Dr. JORGE ANTONIO MARROQUIN RUGAMAS, NOTARIO. 1 v. No. F LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AVISA: Que por resolución dictada a las nueve horas de este día, se ha declarado heredera abintestato, y con Beneficio de Inventario, de la herencia intestada que a su defunción ocurrida el día quince de enero del año dos mil, en el Barrio El Centro de San Antonio Pajonal, siendo éste el lugar de su ultimo domicilio, dejó la señora GLORIA EDITH ANDRADE o GLORIA EDITH ANDRADE DE FLORES, a ROSA GLADIS CORDERO como cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían a GONZALO ALCIDES FLORES RODRIGUEZ, quien es cónyuge sobreviviente de la causante antes referida; confiriéndosele DEFINITIVAMENTE la administración y representación de la sucesión expresada, con las facultades y restricciones de ley. LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa Ana, a las nueve horas con veinte minutos del día veintidós de noviembre del año dos mil cinco.- Lic. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- Licda. MARISOL DEL CARMEN LEMUS DE GARCIA, SECRETARIA. 1 v. No. F Dr. JORGE ANTONIO MARROQUIN RUGAMAS, NOTARIO. 1 v. No. F OTTO GOMAR RODRIGUEZ RIVAS, Notario, de este domicilio, con oficina ubicada en Sexta Calle Poniente, número treinta y seis, de la ciudad de Chalchuapa, al público para los efectos legales; HACE SABER: Que por resolución proveída a las nueve horas del día cinco de diciembre del año dos mil cinco, se ha DECLARADO a los señores SONIA ADELAIDA FERNANDEZ DE DELGADO, URBA-

37 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de NO FERNANDEZ RAMIREZ, ERNESTO FERNANDEZ RAMIREZ y MARIO FERNANDEZ RAMIREZ, HEREDEROS DEFINITIVOS AB INTESTATO; CON BENEFICIO DE INVENTARIO de los bienes que a su defunción dejara el señor URBANO FERNANDEZ GARCIA, quien fue conocido por URBANO FERNANDEZ; quien fuera de ochenta y cuatro años de edad, Agricultor, del domicilio de Candelaria de la Frontera, originario de España, de nacionalidad salvadoreña por naturalización, siendo su último domicilio en el país, el de la Villa de Candelaria de la Frontera; y quien falleció en el Hospital Cáder de la ciudad de Santa Ana, el día veinte de julio del corriente año, en concepto de hijos sobrevivientes del causante referido; habiéndoles concedido, en ese carácter la Representación y Administración Definitiva de la referida sucesión.- Por lo que se avisa al público, para los efectos de ley. Librado en la ciudad de Chalchuapa, el día seis de diciembre del año dos mil cinco. Lic. OTTO GOMAR RODRIGUEZ RIVAS, NOTARIO. 1 v. No. F OTTO GOMAR RODRIGUEZ RIVAS, Notario, de este domicilio, con oficina ubicada en Sexta Calle Poniente, número treinta y seis, de la ciudad de Chalchuapa, al público para los efectos legales, HACE SABER: Que por resolución proveída a las once horas del día veintiuno de noviembre del año dos mil cinco, se ha DECLARADO a los señores VICTOR MANUEL ALVAREZ PERDOMO, conocido por VICTOR MANUEL ALVAREZ, ALIDA GUADALUPE LOPEZ ALVAREZ, conocida por ALIDA GUADALUPE ALVAREZ LOPEZ y por ELIDA ALVAREZ LOPEZ, BLANCA LILIAN LOPEZ y BESSY MABEL ALVAREZ LOPEZ, conocida por BESSY MABEL ALVAREZ, HEREDEROS DEFINITIVOS AB INTESTATO, CON BENEFICIO DE INVENTARIO de los bienes que a su defunción dejara la señora BI- BIANA DE JESUS LOPEZ, quien fue conocida por BIBIANA LOPEZ, JESUS BIBIANA LOPEZ, JESUS LOPEZ LUNA y por JESUS BIBIANA LOPEZ DE ALVAREZ; quien fuera de sesenta y un años de edad, de Oficios Domésticos, de este domicilio, siendo su último domicilio el de esta ciudad; y quien falleció el día cuatro de febrero del año dos mil, en la Colonia Pampe de esta ciudad; al primero en su concepto de cónyuge sobreviviente y también como cesionario de los derechos hereditarios que ante mis oficios le otorgara en su calidad de hija de la de cujus, la señora SARA ELIZABETH ALVAREZ LOPEZ; y las demás en concepto de hijas restantes de la causante; habiéndoles concedido, en ese carácter la Representación y Administración Definitiva de la referida sucesión.- Por lo que se avisa al público, para los efectos de ley.- Librado en la ciudad de Chalchuapa, el día veintidós de noviembre del año dos mil cinco. ROBERTO AMILCAR MONTOYA, Notario, de este domicilio y del de San Salvador, con Oficina Jurídica en la Décima Calle Poniente, número trescientos catorce Bis de esta Ciudad. HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario, proveída a las once horas del día seis de diciembre del año dos mil cinco, se han declarado herederos definitivos con beneficio de inventario a los señores SUSANA NOLASCO y MODESTO NOLASCO, de los bienes que a su defunción dejó el causante JORGE ALBERTO NOLASCO SORTO conocido por JORGE ALBERTO NOLASCO, ocurrida en la Colonia Morazán de la Ciudad de San Francisco Gotera Departamento de Morazán, a las once horas del día diez de agosto del corriente año, a consecuencia de Infarto Agudo Neocardio, siendo la ciudad de Perquín, Departamento de Morazán, su último domicilio, en su carácter de hermanos sobrevivientes del referido causante, habiéndoseles conferido a los herederos, la Administración y Representación Definitiva de la referida sucesión.- Por lo que se avisa al público para los efectos legales correspondientes. Librado en la Oficina del Notario ROBERTO AMILCAR MONTOYA, en la ciudad de San Miguel, a las catorce horas del día seis de diciembre del año dos mil cinco. Lic. ROBERTO AMILCAR MONTOYA, NOTARIO. 1 v. No. F JESUS OSWALDO CORDOVA RIVERA, Notario, de este domicilio, con despacho notarial ubicado en oficina ubicada en Veinticinco Avenida Norte, número Ochocientos Dieciocho, Edificio Centro Médico Profesional Metropolitana, local dos - cinco, en esta ciudad, HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las catorce horas del día veintinueve de noviembre de dos mil cinco, se ha declarado la señora ANA JULIA VILLALTA DE LOPEZ, heredera definitiva con beneficio de inventario de la herencia intestada sobre los bienes que a su defunción dejará el causante señor José Orestes López Chávez conocido por José Oresres López Chávez, quien falleció en el Parqueo del Instituto de Medicina Legal, a las catorce horas y treinta minutos del día trece de abril del presente año, a causa de politraumatismo severo de tipo confuso de hecho de tránsito; en su concepto de cónyuge sobreviviente del causante; habiéndole concedido, la representación y administración definitiva de la referida sucesión. Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley. Librado en San Salvador, a las nueve horas del día treinta de noviembre de dos mil cinco. Lic. OTTO GOMAR RODRIGUEZ RIVAS, NOTARIO. Lic. JESUS OSWALDO CORDOVA RIVERA, ABOGADO Y NOTARIO. 1 v. No. F v. No. F028126

38 38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 ERNESTO MONGE VASQUEZ, Notario, de este domicilio, con despacho Notarial ubicado en la Final Treinta y Una Calle Poniente, número mil ciento treinta y cuatro, de la Colonia Layco, HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las quince horas del día veintiuno de noviembre de dos mil cinco, se ha declarado a los señores MERCEDES ISAEL VILLAGRAN SÁNCHEZ, SALVADORA DEL CARMEN VILLAGRAN SÁNCHEZ, JACINTA FÁTIMA VILLAGRAN SÁNCHEZ, MARTINA DEL TRANSITO VILLAGRAN SÁNCHEZ, SALOMÓN AGUSTÍN VILLAGRAN SÁNCHEZ, DORA DE CANDELARIA VILLAGRAN SÁNCHEZ, FEDERICO DE JESÚS VILLAGRAN SÁNCHEZ, herederos definitivos con beneficio de inventario de la herencia intestada sobre los bienes que a su defunción dejara el causante señor Federico Villagrán, quien falleció en el Hospital Nacional Zacamil, a las siete horas del día veinticinco de agosto de mil novecientos noventa y siete, a causa de A. C. V. Probablemente hemorrágico; en sus conceptos de hijos sobrevivientes del causante; habiéndoles concedido la representación y administración definitiva de la referida sucesión. Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley. Librado en San Salvador, a las once horas treinta minutos del día treinta de noviembre de dos mil cinco. Lic. ERNESTO MONGE VASQUEZ, ABOGADO Y NOTARIO. 1 v. No. F ERNESTO MONGE VASQUEZ, Notario, de este domicilio, con despacho Notarial ubicado en la Final Treinta y Una Calle Poniente, número mil ciento treinta y cuatro, de la Colonia Layco, HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las doce horas veinte minutos del día quince de noviembre de dos mil cinco, se ha declarado a la señora JESUS GONZALES DE MENJIVAR, conocida por JESUS GONZALES, JESUS GONZALEZ RIVA, JESUS GONZALES RIVAS, JESUS RIVAS GONZALEZ, JESUS RIVAS GON- ZALES y JESUS GONZALEZ DE MENJIVAR, heredera definitiva con beneficio de inventario de la herencia intestada, en su concepto de cónyuge sobreviviente del causante; habiéndole concedido la representación y administración definitiva de sobre los bienes que a su defunción dejara el señor VICENTE ANTONIO MENJIVAR ROMERO, conocido por VICENTE ANTONIO MENJIVAR, quien falleció el día veinticuatro de mayo de dos mil cinco, en el Hospital General del Seguro Social, a consecuencia de Trauma Medular, Neumonía Nosocomial, con asistencia médica. Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley. Librado en San Salvador, a las doce horas cuarenta minutos del día treinta de noviembre de dos mil cinco. Lic. ERNESTO MONGE VASQUEZ, ABOGADO Y NOTARIO. 1 v. No. F MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS- TRITO. AVISA: Que por resolución de las nueve horas treinta minutos del día veintinueve de septiembre del año dos mil cinco, ha sido declarado heredero abintestato con beneficio de inventario de la herencia dejada por el señor ANGEL QUIÑONEZ BANEGAS, o ANGEL QUIÑONEZ VANEGAS o ANGEL QUIÑONEZ, fallecido el día veintisiete de marzo del año dos mil uno, en esta ciudad, su último domicilio, a la señora ANTONIA HERNANDEZ VIUDA DE QUIÑONEZ, en concepto de cónyuge sobreviviente del causante. Se ha conferido a la heredera declarada la administración y representación definitiva de la sucesión. Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las quince horas del día veintiséis de octubre dos mil cinco. - Dr. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL. - Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, 1 v. No. F JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS, AL PU- BLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY, AVISA: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las quince horas de este día, se ha declarado heredera abintestato y con beneficio de inventario de la herencia intestada, de los bienes que a su defunción acaecida el día trece de enero de dos mil cinco, en Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, siendo el mismo lugar su último domicilio; dejó el señor SALVADOR BONILLA MENDOZA, conocido por SALVADOR BONILLA, quien fue de sesenta y seis años de edad, casado, comerciante, hijo de Cruz Bonilla y Raymunda Mendoza, originario de esta ciudad; a la señora MARIA DOROTEA RAMOS VIUDA DE BONILLA, conocida por MARIA DOROTEA RAMOS DE BONILLA, MARIA DOROTEA RAMOS y por DOROTEA RAMOS, en calidad de cónyuge del causante. Habiéndosele conferido a la heredera la administración y representación DEFINITIVA de la sucesión. Lo que avisa al público para los demás efectos de ley. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los veintinueve días del mes de noviembre de dos mil cinco. - Lic. JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Br. GLADIS ELIZABETH FLORES DE ALFARO, SECRETARIA. 1 v. No. F MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS- TRITO: AVISA: Que por resolución de las diez horas treinta minutos del día veinticuatro de noviembre del corriente año ha sido declarada heredera abintestato con beneficio de inventario de la herencia dejada por la señora CAMILA ALVAREZ VASQUEZ o Camila Alvares, fallecida el día veintiuno de noviembre del dos mil en el Cantón Las Tablas jurisdicción de esta ciudad su último domicilio, a la señora LEONOR CORADO ALVAREZ, en concepto de hija de la causante.- Se ha conferido a la heredera declarada la administración y representación definitivas de la sucesión.- Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las nueve horas diez minutos del día once de noviembre del año dos mil cinco. - Dr. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL. - Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, 1 v. No. F028149

39 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de RIGOBERTO BELARMINO DIAZ AREVALO, Notario del domicilio de esta ciudad, con oficina profesional en Sexta Calle Poniente, Barrio El Chile de la ciudad de Chalatenango: AVISA: Al público que por resolución del suscrito Notario, proveída a las trece horas del día veintiocho de noviembre del año dos mil cinco, se ha declarado heredera expresamente y con beneficio de inventario de la Herencia Intestada a la señora JUANA DERAS VIUDA DE JULE, de los bienes que a su defunción dejara el señor JORGE ALBERTO JULE JUAREZ, conocido por JORGE ALBERTO JUAREZ JULE, en concepto de esposa y cesionaria de los derechos de hereditarios de las señoritas VANESSA MARISOL e IRIS AZUCENA, ambas JULE DERAS, hijas del causante y de la señora JUANA JULE, madre del causante; por consiguiente y en vista de tal declaratoria, se le confiere la representación y administración definitiva de la sucesión de los bienes dejados por el señor JORGE ALBERTO JULE JUAREZ conocido por JORGE ALBERTO JUAREZ JULE. Lo que avisa al público para los efectos legales consiguientes. Librado a las diez horas del día veintinueve de noviembre del año dos mil cinco. Lic. RIGOBERTO BELARMINO DIAZ AREVALO, NOTARIO. 1 v. No. F JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INS- TANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, DE- PARTAMENTO DE CABAÑAS, AL PUBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY, AVISA: Que por resolución proveída por este Tribunal a las once horas con treinta minutos de este día se ha declarado heredero abintestato y con beneficio de inventario, de la herencia intestada de los bienes que a su defunción acaecida el día tres de septiembre de mil novecientos ochenta y dos, en Cantón Las Marías, Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, siendo éste su último domicilio dejó el señor JACINTO AMAYA, quien fue de setenta y ocho años de edad, casado, jornalero, hijo de padre ignorado y Nicolasa Amaya, originario de Dolores, Departamento de Cabañas, asimismo de la herencia intestada de los bienes dejados a su defunción acaecida el día veinticuatro de agosto de mil novecientos ochenta y tres, en Cantón Las Marías, Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, siendo éste su último domicilio dejó la señora FIDELINA CRUZ DE AMAYA, quien fue de setenta y un años de edad, casada, de oficios domésticos, hija de Quirino Cruz y Adrián Meléndez, originaria de Dolores, Departamento de Cabañas; al señor SANTOS AMAYA CRUZ, éste en calidad de hijo de los causantes; habiéndole conferido la administración y representación definitiva de la sucesión. EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE LA CIUDAD DE SAN SALVADOR, AL PUBLICO EN GENERAL PARA LOS EFECTOS DE LEY; AVISA: Que por resolución pronunciada por este Tribunal a las quince horas y ocho minutos del día siete de noviembre del corriente año, se han declarado herederos definitivos con beneficio de inventario de la Herencia Intestada que a su defunción ocurrida en esta ciudad, su último domicilio, a las veintidós horas y treinta minutos del día dieciocho de diciembre de mil novecientos noventa y cinco, dejó la señora JULIA HURTADO DE GARZONA, conocida por JULIA HURTADO, a los señores RENE GUILLERMO GARZONA APARICIO, conocido por RENE GUILLERMO CARZONA APARICIO, RENE GARZONA y por RENE GUILLERMO APARICIO GARZONA, RENE GUILLERMO APARICIO GARZONA, conocido por RENE GUILLERMO APARICIO CARZONA, ALFREDO ERNESTO APARICIO GARZONA, conocido por ALFREDO ERNESTO APARICIO HURTADO y ANA ELSA YOLANDA GARZONA HURTADO, en concepto de cónyuge sobreviviente e hijos de la causante. Se les ha conferido a los herederos declarados la Administración y Representación Definitiva de la sucesión.- Librado en el Juzgado Primero de lo Civil; San Salvador, a las nueve horas y diez minutos del día quince de noviembre del año dos mil cinco.- MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- Licda. CONCEPCION PALMA CRUZ, SECRETARIA. 1 v. No. R LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AVISA: Que por resolución dictada a las diez horas de este día se ha declarado Heredera Abintestato y con Beneficio de Inventario, de la herencia intestada que a su defunción ocurrida el día diecisiete de enero del año dos mil tres, en el Cantón Loma Alta de esta jurisdicción siendo éste el lugar de su último domicilio, dejó la señora FELICIANA ANGELA CHAMUL conocida por ANGELA MURCIA DE CUELLAR, ANGELA MURCIA y FELICIANA ANGELA MURCIA DE CUELLAR, a: TE- RESA DEL CARMEN CUELLAR MURCIA como hija de la causante y como Cesionaria de los Derechos Hereditarios que le correspondían a CANDIDA SOFIA CUELLAR DE MENDOZA, LUISA DE LOS ANGELES CUELLAR DE IRIZARRI y JOSÉ DEL PILAR CUELLAR, los primeros dos en su concepto de hijos y el tercero como cónyuge sobreviviente de la causante antes referida; confiriéndosele DEFINITI- VAMENTE la administración y representación de la sucesión expresada con las facultades y restricciones de ley. LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa Ana, a las doce horas con veinte minutos del día veintidós de noviembre del año dos mil cinco. -Lic. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL. - Lic. MARISOL DEL CARMEN LEMUS DE GARCIA, 1 v. No. R Lo que avisa al público para los demás efectos de ley. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los once días del mes de noviembre de dos mil cinco. - Lic. JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. - Br. HUGO ERNESTO MENA HERNANDEZ, SECRETARIO INTERINO. 1 v. No. F MARIA EUGENIA ZELAYA SALGUERO, Notario, de este domicilio, con despacho Notarial ubicado en Residencial Santa Elena II, Avenida C, Polígono D, No. 9, Final Calle Conchagua Poniente, Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad, HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída a las siete horas y diez minutos del día veinticuatro de noviembre de dos mil cinco, se ha declarado a los señores TERESA DE JESÚS HERNÁNDEZ DE GARCIA; JOSE ROBERTO GARCIA HERNÁNDEZ; MILAGRO DEL CARMEN GARCIA HERNÁNDEZ; MANUEL DE JESÚS

40 40 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 GARCIA HERNÁNDEZ; JOSE WILFRIDO GARCIA HERNÁNDEZ, herederos definitivos con beneficio de inventario de los bienes que a su defunción en la ciudad de Mejicanos de este departamento, su último domicilio, el día dieciséis de octubre del año dos mil dos, dejare el señor Víctor Manuel García, en su concepto de cónyuge e hijos sobrevivientes del causante; habiéndoles conferido la representación y administración definitiva de la referida sucesión. Por lo que se avisa al público para los efectos de ley. Librado en San Salvador, el día seis de diciembre del año dos mil cinco. Lic. MARIA EUGENIA ZELAYA SALGUERO, NOTARIO. 1 v. No. R ANA MARIA ISABEL RODRÍGUEZ BURGOS, Notario, del domicilio de Santa Tecla, con Oficina situada en Residencial El Paraíso, Pasaje Dos, Casa Numero Cincuenta y Uno-F, Santa Tecla, al público en general, HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas y treinta minutos del día once de noviembre de dos mil cinco, se ha declarado a los señores JOSE GERMAN SÁNCHEZ HERNÁNDEZ y PATRICIA MARGARITA SÁNCHEZ HERNÁNDEZ en su concepto de hijos sobrevivientes de la causante, HEREDEROS DEFINITIVOS con Beneficio de Inventario de los Bienes que a su defunción dejara la señora ESPERANZA HERNÁNDEZ DE SANCHEZ, quien falleció en el Barrio El Calvario de la Ciudad de Tepecoyo, Departamento de La Libertad el día once de abril de dos mil, siendo éste su ultimo domicilio, habiéndoles concedido en consecuencia la Representación y Administración Definitivas de la referida Sucesión. Por lo que se avisa al público para los efectos de ley. Librado en la ciudad de Santa Tecla, a las catorce horas y treinta minutos del día once de noviembre de dos mil cinco. ANA MARIA ISABEL RODRIGUEZ BURGOS, NOTARIO. 1 v. No. R LICENCIADO CESAR AUGUSTO MERINO, Notario, del domicilio de San Salvador, con Oficina en Primera Avenida Norte y Diecinueve Calle Poniente, Edificio Niza, local número doscientos dieciocho, San Salvador, HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las dieciséis horas del día cinco de diciembre de dos mil cinco, se ha declarado heredero definitivo ab-intestato, con beneficio de inventario, del señor FRANCISCO RAFAEL PANIAGUA ARRAZOLA, quien falleció el día veintiuno de octubre de dos mil cinco, en la Ciudad de Santa Ana, siendo su último domicilio la ciudad de Antiguo Cuscatlán, a la señora YOLANDA BEATRIZ MAGAÑA DE PANIAGUA, en su concepto de cónyuge sobreviviente del causante y como cesionaria de los derechos que le correspondían a las señoras MARIA DOLORES ARRAZOLA DE PANIAGUA, CLAUDIA YOLANDA PANIAGUA MAGAÑA, YOLANDA BEATRIZ PANIAGUA MAGAÑA y BEATRIZ GUADALUPE PANIAGUA DE GARCIA, la primera como madre del causante, y las últimas en su concepto de hijas del referido causante; y se le confirió a la heredera declarada, la administración y representación definitiva de la sucesión. Librado en las oficinas del Notario Licenciado CESAR AUGUSTO MERINO, a las ocho horas del día seis de diciembre de dos mil cinco. Lic. CESAR AUGUSTO MERINO, NOTARIO. 1 v. No. R MAURICIO REBOLLO CONTRERAS, Notario del domicilio de San Salvador, con oficina en 1ª Avenida Norte y 19 Calle Poniente, Condominio Viena, Pasaje Viena, casa número 7, San Salvador, teléfonos y , AL PUBLICO, AVISA: Que en las Diligencias de aceptación de la Herencia Intestada del señor CARLOS ALFONSO DURON SANCHEZ, de noventa y ocho años, viudo, Factor de Comercio, del domicilio de San Salvador, originario de Yamabal, Morazán, salvadoreño, fallecido en San Salvador, su último domicilio, el veintiocho de mayo de dos mil cinco, por Acta Notarial de resolución de las catorce horas veintidós minutos del primero de diciembre del dos mil cinco, el Notario he declarado HEREDEROS DEFINITIVOS con Beneficio de Inventario, a los señores CARLOS ALFONSO DURON ALBERTO de sesenta y un años de edad, Ingeniero Civil, del domicilio de San Salvador y la señora CONCEPCION IRIS DURON ALBERTO antes conocida como CONCEPCION IRIS DURON DE LEMUS, de cincuenta y seis años, Profesora Jubilada, del domicilio de San Salvador, divorciada, en calidad de HIJOS DEL FALLECIDO y les he conferido LA ADMINISTRACION Y REPRESENTACION DEFINITIVA de la sucesión. Lo que hago del conocimiento del público para los efectos legales. Expido este Edicto en San Salvador, dos de diciembre de dos mil cinco. MAURICIO REBOLLO CONTRERAS, NOTARIO. 1 v. No. R JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY, HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas y treinta minutos del día veintitrés de octubre del presente año se declararon DEFINITIVAMENTE HEREDEROS y con beneficio de inventario a los siguientes señores: ANA CECILIA PEREZ y NARCISA MONTERROSA VIUDA DE PEREZ, la primera en calidad de hija y la segunda como cónyuge en la herencia INTESTADA que a su defunción dejó el causante JOSE JULIO PEREZ, quien falleció en la Colonia Palmira de esta ciudad, a las seis horas del día veinte de agosto del año de mil novecientos ochenta y cuatro, siendo Mejicanos su último domicilio; ANA TERESA DE JESUS PEREZ, conocida por ANA TERESA DE JESUS PEREZ DIAZ y la señora MARIA AURELIA DIAZ, conocida por MARIA AURELIA DIAZ VIUDA DE PEREZ, la primera en su concepto de hija y la segunda en su concepto de cónyuge en la herencia INTESTADA que a su defunción dejó el causante PEDRO PEREZ MERCADO, quien falleció en el Hospital Rosales a las once horas y cuarenta y cinco minutos del día ocho de septiembre del año de mil novecientos setenta y

41 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de nueve, siendo Mejicanos su último domicilio; MARIA PAULA DEL CARMEN PEREZ MERCADO VIUDA DE PEREZ, conocida por CARMEN PEREZ VIUDA DE PORTILLO en su concepto de hermana en la herencia INTESTADA que a su defunción dejaron los causantes TRINIDAD CONCEPCION PEREZ DE HERNANDEZ, conocida por TRINIDAD PEREZ DE HERNANDEZ y MANUEL DE JESUS PEREZ, falleciendo la primera a las veinte horas con treinta minutos del día siete de febrero del año de mil novecientos noventa y cinco, en la segunda en la Segunda Calle Oriente, número quince de esta ciudad, siendo Mejicanos su último domicilio, y el segundo falleció, a las veintiuna horas del día veintitrés de marzo del año de mil novecientos setenta y nueve en el Hospital Militar de la ciudad de San Salvador, siendo Mejicanos su último domicilio.- Confiérase a los herederos en los carácteres antes indicados la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION DEFINITIVA de la sucesión de los mencionados causantes.- Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las ocho horas y veinticinco minutos del día veintinueve de octubre del año dos mil tres.- Lic. JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. JORGE ALBERTO GONZALEZ MENDEZ, ACEPTACION DE HERENCIA 1 v. No. R RICARDO RAMIREZ PONCE, Notario, de este domicilio, con oficina en Segunda Calle Poniente y Octava Avenida Sur, cinco-uno, de esta ciudad, HACE SABER: Que por resolución proveída a las nueve horas diez minutos de esta fecha, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada dejada a su defunción por SALOME PEREZ RAMIREZ o SALOME PEREZ, quien falleció el día quince de febrero de mil novecientos noventa y dos, en el Cantón Las Delicias, jurisdicción de San Juan Opico, lugar de su último domicilio; de parte de FRANCISCO CERNA PEREZ, MARIA ESTER CERNA PEREZ y JOSE ROBERTO CERNA PEREZ; y se les ha conferido a los aceptantes la administración y representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. SE CITA, en consecuencia, a todos aquellos que se crean con derecho a tal herencia, para que dentro de los quince días subsiguientes a la última publicación de este aviso, se presenten a este Despacho y justifiquen tal circunstancia. Librado en Santa Tecla, a diecisiete de noviembre del año dos mil cinco. Lic. RICARDO RAMIREZ PONCE, NOTARIO. 1 v. No. F ANA CECILIA GRIMALDI ALVARENGA, con Oficina de Notariado, ubicada en Centro Comercial, Metro España, entre Trece Calle Oriente Pasaje Sagrega, local doscientos once, segundo nivel, de esta ciudad, al público; HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las once horas del día veintiocho de los corrientes, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de la señora SALVADORA FLORES DE GALICIA, de treinta y siete años de edad, de Oficios Domésticos y del domicilio de Jujutla, Departamento de Ahuachapán; la herencia intestada dejada a su muerte por el señor PEDRO ANTONIO GUTIERREZ, conocido por PEDRO ANTONIO GUTIERREZ QUI- JADA y por VICTOR QUIJADA, quien fue de sesenta años de edad, Agricultor, su último domicilio en la ciudad de Jujutla, Departamento de Ahuachapán, hijo de los señores Calixto Gutiérrez y Gertrudis Quijada, ocurrida su muerte en el Cantón Guayapa Abajo, jurisdicción de Jujutla, Departamento de Ahuachapán, el día quince de noviembre de mil novecientos noventa.- Se ha conferido a la aceptante la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.- Por este medio se cita a los que se consideren tener derecho a la sucesión, se presenten a mi oficina de notariado a alegar su derecho, dentro de los quince días contados, a partir del día siguiente de la última publicación de este edicto. Librado en la ciudad de San Salvador, a los veintinueve días del mes de noviembre del año dos mil cinco.- ANA CECILIA GRIMALDI ALVARENGA, NOTARIO. 1 v. No. F SUSIBETH DEL CARMEN MARTINEZ MARIN, Notario, del domicilio de San Salvador, con oficina situada en Colonia Universitaria Norte, Calle Alirio Cornejo, Pasaje Dreyfus, casa número cuatro- A, Mejicanos, HACE SABER: Que por resolución proveída por la Suscrita Notario, a las diecisiete horas del día cinco de diciembre del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada, que a su defunción dejara el señor CARLOS AL- BERTO VENTURA QUINTANILLA, ocurrida en el Hospital Nacional Zacamil, de la ciudad de Mejicanos, departamento de San Salvador, a las nueve horas y cuarenta minutos del día cuatro de agosto del corriente año, siendo la ciudad de Mejicanos su último domicilio, de parte del señor WALTER ANTONIO AYALA VENTURA, en su calidad de cesionario de los derechos hereditarios que en dicha herencia intestada correspondían a los señores CARLOS ALBERTO VENTURA AYALA y HERBERT ALBERTO VENTURA CHAVEZ, en su calidad de hijos sobrevivientes; a quien en tal concepto se le ha conferido la administración y representación interina de la sucesión citada, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente. En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean con derecho a la referida sucesión, para que se presenten a dicha oficina en el término de quince días contados a partir del día siguiente a la tercera publicación del edicto respectivo. Librado en la ciudad de Mejicanos, a los cinco días del mes diciembre del dos mil cinco. Lic. SUSIBETH DEL CARMEN MARTINEZ MARIN, NOTARIO. 1 v, No. F027870

42 42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 VILMA ESTELA ABREGO VELÁSQUEZ, Notario, de este domicilio, con Oficina Notarial, situada en la Colonia Flor Blanca, Cuarenta y Tres Avenida Sur y Calle El Progreso, Condominio Flor Blanca, Edificio A, Apartamento Número Doscientos Catorce-A, San Salvador; al público para los efectos de Ley HACE SABER: Que hoy se ha tenido por Aceptada expresamente y con Beneficio de Inventario de parte de la señora FLOR DE MARIA ABARCA, la Herencia Intestada deferida por la señora ROSA ADELA ABARCA CASTILLO, conocida también por ROSA ADELA ABARCA, MARIA ADELA ABARCA CASTILLO, MARIA ADELA ABARCA y ADELA ABARCA, quien falleció, a las veintitrés horas y veinte minutos del día veintidós de agosto del presente año, en Final Calle Principal, Número Cuarenta, de la Colonia Yanira, de la Ciudad de Mejicanos, del Departamento de San Salvador, siendo ese lugar su último domicilio; en concepto de HIJA Y CESIONARIA de los hijos de la mencionada Causante, señores SALVADOR ABARCA; IRMA DOLORES GUZMÁN DE GOMEZ, conocida también por IRMA DOLORES GUZMÁN e IRMA DOLORES GUZMÁN ABARCA; y APOLONIA ABARCA MEJIA DE GOMEZ.- En tal concepto, confiéresele a la Aceptante antes mencionada, la Administración y Representación INTERINA de la Sucesión, con las Facultades y Restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente. En consecuencia se cita por este medio, a los que crean con Derecho a la Herencia, para que se presenten a deducirlo dentro de los quince días siguientes a la Tercera Publicación de este Edicto. San Salvador, a los treinta días del mes de noviembre del año dos mil cinco. VILMA ESTELA ABREGO VELASQUEZ, NOTARIO. 1 v. No. F CARLOS ARMANDO RODEZNO JACOBO, Notario, de este domicilio, con despacho notarial ubicado en Residencial Andalucía, Calle Principal casa número 16-B, Mejicanos, departamento de San Salvador, HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída a las once horas del día quince del presente mes, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción, ocurrida en Soyapango, departamento de San Salvador, el día quince de febrero del año dos mil cinco, dejó la señora MARlA EMILIA PACAS VIUDA DE ORTIZ, de parte de las señoras VILMA NOEMY ORTIZ DE SANCHEZ, DELMY YANIRA PACAS DE ME- RINO y ANA RUTH PACAS DE BAUTISTA, en concepto de hijas sobrevivientes del causante; habiéndose conferido la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean con los derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto. Librado en la oficina del suscrito notario.- En la ciudad de San Salvador, el día quince de noviembre del año dos mil cinco. PEDRO ANTONIO TORRES PERDOMO, Notario, de este domicilio, con Oficina situada en Avenida Libertad, casa número once, contiguo a Farmacia Díaz Cerrato, y Frente a Floristería La Cardenia, de esta Ciudad. HACE SABER: Que en las diligencias de Aceptación de Herencia promovidas ante el Suscrito Notario por la señora BLANCA ARGELIA MORAN VIUDA DE LEMUS, se ha proveído la resolución a las nueve horas del día dieciséis de junio del presente año, resolución por medio de la cual se ha tenido aceptada expresamente con beneficio de Inventario la Herencia intestada que a su defunción ocurrida en la ciudad de Nueva Concepción, el día dos de febrero del corriente año, dejó el señor FABIO LEMUS en su carácter de esposa del causante, confiriéndole a la aceptante la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION INTERINA DE LA SUCESION, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley. Librado en la Oficina del Lic. PEDRO ANTONIO TORRES PERDOMO, Chalatenango, a los treinta días del mes de noviembre del año dos mil cinco. PEDRO ANTONIO TORRES PERDOMO, NOTARIO. 1 v. No. F MANUEL DE JESUS TORRES GAVIDIA, Notario, de este domicilio, con oficina situada en Barrio San Miguelito, Quince Calle Oriente, número ciento diecisiete, San Salvador, HACE CONSTAR: Que por resolución pronunciada a las nueve horas del día tres de enero del año dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de la señora MARIA DE LOS ANGELES SANTOS VÁSQUEZ ahora DE QUINTANILLA en calidad de hija y cesionaria del derecho que correspondían a los señores MAGDALENA TORRES conocida como MARIA MAGDALENA TORRES y como MARIA MAGDALENA RIVERA, y GUILLERMO VASQUEZ, en calidad de madre y padre, la Herencia Intestada que a su defunción dejó la señora MARTA LIDIA TORRES VÁSQUEZ conocida por MARTA LIDIA VÁSQUEZ TORRES y por MARTA LIDIA VASQUEZ, quien falleció el día ocho de julio de dos mil cuatro, en la ciudad de San Salvador, siendo su último domicilio la ciudad de Cuscatancingo, habiéndosele conferido a la aceptante la administración y representación interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente. En consecuencia por este medio cita a los que se crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación del presente edicto. Librado en la ciudad de San Salvador, a las once horas del día veintinueve de enero de dos mil cinco. Lic. CARLOS ARMANDO RODEZNO JACOBO, NOTARIO. 1 v. No. F MANUEL DE JESUS TORRES GAVIDIA, NOTARIO. 1 v. No. F027924

43 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de PABLO MONTANO hijo, Notario, de este domicilio, con Oficina Ubicada en Trece Calle Oriente y Pasaje Sagrera, Centro Comercial Metro España, local Doscientos seis, de esta ciudad, al público para los efectos de ley, HACE SABER: Que por resolución proveída a las diez horas y treinta minutos de este mismo día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia Intestada que a su defunción dejó la señora JUANA GARCIA GARCIA, ocurrida en la ciudad de IIopango el día veintidós de junio de mil novecientos noventa y ocho, lugar de su último domicilio, de parte de los señores, FLORINDA GARCIA CAS- TRO, JOSE ENRIQUE GARCIA CASTRO y REYNALDO GARCIA CASTRO, en concepto de hijos de la Causante, habiéndoseles conferido la Administración y Representación Interinas de la Sucesión, con las facultades y restricciones de la Herencia Yacente. En consecuencia por este medio se cita a todos los que se consideren con derecho en la referida herencia, para que se presenten a la oficina antes mencionada en el término de ley. Librado en la oficina del Notario PABLO MONTANO hijo, San Salvador, cinco de diciembre de dos mil cinco. Lic. PABLO MONTANO hijo, NOTARIO. 1 v. No. F LUIS ALONSO CORTEZ ARAGON, Notario del domicilio de Mejicanos, con oficina Notarial en Trece Calle Poniente Edificio ATENEO de El Salvador, Costado Norte del INDES, San Salvador, al público en general, HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas con quince minutos de este día, se ha tenido por Aceptada expresamente y con beneficio de inventario, por parte del señor JOSE OSCAR SANCHEZ, conocido por JOSE OSCAR SANCHEZ ESCOBAR, la herencia Intestada, dejada por la señora ANA DELIA SANCHEZ JOYA, conocida por ANA DELIA SANCHEZ y LIDIA SANCHEZ, habiendo nacido en el Cantón San Antonio, jurisdicción de San Miguel, a las veintitrés horas del día doce de Junio de mil novecientos veintiséis, siendo hija de Miguel Sánchez, e Isabel Joya, quienes ya fallecieron; la causante falleció a los cincuenta y seis años de edad, a las tres horas del día dos de septiembre, en el Cantón San Bartolo de la Jurisdicción de Ilopango, habiendo sido ése su último domicilio; en su carácter de hijo de la causante, y por lo tanto Heredero Universal Unico, por lo que se le ha conferido la Administración y Representación interina de la Sucesión con las facultades que la ley establece. Por lo que por este medio se cita a todas las personas que se consideren con derechos a participar en la referida sucesión, para que se apersonen al despacho arriba señalado, dentro del término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación de este edicto. San Salvador, a los seis días de diciembre de dos mil cinco.- DOY FE. El suscrito Abogado y Notario, con oficina ubicada en Sexta Calle Poniente Número seiscientos ocho, Barrio San Felipe, San Miguel, al público para los efectos de ley, HACE SABER: Que por resolución del suscrito proveída a las dieciséis horas del día veintitrés de Noviembre de dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada, que dejó al fallecer la Causante APOLINARIA MEDRANO, que a la fecha de su muerte era de ochenta y dos años de edad, de Oficios Domésticos, originaria de Ciudad Barrios y con último domicilio en San Cristóbal, Ciudad Barrios, San Miguel, hija de los señores JUAN QUILIMACO MEDRANO y VALERIA AMAYA, falleció el día treinta de octubre de mil novecientos ochenta y tres, del señor JOSE ANGEL MEDRANO MENDOZA, mayor de edad, agricultor, en su calidad de cesionario de la causante, en consecuencia se le confiere la administración y representación interina de la Sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Por lo que se avisa a las personas que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a deducirlo, dentro de los quince días siguientes de la última publicación de este edicto. San Miguel, a los veinticuatro días del mes de Noviembre de dos mil cinco. BUENAVENTURA CRUZ MEZA, NOTARIO. 1 v. No. F El suscrito Abogado y Notario, con oficina ubicada en Sexta Calle Poniente Número seiscientos ocho, Barrio San Felipe, San Miguel, al público para los efectos de ley, HACE SABER: Que por resolución del suscrito proveída a las dieciséis horas del día veintitrés de Noviembre de dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que dejó al fallecer el Causante SANTOS GEOVANY ALVAREZ FLORES, que a la fecha de su muerte era de treinta y tres años de edad, Licenciado, originario de Santa Rosa de Lima y del último domicilio Cantón El Algodón, Santa Rosa de Lima, departamento de La Unión, hijo de los señores JOSE ANTONIO ALVAREZ y MARI A ANASTACIA FLORES, falleció a las nueve horas y treinta y cinco minutos del día tres de febrero de dos mil cinco, el señor JOSE ANTONIO ALVAREZ, mayor de edad, agricultor, en calidad de padre del causante, en consecuencia se le confiere la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Por lo que se avisa a las personas que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a deducirlo dentro de los quince días siguientes de la última publicación de este edicto. San Miguel, a los veinticuatro días del mes de Noviembre de dos mil cinco. Licenciado LUIS ALONSO CORTEZ ARAGON, NOTARIO. BUENAVENTURA CRUZ MEZA, NOTARIO. 1 v. No. F v. No. F027995

44 44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 RICARDO RODRIGO SUAREZ FISCHNALER, Notario, de este domicilio, con oficinas ubicadas en Calle Toluca, número tres mil veintinueve, Colonia Miramonte, de esta ciudad, MARINA FIDELICIA GRANADOS DE SOLANO, Notario de este domicilio, con oficina en Residencial San Rafael, senda cinco sur, Polígono K, número cuarenta y uno, Nueva San Salvador, HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario proveída en esta ciudad, a las once horas de esta misma fecha, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción acaecida en San Salvador, lugar de su último domicilio, el día dos de agosto de dos mil cinco, dejó el causante Doctor ARMAN- DO NAPOLEON ALBANES, conocido por ARMANDO NAPOLEON ALBANEZ, de parte de la señora VILMA AUGUSTA BURGOS DE ALBANEZ, en su calidad de cónyuge sobreviviente y como cesionaria de los derechos hereditarios de las hijas procreadas con el causante, señoras Ana Vilma Albanez de Escobar, Lidia Margarita Albanez de Valdés, María de los Angeles Albanez Burgos y Gladis Celina Albanez Burgos, habiéndosele conferido la administración y representación interina de la expresada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. En consecuencia, se cita a todos los que se crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la oficina antes detallada en el término de quince días contados desde el siguiente a la última publicación de este edicto. Librado en la oficina del Notario Ricardo Rodrigo Suárez Fischnaler, San Salvador, a los cinco días del mes de diciembre de dos mil cinco. RICARDO RODRIGO SUAREZ FISCHNALER, NOTARIO. 1 v. No. F CANDIDA MARICELA SÁNCHEZ ZELAYA, Notaria, con oficina notarial en Cuarta Calle Oriente, uno-cinco, Local seis, Lourdes/Colón, La Libertad, HACE SABER: Que por resolución de la suscrita, proveída a las trece horas del día dos de diciembre de dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción, ocurrida en la Ciudad de San Salvador, el día siete de septiembre del presente año, dejó el señor Carlos Alberto Pineda, conocido por Carlos Alberto Pineda Ortega, de parte de la señora Teresa del Tráncito Martínez de Pineda, en concepto de cónyuge del causante, habiéndosele conferido la administración interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean con derechos en la referida herencia; para que se presenten a la mencionada oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto. Santa Tecla, a los dos días del mes de diciembre de dos mil cinco. HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario proveída a las diecisiete horas del día veintiocho de noviembre del dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con Beneficio de Inventario, la herencia testamentaria que a su defunción ocurrida en la ciudad de Mejicanos, del departamento de San Salvador, su último domicilio, el día dieciséis de septiembre de mil novecientos noventa y cinco, dejó el señor JUAN ANTONIO BONILLA, de parte de los señores JUAN AN- TONIO BONILLA GARCIA y MARIA ELENA BONILLA GARCIA, en sus conceptos de HIJOS del causante, habiéndoseles concedido la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. Lo que se avisa al público para los efectos de ley. Librado en la oficina de la Notaria Marina Fidelicia Granados de Solano, a las dieciséis horas y treinta minutos del día veintinueve de noviembre del dos mil cinco. Lic. MARINA FIDELICIA GRANADOS DE SOLANO, NOTARIO. 1 v. No. F RAFAEL HUMBERTO PINEDA VIDES, Notario de este domicilio, con oficina sita en la Quince Calle Poniente y Dieciocho Avenida Sur, de Santa Ana, al público para los efectos de ley, HACE SABER: Que a las ocho horas del diecinueve de Noviembre del presente año; se ha tenido por aceptada expresamente y con Beneficio de Inventario la Herencia Intestada Diferida por LEONIDAS PALMA, quien fue de sesenta y nueve años de edad, Agricultor en Pequeño, quien falleció el día veinticinco de junio del dos mil cinco, en el Barrio San José de Candelaria de la Frontera, Departamento de Santa Ana, siendo esa Villa su último domicilio; de parte del señor ALFONSO PALMA o ALFONSO PALMA GOMEZ, en calidad de cesionario del derecho hereditario que le correspondía a la señora NATALIA DEL CARMEN CALDERON conocida como NATALIA PALMA y NATALIA PALMA CALDERÓN, en su carácter de madre del causante, confiérese al aceptante la Administración y Representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente. Oficina de Notariado, Santa Ana, diecinueve de Noviembre del año dos mil cinco. Lic. CANDIDA MARICELA SANCHEZ ZELAYA, NOTARIO. Lic. RAFAEL HUMBERTO PINEDA VIDES, NOTARIO. 1 v. No. F v. No. R005244

45 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de GUILLERMO PRIETO MARTINEZ, Notario de este domicilio, AL PUBLICO, para los efectos de Ley, HACE SABER: Que por resolución del suscrito, dictada a las nueve horas del día seis de diciembre del presente año, se ha tenido por aceptada, expresamente y con beneficio de inventario la HERENCIA INTESTADA, dejada a su defunción por el señor SALOME MÁR- MOL GONZALEZ, conocido por SALOME MÁRMOL, ocurrida en el Barrio Concepción de Santiago Texacuangos, de este Departamento, a las nueve horas quince minutos del día veintiuno de octubre del año dos mil cinco, siendo éste su último domicilio; de parte de los señores ANTONIO MÁRMOL, conocido por ANTONIO MARMOL VASQUEZ, y ESTANISLAO MÁRMOL VASQUEZ, en su concepto de sobrinos del causante. Confiérase a los aceptantes la administración y representación INTERINAS de la sucesión, con las restricciones y facultades legales de los guardadores de la herencia yacente. Fíjense y publíquense los edictos de Ley, y extiéndase la certificación correspondiente. Librado en la oficina notarial del Doctor Guillermo Prieto Martínez, ubicada en el Condominio Plaza Real, Local LA-Veintiocho, Veintiuna Avenida Norte y Calle Arce de esta ciudad, a los siete días del mes de diciembre del dos mil cinco. Doctor GUILLERMO PRIETO MARTINEZ, NOTARIO. 1 v. No. R GUILLERMO ALFARO SANTOS, Juez de lo Civil de este Municipio Judicial, HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las ocho horas con cincuenta minutos del día nueve de noviembre del dos mil cinco. Se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario las herencias intestadas que a su defunción ocurrida en la Lotificación Las Alturas, Cantón San José Ahuacatitán, de esta ciudad, su último domicilio, el día quince de septiembre de mil novecientos noventa, dejó el causante FRANCISCO VENTURA, de parte de la señora MAURA MENDEZ, como cesionaria de los derechos hereditarios en abstracto que en la presente sucesión le correspondían al señor LUIS ALONSO MENDEZ VENTURA, en su calidad de hijo del referido de cujus. Se ha conferido a la aceptante la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Cítese a los que se crean con derecho a la herencia en mención, para que transcurridos el término de quince días contados a partir desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto, concurran a este Tribunal a hacer uso de sus derechos. Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley. Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Departamento de San Salvador, a las nueve horas del día veintitrés de noviembre del año dos mil cinco.- Dr. GUILLERMO ALFARO SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. ERNESTO ENRIQUE MONTES, YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY, HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las quince horas y diez minutos del día veintiuno de noviembre del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada dejada a su defunción por el causante, señor GABRIEL PLATERO RIVERA, conocido por GABRIEL PLATERO, ocurrida el día veintiuno de marzo de mil novecientos ochenta y nueve, en el Barrio La Vega de Colón, lugar de su último domicilio, de parte de la señora BLANCA OFELIA GALLEGOS, actualmente VIUDA DE PLATERO, conocida por BLANCA OFELIA GALLEGOS, en su calidad de cónyuge sobreviviente del causante; y se ha conferido a la aceptante, la administración y la representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las catorce horas quince minutos del día treinta de noviembre de dos mil cinco.- Lic. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Br. KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA, 3 v. alt. No. F LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial, al público para los efectos de ley; HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas y cinco minutos del día trece de octubre de este año, se ha tenido por aceptada expresamente con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor JOSE BENABIDES MURCIA conocido por JOSE BENAVIDES MURCIA y por JOSE BENAVIDES, que falleció el día veinte de enero del año mil novecientos ochenta y cuatro, en el Barrio Concepción de la jurisdicción de San Rafael Obrajuelo, su último domicilio, por parte del señor FRANCISCO ALVARADO SANCHEZ, en concepto de cesionario de los derechos hereditarios que le correspondían a los señores ROSA ADELIA MOLINA, conocida por DELIA MOLINA y por ADELIA MOLINA, AMELIA JANNETH MOLINA o AMELIA JANNETH BENAVIDES MOLINA, IRMA DEL CARMEN MOLINA BENAVIDES o IRMA DEL CARMEN BENAVIDES MOLINA y JOSE EVARISTO BENAVIDES MOLINA, la primera como cónyuge sobreviviente, y los tres últimos como hijos del referido causante; y se ha nombrado al aceptante, interinamente, administrador y representante de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para que dentro del término de quince días contados a partir del siguiente de la tercera publicación de este aviso, se presenten a deducirlo. JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, once de noviembre del año dos mil cinco.- Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, 3 v. alt. No. F v. alt. No. F

46 46 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE MEJI- CANOS, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y treinta minutos del día veinticuatro de febrero del presente año, se tuvo por aceptada expresamente la herencia intestada y con beneficio de inventario de los bienes que a su defunción dejó el causante JOSE NICOLAS GUERRERO, quien falleció a las dieciséis horas y veinticinco minutos del día trece de enero del dos mil uno, en Colonia La Colina de esta Ciudad, siendo Mejicanos su último domicilio, de parte de la señora VILMA DOLORES GUERRERO BENAVIDES, en su concepto de hija de la de cujus.- Se confirió además a la aceptante en el carácter antes indicado la Administración y Representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.- Y CITA: A todas las personas que se crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de quince días contados a partir de la última publicación del presente edicto.- Librado en el Juzgado de lo Civil: Mejicanos, a las doce horas y diez minutos del día veinticuatro de febrero de dos mil cinco.- Lic. JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. JORGE ALBERTO GONZALEZ MENDEZ, 3 v. alt. No. F LICENCIADO ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRI- MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL HACE SABER: Que por resolución proveída a las nueve horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el Causante LUIS GONSAGA VÁSQUEZ, conocido por LUIS GONZÁLEZ, LUIS GONZÁLEZ VASQUEZ, LUIS VASQUEZ, LUIS GONSAVA VASQUEZ, LUIS GONSAGA VASQUEZ y por LUIS GONZAGA VÁSQUEZ, quien falleció el día dieciséis de abril de mil novecientos noventa y cinco, a la edad de setenta años, siendo su último domicilio el de Caluco, de esta jurisdicción; por parte del señor ORLANDO MISAEL CASTILLO GÓMEZ, en su concepto de Cesionario de los Derechos Hereditarios que les correspondían a los señores UMBERTO APOLINA- RIO RAMOS VASQUEZ, conocido por HUMBERTO APOLINARIO RAMOS VÁSQUEZ, MANUEL DE JESÚS GUILLEN GONSAGA, GILBERTO ANTONIO RAMOS VÁSQUEZ, SANTOS AMALIA RA- MOS DE RODRÍGUEZ y MARTHA CECILIA RAMOS GONSAGA, en calidad de hijos sobrevivientes del Causante. Confiriéndosele al aceptante en el concepto antes expresado, la Administración y Representación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.- Lo que se hace saber al público, para efectos de Ley.- Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departamento de Sonsonate, a los veintinueve días del mes de agosto del año dos mil cinco. Lic. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIME- RA INSTANCIA. Licda. SARA ALBERTINA VILLEDA SANCHEZ, 3 v. alt. No. F LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHINAMECA, HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las nueve horas con diez minutos del día nueve de noviembre del corriente año; se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que al fallecer dejó el causante señor VICENTE GOMEZ HERNANDEZ, conocido por VICENTE GOMEZ, fallecido a las seis horas treinta minutos del día veintisiete de junio de dos mil cinco, en Cantón Las Mesas de esta jurisdicción, departamento de San Miguel, siendo esta ciudad su último domicilio; de parte de la señora Rosa María Torres Gómez de Cruz, en concepto de cesionaria de los derechos hereditarios que le corresponden a María de la Luz Gómez Hernández ésta Heredera Universal Testamentaria y Acrecimiento que les corresponde a Antonia Gómez conocida por Antonia Gómez Hernández y Petronila Gómez Hernández conocida por Petronila Gómez. Nómbrase a la aceptante en el carácter dicho administradora y representante interina de la sucesión de que se trata, con las facultades y restricciones que corresponden a los curadores de la herencia. Publíquense los edictos de ley. Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de ley.- Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a las nueve horas con veinte minutos del día nueve de noviembre del año dos mil cinco.- Licda. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Br. ROSALIA DE JESUS PACHECO, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F ROMULO ELIAS, Notario y de este domicilio; con Oficina sobre la Séptima Avenida Norte, número: Seiscientos Cuatro, Ciudad de San Miguel; al público en general, HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas, del día catorce de octubre del año dos mil cinco; se ha tenido de parte de: ROLANDO VARQUERO LAZO conocido por: JORGE ROLANDO BARQUERO y por: JORGE ROLANDO BARQUERO LAZO y WILBER NOEL BARQUERO LAZO o WILBERT NOEL BARQUERO, por aceptada expresamente y con Beneficio de Inventario, la Herencia Intestada que a su Defunción, ocurrida en esta Ciudad, su último domicilio, el día nueve de junio del corriente año, dejó SELFA LAZO DE BARQUERO, conocida por SELFA LAZO VIUDA DE BARQUERO y por: CELFA LAZO DE BARQUERO; en el concepto de Hijos sobrevivientes de la Causante; confiriéndoseles a los Aceptantes, la Administración y Representación Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades de los Curadores de la Herencia Yacente. Por lo que avisa al público, para los efectos de Ley.

