DESARROLLO DE CONTENIDO. Dinámica del mercado financiero internacional

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1 DESARROLLO DE CONTENIDO Dinámica del mercado financiero internacional Unidad 1: Riesgos de negociación internacional y estrategias de mitigación del riesgo. 1. Riesgo comercial. 1.1 Clases de riesgo comercial. 1.2 Alternativas para mitigar el riesgo comercial. 2. Riesgo de mercado. 2.1 Clases de riesgo de mercado. 2.2 Alternativas para mitigar el riesgo de mercado. 3. Riesgo político. 3.1 Clases de riesgo político. 3.2 Alternativas para mitigar el riesgo político. Unidad 2: Medios de pago internacional. 1. Operaciones en cuenta abierta. 2. Operaciones con respaldo bancario. Unidad 3: Perfeccionamiento cambiario en Colombia. 1. Generalidades sobre el régimen cambiario en Colombia. 2. Declaraciones de cambio y formularios. 3. Forma de pago. 4. Deposito en garantía.

2 Dinámica del mercado financiero internacional UNIDAD 1: Riesgos de negociación internacional. Introducción En esta unidad se analizan los riesgos relacionados con una operación internacional y se dan a conocer los más relevantes. Adicionalmente, se conocen las alternativas que ofrece el mercado para mitigarlos, lo cual permite llevar a cabo negocios en el exterior, conociendo la contraparte y su entorno, de forma que se pueda tener mayor certeza sobre el pago. A continuación se explican los siguientes riesgos de Negociación Internacional relacionados con el flujo de pagos: 1. Riesgo comercial. 2. Riesgo de mercados. 3. Riesgo político.

3 1. Riesgo comercial Son los eventos que se pueden dar en la negociación internacional que impiden el pago, permiten un fraude sobre la mercancía o documentos o generan una disputa sobre las características del producto, entre otros. 1.1 Clases de riesgo comercial Riesgo de no pago Es el riesgo que existe cuando se está negociando con una persona, natural o jurídica, de la cual no se conoce su hábito de pago Riesgo de fraude Es la posibilidad de manipular de mala fe, la información contenida en los documentos de negociación Disputa Comercial Es el riesgo de incurrir en pérdidas por inconformidad sobre las características del producto negociado. 1.2 Alternativas para mitigar el riesgo comercial A continuación, se explican algunas alternativas para mitigar el riesgo comercial Conocimiento del cliente Desde el punto de vista del vendedor, una forma de mitigar el riesgo comercial, referido este al riesgo de pago, es conocer a su cliente, tener claridad sobre su actividad, su posición en el mercado, sus referencias comerciales y bancarias, y en general obtener la mayor información posible que le permita determinar su habito de pago. Desde el punto de vista del comprador el riesgo comercial, referido este a la posibilidad de una disputa sobre las características y calidad del producto o servicio, puede ser mitigado si conoce a su proveedor, si tiene referencias comerciales que le permitan determinar si ofrece la calidad que se espera y si cumple los plazos y condiciones ofrecidas a los clientes.

4 1.2.2 Condiciones de la negociación Cuando se está analizando con un cliente las condiciones del negocio, existen dos opciones, se puede acordar que sea a través de una cuenta abierta o con respaldo bancario. Es importante, en cualquiera de los casos aclarar que mediante la primera opción el riesgo de pago es asumido por el vendedor y el riesgo de recibo de mercancía es del comprador Instrumentación legal Para mitigar el riesgo comercial inherente a una Negociación Internacional, es significativo instrumentarla correctamente. Se recomienda suscribir un contrato con el cliente, en el cual queden estipulados todas las condiciones de operación y además los derechos y obligaciones de las partes y que ese contrato sea firmado por los representantes legales. Si por alguna razón esto no es posible, es conveniente que estas condiciones, derechos y obligaciones queden plasmados en comunicaciones comerciales como cartas, correos electrónicos, que puedan servir de alguna manera como prueba de lo acordado. Adicionalmente, se recomienda en lo posible que un titulo valor instrumente la operación o que el contrato que se ha mencionado, preste mérito ejecutivo Pólizas de seguro de crédito Otra forma de mitigar el riesgo comercial de una operación en la cual se está otorgando plazo para el pago al cliente, es la utilización de una póliza de seguro de crédito, la cual cubre, previo análisis por parte de la compañía de seguros de toda su cartera de clientes, el riesgo comercial de algunos o de todos ellos. Adicionalmente, si se requiere, se puede cubrir el riesgo político del país en el cual reside el cliente. Utilizar un mecanismo como este, da la opción de descontar la cartera a plazo asegurada, directamente con un intermediario financiero Instrumentos bancarios de pago Para mitigar el riesgo comercial, además se tiene la opción de proponerle al cliente la utilización de instrumentos de pago que cuenten con el respaldo de un banco Más información sobre condiciones de negociación Bajo cualquiera de las opciones mencionadas antes, ambos pueden acordar que el pago sea anticipado, de contado o a plazo, o una combinación de estas.

5 La forma de pago que finalmente acuerden tiene repercusiones diferentes en el precio, debido al costo de oportunidad del dinero en el tiempo. En muchas ocasiones, ofrecer plazo para el pago es un elemento diferenciador frente a su competencia, ya que hace más atractiva su propuesta comercial. Ahora bien, sólo para ganar un negocio, no se debe tomar una decisión sobre sus condiciones sin verificar el capital de trabajo que requiere para la ejecución del contrato o de la orden de compra o la prestación del servicio, la forma cómo va a cubrir el riesgo de pago de su cliente y el costo de ello, si se decide otorgar plazo por una parte o la totalidad del precio, el tiempo que se requiere para hacer la entrega de lo acordado, los costos inherentes a la transacción comercial, entre muchos aspectos. Lo complejo de las relaciones comerciales actuales, hace que las empresas tengan la constante necesidad de disponer de servicios financieros especializados, para cubrir los riesgos en la Negociación Internacional. Adicionalmente, existe una mayor oferta, competencia, alianzas, costos competitivos y cobertura regional en la prestación de estos servicios en el sistema financiero en Colombia y en el exterior. La operación internacional es altamente sensible a los tiempos de respuesta, así como es vital el acompañamiento y la orientación a las partes involucradas. Algunas veces el costo de los servicios financieros puede pasar a un segundo plano, si se obtiene buen servicio, acertada y oportuna asesoría y se reducen los riesgos del negocio para ambas partes.

