REGLAMENTO ACADÉMICO DE LOS PROGRAMAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD VIRTUAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "REGLAMENTO ACADÉMICO DE LOS PROGRAMAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD VIRTUAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO"

Transcripción

1 REGLAMENTO ACADÉMICO DE LOS PROGRAMAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD VIRTUAL DEL ESTADO DE Aprobado en lo particular por el H. Consejo Directivo de la Universidad Virtual del Estado de Guanajuato en la Novena Sesión ordinaria celebrada el 2 de diciembre de 2009 y Reformado por dicho órgano de gobierno en la Décima Segunda Sesión ordinaria celebrada el 27 de octubre de Reformado en la Décima Octava Sesión ordinaria, celebrada el 07 de marzo de 2012, aprobación en lo general y en lo particular en la Décima Novena Sesión ordinaria, celebrada el 11 de julio de Reformado en la Vigésima Sesión ordinaria, celebrada el 07 de septiembre de 2012, aprobación en lo particular. PÁGINA 1 DE 16

2 CONSIDERANDO Que el H. Consejo Directivo aprobó mediante acuerdo X de fecha 28 de abril de 2010 la compactación de los programas académicos de Educación Superior que actualmente está ofreciendo la Universidad Virtual del Estado de Guanajuato, de acuerdo con su anexo correspondiente, mismo que se encuentra firmado e integrado en la carpeta correspondiente. Que el H. Consejo Directivo de la Universidad Virtual del Estado de Guanajuato, emitió en fecha 02 de diciembre del año 2009 dos mil nueve, en la Novena Sesión Ordinaria, mediante acuerdo IX el Reglamento Académico de los Programas de Educación Superior de la Universidad Virtual del Estado de Guanajuato. Que se tienen que establecer las fechas para la presentación de los Exámenes Globales para la aprobación de materias de los programas académicos de Educación Superior que actualmente está ofreciendo la Universidad Virtual del Estado de Guanajuato. Las cuales se establecieron el 28 de julio de 2010 dos mil diez, en la Décima Primera Sesión ordinaria, mediante acuerdo XI , el H. Consejo Directivo de la Universidad Virtual del Estado de Guanajuato, mediante las reformas y adiciones a los artículos 14 y 17; y 14-BIS del Reglamento Académico de los Programas de Educación Superior de la citada Universidad. Que se realizó una minuciosa revisión de dicho instrumento normativo en la que se advirtieron errores de redacción y de mejora en las definiciones que ameritan ser aclaradas con la finalidad de hacer coherente este Reglamento. Que el 07 de marzo de 2012 en la Décima Octava Sesión ordinaria el H. Consejo Directivo de la Universidad Virtual del Estado de Guanajuato, aprobó en lo general reformar el citado Reglamento mediante acuerdo número XVIII , y su aprobación en lo particular se realizó en la Décima Novena Sesión, celebrada el día 20 del mes de junio del año 2012 mediante acuerdo número XIX , acordando reformar los artículos 2, 10, 14 y 29 del Reglamento Académico de los Programas de Educación Superior de la Universidad Virtual del Estado de Guanajuato. Que se requieren ajustar las condiciones para la entrega de Menciones Honoríficas a los alumnos, así como regular las bajas por inactividad. PÁGINA 2 DE 16

3 Que el 07 de septiembre de 2012 en la Vigésima Sesión ordinaria el H. Consejo Directivo de la Universidad Virtual del Estado de Guanajuato, aprobó en lo particular reformar el citado Reglamento mediante acuerdo número XX , acordando reformar los artículos 32 y 37 del Reglamento Académico de los Programas de Educación Superior de la Universidad Virtual del Estado de Guanajuato, para quedar en los siguientes términos: El Honorable Consejo Directivo de la Universidad Virtual del Estado de Guanajuato, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 14, fracción IX del Decreto Gubernativo número 40, mediante el cual se crea la Universidad, publicado en el periódico oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato en su numero 146, con fecha de 11 de septiembre de 2007, tiene a bien emitir el presente: REGLAMENTO ACADÉMICO DE LOS PROGRAMAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. El presente Reglamento establece las disposiciones académicas que norman el desarrollo del proceso de enseñanza-aprendizaje que se realiza en los programas de Educación Superior de la Universidad Virtual del Estado de Guanajuato. Artículo 2. Para efectos del presente ordenamiento, se entenderá por: I. UVEG: a la Universidad Virtual del Estado de Guanajuato; I Rector: al Rector de la UVEG; Secretario Académico: al Titular de la Secretaría Académica de la UVEG; Director: al Titular de la Dirección de la División de Educación Superior de la UVEG; V. Control Escolar: al Titular de la Dirección de Control Escolar de la UVEG; PÁGINA 3 DE 16

4 VI. Interesado: toda persona física que por sí misma o a través de un representante solicita su ingreso a la UVEG, ya sea por primera ocasión o a través de revalidación o la equivalencia de estudios que tenga con anterioridad del mismo nivel de que se trate; V Educación Superior: programas académicos de estudios profesionales de Licenciatura e Ingeniería; VI IX. Alumno: toda persona física que se encuentra oficialmente inscrita en alguna de las materias del plan de estudios de los programas académicos de Educación Superior que ofrece la UVEG; Asesor Virtual: persona experta en los contenidos que guía, orienta y conduce al Alumno o al grupo de Alumnos durante su trayectoria académica en la UVEG, con el fin de lograr que el Alumno desarrolle las competencias de aprendizaje planteadas en los objetivos de cada materia; X. Tutor Virtual: persona que acompaña a través de la plataforma tecnológica a los Alumnos en su proceso de aprendizaje, para que cumplan con los requisitos de cada curso y que tengan un buen desempeño académico; XI. X XI X Campus virtual: Portal donde se encuentran integrados los servicios ofrecidos por la UVEG; Ambiente Virtual de Aprendizaje (AVA): Portal donde se encuentran las materias virtuales de los programas de Educación Superior; Equivalencia: Acto administrativo a través del cual la Autoridad educativa declara equiparables entre sí estudios realizados dentro del sistema educativo nacional. Siendo estos los que se cursan en instituciones educativas del Estado y sus organismos descentralizados; en instituciones particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios, y en instituciones de educación superior a las que la ley otorga autonomía; Revalidación: Acto administrativo a través del cual la Autoridad educativa otorga validez oficial a aquellos estudios realizados fuera del Sistema Educativo Nacional, siempre y cuando sean equiparables con estudios realizados dentro de dicho sistema; PÁGINA 4 DE 16

5 XV. XVI. Técnico Superior Universitario: Es el título que se otorga al alumno, inscrito en un programa de Educación Superior, que concluye con el plan de dicho programa, concluye su Estadía y cumple con los requisitos de titulación establecidos por la UVEG; Carga académica: es el número de materias que el Alumno puede cursar durante el período escolar al que se haya inscrito; XV Examen Global: examen en formato virtual de suficiencia de conocimientos, competencias y experiencia laboral que se aplica al Alumno que ya se inscribió en el cuatrimestre y sirve para aprobar aquellas materias cuyos conocimientos domina el Alumno y que por tal motivo puede optar a demostrarlo por medio del mismo; XVI Examen de recuperación: examen en formato virtual que se realiza posterior al examen final y que permite a un Alumno reprobado en alguna materia aprobarla; XIX. XX. Plan de estudios: Es el total de las materias que se impartirán en los programas académicos de Educación Superior; y Autoridad Educativa: A la Secretaría de Educación Pública y/o a la Secretaría de Educación de Guanajuato, a través de la Dependencia que se encuentre facultada conforme a la normatividad aplicable, para realizar equivalencias o revalidaciones. Artículo 3. El presente Reglamento, los acuerdos y lineamientos que de él se deriven, serán de observancia y conocimiento obligatorio para todos los Alumnos inscritos en los programas académicos de Educación Superior de la UVEG. Artículo 4. La UVEG a través del Campus Virtual pondrá a disposición de los Alumnos el presente Reglamento en el momento en que se inscriba en un programa académico de Educación Superior de la UVEG, mismo que será firmado de recibido, con lo que cada Alumno manifestará su aceptación sobre el conocimiento del mismo, por lo que cualquier alusión a su desconocimiento no podrá ser utilizado como argumento válido para evitar el cumplimiento de los artículos expresados en este documento. PÁGINA 5 DE 16