47 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de Librado en la Ciudad de San Miguel, el día catorce de octubre del año dos mil cinco. Lic. ROMULO ELIAS, NOTARIO. Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos legales consiguientes. Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Berlín, a las catorce horas del día nueve de noviembre de dos mil cinco.- Lic. MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZ DE PRIMERA INS- TANCIA. Br. CARMELA DE LA PAZ GOMEZ DE HERNANDEZ, SECRETARIO INTERINO. 3 v. alt. No. F ROMULO ELIAS, Notario y de este domicilio; con Oficina sobre la Séptima Avenida Norte, número: Seiscientos Cuatro, Ciudad de San Miguel; al público en general, HACE SABER: Que por resolución de las trece horas, del día catorce de octubre del año dos mil cinco; se ha tenido de parte de: AUDELIA MORENO CARCAMO DE BLANCO, por aceptada expresamente y con Beneficio de Inventario, la Herencia Intestada que a su Defunción, ocurrida en esta Ciudad, su último domicilio, el día: Siete de agosto del corriente año, dejó CRISTINO ALBERTO BLANCO; en el concepto de Cónyuge sobreviviente del Causante; confiérasele a la Aceptante, la Administración y Representación Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades de los Curadores de la Herencia Yacente. Por lo que avisa al público, para los efectos de Ley. Librado en la Ciudad de San Miguel, el día catorce de octubre del año dos mil cinco. Lic. ROMULO ELIAS, NOTARIO. 3 v. alt. No. F MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZ DE PRI- MERA INSTANCIA DE BERLIN, DEPARTAMENTO DE USULUTAN, al público para los efectos de ley, HACE SABER: Que por resolución de las diez horas del día nueve de noviembre del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada, de los bienes que a su defunción dejó la causante ROSA CANDIDA HERNANDEZ DE AYALA conocida por ROSA CANDIDA HERNANDEZ, quien falleció a las diez horas del día quince de febrero de mil novecientos noventa y ocho, en el Barrio San José de esta ciudad su último domicilio; de parte de CLAUDIA MARCELA AYALA RAMIREZ conocida por CLAUDIA MARCELA AYALA HERNANDEZ, en calidad de hija legítima de la causante y como cesionaria de los derechos hereditarios que correspondían a los señores FRANCISCO GALILEO AYALA RAMIREZ y MIGUEL ANGEL AYALA RAMIREZ, el primero como hijo y el segundo como cónyuge sobreviviente de la de cujus; confiriéndole a la aceptante CLAUDIA MARCELA AYALA RAMIREZ conocida por CLAUDIA MARCELA AYALA HERNANDEZ; la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.- Cítense a los que se crean con derecho a la herencia, para que dentro del término de ley se presenten a este juzgado a hacer uso de sus derechos. 3 v. alt. No. F LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHINAMECA, HACE SABER: que por resolución proveída por este Juzgado a las once horas del día veintitrés de noviembre del corriente año; se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que al fallecer dejó el causante señor GUILLERMO CHAVEZ, conocido por GUILLERMO CHAVEZ MORENO, fallecido a las diecisiete horas del día diez de junio del año de mil novecientos noventa en el Barrio El Calvario de esta ciudad, departamento de San Miguel, siendo esta ciudad su último domicilio; de parte del señor MARIO SALVADOR RAMIREZ, en concepto de cesionario de los derechos hereditarios que en la sucesión les corresponde a los señores Guillermo Arnoldo Ramírez Chávez, y Rina Maribel Ramírez de Quintanilla, conocida por Rina Maribel Ramírez Chávez, ambos en concepto de hijos del causante. Nómbrase al aceptante en el carácter dicho, administrador y representante interino de la sucesión de que se trata, con las facultades y restricciones que corresponde a los curadores de la herencia. ley. Publíquense los edictos de Ley. Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a las doce horas del día veintitrés de noviembre de dos mil cinco. Licda. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. ROSALIA DE JESUS PACHECO, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS- TRITO. HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas del día veintiuno de septiembre del año dos mil cinco. Se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de la herencia intestada dejada por la señora MARIA DEL CARMEN CARRANZA o MARIA CARRANZA, fallecida el día veintinueve de noviembre de mil novecientos setenta y tres, en la ciudad de Juayúa su último domicilio, de parte de la señora ANA LUISA HERRADOR DE ESCOBAR, conocida por ANA LUISA CARRANZA DE ESCOBAR, ANA LUISA HERRADOR CARRANZA, ANA LUISA CARRANZA HERRADOR y por ANA LUISA HERRADOR, en concepto de hija de la causante.

48 48 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 Se ha conferido a la aceptante la administración y representación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley. JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las nueve horas del veintiocho de septiembre del año dos mil cinco. Dr. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, 3 v. alt. No. F MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS- TRITO: HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas treinta minutos del día veintisiete de los corrientes, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de la herencia intestada dejada por el señor JUAN ANTONIO HERRADOR CARRANZA, fallecido el día veintisiete de Diciembre del dos mil dos, en la ciudad de Juayúa, siendo esta ciudad su último domicilio, de parte de la señora ANA LUI- SA HERRADOR DE ESCOBAR conocida por Ana Luisa Carranza de Escobar, Ana Luisa Herrador Carranza, Ana Luisa Carranza Herrador y por Ana Luisa Herrador, en concepto de hermana del Causante.- Se ha conferido a la aceptante la administración y representación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de Ley.- Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las ocho horas treinta minutos del día treinta de Septiembre del dos mil cinco.- Dr. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, 3 v. alt. No. F LICENCIADO SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TER- CERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY, HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, el diecisiete de noviembre del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida el día uno de junio de este mismo año, en esta ciudad, lugar de su último domicilio, dejó el causante FRANCISCO FLORES conocido por FRANCISCO FLORES ACOSTA, de parte de los señores FRANCISCO GREGORIO FLORES MONTERROSA, SANTOS ALEJANDRO FLORES MONTERROSA, BLANCA ES- MERALDA FLORES MONTERROSA, FELIPE ALFONSO FLORES MONTERROSA, ZENON ORLANDO FLORES MONTERROSA y BELLA DEL CARMEN FLORES MONTERROSA, en su calidad de hijos del causante, confiriéndoseles a los referidos aceptantes la administración y representación INTERINA de la mortual expresada, con las facultades y restricciones de ley.- LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa Ana, a las nueve horas con diez minutos del día cinco de diciembre del año dos mil cinco.- Lic. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL. Licda. MARISOL DEL CARMEN LEMUS DE GARCIA, ANA DOLORES RUIZ PEREZ, Notario, del domicilio de esta ciudad, con oficina en Condominio Metro España, Trece Calle Oriente de esta ciudad, local número Doscientos Dieciséis; HACE SABER: Que por resolución proveída a las nueve horas del día cinco de diciembre del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de Inventario la Herencia Testamentaria dejada a su defunción por el señor CARLOS ARTURO BONILLA FIGUEROA, quien fuera de setenta y tres años de edad, Comerciante, Soltero, originario y del domicilio de esta ciudad, quien falleció el día catorce de mayo de mil novecientos noventa y siete; de parte de los señores CARLOS DAVID BONILLA BONILLA conocido por CARLOS DAVID BONILLA AZENON y de la señora RINA ISABEL BONILLA AZENON conocida por RINA ISABEL AZENON y por RINA ISABEL AZENON BONILLA; confiriéndoseles a los herederos declarados la administración y representación interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de herencia Yacente. Y se cita a los que se crean con derecho a la misma; para que dentro de los quince días subsiguientes a la última publicación se presenten a esta oficina y justifiquen su derecho. San Salvador, cinco de diciembre del dos mil cinco. ANA DOLORES RUIZ PEREZ, NOTARIO. 3 v. alt. No. F MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS- TRITO. HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas treinta y cinco minutos del día tres de octubre del año dos mil cinco. Se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de la herencia intestada dejada por el señor JUAN FRANCISCO VELASQUEZ, fallecido el día veintidós de septiembre de mil novecientos setenta y nueve, en esta ciudad, siendo éste el lugar de su último domicilio, de parte de la señora ELSA GLORIA VELASQUEZ MARTINEZ, en concepto de hija del mencionado causante. Se ha conferido a la aceptante la administración y representación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley. JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las nueve horas del veinte de octubre del año dos mil cinco. Dr. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, 3 v. alt. No. F v. alt. No. F

49 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de GLADIS NOEMI ALONZO GONZALEZ, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL: RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY, HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las nueve horas y cinco minutos de este día, se han declarado herederos ab-intestato, con beneficio de inventario de la señora MERCEDES PEREZ Y PEREZ DE LARIN, quien falleció a las diecinueve horas y cincuenta minutos del día tres de enero del año mil novecientos noventa y ocho, en el HOSPITAL MEDICO QUIRURGICO DEL INSTITUTO SALVADOREÑO DEL SEGURO SOCIAL, DE LA CIUDAD DE SAN SALVADOR, siendo su último domicilio la ciudad de Santiago de María, Departamento de Usulután, de parte de los señores JOSE ERNESTO LA- RIN MARTINEZ o JOSE ERNESTO LARIN, VERONICA VICTORIA LARIN PEREZ ahora VERONICA VICTORIA LARIN DE LOZANO, y de la señorita MONICA MARITZA LARIN PEREZ; en calidad de cónyuge e hijas de la causante. Confiriéndoseles a los aceptantes dichos la administración y representación Legal Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente. Se cita a los que se crean con derecho a la Herencia, para que se presenten a este juzgado a deducirlo en el término de quince días contados a partir del día siguiente de la última publicación de este edicto.- LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Santiago de María, a los diez días del mes de noviembre del año dos mil cinco.- Licda. GLADIS NOEMI ALONZO GONZALEZ, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. FREDY FRANCISCO ORELLANA FRANCO, 3 v. alt. No. F ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley. HACE SABER: Que por resolución de las once horas treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de la señora SOTERA DE JESUS ESPERANZA BARAHONA conocida por JESUS ESPERANZA BARAHONA, de ochenta y cuatro años de edad, doméstica, de este domicilio, la herencia Intestada que a su defunción dejó el señor JUAN JOSE ESPERANZA, quien fue de diecinueve años de edad, jornalero, soltero, salvadoreño, del domicilio de esta ciudad, originario del Cantón Llanos de Achichilco de esta misma ciudad, habiendo fallecido en el referido Cantón Llanos de Achichilco de esta ciudad, el día dieciséis de julio de mil novecientos ochenta, siendo esta ciudad de San Vicente, el lugar de su último domicilio, en concepto de madre del causante. Y se ha nombrado a la aceptante administradora y representante interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, el día uno de diciembre del año dos mil cinco. Dra. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, de las catorce horas cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada, con beneficio de inventario, de parte del señor JOSE ALFREDO CERRITOS ACEVEDO, conocido por JOSE ALFREDO CERRITOS, la sucesión intestada que a su defunción dejó el causante señor SOTERO PEREZ GALICIA, conocido por SOTERO CRUZ, quien fue de setenta y tres años de edad, Jornalero y falleció el día siete de agosto de mil novecientos ochenta y nueve, en el Cantón Casas de Teja, jurisdicción de Candelaria de la Frontera, siendo éste el lugar de su último domicilio.- El señor JOSE ALFREDO CERRITOS ACEVEDO, conocido por JOSE ALFREDO CERRITOS es cesionario del derecho hereditario que en esta sucesión le correspondería a la señora MORELIA VASQUEZ Viuda de SOTO, en su calidad de hija del susodicho causante; y en ese carácter se le confiere la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.- Lo que hace del conocimiento del público, para que todo aquel que se crea con derecho a la sucesión, se presente a este Tribunal a deducirlo dentro de los quince días subsiguientes a la tercera publicación de este edicto.- Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: Santa Ana, a las quince horas cinco minutos del día nueve de agosto de dos mil cinco. Enmendado: veintiuno-vale.- Más enmendados: nueve-agosto-valen. Dr. RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. Br. ELBA LUZ LEMUS DE CHAVEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. R LICENCIADO SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TER- CERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los efectos de ley, HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, este mismo día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida el día veintiuno de julio del presente año, en el Hospital Centro Médico de esta ciudad, siendo el Cantón Ayuta de esta jurisdicción el lugar de su último domicilio, dejó JOSE MIGUEL MARTÍNEZ SALGUERO de parte de MARIA LEONOR CUELLAR DE MARTÍNEZ y MARIA INES MARTÍNEZ CUELLAR DE MARTÍNEZ, cónyuge e hija del causante respectivamente, confiriéndoseles INTERINAMENTE la administración y representación de la mortual expresada con las facultades y restricciones de ley. LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa Ana, a las nueve horas treinta minutos del día veinticinco de octubre del año dos mil cinco.- Lic. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL. Licda. MARISOL DEL CARMEN LEMUS DE GARCIA, 3 v. alt. No. F v. alt. No. R

50 50 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 JOSE ORLANDO HERNANDEZ BUSTAMANTE, JUEZ DE PRIME- RA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las catorce horas con treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de la señora REYNA ISABEL MORENO DE SARMIENTO; en concepto de Cónyuge sobreviviente, por medio de su Apoderado General Judicial Licenciado, OLIVERIO LEMUS MORALES, de la herencia testamentaria dejada a su defunción por el causante señor, JULIAN VICENTE PARADA SARMIENTO FORTINEZ conocido por JULIAN VICENTE PATRICIO SARMIENTO FORTINEZ, JULIAN VICENTE PARADA SARMIENTOS, VICEN- TE FELIPE DEL CARMEN PARADA, VICENTE DEL CARMEN PARADA SARMIENTOS Y POR JULIAN VICENTE SARMIENTOS FORTINEZ, quien falleció, a las veintidós horas del día seis de enero del año próximo recién pasado. En la quinta Calle ocho cincuenta y cuatro de la zona uno del país de Guatemala; su último domicilio el de esta Ciudad y el de Guatemala, en concepto de cónyuge sobreviviente del causante; confiriéndosele a la aceptante expresada en el concepto indicado la administración y representación interina de la indicada sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Cítense a las personas que se crean con derecho en la sucesión para que se presenten a este Juzgado a deducirla dentro de los quince días subsiguientes a la publicación de este edicto. Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Ley. Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a las catorce horas con treinta y cinco minutos del día veintinueve de noviembre del año dos mil cinco.- LICDO. JOSÉ ORLANDO HERNÁNDEZ BUSTAMANTE, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDO. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, 3 v. alt. No. R RAFAEL SILIEZAR GARCÍA, Notario de este domicilio, con oficina situada en Lomas de San Francisco, Calle dos, Pasaje número seis, casa número uno-e en esta Ciudad, HACE SABER: Que por Resolución del suscrito Notario, proveída a las once horas del día dos de diciembre de dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la Herencia Intestada que a su defunción, ocurrida en esta Ciudad el día uno de Abril del año dos mil cinco, dejó el Señor FEDERICO GUILLERMO GUADRÓN RAMOS de parte de sus hijos FEDERICO GUILLERMO GUADRÓN ÁVILA y Señora ANNIE VILMA GUADRÓN DE VALENCIA, por sí y además como Cesionarios de los Derechos hereditarios en abstracto de su Madre, Señora Ángela Vilma Ávila Viñerta de Guadrón conocida por Ángela Vilma Ávila Ramos de Guadrón, cónyuge sobreviviente del causante, habiéndoseles conferido la Administración y Representación interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la herencia yacente.- En consecuencia por este medio se cita a todas las personas que crean tener derechos a la referida herencia para que se presenten a la referida oficina en el término de quince días contados desde el día siguiente a la última publicación del presente Edicto.- Librado en la Oficina del Notario RAFAEL SILIEZAR GARCÍA, en la Ciudad de San Salvador, a los cinco días del mes de Diciembre de dos mil cinco. RAFAEL SILIEZAR GARCÍA, NOTARIO. 3 v. c. No. F JORGE ADALBERTO DE LEON MAGAÑA, Notario de este domicilio, con Oficina Jurídica en: Diecinueve Calle Poniente y Primera Avenida Norte, Edificio NIZA, Local Doscientos Dos, Segunda Planta, Centro de Gobierno, de esta ciudad, para los efectos de Ley, HACE SABER: Que de conformidad con la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y Otras Diligencias, en su Notaría se ha pronunciado la resolución que literalmente DICE: En la ciudad de San Salvador, a las nueve horas con treinta minutos del día veintisiete de Octubre del año dos mil cuatro.- Por recibido el Oficio número CINCO MIL SETENTA Y NUEVE, proveniente de la Honorable Corte Suprema de Justicia y firmado por el Oficial Mayor Licenciado José Raúl Vides Muñoz, agréguese a las presentes diligencias y visto su contenido favorable, continúese con el trámite iniciado.- Tiénese por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de la señora CLARA LUZ PEÑA DE MOJICA, quien es de sesenta y tres años de edad, Costurera, de este domicilio, en concepto de cónyuge sobreviviente y Heredera Testamentaria, en la Sucesión Testamentaria que al fallecer en el Hospital Nacional Rosales, de esta ciudad, el día veintinueve de Junio del año dos mil cuatro, siendo esta ciudad su último domicilio; dejó el señor JOSE ANTONIO MOJICA ORTEZ conocido por JOSE ANTONIO ORTEZ MOJICA, quien fue de sesenta y ocho años de edad, Pensionado, de este domicilio; confiéresele a la aceptante señora CLARA LUZ PEÑA DE MOJICA, en el carácter dicho la Administración Interina de la Sucesión, con todas las facultades y restricciones de los Curadores de la herencia Yacente. Publíquese los edictos de Ley y expídase la certificación Solicitada. Lo que hace del conocimiento público para que aquellos que se consideren con igual o mayor derecho concurran, dentro del término de Ley, a demostrarlo. San Salvador, a los veintiocho días del mes de Noviembre del año dos mil cinco. JORGE ADALBERTO DE LEON MAGAÑA, HERENCIA YACENTE NOTARIO. 3 v. c. No. F EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, Juez de Primera Instancia de este Distrito Judicial, AL PÚBLICO: Para los efectos de Ley, HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal de las catorce horas del día doce de Octubre del año dos mil cinco; en las diligencias de declaratoria de yacencia promovidas por la señora LUCINDA ANTONIA ABARCA, en vista de no haberse presentado persona alguna aceptando la herencia indicada, y que el señor PEDRO MELÉNDEZ, conocido por PEDRO MELÉNDEZ FLORES, falleció el día diez de abril del año dos mil dos, en Santo Domingo, departamento de San Vicente, siendo éste su último domicilio, nómbrase curador para que lo represente a la Licenciada ROSA MELIDA PONCE, mayor de edad, abogado, de este domicilio, en consecuencia se cita con quince días de plazo a todos los que se crean con derecho a la herencia que a su muerte dejó el señor PEDRO MELÉNDEZ, conocido por PEDRO MELÉNDEZ FLORES, para que se presenten a aceptar o repudiar el derecho que tengan en la indicada herencia. Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Ley.

51 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Sebastián, departamento de San Vicente, a las catorce horas y treinta minutos del día doce de Octubre del año dos mil cinco.- LIC. EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. BESSY CECILIA FABIAN FUENTES, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F LUIS ALONSO ASCENCIO MARCHANTE, Notario con domicilio y Oficina Jurídica establecida en Urbanización Brisas de Acajutla, Porción C, casa número uno, contiguo a Iglesia Católica de esta ciudad.- Para los efectos de Ley, AL PÚBLICO, HACE SABER: Que a mi despacho Notarial se ha presentado la señora MARIA DEL PILAR RAMIREZ, de sesenta y cinco años de edad, Viuda, de Oficios Domésticos, del domicilio de Santo Domingo de Guzmán, departamento de Sonsonate, solicitándome le extienda TITULO DE PROPIEDAD a su favor de un inmueble de naturaleza urbana, situado en el Barrio El Calvario, Avenida Rubén Darío Norte, municipio de Santo Domingo de Guzmán, del Departamento de Sonsonate, identificado catastralmente como PARCELA SESENTA, de una extensión superficial de DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE PUNTO NOVENTA Y UN METROS CUADRADOS, de las medidas lineales y colindantes siguientes: AL NORTE, partiendo del esquinero nor-poniente, rumbo oriente con una distancia de catorce punto cincuenta y seis se llega al esquinero nor-oriente, linda con propiedad de Bernarda Ramírez; AL ORIENTE, en dos tramos rectos, el primero, partiendo del esquinero nor-oriente, rumbo sur, con una distancia de trece punto sesenta y cinco metros, linda por este tramo con propiedad de Salomón Cortez, calle de por medio; el segundo rumbo Oriente, con una distancia de tres punto cincuenta metros, se llega al esquinero Sur-Oriente, linda por este tramo con propiedad de Vicente Ramírez García, calle de por medio; AL SUR; partiendo del esquinero sur-oriente rumbo poniente, con una distancia de diecisiete punto trece metros, se llega al mojón Sur Poniente, linda con propiedad de Eduviges Ramírez; y AL PONIENTE, partiendo del esquinero Sur Poniente rumbo norte, con una distancia de catorce punto dieciséis metros, se llega al esquinero nor-poniente donde dio inicio la presente descripción, linda en parte con propiedad de Gregorio Ramírez Ramírez y en parte con propiedad de Marta Luz Ramírez. Todos los colindantes son del domicilio de Santo Domingo de Guzmán, en este departamento; que el inmueble anteriormente descrito no es predio dominante ni sirviente; no tiene cargas ni derechos reales de pertenencias ajena; y no está en proindivisión con ninguna otra persona; lo valora en la cantidad de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; y que lo ha adquirido por posesión material que dejó al fallecer el señor Asunción Ramírez, desde hace más de treinta años.- Librado en las oficinas del Notario Luis Alonso Ascencio Marchante, en la ciudad de Acajutla, Departamento de Sonsonate, a las trece horas del día veintitrés de noviembre del año dos mil cinco.- LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPAR- TAMENTO DE MORAZAN. HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Juzgado a las catorce horas de este día; se ha DECLARADO YACENTE, la herencia que en forma intestada dejó el causante LUIS FLORES ALVAREZ, quien fue de ochenta y cinco años de edad, soltero, jornalero, originario de San Francisco Gotera, hijo de RUFINO FLORES Y PETRONILA ALVAREZ, quien falleció a las diez horas del día veinticinco de mayo de mil novecientos noventa y tres, en el Cantón la Jagua de la Jurisdicción de San Carlos, departamento de Morazán, siendo este lugar su último domicilio; y se nombra curador de dicha herencia para que la presente al Licenciado LEONEL ENRIQUE MARTINEZ MEJIA. Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las catorce horas y veinte minutos del día seis de octubre de dos mil cinco. LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA 1º. DE 1ª. INSTANCIA. BR. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA. SECRETARIA. TITULOS DE PROPIEDAD 3 v. alt. No. R LIC. LUIS ALONSO ASCENCIO MARCHANTE, NOTARIO. 1 v. No. F EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL, HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado el Presbítero, JOSÉ BENIGNO PARADA ALFARO, de cincuenta años de edad, Religioso, del domicilio actual de Guatajiagua, departamento de Morazán, y de San Martín, departamento de San Salvador, con Documento Único de Identidad Número cero uno nueve uno cero tres nueve siete-cero, actuando en representación de la IGLESIA CATÓLICA DE Guatajiagua, DEL DEPARTAMENTO DE MORAZÁN, pidiendo se el extienda TITULO DE PROPIEDAD, de un inmueble de Naturaleza Urbana, en donde se encuentra construida la Casa Parroquial, situado en el Barrio El Centro y Avenida Catorce de Diciembre, de la Ciudad de Guatajiagua, departamento de Morazán, de la Capacidad superficial según ficha Catastral de TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE METROS CUADRADOS, de las colindancias siguientes: AL NORTE: colinda con Iglesia Católica y Alcaldía Municipal; AL ORIENTE: con Alcaldía Municipal de Guatajiagua, calle de por medio: AL SUR: con Blanca Zelaya Zelaya; y AL PONIENTE: Con Iglesia Católica. El Inmueble descrito lo valora en TRES MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNI- DOS DE AMÉRICA, y fue adquirido por la Iglesia Católica, a través de la posesión por más de veinte años, y ha sido y es quieta, pacífica e ininterrumpida, no habiendo sido impedido ni perturbado por nadie. Guatajiagua, Morazán, once de Noviembre del dos mil cinco. LIC. SALVADOR AMAYA HERNANDEZ, ALCALDE MUNICIPAL.- JOSÉ GUADALUPE CARBALLO, SECRETARIO MUNICIPAL. 3 v. alt. No. F El Infrascrito Alcalde Municipal, AVISA: Que a esta oficina se ha presentado la señora MARITZA BONILLA DE CHAVEZ, mayor de edad, Ama de Casa, de este domicilio, con Documento Unico de Identidad No ; y Tarjeta de Identificación Tributaria No.0304-l60982-l0l-8; Solicitando a su favor Título de Propiedad y Dominio de Un Inmueble de Naturaleza Rústica situado en Cantón San Lucas, jurisdicción de Cuisnahuat, departamento de Sonsonate, controlado por el Centro Nacional de Registros, Mapa: 0304R03, Parcela No.296, Area Catastral: 2,l METROS CUA- DRADOS, que linda: ORIENTE: Marcela Hernández Rauda, calle de por medio; PONIENTE: María Santos Urbina Romero de Narváez, Antonio Hernández Bonilla, calle de por medio; SUR: Alberto Reyes Hernández, Sara Ester Bonilla Hernández, calle de por medio; y NOR- TE: Moisés Bonilla Hernández; no es predio sirviente ni dominante, ni está en proindivisión con nadie, dicho Inmueble lo tiene por compra efectuada a Juana Anabelis Bonilla Hernández, y por posesión material por más de diez años consecutivos, unida a la de la antecesora dueña, y consiste en cuidarlo, habitar en él, hacerle mejoras, todo a ciencia y paciencia de vecinos en general y colindantes en especial, lo estima en UN MIL QUINIENTOS DOLARES. En dicho Inmueble se encuentran construidas dos viviendas, una paredes de ladrillo y paredes de Adobe, y techo de tejas, los colindantes son de este domicilio.

52 52 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 Alcaldía Municipal: Cuisnahuat, departamento de Sonsonate, a dieciséis de Noviembre dos mil cinco. JORGE ALBERTO ABREGO MIRANDA, ALCALDE MUNICIPAL.- JOAQUÍN ADALBERTO MOLINA, SECRETARIO MUNICIPAL. 3 v. alt. No. F El Infrascrito Alcalde Municipal, AVISA: Que a esta oficina se ha presentado el señor CESAR SANTOS VALENCIA MARTINEZ, mayor de edad, agricultor, de este domicilio con documento Único de Identidad No ; Tarjeta de Identificación Tributaria No ; Solicitando a su favor Título de Propiedad y Dominio de Un Inmueble de Naturaleza Rústica, situado en el Cantón Apancoyo jurisdicción de Cuisnahuat, departamento de Sonsonate, controlado por el Centro Nacional de Registros, Mapa: 0304R09,Parcela No.494, Area Catastral: l5, Metros cuadrados, que linda: ORIENTE: Río y calle de por medio, Luis Antonio Palma Sandoval y Alonso Espinoza Carranza, PONIENTE: Pedro Antonio Clara Flores y Ricardo Valencia Flores, SUR: Mauricio Hernández Martínez, y NORTE: Miguel Angel Quintanilla Pérez; no es predio sirviente ni dominante, ni está en proindivisión con nadie, lo tiene dicho Inmueble por posesión material por más de diez años consecutivos, en forma quieta, pacífica e ininterrumpida, y consiste en cuidarlo, cultivarlo, todo a ciencia y paciencia de vecinos en general y colindantes en especial, lo estima en DOS MIL DOLARES, los colindantes son de este domicilio. Alcalía Municipal: Cuisnahuat, departamento de Sonsonate, a dieciséis de noviembre del dos mil cinco. JORGE ABREGO ALBRE- GO MIRANDA, ALCALDE MUNICIPAL. JOAQUÍN ADALBERTO MOLINA, SECRETARIO MUNICIPAL. 3 v. alt. No. F El Infrascrito Alcalde Municipal, AVISA: Que a esta oficina se ha presentado la señora MARTA ETELVINA HERNANDEZ HERNANDEZ, de cincuenta y dos años de edad, oficios domésticos, de este domicilio, con Documento Unico de Identidad No ; y Tarjeta de Identificación Tributaria No l; Solicitando a su favor Título de Propiedad y Dominio de Un Inmueble de Naturaleza Rústica, situado en Cantón Coquiama, Caserío Quebrada Seca, jurisdicción de Cuisnahuat, departamento de Sonsonate; controlado por el Centro Nacional de Registros Mapa:0304R08, Parcela No.28, Area Catastral: METROS CUADRADOS, que linda: ORIENTE: Francisca Bonilla, PONIENTE: Rosa del Carmen Rogel Chacón, SUR: Juan José Corado y NORTE: Alonso de Jesús Flores; no es predio sirviente ni dominante, ni está en proindivisión con nadie, fértil, inculto de topografía parte plana, y parte laderosa, lo tiene por compra efectuada a el señor Jorge Alberto Hernández Labor, y por posesión material por más de diez años consecutivos, en forma quieta, pacífica e ininterrumpida y consiste en cultivarlo, cortar leña, es decir todo a ciencia y paciencia de vecinos en general y colindantes en especial, lo estima en TRES MIL QUINIENTOS DOLARES, los colindantes son de este domicilio. Alcaldía Municipal: Cuisnahuat, departamento de Sonsonate, a treinta de Noviembre del año dos mil cinco. JORGE ALBERTO ABREGO MIRANDA, ALCALDE MUNICIPAL. JOAQUÍN ADALBERTO MOLINA, SECRETARIO MUNICIPAL. 3 v. alt. No. F EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL, HACE SABER: que a esta Alcaldía se han presentado los señores BENEDICTO CASTELLANOS ESCOBAR Y LIRIA PEÑA PEÑA DE CASTELLANOS, solicitando se extienda a favor de ellos, título de propiedad de un predio de naturaleza urbano con su construcción, que en forma quieta y pacíficamente, poseen en el Barrio El Calvario de esta ciudad de MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE METROS NOVENTA Y CINCO CENTIMETROS CUADRADOS de extensión superficial, comprendido dentro de los linderos siguientes: AL NORTE, linda con propiedad de Francisco Echeverría, cerco de por medio propio, AL ORIENTE, linda con propiedad de Florinda Castellanos Escobar, cerco de alambre propio de por medio, AL SUR, linda con propiedad de María Amalia Peña, y AL PONIENTE, linda con propiedad de Lilian Castillo y Dolores Carvajales. Por este rumbo existe en la parte media una calle de tres metros treinta centímetros de ancho por once metros cincuenta centímetros de largo que sirve para empalmar a la calle principal.- No es dominante ni sirviente.- No tiene cargas o derechos reales ni está en proindivisión.- Lo hubieron por compra a Sebastián Castellanos Dimas y lo estiman en MIL TRESCIENTOS DOLARES. Los colindantes son de este domicilio.- ALCALDIA MUNICIPAL; Ilobasco, a los ocho días del mes de Noviembre de dos mil cinco.- JOSE MARIA DIMAS CASTELLANOS, ALCALDE MUNICIPAL.- MANUEL DE J. ZETINO, SECRETA- RIO. TITULOS SUPLETORIOS 3 v. alt. No. F GERMAN ATILIO ANAYA, Notario de este domicilio, con Oficina en Condominio Monte María, Edificio B, local número uno, tercera planta, en Primera Calle Poniente número dos mil novecientos cuatro de esta ciudad, al público para los efectos de ley, HACE SABER: Que ante sus oficios notariales, se ha presentado el Licenciado JOSE ATILANO MEJIA VIDES, mayor de edad, Abogado y de este domicilio, solicitando a favor de las señoras MARIA ASCENCION FERNANDEZ CORTEZ o CORTES, de cincuenta y un años de edad; y ALBERTINA FERNANDEZ CORTEZ o CORTES, de cuarenta y seis años de edad, ambas de oficios domésticos, del domicilio de San Juan Nonualco y del de Los Angeles, Estado de California, Estados Unidos de América, TITULO SUPLETORIO, de un inmueble de naturaleza rústica, inculto, sin cultivos permanentes, ni construcciones, del cual son dueñas y actuales poseedoras, por iguales partes o sea el cincuenta por ciento cada una de ellas, situado en el lugar denominado Zapotitán, Cantón Los Zacatillos, Municipio de San Juan Nonualco, Departamento de La Paz, de una extensión superficial de SIETE MIL SEISCIENTOS DOS METROS CUADRADOS, que se describe así: AL NORTE, linda con propiedad de los señores: César Augusto Cortez Escobar o César Augusto Cortez, José Natividad Nolasco Cortez, María Magdalena Cortés de Cruz, María Teresa Cortez Mejía, Marta Elizabeth Cortés Mejía, Gloria Elsy Mejía Cortés y Julio César Mejía Cortés; y propiedad de Marta o María Irene Cortés de Nolasco; AL ORIENTE, con propiedad del señor Fidel Cortés antes, después de Manuel Cortés Reyes y ahora de Mariana Mejía de Cortés; AL SUR, con propiedad de Fidel Cortés antes, después de Fidelina Cortés y Nicolás Fernández y ahora de Rosa Miriam Fernández de Mejía y Teresa de Jesús Fernández o Teresa de Jesús Fernández Cortez; y propiedad de Lucio Moscote Chicas antes, ahora de Alma Yanira Moscote de Leiva; y AL PONIENTE, con Carmen Cortez Escobar de Gámez antes, ahora de Ernesto Gámez Cortés.- Físicamente existe servidumbre de tránsito, para salir a la calle principal, pasando por las parcelas trescientos noventa y tres; trescientos noventa y dos; trescientos noventa y cinco; y trescientos cuarenta y cinco/diez, propiedad de los señores Carmen Cortez Escobar, Marta Irene Cortez de Nolasco, Gloría Cortez Escobar y Rosa Moscote, respectivamente.-

53 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de El inmueble antes descrito, lo adquirieron sus poderdantes, por compra que le hicieron a la señora María Santos Ramírez de Montenegro, antes de Cortez, cuya posesión sumada a la de sus antecesores, es de más de diez años consecutivos; que las titulantes estiman cada uno de los derechos proindivisos que pretenden titular, en las sumas de UN MIL SETECIENTOS CINCUENTA DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, el cual no es dominante ni sirviente, ni tiene cargas, ni derechos reales que deban respetarse, ni está en proindivisión con ninguna otra persona.- San Salvador, cinco de diciembre del año dos mil cinco.- DR. GERMAN ATILIO ANAYA, NOTARIO. 1 v. No. F EL SUSCRITO, con Oficina particular, sito en Calle Primavera, pasaje B número, ciento sesenta y cinco, San Bartolo, Ilopango, al PUBLICO, HACE SABER: Que han comparecido los Señores: BASILIO VILLATORO MANCIA, y LUCIA ALVAREZ DE VILLATORO, de Oficios domésticos, mayores de edad, del domicilio de Lislique, solicitando TITULO SUPLETORIO de Un terreno rústico, sito en el Cantón Guajiniquil, Municipio de Lislique, Departamento de La Unión; de una superficie de CIENTO TREINTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS DIECISEIS METROS CUADRADOS; que mide y linda: Al ORIEN- TE, trescientos treinta metros, con bienes de Anastasio Flores y Benita Membreño; NORTE, tiro de ciento cincuenta y tres metros, con Adán Granados Alvarez e Isabel Granados; al PONIENTE, quinientos ochenta y seis metros, linda con José Pioquinto Villatoro Alvarez y Sabino Reyes Amaya; y al SUR, cuatrocientos cincuenta y un metros, con terrenos de Anastasio Flores, Isabel Granados, Andrés Villatoro Mancía y Jesús Reyes Escobar.- Dicho terreno carece de: Antecedente inscrito, cultivos permanentes o accesorios, y sus colindantes residen división de por medio; los interesados lo han sido poseído, por más de diez años, de buena fe, en forma, pacífica, pública y sin interrupción.- No es predio dominante, sirviente, proindiviso, o cargos reales que respetar, y lo estiman en Diez Mil Colones. Lo que se hace del conocimiento, para efectos de ley. Librado en Ilopango, a los veinte de septiembre del año dos mil cinco.- JOSÉ ARTURO REYES Y REYES, NOTARIO. 1 v. No. F CLARA SILVIA MATAMOROS CHOTO, Notario, del domicilio de Soyapango, con oficina Profesional situada en 2a. Calle Oriente y 8ª. Avenida Sur, de esta ciudad, al público para efectos de Ley, HACE SABER: Que a mi oficina se ha presentado el señor JULIO CÉSAR HENRÍQUEZ ERROA, de cincuenta y nueve años de edad, Agricultor en Pequeño, del domicilio de Tonacatepeque, departamento de San Salvador, solicitando TÍTULO SUPLETORIO de un inmueble de naturaleza rústica, inculto, situado en el Cantón Río Los Arenales, jurisdicción de San Bartolomé Perulapía, departamento de Cuscatlán, de una extensión superficial de TRES MIL QUINIENTOS SIETE PUNTO NOVENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS que se localiza y describe de la siguiente manera: Partiendo del esquinero Nor-oriente, mojón M- Doce- A.- La porción mide y linda con las siguientes distancias y rumbos siguientes: AL ORIENTE: Del mojón M. Doce-A al mojón M-Seis- B, distancia de ciento seis punto sesenta y nueve metros rumbo Sur quince grados treinta y dos punto treinta y seis minutos Oeste, colinda con resto del inmueble general del cual se desmembró el que se describe, AL SUR: Del mojón M. Seis- B al mojón M-Siete, distancia de tres punto cuatro metros rumbo Norte ochenta y cinco grados cincuenta y siete punto cero un minutos Oeste.- Del mojón M - Siete al mojón M- Ocho distancia de doce punto sesenta y ocho metros rumbo Norte ochenta y ocho grados treinta y tres punto cinco minutos Oeste. Del mojón M-Ocho al mojón M- Nueve distancia de veinte punto quince metros rumbo Norte ochenta y un grados diecinueve punto veintidós segundos Oeste, colinda con propiedad del señor Carlos Martínez.- AL PONIENTE: Del mojón M- Nueve al mojón M-Diez distancia de cuarenta y dos punto sesenta y seis rumbo Norte quince grados cincuenta minutos cincuenta y un segundos Este.- Del mojón M- Diez al Mojón M-Once, distancia de cincuenta y siete punto dieciséis metros, rumbo Norte Veintiún grados cero cinco minutos treinta y dos segundos Este. Colinda con propiedad del señor Osmín Cornejo y calle de servidumbre de tres metros de ancho de por medio.- AL NORTE: Del mojón M- Once al mojón M-Doce distancia de dieciocho punto cuarenta y cuatro metros, rumbo Norte, ochenta y seis grados cincuenta y tres minutos veintisiete segundos Este, colinda con propiedad del señor Juan Cornejo, calle de ocho metros de por medio y se llega la mojón M- Doce- A, mojón esquinero donde se dio inicio la presente descripción. El inmueble descrito no es dominante ni sirviente, no tiene carga ni derechos reales de ajena pertenencia ni está en proindivisión con ninguna otra persona, y lo adquirió por compraventa que le hiciera el señor Miguel Ángel Henríquez Mazariego quien lo ha poseído por más de diez años de forma quieta y pacífica.- Dicho inmueble lo valúa en la cantidad de DIEZ MIL COLONES.- Se previene a las personas que deseen presentar oposición a las pretensiones del solicitante, lo hagan dentro del término de Ley, en mi oficina situada en la dirección antes indicada. Librado en la ciudad de Soyapango, a los un días del mes de Diciembre del año dos mil cinco. CLARA SILVIA MATAMOROS CHOTO, NOTARIO. 1 v. No. R LA INFRASCRITA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licenciada YASMÍN DEL CARMEN ROMERO MEDRANO, en su carácter de Apoderada General Judicial del señor ANIVAL ORELLANA LOVO, solicitando TITULO SUPLETORIO de un terreno de naturaleza rústica, situado en el lugar denominado Cuesta de Las Memela y la Loma El Cabral de Cantón Llano El Ángel, de esta jurisdicción, de la capacidad superficial de TRECE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y UN METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL NOR- TE: cuarenta metros con terreno de Mauricio Franco; AL ORIENTE: trescientos treinta metros con terreno de Iris Álvarez; AL PONIENTE: trescientos ochenta y nueve metros con terreno de Carlos Centeno; y AL SUR: treinta y seis metros con terreno de Iris Álvarez y servidumbre de tránsito de cuatro metros de ancho de por medio.- Inmueble que fue adquirido por compra-venta verbal que le hizo el titulante ya mencionado al señor LEONIDAS ORELLANA ORELLANA, y lo valúa en la suma de CINCO MIL COLONES. Librado en EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE CIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL, a las once horas y quince minutos del día tres de noviembre del año dos mil cinco. LICDA. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA. BR. JOSÉ FRANCISCO VELÁSQUEZ DIAZ, 3 v. alt. No. No. F

54 54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE PRIME- RA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTO DE MORAZAN, HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado HECTOR ARTURO BONILLA CHICAS, Apoderado General Judicial del señor ARMANDO FLORES FLORES, conocido por ARMANDO FLORES; solicitando TITULO SUPLETORIO de un terreno de naturaleza rústica, el cual ha quedado dividido en dos porciones, situado en el Caserío Los Sánchez, Cantón Piedra Parada, jurisdicción de Chilanga, departamento de Morazán, de la capacidad superficial catastral, la primera porción de ONCE MIL SETECIENTOS SESENTA Y DOS METROS CUADRADOS, de las colindancias siguientes: AL ORIENTE: con María Blas Sánchez, y porción del titulante. Calle de por medio; AL NORTE: con Pascual Cruz; AL PONIENTE: Con Mateo Claros; y AL SUR: con Ceferino Sánchez; la segunda porción es de la capacidad superficial catastral de QUINIENTOS SETENTA Y SIETE METROS CUADRADOS; de las colindancias siguientes: AL ORIENTE: con Pascual Cruz Sánchez; y Juan Máximo Sánchez Portillo; AL NORTE: con Pascual Cruz Sánchez; AL PONIENTE: con porción de terreno del titulante, calle de por medio; y AL SUR: con porción de terreno del Titulante. Las cuales valúa en la cantidad UN MIL CUATROCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; y lo hubo por compra que le hizo al señor PEDRO FLORES. Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las once horas del día veintidós de noviembre de dos mil cinco. Lic. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA 1º DE 1ª INSTANCIA. Br. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETA- RIA. 3 v. alt. No. F ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los efectos de ley, HACE SABER: Que a este juzgado se ha presentado el Licenciado Rafael Redine Escobar, Abogado, del domicilio de San Miguel en su calidad de Apoderado General Judicial de los señores Florida del Carmen Reyes López, José Milton Reyes, Agustín Reyes, Rigoberto Reyes, Hernán Reyes, Nora Imelda Reyes y Noemí Reyes de Campos; solicitando título supletorio de un terreno de naturaleza rústica, situado en el Cantón San Felipe, jurisdicción de Pasquina, de este Distrito, Departamento de La Unión, de la capacidad superficial de Seiscientos Sesenta y Nueve punto Ochenta y uno metros Cuadrados, con las medidas y linderos siguientes: al ORIENTE, cuarenta punto seis metros, con propiedad de los señores Ursulo y Maximino Nativí; al PONIENTE, treinta y cinco punto veinte metros, con Casa Comunal, calle de por medio; al NORTE, dieciséis metros, con Iglesia Católica calle de por medio; y al SUR: diecinueve punto sesenta metros, con propiedad del señor Mariano Herrera; existe una casa de sistema mixto, techo de tejas de siete punto ochenta metros de ancho por doce punto quince metros de largo. Valúan dicho inmueble juntamente con sus construcciones en la cantidad de Diez Mil Dólares de los Estados Unidos de América, lo adquirieron por compra informal a la señora Josefina Reyes, ya fallecida. Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, a los veinte días del mes de diciembre de dos mil cuatro. Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARINA CONCEPCION MARTINEZ, 3 v. alt. No. F JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, CABAÑAS, AL PUBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY, HACE SABER: Que a este tribunal se ha presentado la señora BERTA GLADIS SEGOVIA VIUDA DE CRUZ, conocida por BERTA GLADIS SEGOVIA o por BERTA GLADIS SEGOVIA DE CRUZ, en su carácter personal, de cincuenta y nueve años de edad, doméstica, de este domicilio, portadora de Documento Unico de Identidad número cero cero novecientos sesenta mil setecientos cincuenta y uno - seis, solicitando se le extienda TITULO SUPLETORIO, de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Cantón Río Grande, jurisdicción de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, con una extensión superficial de ONCE MIL CUATROCIENTOS PUNTO SESENTA Y OCHO METROS CUADRADOS, de los linderos y colindancias siguientes: AL NORTE, partiendo de un poste de cemento en línea recta hasta llegar a otro poste de cemento mide noventa y tres punto cuarenta metros, linda con terreno de María Llaria Quinteros, separados cerco de alambre, brotones y piña propio del que se describe; AL ORIENTE, partiendo del mojón antes dicho hasta llegar a un árbol de jiote, mide cincuenta y seis punto cincuenta metros, linda con terreno de María Santiaga Castro, separados por cerco de alambre, brotones y piña propiedad del que se describe; AL SUR, partiendo del mojón antes dicho hasta llegar a un poste vivo, mide setenta y cinco punto ochenta metros, linda en parte con María Luisa Palacios y Valentina Ramos, cerco de alambre de por medio; AL PONIENTE, partiendo del mojón antes dicho hasta llegar a donde se inició la descripción mide setenta y ocho punto noventa metros, linda en parte con porción vendida a Mauro Antonio Velasco y portón que está en un pasaje de cinco punto cincuenta metros hasta llegar o salir a la calle pública. Que en el inmueble así descrito se encuentra construida una casa de sistema mixto, paredes de bloque, piso de cemento y ladrillo, techo de tejas, de quince punto veintitrés metros de largo por diez punto noventa metros de ancho. Lo adquirió por compra que le hizo al señor JOSE JULIO DIAZ, en el año dos mil cinco. Lo valora en la cantidad de UN MIL DOSCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los veinte días del mes de octubre de dos mil cinco. Lic. JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Br. GLADIS ELIZABETH FLORES DE ALFARO, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHINAMECA; HACE SABER: Que con fecha seis de octubre del corriente año, se presentó a este Juzgado el Licenciado Marvin William González Martínez, mayor de edad, Abogado, del domicilio de la ciudad de San Miguel, con Tarjeta de Identificación de Abogado número ocho mil quinientos treinta y cuatro, en su concepto de Apoderado General Judicial del señor Ovidio Cruz González, solicitando se le extienda a favor de su poderdante Título Supletorio de un inmueble de naturaleza rústica situado en Cantón Amaya, jurisdicción de Lolotique, de este distrito, departamento de San Miguel de la capacidad superficial de seiscientos setenta y ocho metros con treinta y siete centímetros y cinco decímetros cuadrados; de las medidas y linderos siguientes: Al Norte: posee dos tramos partiendo de Oriente a Poniente, el primer tramo treinta y seis metros, el segundo tramo mide diez metros, lindando con calle vecinal que del cantón Amaya conduce hacia Lolotique, de por medio con María de la Paz Sandoval viuda de Portillo y sucesión de Reina Sandoval viuda de Batres, Lilian Batres y Atilio Portillo Jurado; Al Oriente: cuatro metros, lindando con calle vecinal que del cantón Amaya conduce hacia Lolotique, de por medio con Sebastián Cruz Castro; Al Sur: tiene tres tramos que parte de Poniente a Oriente, el primero de los tramos mide dieciocho metros con cincuenta centímetros, el segundo tramo quiebra hacia el sur y mide un metro con cincuenta centímetros, y el tercer tramo hacia oriente mide treinta y cuatro metros con cincuenta centímetros, midiendo en total por este rumbo cincuenta y cuatro metros con cincuenta centímetros, lindando con cerco de alambre con piedras y brotones de diversos árboles de por medio con Ovidio Cruz; Al Poniente: veintitrés metros lindando con cerco de alambre, brotones de diversos árboles de por medio con Atilio