6 2. Riesgo de mercado Son los riesgos generados por el desconocimiento del país destino de la exportación. 2.1 Clases de riesgo de mercado Posición frente a la competencia Es la probabilidad de tener una posición desfavorable ante el cliente al presentar una oferta comercial no competitiva frente a otras alternativas del mercado Costumbre mercantil En la medida en que se aleja de la frontera, va a encontrar, como es lógico, diferencias culturales, en la forma de hacer los negocios y en los instrumentos de pago utilizados. De ahí, la importancia de conocer los hábitos de negociación que caracterizan el país destino de la exportación Forma de pago Teniendo en cuenta que en la actualidad el pago del comercio internacional se realiza en mayor medida por cuenta abierta. Es decir, que la obligación del pago recae exclusivamente en la buena fe del comprador y por lo tanto, el exportador está incurriendo en un riesgo mayor. Otra manera de instrumentar los pagos es a través de instrumentos de pago bancarios, donde la responsabilidad de pago recae en una entidad financiera en diferentes niveles. A continuación, se relacionan los instrumentos más utilizados en cada uno de los mercados: Estados Unidos: Cartas de crédito o garantías standby. México: Cartas de crédito. Centro América y Comunidad Andina: Avales de letras de cambio, cartas de crédito, compromisos irrevocables de reembolso (C.I.R), cobranzas, garantías standby. Europa: Cartas de crédito, garantías standby.

7 Moneda de Pago Es un riesgo inherente al flujo de pagos; hay que tener en cuenta la moneda de pago, ya que hay algunas monedas que no son negociables internacionalmente. En Colombia es conveniente conocer cuáles son las divisas acepadas y negociadas por el Banco Central, como por ejemplo: el dólar, el euro, el dólar canadiense, la libra y el yen, entre otras Riesgo de tasa de Cambio Es el riesgo generado por la conversión de una divisa a su moneda local, o de una divisa a otra y luego a su moneda local. 2.2 Alternativas para mitigar el riesgo de mercado Para mitigar este riesgo, a continuación presentamos varias recomendaciones: Conocimiento de la competencia en el país destino y a otros proveedores internacionales del cliente Es necesario tener en cuenta con quién se está compitiendo, no sólo en términos de producto, sino desde el punto de financiamiento para el cliente. Es importante recordar que hay muchos negocios que se concretan únicamente por el esquema de financiación que se ofrece al comprador. Cuando se va a formular una propuesta comercial al cliente, es importante que conozca quién más ofrece un bien o servicio con similares características al suyo, qué forma de pago acostumbra a plantear la competencia en su país, y si es posible saberlo, en el país en donde reside su cliente. Mientras más información se tenga sobre el portafolio de productos y servicios y de la estructura de las ofertas comerciales de la competencia, mayor oportunidad se tiene de generar una propuesta diferenciada para el cliente Conocimiento de la costumbre de pago del cliente Antes de estructurar una propuesta comercial, es importante que se indague sobre la forma de pago que se acostumbra a contratar en el país destino de la exportación. Específicamente, la forma de pago que acostumbra a utilizar el cliente para el tipo de bien o servicio que se está ofreciendo. Si el cliente por

8 política, sólo trabaja esquemas en cuenta abierta y no se tienen referencias sobre su hábito de pago, ni se cuenta con información financiera que le permita determinar la solvencia de la empresa, se recomienda, proponerle al cliente la utilización de un instrumento de pago con respaldo bancario acompañado, si es necesario, de una oferta de mayor plazo para compensar el hecho de solicitar, por ejemplo, una carta de crédito o una letra de cambio avalada Tipo de instrumentos utilizados por los bancos en el país del cliente Aunque todos los instrumentos de pago están reglamentados por la Cámara de Comercio Internacional, no todos los bancos los manejan de la misma manera. Por ejemplo, en algunos países la utilización de la letra de cambio avalada es más dinámica que en otros y lo mismo sucede con las cartas de crédito. En cada país existen costumbres diferentes en la utilización de los instrumentos de pago, razón por la cual es conveniente que antes de estructurar la oferta comercial para el cliente, se conozcan las prácticas bancarias del país destino de la exportación Recomendaciones sobre los instrumentos de pago Cuando el cliente le ofrece un instrumento de pago con respaldo bancario, cualquiera que sea, es importante saber quién es el banco emisor, ya que no todos los bancos emisores son elegibles para el banco con el cual se trabaja, ni todos los bancos tienen el mismo nivel de riesgo para los demás bancos y por ende para uno. Por lo anterior, cuando ambos acuerden estructurar una operación con algún tipo de respaldo bancario, es importante que se le presente al banco, el tipo de instrumento que el cliente le está ofreciendo y le informe qué banco emite este instrumento, para que este indique, si puede estructurarse una operación segura para todas las partes. Un ejemplo de esto es, que si se le solicita al cliente una carta de crédito confirmada, él le debe indicar el banco emisor de la misma, para que a su vez el banco le informe si puede o no confirmar esa carta de crédito que se va a recibir. Cada banco en el mundo tiene una relación de bancos con los cuales trabaja de forma directa. Normalmente llamados bancos corresponsales. Es importante preguntar al banco con cuáles de estos trabaja en cada país en donde usted tiene clientes Análisis de la moneda de pago No todas las monedas son aceptadas por los bancos centrales en cada país. En Colombia, el banco central es el Banco de la Republica, y a través de su