6 Artículo 5. La aplicación del presente Reglamento es de observancia en cualquier lugar en el que el Alumno desarrolle actividades académicas propias de la UVEG. Artículo 6. La administración del presente Reglamento estará a cargo de las autoridades académicas de la UVEG, conforme a las atribuciones específicas que en él se detallan; así como en la normatividad que rija al interior de la propia UVEG. CAPÍTULO SEGUNDO DE LA ADMISIÓN Artículo 7. Para ser admitido como Alumno de alguno de los programas académicos de Educación Superior el interesado deberá presentar la batería de exámenes que para tal efecto disponga la UVEG. Artículo 8. Para ser admitido como Alumno de algún programa de Educación Superior de la UVEG, el interesado deberá mostrar y entregar los documentos que comprueben la acreditación del nivel anterior de estudios así como la demás documentación requerida para dar cumplimiento a los requisitos de admisión establecidos por la UVEG. CAPÍTULO TERCERO DE LAS INSCRIPCIONES Y REINSCRIPCIONES Artículo 9. Para que el interesado se considere inscrito como Alumno en el programa académico de Educación Superior correspondiente, deberá cumplir con los requisitos marcados por Control Escolar y que serán previamente publicados en el portal principal de la UVEG. Artículo 10. Para el proceso de reinscripción la UVEG considerará los siguientes estatus de los Alumnos: I. Alumno Regular: es aquél que aprueba todas las materias cursadas en el periodo en el que inició sus estudios en el programa académico de Educación Superior correspondiente, aún cuando tenga algún cambio de carrera, incluido aquél que las acreditó en proceso de recuperación; PÁGINA 6 DE 16

7 I Alumno Recursante: es aquél que vuelve a cursar la materia no acreditada fuera del cuatrimestre correspondiente al que se inscribió; y Alumno Reincorporado: quien suspende sus estudios por un periodo de tiempo indeterminado y reingresa a un cuatrimestre inmediato siguiente a aquel que concluyó. Para que un alumno se considere reincorporado deberá cumplir con los requisitos que le establezca Control Escolar para tal efecto y no tener adeudos anteriores. Asimismo el alumno Reincorporado podrá inscribirse en cualquier momento, sometiéndose además a las actualizaciones que se hayan realizado al plan de estudios al que desee reincorporarse. CAPÍTULO CUARTO DE LAS REVALIDACIONES, EQUIVALENCIAS DE ESTUDIOS Y ACREDITACIÓN POR EXAMEN GLOBAL Artículo 11. El Alumno podrá solicitar a Control Escolar la revalidación o la equivalencia de estudios que corresponda de la o las materias del plan de estudios de alguno de los programas académicos de Educación Superior de la UVEG, cumpliendo con la presentación del certificado parcial de estudios correspondientes, así como la documentación requerida según la normatividad aplicable. Artículo 12. Serán objeto de revalidación los estudios realizados en el extranjero y que consten en los certificados correspondientes, siempre y cuando sean estudios equiparables a los realizados dentro del sistema educativo nacional. Dicha revalidación de estudios podrá otorgarse por: I. Niveles educativos; I Ciclos escolares; Materias, y Cualquier otra unidad de aprendizaje existente en el sistema educativo nacional. Artículo 13. Serán objeto de equivalencia, los estudios realizados dentro del sistema educativo nacional que sean equiparables entre sí, que consten en los PÁGINA 7 DE 16

8 certificados correspondientes. La declaración de estudios equivalentes podrá otorgarse por: I. Niveles educativos; I Ciclos escolares; Materias, y Cualquier otra unidad de aprendizaje existente en el sistema educativo nacional. Artículo 14. Para aprobar materias sin haberlas cursado, el Alumno podrá solicitar a Control Escolar, la presentación de Exámenes Globales, a partir del segundo cuatrimestre del plan y programa educativo al que se haya inscrito, debiendo para ello tener aprobadas todas sus materias cursadas. El alumno podrá solicitar desde una y hasta el número de materias consideradas como carga regular inscritas en el periodo escolar de que se trate de acuerdo a la normatividad vigente para tal fin. En caso de que el alumno no apruebe la materia por Examen Global, podrá cursarla en cualquier momento, siempre y cuando no afecte la secuencia de materias del plan y programa de estudios que se encuentre cursando. Asimismo, la aplicación de Exámenes Globales siempre será posterior a la revalidación o equivalencia para el caso de tener pendiente dicho proceso. La aprobación de materias por Examen Global no podrá ser de ninguna de las siguientes: I. Introducción a computación; I Matemáticas básicas; Taller de lectura y redacción; La materia introductoria del plan y programa de estudios que se encuentre cursando; V. Idioma extranjero I, II, III, IV, V; PÁGINA 8 DE 16

9 VI. V Estadía Profesional; y Hasta 3 materias de las denominadas integradoras del plan y programa de estudios que se encuentre cursando, las cuales serán publicadas en los medios impresos y electrónicos que se determinen. Artículo 14-BIS. El periodo para aplicar Examen Global es hasta los primeros 15 días naturales de inicio de cuatrimestre de acuerdo al calendario oficial publicado en la página de la UVEG. CAPÍTULO QUINTO DE LOS PERIODOS ESCOLARES Artículo 15. Las materias del plan de estudios de todos los programas académicos de Educación Superior se impartirán en periodos cuatrimestrales y su desarrollo estará establecido en el Calendario Escolar de la UVEG vigente para cada ciclo escolar. CAPÍTULO SEXTO DE LAS CARGAS ACADÉMICAS Artículo 16. Se considera como carga académica al número de asignaturas que el Alumno puede cursar durante el periodo escolar al que se haya inscrito. Artículo 17. La carga académica regular de un Alumno de Educación Superior por cuatrimestre es de cuatro materias, la mínima de una materia y la máxima de 6 materias. Artículo 18. El Alumno tiene el derecho de cursar la carga máxima en las siguientes condiciones: I. Que haya cursado y acreditado el total de las materias del cuatrimestre anterior; I Que haya solicitado la acreditación por examen global de un número mayor de materias a la carga regular; Que en el momento de la solicitud tenga promedio general de 85 ó más; PÁGINA 9 DE 16

10 Que el Tutor Virtual expida la carta de recomendación de la carga académica máxima y que el Director lo autorice; y; V. Que las materias estén disponibles; Artículo 19. El Director podrá autorizar a un Alumno realizar materias de otro cuatrimestre, sujetándose a revisión de su expediente en conjunto con Control Escolar, para determinar las materias consecutivas que tomará. Se autorizará siempre la inscripción de las materias más retrasadas. Para lo anterior el Alumno realizará el procedimiento vigente para tal efecto. Artículo 20. El Alumno que acredite mediante Examen Global alguna materia, podrá cursar las materias del cuatrimestre inmediato siguiente hasta completar la carga académica regular. Artículo 21. Un Alumno no podrá cursar dos carreras de manera simultánea, pero sí podrá optar por un segundo título profesional si cumple con las normas siguientes: I. Que haya concluido como TSU o bien otra carrera en la UVEG; I Que el plan de estudios de la segunda carrera contenga por lo menos el 15% de materias distintas a las que integran el plan de estudios de la primera; Que el solicitante cumpla con el procedimiento de ingreso al programa académico de la UVEG según las políticas y normas vigentes; Artículo 22. El Alumno sólo podrá cursar hasta 2 carreras que tengan el mismo tronco común; y cumpla con los requisitos previamente establecidos por Control Escolar. CAPÍTULO SÉPTIMO DE LAS CALIFICACIONES DE LOS ALUMNOS Artículo 23. La escala de calificaciones de los programas académicos de Educación Superior es de 1 (uno) a 100 (cien), siendo 70 (setenta) la calificación mínima aprobatoria. PÁGINA 10 DE 16

11 Artículo 24. En ningún caso se podrán utilizar números decimales y para fines de redondeo se aplicarán las políticas vigentes. Artículo 25. La calificación del Alumno en cada una de sus materias, será definida conforme a los criterios de evaluación del curso y publicados en el AVA. Artículo 26. Toda aquella materia que el Alumno haya reprobado, podrá entrar a proceso de recuperación y se realizará sólo por una ocasión al finalizar cada materia por cuatrimestre. Artículo 27. El Alumno que repruebe alguna materia y opte por la recuperación de la misma mediante el examen correspondiente, obtendrá en esta materia como calificación final la que obtenga en el citado examen. Artículo 28. En caso de que no apruebe en la aplicación de dicho examen de recuperación o bien haya decidido no aplicar dicho examen, procederá al recursamiento de la materia. Artículo 29. En los que casos en que no se pueda asignar una calificación numérica en las evaluaciones parciales y/o final, se utilizará alguna de las claves que se describen a continuación: I. NP (No Presentó). Se asignará esta clave cuando un Alumno no haya presentado cualquier examen de la materia correspondiente y se promediará con la calificación mínima; I CP (Calificación pendiente). Se asignará esta clave cuando el Alumno por causa justificada, no haya presentado algún examen de su materia en la fecha establecida y solicite al Director presentarlo en forma extemporánea; DA (Deshonestidad Académica). Se asignará esta clave cuando un Alumno haya cometido alguna acción señalada en el Reglamento General de Alumnos con respecto a este tema y se promediará con la calificación mínima; y SC (Sin calificación). Se asignará esta clave cuando un alumno por razones ajenas a él, no tenga capturada su calificación en la fecha límite, establecida por Control Escolar. CAPÍTULO OCTAVO PÁGINA 11 DE 16