55 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de Portillo Jurado; en dicho inmueble se encuentra construida una casa de sistema mixto, de ocho metros con cincuenta centímetros de ancho, por diez metros con cincuenta centímetros de largo, piso de cerámica, paredes de bloque y techo de duralita; que el inmueble anteriormente descrito su poderdante lo adquirió por compraventa que le hizo a la señora Angela Rosa Jurado, el día nueve de mayo del dos mil cuatro; que el inmueble cuya posesión se trata de acreditar, no es dominante ni sirviente, no tiene cargas ni derechos reales que pertenezcan a otra persona, ni se encuentra en proindivisión con nadie, es decir que está a cuerpo cierto, y lo valúa en la cantidad de seis mil ochocientos cincuenta y siete punto catorce centavos de dólares americanos. Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Ley. Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a las quince horas veinte minutos del día diez de octubre de dos mil cinco. Licda. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Br. ROSALIA DE JESUS PACHECO, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHINAMECA; HACE SABER: Que con fecha veintiséis de octubre del corriente año, se presentó a este Juzgado el Licenciado Marvin William González Martínez, de treinta y un años de edad, Abogado, del domicilio de la ciudad de San Miguel, con Tarjeta de Identificación de Abogado número ocho mil quinientos treinta y uno, en su concepto de Apoderado General Judicial con Cláusula Especial del señor Julio Alberto Perdomo Gómez, solicitando se le extienda a favor de su poderdante Título Supletorio de un inmueble de naturaleza rústica situado en el Cantón Guachipilín Cantón Amaya, jurisdicción de Lolotique, de este Distrito, departamento de San Miguel, de la capacidad superficial de un mil setecientos metros cuadrados, de los linderos y medidas siguientes: Al Norte: sesenta metros, linda con cerco de alambre con piedra y leña, brotones de diversos árboles y servidumbre de este mismo terreno y con otros predios interior, lindando también con José Luis Cruz, Expectación Cruz Paíz y Concepción Perdomo Sánchez; Al Oriente: veinte metros, lindando con cerco de alambre, brotones de diversos árboles y calle principal que del cantón El Nancito conduce a la ciudad de Lolotique de por medio, con José Carlos Cruz y Néstor Cruz Jurado; Al Sur: sesenta y seis metros, lindando con José Santana de la O Perdomo, José Luis Cruz Sandoval y Rogelio Cruz Castro; Al Poniente: treinta metros con cerco de piña, piedra y brotones, propios del terreno en mención y servidumbre privada de por medio con Rosa Amelia Perdomo Cruz y María Leonor Perdomo Cruz; en el terreno antes aludido se encuentran construidas dos casas de sistema mixto de diez metros de ancho por once de largo con piso de ladrillo de cemento. Que dicho inmueble lo adquirió su mandante por compraventa que le hizo al señor Fausto Cruz Batres, a los quince días del mes de junio de dos mil cuatro; el inmueble no tiene cargas ni derechos reales que pertenezcan a otras personas, no se encuentra en proindivisión con nadie, es decir está a cuerpo cierto; y lo valúa su mandante en la cantidad de dos mil cuatrocientos dólares. Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Ley. Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a las nueve horas cuarenta minutos del día treinta y uno de octubre de dos mil cinco. Licda. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Br. ROSALIA DE JESUS PACHECO, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F RAMON HERMINIO PORTILLO CAMPOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE ARMENIA. HACE SABER: Que en este Juzgado se ha presentado el Síndico Municipal de la Alcaldía Municipal de Cuisnahuat, en su carácter de Representante Legal de dicha Alcaldía, solicitando Título Supletorio a favor de su representada, de un inmueble de naturaleza urbana, situado en Barrio San Francisco de la Población de Cuisnahuat, Departamento de Sonsonate, el que posee una extensión aproximada de SEISCIENTOS VEINTISEIS PUNTO TREINTA Y SIETE METROS CUADRADOS, de medidas y colindancias siguientes: AL NORTE: línea quebrada de cuarenta y cinco metros linda con Carlos Antonio Mena Medrado, calle de por medio, Delfia Elena Orellana Molina, Juana Paula Tobar Menjívar; AL SUR: Línea quebrada de treinta y dos metros setenta y ocho centímetros, linda con Porfirio Ramos Marcelino, Inés Elías Pérez, Lucas Arturo Rodríguez Tobar; pasaje de por medio; AL ORIENTE: Línea recta mide dieciocho metros con veintidós centímetros, linda con Luis Alexander Guardado, Roberto Alvarenga Recinos; AL PONIENTE: Línea recta de catorce metros setenta y ocho centímetros, calle de por medio con solares de: Gloria América Orellana de Castillo, Margarita Mundo, María Dolores de Jesús Carías. Que tal Alcaldía ha poseído de manera quieta, pacífica e ininterrumpida dicho inmueble, ya que no existe otro poseedor pro indiviso de esta propiedad. Lo que se avisa al público para los efectos de ley. Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Armenia, a las quince horas y treinta minutos del día once de noviembre de dos mil cinco. Lic. RAMON HERMINIO PORTILLO CAMPOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE. Lic. RAFAEL ANTONIO CUELLAR ANGEL, 3 v. alt. No. F ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley. HACE SABER: Que el señor José Marcos Rodríguez o José Marcos Rodríguez Zepeda, de cincuenta y siete años de edad, jornalero, del domicilio de Verapaz de este Departamento, solicita Título Supletorio de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Cantón San Antonio Jiboa, jurisdicción de Verapaz, de este Departamento, de la extensión superficial de VEINTIOCHO MIL SETECIENTOS TREINTA Y OCHO PUNTO CINCO METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE, en Línea quebrada de cinco tiros, el primero de poniente a oriente, el segundo de norte a sur, el tercero de poniente a oriente, el cuarto de sur a norte y el quinto de poniente a oriente, midiendo por estos rumbos doscientos dieciséis metros en total, y linda con terreno del señor Lisandro Rivera, calle de por medio que conduce de Verapaz a Cojutepeque; AL ORIENTE, en línea quebrada de seis tiros, el primero de norte a oriente en forma sesgada, el segundo de oriente a sur, el tercero de sur a oriente, el cuarto de oriente a sur, el quinto de sur a poniente, el sexto de poniente a sur, y linda en este rumbo ciento ochenta y seis metros con terreno de Alejandro Torres; AL SUR, ciento cuarenta y un metros en línea recta, linda en este rumbo con terreno de Telma Orellana, quebrada de por medio; y AL PONIENTE, en línea quebrada de cuatro tiros, el primero de sur a Oriente, el segundo de oriente a norte, el tercero de norte a poniente, el cuarto de poniente a norte llegando a donde dio inicio la presente descripción en ciento treinta y seis metros, lindando en estos rumbos en parte con terreno de José Elías Zepeda, y con Antonio López. Dicho Inmueble el señor JOSE MARCOS RODRIGUEZ o JOSE MARCOS RODRIGUEZ ZEPEDA, asegura que lo adquirió desde el día veintiuno de enero de mil novecientos ochenta, por herencia cuyo traspaso se inscribió en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Segunda Sección del Centro con sede en esta ciudad, bajo el número SETENTA Y CUATRO del Tomo TRESCIENTOS TREINTA Y DOS de Propiedad de este Departamento, y del cual se hicieron cinco desmembraciones a los señores Jesús Rodríguez, Alejandro Cruz Torres,

56 56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 José Elías Zepeda Meléndez y Demetrio González Beltrán, por lo que debido a dichas desmembraciones quedó agotada la capacidad registral de dicho inmueble general; asimismo, el inmueble en referencia, lo valora en la cantidad de DIEZ MIL COLONES Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los ocho días del mes de noviembre del año dos mil cinco. Dra. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, TITULOS DE DOMINIO 3 v. alt. No. F EL INFRASCRITO NOTARIO: HACE SABER: que a esta oficina ha comparecido la señora MARIA ISABEL RAUDA FLAMENCO, en su calidad de Apoderada General Judicial con Cláusula Especial de la señora MARIA ESTER FLAMENCO DE RAUDA; MANIFESTANDO: Que su Apoderada es dueña y actual poseedora de un inmueble de naturaleza urbano, situado en el Barrio San José, Jurisdicción de El Paisnal, Departamento de San Salvador, de una extensión Superficial de QUINIENTOS SETENTA Y SIETE PUNTO SETENTA Y UN METROS CUADRADOS, cuyas colindancias son las siguientes: AL NORTE, lindando con Marta Marina Contreras y José Humberto Tejada Palacios, quebrada de por medio; AL ORIENTE, lindando con José Antonio Chávez; AL SUR, lindando con Maura Amaya Corado, calle de por medio; Y AL PONIENTE, lindando con María Timotea Chávez de Marroquín. Que por esta razón viene a SOLICITAR TITULO DE DOMINIO, de conformidad al artículo UNO de la Ley sobre Título de Predios Urbanos, reformado de conformidad con el Decreto Legislativo NUMERO SETECIENTOS SETENTA Y TRES, publicado en el Diario Oficial número CIENTO DIEZ, tomo TRESCIENTOS ONCE de fecha diecisiete de junio de mil novecientos noventa y uno. El predio descrito es dominante y no tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia ni está en proindivisión con nadie y lo adquirió por COMPRAVENTA en escritura pública, en la que consta que el inmueble carece de antecedente inscrito por haberlo adquirido el vendedor señor ADAN GARCIA, por escritura pública, posesión que es por más de veinte años consecutivos. El inmueble lo valúa en la cantidad de CUATRO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA. Lo que se avisa al público para los fines de ley. Se previene a las personas que desean presentar oposición de las pretensiones del solicitante, lo haga dentro del término legal en mi despacho notarial situado en la Segunda Calle Poniente, Edificio Marroquí, Segunda Planta, Aguilares, San Salvador. Librado en la Ciudad de Aguilares, a los cinco días del mes de diciembre de dos mil cinco. JOSE NELSON ALVARENGA RIVERA, NOTARIO. 1 v. No. F Martha Lilia Leonzo Gallo calle de por medio; AL NORTE, mide quince metros, cerco de alambre de por medio, linda con terreno del señor Eugenio Barrillas González; AL PONIENTE, mide veintinueve punto ocho metros, cerco de alambre de por medio linda con terreno de la señora Inés Blanco de Velásquez; AL SUR, mide quince metros, cerco de alambre de por medio linda con terreno de Rosa Cándida Arias de Chávez. En el inmueble antes descrito, existen construcciones de sistema mixto, no es dominante ni sirviente, no tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia ni está en proindivisión con nadie; lo adquirió por compra que le hizo a la señora Araceli Gallo en el año de mil novecientos setenta y nueve; la posesión ha sido quieta, pacífica e ininterrumpida, lo estima en la cantidad de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, los colindantes son de este domicilio. Lo que avisa al público para efectos de ley. ALCALDÍA MUNICIPAL: Intipucá a los dos días del mes de diciembre del año dos mil cinco. ENRIQUE MENDEZ BERRIOS, ALCALDE MUNICIPAL. GREGORIA ESCOBAR ALVAREZ DE PEÑA, SECRETARIA MUNICIPAL. AVISO DE INSCRIPCION 3 v. alt. No. F LA INFRASCRITA JEFA DEL DEPARTAMENTO DE ASOCIACIO- NES AGROPECUARIAS DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA. QUE: Habiendo cumplido con el procedimiento establecido en el Decreto número sesenta y tres, publicado en el Diario Oficial número ciento treinta y tres, Tomo trescientos treinta y seis el dieciocho de julio de mil novecientos noventa y siete, donde se emite el Reglamento de Funcionamiento y Vigilancia de las Asociaciones Agropecuarias. CERTIFICA: QUE LA ASOCIACION DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS DE SAN PEDRO PERULAPAN DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. QUE SE ABREVIA AASPP DE R.L.; con domicilio en San Pedro Perulapán, departamento de Cuscatlán; obtuvo su Personería Jurídica el día catorce de noviembre de dos mil cinco: inscrita en el libro setenta y siete, de Registro que esta oficina lleva bajo la siguiente codificación: mil novecientos veinticuatro del Sector No Reformado. Por lo que CONSIDERA: Publicar en el Diario Oficial el extracto y por una sola vez el aviso de inscripción correspondiente. Santa Tecla, a los cinco días del mes de diciembre del año dos mil cinco. NOTIFIQUESE. Lic. GLADYS MARINA DE HERNANDEZ, Jefa del Departamento. JUICIO DE AUSENCIA 1 v. No. F EL INSFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL, HACE SABER: Que a esta oficina, se presentó la señora TEODORA GALLO, de ochenta y tres años de edad, de Oficios domésticos, del domicilio de Intipucá, Departamento de La Unión, con Documento Único de Identidad número cero un millón novecientos setenta y cuatro mil ochocientos treinta y seis - cuatro; solicitando a su favor TITULO DE DOMINIO de un solar de naturaleza urbana situado en el Barrio El Calvario Calle Principal del Municipio de Intipucá, departamento de La Unión, de la capacidad superficial de CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE METROS CUADRADOS, que mide y linda: AL ORIENTE, mide veintinueve punto ocho metros, lindando con terreno de la señora MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS- TRITO: HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado Francisco Rodrigo de la Cruz Henríquez en concepto de Apoderado General Judicial de la señora Rosalina Fonseca Viuda de Valdez c/p Rosalina Fonseca, Rosalina Valdez, manifestando que desea entablar Juicio Ordinario de Nulidad Absoluta, contra el señor Eufemio Cañola Saavedra, mayor de edad, Empleado, con último domicilio en esta ciudad, ignorándose actualmente su domicilio y en vista de haber fallecido el Representante Legal de dicho señor Cañola, Licenciado Julio César Ayala Acosta, y no sabiéndose que haya dejado dicho señor otro Procurador o Representante Legal.

57 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de Previénese que si el señor Eufemino Cañola Saavedra, tuviere Procurador o Representante Legal en la República se presente éste y dentro de los quince días siguientes a la tercera publicación compruebe dichas circunstancias. Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las nueve horas treinta minutos del día veintidós de noviembre del año dos mil cinco. Dr. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, Librado en el Juzgado Cuarto de lo Mercantil: San Salvador, a las nueve horas y treinta minutos del día veintiséis de agosto de dos mil cinco. Lic. EDUARDO JAIME ESCALANTE DIAZ, JUEZ CUARTO DE LO MERCANTIL. Licda. JACQUELINE JOHANNA ORTIZ DU- RAN, SECRETARIA. 1 v. No. F v. No. F EDUARDO JAIME ESCALANTE DIAZ, JUEZ CUARTO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL: HACE SABER: Que en el proceso mercantil ejecutivo promovido por el BANCO AGRICOLA SOCIEDAD ANÓNIMA a través de su apoderado general judicial Licenciado Edmundo Alfredo Castillo Aguiluz, contra los señores SONIA MARGARITA SORIANO TORRES, mayor de edad, empleada, del domicilio de Cuscatancingo, departamento de San Salvador, y JULIO EDUARDO VILLATORO MONTEAGUDO, mayor de edad, empleado, de este domicilio; pero es el caso que actualmente son de domicilio ignorado, así como no se sabe si han dejado Procurador o si tienen Representante Legal; por lo que solicita el expresado Profesional se le nombre Curador Especial a los señores SONIA MARGARITA SORIANO TORRES y JULIO EDUARDO VILLATORO MONTEA- GUDO, de conformidad al Art. 141 Pr.C., para que los represente en el aludido proceso. En consecuencia, se previene que si los señores SONIA MARGA- RITA SORIANO TORRES y JULIO EDUARDO VILLATORO MON- TEAGUDO, tuvieren Procurador o Representante Legal en el país, se presenten a este Tribunal a comprobar dicha circunstancia, dentro del término de quince días siguientes a la publicación de este aviso. Librado en el Juzgado Cuarto de lo Mercantil: San Salvador, a las once horas del día veinticuatro de noviembre del año dos mil cinco. Lic. EDUARDO JAIME ESCALANTE DIAZ, JUEZ CUARTO DE LO MERCANTIL. Licda. JACQUELINE JOHANNA ORTIZ DURAN, SECRETARIA. 1 v. No. F EDUARDO JAIME ESCALANTE DIAZ, JUEZ CUARTO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL: HACE SABER: Que en el Proceso Ejecutivo Mercantil promovido por FONDO DE SANEAMIENTO Y FORTALECIMIENTO FINANCIERO, a través de su Apoderado General Judicial Licenciado NATIVIDAD DE LEON BENITEZ, contra CENTROAMERICANA DE INVERSIONES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, Sociedad Salvadoreña, de este domicilio; pero es el caso que tal Sociedad carece de Representante convencional y necesario, factor o Gerente en la República; por lo que solicita el expresado Profesional se les nombre Curador Especial a CENTROAMERICANA DE INVERSIONES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de conformidad al Art. 141 Pr.C., en el Proceso Ejecutivo Mercantil que se sigue en su contra. En consecuencia, se previene que si la referida Sociedad CEN- TROAMERICANA DE INVERSIONES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, tuviere Representante convencional y necesario, factor o Gerente en la República, se presente a este Tribunal a comprobar dicha circunstancia, dentro del término de quince días siguientes a la última publicación de este aviso. MARLENI MELENDEZ GARCIA DE LOPEZ, JUEZ CUARTO DE LO MERCANTIL SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO EN GENERAL: HACE SABER: Que en el proceso Mercantil Ejecutivo promovido por BANCO DE CREDITO INMOBILIARIO SOCIEDAD ANONIMA EN LIQUIDACION, ahora FONDO DE SANEAMIENTO Y FORTALE- CIMIENTO FINANCIERO, a través de su Apoderado General Judicial licenciada CLAUDIA IRINIA SANCHEZ ROQUE, contra el señor JORGE ALBERTO QUINTANILLA, quien es mayor de edad, comerciante en pequeño, de este domicilio; pero es el caso que actualmente es de domicilio ignorado, así como no se sabe si ha dejado Procurador o si tiene Representante Legal, en su caso; por lo que solicita el expresado Profesional se le nombre Curador Especial al señor JORGE ALBERTO QUINTANILLA, de conformidad al Art. 141 Pr.C., en el proceso Mercantil Ejecutivo que se sigue en su contra. En consecuencia, se previene que si el referido señor JORGE ALBERTO QUINTANILLA, tuviere Procurador o Representante Legal, en su caso en el país, se presente a este Tribunal a comprobar dicha circunstancia, dentro del término de quince días siguientes a la publicación de este aviso. Librado: en el Juzgado Cuarto de lo Mercantil: San Salvador, a las diez horas del día once de octubre de dos mil cinco. Lic. MARLENI MELENDEZ GARCIA DE LOPEZ, JUEZ CUARTO DE LO MERCAN- TIL SUPLENTE. Licda. JACQUELINE JOHANNA ORTIZ DURAN, SECRETARIA. 1 v. No. F EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL INTERINO DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR, HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado IMMAR ORLANDO CHAVEZ PICHE, actuando como Apoderado General Judicial del FONDO DE SANEAMIENTO Y FORTALECIMIENTO FINANCIERO; promoviendo Diligencias de Ausencia, manifestando que ha demandado en Juicio Ejecutivo Mercantil, reclamándole cantidad de dinero y accesorios de Ley al señor HECTOR RAFAEL FERNANDEZ MEZA, mayor de edad, Comerciante, de este domicilio, ahora ignorado, siendo que como el mencionado señor, carece de Representante Legal, Factor o Gerente y se le ignora su paradero, desconociéndose si ha dejado Procurador u otro Representante legal, pide se le nombre un Curador Especial para que lo Represente en el Juicio aludido PREVIENESE de acuerdo con el Art. 141 Pr. C., que si al mencionados señor HECTOR RAFAEL FERNANDEZ MEZA, tuviere Procurador o Representante Legal se presente dentro de los quince días siguientes a la última publicación de este aviso y pruebe tal circunstancia. LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCANTIL: San Salvador, a las doce horas del día doce de agosto del año dos mil cinco. Lic. JOSE GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL INTERINO. Lic. TERESA DE JESUS VASQUEZ VASQUEZ, SECRETARIA. 1 v. No. F028037

58 58 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, Juez de Primera Instancia de este Distrito; AL PUBLICO: Para los efectos de ley HACE SABER: que en este Tribunal se sigue INCIDENTE DE AUSENCIA de la ausente VALENTINA DERAS, en Diligencias de Aceptación de Herencia, que ha promovido el Licenciado SALVADOR RIOS ALVARADO, como Apoderado General Judicial de José Santos Carbajas Muñoz, solicitado dicha Ausencia por el mismo Apoderado, quien a fs.36, EXPONE: I,- Que por auto de mera sustanciación dictado por vuestra señoría se me ha prevenido siga las reglas establecidas en el Código de Procedimientos Civiles, con el objeto de establecer la ausencia de una presunta heredera, señora VALENTINA DERAS, de quien se ignora su paradero por este medio me apersono a promover el respectivo incidente a que se refiere el Art. 141 Pr.C., en virtud que además de desconocerse el paradero de la señora VALENTINA DERAS, no se sabe si ha dejado procurador o tiene representante legal. En consecuencia deberá nombrarse a la mencionada ausente un curador Especial. Por tal motivo probare sumariamente la antes dicha circunstancia y para ese efecto deberá recibirse a pruebas en su oportunidad procesal el mencionado incidente y previamente ordenar la publicación por una vez en el Diario Oficial y por tres veces en un Diario de circulación nacional de un aviso que indique la presente solicitud previniendo que si la ausente tuviere procurador o representante legal se presente dentro de quince días después de la última publicación y si transcurrido el plazo no se apersonare procurador o representante legal se nombre al curador especial solicitado. Una vez recibida la prueba en su resolución interlocutoria que dicte ordene continuar las diligencias de Aceptación de Herencia contra el procurador o representante legal o bien con el curador especial en sus respectivos casos. II.- FUNDAMENTO LEGAL Art.141 C,Pr.C. PETITORIA 1. Solicito se me admita el presente incidente y de inmediato se ordene las publicaciones a que antes me he referido. 2. Mediante la prueba que aportare se declare ausente a la señora VALENTINA DERAS, como cónyuge sobreviviente del causante de quien se ignora su paradero. 3. Se dicte la resolución definitiva relacionada.-por consiguiente se previene si la señora VALENTINA DERAS, estuviere en el País o si ha dejado Apoderado que la represente, se haga presente a este Tribunal dentro de los quince días siguientes al de la tercera publicación de este aviso, o comprobar dicha circunstancia. Juzgado de Primera Instancia del Distrito de San Sebastián, a las nueve horas del día veintisiete de octubre de dos mil cinco. LIC. EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. BR. BESSY CECILIA FABIÁN FUENTES, SECRETARIA. 1 v. No. F JOSE ADRIAN VILLATORO LARA, Notario, del domicilio de San Salvador, con oficinas en CONDOMINIO CENTRO DE GOBIERNO, Local VEINTIUNO, sito sobre Séptima Avenida Norte y Trece Calle Poniente, de la ciudad de San Salvador, AL PUBLICO, HACE SABER: Que a mi oficina notarial se ha presentado el Licenciado GILBERTO ENRIQUE ALAS MENENDEZ, en su calidad de Apoderado General Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Institución de Crédito Autónoma, de este domicilio, MANIFESTANDO: Que en la calidad en que comparece, en el Juzgado Primero de lo Civil del Distrito Judicial de San Salvador, está promoviendo Juicio Civil Ejecutivo Referencia 85-EC-2005, contra el señor RENE ARMANDO CARCAMO ZELAYANDIA, quien es mayor de edad, Ejecutivo de Ventas, del domicilio de San Salvador, reclamándole el pago de capital, intereses y accesorios de ley; y que actualmente se ignora el paradero del señor RENE ARMANDO CARCAMO ZELAYANDIA, y asimismo se desconoce si éste ha dejado Procurador o Representante Legal, razón por la cual no ha sido posible emplazarlo en el referido juicio; por lo que, de conformidad con el Art. 25 de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, en relación con el Art. 141 Pr. C.; ha iniciado ante mis oficios de Notario, Diligencias de Nombramiento de Curador Ad- Litem a un Ausente no Declarado, a fin de que, una vez cumplidos los requisitos de ley, se remitan las Diligencias a un Juez de lo Civil del Distrito Judicial de San Salvador para que al señor RENE ARMANDO CARCAMO ZELAYANDIA, le nombre un Curador Ad-Litem, para que le represente en el juicio antedicho, y le discierna el cargo. En consecuencia, se previene que si el señor RENE ARMANDO CARCAMO ZELAYANDIA tuviere Procurador o Representante Legal en el país, se presente a mi oficina notarial a comprobar dicha circunstancia dentro del término de quince días siguientes a la publicación de este aviso. Librado en la ciudad de San Salvador, a las catorce horas del día veintiséis de Octubre del dos mil cinco. JOSE ADRIAN VILLATORO LARA, NOTARIO. 1 v. No. F JOSE ADRIAN VILLATORO LARA, Notario, del domicilio de San Salvador, con oficinas en CONDOMINIO CENTRO DE GOBIERNO, Local VEINTIUNO, sito sobre Séptima Avenida Norte y Trece Calle Poniente, de la ciudad de San Salvador, AL PUBLICO, HACE SABER: Que a mi oficina notarial se ha presentado el Licenciado GILBERTO ENRIQUE ALAS MENENDEZ, en su calidad de Apoderado General Judicial de FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Institución de Crédito Autónoma, de este domicilio, MANIFESTANDO: Que en la calidad en que comparece, en el Juzgado Segundo de lo Civil del Distrito Judicial de San Salvador, está promoviendo Juicio Civil Ejecutivo Referencia 77-EC-2005, contra la señora SANDRA EVELYN HERNÁNDEZ RIVAS, quien es mayor de edad, Estudiante, del domicilio de San Salvador, reclamándole el pago de capital, intereses y accesorios de ley; y que actualmente se ignora el paradero de la señora SANDRA EVELYN HERNÁNDEZ RIVAS, y asimismo se desconoce si ésta ha dejado Procurador o Representante Legal, razón por la cual no ha sido posible emplazarla en el referido juicio; por lo que, de conformidad con el Art. 25 de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, en relación con el Art. 141 Pr. C.; ha iniciado ante mis oficios de Notario, Diligencias de Nombramiento de Curador Ad-Litem a un Ausente no Declarado, a fin de que, una vez cumplidos los requisitos de ley, se remitan las Diligencias a un Juez de lo Civil del Distrito Judicial de San Salvador para que a la señora SANDRA EVELYN HERNÁNDEZ RIVAS, le nombre un Curador Ad-Litem, para que le represente en el juicio antedicho, y le discierna el cargo. En consecuencia, se previene que si la señora SANDRA EVELYN HERNÁNDEZ RIVAS tuviere Procurador o Representante Legal en el país, se presente a mi oficina notarial a comprobar dicha circunstancia dentro del término de quince días siguientes a la publicación de este aviso. Librado en la ciudad de San Salvador, a las quince horas del día veintiséis de Octubre del dos mil cinco. JOSE ADRIAN VILLATORO LARA, NOTARIO. 1 v. No. F028168

59 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de EDUARDO JAIME ESCALANTE DIAZ, JUEZ CUARTO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL, HACE SABER: Que en el proceso Mercantil Ejecutivo promovido por BANCO SALVADOREÑO SOCIEDAD ANONIMA, a través de su Apoderado General Judicial Licenciado MARTIN SALVADOR MORALES SOMOZA, y continuado por el Licenciado ADOLFO RODRIGO CAÑAS ALEMAN, en el mismo carácter que el anterior, contra el señor CARLOS ALBERTO FLORES VASQUEZ, quien es mayor de edad, Agricultor del domicilio de La Palma, departamento de Chalatenango; pero es el caso que actualmente es de domicilio ignorado, así como no se sabe si ha dejado Procurador o si tienen Representante legal, en su caso; por lo que solicita el expresado Profesional se le nombre Curador Especial al señor CARLOS ALBERTO FLORES VASQUEZ, de conformidad al Art. 141 Pr. C., en el proceso Mercantil Ejecutivo que se sigue en su contra. En consecuencia, se previene que si el referido señor CARLOS ALBERTO FLORES VASQUEZ, tuviere Procurador o Representante Legal, en su caso en el País se presente a este Tribunal a comprobar dicha circunstancia, dentro del término de quince días siguientes a la publicación de este aviso. LIBRADO: En el Juzgado Cuarto de lo Mercantil: San Salvador, a las diez horas del día dieciocho de octubre de dos mil cinco.- LIC. EDUARDO JAIME ESCALANTE DIAZ, JUEZ CUARTO DE LO MERCANTIL.- LICDA. JACQUELINE JOHANNA ORTIZ DURAN, SECRETARIA. 1 v. No. F EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL, de este Distrito Judicial, al público en general, HACE SABER: Que en este Tribunal se ha promovido Juicio Ejecutivo Mercantil por FINANCIERA CALPIA, SOCIEDAD ANONIMA, contra la señora MARIA BETZABETH RODRIGUEZ, mayor de edad, de oficios domésticos, del domicilio de Usulután, y Otro. Posteriormente a la fecha en que se inició el referido Juicio se presentó la Licenciada MARIA ISABEL MANCIA VIDES, mayor de edad, Abogado y de este domicilio, en el carácter de Apoderada de la Financiera antes expresada manifestando que la mencionada señora se ha ausentado de su domicilio ignorándose su paradero o si tiene procurador u otro representante legal en el país, razón por la cual de conformidad al Art. 141 del Código de Procedimientos Civiles, PIDE: sea declarada ausente y se le nombre un curador especial para que la represente en la continuación del Juicio. En consecuencia, se previene que si la demandada, señora MARIA BETZABETH RODRIGUEZ, tuviere procurador u otro representante legal en el país se presente a este Tribunal a comprobar dichas circunstancias dentro de los quince días siguientes a la tercera publicación de este aviso. Librado en el Juzgado Quinto de lo Mercantil, San Salvador, a las diez horas del día veintiocho de septiembre de dos mil cuatro. DR. SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL.- LIC. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS, RENOVACION DE MARCA No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. LA INFRASCRITA REGISTRADOR HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MORE- NA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL- VADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de THE LA- TIN AMERICA TRADEMARK CORPORATION, del domicilio de 1st Floor, Comosa building, Panamá, República de Panamá, de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra CATGURON; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos San Salvador, a los treinta y uno días del mes de agosto del año dos mil cinco. LIC. MARÍA DAFNE RUIZ, EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, MARCAS DE FÁBRICA 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de DROGUERIA Y LABORATORIO PHARMALAT, SO- CIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, SENSIT-ON Consistente en: las palabras SENSIT-ON. La solicitud fue presentada el día dieciséis de agosto del año dos mil cinco. San Salvador, veintitrés de agosto del año dos mil cinco. LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA, NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA, SECRETARIA. 1 v. No. R v. alt. No. F

60 60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05., HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de SCORPIUS, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, TRANSILAX Consistente en: la palabra TRANSILAX. La solicitud fue presentada el día primero de julio del año dos mil cinco. San Salvador, veintisiete de julio del año dos mil cinco. JOSÉ ANGEL ARRIAZA POLANCO, SAYONARA AYALA DE GUERRERO, 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 25. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO de CIA. HERING, de nacionalidad BRASILEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: la palabra PUC y diseño. La solicitud fue presentada el día treinta y uno de marzo del año dos mil cinco. San Salvador, veintidós de julio del año dos mil cinco. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 31. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO de MALTA TEXO DE MEXICO, S. A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: las palabras GANADOR Cachorro y diseño. La solicitud fue presentada el día veintiuno de junio del año dos mil cinco. San Salvador, veintiocho de julio del año dos mil cinco. JOSÉ ANGEL ARRIAZA POLANCO, GUILLERMO ALFONSO LÓPEZ, 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 09. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de UNION COMERCIAL DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: UNICOMER DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V., o UNICOMER, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS, KATYA MARGARITA MARTÍNEZ GUTIÉRREZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F Consistente en: la palabra MASTERTECH y diseño. La solicitud fue presentada el día diecinueve de septiembre del año dos mil cinco.

61 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de San Salvador, veintiuno de septiembre del año dos mil cinco. CAYO S.R.L., de nacionalidad PERUANA solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, JOSE RAUL ROSALES PEREZ, MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 11. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de UNION COMERCIAL DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: UNICOMER DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V., UNICOMER, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: la palabra MASTERTECH y diseño. La solicitud fue presentada el día diecinueve de septiembre del año dos mil cinco. San Salvador, veintiuno de septiembre del año dos mil cinco. JOSE RAUL ROSALES PEREZ, MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES, 3 v. alt. No. F FEELING Consistente en: la palabra FEELING traducida al castellano como SENTIMIENTO. La solicitud fue presentada el día nueve de noviembre del año dos mil cinco. San Salvador, diez de noviembre del año dos mil cinco. LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA, MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES, 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 01. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de CHEVRON CORPORATION, de nacionalidad ESTA- DOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: la palabra Chevron y diseño. La solicitud fue presentada el día treinta y uno de mayo del año dos mil cinco. San Salvador, veintitrés de septiembre del año dos mil cinco. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 33. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de EMBOTELLADORA DE AGUAS GASEOSAS HUAN- LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS, MELVY ELIZABETH CORTEZ DE ALAS, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F

62 62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 01. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de CHEVRON CORPORATION, de nacionalidad ESTA- DOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: la palabra Chevron y diseño. La solicitud fue presentada el día treinta y uno de mayo del año dos mil cinco. San Salvador, veintitrés de septiembre del año dos mil cinco. LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS, MELVY ELIZABETH CORTEZ DE ALAS, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 01. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de CHEVRON CORPORATION, de nacionalidad ESTA- DOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, La solicitud fue presentada el día diecinueve de julio del año dos mil cinco. San Salvador, veintitrés de septiembre del año dos mil cinco. LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS, MELVY ELIZABETH CORTEZ DE ALAS, SECRETARIA. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado EDGARD ERNESTO CALDERON VELASQUEZ, de nacionalidad SALVADO- REÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE COMERCIO, Consistente en: la palabra PRESENCIA y diseño. La solicitud fue presentada el día treinta de noviembre del año dos mil cinco. San Salvador, primero de diciembre del año dos mil cinco. LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA, CARLOS ARTURO SOTO GARCÍA, Consistente en: la palabra Chevron y diseño. 3 v. alt. No. F

63 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 24. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado CARLOS AL- BERTO BARRERA HERNANDEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: la palabra Lazos y diseño. La solicitud fue presentada el día veintiuno de noviembre del año dos mil cinco. San Salvador, veintitrés de noviembre del año dos mil cinco. LUIS ALONSO CACERES AMAYA, MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado SARA DEL CARMEN GUARDADO GOMEZ, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de DROGUERIA GUARDADO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADO- REÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, La solicitud fue presentada el día dos de febrero del año dos mil cinco. San Salvador, veinte de septiembre del año dos mil cinco. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, MELVY ELIZABETH CORTEZ DE ALAS, SECRETARIA. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado SARA DEL CARMEN GUARDADO GOMEZ, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de DROGUERIA GUARDADO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADO- REÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: la palabra DIGESTIM. La solicitud fue presentada el día dos de febrero del año dos mil cinco. San Salvador, veinte de septiembre del año dos mil cinco. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, MELVY ELIZABETH CORTEZ DE ALAS, SECRETARIA. Consistente en: la palabra DERMASONE. 3 v. alt. No. F

64 64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado SARA DEL CARMEN GUARDADO GOMEZ, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de DROGUERIA GUARDADO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADO- REÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: la palabra CLAMOXIDEL. La solicitud fue presentada el día veinte de junio del año dos mil cinco. San Salvador, diecinueve de septiembre del año dos mil cinco. JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO, JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO, 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado SARA DEL CARMEN GUARDADO GOMEZ, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de DROGUERIA GUARDADO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADO- REÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: la palabra CLOTRIDEL. La solicitud fue presentada el día veinte de junio del año dos mil cinco. San Salvador, diecinueve de septiembre del año dos mil cinco. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado SARA DEL CARMEN GUARDADO GOMEZ, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de DROGUERIA GUARDADO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADO- REÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: la palabra GEMFIBRODEL. La solicitud fue presentada el día veinte de junio del año dos mil cinco. San Salvador, veinte de septiembre del año dos mil cinco. JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO, JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO, 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado SARA DEL CARMEN GUARDADO GOMEZ, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de DROGUERIA GUARDADO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADO- REÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: la palabra METFORDEL. La solicitud fue presentada el día veinte de junio del año dos mil cinco. San Salvador, diecinueve de septiembre del año dos mil cinco. JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO, JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO, 3 v. alt. No. F JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO, GUILLERMO ALFONSO LOPEZ, 3 v. alt. No. F

65 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. La solicitud fue presentada el día veinte de junio del año dos mil cinco. San Salvador, veinte de septiembre del año dos mil cinco. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado SARA DEL CARMEN GUARDADO GOMEZ, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de DROGUERIA GUARDADO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADO- REÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: la palabra FLUCODEL 150 MG. La solicitud fue presentada el día veinte de junio del año dos mil cinco. San Salvador, veinte de septiembre del año dos mil cinco. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, MELVY ELIZABETH CORTEZ DE ALAS, SECRETARIA. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado SARA DEL CARMEN GUARDADO GOMEZ, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de DROGUERIA GUARDADO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADO- REÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, MELVY ELIZABETH CORTEZ DE ALAS, SECRETARIA. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado SARA DEL CARMEN GUARDADO GOMEZ, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de DROGUERIA GUARDADO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADO- REÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: la palabra LOPERIDEL. La solicitud fue presentada el día treinta de junio del año dos mil cinco. San Salvador, veinte de septiembre del año dos mil cinco. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, JOSE FIDEL MELARA MORAN, Consistente en: la palabra FERRODEL. 3 v. alt. No. F

66 66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. La solicitud fue presentada el día treinta de junio del año dos mil cinco. San Salvador, diecinueve de septiembre del año dos mil cinco. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado SARA DEL CARMEN GUARDADO GOMEZ, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de DROGUERIA GUARDADO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADO- REÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: la palabra FARBENDAZOL. La solicitud fue presentada el día treinta de junio del año dos mil cinco. San Salvador, diecinueve de septiembre del año dos mil cinco. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, MELVY ELIZABETH CORTEZ DE ALAS, SECRETARIA. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado SARA DEL CARMEN GUARDADO GOMEZ, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de DROGUERIA GUARDADO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADO- REÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, MELVY ELIZABETH CORTEZ DE ALAS, SECRETARIA. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado SARA DEL CARMEN GUARDADO GOMEZ, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de DROGUERIA GUARDADO, SOCIEDAD ANONlMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADO- REÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: la palabra FARTUSIN. La solicitud fue presentada el día treinta de junio del año dos mil cinco. San Salvador, veinte de septiembre del año dos mil cinco. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, JOSE FIDEL MELARA MORAN, Consistente en: la palabra AMBRODEL. 3 v. alt. No. F

67 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. La solicitud fue presentada el día treinta de junio del año dos mil cinco. San Salvador, veinte de septiembre del año dos mil cinco. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado SARA DEL CARMEN GUARDADO GOMEZ, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de DROGUERIA GUARDADO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADO- REÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: la palabra CLORFENIDEL. La solicitud fue presentada el día treinta de junio del año dos mil cinco. San Salvador, veinte de septiembre del año dos mil cinco. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, JOSE FIDEL MELARA MORAN, No. de Expediente: No, de Presentación: CLASE: v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado SARA DEL CARMEN GUARDADO GOMEZ, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de DROGUERIA GUARDADO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADO- REÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ, SECRETARIA. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado SARA DEL CARMEN GUARDADO GOMEZ, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de DROGUERIA GUARDADO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADO- REÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: la palabra VITA-DEL. La solicitud fue presentada el día veintiocho de abril del año dos mil cinco. San Salvador, veinte de septiembre del año dos mil cinco. JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO, JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO, Consistente en: la palabra MEBENDADEL. 3 v. alt. No. F

68 68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado SARA DEL CARMEN GUARDADO GOMEZ, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de DROGUERIA GUARDADO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADO- REÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: la palabra FENAZOPIRIDEL. La solicitud fue presentada el día treinta de junio del año dos mil cinco. San Salvador, veinte de septiembre del año dos mil cinco. JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO, JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO, 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado SARA DEL CARMEN GUARDADO GOMEZ, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de DROGUERIA GUARDADO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADO- REÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: la palabra HIDROCORTIDEL. La solicitud fue presentada el día treinta de junio del año dos mil cinco. San Salvador, veinte de septiembre del año dos mil cinco. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, JOSE FIDEL MELARA MORAN, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado SARA DEL CARMEN GUARDADO GOMEZ, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de DROGUERIA GUARDADO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADO- REÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: la palabra FERRODEL. La solicitud fue presentada el día treinta de junio del año dos mil cinco. San Salvador, veinte de septiembre del año dos mil cinco. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, JOSE FIDEL MELARA MORAN, 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 03. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado FRANCISCO JOSE BARRIENTOS, en su calidad de APODERADO de EBEL IN- TERNATIONAL LIMITED, de nacionalidad BRITANICA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, 3 v. alt. No. F Consistente en: las palabras ICONUS sika y diseño.

69 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de La solicitud fue presentada el día trece de diciembre del año dos mil cuatro. TERNATIONAL LIMITED, de nacionalidad BRITANICA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, San Salvador, quince de diciembre del año dos mil cuatro. ALICIA ESTHER GARCIA COREAS, SAYONARA AYALA DE GUERRERO, 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado FRANCISCO JOSE BARRIENTOS, en su calidad de APODERADO de GENFAR S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, AVIDOG Consistente en: la palabra AVIDOG. La solicitud fue presentada el día veintiséis de mayo del año dos mil cinco. San Salvador, treinta y uno de mayo del año dos mil cinco. LUIS ALONSO CACERES AMAYA, CARLOS ARTURO SOTO GARCIA, Consistente en: las palabras TZARINE ésika y diseño. La solicitud fue presentada el día trece de diciembre del año dos mil cuatro. San Salvador, quince de diciembre del año dos mil cuatro. ALICIA ESTHER GARCIA COREAS, SAYONARA AYALA DE GUERRERO, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado FRANCISCO JOSE BARRIENTOS, en su calidad de APODERADO de EBEL IN- TERNATIONAL LIMITED, de nacionalidad BRITANICA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 03. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado FRANCISCO JOSE BARRIENTOS, en su calidad de APODERADO de EBEL IN- Consistente en: la palabra Fiori al castellano como Flores. sika, la palabra Fiori traducida La solicitud fue presentada el día trece de diciembre del año dos mil cuatro.

70 70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 San Salvador, quince de diciembre del año dos mil cuatro. ALICIA ESTHER GARCIA COREAS, SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado FRANCISCO JOSE BARRIENTOS, en su calidad de APODERADO de GENFAR S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, FLOXAVIAR Consistente en: la palabra FLOXAVIAR. La solicitud fue presentada el día veintiséis de mayo del año dos mil cinco. San Salvador, treinta y uno de mayo del año dos mil cinco. LUIS ALONSO CACERES AMAYA, CARLOS ARTURO SOTO GARCIA, 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado FRANCISCO JOSE BARRIENTOS, en su calidad de APODERADO de GENFAR S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, La solicitud fue presentada el día veintiséis de mayo del año dos mil cinco. San Salvador, primero de junio del año dos mil cinco. LUIS ALONSO CACERES AMAYA, CARLOS ARTURO SOTO GARCIA, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado FRANCISCO JOSE BARRIENTOS, en su calidad de APODERADO de EBEL IN- TERNATIONAL LIMITED, de nacionalidad BRITANICA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: las palabras baby relax agú sika y diseño, las palabras baby relax traducidas al castellano como bebe relaje. La solicitud fue presentada el día trece de diciembre del año dos mil cuatro. San Salvador, diecisiete de diciembre del año dos mil cuatro. ALICIA ESTHER GARCIA COREAS, BOLDEGAN SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA, SECRETARIA. Consistente en: la palabra BOLDEGAN. 3 v. alt. No. F

71 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. La solicitud fue presentada el día trece de diciembre del año dos mil cuatro. San Salvador, quince de diciembre del año dos mil cuatro. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado FRANCISCO JOSE BARRIENTOS, en su calidad de APODERADO de GENFAR, S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, DEXTRAFER Consistente en: la palabra DEXTRAFER. La solicitud fue presentada el día veintiséis de mayo del año dos mil cinco. San Salvador, primero de junio del año dos mil cinco. JOSE RAUL ROSALES PEREZ, MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA, SECRETARIA. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado FRANCISCO JOSE BARRIENTOS, en su calidad de APODERADO de EBEL IN- TERNATIONAL LIMITED, de nacionalidad BRITANICA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, ALICIA ESTHER GARCIA COREAS, SAYONARA AYALA DE GUERRERO, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado FRANCISCO JOSE BARRIENTOS, en su calidad de APODERADO de EBEL IN- TERNATIONAL LIMITED, de nacionalidad BRITANICA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: las palabras RED INTENSE sika las palabras RED INTENSE traducido al castellano como ROJO INTENSO La solicitud fue presentada el día trece de diciembre del año dos mil cuatro. San Salvador, quince de diciembre del año dos mil cuatro. ALICIA ESTHER GARCIA COREAS, SANDRA ELIZABETH HNRIQUEZ LARA, SECRETARIA. Consistente en: las palabras CARDIGAN sika y diseño. 3 v. alt. No. F

72 72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE. 05. La solicitud fue presentada el día once de noviembre del año dos mil cinco. San Salvador, dieciséis de noviembre del año dos mil cinco. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado EDMUNDO JOSE ADALBERTO AYALA MORENO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de LABORATORIOS TERAPEUTICOS MEDICINALES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: LABORATORIOS TERAMED, S.A. DE C.V., de nacionalidad SAL- VADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, BETAMAZOL-MED Consistente en: las palabras BETAMAZOL-MED. La solicitud fue presentada el día veintidós de noviembre del año dos mil cinco. San Salvador, veinticuatro de noviembre del año dos mil cinco. LUIS ALONSO CACERES AMAYA, CARLOS ARTURO SOTO GARCIA, 3 v. alt. No. R No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado EDMUNDO JOSE ADALBERTO AYALA MORENO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de LABORATORIOS TERAPEUTICOS MEDICINALES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: LABORATORIOS TERAMED, S.A. DE C.V., de nacionalidad SAL- VADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, BRONCO - MED JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO, MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES, 3 v. alt. No. R No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 04. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado PIERO ANTONIO RUSCONI GUTIERREZ, en su calidad de APODERADO de LUBRICANTES E IMPORTACION, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: la palabra Revolub y diseño, sobre los elementos de uso común o necesarios en el comercio, no le concede exclusividad. La solicitud fue presentada el día veinte de junio del año dos mil cinco. San Salvador, veinticinco de octubre del año dos mil cinco. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, LUCIA MARGARITA GALAN, Consistente en: la palabra BRONCO-MED. 3 v. alt. No. R

73 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 04. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado PIERO ANTONIO RUSCONI GUTIERREZ, en su calidad de APODERADO de LUBRICANTES E IMPORTACION, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: La palabra Revolub y diseño, sobre los elementos de uso común o necesarios en el comercio no se le concede exclusividad. La solicitud fue presentada el día veinte de junio del año dos mil cinco. San Salvador, veinticinco de octubre del año dos mil cinco. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, LUCIA MARGARITA GALAN, SECRETARIA. 3 v. alt. No. R No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado BENJAMIN VALDEZ IRAHETA, en su calidad de APODERADO de LABORATO- RIOS ANDROMACO, S.A., de nacionalidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, AMOLEX BID San Salvador, veintiocho de octubre del año dos mil cinco. JOSE RAUL ROSALES PEREZ, MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES, 3 v. alt. No. R No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 32. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado PIERO AN- TONIO RUSCONI GUTIERREZ, en su calidad de APODERADO de CORPORACION MARIPOSA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, ISTMO Consistente en: La palabra ISTMO. La solicitud fue presentada el día treinta de agosto del año dos mil cinco. San Salvador, cuatro de noviembre del año dos mil cinco. JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO, CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. R No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 32. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado PIERO AN- TONIO RUSCONI GUTIERREZ, en su calidad de APODERADO de CORPORACION MARIPOSA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: La expresión AMOLEX BID. La solicitud fue presentada el día trece de septiembre del año dos mil cuatro. ISTHMUS Consistente en: La palabra ISTHMUS.