9 división de estadística determina las monedas que son divisas y que por lo tanto son aceptadas Riesgo de tasa de cambio Como en Colombia la moneda de circulación es el peso Colombiano, se tendrá siempre un riesgo de tasa de cambio cuando factura bienes o servicios al exterior en una moneda diferente. Por ejemplo, dólar americano o euro. Este riesgo se define como la posibilidad de perdida por la fluctuación en la tasa de cambio de la moneda local frente a la divisa en la cual esta denominada su venta al exterior, es decir, la fluctuación que existe en la equivalencia entre las dos monedas. Para mitigar este riesgo, los bancos ofrecen un producto que en su denominación más amplia se conocen como Derivados, que no son otra cosa que instrumentos de cobertura del riesgo de tasa de cambio o de tasa de interés, entre otros. Dentro de los derivados de tasa de cambio se pueden encontrar los Forward o las Opciones Forward En su definición más sencilla, a través del Forward se puede contratar hoy con el banco en Colombia la tasa de cambio a la cual va a monetizar una orden de pago producto de una exportación futura, únicamente si tiene certeza de la fecha exacta en la cual va a recibir el pago del cliente. Una vez contratado el Forward sin importar lo que ocurra durante el tiempo transcurrido entre el día en el que se contrató con el banco y el día en que efectivamente se va a monetizar la orden de pago, el banco la liquidará a la tasa que acordaron previamente. Mecanismos como este, permiten saber con anterioridad cuál es la tasa de cambio a la cual va a monetizar un pago futuro. Cuando se contrata un Forward con el banco, se tiene la obligación de cumplirlo, es decir, se tiene que vender ese día la orden de pago a la tasa de cambio acordada Opción Por otro lado y también en su definición más sencilla, la Opción permite como en el Forward, acordar con su banco la tasa de cambio a la cual va a monetizar una orden de pago que va a recibir en una fecha futura determinada, pero llegado el día de la monetización, con este mecanismo tiene el derecho de ejercer o no esa posibilidad de vender al precio acordado, si se considera que la tasa de cambio definida previamente le es o no favorable frente a la tasa de cambio vigente el día de la monetización. Es decir, si se utiliza la Opción se tiene el derecho de vender o no la orden de pago a la tasa de cambio

10 contratada. Para poder tener ese derecho, se debe pagar una prima al banco, y es por eso que el mecanismo se denomina Opción porque pagando esa prima tiene la opción de vender o no. NOTA: Para conocer a profundidad sobre los derivados, se puede consultar en material (es) requerido y/o bibliografía: la cartilla Coberturas cambiarias de Bancoldex. 3. Riesgo político Es el riesgo inherente al país destino del exportación relacionado con medidas gubernamentales en materia económica o cambiaria, entre otras, que puedan afectar el pago. 3.1 Clases de riesgo político Riesgo de convertibilidad Es la posibilidad de no poder convertir la moneda local en divisas para su envió al exterior Riesgo de transferibilidad Es la posibilidad de no poder girar las divisas al exterior. 3.2 Alternativas para mitigar el riesgo político A continuación, se presentan algunas opciones para mitigar ese riesgo en sus ventas al exterior Póliza de seguro de crédito Utilizar una póliza de seguro de crédito, le permite además de cubrir el riesgo de pago del cliente, la opción de cubrir el riesgo del país en el cual él reside, si se trata de un país cuyo riesgo es mayor dada su inestabilidad política, comercial o económica. Si se cuenta con la Póliza de seguro de crédito que le cubre el riesgo comercial de pago del cliente, y si se considera que el país al cual se exporta, ha aumentado el riesgo, se puede solicitar a la compañía de seguros que amplié la cobertura de la operación cubriendo también el riesgo político Triangulación La triangulación es una forma de estructurar una operación, no sólo entre mi banco y el del cliente, sino incluyendo a un tercer banco, cuando se dan

11 situaciones en las cuales el riesgo del banco del cliente o del país de este, no son elegibles para el banco en Colombia. En estos casos, el rol del tercer banco es garantizar la operación del banco del cliente al banco en Colombia. Triangular una operación aumenta su costo, debido a las comisiones que cobra el banco en Colombia y el del cliente en el exterior, hay que agregar las que van a cobrar el nuevo banco que intervienen en la operación, pero esta alternativa puede permitir llevar a feliz término una negociación que estructurada solamente entre el banco en Colombia y el del cliente, no sería posible Convenio Aladi Se puede canalizar operaciones a través de este convenio cuando existe una percepción alta de riesgo político. Cualquier banco que este autorizado por el Banco Central para operar en el convenio ALADI, puede emitir los instrumentos de pago como cartas de crédito, letras de cambio avaladas, pagarés avalados u órdenes de pago. La moneda que se utiliza en las operaciones que se canalizan a través del Convenio ALADI, es el dólar americano. Es importante tener en cuenta que si se trata de una exportación de servicios, para Colombia el Convenio ALADI no permite la canalización de estas operaciones, sino únicamente las de bienes tangibles.

12 Unidad 2: Medios de pago Introducción Uno de los mayores interrogantes al cual se enfrentan los exportadores colombianos cuando ingresan al mercado internacional, es la adopción del medio de pago más conveniente tanto para el comprador como para el vendedor. En este capítulo, se explicarán los diversos medios de pago, de cada uno de ellos, se explicará qué son, cómo funcionan las partes que intervienen, el procedimiento para su cobro y las ventajas y desventajas de utilizarlos. Medios de pago internacional Son las transacciones económicas con el exterior que implican el intercambio de bienes o servicios entre compradores y vendedores de diferentes países. La elección del método de pago depende de factores como: Conocimiento y confianza mutua entre el comprador y el vendedor (nivel de conocimiento que se tenga del comprador extranjero). Tamaño y la frecuencia de las operaciones. Las normas legales existentes en los países involucrados en la transacción. Costos bancarios generados por la utilización de dichos instrumentos. Término de negociación. Los medios de pago internacional se pueden clasificar a través de: Operaciones en cuenta abierta. Operaciones con respaldo cambiario. 1. Operaciones en cuenta abierta Se entiende por cuenta abierta cuando en la Negociación Internacional el riesgo es asumido por el comprador o el vendedor. El riesgo lo asume el comprador cuando anticipa una parte o la totalidad de los recursos sin tener la certeza del recibo de la mercancía. El riesgo lo asume el vendedor cuando despacha la mercancía sin haber recibido parte o la totalidad del pago. En cuenta abierta, se manejan los siguientes instrumentos de pago:

13 INSTRUMENTOS DE PAGO EN CUENTA ABIERTA Transferencia, giro u orden de pago Cheque personal Cheque Cheque bancario Mecanismo de pago en el cual los recursos son trasladados desde la cuenta del banco del comprador a la del vendedor. Esto supone un alto nivel de confianza entre las partes involucradas. Es emitido por el comprador contra los recursos que tiene depositados en la cuenta corriente. Por ser emitido por el comprador, el cobro está sujeto a la disponibilidad de recursos en la cuenta corriente. Es emitido directamente por el banco por orden del comprador. Por ser emitido por el banco el cobro no está sujeto a la disponibilidad de recursos en la cuenta corriente del comprador. Diferencia entre el cheque y la transferencia La diferencia sustancial entre el cheque y la transferencia, radica en que esta última permite al beneficiario recibir los pagos prácticamente sin demora a través de SWIFT, mientras que en el cheque se requiere recibirlo físicamente para el cobro. Por otro lado, el valor de las comisiones bancarias de una transferencia suelen ser menores que el cobro de un cheque. El uso del cheque ha venido disminuyendo en las Negociaciones Internacionales. 2. Operaciones con respaldo cambiario Son aquellas en las que la responsabilidad de pago o de gestión recae sobre un banco, siempre y cuando se cumplan las condiciones establecidas en el instrumento de pago escogido. Escoger el instrumento de pago más adecuado depende de: El riesgo que quiera asumir el vendedor y el comprador. El destino de la exportación. Los costos asociados al instrumento de pago.

14 El nivel de conocimiento y la confianza entre el comprador y el vendedor. El uso de los instrumentos de pago implica el cobro de comisiones. Por lo tanto, se debe negociar esto con el cliente de manera explícita y por escrito. Las partes que intervienen en los instrumentos de pago son: el comprador, el vendedor, el banco comprador y el banco vendedor. Los bancos actúan como facilitadores del pago y del manejo documentario. 2.1 Carta de crédito de comercio o LC La carta de crédito es un contrato en el cual un comprador en el exterior contacta a un banco en el exterior para que dicho banco realice el pago al exportador por medio de una entidad financiera ubicada en el país de residencia del vendedor. La carta de crédito es el medio de pago más apetecido en las negociaciones comerciales a nivel internacional, puesto que presenta condiciones de equilibrio y garantías para las dos partes. El exportador ofrece la garantía de pago respaldada por una entidad financiera colombiana y para el comprador la garantía del embarque de la mercancía. En el caso de Colombia para que una carta de crédito sea válida el vendedor debe cumplir con ciertos requisitos denominados métodos de pago de operaciones bancarias y cambiarias para exportaciones colombianas y poseer documentos como: documento de transporte, factura comercial, lista de empaque y letra de cambio. Quizás el instrumento de pago que más se conoce es la carta de crédito, pero la escogencia del instrumento de pago depende de muchos factores, entre los cuales uno de ellos es la confianza que se tiene entre el comprador y el vendedor, las prácticas bancarias en el país del comprador, si se dispone de cupos de crédito bancarios, los costos y los tramites, entre otros. Este instrumento de pago es la opción que más seguridad brinda a las partes (al vendedor se da la certeza de recibir su pago y al comprador la seguridad de recibir el bien o servicio de contrato). Se recomienda que cuando decida utilizar este instrumento tenga en cuenta lo siguiente: El banco emisor. El banco que la confirma o avisa. Las fechas de vigencia, embarque y pago. El valor de las comisiones y quien va a asumirlas. Los documentos que requiere presentar para hacer efectivo el pago.

15 Es importante recordar que la carta de crédito es un instrumento de pago de carácter documentario, lo que implica que únicamente puede hacerse efectivo el pago, previa presentación de los documentos que evidencian el despacho de la mercancía y el cumplimiento de los términos y condiciones estipuladas en la misma Partes que intervienen en una carta de crédito Importador (comprador u ordenante): empresa o cliente por solicitud de quién el banco emisor establece la carta de crédito. Exportador (beneficiario - vendedor): es la empresa que vende los bienes o servicios incorporados en la carta de crédito y por lo tanto, recibe el pago a la vista o a plazo, previo cumplimiento de los términos y condiciones estipulados en ella. Banco emisor: es la entidad bancaria que emite la carta de crédito por cuenta del cliente (ordenante-comprador-importador) siguiendo expresamente las instrucciones. El banco emisor agrega, la reputación y solvencia a la del ordenante y este proceso el ciclo de la carta de crédito hace por él las veces de deudor frente a las demás partes que intervienen en ella. Banco corresponsal (avisador confirmador): es la entidad bancaria que en virtud de las relaciones de corresponsalía con el banco emisor se encarga de pagar a la vista o a plazo, la carta de crédito al beneficiario vendedor exportador. Este banco corresponsal puede actuar como avisador (banco que notifica al beneficiario la carta de crédito) y/o confirmador (banco que agrega su confirmación. De esta manera, se obliga ante el beneficiario a pagar la carta de crédito, siempre y cuando se cumplan los términos y condiciones de la misma) Ventajas de la carta de crédito La utilización de la carta de crédito otorga tanto al comprador como al vendedor alto grado de seguridad, debido a que permite al comprador tener la certeza de recibir el bien o el servicio de acuerdo con lo negociado, y al vendedor le asegura recibir su pago, siempre y cuando se cumplan los términos y condiciones estipuladas en la misma. La carta de crédito por ser un instrumento emitido por un banco y recibido, avisado o confirmado por otro banco, le permite tanto al vendedor como al comprador contar con asesoría especializada en el tramite completo de la operación, que incluye la verificación de los términos y condiciones del crédito,