12 DE LAS BAJAS Artículo 30. El Alumno que por diversos motivos personales tenga que abandonar sus estudios, podrá hacerlo a través de la gestión de una baja, en el momento que lo considere pertinente y de acuerdo a la normatividad vigente, la cual podrá ser una de las siguientes: I. Baja Parcial: Es aquella en la cual el Alumno se da de baja de una o varias materias por cuestiones académicas o bien por razones personales; siempre y cuando no decida dar de baja la carga completa inscrita en el periodo escolar correspondiente; y Baja Total: es aquella en la que el Alumno decide suspender completamente sus estudios por diversas razones; y existen de dos tipos, la baja temporal y la baja definitiva. a) Baja temporal: es aquella en la cual el Alumno decide suspender sus estudios, por el cuatrimestre en curso o por un periodo mayor; y b) Baja definitiva: es aquella en la cual el Alumno decide suspender de manera permanente sus estudios en la UVEG o es obligado a hacerlo por razones académicas o disciplinarias, conforme lo estipula el Reglamento General de Alumnos. Artículo 31. Cuando el Alumno tramite su baja parcial de una o varias materias no se contabilizará en su registro personal de calificaciones, la o las materias dadas de baja, ni se respetarán las calificaciones obtenidas en exámenes parciales ni se considerarán realizadas las actividades del curso. Artículo 32. Serán acreedores de baja definitiva de la UVEG los Alumnos que incurran en las siguientes situaciones: I. No entregar en el tiempo señalado por Control Escolar la documentación solicitada para su inscripción; I Entregar documentación apócrifa a Control Escolar. Que haya sido amonestado tres veces anteriores por escrito por incurrir en DA (Deshonestidad Académica) en examen final; PÁGINA 12 DE 16

13 No cumpla con los reglamentos académicos establecidos por la UVEG; y V. No haberse inscrito en un periodo mayor a 2 años, conforme al procedimiento establecido por Control Escolar para tal fin. CAPÍTULO NOVENO DE LA SALIDA LATERAL COMO TÉCNICO SUPERIOR UNIVERSITARIO Artículo 33. Al Alumno que no pueda concluir con sus estudios de Educación Superior, la UVEG le brindará la opción de titularse como Técnico Superior Universitario (TSU), de acuerdo a la normatividad vigente. Artículo 34. El Alumno que opte por llevar a cabo el proceso de titulación como TSU deberá concluir y acreditar su Estadía Profesional y cumplir con los requisitos establecidos en el presente Reglamento y el Reglamento General de Servicio Social que expida para tal efecto la UVEG. Artículo 35. Para llevar a cabo la titulación como Técnico Superior Universitario el Alumno iniciará el trámite correspondiente con la anuencia del Director y Control Escolar; y cumplir con los requisitos establecidos en el Capítulo Décimo Primero del presente Reglamento. CAPÍTULO DÉCIMO DE LA CERTIFICACIÓN, TITULACIÓN Y DISTINCIONES ACADÉMICAS Artículo 36. La UVEG expedirá el título de Técnico Superior Universitario y/o Título Profesional de los programas académicos de Educación Superior al Alumno que haya cubierto satisfactoriamente los siguientes requisitos: I. Haber cursado y aprobado todas las materias señaladas en el plan de estudios en el que esté inscrito, Presentar y aprobar en su caso la batería de exámenes de egreso que disponga la UVEG; PÁGINA 13 DE 16

14 I Haber realizado su servicio social, cumpliendo con los preceptos legales en vigor para los Alumnos y las políticas normas aprobadas por el Rector y el Secretario Académico que estén en vigencia; Haber realizado su Estadía Profesional según la normatividad vigente para tal efecto; y V. Estar al corriente en todos los pagos incluyendo el correspondiente al el correspondiente al proceso de titulación y no tener adeudos en ninguna otra área de la UVEG. Artículo 37. La UVEG otorgará Mención Honorífica a los Alumnos que reúnan los siguientes requisitos: I. Hayan obtenido promedio general igual o mayor a 90; I No hayan obtenido calificaciones finales inferiores a 80 en las materias que integran su plan y programa de estudios; No hayan re-cursado ninguna materia; No hayan presentado ningún examen de recuperación; V. Hayan cursado de manera ininterrumpida su plan y programa de estudios o hayan causado baja temporal en una sola ocasión; VI. V VI IX. Hayan cursado al menos el 50% del plan y programa de estudios en la UVEG; No cuenten en su historial en la UVEG con sanciones académicas o administrativas; Hayan obtenido una calificación mínima de 90 en la materia de estadía, en el caso de haber cursado un plan y programa de estudios de educación superior; y Hayan entregado y concluido en tiempo y forma todos los requisitos de trámites administrativos solicitados por la UVEG, incluida la presentación de todas las evaluaciones de satisfacción y de evaluación de fin de ciclo. PÁGINA 14 DE 16

15 TRANSITORIOS Artículo Primero. El presente reglamento entrará en vigor el cuarto día siguiente al de su aprobación y es aplicable a todos los Alumnos de Educación Superior. Artículo Segundo. Además de las sanciones contempladas en el presente Reglamento, aplicarán de manera supletoria las contenidas en el Reglamento General de Alumnos y apegándose a las Políticas Académicas de Educación Superior, así como los capítulos ya definidos en éste. Dado en la ciudad de Irapuato del estado de Guanajuato por el H. Consejo Directivo de la Universidad Virtual del Estado de Guanajuato, mediante acuerdo No. IX , tomado en la Novena Sesión ordinaria, realizada el día 2 dos de diciembre del año dos mil nueve. TRANSITORIO DE LA REFORMA Artículo Único. El presente acuerdo entrará en vigor a partir de la fecha de su suscripción. Dado en la ciudad de Irapuato del estado de Guanajuato por el H. Consejo Directivo de la Universidad Virtual del Estado de Guanajuato, mediante acuerdo No. XI , tomado en la Décima Primera Sesión ordinaria, realizada el día 28 veintiocho de julio del año 2010 dos mil diez y en lo particular con el número de acuerdo XII , tomado en la Décima Segunda Sesión ordinaria, celebrada el día 27 veintisiete de octubre de 2010 dos mil diez. TRANSITORIO DE LA SEGUNDA REFORMA Artículo Único. El presente documento entrará en vigor a partir del día hábil siguiente a la fecha de su aprobación. Aprobado en lo general por el H. Consejo Directivo de la Universidad Virtual del Estado de Guanajuato, en la Décima Octava Sesión ordinaria, celebrada el día 07 del mes de marzo del año 2012 mediante acuerdo número XVIII y en lo particular en la Décima Novena Sesión, celebrada el día 11 del mes de julio del año 2012 mediante acuerdo número XIX TRANSITORIO DE LA TERCER REFORMA PÁGINA 15 DE 16

16 Artículo Único. El presente documento entrará en vigor a partir del tercer día hábil siguiente a la fecha de su aprobación. Aprobado en lo particular por el H. Consejo Directivo de la Universidad Virtual del Estado de Guanajuato, en la Vigésima Sesión ordinaria, celebrada el día 07 del mes de septiembre del año 2012 mediante acuerdo número XX PÁGINA 16 DE 16

REGLAMENTO ACADÉMICO PARA LOS PROGRAMAS DE POSTGRADO DE LA UNIVERSIDAD VIRTUAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO

REGLAMENTO ACADÉMICO PARA LOS PROGRAMAS DE POSTGRADO DE LA UNIVERSIDAD VIRTUAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO REGLAMENTO ACADÉMICO PARA LOS PROGRAMAS DE POSTGRADO DE LA UNIVERSIDAD VIRTUAL DEL ESTADO DE Aprobado en lo particular por el H. Consejo Directivo de la Universidad Virtual del Estado de Guanajuato en

Más detalles

NORMAS DE CONTROL ESCOLAR

NORMAS DE CONTROL ESCOLAR Objetivo Establecer las normas aplicables para todos los estudiantes inscritos en planteles del Bachillerato General, Modalidad Escolarizada, con la finalidad de dar seguimiento a su trayectoria académica

Más detalles

Lineamiento de Educación Media Superior a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México

Lineamiento de Educación Media Superior a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México Lineamiento de Educación Media Superior a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México OFICINA DEL ABOGADO GENERAL LINEAMIENTOS DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR A DISTANCIA DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA

Más detalles

LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN DE LOS PROGRAMAS EDUCATIVOS POR COMPETENCIAS PROFESIONALES

LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN DE LOS PROGRAMAS EDUCATIVOS POR COMPETENCIAS PROFESIONALES LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN DE LOS PROGRAMAS EDUCATIVOS POR COMPETENCIAS PROFESIONALES INTRODUCCIÓN 12 de octubre de 2010 Los presentes lineamientos son el resultado de los trabajos realizados por la Comisión

Más detalles

REGLAMENTOS INSTITUCIONALES REGLAMENTACIÓN DE ALUMNOS Reglamento de Revalidaciones y Equivalencias

REGLAMENTOS INSTITUCIONALES REGLAMENTACIÓN DE ALUMNOS Reglamento de Revalidaciones y Equivalencias REGLAMENTOS INSTITUCIONALES REGLAMENTACIÓN DE ALUMNOS Reglamento de Revalidaciones y Equivalencias ÍNDICE DEL REGLAMENTO DE REVALIDACIONES Y EQUIVALENCIAS CAPÍTULO I Generalidades...3 CAPÍTULO II Del estudio

Más detalles

Para acreditar la(s) asignatura(s) de la Universidad del Soconusco son los siguientes:

Para acreditar la(s) asignatura(s) de la Universidad del Soconusco son los siguientes: EVALUACIÓN 1. ACREDITACIÓN DE LAS ASIGNATURAS Acreditación es el proceso por el cual un alumno cumple con las actividades educativas y criterios de evaluación de las asignaturas, con los requisitos curriculares

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS Mayo 2012

REGLAMENTO DE BECAS Mayo 2012 REGLAMENTO DE BECAS Mayo 2012 Universidad Marista de San Luis Potosí 1 TITULO I CAPÍTULO I DEL OBJETO, FINES Y CONCEPTO Artículo 1. El presente Reglamento establece las bases y criterios que regulan el

Más detalles

Reglamento Académico para Programas de Educación Ejecutiva

Reglamento Académico para Programas de Educación Ejecutiva Reglamento Académico para Programas de Educación Ejecutiva Campus de la Zona Metropolitana de Ciudad de México Educación Ejecutiva 2 Página Capítulo 1: Disposiciones Generales 3 Capítulo 2: Acreditaciones,

Más detalles

REGLAMENTO DE CONVALIDACIÓN

REGLAMENTO DE CONVALIDACIÓN REGLAMENTO DE CONVALIDACIÓN 2016. OPUESTA 2015 Página 1 TÍTULO I NORMAS GENERALES DE LA CONVALIDACIÓN Artículo 1 Se entenderá por convalidación de asignaturas el reconocimiento de la equivalencia existente

Más detalles

CONSIDERANDOS: Por tal razón y para dar cumplimiento a lo anterior, se emiten los siguientes:

CONSIDERANDOS: Por tal razón y para dar cumplimiento a lo anterior, se emiten los siguientes: ACUERDO POR MEDIO DEL CUAL SE EMITEN LOS LINEAMIENTOS PARA CAPACITAR, PROFESIONALIZAR Y/O CERTIFICAR AL ENCARGADO DE LAS FINANZAS DEL ESTADO Y A LOS DEMÁS FUNCIONARIOS PÚBLICOS QUE MANEJEN RECAUDEN O ADMINISTREN

Más detalles

REGLAMENTO DE PRACTICAS PROFESIONALES

REGLAMENTO DE PRACTICAS PROFESIONALES 1 TITULO PRIMERO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES ::::.. 3 CAPITULO II DE LOS OBJETIVOS DE LAS PRÁCTICAS PROFESIONALES 3 CAPITULO III DE LA DURACION Y LOS REQUISITOS PARA LA PRESTACION DE..... 4 CAPITULO

Más detalles

REGLAMENTO DE ESTADÍA CAPITULO I DEFINICIONES GENERALES

REGLAMENTO DE ESTADÍA CAPITULO I DEFINICIONES GENERALES REGLAMENTO DE ESTADÍA CAPITULO I DEFINICIONES GENERALES Cuando en este Reglamento se utilice el término Universidad, se entenderá que se refiere a la Universidad Tecnológica de Oriental, la cual es miembro

Más detalles

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PANAMÁ CONSEJO ACADÉMICO

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PANAMÁ CONSEJO ACADÉMICO CACAD-REGL.-05 UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PANAMÁ CONSEJO ACADÉMICO REGLAMENTO DE REVALIDA DE TITULO Y RECONOCIMIENTO DE LA AUTORIDAD ACADEMICA DE UNA UNIVERSIDAD EXTRANJERA PARA EXPEDIR UN TITULO EN PARTICULAR

Más detalles

INSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR DE ZAPOPAN

INSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR DE ZAPOPAN INSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR DE ZAPOPAN REGLAMENTO DE TITULACION EN EL INSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR DE ZAPOPAN 1 Disposiciones generales Artículo 1. El presente Reglamento establece las normas a que

Más detalles

P R O P U E S T A D E REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS Y REQUISITOS PARA LA ADMISIÓN, PERMANENCIA Y EGRESO DE LOS

P R O P U E S T A D E REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS Y REQUISITOS PARA LA ADMISIÓN, PERMANENCIA Y EGRESO DE LOS P R O P U E S T A D E REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS Y REQUISITOS PARA LA ADMISIÓN, PERMANENCIA Y EGRESO DE LOS ALUMNOS DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE ZACATECAS EN EL MARCO DEL NUEVO MODELO ACADÉMICO UAZ

Más detalles

REGLAMENTO PARA EL CONCURSO PÚBLICO DE NOMBRAMIENTO DE PLAZAS VACANTES EN LA CATEGORÍA DE DOCENTE PRINCIPAL, ASOCIADO Y AUXILIAR DE LAS FACULTADES

REGLAMENTO PARA EL CONCURSO PÚBLICO DE NOMBRAMIENTO DE PLAZAS VACANTES EN LA CATEGORÍA DE DOCENTE PRINCIPAL, ASOCIADO Y AUXILIAR DE LAS FACULTADES REGLAMENTO PARA EL CONCURSO PÚBLICO DE NOMBRAMIENTO DE PLAZAS VACANTES EN LA CATEGORÍA DE DOCENTE PRINCIPAL, ASOCIADO Y AUXILIAR DE LAS FACULTADES ARTICULO PRIMERO.- FINALIDAD. TITULO I GENERALIDADES CAPITULO

Más detalles

III PARTE: ESTUDIANTES REGULARES Y DE OTRAS CATEGORÍAS

III PARTE: ESTUDIANTES REGULARES Y DE OTRAS CATEGORÍAS EXTRACTO, MANUAL GENERAL DE PROCEDIMIENTOS DE ADMISIÓN PARA EL INGRESO A LAS CARRERAS DE GRADO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL, III PARTE: ESTUDIANTES REGULARES Y DE OTRAS CATEGORÍAS 3. Estudiantes especiales

Más detalles

2013 REGLAMENTO ACADÉMICO PARA LOS ALUMNOS DE LAS CARRERAS PROFESIONALES CAPÍTULO II Revalidaciones, acreditaciones, equivalencias y transferencias Artículo 2.1 Para hacer válidas,

Más detalles

Procedimiento Operativo para la Inscripción, Acreditación, Regularización y Certificación

Procedimiento Operativo para la Inscripción, Acreditación, Regularización y Certificación Página: 1 de 9 1. Propósito. Regular el ingreso y registro de los aspirantes seleccionados y regular y controlar el registro del reingreso de los alumnos promovidos de semestre. Establecer los requisitos

Más detalles

Reglamento de Prácticas Profesionales. Aprobado el 14 de agosto de 2014

Reglamento de Prácticas Profesionales. Aprobado el 14 de agosto de 2014 Reglamento de Prácticas Profesionales Aprobado el 14 de agosto de 2014 Leyes y Reglamentos de la Universidad Autónoma de Nuevo León Reglamento de Prácticas Profesionales -1 Reglamento de Prácticas Profesionales

Más detalles

Nombre del documento: Procedimiento para la convalidación de estudios en los planes de estudio (Competencias Profesionales)

Nombre del documento: Procedimiento para la convalidación de estudios en los planes de estudio (Competencias Profesionales) ) Referencia a la Norma ISO 9001:2008 7.2.1 Página 1 de 7 1. Propósito Establecer los lineamientos para la convalidación de asignaturas otorgadas en los Institutos Tecnológicos Federales y Descentralizados