74 74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 La solicitud fue presentada el día treinta de agosto del año dos mil cinco. San Salvador, cuatro de noviembre del año dos mil cinco. PITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO, CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. R No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 32 HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado PIERO AN- TONIO RUSCONI GUTIERREZ, en su calidad de APODERADO de CORPORACION MARIPOSA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, DEL ISTMO Consistente en: La expresión DEL ISTMO. La solicitud fue presentada el día treinta de agosto del año dos mil cinco. San Salvador, cuatro de noviembre del año dos mil cinco. JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO, CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. R No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 09. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado SANTIAGO RAFAEL RUIZ IZAGUIRRE, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de R S INTERNATIONAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CA- Consistente en: Las palabras HOME GENIUS ELECTRO RACKET que se traducen al castellano como Genio del hogar electro raqueta. La solicitud fue presentada el día ocho de noviembre del año dos mil cinco. San Salvador, nueve de noviembre del año dos mil cinco. JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO, MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES, 3 v. alt. No. R No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 14. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado HUMBERTO SAENZ MARINERO, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDI- CIAL de CREDIMAS DE EL SALVADOR, LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: CREDIMAS DE EL SALVADOR, LTDA. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: La palabra CrediMás y diseño. La solicitud fue presentada el día veintisiete de octubre del año dos mil cinco. San Salvador, veintiocho de octubre del año dos mil cinco. JOSE RAUL ROSALES PEREZ, CARLOS ARTURO SOTO GARCIA, 3 v. alt. No. R

75 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 29. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado SERGIO LUIS GIRON DEL CID, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de DISTRIBUIDORA PALO VERDE, SOCIEDAD ANONIMA DE CA- PITAL VARIABLE que se abrevia: DISTRIBUIDORA PALO VERDE, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: Las palabras Río Grande y diseño. La solicitud fue presentada el día dieciséis de noviembre del año dos mil cinco. San Salvador, dieciocho de noviembre del año dos mil cinco. ALICIA ESTHER GARCIA COREAS, SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA, NOMBRE COMERCIAL SECRETARIA. 3 v. alt. No. R No. de Expediente: No. de Presentación: HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de ORFEBRERIA INTERNACIONAL SOCIEDAD ANO- NIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL, La solicitud fue presentada el día veinticuatro de octubre del año dos mil cinco. San Salvador, veintiséis de octubre del año dos mil cinco. JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO, MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES, 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado EDUARDO ANTONIO LOPEZ ESCALANTE, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de CONSORCIO DE NEGOCIOS JURIDICOS, ESCALANTE Y ASOCIADOS que se abrevia: JURES Y ASOCIADOS, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMER- CIAL, Consistente en: Las palabras JURES y asociados y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA EXCLU- SIVAMENTE A TODO DE ACTIVIDADES RELACIONADAS CON EL PRESTAMO DE SERVICIOS DE ABOGACIA Y NOTARIADO, PUDIENDO REALIZAR CONSULTORIA, INVERSIONES Y ADMI- NISTRACION DE NEGOCIOS QUE SEAN DE BENEFICIO A LA SOCIEDAD, UBICADO EN AVENIDA JUAN BERTIS NUMERO 75-A, CIUDAD DELGADO, SAN SALVADOR. La solicitud fue presentada el día veinticuatro de octubre del año dos mil cinco. San Salvador, veinticinco de octubre del año dos mil cinco. DANA & CALLENA Consistente en: Las palabras DANA & CALLENA, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDICADO A LA VENTA DE JOYERIA Y RELOJERIA, UBICADO EN: CALLE L-3, No. 16, ZONA INDUSTRIAL, CIUDAD MERLIOT, ANTIGUO CUSCATLAN, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD. LUIS ALONSO CACERES AMAYA, SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA, 3 v. alt. No. F

76 76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 No. de Expediente: No. de Presentación: HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JEANNETTE SAGASTIZADO QUITO DE GUARDADO, de nacionalidad SALVA- DOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL, La solicitud fue presentada el día veintitrés de mayo del año dos mil cinco. San Salvador, veinticuatro de mayo del año dos mil cinco. Consistente en: Las palabras Droguería Farisa y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDI- CADO A LA COMPRA VENTA DE PRODUCTOS FARMACEUTI- COS, UBICADO EN PRIMERA AVENIDA SUR Y PASAJE GLORITA NUMERO CUATROCIENTOS DOCE, COLONIA MILITAR, SAN JACINTO, SAN SALVADOR. La solicitud fue presentada el día veinticinco de agosto del año dos mil cinco. San Salvador, veintiséis de agosto del año dos mil cinco. ALICIA ESTHER GARCIA COREAS, MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES, 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ANA CON- CEPCION IRIAS LOZANO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de Z GRAPHICS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: Z GRAPHICS, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVA- DOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL, JOSE RAUL ROSALES PEREZ, MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. R No. de Expediente: No. de Presentación: HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE CARLOS AGUILAR CHAVEZ, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de PUBLI-3D, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: PUBLI-3D, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL, Consistente en: La palabra PUBLI 3D y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDICADO A PRESTAR SERVICIOS DE PUBLICIDAD, UBICADO EN AVENI- DA LAS AMAPOLAS No. 19 C, COLONIA SAN FRANCISCO SAN SALVADOR. La solicitud fue presentada el día treinta y uno de agosto del año dos mil cinco. San Salvador, quince de noviembre del año dos mil cinco. JOSE RAUL ROSALES PEREZ, Consistente en: La palabra Z Graphics y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A PRESTAR SERVICIOS DE PUBLICIDAD, UBICADO EN LA CALLE CIR- CUNVALACION No A, PLAN DE LA LAGUNA, ANTIGUO CUSCATLAN, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD. CARLOS ARTURO SOTO GARCIA, 3 v. alt. No. R

77 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de No. de Expediente: No. de Presentación: HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIREYA AN- NEK ERAZO SICILIA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de MEDICALFE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: MEDICALFE, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVA- DOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL, La solicitud fue presentada el día catorce de noviembre del año dos mil cinco. San Salvador, dos de diciembre del año dos mil cinco. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, Consistente en: La palabra CEHA y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR LA EMPRESA DEDICADA A BRINDAR SERVI- CIOS MEDICOS, UBICADA EN CALLE EL MIRADOR, NUMERO VEINTE, ENTRE NOVENTA Y UNA Y NOVENTA Y TRES AVENIDA NORTE, COLONIA ESCALON, SAN SALVADOR. La solicitud fue presentada el día once de noviembre del año dos mil cinco. San Salvador, quince de noviembre del año dos mil cinco. ALICIA ESTHER GARCIA COREAS, CARLOS ARTURO SOTO GARCIA, 3 v. alt. No. R No. de Expediente: No. de Presentación: HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE LUIS CHAVEZ RUIZ, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de INGE- NIERIA Y DISEÑO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INYDI, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL, MELVY ELIZABETH CORTEZ DE ALAS, SECRETARIA. SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL 3 v. alt. No. R No. de Expediente: No. de Presentación: HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de INDUSTRIAS LA CONSTANCIA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INDUSTRIAS LA CONSTANCIA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL, GOLDEN LIGHT ES MÁS REFRESCANTE Consistente en: Las palabras GOLDEN LIGHT ES MAS REFRES- CANTE, que traducida al Castellano significa: DORADA SUAVE ES MAS REFRESCANTE, que servirá para: LLAMAR LA ATENCION DEL PUBLICO CONSUMIDOR DE LOS PRODUCTOS FABRICADOS O COMERCIALIZADOS POR INDUSTRIA LA CONSTANCIA, S.A. DE C.V., TALES COMO CERVEZA. La solicitud fue presentada el día quince de junio del año dos mil cinco. San Salvador, diez de septiembre del año dos mil cinco. Consistente en: La palabra MEDIPLAZA y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO AL ARREN- DAMIENTO Y VENTA DE LOCALES PARA PROFESIONALES DEDICADOS A LA PRESTACION DE SERVICIOS MEDICOS Y DE LA SALUD EN GENERAL, UBICADO EN VEINTICINCO AVENI- DA NORTE Y DIECINUEVE CALLE PONIENTE, LOTES DOCE Y TRECE, DE LA URBANIZACION LA ESPERANZA, JURISDICCION DE SAN SALVADOR. JOSE RAUL ROSALES PEREZ, MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F

78 78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 No. de Expediente: No. de Presentación: , HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ANA CON- CEPCION IRIAS LOZANO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de Z GRAPHICS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: Z GRAPHICS, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVA- DOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL, Consistente en: la palabra Z Graphics y diseño, traducida al castellano como Z Gráficos, que servirá para: PARA ATRAER LA ATENCION DE LOS CONSUMIDORES SOBRE LA FINALIDAD DE PRESTAR SERVICIOS DE PUBLICIDAD. La solicitud fue presentada el día veintitrés de mayo del año dos mil cinco. San Salvador, once de agosto del año dos mil cinco. JOSE RAUL ROSALES PEREZ, MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. R No. de Expediente: No. de Presentación: , HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE CARLOS AGUILAR CHAVEZ, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de PUBLI-3D, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: PUBLI-3D, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL, La solicitud fue presentada el día treinta y uno de agosto del año dos mil cinco. San Salvador, quince de noviembre del año dos mil cinco. JOSE RAUL ROSALES PEREZ, CARLOS ARTURO SOTO GARCIA, MATRICULAS DE COMERCIO ASIENTO DE EMPRESA ESTABLECIMIENTO v. alt. No. R DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI- MIENTOS: HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JULIO CESAR CRUZ MEJIA, de nacionalidad SALVADOREÑA, con dirección CAN- TON SANTA CLARA, CASERIO SANTA CLARITA, PASAQUINA, LA UNION, con Número de Identificación Tributaria: , ha presentado solicitud a las trece horas y veintiocho minutos del día treinta y uno de marzo de dos mil cuatro. Con la cual se otorgaron los asientos de Empresa No y Establecimiento No ; a favor de la Empresa denominada IMPORTADORA DE CEREALES SANTA CLARITA la cual se dedica a VENTA DE GRANOS BASICOS Y AZUCAR, con dirección en CANTON SANTA CLARA, CASERIO SANTA CLARITA, PASAQUINA, LA UNION, cuyo activo asciende a CINCUENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS NUEVE DOLARES CON 71/100 $ 52, y que tiene el(los) establecimiento(s) siguiente(s): 001-) IMPORTADORA DE CEREALES SANTA CLARITA ubicado en CANTON SANTA CLARA, CASERIO SANTA CLARITA, PASAQUINA, LA UNION. Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley. San Salvador, dos de abril de dos mil cuatro. Lic. LEONOR JIMENEZ BARRIOS, Consistente en: la palabra PUBLI 3D y diseño, que servirá para: LLAMAR LA ATENCION SOBRE SERVICIOS DE PUBLICIDAD. 3 v. alt. No. F

79 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de ASIENTO DE EMPRESA ESTABLECIMIENTO DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI- MIENTOS: HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JORGE AL- BERTO HERRERA BELTRAN, de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SANTA ROSA DE LIMA, con Número de Identificación Tributaria: , ha presentado solicitud a las trece horas y dos minutos del día seis de mayo de dos mil tres. Con la cual se otorgaron los asientos de Empresa No y Establecimiento No ; a favor de la Empresa denominada TALLER Y VENTA DE REPUESTOS, la cual se dedica a VENTA DE PARTES, PIEZAS Y ACCESORIOS DE VEHICULOS AUTOMOTORES Y MOTOCICLE- TAS, Y REPARACION DE VEHICULOS, con dirección en CALLE RUTA MILITAR, A 200 METROS AL ORIENTE DEL ESTADIO MU- NICIPAL, BARRIO LAS DELICIAS del domicilio de SANTA ROSA DE LIMA, cuyo activo asciende a CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL SETECIENTOS CINCUENTA COLONES CON 96/100 $442, y que tiene el(los) establecimiento(s) siguiente(s): 001-) TALLER Y VENTA DE REPUESTOS JORGE ubicado en CALLE RUTA MILITAR, A 200 METROS AL ORIENTE DEL ESTADIO MUNICIPAL, BARRIO LAS DELICIAS, del domicilio de SANTA ROSA DE LIMA. Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley. San Salvador, seis de octubre de dos mil tres. LEONOR JIMENEZ BARRIOS, ASIENTO DE EMPRESA ESTABLECIMIENTO v. alt. No. F LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLE- CIMIENTOS: LIDA A SAN SEBASTIAN, COLONIA LOS SANTOS del domicilio de SANTA ROSA DE LIMA, cuyo activo asciende a CUARENTA Y SIETE MIL DIECISIETE DOLARES CON 41/100 $47, y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) MEGA -AUTOPARTES ubicado en CALLE SALIDA A SAN SEBASTIAN, COLONIA LOS SANTOS, del domicilio de SANTA ROSA DE LIMA. Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley. San Salvador, veinticinco de junio de dos mil cuatro. Lic. ANGELITA SOTO SOLER, REGISTRADORA. ASIENTO DE EMPRESA ESTABLECIMIENTO v. alt. No. F LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLE- CIMIENTOS: HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JUAN CARLOS BARRERA PEÑA, en su calidad de Representante legal de la sociedad DAR-KOLOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse DAR KOLOR S.A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN JUAN OPICO, departamento de LA LIBERTAD cuya escritura social está inscrita bajo el número 3 del libro 1083 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: , ha presentado solicitud de MODIFICACION POR CAMBIO DE DIRECCION DE LA EMPRESA Y ESTABLECIMIENTO, a las doce horas y seis minutos del día veintisiete de septiembre de dos mil cinco. Con cual se le otorga la inscripción No. 66 del libro 95 del folio 133 al 134; a favor de la Empresa denominada DAR-KOLOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a DISEÑO Y DESAROLLO DE MATERIAL PUBLICITARIO, con dirección en KILOMETRO 28½, CARRETERA PANAMERICANA, PARQUE INDUSTRIAL EL RIN- CONCITO, LOTES 13 Y 13 A, SAN JUAN OPICO, LA LIBERTAD, y que tiene el establecimiento denominado DAR-KOLOR, S. A. DE C. V., la cual se dedica a DISEÑO Y DESARROLLO DE MATERIAL PUBLICITARIO, con dirección en KILOMETRO 28½ CARRETERA PANAMERICANA, PARQUE INDUSTRIAL EL RINCONCITO, LOTES 13 Y 13 A, SAN JUAN OPICO, LA LIBERTAD. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado el señor CARLOS OVIDIO GONZALEZ GONZALEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SANTA ROSA DE LIMA, con Número de Identificación Tributaria: , ha presentado solicitud a las diez horas y trece minutos del día veintitrés de junio de dos mil cuatro. Con la cual se otorgaron los asientos de Empresa No y Establecimiento No ; a favor de la Empresa denominada MEGA -AUTOPARTES, la cual se dedica a VENTA DE PARTES, PIEZAS Y ACCESORIOS DE VEHICULOS AUTOMOTORES Y MOTOCICLETAS, con dirección en CALLE SA- Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley. San Salvador, cuatro de noviembre de dos mil cinco. Licda. MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE, REGISTRADORA. 3 v. alt. No. F

80 80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 ASIENTO DE EMPRESA ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO DEL DEPARTAMENTO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS DEL RE- GISTRO DE COMERCIO. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado SALVADOR ENRIQUE ANAYA BARRAZA en su calidad de Representante legal de la sociedad ANAYA-SERVICIOS JURIDICOS ESPECIALIZADOS, SO- CIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse ANAYA SJE, S.A. DE C.V.; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 47 del libro 2062 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: ; el cual ha presentado solicitud a las dieciséis horas y cinco minutos del día treinta y uno de octubre de dos mil cinco, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No inscripción 86 y el asiento de Establecimiento No , inscripción 87, ambos del Libro 95 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa se denomina ANAYA-SERVICIOS JURIDICOS ESPECIALIZADOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a ACTIVIDADES JURIDICAS Y NOTARIALES, con dirección en BOULEVARD LOS HEROES, CONDOMINIO LOS HEROES, No. 9-D del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a DOCE MIL DOLARES CON 00/100 $12, y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado ANAYA-SERVICIOS JURIDICOS ESPE- CIALIZADOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, ubicado en BOULEVARD LOS HEROES, CONDOMINIO LOS HE- ROES, No. 9-D; SAN SALVADOR y que se dedica a ACTIVIDADES JURIDICAS Y NOTARIALES. Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley. San Salvador, siete de noviembre de dos mil cinco. Licda. MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE, REGISTRADORA. 3 v. alt. No. R ASIENTO DE EMPRESA ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN- TOS DEL REGISTRO DE COMERCIO. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JUAN GUAL- BERTO SALGUERO GUZMAN en su calidad de Representante legal de la sociedad ROD, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SAL- VADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 65 del libro 2051 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: ; el cual ha presentado solicitud a las diez horas y veintinueve minutos del día diecinueve de septiembre de dos mil cinco, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No inscripción 107 y el asiento de Establecimiento No , inscripción 108, ambos del libro 91 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa se denomina ROD, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a PUBLICIDAD, con dirección en COLONIA ESCALON, AVENIDA MASFERRER NORTE Y 3ª CALLE PONIENTE, No. 5224, LOCAL No. 8 del domicilio de SAN SALVADOR, SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO DOLARES CON 57/100 $ 11, y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado ROD, S.A. DE C.V., ubicado en COLONIA ESCALON, AVENIDA MASFERRER NORTE Y 3ª CALLE PONIENTE No. 5224, LOCAL No. 8 del domicilio de SAN SALVADOR, SAN SALVADOR y que se dedica a PUBLICIDAD. Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley. San Salvador, veinte de septiembre de dos mil cinco. Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON, REGISTRADORA. 3 v. alt. No. R ASIENTO DE EMPRESA ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO DEL DEPARTAMENTO DE RE- GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ROSA VILMA AMAYA BATRES, de nacionalidad SALVADOREÑA, número de Documento Unico de Identidad del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, con Número de Identificación Tributaria: el cual ha presentado solicitud a las once horas y cuarenta y siete minutos del día treinta y uno de mayo de dos mil cinco, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No inscripción 37 y el asiento de Establecimiento No inscripción 38, ambos del libro 93 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento. La Empresa se dedica a FABRICACION JABONES Y DETERGENTES, con dirección en BOULEVARD DENINGER No. 4, CALLE PRINCI- PAL del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, cuyo activo asciende a NUEVE MIL CINCUENTA Y SIETE DOLARES CON14/100 $9, y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado QUIMICAS MËRCHELL ubicado en BOULEVARD DENINGER No. 4, CALLE PRINCIPAL, ANTIGUO CUSCATLAN y que se dedica a FABRICA- CION JABONES Y DETERGENTES. Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley. San Salvador, doce de octubre de dos mil cinco. Lic. RUBEN ALBERTO NAVARRO CRUZ, 3 v. alt. No. R

81 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de ASIENTO DE EMPRESA ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN- TOS DEL REGISTRO DE COMERCIO. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO AUGUSTO CEVALLOS CORTEZ en su calidad de Apoderado de la sociedad POLIWATT LIMITADA, SUCURSAL EL SALVADOR que puede abreviarse POLIWAT, LIMITADA; de nacionalidad GUATEMALTECA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 1 libro 1562 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: ; el cual ha presentado solicitud a las catorce horas y diecisiete minutos del día veintiséis de agosto de dos mil cinco, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No inscripción 86 y el asiento de Establecimiento No inscripción 87, ambos del libro 97 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada POLIWATT LIMITADA, SUCURSAL EL SALVADOR, la cual se dedica a DISTRIBUCION DE ENERGIA ELECTRICA, con dirección en 67ª AVENIDA SUR, PASAJE No. 2, No. 26, COLONIA ESCALON del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a UN MILLON NOVECIENTOS TRES MIL CIENTO CUARENTA Y TRES DOLARES CON 25/100 ($ 1,903,143.25) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado POLIWATT LIMITADA, SUCURSAL EL SALVADOR ubicado en 67ª AVENIDA SUR, PASAJE No. 2, No. 26, COLONIA ESCALON, SAN SALVADOR, y que se dedica a DISTRIBUCION DE ENERGIA ELECTRICA. Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley. San Salvador, veinticinco de noviembre de dos mil cinco. Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON, REGISTRADORA. 3 v. alt. No. R ASIENTO DE EMPRESA ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN- TOS DEL REGISTRO DE COMERCIO. de Establecimiento No inscripción, ambos del libro 79 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada ACEROS Y SALES SALVADOREÑOS, ACEROSAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a COMPRA Y VENTA DE ACERO INDUSTRIAL, con dirección en CALLE SAN MARTIN No. 617, BARRIO SAN JACINTO del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a CUATROCIENTOS OCHO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y NUEVE DOLARES CON 51/100 $408, y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado ACEROSAL, S.A. DE C.V., ubicado en CALLE SAN MARTIN No. 617, BARRIO SAN JACINTO y que se dedica a COMPRA Y VENTA DE ACERO INDUSTRIAL. Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley. San Salvador, veintiocho de febrero de dos mil cinco. Lic. ROSA MAURA CABRERA MARTINEZ, REGISTRADORA. 3 v. alt. No. R ASIENTO DE EMPRESA ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO DEL DEPARTAMENTO DE RE- GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE MEDARDO GALINDO, de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, con Número de Identificación Tributaria: , el cual ha presentado solicitud a las quince horas y cuarenta y un minutos del día catorce de octubre de dos mil cinco, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No inscripción 147 y el asiento de Establecimiento No , inscripción 148, ambos del Libro 93 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento. La Empresa se dedica a VENTA DE PRODUCTOS LACTEOS, con dirección en BARRIO SAN ESTEBAN, 6ª CALLE ORIENTE, No. 861 del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a CINCUENTA MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS DOLARES CON 55/100 $50, y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado LACTEOS CRISTO REY ubicado en BARRIO SAN ESTEBAN, 6a. CALLE ORIENTE, No. 861, SAN SALVADOR y que se dedica a VENTA DE PRODUCTOS LACTEOS. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado la señora ANA MERCEDES MARTINEZ DE VARGAS, en su calidad de Representante legal de la sociedad ACEROS Y SALES SALVADOREÑOS, ACERO- SAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse ACEROSAL, S.A. DE C.V.; de nacionalidad SALVADO- REÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 29 del libro 544 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: ; el cual ha presentado solicitud a las ocho horas y nueve minutos del día veinticuatro de febrero de dos mil cinco, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No inscripción 37 y el asiento Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley. San Salvador, dieciocho de octubre de dos mil cinco. Lic. RUBEN ALBERTO NAVARRO CRUZ, 3 v. alt. No. R

82 82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 ASIENTO DE EMPRESA ESTABLECIMIENTO DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI- MIENTOS: HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado VIOLETA MARGARITA GAVIDIA, en su calidad de Representante legal de la sociedad VHAL CONSTRUCCIONES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse VHAL CONSTRUCCIO- NES, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número del Libro 1638 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: , ha presentado solicitud a las quince horas y cuarenta y nueve minutos del día veintisiete de septiembre del año dos mil uno. Con la cual se otorgaron los asientos de matrícula de Empresa No y Establecimiento No ; a favor de la Empresa denominada VHAL CONSTRUCCIONES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a CONSTRUCCION, con dirección en PARQUE RESIDENCIAL SAN LUIS II, BLOCK 10, CASA No. 106, SAN SALVADOR cuyo activo es de CIEN MIL 00/100 COLONES ( 100,000.00); y que tiene un Establecimiento Comercial denominado 1-) VHAL CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V. ubicado en PARQUE RESIDENCIAL SAN LUIS II, BLOCK 10, CASA No. 106, SAN SALVADOR. Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley. San Salvador, tres de octubre del año dos mil uno Lic. ANGEL FERNANDO GARCIA GUARDADO, 3 v. alt. No. R ASIENTO DE EMPRESA ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGÍSTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN- TOS DEL REGISTRO DE COMERCIO. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado FRANCISCO ERNESTO RODRIGUEZ ABREGO en su calidad de Representante legal de la sociedad GRUPO ALEBRIJE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 11 del libro 2074 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: ; el cual ha presentado solicitud a las quince horas y treinta y nueve minutos del día veintiocho de octubre de dos mil cinco., con la cual se otorgó el asiento de Empresa No inscripción 127 y el asiento de Establecimiento No , inscripción 128, ambos del Libro 95 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa se denomina GRUPO ALEBRIJE, SOCIEDAD ANONI- MA DE CAPITAL VARIABLE la cual se dedica a ACTIVIDADES DE DISCOTECA, con dirección en PASEO GENERAL ESCALON, CENTRO COMERCIAL VILLAS ESPAÑOLAS, LOCAL No. LB-2 del domicilio de SAN SALVADOR, SAN SALVADOR cuyo activo asciende a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO DOLARES CON 57/100 $11, y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado ALEBRIJE, S. A. DE C.V. ubicado en PASEO GENERAL ESCALON, CENTRO COMERCIAL VILLAS ESPAÑOLAS, LOCAL No. LB-2 del domicilio de SAN SALVADOR, SAN SALVADOR y que se dedica a ACTIVIDADES DE DISCOTECA. Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley. San Salvador, ocho de noviembre de dos mil cinco. Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON, REGISTRADORA. ASIENTO DE EMPRESA ESTABLECIMIENTO v. alt. No. R DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI- MIENTOS: HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RAMON GARCIA FARGAS, en su calidad de Representante legal de la sociedad SERVICIOS ACTUARIALES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse SERVICIOS ACTUARIALES, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 26 del libro 767 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: , ha presentado solicitud a las once horas y cuarenta y tres minutos del día veintiocho de marzo de dos mil tres. Con la cual se otorgaron los asientos de Empresa No y Establecimiento No ; a favor de la Empresa denominada SERVICIOS ACTUARIALES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a ASESORIA EN SEGUROS, con dirección en FINAL 53ª AVENIDA SUR No. 136, EDIFICIO OCASA, 2ª PLANTA, LOCAL No. 214, del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a OCHENTA Y SEIS MIL CIENTO OCHENTA Y NUEVE DOLARES CON 71/100 $ 86, y que tiene el(los) establecimiento (s) siguiente (s) : 001-) SERVICIOS ACTUARIALES. S.A. DE C.V. ubicado en FINAL 53ª AVENIDA SUR No. 136, EDIFICIO OCASA, 2ª PLANTA, LOCAL No. 214, del domicilio de SAN SALVADOR. Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley. San Salvador, cinco de enero de dos mil cuatro. LEONOR JIMENEZ BARRIOS, REGISTRADORA. 3 v. alt. No. R

83 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de ASIENTO DE EMPRESA ESTABLECIMIENTO LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLE- CIMIENTOS: HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado AMANDA LISSETTE GUZMAN CALDERON en su calidad de Representante legal de la sociedad EQUIFARMA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse EQUIFARMA, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio, de SAN SALVADOR, cuya escritura social, está inscrita bajo el número 12 del libro 1634 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: , ha presentado solicitud de CAMBIO DE ACTIVIDAD ECONOMICA, a las diez horas y treinta y ocho minutos del día veinticuatro de octubre de dos mil cinco. Con la cual se le otorga la inscripción No. 34 del libro 94 del folio 69 al 70; a favor de la Empresa denominada EQUIFARMA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a COMPRAVENTA DE MEDICAMENTOS, MATERIAL Y EQUIPO, MEDICO QUIRURGICO HOSPITALARIO Y FARMACOS, con dirección en AVENIDA ANTI- GUO CUSCATLAN No. 12, COLONIA LA SULTANA del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, y que tiene el establecimiento denominado EQUIFARMA, S.A. DE C. V., la cual se dedica a VENTA DE OTROS PRODUCTOS NO CLASIFICADOS, con dirección en AVENIDA AN- TIGUO CUSCATLAN No. 12, COLONIA LA SULTANA del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN. Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley. San Salvador, veinticuatro de octubre de dos mil cinco.- MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE, SUBASTAS PÚBLICAS REGISTRADORA. 3 v. alt. No. R LICENCIADO SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TER- CERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY. HACE SABER: Que en el JUICIO EJECUTIVO CIVIL expediente No. 275/03 promovido por la señora CRISTINA DEL CARMEN DÍAZ DE BELLOSO hoy VIUDA DE BELLOSO, a través de su apoderado Dr. Mario Castaneda Valencia, en contra de SUSANA ARACELY MAN- CIA, reclamándole cantidad de dinero, intereses y costas procesales, se venderá por este Juzgado situado en la Catorce Avenida Sur entre Veintisiete y Veintinueve Calle Poniente, en SUBASTA PUBLICA en fecha y por el precio que oportunamente se indicará Dos inmuebles de naturaleza urbana, que se describen así: forman un solo cuerpo ambos lotes situados en el Barrio Santa Cruz de esta ciudad, que de acuerdo con su antecedente se describen así: PRIMERO: lote número DIECI- SEIS-A. Partiendo de la intersección de la Calle José Mariano Méndez Oriente y pasaje Las Eras abierto en terrenos de la Urbanización Loma Alta, con rumbo Sur cinco grados quince minutos Oeste, se miden dieciocho metros cuarenta centímetros de longitud y en este punto con una deflexión izquierda de noventa grados, se mide una distancia de cuatro metros cincuenta centímetros y se encuentra la esquina Nor- Oeste de lote marcado con el número dieciséis del Block A que mide y linda: al NORTE, con rumbo Sur, ochenta y cuatro grados cuarenta y cinco minutos Este, dieciocho metros noventa y nueve centímetros de longitud con lote número quince A ; al ORIENTE, con rumbo sur, cinco grados quince minutos Oeste diez metros quince centímetros de longitud, con lote número veintidós A ; al SUR: rumbo Norte, ochenta y cuatro grados cuarenta y cinco minutos Oeste, dieciocho metros noventa y nueve centímetros de longitud, con lote número diecisiete A y al PO- NIENTE, con rumbo Norte, cinco grados quince minutos Este, diez metros quince centímetros de longitud, pasaje Las Eras de nueve metros de ancho de por medio, con lote número Nueve-A y Diez-A los lotes colindantes formaron parte de la Urbanización de donde se desmembró el descrito los cuales pertenecieron a los señores Luz Prendes de Cáceres y Julio Adolfo Rey Prendes. Dicho lote tiene una superficie de CIENTO NOVENTA Y DOS METROS CUADRADOS SETENTA Y CINCO DECIMETROS CUADRADOS, equivalentes a Doscientas Setenta y Cinco Varas Cuadradas. SEGUNDO: Lote número VEINTIDOS A, Partiendo de la intersección de la Calle José Mariano Méndez Oriente y Veintiuna Avenida Sur, abierta en terreno de la Urbanización Loma Alta y con rumbo Sur, cuatro grados cincuenta y ocho minutos cuatro décimos de minuto Oeste, se miden diecisiete metros veinte centímetros de longitud, en este punto se hace una deflexión derecha de noventa grados, se mide una distancia de ocho metros y se encuentra la esquina Nor-Oeste del lote marcado con el número veintidós del Block A que mide y linda al ORIENTE, con rumbo Sur, cuatro grados cincuenta y ocho minutos cuatro décimos de minuto Oeste, diez metros quince centímetros de longitud, Veintiuna Avenida Sur de dieciséis metros de ancho de por medio, con lote número veinte y veintidós, al SUR, con rumbo Norte, ochenta y cuatro grados cuarenta y cinco minutos Oeste, diecinueve metros treinta y siete centímetros de longitud, con lote número veintitrés A, al PONIENTE con rumbo Norte, cinco grados minutos Este, diez metros quince centímetros de longitud, con lote número dieciséis A ; y al NORTE, con rumbo Sur, ochenta y cuatro grados cuarenta y cinco minutos Este, diecinueve metros treinta centímetros de longitud con lote número veintiuno A. Los lotes colindantes forman parte de la misma urbanización de donde se desmembró el descrito, que fueron de propiedad de los señores Luz Prendes de Cáceres y Julio Adolfo Rey Prendes, excepto el lote número dieciséis A colindante por el rumbo Poniente que perteneció al señor Isaías de Jesús Cervantes, ahora de la compareciente y es el mismo que se ha descrito como primero en esta escritura. Dicho lote tiene una superficie de CIENTO NOVENTA Y SEIS METROS CUADRADOS VEINTICINCO DECIMETROS CUADRA- DOS, equivalentes a doscientas ochenta varas cuadradas setenta y nueve centésimas de vara cuadrada. Los inmuebles descritos forman un solo cuerpo y sobre el primer lote hay construida una casa de sistema mixto con todas sus dependencias interiores que tiene un área construido de Ciento Un Metros Cincuenta Decímetros cuadrados. Inmuebles que se encuentran inscritos a favor de la ejecutada bajo el número CATORCE del Libro DOS MIL SETENTA Y UNO, del Registro de la Propiedad de este Departamento. Trasladado a la Matrícula Número Asiento 03, del mencionado Registro.

84 84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: Santa Ana, a las nueve horas con cinco minutos del día once de noviembre del año dos mil cinco.- Lic. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCE- RO DE LO CIVIL.- Licda. MARISOL DEL CARMEN LEMUS DE GARCIA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F Lo que se hace saber al público para los efectos de ley,- Librado en el JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: San Miguel, a las once horas treinta y seis minutos del día veinticinco de Julio del año dos mil cinco.- Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- Licda. ANA LEYDIN BENITEZ DIAZ, SECRETARIA INTERINA. EDUARDO JAIME ESCALANTE DIAZ, JUEZ CUARTO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL, HACE SABER: Que en el Proceso Mercantil Ejecutivo promovido por el BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD ANONIMA, a través de su Apoderada General Judicial Licenciada ZARINA AYALA HERRERA, contra el señor RENE HUMBERTO ORTIZ CAMPOS, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal, un inmueble de naturaleza urbana marcado como LOTE NUMERO CINCUENTA Y CINCO POLIGO- NO QUINCE DE RESIDENCIAL PINARES DE SUIZA, ubicado en Residencial Pinares de Suiza, jurisdicción de Nueva San Salvador, Departamento de La Libertad, antes denominado Finca Las Delicias, el cual se describe así: AL NORTE: veinte punto cero cero metros; AL ORIENTE: cinco punto cincuenta metros; AL SUR: veinte punto cero cero metros; AL PONIENTE: cinco punto cincuenta metros, con un área de CIENTO DIEZ PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS equivalentes a CIENTO CINCUENTA Y SIETE PUNTO TREINTA Y NUEVE VARAS CUADRADAS. Inscrito a favor del señor RENE HUMBERTO ORTIZ CAMPOS, a la Matrícula M CERO UN MILLON SETENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS VEINTIDOS, Asiento ONCE del Registro Social de Inmuebles de San Salvador. Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes. Librado en el Juzgado Cuarto de lo Mercantil: San Salvador, a las ocho horas y treinta minutos del día veintiséis de Octubre de dos mil cinco.- Lic. EDUARDO JAIME ESCALANTE DIAZ, JUEZ CUARTO DE LO MERCANTIL.- LICDA. JACQUELINE JOHANNA ORTIZ DURAN, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F LA INFRASCRITA JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL: DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL, HACE SABER: Que el Juicio Civil Ejecutivo promovido por la Licenciada Claudia Carolina Cabrera Guevara, Apoderada de la señora María Dolores Medina Aguilar, contra el señor Elmer Ramiro Torres Lobos, se venderá en pública subasta el siguiente inmueble: Un terreno de naturaleza rústica, inculto sin construcciones, hoy urbano situado en el Cantón El Amate de la Jurisdicción de San Miguel, distrito y departamento de San Miguel, que mide y linda al NORTE: de veintiún metros con parte vendida a Estela de la Paz Pacheco Medina, al SUR: veintiún metros, con parte de la señora Ana Ofelia Pacheco Medina, al ORIENTE: diez metros setenta centímetros, con terreno de José Antonio Pacheco, al PONIENTE: doce metros, calle de por medio con Miguel Paniagua; de la extensión superficial de DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO METROS CATORCE DECIMETROS VEINTICINCO CENTI- METROS CUADRADOS. Inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente, en el sistema de Folio Real Automatizado en la Matrícula ocho cero cero cero cuatro seis ocho uno.- 3 v. alt. No. F LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL; HACE SABER: Que en el Juicio Mercantil Ejecutivo marcado con el número 520-E-03, promovido por el Licenciado VICTOR MANUEL IRAHETA ALVAREZ, como Apoderado de SCOTIABANK EL SALVA- DOR, S.A.; contra el señor JORGE ALBERTO HERNANDEZ PEREZ; se venderá en Pública subasta en este Tribunal en fecha que más adelante se señalará; el bien inmueble que a continuación se localiza y describe así: UN INMUEBLE: de naturaleza urbana, situado en Avenida Acolhuatán, número seis, jurisdicción de Ciudad Delgado, Departamento de San Salvador del cual forma parte el apartamento número B-trescientos dos; está ubicado en el tercer nivel del edificio B. El apartamento a describir tiene un volumen de ochenta metros cúbicos con un área de TREINTA Y SEIS PUNTO CERO METROS CUADRADOS. Dicho apartamento se describe así: AL NORTE, un tramo de cinco punto cero metros; AL ORIENTE, un tramo de siete punto veinte metros; AL SUR, un tramo de cinco punto cero metros; AL PONIENTE, un tramo de siete punto veinte metros. Siendo el área total del apartamento de treinta y seis metros cuadrados equivalentes a cincuenta y uno punto cuarenta y ocho varas cuadradas. Inmueble inscrito a favor del ejecutado señor JORGE ALBERTO HERNANDEZ PEREZ, bajo la matrícula SEIS CERO CERO UNO CERO SEIS CUATRO SEIS- A CERO CERO UNO SEIS Asiento CUATRO del Registro Social de Inmuebles de San Salvador. Se admitirán posturas siendo legales. LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL: San Salvador, a las doce horas del día veintisiete de octubre de dos mil cinco.- Lic. ANA MARIA CORDON ESCOBAR, JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL.- Lic. ANA CECILIA FIGUEROA DE BARAHONA, SECRETARIA.- 3 v. alt. No. F LICENCIADA SANDRA GUADALUPE CUCHILLA DE HERRARTE, JUEZA DE FAMILIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE ZACATECOLUCA, AL PÚBLICO EN GENERAL, HACE SABER: Que mediante SETENCIA DEFINITIVA de las doce horas del día cinco de octubre del año dos mil cinco, en las DILIGENCIAS DE UTILIDAD Y NECESIDAD, clasificadas bajo el número Za-F-602-(230-1)-01 promovidas por los señores JOSE ANTONIO MONGE HERNANDEZ Y ZOILA EMERITA GUZMAN ALVARENGA, quienes actúan en representación de sus menores hijos JORGE ADALBERTO Y JAVIER ANTONIO, ambos de apellido MONGE GUZMAN, por medio del Licenciado MIGUEL ANGEL MENDEZ MORALES, se ha ordenado la venta en PUBLICA SUBASTA en este Tribunal en fecha que oportunamente se señalará de un inmueble situado en Hacienda Las Hojas dos, porción dos, marcado como lote

85 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de número veintinueve polígono dos, jurisdicción de San Pedro Masahuat, con una extensión superficial de doscientos veinticinco hectáreas noventa áreas cuarenta punto treinta y ocho centiárea, inscrita al número dos, del tomo quinientos cuarenta y cuatro, que de este inmueble se segrega una porción de la misma naturaleza y situación que el todo identificado como LOTE NUMERO VEINTINUEVE POLIGONO DOS, DE UNA EXTENSIÓN superficial de cero seis áreas cincuenta punto noventa y cinco centiáreas, equivalentes a NOVECIENTAS TREINTA Y UNA PUNTO TREINTA Y OCHO VARAS CUADRADAS, cuya descripción comenzando por el vértice noroeste mide y linda al NORTE, rumbo sur setenta y ocho grados cero ocho punto ocho minutos este en veintitrés metros linda con solar número veintisiete del mismo polígono, al oriente rumbo sur, cero grados treinta y siete punto dos minutos este en veinticuatro punto noventa y cuatro metros, linda con lote número dieciséis del mismo polígono dos; al sur rumbo norte ochenta y un grados treinta y tres punto un minuto oeste en veintiocho punto cuarenta y cinco metros, linda con solar número treinta del mismo polígono; y al poniente rumbo norte once grados cincuenta y dos punto seis minutos este en veintiséis punto catorce metros linda con solar número treinta y tres del mismo polígono y área de escuela con calle de ancho irregular de por medio, el que está inscrito a favor de los solicitantes y los menores antes dichos, más una parte de un hijo de los solicitantes que se encuentra fallecido, bajo el número de asiento cero uno nueve ocho cero uno cero nueve uno seis, MATRICULA número M cero uno uno cuatro nueve ocho cero nueve con código catastral número tres seis dos uno nueve cinco cero cero cuatro dos uno, inscrita con el número setecientos sesenta y tres folios trescientos ochenta y tres tomo ciento treinta y uno la porción de terreno de cada menor está valorada en MIL SETECIENTOS SESENTA DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Siendo el precio base en que se subastará de TRES MIL QUINIENTOS VEINTE DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, siendo el precio de las dos porciones de los menores JORGE ADALBERTO Y JAVIER ANTONIO, ambos de apellido MONGE GUZMAN. Librado en el Juzgado de Familia de Zacatecoluca, a las quince horas y veinte minutos del día cinco de octubre del año dos mil cinco.- Licda. SANDRA GUADALUPE CUCHILLA DE HERRARTE, JUEZA DE FAMILIA.- Licda. ANGELA MERCEDES FLORES BONILLA, SECRETARIA INTERINA. 3 v. alt. No. F EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL, de este Distrito Judicial, al público en general, HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido en este Tribunal por el Licenciado JOSE LUIS ARIAS LOPEZ, mayor de edad, abogado, de este domicilio, como Apoderado General Judicial del BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD ANONIMA, de este domicilio, contra el señor RENE LEONARDO PINEDA PANTIN conocido por RENE LEONARDO PINEDA, mayor de edad, Licenciado en Mercadeo, de este domicilio, se venderá en pública subasta en este Tribunal, en fecha que más adelante se especificará, un inmueble de naturaleza urbano situado en lo que formó parte de la finca Santa Elenita, Jurisdicción de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, identificado como LOTE NUMERO VEINTIUNO DEL POLIGONO SEIS DE RESIDENCIAL CUMBRES DE MADRESELVA, el cual se describe así: Partiendo de la intersección de los ejes de la Avenida El Espino y el Pasaje Número Cinco Poniente, se miden sobre el eje de este último con rumbo Norte sesenta y dos grados, veinticinco punto cinco minutos Oeste una distancia de ciento doce metros veintitrés centímetros de longitud, llegando al punto en el que con una deflexión derecha de noventa grados y midiendo una distancia de cinco metros cincuenta centímetros se localiza el vértice Sur-Este, de lote que mide y linda: AL SUR: Línea mixta compuesta por tres tramos: Primero: Línea recta con rumbo Norte sesenta y dos grados veinticinco punto cinco minutos Oeste y distancia de seis metros cincuenta y cuatro centímetros de longitud; Segundo: Línea curva derecha con longitud de curva igual a tres metros setenta y un centímetros y un radio de seis metros; Tercero: Línea recta con rumbo Norte sesenta y dos grados veinticinco punto cinco minutos Oeste y distancia de un metro cuarenta y siete centímetros de longitud, lindando los tramos anteriores con el Lote Número Veintidós del Polígono Siete de la misma Urbanización, Pasaje Número Cinco Poniente de por medio, de once metros de derecho de vía; AL PONIENTE: Línea recta con rumbo Norte doce grados cuarenta y siete punto tres minutos Este y distancia de veinte metros cincuenta y seis centímetros de longitud, lindando en este tramo con la Urbanización Santa Elena, camino vecinal de ancho variable de por medio; AL NORTE: Línea recta con rumbo Sur sesenta y dos grados veinticinco punto cinco minutos Este y distancia de siete metros noventa y cinco centímetros de longitud, lindando en este tramo con lotes Números Nueve y Diez del Polígono cinco de la misma Urbanización, final de Pasaje Número Cuatro Poniente de por medio de once metros de derecho de vía; AL ORIENTE: Línea recta con rumbo Sur doce grados treinta y ocho punto cinco minutos Oeste y distancia de veinticuatro metros de longitud, lindando en este tramo con Lote Número veinte del Polígono Número Seis de la misma Urbanización. El terreno antes descrito tiene una extensión superficial de CIENTO OCHENTA Y CINCO METROS CUADRADOS NOVENTA Y SEIS CENTIMETROS CUADRADOS equivalentes a DOSCIENTAS SESENTA Y SEIS VARAS CUADRADAS SIETE CENTESIMAS DE VARA CUADRADA. El inmueble anteriormente descrito se encuentra inscrito a favor del señor RENE LEONARDO PINEDA PANTIN conocido por RENE LEONARDO PINEDA, al número DIECISEIS, del Libro DOS MIL DIECISEIS Propiedad, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Cuarta Sección del Centro, Departamento de La Libertad. Se admitirán posturas siendo legales. Librado en el Juzgado Quinto de lo Mercantil: San Salvador, a las nueve horas del día veintinueve de noviembre de dos mil cinco.- Lic. JOSE GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL INTO.- Lic. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS, 3 v. alt. No. F EDUARDO JAIME ESCALANTE DIAZ, JUEZ CUARTO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL, HACE SABER: Que en el Proceso Mercantil Ejecutivo promovido por TARJETAS DE ORO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, a través de su Apoderada General Judicial Licenciada ARCADIA ARACELY TEVEZ FUNES, continuado por el Licenciado EDMUNDO ALFREDO CASTILLO AGUILUZ, en el mismo carácter que la primera contra el señor MOSES ALBERTO MAGAÑA MORAN, conocido por MOSES MAGAÑA y el señor MOISES ALBERTO MAGA- ÑA MORAN conocido por MOISES MAGAÑA, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal, un predio de naturaleza rústica situado en el cantón San Juan El Espino de la jurisdicción de Atiquizaya, fértil, inculto que se describe: De DOSCIENTOS OCHENTA Y UNA AREAS CUA- RENTA CENTIAREAS, lindante AL ORIENTE, cerco propio camino en medio con el Héctor Alfredo Murga: AL NORTE, cerco propio camino en medio con el de Raimundo Antonio Flamenco; AL SUR, cerco propio con línea férrea representada por el Superintendente de los Ferrocarriles

86 86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 Internacionales de Centro América y en parte barranca en medio, con los de Lorenzo Francisco Godines y Audelia Menéndez de Monterrosa; y AL PONIENTE, con los de Raimundo Antonio Flamenco cerco propio en medio. Dicho inmueble es propiedad del señor MOSES ALBERTO MAGAÑA, inscrito bajo el Número CUARENTA Y OCHO del Libro OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO del Registro de Propiedad del Departamento de Ahuachapán. Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes. Librado en el Juzgado Cuarto de lo Mercantil: San Salvador, a las ocho horas y diez minutos del día veintidós de noviembre de dos mil cinco. Lic. EDUARDO JAIME ESCALANTE DIAZ, JUEZ CUARTO DE LO MERCANTIL.- Licda. JACQUELINE JOHANNA ORTIZ DURAN, SECRETARIA.- 3 v. alt. No. F LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL, HACE SABER: Que en el Juicio Mercantil Ejecutivo que en este Tribunal promueven inicialmente los Abogados GUILLERMO GUIDOS ALARCON, como Apoderado del BANCO MERCANTIL Sociedad Anónima, continuado por los Licenciados LUIS ANTONIO MARTINEZ GONZALEZ, OSCAR JAVIER PORTILLO, NORA ELIZABETH HERRERA CARPIO y actualmente por el Licenciado IMMAR ORLANDO CHAVEZ PICHE, en calidad de Apoderados Generales Judiciales del FONDO DE SANEAMIENTO Y FORTALECIMIENTO FINANCIERO, entidad cesionaria del BANCO MERCANTIL SOCIE- DAD ANONIMA, en liquidación, contra el señor RICARDO ARMANDO ARIAS, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal, en fecha que más adelante se señalará, el bien inmueble que a continuación se localiza y describe, ASI: Situado en Residencial Independencia, Barrio El Calvario, Calle Independencia de esta Villa, Lotes números TRES, SEIS Y SIETE, Ayutuxtepeque, de este Departamento, de un área de MIL CIENTO SESENTA Y DOS METROS SETECIENTOS OCHO CENTIMETROS DE METRO CUADRADO; Inscrito a favor del demandado RICARDO ARMANDO ARIAS, al número SESENTA Y SEIS del Libro TRES MIL CIENTO VEINTICINCO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de este Departamento; Que por remedición efectuada por el Perito Técnico en Ingeniería Topográfica señor Mario Enrique Hernández, ante los oficios del Notario Miguel Ángel Juárez, de fecha veinte de Abril de mil novecientos ochenta y siete, el inmueble relacionado fue remedido y traspasado al Sistema de Folio Real quedando Inscrito bajo el número CERO UNO - CERO CERO SEIS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y NUEVE - CERO CERO CERO, quedando con las medidas y linderos siguientes: Partiendo de la estación PI con rumbo Norte setenta y seis grados veintiuno punto tres minutos Este y una distancia de cuarenta y ocho metros, setenta y seis centímetros con deflexión derecha de noventa grados y una distancia de cuatro punto noventa centímetros llegando al mojón esquinero SurOeste del terreno que se describe, marcado con el número uno del plano respectivo, cuyos rumbos, distancias y colindantes a partir de este punto son: AL PONIENTE. Siete tramos rectos con rumbo Norte un Grado treinta punto dos minutos Oeste y una distancia de ocho metros setenta y ocho centímetros, rumbo Norte tres grados cero punto tres minutos y una distancia tres metros setenta y cinco centímetros rumbo Norte, setenta grados nueve punto siete minutos Este y una distancia de treinta metros cincuenta y cinco centímetros rumbo Norte doce grados y cuatro punto siete minutos Este y una distancia de nueve metros quince centímetros rumbo Sur setenta y nueve grados veintiocho punto siete minutos Este y una distancia de cero metros setenta centímetros, rumbo Norte cuatro grados cuarenta punto cero minutos Este y una distancia de cero metros cincuenta centímetros, llegando así al mojón esquinero Nor-Oeste identificado en el plano con el número ocho colinda en este tramo con terreno propiedad de Eduardo Acevedo Nubleau, Gracia María Flores de Villalta, Carlos Alegría, Pasaje K de seis metros de ancho de la Urbanización Chávez Galeano y Gilberto Pineda, AL NORTE: Cinco tramos rectos rumbo Sur ochenta y cuatro grados diecisiete punto seis minutos Este y distancia de dieciséis metros ochenta centímetros, rumbo Norte, quince grados cincuenta y seis punto siete minutos Este y una distancia de cero metros veinte centímetros, rumbo Sur ochenta y dos grados cuarenta y ocho punto uno minutos Este y una distancia de cuatro metros cinco; rumbo Sur diecisiete grados cuarenta y seis punto seis minutos Este y una distancia de cuatro metros cincuenta y dos centímetros, llegando así al mojón Nor-Este identificado en el plano con el número trece colindando en este tramo con terrenos propiedad de Luis Parada, Carlos A. López, Rosa Delia Campos Ramos y Osmín Antonio Jaime.- AL ORIENTE: Tres tramos rectos con rumbo Sur cinco grados seis punto nueve minutos Oeste y una distancia de cuarenta y un metros setenta centímetros rumbo Sur ochenta y cinco grados cero cinco punto minutos Oeste y una distancia de catorce metros treinta y cinco centímetros y con rumbo Sur cero grados, doce punto nueve grados y una distancia de diez metros y cincuenta centímetros; llegando así al mojón esquinero Sur-Este, identificado en el plano con el número veinte, colindando en este tramo con terreno propiedad de José Carlos Santos Barrillas y Nicolás López. SUR: Tramo recto con rumbo Sur setenta y seis grados veintiuno punto tres minutos Oeste y una distancia de dos metros ochenta y cinco centímetros llegando así al mojón esquinero Sur-Oeste identificado con el número uno del plano respectivo, en el cual inició la presente descripción, lindando en este tramo con terreno propiedad de Enrique Hernández, Calle Independencia de siete metros de ancho de por medio. - El terreno así descrito tiene una extensión superficial de UN MIL CUATROCIENTOS DIECINUEVE METROS CUADRADOS VEINTITRES DECIMETROS CUADRADOS equivalentes a DOS MIL TREINTA VARAS CUADRADAS.- Goza de servidumbre de tránsito de once metros dieciséis centímetros de largo de Norte a Sur, por tres metros de ancho para comunicar el terreno descrito con la calle del Calvario servidumbre establecida al extremo Oriente de otro terreno de la señora Erlinda Faustillón de Lara, lindando la faja de terreno en que se ejerce al Oriente con predio de Santos López; al Norte con el inmueble descrito; al Poniente, Predio de la señora Fausillón de Lara; y Sur, con la Calle del Calvario.- El inmueble anteriormente descrito, por segregaciones hechas por el señor Ricardo Armando Arias, ha quedado reducido a la capacidad de SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS PUNTO DIECINUEVE METROS CUADRADOS. Se admitirán posturas siendo legales. LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL: San Salvador, a las quince horas y cincuenta minutos del día dos de Mayo del año dos mil cinco.- Lic. ANA MARIA CORDON ESCOBAR, JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL.- Lic. ANA CECILIA FIGUEROA DE BARAHONA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F

87 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL DE APOPA. HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el Juicio Ejecutivo Civil, promovido por el Licenciado JOSE EDGARDO SALINAS, como Apoderado General Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Institución de Crédito, Autónoma, de Derecho Público, del domicilio de San Salvador; contra el señor SALVADOR TOBIAS RIVERA, de veinticinco años de edad a la fecha del contrato, empleado, siendo la Ciudad de Apopa su último domicilio conocido, actualmente de paradero ignorado, representado por su Curadora Adlitem Doctora LILIAN GUADRON, de sesenta y cuatro años de edad, Abogada y Notaria, del domicilio de San Salvador; reclamándole el pago de CINCUENTA MIL SEISCIENTOS ONCE COLONES SESENTA Y CUATRO CENTAVOS equivalentes a CINCO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO DOLARES DIECINUEVE CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA, en concepto de capital, más los intereses pactados, Primas de Seguros de Vida Colectivo Decreciente y de Daños a la Propiedad, todo hasta su completo pago, transacción o remate y costas procesales; se ha ordenado VENDER EN PUBLICA SUBASTA, en este mismo Juzgado, en fecha y por el precio que oportunamente se indicará, el terreno urbano y construcciones que contiene marcado con el número CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE, Block E, Pasaje Diecisiete, de la Urbanización denominada VALLE DEL SOL CERAMICA V ETAPA, situada en Cantones San Nicolás y Las Tres Ceibas, jurisdicción de Apopa, Departamento de San Salvador, de una extensión superficial de CINCUENTA PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS, equivalentes a SETENTA Y UNA PUNTO CINCUENTA Y CUATRO VARAS CUADRADAS, siendo el área construida de VEINTISEIS PUNTO CERO CERO METROS CUA- DRADOS, y un valor de construcción de Treinta y Cuatro Mil Seiscientos Tres Colones Cincuenta Centavos. DESCRIPCION TECNICA DEL LOTE NUMERO CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE, BLOCK E. Es urbano, está ubicado en la Urbanización VALLE DEL SOL, Cantones San Nicolás y Las Tres Ceibas, jurisdicción de Apopa, Departamento de San Salvador, cuya cabida es de CINCUENTA PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS, equivalentes a SETENTA Y UNA PUNTO CINCUENTA Y CUATRO VARAS CUADRADAS, y cuya descripción se inicia: Partiendo de la intersección de los ejes de la Avenida Santa Catarina y el pasaje número diecisiete de la Urbanización VALLE DEL SOL, y midiendo una distancia de veintiuno punto cincuenta metros, sobre el eje del pasaje, con rumbo Norte ochenta grados cincuenta y siete minutos cincuenta y cinco segundos Este, se llega a un punto en el cual se hace una deflexión NEGATIVA de noventa grados y midiendo una distancia de dos punto cincuenta metros, se llega al esquinero SURESTE del lote que se describe, el cual mide y linda: AL SUR: Recta de cinco punto cero cero metros, rumbo Sur ochenta grados cincuenta y siete minutos cincuenta y cinco segundos Oeste, linda con el lote número cuatrocientos veintisiete de este mismo Block; pasaje número diecisiete de cinco punto cero cero metros de ancho de por medio; AL PONIENTE: Recta de diez punto cero cero metros, rumbo Norte de nueve grados cero dos minutos cero cinco segundos Oeste, linda con lote número cuatrocientos sesenta y ocho de este mismo Block; AL NORTE: Recta de cinco punto cero cero metros, rumbo Norte ochenta grados cincuenta y siete minutos cincuenta y cinco segundos Este, linda con el lote número quinientos ocho de este mismo Block; AL ORIENTE: Recta de diez punto cero cero metros, rumbo Sur nueve grados cero dos minutos cero cinco segundos Este, linda con el lote número cuatrocientos sesenta y seis, de este mismo Block.- Los lotes que se mencionan en las colindancias son o han sido propiedad de CERAMICA INDUSTRIAL CENTROAMERICANA, S.A. DE C.V.- Inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, inicialmente en el asiento número TRES, de la Matrícula Número, M CERO UNO CERO SIETE UNO SEIS CUATRO UNO, actualmente trasladado al Sistema de Folio Real Computarizado, en el asiento número UNO, de la Matrícula Número, SEIS CERO CERO SIETE NUEVE CUATRO TRES SIETE- CERO CERO CERO CERO CERO.- Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las ocho horas y quince minutos del día once de noviembre del año dos mil cinco. Dra. VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL. Licdo. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRETA- RIO. 3 v. alt. No. F JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por ejecución seguida en este Tribunal por la Licenciada SILVIA RAQUEL CHAVARRIA SANTOS, como Apoderada del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Institución de Crédito Autónoma de Derecho Público, de este domicilio, que se abrevia EL FONDO, contra el señor RUDY ADAN PADILLA ARTEAGA, mayor de edad, Estudiante, de este domicilio, actualmente de domicilio ignorado, representado por su Curadora Especial Licenciada ANA LUZ PANAMA CERON, reclamándole cantidad de colones y demás accesorios legales, se venderá en pública subasta en este Juzgado, el bien inmueble embargado siguiente: Un lote de terreno urbano marcado con el Número DIEZ del POLIGONO QUINCE-A, de una extensión superficial de SESENTA METROS CUADRADOS, el cual forma parte de la Urbanización CIUDAD FUTURA, situada en jurisdicción de Cuscatancingo en los Cantones San Luis Mariona, Barranca Honda y El Ángel de este Departamento, con un área construida de VEINTICINCO PUNTO NOVENTA Y CINCO METROS CUADRADOS y tiene la localización, medidas y linderos siguientes: LOTE NUMERO DIEZ, POLIGONO QUINCE-A. Partiendo de la intersección de los ejes de Pasaje El Tempisque y pasaje número dieciocho-a, se mide sobre el eje de este último con rumbo Norte ochenta y ocho grados cincuenta y cinco punto ochenta y ocho minutos Oeste y una distancia de sesenta punto noventa y seis metros, llegando a un punto donde se efectúa un giro a la izquierda de noventa grados, y una distancia de dos punto cincuenta metros, se llega al esquinero Nor-Este del lote que a continuación se describe: AL ORIENTE: Partiendo del mojón Nor-Este con rumbo Sur cero un grados cero cuatro minutos cero siete segundos Oeste y una distancia de doce punto cero cero metros se llega al mojón Sur-Este, lindando por este lado con lote número ocho del mismo Polígono. AL SUR: Partiendo del mojón Sur-Este con rumbo Norte ochenta y ocho grados cincuenta y cinco punto ochenta y ocho minutos Oeste y una distancia de cinco punto cero cero metros se llega al mojón Sur-Oeste, lindando por este lado con lote número diecisiete del mismo Polígono. AL PONIENTE: Partiendo del mojón Sur-Oeste con rumbo Norte cero un grados cero cuatro minutos cero siete segundos Este y una distancia de doce punto cero cero metros se llega al mojón Nor-Oeste lindando por este lado con lote número doce del mismo Polígono. AL NORTE: Partiendo del mojón Nor-Oeste con rumbo Sur ochenta y ocho grados cincuenta y cinco punto ochenta y ocho minutos Este y una distancia de cinco punto cero cero metros se llega al mojón Nor-Este, donde se inició la presente descripción, lindando por este lado con lote número cuarenta y cinco del Polígono número dieciséis pasaje dieciocho-a de cinco punto cero cero metros de ancho de por medio.- El lote así descrito tiene una superficie de SESENTA PUNTO CERO CERO METROS CUA- DRADOS, equivalentes a OCHENTA Y CINCO PUNTO OCHENTA Y CINCO VARAS CUADRADAS.- El inmueble anteriormente descrito está inscrito a favor del señor RUDY ADAN PADILLA ARTEAGA, según Matrícula Número CERO UNO - CERO OCHO NUEVE DOS TRES CINCO - CERO CERO CERO Inscripción DOS, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de este Departamento. Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