16 la revisión de los documentos conforme a ellos, agilidad en el pago e información confiable durante todo el ciclo de vida de la carta de crédito. Para el comprador el uso de la carta de crédito le puede permitir obtener mejores términos y precio con el vendedor; no girar anticipos, lo cual además de otorgarle seguridad no le inmoviliza capital de trabajo, le asegura que el pago al vendedor solo se efectuará cuando los documentos que representan la propiedad de la mercancía, están en poder del banco emisor o del banco receptor (banco corresponsal) y el banco verifique que el vendedor ha cumplido a cabalidad los términos y condiciones de la misma. Para el vendedor, el uso de la carta de crédito le permite presentar a los clientes una oferta con valor agregado vía mayor plazo, sin correr el riesgo de crédito del cliente, utilizando, por ejemplo, una carta de crédito de aceptación o de pago diferido Aspectos que debe acordar el vendedor y el comprador, que van a utilizar una carta de crédito como instrumento de pago 1. Nombre y dirección de las partes, ciudad, país, teléfono (comprador u ordenante y vendedor o beneficiario). 2. Cuantía a pagar y vigencia de la carta de crédito. 3. Forma de pago (a la vista o a plazo). 4. Si la carta de crédito es confirmada o solamente avisada. 5. Documentos contra los cuales va a ser utilizada la carta de crédito. 6. Cotización (Iconterms). 7. Descripción de la mercancía. 8. Lugar de embarque y destino (ciudad y país). 9. Si se permiten o no embarques parciales y transbordos. 10. Fechas límites de embarque. 11. Fechas para presentar documentos ante el banco receptor (banco corresponsal) por parte del vendedor. 12. Instrucciones especiales respecto a la forma en que deben emitirse los documentos requeridos. 13. Definir claramente quién paga las comisiones Opciones de negociación de costos en una carta de crédito Elegir la carta de crédito como instrumento de pago, genera costos por concepto de comisiones, mensajes SWIFT e intereses que deben conocerse antes de cerrar la negociación para que cada una de las partes tenga claro cuales le corresponde asumir. Opción 1: Todos los costos son asumidos por el comprador.

17 Opción 2: Todos los costos son asumidos por el vendedor. Opción 3: Los costos generados en el país del comprador son asumidos por el comprador y los generados en el país del vendedor son asumidos por este. Esta última opción es la más utilizada Ciclo de vida de una carta de crédito Paso 1. Apertura El vendedor y el comprador establecen los términos de la negociación e indican que la forma de pago es con carta de crédito. Es la apertura de la carta de crédito que solicita el comprador al banco, para lo cual, el empresario debe contar con una línea de crédito vigente y disponible. Esta emisión genera una comisión en el país del comprador que está a cargo del vendedor o del comprador, según se haya acordado. Paso 2: Avisar Confirmar El banco receptor (banco corresponsal) avisa o confirma, según se indique en la carta de crédito. Tanto el aviso como la confirmación generan comisiones que son a cargo del vendedor o del comprador, según se haya acordado. Paso 3: Modificar Si el vendedor está de acuerdo con las condiciones estipuladas en la carta de crédito que ha recibido por orden del comprador y puede cumplirlas, la carta de crédito no será sujeto de modificaciones y probablemente los documentos no presentaran discrepancias, lo cual evitará comisiones adicionales por estos conceptos. Paso 4: Utilizar Es la utilización de la carta de crédito que consiste en la entrega de documentos al banco receptor (banco corresponsal) por parte del vendedor, de acuerdo con los términos y las condiciones estipuladas. En este momento se puede generar una comisión de utilización. Normalmente esta comisión se causa únicamente si se permiten varias utilizaciones, lo cual sucede cuando en la carta de crédito se admiten embarques parciales y se cobra a partir de la segunda utilización. Paso 5: Pago Es el pago a favor del vendedor.

18 Pago inmediato (L/C a la vista). Una aceptación (L/C de aceptación). Carta de compromiso de pago (L/C de pago diferido) Documentos que intervienen en una carta de crédito Los documentos necesarios dependen de la regulación aduanera que en materia de importación y exportación, exista en los países del vendedor y comprador. El comprador debe asegurarse que el vendedor puede aportar los documentos que se van a exigir. El número de ejemplares de un determinado documento que deben presentarse en el marco de una carta de crédito, se establece a petición del comprador, quien es el ordenante de la carta de crédito, y a falta de mención específica, un solo ejemplar resulta suficiente. No obstante en aquellos documentos que constituyen o puedan llegar a constituir propiedad (especialmente el documento de transporte, la factura comercial y el seguro), el beneficiario (vendedor) debe presentar al banco el juego completo de originales, donde se indique que han sido emitidos, salvo que la carta de crédito indique algo diferente Documentos mínimos que se requieren para el pago de L/C Los documentos mínimos que se requieren para el pago de una carta de crédito son los siguientes, y se recomienda que en lo posible sean documentos originales. 1. Factura Comercial. 2. Documentos de transporte: dependiendo del medio de transporte que se utilice, el documento puede ser: Vía marítima: documento de embarque marítimo o B/L de sus siglas en ingles Bill of landing. Vía aérea: guía aérea o documento de transporte aéreo Air Way Bill. Vía terrestre: carta de porte internacional o documento de transporte por camión, ferrocarril o navegación fluvial. Varias vías: documento de transporte multimodal, que puede contener una mezcla de los anteriores. Nota: El único documento que representa legalmente la propiedad de la mercancía es el documento de embarque marítimo (B/L).