Más detalles

PROCEDIMIENTO PARA CAMBIO DE CARRERA DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE ARANDAS

PROCEDIMIENTO PARA CAMBIO DE CARRERA DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE ARANDAS PROCEDIMIENTO PARA CAMBIO DE CARRERA DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE ARANDAS Página 1 de 10 1. Propósito Establecer las normas que permitan a los estudiantes cambiar de carrera en los Institutos

Más detalles

REGLAMENTO DE CONTROL ESCOLAR DEL INSTITUTO DE LA JUDICATURA DEL CONSEJO DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE MICHOACAN

REGLAMENTO DE CONTROL ESCOLAR DEL INSTITUTO DE LA JUDICATURA DEL CONSEJO DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE MICHOACAN REGLAMENTO DE CONTROL ESCOLAR DEL INSTITUTO DE LA JUDICATURA DEL CONSEJO DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE MICHOACAN TEXTO ORIGINAL Publicado en el Periódico Oficial del Estado el día 3 de agosto de 2015,

Más detalles

Universidad Europea del Atlántico Página 1 de 7

Universidad Europea del Atlántico Página 1 de 7 Universidad Europea del Atlántico Página 1 de 7 I. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La presente normativa, acorde con la legislación universitaria vigente, tiene el objetivo de hacer efectiva la movilidad de estudiantes

Más detalles

REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE PUEBLA INDICE:

REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE PUEBLA INDICE: TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES TÍTULO SEGUNDO DEL INGRESO TÍTULO TERCERO DE LA CALIDAD DE ALUMNO REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE PUEBLA INDICE: TÍTULO CUARTO DE LAS INSCRIPCIONES

Más detalles

LINEAMIENTO DE BECA INTERNA DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TIJUANA.

LINEAMIENTO DE BECA INTERNA DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TIJUANA. LINEAMIENTO DE BECA INTERNA DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TIJUANA. ARTICULO 1.- El presente Lineamiento tiene por objeto, establecer las bases, clasificar y definir los criterios que norman las Becas

Más detalles

Normativa Transferencia y Reconocimiento de créditos Centro Universitario EDEM

Normativa Transferencia y Reconocimiento de créditos Centro Universitario EDEM Normativa Transferencia y Reconocimiento de créditos Centro Universitario EDEM 1. Objeto y ámbito de aplicación El objeto de esta normativa es regular la transferencia y el reconocimiento de créditos en

Más detalles

PROGRAMA REGLAMENTADO DE BECAS

PROGRAMA REGLAMENTADO DE BECAS PROGRAMA REGLAMENTADO DE BECAS La Facultad de Medicina de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí, en colaboración con el Comité de Padres de Familia de la Facultad de Medicina, ha creado un Programa

Más detalles

Reglamento General de Exámenes

Reglamento General de Exámenes Reglamento General de Exámenes 7 Reglamento General de Exámenes CAPÍTULO I. Disposiciones Generales Artículo 1. El conocimiento de las asignaturas que se imparten en las escuelas y facultades de la Universidad

Más detalles

CONVOCATORIA PARA CURSOS DE VERANO 2016

CONVOCATORIA PARA CURSOS DE VERANO 2016 6, XXXV Aniversario del CONVOCATORIA PARA CURSOS DE VERANO 2016 La Subdirección Académica del a través de la División de Estudios Profesionales te invita a participar en los Cursos de Verano 2016. OBJETIVO

Más detalles

Procedimiento de Revisión del Proceso de Certificación

Procedimiento de Revisión del Proceso de Certificación noviembre de 29 1. Objetivo Establecer las actividades que se realizarán en las visitas de revisión de uso y destino final de y Certificaciones, a las Delegaciones e Institutos Estatales del INEA, conforme

Más detalles

PROGRAMA SEMESTRAL DE RESIDENCIAS PROFESIONALES AGOSTO DICIEMBRE 2016

PROGRAMA SEMESTRAL DE RESIDENCIAS PROFESIONALES AGOSTO DICIEMBRE 2016 El Instituto Tecnológico de Querétaro, buscando fortalecer la vinculación entre la Educación Superior y los Sectores productivos de bienes y servicios C O N V O C A A todos los alumnos de nivel Licenciatura

Más detalles

PROCESO CAS N ANA COMISION CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN (01) ESPECIALISTA EN PRESUPUESTO

PROCESO CAS N ANA COMISION CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN (01) ESPECIALISTA EN PRESUPUESTO PROCESO CAS N 135-2015-ANA COMISION CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN (01) ESPECIALISTA EN PRESUPUESTO 1. Objeto de la convocatoria Contratar los servicios de UN (01)

Más detalles

OPCIONES DE TITULACIO N (MODELO EDUCATIVO ENFACE)

OPCIONES DE TITULACIO N (MODELO EDUCATIVO ENFACE) OPCIONES DE TITULACIO N (MODELO EDUCATIVO ENFACE) GUÍA INFORMATIVA En esta guía se presenta la descripción de las opciones de titulación de los programas educativos del Modelo Educativo ENFACE, el procedimiento

Más detalles

REQUISITOS GENERALES DE ADMISIÓN MAESTRÍA EN CIENCIAS EN INGENIERÍA MECÁNICA

REQUISITOS GENERALES DE ADMISIÓN MAESTRÍA EN CIENCIAS EN INGENIERÍA MECÁNICA EL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL A TRAVÉS DE LA ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA MECÁNICA Y ELÉCTRICA UNIDAD ZACATENCO CONVOCA A TODOS LOS INTERESADOS A INGRESAR A LOS PROGRAMAS DE POSGRADO EN INGENIERÍA

Más detalles

COLEGIO DE BACHILLERES

COLEGIO DE BACHILLERES COLEGIO DE BACHILLERES REGLAMENTO GENERAL DE INSCRIPCIONES, REINSCRIPCIONES Y EVALUACIÓN DEL APRENDIZAJE Marzo, 2001 C O N T E N I D O Capítulo I. DISPOSICIONES GENERALES 3 Capítulo II. DEL INGRESO AL

Más detalles

Autor Fecha Creación Actualización Próxima Revisión Dirección General Académica Octubre 2010 Julio 2012 Julio 2013 TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

Autor Fecha Creación Actualización Próxima Revisión Dirección General Académica Octubre 2010 Julio 2012 Julio 2013 TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Reglamento REG-GEN-003-1 Para el egreso y titulación (RVOE estatal) Autor Fecha Creación Actualización Próxima Revisión Dirección General Académica Octubre 2010 Julio 2012 Julio 2013 TÍTULO I DISPOSICIONES

Más detalles

PRIMERA. El Sistema Informático contará con los siguientes servicios:

PRIMERA. El Sistema Informático contará con los siguientes servicios: ACUERDO GENERAL DEL CONSEJO DEL PODER JUDICIAL QUE ESTABLECE LAS BASES PARA EL ACCESO Y PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DEL SISTEMA INFORMÁTICO DEL PODER JUDICIAL Con fundamento en lo dispuesto por el artículo

Más detalles

INSTITUTO NACIONAL PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN

INSTITUTO NACIONAL PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN INSTITUTO NACIONAL PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN Calendario para la implementación de los concursos y procesos de evaluación establecidos en la Ley General del Servicio Profesional Docente Se publica

Más detalles

UNIVERSIDAD DON BOSCO VICERRECTORÍA ACADÉMICA REGLAMENTO DE EQUIVALENCIAS Y CONVALIDACIONES DE LA UNIVERSIDAD DON BOSCO

UNIVERSIDAD DON BOSCO VICERRECTORÍA ACADÉMICA REGLAMENTO DE EQUIVALENCIAS Y CONVALIDACIONES DE LA UNIVERSIDAD DON BOSCO UNIVERSIDAD DON BOSCO VICERRECTORÍA ACADÉMICA REGLAMENTO DE EQUIVALENCIAS Y CONVALIDACIONES DE LA UNIVERSIDAD DON BOSCO SEPTIEMBRE DE 2008 REGLAMENTO DE EQUIVALENCIAS Y CONVALIDACIONES DE LA UNIVERSIDAD

Más detalles

PROCEDIMIENTO DE REGISTRO DE CALIFICACIONES NORMALES DEL PERÍODO EN PROGRAMAS ACADÉMICOS DE PREGRADO

PROCEDIMIENTO DE REGISTRO DE CALIFICACIONES NORMALES DEL PERÍODO EN PROGRAMAS ACADÉMICOS DE PREGRADO Revisó: Director de Admisiones y Registro Académico Coordinador de Registro Académico Profesional de Planeación Aprobó: Rector Página 1 de 9 Fecha de aprobación: Octubre 11 de 004 Resolución N 885 OBJETIVO

Más detalles

REGLAMENTO DE COLOCACIÓN Y SEGUIMIENTO DE EGRESADOS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL SUROESTE DE GUANAJUATO