88 88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las diez horas y veinticinco minutos del día veintiséis de Octubre de dos mil cuatro. Dr. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL. Br. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, 3 v. alt. No. F DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR. HACE SABER: Que por resolución pronunciada en el Juicio Civil Ejecutivo promovido por la Licenciada CECILIA GUADALUPE FLORES GEORGE como apoderada del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA contra MANUEL ANTONIO PINEDA CAMPOS conocido por MANUEL ANTONIO CAMPOS PINEDA reclamándole cantidad de colones, se venderá en pública subasta el inmueble siguiente: Un lote de terreno urbano y construcciones que contiene, marcado con el número CINCUENTA Y TRES polígono DOCE, pasaje H, Norte, de la URBANIZACION VALLE VERDE SEGUNDA ETAPA, situada en el Cantón San Nicolás, jurisdicción de Apopa, de este Departamento, de una extensión superficial de CINCUENTA PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS; con un área de construcción de VEINTISIETE PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS, y un valor de construcción de TREINTA Y TRES MIL CIENTO TRES COLONES SESENTA Y SIETE CENTAVOS, y tiene la localización medidas y linderos siguientes: Partiendo de la intersección formada por los ejes de la Calle Principal y Pasaje H, Norte, se mide sobre el eje de este último con rumbo Norte treinta grados veinticuatro punto nueve minutos Este una distancia de cuarenta y tres punto cincuenta metros. Haciendo estación en este punto se hace una deflexión de noventa grados negativa y distancia de dos punto cincuenta metros, se llega al vértice Sur Este de donde se inicia la presente descripción. LADO SUR Tramo recto con rumbo Norte cincuenta y nueve grados treinta y cinco punto un minuto Oeste y distancia de diez metros, se llega al vértice Sur Oeste. Linda en este costado con lote número cincuenta y cuatro del mismo polígono. LADO PONIENTE; Tramo recto con rumbo Norte treinta grados veinticuatro punto nueve minutos Este y distancia de cinco metros, se llega al vértice Noroeste. Linda en este costado con lote número siete del mismo polígono. LADO NORTE Tramo recto con rumbo Sur cincuenta y nueve grados treinta y cinco punto un minuto Este y distancia de diez metros, se llega al vértice Noroeste. Linda en este costado con lote número cincuenta y dos del mismo polígono. LADO ORIENTE tramo recto con rumbo Sur treinta grados veinticuatro punto nueve minutos Oeste, y distancia de cinco metros se llega al vértice Sur Este, de donde se inició la presente descripción, linda en este costado con lote número siete, del polígono catorce, pasaje H, Norte de cinco metros de ancho de por medio. El área del lote descrito es de cincuenta metros cuadrados, equivalentes a setenta y una punto cincuenta y cuatro varas cuadradas. El inmueble descrito se encuentra inscrito a favor del demandado bajo la matrícula número seis cero uno cinco tres seis uno cero-cero cero cero cero cero. Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las once horas y quince minutos del día diez de noviembre de dos mil cinco. Dr. DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL. Lic. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, 3 v. alt. No. F INES TAURA DE CUCHILLA, JUEZA SEGUNDO DE LO CIVIL INTERINA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, HACE SABER: Al público para efectos de ley que por ejecución promovida en este juzgado por el Licenciado MANUEL ENRIQUE UCE- DA NERIO, Apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra el señor JOSE ALFREDO MARTINEZ, se venderá en pública subasta en este mismo Juzgado en fecha y por el precio que oportunamente se indicará el bien inmueble embargado siguiente: Un lote de naturaleza urbana, marcado con el número QUINIENTOS NOVENTA Block E, de la Urbanización VALLE DEL SOL, Cantones San Nicolás y Las Tres Ceibas, jurisdicción de Apopa, de este Departamento, de una extensión superficial de CINCUENTA PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS cuya descripción técnica es la siguiente: partiendo de la intersección de los ejes de la Avenida Santa Catarina y el pasaje número diecinueve de la Urbanización Valle del Sol, y midiendo una distancia de cincuenta y seis punto cincuenta metros, sobre el eje del pasaje, con rumbo norte ochenta grados cincuenta y siete minutos cincuenta y cinco segundos Este se llega a un punto en el cual se hace una deflexión positiva de noventa grados midiendo una distancia de dos punto cincuenta metros se llega al esquinero noroeste del lote que se describe, el cual mide y linda: AL NORTE recta de cinco punto cero cero metros rumbo norte ochenta grados cincuenta y siete minutos cincuenta y cinco segundos Este, linda con lote número seiscientos uno de este mismo Block, pasaje número diecinueve de cinco punto cero cero metros, de ancho de por medio; AL ORIENTE: recta de diez punto cero cero metros, rumbo Sur nueve grados cero dos minutos cero cinco segundos Este, linda con el lote número quinientos noventa y uno de este mismo Block; AL SUR: recta de cinco punto cero cero metros rumbo sur ochenta grados cincuenta y siete minutos cincuenta y cinco segundos Oeste, linda con el lote número quinientos treinta y tres de este mismo Block AL PONIENTE: recta de diez punto cero cero metros, rumbo norte nueve grados cero dos minutos cero cinco segundos Oeste, linda con el lote número quinientos ochenta y nueve, del mismo Block, los lotes que se mencionan en las colindancias son o han sido propiedad de CERAMICA INDUSTRIAL CENTROAMERICANA, S.A. DE C.V. El inmueble anteriormente descrito está inscrito a favor de la demandada bajo el numero CERO CERO TRES de la Matrícula M CERO UN MILLON SETENTA Y UN MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro. Se admitirán posturas que se hagan siendo legales. LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: San Salvador, a las quince horas del día nueve de noviembre de dos mil cinco. Lic. INES TAURA DE CUCHILLA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. INTA. Lic. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE ALAS, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO EN GENERAL. HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil marcado con el número 120-E-90 promovido inicialmente por el Doctor PORFIRIO DIAZ FUENTES y continuado por el Licenciado MANUEL ENRIQUE UCEDA NERIO ambos como Apoderados del BANCO HIPOTECARIO DE EL SALVADOR, S.A., contra la señora ALICIA IRAHETA VIUDA DE PEREZ, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal en fecha que más adelante se señalará, el derecho proindiviso que corresponde a la señora antes mencionada, de los Bienes Inmuebles que a continuación se describen y localizan así: A) UN LOTE DE TERRENO RUSTICO Y CONSTRUCCIONES QUE CONTIENE MARCADO CON EL NUMERO DOSCIENTOS CATORCE DE LA ZONA C, POLIGONO GENERAL, SITUADO EN LOTIFICACION DE LA HACIENDA METALIO, JURISDICCION DE ACAJUTLA, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, que tiene una extensión superficial de once áreas, equi-

89 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de valentes a mil quinientas setenta y cuatro varas cuadradas y comienza su descripción por el vértice noroeste, mide y linda: AL NORTE: Veinticinco metros, zona verde con calle de doce metros de ancho de por medio; AL ORIENTE: Cuarenta y cuatro metros, con LOTE NUMERO DOSCIENTOS QUINCE ZONA C ; AL SUR: Veinticinco METROS, con LOTE NUMERO CIENTO CINCUENTA Y OCHO, ZONA C ; y AL PONIENTE: Cuarenta y cuatro metros, con LOTE DOSCIENTOS TRECE, zona C. Todos los lotes colindantes pertenecen al mismo Polígono General y el lote descrito tiene mojones de concreto en sus cuatro vértices. El inmueble anteriormente descrito se encuentra inscrito a favor de la señora ALICIA IRAHETA DE PEREZ, AL NUMERO SETENTA Y CINCO DEL LIBRO TRESCIENTOS DIECIOCHO DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD RAIZ DEL DEPARTAMENTO DE SONSONATE. B) UN TERRENO RUSTICO DENOMINADO FINCA MONSERRAT, SITUADO EN EL LUGAR CONOCIDO COMO CE- RRO DE PETACAS, CANTON PETACAS, JURISDICCION DE SAN JULIAN, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de una extensión superficial de setenta hectáreas, cuarenta y cuatro áreas cincuenta y seis centiáreas, el que se describe así: Comenzando esta descripción por el lindero Norte, a ochocientos sesenta y ocho metros al norte ochenta y un grados Oeste del cruce del camino que de la FINCA MONSERRAT CONDUCE A ARMENIA, con el tramo número quince el lindero Norte de la misma finca, se encuentra el esquinero Noroeste que es mojón esquinero de la HACIENDA EL SAUCE al Oeste y FINCA MONSERRAT al Este, la cual se describe: de este esquinero se inicia la relación del lindero Norte, que es una línea quebrada compuesta de dieciséis tramos; PRIMERO: Distancia de cuarenta metros treinta y un centímetros y un rumbo norte ochenta y dos grados cincuenta y dos minutos Este; SEGUNDO TRAMO: con una distancia de sesenta y seis metros veintisiete centímetros y un rumbo sur ochenta y cuatro grados cuarenta y ocho minutos Este; TERCER TRAMO: Con una distancia de ciento cuarenta metros veinticuatro centímetros y rumbo norte setenta y cuatro grados, diecisiete minutos Este; CUARTO TRAMO: Con una distancia de setenta y un metros diecinueve centímetros y rumbo Sur setenta y nueve grados veintinueve minutos Este; QUINTO TRAMO: Con una distancia de ciento nueve metros once centímetros y rumbo Sur ochenta y siete grados veintidós minutos Este: SEXTO TRAMO: Con una distancia de sesenta y cuatro metros cuarenta y nueve centímetros y rumbo Norte ochenta y dos grados cincuenta y dos minutos Este; SEPTIMO TRAMO: Con una distancia de noventa y seis metros cuatro centímetros y rumbo norte setenta y cinco grados treinta y dos minutos Este; OCTAVO TRAMO: Distancia de noventa y tres metros diecinueve centímetros y rumbo sur ochenta y seis grados dieciocho minutos este; NOVENO TRAMO: Distancia de ochenta y cuatro metros sesenta y dos centímetros y rumbo norte treinta y cinco grados veintitrés minutos Este; DECIMO TRAMO: Distancia de cincuenta y seis metros catorce centímetros y rumbo norte ochenta y cinco grados cincuenta y cinco minutos Este; DECIMO PRIMER TRAMO: Distancia de sesenta y siete metros ochenta centímetros y rumbo sur treinta y siete grados doce minutos Este; DECIMO SEGUNDO TRAMO: Distancia de treinta y cuatro metros cinco centímetros y rumbo Sur tres grados veintidós minutos Este; DECIMO TERCER TRAMO: Con una distancia de sesenta y dos metros noventa y seis centímetros y rumbo sur diez grados cuatro minutos Oeste; DECIMO CUARTO TRAMO: Distancia de noventa y seis metros sesenta y seis centímetros, y rumbo sur veintinueve grados tres minutos oeste; DECIMO QUINTO TRAMO: Distancia de doscientos veinticinco metros veintiún centímetros y rumbo sur cincuenta y seis grados treinta y seis minutos Este; DECIMO SEXTO TRAMO: Con una distancia de setenta y cinco metros diecisiete centímetros y rumbo sur sesenta y un grados veintitrés minutos Este. Aquí termina el lindero norte que linda a lo largo del PRIMERO AL DECIMO TRAMO quebrada EL PEROL de por medio con terrenos de propiedad de IRMA SALAVERRIA AGUILAR y JOSEFINA BARRIENTOS DE GARCIA, GONZALEZ, y del UNDECIMO AL DECIMO SEXTO TRAMOS, cerca de alambre de por medio, con terrenos de la misma señora BARRIENTOS DE GARCIA GONZALEZ. Relación del lindero ESTE, que es una línea quebrada compuesta de seis tramos: PRIMERO: Ciento sesenta y dos metros once centímetros rumbo sur treinta y ocho grados cincuenta y nueve minutos Oeste; SEGUNDO: Con una distancia de setenta y nueve metros sesenta y nueve centímetros rumbo Sur setenta y dos grados veintiocho minutos Oeste; TERCERO: Distancia de ciento setenta y cuatro metros cuatro centímetros y rumbo sur un grados diecinueve minutos Oeste; CUARTO: Distancia de ciento veintiséis metros un centímetro y rumbo Sur ochenta y dos grados cuarenta y dos minutos Este; QUINTO: Distancia de sesenta y tres metros doce centímetros rumbo sur cuarenta y nueve grados treinta minutos Este; SEXTO: Con una distancia de doscientos veintitrés metros setenta y ocho centímetros, rumbo sur veinte grados cincuenta y siete minutos Oeste, aquí termina el lindero este, lindando con cerca de alambre de por medio en el espacio correspondiente a los tramos PRIMERO, SE- GUNDO, CUARTO, QUINTO, Y SEXTO y con quebrada NANA LOCHA de por medio en el TRAMO TERCERO, con terrenos propiedad de JOSEFINA BARRIENTOS DE GARCIA GONZALEZ. Relación del lindero SUR, que es una línea quebrada compuesta de diecisiete tramos: PRIMERO: Distancia de ciento setenta y nueve metros rumbo sur ochenta y nueve grados cuarenta y un minutos Oeste; SEGUNDO: Distancia de sesenta y cuatro metros tres centímetros rumbo sur cincuenta y un grados veinte minutos Oeste; TERCERO: Distancia de setenta y un metros dos centímetros rumbo sur treinta y dos grados veintiún minutos Oeste; CUARTO: Distancia de ochenta y tres metros cincuenta y dos centímetros y rumbo norte sesenta y cinco grados dos minutos Oeste; QUINTO: Distancia de cincuenta y seis metros setenta y un centímetros rumbo Sur cincuenta y cuatro grados veintiún minutos Oeste; SEXTO: Distancia de cuarenta y tres metros diecisiete centímetros y rumbo norte setenta y seis grados treinta y seis minutos Oeste; SEPTIMO: Distancia de treinta y cinco metros treinta y ocho centímetros rumbo sur cuarenta y siete grados diecisiete minutos Oeste; OCTA- VO: Distancia de treinta y siete metros cincuenta y siete centímetros rumbo sur veinticinco grados doce minutos Oeste; NOVENO: Distancia de treinta y ocho metros ochenta y nueve centímetros rumbo sur diecisiete grados cincuenta y ocho minutos Este; DECIMO: Distancia de setenta y cuatro metros treinta y tres centímetros rumbo sur cuarenta y dos grados dieciséis minutos Oeste; DECIMO PRIMERO: Distancia de veintiséis metros noventa centímetros y rumbo sur cuarenta y un grados cincuenta y nueve minutos Oeste; DECIMO SEGUNDO: Distancia de treinta y cuatro metros diecisiete centímetros y rumbo sur sesenta y nueve grados veintisiete minutos Oeste; DECIMO TERCERO: Distancia de treinta y nueve metros veintiún centímetros rumbo sur setenta grados treinta y ocho minutos Oeste; DECIMO CUARTO: Distancia de veintinueve metros sesenta y tres centímetros, rumbo sur cuarenta y dos grados dieciséis minutos Oeste; DECIMO QUINTO: Distancia de setenta y cuatro metros cincuenta y cuatro centímetros y rumbo sur ochenta y tres grados cuatro minutos Oeste; DECIMO SEXTO TRAMO: Distancia de ciento treinta y cinco centímetros rumbo norte cuarenta y cinco grados dieciocho minutos Oeste; DECIMO SEPTIMO TRAMO: Distancia de ciento cincuenta y cuatro metros dos centímetros rumbo norte veintitrés grados cuarenta y cuatro minutos Oeste, aquí termina el lindero sur, con cerco de alambre de por medio, en el espacio correspondiente a los tramos PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO, CUARTO QUINTO, SEXTO Y DECIMO QUINTO; y con quebrada NANA LO- CHA de por medio en los tramos SEPTIMO, OCTAVO, NOVENO, DECIMO, DECIMO PRIMERO, DECIMO SEGUNDO, DECIMO TERCERO Y DECIMO CUARTO, con los terrenos propiedad de JUAN ANTONIO BONILLA y en los tramos DECIMO SEXTO Y DECIMO SEPTIMO, con cerco de alambre de por medio, con terrenos de la HACIENDA EL SAUCE, propiedad de ESTHER DEL CARMEN BARRIENTOS, relación del lindero Oeste, que es una línea compuesta de diez tramos, que linda a todo lo largo con cerco de alambre de por medio con el PRIMER TRAMO con terrenos propiedad de ANDRES MEJIA PINEDA y con las nueve restantes con la HACIENDA EL SAUCE, propiedad de ESTHER DEL CARMEN BARRIENTOS. PRIMERO: Distancia de ciento ochenta y cuatro metros dos centímetros rumbo norte veintitrés grados veintidós minutos Este. SEGUNDO: Distancia de setenta y ocho metros ochenta y siete centímetros rumbo norte cincuenta grados cuarenta minutos Este. TERCERO: Distancia de ciento setenta y nueve metros cuarenta y nueve centímetros rumbo

90 90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 norte treinta y cinco grados un minuto Este. CUARTO: Distancia de treinta y seis metros treinta y cuatro centímetros rumbo norte siete grados cincuenta y cuatro minutos Oeste. QUINTO: Distancia de cuarenta y cuatro metros sesenta y cinco centímetros rumbo norte treinta y cuatro grados tres minutos Oeste. SEXTO: Distancia de doscientos veintisiete metros treinta centímetros rumbo norte veintidós grados treinta minutos Este. SEPTIMO: Distancia de sesenta metros rumbo norte treinta y seis grados cincuenta y dos minutos Este. OCTAVO: Distancia de doscientos veintidós metros setenta centímetros, rumbo norte treinta y ocho grados treinta y siete minutos Oeste. NOVENO: Distancia de doscientos veintiocho metros sesenta y seis centímetros rumbo sur sesenta y cinco grados veintisiete minutos Oeste; y DECIMO: Que es el último, distancia de ciento setenta y ocho metros cuarenta y ocho centímetros, rumbo norte veinte grados cuarenta minutos Oeste, llegando a la esquina Noroeste punto de origen de la descripción del terreno. El inmueble así descrito tiene una extensión superficial que ya se mencionó, equivalente a cien manzanas siete mil novecientas cincuenta y cinco varas cuadradas. El inmueble anteriormente descrito se encuentra inscrito a favor de MAURICIO ROBERTO PEREZ Y ALICIA IRAHETA DE PEREZ, AL NUMERO SEIS Y RECTIFICADA DICHA INSCRIPCION AL NUMERO SIETE DEL LIBRO CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD RAIZ DEL DEPARTAMENTO DE SONSONATE. C) UN SOLAR URBANO Y CONSTRUCCIONES QUE CONTIENE, SITUADO EN CALLE GABRIELA MISTRAL NUMERO TRESCIENTOS TREINTA Y DOS, URBANIZACION BUENOS AIRES, NUMERO UNO, EN ESTA CIUDAD Y DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, QUE SE DES- CRIBE ASI: LOTE NUMERO CINCO DEL POLIGONO A que se localiza así: Partiendo de la intersección de la CALLE GABRIELA MISTRAL Y AVENIDA DEL PRADO, en dirección al poniente, sobre la CALLE GABRIELA MISTRAL, se miden setenta y dos metros cincuenta centímetros, a continuación se hace una deflexión derecha de noventa grados y distancia de ocho metros cincuenta centímetros, se llega al vértice Sur-Este del lote que se describe, el que tiene las siguientes medidas y linderos: AL SUR: Línea curva de once metros, lindando con terrenos de la Sucesión NICOLAS, hoy de doña VIRGINIA CISNEROS VIUDA DE NICOLAS, antigua CALLE A SAN ANTONIO ABAD, HOY CALLE GABRIELA MISTRAL de diecisiete metros de ancho de por medio. AL PONIENTE: Línea recta de veintinueve metros, linda con el LOTE NUMERO SEIS DEL POLIGONO A DE LA URBANIZACION BUENOS AIRES, NUMERO UNO PROPIEDAD DE ENRIQUE ESCOBAR BUSTAMANTE Y DAVID OSWALDO SALGADO, de donde se desmembró el que se describe: AL NORTE: Línea recta de nueve metros, lindando con LOTE NUMERO VEINTISEIS DEL MISMO POLIGONO A DE LA URBANIZACION BUENOS AIRES NUMERO UNO, propiedad de MARIA TEREZA ZELAYA, antes de JIMENEZ, y AL ORIENTE: Línea recta de veintinueve metros linda con LOTE NUMERO CUATRO DEL MISMO POLIGONO A DE LA URBANIZACION BUENOS AIRES NUMERO UNO, PRO- PIEDAD DE ENRIQUE ESCOBAR BUSTAMANTE Y DAVID OSWALDO SALGADO. El terreno descrito tiene una forma trapezoidal, con una superficie de doscientos noventa metros cuadrados, equivalentes a cuatrocientas catorce varas cuadradas noventa y tres centésimas de vara cuadrada. El inmueble anteriormente descrito se encuentra inscrito a favor de MAURICIO ROBERTO PEREZ y ALICIA IRAHETA DE PEREZ, al NUMERO NUEVE DEL LIBRO SETECIENTOS TREIN- TA DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD RAIZ DE ESTE DEPAR- TAMENTO DE SAN SALVADOR. SE ADMITIRAN POSTURAS SIENDO LEGALES. LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL: San Salvador, a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del día catorce de julio del año dos mil cuatro. Lic. ANA MARIA CORDON ESCO- BAR, JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL. Lic. ANA CECILIA FIGUEROA DE BARAHONA, SECRETARIA. CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO, HACE SABER: Que en las Diligencias de Partición Judicial, promovido por la Abogada DAYSI NOEMI BONILLA PARADA, en su calidad de Apoderada General Judicial de la señora RAQUEL CE- CILIA MORAN GIRON, contra el señor JULIO ALBERTO FUENTES QUIJADA, se venderá en este Tribunal, el bien inmueble marcado como número cuarenta y tres polígono número treinta y ocho de la Urbanización Bosques de La Paz, situado en jurisdicción de Ilopango, ubicado al Norte de la carretera Panamericana y del Boulevard del Ejército Nacional que conduce al Oriente del país y al Oriente de la ciudad de Soyapango, de este Departamento en donde se ha desarrollado la Urbanización Bosques de La Paz, que tiene las medidas siguientes, AL NORTE y SUR: Una distancia de seis punto cero cero metros; y AL ORIENTE y PONIENTE: Una distancia de veintidós punto cero cero metros. Dicho Inmueble posee una extensión de CIENTO TREINTA Y DOS PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS, inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, bajo el asiento número cero cero cero tres de la Matrícula Número M cero uno cero ocho siete ocho siete seis. Todas las colindancias del lote descrito pertenecen a la misma Urbanización Bosques de La Paz. Se admitirán licitaciones de conformidad al Art Primera Regla del Código Civil. Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley. Librado en el Juzgado de lo Civil, a los quince días del mes de agosto de dos mil cinco.- Lic. CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL.- Br. VLADIMIR ALEXANDER PARRILLA PEREZ, SECRETARIO INTERINO. REPOSICION DE CERTIFICADO AVISO 3 v. alt. No. R EL BANCO AGRICOLA, S.A. AVISA: Que en su Agencia Clínicas Médicas, de esta ciudad, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No amparado con el registro No del Depósito a plazo fijo, constituido el a 360 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 02 de diciembre del BANCO AGRICOLA, S.A. CARMEN FERNANDEZ, CONTROL DE CALIDAD GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS. 3 v. alt. No. F v. alt. No. F

91 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de AVISO AVISO EL BANCO AGRICOLA, S.A. EL BANCO AGRICOLA, S.A. AVISA: Que en su Agencia Santa Ana, de la ciudad de Santa Ana, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No , amparado con el registro No del Depósito a plazo fijo, constituido el a 120 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 2 de diciembre de BANCO AGRICOLA, S.A. CARMEN FERNANDEZ, CONTROL DE CALIDAD GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS. EL BANCO AGRICOLA, S.A. AVISO 3 v. alt. No. F AVISA: Que en su Agencia Colón, de la ciudad de Santa Ana, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No , amparado con el registro No del Depósito a plazo fijo, constituido el a 90 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. AVISA: Que en su Agencia La Unión, de la ciudad de La Unión, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No , amparado con el registro No del Depósito a plazo fijo, constituido el a 90 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 02 de diciembre del BANCO AGRICOLA, S.A. CARMEN FERNANDEZ, CONTROL DE CALIDAD GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS. EL BANCO AGRICOLA, S.A. AVISO 3 v. alt. No. F AVISA: Que en su Agencia La Unión, de la ciudad de La Unión, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No , amparado con el registro No del Depósito a plazo fijo, constituido el a 180 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 02 de diciembre del San Salvador, 02 de diciembre del BANCO AGRICOLA, S.A. BANCO AGRICOLA, S.A. CARMEN FERNANDEZ, CONTROL DE CALIDAD GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS. CARMEN FERNANDEZ, CONTROL DE CALIDAD GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS. 3 v. alt. No. F v. alt. No. F

92 92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 AVISO AVISO EL BANCO AGRICOLA, S. A. EL BANCO AGRICOLA, S. A. AVISA: Que en su Agencia Santa Ana, de la ciudad de Santa Ana, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No , amparado con el registro No del Depósito a plazo fijo, constituido el a 180 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 25 de noviembre de 2005 BANCO AGRICOLA, S.A. CARMEN FERNANDEZ, CONTROL DE CALIDAD GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS. EL BANCO AGRICOLA, S. A. AVISO 3 v. alt. No. F AVISA: Que en su Agencia San Miguel, de la ciudad de San Miguel, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No amparado con el registro No constituido el a 90 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. AVISA: Que en su Agencia Santa Ana, de la ciudad de Santa Ana, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No , amparado con el registro No del Depósito a plazo fijo, constituido el a 180 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 2 de diciembre de BANCO AGRICOLA, S.A. CARMEN FERNANDEZ, CONTROL DE CALIDAD GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS. EL BANCO AGRICOLA, S. A. AVISO 3 v. alt. No. F AVISA: Que en su Agencia Santa Ana, de la ciudad de Santa Ana, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No , amparado con el registro No del Depósito a plazo fijo, constituido el a 90 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 02 de diciembre del San Salvador, 2 de diciembre de BANCO AGRICOLA, S.A. BANCO AGRICOLA, S.A. CARMEN FERNANDEZ, CONTROL DE CALIDAD GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS. CARMEN FERNANDEZ, CONTROL DE CALIDAD GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS. 3 v. alt. No. F v. alt. No. F

93 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de AVISO AUMENTO DE CAPITAL EL BANCO AGRICOLA, S. A. AVISA: Que en su Agencia Cuscatlán, de esta ciudad, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No , amparado con el registro No del Depósito a plazo fijo, constituido el a 60 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 02 de diciembre BANCO AGRICOLA, S.A. CARMEN FERNANDEZ, CONTROL DE CALIDAD GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS. EL BANCO AGRICOLA, S. A. AVISO 3 v. alt. No. F AVISA: Que en su Agencia Soyapango, de la ciudad de Soyapango, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No , amparado con el registro No del Depósito a plazo fijo, constituido el a 180 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 02 de diciembre del BANCO AGRICOLA, S.A. CARMEN FERNANDEZ, CONTROL DE CALIDAD GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS. El Infrascrito Administrador Unico de la Junta Directiva de PROCESOS DEL PAN, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE CERTIFICA: Que en el Libro de Junta General de Accionistas en los folios numerados: cuarenta y nueve y cincuenta se encuentra asentada el Acta de Junta General Extraordinaria número veintiséis, celebrada en la ciudad de Quezaltepeque, a las once horas, del día veinticuatro de agosto del año dos mil cinco, estando reunidos los accionistas que constituyen el 100% del Capital Social, se acordó por unanimidad el punto que dice literalmente así: 1. EL AUMENTO DEL CAPITAL SOCIAL EN SU PARTE FIJA POR CAPITALIZACIÓN DE PASIVO Y CAPITALIZACIÓN DE UTILIDADES RETENIDAS; EL CAPITAL SOCIAL ASCIENDE A UN MILLÓN DE COLONES equivalentes a CIENTO CATORCE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCOS 71/100 DÓLARES ($114,285.71), aumentándose en 9,800 Acciones, con un valor nominal de cada una, o sea 980,000.00, equivalentes a $112,000.00, y nombrar como Ejecutor Especial al Licenciado JOSE RICARDO BERRIOS HERNANDEZ. Y para los efectos correspondientes se emite la presente certificación en la ciudad de Quezaltepeque, a los veinticuatro días del mes de agosto del año dos mil cinco. JOSE RICARDO BERRIOS HERNANDEZ, ADMINISTRADOR UNICO. DISOLUCION DE SOCIEDADES 3 v. alt. No. R Acuerdo de la sociedad PINCO PALLINO, S.A. DE C.V., en Liquidación. Para los efectos de los Artículos sesenta y cuatro, sesenta y cinco y ciento ochenta y siete y siguientes del Código de Comercio, se hace del conocimiento público que en Sesión de Junta General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad PINCO PALLINO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia PINCO PALLINO, S.A. DE C.V., celebrada en Carretera Planes de Renderos, Kilómetro nueve y medio, Panchimalco, departamento de San Salvador, a las catorce horas del día veintinueve de noviembre del año dos mil cinco, por unanimidad el cien por ciento de los accionistas acordó: que habiéndose publicado los avisos correspondientes a la disolución que señala la Ley e inscrito en el Registro de Comercio Departamento de Documentos Mercantiles, el acuerdo de Disolución es procedente otorgar la Escritura Pública de Disolución de la sociedad, para que surta los efectos legales correspondientes. Así también se acordó por unanimidad el cien por ciento de los accionistas que la Representante Legal de la sociedad comparezca en representación de la masa total de accionistas ante notario o cualquier institución Gubernamental a formalizar y a firmar la Escritura. La expresada Junta se instaló de conformidad con el artículo doscientos treinta y tres del Código de Comercio, por encontrarse presentes el cien por ciento de los accionistas que representan el capital social de la sociedad. Lo anterior se hace del conocimiento del público para los efectos legales consiguientes. San Salvador, treinta de noviembre del años dos mil cinco. BERTHA LILIAN CARRANZA DE CISNEROS, 3 v. alt. No. F v. alt. No. F

94 94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 BALANCE DE FUSION 3 v. alt. No. F

95 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de FUSION DE SOCIEDADES El infrascrito Secretario de la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad TECNICO MERCANTIL, sociedad anónima de capital variable; CERTIFICA: Que en el Libro de Actas de Junta General de la sociedad, se encuentra el ACTA NUMERO 154, de Junta General Extraordinaria, celebrada con la participación del cien por ciento de las acciones que integran el capital social, en la ciudad de San Salvador, departamento de San Salvador, a las nueve horas del día treinta de septiembre de dos mil cinco, en las oficinas de la sociedad ubicada en Carretera Troncal del Norte y 25 Calle Oriente número 4, San Salvador; la que en los puntos 3-4 y 5 contienen los siguientes acuerdos: PUNTO TRES. APROBACION DE FUSION POR ABSORCION DE LA SOCIEDAD TECNICO MERCANTIL S.A. DE CV. Y VASQUEZ S.A. DE CV. PUNTO CUATRO. NOMBRAMIENTO DEL EJECUTOR ESPECIAL DE FUSION POR ABSORCION TEMSAVASSA: ING. CARLOS ARTURO VASQUEZ ROMERO. PUNTO CINCO. NOMBRAMIENTO DEL AUDITOR FISCAL DE REALIZAR LA FUSION POR ABSORCION DE LA SOCIEDADES, TECNICO MERCANTIL S.A. DE CV. Y VASQUEZ S.A. DE CV. El Presidente de la Junta General Extraordinaria expuso a los accionistas el proyecto de fusionar la Compañía Vásquez S.A. DE C.V. Y quien absorbiera fuera la sociedad Técnico Mercantil S.A. DE C.V. Después de discutir las ventajas de la fusión, los accionistas acuerdan fusionarse con las sociedades Vásquez S.A. DE CV. Y Técnico Mercantil S.A. DE C.V.; Esta última en calidad de absorbente, absorberá todos los derechos y contraerá todas las obligaciones de la sociedad Vásquez S.A. DE CV., Los accionistas mantendrán el porcentaje de participación en la sociedad fusionada. Los accionistas acuerdan nombrar como ejecutor Especial del presente acuerdo al Ing. Carlos Arturo Vásquez Romero, para que comparezca ante notario al otorgamiento del respectivo instrumento público en que se reúnan en un solo instrumento, las modificaciones con los estatutos que quedaren vigentes. Así mismo la Junta General nombró como Auditores fiscales a la firma de auditores RECINOS, RECINOS Y CIA. En fe de lo cual firmo la presente certificación en San Salvador, al día treinta de septiembre del MARIA MORENA ROMERO DE VASQUEZ, SECRETARIA. TITULO DE PREDIO URBANO 3 v. alt. No. F EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL. HACE SABER: Que el Doctor ROBERTO LARA, mayor de edad, Abogado, de este domicilio, quien actúa en nombre y representación de don MISAEL AREVALO OLIVAR, de treinta y dos años de edad, empleado, de domicilio de Queens, Nueva York, Estados Unidos de América, con Pasaporte Salvadoreño número A ochocientos seis mil treinta y cinco, y Número de Identificación Tributaria cero novecientos seis - ciento treinta y un mil cero setenta y tres - ciento dos - tres, solicita título de un inmueble urbano, situado a la vera de la Tercera Avenida Sur, casa número treinta y nueve guión diez, del Barrio El Calvario de esta ciudad, de una extensión superficial de CIENTO VEINTE METROS CUADRADOS, que tiene las medidas, linderos y colindantes siguientes; AL NORTE: quince metros, pared de división, con inmueble de Paz Cubías; AL ORIENTE: ocho metros, pared de por medio con inmueble de Cecilia Corvera; AL SUR: quince metros, pared de división, con inmueble de Elsa Azucena Martínez: y AL PONIENTE: ocho metros, con inmueble de Jorge Alberto Alvarado, la Tercera Avenida Sur de división. Las paredes dichas son mixtas y propias del que se a descrito. En el terreno descrito se encuentra construida una casa paredes mixtas, piso de ladrillo de cemento, techo de plafón y en una parte tiene segunda planta. Dicho inmueble es dominante respecto al inmueble que linda al rumbo oriente, pero no es sirviente de ningún inmueble y no tiene cargas ni gravámenes de ninguna naturaleza, lo adquirió por escritura de compraventa y tradición, otorgada a su favor que hizo al señor JOSE TEODORO AREVALO OLIVAR, de cincuenta y cuatro años de edad, jornalero, de este domicilio, con residencia en Cantón Cuyantepeque de esta jurisdicción, quien es hermano del titulante y lo estima en SIETE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, todos los colindantes son de este domicilio. Se avisa al público para los efectos de Ley. Alcaldía Municipal de Sensuntepeque, a veintiuno de noviembre de dos mil cinco. Dr. RENE OSWALDO RODRIGUEZ VELASCO, ALCALDE MUNICIPAL. ROSALINA CUELLAR ECHEVERRIA, SECRETARIA MUNICIPAL. MARCAS DE SERVICIO 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 36. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de UNION COMERCIAL DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: UNICOMER DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, Consistente en: la palabra GARANTIA XL y diseño. La solicitud fue presentada el día diecinueve de septiembre del año dos mil cinco. San Salvador, veintiuno de septiembre del año dos mil cinco. JOSE RAUL ROSALES PEREZ, CARLOS ARTURO SOTO GARCIA, 3 v. alt. No. F

96 96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 39. La solicitud fue presentada el día treinta y uno de mayo del año dos mil cinco. San Salvador, veintitrés de septiembre del año dos mil cinco. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de LAN AIRLINES S.A., de nacionalidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, BLUE EXPRESS Consistente en: las palabras BLUE EXPRESS traducidas al castellano como EXPRESO AZUL. La solicitud fue presentada el día veintinueve de julio del año dos mil cinco. San Salvador, ocho de agosto del año dos mil cinco. JOSE RAUL ROSALES PEREZ, CARLOS ARTURO SOTO GARCIA, 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 37. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de CHEVRON CORPORATION, de nacionalidad ESTADO- UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, MELVY ELIZABETH CORTEZ DE ALAS, SECRETARIA. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO de CHEVRON CORPORATION, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, Consistente en: la palabra Chevron y diseño. La solicitud fue presentada el día treinta y uno de mayo del año dos mil cinco. San Salvador, veintitrés de septiembre del año dos mil cinco. JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO, JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO, Consistente en: la palabra Chevron y diseño. 3 v. alt. No. F

97 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 41. La solicitud fue presentada el día veintidós de abril del año dos mil cinco. San Salvador, quince de noviembre del año dos mil cinco. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO de INDUSTRIAS LA CONSTANCIA, SOCIEDAD ANONIMA DE CA- PITAL VARIABLE que se abrevia: INDUSTRIAS LA CONSTANCIA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, UNION DEPORTIVA NACIONAL 1906 Consistente en: la expresión UNION DEPORTIVA NACIONAL La solicitud fue presentada el día dieciséis de agosto del año dos mil cinco. San Salvador, veintitrés de agosto del año dos mil cinco. JOSE RAUL ROSALES PEREZ, NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA, SECRETARIA. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado WILFREDO ANTONIO SALINAS, en su calidad de APODERADO de ORION ENTERPRISE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO, SAYONARA AYALA DE GUERRERO, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE CAR- LOS SILVA, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de MAJESTIC INVERSIONES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: MAJESTIC INVERSIONES, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, Consistente en: las palabras Majestic Freight Forwarders Service y diseño, traducidas al castellano como servicio majestuoso de transportadores de carga, sobre estas palabras individualmente no se concede exclusividad. La solicitud fue presentada el día veinticinco de octubre del año dos mil cinco. San Salvador, dieciséis de noviembre del año dos mil cinco. JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO, SABER PARA TRIUNFAR SAYONARA AYALA DE GUERRERO, Consistente en: la expresión SABER PARA TRIUNFAR. 3 v. alt. No. F

98 98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 41. La solicitud fue presentada el día veintitrés de mayo del año dos mil cinco. San Salvador, diez de agosto del año dos mil cinco. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado FRAN- CISCO JOSE BARRIENTOS, en su calidad de APODERADO de DISTRIBUIDORA JAGUAR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, AVENTURA TROPICAL Consistente en: las palabras AVENTURA TROPICAL. La solicitud fue presentada el día veintiuno de octubre del año dos mil cinco. San Salvador, veinticuatro de octubre del año dos mil cinco. LUIS ALONSO CACERES AMAYA, CARLOS ARTURO SOTO GARCIA, 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 35. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ANA CON- CEPCION IRIAS LOZANO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de Z GRAPHICS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: Z GRAPHICS, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVA- DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ, SECRETARIA. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. R HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE CARLOS AGUILAR CHAVEZ, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de PUBLI-3D, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: PUBLI-3D, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, Consistente en: la palabra PUBLI 3D y diseño. La solicitud fue presentada el día treinta y uno de agosto del año dos mil cinco. San Salvador, catorce de noviembre del año dos mil cinco. JOSE RAUL ROSALES PEREZ, NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA, SECRETARIA. Consistente en: la expresión Z Graphics y diseño, traducida al castellano como Z Gráficos. 3 v. alt. No. R

99 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de No. de Expediente: San Salvador, 30 de noviembre de No. de Presentación: CLASE. 39. ALBA ARMIDA DE ANDREU, RESPONSABLE DE SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado PIERO ANTONIO RUSCONI GUTIERREZ, en su calidad de APODE- RADO de SCHENKER, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVI- CIOS, Consistente en: las palabras SCHENKER Logistics y diseño, la palabra Logistics se traduce al castellano como logística. La solicitud fue presentada el día cuatro de octubre del año dos mil cinco. San Salvador, veinte de octubre del año dos mil cinco. LUIS ALONSO CACERES AMAYA, CARLOS ARTURO SOTO GARCIA, REPOSICION DE POLIZA DE SEGURO 3 v. alt. No. R TRASPASO DE NOMBRE COMERCIAL No. de Expediente: No. de Presentación: v. alt. No. R EL (LA) INFRASCRITO(A) REGISTRADOR(A) DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL: HACE SABER: Que COMPAÑIA COMERCIAL CURACAO DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA- BLE que se abrevia COMPAÑIA COMERCIAL CURACAO DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V., del domicilio de Final Calle La Mascota, Urbanización Maquilishuat, Apto. # 491, San Salvador, propietaria(o)(s) del NOMBRE COMERCIAL, consistente en las palabras VENTA PRIVADA en letras mayúsculas, cuyo País de Origen es EL SALVA- DOR, inscrito al número del Libro de INSCRIPCION DE NOMBRES COMERCIALES, sociedad que vendió, cedió y transfirió el nombre comercial antes descrito a UNION COMERCIAL DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE., del domicilio de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA. TRASPASO que se encuentra inscrito al número del Libro de RESOLUCIONES DEFINITIVAS. ley. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de San Salvador, a los diez días del mes de septiembre del año dos mil cinco. AVISO La Centro Americana, S.A., hace del conocimiento del público en general, que se ha presentado JUAN ERNESTO RODRIGUEZ ROMERO del domicilio de SAN SALVADOR, solicitando reposición de su póliza de seguro de vida 2777 emitida el 23/02/2001. Si dentro de 30 días contados a partir de la última publicación de este aviso no se presentare oposición se procederá a reponer la mencionada póliza. Lic. MARIA DAFNE RUIZ, JOSE ANGEL RIVERA CAMPOS, 1 v. No. F027881

100 100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 DE SEGUNDA PUBLICACIÓN ACEPTACION DE HERENCIA MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, Al PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ SEGUN- DO DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y cinco minutos del día dieciocho de marzo del dos mil tres, se ha tenido por aceptada expresamente con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó la señora TERESA BERRIOS, quien falleció a las veinte horas del día trece de febrero de mil novecientos ochenta y ocho, en el Cantón El Progreso de esta jurisdicción, distrito y departamento de San Miguel, siendo este lugar su último domicilio, a la señora MARIA ISABEL BERRIOS o ISABEL BERRIOS DELGADO, en calidad de hija de la causante y se le ha conferido a la aceptante en el carácter antes indicado la administración y representación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.- Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley. Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las ocho horas doce minutos del día veintidós de Julio del dos mil cinco. Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- Lic. ANA LEYDIN BENITEZ DIAZ, SECRETARIA INTERINA. 3 v. alt. No. F BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA, PRIMERO DE PRIME- RA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTO DE MORAZAN, HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Juzgado a las quince horas y veinte minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte del señor MIGUEL ANGEL ALVARENGA ALVARENGA o MIGUEL ANGEL ALVARENGA, la herencia que en forma intestada dejó el señor JOSE JUAN ALVARENGA, o JUAN ALVARENGA; quien fue de ochenta y cuatro años de edad, casado, Agricultor, originario de Jocoro, Departamento de Morazán, hijo de David Alvarenga y Apolinar Montiel, quien falleció a las catorce horas y cuarenta minutos, del día cuatro de marzo del año dos mil uno, en el Barrio San Sebastián de Jocoro, departamento de Morazán; siendo la ciudad de Jocoro, Departamento de Morazán su último domicilio, en concepto de hijo del referido causante.- Se ha Conferido a la referida aceptante en la calidad expresada la administración y representación INTERINA de dicha sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.- Y cita a las personas que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto. Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las quince horas y cuarenta minutos del día doce de octubre de dos mil cinco.- Lic. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA 1º DE 1ª INSTANCIA.- Br. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA. HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las doce horas y cinco minutos de este mismo día; se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada de los bienes que a su defunción dejó la causante BLANCA DEL ROSARIO ZAMORA RODRIGUEZ conocida por BLANCA DEL ROSARIO ZAMORA DE ALFARO, ocurrida el día diecisiete de enero del año dos mil cinco; en el Hospital Nacional Rosales, San Salvador, siendo su último domicilio la ciudad de Cojutepeque, de parte del señor JOSÉ GUILLERMO ALFARO PORTILLO conocido por JOSÉ GUILERMO ALFARO, éste en calidad de cónyuge sobreviviente y como representante legal de su menor hija SUSANA GISSEL ALFARO ZAMORA, ésta en su calidad de hija de la referida causante.- Habiéndosele conferido al aceptante, la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.- Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que en el término legal se presenten a este Tribunal, a hacer uso de sus derechos. Librado en el Juzgado de lo Civil; Cojutepeque, a las catorce horas y veinte minutos del día once de octubre del año dos mil cinco.- Lic. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. JOSE ORLANDO BELTRAN MEJIA, 3 v. alt. No. F CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO. HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal a las nueve horas del día cuatro de octubre de dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la sucesión testamentaria que a su defunción dejó la causante señora MARIA DEL CARMEN RENDEROS VIUDA DE PONCE, conocida por MARIA DEL CARMEN RENDEROS, CARMEN RENDEROS DE PONCE, y por CARMEN RENDEROS, quien fue de noventa y ocho años de edad, de oficios domésticos, viuda, de nacionalidad salvadoreña, originaria de Santa Tecla Departamento de La Libertad, hija de Julia Renderos, quien falleció el día diecinueve de marzo de dos mil cinco, siendo Soyapango su último domicilio, de parte del señor RODOLFO AQUINO, de sesenta y nueve años de edad, motorista de este domicilio, en su calidad de heredero universal testamentario. Confiriéndose a la aceptante la administración y representación INTERINA de la sucesión testamentaria, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, de conformidad con el Art Inc. 1º C.C.- Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las quince horas del día cuatro de octubre de dos mil cinco.- Lic. CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MARIA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F v. alt. No. F

101 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO. HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal a las nueve horas del día veinticuatro de octubre de dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la sucesión abintestato, que a su defunción dejó el causante señor ROSALIO RUIZ, conocido por ROSALIO RUIZ HERNANDEZ, y por ROGELIO RUIZ HERNANDEZ, quien fue de cuarenta y siete años de edad, agricultor, casado, de nacionalidad salvadoreña, originario de San Martín, hijo de María Hernández y Pedro Ruiz, quien falleció el día cuatro de julio de mil novecientos noventa, siendo San Martín su último domicilio, de parte de la señora MARIA ISABETH RUIZ DE PREZA, de treinta y seis años de edad, de oficios domésticos, del domicilio de San Martín, en su calidad de hija del causante y como cesionaria de los derechos hereditarios que les correspondían como hija y cónyuge sobreviviente del causante, respectivamente, a las señoras MARIA NOEMY RUIZ RIVERA, y PETRONA RIVERA VIUDA DE RUIZ. Confiriéndose a la aceptante la administración y representación INTERINA de la sucesión abintestato, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, de conformidad con el Art Inc. 1º C.C.- Cítese a los que se crean con derecho a la sucesión abintestato, para que dentro de los quince días subsiguientes al de la publicación del edicto respectivo, se presenten a este Tribunal a deducir sus derechos.- Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las quince horas del día veinticuatro de octubre de dos mil cinco.- Lic. CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MARIA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.- 3 v. alt. No. F JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE ESTE MUNICIPIO. HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por resolución de este Juzgado de las nueve horas del día ocho de septiembre del dos mil cinco. SE HA TENIDO POR ACEPTADA expresamente y con beneficio de inventario de parte del señor MARCO ANTONIO GARAY, la herencia intestada que a su defunción dejó la causante señora GLORIA ESTELA MENDEZ, conocida por GLORIA ESTELA MENDEZ VASQUEZ y POR GLORIA ESTELA GARAY ASCENCIO, quien falleció en esta Ciudad el día veintiuno de marzo de dos mil dos, siendo esta ciudad lugar de su último domicilio, aceptación que hace la persona antes mencionada en su calidad de hijo del de cujus y como cesionario de los derechos que le correspondían a los señores JULIA ELENA VASQUEZ ASCENCIO DE GARAY y ANTONIO MENDEZ GARAY en su calidad de padres de la referida causante. Y SE LE HA CONFERIDO AL ACEPTANTE la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. Por lo anterior se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Tribunal a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación del presente edicto. LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN SALVADOR, a las doce horas del día veinte de septiembre del dos mil cinco.- Lic. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- Lic. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE ALAS, SECRETARIA. LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. HACE SABER: Que por resolución dictada en este Tribunal a las once horas del día diecisiete de noviembre de dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada dejada a su defunción por el señor SANTOS LEONILO PARADA conocido por SANTOS LEONIDAS PARADA, SANTOS LEONIDA PARADA y por SANTOS LEONILO PARADA PADILLA, quien fue de cincuenta y un años de edad, motorista, fallecido el día seis de marzo de mil novecientos noventa y ocho, en Hospital Nacional de Santiago de María, siendo Quezaltepeque su último domicilio, de parte del señor ELMER ALEXANDER PARADA conocido por ELMER ALEXANDER PARADA BAÑOS, como cesionario de los derechos hereditarios que les correspondían a los señores GENARO FRANKLIN PARADA conocido por FRANKLIN GEOVANY PARADA BAÑOS, SANTOS RAUL PARADA BAÑOS Y CESAR EDGARDO PARADA conocido por CESAR EDGARDO PARADA BAÑOS, en el concepto de hijos del causante, a quien se le ha conferido la administración y representación interina de la sucesión en la forma ordenada a fs. 31, y como cesionario de los derechos antes mencionados juntamente con los menores DIEGO LEONILO, GERSON DANIEL y BRIYAM SOTERO, de apellidos PARADA CHAVEZ, quienes fueron declarados herederos de forma interina del causante relacionado. Lo que se hace saber al público en general para los efectos de Ley. Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las catorce horas y diez minutos del día diecisiete de noviembre de dos mil cinco.- Enmendado: CESAR EDGARDO-Vale.- Licda. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. JOSE ELEAZAR CARDONA GUEVARA, - 3 v. alt. No. F EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE LA CIUDAD DE SAN SALVADOR, AL PUBLICO EN GENERAL PARA LOS EFECTOS DE LEY, HACE SABER: Que por resolución dictada por este Tribunal a las nueve horas y dieciséis minutos del día veinticuatro de noviembre del año dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de la Herencia Intestada, que a su defunción ocurrida en esta ciudad, su último domicilio, a la primera hora con quince minutos del día primero de noviembre de mil novecientos noventa y cinco, dejó la señora ROSA CANDIDA FERNANDEZ DE LEIVA, conocida por ROSA CANDIDA FERNANDEZ, de parte de la señora GLENDA CECILIA LEIVA FERNANDEZ, en su concepto de hija de la causante. Confiérese al aceptante la Administración y Representación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las nueve horas con treinta minutos del día veintiocho de noviembre del año dos mil cinco. MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- Licda. CONCEPCION PALMA CRUZ, SECRETARIA.- 3 v. alt. No. F v. alt. No. F