19 3. Póliza de seguros de la mercancía (dependiendo del Incoterm utilizado) Discrepancias Cuando los documentos son revisados y son encontrados inconsistentes con las especificaciones de la L/C, se dice que hay discrepancias, es decir, errores, omisiones y/o detalles que no están de acuerdo con los términos y condiciones de la L/C. Discrepancias no corregibles Crédito Vencido. Presentación tardía de documentos. Sobregiro. Discrepancias corregibles Datos, información, firmas, visas y sellos faltantes en los documentos que así lo requieran. Documentación incompleta. Copias en lugar de originales. Documentos no acordes con los términos de la L/C Clasificación de la carta de crédito Actualmente, todas las cartas de crédito son irrevocables, es decir, una vez emitidas no pueden ser canceladas ni anuladas salvo que todas las partes que intervienen en ella así lo acepten. La carta de crédito se clasifica: De acuerdo con el compromiso de pago del banco corresponsal. De acuerdo con la disponibilidad de pago. De acuerdo con el tipo de reembolso. De acuerdo con su naturaleza. DE ACUERDO CON EL COMPROMISO DE PAGO DEL BANCO CORRESPONSAL Carta de crédito avisada Carta de crédito confirmada

20 Es aquella en la cual el compromiso de honrar el pago, recae únicamente en el banco emisor. En la carta de crédito avisada el compromiso del banco receptor se limita a notificarla al beneficiario. El pago se efectuará por parte del banco emisor a través del banco receptor, siempre y cuando se cumplan los términos y condiciones de la misma. En la carta de crédito avisada como la responsabilidad de pago, está a cargo del banco emisor, el riesgo, el país (que es el mismo país del banco emisor) lo continúa asumiendo el vendedor. Es aquella en la cual el compromiso de honrar su pago recae no solamente en el banco emisor sino en el banco receptor (banco corresponsal), quien ha adicionado su compromiso de pagarla, siempre y cuando se cumplan los términos y condiciones de la misma. En la carta de crédito confirmada como el compromiso de pago, recae sobre el banco receptor (banco corresponsal), el riesgo país (del país destino de la exportación) se elimina para el vendedor. Nota: Si una carta de crédito no puede ser confirmada por el banco receptor (banco corresponsal) es porque el banco emisor no cuenta con cupo de crédito disponible. En estos casos, el banco receptor (banco corresponsal) puede utilizar como respaldo a otro banco, figura conocida como una triangulación de la operación. Esta triangulación genera comisiones adicionales que estarán a cargo del vendedor o del comprador de acuerdo con lo que se haya convenido. Si no se puede utilizar este mecanismo, la opción es manejar la carta de crédito avisada, en la cual la responsabilidad de pago está a cargo del banco emisor. DE ACUERDO CON LA DISPONIBILIDAD DE PAGO Carta de crédito a la vista Es aquella en la cual el beneficiario tiene derecho a recibir el pago por parte del banco emisor o del banco confirmador al momento de la presentación de los documentos de conformidad con los Carta de crédito de aceptación Se utiliza, cuando el vendedor ha otorgado plazo al comprador para el pago de los bienes o servicios transados. En este tipo de cartas de crédito, el beneficiario recibirá el pago una vez haya transcurrido el plazo Carta de crédito de pago diferido Se utiliza, cuando el vendedor ha otorgado plazo al comprador para el pago de los bienes o servicios transados. Este mecanismo es similar a la carta

21 términos y condiciones de la carta de crédito. acordado, siempre y cuando cumpla con los términos y condiciones estipuladas en la misma. Una vez el vendedor ha entregado los documentos requeridos al banco receptor (banco corresponsal), obtiene un compromiso de pago, del banco emisor o del banco receptor (banco corresponsal), lo cual genera un título valor que el beneficiario, si requiere liquidez, puede negociarlo para obtener el pago inmediato. Si el vendedor no requiere liquidez inmediata, recibirá el pago al vencimiento del plazo acordado. de crédito de aceptación, con la diferencia que el pago se difiere en varias cuotas cada una con un plazo diferente. El beneficiario recibirá los pagos una vez hayan transcurrido los plazos acordados, siempre y cuando cumpla con los términos y condiciones estipuladas en la carta de crédito. Si el vendedor requiere liquidez inmediata puede negociarla. DE ACUERDO CON EL TIPO DE REEMBOLSO Carta de crédito de reembolso ordinario El reembolso o pago de estas operaciones se efectúa a través de un corresponsal bancario del exterior con divisas de libre convertibilidad que son las autorizadas por el Fondo Monetario Internacional y aceptadas por el banco central de cada uno de los países. Carta de crédito de reembolso por convenio ALADI Son las cartas de crédito, cuyo reembolso o pago debe canalizarse a través del convenio de pagos ALADI. En este caso no hay movilidad de divisas entre el banco emisor y el banco receptor o banco corresponsal. Este último solicita el pago de la carta de crédito al banco central en el país del vendedor. La compensación de las divisas, posteriormente, la adelantaran los bancos centrales que intervienen en la operación.

22 DE ACUERDO CON SU NATRALEZA Carta de crédito transferible Carta de crédito intransferible Es aquella en la cual el beneficiario da instrucciones al comprador, al banco emisor o al banco receptor (banco corresponsal) para que la carta de crédito pueda ser utilizada parcial o totalmente por uno o varios beneficiarios en su país o en otro país. Para que sea transferible, tal condición debe quedar expresa en el texto de la misma. Este tipo de instrumento se puede utilizar cuando el beneficiario no dispone de la mercancía, sino que la adquiere de sus proveedores. En estos casos la transferencia de la carta de crédito permite que los proveedores cuenten con una garantía de pago. Es aquella que no contempla la posibilidad de ser transferida a un beneficiario diferente al vendedor del bien o servicio. 2.2 Letra avalada Es un instrumento de pago representado en un titulo valor de contenido crediticio, girado a favor del vendedor, llamado girador o beneficiario, aceptado por el comprador o girado, y avalada por un banco, entidad que se obliga al pago. Para manejar este instrumento se requiere un alto grado de confianza entre el vendedor y el comprador. Si para mitigar el riesgo de pago del cliente, se decide utilizar una letra de cambio, es importante definir en qué momento va a recibir la letra, antes, durante o después del embarque. Dependiendo de ello, el riesgo es diferente para las partes. Si así lo acuerdan, utilizando este instrumento es posible incluir intereses corrientes por el plazo otorgado, a favor del vendedor Partes que intervienen en una letra avalada Girador vendedor: es el beneficiario de la letra de cambio. Girado comprador: es el obligado a pagar la letra de cambio.