REGLAMENTO DE COLOCACIÓN Y SEGUIMIENTO DE EGRESADOS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL SUROESTE DE GUANAJUATO EL H. CONSEJO DIRECTIVO DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL SUROESTE DE GUANAJUATO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS EN EL ARTÍCULO 17 FRACCIÓN XII DEL DECRETO GUBERNATIVO DE REESTRUCTURACIÓN NÚMERO

Más detalles

Y PARA QUE ASÍ CONSTE, expido la presente Certificación, en San Juan,

Y PARA QUE ASÍ CONSTE, expido la presente Certificación, en San Juan, JUNTA DE SÍNDICOS UNIVERSIDAD DE PUERTO RICO CERTIFICACIÓN NÚMERO 27 Yo, Salvador Antonetti Zequeira, Secretario de la Junta de Síndicos de la Universidad de Puerto Rico, CERTIFICO QUE: La Junta de Síndicos,

Más detalles

REGLAMENTO DE PRÁCTICA PROFESIONAL

REGLAMENTO DE PRÁCTICA PROFESIONAL REGLAMENTO DE PRÁCTICA PROFESIONAL Del Objetivo de la Práctica Profesional. Artículo 1.- La práctica profesional es una instancia de naturaleza práctica y de campo, que se materializa en el área de integración,

Más detalles

Descripción. Objetivo. Perfil de ingreso

Descripción. Objetivo. Perfil de ingreso Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo Instituto de Ciencias Sociales y Humanidades Área Académica de Sociología y Demografía Licenciatura en Planeación y Desarrollo Regional Descripción El Desarrollo

Más detalles

REGLAMENTO DE EXÁMENES PREPARATORIOS

REGLAMENTO DE EXÁMENES PREPARATORIOS REGLAMENTO DE EXÁMENES PREPARATORIOS El Consejo de Facultad de Ciencias Jurídicas de la Pontificia Universidad Javeriana, en ejercicio de la atribución consagrada en el Capítulo V, numeral 89 del Reglamento

Más detalles

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR COORDINACIÓN DE UNIVERSIDADES

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR COORDINACIÓN DE UNIVERSIDADES SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR COORDINACIÓN DE UNIVERSIDADES REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE PROFESIONAL ASOCIADO Y LICENCIATURA DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE VICTORIA

Más detalles

Dirección General de Institutos Tecnológicos. Manual de procedimientos para. cambio de carrera. dentro del mismo instituto tecnológico

Dirección General de Institutos Tecnológicos. Manual de procedimientos para. cambio de carrera. dentro del mismo instituto tecnológico SEP SEIT Dirección General de Institutos Tecnológicos Manual de procedimientos para cambio de carrera dentro del mismo instituto tecnológico agosto de 1997 ÍNDICE Índice...2 Introducción...3 Base legal...4

Más detalles

PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL ECUADOR FACULTAD DE ECONOMIA NORMATIVA PARA EL PROCESO DE TITULACIÓN: EXÁMEN COMPLEXIVO

PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL ECUADOR FACULTAD DE ECONOMIA NORMATIVA PARA EL PROCESO DE TITULACIÓN: EXÁMEN COMPLEXIVO PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL ECUADOR FACULTAD DE ECONOMIA NORMATIVA PARA EL PROCESO DE TITULACIÓN: EXÁMEN COMPLEXIVO Quito, 16 de octubre de 2014 CONTENIDOS A. El Examen de Grado de Carácter Complexivo

Más detalles

FUNDACIÓN UNIVERSITARIA DE CIENCIAS DE LA SALUD

FUNDACIÓN UNIVERSITARIA DE CIENCIAS DE LA SALUD REGLAMENTO PROGRAMA DE FORMACIÓN EN INGLÉS Con el objetivo de establecer directrices institucionales que permitan cumplir con el Programa Nacional de Bilingüismo 2004-2019 que el Ministerio de Educación

Más detalles

ÁREA ADMINISTRATIVA DISPOSICIONES INTERNAS PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL ÁREA ADMINISTRATIVA DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SAN MIGUEL DE ALLENDE

ÁREA ADMINISTRATIVA DISPOSICIONES INTERNAS PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL ÁREA ADMINISTRATIVA DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SAN MIGUEL DE ALLENDE ÁREA ADMINISTRATIVA El H. Consejo Directivo de la Universidad Tecnológica de San Miguel de Allende, con fundamento en lo establecido en los artículos 1, 8, 10 y 15 fracciones IX y XVI del Decreto Gubernativo

Más detalles

Clave: PC Fecha de emisión: 20/11/2013 Versión N. 2 Página: 1 de 7

Clave: PC Fecha de emisión: 20/11/2013 Versión N. 2 Página: 1 de 7 Fecha de emisión: 20/11/2013 Versión N. 2 Página: 1 de 7 Plan de calidad de control escolar de los centros de educación media superior a distancia (EMSAD) y del nivel medio superior y superior con RVOE

Más detalles

ANEXO ÚNICO. 2. Para los efectos de los presentes Lineamientos se entenderá por:

ANEXO ÚNICO. 2. Para los efectos de los presentes Lineamientos se entenderá por: ANEXO ÚNICO LINEAMIENTOS PARA EL EJERCICIO DEL DERECHO QUE TIENEN LOS OTRORA PARTIDOS POLÍTICOS NACIONALES PARA OPTAR POR EL REGISTRO COMO PARTIDO POLÍTICO LOCAL ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 95, PÁRRAFO

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO FACULTAD DE DERECHO PLAN DE ESTUDIOS 2011 PRESENTACIÓN En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 15 del Reglamento General para la Presentación, Aprobación

Más detalles

NORMATIVA DE EVALUACIÓN POR COMPENSACIÓN EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

NORMATIVA DE EVALUACIÓN POR COMPENSACIÓN EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Aprobada en Consejo de Gobierno de 3 de abril de 2007 NORMATIVA DE EVALUACIÓN POR COMPENSACIÓN EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Ley Orgánica 6/2001 del 21 de diciembre de Universidades, en sus art. 2.2.f. y 46.3,

Más detalles

REGLAMENTO ESCOLAR DEL MODELO EDUCATIVO FLEXIBLE

REGLAMENTO ESCOLAR DEL MODELO EDUCATIVO FLEXIBLE REGLAMENTO ESCOLAR DEL MODELO EDUCATIVO FLEXIBLE Aprobado en Sesión Ordinaria por el H. Consejo Universitario el 30 de septiembre de 2011 1 de 36 EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Universidad Juárez Autónoma de

Más detalles

Capítulo I Disposiciones generales

Capítulo I Disposiciones generales Acuerdo Cobay 01/2016 por el que se designa a la Unidad de Transparencia y se regula el Comité de Transparencia del Colegio de Bachilleres del Estado de Yucatán La Junta de Gobierno del Colegio de Bachilleres

Más detalles

Consejo de Gobierno 4 de marzo de 2015

Consejo de Gobierno 4 de marzo de 2015 NORMATIVA PARA LA DECLARACIÓN DE EQUIVALENCIA DE TÍTULOS EXTRANJEROS DE EDUCACIÓN SUPERIOR AL NIVEL ACADÉMICO DE DOCTOR EN LA UNIVERSIDAD DE CANTABRIA Consejo de Gobierno 4 de marzo de 2015 Esta normativa

Más detalles

MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO

MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO 1 ÍNDICE I. Presentación II. III. IV. Fundamentación Jurídica Objetivo Glosario V. Tipos de documentos a Integrar VI.

Más detalles

CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y DE ESTUDIOS AVANZADOS DEL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL. Departamento de Ingeniería Eléctrica

CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y DE ESTUDIOS AVANZADOS DEL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL. Departamento de Ingeniería Eléctrica CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y DE ESTUDIOS AVANZADOS DEL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL Departamento de Ingeniería Eléctrica Reglamento Académico del Programa de Maestría en Ciencias en Ingeniería Eléctrica

Más detalles

MOVILIDAD E INTERCAMBIO ACADÉMICO

MOVILIDAD E INTERCAMBIO ACADÉMICO La Universidad Autónoma de Zacatecas convoca a sus estudiantes a presentar solicitudes para cursar el ciclo escolar enero-junio 2016 en alguna IES nacional o internacional a través del Programa de Movilidad

Más detalles

Facultad de Ciencias Químicas e Ingeniería. Potenciales a egresar

Facultad de Ciencias Químicas e Ingeniería. Potenciales a egresar UA Facultad de Ciencias Químicas e Ingeniería BC Potenciales a egresar Después de cumplir con todos los requisitos de egreso que sigue? Registro como Potencial a egresar (Forma EG01) Certificado de estudios

Más detalles

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CIENCIA POLÍTICA MENCIONES GOBIERNO Y POLÍTICAS PÚBLICAS Y RELACIONES INTERNACIONALES TITULO III

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CIENCIA POLÍTICA MENCIONES GOBIERNO Y POLÍTICAS PÚBLICAS Y RELACIONES INTERNACIONALES TITULO III REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CIENCIA POLÍTICA MENCIONES GOBIERNO Y POLÍTICAS PÚBLICAS Y RELACIONES INTERNACIONALES Artículo 1º TITULO I De las Normas Generales El presente Reglamento establece las

Más detalles

INSTITUTO UNIVERSITARIO DE LA POLICÍA FEDERAL ARGENTINA

INSTITUTO UNIVERSITARIO DE LA POLICÍA FEDERAL ARGENTINA INSTRUCTIVO DE REINCORPORACIÓN INSTRUCTIVO DE REINCORPORACIÓN A LAS CARRERAS DE GRADO DEL INSTITUTO UNIVERSITARIO DE LA POLICÍA FEDERAL ARGENTINA El siguiente instructivo tiene por objeto guiar a quienes

Más detalles

ARTICULO 3. PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR INTERCAMBIO ACADÉMICO.