102 102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 LICENCIADO SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, Juez Tercero de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley, HACE SAER: Que por resolución proveída por este Juzgado este mismo día, se ha tenido por aceptada expresamente, y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida el día uno de diciembre del año de mil novecientos noventa y seis, en la ciudad de Coatepeque, lugar de su último domicilio, dejó JUANA HERNANDEZ DE PEREZ, de parte de GLORIA LUZ VILLALTA PEREZ, como cesionaria de los derechos hereditarios que como cónyuge e hijos de la causante correspondía respectivamente a DECIDERIO PEREZ conocido por DESIDERIO PEREZ, ELBA DEL CARMEN PEREZ DE VILLALTA y a ALFREDO ANTONIO PEREZ HERNANDEZ, confiriéndosele a la referida aceptante INTERINAMENTE la administración y representación de la mortual expresada. Librada en el Juzgado Tercero de lo Civil: Santa Ana, a las quince horas treinta minutos del día veinte de septiembre del año dos mil cinco. Lic. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- Licda. MARISOL DEL CARMEN LEMUS DE GARCIA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, AVISA: Que este día ha tenido por aceptada expresamente con beneficio de inventario, la herencia intestada que dejó la señora MA- RIA ADELINA CALDERON o MARIA ADELINA CALDERON DE BARAHONA o MARIA ADELINA CALDERON VIUDA DE BARAHONA, que falleció el día veintidós de junio de mil novecientos noventa y siete, en el barrio San Sebastián de esta ciudad, su último domicilio, por parte de la señora PATRICIA DEL CARMEN GAMEZ DE GUZMAN, en concepto de cesionaria de los derechos hereditarios que en tal sucesión le correspondían a JOSE FELIPE BARAHONA CAL- DERON, JOSE MOISES BARAHONA CALDERON o JOSE MOISES BARAHONA y MARIA ANTONIA BARAHONA CALDERON DE RIVAS o MARIA ANTIONIA BARAHONA, hijos de la finada; y se ha nombrado a la aceptante, interinamente, administradora y representante de la sucesión. Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para que el término de quince días contados a partir del siguiente de la tercera publicación de este aviso, se presenten a deducirlo.- Juzgado de lo Civil: Zacatecoluca, a los diez días del mes de noviembre de dos mil cinco.- Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, 3 v. alt. No. F señor RAFAEL ANTONIO VASQUEZ OCHOA, en su calidad de hijo del expresado causante. Se ha conferido al aceptante la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Cítense a los que se crean con derecho a la herencia en mención, para que transcurrido el término de quince días contados a partir de la tercera publicación de este edicto, concurran a este tribunal a hacer uso de sus derechos.- Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.- Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Departamento de San Salvador, a las nueve horas y treinta minutos del día treinta de agosto del año dos mil cinco.-dr. GUILLERMO ALFARO SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. IRMA ELENA DOÑAN BELLOSO, SE- CRETARIO. 3 v. alt. No. F YESENIA YAMILETH RIVERA BARRERA, Notario, del domicilio de San Vicente y del de San Lorenzo, con oficina ubicada en Calle Adrián García y Sexta Avenida Norte, Barrio El Carmen, San Esteban Catarina, del Departamento de San Vicente, al público en general, HACE SABER: que por resolución de la suscrito Notario, proveída el día treinta de noviembre de dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con Beneficio de Inventario de parte del Licenciado JOSE ALEX HENRIQUEZ VALDEZ, en nombre y representación del señor Juan Juventino Quintanilla Sosa conocido por Juventino Quintanilla Alférez, la herencia intestada que a su defunción dejó la señora MARIA ISABEL ALFEREZ VIUDA DE QUINTANILLA, en su concepto de hijo sobreviviente de la causante, habiéndosele conferido la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. En consecuencia, por este medio se citan a todos los que se crean con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida oficina en el término de quince días, contados desde el día siguiente a la última publicación del presente edicto. Librado en la ciudad de San Vicente, al día primero del mes de diciembre de dos mil cinco. YESENIA YAMILETH RIVERA BARRERA, NOTARIO. 3 v. alt. No. F GUILLERMO ALFARO SANTOS, Juez de lo Civil de este Municipio Judicial. HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las once horas y treinta minutos del día veinticuatro de agosto de dos mil cinco. Se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida en la Ciudad de San Salvador, siendo esta ciudad de San Marcos, su último domicilio, el día cinco de febrero de dos mil uno, dejó el causante JESUS OCHOA, conocido pro JESUS OCHOA VELASQUEZ, de parte del Licenciada DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, Juez de Primera Instancia del Distrito Judicial de Chinameca; HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las once horas del día veintiuno de noviembre del corriente año; se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor Guadalupe de Jesús Castillo, fallecido a las diecisiete horas treinta minutos del día diecinueve

103 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de de mayo de dos mil, en el Seguro Social de la ciudad de San Miguel, siendo su último domicilio la ciudad de Nueva Guadalupe, de este distrito, departamento de San Miguel; de parte de la señora Teresa de Jesús Castillo Benavides conocida por Teresa de Jesús Benavides, en concepto de hija del causante.- Confiéresele a la heredera declarada en el carácter indicado la Administración y representación Interina de la sucesión de que se trata, con las facultades y restricciones que corresponde a los curadores de la herencia yacente.- Publíquense los edictos de Ley.- Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Ley.- Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a las once horas veinte minutos del día veintiuno de noviembre de dos mil cinco.- Licda. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Br. ROSALÍA DE JESUS PACHECO, SECRETARIA. 3 v. alt. No. R FEDERICO GUILLERMO AVILA QUEHL, Abogado y Notario, de este domicilio, con oficina situada en Sesenta y Siete Avenida Sur, número doscientos treinta, Colonia Escalón, San Salvador, HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las catorce horas del día veinticuatro de noviembre del año dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción ocurrida en la ciudad de San Salvador, el día veintitrés de diciembre de mil novecientos noventa y nueve, dejó la señora MARTHA GLORIA QUINTERO DE FLAMENCO, conocida por MARTA GLORIA QUINTERO DE FLAMENCO, promovidas por parte del señor JULIO ALBERTO FLAMENCO QUINTERO, de cuarenta y cuatro años de edad, Ingeniero Industrial, de este domicilio, en su calidad de hijo de la causante y como cesionario de los derechos hereditarios que le correspondían al señor JULIO ALBERTO FLAMENCO, conocido por JULIO ALBERTO FLAMENCO CABRERA, quien es de sesenta y cinco años de edad, Empleado, de este domicilio, cónyuge de la causante; habiéndose conferido la administración y representación interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto; haciéndolo del conocimiento público para los efectos de ley. Librado en la oficina del Notario FEDERICO GUILLERMO AVILA QUEHL, en la ciudad de San Salvador, a los veinticuatro días del mes de noviembre del año dos mil cinco.- FEDERICO GUILLERMO AVILA QUEHL, NOTARIO. 3 v. c. No. F TITULO DE PROPIEDAD EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado la señora MARIA ADELA MERLOS VIUDA DE BENÍTEZ, de setenta años de edad, Ama de Casa, de este domicilio, solicitando Título de Propiedad, de un inmueble de naturaleza urbana, situado en el Pasaje San Felipe del Barrio Nuevo, de esta jurisdicción, de una extensión superficial de DOSCIENTOS VEINTICUATRO PUNTO CERO SIETE METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL NORTE, mide once metros ochenta y nueve centímetros, linda con terreno propiedad del señor Rafael Alvarenga; AL SUR, mide nueve metros treinta y cuatro centímetro, linda con terreno propiedad del señor Rafael Alvarenga; AL ORIENTE, mide veinte metros ochenta y un centímetros, linda con terreno propiedad de la señora Arminda Romero, Pasaje San Felipe de por medio; y AL PONIENTE, mide veintidós metros dieciséis centímetros, lindando con terreno propiedad de la señora Lucinda Romero, Río Copinol de por medio; lo estima en un valor de DOS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, no es predio sirviente ni dominante, no tiene cargas ni derechos reales constituidos en él, no está en proindivisión con nadie, y lo adquirió por compraventa de Posesión Material que le hizo a esta Alcaldía,- Alcaldía Municipal de Jocoro, Departamento de Morazán, a los diecinueve días del mes de septiembre de dos mil cinco.- ARTURO PER- LA FERRUFINO, ALCALDE MUNICIPAL.- NOEMY ELIZABETH GONZALEZ DE PORTILLO, SECRETARIA MUNICIPAL. EL SUSCRITO NOTARIO: 3 v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina ha comparecido en su carácter personal la señora JUANA ROSALES DE LOPEZ, de cincuenta y cuatro años de edad, ama de casa, del domicilio de Santa Cruz Analquito, Departamento de Cuscatlán, con Documento Único de Identidad número cero cero trescientos sesenta y un mil novecientos cuarenta y tres- cuatro, MANIFESTANDO: I) Ser dueña y poseedora de buena fe, en forma quieta, pacífica, continua e ininterrumpida de un inmueble y casa de naturaleza urbana situado en el Barrio San José, Municipio de Santa Cruz Analquito, Departamento de Cuscatlán, que consta de extensión superficial de MIL CIENTO OCHENTA METROS equivalente a MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO VARAS PUNTO TREINTA Y CUATRO VARAS CUADRADAS, con los linderos siguientes: AL NOR- TE: Sesenta y uno metros, en línea quebrada colindando con terreno del señor Gonzalo Vásquez, camino de servidumbre de tránsito de por medio; AL ORIENTE: Treinta metros, línea recta colindando con terreno de el señor Gonzalo Vásquez, cerca de alambre de por medio; AL SUR: Treinta y tres metros cuarenta centímetros, colindando antes con terreno de el señor Isidro Hernández López, hoy de Antonio Rauda, cerca de alambre de por medio, por este rumbo existe una calle pública de por medio; y AL PONIENTE: Veinte metros, colindando con terreno antes de la señora Ángela Rosales García, hoy de el señor Santiago Rauda, camino de servidumbre de tránsito de por medio. Del cual solicita TITULO DE PROPIEDAD; presentando la ficha catastral respectiva. Todos los colindantes son del domicilio de Santa Cruz Analquito, Departamento

104 104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 de Cuscatlán, el inmueble descrito, no es dominante ni sirviente, no tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia ni está en proindivisión con ninguna otra persona y lo adquirió por compra en Escritura Privada que hizo al señor Saúl López, que desde hace más de veinte años ha poseído el referido terreno en forma quieta, pacífica y no interrumpida. Valúa dicho inmueble en la suma de MIL QUINIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Lo que se avisa al público para los fines de ley. Se previene a las personas que desean presentar oposición a las pretensiones de la solicitante, lo hagan dentro del término legal en mi despacho notarial, situado en Trece Calle Poniente Número nueve Centro de Gobierno, San Salvador. Librado en la ciudad de San Salvador, a los dos días del mes de noviembre de dos mil cinco. Lic. MANUEL DE JESUS VILLALTA ANGEL, TITULOS SUPLETORIOS NOTARIO. 3 v. c. No. F JOSE MANUEL CHAVEZ LOPEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA EFECTOS DE LEY. HACE SABER Que en este Juzgado se ha presentado la señora MARIA JOSEFINA RIVAS VIUDA DE RAMIREZ, de sesenta y seis años de edad, ama de casa, de este domicilio, con documento único de identidad número cero cero ochocientos dieciocho mil setecientos veintisiete guión cero, solicitando Título Supletorio a su favor de un inmueble de naturaleza rústica situado en el Cantón Maquilishuat, Caserío Rancho Quemado, jurisdicción de Ilobasco, departamento de Cabañas de la extensión superficial de TRES CUARTOS DE MANZANA, o sean CINCUENTA Y DOS AREAS CINCUENTA CENTIAREAS, de los linderos y colindancias siguientes: AL NORTE: comenzando de un palo de pie de venado esquinero continua quebrada de por medio a llegar a un jiote esquinero, colinda con Teresa Flores. AL ORIENTE: del jiote antes dicho por cerco de piña a llegar a otro jiote en línea recta, colinda con Santos Rudol Chacón; AL SUR: del mojón antes dicho por cerco de piedra y piña propio de esta porción a llegar a otro jiote, colinda con Atilio Henríquez; y AL PONIENTE: del mojón antes dicho en línea curva, mirando al Norte por cerco de piña a llegar a una varilla de hierro y un palo de carao, colindando con Isabel Ramírez, continúa el mismo rumbo del mojón antes dicho a llegar a otro varilla de hierro, colindando en esta parte con Julio Mejía, deja el mojón antes dicho y continúa por cerco de piña propio de esta porción a llegar a un palo de amapola, continúa el mismo rumbo mirando hacia el poniente por cerco de piedra a llegar a un jiote a la orilla de un callejón, colindando en ambos lados con Saúl Eugenio Leiva, del mojón antes dicho continúa mirando al Norte, callejón de por medio a llegar al pie venado donde se comenzó la presente descripción, colindando en esta parte con Mauricio Ramírez, en el cual se encuentra construida una casa de sistema mixto, con el servicio de luz eléctrica y agua potable, y lo valora en la cantidad de CINCO MIL DOLARES, el terreno descrito no es dominante ni sirviente no se encuentran en proindivisión con persona alguna, ni tiene cargas ni gravámenes de ninguna naturaleza. Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Ilobasco, Cabañas a las once horas treinta minutos del día veinticinco de noviembre de dos mil cinco.- Lic. JOSE MANUEL CHAVEZ LOPEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Lic. CELIO GERMAN MENJIVAR ROMERO, 3 v. alt. No. F Licenciada ANA ELSY MENDOZA AMAYA, Juez Segundo de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al Público para efectos de Ley, HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado CARLOS ALONSO ASCENCIO ARGUETA, como Apoderado General Judicial del señor RUBEN DIAZ DIAZ, solicitando a favor de éste TITULO SUPLETORIO sobre una porción de terreno de naturaleza rústica en forma de uve, situado en el Cantón Soledad, jurisdicción de Meanguera de este Departamento, de la extensión superficial de CUA- RENTA Y SIETE MIL SETENTA Y DOS PUNTO CINCUENTA Y SIETE METROS CUADRADOS, equivalentes a SEIS PUNTO CERO CERO MANZANAS MÁS SIETE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS PUNTO SETENTA Y CINCO VARAS CUADRADAS, con medidas y linderos siguientes: al NORTE, mide quinientos treinta y dos metros con cuarenta y siete centímetros, constando de nueve tiros: el primer tiro comienza con rumbo oriente mide treinta y nueve metros con setenta y ocho centímetros, colinda con Adán Membreño, calle vecinal de por medio que conduce hacia Villa El Rosario; el segundo tiro describe una curva con rumbo sur y termina con rumbo sur poniente, mide sesenta y siete metros con veinticinco centímetros, el tercer tiro es una línea curva con rumbo sur oriente, mide noventa y cinco metros con cincuenta y nueve centímetros: el cuarto tiro con rumbo sur oriente, mide ochenta y ocho metros con sesenta y dos centímetros, el quinto tiro con rumbo nor Oriente, mide dieciocho metros con noventa y tres centímetros; el sexto, tiro, con rumbo nor poniente, mide ciento catorce metros con cincuenta y seis centímetros, el séptimo tiro, con rumbo nor oriente mide cuarenta y dos metros con tres centímetros; el octavo tiro con rumbo nor poniente mide cincuenta y un metros con noventa y siete centímetros, colindando del segundo tiro al octavo con Rogelio Díaz; y el noveno tiro con rumbo oriente, mide trece metros con sesenta y cuatro centímetros, colindando con Filiberto Argueta, también Calle Vecinal de por medio que conduce a Villa El Rosario; al ORIENTE, mide doscientos ochenta y ocho metros con sesenta y siete centímetros constando de siete tiros, el primero con rumbo sur oriente, mide cincuenta y siete metros con cincuenta y un centímetros, el segundo con rumbo sur mide trece metros con noventa dos centímetros y el tercer tiro con rumbo sur oriente, mide cuarenta y dos metros con sesenta y cuatro centímetros, el cuarto tiro con rumbo sur, mide sesenta y seis metros con noventa y cinco centímetros; el quinto tiro con rumbo sur oriente mide treinta y ocho metros con cuarenta y dos centímetros, el sexto tiro describe una curva con rumbo sur poniente, mide treinta y cuatro metros con ochenta y dos centímetros; y el séptimo tiro con rumbo sur, mide treinta y cuatro metros con cuarenta y uno centímetros colindando en este rumbo con Filiberto Argueta; al SUR, doscientos veinticuatro metros con ochenta y un centímetros, constando de cuatro tiros, el primer tiro describe una curva con rumbo sur poniente, mide cincuenta metros con sesenta centímetros, colindando con Juana Castro; el segundo tiro con rumbo sur poniente mide sesenta y cuatro metros con cuatro centímetros colindando con Armando Argueta, el tercer tiro

105 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de con rumbo nor poniente mide treinta y tres metros con noventa y siete centímetros, y el cuarto tiro, con rumbo sur poniente, mide setenta y seis metros con veinte centímetros, colindando del tercer al cuarto tiro con Eustaquio Membreño; y al PONIENTE, mide cuatrocientos noventa y dos metros con sesenta y dos centímetros constando de cinco tiros, el primero con rumbo nor poniente mide sesenta y un metros con ochenta y cinco centímetros, colindando con Juana Castro, el segundo tiro con rumbo nor oriente, mide ciento once metros con sesenta y dos centímetros y el tercer tiro con rumbo nor poniente, mide ciento ochenta y un metros con treinta y cuatro centímetros, colindando con Flora Díaz, en los dos últimos tiros, el cuarto tiro con rumbo norte mide ciento trece metros, colindando con Angela Claros, Calle vecinal de por medio; y el quinto tiro describe una curva con rumbo nor poniente terminando al oriente, mide veinticuatro metros con ochenta y un centímetros, colindando con Rogelio Diaz, también calle vecinal de por medio. Que dicho inmueble lo valora en la cantidad de CUATRO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia, San Francisco Gotera, a las ocho horas y treinta y cinco minutos del día diecisiete de octubre de dos mil cinco. Lic. ANA ELSY MENDOZA AMAYA, JUEZ 2º DE 1a. INSTANCIA.- Licda. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ, SRIA. 3 v. alt. No. F SIGFREDO EDGARDO FIGUEROA NAVARRETE, NOTARIO, de este domicilio, con oficina profesional en Calle Padres Aguilar, Número Cuatrocientos Treinta y Siete, Colonia Escalón, San Salvador. HACE SABER: Que se ha presentado ante mis oficios notariales, el señor REINALDO BORJAS PORRAS, de cincuenta y cuatro años de edad, Empleado, del domicilio de San Salvador, solicitando que se le extienda TITULO SUPLETORIO, de un inmueble de naturaleza rústico, situado en el lugar llamado El Mango y La Loma de la Zanja del Cantón Candelaria de la jurisdicción de San Francisco Chinameca, de la extensión superficial de CUATROCIENTOS DOS METROS CUADRADOS que mide y linda: AL ORIENTE, veintiocho metros con terreno de Luis y Matilde Gonzáles hoy de Albertina López, calle antigua de por medio; AL NORTE, diez metros cincuenta centímetros, con terreno del señor Luis Gonzáles, hoy de Albertina López calle de por medio; AL PO- NIENTE, veintitrés metros con parte del terreno de Magdaleno López hoy de Mirtala Ascencio, calle del desvío de por medio; y AL SUR, veintinueve metros con la sucesión de Antonio Torres, representada por Mirtala Ascencio, mojones esquineros con izotes y sus líneas son rectas. El inmueble relacionado no es inscribible en el correspondiente Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas por no tener antecedente. Este terrero no contiene cultivos permanentes. No es dominante ni sirviente. Lo hubo por compra que hizo a Gloria Rubide Vásquez de Martínez, quien fue poseedora por más de diez años en forma exclusiva, quieta, pacífica e ininterrumpida. Lo valúa en SEIS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Lo que se hace del conocimiento del público en general para los efectos de ley. Librado en esta notaría. San Salvador, veinticinco de noviembre del año dos mil cinco. SIGFREDO EDGARDO FIGUEROA NAVARRETE, MARCAS DE FABRICA NOTARIO. No. de Expediente: No. de Presentacion: CLASE: v. alt. No. R HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS ALONSO VALIENTE DE ALARCON, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de HEALTHCO PRODUCTS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: HEALTHCO, S.A. DE C.V, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: la palabra HONEYPRO se traduce al castellano como Miel Pro. La solicitud fue presentada el día dieciséis de noviembre del año dos mil cinco. San Salvador, diecisiete de noviembre del año dos mil cinco. LUIS ALONSO CACERES AMAYA, CARLOS ARTURO SOTO GARCIA, 3 v. alt. No. R

106 106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 No. de Expediente: No. de Presentacion: CLASE: 05. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS ALONSO VALIENTE DE ALARCON, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de HEALTHCO PRODUCTS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: HEALTHCO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: la palabra TANINOFORTE. La solicitud fue presentada el día dieciséis de noviembre del año dos mil cinco. San Salvador, diecisiete de noviembre del año dos mil cinco. LUIS ALONSO CACERES AMAYA, CARLOS ARTURO SOTO GARCIA, 3 v. alt. No. R No. de Expediente: No. de Presentacion: CLASE: 05. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS ALONSO VALIENTE DE ALARCON, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de HEALTHCO PRODUCTS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: HEALTHCO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, La solicitud fue presentada el día diecinueve de octubre del año dos mil cinco. San Salvador, veinte de octubre del año dos mil cinco. LUIS ALONSO CACERES AMAYA, CARLOS ARTURO SOTO GARCIA, No. de Expediente: No. de Presentacion: CLASE: v. alt. No. R HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS ALONSO VALIENTE DE ALARCON, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de HEALTHCO PRODUCTS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: HEALTHCO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: la palabra PROPOLISAN y diseño. La solicitud fue presentada el día diecinueve de octubre del año dos mil cinco. San Salvador, veinte de octubre del año dos mil cinco. LUIS ALONSO CACERES AMAYA, CARLOS ARTURO SOTO GARCIA, Consistente en: la palabra BONESTRONG y diseño. 3 v. alt. No. R

107 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05., HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS ALONSO VALIENTE DE ALARCON, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de HEALTHCO PRODUCTS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: HEALTHCO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: la palabra POLENERGEX y diseño. La solicitud fue presentada el día diecinueve de octubre del año dos mil cinco. San Salvador, veinte de octubre del año dos mil cinco. LUIS ALONSO CACERES AMAYA, NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. R No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05., HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS ALONSO VALIENTE DE ALARCON, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de HEALTHCO PRODUCTS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: HEALTHCO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, La solicitud fue presentada el día diecinueve de octubre del año dos mil cinco. San Salvador, veinte de octubre del año dos mil cinco. LUIS ALONSO CACERES AMAYA, NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA, SECRETARIA. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05., 3 v. alt. No. R HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS ALONSO VALIENTE DE ALARCON, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de HEALTHCO PRODUCTS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: HEALTHCO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: la palabra ACTIMEMORY y diseño. La solicitud fue presentada el día diecinueve de octubre del año dos mil cinco. San Salvador, veinte de octubre del año dos mil cinco. LUIS ALONSO CACERES AMAYA, CARLOS ARTURO SOTO GARCIA, Consistente en: la palabra HEMOGINK y diseño. 3 v. alt. No. R

108 108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05., HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS ALONSO VALIENTE DE ALARCON, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de HEALTHCO PRODUCTS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: HEALTHCO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: la palabra QUEENLIFE y diseño. La solicitud fue presentada el día diecinueve de octubre del año dos mil cinco. San Salvador, veinte de octubre del año dos mil cinco. LUIS ALONSO CACERES AMAYA, CARLOS ARTURO SOTO GARCIA, 3 v. alt. No. R No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05., HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS ALONSO VALIENTE DE ALARCON, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de HEALTHCO PRODUCTS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: HEALTHCO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, La solicitud fue presentada el día diecinueve de octubre del año dos mil cinco. San Salvador, veinte de octubre del año dos mil cinco. LUIS ALONSO CACERES AMAYA, NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA, SECRETARIA. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05., 3 v. alt. No. R HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS ALONSO VALIENTE DE ALARCON, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de HEALTHCO PRODUCTS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: HEALTHCO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: la palabra HASKINA y diseño. La solicitud fue presentada el día diecinueve de octubre del año dos mil cinco. San Salvador, diecinueve de octubre del año dos mil cinco. LUIS ALONSO CACERES AMAYA, CARLOS ARTURO SOTO GARCIA, Consistente en: la palabra CELU-RUN y diseño. 3 v. alt. No. R

109 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE 05., HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado EDMUNDO JOSE ADALBERTO AYALA MORENO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de LABORATORIOS TERAPEUTICOS MEDICINALES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: LABORATORIOS TERAMED, S.A. DE C.V., de nacionalidad SAL- VADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, AMIBA - MED Consistente en: la palabra AMIBA-MED. La solicitud fue presentada el día once de noviembre del año dos mil cinco. San Salvador, dieciséis de noviembre del año dos mil cinco. JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO, MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES, 3 v. alt. No. R No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05., HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado EDMUNDO JOSE ADALBERTO AYALA MORENO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL, JUDICIAL Y ADMINISTRATIVO de LABORATORIOS TERAPEUTICOS MEDICINALES, SOCIEDAD ANONIMA DE CA- PITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, RETINO - D Consistente en: la palabra RETINO-D. La solicitud fue presentada el día dieciséis de noviembre del año dos mil cinco. San Salvador, veintiuno de noviembre del año dos mil cinco. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05., HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado EDMUNDO JOSE ADALBERTO AYALA MORENO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de LABORATORIOS TERAPEUTICOS MEDICINALES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: LABORATORIOS TERAMED, S.A. DE C.V., de nacionalidad SAL- VADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, TRIPIEL - MED Consistente en: las palabras TRIPIEL-MED. La solicitud fue presentada el día veintidós de noviembre del año dos mil cinco. San Salvador, veintitrés de noviembre del año dos mil cinco. LUIS ALONSO CACERES AMAYA, MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES, 3 v. alt. No. R No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05., HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado EDMUNDO JOSE ADALBERTO AYALA MORENO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL, JUDICIAL Y ADMINISTRATIVO de LABORATORIOS TERAPEUTICOS MEDICINALES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI- TAL VARIABLE, que se abrevia: LABORATORIOS TERAMED, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, LUIS ALONSO CACERES AMAYA, CARLOS ARTURO SOTO GARCIA, 3 v. alt. No. R IMIQUIM - D Consistente en: la palabra IMIQUIM-D. La solicitud fue presentada el día dieciséis de noviembre del año dos mil cinco.

110 110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 San Salvador, veintiuno de noviembre del año dos mil cinco. LUIS ALONSO CACERES AMAYA, CARLOS ARTURO SOTO GARCIA, 3 v. alt. No. R No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05., HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado EDMUNDO JOSE ADALBERTO AYALA MORENO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de LABORATORIOS TERAPEUTICOS MEDICINALES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: LABORATORIOS TERAMED, S.A. DE C.V., de nacionalidad SAL- VADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, ALERGI - MED Consistente en: las palabras ALERGI-MED. La solicitud fue presentada el día veintidós de noviembre del año dos mil cinco. San Salvador, veintitrés de noviembre del año dos mil cinco. ALICIA ESTHER GARCIA COREAS, SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA, SECRETARIA. MATRICULAS DE COMERCIO 3 v. alt. No. R ASIENTO DE EMPRESA ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO DEL DEPARTAMENTO DE RE- GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS ALONSO PASTORA CEDILLOS en su calidad de Representante legal de la sociedad LUIGEMI, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse LUIGEMI, S.A. DE C.V.; de nacionalidad SAL- VADOREÑA, del domicilio de SANTA ANA, cuya escritura social está inscrita bajo el número 37 del libro 1767 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: ; el cual ha presentado solicitud a las quince horas y doce minutos del día dieciséis de noviembre de dos mil cinco, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No inscripción 149 y el asiento de Establecimiento No inscripción 150, ambos del libro 96 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada LUIGEMI, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI- TAL VARIABLE, la cual se dedica a ACTIVIDADES DE ASESORA- MIENTO EMPRESARIAL, con dirección en COLONIA CUMBRES DE LA ESMERALDA, CALLE SAN ANDRES, No. 12 del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, cuyo activo asciende a SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL VEINTISIETE DOLARES CON 24/100 $ 748, y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado LUIGEMI, S.A. DE C. V. ubicado en COLONIA CUMBRES DE LA ESMERALDA, CALLE SAN ANDRES, No. 12 y que se dedica a ACTIVIDADES DE ASESORAMIENTO EMPRESARIAL. Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley. San Salvador, veintiuno de noviembre de dos mil cinco. Lic. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE, 3 v. alt. No. F ASIENTO DE EMPRESA ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO DEL DEPARTAMENTO DE RE- GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado la señora JUANA DOLORES DUARTE DE TORRES, actuando a nombre y representación de la Sociedad LAMAR SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse LAMAR S.A. DE C.V. de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, con Número de Identificación Tributaria: la cual ha presentado solicitud a las trece horas y dos minutos del día ocho de mayo de dos mil dos, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No inscripción 139 y el asiento de Establecimiento No inscripción 140, ambos del libro 96 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento. La Empresa se dedica a INMOBILIARIA, con dirección en 3ª CALLE PONIENTE, No. 4220, CONDOMINIO LA HACIENDA, COLONIA ESCALON del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS SEIS 40/100 $557, y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado LAMAR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE ubicado en 3a. CALLE PONIENTE, No. 4220, CONDOMINIO LA HACIENDA, COLONIA ESCALON y que se dedica a INMOBILIARIA. Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley. San Salvador, veintiuno de noviembre de dos mil cinco. Lic. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE, 3 v. alt. No. F

111 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de ASIENTO DE EMPRESA ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO DEL DEPARTAMENTO DE RE- GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ADA MARLENE LINARES DE MADRID, de nacionalidad SALVADOREÑA, con número de Documento Unico de Identidad del domicilio de CHALCHUAPA, con Número de Identificación Tributaria: , el cual ha presentado solicitud a las doce horas y treinta y seis minutos del día veintiséis de mayo de dos mil cinco, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No inscripción 175 y el asiento de Establecimiento No , inscripción 176, ambos del Libro 90 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento. La Empresa se dedica a LA COMPRA Y VENTA DE MATERIALES DE CONS- TRUCCION Y FERRETERIA, con dirección en 7ª AVENIDA SUR, ENTRE 1ª Y 3ª CALLE ORIENTE del domicilio de CHALCHUAPA, departamento de SANTA ANA cuyo activo asciende a OCHENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y DOS DOLARES CON 98/100 ($ 86,262.98) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado MATERIALES DE CONSTRUCCION LOS CIPRECES ubicado en 7ª AVENIDA SUR, ENTRE 1ª Y 3ª CALLE ORIENTE, CHALCHUAPA, SANTA ANA y que se dedica a LA COMPRA Y VENTA DE MATE- RIALES DE CONSTRUCCION Y FERRETERIA. Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley. San Salvador, ocho de septiembre de dos mil cinco. Lic. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA, 3 v. alt. No. R ASIENTO DE EMPRESA ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO DEL DEPARTAMENTO DE RE- GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado el señor CAR- LOS ENRIQUE RIVERA REYES, en su calidad de Representante legal de la sociedad COMUNICACION CREATIVA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse COMUNICACION CREATIVA, S.A. DE C.V.; de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, cuya escritura social está inscrita bajo el número 32 del libro 1143 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: ; el cual ha presentado solicitud a las diez horas y diez minutos del día treinta de septiembre de dos mil cuatro, con la cual se otorgó el asiento Empresa No inscripción 90 y el asiento de Establecimiento No inscripción 91, ambos del libro 82 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada COMUNICACION CREATIVA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a AGENCIA DE PUBLICIDAD, con dirección en COLONIA SAN BENITO, AVE- NIDA LA CAPILLA, PASAJE No. 8, No. 152, del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a OCHOCIENTOS TREINTA MIL SESENTA Y CUATRO DOLARES CON 42/l00 $830, y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado RIVERA & RIVERA, COMUNICACION CREATIVA, S.A. DE C.V., ubicado en COLONIA SAN BENITO, AVENIDA LA CAPILLA, PASAJE No. 8, No. 152, del domicilio de SAN SALVADOR, y que se dedica a AGENCIA DE PUBLICIDAD. Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley. San Salvador, veintiséis de abril de dos mil cinco. Lic. RUBEN ALBERTO NAVARRO CRUZ, 3 v. alt. No. R ASIENTO DE EMPRESA ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO DEL DEPARTAMENTO DE RE- GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado OSCAR ARMANDO MARTINEZ MORALES, en su calidad de Representante legal de la sociedad INVERSIONES MONTECARLO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse INVER- SIONES MONTECARLO, S.A. DE C.V.; de nacionalidad SALVA- DOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 40 del libro 55 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: ; el cual ha presentado solicitud a las diez horas y cuarenta minutos del día veintinueve de abril de dos mil cinco, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No inscripción 199 y el asiento de Establecimiento No inscripción 200, ambos del libro 87 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada INVERSIONES MONTECARLO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a EXPLOTACION INDUSTRIAL Y COMERCIO DE LA DESTILE- RIA DE ALCOHOLES Y AGUARDIENTES, con dirección en FINAL AVENIDA SAN MARTIN No. 4-7 del domicilio de SANTA TECLA, cuyo activo asciende a UN MILLON NOVECIENTOS CUARENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS TREINTA Y DOS DOLARES CON 57/100 $1,943, y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado INVERSIONES MONTECARLO, S.A. DE C.V., ubicado en FINAL AVENIDA SAN MARTIN No. 4-7 SANTA TECLA y que se dedica a EXPLOTACION INDUSTRIAL Y COMERCIO DE LA DESTILERIA DE ALCOHOLES Y AGUARDIENTES. Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley. San Salvador, veintidós de julio de dos mil cinco. Lic. RUBEN ALBERTO NAVARRO CRUZ, 3 v. alt. No. R

112 112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 ASIENTO DE EMPRESA ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO DEL DEPARTAMENTO DE RE- GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE EDGARDO VIDES LEMUS, en su calidad de Representante legal de la Sociedad INDUSTRIAS AGRICOLAS SAN FRANCISCO, SO- CIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse INDUSTRIAS AGRICOLAS SAN FRANCISCO, S.A. DE C.V.; de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SUCHITOTO, cuya escritura social está inscrita bajo el número 252 del libro 26 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: ; el cual ha presentado solicitud a las catorce horas y cincuenta y un minutos del día ocho de julio del dos, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No inscripción 147 y el asiento de Establecimiento No inscripción 148, ambos del libro 94 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada INDUSTRIAS AGRICOLAS SAN FRANCISCO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a FABRICACION Y REFINADO DE AZUCAR, con dirección en KILO- METRO 33½ CARRETERA, TRONCAL DEL NORTE del domicilio de SUCHITOTO, cuyo activo asciende a VEINTITRES MILLONES NOVECIENTOS DIECIOCHO MIL QUINIENTOS SIETE DOLARES CON 86/100 $ 23,918, y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado INDUSTRIAS AGRICOLAS SAN FRANCISCO, S.A. DE C.V., ubicado en KILOMETRO 33 ½ CARRETERA TRONCAL DEL NORTE y que se dedica a FABRICACION Y REFINADO DE AZUCAR. Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley. San Salvador, veintiséis de octubre de dos mil cinco. Lic. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE, ASIENTO DE EMPRESA ESTABLECIMIENTO v. alt. No. R DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI- MIENTOS: HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO AQUINO FUENTES, en su calidad de Representante legal de la sociedad INDUSTRIAS MECANICAS R.A.F., SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse INDUSTRIAS MECA- NICAS R.A.F., S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 34 del libro 549 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: , ha presentado solicitud a las diez horas y seis minutos del día catorce de marzo del año dos mil dos. Con la cual se otorgaron los asientos de Empresa No y Establecimiento No ; a favor de la Empresa denominada INDUSTRIAS MECANICAS R.A.F., SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a ELABORACION DE PIEZAS PARA MAQUINARIA, con dirección en CALLE PRINCIPAL No. 11, COLONIA MARALY del domicilio de SOYAPANGO, cuyo activo asciende a CIENTO SESENTA Y TRES MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS DOLARES CON 40/100 $163, y que tiene el(los) establecimiento(s) siguiente(s): 001-) INDUSTRIAS MECANICAS R.A.F., S.A. DE C.V., ubicado en CALLE PRINCIPAL No. 11, COLONIA MARALY, del domicilio de SOYAPANGO. Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley. San Salvador, dieciocho de octubre de dos mil dos. Lic. ANA ELIZABETH RIVERA PEÑA, ASIENTO DE EMPRESA ESTABLECIMIENTO v. alt. No. R DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI- MIENTOS: HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado FILIBERTO ANTONIO SIBRIAN, en su calidad de Representante legal de la sociedad AGUA Y TECNOLOGIA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA- RIABLE que puede Abreviarse AGUA Y TECNOLOGIA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número del Libro 1265 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria : , ha presentado solicitud a las catorce horas y cuarenta y seis minutos del día veintiocho de noviembre del año dos mil uno. Con la cual se otorgaron los asientos de matrícula de Empresa No y Establecimiento No ; a favor de la Empresa denominada AGUA Y TECNOLOGIA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a DISEÑO Y CONSTRUCCION DE PROYECTOS HIDROELECTRICOS, con dirección en ANTIGUA CALLE AL FERROCARRIL No. 1525, COLONIA CUCUMACAYAN, SAN SALVADOR cuyo activo es de QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS VEINTINUEVE 46/100 COLONES ( 545,329.46); y que tiene un Establecimiento Comercial denominado 1-) AGUA Y TECNOLOGIA, S.A. DE C.V., ubicado en ANTIGUA CALLE AL FERROCARRIL No. 1525, COLONIA CUCUMACAYAN, SAN SALVADOR. Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley. San Salvador, cinco de diciembre del año dos mil uno. Lic. ANGEL FERNANDO GARCIA GUARDADO, CONVOCATORIA TERCERA CONVOCATORIA 3 v. alt. No. R El Consejo de Administración de la Sociedad Cooperativa de Cafetaleros de San José de la Majada de R. L. CONVOCA POR TERCERA VEZ a sus Asociados a Asamblea General Extraordinaria que se celebrará

113 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de en el Salón de Sesiones Armando Márquez Luna de su sede social, a las nueve horas del domingo veintinueve de enero de dos mil seis. La celebración de la Asamblea General Extraordinaria será válida cualquiera que sea el número de socios que estén presentes; habrá resolución con la simple mayoría de votos de los asistentes. La Asamblea General conocerá y resolverá sobre lo siguiente 1. Modificación de la Escritura Social y toma de los acuerdos relacionados con tal modificación. 2. Designación de los Ejecutores Especiales para que otorguen el instrumento de Modificación de la Escritura Social. Las resoluciones y acuerdos de la Asamblea General Extraordinaria serán de obligatorio cumplimiento cuando sean adoptados con la mayoría de los votos de los asistentes. San José de la Majada, Juayúa, 01 de diciembre de JULIO ANTONIO MARTINEZ GUTIERREZ, PRESIDENTE DEL CONSEJO DE ADMINISTRACION. SUBASTAS PÚBLICAS 3 v. alt. No. R MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ SEGUN- DO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL HACE SABER: Que el Juicio Civil Ejecutivo, promovido por el Licenciado CARLOS MANUEL MENDEZ, como Apoderado General Judicial de la ASOCIACION COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO MIGUELEÑA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA que se abrevia ACOMI DE R.L., en contra de la señora ZULMA IDALIA ROMERO GUZMAN DE RIVAS conocida por ZULMA IDALIA ROMERO GUZMAN, se venderá en Pública Subasta en este Juzgado el siguiente inmueble: un lote de terreno de naturaleza urbana, marcado con el número DIECISEIS del polígono S de la Residencial Las Águilas Tercera Etapa, situada al Costado Sur Oriente, del estadio Juan Francisco Barraza, de la ciudad y Departamento de San Miguel, y de un área de SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, que linda: al NORTE, con una distancia de cinco metros; al ORIENTE, con una distancia de quince metros; al SUR, con una distancia de cinco metros; y al PONIENTE, con una distancia de quince metros. Inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente bajo el asiento número CERO CERO DOS, de la matrícula M CERO CUATRO MILLONES SIETE MIL CIENTO OCHENTA Y SIETE, de propiedad del departamento de San Miguel. Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de Ley.- Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel a las nueve horas y cincuenta y ocho minutos del día diecisiete de octubre de Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- Lic. MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA.- 3 v. alt. No. F EL INFRASCRITO JUEZ INTERINO DEL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL, HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por el Licenciado EFRAIN MARROQUIN ABARCA actuando como Apoderado General Judicial de la sociedad MUYSHONDT AVILA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia MUYSHONDT AVILA, S.A. DE C.V., contra el señor JORGE LUIS POLA JEREZ, se venderá en pública subasta en este tribunal en fecha y hora que será señalada posteriormente el inmueble que a continuación se describe: UN INMUEBLE, de naturaleza rústica, situado en la ciudad de Concepción de Ataco, Departamento de Ahuachapán, formado por dos porciones que constituyen un solo cuerpo y que cada uno de ellos se describe así: LOTE a) una finca rústica, situado en el lugar conocido con el nombre de piedra de sapo en jurisdicción de villa de Ataco compuesta de once hectáreas veinte áreas de extensión y linda AL ORIENTE, con terreno y zacatal que fue de Francisco Rivas ahora de Rafael Márquez, camino en medio; AL PONIENTE, con terreno de Manuel Aris, Río Sunzucuapa de por medio; AL SUR, con finca de la sucesión de Bartolo Ordóñez y de la señora María José Rivas ahora de Francisco Góchez y AL NORTE, con terreno de Matías Alcaine ahora de Idelfonso Borja. LOTE B) un predio rústico compuesto de dos manzanas o sean ciento cuarenta áreas de extensión, situado en el lugar Tierra Colorada jurisdicción de villa de Ataco, contiguo al anteriormente descrito, con el cual forma un solo cuerpo, lindante AL NORTE, con finca que fue de Camilo Herrador, después de Rosa Mélida Zeledón, hoy del señor Rodolfo Repressa Castillo; AL ORIENTE y SUR, con finca que fue Francisco Ramón Góchez, hoy de Rafael Cuéllar; y AL PONIENTE, con finca la Melinche de Matilde Aris de Acosta, Río Sunzucuapa. El inmueble así descrito es propiedad del señor JORGE LUIS POLA JEREZ, por estar inscrito a su favor bajo el número SETENTA Y SIETE del Libro SEISCIENTOS DOS, del Registro de la Propiedad del Departamento de Ahuachapán. Se admitirán posturas siendo legales, lo que se avisa al público para los efectos de ley. LIBRADO EN El JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCANTIL: San Salvador, a las once horas y dos minutos del día once de julio del año dos mil cinco.- Lic. JOSE GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL INTERINO.- Licda. TERESA DE JESUS VASQUEZ VASQUEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL, de este Distrito Judicial, al público en general, HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil ha sido promovido inicialmente por el Licenciado OSCAR EDGARDO SILVA GRANADOS, continuado por el Doctor RAUL MANUEL SOMOZA ALFARO y por último por la Licenciada CARMEN YOLANDA RODRIGUEZ MARTINEZ, todos mayores de edad, abogados y de este domicilio, actuando en su carácter de Apoderados Generales Judiciales del FONDO DE FINANCIAMIENTO Y GARANTIA PARA LA PEQUEÑA EMPRESA, que se abrevia FIGAPE, de este domicilio, contra el señor JOSE SANTOS ALEJANDRO BAUTISTA, mayor de edad, mecánico soldador, del domicilio de Ilopango, Departamento de San Salvador se venderá en pública subasta en este Tribunal un inmueble de naturaleza urbana, marcado con el numero CINCO A, del Polígono D, de la LOTIFICACIÓN LAS PALMAS, el cual se localiza y describe así: AL NORTE, seis metros noventa y siete centímetros, linda con propiedad del Instituto de Vivienda Urbana, calle asfaltada a Colonia Santa Lucía de por medio; AL ORIENTE, dieciséis metros ochenta y cuatro centímetros, linda con lote número CINCO B, Polígono D,

114 114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 propiedad de la Sociedad Fomento Agrícola, S. A., pared medianera de por medio; AL SUR, trece metros cuarenta y siete centímetros, linda con lote número cuatro, Polígono D, propiedad de la Sociedad Fomento Agrícola S.A.; AL PONIENTE, en dos tramos el primero de nueve metros cuarenta centímetros, en línea recta y el segundo de cinco metros veinte centímetros, en línea curva y linda con lote número treinta y nueve Polígono A, propiedad de la Sociedad Fomento Agrícola S.A., Calle Norma de por medio. Todos los lotes colindantes son o han sido propiedad de la Sociedad vendedora Fomento Agrícola S.A., el lote así descrito tiene un área total de CIENTO SESENTA Y TRES METROS SESENTA Y SIETE CENTIMETROS CUADRADOS, y se encuentra inscrito a favor del señor JOSE SANTOS ALEJANDRO BAUTISTA, bajo el número OCHENTA Y UNO del Libro TRES MIL SESENTA, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, Departamento de San Salvador. La base de remate será de: VEINTE MIL VEINTIOCHO DOLA- RES CON CINCUENTA CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Se admitirán posturas siendo legales. Librado en el Juzgado Quinto de lo Mercantil, San Salvador, a las once horas del día veinte de septiembre de dos mil cinco.- Dr. SALVA- DOR CANO GUTIERREZ, JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL.- Lic. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS, 3 v. alt. No. F EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE LA CIUDAD DE SAN SALVADOR, AL PUBLICO EN GENERAL PARA LOS EFECTOS DE LEY; HACE SABER: Que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, promovido por el Abogado JOSE ARMANDO ORELLANA CAMPOS, como Apoderado de la señora LIDIA MERCEDES RAMIREZ DE GALLARDO, contra el demandado señor JUAN RAMON SOLIS MOLINA, reclamándole cumplimiento de obligaciones y demás accesorios, se venderá en pública subasta en este Tribunal el inmueble que se describe a continuación: Un lote de terreno de naturaleza urbana y construcciones de sistema mixto en un área construida igual que su superficie en una sola planta que contiene, situado en el Barrio San Antonio de la ciudad de Chalatenango, de la extensión superficial de ciento sesenta y nueve punto sesenta y tres metros cuadrados, el cual es de las medidas y linderos siguientes: ORIENTE, dieciocho metros catorce centímetros con casa y solar del Doctor José Nicolás Menjívar, pared y tapial de ladrillo medianeros de por medio; AL NORTE, en tres tiros el primero mide dos metros setenta y siete centímetros de oriente a poniente; el segundo, mide ochenta centímetros, de sur a norte y el tercero, mide cinco metros de oriente a poniente con solar y casa de José Franklin Recinos y Alicia Xiomara Recinos, después de María Pedrina Menjívar de Rodríguez, pared y tapial de ladrillo del solar que se describe; AL PONIENTE, en tres tiros, el primero de ocho punto treinta y seis metros de norte a sur, el segundo de siete punto setenta metros, colindando en estos dos tiros con propiedad vendida a María Pedrina Menjívar de Rodríguez, que antes formó parte del inmueble general del cual se segregó el que se describe, pared de ladrillo de por medio, medianera en estos dos tiros; y el tercer tiro once punto cero cuatro metros de norte a sur, con casa y solar de César Martínez, calle pública de por medio; y AL SUR, ocho punto setenta y dos metros, con la Plazuela del Barrio San Antonio, propiedad Municipal y representada por el Síndico Municipal, línea recta de por medio. Dicho lote se encuentra inscrito a favor del demandado señor JUAN RAMON SOLIS MOLINA, al número NOVENTA Y UNO del Libro TRESCIENTOS DIECIOCHO del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Quinta Sección del Centro, del Departamento de Chalatenango. Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las once horas con cincuenta minutos del día cuatro de noviembre del año dos mil cinco. MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. Licda. CONCEPCION PALMA CRUZ, SECRETARIA. REPOSICION DE CERTIFICADO 3 v. c. No. F EL INFRASCRITO ADMINISTRADOR UNICO SUPLENTE DE LA SOCIEDAD KIKI, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, abreviadamente KIKI, S. A. DE C.V. AVISA: Que la señora MARGARITA SAFIE DE ZABLAH conocida por ALICIA SAFIE DE ZABLAH, accionista de la sociedad, por motivo de extravío ha solicitado la reposición del certificado que se describe a continuación: Certificado Número uno emitido a favor de la señora MARGARITA SAFIE DE ZABLAH conocida por ALICIA SAFIE DE ZABLAH, que ampara TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE acciones, inscrito dicho certificado en el Libro de Accionistas número uno en el folio dos con fecha trece de agosto de mil novecientos noventa y cuatro. El certificado de acciones anteriormente detallado será repuesto de conformidad a lo establecido en el Capítulo XII del Título II del Libro Tercero del Código de Comercio luego de haber transcurrido treinta días después de la tercera publicación de este aviso. San Salvador, a los catorce días del mes de septiembre del dos mil cinco. CLAUDIA MARIA ZABLAH SAFIE DE BUKELE, ADMINISTRADOR UNICIO SUPLENTE. AVISO 3 v. alt. No. F El Banco Cuscatlán S.A. COMUNICA: Que a sus oficinas ubicadas en SANTA ROSA DE LIMA, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE DEPÓSITO A PLAZO FIJO DOLARES Número 028PLA , solicitando la reposición de dicho CERTIFICADO por (US$ ). En consecuencia de lo anterior se hace del conocimiento al público en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este Aviso y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el certificado en referencia. SANTA ROSA DE LIMA, 15 de noviembre de CARLOS ALFONSO REYES VELIS, BANCO CUSCATLAN, S.A. 3 v. alt. No. F

115 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de PATENTE DE INVENCION No. de Expediente: No. de Presentación: , HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado JUAN HUMBERTO CAMPOS MONTOYA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de SCHERING AKTIENGESELLSCHAFT, del domicilio de BERLIN ALEMANIA, de nacionalidad ALEMANA, solicitando se conceda Registro de la PATENTE DE INVENCION, por el término de VEINTE AÑOS, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 27 numeral 1 y 33 del Anexo 1C de los Acuerdos sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual, relacionados con el Comercio (ADPIC), para una PATENTE DE INVENCION denominada DERIVADOS DE BENCENO HALO- GENADOS DEL ACIDO AMINOISOFTALICO SUSTITUIDOS CON MACROCICLOS TRIMEROS REF. P-SV /MSU, con Clasificación Internacional C07D 257/00, A61K 31/00, y con prioridad de la solicitud ALEMANA No , de fecha veinticinco de mayo del año dos mil cuatro. La solicitud fue presentada a las diez horas y cincuenta y siete minutos del día veinticuatro de mayo del año dos mil cinco. Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley. REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTAMEN- TO DE PATENTES. San Salvador, a los diecinueve días del mes de octubre del año dos mil cinco. ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ, 3 v. c. No. R No. de Expediente: No. de Presentación: , HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado VICENTE DE JESUS PALENCIA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de WYETH, del domicilio de MADI- SON NEW JERSEY ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando se conceda Registro de la PATENTE DE INVENCION, por el término de VEINTE AÑOS, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 27 numeral 1 y 33 del Anexo 1C de los Acuerdos sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual, relacionados con el Comercio (ADPIC), para una PATENTE DE INVENCION denominada SÍNTESIS REGIOESPECÍFICA DE DERIVADOS DE 42-ÉSTER DE RAPIMICINA REF. AM SAL- VO, con Clasificación Internacional C07D 498/00, y con prioridad de la solicitud ESTADOUNIDENSE No , de fecha catorce de abril del año dos mil cuatro. La solicitud fue presentada a las catorce horas y cincuenta y nueve minutos del día trece de abril del año dos mil cinco. Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley. REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTA- MENTO DE PATENTES. San Salvador, a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil cinco. ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ, No. de Expediente: No. de Presentación: , 3 v. c. No. R HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado VICENTE DE JESUS PALENCIA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de WYETH, del domicilio de MADI- SON NEW JERSEY ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando se conceda Registro de la PATENTE DE INVENCION, por el término de VEINTE AÑOS, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 27 numeral 1 y 33 del Anexo 1C de los Acuerdos sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual, relacionados con el Comercio (ADPIC), para una PATENTE DE INVENCION denominada DERIVADOS FENILAMINOPROPANOL Y METODOS DE USO REF , con Clasificación Internacional C07D 401/00, y con prioridad de la solicitud ESTADOUNIDENSE No , de fecha treinta de marzo del año dos mil cuatro, solicitud ESTADOUNIDENSE No , de fecha once de mayo del año dos mil cuatro. La solicitud fue presentada a las dieciséis horas y cuatro minutos del día treinta de marzo del año dos mil cinco. Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley. REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTAMEN- TO DE PATENTES. San Salvador, a los once días del mes de octubre del año dos mil cinco. ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ, 3 v. c. No. R