23 Banco avalista: es el responsable de honrar el pago al girador de la letra de cambio avalada Canalización de una letra a través del convenio ALADI Cuando se trata de un vendedor colombiano, si se puede canalizar la letra avalada por el convenio ALADI, siempre y cuando se origine en una transacción de bienes y que estos sean originarios de Colombia, por disposición del convenio y del Banco Central. Todos los instrumentos que se canalicen a través del convenio ALADI, específicamente, deben evidenciar en el mismo instrumento que es canalizado a través del convenio ALADI Como se hace efectiva una letra de cambio avalada Para hacer efectiva una letra avalada, se requiere que el beneficiario la presente al banco debidamente endosada, con los documentos soportes de la exportación, para que a su vez, sea enviada al banco avalista, quien honrará el pago. 2.3 Cobranza documentaria Es la operación mediante la cual el banco con el que trabaja el vendedor, que se denomina banco cedente, actuando por cuenta y orden de su cliente, que se denomina librador/ vendedor, tramita la cobranza de una serie de documentos (financieros/ comerciales) ante el cliente que se denomina girador/ comprador, utilizando los servicios de un banco corresponsal o banco cobrador, radicado en la plaza del comprador. Si bien no es tan expedito como una transferencia, conlleva cierta flexibilidad que lo coloca en un status intermedio entre: la complejidad y/o la sencillez de otros instrumentos. Es el instrumento más habitual entre filiales de una misma empresa radicada en distintas partes del mundo, o entre importadores/ exportadores con alto grado de intercambio y conocimiento mutuo. Aquí, si hay instrucciones especiales por cumplir y, los bancos deben responsabilizarse por ejecutarlas en tiempo y forma pero no toman decisiones ni realizan interpretaciones de la operación particular, como tampoco revisan los documentos involucrados. La actuación y responsabilidad de los bancos, se limita a las propias de un mandato, mediante el cumplimiento de las instrucciones del girador, que en este caso es el vendedor Definición de cobro

24 La cámara de comercio internacional (CCI) a través de la publicación 522 estableció, entre otros, que Cobro significa el manejo de los bancos de los documentos financieros (letras de cambio, pagares, cheques, entre otros.) Comerciales (facturas y documentos de embarque, entre otros). El objetivo es entregar documentos comerciales contra aceptación y pago. La cobranza documentaria, significa el cobro de documentos financieros acompañados de documentos comerciales o de sólo estos últimos Partes que intervienen en una cobranza documentaria Cedente (vendedor exportador): empresa o cliente por solicitud del banco remitente establece la cobranza. Banco remitente: es el banco que por instrucciones del cedente (vendedor - exportador) establece la cobranza. Banco cobrador: es cualquier banco, distinto del banco remitente, que cumple con las instrucciones indicadas en la cobranza. Librado (comprador importador): es a quien debe efectuarse la presentación de los instrumentos, de acuerdo con las instrucciones de la cobranza Etapas de una cobranza documentaria Entrega Momento en el que el cedente (vendedor - exportador) formaliza la presentación de los documentos al banco cedente, impartiéndole las instrucciones de cobro. Remisión Consiste en el envío de los documentos por parte del banco remitente al banco cobrador por correo certificado y la confirmación vía SWIFT del establecimiento de la cobranza. Presentación Es el momento en que el banco cobrador presenta los documentos al librado para el pago; este puede ser a la vista o a plazo. En este último caso, el librado debe aceptar una letra de cambio a su cargo. Pago o aceptación Consiste en el pago o la aceptación de la cobranza por parte del librado. Devolución

25 Si el librado no está de acuerdo con la cobranza le solicitará al banco cobrador la devolución de los documentos al banco remitente sin efectuar ningún trámite. Reembolso Es el momento en que el banco cobrador gira los fondos al banco remitente producto del pago de la cobranza. Si el pago es a plazo, el banco cobrador devuelve la letra debidamente aceptada por el librado al banco remitente Clases de cobranza documentaria La cobranza documentaria se puede clasificar: Dependiendo de la forma de pago por parte del comprador. Dependiendo del tipo de documentos que se envían. DEPENDIENDO DE LA FORMA DE PAGO POR PARTE DEL COMPRADOR A la vista Es decir, pagada contra la presentación de documentos. A plazo Cuando se genera un tiempo determinado para el pago. En este tipo de cobranza documentaria, existe la posibilidad que la letra, una vez aceptada por el librado, obtenga el aval del banco cobrador, lo cual significa para el vendedor, trasladar el riesgo del librado al banco cobrador, y adicionalmente le permite al vendedor, si lo requiere, la posibilidad de negociarla. DEPENDIENDO DEL TIPO DE DOCUMENTOS QUE SE ENVÍAN Cobranza simple Es la cobranza de documentos financieros como pagares, cheques, letras y otros. Cobranza documentaria Es la cobranza en la que se pueden combinar documentos financieros y comerciales, como facturas, documentos de transporte, lista de empaque, entre otros. Costos asociados a una cobranza documentaria