ARTICULO 3. PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR INTERCAMBIO ACADÉMICO. VICERRECTORÍA ACADÉMICA RESOLUCIÓN No. 013 DE 2005 (25 de mayo) Por la cual se reglamentan los intercambios académicos de estudiantes de pregrado y posgrado de la Universidad Nacional de Colombia realizados

Más detalles

Reglamento General de Evaluaciones. Aprobado el 8 de septiembre de 2011

Reglamento General de Evaluaciones. Aprobado el 8 de septiembre de 2011 Reglamento General de Evaluaciones Aprobado el 8 de septiembre de 2011 Leyes y Reglamentos de la Universidad Autónoma de Nuevo León Reglamento General de Evaluaciones -1 Reglamento General de Evaluaciones

Más detalles

CLASIFICADOR POR TIPO DE GASTO

CLASIFICADOR POR TIPO DE GASTO CLASIFICADOR POR TIPO DE GASTO ACUERDO POR EL QUE SE EMITE EL CLASIFICADOR POR TIPO DE GASTO ANTECEDENTES El 31 de diciembre de 2008 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley General de Contabilidad

Más detalles

CONVOCA. A los militantes del Partido que deseen participar como aspirantes al Consejo Nacional a la: EVALUACIÓN

CONVOCA. A los militantes del Partido que deseen participar como aspirantes al Consejo Nacional a la: EVALUACIÓN El Partido Acción Nacional, por medio de la Secretaría Nacional de Formación y Capacitación, con fundamento en el artículo 29, inciso d) de los Estatutos Generales del Partido Acción Nacional, CONVOCA

Más detalles

LEY NUMERO ESTATUTO ADMINISTRATIVO

LEY NUMERO ESTATUTO ADMINISTRATIVO LEY NUMERO 18.834 ESTATUTO ADMINISTRATIVO Articulo 11.- Para ingresar a la Administración del Estado será necesario cumplir los siguientes requisitos: a) Ser ciudadano; b) Haber cumplido con la ley de

Más detalles

Universidad Ana G. Méndez-Campus Virtual Oficina de Admisiones

Universidad Ana G. Méndez-Campus Virtual Oficina de Admisiones Universidad Ana G. Méndez-Campus Virtual Oficina de Admisiones Política de Admisiones Graduada Los solicitantes que buscan la admisión a programas de postgrado de la Universidad Ana G. Méndez- Campus Virtual

Más detalles

Diplomado para la Formación del Asesor-Auditor de Calidad de la UAN.

Diplomado para la Formación del Asesor-Auditor de Calidad de la UAN. Diplomado para la Formación del Asesor-Auditor de Calidad de la UAN. Módulo:Introducción al Sistema de Calidad; Tema: Referencias normativas en la organización educativa ; Marco juridico de la educacion

Más detalles

Gobierno del Estado de Puebla

Gobierno del Estado de Puebla CC. SECRETARIOS DE LA LVI LEGISLATURA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO LICENCIADO MARIO P. MARIN TORRES, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla; y CONSIDERANDO Que en interés del Gobierno

Más detalles

2014, Año de Octavio Paz

2014, Año de Octavio Paz M.A. Candita Victoria Gil Jiménez, en mi carácter de Directora General del Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica, con fundamento en el Artículo 59 fracciones I, V, IX y XIV de la Ley Federal

Más detalles

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LAS AMÉRICAS (ITLA) Reglamento de Beca de Excelencia

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LAS AMÉRICAS (ITLA) Reglamento de Beca de Excelencia INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LAS AMÉRICAS (ITLA) Reglamento de Beca de Excelencia La Caleta, Boca Chica República Dominicana Agosto 2015 2 Contenido CAPÍTULO I... 3 Generalidades... 3 CAPÍTULO II... 4 Fines

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL DE INSCRIPCIONES

REGLAMENTO GENERAL DE INSCRIPCIONES I. Primer ingreso a Bachillerato y Licenciatura Artículo 1o.- La Universidad Nacional Autónoma de México selecciona a sus estudiantes tomando en cuenta el grado de capacitación académica y las condiciones

Más detalles

Centro de Enseñanza para Extranjeros. Biblioteca Simón Bolívar Reglamento interno

Centro de Enseñanza para Extranjeros. Biblioteca Simón Bolívar Reglamento interno Centro de Enseñanza para Extranjeros Biblioteca Simón Bolívar Reglamento interno CAPÍTULO PRIMERO Disposiciones generales Artículo 1. La biblioteca "Simón Bolívar" del Centro de Enseñanza para Extranjeros

Más detalles

REGLAMENTO DE EVALUACIONES

REGLAMENTO DE EVALUACIONES REGLAMENTO DE EVALUACIONES 2016 Título I Disposiciones Generales Artículo 1 : Objeto del reglamento El presente reglamento regula los aspectos referidos a las evaluaciones de los estudiantes durante sus

Más detalles

Folio 1/5 GOBIERNO DE CANARIAS CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CULTURA Y DEPORTES

Folio 1/5 GOBIERNO DE CANARIAS CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CULTURA Y DEPORTES Folio 1/5 GOBIERNO DE CANARIAS CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CULTURA Y DEPORTES Inscrita en el libro Nº... de Resoluciones de la Dirección General de Centros e Infraestructura Educativa al folio.

Más detalles

NORMAS COMPLEMENTARIAS AL REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSGRADO PARA LOS PROGRAMAS QUE SE IMPARTEN EN LA FACULTAD DE DERECHO, CAMPUS MEXICALI

NORMAS COMPLEMENTARIAS AL REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSGRADO PARA LOS PROGRAMAS QUE SE IMPARTEN EN LA FACULTAD DE DERECHO, CAMPUS MEXICALI NORMAS COMPLEMENTARIAS AL REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSGRADO PARA LOS PROGRAMAS QUE SE IMPARTEN EN LA FACULTAD DE DERECHO, CAMPUS MEXICALI CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Las presentes

Más detalles

UNIVERSIDAD CATÓLICA SANTA MARÍA LA ANTIGUA Reglamento de Práctica Profesional Supervisada

UNIVERSIDAD CATÓLICA SANTA MARÍA LA ANTIGUA Reglamento de Práctica Profesional Supervisada UNIVERSIDAD CATÓLICA SANTA MARÍA LA ANTIGUA Reglamento de Práctica Profesional Supervisada Artículo 1. La Práctica Profesional Supervisada consiste en un trabajo individual debidamente planificado y controlado

Más detalles

Becas Excelencia Información General. Estado. Plazo de presentación de solicitudes. Orden. Objeto. Cuantía de las becas ABIERTA

Becas Excelencia Información General. Estado. Plazo de presentación de solicitudes. Orden. Objeto. Cuantía de las becas ABIERTA Becas Excelencia. 2014 Información General Estado ABIERTA Plazo de presentación de solicitudes Del 1 al 17 de septiembre (ambos inclusive) Orden En el caso de entrega presencial o telemático, el día que

Más detalles

PROCEDIMIENTO PARA LA TRANSFERENCIA DE ESTUDIANTES A PROGRAMAS ACADÉMICOS DE PREGRADO PRESENCIAL

PROCEDIMIENTO PARA LA TRANSFERENCIA DE ESTUDIANTES A PROGRAMAS ACADÉMICOS DE PREGRADO PRESENCIAL ADMISIONES Y REGISTRO ACADÉMICO/ ADMISIONES Revisó: Director de y Registro Académico Coordinador de Profesional de Planeación Aprobó: Rector Página 1 de 8 Fecha de aprobación: Octubre 11 de 2004 Resolución