116 116 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 No. de Expediente: No. de Presentación: , ESTADOUNIDENSE No , de fecha cuatro de diciembre del año dos mil tres, solicitud ESTADOUNIDENSE No , de fecha veintidós de diciembre del año dos mil tres. La solicitud fue presentada a las once horas y catorce minutos del día tres de diciembre del año dos mil cuatro. HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado VICENTE DE JESUS PALENCIA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de WYETH, del domicilio de MADI- SON NEW JERSEY ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando se conceda Registro de la PATENTE DE INVENCION, por el término de VEINTE AÑOS, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 27 numeral 1 y 33 del Anexo 1C de los Acuerdos sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual, relacionados con el Comercio (ADPIC), para una PATENTE DE INVENCION denominada FORMULACIONES DE ACETATO DE BAZEDOXIFENO REF. WYTH (AM101417), con Clasificación Internacional A61K 31/00, y con prioridad de la solicitud ESTA- DOUNIDENSE No , de fecha ocho de abril del año dos mil cuatro. La solicitud fue presentada a las catorce horas y treinta y tres minutos del día once de abril del año dos mil cinco. Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley. REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTAMEN- TO DE PATENTES. San Salvador, a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil cinco. ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ, No. de Expediente: No. de Presentación: , 3 v. c. No. R HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado VICENTE DE JESUS PALENCIA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE- ÑA, actuando como APODERADO de WYETH, del domicilio de MADISON NEW JERSEY ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando se conceda Registro de la PATENTE DE INVENCION, por el término de VEINTE AÑOS, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 27 numeral 1 y 33 del Anexo 1C de los Acuerdos sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual, relacionados con el Comercio (ADPIC), para una PATENTE DE INVENCION denominada SULFONAMIDAS DE BIARIL Y ME- TODOS PARA USO DE LOS MISMOS REF , con Clasificación Internacional C07C 311/00, A61K 31/00, y con prioridad de la solicitud Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley. REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTAMEN- TO DE PATENTES. San Salvador, a los catorce días del mes de octubre del año dos mil cinco. ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ, No de Expediente: No. de Presentación: , 3 v. c. No. R HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado VICENTE DE JESUS PALENCIA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de WYETH, del domicilio de MADISON NEW JERSEY ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando se conceda Registro de la PATEN- TE DE INVENCION, por el término de VEINTE AÑOS, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 27 numeral 1 y 33 del Anexo 1C de los Acuerdos sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual, relacionados con el Comercio (ADPIC), para una PATENTE DE IN- VENCION denominada RAPAMICINO 42-ESTER AMORFO CON ACIDO 3-HIDROXI-2- (HIDROXIMETILO)-2-METILPROPIONICO Y SUS COMPOSICIONES FARMACEUTICAS REF. AM101383, con Clasificación Internacional A61K 31/00, C07D 281/00. La solicitud fue presentada a las quince horas y cincuenta y seis minutos del día tres de septiembre del año dos mil cuatro. Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley. REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTAMEN- TO DE PATENTES. San Salvador, a los doce días del mes de octubre del año dos mil cinco. ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ, 3 v. c. No. R

117 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de No. de Expediente: No. de Presentación: , HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado VICENTE DE JESUS PALENCIA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de WYETH, del domicilio de MADI- SON NEW JERSEY ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando se conceda Registro de la PATENTE DE INVENCION, por el término de VEINTE AÑOS, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 27 numeral 1 y 33 del Anexo 1C de los Acuerdos sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual, relacionados con el Comercio (ADPIC), para una PATENTE DE INVENCION denominada COMPUESTOS DE SULFONILTE- TRAHIDRO-3H-BENZO (E) INDOL-8-AMINO COMO LIGANDOS DE 5-HIDROXITRIPTAMINA-6 REF. AM101164, con Clasificación Internacional C07D 487/00. La solicitud fue presentada a las diez horas y cincuenta y tres minutos del día diez de noviembre del año dos mil cuatro. Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley. REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTAMEN- TO DE PATENTES. San Salvador, a los diez días del mes de octubre del año dos mil cinco. ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ, No. de Expediente : No. de Presentación: , 3 v. c. No. R HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado VICENTE DE JESUS PALENCIA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de WYETH, del domicilio de MADI- SON NEW JERSEY ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando se conceda Registro de la PATENTE DE INVENCION, por el término de VEINTE AÑOS, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 27 numeral 1 y 33 del Anexo 1C de los Acuerdos sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual, relacionados con el Comercio (ADPIC), para una PATENTE DE INVENCION denominada INHIBIDORES DE PROTEINA QUI- NASAS CON ESTRUCTURA DE 3-QUINOLINCARBONITRILO REF. AM101382, con Clasificación Internacional C07D 487/00, y con prioridad de la solicitud ESTADOUNIDENSE No , de fecha veinte de febrero del año dos mil cuatro. La solicitud fue presentada a las quince horas y cincuenta y seis minutos del día dieciocho de febrero del año dos mil cinco. Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley. REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTAMEN- TO DE PATENTES. San Salvador, a los diez días del mes de octubre del año dos mil cinco. ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ, 3 v. c. No. R No. de Expediente: No. de Presentacion: , HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado JUAN HUMBERTO CAMPOS MONTOYA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de SCHERING AKTIENGESELLSCHAFT, del domicilio de BERLIN ALEMANIA, de nacionalidad ALEMANA, solicitando se conceda Registro de la PATENTE DE INVENCION, por el término de VEINTE AÑOS, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 27 numeral 1 y 33 del Anexo 1C de los Acuerdos sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual, relacionados con el Comercio (ADPIC), para una PATEN- TE DE INVENCION denominada D-HOMO-17-CLORO-16(17)ENO ESTEROIDES REF.P-SV /MSU, con Clasificación Internacional C07J 41/00, A61K 31/00, y con prioridad de la solicitud ALEMANA No , de fecha ocho de abril del año dos mil cuatro. La solicitud fue presentada a las dieciséis horas y dieciocho minutos del día siete de abril del año dos mil cinco. Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley. REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTA- MENTO DE PATENTES. San Salvador, a los veintidós días del mes de septiembre del año dos mil cinco. ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ, 3 v. c. No. R No. de Expediente: No. de Presentación: , HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado ERNESTO ALFONZO BUITRAGO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de NEWFREY LLC, del domicilio de NEWARK DELAWARE ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando se conceda Registro

118 118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 de la PATENTE DE INVENCION, por el término de VEINTE AÑOS, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 27 numeral 1 y 33 del Anexo 1C de los Acuerdos sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual, relacionados con el Comercio (ADPIC), para una PATEN- TE DE INVENCION denominada CILINDRO DE CERRADURA READAPTABLE A NUEVA LLAVE REF. :DOCKET , con Clasificación Internacional E05B 65/00, y con prioridad de la solicitud ESTADOUNIDENSE No , de fecha primero de abril del año dos mil cuatro. La solicitud fue presentada a las catorce horas y cincuenta y dos minutos del día primero de abril del año dos mil cinco. Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley. REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTA- MENTO DE PATENTES. San Salvador, a los veintitrés días del mes de septiembre del año dos mil cinco. ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ, 3 v. c. No. R No. de Expediente: No. de Presentación: , HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado VICENTE DE JESUS PALENCIA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de WYETH, del domicilio de MADI- SON NEW JERSEY ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando se conceda Registro de la PATENTE DE INVENCION, por el término de VEINTE AÑOS, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 27 numeral 1 y 33 del Anexo 1C de los Acuerdos sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual, relacionados con el Comercio (ADPIC), para una PATENTE DE INVENCION denominada SINTESIS DE PIRROL CARBONI- TRILOS REF , con Clasificación Internacional C07D 207/00, y con prioridad de la solicitud ESTADOUNIDENSE No , de fecha treinta de marzo del año dos mil cuatro. La solicitud fue presentada a las dieciséis horas y un minutos del día treinta de marzo del año dos mil cinco. Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley. REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTAMEN- TO DE PATENTES. San Salvador, a los veintinueve días del mes de septiembre del año dos mil cinco. ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ, 3 v. c. No. R No. de Expediente: No. de Presentación: , HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado DINA CASTRO DE CALLEJAS, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ELI LILLY AND COMPANY, del domicilio de INDIANAPOLIS, INDIANA, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando se conceda Registro de la PATENTE DE INVENCION, por el término de VEINTE AÑOS, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 27 numeral 1 y 33 del Anexo 1C de los Acuerdos sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual, relacionados con el Comercio (ADPIC), para una PATENTE DE INVENCION denominada DERIVADOS DE PIRIDILO Y SU USO COMO ANTAGONISTAS DEL RECEPTOR MGLU5 REF. X-16538, con Clasificación Internacional C07D 405/00, A61K 31/00, y con prioridad de la solicitud ESTADOUNIDENSE No , de fecha veintidós de marzo del año dos mil cuatro. La solicitud fue presentada a las quince horas y treinta y cuatro minutos del día dieciocho de marzo del año dos mil cinco. Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley. REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTAMEN- TO DE PATENTES. San Salvador, a los veintiocho días del mes de septiembre del año dos mil cinco. ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ, No. de Expediente: No. de Presentación: , 3 v. c. No. R HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de; APPLIED MOLECULAR EVOLU- TION, del domicilio de SAN DIEGO CALIFORNIA ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando se conceda Registro de la PATENTE DE INVENCION, por el término de VEINTE AÑOS, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 27 numeral 1 y 33 del Anexo 1C de los Acuerdos sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual, relacionados con el Comercio (AD- PIC), para una PATENTE DE INVENCION denominada MOLECULAS DE UNION A CD20 REF. AME-08982, con Clasificación Internacional C12N 15/00, y con prioridad de la solicitud ESTADOUNIDENSE No , de fecha veinte de mayo del año dos mil tres. La solicitud fue presentada a las quince horas y cuarenta minutos del día veinte de mayo del año dos mil cuatro. Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley.

119 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTAMEN- TO DE PATENTES. San Salvador, a los doce días del mes de septiembre del año dos mil cinco. ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ, 3 v. c. No. R No. de Expediente: No. de Presentación: , HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado VICENTE DE JESUS PALENCIA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de WYETH, del domicilio de MADISON, NEW JERSEY ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando se conceda Registro de la PATENTE DE INVENCION, por el término de VEINTE AÑOS, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 27 numeral 1 y 33 del Anexo 1C de los Acuerdos sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual, relacionados con el Comercio (ADPIC), para una PATENTE DE INVENCION denominada SULFONAMIDAS DE BIARIL Y METODOS PARA USO DE LOS MISMOS REF , con Clasificación Internacional C07D 239/00, y con prioridad de la solicitud ESTADOUNIDENSE No , de fecha cuatro de diciembre del año dos mil tres, solicitud ESTADOUNIDENSE No , de fecha veintidós de diciembre del año dos mil tres. La solicitud fue presentada a las once horas y veintinueve minutos del día tres de diciembre del año dos mil cuatro. Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley. REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTA- MENTO DE PATENTES. San Salvador, a los veintiuno días del mes de septiembre del año dos mil cinco. ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ, 3 v. c. No. R de la PATENTE DE INVENCION, por el término de VEINTE AÑOS, para una PATENTE DE INVENCION denominada CILINDRO DE CERRADURA PARA EMPOTRAR DE FRENTE DOCKET , con Clasificación Internacional E05B 27/00, y con prioridad de la solicitud ESTADOUNIDENSE No , de fecha tres de mayo del año dos mil cuatro. La solicitud fue presentada a las dieciséis horas y cinco minutos del día tres de mayo del año dos mil cinco. Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley. REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTAMEN- TO DE PATENTES. San Salvador, a los treinta días del mes de septiembre del año dos mil cinco. ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ, No. de Expediente: No. de Presentación: , 3 v. c. No. R HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado VICENTE DE JESUS PALENCIA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de WYETH, del domicilio de MADI- SON NEW JERSEY ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando se conceda Registro de la PATENTE DE INVENCION, por el término de VEINTE AÑOS, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 27 numeral 1 y 33 del Anexo 1C de los Acuerdos sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual, relacionados con el Comercio (ADPIC), para una PATENTE DE INVENCION denominada TIENO[ 3,2-B] PIRIDIN-6-CARBO- NITRILOS COMO INHIBIDORES DE LA QUINASA PROTEICA REF. AMI , con Clasificación Internacional C07D 317/00, y con prioridad de la solicitud ESTADOUNIDENSE No , de fecha catorce de mayo del año dos mil cuatro. La solicitud fue presentada a las dieciséis horas del día trece de mayo del año dos mil cinco. Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley. No. de Expediente: No. de Presentación: , HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado ERNESTO ALFONZO BUITRAGO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de NEWFREY LLC, del domicilio de NEWARK DELAWARE ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando se conceda Registro REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTAMEN- TO DE PATENTES. San Salvador, a los ocho días del mes de noviembre del año dos mil cinco. ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ, 3 v. c. No. R

120 120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 BALANCES DE FUSION 3 v. alt. No. F

121 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de v. alt. No. F

122 122 DIARIO OFICIAL Tomo Nº v. alt. No. F

123 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de v. alt. No. F

124 124 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 FUSION DE SOCIEDADES El Infrascrito Secretario de la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad VASQUEZ, sociedad anónima de capital variable; CERTIFICA: Que en el Libro de Actas de Junta General de la Sociedad, se encuentra el ACTA NUMERO 72, de Junta General Extraordinaria, celebrada con la participación del cien por ciento de las acciones que integran el capital social, en la ciudad de San Salvador, departamento de San Salvador, a las catorce horas del día treinta de septiembre de dos mil cinco, en las oficinas de la sociedad ubicada en Carretera Troncal del Norte y 25 Calle Oriente número 4 San Salvador; la que en los puntos 3-4 y 5 contienen los siguientes acuerdos: PUNTO TRES. APROBACION DE ABSORCION DE LAS SOCIEDADES VASQUEZ S. A. DE C.V. Y TECNICO MERCANTIL S.A. DE C.V. PUNTO CUATRO. NOMBRAMIENTO DEL EJECUTOR ESPECIAL DE LA ABSORCION TEMSA-VASSA: ING CARLOS ARTURO VASQUEZ ROMERO. PUNTO CINCO. NOMBRAMIENTO DEL AUDITOR FISCAL DE REALIZAR ABSOR- CION DE LAS SOCIEDADES, VASQUEZ S. A. DE C. V. Y TECNICO MERCANTIL S.A. DE C.V. El presidente de la Junta General Extraordinaria expuso a los accionistas el proyecto de ABSORCION de la Compañía Vásquez S.A. DE CV. Y quien absorbiera fuera la sociedad Técnico Mercantil S.A. DE C.V. Después de discutir las ventajas de la fusión, los accionistas acuerdan fusionarse con las sociedades Vásquez S.A. DE C.V. Y Técnico Mercantil S.A. DE C.V.; Esta última en calidad de absorbente, absorberá todos los derechos y contraerá todas las obligaciones de la sociedad Vásquez S. A. DE C.V., Los accionistas mantendrán el porcentaje de participación en la sociedad fusionada. Los accionistas acuerdan nombrar como Ejecutor Especial del presente acuerdo al Ing. Carlos Arturo Vásquez Romero, para que comparezca ante notario al otorgamiento del respectivo instrumento público en que se reúnan en un solo instrumento, las modificaciones con los estatutos que quedaren vigentes. Así mismo la Junta General nombró como Auditores fiscales a la firma de auditores RECINOS, RECINOS Y CIA. En fe de lo cual firmo la presente certificación en San Salvador al día treinta de septiembre del MARÍA MORENA ROMERO DE VÁSQUEZ, SECRETARIA. 30 LIBRO 2033 PAGINA v. alt. No. F CERTIFICACION El infrascrito Secretario de la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de la sociedad MAERSK EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, certifica: Que en el libro de actas respectivo, aparece asentada el acta número VEINTIUNO, correspondiente a la sesión de Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas, celebrada en la ciudad de Antiguo Cuscatlán, a las quince horas y treinta y cinco minutos del catorce de marzo de dos mil cinco, cuyo punto único de carácter extraordinario literalmente dice: PUNTO DE CARÁCTER EXTRAORDINARIO. PUNTO ÚNICO. ACUERDO DE FUSION POR ABSORCIÓN DE LA SOCIEDAD MAERSK EL SALVADOR, S.A. DE C.V., CON LAS SO- CIEDADES BRIDGE INTERMODAL TRANSPORT EL SALVADOR, S. A. DE C.V., y DRYPORT EL SALVADOR, S. A. DE C.V., EN LA CUAL LA PRIMERA TIENE CALIDAD DE ABSORBENTE Y LAS DOS RESTANTES CALIDAD DE ABSORBIDAS. La Presidente, propuso a la Junta General Extraordinaria de Accionistas la conveniencia financiera y administrativa de fusionar la sociedad Maersk El Salvador, S.A. de C.V. con las sociedades Dryport El Salvador, S.A de C.V. y BIT, S.A. de C.V., siendo Maersk El Salvador, S.A. de C.V., la sociedad absorbente y Dryport El Salvador, S.A. de C.V. juntamente con B.I.T., S.A. de C.V., las sociedades absorbidas. La sociedad Maersk El Salvador, S.A. de C.V. adquirirá todos los derechos y contraerá todas las obligaciones que a Dryport El Salvador, S.A. de C.V. y B.I.T., S. A. de C.V. les corresponden. La Junta General Extraordinaria de Accionistas unánimemente acuerda la fusión por incorporación antes expuesta y designa como Ejecutor Especial del presente acuerdo a don Waldemar Poulsen, mayor de edad, administrador de empresas, de nacionalidad danesa y del domicilio de San Salvador, quien queda debidamente facultado para realizar todos los procedimientos y suscribir todos los documentos a que haya lugar, para cumplir con el acuerdo de esta Junta General. Asimismo, la Junta General Extraordinaria de Accionistas unánimemente designa como Auditores Fiscales para el proceso de la fusión a ZELAYA RIVAS Y ASOCIADOS. 30 LIBRO 2033 PAGINA 187 Es conforme con su original con el cual se confrontó. Y para los usos que se estime convenientes, se expide la presente en la ciudad de Antiguo Cuscatlán, a los diecisiete días del mes de marzo de dos mil cinco. FRANCISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, Secretario Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas DOY FE: Que la firma que antecede y que se lee: Fco. J. Mejía E. ES AUTENTICA, por haber sido pues a mi presencia por el Licenciado FRANCISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, quien es de treinta y un años, abogado, del domicilio de San Salvador, a quien conozco, portador de su Documento Unico de Identidad número cero dos millones setecientos veintitrés mil cuatrocientos uno-cero. Antiguo Cuscatlán, a los diecisiete días del mes de marzo de dos mil cinco. 3 v. alt. No. F

125 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de REPUBLICA DE EL SALVADOR CENTRO NACIONAL DE REGISTROS REGISTRO DE COMERCIO 30 LIBRO 2033 PAGINA 188 E La Presidente, propuso a la Junta General Extraordinaria de Accionistas la conveniencia financiera y administrativa de fusionar la sociedad BIT, S.A. de C.V., con las sociedades Maersk El Salvador, S.A. de C.V. y Dryport El Salvador, S. A. de C.V., siendo la primera, la sociedad absorbente y la segunda juntamente con BIT, S.A. de C.V., las sociedades absorbidas. La sociedad Maersk El Salvador, S.A. de C.V. adquirirá todos los derechos y contraerá todas las obligaciones que a B.I.T., S.A. de C.V. le corresponden. REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE DOCUMENTOS MERCANTILES: San Salvador, a las diecisiete horas del día treinta y uno de mayo de dos mil cinco. Inscríbase el anterior ACUERDO DE FUSIÓN de la Sociedad MAERSK EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia MAERSK EL SALVADOR, S.A. DE.C.V. DERECHOS: $8.86, comprobante de pago número , del día trece de mayo de dos mil cinco; presentado en este Registro a las diez horas y diez minutos, del día trece de mayo de dos mil cinco, según asiento número LIC. RENE EDUARDO CÁRCAMO, INSCRITO EN EL REGISTRO DE COMERCIO AL NUMERO 30 DEL LIBRO No: 2033 DEL REGISTRO DE SOCIEDADES. DEL FOLIO 186 AL FOLIO 188. FECHA DE INSCRIPCION: San Salvador, treinta y uno de mayo de dos mil cinco. LIC. RENÉ EDUARDO CÁRCAMO, 33 LIBRO 2078 PAGINA 240 CERTIFICACION El infrascrito Secretario de la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de la sociedad BRIDGE INTERMODAL TRANSPORT EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, certifica: Que en el libro de actas respectivo, aparece asentada el acta número QUINCE, correspondiente a la sesión de Junta General Ordinaria, y Extraordinaria de Accionistas, celebrada en la ciudad de Antiguo Cuscatlán, a las doce horas y treinta y cinco minutos del catorce de marzo de dos mil cinco, cuyo punto único de carácter extraordinario literalmente dice: La Junta General Extraordinaria de Accionistas unánimemente acuerda la fusión por incorporación antes expuesta y designa como Ejecutor Especial del presente acuerdo a don Waldemar Poulsen, mayor de edad, administrador de empresas, de nacionalidad danesa y del domicilio de San Salvador, quien queda debidamente facultado para realizar todos los procedimientos y suscribir todos los documentos a que haya lugar, para cumplir con el acuerdo de esta Junta General. Asimismo, la Junta General Extraordinaria de Accionistas unánimemente designa como Auditores Fiscales para el proceso de la fusión a ZELAYA RIVAS Y ASOCIADOS. 33 LIBRO 2078 PAGINA 241 Es conforme con su original con el cual se confrontó. Y para los usos que se estimen convenientes, se expide la presente en la ciudad de Antiguo Cuscatlán, a los diecisiete días del mes de marzo de dos mil cinco. FRANCISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, SECRETARIO JUNTA GENERAL ORDINARIA Y EXTRAORDI- NARIA DE ACCIONISTAS. DOY FE: Que la firma que antecede y que se lee: Fco. J. Mejía E. ES AUTENTICA, por haber sido pues a mi presencia por el Licenciado FRANCISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, quien es de treinta y un años, abogado, del domicilio de San Salvador, a quien conozco, portador de su Documento Unico de Identidad número cero dos millones setecientos veintitrés mil cuatrocientos uno-cero. Antiguo Cuscatlán, a los diecisiete días del mes de marzo de dos mil cinco. REPUBLICA DE EL SALVADOR CENTRO NACIONAL DE REGISTROS REGISTRO DE COMERCIO 3 v. alt. No. F PUNTO DE CARÁCTER EXTRAORDINARIO. 33 LIBRO 2078 PAGINA 242 E PUNTO ÚNICO. ACUERDO DE FUSION POR ABSORCIÓN DE LA SOCIEDAD MAERSK EL SALVADOR, S.A. DE C.V., CON LAS SO- CIEDADES BRIDGE INTERMODAL TRANSPORT EL SALVADOR, S.A. DE C.V., Y DRYPORT EL SALVADOR, S.A. DE.C.V., EN LA CUAL LA PRIMERA TIENE CALIDAD DE ABSORBENTE Y LAS DOS RESTANTES CALIDAD DE ABSORBIDAS. REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE DOCUMENTOS MERCANTILES: San Salvador, a las diez horas y diecisiete minutos del día nueve de noviembre de dos mil cinco. Inscríbase el anterior ACUERDO DE FUSION, de la sociedad BRIDGE INTERMODAL TRANSPORT EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE. DERECHOS: $5.71, compro-

126 126 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 bante de pago número , del día cuatro de noviembre de dos mil cinco; presentado en este Registro a las nueve horas y cincuenta y ocho minutos, del día cuatro de noviembre de dos mil cinco, según asiento número Es conforme con su original con el cual se confrontó. Y para los usos que se estimen convenientes, se expide la presente en la ciudad de Antiguo Cuscatlán, a los diecisiete días del mes de marzo de dos mil cinco. LIC. JAIME RICARDO AMAYA NIEVES, INSCRITO EN EL REGISTRO DE COMERCIO AL NÚMERO 33 DEL LIBRO 2078 DEL REGISTRO DE SOCIEDADES. DEL FOLIO 240 AL FOLIO 242 FECHA DE INSCRIPCION: San Salvador, nueve de noviembre de dos mil cinco. LIC. JAIME RICARDO AMAYA NIEVES, 34 LIBRO 2035 PAGINA 218 CERTIFICACION El infrascrito Secretario de la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de la sociedad DRYPORT EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, certifica: Que en el libro de actas respectivo, aparece asentada el acta número DIEZ, correspondiente a la sesión de Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas, celebrada en la ciudad de Antiguo Cuscatlán, a las once horas y cuarenta minutos del catorce de marzo de dos mil cinco, cuyo punto único de carácter extraordinario literalmente dice: PUNTO DE CARÁCTER EXTRAORDINARIO. PUNTO ÚNICO. ACUERDO DE FUSION POR ABSORCIÓN DE LA SOCIEDAD MAERSK EL SALVADOR, S.A. DE C.V., CON LAS SO- CIEDADES BRIDGE INTERMODAL TRANSPORT EL SALVADOR, S.A. DE C.V., Y DRYPORT EL SALVADOR, S.A. DE C.V., EN LA CUAL LA PRIMERA TIENE CALIDAD DE ABSORBENTE Y LAS DOS RESTANTES CALIDAD DE ABSORBIDAS. La Presidente, propuso a la Junta General Extraordinaria de Accionistas la conveniencia financiera y administrativa de fusionar la sociedad Dryport El Salvador, S. A. de C.V. con las sociedades Maersk El Salvador, S.A de C.V. y BIT, S.A. de C.V., siendo la primera, la sociedad absorbente y la segunda juntamente con Dryport El Salvador, S.A. de C.V. las sociedades absorbidas. La sociedad Maersk El Salvador, S.A. de C.V. adquirirá todos los derechos y contraerá todas las obligaciones que a Dryport El Salvador, S.A. de C.V.le corresponden. La Junta General Extraordinaria de Accionistas unánimemente acuerda la fusión por incorporación antes expuesta y designa como Ejecutor Especial del presente acuerdo a don Waldemar Poulsen, mayor de edad, administrador de empresas, de nacionalidad danesa y del domicilio de San Salvador, quien queda debidamente facultado para realizar todos los procedimientos y suscribir todos los documentos a que haya lugar, para cumplir con el acuerdo de esta Junta General. Asimismo, la Junta General Extraordinaria de Accionistas unánimemente designa como Auditores Fiscales para el proceso de la fusión a ZELAYA RIVAS Y ASOCIADOS. 34 LIBRO 2035 PAGINA 219 FRANCISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR Secretario Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas DOY FE: Que la firma que antecede y que se lee: Fco. J. Mejía E. ES AUTENTICA, por haber sido pues a mi presencia por el Licenciado FRANCISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, quien es de treinta y un años, abogado, del domicilio de San Salvador, a quien conozco, portador de su Documento Unico de Identidad número cero dos millones setecientos veintitrés mil cuatrocientos uno-cero. Antiguo Cuscatlán, a los diecisiete días del mes de marzo de dos mil cinco. REPUBLICA DE EL SALVADOR CENTRO NACIONAL DE REGISTROS REGISTRO DE COMERCIO 34 LIBRO 2035 PAGINA 220 E v. alt. No. F REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE DOCUMENTOS MERCANTILES: San Salvador, a las doce horas y quince minutos del día ocho de junio de dos mil cinco. Inscríbase al anterior Documento Privado Autenticado de ACUERDO DE FUSION POR ABSORCIÓN, de la sociedad DRYPORT EL SAL- VADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia DRYPORT, S.A. DE C.V. DERECHOS: $8.86, comprobante de pago número , del día trece de mayo de dos mil cinco; presentado en este Registro a las diez horas y siete minutos, del día trece de mayo de dos mil cinco, según asiento número LICDA. ANA ELIZABETH RIVERA PEÑA, INSCRITO EN EL REGISTRO DE COMERCIO AL NUMERO 34 DEL LIBRO 2035 DEL REGISTRO DE SOCIEDADES. DEL FOLIO 218 AL FOLIO 220 FECHA DE INSCRIPCION: San Salvador, ocho de junio de dos mil cinco. LICDA. ANA ELIZABETH RIVERA PEÑA,

127 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de ACEPTACION DE HERENCIA LICENCIADO ALLAN GUDIEL DURAN RODAS, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE DELGADO. SUPLENTE. Al público para los efectos de Ley, HACE SABER: Que por resolución de las doce horas y treinta y cinco minutos del día veintinueve de julio del presente año; se ha tenido por aceptada expresamente con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el señor RUFINO ROSALES conocido por RUFINO ROSALES PEREZ, quien fue de ochenta y tres años de edad, fallecido el día siete de septiembre de mil novecientos setenta y tres, en Ciudad Delgado, siendo su último domicilio, de parte de la señora DEMECIA ROSALES ARGOTE por Derecho de Representación como nieta del causante. Asimismo, se le tuvo por repudiado expresamente el derecho que le correspondía al señor EUGENIO ROSALES RAMOS como hijo del causante. Confiéresele a la aceptante la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Lo que hago de su conocimiento para los efectos legales consi- guientes.- JUZGADO DE LO CIVIL: DELGADO, a las doce horas y cincuenta minutos del día veintinueve de julio del año dos mil cuatro.- LIC. ALLAN GUDIEL DURAN RODAS, JUEZ DE LO CIVIL DE DELGADO. SUPLENTE. LICDA. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS, SECRETARIA. DE TERCERA PUBLICACIÓN 3 v. alt. No. F LICENCIADA CONCEPCION ALVAREZ MOLINA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD DELGADO. Al público para los efectos de Ley, HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y treinta y cinco minutos de este día; se ha tenido por aceptada expresamente con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó la señora PAZ MILAGRO ROSALES DE ELIAS, conocida por PAZ MILAGRO ROSALES RAMOS, quien fue de sesenta y un años de edad, casada, Costurera, fallecida el día veintinueve de Mayo de mil novecientos noventa y tres, siendo Ciudad Delgado el lugar de su último domicilio. De parte del Señor FAUSTINO ELIAS, en calidad de Cónyuge sobreviviente de la causante, Confiéresele al aceptante la administración y representación INTERINA de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Lo que hago del conocimiento para los efectos legales consiguientes. JUZGADO DE LO CIVIL: CIUDAD DEL GADO, a las diez horas del día veinticinco de Junio del año dos mil tres. LICDA. CONCEPCION ALVAREZ MOLINA, JUEZ DE LO CIVIL DE CIUDAD DELGADO. LICDA. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY. HACE SABER: Que por resolución de las diez horas del día cinco de enero de dos mil cuatro, se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la HERENCIA INTESTADA de los bienes que a su defunción dejó la causante señora MARIA EULALIA LANDAVERDE, quien falleció a las diecisiete horas y veintitrés minutos del día veintiséis de agosto de mil novecientos noventa y siete, en la Colonia Zacamil, Edificio trescientos noventa y seis, Apartamento once, Mejicanos, siendo su último domicilio esta Ciudad, por parte del señor EULALIO DE JESUS LANDAVERDE RAMIREZ, en su calidad de hijo de la causante.- Habiéndose conferido además al aceptante en el carácter antes indicado la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION INTERINA de la Sucesión Intestada con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.- Y CITA: A todas las personas que se crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de quince días contados a partir de la última publicación del presente Edicto. Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las quince horas del día cinco de enero de dos mil cuatro. Lic. JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. JORGE ALBERTO GONZALEZ MENDEZ, 3 v. alt. No. F RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY, HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas treinta y nueve minutos de este día, se ha tenido por aceptada y con beneficio de inventario, de parte de la señora ANA GLORIA ESCOBAR PINTO, la sucesión intestada que a su defunción dejó el causante señor CIRILO PINTO, quien fue de ochenta y dos años de edad, jornalero, fallecido en el Cantón Ranchador de esta jurisdicción el día veintiuno de abril del año en curso, siendo dicho Cantón el lugar de su último domicilio.-

128 128 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 La señora ANA GLORIA ESCOBAR PINTO, es hija del de cujus y en ese carácter se le confiere interinamente la administración y representación de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.- Lo que se pone en conocimiento del público para que todo aquel que se crea con derecho en la presente sucesión, comparezca a este Tribunal a probarlo dentro de los quince días subsiguientes a la tercera publicación de este edicto.- Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: Santa Ana, a las ocho horas cuarenta y seis minutos del día seis de octubre de dos mil cuatro. Dr. RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CI- VIL.- Br. ELBA LUZ LEMUS DE CHAVEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F LICENCIADO MANUEL PAZ CANALES, Juez Segundo de Primera Instancia de este distrito Judicial.- Al público para los efectos de Ley, HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal de las nueve horas y cincuenta minutos del día trece de Junio del corriente año; se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de Inventario, la Herencia intestada que a su defunción dejó la señora GREGORIA MAGDALENA CHICAS, quien a la fecha de su fallecimiento fue de cincuenta y seis años de edad, de Oficios Domésticos, Casada, originaria y del domicilio de Jocoaitique, de Nacionalidad Salvadoreña, hija de María Magdalena Chicas, quien falleció intestada a las dieciséis horas y treinta minutos del día diez de octubre de mil novecientos noventa y ocho, en el Barrio Concepción, de la ciudad de Jocoaitique, departamento de Morazán, siendo la ciudad de Jocoaitique, lugar de su último domicilio; de parte de la señora FELIPA ARGENTINA PEREIRA, ésta como cesionaria de los Derechos Hereditarios que le correspondían a los señores María Magdalena Chicas Viuda de Márquez, María Silvia Reyes y Hugo Rubith Chicas Reyes.- Confiérese a la aceptante mencionada y en la forma establecida, la administración y Representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.- Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las once horas del día treinta de junio del dos mil tres.- Lic. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ 2º. DE 1º INSTANCIA.- Lic. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ, SRIA. ciudad, su último domicilio, a las veintitrés horas con treinta minutos del día diez de junio del año dos mil tres, dejó el causante señor JIMMY DOUGLAS MENDOZA CABRERA, de parte de los menores JOHANNA GABRIELA, DOUGLAS STANLEY y BRYAN JOSUE todos de apellidos MENDOZA CABRERA, en su concepto de hijos del referido causante, por medio de su Representante Legal señora PATRICIA ELIZABETH CABRERA ROMERO, se les ha conferido a los aceptantes la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, debiendo los menores JOHANNA GABRIELA, DOUGLAS STANLEY y BRYAN JOSUE, todos de apellidos MENDOZA CABRERA, en su concepto de hijos del referido causante, por medio de su Representante Legal señora PATRICIA ELIZABETH CABRERA ROMERO, se les ha conferido a los aceptantes la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, debiendo los menores JOHANNA GABRIELA, DOUGLAS STANLEY y BRYAN JOSUE, todos de apellidos MENDOZA CABRERA, ejercerla por medio de su representante Legal señora PATRICIA ELIZABETH CABRERA ROMERO.- Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las nueve horas del día dieciocho de noviembre del año dos mil cinco.- MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- Licda. CON- CEPCION PALMA CRUZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL, HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas y treinta y cinco minutos del día nueve de noviembre del corriente año, se ha tenido por aceptada con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el señor JULIO CESAR VELASQUEZ MACHADO, conocido como JULIO CESAR MACHADO, quien falleció a las trece horas del día veinte de abril de dos mil cinco en el Cantón El Rosario, Caserío Las Conchas, Gotera del Departamento de Morazán, siendo el Cantón San Antonio Silva de la Jurisdicción y Distrito del Departamento de San Miguel el lugar de su último domicilio de parte de la Señora ANA CECILIA GUARDADO DE VELASQUEZ, como cónyuge sobreviviente y como representante legal de los menores FRANKLIN ELIAS, KATHERINE GABRIELA y ALEXANDRA YURELY los tres de apellidos VELASQUEZ GUARDADO, como hijos del causante y se confiere a la aceptante declarada en el carácter indicado la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. 3 v. alt. No. F ley. Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE LA CIU- DAD DE SAN SALVADOR, AL PÚBLICO EN GENERAL PARA LOS EFECTOS DE LEY: HACE SABER: Que por resolución pronunciada, a las diez horas con veinticuatro minutos del día quince de noviembre del año dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción ocurrida en esta Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Miguel, a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del día nueve de noviembre de dos mil cinco.- Lic. EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- Lic. GUSTAVO ADOLFO BENITEZ ORELLANA, SECRETARIO INTO. 3 v. alt. No. F

129 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los efectos de Ley, JORGE ALEJANDRO MARTINEZ MENENDEZ, Notario, de este domicilio con oficina profesional ubicada en Trece Avenida Sur y Calle Rubén Darío, Edificio PARAVIDA, Cuarta Planta, de esta ciudad, al público y para efectos de Ley, HACE SABER: Que por resolución dictada a las once horas con treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia Intestada que a su defunción ocurrida el veintiocho de febrero del dos mil cinco en el Cantón Potrerillos de la Laguna de esta jurisdicción, siendo éste el lugar de su último domicilio, dejó la señora FELICITA MOLINA DE MENJIVAR de parte de: MARIA ELENA ZELEDÓN MONTERROSA como Cesionaria de los Derechos Hereditarios que le correspondían a GILBERTO MENJIVAR RIVAS como cónyuge sobreviviente de la causante antes referida, confiriéndosele INTERINAMENTE la administración y representación de la sucesión expresada, con las facultades y restricciones de ley.- Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Tribunal, en el término de ley. Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: Santa Ana, a las once horas con cuarenta minutos del día doce de octubre del año dos mil cinco.- Lic. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- Lic. MARISOL DEL CARMEN LEMUS DE GARCIA, 3 v. alt. No. F YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA TECLA, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY, HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las diez horas y cincuenta y cinco minutos del día seis de enero del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada, dejada a su defunción por el causante, señor VICTOR ALEJANDRO MUÑOZ CERRATO, ocurrida el día cuatro de septiembre de mil novecientos noventa y nueve, en el Hospital Médico Quirúrgico del Instituto Salvadoreño del Seguro Social, de la Ciudad de San Salvador, siendo Antiguo Cuscatlán, el lugar de su último domicilio, de parte de las señoras ISABEL MENDEZ JIMENEZ DE MUÑOZ y MARTA DEL CARMEN MUÑOZ MENDEZ, en calidad de cónyuge sobreviviente e hija del causante, respectivamente; y se ha conferido a las aceptantes, la administración y la representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.- Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las nueve horas diecisiete minutos del día diez de enero de dos mil cinco.- Lic. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. SANDRA ELIZABETH SANCHEZ DIAZ, 3 v. alt. No. R HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas del día veintinueve de noviembre de dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada del causante SANTIAGO VASQUEZ RODRIGUEZ, de parte de la señora MARIA GLORIA PÉREZ VIUDA DE VASQUEZ, de sesenta y siete años de edad, de Oficios Domésticos, de este domicilio, en concepto de cónyuge sobreviviente. El causante falleció el día once de enero de dos mil dos, en esta ciudad, siendo ese mismo su último domicilio, a la edad de setenta y cuatro años. Se le ha conferido a la aceptante la administración y representación interinas de la sucesión. Se cita a los que se crean con derecho para que se presenten a deducirlo en el término de quince días contados al siguiente de la última publicación de este edicto, a la dirección antes mencionada. San Salvador, treinta de noviembre de dos mil cinco.- Dr. JORGE ALEJANDRO MARTINEZ MENENDEZ, TITULO DE PROPIEDAD NOTARIO. 3 v. c. No. F EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL Y JEFE DEL DISTRI- TO, HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado el señor TOMAS LEIVA PORTILLO, de cincuenta y un años de edad, Maestro de Obra, de este domicilio, portador del Documento Unico de Identidad número cero cero dos siete ocho seis cuatro nueve-cero y con Número de Identificación Tributaria Cero cuatro cero cuatro-cero siete cero uno cinco cuatro-cero cero uno-nueve, manifestando que SOLICITA TITU- LO DE PROPIEDAD a su favor de un inmueble de naturaleza urbana, situado en Cincuenta y Siete Avenida Norte y Primera Calle Poniente, Departamento de San Salvador, y la parcela se identifica como número Ciento cincuenta y cuatro, al rumbo Norte del inmueble general, identificado como LOTE NUMERO CINCO, de una extensión superficial de OCHENTA Y DOS PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE: Quince punto cero cero metros, colindando con Iglesia Evangélica Apóstoles y Profetas de la misma localidad; AL ORIENTE: Siete punto cero cero metros, colindando con pasaje de acceso de por medio de tres metros de ancho; AL SUR: Quince punto cero cero metros, colindando con parcela número ciento cincuenta y tres, propiedad del señor Angel Giovanni Ortiz Reyes; AL PONIENTE: Cuatro punto cero cero metros, colindando con parcela número ciento cincuenta y cinco, propiedad de Roxana Margarita Elena, quedando así finalizada la presente descripción. El terreno descrito lo adquirió el solicitante por compra que le hizo a la señora BLANCA DURAN quien aun vive, mayor de edad y de este domicilio, pudiendo

130 130 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 probar dicha venta únicamente por medio de testigos y que desde su adquisición lo posee de buena fe en forma quieta, pacífica y no interrumpida, el predio no es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión y no tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras personas; y lo valora en la cantidad de DIEZ MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Lo que se avisa al público para los fines de Ley. Alcaldía Municipal: San Salvador, uno de noviembre de dos mil cinco.- Lic. CARLOS ALBERTO RIVAS ZAMORA, ALCALDE MU- NICIPAL.- Lic. IRMA AIDA ZELEDON DE BARBA, SECRETARIA DEL CONCEJO. TITULOS SUPLETORIOS 3 v. alt. No. F Licenciada ANA ELSY MENDOZA AMAYA, Juez Segundo de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al público para efectos de ley, HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado LUIS ALBERTO RIVAS, como Apoderado General Judicial del señor EDUARDO CONCEPCION ARGUETA MARQUEZ, a solicitar a favor de éste TITULO SUPLETORIO, sobre un terreno de naturaleza rústica situado en Cantón Guacamaya, jurisdicción de Meanguera, Departamento de Morazán, de una extensión superficial de sesenta y siete mil doscientos veintiún metros cuadrados, que linda AL ORIENTE, mide diecinueve metros, linda con Cruz Argueta, cerco de alambre propio de por medio; AL NORTE, mide trescientos noventa y un metros linda con Juan Crisosto Márquez; AL PONIENTE, mide doscientos setenta y dos metros linda con Eduviges Argueta, cerco de alambre propio de por medio; y AL SUR, mide quinientos treinta y tres metros, linda con Cruz Argueta y Eduviges Argueta, cerco medianero de por medio. Que dicho inmueble lo valúa en la cantidad de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA y lo adquirió mediante donación que le hizo su padre señor MANUEL ANTONIO ARGUETA, en el año de mil novecientos sesenta y cinco. Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las catorce horas del día dieciocho de octubre dos mil cinco.- Licda. ANA ELSY MENDOZA AMAYA, JUEZ 2º. DE 1ª. INSTAN- CIA.- Licda. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ, SRIA. 3 v. alt. No. F ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley, HACE SABER: Que los señores PABLO SERRANO y MARIA GLORIA PLEITEZ DE SERRANO, solicitan Título Supletorio de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Cantón Las Minas, jurisdicción de Apastepeque de este Departamento, de la extensión superficial de VEINTICINCO MIL TRESCIENTOS QUINCE METROS CUADRA- DOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE, mide doscientos treinta y tres metros en tres tiros, el primero de Sur a Norte mide noventa y un metros, el segundo de Oriente a Poniente, mide cien metros, y el tercero de Sur a Norte, mide cuarenta y dos metros, linda con terreno que fue de Ramón Pérez Jaimes, hoy de Tomás Castellanos; AL NORTE, en línea oblicua de doscientos metros, linda con terreno de José María Chacón Canizález; AL PONIENTE, mide dos metros, linda con terreno de Isabel Adelaida Morales Viuda de Villalta, carretera a San Salvador de por medio; y AL SUR, mide trescientos setenta y cuatro metros, linda con terreno de Isabel Adelaida Morales Viuda de Villalta, carretera a San Salvador de por medio. El inmueble antes descrito los señores Pablo Serrano y María Gloria Pleitez de Serrano, lo adquirieron por compra que de él hiciera a los señores Emilio Ramos Aquino y Florentino Ramos Aquino, mediante escritura pública de compra venta, otorgada por los referidos señores Aquino, en esta ciudad de San Vicente, a las trece horas veinte minutos del día treinta de julio del año dos mil cinco, a favor de los señores Pablo Serrano y María Gloria Pleitez de Serrano, ante los oficios del Notario Ladislao Gilberto González Barahona, y lo valúa en la suma de CUATRO MIL DOLARES. Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veintidós días del mes de noviembre del año dos mil cinco.- Dra. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, 3 v. alt. No. F ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley, HACE SABER: Que la señora TEODOCIA LUZ LÓPEZ conocida por TEODOSIA LUZ LÓPEZ, de setenta y tres años de edad, ama de casa, del domicilio de Apastepeque, de este Departamento, solicita Título Supletorio de un inmueble de naturaleza rústico, situado en el Cantón San Jacinto, jurisdicción de Apastepeque, de este Departamento, de la extensión superficial de QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO METROS CUADRADOS NOVENTA DECIMETROS CUADRADOS, de las medidas y linderos especiales siguientes: AL ORIENTE, mide veintisiete metros linda con Andrés Merino, cerco propio de por medio; AL NORTE, mide treinta y cinco metros cincuenta centímetros y linda con propiedad de Mardoqueo Merino, cerco propio de por medio y no camino vecinal de por medio como aparece en la denominación catastral; AL PONIENTE, mide cuarenta y cuatro metros, linda con propiedad de María Barahona, calle vecinal de por medio; y AL SUR, en tres tiros, EL PRIMERO de Oriente a Poniente, mide once metros cincuenta centímetros; EL SEGUNDO de Sur a Norte, mide cinco metros y EL TERCERO, de Oriente a Poniente, dieciocho metros cincuenta centímetros, linda con propiedad de Casimiro López, cerco propio del colindante; manifiesta que lo posee por compra que de él le hizo al señor Cipriano Merino y lo valúa en la suma de SEIS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veinticinco días del mes de noviembre del año dos mil cinco.- Dra. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, 3 v. alt. No. F

131 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de JUAN CARLOS FLORES ESPINAL, JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTO DE MORAZAN, HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el señor JOSE MANUEL GRANADOS OSORIO, solicitando TITULO SUPLETORIO de un terreno de naturaleza rústica situado en el Cantón San Juan de La Cruz de la jurisdicción de Yamabal, Departamento de Morazán, de la capacidad superficial de CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS METROS SETENTA Y CINCO DECIMETROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE: Treinta y dos metros, calle central que conduce a San Juan de La Cruz y Yamabal, de por medio, con casa comunal y cerco de piedra; AL SUR; Veintinueve metros, con terreno de Julián Membreño, cerco de alambre del colindante de por medio y al PONIENTE: Treinta y un metros, con terreno de Abel Flores, cerco de alambre y piña del colindante terminando en vértice, en dicho terreno existe una casa paredes de adobe, techo de tejas, piso de tierra de ocho metros de largo, por siete metros de ancho, valorando el terreno y la casa en la cantidad de QUINCE MIL COLONES; y lo obtuvo por compra que le hiciera al señor JOSE ALEJANDRO GRANADOS. Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las diez horas del día veintisiete de enero de dos mil tres.- Lic. JUAN CARLOS FLORES ESPINAL, JUEZ 1º. DE 1ª. INSTANCIA.- Br. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.- HACE SABER: Que a este Tribunal se presentó el Licenciado Pablo Antonio Mendoza Rodríguez, en su carácter de Apoderado General Judicial del señor Justiniano Pastor Tiyerino; solicitando el referido profesional, quien es mayor de edad, Abogado, del domicilio de Sonsonate, portador de su Documento Unico de Identidad número cero un millón trescientos sesenta y dos mil cuatrocientos setenta y seis guión seis; promover diligencias de Título Supletorio de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el cantón Punta Remedios, Playa Los Cóbanos, de esta jurisdicción, de las medidas y colindancias siguientes: al NORTE, con terreno de Cristina Eugenia Henríquez; al ORIENTE, con terreno de José Elio Alfaro; al SUR, con el Estado de El Salvador, playa; y al PONIENTE, con predio de zona verde de Alcaldía Municipal. Tiene una extensión superficial de DOS MIL DOSCIENTOS SESENTA PUNTO TREINTA Y NUEVE METROS CUADRADOS. Que la posesión del inmueble descrito la adquirió por una donación de hecho que le hizo la señora Consuelo Henríquez Monzón, quien según información del Licenciado Mendoza Rodríguez, dicha señora ya falleció; que el interesado se encuentra residiendo en él, desde hace más de diez años continuos y sucesivos hasta la fecha, y no teniendo ningún documento que acredite el dominio sobre el mismo, viene a promover diligencias de título supletorio. No existen poseedores proindivisos. Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Acajutla, a las quince horas treinta minutos del día veintisiete de octubre del año dos mil cinco.- Licda. MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- Licda. ELSA CORALIA RAMIREZ LEIVA, TITULO DE DOMINIO 3 v. alt. No. F EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL, HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado la señora MAR- GARITA ALICIA CARCAMO, de sesenta años de edad, doméstica, del domicilio de esta población, con Documento Único de Identidad Número cero dos millones doscientos cuarenta y dos mil cuatrocientos cuarenta y nueve guión cero, expedido en San Vicente, el día siete de noviembre del año dos mil dos, actuando en calidad de apoderada de la señora MARIA DEL CARMEN CARCAMO, de treinta y siete años de edad, empleada y del domicilio de San Cayetano Istepeque, SOLICITANDO: Un Título de dominio de un inmueble de naturaleza urbana situado en los suburbios del Barrio San José de esta población, de la extensión superficial aproximada de DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES PUNTO SESENTA Y CINCO METROS CUADRADOS de las medidas y linderos siguientes: LINDERO NORTE: formado por un solo tramo, del mojón número uno al dos con rumbo sur setenta y tres grados treinta y siete minutos cincuenta y un segundos este, con una distancia de dieciocho punto ochenta y tres metros, lindando sobre este rumbo con terreno propiedad de Andrés Aguilar Cruz, pasaje de por medio; LINDERO ORIENTE, formado por dos tramos: el primero, del mojón número dos al tres con rumbo sur veintinueve grados doce minutos cincuenta y cinco segundos oeste, con una distancia de once punto setenta y tres metros; y el segundo mojón número tres al cuatro con rumbo sur treinta y cinco grados cuarenta y cuatro minutos dieciocho segundos oeste, con una distancia de siete punto setenta y ocho metros, lindando sobre este rumbo con terrero propiedad de la señora MARIA SERVELLON CORDOVA; LINDERO SUR, formado por un solo tramo, del mojón número cuatro al cinco con rumbo norte treinta y cuatro grados trece minutos cincuenta y cuatro segundo oeste, con una distancia de veintiuno punto cero nueve metros, lindando sobre este rumbo con terreno propiedad de Sebastián Alfaro Chávez, y LINDERO PONIENTE, formado por un solo tramo, del mojón número cinco al uno con rumbo norte cuarenta y dos grados treinta y ocho minutos veinte segundos este, con una distancia de seis punto cero un metros, lindando sobre este rumbo con sucesión de IGNA- CIO PORTILLO, hoy propiedad del señor MANUEL PORTILLO, calle principal que conduce a la cancha de fútbol de por medio.- EI inmueble antes descrito; no es dominante ni sirviente, no tiene carga, ni derechos reales; no está en proindivisión con ninguna persona, lo estima en la cantidad de UN MIL TRESCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.- Los colindantes son de este domicilio y lo adquirió por compra que hizo al señor JOSE ANTONIO CARRANZA, de cuarenta y tres años de edad, comerciante en pequeño y del domicilio de San Vicente. Se avisa al público para los efectos legales. Alcaldía Municipal: Tepetitán, quince de noviembre de dos mil cinco.- VICTOR MANUEL MEJIA, ALCALDE MUNICIPAL.- MARIA FERNANDA AGUILLON DE VILLALTA, SECRETARIA MUNICI- PAL. 3 v. alt. No. R