26 Se limita a los gastos de manejo y envío de documentos por parte del banco remitente y los gastos por cumplir las instrucciones por parte del banco cobrador. 2.4 Standby letter of credit Es una garantía bancaria internacional emitida por un banco, bajo las reglas de la Publicación 600 de la Cámara de Comercio Internacional o bajo las de la Publicación 590 (conocida como ISP 98) por solicitud del comprador, a favor del vendedor. Normalmente, se conoce como garantía standby o carta de crédito standby. Este instrumento garantiza al vendedor, conforme a las condiciones de emisión de la misma, ante un incumplimiento de pago por parte del comprador Para utilizar este tipo de garantía, es recomendable determinar: Qué es lo que se está garantizando. Cómo lo está garantizando. Qué condiciones se deben cumplir para hacer efectiva la garantía standby. Vale la pena anotar que este instrumento se puede utilizar para otro tipo de operaciones internacionales, como garantizar el correcto manejo de un anticipo, o garantizar la serenidad de una oferta o el cumplimiento de un contrato, entre otras Partes que intervienen en una garantía standby Beneficiario vendedor: es a favor de quien se emite la garantía standby. Ordenante comprador: es quien solicita la emisión de la garantía standby a favor del vendedor. Banco emisor: es el banco que emite la garantía standby por solicitud del comprador y contra la línea de crédito vigente y disponible que debe tener este último en dicho banco. Banco receptor- banco corresponsal: es el banco del vendedor, que recibe la garantía standby y es el encargado de hacer efectivo el pago al banco emisor, en caso de un incumplimiento por parte del comprador, de acuerdo con las condiciones estipuladas en la garantía Costos de una garantía standby Los costos asociados a la emisión de una garantía standby, se limitan normalmente a la comisión de emisión que se cobra por cada mes o fracción

27 de mes de vigencia de la misma. Estos cargos normalmente son cobrados por ambos bancos: Ventajas de utilizar una garantía standby El beneficio de utilizar este instrumento es de practicidad, cuando se trata operaciones habituales y periódicas entre un comprador y un vendedor. UNIDAD 3: Perfeccionamiento cambiario en Colombia Introducción En esta unidad se brinda orientación básica sobre el Régimen Cambiario en Colombia y sobre la forma como se perfeccionan las operaciones que se realizan con empresas o entidades del exterior. También se contemplan las diferentes obligaciones que se deben cumplir en cada una de las operaciones realizadas con el exterior, bien sea, exportaciones, importaciones, contratación de créditos en moneda extranjera o inversiones, entre otros. El cumplimiento en tiempo y forma, evita incurrir en sanciones cambiarias. 1. GENERALIDADES SOBRE EL REGIMEN CAMBIARIO EN COLOMBIA En Colombia a principios de los años noventa con el inicio de la apertura económica, se modificó el Régimen Cambiario mediante la expedición de la Resolución 8 del año 2000 por parte de la Junta Directiva del Banco de la Republica, la cual está vigente actualmente. Básicamente con esta norma se dividió el Régimen Cambiario en divisas, en mercado cambiario y mercado libre. El mercado cambiario está conformado por la totalidad de las divisas que deben canalizarse obligatoriamente por conducto de los intermediarios financieros autorizados en Colombia, denominados intermediarios del mercado cambiario (IMC), o a través de cuentas corrientes de compensación en el exterior debidamente autorizadas y registradas en el Banco de la Republica. Las siguientes operaciones de cambio, deberán canalizarse obligatoriamente a través del mercado cambiario. Las divisas producto del intercambio (compra y venta) de bienes tangibles entre Colombia y el resto del mundo (importaciones o exportaciones, respectivamente). Las divisas producto de endeudamiento externo (créditos bancarios de empresas colombianas, contratadas con bancos del exterior o con

28 bancos en Colombia o créditos que otorgan bancos colombianos a empresas del exterior). Las inversiones internacionales hacia y desde Colombia (inversiones realizadas por empresas colombianas en el exterior o inversiones de empresas del exterior en Colombia). Las operaciones de derivados (compra o venta de Forward, entre otros). Avales y garantías en moneda extranjera. El mercado libre por su parte, está conformado por las divisas provenientes de operaciones que no están obligadas a ser canalizadas a través del mercado cambiario, como: Pago de fletes, de seguros. Gastos de embarque. Turismo, entre otros. Perfeccionamiento de una operación normal de exportación de bienes. Por ejemplo, cuando se reciben las divisas del cliente del exterior por concepto de la venta de un bien, para venderlas al banco, se acuerda con este la tasa de cambio. Para realizar la operación de venta, se debe diligenciar, firmar y presentar al banco, un formulario denominado Declaración de Cambio en el cual se indica la información del monto, características y demás condiciones de la operación. Este formulario debe ser suscrito por el representante, apoderado o mandatario responsable de la empresa que realizó la exportación. Nota: Para conocer a profundidad sobre El Régimen Cambiario en Colombia, se puede dirigir al siguiente enlace: o consultar en material de apoyo a la formación La Resolución Externa No. 8 (2000). Por la cual, se compendia el régimen de cambios internacionales: Junta Directiva del Banco de la Republica. 2. DECLARACIONES DE CAMBIO Y FORMULARIOS Dependiendo del concepto de la operación, (exportación o importación de bienes, endeudamiento externo, inversiones, entre otras). Existen varios tipos de formularios para la canalización de las divisas a través del mercado cambiario.

29 2.1 Declaraciones de cambio Aunque existen más declaraciones de cambio, a continuación, se indican las más utilizadas: Formulario No. 1. Declaración de cambio por importaciones de bienes. Formulario No. 2. Declaración de cambio por exportaciones de bienes. Formulario No. 3. Declaración de cambio por endeudamiento externo. Formulario No. 4. Declaración de cambio por inversiones internacionales. Formulario No. 5. Declaración de cambio por servicios, transferencias y otros conceptos. 2.2 Formularios sólo de registro Formulario No. 6. Información de endeudamiento externo otorgado a residentes. Formulario No. 7. Información de endeudamiento externo otorgado a no residentes. Nota: Para acceder a los formularios de declaraciones de cambio y de registro e instructivos para el diligenciamiento, se puede consultar en material de apoyo a la formación la Carpeta denominada: Formularios Operaciones y Procedimientos Cambiarios. Para conocer a profundidad sobre Procedimientos Cambiarios En Colombia, se puede dirigir al siguiente enlace: 3. FORMA DE PAGO De la forma de pago que acuerden con el cliente, dependerá la manera de perfeccionar la operación cambiaria en Colombia. A continuación, se explican las formas de pago utilizadas para perfeccionar una operación cambiaria en Colombia 3.1 Anticipo

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