Más detalles

Código: P-FEDU-CE-06 Revisión: 02 Página: 1 de 11 Fecha de emisión: 06 de enero de 2014 Fecha de modificación: 23 Agosto 2016

Código: P-FEDU-CE-06 Revisión: 02 Página: 1 de 11 Fecha de emisión: 06 de enero de 2014 Fecha de modificación: 23 Agosto 2016 Código: P-FEDU-CE-06 Revisión: 02 Página: 1 de 11 1. OBJETIVO Tramitar el registro y control de exámenes extraordinarios, de acompañamiento y. 2. ALCANCE Aplica para el trámite del registro y control de

Más detalles

CONSEJO ACADÉMICO ACUERDO No. 010 Noviembre 04 de 2009

CONSEJO ACADÉMICO ACUERDO No. 010 Noviembre 04 de 2009 1 El Consejo Superior de la Universidad del Quindío en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias y especialmente las consagradas en la Ley 30 de 1992 y el Acuerdo 005 de 2005 y, CONSIDERANDO:

Más detalles

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES INSTITUCIONALES PROGRAMA DE INTERCAMBIO PARA ALUMNOS (P.I.A.) CONSIDERACIONES GENERALES OBJETIVO FUNCIONAMIENTO DEL PIA

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES INSTITUCIONALES PROGRAMA DE INTERCAMBIO PARA ALUMNOS (P.I.A.) CONSIDERACIONES GENERALES OBJETIVO FUNCIONAMIENTO DEL PIA SUBSECRETARÍA DE RELACIONES INSTITUCIONALES PROGRAMA DE INTERCAMBIO PARA ALUMNOS (P.I.A.) CONSIDERACIONES GENERALES OBJETIVO El Programa de Intercambio para Alumnos (PIA) tiene como objetivo posibilitar

Más detalles

EL ALUMNADO DEBE ASISTIR A CLASE Y DEMÁS ACTIVIDADES DE FORMACIÓN DE LOS MÓDULOS CUYA CONVALIDACIÓN HA SOLICITADO.

EL ALUMNADO DEBE ASISTIR A CLASE Y DEMÁS ACTIVIDADES DE FORMACIÓN DE LOS MÓDULOS CUYA CONVALIDACIÓN HA SOLICITADO. CONVALIDACIONES Son objeto de convalidación los módulos profesionales de los ciclos formativos de Formación Profesional del sistema educativo, que se imparten en toda España y están regulados en los reales

Más detalles

INSTITUTO POLITECNICO SUPERIOR GENERAL SAN MARTIN

INSTITUTO POLITECNICO SUPERIOR GENERAL SAN MARTIN INSTITUTO POLITECNICO SUPERIOR GENERAL SAN MARTIN Expediente nº 0821/14-IPS- sario, 28 de julio de 2014 VISTO: que por las presentes actuaciones Regencia Nivel Secundario eleva el Reglamento de Ingreso

Más detalles

REGLAMENTO DE CONVALIDACIÓN Y HOMOLOGACIÓN DE ASIGNATURAS 2014

REGLAMENTO DE CONVALIDACIÓN Y HOMOLOGACIÓN DE ASIGNATURAS 2014 REGLAMENTO DE CONVALIDACIÓN Y HOMOLOGACIÓN DE ASIGNATURAS REGLAMENTO DE CONVALIDACIONES y HOMOLOGACION DE ASIGNATURAS CAPITULO I: DE LAS GENERALIDADES Art. 1. Este Reglamento norma el proceso de convalidación

Más detalles

REGLAMENTO ACADÉMICO 2016

REGLAMENTO ACADÉMICO 2016 REGLAMENTO ACADÉMICO 2016 Título I Disposiciones Generales Artículo 1 : Objeto del reglamento El presente reglamento regula los aspectos académicos generales de las actividades que desarrollan la Universidad

Más detalles

CENTRO MORELENSE DE LAS ARTES DEL ESTADO DE MORELOS

CENTRO MORELENSE DE LAS ARTES DEL ESTADO DE MORELOS Página 1 de 41 CUOTAS 01 02 Inscripción a la Maestría en Pedagogía del Arte Duración: Cuatro semestres Reinscripción a la Maestría en Pedagogía del Arte Duración: Cuatro semestres Cuota de inscripción

Más detalles

Procedimiento de la Libre Elección. Estancia en la Industria. Requisitos para llevar Estancia en la Industria: Requisitos del Proyecto de Ingeniería:

Procedimiento de la Libre Elección. Estancia en la Industria. Requisitos para llevar Estancia en la Industria: Requisitos del Proyecto de Ingeniería: Procedimiento de la Libre Elección. Estancia en la Industria Estancia en la Industria es una unidad de aprendizaje equivalente a 8 créditos en la libre elección de todos los programas educativos que consiste

Más detalles

MANPOWER CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA REGLAMENTO ACADÉMICO

MANPOWER CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA REGLAMENTO ACADÉMICO MANPOWER CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA REGLAMENTO ACADÉMICO 2016 REGLAMENTO ACADÉMICO TÍTULO I NORMAS GENERALES Art. 1º El presente reglamento norma aquellos aspectos que dicen relación con las actividades

Más detalles

UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA NACIONAL

UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA NACIONAL UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA NACIONAL REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE LICENCIATURA (DOCUMENTO DE TRABAJO) TÍTULO PRIMERO GENERALIDADES Capítulo Único Disposiciones Generales ARTÍCULO 1.- El presente Reglamento es

Más detalles

Lean Six Sigma Green Belt - Lean Six Sigma Arizona State University / Tecnológico de Monterrey Vicerrectoría de Programas en Línea

Lean Six Sigma Green Belt - Lean Six Sigma Arizona State University / Tecnológico de Monterrey Vicerrectoría de Programas en Línea Solicitud de Inscripción CHECK LIST Anexa los siguientes documentos a tu solicitud de inscripción: Comprobante del promedio. Copia de Hoja FAM/Tarjeta Plan. Políticas de participación firmadas. Comprobante

Más detalles

A LOS ALUMNOS DE LA UNAM. PROGRAMA DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL NACIONAL Ciclo enero junio de 2017

A LOS ALUMNOS DE LA UNAM. PROGRAMA DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL NACIONAL Ciclo enero junio de 2017 A LOS ALUMNOS DE LA UNAM PROGRAMA DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL NACIONAL Ciclo enero junio de 2017 La Coordinación del Espacio Común de Educación Superior, ECOES informa de los requisitos generales que los

Más detalles

Facultad de Comercio Exterior y Relaciones Internacionales

Facultad de Comercio Exterior y Relaciones Internacionales Directiva N -01 OGYT-FCEyRI-2016 I. Finalidad Normar los procedimientos del Taller de Tesis de la Facultad de Comercio Exterior y. II. Fundamento Legal 1. Ley Universitaria N 30220. 2. Ley N 28740 del

Más detalles

NORMA QUE ESTABLECE LA PROMOCIÓN POR ASCENSO DE NIVEL DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE MANDO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL

NORMA QUE ESTABLECE LA PROMOCIÓN POR ASCENSO DE NIVEL DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE MANDO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL USC-ADM01-2000 1/5 Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 31 fracción XXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5 y 38 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público

Más detalles

POR LA CUAL SE REGLAMENTA LA APERTURA, EL FUNCIONAMIENTO Y CIERRE DE LAS INSTITUCIONES TÉCNICAS SUPERIORES

POR LA CUAL SE REGLAMENTA LA APERTURA, EL FUNCIONAMIENTO Y CIERRE DE LAS INSTITUCIONES TÉCNICAS SUPERIORES RESOLUCIÓN N :237/04 POR LA CUAL SE REGLAMENTA LA APERTURA, EL FUNCIONAMIENTO Y CIERRE DE LAS INSTITUCIONES TÉCNICAS SUPERIORES Asunción, 02 de junio del 2004 VISTA: La disposición del artículo 50 de la

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA 22920 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA RESOLUCIÓN de 29 de mayo de 2015, de la Secretaría General de Educación y de la Dirección General de Formación Profesional y Universidad, por la que se establece

Más detalles

FUNDACIÓN JOSÉ ORTIZ ÁVILA A.C. CONVOCATORIA PARA BECAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR CICLO ESCOLAR

FUNDACIÓN JOSÉ ORTIZ ÁVILA A.C. CONVOCATORIA PARA BECAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR CICLO ESCOLAR Página 1 de 5 FUNDACIÓN JOSÉ ORTIZ ÁVILA A.C. CONVOCATORIA PARA BECAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR CICLO ESCOLAR 2016 2017 La Fundación José Ortiz Ávila A.C., con fundamento en sus estatutos y demás disposiciones

Más detalles