132 132 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 RENOVACION DE MARCAS No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. LA INFRASCRITA REGISTRADORA HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado OSCAR EDGARDO SILVA GRANADOS, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL- VADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de LABORA- TORIO Y DROGUERIA DONOVAN WERKE, A.G.S.A, del domicilio de CIUDAD DE GUATEMALA, REPUBLICA DE GUATEMALA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la frase LIVERKRAL, escrita en letras corrientes de imprenta; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. San Salvador, a los diez días del mes de octubre del año dos mil cinco. Lic. MARIA DAFNE RUIZ, RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 30. LA INFRASCRITA REGISTRADORA 3 v. alt. No. F HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado SALVA- DOR ANTONIO LAINEZ RODRIGUEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL- VADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL de PRODUCTOS ALIMENTICIOS DIANA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de Soyapango, Departamento de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de REGISTRO DE MARCAS, consistente en una viñeta rectangular que contiene el dibujo de tres cacerolas equidistantes y separadas por el dibujo de tres figuras casi rectangulares que se intercalan hasta la mitad de las cacerolas y se unen los rectángulos perfilando los contornos, el resto del dibujo es fondo blanco; que generalmente los rectángulos y contornos son color verde, las cacerolas son en color rojo y el resto es blanco; que están escritas intercaladamente las palabras no registrables MENTA en cada figura rectangular y DIANA en cada cacerola, todo el dibujo está dispuesto verticalmente ; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. San Salvador, a los quince días del mes de noviembre del año dos mil cinco. Lic. MARIA DAFNE RUIZ, RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ, 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 30. LA INFRASCRITA REGISTRADORA HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de PEPSICO, INC., del domicilio de 700 Anderson Hill Road, Purchase, New York, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra DENT-PLUS siendo el guión parte de la marca; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. San Salvador, a los ocho días del mes de noviembre del año dos mil cinco. Lic. MARIA DAFNE RUIZ, RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ, 3 v. alt. No. F

133 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 30. LA INFRASCRITA REGISTRADOR HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de PEPSICO, INC., del domicilio de 700 ANDERSON HILL ROAD, PURCHASE, NEW YORK 10577, ESTA- DOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión FRITO-LAY, formando el guión parte de la marca; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. San Salvador, a los siete días del mes de noviembre del año dos mil cinco. Lic. MARIA DAFNE RUIZ, EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 30. LA INFRASCRITA REGISTRADOR HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de PEPSICO, INC., del domicilio de 700 ANDERSON HILL ROAD, PURCHASE, NEW YORK 10577, ESTA- DOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión PEPSICO FOODS; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos, San Salvador, a los siete días del mes de noviembre del año dos mil cinco. Lic. MARIA DAFNE RUIZ, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 30. LA INFRASCRITA REGISTRADOR HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de PEPSICO, INC., del domicilio de 700 ANDERSON HILL ROAD, PURCHASE, NEW YORK 10577, ESTA- DOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión SONRIC S ; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. San Salvador, a los cuatro días del mes de noviembre del año dos mil cinco. Lic. MARIA DAFNE RUIZ, LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO, MARCAS DE FABRICA 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado OSCAR EDGARDO SILVA GRANADOS, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de LABORATORIO Y DROGUERIA DONOVAN WERKE, A.G., SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, TRI-LETS D Consistente en: La expresión TRI-LETS D. La solicitud fue presentada el día veintiocho de julio del año dos mil cinco. San Salvador, veintinueve de septiembre del año dos mil cinco. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, 3 v. alt. No. F MELVY ELIZABETH CORTEZ DE ALAS, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F

134 134 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado OSCAR EDGARDO SILVA GRANADOS, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de LABORATORIO Y DROGUERIA DONOVAN WERKE, A.G., SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, MINERAVIT FEM Consistente en: Las palabras MINERAVIT FEM. La solicitud fue presentada el día veintiocho de julio del año dos mil cinco. San Salvador, veintinueve de septiembre del año dos mil cinco. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, MELVY ELIZABETH CORTEZ DE ALAS, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 29. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RAFAEL ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO de ACEITES DEL SUR-COOSUR, S.A., de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER- CIO, LA ESPAÑOLA Consistente en: Las palabras LA ESPAÑOLA. La solicitud fue presentada el día cinco de octubre del año dos mil cinco. San Salvador, dieciséis de noviembre del año dos mil cinco. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 03. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de COLGA- TE-P ALMOLIVE COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER- CIO, HYDROCELL Consistente en: La palabra HYDROCELL. La solicitud fue presentada el día veintiocho de octubre del año dos mil cinco. San Salvador, primero de noviembre del año dos mil cinco. LUIS ALONSO CACERES AMAYA, NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 03. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de COLGA- TE-PALMOLIVE COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER- CIO, Lady Speed Stick Double Defense Cápsulas MicroFresh Consistente en: Las palabras Lady Speed Stick Double Defense Cápsulas MicroFresh, traduciéndose al castellano como BARRA RAPIDA PARA DAMA DOBLE DEFENSA CAPSULAS MICROFRESH. La solicitud fue presentada el día diez de noviembre del año dos mil cinco. San Salvador, catorce de noviembre del año dos mil cinco. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, LUCIA MARGARITA GALAN, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO, MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES, 3 v. alt. No. F

135 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de WYETH, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: Las palabras FORT DODGE y diseño de Gallina traducida como FUERTE ESCABULLIRSE. La solicitud fue presentada el día primero de noviembre del año dos mil cinco. San Salvador, primero de noviembre del año dos mil cinco. ALICIA ESTHER GARCIA COREAS, REGISRADOR. SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA, SECRETARIA. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de COMPAÑIA NUMAR, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER- CIO, San Salvador, veintiséis de octubre del año dos mil cinco. LUIS ALONSO CACERES AMAYA, MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES, 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 30 HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de THE QUAKER OATS COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: La palabra QUAKER y diseño. La solicitud fue presentada el día nueve de noviembre del año dos mil cinco. San Salvador, once de noviembre del año dos mil cinco. LUIS ALONSO CACERES AMAYA, MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES, 3 v. alt. No. F CLOVER Consistente en: La palabra CLOVER traducida al castellano como TREBOL. La solicitud fue presentada el día veinticinco de octubre del año dos mil cinco. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 12. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de GENERAL

136 136 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 MOTORS CORPORATION, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, COLORADO Consistente en: La palabra COLORADO. La solicitud fue presentada el día veinticinco de octubre del año dos mil cinco. San Salvador, veintiséis de octubre del año dos mil cinco. LUIS ALONSO CACERES AMAYA, MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES, 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 31. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de Société des Produits Nestlé S.A., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, MAINSTAY Consistente en: La palabra MAINSTAY traducida al castellano como sostén. La solicitud fue presentada el día veintiuno de octubre del año dos mil cinco. San Salvador, veintiuno de octubre del año dos mil cinco. LUIS ALONSO CACERES AMAYA, MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 03. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de COLGA- TE-PALMOLIVE COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER- CIO, SUAVITEL AROMA SENSATIONS Consistente en: Las palabras SUAVITEL AROMA SENSATIONS, que se traducen al castellano como SUAVITEL AROMA SENSACIO- NES. La solicitud fue presentada el día diez de noviembre del año dos mil cinco. San Salvador, once de noviembre del año dos mil cinco. LUIS ALONSO CACERES AMAYA, MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES, 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 03. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de COLGA- TE-PALMOLIVE COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER- CIO, SUAVITEL AROMA SENSACIONES Consistente en: Las palabras SUAVITEL AROMA SENSACIO- NES. La solicitud fue presentada el día diez de noviembre del año dos mil cinco. San Salvador, once de noviembre del año dos mil cinco. LUIS ALONSO CACERES AMAYA, MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES, 3 v. alt. No. F v. alt. No. F

137 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 02., La solicitud fue presentada el día cinco de octubre del año dos mil cinco. San Salvador, nueve de noviembre del año dos mil cinco. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de THE SHERWIN-WILLIAMS COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNI- DENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, EXCEL BASE Consistente en: las palabras EXCEL BASE, la palabra Excel se traduce al castellano como SOBRESALIR. La solicitud fue presentada el día trece de julio del año dos mil cinco. San Salvador, treinta y uno de octubre del año dos mil cinco. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, SAYONARA AYALA DE GUERRERO, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05., 3 v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RAFAEL ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO de LABORATORIOS BUSSIE S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER- CIO, Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, LUCIA MARGARITA GALAN, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 03., 3 v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de COLGA- TE-PALMOLIVE COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER- CIO, COLGATE TIME CONTROL Consistente en: las palabras COLGATE TIME CONTROL, las palabras TIME CONTROL se traducen al castellano como control del tiempo. La solicitud fue presentada el día veintiocho de octubre del año dos mil cinco. San Salvador, treinta y uno de octubre del año dos mil cinco. LUIS ALONSO CACERES AMAYA, MOXAR CARLOS ARTURO SOTO GARCIA, Consistente en: la palabra MOXAR. 3 v. alt. No. F

138 138 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE. 05., HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de GLAXO GROUP LIMITED, de nacionalidad INGLESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, IZOMAL Consistente en: la palabra IZOMAL. La solicitud fue presentada el día veintiocho de octubre del año dos mil cinco. San Salvador, primero de noviembre del año dos mil cinco. LUIS ALONSO CACERES AMAYA, SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA, 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 29., HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de KENTUCKY FRIED CHICKEN INTERNATIONAL HOLDINGS, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, CHICKY COMBO Consistente en: las palabras CHICKY COMBO. La solicitud fue presentada el día veintisiete de mayo del año dos mil cinco. San Salvador, catorce de noviembre del año dos mil cinco. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 03., HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de COLGA- TE-PALMOLIVE COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER- CIO, LOURNEY NC Consistente en: las palabras LOURNEY NC. La solicitud fue presentada el día primero de noviembre del año dos mil cinco. San Salvador, primero de noviembre del año dos mil cinco. LUIS ALONSO CACERES AMAYA, MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES, 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05., HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS MI- GUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de PFIZER PRODUCTS INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, ZITROMAX Consistente en: la palabra ZITROMAX. La solicitud fue presentada el día veintiséis de octubre del año dos mil cinco. San Salvador, veintisiete de octubre del año dos mil cinco. JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO, HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA, LUIS ALONSO CACERES AMAYA, SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA, 3 v. alt. No. F v. alt. No. F

139 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 03., HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de COLGA- TE-PALMOLIVE COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER- CIO, Consistente en: diseño identificado como Botella con diseño de corazón. La solicitud fue presentada el día primero de noviembre del año dos mil cinco. San Salvador, cuatro de noviembre del año dos mil cinco. LUIS ALONSO CACERES AMAYA, MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES, 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 09., HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de 20Q.NET INC., de nacionalidad CANADIENSE, solicitando el registro de la MAR- CA DE FABRICA Y DE COMERCIO, La solicitud fue presentada el día diez de noviembre del año dos mil cinco. San Salvador, catorce de noviembre del año dos mil cinco. JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO, MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 43., 3 v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RAFAEL ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO de OPERADORA DEL SUR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, Consistente en: DISEÑO DE CONEJO. La solicitud fue presentada el día quince de febrero del año dos mil cinco. San Salvador, quince de noviembre del año dos mil cinco. JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO, 20Q SAYONARA AYALA DE GUERRERO, Consistente en: la palabra 20Q. 3 v. alt. No. F

140 140 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 11., La solicitud fue presentada el día veintiséis de julio del año dos mil cuatro. San Salvador, quince de noviembre del año dos mil cinco. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO GUILLERMO CASTANEDA, en su calidad de APODERADO de F.V. SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad ARGENTINA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, Consistente en: la palabra fv FRANZ VIEGENER y diseño. La solicitud fue presentada el día dieciocho de febrero del año dos mil cinco. San Salvador, veintiocho de febrero del año dos mil cinco. ALICIA ESTHER GARCIA COREAS, SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05., HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO GUILLERMO CASTANEDA, en su calidad de APODERADO ESPE- CIAL de LABORATORIOS FRANCELIA, S. DE R.L. DE C.V., de nacionalidad HONDUREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO, GUILLERMO ALFONSO LOPEZ, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05., 3 v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO GUILLERMO CASTANEDA, en su calidad de APODERADO ESPE- CIAL de LABORATORIOS FRANCELIA, S. DE R.L. DE C.V., de nacionalidad HONDUREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, NISTAFRAN Consistente en: la palabra NISTAFRAN. La solicitud fue presentada el día veintiséis de julio del año dos mil cuatro. San Salvador, quince de noviembre del año dos mil cinco. JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO, MEBEN-6 GUILLERMO ALFONSO LOPEZ, Consistente en: la expresión MEBEN-6. 3 v. alt. No. F

141 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 18., La solicitud fue presentada el día veintisiete de junio del año dos mil cinco. San Salvador, treinta de junio del año dos mil cinco. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado NORMA ESMERALDA ROMERO DE SUAREZ, en su calidad de REPRESEN- TANTE LEGAL de SAONA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: SAONA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: la palabra Saona y diseño. La solicitud fue presentada el día tres de junio del año dos mil cinco. San Salvador, ocho de agosto del año dos mil cinco. LUIS ALONSO CACERES AMAYA, EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 11., HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado KLAUS JUR- GEN BODE GARCIA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de UNIVERSAL DE REFRIGERACION, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: UNIREFRI, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE COMERCIO, JOSE RAUL ROSALES PEREZ, EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 32., 3 v. alt. No. R HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MAURICIO LOPEZ PARKER, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de MANEH, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: MANEH, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: la palabra Frutavita. La solicitud fue presentada el día diecisiete de marzo del año dos mil cinco. San Salvador, dieciocho de marzo del año dos mil cinco. ALICIA ESTHER GARCIA COREAS, REFRYCON CARLOS ARTURO SOTO GARCIA, Consistente en: la palabra REFRYCON. 3 v. alt. No. R

142 142 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 32. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MAURICIO LOPEZ PARKER, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de MANEH, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: MANEH, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: la palabra Aquavita y diseño. La solicitud fue presentada el día diecisiete de marzo del año dos mil cinco. San Salvador, veintinueve de marzo del año dos mil cinco. ALICIA ESTHER GARCIA COREAS, CARLOS ARTURO SOTO GARCIA, SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL 3 v. alt. No. R No. de Expediente No. de Presentación: HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de COLGA- TE-PALMOLIVE COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL, La solicitud fue presentada el día dieciocho de agosto del año dos mil cinco. San Salvador, dieciséis de noviembre del año dos mil cinco. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, LUCIA MARGARITA GALAN, SECRETARIA. No. de Expediente: No. de Presentación: v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS MI- GUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de THE QUAKER OATS COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL, QUAKER, EL EXPERTO EN NUTRICION Consistente en: las palabras QUAKER, EL EXPERTO EN NUTRI- CION, que servirá para: ATRAER LA ATENCIÓN DEL PUBLICO CON- SUMIDOR A LOS PRODUCTOS TALES COMO CAFÉ, TE, CACAO, AZÚCAR, ARROZ, TAPIOCA, SAGU, CAFÉ ARTIFICIAL; HARINA Y PREPARACIONES HECHAS DE CEREALES, PAN, PASTAS Y CONFITERÍA, HIELOS; MIEL, JARABE DE AZÚCAR; LEVADU- RA, POLVO DE HORNEAR; SAL, MOSTAZA; VINAGRE, SALSAS (CONDIMENTOS); ESPECIES; HIELO. La solicitud fue presentada el día cuatro de noviembre del año dos mil cinco. San Salvador, ocho de noviembre del año dos mil cinco. NUTRE LA BELLEZA DE TU PIEL Consistente en: las palabras NUTRE LA BELLEZA DE TU PIEL, que servirá para: ATRAER LA ATENCIÓN DEL PUBLICO CONSU- MIDOR A LOS PRODUCTOS TALES COMO: PRODUCTOS PARA EL CUIDADO PERSONAL, PREPARACIONES PARA LIMPIAR LA PIEL, LOCIONES PARA LA PIEL, LOCIONES HIDRATANTES, LO- CIONES TONIFICANTES Y PREPARACIONES PARA AFEITAR. LUIS ALONSO CACERES AMAYA, MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES, 3 v. alt. No. F

143 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de MATRICULAS DE COMERCIO ASIENTO DE EMPRESA ESTABLECIMIENTO ,002,003,004 LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLE- CIMIENTOS: HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE AR- MANDO ZEPEDA VALLE, en su calidad de Representante legal de la sociedad PRIMER BANCO DE LOS TRABAJADORES, SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SAL- VADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 33 del libro 798 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con número de Identificación Tributaria: , ha presentado solicitud a las diez horas y cincuenta y un minutos del día veinticuatro de noviembre de dos mil cinco. Con la cual se otorgaron los asientos de Empresa No y Establecimiento No ,002,003,004; a favor de la Empresa denominada PRIMER BANCO DE LOS TRA- BAJADORES, SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a PRESTAR SERVICIOS FINANCIEROS, con dirección en BOULEVARD DE LOS HEROES Y CALLE BERLIN, URBANIZACIÓN BUENOS AIRES, No. II, del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a VEINTIUN MILLONES CIENTO TREINTA Y UN MIL CIENTO CUARENTA Y SIETE DOLARES CON 49/100 $21,131, y que tiene los establecimientos siguientes: 001) PRIMER BANCO DE LOS TRABAJADORES, SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILI- DAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE ubicado en BOULEVARD DE LOS HEROES Y CALLE BERLIN, URBANIZACION BUENOS AIRES, No. II, del domicilio de SAN SALVADOR, 002-) AGENCIA PALACIO NACIONAL, ubicado en 2ª AVENIDA SUR Y 2ª CALLE ORIENTE, EDIFICIO EL FENIX, LOCAL No. 1, del domicilio de SAN SALVADOR, 003-) AGENCIA LA ESPERANZA ubicado en 25ª Avenida Norte y 23ª CALLE PONIENTE, EDIFICIO DE FEDECREDITO, del domicilio de SAN SALVADOR, 004-) AGENCIA CHALATENANGO, ubicado en 4ª CALLE PONIENTE Y 3ª AVENIDA SUR, No. 5, BARRIO EL CENTRO, del domicilio de CHALATENANGO. Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley. San Salvador, veinticuatro de noviembre de dos mil cinco. MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE, REGISTRADORA. ASIENTO DE EMPRESA ESTABLECIMIENTO v. alt. No. F DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI- MIENTOS: HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado VELASCO AREVALO, SAUL ROMERO en su calidad de Representante legal de la sociedad VELACORP, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse VELACORP, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 27 del libro 1549 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: , ha presentado solicitud a las horas y minutos del día quince de noviembre de dos mil. Con la cual se otorgaron los asientos de Empresa No y Establecimiento No ; a favor de la Empresa denominada VELACORP, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a PRESTACION DE SERVICIOS MEDICOS, con dirección en 23 AVENIDA NORTE, #. 1216, COLONIA MEDICA del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a CINCUENTA Y UN MIL SETENTA Y CUATRO DOLARES CON 91/100 51, y que tiene el (los) establecimiento (s) siguiente(s): 001-) VELACORP, S.A. DE C.V. ubicado en 23 AVENIDA NORTE, # 1216, COLONIA MEDICA, del domicilio de SAN SALVADOR. Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley. San Salvador, veintiuno de agosto de dos mil dos Lic. LILIANA PATRICIA CACERES DE MONTOYA, 3 v. alt. No. F ASIENTO DE EMPRESA ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI- MIENTOS: HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO GUTIERREZ OLMEDO, en calidad de Representante legal de la sociedad SABORES COSCO DE CENTROAMERICA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIBALE, que se abrevia SABORES COSCO DE CENTROAMERICA, S.A. DE C.V. COSCO DE CENTROAMERICA, S.A. DE C.V. O COSCO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADORE- ÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 3 del libro 176 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: , quien ha presentado solicitud con la cual se ha ordenado la modificación de los asientos de matrícula de empresa y establecimientos para lo cual se le otorga la inscripción No. 5, del libro 91, del folio 11 al 12; a favor de la empresa denominada SABORES COSCO DE CENTROAMERICA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a ELABORACION DE ESENCIAS Y COLORANTES, con dirección en KILOMETRO 121/2 CARRETERA AL PUERTO DE LA LIBER- TAD, del domicilio de NUEVO CUSCATLAN, LA LIBERTAD, cuyo activo asciende a $ 3, y que tiene el establecimiento comercial denominado: 001) SABORES COSCO DE CENTROAMERICA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a ELABORACION DE ESENCIAS Y COLORANTES, con dirección en KILOMETRO 121/2 CARRETERA AL PUERTO DE LA LIBERTAD del domicilio de NUEVO CUSCATLAN, LA LIBERTAD. Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley. San Salvador, doce de septiembre de dos mil cinco. Lic. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA, 3 v. alt. No. R

144 144 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 ASIENTO DE EMPRESA ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO ,007 DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABECI- MIENTOS: HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JUAN JOSE MARROQUIN ANDRADE, en su calidad de Representante legal de la sociedad TROPIGAS DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA que puede abreviarse TROPIGAS DE EL SALVADOR, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 1 del libro 350 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria; , ha presentado solicitud con la cual se otorgaron los asientos de Empresa No y Establecimiento No ; a favor de la Empresa denominada TROPIGAS DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA, la cual se dedica a la INDUSTRIA DEL ENVASAMIENTO Y COMERCIALIZACION DE GAS PROPANO Y BUTANO, con dirección en BOULEVARD DEL EJERCITO Y CALLE A COLONIA MONTECARMELO, CONTIGUO A PLAZA MUNDO del domicilio de SOYAPANGO, SAN SALVADOR y que tiene los establecimientos siguientes: 006-) PLANTA SONSONATE, TROPIGAS DE EL SALVADOR, S.A. ubicado en KILOMETRO 611/2 CARRETERA A SONSONATE, CANTON HUISCOYOLATE, DEL DOMICILIO DE IZALCO, SONSONATE y 007-) PLANTA EL JUTE, TROPIGAS DE EL SALVADOR, S.A, ubicado en CANTON EL JUTE, KILOMETRO 144, CARRETERA AL LITORAL, del domicilio de SAN MIGUEL. Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley. San Salvador, diecisiete de octubre de dos mil cinco. Lic. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA, 3 v. alt. No. R ASIENTO DE EMPRESA ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN- TOS DEL REGISTRO DE COMERCIO. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARIO GUERRERO ARGUETA, en su calidad de Representante legal de la sociedad CENTRAL AMERICAN POWER COMPANY, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse CENTRAL AMERICAN POWER COMPANY, S.A. DE C.V.; de nacionalidad SAL- VADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 9 del libro 1948 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: ; el cual ha presentado solicitud a las nueve horas y cincuenta minutos del día veintinueve de agosto de dos mil cinco., con la cual se otorgó el asiento de Empresa No inscripción 1 y el asiento de Establecimiento No inscripción 2, ambos del libro 92 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada CENTRAL AMERICAN POWER COMPANY, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a GENERACION Y DISTRIBUCION DE ENERGIA ELECTRICA, con dirección en BOULEVARD DEL EJERCITO NACIONAL Y 54ª AVENIDA NORTE, del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a VEINTICUATRO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE DOLARES CON 01/100 $ 24, y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado CENTRAL AMERICAN POWER COMPANY, S.A. DE C. V., ubicado en BOULEVARD DEL EJERCITO NACIONAL Y 54ª AVENIDA NORTE, y que se dedica a GENERACION Y DISTRIBUCIÓN DE ENERGIA ELECTRICA. Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley. San Salvador, veintisiete de septiembre de dos mil cinco. LIC. MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE, 3 v. alt. No. R ASIENTO DE EMPRESA ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN- TOS DEL REGISTRO DE COMERCIO. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ELIODORO RIVAS MARTINEZ en su calidad de Representante legal de la sociedad INSTRUQUIMICA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse INSTRUQUIMICA, S.A. DE C.V.; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 95 del libro 2036 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: ; el cual ha presentado solicitud a las trece horas y veintitrés minutos del día once de agosto de dos mil cinco., con la cual se otorgó el asiento de Empresa No inscripción 208 y el asiento de Establecimiento No , inscripción 209, ambos del Libro 88 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa se denomina INSTRUQUIMICA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a VENTA DE EQUIPOS E INSTRUMENTOS DE USO PROFESIONAL Y CIENTIFICO Y DE APARATOS DE MEDIDA Y CONTROL, con dirección en RESIDENCIAL SAN JUAN MONTEBELLO, BLOCK No. 2, SENDA B CASA No. 5 del domicilio de MEJICANOS, cuyo activo asciende a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO DÓLARES con 57/100 $ 11, y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado INSTRUQUIMICA, S.A. DE C.V. ubicado en RESIDENCIAL SAN JUAN MONTEBELLO, BLOCK 2, SENDA B CASA No. 5, MEJICANOS y que se dedica a VENTA DE EQUIPOS E INSTRUMENTOS DE USO PROFESIONAL Y CIENTIFICO Y DE APARATOS DE MEDIDA Y CONTROL. Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley. San Salvador, doce de agosto de dos mil cinco. LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN, REGISTRADORA. 3 v. alt. No. R

145 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de ASIENTO DE EMPRESA ESTABLECIMIENTO DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI- MIENTOS: HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARCO ANTONIO QUEVEDO ACUÑA en calidad de Apoderado Administrativo de la sociedad CEMENTO DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANO- NIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse CEMENTO DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, con Número de Identificación Tributaria: , ha presentado solicitud a las quince horas y veinte minutos del día veinticinco de agosto de dos mil cinco. Con la cual se otorgó el asiento de Establecimiento No ; a favor de la Empresa denominada CEMENTO DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a FABRICACION DE CEMENTO, CAL Y YESO, con dirección en CEMENTO DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V. ROSARIO LA PAZ ubicado en KILOMETRO 41, CARRETERA A ZACATECOLUCA, CANTON EL TUNAL, del domicilio de EL ROSARIO. Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley. San Salvador, seis de octubre de dos mil cinco. LIC. RUBEN ALBERTO NAVARRO CRUZ, 3 v. alt. No. R ASIENTO DE EMPRESA ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO DEL DEPARTAMENTO DE RE- GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO: HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ANTONIO CHAVEZ CAPARROSO en su calidad de Representante legal de la sociedad ECOLOGIA Y TECNOLOGÍA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse ECOLTEC, S. A. DE C.V.; de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SAL- VADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 35 del libro 421 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: ; quien ha presentado solicitud a las once horas y doce minutos del día siete de septiembre de dos mil cuatro, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No inscripción 213 y el asiento de Establecimiento No inscripción 214, ambos del libro 86 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada ECOLOGIA Y TECNO- LOGIA, S.A. DE C.V., la cual se dedica a OTRAS INDUSTRIAS MA- NUFACTURERAS, con dirección en KILOMETRO 25 CARRETERA A SANTA ANA, del domicilio de COLON, cuyo activo asciende a SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL CUARENTA Y TRES DOLARES CON 78/100 $ 644, y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado ECOLOGIA Y TECNOLOGIA, S. A. DE. C.V ubicado en KILOMETRO 25 CARRETERA A SANTA ANA, y que se dedica a OTRAS INDUSTRIAS MANUFACTURERAS. Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley. San Salvador, siete de julio de dos mil cinco. LIC. RUBEN ALBERTO NAVARRO CRUZ, 3 v. alt. No. R ASIENTO DE EMPRESA ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN- TOS DEL REGISTRO DE COMERCIO. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado el señor CAR- LOS ANTONIO DIAZ HERNANDEZ, en su calidad de Representante legal de la sociedad INDUSTRIAL METAPANECA, SOCIEDAD ANO- NIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 13 del libro 638 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: ; el cual ha presentado solicitud a las diez horas y treinta y cinco minutos del día diecinueve de octubre de dos mil cuatro; con la cual se otorgó el asiento de Empresa No inscripción 94 y el asiento de Establecimiento No inscripción 95, ambos del libro 86 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada INDUSTRIAL METAPANECA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES, con dirección en CANTON TECOMAPA, CASERIO EL RONCO, del domicilio de METAPAN, SANTA ANA, cuyo activo asciende a NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO DOLARES CON 08/100 $ 975, y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado INDUSTRIAL METAPANECA, SOCIEDAD ANONI- MA DE CAPITAL VARIABLE ubicado en CANTON TECOMAPA, CASERIO EL RONCO, del domicilio de METAPAN, SANTA ANA, y que se dedica a ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES. Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley. San Salvador, cuatro de julio de dos mil cinco. LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN, REGISTRADORA. 3 v. alt. No. R

146 146 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 ASIENTO DE EMPRESA ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO DEL DEPARTAMENTO DE RE- GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ENRIQUE HUMBERTO VASQUEZ LINARES en su calidad de Representante legal de la sociedad SUPERCEMENTO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse SUPERCEMENTO S.A. DE C.V.; de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de METAPAN, departamento de SANTA ANA, cuya escritura social está inscrita bajo el número 35 del libro 999 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: ; el cual ha presentado solicitud a las diez horas y veintitrés minutos del día veinticinco de febrero de dos mil cinco, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No inscripción 136 y el asiento de Establecimiento No inscripción 137, ambos del libro 90 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada SU- PERCEMENTO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a ACTIVIDADES INMOBILIARIAS REALIZADAS CON BIENES PROPIOS O ARRENDADOS, con dirección en CASE- RIO EL RONCO, CANTON TECOMAPA del domicilio de METAPAN, SANTA ANA cuyo activo asciende a QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UN DÓLARES CON 08/100 ( $555, ) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado SUPERCEMENTO, S.A. DE.C.V. ubicado en CASERIO EL RONCO CANTON TECOMAPA, SANTA ANA y que se dedica a ACTIVIDADES INMOBILIARIAS REALIZADAS CON BIENES PROPIOS O ARRENDADOS. Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley. San Salvador, cinco de septiembre de dos mil cinco. LIC. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA, 3 v. alt. No. R ASIENTO DE EMPRESA ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN- TOS DEL REGISTRO DE COMERCIO. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARCO AN- TONIO QUEVEDO ACUÑA en su calidad de Representante legal de la Sociedad INDUSTRIAS SANTA CRUZ, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 36 del libro 653 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: ; el cual ha presentado solicitud a las nueve horas y cuarenta y tres minutos del día veintinueve de marzo de dos mil cinco, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No inscripción 133 y el asiento de Establecimiento No inscripción 134, ambos del libro 94 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada INDUSTRIAS SANTA CRUZ, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES, con dirección en CASERIO EL RONCO, CANTON TECOMAPA del domicilio de METAPAN, SAN- TA ANA cuyo activo asciende a DIECISIETE MILLONES CIENTO NOVENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS SIETE DOLARES CON 36/100 $ 17,198, y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado INDUSTRIAS SANTA CRUZ, S.A. DE C.V. ubicado en CASERIO EL RONCO, CANTON TECOMAPA del domicilio de METAPAN, SANTA ANA y que se dedica a ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES. Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley. San Salvador, veintiséis de octubre de dos mil cinco. Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON, REGISTRADORA. 3 v. alt. No. R ASIENTO DE EMPRESA ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO DEL DEPARTAMENTO DE RE- GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARCO ANTONIO QUEVEDO ACUÑA en su calidad de Representante legal de la Sociedad PEDRERA DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONI- MA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse PEDRERA DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V. de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN MIGUEL, cuya escritura social está inscrita bajo el número 2 del libro 733 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: , el cual ha presentado solicitud a las once horas y siete minutos del día veintidós de septiembre de dos mil cinco, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No inscripción 234 y el asiento de Establecimiento No inscripción 235, ambos del libro 93 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada PEDRERA DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONI- MA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a EXTRACCION DE PIEDRA, ARENA Y ARCILLA, con dirección en KILOMETRO 41 CARRETERA ANTIGUA A ZACATECOLUCA, CANTON EL TUNAL, del domicilio de EL ROSARIO, cuyo activo asciende a DOS MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS TREINTA Y UN DOLARES CON 73/100 $ 2,386, y que tiene el(los) establecimiento(s) siguiente(s): 001-) denominado PEDRERA DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V. ubicado en KILOMETRO 41 CA- RRETERA ANTIGUA A ZACATECOLUCA, CANTON EL TUNAL y que se dedica a EXTRACCION DE PIEDRA, ARENA Y ARCILLA. Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley. San Salvador, veinte de octubre de dos mil cinco. Lic. RUBEN ALBERTO NAVARRO CRUZ, 3 v. alt. No. R

147 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de ASIENTO DE EMPRESA ESTABLECIMIENTO LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLE- CIMIENTOS: HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARCELO ALEJANDRO LEVA RAPELA en su calidad de Representante legal de la Sociedad PRODUCCIONES DE TELEVISION, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADO- REÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 2 del libro 783 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: , ha presentado solicitud de CAMBIO DE DIRECCION DE LA EMPRESA, Y DEL ESTABLECIMIENTO a las once horas y once minutos del día cinco de septiembre de dos mil cinco. Con la cual se le otorga la inscripción No. 121 del libro 96 del folio 243 al 244; a favor de la Empresa denominada PRODUCCIONES DE TELEVISION, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a PRODUCCIONES DE COMERCIALES PARA TELEVISION, con dirección actual en AVENIDA LAS PALMAS No. 135, COLONIA SAN BENITO, del domicilio de SAN SALVADOR, SAN SALVADOR, y que tiene el establecimiento denominado TV PRODUCCIONES, S.A. DE C.V., la cual se dedica a SERVICIOS DE COMUNICACIONES Y PUBLICIDAD, con dirección actual en AVENIDA LAS PALMAS No. 135, COLONIA SAN BENITO, del domicilio de SAN SALVADOR, SAN SALVADOR. Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley. San Salvador, dieciocho de noviembre de dos mil cinco. Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON, SUBASTAS PUBLICAS REGISTRADORA. 3 v. alt. No. R EL INFRASCRITO JUEZ DEL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO EN GENERAL, HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido actualmente por el Licenciado EDUARDO GARCIA GUTIERREZ, actuando como Apoderado General Judicial de SCOTIABANK EL SAL- VADOR, SOCIEDAD ANONIMA, como absorbente de BANCO DE COMERCIO DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA, en contra del señor CARLOS TRUJILLO MARTINEZ, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal en hora y fecha que será señalada posteriormente, el inmueble que a continuación se describe: Un inmueble de naturaleza urbana situado en Urbanización antes denominada CIUDAD ATLACATL, ahora llamada RESIDENCIAL ALTOS DE LAS FLORES, de la Jurisdicción de Tonacatepeque, en este Departamento, marcado con el número SIETE, del Polígono SETENTA Y UNO, de una extensión superficial de CIENTO VEINTE PUNTO OCHENTA Y UN METROS CUADRADOS, que mide: AL NORTE, ONCE PUNTO CINCUENTA Y SEIS METROS; AL ORIENTE, QUINCE PUNTO CERO CERO METROS; AL SUR, SIETE PUNTO DIEZ METROS; AL PONIENTE, CATORCE PUNTO NOVENTA METROS. Inmueble inscrito a favor del demandado bajo el Número MO UNO CERO DOS SIETE CERO OCHO CINCO, del Registro Social de Inmuebles del Departamento de San Salvador. Se admitirán posturas siendo legales lo que se avisa al público para los efectos de Ley. Librado en el Juzgado Segundo de lo Mercantil: San Salvador, a las once horas y quince minutos del día veintiséis de octubre del año dos mil cinco. Lic. ERNESTO CEA, JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL. Licda. TERESA DE JESUS VASQUEZ VASQUEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F LA INFRASCRITA JUEZ INTERINA DEL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO EN GENERAL; HACE SABER: Que en el Juicio Mercantil Ejecutivo marcado con el número 428-E-03, promovido por la Licenciada THELMA ELIZABETH CASTELLON ORTEGA como Apoderado del BANCO DE CREDITO INMOBILIARIO, S.A. EN LIQUIDACION; contra la señora BLANCA CECILIA MENDEZ conocida por BLANCA CECILIA MENDEZ ROSA; se venderá en Pública subasta en este Tribunal en fecha que más adelante se señalará el bien inmueble que a continuación se localiza y describe así: Apartamento número VEINTICINCO, del pasaje tres, el cual se describe así: Partiendo del punto de intersección de los ejes de la Calle Ronda y del Pasaje Polío, se miden tres distancias así: la primera de rumbo Sur cincuenta y un grados cincuenta y nueve punto cuatro minutos Oeste y distancia de catorce punto veintidós metros; la segunda, de rumbo Sur treinta y nueve grados quince punto ocho minutos Este y distancia de diecinueve punto cero ocho metros; y la tercera de rumbo Sur diecisiete grados cuarenta y seis punto seis minutos Este y distancia de catorce punto veintitrés metros, localizando así el punto número tres. Se parte del punto número tres descrito anteriormente el cual es a la vez el esquinero Nor Este del apartamento el cual mide y linda: AL ORIENTE, linda recta de rumbo Sur diecisiete grados cuarenta y seis punto seis minutos Este y distancia de once punto treinta y cinco metros, lindando con terrenos de Oscar Rascón Durán y con terreno de Magdalena Crespín; AL SUR, recta de rumbo Sur cuarenta y seis grados cuarenta y uno punto ocho minutos Oeste y distancia de cero punto cincuenta metros, lindando con terreno de Ana Mojica; AL PONIENTE, línea recta de rumbo Norte cuarenta y siete grados cincuenta y tres punto cuatro minutos Oeste y distancia de nueve punto ochenta metros, lindando con el apartamento número veintiséis del mismo condominio; y AL NORTE, línea recta de rumbo Norte cincuenta grados cuarenta y cuatro punto dos minutos Este y distancia de seis punto setenta y cuatro metros lindando con área de zona verde del mismo Condominio, pasaje número tres Sur de uno punto cincuenta metros de ancho de por medio. Llegando así al esquinero Nor Este del terreno del Apartamento que fue donde dio inicio la presente descripción. El inmueble tiene una extensión superficial de TREINTA Y CINCO PUNTO CUARENTA Y OCHO METROS CUADRADOS, equivalentes a CINCUENTA PUNTO SETENTA Y SEIS VARAS CUA- DRADAS. En el terreno así descrito está construido un apartamento de

148 148 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 dos plantas con un área construida total de treinta y dos punto ochenta y ocho metros cuadrados, una altura, promedio de dos punto veinticinco metros y un volumen total de setenta y tres punto noventa y ocho metros cúbicos. Todos los apartamentos colindantes son, o han sido, propiedad de la Sociedad OBRAS DE INGENIERIA Y ARQUITECTURA, S.A. DE C.V.. Dicho apartamento número VEINTICINCO se encuentra ubicado en la Calle La Ronda, número QUINCE, de la Villa Cuscatancingo, y que forma parte de CONDOMINIO SANTA GERTRUDIS y que consta de cuatro edificios, a cada uno de los edificios se le ha denominado así: Bloque A ; Bloque B, Bloque C de dicho Condominio, el cual se encuentra construido en un inmueble de naturaleza urbana, y se encuentra Inscrito al número de Matrícula de Folio Real número CERO UNO- CERO SESENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS DOCE- CERO CERO CERO, Propiedad del Registro de la Propiedad de este Departamento de San Salvador. Se admitirán posturas siendo legales. LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL: San Salvador, a las nueve horas y quince minutos del día quince de noviembre de dos mil cuatro. Lic. MARLENI MELENDEZ GARCIA DE LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL INTA. Lic. ANA CECILIA FIGUEROA DE BARAHONA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL, de este Distrito Judicial al público en general, HACE SABER: Que en el presente Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por la Licenciada THELMA ELIZABETH CASTELLON ORTEGA, mayor de edad, Abogada y de este domicilio, actuando como Apoderada General Judicial del FONDO DE SANEAMIENTO Y FORTALECIMIENTO FINANCIERO, entidad Cesionaria del BANCO CENTRAL DE RESERVA DE EL SALVADOR / BANCO DE CREDITO INMOBILIARIO, SOCIEDAD ANONIMA EN LIQUIDACION, de este domicilio, contra el señor NELSON ANTONIO SANTANA, mayor de edad, estudiante, y del domicilio de Ciudad Delgado se venderá en pública subasta en este Tribunal, en fecha que más adelante se especificará, un inmueble de naturaleza urbana, situado en la Calle Doce de Octubre, Colonia América, de esta Ciudad, marcado como Apartamento número TRES-SEIS, Edificio B, del Condominio NUEVA AMERICA. El cual tiene la descripción siguiente: Este Apartamento tiene un área de VEIN- TICINCO PUNTO TREINTA Y DOS METROS CUADRADOS, y su medida cúbica es de SESENTA PUNTO SETENTA Y SIETE METROS CÚBICOS, la elevación del piso es de setecientos trece punto treinta y ocho metros sobre el nivel del mar, el cual partiendo del vértice Nor- Oeste cuyas coordenadas geodésicas son: Latitud doscientos ochenta y tres mil setecientos cuarenta y tres punto treinta y siete metros y su longitud; cuatrocientos setenta y nueve mil trescientos sesenta y dos punto cuarenta y ocho metros, se describe así: AL NORTE, línea recta de un tramo cuya distancia es tres punto sesenta metros, y cuyo rumbo es Norte cincuenta y siete grados tres punto ocho minutos Este, lindando con apartamento Tres - Dos, pasillo de por medio; AL ORIENTE, línea recta de un tramo cuya distancia es de seis metros y cuyo rumbo es Sur treinta y dos grados catorce punto seis minutos Este. Lindando con apartamento Tres - Cinco; AL SUR, línea recta quebrada de tres tramos cuyas distancias son: uno punto doscientos setenta y cinco metros uno punto sesenta metros cuadrados y dos punto trescientos treinta y cinco metros cuadrados, el primero y el tercero rumbo Sur cincuenta y seis grados quince punto nueve minutos Oeste y el segundo rumbo Sur treinta y dos grados catorce punto seis minutos Este. Lindando el primer y el segundo tramo con espacio aéreo sobre apartamento Uno - Seis y el tercer tramo con propiedad de María Teresa Arbizú Bosque, que antes fue de Rolmes Bosque Viuda de Arbizú y actualmente de doña Belarmina Cerna de Sagastume Girón y Dolores Bosque de Arbizú; AL PONIENTE, línea recta de un tramo cuya distancia es de siete punto sesenta metros y cuyo rumbo es Norte Treinta y dos grados catorce punto seis minutos Oeste. Lindando con apartamento Tres - Siete. Por parte baja o piso linda con apartamento Dos - Seis, obra gruesa de por medio y por la parte alta o cielo linda con espacio aéreo, techo de por medio. El Apartamento antes relacionado es propiedad del señor NELSON ANTONIO SANTANA y se encuentra inscrito al Número CINCUENTA Y OCHO del Libro TRES MIL SETECIENTOS CINCO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, Departamento de San Salvador. Se admitirán posturas siendo Legales. Librado en el Juzgado Quinto de lo Mercantil: San Salvador, a las doce horas del día veintiuno de octubre de dos mil cinco. Dr. SALVA- DOR CANO GUTIERREZ, JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL. Lic. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS, 3 v. alt. No. F DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR HACE SABER: Que por resolución pronunciada en el Juicio Civil Ejecutivo, promovido por la Doctora MARTA IRENE MONTERROSA FLORES, en su carácter personal, en contra de la señora MARIA IS- MENIA CARDOZA VIUDA DE ESCALANTE conocida por MARIA ISMENIZA CARDOZA VIUDA DE JIMÉNEZ, MARIA ISMENIA CARDOZA NUÑEZ, y por MARIA ISMENIA CARDOZA NUÑEZ VIUDA DE ESCALANTE, reclamándole cantidad de colones, se venderá en pública subasta en este Juzgado la nuda propiedad del inmueble siguiente: Un inmueble antes rústico hoy urbano, situado en los suburbios del Barrio de Candelaria de esta ciudad hoy Barrio Santa Anita Colonia San Antonio Calle B, Mil Ciento Veintinueve de ciento ochenta y dos metros cuadrados o sean doscientas sesenta varas cuadradas, cuarenta y cuatro décimos de vara cuadrada de extensión superficial, lote que es la porción Oriente del marcado en el plano de lotificación con el número F-3, que mide y linda: AL SUR, ocho metros, según antecedente, pero en realidad mide siete metros con lote F veinticuatro F once AL ORIENTE, veintitrés metros con lote F cuatro; AL PONIENTE, veintidós metros cincuenta centímetros con la porción Poniente del lote F tres; y AL NORTE, ocho metros según antecedente pero en realidad mide siete metros, con la calle B o Atlántida de por medio, con lote C quince. Todos los lotes colindantes son propiedad del Doctor Fidel Antonio Novoa, excepto el del rumbo poniente que es propiedad de Margoth Rivera de Melara. En dicho lote se encuentra una construcción de sistema mixto de un área de diez metros cuadrados. El inmueble está inscrito a favor de la ejecutada con Matrícula número SEIS CERO CERO SEIS OCHO CUATRO CERO CUATRO- CERO CERO CERO CERO CERO del Registro de la Propiedad de este Departamento. Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil, San Salvador, a las nueve horas del día veintiséis de septiembre de dos mil cinco.- Dr. DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.- Lic. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, 3 v. alt. No. R

149 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de REPOSICION DE CERTIFICADO PATENTE DE INVENCION AVISO El Primer Banco de los Trabajadores de Santa Ana, Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada, COMUNICA: que a sus oficinas ubicadas en 3a. Calle Oriente y 3a. Av. Sur, edificio de esquina, Santa Ana; se han presentado los propietarios de los certificados de Depósito a Plazo fijo número 0341 y 0401 solicitando la reposición por extravío de dichos CERTIFICADOS por la cantidad de TRES MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO 57/100 ($3,428.57) y CUATRO MIL OCHOCIENTOS 57/100 ($4,800.57), respectivamente. En consecuencia de lo anterior se hace del conocimiento al público en general para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días después de la publicación de este aviso y si no hubiere ninguna oposición se procederá a reponer los certificados en referencia Santa Ana, 29 de noviembre de Lic. JOSE DANIEL DIAZ LINARES, GERENTE GENERAL INTERINO PRIMER BANCO DE LOS TRABAJADORES DE SANTA ANA. AUMENTO DE CAPITAL AVISO 3 v. alt. No. R SYKES EL SALVADOR LIMITADA, que se abrevia SYKES EL SALVADOR LTDA., HACE SABER: Que en Junta General Extraordinaria de Socios, celebrada a las nueve horas y treinta minutos del día diez de diciembre del año dos mil cuatro, se acordó aumentar el capital social de la sociedad, anteriormente de seiscientos sesenta y un mil cuatrocientos veintiocho dólares con cincuenta y siete centavos de dólar, Moneda de los Estados Unidos de América, en la suma de dos millones doscientos cincuenta y tres mil setecientos cuarenta y ocho dólares con cincuenta y siete centavos de dólar, Moneda de los Estados Unidos de América; por lo que en adelante la sociedad girará con un capital social de dos millones novecientos quince mil ciento setenta y siete dólares con catorce centavos de dólar, Moneda de los Estados Unidos de América. Y para los efectos contenidos en el Art. 176, 486 y demás disposiciones aplicables del Código de Comercio vigente, se publica el presente aviso. San Salvador, veinticinco de noviembre de dos mil cinco.- LUZ DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, EJECUTOR ESPECIAL, JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE SOCIOS. 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: , HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado MIRIAM ARACELY HENRIQUEZ MORENO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de SYNGENTA PARTICIPATIONS AG, del domicilio de SCHWARZWALDALLEE 215, BASEL 4058 SUIZA, de nacionalidad SUIZA, solicitando se conceda Registro de la PATENTE DE INVENCION, por el término de VEINTE AÑOS, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 27 numeral 1 y 33 del Anexo lc de los Acuerdos sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual, relacionados con el Comercio (ADPIC), para una PATENTE DE INVENCION denominada PROCESO, con Clasificación Internacional A61K 31/00, y con prioridad de la solicitud INGLESA No , de fecha veintiséis de agosto del año dos mil cuatro. La solicitud fue presentada a las catorce horas y cincuenta y dos minutos del día veintiséis de agosto del año dos mil cinco. Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley. REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTAMEN- TO DE PATENTES. San Salvador, a los once días del mes de noviembre del año dos mil cinco. ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ, TITULO MUNICIPAL 3 v. c. No. R EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL HACE SABER: Que a esta oficina se presentó el señor Carlos Martínez Navarrete, solicitando a su favor Título Municipal de un solar de naturaleza urbana situado en la Colonia Planes del Río calle que conduce a Arcatao de la Población de Nombre de Jesús, departamento de Chalatenango, de una extensión superficial de setecientos cincuenta y seis metros cuadrados, en su totalidad, y que mide y linda: al ORIENTE, dieciséis punto sesenta metros, linda con terreno del señor Juan José Escalante Martínez; al NORTE, cuarenta y nueve punto tres metros, linda con los señores: Maritza Escalante y el señor Juan José Escalante Martínez; al PONIENTE, doce punto cuarenta y seis metros, linda con calle que conduce a Arcatao; y al SUR, cincuenta y cuatro punto setenta y cinco metros, calle de por medio lindando con Feliciano Urbina y Gregorio Henríquez; en el Inmueble antes descrito hay construida una casa de cuarenta y nueve punto tres metros de largo por dieciséis punto sesenta de ancho, paredes de bloque y ladrillo de piso. Dicho Inmueble lo adquirió por posesión material por compraventa que hizo al señor Juan José Escalante Martínez, sumado a la posesión del actual propietario y los anteriores suma más de diez años consecutivos, en forma quieta, pacífica e ininterrumpida. Lo que se avisa al público para los efectos de ley.

150 150 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 Alcaldía Municipal: Nombre de Jesús, a los veintiún días del mes de noviembre de dos mil cinco.- JOSE ALIDIO DUBON SOSA, ALCALDE MUNICIPAL EN FUNCIONES.- JOSE ROBERTO BELTRAN ORTIZ, SECRETARIO MUNICIPAL.- 3 v. alt. No. F La solicitud fue presentada el día quince de noviembre del año dos mil cuatro. San Salvador, quince de noviembre del año dos mil cinco. MARCAS DE SERVICIOS No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 41., HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ROSALIO TURCIOS HERNANDEZ, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de PROMOCIONES ESTUDIANTILES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, Consistente en: la palabra MONTESSORI y diseño. La solicitud fue presentada el día veinte de octubre del año dos mil cinco. San Salvador, dieciocho de noviembre del año dos mil cinco. JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO, CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ, 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 38., HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RAFAEL ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO de ADMINISTRADORA DE MARCAS RD, S. DE R.L. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, MELVY ELIZABETH CORTEZ DE ALAS, SECRETARIA. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 43., 3 v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RAFAEL ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO de OPERADORA DEL SUR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: OPERADORA DEL SUR, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, Consistente en: la expresión la despensa de don juan. La solicitud fue presentada el día quince de febrero del año dos mil cinco. San Salvador, catorce de noviembre del año dos mil cinco. JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO, DIRECTO IDEAS TELCEL Consistente en: la expresión DIRECTO IDEAS TELCEL. CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ, 3 v. alt. No. F

151 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Diciembre de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 38., La solicitud fue presentada el día treinta y uno de mayo del año dos mil cinco. San Salvador, once de noviembre del año dos mil cinco. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RAFAEL ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO de ADMINISTRADORA DE MARCAS RD, S. DE R.L. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, DATUM Consistente en: la palabra DATUM. La solicitud fue presentada el día treinta y uno de octubre del año dos mil cinco. San Salvador, primero de noviembre del año dos mil cinco. LUIS ALONSO CACERES AMAYA, SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 36., 3 v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICAR- DO GUILLERMO CASTANEDA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de ORDEN RELIGIOSA LA COMPAÑIA DE JESUS, de nacionalidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO, ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 43., 3 v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARIO CONCEPCION MARTINEZ SANDOVAL, en su calidad de APODE- RADO GENERAL JUDICIAL de HOTELES DE CENTRO AMERICA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: HOTELES DE CENTRO AMERICA, S.A. DE C.V. y HOTELES, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, TANOSHII SUSHI BAR Consistente en: las palabras TANOSHII SUSHI BAR. La solicitud fue presentada el día cinco de abril del año dos mil cinco. San Salvador, once de noviembre del año dos mil cinco. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, SAYONARA AYALA DE GUERRERO, Consistente en: las palabras Un techo para El Salvador y diseño. 3 v. alt. No. F

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